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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN
CAMPUS DE CIENCIAS EXACTAS E INGENIERÍAS
FACULTAD DE INGENIERÍA
REGLAMENTO INTERNO DE LOS
LABORATORIOS
2017
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INDICE
1.- ESTRUCTURA GENERAL............................................................................................................ 5
2.- OBJETIVO GENERAL ................................................................................................................. 5
3.- ORGANIGRAMA: ..................................................................................................................... 5
4.- DE LOS RESPONSABLES: ........................................................................................................... 5 ARTICULO 1.- ....................................................................................................................................... 5
5.- DE LOS USUARIOS ................................................................................................................... 6 ARTICULO 2.- ....................................................................................................................................... 6 ARTICULO 3.- ...................................................................................................................................... 6 ARTICULO 4.- ...................................................................................................................................... 6 ARTICULO 5. ....................................................................................................................................... 6 ARTICULO 6. ....................................................................................................................................... 6 ARTICULO 7.- ....................................................................................................................................... 7 ARTICULO 8.- ...................................................................................................................................... 7 ARTICULO 9.- ....................................................................................................................................... 7
6.- DE LOS EQUIPOS E INSTRUMENTOS ......................................................................................... 7 ARTICULO 11.- .................................................................................................................................... 7 ARTICULO 12.- .................................................................................................................................... 7 ARTICULO 13.- .................................................................................................................................... 7
7.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES ......................................................................................... 7 ARTICULO 14.- .................................................................................................................................... 7 ARTICULO 15.- .................................................................................................................................... 7 ARTICULO 16.- .................................................................................................................................... 7
8.- DISPOSICIONES GENERALES ..................................................................................................... 8 ARTICULO 18.- ..................................................................................................................................... 8
9.- DE LAS NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. ............................................................................ 8 ARTICULO 19.- ................................................................................................................................................... 8 ARTICULO 20.- ................................................................................................................................................... 8 ARTICULO 21.- ................................................................................................................................................... 8 ARTICULO 22.- ................................................................................................................................................... 8 ARTICULO 23.- ................................................................................................................................................... 8 ARTICULO 24.- ................................................................................................................................................... 9
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10.- DEL MAPA DE RIESGOS ................................................................................................................ 12 ARTÍCULO 25 ................................................................................................................................................... 12
11.- DE LAS MEDIDAS PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS. ............................................................. 13 ARTICULO 26.- ................................................................................................................................................. 13 ARTICULO 27.- ................................................................................................................................................. 13 ARTICULO 28.- ................................................................................................................................................. 13 ARTICULO 29.- ................................................................................................................................................. 13 ARTICULO 30.- ................................................................................................................................................. 13
12.- DE LA DISCIPLINA. ........................................................................................................................ 14 ARTICULO 31.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 32.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 33.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 34.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 35.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 36.- ................................................................................................................................................. 14 ARTICULO 37.- ................................................................................................................................................. 14 12.1.- DE LAS SANCIONES. .............................................................................................................................. 15 ARTICULO 38.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 39.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 40.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 41.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 42.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 43.- ................................................................................................................................................. 15 ARTICULO 44.- ................................................................................................................................................. 15
13.- DE LAS DISPOSICIONES ADICIONALES ......................................................................................... 16 ARTICULO 45.- ................................................................................................................................................. 16 ARTICULO 46.- ................................................................................................................................................. 16 ARTICULO 47.- ................................................................................................................................................. 16 ARTICULO 48.- ................................................................................................................................................. 16 ARTICULO 49.- ................................................................................................................................................. 17 ARTICULO 50.- ................................................................................................................................................. 17 ARTICULO 51.- ................................................................................................................................................. 17 ARTICULO 52.- ................................................................................................................................................. 17 ARTICULO 53.- ................................................................................................................................................. 17 13.1.- EN CASO DE ALTA TENSIÓN ................................................................................................................. 18 ARTICULO 54.- ................................................................................................................................................. 18 ARTICULO 55.- ................................................................................................................................................. 18 13.2.- PARA LOS DISPOSITIVOS MECÁNICOS. ............................................................................................... 18 ARTICULO 56.- ................................................................................................................................................. 18 13.3.- SEÑALAMIENTOS DENTRO DEL LABORATORIO. .................................................................................. 19 ARTICULO 57.- ................................................................................................................................................. 19 13.4.- EN CASO DE QUEMADURAS.- .............................................................................................................. 22 ARTICULO 58.- ................................................................................................................................................. 22
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14.- DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................. 22 ARTICULO 59.- ................................................................................................................................................. 22 ANEXO I. .......................................................................................................................................................... 23
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1.- ESTRUCTURA GENERAL
El presente Reglamento es aplicable para todos aquellos espacios de la Facultad de Ingeniería donde se
realice trabajo experimental, sea de docencia o de investigación. Estos sitios, para efectos del presente
Reglamento, serán denominados laboratorios. Su cumplimiento es obligatorio para el personal
académico, administrativo y alumnos y no excluye otra reglamentación que resulte aplicable. El no
cumplimiento de alguna de las disposiciones aquí descritas será motivo suficiente para la aplicación de
alguna sanción de acuerdo con la normatividad vigente.
2.- OBJETIVO GENERAL
Propiciar las condiciones favorables a la formación de recursos humanos con alto grado de conocimiento
y preparación a través del servicio que presta el personal adscrito a los laboratorios contribuyendo a la
docencia y a la investigación y conservando toda la infraestructura física con que cuenta el laboratorio en
un ambiente sustentable y ético.
3.- ORGANIGRAMA:
Cada Laboratorio cuenta con su propio organigrama dependiente de la UPI
4.- DE LOS RESPONSABLES:
ARTICULO 1.- Los responsables del laboratorio son directos e indirectos:
a. El jefe de laboratorio es el responsable directo de vigilar que todo el personal académico que
trabaja en el mismo lo realice de manera responsable en la actividad que se le asigne.
b. El responsable de académicos. Del personal de laboratorio habrá un responsable de la atención a
los académicos y tiene como finalidad la de suministrar y mantener en buenas condiciones todos los
equipos e instalaciones para que se lleven a cabo en condiciones seguras las actividades dentro del
laboratorio.
c. El responsable directo de investigación. Del personal de laboratorio habrá un responsable de la
atención a los investigadores tiene como finalidad la de suministrar y mantener en perfectas condiciones
los equipos e instalaciones que se utilicen en las investigaciones que se lleven a cabo dentro de las
instalaciones, para mantener un ambiente seguro y limpio dentro del mismo.
d. El personal mencionado en el inciso b y c son responsables indirectos deben de vigilar que los
alumnos como usuarios mantengan en buenas condiciones los equipos que se les entreguen para su uso
en las prácticas y el cuidado de las instalaciones.
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e. Los académicos e investigadores responsables de servicio social y prácticas profesionales deben
de vigilar que los alumnos que asistan al laboratorio a realizar sus actividades, mantengan en buenas
condiciones los equipos e instalaciones que vayan a utilizar.
5.- DE LOS USUARIOS
ARTICULO 2.- a) Los usuarios del laboratorio podrán ser internos o externos.
b) Son usuarios internos todos los alumnos con inscripción vigente y los miembros del personal
académico de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Autónoma de Yucatán.
c) Son usuarios externos todas aquellas personas que no pertenezcan a la Facultad de Ingeniería de
la Universidad Autónoma de Yucatán.
d) Los usuarios externos que requieran alguna prueba o servicio para usar el laboratorio deberán
solicitarla a la dirección de la facultad y deberán apegarse al reglamento interno y las medidas de
seguridad, las cuales se harán de su conocimiento al solicitar el uso de las instalaciones.
ARTICULO 3.- Los académicos, deberán entregar al jefe del laboratorio y responsable académico una propuesta de su
plan de actividades para el curso escolar correspondiente en la primera semana de inicio de cada
semestre. El jefe del laboratorio, deberá entregar al académico una copia del reglamento interno del
laboratorio. El académico, hará llegar dicho reglamento a sus alumnos para que estén enterados y como
se aplica en el laboratorio.
ARTICULO 4.- Los académicos que tengan proyectos de servicio social, investigación y/o prácticas profesionales,
deberán entregar al jefe del laboratorio y responsable de investigación una propuesta de su plan de
actividades. Éste último deberá entregarle al académico una copia del reglamento interno del laboratorio,
el cual les hará llegar a sus alumnos para que estén enterados y como se aplica en el laboratorio
ARTICULO 5. Para realizar cualquier actividad no programada relacionada con el uso del laboratorio, el usuario deberá
llenar el formato correspondiente (ANEXO I) que contenga lo siguiente: fecha de solicitud, fecha en que
se necesitaran los equipos, horario, asignatura, nombre del académico responsable o persona que lo
solicita, si es parte de un proyecto de investigación, cuerpo académico a laboratorio al que pertenece así
como los equipos e instrumentos que requiera, el cual será entregado con una anticipación de al menos
dos días hábiles.
ARTICULO 6. Los usuarios externos deberán presentar una solicitud por escrito dirigida al director de la Facultad de
Ingeniería con copia al Jefe de la Unidad de Posgrado y jefe del laboratorio quien dará el curso adecuado.
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ARTICULO 7.- Todos los usuarios, deberán sujetarse al horario del laboratorio. En caso que se solicite algún equipo o
requiera del uso del laboratorio fuera del horario de funcionamiento deberá solicitar autorización al jefe
del laboratorio y responsabilizarse por escrito del equipo y mobiliario del mismo.
ARTICULO 8.- Los usuarios al término de las actividades desarrolladas deberán limpiar los equipos utilizados y su área
de trabajo.
ARTICULO 9.- Todos los usuarios deberán utilizar bata de laboratorio reglamentaria, zapatos cerrados y equipo de
protección para poder realizar sus actividades dentro del laboratorio.
6.- DE LOS EQUIPOS E INSTRUMENTOS ARTICULO 10.-
Los manuales y la información técnica para la operación de los equipos estarán disponibles para ser
consultada en el laboratorio Para el uso de los equipos e instrumentos es obligatorio el conocimiento de
dichos manuales
ARTICULO 11.- Los equipos e instrumentos de laboratorio gestionados mediante proyectos, convenios o donaciones
deberán permanecer en el laboratorio y tendrán prioridad de uso en el proyecto específico de acuerdo a
la normatividad vigente.
ARTICULO 12.- No se permitirá en absoluto, sacar equipos o instrumentos del laboratorio, sin previa autorización por
escrito por parte del Director y/o Jefe de la Unidad de Posgrado y del jefe del laboratorio.
ARTICULO 13.- Todo usuario deberá reportar al jefe de laboratorio o coordinador correspondiente, por escrito el equipo o
instrumento que se deteriore durante su uso, indicando la justificación correspondiente.
7.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
ARTICULO 14.- Los académicos responsables de alguna actividad deberán hacer cumplir las normas y reglas contenidas
en este reglamento.
ARTICULO 15.- Queda estrictamente prohibido introducir alimentos y correr en el área de experimentación y deberán
comportarse de manera responsable y ética dentro de las instalaciones.
ARTICULO 16.-
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Todos los usuarios deberán cumplir estrictamente con lo establecido en las normas de seguridad e higiene
respectivas.
ARTÍCULO 17.- El laboratorio contará con un responsable de bodega el cual podrá ser un técnico
laboratorista o un auxiliar del laboratorio del área, el cual tendrá a su cargo el control y cuidado de los
equipos y herramientas del área.
8.- DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 18.- Los casos no previstos en este reglamento, serán resueltos conforme a lo que dispone la Ley Orgánica y
el Estatuto General de la Universidad Autónoma de Yucatán, los Reglamentos Generales emanados de
estos, así como también lo que dispongan al respecto el director de la Facultad de Ingeniería, el rector de
la Universidad Autónoma de Yucatán o el H. Consejo Universitario.
9.- DE LAS NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. ARTICULO 19.- La seguridad e integridad física de los alumnos, profesores, usuarios y encargados de laboratorios, así
como la de los equipos, material e instalaciones del laboratorio, son responsabilidad compartida de todos,
por lo que en caso de accidente o siniestro se deberá actuar en conjunto, según lo establecido en las
normas y procedimientos generales de seguridad para el uso del laboratorio.
ARTICULO 20.- En el caso de las prácticas, es obligación del profesor responsable asegurarse de que los alumnos
conozcan por lo menos los siguientes elementos básicos de seguridad: Normas y procedimientos
generales de seguridad para el uso del laboratorio; hojas de seguridad de los equipos y/o reactivos
a utilizar, instrucciones de operación de los equipos e instrumentos a utilizarse. En el caso del
trabajo experimental de investigación, es obligación del usuario conocer los elementos básicos de
seguridad señalados en el presente reglamento.
ARTICULO 21.- En caso de accidentes graves, los profesores deberán controlar las causas del accidente, informar
inmediatamente a las autoridades de la Universidad y asegurarse que la atención del accidentado sea
inmediata o reciba los primeros auxilios necesarios. Para ello es necesario que los profesores identifiquen
la ubicación del botiquín de primeros auxilios y la enfermería en su caso.
ARTICULO 22.- En caso de que alguna falla en los servicios de suministro de agua, energía eléctrica, gas o aire
acondicionado afecte el adecuado desarrollo de las prácticas, el servicio del laboratorio se suspenderá
sin excepción.
ARTICULO 23.-
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En la realización de cualquier actividad, siempre deberán utilizarse la ropa, el calzado adecuado y el
cabello recogido; así como los accesorios para la protección personal, según las necesidades de
ARTICULO 24.- Sobre el equipo de seguridad y protección personal, los laboratorios deberán contar con los accesorios o
implementos que permitan combatir cualquier eventualidad, tales como:
a) Extintores.
b) Regaderas de emergencia.
c) Estaciones lavaojos.
d) Señalamientos de Protección Civil.
e) Botiquín para primeros auxilios.
f) En relación a la seguridad personal durante la permanencia en los laboratorios los usuarios
deberán apegarse a los siguientes lineamientos:
g) El acceso a los laboratorios debe estar estrictamente limitado y sólo se permitirá el ingreso al
personal autorizado ya sean profesores, alumnos o visitantes; esto por el riesgo que representa el
manejo de sustancias y/o la operación de equipos.
h) Cualquier persona que entre a un laboratorio debe conocer los riesgos con los que se podría
enfrentar durante su permanencia en éste, así que debe tener entrenamiento en las precauciones
de seguridad y los procedimientos apropiados.
i) Todas las actividades que se realicen en los laboratorios deben ser supervisadas por el profesor
responsable del grupo o por el responsable del laboratorio. Por lo cual queda estrictamente
prohibido trabajar sin la supervisión del profesor. Nunca deberá estar una persona sola en los
laboratorios y nadie podrá trabajar fuera de los horarios de trabajo establecidos, a menos que
obtenga una autorización específica del responsable del área.
j) Para empezar a trabajar en el laboratorio los usuarios se deben familiarizar con los elementos de
seguridad disponibles.
k) El área de trabajo tiene que mantenerse siempre limpia y ordenada, libre de cualquier objeto o
material innecesario que pudiera interferir con las actividades a realizar.
l) El uso de bata (preferentemente de algodón) es obligatorio para el encargado de laboratorios y
todos los usuarios, debe de llevarse siempre abotonada. Debe evitarse el uso de batas de material
sintético en espacios donde se manejen productos químicos y/o mecheros.
m) El uso de bata será opcional solo en caso de que las actividades dentro del laboratorio sean
estrictamente teóricas y no impliquen el uso de equipo, herramientas y/o reactivos.
n) En el laboratorio, no deben usarse pantalones cortos, falda o sandalias. Se debe utilizar calzado
cerrado de suela de goma, que cubra y proteja completamente los pies; no se pueden usar zapatos
de tela, ni guarache. El cabello largo debe llevarse recogido y las uñas recortadas.
o) No portar accesorios personales que puedan comprender riesgos de accidentes mecánicos,
químicos o por fuego, tales como anillos, pulseras, collares, gorras y teléfonos. La responsabilidad
por las consecuencias de no cumplir esta norma dentro del laboratorio es enteramente del usuario.
p) Cuando las actividades se realicen en la intemperie y los usuarios estén sometidos a la radiación
solar se sugiere el uso de bloqueador solar y lentes negros.
q) Todo el equipo y el material de laboratorio que genere calor deberá ser manipulado utilizando
guantes termo-aislantes.
r) En el caso de que ocurra un derrame accidental de algún reactivo o sustancia durante una práctica
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o trabajo experimental, los alumnos o usuarios deberán alejarse de ese punto y notificarlo
inmediatamente al profesor o al encargado del laboratorio.
s) En las actividades que lo requieran se exigirá a los alumnos y profesores uso de guantes,
mascarillas y lentes protectores.
t) Debe evitarse que las mangas, puños, pulseras, etc., estén cerca de las llamas o equipos
eléctricos en funcionamiento.
u) Es obligatorio usar gafas de seguridad siempre que se realicen prácticas o actividades donde los
ojos puedan ser dañados. No se debe portar lentes de contacto en el laboratorio, ya que, en caso
de accidente, pueden agravar las lesiones de los ojos antes de retirarlos.
v) Se prohíbe fumar, comer o beber durante la permanencia en los laboratorios.
w) Se abstendrán de tirar papeles, colocar material o equipo en el piso del laboratorio que pueda
obstaculizar la libre circulación o ser causa de accidente.
x) Para evitar descargas eléctricas accidentales se deberán seguir las instrucciones de
funcionamiento y manipulación de los equipos. No se debe enchufar un equipo sin toma de tierra
o con los cables o conexiones en mal estado. Al manipular el interior de un aparato verificar que
este desconectado.
y) Recuerde que los circuitos eléctricos y electrónicos y algunos equipos (aún de medición) tienen
más de una fuente de alimentación, y un límite superior de voltaje, sea para la entrada de
alimentación como para la de medición. Se invita a los usuarios a que, antes de efectuar cualquier
manipulación o medición, se tomen su tiempo para estudiar los manuales de uso, diagramas a
cuadros y los de cableado del sistema o circuito, para asegurarse que las fuentes de poder de
tales circuitos y equipos deben operarse en el modo y la secuencia requerida y tener en cuenta
los voltajes máximos de suministro de C. A. en su alimentación así como los voltajes y corrientes
máximos que puede soportar una sonda de medición en su entrada.
z) Cualquier tipo de sustancias líquidas, tales como agua, refrescos, alcohol, gasolina, etc. no deben
dejarse cerca de los circuitos o equipos eléctricos.
aa) Cuando efectúe mediciones de alto voltaje, asegúrese de usar guantes adecuados, además de
estar aislado de tierra y neutro por un tapete de caucho con especificaciones de aislamiento
aprobadas o, en su defecto, capas de lona y/o madera seca. Al efectuar tales mediciones,
asegúrese de utilizar solamente su mano derecha -recuérdese, que basta, una corriente de
aproximadamente 15 mA. a través del corazón, para que sus fibras se queden contraídas.
bb) Para las mediciones de alto voltaje, se recomienda que una segunda persona se ubique cerca del
interruptor principal, de modo que, en caso de emergencia el equipo en el que se hace la medición
pueda desenergizarse.
cc) Al trabajar con alto voltaje, utilice las herramientas y elementos de iluminación adecuados (como
son las lámparas de mano) aisladas.
dd) Cuando los voltajes a medir sean superiores a 300 Volts, observe el siguiente procedimiento:
ee) Desenergice el equipo.
ff) Desenergice (por ejemplo, ponga a tierra) las terminales de todos los componentes capaces de
almacenar energía eléctrica.
gg) Coloque las puntas de medición en el punto del equipo que desea medir.
hh) Retire todas las terminales que previamente había puesto a tierra.
ii) Energice el equipo y observe la lectura.
jj) Desenergice el equipo.
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kk) Repita el inciso bb).
ll) Retire las puntas de medición.
mm) No hay que mantener los interruptores (breakers) activados por un medio externo a ellos,
para ponerlos en posición cerrada, pues esto afecta el propósito de protección de tales
interruptores, en caso de una sobredemanda de corriente.
nn) Asegúrese que la terminal de tierra de un equipo esté conectada, y que la tensión de alimentación
de tal equipo corresponde a lo especificado en su entrada de energía de CA.
oo) Antes de efectuar alguna conexión o cambio de elementos en un prototipo o equipo, desconecte
tales equipos, ya que puede tener algunos elementos con energía eléctrica almacenada.
pp) Use medidores y dispositivos de indicación que sean los correctos y convenientes (por su
capacidad máxima, su sensibilidad y por sus escalas) para comprobar la presencia de voltajes.
qq) Los dispositivos de protección de los equipos o de las instalaciones, tales como: fusibles, cuchillas
y relevadores de sobre corriente NO deben ser bloqueados, puenteados o retirados, excepto para
sustituirlos. Además, tampoco deben intercambiarse o modificarse, salvo una autorización
específica.
rr) Los fusibles deben removerse y remplazarse solamente después de haber desconectado el
circuito, equipo o instalación donde estén. Cuando se funde un fusible, al remplazarlo, el nuevo
debe ser del mismo tipo y tener los mismos valores límites de voltaje y corriente que el que se
retiró.
ss) Cuando actúan los sistemas de protección de sobre corriente, indican un posible cortocircuito o
destrucción de uno de los dispositivos del equipo o del sistema, por lo que hay que desenergizar
el equipo o la sección de la instalación, con el propósito de encontrar la posible causa. Recuerde
que cuando hay un corto circuito que afecta la acometida de energía eléctrica de toda la
instalación, los sistemas de protección de CFE interrumpen dos veces el suministro de corriente;
por lo que nos concierne, tales interrupciones dan oportunidad de que si alguien es víctima de una
descarga eléctrica pueda ser retirado del lugar donde esté haciendo contacto durante dichas
interrupciones.
tt) Antes de realizar cualquier práctica o experimento, debe conocerse y tener en cuenta:
Las principales propiedades físicas y químicas de las sustancias, materiales y/o equipo a
utilizar, así como los riesgos de su manipulación. Consultando las hojas de seguridad
correspondientes.
El uso y funcionamiento de las herramientas, equipo, instrumentos, etcétera; y jamás se
debe utilizar sin conocer perfectamente su funcionamiento.
uu) Se deben de tomar las medidas de seguridad adecuadas, y antes de utilizar cualquier tipo de
material o instrumento asegurarse de que está en perfectas condiciones de uso.
vv) Siempre respetar las áreas específicas destinadas para realizar el trabajo y utilizarlas con el
máximo cuidado, atendiendo las indicaciones del profesor responsable o de las hojas de Datos de
Seguridad de Materiales, según sea el caso.
ww) Seguir todas las indicaciones de seguridad que se señalan en cada equipo o reactivo, así
como las señaladas en cada práctica.
xx) Manipular adecuadamente el material de vidrio, no forzarlo para evitar que se rompa. Retirar del
área de trabajo el vidrio caliente, para que pierda temperatura y no cause accidentes. No utilizar
material de vidrio en mal estado. El material de vidrio roto se depositará en contenedor específico
para vidrio.
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yy) El material y los aparatos utilizados tienen que dejarse siempre limpios y ordenados.
10.- DEL MAPA DE RIESGOS ARTÍCULO 25.- En todos los Laboratorios se instalaran las señales correspondientes al mapa de
riesgos con la finalidad de contar con las adecuadas rutas de evacuación y de encuentro.
Ejemplo del mapa de riesgos del Laboratorio de Geotecnia y V.T.
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11.- DE LAS MEDIDAS PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS.
ARTICULO 26.-
Los desechos o residuos sólidos y líquidos generados durante el desarrollo de actividades
en los laboratorios, deberán colectarse en los recipientes indicados para cada tipo de
sustancia, de acuerdo con la clasificación que haya establecido por parte de la Universidad.
Por lo cual queda estrictamente prohibido arrojarlas o depositarlas en otros medios no
autorizados, a los fregaderos o directamente a la basura.
ARTICULO 27.- Las sustancias líquidas o disoluciones que puedan verterse al fregadero, deberán diluirse
previamente, sobre todo en caso de ácidos y bases. No se deberán tirar al fregadero
residuos sólidos que puedan atascarlo.
ARTICULO 28.- Antes de la disposición final de los desechos y/o residuos químicos, se deberá proceder a
su recuperación, destrucción, inactivación o minimización, con el fin de reducir la cantidad
inicial y el riesgo potencial.
ARTICULO 29.- Los recipientes para transporte de muestras deben ser de material irrompible y cierre
hermético. Deben tener preferiblemente el tapón de rosca.
ARTICULO 30.- Manipular, transportar las muestras disponiéndolas en recipientes debidamente rotulados.
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12.- DE LA DISCIPLINA.
ARTICULO 31.-
El alumno no podrá abandonar el laboratorio durante el desarrollo de su práctica, solo con
permiso del profesor.
ARTICULO 32.-
El laboratorio es un espacio de estudio y por tanto se debe propiciar el silencio y un
ambiente adecuado para tal fin; no se desempeñarán actividades que no estén
relacionadas con el trabajo de sus prácticas experimentales.
ARTICULO 33.-
Los alumnos deberán mantener una actitud de respeto hacia el profesor, el responsable del
laboratorio y el resto de sus compañeros, así mismo, deberán abstenerse de tomar bebidas,
alimentos y fumar dentro del laboratorio.
ARTICULO 34.-
El salir del laboratorio llevando consigo material o equipo sin autorización ya sea en forma
deliberada o accidental se considerará como falta grave, por lo que se reportará de
inmediato a la Coordinación correspondiente.
ARTICULO 35.-
Los alumnos que, a consecuencia del mal uso, conducta inadecuada, descuido,
desconocimiento o falta de observación de las normas de seguridad, dañen o extravíen
materiales y equipo, deberá cubrir el importe para su reparación o sustitución en el plazo
que les sea señalado por la Coordinación del Laboratorio.
ARTICULO 36.- Si el alumno no cumple en el plazo otorgado para la reposición del daño, le será cancelado
el acceso al laboratorio y será acreedor a las sanciones que correspondan.
ARTICULO 37.- En la realización de las prácticas, es responsabilidad de los alumnos la limpieza y orden
del equipo y materiales utilizados.
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12.1.- DE LAS SANCIONES.
ARTICULO 38.-
Serán motivo de sanción las siguientes acciones:
ARTICULO 39.-
La Indisciplina.
El uso indebido de los equipos y/o materiales.
Desarrollar actividades ajenas a los laboratorios.
ARTICULO 40.- Los usuarios a quienes se les compruebe o sorprenda haciendo mal uso de equipos,
materiales, instalaciones, etc., propias de los laboratorios, de las señalizaciones
instaladas para protección civil, serán reportados a la Coordinación del laboratorio
quien de ser necesario dictará la sanción disciplinaria correspondiente.
ARTICULO 41.- Cometer una o varias acciones o conductas consideradas como faltas (descritas o
no en el reglamento), se castigará con sanciones que van desde la suspensión del
servicio del laboratorio hasta la expulsión de la Universidad.
ARTICULO 42.- Las infracciones al presente Reglamento originarán las correspondientes
sanciones, las cuales serán aplicadas según sea la gravedad de la falta por el
profesor de la asignatura, el Jefe de laboratorio y la Coordinación del Programa
educativo.
ARTICULO 43.- El desconocimiento de este reglamento no exime al alumno de cualquier sanción
que pudiera ser aplicable.
ARTICULO 44.- Con respecto a las faltas cometidas por usuarios externos, se aplicará lo estipulado
en los convenios entre instituciones.
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13.- DE LAS DISPOSICIONES ADICIONALES
ARTICULO 45.- Los incendios por causas eléctricas son muy frecuentes. Las principales causas son:
a) Sobrecalentamiento de cables debido a sobrecarga de los conductores.
b) Sobrecalentamiento debido a fallas en los termostatos o fallas en equipos de
corte de temperatura.
c) Fugas debidas a fallas de aislamiento eléctrico.
d) Sobrecalentamiento de materiales inflamables ubicados cerca o dentro de equipos
de baja tensión que, en operación normal, pueden llegar a calentarse.
e) Ignición de materiales inflamables por chispas o arco.
ARTICULO 46.-
Debido a las descargas eléctricas o sobrecalentamiento del equipo de laboratorio se corre
el riesgo de un incendio, se debe intentar combatir el incendio con el extintor que se
encuentra en el laboratorio correspondiente.
ARTICULO 47.-
En el área de los Laboratorios de se DEBERÁ CONTAR CON varios indicadores de
“qué hacer en caso de huracán e incendios” se deben seguir los pasos en caso de
emergencia.
.
ARTICULO 48.-
Una lesión eléctrica o shock eléctrico es un daño a la piel o a los órganos internos cuando
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una persona entra en contacto directo con una corriente eléctrica.
ARTICULO 49.-
El cuerpo humano conduce electricidad muy bien. Eso significa que la electricidad pasa con
mucha facilidad a través de nuestro cuerpo. El contacto directo con una corriente eléctrica
puede ser mortal. Aunque algunas quemaduras parecen menores, es posible que haya
daño interno grave, sobre todo en el corazón, los músculos o el cerebro.
ARTICULO 50.-
Las lesiones eléctricas se clasifican en 4 categorías según la intensidad de corriente:
ARTICULO 51.-
Tabla 1. Clasificación de los efectos de la corriente eléctrica en el cuerpo humano.
Categoría Intensidad Efecto
1 Menos de 25
mA Tetanización
1
sin influencia sobre el
corazón.
2 De 25 mA a 80
mA
Tetanización con posibilidad de parálisis
temporal cardíaca y respiratoria.
3 De 80 mA a
4A
Zona p e l i g r o s a d e fibrilación
ventricular.
4 Más de 4A Parálisis cardíaca y respiratoria, junto
con quemaduras graves.
ARTICULO 52.-
Donde Tetanización se entiende como el movimiento incontrolado de los músculos como
consecuencia del paso de la energía eléctrica por el cuerpo. Es muy importante tener en
cuenta que con sólo 20 mA que pasen al corazón pueden producir la muerte de una
persona. Si se toma en cuenta que la resistencia humana media es de 4000 ohmios, con
sólo 80 V sería suficiente para producir la muerte.
ARTICULO 53.-
Para evitar accidentes de tipo eléctrico es importante realizar las siguientes
consideraciones al trabajar:
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a) Usar calzado de goma para que no pase corriente a tierra por nuestro cuerpo.
b) Nunca tocar las conexiones de cobre de ningún equipo, aunque no esté conectado.
c) Si se usan capacitores, hay que suponer que están siempre cargados, aunque haya
pasado mucho tiempo sin usarse. La descarga de un capacitor puede ser
mortal. Siempre cortocircuítelos por lo menos dos veces antes de tocarlos.
d) Verificar la adecuada conexión a tierra. En el laboratorio se dispone de un cable
desnudo de cobre o bien se interconectan todos los tubos y cajas metálicas por
los que van los conductores y esta red se conecta a una jabalina de hierro
galvanizado "enterrada". Deben conectarse a tierra todos los chasis metálicos de
los instrumentos y equipos eléctricos con los que se está trabajando. De esta
manera, si ocurre una falla en la aislación del conductor correspondiente a fase,
éste se pondrá en contacto con la tierra y quemará los fusibles del Laboratorio.
e) En el Laboratorio, se suelen usar adaptadores para enchufes. Hay que tener
en cuenta que cuando se usan, puede desconectarse la tierra del equipo.
13.1.- EN CASO DE ALTA TENSIÓN
ARTICULO 54.-
NUNCA:
Realizar prácticas que requieran usar alta tensión si se encuentra solo.
Tocar un cable de alta tensión o cualquier cosa que haya sido conectada a una fuente de
alta tensión sin haber cortocircuitado a tierra al menos dos veces dicho elemento.
ARTICULO 55.-
SIEMPRE:
Suponer que los condensadores están energizados. La fuente de alta tensión pude
tener condensadores que permanezcan cargados aun si la fuente ha sido apagada.
Utilizar la tierra física antes de tocar la salida de la fuente.
Colocar indicadores tipo "PELIGRO, ALTA TENSIÓN" en los experimentos de este tipo
para alertar a las demás personas en el Laboratorio.
Asegurarse que el piso y la mesa de trabajo estén secas.
Apagar las fuentes cuando no esté controlando personalmente su experimento.
Controlar la calidad de la conexión a tierra del circuito antes de conectarlo.
13.2.- PARA LOS DISPOSITIVOS MECÁNICOS.
ARTICULO 56.-
Cuando se trabaja con maquinaria es necesario seguir las siguientes indicaciones para
evitar accidentes como cortaduras, lesiones en extremidades y rostro:
a) Las ropas de trabajo deben de ajustar bien
b) No deben usarse corbatas o bufandas, así como cadenas, relojes, pulseras o anillos.
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c) Calzado de tacón bajo y suela de goma.
d) Cabello recogido.
e) No limpiar o aceitar las maquinas en funcionamiento.
f) No abandonar una maquina en marcha.
g) Se debe utilizar el protector facial adecuado que acompaña a la máquina (en
especial en el caso de que la maquina proyecte virutas o partículas).
h) No dejar obstáculos en el camino.
i) Nunca apunte la pistola de aire a una persona, puede hacer volar partículas
extrañas a los ojos o causar daños serios.
13.3.- SEÑALAMIENTOS DENTRO DEL LABORATORIO.
ARTICULO 57.-
De acuerdo al área se pueden encontrar señalamientos que prohíben acciones, avisan
de posibles riesgos o indican el uso y la localización de dispositivos de seguridad. De
acuerdo al tipo de señalización se pueden encontrar señalamientos de restricción, de
aviso y preventivos.
Tabla 2. Señalizaciones dentro de las instalaciones del laboratorio.
Señal Descripción Señal Descripción
Prohibido fumar
dentro de los
laboratorios.
Prohibido el paso
a toda persona no
autorizada
Prohibido introducir
alimentos y
bebidas
No jugar en esta área
Tabla 3. Señalizaciones preventivas dentro de las instalaciones del laboratorio.
Señal Descripción
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Precaución por Alta Tensión, no abrir
tableros eléctricos, maquinaria y
elementos con éste símbolo.
Precaución por superficie caliente, no
tocar con la mano desnuda.
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Tabla 4. Señalizaciones de aviso dentro de las instalaciones del laboratorio.
Señal Descripción
Uso obligatorio de PROTECCCIÓN
OCULAR. Es necesario el uso de gafas
protectoras.
Uso obligatorio de PROTECCIÓN
AUDITIVA. Es necesario el uso de protección
auditiva cuando haya ruido excesivo.
Indica la localización de un extintor para su
uso en caso de incendio.
Coloca la herramienta en su lugar.
Salida en caso de emergencia.
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13.4.- EN CASO DE QUEMADURAS.- ARTICULO 58.- En caso de quemaduras por temperaturas extremas. Se refieren a aquellas quemaduras generadas por
fuego y materiales calientes o muy fríos. Deberán:
a) Contar en el laboratorio con el equipo de seguridad necesario, de acuerdo con la actividad que se realice.
b) Revisar su funcionamiento antes de su uso y tomar capacitación específica sobre su correcto manejo. Durante
c) Mantén la calma.
d) Lava con agua el área afectada por lo menos durante 15 minutos.
e) Cubre el área con una gasa
f) Avisa al personal de la enfermería, a la Coordinación de Protección Civil de la Facultad, al
personal de seguridad o a la Central de Atención de Emergencias de la FIUADY.
g) En caso de que esté involucrada una flama y se prenda la ropa de alguna persona, evita que corra, cúbrela con una manta contra incendios o alguna bata.
h) En todos los casos, da aviso al profesor responsable del laboratorio o área de trabajo y a la
Coordinación de Protección Civil.
i) Solicita la revisión de la o las personas lesionadas por un médico especialista, por ejemplo, un dermatólogo.
j) Solicita la colaboración de expertos externos para realizar un análisis del accidente para
eliminar las posibles causas y evitar que vuelva
14.- DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 59.- Los casos dudosos o no previstos en este reglamento serán resueltos conforme a lo que
dispone la Ley Orgánica y Estatuto General de la Universidad Autónoma de Yucatán, los
Reglamentos Generales emanados de éstos, así como lo que dispongan al respecto el
Director de la Facultad, el Rector de la Universidad Autónoma de Yucatán o el H. Consejo
Universitario.
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ANEXO I.