Post on 05-Jul-2015
TALLER 1
1 diferencia entre provisiones de abordo para llevar y de consumo
Las provisiones de abordo para llevar son las mercancías que se venden a los clientes y las previsiones de abordo para consumo son las mercancías destinadas al consumo de los clientes.
2 quien elabora y como se llama el documento que realiza el transporte multimodal
El que elabora el documento es la OTM “operador de transporte multimodal” y el documento se llama DTM “documento de transporte multimodal.
3 diferencia entre declaración de mercancía y mercancía declarada
La declaración de mercancías están siendo nacionalizadas y tienen que presentar unos papeles para ello, ósea como un proceso y las mercancías declaradas son cuando ya están legalmente nacionalizados después de todos los procesos legales.
4 diferencia entre aprehensión y decomiso
La aprehensión es cuando la mercancía tiene una serie de problemas legales y la guardan en un depósito mientras se solucionan los problemas legales y el decomiso es cuando la mercancía la pierde la persona y la coge el estado para legalizarla.
5 quienes son los responsables de la obligación aduanera
El importador, el exportador, el poseedor o el tenedor de la mercancía, el transportador, el agente de carga internacional, el depositario, intermediario y el declarante.
6 para que se utiliza la clave electrónica
La clave electrónica se utiliza para que a la hora de presentar los papeles o documentos de mercancía sistemáticamente no puedan entrar y alterar los documentos para así hacer daño a los dueños y causar contingencia con la mercancía
7 que son los declarantes
Los declarantes son personas que se encargan de hacer las declaraciones de mercancías suscribiendo y presentando declaración de mercancías a nombre propio o nombre de terceros
8 tipos de declarantes
Usuarios aduaneros permanentes
Usuarios altamente exportadores
Perdonas jurídicas
Personas naturales
Los viajeros
La sociedad de servicios postales nacionales
Los turistas
Los consignatarios
La nación
Agentes diplomáticos
Empresas transportadoras cabotaje
Empresas transportadoras de derecho de mercancías
Los comerciantes
Los raizales o residentes
Autores de obra de arte
Entidades territoriales
Entidades descentralizadas
Consulares
Organismos internacionales 9 como se clasifican los agentes de aduana
Agencia de aduanas nivel 1: $3.500´000.000
Agencias de aduanas nivel 2: $ 438´000.000
Agencias de aduanas nivel 3: $ 142´000.000
Agencias de aduanas nivel 4: $ 44´000.000 10 que es un envió fraccionado o múltiple y cuando tiene que ser presentado por el declarante
Es cuando se hace una venta pero se realiza en varios despachos pero corresponde a una sola factura.
TALLER No.2
TITULO II DECLARANTES Y TITULO III ZONAS PRIMARIAS ADUANERAS
I- Cual de los siguientes no es un requisito para agencias de nivel 1
1. Tener un comité de control y auditoría y Garantizar la prestación del servicio en todo el territorio
nacional.
2. Mantener una página Web con Estados financieros, Identificación de los representantes legales,
gerentes, administradores, agentes de aduanas y auxiliares y servicios ofrecidos al público.
3. Acreditar los empleados encargados de cumplir la función y Disponer de los manuales de
procesos y funciones
4. Generar mensualmente un informe de todas las operaciones realizadas , en concordancia a la
reglamentación del código de aduanas
II -Cuando se presenten fallas en el funcionamiento de los servicios informáticos electrónicos,
podrá aceptarse la realización de trámites, actuaciones y procesos aduaneros mediante la
utilización de medios documentales, físicos o magnéticos.
Falso____ Verdadero_____
III- Cuando se disminuya el patrimonio líquido mínimo en un monto del (20%) los agentes de
aduana deberá subsanar esto en :
1- 1 mes
2- 2 meses ARTICULO 18 LEY 2685
3- 3 meses
4- 6 meses
IV- las siguientes aduanas “Bucaramanga, Cartago, Cúcuta, (Ipiales, Maicao, Manizales, Pereira,
Riohacha, Santa Marta, Urabá o Valledupar” las agencias que prestan sus servicios allí son de nivel:
1- Nivel 1
2- Nivel 2
3- Nivel 3
4- Nivel 4
V las agencias de nivel 2, 3, 4 tienen restricciones para actuar de acuerdo a:
1- Valor, origen, clase de mercancía 2- Lugar de arribo y procedencia
3- Son ciertas a y b
4- No existen restricciones
VI- Con el propósito de protegerse de prácticas relacionadas con lavado de activos, contrabando, evasión y cualquier otra conducta irregular, las agencias de aduanas tienen la obligación de
establecer mecanismos de control a sus clientes, el formato para esto lo encontramos en la
siguiente circular:
1- Circular 100 de 2006
2- Circular 56 del 2007 3- Circular 170 del 2002
4- Circular 057 del 2002
VII- Escriba 5 obligaciones de las agencias de aduana
1. Actuar de manera eficiente, transparente, ágil y oportuna en el trámite de las operaciones de comercio exterior ante la autoridad aduanera
2. Liquidar y cancelar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar, de acuerdo con lo previsto en la normatividad aduanera
3. Contar al momento de presentar las declaraciones de importación, exportación o tránsito, con todos los documentos soporte requeridos
4. Asistir a la práctica de las diligencias previamente ordenadas y comunicadas por la autoridad aduanera y permitir, facilitar y colaborar con la práctica de las mismas
5. Suscribir y presentar las declaraciones y documentos relativos a los regímenes de importación, exportación y tránsito aduanero, en la forma, oportunidad y medios señalados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con la normatividad vigente
ARTICULO 27-2
VIIl- los depósitos públicos habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrán ser:
1- Agentes de aduana
2- Usuario aduanero permanente 3- Usuario altamente exportador
4- Ninguna de las anteriores.
VIII Una persona natural puede ser usuario aduanero permanente si:
1- Cumple con la cantidad de importaciones y exportaciones
2- Sean grandes contribuyentes 3- Tienen programas de sistemas especiales
4- Todas las anteriores
IX- Los usuarios aduaneros permanentes provisionales solo pueden ser
1- Personas jurídicas 30-4 2- Personas naturales
X- Escriba 5 obligaciones de usuario aduanero permanente:
1. suscribir y presentar las declaraciones y documentos relativos a los regímenes de importación, exportación y transito aduanero por los medios señalado por la DIAN
directamente o a través de sociedades de intermediación aduanera.
2. liquidar y cancelar los tributos aduaneros y sanciones a que hubiere lugar de acuerdo a la
DIAN
3. tener al momento de presentar las declaraciones de importación exportacion o transito, todos los documentos soportes requeridos para parar las mercancías
4. utilizar el código de registro asignado a la sociedad para adelantar tramites y refrendar documentos ante la DIAN
5. permitir facilitar y colaborar con la practica de las diligencias ordenadas por la autoridad aduanera
XI_ cual es el tiempo y documento establecidos para los Usuarios Aduaneros Permanentes en el
pago de tributos aduaneros y/o sanciones liquidados en las declaraciones de importación presentadas ante la Aduana y sobre las cuales se hubiere obtenido levante durante el mes
1- (5) días hábiles de cada mes presentados en la Declaración Consolidada de Pagos (recibo oficial de pagos) ARTICULO
2- (5) últimos días hábiles de cada mes presentados en la Declaración Consolidada de
Pagos(recibo oficial de pagos)
XII- Los únicos que pueden ser reconocidas e inscritas como usuarios altamente exportadores por parte de la autoridad aduanera son las personas jurídicas
Falso______________ Verdadero______________________ CAPITULO lll articulo 35
XIII- cuál de los siguientes declarantes corresponde al texto “cuando acrediten que el valor exportado, directamente o a través de una sociedad de comercialización internacional, representa
un valor FOB igual o superior a veintiún millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$21.000.000)”.
1- UAPS
2- ALTEX
XIV- Escriba 5 beneficios para los ALTEX
1- Presentar Solicitud de Autorización de Embarque Global para efectuar cargues
parciales de que trata el artículo 272o. del presente Decreto;
2- Eliminación de la inspección física aduanera, sin perjuicio de que la autoridad
aduanera pueda realizarla de manera aleatoria o selectiva cuando lo considere
conveniente;
3- Autorización global y permanente para realizar la inspección aduanera de las
mercancías a exportar, cuando a ella hubiere lugar, en las instalaciones del
Usuario; 4- Constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 38o. de este
Decreto, la que cobijará la totalidad de sus actuaciones realizadas en calidad de
Usuario Altamente Exportador ante la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales, sin que esta entidad pueda exigir otras garantías o pólizas, salvo lo
relativo a las garantías en reemplazo de aprehensión o enajenación de
mercancías que efectúe la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
5- Sin perjuicio de lo previsto en el literal anterior, posibilidad de constituir
garantía global bancaria o de compañía de seguros, con el fin de obtener dentro
de los diez (10) días siguientes a la presentación de la solicitud, la devolución
de saldos a favor del IVA por concepto de las exportaciones realizadas y,
6- Posibilidad de importar insumos y materias primas bajo la modalidad de
importación temporal para procesamiento industrial, en los términos previstos
en este Decreto.
XV- Cuales son los 3 lugares habilitados para ingreso y salida de mercancías:
1. puertos
2. aeropuertos
3. zona primaria aduanera
XVI_-Investigue, cual es el objeto Decisión 271 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y por que es importante?
Establecerse, con carácter multinacional que compromete la acción conjunta de los
Países Miembros, un Sistema Andino de Carreteras, para el transporte internacional
por carretera, es muy importante ya que vincula a los países miembros por una red de
carreteras continuas e incentivan el comercio exterior y el turismo entre estos países,
además siguen con el proceso de desgravación arancelaria.
XVII- Cual es la diferencia entre un deposito habilitado y un almacén general de depósito?
La diferencia es que los almacenes generales de deposito son organizaciones auxiliares de crédito cuyo objetivo principal es el almacenamiento, guarda, conservación, manejo, control, distribución y
comercialización de los bienes o mercancías que se encomiendan a su custodia y el deposito
habilitado son lugares autorizados por la autoridad para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero
XVIII- Diga 5 diferencias entre depósitos públicos y privados
1. Depósitos públicos son aquellos lugares habilitados por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales para el almacenamiento de mercancías bajo
control aduanero, en los cuales pueden permanecer las mercancías de cualquier
usuario del comercio exterior; depósitos privados son los habilitados por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para almacenar bajo control
aduanero mercancías que vengan consignadas a la persona jurídica que figura
como titular de la habilitación y estén destinadas en el documento de transporte
a ese depósito habilitado.
2. El deposito privado Solo podrá otorgarse la habilitación de depósitos transitorios
de carácter privado, a las personas jurídicas que con la debida antelación a la
llegada de la mercancía, hubieren presentado la respectiva solicitud. Dicha
habilitación deberá tenerse al momento del arribo de la mercancía al territorio
aduanero nacional; el deposito publico La autoridad aduanera coordinará con
las autoridades portuarias y aeroportuarias y con los administradores de los
puertos y aeropuertos habilitados para el ingreso y salida de mercancías del
territorio aduanero nacional, la destinación y acondicionamiento de las áreas
requeridas para la habilitación de los depósitos públicos, previendo que el área
destinada permita atender las necesidades de almacenamiento, de acuerdo con
el volumen de operaciones de comercio exterior, que se realicen por el lugar
habilitado.
3. La publica deberá tener un valor diferente para algunas agencias que otras unas de mayor o menor cantidad mientras la privada será de 1.400.000.000 serán en general
4. El área útil por el depósito público no deberá ser menor de 1.000 metros mientras el privado no debe ser inferior de 500 metros
5. La publica serán bodegas habilitadas por la DIAN mientras la privada será cualquiera que se presida o que se quiera desde que sea legal
XIX- A quienes y por que se habilitan depósitos privados transitorios:
Las Administraciones de Impuestos y Aduanas con operación aduanera podrán habilitar
depósitos transitorios en su jurisdicción, por circunstancias y necesidades especiales y
temporales de almacenamiento.
Solo podrá otorgarse la habilitación de depósitos transitorios de carácter privado, a las
personas jurídicas que con la debida antelación a la llegada de la mercancía, hubieren
presentado la respectiva solicitud. Dicha habilitación deberá tenerse al momento del
arribo de la mercancía al territorio aduanero nacional.
XX- coloque al frente de cada tipo de depósito que tipo de actividad se realiza
1-depósitos públicos: son aquellos lugares habilitados por la dirección de impuestos y aduanas nacionales a los puertos de servicios públicos, para el almacenamiento de mercancías extranjeras
que serán sometidas en dichos lugares, a los procesos de conservación, acondicionamiento,
manipulación, mejoramiento de la presentación, acopio, empaque, reempaque, clasificación, marcación, preparación para la distribución, reparación, acondicionamiento o limpieza.
2-depósitos privados para transformación o ensamble: el 1% del valor en aduana de las
mercancías que se proyecte almacenar durante el primer año de operaciones, o el 1% del valor en
aduana de las mercancías almacenadas durante el año inmediatamente anterior, para la renovación de la garantía.
3-depósitos privados para procesamiento industrial: la garantía global constituida por el
usuario aduanero permanente con ocasión de su reconocimiento e inscripción, cubrirá sus obligaciones como depósito privado de distribución internacional, sin que se requiera la constitución
de otra garantía para el efecto, sin que se requiera la constitución de otra garantía para el efecto.
4-depósitos privados para distribución internacional: la garantía global constituida por el
usuario aduanero permanente con ocasión de su reconocimiento e inscripción, cubrirá sus obligaciones como deposito privado para la distribución internacional, sin que se requiera la
constitución de otra garantía para el efecto.
5-depósitos privados aeronáuticos: el valor del patrimonio neto requerido en el literal a) del
artículo 51 del presente decreto durante el primer año de operaciones, o el 1% del valor en aduana
de las mercancías almacenadas durante el año inmediatamente anterior, cuando se trate de la
renovación de garantía.
6-depósitos privados transitorios: la administración de impuestos y aduanas con operación aduanera podrán habilitar depósitos transitorios en su jurisdicción, por circunstancias y necesidades
especiales y temporales de almacenamiento.
7-depósitos para envíos urgentes: la garantía constituida con ocasión de la inscripción como
intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cubrirá sus obligaciones como deposito habilitado, sin que se requiera la constitución de otra garantía para el efecto.
8-depósitos de provisiones de a bordo para consumo y para llevar: mil salarios mínimos
legales mensuales
9-depósitosfrancos: mil salarios mínimos legales mensuales
TALLER No.3
REGIMEN DE IMPORTACIONES
1- Donde nace y que comprende la obligación aduanera?
R/ nace por la introducción de la mercancía de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional, la obligación aduanera comprende la presentación de la declaración de
importación, el pago de los tributos aduaneros y de las sanciones a que haya lugar, así como la obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación y
presentarlos cuando lo requieran las autoridades aduaneras
Titulo/ V
Capitulo/ I Articulo 87
2- Cuál es la base gravable sobre la que se liquida el gravamen?
R/la base gravable en la cual se liquida el gravamen arancelario, está constituida por el valor de la mercancía, según lo establezcan las disposiciones que rijan la valoración
aduanera
Titulo/ V
Capitulo/I Articulo 88
3- Cuál es la base gravable para el pago del IVA?
R/ la base gravable para el impuesto sobre las ventas será la establecida en el estatuto tributario y en las demás disposiciones que lo modifiquen o lo complemente
Titulo/V
Capitulo/ I
Articulo/ 88
4- La base gravable, expresada en dólares de los Estados Unidos de Norte América, se convertirá a pesos colombianos teniendo en cuenta la tasa de cambio representativa de
mercado que informe la Superintendencia Bancaria, para el último día hábil de la semana anterior a la cual se produce la presentación y aceptación de la Declaración de Importación
Falso__________ Verdadero_______V_________
Titulo/ V
Capitulo/ I
Articulo/ 88
5- Haga las parejas según corresponda de acuerdo a la liquidación de tributos aduaneros y tipos de declaración según la norma:
1-Declaración inicial R/ A
2-Declaración de Corrección R/ B
3- Declaración de la modificación R/D
4- Declaración de Legalización R/C
a-Los tributos aduaneros y la tasa de cambio serán los vigentes en la fecha de la presentación y
aceptación de la declaración inicial o de la modificación
b-Los tributos aduaneros y tasa de cambio aplicables serán los vigentes en la fecha de la
presentación y aceptación de la Declaración inicial o de la fecha de presentación y aceptación de la
respectiva declaración de legalización cuando no estuviere precedida de una declaración inicial.
c-Los tributos aduaneros se liquidan en la fecha de presentación y aceptación de la respectiva
Declaración de Importación.
d-Los tributos aduaneros y tasa de cambio aplicables serán los vigentes en la fecha de la
presentación y aceptación de la Declaración Inicial.
Titulo/V
capitulo/ I
Articulo/89
6- Lugar de arribo de las mercancías
a- Deberá arribar por los lugares habilitados. X
b- Por puertos, aeropuertos y terminales terrestres
c- A y b son ciertas
d- Por cualquier punto del territorio aduanero nacional
Titulo/ V
Capitulo/ II Articulo/ 90
7- El aviso de Arribo por parte del transportador a la DIAN debe ser :
a- vía aérea: es de 1 hora antes de dar a arribo
b- Vía marítima: es de 6 horas mínimas antes de dar arribo
Titulo/V capitulo/II
articulo/91
8- El medio de transporte se considera importado temporalmente por el tiempo normal para las operaciones de descargue, cargue o mantenimiento del medio de transporte, sin la
exigencia de garantía o documentación alguna, pero con la obligación de su reexportación.
Falso_________________ Verdadero ________V__________
Titulo/V
capitulo/II
articulo/92
9- En el transporte de uso comercial las partes o equipos extranjeros que se traigan para sustituir los averiados o destruidos se entenderán importados temporalmente y las partes o
equipos sustituidos deberán ser reexportados, a menos que se sometan a importación ordinaria
Falso________________ Verdadero _________V__________
Titulo/V capitulo/II
articulo/93
10- Relacione y coloque la vocal según corresponda de acuerdo a lo mínimo que debe contener
el documento:
1- Identificación del medio de transporte, datos de viaje, peso y cantidad total de
unidades de carga a transportar, los números de los documentos de transporte, según
corresponda al medio y al modo de transporte, peso e identificación genérica de las
mercancías y/o la indicación de carga consolidada, cuando así viniere, señalándose en
este caso, el número del documento máster.(__B__)
2- tipo, número y fecha de los documentos de transporte o de los documentos consolidado
res; características del contrato de transporte peso y volumen según corresponda; flete;
identificación de la unidad de carga cuando a ello hubiere lugar; identificación general de la
mercancía. Señalar el trámite o destino que se le dará a la mercancía una vez sea
descargada en el lugar de llegada.(__A__)
a- El Manifiesto de Carga
b- Documentos de transporte y consolidadores
Titulo/V
capitulo/II
articulo/94
11- En cuanto tiempo se deben transmitir y entregar los documentos de viaje a la autoridad aduanera para:
a- Aéreo: con una anticipación mínima de 3 horas antes de la llegada del medio de
trasporte b- Marítimo: anticipación mínima de 12 horas antes de llegada del medio de trasporte
c- Transporte terrestre: antes o al momento de su llegada d- Trayectos cortos: si son marítimos 6 horas y si son aéreos 1 hora
Titulo/V capitulo/II
articulo/96
12- El plazo para informar inconsistencias entre la carga manifestada y la descargadas las
cuales deberán ser registradas por el transportador en el informe de descargue e inconsistencias
a- Aéreo: mas tardar 12 horas siguientes a la presentación del aviso de finalización
b- Marítimo: dicha obligación deberá cumplirse dentro de 24 horas siguientes a dicho aviso
c- Consolidados: con la carga efectivamente dentro de los 5 días calendario siguiente a la presentación del aviso de finalización del descargue
Titulo/V
Capitulo/II articulo/98
13- Cuanto es el plazo para el transportador o agente de carga para justificar los excesos o
sobrantes y faltantes o defectos presentados en el informe de descargue.
R / disponen de 5 dias contados a partir de dicho informe o de 2 meses para demostrar la
llegada de la mercancía en un embarque posterior
Titulo/V
capitulo/II
articulo/ 99
14- En el momento del descargue cual es el margen de tolerancia para mercancías a granel R/ la aceptación hasta un 5% sin que se considere una infracción
Titulo/V capitulo/II
articulo/ 100
15- Podemos asegurar que al momento del medio de transporte terminar su descargue se transfiere la responsabilidad al agente de carga o al depósito habilitado
Falso____________ Verdadero ______V______
Titulo/V
Capitulo/II
Articulo/101
16- Para transporte marítimo la fecha y hora de acuse de recibo del aviso de llegada a través
de los servicios informáticos electrónicos, se tendrá como fecha de llegada de la mercancía
al territorio aduanero nacional.
Falso___________________ verdadero __________V__________
Titulo/V
capitulo/II
articulo/ 101
17- Escriba 5 obligaciones del transportador en el proceso de importación
avisar a la dirección de impuestos y aduanas nacionales en la forma establecida, sobre
la llegada de un medio de trasporte con carga l territorio aduanero nacional
arribar a lugares habilitados por la dirección de impuestos y aduanas nacionales en la
forma prevista en esta misma entidad
expedir la planilla de envió que relacione las mercancías que serán introducidas a un
deposito o una zona franca, cuando a ello hubiera el lugar
poner a disposición de las autoridades aduaneras las mercancías objeto de importación
al territorio aduanero nacional
informar cuando corresponda al agente de carga internacional, dentro del término que establezca la dirección de impuestos y aduanas nacionales, sobre la finalización de la
operación del descargue de la carga consolidada
Titulo/V
Capitulo/II articulo/ 104
18- Escriba 5 obligaciones del agente de carga en el proceso de importación
presentar a la dirección de impuestos y aduanas nacionales, atreves de los servicios informáticos electrónicos, dentro del término previsto en el artículo 98 del
presente decreto, el informe de descargue e inconsistencias
entregar atreves de los servicios informáticos electrónicos de la dirección de
impuestos y aduanas nacionales la información contenida en los documento consolidadores y en lo documentos de trasporte hijos
responder por que la información que entreguen a la dirección de impuestos y
aduanas nacionales, sobre documentos consolidadores y documentos de trasporte
hijos, corresponda al contenido de los documentos físicos
justificar las inconsistencias advertidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 del presente decreto
expedir la planilla de envió que relacione las mercancías que serán introducidas a un deposito o una zona franca
Titulo/V
capitulo/II articulo/105
19- Que significa que las provisiones de abordo para consumo tengan franquicia de tributos aduaneros?
R/las provisiones de abordo que se encuentran en un buque o aeronave a la llegada del
territorio aduanero nacional se admitirán libre de pago de tributos aduaneros, siempre que permanezca embarcadas
Titulo/V
capitulo/III
articulo/106
20- Cuál es la diferencia entre provisiones de abordo para llevar y provisiones de abordo para consumo?
R/ provisión de consumo:
Son la mercancía para la venta de los pasajeros y a los miembros de la tripulación
Provisión de bordo para consumo:
Son las mercancías destinadas al consumo de pasajeros y miembros de la tripulación
TALLER No.4 IMPORTACIONES
VUCE
Nombres:
_____________________________________________________________________________
1- Cuál es el decreto que crea el VUCE?
2- Objetivo del decreto?
3- Que módulos componen el VUCE?
4- Que es el FUCE y qué función tiene?
5- Cuáles son las entidades responsables del proceso?
6- Cuáles son las entidades vinculadas al VUCE?
7- Pasos para registrarse ante el VUCE (circular 11 del 2007)
8- Como se hace el trámite para importaciones inferiores a mil dólares (circular 38 del 2007)
9- Como se adquiere el aplicativo VUCE (circular 57 del 2005)?
10- Cuál es el Procedimiento para radicar anexos (circular 010 del 2006)?
11- Requisitos de ingreso y pasos para inscribirse ante el FUCE?
12- Cuál es el costo de renovación de la licencia de uso del aplicativo VUCE y cuál es el tiempo
de vigencia? (circular 003 enero del 2009)
13- Como está integrado y cómo funciona el sistema VUCE?
14- Cuáles son los beneficios del VUCE?
15- Quienes tienen acceso al VUCE?
16- Como se clasifican los usuarios VUCE
17- Realice un cuadro comparativo entre los ALTEX, UAPS y agencias de aduana.
1R/ el decreto que crea el VUCE es el decreto 4149 del 10 de diciembre de 2004,
2R/ El principal objetivo de la VUCE consiste en identificar los procesos, trámites, licencias,
permisos y certificaciones que son exigidas al exportador o importador por las diferentes
entidades del Estado, con el fin de buscar la integración de los procesos de comercio exterior a
través de la creación de una ventanilla única
Para alcanzar dicho objetivo se pretende desarrollar una integración electrónica con las principales
entidades del Estado que participan en el Despacho Aduanero tales como SENASA, PRODUCE,
DIGESA, DIGEMID y MTC entre otras
3R/ MÓDULO DE IMPORTACIONES: Fue construido con dos componentes:
Sistema VUCE Web. Funciona vía Internet desde el cual el usuario podrá consultar el arancel de vistos buenos, radicar las solicitudes, firmar electrónicamente, efectuar los pagos en línea y hacer seguimiento al trámite para establecer el estado del mismo.
Aplicativo VUCE. Utilizado para la conversión, firma y transmisión de las solicitudes electrónicas que generan los usuarios desde sus sistemas de información.
MODULO DE EXPORTACIONES
El Modulo de Exportaciones, permitirá al usuario tramitar autorizaciones, permisos, certificaciones o vistos buenos previos que exigen las diferentes entidades competentes para la realización de las exportaciones.
4R/ FUCE es el Formulario Único de Comercio Exterior
Tienen como función diligenciar los importadores y exportadores que requieren alguna inscripción
previa ante las diferentes entidades de control del estado, para realizar sus operaciones de
comercio exterior. Este modulo le permitirá inscribir su empresa, así como los diferentes
productos como requisito previo para poder importar ó exportar
5R/ las identidades que hacen parte del VUCE
Ministerio de minas y energías
Ministerio de ambiente, vivienda, y desarrollo territorial
Ministerio de trasporte
Ministerio de protección social
Ministerio de relaciones exteriores
Ministerio de agricultura y desarrollo rural
Ministerio de defensa
Ministerio de cultura
Superintendencia de industria y comercio
Superintendencia de vigilancia y seguridad privada
Instituto colombiano agropecuario
Instituto colombiano agropecuario
Instituto colombiano de desarrollo rural
Instituto nacional de geología y minería
Instituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos
Industria militar
Dirección general de estupefacientes
Ministerio de comercio industria y turismo
6R/ las entidades vinculadas son
ICA
ICODER
INGEOMINAS
INVIMA
INDUMIL
7R/
Sociedades de Intermediación Aduanera (SIA), Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP), Usuarios
Altamente Exportadores (ALTEX), Apoderados Especiales, Importadores que tramitan
directamente sus licencias o registros de importación, Exportadores, Productores Nacionales y
demás usuarios del Módulo FUCE
Estos usuarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
Obtener el certificado digital ante una entidad certificadora autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Registrar la llave digital (token) en línea.
Informar al correo electrónico registro@mincomercio.gov.co los siguientes datos:
N° del RUT
Nombre de la Empresa
Nombre del Representante Legal de la Empresa
Dirección de correo electrónico para notificación del sistema
N° del teléfono, N° de Fax, dirección, ciudad del domicilio
8R/
Para su conocimiento y aplicación de manera atenta se informa que se ha automatizado el
procedimiento de inscripción ante la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, VUCE, para aquellos
usuarios que tramitan solicitudes a través de las SIA o apoderados especiales, en los siguientes
términos:
Las SIA o apoderados especiales deben enviar a la dirección electrónica
vuceregistro@mincomercio.gov.co, de manera escaneada, una declaración con el siguiente texto:
“Declaro bajo la gravedad de juramento que Nombre, identificado con “Tipo Documento” No. “XXXXXXXXXXXXX” en su calidad de representante legal de la empresa “Nombre de la empresa y Nit. a 10 dígitos”, confirió poder especial a “Nombre del Representante Legal (o nombre del Apoderado Especial) e identificación” de la SIA “Nombre de la SIA y NIT. a 10 dígitos”, para que en su nombre se tramiten las solicitudes de registros y licencias de importación ante la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, VUCE[1]. Así mismo, declaro que el representante legal de la empresa otorgante, suscribió y aceptó las condiciones de uso para el acceso a los servicios de la VUCE y suministró el correo electrónico para el envío de su “usuario” y “contraseña”. Para sustentar la presente solicitud, anexo copias escaneadas de los documentos anteriormente relacionados y me comprometo a enviar los originales de estos en un término no mayor a tres (3) días hábiles”.
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de envío de la declaración anterior, la SIA o apoderado especial deben llegar al Grupo Operativo de Comercio Exterior de la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones de la Dirección de Comercio Exterior, ubicado en la calle 28 número 13A-15, primer piso, los documentos que se relacionan a continuación y de esa forma perfeccionar el proceso de registro del usuario ante la VUCE:
1. Original del poder otorgado por la empresa a la SIA o al apoderado especial. Este documento debe contener la presentación personal ante notario público y se debe indicar: dirección, teléfono, fax y ciudad donde se encuentra ubicada la empresa; así mismo, la dirección electrónica de la empresa poderdante para efectos del envío del “usuario” y la “contraseña” que permitirán el acceso al sistema, con los cuales podrá verificar, consultar y hacer seguimiento a las solicitudes que radiquen a su nombre.
2. Formato de las condiciones de uso y compromisos como usuarios del sistema, firmado por el representante legal de la empresa otorgante del poder.
Transcurrido el término de los tres (3) días sin dar cumplimiento a las anteriores condiciones, no se perfeccionará el registro del usuario y, en consecuencia, se deshabilitará el “usuario” y “contraseña” que hayan sido asignados, con la consecuente imposibilidad para realizar trámites ante la VUCE.
Por otra parte, se informa que se ha modificado el procedimiento para importadores que realizan importaciones por valores inferiores a mil dólares (US$1.000,00), en los siguientes términos:
Con el propósito de registrarse ante el sistema para poder realizar una solicitud de licencia o registro de importación, los usuarios deben presentarse ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con fotocopia de la cédula de ciudadanía, en caso de no estar registrado en el Registro Unico Tributario, RUT, o suministrar los datos correspondientes al RUT.
Verificada esta información, le serán entregados los siguientes documentos para su firma:
1. Documento de condiciones de uso como usuario del sistema.
2. Documento de establecimiento de responsabilidades y autorización al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para asegurar las transacciones electrónicas realizadas como importador. El funcionario del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tomará una foto de la persona que se inscribe, la cual va a reposar en las bases de datos de inscripción. Cumplidos estos pasos, enviará la información al correo electrónico registro@mincomercio.gov.co para que el administrador del sistema le asigne los perfiles de seguridad y cree el usuario respectivo. Al importador se le informará el “usuario” y la “contraseña” de forma inmediata para el acceso al sistema, siendo necesario cambiar esta última por razones de seguridad.
Posteriormente el usuario entrará al Sistema VUCE en un computador dispuesto por la Dirección de Comercio Exterior para que diligencie la solicitud de registro o licencia de importación, con el apoyo del funcionario asignado por la entidad. El usuario aportará toda la información necesaria para presentar debidamente el trámite, de acuerdo con la naturaleza del producto que va a importar.
Este registro ante la VUCE habilitará al usuario para realizar una sola transacción hasta por mil dólares americanos (US$1.000,00) y una vez efectuada será deshabilitado. Si el importador desiste de realizar la transacción en ese momento, se desactivará su registro.
9R/
APLICATIVO VUCE: utilizado para la conversión, firma y transmisión de las solicitudes electrónicas que generan los usuarios desde un sistema de información. Está orientado a satisfacer las necesidades de transmisión masivas de solicitudes de registro o licencias de importación.
10R/
RADICAR ANEXOS: los usuarios que presentan solicitudes de importación que requieren anexos para que le sea otorgada la aprobación por parte del ministerio de comercio, industria y turismo o de alguna entidad, deben tener en cuenta lo previsto en la circular externa 010 de 2006.
11R/ REQUISITOS DE INGRESOPARA EL FUCE: para ingresar al modulo FUCE de la VUCE se deben
cumplir con los siguientes requisitos: ADQUIRIR LOS CERTIFICADO DIGITAL DE LA FIRMA
HABERSE REGISTRADO ANTE LA VUCE
PASOS PARA INSCRIBIRSE AL FUCE:
1. Digitar el usuario y la contraseña entregada por el mincomercio
2. El sistema confirma la información de su registro único tributario-RUT
3. Seleccionar la matricula mercantil que desea asociar a su solicitud. Luego de escogerla se
debe verificar la información de su registro único empresarial. Si se encuentra alguna
inconsistencia debe comunicarse con la cámara de comercio donde está registrada la
formula.
4. Digitar (si la conoce) o seleccionar (utilizar la herramienta de búsqueda) La sub partida
arancelaria el producto para el que está solicitando la inscripción. En caso de que vaya a
inscribir más de un producto, digite en el campo de subpartida arancelaria: 00000000000
y dentro de los formularios diligencie la subpartida arancelaria de su interés y la
descripción de los productos.
5. Diligenciar la información específica que requiere cada una de las entidades relacionadas
con la subpartida relacionada los datos que contienen el signo de asterisco son
obligatorios. El sistema le muestra un listado con todos los tramites y le siguiere cuales son
los que aplica para ese producto especifico.
6. Firmar digitalmente su solicitud de autorización debe verificar en su equipo que el TOKEN
de su firma digital está conectado en el puerto USB.
7. Pagar electrónicamente si el tramite así lo requiere se debe tener presente que hasta que
no se efectúen todos los pagos electrónicos de la solicitud esta no quedara radicada ante
las diferentes entidades de control.
12R/ El costo de la renovación de licencia del uso aplicativo del VUCE es de 1,5 salarios mínimos
legales vigentes y su vigencia es de un año calendario para su utilización
13R/
Tramitar electrónicamente las autorizaciones, permisos, certificaciones o vistos
buenos previos que exigen las diferentes entidades competentes para la
realización de las operaciones específicas de importación y exportación.
Consultar en línea la información relacionada con los procedimientos previos a la
importación y exportación.
Pago electrónico del formulario y de las autorizaciones requeridas para los
trámites de importación y exportación.
Operación de Direcciones Territoriales y Puntos de Atención, desde diferentes
ciudades del país, a través del sistema vía Internet.
Transmisión en línea de las autorizaciones emitidas electrónicamente en la
ventanilla, a la DIAN y a las entidades de control.
14R/
Sistema VUCE Web. Funciona vía Internet.Desde éste el usuario podrá
consultar el arancel de vistos buenos, radicar las solicitudes, firmar
electrónicamente en línea, realizar los pagos en línea yhacer seguimiento al
trámite para determinar el estado del mismo.
Aplicativo VUCE. Consiste en una herramienta de intercambio de datos
entre los sistemas de información de los importadores y el sistema VUCE
Web. Los importadores generan desde sus propios aplicativos un archivo
texto un archivo texto de acuerdo con una estructura válida; el aplicativo
VUCE toma los datos de estos archivos planos, los convierte a estructura
XML y luego lo firma, para transmitirlo al Sistema VUCE Web.
15R/
Las Sociedades de Intermediación Aduanera –SIA-, los Usuarios Aduaneros
Permanentes –UAP-, los Usuarios Altamente Exportadores –ALTEX- y los usuarios
interesados en efectuar los trámites a que hace referencia el Decreto 4149 de
2004.
16R/
importadores o sociedades de intermediación aduanera, que deban tener un certificado digital y firman electrónicamente sus solicitudes.
Importadores que realizan sus trámites a través de una SIA
Personas naturales o jurídicas que hacen solicitudes de importación inferiores a usd 1000mil dólares y que no pose firma digital
17R/
AGENCIAS DE ADUANAS
ALTEX
UAPS
Las agencias de aduanas son
personas jurídicas autorizadas por la
dirección de impuestos y aduanas
nacionales, que tienen como fin
esencial colaborar con las
autoridades aduaneras con normas
legales relacionadas con el comercio
exterior para el adecuado desarrollo
de los regímenes aduaneros y demás
actividades y procedimientos
derivados de los mismos se clasifican
en 4 niveles:
Agencia de aduana nivel 1
Agencia de aduana nivel 2
Agencia de aduana nivel 3
Agencia de aduana nivel 4
Usuario altamente exportador la persona
jurídica que haya sido reconocida e inscrita
como tal por la dirección de impuestos y
aduanas nacionales, previo al cumplimento
de los requisitos señalados.
Puede ser reconocida o inscrita por usuarios
altamente exportadores por parte de la
autoridad aduanera a esto se refleja:
Usuario aduanero permanentes se
entiende a la persona natural o jurídica
en ningún caso podrán tener la categoría
de usuarios aduaneros permanente en
los depósitos públicos habilitados por la
dirección de impuestos de aduanas
nacionales
Condiciones para ser reconocidas e
inscrito como usuario aduanero
permanente la persona jurídica o natural
deberá ser reconocida o inscrita ante la
DIAN para poder obtener
reconocimientos inscripción y
renovación como los UAPS
La realización de exportaciones
durante los 12 meses
inmediatamente anteriores a la
presentación de la solicitud por un
valor FOB igual o superior a US
$2.000.000
Que el valor exportado,
directamente o atraves de una
sociedad de comercialización
internacional, represente por lo
menos el 30% del valor de sus
ventas totales en el mismo periodo
Podrán autorizar el reconocimiento e
inscripción como usuario aduanero
permanente de una sociedad matriz
de sus sociedades filiales o
subsidiarias
En caso de no cumplirse las
condiciones anunciadas las personas
jurídicas podrán ser reconocidas e
inscritas como usuarios altamente
exportadores siempre y cuando
acrediten que el valor exportado,
atreves de una sociedad de
comercialización internacional,
representa un valor FOB igual o
superior a US$ 21.000.000