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RESOLUCIÓN 782/13 – SOLICITUD DE ACOMPAÑANTE/ASISTENTE EXTERNO
DIRECCIÓN GRAL DE CULTURAEDUCACIÓN
La incorporación del Acompañante /Asist. Externo • Requiere de fundamentos sólidos. • Centrarse en la necesidad del sujeto con
discapacidad y/o trastornos en el desarrollo.
El tiempo de Intervención del AAE • Su permanencia debe pensarse como transitoria, ser
evaluada sistemática y permanentemente.
RESOLUCIÓN 782/13 – SOLICITUD DE ACOMPAÑANTE/ASISTENTE EXTERNO (AAE)
La tarea de los Acompañantes/Asist. Externos • Estará sujeta al Proyecto Pedagógico del
alumno y de la Institución. • Se establecen dos tipos de “prestaciones”
vinculadas al ámbito educativo. a) Terapéuticas. b) Asistenciales.
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Campos de Intervención • Apunta a la integración social dentro del ámbito escolar, su
accionar esta dirigido a la atención, asistencia y/o apoyo personal en distintas actividades dentro de la escuela, al establecimiento de relaciones vinculares y, también, a la contención física o emocional del alumno cuando lo requiera.
La Intervención Pedagógica Está a cargo de todos los docentes del sistema educativo que están involucrados en la enseñanza, centrada en el Proceso de Enseñanza y de Aprendizaje y en el desarrollo de la Propuesta
Educativa Pedagógica (PEP) definida para el alumno.
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DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR NORMATIVA
DEL ALUMNO:
• Informes pedagógicos del alumno, del presente ciclo y los ciclos anteriores: criterio de Directivo, informes de maestros especiales, docente de sala.
• (servicio educativo de Nivel). • Si interviniera Escuela Especial: PPI, criterios • de necesidad de esta figura de docentes, equipo y
Directivo.
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• Informes de profesionales que asisten
externamente al alumno, con firmas correspondientes y/o aval de instituciones de pertenencia, con fundamento de necesidad de acompañante
• Criterio del personal Directivo en relación a la necesidad de acompañante.
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• FAMILIA: • Solicitud de presencia de esta figura dirigida al RL
de parte de la familia con datos específicos de quien desempeñará el rol. • REPRESENTANTE LEGAL: • Nota de aceptación de ingreso al servicio con firma y sello de Representación Legal.
RESOLUCIÓN 782/13 –
SOLICITUD DE ACOMPAÑANTE/ASISTENTE EXTERNO
DEL ACOMPAÑANTE: • Curriculum del acompañante: título y formación
específica que habilite su intervención como acompañante (fotocopia de título, DNI, apto psicofísico)
• Aval institucional que su intervención requiere: descripción del equipo interdisciplinario externo que sostiene y supervisa su tarea.
• Constancia de contratación y vigencia del seguro que cubre su actividad laboral.
• Constancia de inscripción a AFIP
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• DE LA INSTITUCIÓN QUE AVALA EL ACCIONAR DEL ACOMPAÑANTE:
• Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
• Aprobación por parte de la Obra Social. • ACUERDOS PAUTADOS: • Acta acuerdo entre instituciones intervinientes,
acompañante externo y la familia, donde se registra el proyecto pedagógico, el plan de intervención del acompañante y las responsabilidades de cada uno de los actores.
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• a)La Institución Educativa de Nivel a la que asiste el
alumno debe solicitar toda la documentación que se requiere a la familia y elevar legajo con detalle de documentación. Convoca a todos los actores del sistema educativo involucrados, analiza situación, define estrategia pedagógica y resuelve los términos de la intervención del acompañante interno.
RESOLUCIÓN 782/13 – SOLICITUD DE ACOMPAÑANTE/ASISTENTE EXTERNO
• b) Luego se convoca a la flia, asistente e institución
de referencia, informa la decisión tomada en relación a la propuesta pedagógica y acuerda los alcances de la intervención del acompañante externo en función de la estrategia educativa que se definió para el sujeto.
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• c)Al final de cada año se evalúa la pertinencia de
continuidad o no de la figura.
• d)Las Inspecciones de Nivel avalan “la necesidad de acompañante/asistente”.
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• e)Ante dificultades en la emisión de criterio o dudas
que se surjan en la documentación que se presente, y si la complejidad excede las posibilidades de las Instituciones Educativas e Inspección de área se solicitará intervención a la Jefatura Regional y en última instancia a las Direcciones docentes correspondientes del Nivel Central.
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Inspectores de Nivel Inicial y Nivel Primario – DIPREGEP SAN MIGUEL – Prof. Andrea Villanueva –Lic. Darío Monteverde –Prof. Adriana Sánchez
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