Post on 14-Dec-2015
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Nacimiento como Estado
• País de Europa Occidental. Comparte fronteras con Alemania al norte, Austria y Liechtenstein al este, Italia al sur y Francia al oeste.
• Sus raíces se remontan a 1291, aunque el moderno estado nación se constituyó en 1848.
Tipo de Estado: Federal
• Es un Estado con tres niveles políticos: el gobierno federal (la Confederación), los 26 cantones y alrededor de 2 600 municipios.
• Su división de poderes es no centralizada sino descentralizada, así es característico del sistema el principio de subsidiariedad, esto es resolver los asuntos al nivel más bajo posible.
PODERES EN LOS NIVELES DE GOBIERNO
Poder ejecutivo Poder legislativo Poder judicial
Confederación Consejo Federal Asamblea Federal Tribunal Federal
Siete consejeros federales elegidos por la Asamblea Federal.
Los consejeros son los jefes de los 7
departamentos del gobierno.
Consejo Nacional:
200 consejeros nacionales
elegidos por el pueblo
directamente utilizando la regla de la
proporcionalidad. El número
de representantes
cantonales depende del tamaño de la población.
Consejo de Estados:
46 consejeros estatales, dos por
cada cantón.
Elegidos en votación popular
según las normas
cantonales.
Entre 35 y 48 jueces supremos a tiempo
completo y sustitutos adicionales elegidos
por la Asamblea Federal.
PODERES EN LOS NIVELES DE GOBIERNOCantones Consejo Cantonal Parlamento Cantonal Tribunal Cantonal
Elección en votaciónpopular cada
cuatro o cincoaños. El Consejo
está compuesto porentre cinco y siete
miembros.
Elección en votación popular utilizando la
regla de la proporcionalidad.
Elección por elconsejo cantonal opor el parlamento
cantonal.
Municipios Consejo municipal Asamblea municipal Tribunal de Distrito
Elección por el pueblo En municipios pequeños, normalmente
la forman todos los ciudadanos. En
municipios más grandes hay parlamentos
elegidos por el pueblo.
Elegido por los habitantes de un
número de municipios que
forman un distrito o nombrados por las
autoridades cantonales.
Democracia directa e indirecta
• En Suiza, como en todos los países democráticos, los ciudadanos eligen a sus representantes parlamentarios.
• Pero los ciudadanos suizos no solo pueden elegir a los miembros del parlamento federal, cantonal o municipal, también tienen el derecho de intervenir en el trámite constitucional mediante el referéndum.
Democracia directa y semidirecta
• Otro instrumento activo de la democracia directa es la iniciativa popular, mediante la cual el pueblo suizo puede promulgar una proposición legislativa o una enmienda constitucional, siempre que esta no infrinja la Constitución de la Confederación o el Derecho internacional. Los suizos también pueden invalidar una disposición legal aprobada por el Parlamento por medio del referéndum facultativo.
EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL
Consejo Federal
(7 miembros)
Asamblea Federal
Consejo Nacional
(200)
Consejo de los Estados
(46)
Departamentos Federales
(7)
Tribunal Supremo Federal
• I Corte de d. público
• II Corte de d. público
• I Corte de d. civil• II Corte de d.
civil• Corte de derecho
penal• I Corte de d.
social• II Corte de d.
social
CONFEDERACIÓN SUIZA
URUGUAY• País de América del Sur. Limita al noreste con Brasil, al oeste
con Argentina y tiene costas en el océano Atlántico al sureste y sobre el Río de la Plata hacia el sur.
• Sus raíces se remontan a 1516, aunque el estado nación se constituyó en 1828 con la Convención Preliminar de Paz y reflejado en la Constitución de 1830.
• Es un Estado con tres niveles políticos: el gobierno federal (la República), los 19 departamentos y 89 municipios.
• Su división de poderes es centralizada, ya que la mayoría de los órganos dependen de la “tutela administrativa” de Poder Ejecutivo.
• Los ciudadanos además de participar de manera directa para elegir a sus representantes, interviene en otros asuntos para mantener la forma de gobierno mediante el referéndum y los plebiscitos.
• Los plebiscitos en reformas a la Constitución por iniciativa del 10% de los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional, presentando un proyecto articulado que se elevará al Presidente de la Asamblea General, debiendo ser sometido a la decisión popular, en la elección más inmediata.
• Referéndum en recurso contra las leyes se necesita el 25% del total de inscriptos habilitados para votar, podrá interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de referéndum contra las leyes y ejercer el derecho de iniciativa ante el Poder Legislativo. Estos institutos no son aplicables con respecto a las leyes que establezcan tributos. Tampoco caben en los casos en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo.
Est
ado
Uru
guay
o
Poder Legislativo
Poder Judicial
Poder Ejecutivo
Personas Públicas no Estatales
24 en total (Direcciones, Fondos, Centros y
Comisiones)
Organismos con autonomía funcional, fuera de la esfera
judicial.
Corte Electoral (9 miembros con su
respectivo suplente)
Tribunal de Cuentas de la República
Tribunal de lo Contencioso Administrativo (5
ministros)
Poder EjecutivoPresidente de la Republica/Consejo de Ministros
Oficina del Servicio CivilOficina de Planeamiento y Presupuesto
Economía y Finanzas
Deporte y Juventud
Relaciones Exteriores
Energía y Minería.
Defensa Nacional
Ganadería Agricultura y
Pesca
Trabajo y Seg. Social
Educación y Cultura Interior
- Banco Central Uruguayo
- Banco de la Republica Oriental de
Uruguay
- Banco de Seguros del Estado.
- Administración Nacional de Combustibles, Alcohol
y Portland.
- Usinas y Transmisiones Eléctricas
Administración Nacional de
Telecomunicaciones
Administración Nacional de
Correos
Instituto Nacional del Menor
Salto
Banco de Previsión Social
Instituto Nacional de Colonización
Univ. República
Administración Nac. de Educación Pública.
Ministerios
Entes Autónomos
Servicios Descentralizados
Gobiernos Departamentales
San José
Rivera
Rocha
Paysandú
Rio Negro
Maldonado
Montevideo
Florida
Lavalleja
Durazno
Flores
Cerro Largo
Colonia
Artigas
Canelones
Soriano
Tacuarembo
Poder Legislativo
Vicepresidente
Asamblea General
Cámara de Representantes
99 diputados
Duran 5 años electos directamente por Sistema de RP, cada depto.,
debe tener 2 representantes.
Comisiones
Permanentes (16)
Integradas (5)
Especiales (9)
Cámara de Senadores
30 miembros y el vicepresidente
Duran 5 años electos mediante Sistema de RP por una sola circunscripción electoral.
Comisiones
Permanentes (16)
Integradas (1)
Especiales (2)Comisión Permanente 4 Senadores y 7 Representantes, con su respectivo suplente.
* A nivel estatal están las Juntas Departamentales integradas por 31 ediles.
Poder Judicial
Suprema Corte de Justicia
Juzgado Letrado Civil
Juzgado Letrado Aduana
Juzgado Letrado Familia
Juzgado Letrado Contencioso
Administrativo
Juzgado de Conciliación
Juzgado de Paz Depto. de CapitalJuzgado de Faltas
Juzgado de Paz Depto. Interior
Juzgado Letrado Trabajo
Juzgado Letrado Menores
Juzgado Letrado Penal
Juzgado Letrado de Concurso
Juzgado Letrado 1ª instancia interior (80)
Tribunal Apelación Civil
Tribunal Apelación FamiliarTribunal Apelación Trabajo Tribunal Apelación
Penal
Juzgado de Paz 1ª Categoría Juzgado de Paz Ciudad Juzgado de Paz 2ª
Categoría Juzgado de Paz Rural
SUIZA URUGUAY MÉXICO
1. Tipo de Estado Federal y descentralizado
Federal, Republica, Democrática, Representativo y Participativo
Federal y centralizado
2. Tipo de Gobierno Parlamentarista Presidencialista Presidencialista
3. Ejecutivo Colegiado Unipersonal / Colegiado
Unipersonal
4. Legislativo Bicameral Bicameral Bicameral
6. Sistema electoral Representación proporcional
Representación Proporcional
Representación proporcional
7. Tipo de constitución
Rígida Rígida Rígida
8. Control constitucional
Político Jurisdiccional Jurisdiccional
9. Niveles de gobierno
Federal, cantonal y municipal
Federal, departamental y municipal
Federal, estatal y municipal
BIBLIOGRAFÍA
• BUCK, Marcus (coord.), Manual de sistemas políticos, Comares, España, 2007.
• Constitución de la República Oriental del Uruguay, disponible en: http://www.presidencia.gub.uy/normativa/constitucion-de-la-republica
• GARCÍA-PELAYO, Manuel, Derecho constitucional comparado, Alianza editorial, España, 1999.
• GROS Espiell, Hector, Constituciones Iberoamericanas: Uruguay, Porrua, México, 2005
• http://reformafederal.files.wordpress.com/2013/05/sispol_es.pdf
• http://www.swissworld.org/
• RAMÓN REAl, Alberto, “Cortes Constitucionales y Control de Constitucionalidad de las Leyes en América Latina”, Revista Jurídica, Uruguay, t. 72, 2001.
• RISSO FERRAND, Martin, Derecho Constitucional, , t. I., Uruguay, FCU, 2005