Post on 16-Dec-2015
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I. QU ES EL ORGANISMO DE EVALUACINY FISCALIZACIN AMBIENTAL - OEFA?
El OEFA es un organismo pblico, tcnico y especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de la fiscalizacin ambiental. Sus funciones directas son evaluar, supervisar, fiscalizar y sancionar a las empresas de los siguientes sectores:
Asimismo, el OEFA es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - SINEFA, supervisando y apoyando a otras Entidades de Fiscalizacin Ambiental EFA de los mbitos nacional, regional y local.
II. EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACINY FISCALIZACIN AMBIENTAL - SINEFA
El Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - SINEFA tiene por objeto articular las funciones en materia de fiscalizacin ambiental a nivel nacional, regional y local. El SINEFA es liderado por el OEFA, quien es el encargado de garantizar que todas las dems entidades de fiscalizacin ambiental realicen sus funciones de manera eficiente.
III. QU BUSCA LA FISCALIZACIN AMBIENTAL?
La fiscalizacin ambiental busca prevenir, sancionar y remediar los daos al ambiente generados por distintas actividades econmicas. Tiene por objetivo alcanzar un equilibrio que armonice el derecho de desarrollar actividades econmicas con el derecho a vivir en un ambiente sano, y que esta armona nos lleve a todos hacia el desarrollo sostenible.
IV. SISTEMA NACIONAL DE GESTINAMBIENTAL - SNGA
El Sistema Nacional de Gestin Ambiental - SNGA garantiza el cumplimiento de las polticas, planes, programas y acciones destinados a la proteccin del ambiente. Asimismo, contribuye a la conservacin y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. El Ministerio del Ambiente - MINAM es el encargado de liderar el SNGA, el cual est conformado de la siguiente forma:
LA NUEVA FISCALIZACIN AMBIENTALUNA FISCALIZACIN PARA EL CAMBIO
SUPLEMENTO CONTRATADO - 15 de diciembre del 2013 1
SECTORMINERA
a.
(Mediana y gran minera en exploracin, explotacin, transporte, labor general, beneficio y almacenamiento de concentrados).
SECTORENERGA
b.
(Generacin, transmisin y distribucin).
Subsector hidrocarburos
Subsector electricidad
(Exploracin, explotacin, transporte, refinacin, almacenamiento, distribucin y comercializacin).
SECTORPESQUERA
c.
(Acuicultura de mayor escala y procesamiento industrial pesquero).
SECTORINDUSTRIA
d.
(Cerveza, papel, cemento y curtiembre).
Subsector industriamanufactura
SISTEMA NACIONAL DE GESTIN AMBIENTAL - SNGA
RGANORECTOROEFASERNANPMINAM
SUBSISTEMASFUNCIONALES
Brindan lineamientos y/o instrumentos comunes para el desarrollo de una
labor especfica en el marco de la gestin
ambiental.
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EFA
SISTEMA NACIONAL DE EVALUACINY FISCALIZACIN AMBIENTAL
El Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA quiere compartir con la ciudadana el nuevo enfoque de la fiscalizacin ambiental en el Per; una fiscalizacin moderna y gil comprometida con la eficiencia, transparencia, justicia, probidad y responsabilidad, valores ticos que guan la actuacin de los entes administrativos modernos.
Creemos que es importante dar a conocer de una manera sencilla qu labores realiza el OEFA, qu es la fiscalizacin ambiental, a quines fiscalizamos, cmo lo hacemos y cules han sido nuestros principales logros durante el ltimo ao.
El OEFA est convencido de que con una mayor confianza en la
fiscalizacin ambiental se puede contribuir a disminuir la conflictividad social y, como consecuencia de ello, alcanzar mayor confianza en la inversin responsable. Creemos que este nuevo enfoque es capaz de verificar, con eficiencia, el cumplimiento de las obligaciones ambientales y sancionar aquellas situaciones que perjudican gravemente al ambiente.
Nuestra visin: garantizar que las actividades econmicas se desarrollen en el pas en equilibrio con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano.
Nuestra misin: ejercer y promover una fiscalizacin ambiental efectiva que armonice el ejercicio de las actividades econmicas y la proteccin del ambiente con el desarrollo sostenible.
sancin, conociendo incluso el monto aproximado de la multa que se le impondra.
Reduccin de la discrecionalidad.- El clculo de la multa se basa en criterios tcnicos y objetivos.
Mejor ejercicio del derecho de defensa.- El presunto infractor puede presentar descargos respecto de los criterios para calcular la sancin y, as, reducir el monto de la multa a imponrsele.
Promocin de la remediacin ambiental.- Acciones de remediacin ambiental disminuyen la cuanta de la multa y el costo de la medida correctiva de restauracin ambiental.
VII. PROMOCIN DE LA REMEDIACIN AMBIENTAL
La fiscalizacin ambiental se orienta a verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales con la finalidad de que estas se cumplan. El nuevo enfoque de la fiscalizacin privilegia la remediacin ms que la imposicin de sanciones.
La remediacin ambiental busca restaurar, reponer, reparar, rehabilitar o remediar los impactos ambientales, los sitios contaminados o los pasivos ambientales.
El OEFA promueve la remediacin ambiental de los daos generados a travs de la disminucin de la cuanta de la multa y del costo de la medida correctiva de restauracin ambiental. Si el administrado, despus de cometer una infraccin (por ejemplo, un derrame o vertimiento sobre suelos o cuerpos de agua), procede a implementar acciones de remediacin (por ejemplo, limpiar lo contaminado) dicha accin ser tomada en cuenta para el clculo de la multa y la medida correctiva a imponrsele.
De esta manera, de haber una efectiva y clere remediacin del dao producido por la infraccin; primero, se incorporar en el clculo de la multa base un monto menor por concepto de dao; segundo, dicha remediacin ser considerada como un factor atenuante; y, tercero, lo remediado disminuir o eliminar la medida correctiva correspondiente, lo que implica menos costos para el administrado. As, se generan incentivos para implementar acciones de remediacin ambiental.
VIII. LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIN DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS
El OEFA es competente para dictar a travs de las medidas correctivas de restauracin y compensacin ambiental:
El OEFA puede imponer medidas de restauracin (rehabilitacin del bien ambiental) o compensacin ambiental (sustitucin del bien ambiental daado irreversiblemente), as como imponer multas de hasta 30 000 UIT, dependiendo de la gravedad de la infraccin.
V. MAYOR TRANSPARENCIA Y DIFUSINDE LAS ACCIONES DE FISCALIZACIN AMBIENTAL
El OEFA busca promover un mayor acceso a la informacin vinculada a la fiscalizacin ambiental. Este derecho tiene especial relevancia para la proteccin del ambiente, ya que es un componente esencial para una participacin ms activa y consciente de los ciudadanos. Si estos se encuentran bien informados, podrn ejercer su derecho de participacin de manera efectiva. As, por ejemplo, podrn solicitar los reportes pblicos de la supervisin realizada a la empresa.
El nuevo enfoque de fiscalizacin ambiental busca una mayor difusin de la informacin que administra el OEFA, pero con equilibrio, con ponderacin, quedando fuera el secretismo, as como una excesiva publicidad.
Esta bsqueda de mayor transparencia en el acceso a la informacin obedece a la necesidad de encontrar un adecuado equilibrio entre el derecho que tienen todos los ciudadanos de conocer las actividades del OEFA y el derecho de las empresas de que se mantengan en reserva los procedimientos sancionadores de los que son parte.
VI. METODOLOGA DE CLCULO DE MULTAS
Una metodologa que establece reglas claras para realizar el clculo de las multas a cargo de la autoridad ambiental contribuye a que las sanciones sean predecibles, razonables y que garanticen el derecho de defensa de las personas. En efecto, una metodologa clara genera las siguientes ventajas:
Mayor predictibilidad.- Las empresas conocen con anticipacin el razonamiento que utilizar el OEFA para la aplicacin de una
SUPLEMENTO CONTRATADO - 15 de diciembre del 20132 EL MACROPROCESO DE LA FISCALIZACIN AMBIENTAL
SUPERVISIN DIRECTA
FISCALIZACIN Y SANCIN
EVALUACIN
Inspecciona el desempeo de las empresas, verificando el cumplimiento
de las obligaciones ambientales.
Investiga las posibles infracciones e impone sanciones y medidas correctivas para asegurar la proteccin del ambiente.
Vigila y monitorea la calidad del ambiente y el estado de conservacin de los recursos naturales, en la zona de
influencia de las empresas.
TRIBUNAL DE FISCALIZACIN AMBIENTAL
VIGILANCIA Y
MONITOREO
DIRECCIN DE EVALUACIN
SUPERVISIN
DIRECCIN DE SUPERVISIN
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR
DIRECCIN DE FISCALIZACIN, SANCIN Y
APLICACIN DE INCENTIVOS
EL MACROPROCESO DELA FISCALIZACIN AMBIENTAL
Medidas de restauracin ambiental: Comprenden acciones de restauracin, rehabilitacin o reparacin de la situacin alterada por la infraccin administrativa ambiental. Por ejemplo, el OEFA puede disponer la limpieza de una laguna que ha sido parcialmente contaminada o la reforestacin de un bosque.
Medidas de compensacin ambiental: Buscan sustituir un bien ambiental que ha sufrido impactos severos e irreversibles. Por ejemplo, el OEFA puede ordenar la reforestacin en terrenos prximos o el traslado de poblaciones faunsticas a otros lugares, acondicionados apropiadamente para su supervivencia y desarrollo.
IX. EQUILIBRIO ENTRE LA INVERSIN PRIVADA Y LA PROTECCIN AMBIENTAL
El OEFA viene consolidando un nuevo enfoque de la fiscalizacin ambiental que busca un equilibrio que armonice el derecho de desarrollar actividades econmicas con el derecho a vivir en un ambiente sano, la promocin de la inversin privada con la proteccin de los ecosistemas, para que este equilibrio y esta armona nos lleve a todos hacia el desarrollo sostenible.
X. MAYOR PODER DISUASIVO
Se ha incrementado el monto mximo de las multas a imponer hasta 30 000 Unidades Impositivas Tributarias, adquirindose un mayor poder disuasivo respecto del incumplimiento de las obligaciones ambientales. Adems, el OEFA ha mejorado su capacidad de cobrar las multas.
Una multa con dicha cuanta solo se aplicara en aquellos casos en los que el administrado ha cometido una infraccin muy grave, tiene ingresos ilcitos significativos, su conducta ha causado dao real a la vida o salud de las personas y estn presentes los factores agravantes ms severos (v. gr. reincidencia, intencionalidad, impacto en reas naturales protegidas, afectacin a poblaciones indgenas, entre otros).
Ahora bien, con el fin de fortalecer la aplicacin del principio de razonabilidad, se ha incorporado el principio de no confiscatoriedad, por virtud del cual el OEFA no impondr al infractor una multa superior al 10% de los ingresos brutos percibidos por l el ao anterior.
La mayor capacidad coercitiva empleada en forma razonable y predecible, a travs de la imposicin de multas con una adecuada valoracin econmica del dao, permite a las empresas prever los costes del incumplimiento de sus obligaciones ambientales y desincentivar las conductas que impactan negativamente en el ambiente.
En la lgica de buscar el mximo equilibrio posible entre la libertad de empresa y el derecho constitucional de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano y equilibrado, se ha previsto tambin como incentivo la subsanacin voluntaria de incumplimientos de menor trascendencia, entendiendo por estos a los que no causan daos ni al ambiente ni a la salud de las personas.
Bajo dicha lgica, no se iniciarn procedimientos sancionadores a las empresas que subsanen los hallazgos de menor trascendencia tanto durante la supervisin de campo como con posterioridad. En este segundo caso, la autoridad otorgar un plazo razonable al administrado para que efecte dicha subsanacin.
Con la aprobacin de esta medida se busca promover el cumplimiento de las obligaciones ambientales de los administrados otorgndoles la posibilidad de subsanar incumplimientos de menor trascendencia. Ello no significa que la autoridad renuncie a su rol fiscalizador. Por el contrario, lo que se busca es contar con una herramienta legal que permita una intervencin ms flexible
y razonable en funcin de la gravedad de los incumplimientos en los que puedan incurrir las empresas.
XI. EL NUEVO ORDEN NORMATIVO
En el ltimo ao, el OEFA ha aprobado 20 normas que han modernizado la fiscalizacin ambiental en el Per. Hemos emprendido una profunda reforma normativa y de gestin institucional con la finalidad de promover procedimientos sancionadores ms giles y eficaces; una mayor transparencia a travs de un mejor acceso a la informacin; una metodologa para el clculo de las multas que elimina la discrecionalidad y, que permite la promocin de la restauracin ambiental que es fundamental para promover el desarrollo sostenible, entre otras.
Normas publicadas en el ltimo ao
Reglamentos administrativos (de efectos directos hacia los administrados)1. Reglamento del procedimiento administrativo sancionador.2. Reglamento de supervisin directa.3. Reglamento del registro de infractores ambientales.4. Reglamento para la subsanacin voluntaria de incumplimientos de
menor trascendencia.5. Reglamento del reporte de emergencias ambientales.6. Reglamento especial de supervisin directa para la terminacin de
actividades 7. Normas que regulan la competencia de las entidades de fiscalizacin
ambiental (EFA) en los casos de contratos de cesin minera.8. Reglamento de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de las
multas impuestas.9. Reglamento de notificacin de actos administrativos por correo
electrnico.10. Directiva que promueve mayor transparencia de la informacin
que administra el OEFA.11. Directiva para la identificacin de pasivos ambientales del sector
hidrocarburos.12. Tipificacin de infracciones y escala de sanciones relacionadas con
la eficacia de la fiscalizacin ambiental.13. Tipificacin de infracciones y escala de sanciones relacionadas al
incumplimiento de los Lmites Mximos Permisibles (LMP).
Reglamentos de carcter interno14. Reglamento interno del Tribunal de Fiscalizacin Ambiental.15. Reglamento del rgimen de contratacin de terceros evaluadores,
supervisores y fiscalizadores.
Guas normativas16. Metodologa para el clculo de las multas base y la aplicacin de los
factores agravantes y atenuantes a utilizar en la graduacin de sanciones.17. Lineamientos para la aplicacin de medidas correctivas de restauracin
y compensacin ambiental.18. Lineamientos que establecen criterios para calificar como reincidentes
a los infractores ambientales.19. Metodologa para la calificacin del nivel de riesgos de pasivos
ambientales en el subsector hidrocarburos.
Reglas Generales20. Reglas generales sobre el ejercicio de la Potestad Sancionadora del
OEFA.
SUPLEMENTO CONTRATADO - 15 de diciembre del 2013 3
XII. LOGROS Y PRODUCTIVIDADA NOVIEMBRE DE 2013
Nota: Se considera informacin hasta el 7 de noviembre de 2013.
XIII. MULTAS IMPUESTAS POR SECTORES
El sector minera ha concentrado la mayor cantidad de multas; seguido por el sector hidrocarburos, y los sectores electricidad y pesca:
Nota: Se considera informacin hasta el 31 de octubre de 2013.
A travs de la imposicin de sanciones, el OEFA busca disuadir tanto al infractor de incumplir sus obligaciones ambientales en el futuro, como al resto de administrados de incurrir en conductas similares. De esa forma, se garantiza una proteccin adecuada del medio ambiente.
XIV. EL NUEVO ENFOQUE DE LA FISCALIZACIN AMBIENTAL
Visin institucional
Promover el equilibrio entre el ejercicio de las actividades econmicas y el derecho de la ciudadana a gozar de un ambiente sano.
Transparencia y predictibilidad
En el ltimo ao, el OEFA emprendi una reforma normativa y de su gestin institucional interna con la finalidad de promover, entre otras cosas, una mayor transparencia en la informacin que administra, mayor predictibilidad en la actuacin de sus rganos resolutivos, as como reducir significativamente su discrecionalidad al momento de cuantificar las multas y mejorar el ejercicio del derecho de defensa de las empresas.
Subsanacin voluntaria de hallazgos de menor trascendencia
El OEFA promueve la subsanacin voluntaria de hallazgos de menor trascendencia, vale decir, de aquellos que no causan dao al ambiente o a la vida o salud de las personas, evitando la tramitacin de procedimientos sancionadores y privilegiando la subsanacin voluntaria antes que la imposicin de sanciones.
Potestad sancionadora y principio de no confiscatoriedad
En virtud del principio de no confiscatoriedad la multa a imponerse a los administrados no podr ser mayor al 10 % del ingreso bruto anual percibido por el infractor el ao anterior a la fecha en que cometi la infraccin.
Sancin severa a las actividades ilegales
Las conductas que se realicen al margen de la ley en zonas prohibidas sern severamente sancionadas por el OEFA.
Mayor confianza en la fiscalizacin ambiental
La mayor confianza en la fiscalizacin ambiental coadyuvar a aminorar los conflictos sociales, lo cual permitir alcanzar mayor confianza en la inversin.
El nuevo enfoque en la fiscalizacin ambiental tiene por objetivo promover que la ciudadana acepte y permita el libre desarrollo de las actividades econmicas, en la confianza de que existe una entidad gubernamental que ser capaz de verificar con eficiencia el cumplimiento de las obligaciones ambientales y sancionar aquellas situaciones que perjudican gravemente el ambiente.
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