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Universidad Nacional Autónoma de Chota “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
Sede Central y Administrativa: Jirón 27 de noviembre N° 768 – Chota – Teléf. 076-351144
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 450-2021-UNACH
29 de diciembre de 2021
VISTO:
Carta N° 044-2021-UNACH/VPI– DIE, de fecha 20 de diciembre de 2021; Informe Legal N° 221-2021-OAJ-
UNACH/LRAP, de fecha 22 de diciembre de 2021; Oficio N° 644E-2021-UNACH/VPI, de fecha 28 de diciembre
de 2021; Acuerdo de Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Veinticinco (25), de fecha 29 de
diciembre de 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de
profesores, alumnos y graduados. (…). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno,
académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la
Constitución y de las leyes.
Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía
universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la
Constitución, la presente ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes
regímenes 8.4) administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y
prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fines de la institución Universitaria,
incluyendo las de organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo.
Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, referido a la Comisión Organizadora establece que, La Comisión tiene
a su cargo la aprobación del Estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la
universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como en su conducción y dirección hasta que
se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le corresponden.
Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar
establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad. - Las autoridades
administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les
estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los cuales les fueron conferidas. Lo que significa que la actuación
de las autoridades de las entidades de la administración pública, como la Universidad Nacional Autónoma de
Chota, deben restringir su accionar a lo estrictamente estipulado en las facultades y funciones conferidas en la
Constitución, y la ley.
Que, mediante Carta N° 044-2021-UNACH/VPI– DIE, de fecha 20 de diciembre de 2021, la Directora de
Incubadora de Empresas, solicita la aprobación mediante acto resolutivo del Reglamento de la Dirección de
Incubadora de Empresas –DIE.
Que, mediante Informe Legal N° 221-2021-OAJ-UNACH/LRAP, de fecha 22 de diciembre de 2021, el Jefe de la
Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para su aprobación del Reglamento de la Dirección de
Incubadora de Empresas de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
Que, mediante Oficio N° 644E-2021-UNACH/VPI, de fecha 28 de diciembre de 2021, el Vicepresidente de
Investigación hace llegar el Reglamento de la Dirección de Incubadora de Empresas para su aprobación
correspondiente, teniendo en cuenta el Informe Legal favorable de la Oficina General de Asesoría Legal.
Universidad Nacional Autónoma de Chota “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
Sede Central y Administrativa: Jirón 27 de noviembre N° 768 – Chota – Teléf. 076-351144
Que, en Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Veinticinco (25), de fecha 29 de diciembre de
2021, aprueba el Reglamento de la Dirección de Incubadora de Empresas de la Universidad Nacional Autónoma
de Chota.
Que, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220 y el Artículo 21° del Estatuto de la
Universidad Nacional Autónoma de Chota.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento de la Dirección de Incubadora de Empresas de la Universidad
Nacional Autónoma de Chota, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER la publicación de la presente Resolución, así como su anexo en la página
web, del portal institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, (http://www.unach.edu.pe/).
ARTÍCULO TERCERO: DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
C.c.
Vicepresidencia de Investigación
Administración
Asesoría Jurídica
Incubadora de Empresas
Archivo
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................................ 2
TÍTULO I: GENERALIDADES ................................................................................................................................. 3
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................. 3
CAPÍTULO II: MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE
EMPRESAS .............................................................................................................................................................. 4
CAPÍTULO III: DE LAS DEFINICIONES ........................................................................................................... 5
TÍTULO II: RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN DE INCUADORA DE EMPRESAS .................... 8
CAPÍTULO IV: FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE EMPRESAS .......................... 8
TÍTULO III: SERVICIOS QUE SE OFERTAN ..................................................................................................... 10
CAPÍTULO V: PROGRAMAS DE LA INCUBADORA ................................................................................... 10
CAPÍTULO VI: DE LA CONVOCATORIA Y POSTULACIÓN .................................................................... 11
CAPÍTULO VII: DE LAS FUNCIONES DE EMPRENDEDOR O EMPRENDEDORES ............................ 12
CAPÍTULO VIII: DE LA EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y RESULTADOS................................................. 14
CAPÍTULO IX: FINANCIAMIENTO, BIENES Y SERVICIOS QUE FINANCIA Y NO FINANCIA EL
PROYECTO............................................................................................................................................................ 15
CAPÍTULO X: DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE EMPRENDIMIENTO .................................... 17
CAPÍTULO XI: DE LA SUPERVISIÓN, SANCIONES Y ESTÍMULOS ....................................................... 18
CAPÍTULO XII: DE LOS INFORMES ............................................................................................................... 20
CAPÍTULO XIII: DE LOS ASESORES ESPECIALIZADOS, MENTORES, CONSULTORES Y
MONITORES: ........................................................................................................................................................ 21
CAPÍTULO XIV: SIN FINANCIAMIENTO ...................................................................................................... 21
TÍTULO IV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ANEXOS ........................................................................... 22
CAPÍTULO XV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS ..................................................................................... 22
CAPÍTULO XVI: ANEXOS .................................................................................................................................. 22
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INTRODUCCIÓN
La Universidad Nacional Autónoma de Chota (UNACH) a través de la Dirección de Incubadora de Empresas (DIE)
promueve iniciativas de los estudiantes y emprendedores de la región Cajamarca para la creación de pequeñas y
microempresas, brindando asistencia técnica, financiamiento y facilidades en el uso de los equipos e instalaciones de
la institución.
La UNACH fomenta el espíritu emprendedor motivando a estudiantes y emprendedores para que apliquen sus
conocimientos técnicos, científicos y experiencias profesionales, con el objeto de desarrollar productos (bienes y
servicios) innovadores que permitan crear un negocio sostenible y rentable.
La UNACH apoya al emprendimiento especialmente a través de concursos los cuales permiten a los estudiantes y
emprendedores con ideas de negocio innovadoras a generar nuevos productos o servicios, donde su creatividad y su
alto grado de investigación estén destinados hacer una idea con alto potencial de crecimiento y con gran aceptación
del producto en mercado nacional e internacional. Los emprendedores deberán presentar proyectos de investigación
aplicada, innovación o emprendimiento en función de las oportunidades del mercado y necesidades de la provincia y
de la región, siendo desarrolladas por equipos con altas capacidades técnicas, motivación y liderazgo a fin de crear
negocios.
El presente reglamento busca regular las actividades que desarrolla la Dirección de Incubadora de Empresas, la cual
tiene como objetivo promover la creación de empresas y negocios de base tecnológica y científica, producto de las
investigaciones, que se caractericen por ser altamente innovadoras, que tengan un alto potencial de crecimiento y
rentabilidad. Los participantes aprovechan el desarrollo de sus proyectos para obtener una patente, artículo científico,
tesis y/o empresa. La DIE apoya las iniciativas desde su etapa temprana hasta la comercialización y aceleración a nivel
global mediante la entrega de conocimiento y el acceso a diversas redes de contacto, contribuyendo a mejorar el
empleo, la calidad de vida, la competitividad, el posicionamiento local-regional y mejorar los indicadores económicos
locales-regionales.
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REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE EMPRESAS DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA
TÍTULO I: GENERALIDADES
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°. FINALIDAD
El presente reglamento tiene por finalidad regular el funcionamiento de la Dirección de Incubadora de Empresas, así
como normar los procesos de fondos concursables internos de proyectos de investigación aplicada, emprendimiento e
innovación; además de normar la creación, organización, evaluación, administración y gestión de la Incubadora de
Empresas de la UNACH. Por otro lado, promueve la iniciativa de los estudiantes en relación al emprendimiento
empresarial, vinculado principalmente a la aplicación de conocimiento científico, la innovación científica y/o
tecnológica.
ARTÍCULO 2°. ALCANCE
El alcance del cumplimiento del presente reglamento es aplicable para la comunidad universidad de la UNACH,
público en general interesado en emprendimiento y los stakeholders vinculados al emprendimiento e innovación.
ARTÍCULO 3°. BASE LEGAL
a) Constitución Política del Perú 1993.
b) Ley N° 28740 que aprueba el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa, modificatorias, complementarias y normas reglamentarias.
c) Ley N° 29531, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
d) Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI).
e) Ley sobre el Derecho de Autor.
f) Ley General de Sociedades N° 26887.
g) Ley de Promoción y formalización de la micro y pequeña empresa – Ley N° 28015.
h) Decreto Supremo N° 003-2009-PRODUCE donde se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29152, Ley que
establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la
Competitividad – FIDECOM.
i) Ley Universitaria N° 30220.
j) Ley del Sistema Nacional de Presupuesto vigente.
k) Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017
l) Reglamento de la Ley de Canon Decreto Supremo N° 005-2002-EF.
m) Resolución de Presidencia del CONCYTEC N°214-2018-CONCYTEC-P
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n) El TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 006-2017-JUS.
o) El Código Civil vigente.
p) Estatuto de la UNACH aprobado por resolución de comisión organizadora N° 343-2021-UNACH.
q) Reglamento de Organizaciones y Funciones de la UNACH aprobado por resolución de comisión organizadora
N° 345-2021-UNACH
r) Reglamento General de Investigación.
s) Directiva N° 001- 2017 OGEE/UNACH: “Directiva para el otorgamiento y rendición de subvención
financiera: para participar en capacitaciones, cursos y pasantías de los alumnos ganadores de los concursos de
investigación tecnológica en emprendimiento e innovación Start Up, de la Universidad Nacional Autónoma
de Chota”.
t) Modelo de Licenciamiento Institucional-SUNEDU
u) Ley de Canon N° 27506, su reglamento D.S. N° 005-2002-EF y sus modificatorias Ley N°28077, Ley N°
28322 y Ley N° 2928.
v) Plan Estratégico Institucional 2019 -2022 de la UNACH.
w) Código de Ética de la UNACH.
x) Reglamento del Estudiante de la UNACH.
y) TUPA UNACH
CAPÍTULO II: MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE
EMPRESAS
ARTÍCULO 4°. DE LA UNIVERSIDAD Y EL EMPRENDIMIENTO
Según el artículo 87 del estatuto de la UNACH, la Dirección de Incubadora de Empresas, es el órgano de línea
dependiente del Vicerrectorado de Investigación; responsable de dirigir, coordinar y promover la iniciativa de los
estudiantes para la creación de pequeñas y microempresas de propiedad de los estudiantes. Y en concordancia según
lo establecido en el artículo 52 de la ley universitaria, donde se establece que la Universidad como parte de su actividad
formativa, promueve la iniciativa de los estudiantes para la creación de pequeñas y microempresas de propiedad de los
estudiantes, brindando asesorías o facilidades en el uso de los equipos e instalaciones de la institución. Los órganos
directivos de la empresa, en un contexto formativo, deben estar integrados por estudiantes. Estas empresas reciben
asesoría técnica o empresarial de parte de los docentes y administrativos de la DIE y facilidades en el uso de los equipos
e instalaciones de la UNACH.
ARTÍCULO 5°. MISIÓN. Promover la creación de empresas innovadoras dentro y fuera de la comunidad
universitaria y ayudar a su crecimiento.
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ARTÍCULO 6°. VISIÓN. Ser reconocida como la incubadora universitaria líder de la región Cajamarca que apalanca
el desarrollo de nuevos proyectos y negocios innovadores que promuevan la propuesta de valor y el uso sostenible de
los recursos naturales de la región.
ARTÍCULO 7°. VALORES. Los valores de la Dirección de Incubadora de Empresas transmiten nuestra filosofía y
nuestra práctica educativa:
a. Creatividad.
Buscar en forma permanente, nuevas formas de hacer las cosas, de modo que ello sea beneficioso para el
emprendedor, la universidad, la región y el país.
b. Esfuerzo.
Invertir todo el talento, los recursos y las fuerzas físicas y mentales en cumplir la misión y alcanzar los
objetivos.
c. Compromiso.
La seriedad y competencia con la que se debe cumplir todos y cada uno de los deberes y principios. Impulsando
el progreso social, cultural, económico y medioambiental a través del apoyo al talento emprendedor.
d. Integridad moral y ética.
Trabajar para conseguir los sueños y objetivos con honradez, rectitud en la conducta y entereza moral y ética.
e. Mejora continua.
La pasión por lo que se hace y las aspiraciones motiva a superarse y perfeccionarse cada día como profesionales
y seres humanos.
Cabe resaltar, que los principios y valores se alinean al código de ética de la UNACH.
ARTÍCULO 8°. OBJETIVO
Impulsar la creación de empresas innovadoras, facilitándoles información, mentoría, asesoría, financiamiento, además
de los ambientes y laboratorios para dar inicio a sus proyectos empresariales. Las empresas retribuyen a la Universidad
compartiendo sus experiencias e interactuando con otros emprendedores de otras universidades e instituciones además
de generar puestos de trabajo que contribuirán a mejorar la calidad de vida de la población y mejorar los indicadores
económicos local-regionales.
CAPÍTULO III: DE LAS DEFINICIONES
ARTICULO 9º. Definiciones.
A. Incubadora de empresas. Son organizaciones que pueden ser tanto gubernamentales como de carácter
privado que incentivan la creación y crecimiento de nuevas empresas mediante procesos de capacitación y
asesoría empresarial y aportan los elementos básicos para la creación, gestión y desarrollo de nuevas empresas.
Tienen el objetivo de contribuir al desarrollo empresarial del Estado dado que reduce los riesgos de cierres de
negocios (Isenberg, 2010).
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B. Etapa de sensibilización. En esta etapa se realizará un círculo de actividades (talleres, cursos, meetups, visitas,
etc.) que permitan sensibilizar, mejorar y/o fortalecer las capacidades y aptitudes emprendedoras de la
comunidad universitaria y personas externas.
C. Etapa de pre incubación. En esta etapa el emprendedor recibirá una intensa capacitación a fin de potenciar
su perfil emprendedor a través de metodologías de emprendimiento, coaching y los cursos prácticos en gestión
empresarial, perfeccionando sus habilidades empresariales y personales. Por su parte, la incubadora de
empresas, ofrece servicio de tutoría, asesoramiento especializado y capacitación en gestión de negocios, para
asegurar que el emprendedor tome la mejor decisión, así como analizar la viabilidad técnica y económica del
negocio. El resultado final en esta etapa debe ser, contar con un plan de negocio validado, listo para ingresar
a la siguiente etapa de incubación.
D. Incubación. Consiste en estimular y apoyar a un emprendedor para iniciar su propia empresa es decir poner
en marcha el plan de negocio, es en este momento que la empresa se materializa y la idea que fue evolucionado
y plasmado en papel, toma cuerpo y técnicamente da lugar al nacimiento de una nueva empresa, con potencial
de crecimiento.
E. Post – incubación. Es la etapa donde la empresa está empezando a tener un despegue comercial, abarcando
nuevos mercados, desarrollo de nuevos productos. Para dar seguimiento a la empresa formada es necesario
que equipo de seguimiento y monitoreo del proyecto establezca los lineamientos, reglas y políticas a fin de
brindar soporte a la empresa para que logre llegar a nuevos mercados nacionales y si es posible la
internalización.
F. Start up. La definición de start-up también puede ser considerada como una microempresa ya que su
financiación en un primer momento es reducida, pero si hay algo de cierto en todas ellas es que en muchas
ocasiones nacen con el fin de vender la idea en cuestión para aumentar posteriormente la rentabilidad de la
empresa.
G. Investigación Aplicada. Es un tipo de investigación que se caracteriza por basar su actividad en la obtención
de nuevos procesos, productos o servicios a partir del conocimiento adquirido y los resultados obtenidos en la
propia Universidad para resolver los problemas de la localidad y la Región. La investigación aplicada es la
base de estas empresas, cuya importancia radica en el desarrollo de nuevas tecnologías, la creación de empleo
de calidad, la capacidad de generar un alto valor añadido en la actividad económica y la aportación al desarrollo
regional.
H. Spin off. Es una empresa que se produce en el seno de la UNACH, permitiéndole convertirse en una empresa
por sí misma, generando beneficios para la UNACH.
I. Emprendedor. Son los responsables de desarrollar la idea de negocio, son los que conocen una necesidad y
asumen riesgos para convertirse en creador o fundador de una empresa o negocio, con la finalidad de obtener
una ganancia. Pueden ser estudiantes de la UNACH o público en general.
J. Asesor especializado. Es un profesional que se destaca por su trayectoria profesional. Posee una experiencia
exitosa y comprobada en el ámbito empresarial. Es experto en las diversas áreas de operación de la empresa y
labora en diversas instituciones Es el responsable del asesoramiento en un tema específico y especializado
K. Consultor: Es la persona natural especialista en alguna de las áreas del conocimiento que instruye al incubando
en la elaboración y desarrollo de un Plan de Negocio, artículo científico, patentes, negociación,
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comercialización, marketing, contabilidad y finanzas, entre otros temas analizando la existencia de problemas
comerciales que enfrente, desarrollando planes para mejorar su competitividad.
L. Consultoría: Servicio profesional prestado por empresas o por profesionales en forma individual con
experiencia o conocimiento específico en un área asesorando personas, asesorando empresas, asociaciones u
organizaciones en general.
M. Monitoreo. Es la supervisión, evaluación, seguimiento y revisión del avance del proyecto de acuerdo a los
objetivos y plan de trabajo.
N. Plan de negocio. Es un instrumento sobre el cual se apoya un proceso de planificación sistemático y eficaz de
una idea de negocio o una empresa. El Plan de Negocios debe entenderse como un estudio que, de una parte
incluye un análisis del mercado, del sector y de la competencia, y de la otra, el plan desarrollado por la empresa
para incursionar en el mercado con un producto o servicio, una estrategia, y un tipo de organización,
proyectando esta visión de conjunto a corto plazo, a través de la cuantificación de las cifras que permitan
determinar el nivel de atractivo económico del negocio, de la factibilidad financiera de la iniciativa, mediante
la definición de una visión empresarial clara y coherente.
O. Concurso. - Competición entre dos o más equipos que se disputan para hacerse acreedores a un beneficio o
incentivo para el desarrollo de su idea de negocio.
P. Cierre de proyecto. - Es la etapa final, la cual se da por terminado el proyecto gestionado. Ello se lleva a cabo
luego de la aceptación del informe final de la Dirección de Incubadora de Empresas y el Vicerrectorado de
Investigación.
Q. Coordinador general. - Es la persona responsable de que se cumplan los objetivos y el éxito del proyecto.
Por ello su función principal es la de dirigir y supervisar que los miembros del equipo cumplan con sus
obligaciones.
R. Evento científico. - Actividad clave para el proceso de difusión de conocimiento, actividades durante el
desarrollo del proyecto o resultados del mismo.
S. Equipo. Grupo de emprendedores que se organizan para ejecutar un proyecto.
T. Informe técnico. - Es un documento donde se describen y sustentan las actividades y resultados en un Intervalo
de tiempo, así mismo, se presentan sus evidencias. Se presentan según lo establecido en el plan operativo de
cada proyecto.
U. Informe financiero. – Es un documento donde se describen y sustentan los gastos realizados en el proyecto
en un intervalo de tiempo. Se presentan según lo establecido en el plan operativo de cada proyecto.
V. Informe final. - Documento que prepara y alcanza el emprendedor a la Dirección de Incubadora de Empresas
según exigencias y criterios instituidos por la misma.
W. Proyecto en ejecución. - Fase del trabajo donde se realizan todas aquellas tareas previstas en la planificación
del proyecto. Se dice que un proyecto se encuentra autorizado para ser ejecutado una vez firmado el contrato.
X. Proyecto concluido. Es aquel proyecto que ha cumplido con todos los objetivos planteados, cuenta con el
visto bueno de la incubadora de empresas y cierra con una resolución. Los resultados de los proyectos
concluidos podrán ser presentados en eventos científicos y/o publicados, mencionando en todos los casos a la
UNACH como entidad financiadora.
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Y. Miembro del equipo. - Persona que forma parte del equipo y que tiene la obligación de velar por el
cumplimiento de objetivos y realización de actividades según plazos establecidos en relación a sus funciones.
Z. Subvención. - Cantidad de dinero que se concede a un emprendedor para realizar una pasantía, capacitación,
participar en congresos, seminarios dentro de la región o fuera de ella, u otros gastos estipulados en el
presupuesto del proyecto.
AA. Obligación. - Son aquellas actividades y compromisos que el emprendedor tiene que cumplir
imprescindiblemente durante el tiempo acordado en el contrato, convenio o similares.
BB. Sanción. - Pena establecidas para aquel emprendedor que infringe las normas o reglas establecidas en el
presente reglamento o bases de concursos-convocatorias.
CC. Innovación. - Refiere a aquel cambio que introduce una novedad o varias en un ámbito, un contexto o
producto. Cuando alguien innova aplica nuevas ideas, productos, conceptos, servicios y prácticas a una
determinada cuestión, actividad o negocio, con intención de ser útiles para el incremento de la productividad.
DD. Mentor. Persona que acompaña, guía, orienta y comparte su experiencia y conocimientos con los
emprendedores.
EE. Plan operativo. Es un documento en el que se detallan las actividades y entregables que se deben cumplir
durante la ejecución del proyecto.
TÍTULO II: RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN DE INCUADORA DE EMPRESAS
CAPÍTULO IV: FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE EMPRESAS
ARTÍCULO 10°. DE LA DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE EMPRESAS
La UNACH, como parte de su actividad formativa, promueve la iniciativa de los estudiantes para la creación de
pequeñas y microempresas de propiedad de los estudiantes, brindando asesoría o facilidades en el uso de los equipos
e instalaciones de la institución. Los órganos directivos de la empresa, en un contexto formativo, deben estar integrados
por estudiantes. Estas empresas reciben asesoría técnica y empresarial de parte de los docentes y el personal de la DIE,
asimismo, las facilidades en el uso de los equipos e instalaciones de la UNACH.
ARTÍCULO 11°. DEPENDENCIA
La Dirección de Incubadora de Empresas es dependiente de la Vicerrectorado del Investigación de la UNACH.
ARTICULO 12°. DE LAS FUNCIONES
Según lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones, son funciones de la Dirección de Incubadora de
Empresas:
a) Proponer al Vicerrectorado de Investigación las políticas, Plan de Trabajo y documentos de gestión de la
Dirección de Incubadora de Empresas.
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b) Promover la iniciativa de los estudiantes para la creación de pequeñas y microempresas de propiedad de los
estudiantes, brindando asesoría o facilidades en el uso de los equipos e instalaciones de la Universidad.
c) Gestionar el sometimiento de proyectos de emprendimiento e innovación empresarial a fondos concursables a
nivel nacional e internacional.
d) Ofertar asesoramiento y/o consultoría técnica en procesos productivos, calidad, diseño Industrial y diseño
comercial en colaboración con la dirección de transferencia tecnología, al sector público y/o privado a nivel
local, regional y nacional.
e) Difundir planes de negocios, modelos de negocios, planes de marketing y ruedas de negocios a través de
diferentes medios de comunicación a la comunidad universitaria y público en general.
f) Fomentar una cultura emprendedora empresarial en I+D+i a la comunidad universitaria (estudiantes y
docentes).
g) Ofertar asistencia técnica especializada y/o multidisciplinar para el escalamiento empresarial - industrial, de
las ideas de negocios empresariales en I+D+i incubados.
h) Gestionar financiamiento externo para el escalamiento empresarial de ideas de negocios empresariales en
I+D+i incubadas.
i) Fortalecer capacidades en el desarrollo de modelos de negocio (canvas/desing thinking) para el escalamiento
empresarial – industrial.
j) Identificar mercados objetivos y/o metas para la comercialización de bienes y/o servicio de los
emprendimientos empresariales.
k) Fomentar el desarrollo de ideas de negocios empresariales en I+D+i a la comunidad universitaria.
l) Gestionar las etapas de pre y post incubación de ideas de negocios empresariales en I+D+i, de la comunidad
universitaria, empresas (público y/o privado) e instituciones gubernamentales.
m) Identificar ideas de negocio empresarial en I+D+i para su escalamiento industrial acorde de las necesidades
locales, regional y nacional.
n) Fomentar el desarrollo de concursos en investigación de emprendimientos empresariales en I+D+i a
estudiantes de la UNACH.
o) Monitorear los proyectos y/o investigaciones de emprendimiento empresarial desarrollados por los estudiantes
de la UNACH, empresas e instituciones gubernamentales.
p) Brindar información de los servicios que brinda la incubadora, los procedimientos generales a seguir,
directorio de incubados y personal de contacto de la incubadora.
q) Articular emprendedores con investigadores para formar redes científicas y tecnológicas a fin incrementar la
calidad de las innovaciones.
r) Generar sinergia entre la universidad, entidades financieras públicas y privadas nacionales e internacionales
que permitan mejorar oportunidades empresariales.
s) Elaborar políticas internas de la incubadora de empresas.
t) Proponer el equipo de mentoría y asesoría de la incubadora.
u) Otras funciones que le asigne el Vicerrectorado de Investigación.
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TÍTULO III: SERVICIOS QUE SE OFERTAN
CAPÍTULO V: PROGRAMAS DE LA INCUBADORA
Siguiendo los lineamientos de INCUBA- UNACH, el proceso se divide en:
• Sensibilización y captación
• Pre- incubación
• Incubación
• Post Incubación
ARTÍCULO 13°. Sensibilización y captación. La Dirección de Incubadora de Empresas es la encargada de convocar
en esta etapa a los emprendedores. En este programa pueden participar comunidad universitaria y público en general.
Durante el desarrollo de esta etapa la DIE coordinará con las dependencias del Vicerrectorado de Investigación para
recopilar el portafolio de proyectos y como también repositorio de tesis; a fin de ser evaluados si estos tienen un
potencial de negocio para que pasen por las etapas de la incubadora y si estos califican como propiedad intelectual, el
emprendedor o emprendedores se sujetarán al reglamento de dicha oficina, asimismo, si la idea de negocio califica
para un artículo científico se canalizará vía el Instituto de Investigación a fin de brindar asesoramiento y capacitación
para publicarlo en revistas locales, nacionales o internacionales.
ARTÍCULO 14°. Pre- incubación. Esta fase dirigida a la comunidad universitaria y público en general, los
potenciales emprendedores reciben capacitación asesoría y mentoría sobre la elaboración de su plan de negocios, como
también respecto al proyecto. Los alumnos de la UNACH que requieran recibir financiamiento para desarrollar su idea
de negocio pueden postular a los concursos vigentes.
ARTÍCULO 15°. Incubación. Esta fase está dirigida a la comunidad universitaria y público en general. En esta fase
los emprendedores desarrollan su plan de negocio, para ello reciben asesorías, capacitaciones en gestión empresarial,
desarrollo de producto, procesos, recursos humanos, finanzas, tributación, comercialización, etc. y articulación con el
sistema emprendedor tanto público como privado, entre otros. Para la ejecución del plan de negocio y la obtención del
producto mínimo viable (PMV) los emprendedores tendrán acompañamiento y seguimiento.
ARTÍCULO 16°. Post –incubación.
Esta fase está dirigida a la comunidad universitaria y público en general. La Dirección de Incubadora de Empresas
continúa asistiendo a la empresa para su crecimiento y consolidación, para ello incentiva a los nuevos empresarios a
participar en concursos nacionales e internacionales, exposiciones, ruedas de negocios, pasantías y visitas técnicas
nacionales e internacionales. La incubadora apoyará a los emprendedores a establecer alianzas o convenios con
empresas o instituciones nacionales o extranjeras a fin lograr un mejor posicionamiento y escalamiento.
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CAPÍTULO VI: DE LA CONVOCATORIA Y POSTULACIÓN
La UNACH organiza concursos y convocatorias de proyectos con financiamiento usando sus propios recursos o sin
financiamiento, por lo que los emprendedores podrán acogerse a una de las etapas de la incubadora:
• Con financiamiento.
• Sin financiamiento.
ARTICULO 17º. CON FINANCIAMIENTO
A. Convocatoria
Los concursos de proyectos de investigación aplicada, emprendimientos e innovación que reciben financiamiento de
la UNACH se realizan a través de la Dirección de Incubadora de Empresas. El número de convocatorias la determina
la DIE en coordinación con las áreas correspondientes de la UNACH. La difusión de los concursos se divulga a través
de la página web de la incubadora, Universidad, redes sociales, a través de los docentes, centros federados y/o otros
canales de comunicación. En las bases de cada concurso se determinan las consideraciones del concurso no
contempladas en el presente reglamento. La Dirección de Incubadora de Empresas coordina con las dependencias del
Vicerrectorado de Investigación, facultades, escuelas, grupos de investigación, etc. para identificar proyectos con el
perfil para postular a los concursos y convocatorias de la DIE.
B. De la idea de negocio.
Debe ser innovadora, que se oriente a crear, mejorar, o dar valor agregado a productos (bien o servicio) dando solución
a problemas locales, regionales o nacionales. La idea de negocio debe ser original, con alto potencial de innovación e
impacto en la sociedad, respetando la propiedad intelectual de acuerdo al Reglamento de Propiedad Intelectual vigente
de la UNACH.
C. Duración
Los proyectos tendrán una duración acorde a la naturaleza del proyecto y los objetivos planteados. Se permiten
ampliaciones a la duración de los proyectos, previa justificación y evaluación de la DIE y aprobación del
Vicerrectorado de Investigación.
D. De los postulantes
Pueden postular ya sea individual o en equipo conformado con mínimo de 02 personas naturales, en caso de presentarse
como equipo uno de los miembros debe de cumplir el rol de coordinador, así mismo el postulante (s) preferentemente
debe de contar con un mentor (profesional de la comunidad universitaria o un profesional externo).
E. Requisitos del emprendedor
a) Ser de nacionalidad peruana o residentes en el país.
b) Mayor de edad
c) Estudiante de la UNACH.
d) Haber concluido otros proyectos financiados por la UNACH, en forma satisfactoria; o salvo excepción de que
el proyecto se encuentre en el último hito (etapa de finalización), tenga los hitos anteriores terminados
satisfactoriamente y se evidencia que el tiempo restante para finalizar el proyecto es equivalente al tiempo del
proceso de convocatoria del nuevo concurso que desea postular.
e) Los demás que contemplen las bases de cada concurso o convocatoria.
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F. Impedimentos para participar del concurso
a) Los participantes del equipo no pueden pertenecer a más de un equipo a la vez.
b) Aquellos estudiantes que tengan informes pendientes, rendiciones o sanciones.
c) Aquellos estudiantes que hayan sido sancionados durante la ejecución de su proyecto financiado por la
UNACH o por mostrar mala conducta dentro de la UNACH.
d) Aquellos estudiantes que tengan proyectos en ejecución y no se encuentren en el último hito.
e) Aquellos estudiantes que habiendo cumplido el tiempo de ejecución del proyecto no hacen la entrega de su
informe final.
f) Aquellos estudiantes que adeuden equipos a la UNACH.
g) El o los emprendedores que hayan copiado la idea de negocio de otros concursos locales o nacionales y se
descubra durante la postulación.
h) Los demás que contemplen las bases de cada concurso o convocatoria.
G. Veracidad de la información presentada.
Los participantes a la convocatoria son responsables de la veracidad de la información consignada en los formularios
de postulación y deben de estar dispuestos de proveer la documentación de respaldo en caso de ser requerido por la
Dirección de Incubadora de Empresas de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
CAPÍTULO VII: DE LAS FUNCIONES DE EMPRENDEDOR O EMPRENDEDORES
ARTÍCULO 18°: Funciones del coordinador general.
a) Dirigir, planificar y orientar el desarrollo de la propuesta y ejecución del proyecto.
b) Administrar los recursos financieros sujetándose a lo establecido en el presupuesto del proyecto, las normas
del Sistema General de Presupuesto, Directivas de subvenciones u otros.
c) Realizar reuniones de trabajo con los miembros de su equipo para programar la ejecución de las actividades
y evaluar los avances de las mismas.
d) Monitorear el trabajo realizado por cada uno de los integrantes en la etapa de ejecución del proyecto.
e) Organizar, dirigir y suscribir los informes en cada etapa del desarrollo del proyecto.
f) Presentar la documentación necesaria oportunamente cuando los entes de la universidad lo soliciten.
g) Asistir puntualmente a las reuniones o actividades programadas por la Universidad o dependencias de la
Vicepresidencia de Investigación.
h) Participar activamente en las actividades empresariales que la incubadora o la Universidad desarrolle.
i) Informar oportunamente sobre algún problema que se presente durante el desarrollo del proyecto.
j) Informar oportunamente sobre la falta de interés, compromiso o inactividad de algún miembro del equipo.
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ARTÍCULO 19°. Funciones de los miembros del equipo
a) Participar activamente en el desarrollo de actividades del proyecto de emprendimiento.
b) Coordinar con el líder del equipo sobre la planificación, ejecución, análisis y publicación de resultados del
proyecto.
c) Cumplir con las tareas propias y desarrollo de la idea de negocio que le hayan sido asignadas por el
responsable e informar los avances para ser incluidos en los informes correspondientes.
d) Participar en las reuniones de coordinación programadas por el líder del equipo y en eventos académicos,
ferias, ruedas de negocios o cualquier actividad empresarial que se realicen.
e) Rendir cuentas de las subvenciones asignadas en el plazo establecido según directiva.
f) Participar en la redacción de informes cuando se solicite.
g) Participar activamente en la recolección de información primaria y secundaria la cual servirá para el
cumplimiento de los objetivos del proyecto.
h) Otras tareas que le asigne el responsable del proyecto o directivos de la Incubadora de Empresas.
ARTÍCULO 20°.- Son obligaciones de los emprendedores las siguientes:
a) Asistir puntualmente a las reuniones para recibir, capacitaciones, asesorías de manera presencial, de acuerdo
al horario establecido por el consultor (a), monitor, incubadora de empresas o autoridades de la UNACH.
b) Deberán mostrar buena conducta dentro de las instalaciones de la UNACH y fuera de ella.
c) No podrán utilizar los ambientes de la UNACH para eventos y/o reuniones que sean ajenos al objeto del
proyecto.
d) Proporcionar a la Dirección de Incubadora de Empresas, copia simple de los documentos oficiales que se
generen para los trámites que se lleven a cabo ante las distintas autoridades u oficinas de la UNACH durante
la ejecución del proyecto.
e) Guardar el debido respeto a los miembros que conformen la Dirección de Incubadora de Empresas, autoridades
de la UNACH, compañeros, mentores, asesores, consultores y monitores u otras personas.
f) Atender cabalmente las indicaciones de los asesores, mentores, consultores y monitores.
g) Presentar informe de cumplimento de hito del proyecto y cierre de proyecto en el tiempo oportuno.
h) Cumplir y respetar las cláusulas indicadas en el contrato.
i) En el caso de que los emprendedores sean estudiantes o egresados de la UNACH, deben finalizar el proyecto
para poder obtener su constancia de no adeudo para que gestione su grado de bachiller y/o titulación, a
excepción de las causales de renuncia establecidos en el artículo 44°.
ARTÍCULO 21°.- Los emprendedores están prohibido de lo siguiente:
a) Utilizar el domicilio de la UNACH como su domicilio fiscal
b) Introducir bebidas alcohólicas o consumir drogas o sustancias tóxicas para la salud, así como la portación o
utilización de armas de cualquier clase dentro de las instalaciones de la UNACH.
c) Extraer cualquier equipo de oficina o equipo electrónico u objeto que se encuentre en las instalaciones de la
UNACH, sin permiso del a Universidad.
d) Alterar el software instalado en el equipo de cómputo que se encuentra dentro de la UNACH.
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e) Desplegar dentro de la UNACH, material obsceno, de proselitismo político o religioso.
f) Bajo ningún motivo el incubando podrá extraer información de otros proyectos ajenos al suyo sin autorización
del titular del proyecto.
g) Utilizar palabras altisonantes y agresivas dentro de las instalaciones de la UNACH.
h) Quebrantar las medidas de seguridad establecidas en la UNACH.
i) Las demás que tiendan a debilitar el buen funcionamiento del proyecto o de la UNACH.
ARTÍCULO 22°: BENEFICIOS:
a) Capital semilla para el desarrollo de la idea de negocio.
b) Infraestructura (laboratorios, instalaciones, ambientes, etc.) con la que cuenta la Universidad para realizar sus
actividades hasta obtener el producto mínimo viable.
c) Capacitaciones, asesorías, pasantías, acompañamiento a fin formalizar y consolidar la idea de negocio.
d) Desarrollo de redes de contacto.
e) Reconocimiento como emprendedor.
f) Respaldo institucional para el desarrollo del proyecto.
g) Realizar la tesis con un tema del proyecto, durante la ejecución del proyecto.
CAPÍTULO VIII: DE LA EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y RESULTADOS
ARTÍCULO 23º. Elegibilidad
Serán declaradas aptas las postulaciones que cumplan con los criterios establecidos en las bases del concurso.
ARTÍCULO 24º. Criterios de evaluación.
Los criterios de evaluación y puntajes se realizarán de acuerdo a lo indicado en las bases del concurso, los criterios de
evaluación estarán enfocados al mérito innovador, modelo de negocio, originalidad, novedad, creatividad, rentabilidad,
sostenibilidad, capacidades del equipo emprendedor, además de impacto social y ambiental. Además, tendrá puntaje
extra aquella idea de negocio que se enfoque a dar solución algún problema de Chota o de la Región Cajamarca.
ARTÍCULO 25º. Jurado calificador
• La Dirección de Incubadora de Empresas propondrá un jurado calificador conformado por un mínimo de 03
destacados profesionales con experiencia en evaluación de proyectos del sector público, privado y la academia
enfocados al emprendimiento e innovación e investigación.
• El jurado determinará a los ganadores, según puntaje obtenido considerando criterios de evaluación indicados en
las bases del concurso, los ganadores respetaran los resultados de modo que el fallo que dictamine el jurado será
inapelable.
• El jurado firma un acuerdo de confidencialidad previo a recibir la información de los proyectos.
• El jurado firma una declaración jurada de no conflicto de interés antes de realizar la evaluación de los proyectos.
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ARTÍCULO 26º. Resultados.
Serán seleccionadas las propuestas que hayan alcanzado los puntajes establecidos en las bases del concurso y de
acuerdo a la disponibilidad presupuestal. El comité evaluador presenta los resultados a la Dirección de Incubadora de
Empresas y ésta lo canaliza a las áreas correspondientes para declarar a los ganadores mediante acto resolutivo y
ceremonia de premiación les entrega las resoluciones y diplomas correspondientes.
La convocatoria será declarada DESIERTA:
• Cuando no se presenten postulaciones al concurso.
• Cuando ninguno de los proyectos presentados cumple con los requisitos establecidos en las bases del
concurso.
• Cuando habiendo cumplido con los requisitos ninguno de los proyectos obtiene el puntaje mínimo establecido
en las bases del concurso.
De ser declarada desierta la convocatoria, el director de la Dirección de Incubadora de Empresas informa a su superior
inmediato, al respecto. Así mismo, evalúa organizar una nueva convocatoria en el mismo año, siempre y cuando los
fondos de financiamiento continúen disponibles y de ser el caso que los fondos de financiamiento no continúan
disponibles, la convocatoria se cierra definitivamente.
ARTÍCULO 27º. Negociación
El emprendedor o equipo emprendedor beneficiario del concurso, entra a la etapa de negociación. Los emprendedores
y la incubadora de empresas realizan los ajustes necesarios a la propuesta, estableciendo un plan operativo y
presupuesto que permitan el desarrollo del proyecto. Dichos documentos forman parte del contrato firmado entre el
coordinador del proyecto y la UNACH. Las reuniones de negociación tienen carácter “obligatorio” para poder dar
inicio al proyecto, ya que deberá realizarse indefectiblemente para que el equipo emprendedor pueda recibir el
financiamiento.
CAPÍTULO IX: FINANCIAMIENTO, BIENES Y SERVICIOS QUE FINANCIA Y NO FINANCIA EL
PROYECTO.
ARTÍCULO 28º. Financiamiento
La Universidad Nacional Autónoma de Chota financiará proyectos de investigación aplicada, emprendimiento e
innovación, con fuentes de financiamiento de la UNACH y el monto en función a la disponibilidad presupuestal. El
número de proyectos a financiar, el porcentaje por cada rubro se establecen en las bases de cada concurso. Los montos
de financiamiento son establecidos en las bases del concurso y no habrá incremento presupuestal. Los emprendedores
podrán inyectar más capital a su emprendimiento si el proyecto lo requiere además podrán considerar como aporte no
monetario los bienes y servicios que no financia el proyecto y de acuerdo a las necesidades que surja.
ARTÍCULO 29º. Bienes y servicios que se financia
• Máquinas eléctricas y/o mecánicas básicas para la elaboración del producto.
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• Equipos.
• Equipos informáticos y mobiliario en general
• Materiales e insumos, imprescindible para la obtención del producto mínimo viable.
• Materiales de escritorio, material publicitario, indumentaria para laboratorio o producción.
• Consultoría, asesorías y servicios especializados para la validación de la idea de negocio.
• Estudios de mercado, focus groups y otros estudios para la validación del modelo de negocio.
• Prototipo y desarrollo de modelos a escala, maquetas, simulaciones, pruebas de laboratorio y otros servicios
con miras a definir el Producto Mínimo Viable (PMV).
• Subvenciones: Pasajes, viáticos, capacitaciones especializadas, pasantías, seminarios, congresos, participación
en ferias, ruedas de negocios que contribuyan significativamente alcanzar los objetivos del proyecto o difundir
o promocionar la idea de negocio o el producto y/o servicio.
• Publicaciones, derechos de autor y patentes.
• Servicio de incubadora de empresas, coaching, mentoría y monitoreo para el seguimiento técnico y
administrativo de los proyectos.
• Servicios de internet.
• Incentivos económicos al equipo emprendedor en compensación al tiempo que dedica a la ejecución del
proyecto para lo cual el emprendedor debe presentar su informe de actividades que evidencien su labor durante
su dedicación al proyecto.
• Incentivos económicos a docentes, que asesoren un número considerable de horas mensuales totales a uno o
más proyectos financiados.
• Otros que contemplen las bases de los concursos.
ARTÍCULO 30º. Bienes que NO Financia el Proyecto
• Tecnologías y equipamiento que tengan impacto negativo en el medio ambiente.
• Iniciativas relacionadas con armas, juegos de azar, actividades ilegales, prohibidas o innecesarias.
ARTÍCULO 31º. Servicios que NO financia el proyecto
• Remuneraciones de personal administrativo
• Costos fijos: (alquiler de local, luz, agua, telefonía fija y celular).
• Formalización de empresa
• Arrendamiento de locales para oficinas administrativas.
• Alquiler de equipos, bienes duraderos e insumos no vinculados con la naturaleza y ejecución del proyecto.
• Gastos financieros (mantenimiento de cuenta corriente y otros gastos financieros).
ARTÍCULO 32º. Administración del financiamiento
El monto asignado para el financiamiento de los proyectos ganadores será administrado por los órganos competentes
de la Universidad, delegando un personal designado para tal fin.
ARTÍCULO 33º. Adquisición de bienes y servicios
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El responsable del proyecto hará llegar una solicitud del requerimiento de acuerdo a las necesidades del equipo
emprendedor a la Dirección de Incubadora de Empresas y esta lo canalizará a través del Vicerrectorado de
Investigación quien lo derivará a la Oficina General de Abastecimiento para su adquisición.
CAPÍTULO X: DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE EMPRENDIMIENTO
ARTÍCULO 34º. Inicio de ejecución de la propuesta
El inicio de la ejecución del proyecto se establece en el Plan Operativo del Proyecto. El Plan Operativo es elaborado
por los miembros del proyecto, en asesoría con el monitor asignado por la DIE y tiene que tener el visto bueno del
director (a) de la DIE para su aprobación.
ARTÍCULO 35°. Cronograma de ejecución
La ejecución del proyecto será de acuerdo al cronograma establecido y aprobado en la presentación del proyecto,
debiendo el emprendedor cumplir con los plazos programados y la Universidad cumplir con la ejecución presupuestal
o financiera en su debida oportunidad. En caso de que el estudiante no pudiera cumplir con los plazos establecidos
para la presentación del informe final, deberá solicitar la ampliación o prórroga, antes de la fecha de vencimiento, por
un tiempo razonable para finalizar el proyecto, lo que se formalizará a través de una adenda al contrato. Caso contrario,
se resolverá el contrato y se inician las acciones administrativas y legales que correspondan para recuperar el monto
otorgado más los intereses legales generados hasta la fecha de la cancelación respectiva.
ARTÍCULO 36°. Responsabilidad solidaria ante incumplimiento de cronograma
El responsable y miembros del proyecto, están obligados a cumplir solidariamente el cronograma establecido en el
Plan Operativo del Proyecto.
ARTÍCULO 37°. De la adquisición por la Oficina General de Abastecimiento
La oficina de Abastecimientos, es la dependencia responsable de realizar las adquisiciones de bienes y servicios, por
ello los requerimientos para el desarrollo de los proyectos deberán ser solicitados por el coordinador general del
proyecto a la Dirección de Incubadora de Empresas entregando las especificaciones técnicas y términos de referencia,
salvo requerimiento de capacitaciones, pasantías, participación en seminarios, congresos, ferias, ruedas de negocios u
otro donde el responsable o equipo emprendedor tenga que viajar deberá hacerlo presentando un plan de viaje
estableciendo las actividades a realizar.
ARTÍCULO 38°. Cuenta encargo para adquisiciones
El otorgamiento de encargos internos para la adquisición de insumos, bienes y servicios menores que conlleve el
proceso de ejecución de su emprendimiento es factible para aquellos que por su naturaleza no puede ser realizada de
manera directa por la Oficina de Abastecimiento a través de un proceso de selección y cuyo detalle de gasto no puede
conocerse con precisión y con debida anticipación. La Dirección de Abastecimiento mediante informe, expresamente
debe confirmar que las adquisiciones no pueden ser adquiridas a través de un proceso de selección, dadas las
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restricciones de la oferta local u otras razones. La solicitud será rechazada si se detecta que algunos bienes o servicios
pueden ser adquiridos por la Oficina General de Abastecimiento.
CAPÍTULO XI: DE LA SUPERVISIÓN, SANCIONES Y ESTÍMULOS
ARTÍCULO 39°. La supervisión
La supervisión de la ejecución del proyecto en una primera instancia estará a cargo de la Dirección de incubadora de
Empresas, luego un asesor especializado se encargará del monitoreo del proyecto de acuerdo a los objetivos y contrato
del proyecto. Para evidenciar el avance del proyecto se programará reuniones con los emprendedores de acuerdo a la
necesidad que surja.
ARTÍCULO 40°. Incumplimiento de responsabilidades
El incumplimiento de las responsabilidades adquiridas con evidencias debidamente verificadas durante el desarrollo
del proyecto, del responsable del proyecto o demás integrantes, serán sancionados de acuerdo a las normas
administrativas y judiciales pertinentes, y deberán realizar la devolución del financiamiento recibido para la ejecución
del proyecto (excepción del presupuesto ejecutado en equipos y bienes duraderos).
ARTÍCULO 41°. Son causales de sanciones lo siguiente:
a) Cuando el coordinador o algún integrante no haya asistido a más de una actividad no justificada como:
reuniones, cursos, talleres, capacitaciones u otras actividades programadas por la Dirección de Incubadora de
Empresas, Incubadora de negocios, asesor, consultor o monitor.
b) Cuando el equipo emprendedor no presenta los informes solicitados por el consultor, asesor, monitor o la
Dirección de Incubadora de Empresas en los plazos establecidos.
c) Cuando el equipo emprendedor no evidencia avance técnico ni financiero 45 días continuos.
d) Cuando los emprendedores renuncian al proyecto después de la publicación de ganadores, salvo por causas
muy graves.
e) Cuando el emprendedor o los emprendedores no apoyan al desarrollo del proyecto.
f) Incumplimiento del cronograma de actividades establecido para su proyecto.
g) Cuando los emprendedores se dediquen a actividades fuera de contexto, no relacionadas con el objetivo del
proyecto.
h) Cuando después de dar por ganador o estar en ejecución el proyecto de emprendimiento se detecta que la idea
de negocio ha sido copiada.
i) Cuando no presentan el INFORME FINAL habiendo cumplido el plazo de entrega establecido en las bases del
concurso.
j) Cuando se realizan compras o contrataciones no vinculadas a los objetivos del proyecto.
ARTÍCULO 42°. Medidas de Sanción
De acuerdo a la gravedad del acto u omisión, la sanción puede ser:
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1. Devolución de los fondos recibidos.
2. Inhabilitación para formar parte de futuros proyectos de investigación.
3. Suspensión del proyecto.
4. Acciones legales tendientes a establecer la responsabilidad civil o penal de la infracción.
5. Separación de la Universidad de acuerdo al reglamento del estudiante.
ARTÍCULO 43°. Otorgamiento de estímulos
A los docentes que cumplan la función de mentor/asesor especializado de un proyecto de emprendimiento e innovación
se les otorgará:
a) Incentivos económicos y/o inclusión en su carga no lectiva de las horas dedicadas a asesorar a los proyectos.
b) Tendrán derecho a gozar de pasajes y viáticos debidamente justificado sobre el impacto o aporte al desarrollo
del proyecto.
c) Acto resolutivo indicando ser mentor/ asesor especializado del proyecto
A los emprendedores que concluyan el proyecto de emprendimiento e innovación satisfactoriamente se les otorga:
a) Diploma de reconocimiento.
b) Formar parte de la red de mentores junior y casos de éxito de INCUBA-UNACH.
c) Otros estímulos.
ARTÍCULO 44°. La renuncia.
La renuncia de cualquiera de los miembros del equipo o de todo el equipo implica la evaluación de la Dirección de
Incubadoras de Empresas y/o jefe inmediato del Director. El renunciante devuelve el uso de los recursos económicos
(capacitaciones, subvenciones y materiales) del proyecto de forma proporcional (total gastado entre el número total de
integrantes o en proporción a los beneficios recibidos) a la Universidad Nacional Autónoma de Chota. Las causales de
renuncia son:
- Incapacidad física, salud y mental para continuar en la ejecución del proyecto.
- Otras causales de fuerza mayor que le impida continuar con la ejecución del proyecto. Estas causales deberán
ser debidamente justificadas al director de la Dirección de Incubadora de Empresas y/o Jefe inmediato del
director, las cuales serán materia de evaluación por parte del director y/o jefe inmediato del director, para
determinar su procedencia.
ARTÍCULO 45°. La suspensión puede ser:
A. Temporal
La suspensión temporal del proyecto implica que no haya avance técnico ni financiero de acuerdo a las
actividades programadas o por hechos fortuitos, para la suspensión del proyecto se requiere un informe por
parte de la Dirección de Incubadora de Empresas, monitor y/o coordinador del proyecto, según sea el caso.
El tiempo de suspensión del proyecto será evaluado por la Dirección de Incubadora de Empresas y/o
Vicerrectorado de Investigación.
B. Definitiva
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La suspensión definitiva implica que el emprendedor no cumplió con la ejecución del proyecto por más de
45 días, además, de comprobarse del mal uso de los recursos asignados. El incumplimiento de lo establecido
conlleva aplicar los procedimientos administrativos y penales que corresponda. En caso que haya hecho uso
de los recursos económicos del proyecto tales como capacitaciones, subvenciones, materiales esto será
devuelto en forma proporcional (dividido entre la cantidad de alumnos que forman parte del proyecto o en
proporción a los beneficios recibidos).
B. Corte de proyecto. Cumplido los plazos y haber hecho caso omiso a las indicaciones de la UNACH respecto
a la suspensión definitiva, se procederá al corte del proyecto y la aplicación de las medidas establecidas en la
presente directiva y/o disposiciones de la UNACH, de forma unilateral.
CAPÍTULO XII: DE LOS INFORMES
ARTÍCULO 46°. Del informe de Hito
En la fase de ejecución del proyecto, el equipo emprendedor presentará informes reportando las actividades, logros y
gastos, con sus respectivas evidencias, en cumplimiento al hito del proyecto o toda vez que este sea solicitado, el
mismo que se consignará de acuerdo a la parte técnica y financiera.
ARTÍCULO 47°. Del informe final
La etapa final del proyecto consiste en consignar en un documento todo el proceso, actividades, logros y gastos, con
sus respectivas evidencias de ejecución del proyecto, desde la aprobación como ganadores del concurso hasta el logro
de objetivos planteados en proyecto; el mismo debe complementarse lo financiero con lo técnico; el cual debe ser
elaborado en concordancia a los informes técnicos y financieros presentados en cada hito. El responsable del proyecto
presenta en 30 días calendarios su informe final a la Dirección de Incubadora de Empresas después de haber concluido
el proyecto si este presenta observaciones tiene 15 días calendarios para su levantamiento y si este persiste tendrán 15
días más hasta por dos oportunidades. Sino llega a subsanar en el tiempo establecido se tomará las acciones pertinentes.
ARTÍCULO 48°. Forma de la presentación
El responsable del proyecto o coordinador presentará el informe a la Dirección de Incubadora de Empresas de acuerdo
al cronograma de hitos, que constará de dos copias impresas (anillado), además lo emitirá al email de la incubadora
y/o subido al sistema y el informe final deberá ser presentado empastado más un USB conteniendo una copia, como
también remitido al email de la incubadora y/o sistema. Los informes deberán ser presentados en hoja A4, letra Times
New Roman, tamaño 11, interlineado 1.5, márgenes normales, sangría normal. El informe tiene que estar foliado,
firmado y visado por cada integrante del proyecto.
21
CAPÍTULO XIII: DE LOS ASESORES ESPECIALIZADOS, MENTORES, CONSULTORES Y
MONITORES:
ARTÍCULO 49°. - Los aspirantes a asesores especializados pueden ser profesionales de la comunidad universitaria o
profesionales externos, con experiencia o conocimiento en la idea de negocio del emprendedor o con una especialidad
específica que el proyecto lo requiera. Serán propuestos por el equipo emprendedor o por la Dirección de Incubadora
de Empresas. Sus funciones son las siguientes:
• Elaborar un plan de trabajo con el emprendedor o emprendedores
• Capacitar, asesorar y acompañar a los emprendedores un mínimo de 02 horas semanales.
• Acompañar a los emprendedores en el desarrollo de su PMV, diseño y prototipo.
• Orientar al emprendedor o emprendedores para su participación en congresos, seminarios, ruedas de
negocios, ferias u otros eventos académicos o empresariales.
• Actuar como nexo para vincular al emprendedor con otros actores del ecosistema que ayuden a potenciar
su emprendimiento.
• Emitir informes bimensuales de sus actividades.
• Otras actividades delegadas por el director de la Dirección de Incubadora de Empresas.
ARTÍCULO 50°.- El mentor es un profesional que se destaca por su trayectoria, posee una experiencia exitosa y
comprobada en el ámbito requerido por el proyecto, de al menos 3 años. Es seleccionado en concurso, por invitación
o propia solicitud y su duración es de un año con derecho a ser renovado.
ARTÍCULO 51°.- El consultor(a) o empresa consultora son personas naturales o jurídicas que se contratan para
brindar un servicio específico al emprendedor y su contratación estará sujeta a la normativa de la universidad.
ARTÍCULO 52°. Los monitores pueden ser personas naturales o jurídicas quienes serán los encargados de supervisar
el avance del proyecto en función a los objetivos y son designados por el director de la Dirección de Incubadora de
Empresas. Si el proyecto contempla presupuesto para contratar a los monitores, se realiza los procedimientos
administrativos para la contratación de los monitores exclusivamente para desarrollar la actividad de monitoreo del
proyecto y un monitor puede ser contratado para monitorear a varios proyectos. Si la Dirección cuenta con un monitor
de proyectos bajo contrato laboral tiempo completo con la UNACH, el director evalúa su designación a los proyectos
que va a monitorear según la cantidad de proyectos en ejecución y el tiempo disponible del monitor contratado por la
UNACH.
CAPÍTULO XIV: SIN FINANCIAMIENTO
ARTÍCULO 53°. La DIE invita a la comunidad universitaria y público en general a participar de los programas a
través de convocatorias abiertas, para lo cual, los emprendedores postulantes son evaluados a fin de validar el perfil de
su proyecto de acuerdo a los programas. Así mismo, las personas naturales o jurídicas ya sea pertenecientes a la
22
comunidad universitaria o externas pueden solicitar los servicios de la incubadora mediante solicitud dirigida al
responsable de la Dirección de Incubadora de Empresas a fin de ser evaluados para recibir los servicios de la
Incubadora.
Los requisitos para los postulantes, son:
1. Ser de nacionalidad peruana o residentes en el país.
2. Mayor de edad.
3. Los demás que contemplen las bases de cada concurso o convocatoria.
4. Plan de negocios. Para elaborar el plan de negocios se tendrá como sugerencia el formato indicado en los
anexos.
Los servicios que ofrece la incubadora son:
• Programa de sensibilización.
• Programa de pre incubación.
• Programa de incubación.
• Programa de post incubación.
• Otros de acuerdo a las necesidades de los usuarios y objetivos de la DIE.
ARTÍCULO 54: Las ideas de negocio que califiquen para un artículo científico o tengan derechos de propiedad
intelectual se acoplan al reglamento o directivas internas de las áreas competentes. Asimismo, reciben el apoyo de la
Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica, Instituto de Investigación u otras áreas dependientes del
Vicerrectorado de Investigación en temas de investigación, propiedad intelectual, patentes u otras que estén al alcance.
TÍTULO IV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ANEXOS
CAPÍTULO XV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 55°. El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y será aplicable desde los
proyectos ganadores que aún no empiecen su ejecución, y en adelante a los proyectos que las próximas convocatorias.
ARTÍCULO 56°. Los casos no previstos en los artículos del presente reglamento son resueltos por la Dirección de
Incubadora de Empresas o Vicerrectorado de Investigación.
CAPÍTULO XVI: ANEXOS
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ANEXO 01. Estructura de informe de cierre de hito
INFORME DE CIERRE DE HITO
I. INFORMACIÓN GENERAL:
1. Título del proyecto.
2. Miembros.
3. Duración.
4. Localización.
5. Presupuesto.
6. Informe correspondiente al periodo de la fecha ………………….. a la fecha …………………..
II. RESUMEN:
(Descripción del avance del emprendimiento desde su inicio a la fecha de presentación de informe, indicando
los resultados alcanzados. Máximo 300 palabras).
III. PARTICIPACIÓN DE LOS MIEMBOS
N° NOMBRES Y
APELLIDOS
FUNCION EN EL
PROYECTO
ACTIVIDADES REALIZADAS
IV. AVANCES DEL EMPRENDIMIENTO:
(Indicar los avances o metas cumplidas y las dificultades en el desarrollo del emprendimiento, a la
presentación del informe de avance. Indicar avance de ingresos, egresos y utilidades).
V. EQUIPAMIENTO ADQUIRIDO:
(Enumerar los equipos de laboratorio, cómputo y otro adquiridos para el emprendimiento, indicando su
costo).
VI. ANEXOS:
Instrumentos usados, fotos, videos u otras evidencias del trabajo realizado.
VII. DECLARACIÓN JURADA:
Instrumentos usados, fotos u otras evidencias del trabajo realizado.
FECHA ______________________
_________________________________________________
(Nombres y apellidos del responsable)
24
ANEXO 02. Estructura del informe final
INFORME DE CIERRE DE HITO
I. INFORMACIÓN GENERAL:
B. Título del proyecto.
C. Miembros.
D. Duración.
E. Localización.
F. Presupuesto.
G. Informe correspondiente al periodo de la fecha ………………….. a la fecha …………………..
II. INFORMACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL PROYECTO:
N° NOMBRES Y APELLIDOS FUNCIÓN EN EL PROYECTO
III. RESUMEN DEL EMPRENDIMIENTO (español e inglés).
IV. INTRODUCCIÓN
V. OBJETIVOS
VI. REVISIÓN DE LA LITERATURA
VII. MÉTODOS
VIII. EQUIPO ADQUIRIDO
(Enumerar los equipos de laboratorio, cómputo y otro adquiridos para el emprendimiento, indicando su
costo).
IX. PARTICIPACION DE LOS MIEMBROS
(Indicar las actividades, logros y dificultades en el desarrollo del proyecto; se debe indicar el cumplimiento
del Plan Operativo del Proyecto ajustándose a las bases del concurso).
25
X. RESULTADOS
(Evaluación del desarrollo del producto, validación del producto y si se logra comercializar el producto).
XI. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
(Detallado y por rubros, teniendo en cuenta modificaciones presupuestales, resoluciones, y adendas de
ampliación de plazo).
XII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
XIII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
(Las referencias deben citarse conforme lo establecen los estándares internacionales, APA).
XIV. ANEXOS
(Instrumentos usados, fotos u otras evidencias del trabajo realizado).
XV. DECLARACIÓN JURADA
Declaro bajo juramento que la información incluida en el presente informe corresponde a actividades y
resultados obtenidos durante la ejecución del presente proyecto y se ajustan a la verdad.
FECHA ______________________
_________________________________________________
(Nombres y apellidos del responsable)
26
ANEXO 03. Modelo de Presentación de Informe Final
INFORME N° 00 – 202… –
A :
DE :
ASUNTO :
FECHA :
Me dirijo a Ud. con la finalidad de hacer llegar el informe final del proyecto
“……………………………….………………………………………………………………………………………...”
ganador del concurso ……….…………………………………………………………………………………………...,
aprobado mediante resolución ……….......................………………….. y según contrato de ejecución de proyecto del
………………………………….., con una duración de ……………………………..y conformado por:
- …………………………………………
- ………………………………………..
- …………………………………………
- ………………………………………….
- ………………………………………….
A continuación, se describe las actividades realizadas en el marco de ejecución del proyecto.
Atentamente;
…………………… …… …………………………. …………
Coordinador Miembro del equipo Miembro del equipo
27
ANEXO 04. Estructura de Informe de Consultores y Asesores Especializados:
• Portada
• Introducción
• Objetivos
• Actividades realizadas (En función al TDR de ser el caso).
• Conclusiones
• Recomendaciones
• Anexos (evidencias de la consultoría o monitoreo realizado)
ANEXO 05. Formato de Plan de Negocios
I. Definición y Justificación del Negocio.
1. Descripción general del negocio.
2. Misión.
3. Visión
4. Objetivos
5. Análisis FODA
II. Investigación de Mercados
1. Análisis de mercado
2. Mercado potencial
3. Mercado meta
4. Competencia
5. Proyección de la oferta y demanda
III. Plan de Marketing
1. Estrategias de introducción al mercado
2. Publicidad y Promoción
3. Comercialización
4. Proyecciones de ventas por 3 años
5. Precio
6. Políticas de precios
7. Imagen de la empresa
IV. Operación de la Empresa
1. Definición de los productos y/o servicios que ofrecerán
2. Localización geográfica
3. Materia prima y proveedores
4. Proceso de operación de la empresa
V. Administración de Recursos Humanos
VI. Contabilidad y finanzas
VII. Aspectos legales
28
ANEXO 06. Flujo de Procesos con Financiamiento
29
ANEXO 07: Flujo de Procesos sin Financiamiento
30
ANEXO 08: Flujo de Procesos de Captación de Proyectos -Incubadora
31
ANEXO 09: Captación de proyectos – Instituto de Investigación
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ANEXO 10: Acta de compromiso de confidencialidad
ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD (Fecha)
Por el presente yo, …………………………………………………………………...……………...., identificado con
DNI N° ……………..., con domicilio en ……………………..…………………... a quien en adelante se le denominará
el EVALUADOR, he sido convocado por la Universidad Nacional Autónoma de Chota, en adelante UNACH, para
realizar la evaluación de los seis proyectos postulantes al “…………………………………………………………….”.
En el marco de los procedimientos establecidos por el concurso, la UNACH posee información de carácter confidencial
al tratarse de proyectos de contenido comercial, industrial y/o tecnológico que pondrá a disposición del EVALUADOR
en los términos que figuran a continuación, por lo que mediante la suscripción del presente compromiso me encuentro
obligado a guardar estricta confidencialidad de la documentación que se me proporcione, en los términos siguientes:
1. El EVALUADOR recibe la información que le proporcione la UNACH sólo con el propósito de realizar la
evaluación técnica para la cual se ha requerido sus servicios, debiendo guardar estricta confidencialidad de la
información, datos, fotografías, especificaciones, diseños y toda información comercial, tecnológica o
industrial del contribuyente, relacionada con el proyecto, o autorización de centro, objeto de evaluación.
2. El EVALUADOR está prohibido de revelar dicha información confidencial a nadie, excepto a los servidores
autorizados de la UNACH que necesitan tener acceso a la información del proyecto, o autorización de centro,
con el propósito de llevar a cabo sus funciones en relación con los fines establecidos por la normativa antes
citada. Dicha prohibición abarca el periodo de la evaluación y posterior a la dicha etapa.
3. Conservar bajo estrictas medidas de seguridad cualquier plano, documentos, muestras o materiales
proporcionados por la UNACH y que formen parte del proyecto, o autorización de centro, objeto de la
evaluación.
4. El EVALUADOR está prohibido de reproducir o modificar en todo o en parte los documentos y anexos que
forman parte del proyecto, o autorización de centro, objeto de la evaluación que hubieren sido proporcionados
por la UNACH.
5. Culminada la etapa de evaluación, el EVALUADOR deberá destruir todos los documentos descargados o
proporcionados por la plataforma, que formen parte del contenido del proyecto y/o centro. Al mismo tiempo
deberá enviar un informe sobre el resultado de su evaluación de acuerdo a las características indicadas por la
UNACH.
6. Ninguna disposición del presente documento podrá ser considerado por el EVALUADOR como una licencia
explícita o implícitamente en virtud de cualquier patente, derecho de autor u otro derecho de propiedad
intelectual que resulte del proyecto, o autorización de centro, de evaluación, por el contrario reconoce y
confirma que todos los derechos de propiedad intelectual existentes y futuras de dicho proyecto, o autorización
de centro, son y serán de propiedad exclusiva del propietario.
7. La UNACH se reserva el derecho de adoptar las medidas legales, administrativas o penales que correspondan
en caso se verifique el incumplimiento de la normativa vigente aplicable al caso, entre ellas, el pago por los
perjuicios causados cuyo monto podrá ascender como mínimo a un monto equivalente al valor del proyecto, o
autorización de centro, según lo declarado por el contribuyente en la solicitud presentada a la UNACH.
En tal sentido, el EVALUADOR declara haber tomado conocimiento de los puntos señalados en el presente documento
y en señal de conformidad suscribe:
……………………............................................... Nombres y apellidos:
DNI N°:
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ANEXO 11: Declaración jurada de no conflicto de intereses
DECLARACIÓN JURADA DE NO CONFLICTO DE INTERESES (fecha)
Por el presente yo, …………………………………………………………………………………..., identificado con
DNI N° ……………, con domicilio en …………………….……………………… a quien en adelante se le
denominará el EVALUADOR, he sido convocado por la Universidad Nacional Autónoma de Chota, en adelante
UNACH, para realizar la evaluación de los seis proyectos postulantes al “……………………………………………..”. En este sentido, mediante el presente documento, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:
Rol profesional principal en el Proyecto/Centro de investigación científica, desarrollo tecnológico o
innovación tecnológica propuesto:
1. Declaro que mi labor no contribuye al desarrollo científico de la ejecución de este proyecto de forma sustancial
y medible.
2. Declaro no ser Director de Proyecto / Investigador Principal o asociado ni estar citado como personal o
colaborador / asesor.
3. Declaro que si esta propuesta fuera aprobada, no recibiré beneficio financiero directo ni tampoco mis
familiares cercanos.
Rol profesional en las Instituciones solicitantes de la calificación del proyecto o de la autorización del centro
de investigación científica, desarrollo tecnológico o innovación tecnológica:
1. Declaro que, durante los últimos doce (12) meses, no he percibido beneficio financiero alguno de los miembros
de la propuesta, bajo ninguna modalidad.
2. Declaro que no soy empleado ni mantengo relación laboral o profesional de ningún tipo, a tiempo completo o
a tiempo parcial , con ninguno de los miembros de la propuesta.
3. Declaro que la solicitud a evaluar no involucra a una persona que sea:
• Mi colega, mentor científico o alumno, con quien esté actualmente realizando investigaciones u otras
actividades profesionales, o con quien haya realizado dichas actividades en los últimos tres (03) años.
• Mi cónyuge, familiar o amigo personal.
• Mi colaborador en algún proyecto o manuscrito, artículo científico, reporte, libro, o capítulo de libro
en los últimos tres (03) años.
• Alguien de cuyos trabajos publicados sea yo editor o co editor en los últimos tres (03) años.
• Otro evaluador, amigo personal o socio profesional mío con interés financiero o de otro tipo, en la
propuesta que esté evaluando.
• Alguien con conocimiento de ciertos hechos relevantes que pudiera cuestionar mi imparcialidad.
Declaro que, en los últimos 10 años, he laborado o he prestado servicios con las siguientes empresas y/o entidades:
Periodo Empresas y/o Entidades
Así mismo, declaro que:
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Respuesta (SI o
NO) Declaro que:
Cumplo con todos los términos y condiciones precedentes. En caso contrario, informaré a la
UNACH antes de proceder con la evaluación.
Asimismo, informaré si es que me encontrara incómodo o no esté seguro de que pueda realizar
una evaluación sin sesgo debido a cualquier otra circunstancia.
...................................................................................... Nombres y apellidos: ……………………..
DNI N°: ………………...
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ANEXO 12: Carta de presentación del proyecto de emprendimiento empresarial
Estimado (a) señor:
………………………………………
Director de Incubadora de Empresas
Universidad Nacional Autónoma de Chota
Presente. -
Es grato dirigirme a usted, para expresarle mi cordial saludo y a la vez presentarle el proyecto titulado
“………………………………………………………………………………………………………”, el cual consiste
en:
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
elaborado por:
- …………………………………………
- ………………………………………..
- …………………………………………
- ………………………………………….
- ………………………………………….
Para ser evaluado por la Dirección de Incubadora de Empresas para ser beneficiario del servicio
…………………………………………………… que ofrece su dirección, por lo que SOLICITO haga las gestiones
correspondientes para la evaluación de proyecto.
Quiero agradecer su aporte a la investigación aplicada, emprendimiento e innovación empresarial.
Atentamente,
……………………………………………
Nombres y apellidos:
DNI:
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ANEXO 13: Declaración de Compromiso con los Principios Éticos en el Proyecto
DECLARACIÓN DE COMPROMISO CON LOS PRINCIPIO ÉTICOS EN EL PROYECTO
Yo, …………………………………………………………………………, identificado con DNI ………………..,
miembro del proyecto “…………………………………………………………………………………………………”
me comprometo a cumplir lo estipulado en el presente documento con relación a la principio éticos en el proyecto, lo
cual se manifiesta en:
RESPONSABILIDAD
- Ser propietario de mis decisiones y acciones.
- Tomar decisiones basadas en el mejor interés del proyecto en vez de mi propio interés.
- Aceptar solamente trabajos para los que estoy calificado.
- Proteger la propiedad de la información.
- Informar de violaciones y conductas no éticas.
RESPETO
- Tratar apropiadamente a las personas y los recursos.
- Mantener una actividad de mutua cooperación.
- Respetar las diferencias culturales.
- Mantener negociaciones de buena fe.
- Ser directo al enfrentarse en conflicto.
- No usar nuestro poder o posición para influenciar a otros en nuestro propio beneficio.
IMPARCIALIDAD
- Ser objetivo y tomar decisiones imparciales.
- Actuar imparcialmente y sin sobornos.
- Continuar buscando y revelar conflicto de interés.
- No discriminar a otros.
- No usar nuestra posición para nuestro beneficio personal o profesional.
VERACIDAD
- Entender la verdad y tomar acciones basadas en la verdad.
- Tratar de entender la verdad.
- Decir la verdad en las comunicaciones y crear un entorno en que los demás pueden decir la verdad.
……………………………………………
Nombres y apellidos:
DNI: