Termino de contrato

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Término de ContratoYoel Pereira Galleguillos

Gonzalo Merino ContrerasGerardo Malbran Gatica

Profesionales en formación de Administración de Empresas / Marketing

Que es el Término de contrato

Tópicos a tratar:Aviso de Despido

Indemnizaciones

Termino de Contrato (Plazo Fijo)

Termino de Contrato (Indefinido)

Termino de Contrato por Fallecimiento

¿Dónde Reclamar?

Aviso de Despido

C. Indefinido

C. Plazo Fijo

30 días

fecha de CTO

Indemnizaciones

Indemnización sustitutiva del aviso previo

Indemnización del feriado anual o vacaciones.

Indemnización por años de servicio

Indemnizaciones¿Qué es el pago de la indemnización sustitutiva

del aviso previo?

Lo que se paga cuando se cumplan los siguientes requisitos:

Que el contrato ha terminado causa de la empresa.

Que, además, el empleador no haya dado aviso de término con a lo menos 30 días de anticipación.

El monto de esta indemnización es el equivalente a la última remuneración mensual ganada por el trabajador.

Indemnizaciones¿Qué es el pago de indemnización del feriado

anual o vacaciones?

• El que se paga si el trabajador deja de pertenecer a la empresa por cualquier causal sin hacer uso de sus vacaciones anuales.

• Equivale a la remuneración íntegra por los días de vacaciones que el trabajador no usó.

• Si el trabajador no alcanzó a estar un año en la empresa, y por ende no tiene derecho a vacaciones, la indemnización se calcula en forma proporcional al tiempo que hay entre la contratación o la fecha de cumplimiento del último año de trabajo y el término de los servicios.

Indemnizaciones¿Qué es la indemnización por años de servicio?

• Aquella indemnización que se paga al trabajador cuando se pone término al contrato por la causa netamente de la empresa. Esta indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio y periodo superior a seis meses prestados continuamente a dicho empleador. Esta indemnización tiene un tope máximo de 11 años

Causales de despido Mutuo acuerdo de las partes.

Renuncia del trabajador, dando aviso a su empleador con treinta días de anticipación, a lo menos.

Muerte del trabajador.

Vencimiento del plazo convenido en el contrato. La duración del contrato de plazo fijo no podrá exceder de un año.

Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.

Caso fortuito o fuerza mayor.

Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan: a) Falta de probidad del trabajador

en el desempeño de sus funciones. b) Conductas de acoso sexual. c) Vías de hecho ejercidas por el

trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa.

d) Injurias proferidas por el trabajador al empleador.

e) Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña.

Causales de despido 2.- Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren

sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador. 3.- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días

seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.

4.- Abandono del trabajo por parte del trabajador, entendiéndose por tal:a) la salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de quien lo represente, yb) la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato.

5.- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.

6.- El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.

7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Contrato a Plazo Fijo1 Día

1,5 añosSi un trabajador presta servicios esporádicos cumpliendo 1 año en un periodo de 1,5 años el contrato es indefinido

1 añosPlazo Máximo

Indemnizaciones en Contrato a Plazo Fijo

Vacaciones Proporcionales 1,25 d/m trabajado

Se reserva el derecho de Gratificación

Exceptuando contratos inferior o igual a 30 días (no hay finiquito)

Otros haberes pactados

Indemnizaciones en Contrato Indefinido

Vacaciones + 1 feriado legal por cada 3 años a partir de 10 años de servicio

Gratificación

Años de servicio

Mes de desahucio

En diciembre del 2001 se eliminó como situación constitutiva de la causal la falta de adecuación laboral o técnica del trabajador

DESPIDO POR EMBARAZO

PROTECCIÓN ESPECIAL

POR LA CONSTITUCIÓN

AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SIN

- REINTEGRADA SI ELLA LO DECEA, AL PUESTO QUE ELLA VENIA DESEMPEÑANDO O A UNO SUPERIOR EN MISMAS CONDICIONES, Y AL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN.

- Solo tendrá derecho a despido el empleador si esta no cumpliera con los números 4 y 5 del articulo 159 y las del articulo 160 del código del trabajo.

5.- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.

4.- Vencimiento del plazo convenido en el contrato

Plazo fijo

No mas de 1 año

Servicios discontinuos en virtud de mas de 2 contratos a plazo

12 meses o mas de 15 meses

contratado por una duración

indefinida

Gerentes o personas

que tengan titulo

profesional o técnico otorgado por una

institución

Contrato no exceder mas de 2

años

Trabajador prestando

servicios con conocimient

o del empleador expirado el

plazo.

Contrato duración

indefinida

Numeros 4 y 5 Art 159

EMPRESA EN CASO DE DESPIDO DE LA TRABAJADORA EMBARAZADA DEBERÁ:

REINTEGRAR A LA TRABAJADORA

RECONOCER SALARIOS DEJADOS

DE PERCIBIR

REANUDAR PAGO DE

COTIZACIONES

- SOLO SI ESTA LO DESEA.- SI ES EL MISMO CARGO, O CARGO DE

MISMAS CONDICIONES O MEJORES.

DURANTE INTERRUPCIÓN LABORAL

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, PENSIONES Y RIESGOS PROFESIONALES

NO PODRAN SER PRESENTADOS COMO UNA NUEVA AFILIACION

CANCELAR LICENCIA DE MATERNIDAD

SI ESTA NO ES ASUMIDA POR AOTRA EMPRESA O ENTIDAD

Por FallecimientoEMPLEADOR

$

Esposa Hijos Padres

Donde ReclamamosINSPECCIÓN DEL TRABAJO

60 DÍAS HÁBILES DESDE QUE DEJÓ DE TRABAJAR

TRIBUNAL DEL TRABAJO

Gracias Por su Atención

Para más Información visite: http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-propertyvalue-22078.html

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