Post on 05-Jan-2016
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Información General
El Código Deontológico vigente 10 de Agosto 2012.
Consta de 231 Artículos y 4 Disposiciones Finales.
Comprende 4 Títulos:
1. Disposiciones Generales
2. De las faltas contra la Ética
3. De las Faltas contra la Institución
4. Faltas contra el ejercicio de la actividad profesional
Código Deontológico
Reglamento ético de conducta, que contiene los deberes, valores y las normas morales y éticas, que rigen a los profesionales de la ingeniería en sus distintas especialidades.
PRINCIPIOS GENERALES
Los ingenieros están al servicio de la sociedad contribuyen al bienestar humano, dan importancia a la seguridad y adecuada utilización de los recursos en sus tareas profesionales.
Promover y defender la integridad, el honor y la dignidad de su profesión, contribuyendo con su conducta respeto a la sociedad, a sus miembros, con honestidad en su desempeño profesional
Servir con fidelidad al público, empleadores y sus clientes; esforzarse por incrementar el prestigio, la calidad y la idoneidad de la ingeniería.
De las Faltas
El CIP sanciona a los ingenieros que en el ejercicio de la Profesión, falten a las Leyes, al Estatuto o al Código Deontológico del CIP; estén o no colegiados o hábiles.
Los tipos de faltas son:
Contra la Ética Profesional: Contra la Institución: Contra el ejercicio de la actividad profesional.
Faltas contra la Ética Profesional:
a) Contra el juramento de incorporación al CIP.
b)Faltas a la ética profesional, tipificadas en el Título II del presente Código
Faltas contra la Institución:
a) Faltas en perjuicio de la institución.
b)Faltas a las normas contenidas en la Ley, el Estatuto, Reglamentos, Directivas y otros emitidas por los órganos del CIP.
Faltas contra el ejercicio de la actividad profesional:
a) Ejercer labores propias de ingeniería sin estar colegiado en el CIP.
b)Ejercer labores propias de la ingeniería sin encontrarse habilitado.
c) Desempeñar cargos o realizar actividades inherentes a la ingeniería ya sea en entidades públicas, privadas o independientes sin contar con el respectivo certificado de habilidad otorgado por el CIP.
Órganos Deontológicos del CIP
Fiscalías Deontológicas: Califica las denuncias presentadas y de acuerdo a su evaluación deriva al Tribunal correspondiente; podrá apertura proceso en uno o más Tribunales simultáneamente.
Tribunales Departamental /Nacional de Ética: Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra la ética profesional.
Tribunales Disciplinarios Departamentales: Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra la institución en cada Consejo Departamental.
Tribunal Ad Hoc Profesional Nacional: Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra el ejercicio de la actividad profesional.
RELACION CON LA SOCIEDAD Reconocer que la seguridad, la salud y bienestar de
la población y el desarrollo tecnológico del país, depende de los juicios y decisiones de sus miembros o consejo.
Cuidar que los recursos sean usados en forma racional y adecuado, evitando su abuso.
Respetar y hacer respetar las disposiciones legales que garanticen la conservación del medio ambiente.
Advertir los hechos que en su opinión puedan poner en peligro, la vida, la salud, la seguridad o la propiedad, llamando la atención de ello directamente o a través del CIP a quienes sean responsables.
RELACION CON EL PUBLICO
Ser objetivos y veraces en sus informes, declaraciones y testimonios profesionales
Expresar opiniones en temas de ingeniería, basados en un adecuado análisis y conocimiento de los hechos
Explicar su trabajo profesional en forma modesta cuidando de no promover sus propios intereses
Ampliar el conocimiento del público acerca de la ingeniería y de los servicios que presta a la sociedad
No participar en la diseminación de conceptos falsos e injustos o exagerados acerca de la ingeniería
COMPETENCIA Y PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL
Realizar trabajos solamente cuando cuente con los estudios o experiencias en el campo específico
Sugerir la necesidad de consultar con especialistas, en casos que no estén en su capacidad resolver problemas que se presenten en un diseño, obra o proyecto a su cargo
Autorizar documentos o trabajos solo cuando hayan sido elaborados por ellos o ejecutados bajo su control
Mantener actualizados sus conocimientos a través de medios, como la asistencia a cursos, seminarios, reuniones y la práctica profesional.
EL EJERCICIO PROFESIONAL Promoción y publicidad: Promocionar sus
servicios en órganos reconocidos, resaltando aspectos técnicos.
Concertación de los servicios: Formar su reputación profesional en base a sus servicios y no compitiendo de manera desleal.
Prestación de servicios: Servir con fidelidad a sus empleadores y clientes, evitando los conflictos de intereses, manteniendo secreto y reserva respecto a todo dato o trabajo relacionado con ellos.
Relaciones con el personal: Garantizar los derechos laborales de su personal dependiente, velando por la seguridad de sus vidas y salud.
RELACION CON LOS COLEGAS
No revisar ni emitir opinión sobre del trabajo de otro ingeniero para el mismo cliente, salvo que este tenga conocimiento y solo cuando haya concluido el trabajo
En el servicio del sector público deben revisar y evaluar la tarea de otro ingeniero, solo cuando sus obligaciones lo requieran
No dañar la reputación profesional, las perspectivas, las prácticas o el empleo de otro ingeniero
En ningún caso se atribuirán el desarrollo de tareas desarrolladas por otro ingeniero.
De las sanciones
Los Órganos Deontológicos del CIP, de acuerdo a sus atribuciones y a la gravedad de las faltas, puede aplicar las siguientes sanciones:
a. Multa. b. Amonestación. c. Suspensión. d. Expulsión.