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TdR “Anteproyecto de norma para efluentes de PTAR domésticas” – Septiembre/2014 1
TÉRMINOS DE REFERENCIA
ANTEPROYECTO DE NORMA PARA EFLUENTES DE PLANTAS DE
TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS 1. ANTECEDENTES El Artículo 9º del Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica (RMCH), como funciones, atribuciones y competencias del Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA) establece lo siguiente:
- Inciso b) Coordinar con los organismos Sectoriales Competentes, las prefecturas, los gobiernos municipales y las instituciones involucradas en la temática ambiental, las acciones de prevención de la contaminación de los cuerpos de agua, saneamiento y control de calidad de los recursos hídricos, así como las actividades técnicas ambientales.
- Inciso c) Emitir normas técnicas para la preservación y control de la contaminación hídrica, en coordinación con los Organismos Sectoriales y las Prefecturas.
- Inciso d) Velar por la aplicación de las normas técnicas para la prevención y control de la contaminación hídrica, en coordinación con los Organismos Sectoriales Competentes, Prefecturas y Gobiernos Municipales.
En la gestión 2013 el MMAyA, a través del Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego (VRHR) ha realizado talleres regionales en las ciudades de La Paz, Cochabamba, Santa Cruz y Tarija. En estos talleres, se ha identificado la necesidad de regular los límites de los efluentes de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) como parte de las medidas para iniciar el proceso de mitigación y control de la contaminación de los cuerpos de agua receptores. Otro punto a resaltar es que el MMAyA con el apoyo de la GIZ en la gestión 2013 realizó una sistematización sobre tratamiento y reúso de aguas residuales, como un primer paso a identificar los problemas relacionados a las PTAR y cuales son las posibles soluciones, entre las cuales surge la iniciativa de trabajar en el ámbito normativo. En este contexto, el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico (VAPSB) se ha planteado elaborar una norma que regule las descargas de las PTAR en cuanto a cantidad y calidad de las mismas en el marco de lo establecido en el RMCH y las competencias conferidas en la misma al VAPSB como ente Normador en la temática de saneamiento básico. Esta consultoría se desarrollará en el marco del apoyo de la Cooperación Alemana para el Desarrollo GIZ a través del Programa para Servicios Sostenibles de Agua Potable y Saneamiento en Áreas Periurbanas en su indicador de Calidad de Agua Residual. 2. OBJETIVO GENERAL DE LA CONSULTORÍA Desarrollar una Normativa para la descarga de Plantas de Tratamiento de Aguas residuales domésticas, en el marco de la Ley del Medio Ambiente (Ley 1333) y la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (Ley xxxx).
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3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA CONSULTORÍA
3.1) Realizar un diagnóstico de la eficiencia de los procesos implementados en 18 PTAR
identificadas por el VAPSB en el territorio Nacional (Ver cuadro 1). 3.2) Proponer parámetros fisicoquímicos, microbiológicos y biológicos, con sus
respectivos límites, que deben aplicarse en el control de la calidad del afluente y efluente en plantas de tratamiento de aguas residuales de origen doméstico.
3.3) Elaborar el anteproyecto de la norma: Calidad del agua – Límites máximos permisibles y estándares para descargas líquidas de plantas de tratamiento de aguas residuales de origen doméstico.
3.4) Recomendar acciones a tomar en casos que la calidad del afluente no sean solo aguas residuales domésticas.
4. ACTIVIDADES
Como parte de la consultoría, deberán considerarse las siguientes actividades:
4.1) Coordinar todas las actividades previstas como parte de la consultoría con el Comité Técnico del MMAyA asignado.
4.2) Elaborar las actas de reuniones del Comité Técnico y llevar un archivo de las mismas.
4.3) Realizar el seguimiento a las tareas encomendadas por el Comité Técnico. 4.4) Realizar las tareas encomendadas por el Comité Técnico. 4.5) Visitar y recopilar datos e información en las instalaciones de las PTAR. 4.6) Recopilar y analizar la información secundaria facilitada por las PTAR’s identificadas
por el VAPSB y la obtenida por otras fuentes. 4.7) Realizar el análisis estadístico comparativo de la eficiencia de los procesos y
operaciones de tratamiento implementados por las PTAR’s analizadas. 4.8) Identificar puntos críticos de los procesos y operaciones de las PTAR’s y plantear su
análisis. 4.9) Identificar condiciones y variables óptimas de operación de las PTAR’s que permitan
la emisión de efluentes con la menor carga contaminante. 4.10) Identificar cuanto es el costo de OyM si es que se tiene. 4.11) Identificar los registros de monitoreo, cual es la capacidad instalada y la capacidad
de operación. 4.12) Establecer criterios técnicos para el control y vigilancia del afluente y efluente de
plantas de tratamiento de aguas residuales de origen doméstico en el marco de la Ley del Medio Ambiente (Ley 1333) y la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.
4.13) Analizar la capacidad de resiliencia de cuerpos de agua receptores de los efluentes en función a su caudal y su influencia en los límites permisibles.
4.14) Generar un documento de anteproyecto de Norma a ser presentado ante IBNORCA. 4.15) Gestionar con el IBNORCA el tratamiento del anteproyecto de norma para su
aplicación a Norma Boliviana para Descargas Líquidas de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas.
4.16) Consideraciones en lo que es aguas residuales domésticas versus aguas residuales industriales.
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Las PTAR a ser analizadas son: Cuadro 1
# PTAR o EPSA Ubicación Región Población Proceso Capacidad de operación
Registro
1 Puchukollo El Alto Altiplano 988.777 Hab. Lagunas, Filtros anaeróbicos
430 l/s Si
2 Oruro Oruro Altiplano 242.263 Hab. Lagunas 1452 l/s Si 3 COSAALT Tarija Valles 135.783 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ Si 4 SEMAPA Cochabamba Valles 51.668 Hab. Lagunas 300 l/s Si 5 ELAPAS Sucre Valles 336.218 Hab. Imhoff, Filtro
percoladores, Lagunas
405 l/s Si
6 Punata Punata Valles 14.742 Hab. Lagunas 15 l/s 7 Cliza Cliza Valles 6.534 Hab. -‐-‐-‐ -‐-‐-‐ Si 8 COOSEPW Warnes Llanos 24.000 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ No 9 Cooperativa de
servicios públicos Cotoca
Cotoca Llanos 45.277 Hab. -‐-‐-‐ -‐-‐-‐ No
10 COSPOL LTDA Portachuelo Llanos 16.408 Hab. -‐-‐-‐ -‐-‐-‐ No 11 CUATRO
CAÑADAS Cuatro Cañadas Llanos 17.574 Hab. -‐-‐-‐ -‐-‐-‐ No
12 SAGUAPAC N1 Santa Cruz Llanos 2.029.471 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ Si 13 SAGUAPAC N2 Santa Cruz Llanos 2.029.471 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ Si 14 SAGUAPAC Este Santa Cruz Llanos 2.029.471 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ Si 15 SAGUAPAC PInd. Santa Cruz Llanos 2.029.471 Hab. Lagunas -‐-‐-‐ Si 16 COATRI Trinidad Llanos 130.000 Hab. -‐-‐-‐ -‐-‐-‐ Si 17 EMAPYC Yacuiba Chaco 64.611 Hab. RALF -‐ Lagunas -‐-‐-‐ Si 18 Villamontes Villamontes Chaco 25.291 Hab. RALF -‐ Lagunas -‐-‐-‐ Si
5. METODOLOGÍA
• El/la Consultor/a deberá conocer la percepción de técnicos de los tres viceministerios del MMAyA respecto a los límites permisibles de parámetros fisicoquímicos y microbiológicos del afluente y efluente de las PTAR’s, así como de las instancias involucradas con este tema, como es el caso de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS) y las entidades prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento.
• El plan de trabajo debe incluir reuniones periódicas de seguimiento, retroalimentación y evaluación del avance de actividades con el Comité Técnico.
• El análisis y evaluación de los procesos de las PTAR’s debe realizarse con base en información validable y facilitado por las PTAR’s identificadas.
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• Durante la elaboración de la propuesta de anteproyecto de norma se debe
considerar la factibilidad de su aplicación. • A objeto de socializar los avances, se deberá realizar un taller intermedio con
representantes del MMAyA y un taller para la presentación del producto final a la culminación del trabajo que considere a otros actores involucrados en la temática.
6. PRODUCTOS ESPERADOS
6.1) Un reporte describiendo el proceso y la eficiencia global y por operación de cada una
de las PTAR’s identificadas. 6.2) Un reporte con una lista de parámetros fisicoquímicos, microbiológicos y biológicos,
con sus respectivos límites máximos permisibles discriminados para el afluente y el efluente de una PTAR, considerando caudales de los cuerpos receptores.
6.3) Un documento de anteproyecto de norma para Calidad del agua – Límites máximos permisibles y estándares para descargas liquidas de plantas de tratamiento de aguas residuales de origen doméstico
7. INFORMES
Como parte de los informes, requisitos para los pagos correspondientes, el/la consultor/a deberá presentar los siguientes: Informe Preliminar: Deberá contender el plan de trabajo y cronograma de actividades ajustado a la fecha de emisión de la Orden de Proceder. Deberá ser presentado como máximo a los 5 días de iniciada la consultoría. Primer Informe: Deberá contener un informe de actividades realizadas durante el primer mes de trabajo y una planificación de actividades ajustado según avance. Deberá ser presentado como máximo a los 30 días de iniciada la consultoría. Segundo Informe: Deberá corresponder al producto esperado 6.1. La evaluación deberá ser realizada con datos facilitados por las PTAR’s de por lo menos tres momentos: del primer año de iniciada su operación, de un año intermedio y de la gestión 2013. Deberá ser presentado a los 60 días de iniciada la consultoría. Tercer informe: Deberá corresponde al producto esperado 6.2. Deberá contener la justificación técnica respectiva. Deberá ser presentado a los 90 días de iniciada la consultoría. Informe FINAL: Deberá corresponder al producto esperado 6.3. Su elaboración deberá regirse a las normas y formatos establecidos por el Instituto Boliviano de Normalización y Calidad (IBNORCA). Deberá ser presentado a los 120 días de iniciada la consultoría. El documento deberá ser presentado en tres (3) ejemplares impresos y una versión digital del documento con tres copias que incluya las presentaciones realizadas durante la consultoría.
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8. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN TÉCNICA La supervisión de la consultoría estará a cargo de personal de la UNTyL del VAPSB, responsable de la aprobación de los informes. Este personal contará con el apoyo de un Comité Técnico a objeto de orientar actividades y apoyar en la revisión de los productos e informes de avance y final. Todo el proceso contará además con el acompañamiento y seguimiento del asesor técnico en cooperaciones triangulares del Programa PERIAGUA. 9. LUGAR DE TRABAJO El trabajo se realizará en la ciudad de La Paz, en coordinación con el MMAyA y PERIAGUA GIZ 10. PERFIL DEL/ DE LA CONSULTOR/A
TABLA DE CALIFICACION CONSULTORIA “ANTEPROYECTO DE NORMA PARA
EFLUENTES DE PTAR DOMÉSTICAS” Criterio Puntaje
Formación Título en provisión nacional en ramas de Ingeniería Civil, Sanitaria, Ambiental o Química.
20
Post-Grado en Tratamiento de Aguas 10 Experiencia Laboral
8 años de experiencia profesional 5 5 años de experiencia específica en el ámbito de agua y saneamiento 3 Revisión y actualización en normas sobre agua y saneamiento 3 Evaluación de PTAR 3 Conocimiento en legislación ambiental boliviana 3
Idiomas Ingles técnico 3
Propuesta técnica Contenido de la propuesta técnica y económica * 30
Propuesta económica Propuesta económica 20 TOTAL 100
*La propuesta técnica deberá incluir la siguiente información que en ningún caso es limitativa:
1. Antecedentes y justificación. 2. Objetivos. 3. Alcance del trabajo, presentar una descripción de las actividades a desarrollar
señalando su alcance (Plan de Trabajo). 4. Metodología de trabajo a desarrollar para garantizar el cumplimiento de
objetivo general, los objetivos específicos y alcanzar los resultados esperados, 5. Resultados Esperados. 6. Cronograma de trabajo.
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11. TIEMPO DE CONTRATACIÓN
El tiempo para la presente consultoría será de 4 meses (120 días calendario), del 10 de noviembre de 2014 al 13 de marzo del 2015. 12. HONORARIOS Y FORMA DE PAGO
Se debe presentar una propuesta económica.
La modalidad de pago será mediante desembolsos parciales y corresponderá al siguiente detalle:
Número de pago
Producto o informe a entregar Fecha
Pago 1 30% A la entrega del Plan de trabajo 18/11/2014 Pago 2 30% A la entrega del segundo Informe. 12/01/2014 Pago 3 40% A la entrega del Informe Final. 13/02/2015
Todos los informes deberán contar con la aprobación del VAPSB/UNTyL previa su presentación de avance al Comité Técnico.
En caso de que el consultor deba realizar viajes para la recolección de información o visitas de campo, los gastos de pasajes, viáticos, hospedaje serán cubiertos con la GIZ de acuerdo a escala vigente establecida por la misma. Asimismo, en caso de requerirse servicios de análisis fisicoquímicos u otros por laboratorios, estos serán cubiertos por GIZ al igual que la realización de la presentación final. 13. VIAJES OFICIALES
Se realizarán 14 viajes nacionales, 2 a Santa Cruz, 2 a Tarija, 2 a Oruro, 2 a Trinidad, 2 a Yacuiba, 2 a Sucre y 2 a Cochabamba, visitando los siguientes municipios. Las fechas se establecerán en el plan de trabajo.
# Municipio # Municipio 1 El Alto 10 Portachuelo 2 Oruro 11 Cuatro Cañadas 3 Tarija 12 Santa Cruz 4 Cochabamba 13 Santa Cruz 5 Sucre 14 Santa Cruz 6 Punata 15 Santa Cruz 7 Cliza 16 Trinidad 8 Warnes 17 Yacuiba 9 Cotoca 18 Villamontes
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Las fechas de los viajes se establecerán en el plan de trabajo, Los gastos de pasajes y viáticos serán cubiertos por el Programa PERIAGUA, según normativa y escala vigente de la GIZ . 14. FACTURACIÓN
El/la consultor(a) deberá entregar la factura correspondiente por el total del costo de la consultoría, expedida a nombre de la GIZ sin número de NIT. 15. PROPIEDAD INTELECTUAL
Los materiales producidos bajos los presentes Términos de Referencia, tales como diseños metodológicos, escritos, reportes, gráficos, fotografías, cintas magnéticas, programas de computación y demás son de propiedad del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Este derecho propietario continuará vigente aún después de la conclusión de la relación contractual de las partes. El uso de los mismos por parte del/la consultor/a será posible únicamente con la autorización formal de Ministerio de Medio Ambiente y Agua. 16. CONFIDENCIALIDAD
El/La consultor/a deberá guardar confidencialidad sobre todo material que le sea entregado para el desempeño de su trabajo y que sea de propiedad del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y el PERIAGUA. De igual forma, no podrá dar a dicho material otro uso que no sirva al cumplimiento de objetivos de la presente consultoría, salvo autorización explícita del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Nota.- Se comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 2010 y del Decreto supremo Nº. 778 de 26 de enero de 2011 (Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 065, de Pensiones, en Materia de contribuciones y Gestión de Cobro de contribuciones en Mora), que dice textual “Las personas naturales que efectúen trabajo como consultores por producto y consultores, se encuentran en la obligación de efectuar contribuciones mensuales al SIP como asegurados independientes”, dentro del Proceso de Elaboración de contratos GIZ, los pagos al SIP deberán realizarse previamente a los pagos correspondientes a honorarios, inclusive del primer pago de los contratos, (el pago debe efectuarse sobre el Total Ganado). La Paz, Octubre de 2014 Aceptación a los términos de referencia Nombre y Firma.