03 Recibos Amerericanos de Depósito

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Depositos

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  • LOS AMERICAN DEPOSITARY RECEIPTS (ADR)

    INTRODUCCION

    Desde finales de la dcada de los ochenta, un numero cada vez mayor de empresas ubicadas

    en los pases en desarrollo ha diversificado sus posibilidades de financiacin mas halla de

    los lmites de los mercados financieros nacionales, los cuales continan siendo restringidos

    en cuanto a tamao y mbito. Para ello, las empresas vienen utilizando programas de ADRs

    como medio de venta y colocacin de sus acciones en el mercado norteamericano, con las

    ventajas derivadas de ingresar a los mercados financieros mas desarrollados del mundo.

    Cada vez es mayor la demanda de inversin por parte de grandes inversionistas extranjeros,

    quienes vienen canalizndola en pases latinoamericanas a travs de la utilizacin de estos

    instrumentos. Tal es as, que seis pases latinoamericanos (Argentina, Brasil, Chile,

    Colombia, Mxico y Venezuela) han logrado colocar en los mercados extranjeros el

    equivalente a US$ 15,378 millones a traves de la adopcin de programas ADR nivel III y

    bajo la Norma 144 A, en el perodo comprendido entre abril de 1991 y junio de 1994.

    Dentro de este contexto internacional de desarrollo e innovacin financiera constante, el

    mercado de valores peruano y sobre todo el empresariado nacional muestra su inters en la

    adopcin de este tipo de instrumento en el pas, viendo en ste la oportunidad de

    financiamiento a gran escala que aun el mercado interno, en muchos casos, no puede

    brindarle. Si bien el desarrollo de programas con ADRs en el Per aun se encuentra en su

    etapa inicial, se han sentado las bases legales y el mercado reconoce las condiciones

    econmicas para un mayor desarrollo futuro.

  • 1. ORIGEN El origen del ADR data de los ltimos aos de la dcada de los veinte. Este Recibo

    Depositario, nace con la finalidad de facilitar al inversionista americano la compra de

    valores no norteamericanos con la ventaja de que este sea tratado de la misma manera

    que un valor norteamericano.

    La creacin de los Recibos Americanos de Deposito pretende reducir los problemas

    asociados a los periodos de liquidacin, costos de transaccin, costo de custodia, tipo

    de cambio, diferencias horarias y de lenguaje, entre otros inconvenientes derivados de

    la inversin internacional.

    Tales problemas surgen en la medida en que cada pas cuenta con sus propias

    costumbres y particulares regulaciones de mercado, entorpecindose el libre flujos de

    valores entre los mismos.

    2. DEFINICIN

    El American Depositary Receipts (ADR) es un certificado negociable que representa

    las acciones emitidas por una compaa no estadounidense.

    Se trata de un documento de participacin del capital de una empresa, que brinda a

    sus tenedores los derechos y obligaciones inherentes al ttulo original que representa.

    Este certificado es emitido por un banco de los Estados Unidos de Norteamericana

    que acta como depositario y es quien aparece, ante el emisor, como titular de las

    acciones subyacentes a los ADRS. El ADR puede equivalen a una fraccin o

    mltiplo de la acciones que representa.

    Estos certificados, se cotizan en US dlares en los diferentes mercados de valores de

    los Estados Unidos. Su principal caracterstica radica en que su negociacin y

    liquidacin se efecta de manera similar a los valores norteamericanos, haciendo

  • posible su negociacin en la New York Stock (NYSE), la American Stock Stock

    Exchange (Amex), la Nasdaq Stock Exchange (NASDAQ) o en el OTC Bulletin

    Borrad.

    3. PROGRAMAS DE LOS ADRs

    3.1. PROGRAMA ADR NIVEL I

    3.1.1. Definicin

    Este programa se realiza sobre la base de las acciones que se encuentran en circulacin en

    el mercado local. Su negociacin secundaria se efecta en el mercado over the counter de

    los Estados Unidos a travs del OTC Bulletin Borrad o las paginas rosadas (pink sheets),

    don de se muestran los precios de los valores que se transan en este mercado, adems de la

    informacin referente a los intermediarios que trabajan con dicho valores.

    3.1.2. Operatividad del ADR nivel I.

    a. Proceso de Emisin (INFLOW)

    La creacin de un ADR siguen un proceso en el que se distinguen las siguientes etapas:

    1. El broker compra los ADRs en el mercado estadounidense. De no

    encontrarse disponibles, stos deben ser creados.

    2. El broker compra los Adra en el mercado estadounidense. De no

    encontrarse disponibles, stos deben ser creados.

    3. A fin de crear los Adra, el broker estadounidense ordena la compra

    de las acciones de la compaa extranjera en su mercado local con

    la participacin de un intermediario perteneciente al pas de la

    compaa emisora (sociedad agente).

    4. Efectuada la compra por la sociedad agente respectiva, las acciones

    son depositadas en un banco quien hace las veces de custodio y el

    cual se encuentra ubicado en el pas de la compaa emisora. Dicho

    banco puede ser sucursal, filial o corresponsal del banco depositario

  • ubicado en los Estados Unidos o cualquier otro banco local, siempre

    que medie entre ste y el banco depositario un acuerdo formal.

    5. El banco custodio comunica al banco depositario el depsito de las

    acciones.

    6. El banco depositario, emite los recibos depositarios (ADRs) en

    representacin de las acciones y los remite a la Depositary Trust

    Company (DTC), quien los registra a nombre del broker

    estadounidense que inici la transaccin.

    7. Registra los ADRs a favor del inversionista estadounidense

    interesado.

    b. Proceso de cancelacin (BACKFLOW)

    1. El inversionista notifica a su broker la intencin de vender sus ADRs.

    2. Una vez recibida la orden, el broker comunica al banco depositario la

    intencin de venta de las acciones subyacentes al ADR en el mercado

    de valores local.

    3. El Banco depositario procede a la cancelacin del ADR y notifica al

    banco custodio del hecho.

    4. El Banco custodia libera las acciones subyacentes a los ADRs

    cancelados y los entrega a la sociedad agente local quien se har

    cargo de la venta de las acciones.

    5. La sociedad agente local vende las acciones en la bolsa de valores

    local y el dinero producto de la venta es entregado al broker

    extranjero.

    6. El broker extranjero le hace al inversionista norteamericano el

    producto de la venta de las acciones en el mercado local.

    c. Negociacin Secundaria

    Una vez que los ADRs son emitidos, estos son negociables en los Estados Unidos de la

    misma forma que cualquier valor emitido por una empresa norteamericana. Su

    negociacin estar a cargo de los intermediarios autorizados (dlares), quien a travs

  • del OTC Bulletin Borrad y las pginas rosadas ofertarn y demandarn los ttulos.La

    negociacin de los ADRs est sujeta a un periodo de liquidacin similar al de los

    valores norteamericanos, siendo el banco depositario quien acta como agente de

    registro y transferencia de los ADRs. En la sentido, el banco depositario realiza el

    registro de cada una de las transferencias de los ADRs en el mercado secundario,

    actualizado permanentemente sus registros ante cualquier cambio de titularidad de los

    valores. Asimismo, el banco depositario figurar en el registro de titularidad de la

    empresa emisora como titular de las acciones subyacentes a los ADRs emitidos.La

    negociacin secundaria de los ADRs ser factible una vez que se haya alcanzado un

    adecuado numero de ADRs en circulacin en el mercado norteamericano,

    generalmente, entre 3% y 6% del capital social de la empresa, cifra que depender del

    tamao de la misma.

    PROGRAMA ADR NIVEL I

    Registro en la SEC Formato F-6 (Ley de Valores de 1933)

    Excepcin 12g3-2 (b) (Ley de Valores de 1934)

    Inversionistas Inversionistas de los Estados Unidos y de otros mercados

    Negociacin Secundaria OTC Bulletin Borrad y en las Pginas Rosadas

    Costo US$ 25 Mil (aprox.)

    Liquidacin T + 5, DTC, Euroclear, CLEAR

    3.2. PROGRAMA ADR NIVEL II

    3.2.1. Definicin

    El programa ADR nivel II, al igual que el programa nivel I, se realiza sobre las acciones

    que se encuentran en circulacin. Sin embargo, los ADRs de nivel II se transan en las

    bolsas nacionales de valores (NYSE, AMEX) o en la NASDAQ, razn por la cual

    permiten que un mayor nmero de inversionistas tengan acceso a estos valores. Debido a su

    inscripcin en bolsa, los precios de los valores registrados estn disponibles en tiempo real

  • a travs de numerosos sistemas de cotizacin de los Estados Unidos aparecen diariamente

    en publicaciones financieras, proporcionando a los inversionistas un mayor y mejor flujo de

    informacin financiera.Sin embargo, en razn de su registro en Bolsa, la empresa emisora

    requiere presentar informacin ms detallada que la exigida en el nivel I. asimismo, debe

    conciliar sus estados y reportes financieros con los principios de contabilidad generalmente

    aceptados en los Estados Unidos (USGAAP), o remitir la explicacin en detalle de las

    diferencias existentes entre los reportes financieros locales y los Estados Unidos, razn por

    la que este tipo de programa es ms costoso y demanda mayor tiempo en su

    implementacin que el programa de nivel I.

    3.2.2. Operatividad La emisin y cancelacin de los ADRs de nivel II , se realiza de forma similar que los nivel

    I, ya que se trata igualmente de instrumentos emitidos sobre acciones que se encuentran en

    circulacin en los mercados.

    La diferencia sustancial entre uno y otro nivel, es que los ADRs de nivel II se negocian en

    cualquiera de las bolsas de valores de los Estados Unidos o en la NASDAQ, para lo cual

    deben registrarse previamente en stas y cumplir con una serie de requisitos dispuestos por

    la SEC y las Bolsas correspondientes.

    3.2.3 Negociacin Secundaria

    Una vez que los ADRs son emitidos, estos son negociables en alguna de las bolsas de los

    Estados Unidos o en la NASDAQ de la misma forma que cualquier valor emitido por una

    empresa norteamericana. Su negociacin secundaria, en el caso en que se encuentre

    Norteamericana. Su negociacin secundaria, en el caso en que se encuentren inscritos en la

    Bolsa de Valores de Nueva Cork (NYSE) o en la Bolsa de Valores. Americana (AMEX),

    estar a cargo de los intermediarios autorizados del piso de la bolsa, conocidos como los

    especialistas (specialist), quienes tienen a su cargo la responsabilidad de mantener la

    liquidez, estabilidad y continuidad de los valores en el recinto burstil. Asimismo,

    participan en el piso de la Bolsa los brokers de piso, quienes se encargan de ofertar y

    demandar los valores segn las ordenes respectivas, siempre por cuenta de terceros.

  • El especialista tiene a su cargo generalmente entre cuatro a cinco valores, para los cuales

    trabaja incluso por cuenta propia a fin de mantener una baja volatilidad y alta liquidez del

    valor. Como se observa, la operatividad de estas bolsas difiere sustancialmente de las

    bolsas peruanas.

    En el caso en que los ADRs se transen en la NASDAQ, las transacciones se realizan

    mediante el sistema electrnico, llegando a cada uno de los miembros de la NASD, quienes

    ejecutan sus transacciones a travs de las pantallas de sus computadoras.

    La negociacin de los ADRs est a un periodo de liquidacin similar al de los valores

    norteamericanos, siendo el banco depositario quien acta como agente de registro y

    transferencia de los ADRs.

    PROGRAMA ADR NIVEL II

    Registro en la SEC FORMATO F-6(Ley de Valores de 1933)

    FORMATO 20-F Y 6-K (Ley de Valores de 1934)

    Inversionistas Inversionistas de los Estados Unidos y de otros mercados.

    Inscripcin NASDAQ, AMEX, NYSE, Bolsas no norteamericanas.

    Liquidacin T + 5, DTC, Euroclear, CEDEL

    Costo US$ 200 700 miles

    3.3. PROGRAMA ADR NIVEL III

    3.3.1. Definicin

    Los programas de nivel III estan diseados para que la empresa emisora obtenga capital del

    mercado norteamericano a travs de una oferta publica de ADRs. Normalmente media la

    participacin de un sindicato de underwriters estadounidense, que acta como agente

    subscriptor y colocador de los valores.

    La colocacin de loa ADRs se realiza pblicamente y tanto los ADRs como las acciones

    que los respaldan deben estar inscritas en alguna bolsa nacional norteamericana (NYSE,

    AMEX) o en la NASDAQ. Al estar inscritos, los emisores deben cumplir con los

    procedimientos de registro y divulgacin que exigen las Leyes de Valores de 1933 y 1934

    de los Estados Unidos.

  • 3.3.2. Operatividad del ADR NIVEL III a. Proceso de emisin

    La creacin de un ADR nivel III, siguen un proceso en el que se distinguen las siguientes

    etapas:

    1. Una vez que se ha determinado el precio de colocacin del ADR, a fin de crear las

    acciones que respaldan su colocacin, estas son depositadas en un banco (custodio),

    ubicado en el pas de la compaa emisora. Dicho banco podra ser una sucursal, filial

    o corresponsal del banco depositario ubicado en los Estados Unidos (depositario) o

    cualquier otro banco local, siempre que medie entre ste y el banco depositario un

    acuerdo formal.

    2. El banco custodio comunica al banco depositario el depsito de las acciones.

    3. El banco depositario, emite los recibos depositarios (ADRs) en representacin de las

    acciones.

    4. Los ADRs son suscritos por el underwiter o sindico de underwriters encargado de la

    colocacin de los valores.

    5. Los ADRs son registrados en el DTS para su negociacin secundaria en la Bolsa en

    que se encuentran inscritos.

    6. El underwriter procede a la asignacin de los ttulos entre los diferentes inversionistas

    que demandaron el ADR.

    PROGRAMA ADR NIVEL III

    Registro en el SEC FORMATO F-1 y F-6 (Ley de Valores de 1933)

    FORMATO 20-F y 6-K (Ley de Valores de 1934)

    Inversionistas Inversionistas de los Estados Unidos y de los otros mercados.

    Inscripcionistas NASDAQ, AMEX, NYSE, Bolsas no norteamericanas

    Liquidacin T + 5, DTC, Euroclear, CEDEL

  • Costo US$ 500 mil 1 milln

    3.4. PROGRAMA BAJO LA NORMA 144A

    3.4.1. Definicin

    Los programas de ADRs bajo la norma 144 estn destinados a respaldar la emisin

    primaria de acciones. Al igual que los ADRs del nivel III, son utilizados en los casos en que

    la empresa emisora de un aumento de capital, sin embargo su colocacin est destinada en

    exclusividad a la demanda por parte de los inversionistas institucionales calificados (QIBs).

    Los inversionistas institucionales calificados son aquellos que tienen bajo su administracin

    un fondo valorizado en por los menos US$ 100 millones, tales como bancos, fondos

    mutuos, fondos de pensiones, entidades de ahorro y crdito, compaas de seguros,

    empresas de inversin, planes de empleo publico, entre otros.

    Los ADRs ofrecidos bajo la norma 144 no tienen que estar registrados bajo la Ley de

    Valores de 1933 por lo que los emisores no se encuentran obligados de presentar

    informacin financiera peridica a la SEC, sin embargo, se recomienda que presenten la

    solicitud de excepcin bajo la normal 12g3-2(b) a fin de que el mercado de QIBs cuenten

    con cierta informacin relevante para la toma de decisiones.

    3.4.2. Operatividad del ADR bajo la NORMA 144 Al igual que en los casos de ADRs de nivel III, los ADRs bajo la norma 144 son colocados

    mediante la participacin de un sindico de underwriters el que se encarga de la colocacin

    privada de los valores entre los inversionistas institucionales calificados del mercado de los

    Estados Unidos.

    PROGRAMA ADR NORMA 144A

    Registro de la SEC Excepcin 12g3(b) (Ley de Valores de 1934)

    requisitos de la Bolsa de Valores de Luxemburgo

    Inversionistas Inversionistas Institucionales Calificadas (QIBs), inversionistas

    no norteamericanos.

  • Liquidacin T + 5, DTC, PORTAL, Euroclear, CEDEL

    Costo US$ 200 400 mil

    3.5. PROGRAMA DE OFERTA PRIMARIA GLOBAL Este programa est diseado como vehculo para incrementar el capital de una

    empresa mediante la colocacin simultanea de valores en dos o ms mercados.

    Tpicamente, una oferta Globales de Deposito o GDRs (Global Depositary Receipts)

    incluye una colocacin en los Estados Unidos, lam misma que puede ser publica o

    privada y una siguiendo los lineamientos de la regulacin .Si la colocacin de los

    GDRs se realiza de forma privada bajo la Regla 144, los valores no tendrn que se

    registrados en la SEC y los requisitos de reporte son mnimos como se explic

    anteriormente. Asimismo, esta emisin ser destinada a los inversionistas

    institucionales calificados.

    En cambio, si la colocacin es publica, la emisin estar disponible a una mas

    amplia gama de inversionistas, que incluye inversionistas individuales,

    institucionales no calificados y QIBs.

    Los GDRs son idnticos desde el punto de vista legal, operativo, tcnico y

    administrativo, sin embargo, por razones de marketing se prefiere el uso del

    trmino Global en lugar de American cuando se trata de Ofertas de Recibos de

    Deposito dirigidos a varios mercados, generalmente el americano y europeo. En este

    sentido, los GDRs son elegibles para los sistema de book entry de liquidacin de

    la DTC, Euroclear y CEDEL.

    Existen diversas modalidades de colocacin de ADRs en los mercados

    norteamericanos y europeos. Comnmente, las ofertas privadas dirigidas a varios

    mercados se realizan mediante la utilizacin de la norma 144 y la regulacin S, sin

    embargo, existen otras estrategias de colocacin que facilitan el acceso y mejoran la

    liquidez de los mercados objetivo.

    3.5.1. PROGRAMA DE OFERTA GLOBAL COMBINADA

  • Este tipo de programa se efecta mediante la utilizacin de la norma 144; la regulacin S y

    la adopcin de un programa de nivel I. la oferta de los valores se efecta simultneamente

    en el mercado norteamericano y europeo, en el primero dirigida exclusivamente a los

    Inversionistas Institucionales Calificados y en Europa a inversionistas en general.

    Sin embargo, luego de un periodo de 40 das, lo que los americanos denominan cool

    period, los RADRs (Restricted ADRs) o GDRs pueden negociarse tanto en el mercado de

    los QUIBs como en el over the counter, a travs del programa de nivel I implementado. Por

    otro lado, los ADRs o GDR son colocados y transados en los mercados europeos mediante

    la adopcin de la regulacin S.

    PROGRAMA DE OFERTA GLOBAL

    Registro en la SEC Excepcin 12g3-2(b) (Ley de Valores de 1934)

    a) 144 DRs No es permitido el registro bajo la Ley de Valores de 1933

    Despus de 40 das: Formato F-6 (Ley de Valores de 1933).

    b) Regulacin S requerimientos de Divulgacin de informacin igual que en el

    pas de origen.

    Inversionista Inversionistas Institucionales Calificados (QIBs)

    Inversionistas no norteamericanos, despus de 40 das

    Inversionistas norteamericanos

    Inscripcin PORTAL, ciertas bolsas no norteamericanas

    Liquidacin T + 5, DTC, PORTAL, Euroclear, CEDEL.

    Costo US$ 225 425 mil

    A fin de contribuir con la transparencia del mercado, y con el objetivo que empresas

    peruana puedan diversificar sus posiblidades de financiamiento en los mercados de

    capitales internacionales, CONASEV publico la Resolucin N 358-93-EF/94.10.0 el 22 de

    Diciembre de 1993. De esta forma, el publico inversionista nacional cuenta con el mxima

    de informacin sobre el proceso de implementacin y desarrollo de programas de ADRs o

    GDRs por parte de aquellas empresas que cotizando en Bolsa pretenden efectuar tales

    programas. En este sentido, si una empresa peruana pretende realizar programas de ADR

  • debe de presentar la siguiente informacin a CONASEV y a las Bolsas de Valores que

    corresponda, segn los niveles a adoptar:

    4. PROGRAMA NIVEL I y II

    A. Acciones Comunes

    a) Contrato celebrado con el banco depositario

    b) Contrato celebrado entre le banco depositario y el banco custodio.

    c) Acta de la Junta General de Accionistas en la que conste el acuerdo de

    participar en programas de ADRs.

    B. Acciones de Trabajo

    a) Acta de la Junta general de accionistas de la empresa, en la que conste el

    acuerdo de participar en programas de ADRs con acciones de trabajo

    emitidas por ella.

    b) Documento escrito en el que conste la decisin de participar en

    programas de ADRs con acciones del trabajo, por parte de los tenedores

    de las mismas, que representen cuando el 25% del total emitido al cierre

    del ejercicio anterior a la fecha del acuerdo.

    4.1 Programa NIVEL III Y NORMAL 144A

    Las empresas peruanas que cotizan sus valores en alguna bolsa del pas se propongan

    aumentar su capital mediante oferta primaria, con la intencin de efectuar programas de

    ADRs (nivel III o Norma 144A) o GDRs, se deben sujetar a las normas relativas a la oferta

    local dispuestas por la Primera Disposicin Transitoria del Reglamento de Oferta Pblica

    Primaria, aprobado por Resolucin CONASEV N 906-91-EF/94.10.0, presentando para

    tales efectos la documentacin a que se refiere el Articulo 5 del mencionado reglamento.

    Adicionalmente, tales empresas debern presentar la siguiente documentacin:

    a. Aviso de convocatoria a Junta General de Accionistas, indicando que el asunto a tratar,

    es aumentar la capital social, a efectos de colocar parte o su totalidad en los mercados

    de valores extranjeros, a travs de programas de ADRs o GDRs.

  • b. Acreditar cuando corresponda, que los accionistas han ejercido su derecho de

    preferencia conforme al titulo IX capitulo V de la Ley del Mercado de Valores.

    c. Contrato celebrado entre la empresa y el banco depositario.

    d. Contrato celebrado entre el banco depositario y el banco custodio cuando corresponda.

    e. Acta de Junta General de Accionistas en el que conste el acuerdo de colocar acciones

    en el mercado extranjero a travs de programas de Adra, o GDRs.

    f. Numero inicial de acciones involucradas en el programa de ADRs, o GDRs.

    En aumento de capital por nuevos aportes, que una empresa nacional pretenda colocar en

    exclusividad en el extranjero, via ADRs o GDRs, deber satisfacer slo lo previsto en los

    incisos a), b), d), e) y f) mencionados anteriormente.

    4.2 TODOS LOS PROGRAMAS

    Adems de tal informacin, las empresas peruanas que realizan programas con ADRs o

    GDRs de cualquier nivel, deben presentar la siguiente informacin:

    a. Con carcter de Hecho de Importancia, informacin relativa a la inscripcin de los

    ADRs o SEC u otra Comisin de Valores extranjera y en las Bolsas de Valores en que

    stos se transen, cuando corresponda; al da hbil siguiente de producida tal

    inscripcin.

    b. Copia de los contratos de deposito, y de suscripcin transitoria de emisiones primarias

    de garanta parcial o total de su colacin relativos a programas de ADRs o GDRs, al

    da siguiente de celebrados.

    c. Informacin trimestral acerca de las transacciones efectuadas con ADRs o GDRs,

    dentro de los 10 das de vencido el trimestre correspondiente.

    d. Copia del contrato celebrado entre el banco custodio y la empresa, dentro de los 10

    das de suscrito.

    5. ACCESO DE EMPRESAS PERUANAS A ESTOS PROGRAMAS

    Dentro del marco de Globalizacin de los Mercados de Valores, y a razn del inters por

    parte de empresas peruanas en acceder a Programas con ADRs, CONASEV ha

    promulgado, recientemente la Resolucion CONASEV N 358-93-EF/10.0, la misma que

  • establece la informacin que estan obligadas a presentar las empresas que efectuan

    Programas con ADRs.

    Esta norma permitira que empresas nacionales, privadas o publicas, puedan implementar

    Programas con ADRs sobre las acciones de capital o de trabajo de la empresa. En este

    ultimo caso, es necesaria la voluntad de los tenedores de las acciones de trabajo que

    representen por lo menos el 25% del total emitido.

    Las empresas interesadas en efectuar Programas con ADRs debern presentar a

    CONASEV, previamente, la documentacin que acredite dicho itneres, tal como:

    a. Contrato celebrado entre la empresa y el banco depositario.

    b. Contrato celebrado entre el banco depositario y el banco custodio.

    c. Acta de Junta General de Accionistas en la que conste el aucerdo de colocar en el

    mercado extranjero a travs de Programas de ADRs o GDRs.

    d. Nmero inicial de acciones involucradas en el Programa de ADRs o GDRs entre

    otros.

    Esta norma tiene por finalidad brindar al inversionista local el maximo de transparencia

    obligando a que la empresa mantenga informado al mercado local sobre as operaciones

    efectuadas con ADRs en los mercados financieros extranjeros.

    Para ello, las empresas debern de presentar a CONASEV y a las Bolsas donde tengan

    inscritas sus acciones la siguinte informacin:

    a. Con carcter de Hecho de Importancia informacin acerca de la inscripcin de los

    ADRs o GDRs en la SEC u otra Comisin de Valores extranjera y en las Bolsas

    de Valores en que stos se transen, cuando corresponda; al dia siguiente de

    producida tal inscripcin.

    b. Copia de los contratos de deposito, y de suscripcin transitoria de emisiones

    primarias con garantia parcial o total de su colocacin relativos a Programas de

    ADRs o GDRs, al da siguiente de celebrados.

    Asmismo, se deber especificar monto y porcentaje de acciones, que en relacin a

    las que se encuentren en circulacin son objeto de los aludidos programas.

    c. Informacin trimestral de las transacciones efectuadas con ADRs o GDRS, dentro

    de los diez (10) das de vencido el trimestre correspondiente.

  • Para ilustrar con un ejemplo, supongamos que el precio de la accion en el mercado local es

    superior al precio del ADR en el mercado norteamericano. El inversionista norteamericano

    se mostrar deseoso de vender en el mercado local la accion que respalda el ADR, siempre

    y ucando el precio del mercado local sea mayor al precio del ADR tomando en

    consideracin los costos por la cancelaicn del ADR, los costos de transaccin de la accion

    en el mercado local (Bolsa, Sociedad Agente, CONASEV), impuestos (IGV), as como el

    tipo de cambio y el Ratio Accin-ADR (nmero de acciones representadas por un ADR).

    De esta forma, el inversionista vender la accion que respalda el ADR en el mercado local

    previa cancelacin del mismo. Para ello el banco depositario cancela el ADR el informa del

    hecho al banco custodio local quien libera acciones que respaldaban el ADR. De esta forma

    las acciones son vendidas en la Bolsa de Valores como cualquier otro valor nacional y con

    la participacin de una Sociedad Agente local.

    6. EXPERIENCIAS LATINOAMERICANAS

    Un creciente numero de empresas latinoamericanas han venido implementando programas

    de ADRs utilizando los diferentes nveles de acuerdo con suso bjretivos trazados. En este

    sentido, la mayoria de ellas ha iniciado sus operaciones con la utilizacin de programas de

    Nivel, a fin de poder entrare en el mercado norteamericano y ganar prestigio y

    reconocimiento para una futura oclocaicon de ADRs de nivel III. No obstante lo anterio,

    que figura aparentemente ocmo el curso regular, existen empresas que han empezado

    directamente con programas de Nivel III.Asimismo, los ADRs han sido incorporados

    dentro de los programas de privatizacion de diversos paises latinoamericanos, ocmo

    instrumento de canalizacin de la propiedad de empresas publicas al sector pivado. Por

    ejemplo, en mayo de 1991 la empresa Telefonos de Mexico incorporo dentro de su

    programa de privatizacion, la colocacin de 68 millones de ADRs por Oferta Pblica,

    equivalentes a US$ 1 985 millones. Asimismo, la empresa TELECOM de Argentina,

    coloc en el mercado norteamericano y europeo acciones por un valor de US$ 270

    millones.

  • Los paises latinoamericanos que han desarrollado programas de ADRs NIvell III y Regla

    144, entre 1991 y 1993 han sido:

    - Mexico

    - Argentina

    - Brasil

    - Chile

    - Venezuela y, recientemente,

    - Colombia

    6.1 MXICO El pas latinoamericano donde ms se han desarrollado los programas de ADRs ha

    sido Mexico. La mayoria de empresas mexicanas han trabajado con programas

    auspiciados de Nivel III bvajo la regla 144 para la colocacion de sus valores, otras

    han implementado slo Programas de Nivel I y II, con la finalidad de que sus

    acciones en circulacin se coticen en el mercado norteamericano, tanto en una Bolsa

    nacional como en el mercado extraburstil.

    Las empresas mexianas cuyos valores estn inscritos en el mercado norteamericano

    se caracterizan por su solidez. La mayoria estan vinculados con los sectores de

    construccion, mineria y telecomunicaciones.

    En 1991, la inversin extranjera en valores de renta variable en Mexico a travs de

    programas de ADRs fue de 13,733 millones de dolares. Sobre este total de

    inversin extranjera, las empresas mexicanas lograron colocar alrededor de 10

    billones de pesos mediante Programas de Nivel III; principalmente a travs de

    GDRs bajo la Regla 144, financiamiento que ha sido canalizado a lam

    odernizacion de la empresad y al aumento de la produccin.

  • 6.2 CHILE La experiencia chilena en ADRs se limita a los Programas de Nivel III y la Regla

    144. Es decir, slo est permitida la colocacion de una nueva emisin de acciones

    de una sociedad en el extranjero a travs de este mecanismo, la misma que es

    autoizada por el Banco Central de Chile.

    El caso es espcial debido a que el gobierno controla la entrada y salida de divisas a

    travs del mecado cambiario formal, motivo por el cual aquella empresa que tenga

    intencion de realizar un Programa de ADR de Nivell III debe solicitar la

    autorizacin del Banco Central de Reserva, quien evaluara la solcitud en

    consideracin a la situacin de la Balanza de pagos y la necesidad de preservar una

    estabilidad en la cuenta de capitales.

    A Diciembre de 1993 se han llevado a cabo cinco colocaciones de ADRs en el

    extranjero, de las cuales cuatro son de Nivel III (tres inscritas en la Bolsa de Nueva

    Cork y una en NASDAQ) y una bajo la Regla 144.

    6.3 ARGENTINA

    En Argentina los Programas de ADRs se iniciarion en noviembre de 1992 con dos

    Programas de Nivel I y en 1993 se han llevado a cabo siete Programas de ADRs de

    Nivel III y bajo la Regla 144.

    La mayoria de empresas argentinas han colocado acciones en el mercado

    norteamericano y mundial a travs de Programas de ADRs, levantando recursos

    por montos superiores a los US$ 1995 millones en el caso de YPF y cerca de US$

    360 y 270 millones en los casos de TELEFONICA y TELECOM, respectivamente.