05 breve repaso constitución de la república wlc

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ESPOCH Ing. William Calvopiña

LA CONSTITUCIÓNLA CONSTITUCIÓN

Marco Regulatorio de las Telecomunicaciones

MARCO REGULATORIO DE MARCO REGULATORIO DE LAS TELECOMUNICACIONESLAS TELECOMUNICACIONES

Constitución de la República del EcuadorConstitución de la República del Ecuador

ESCUELA POLITÉCNICA DE ESCUELA POLITÉCNICA DE CHIMBORAZOCHIMBORAZO

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PRINCIPIOS DE APLICACIÓN DE LOS DERECHOSPRINCIPIOS DE APLICACIÓN DE LOS DERECHOS

Art. 11 Los derechos se rigen por los siguientes principios:

1.Se ejercen ante las autoridades competentes2.Todas las personas son iguales3.Los derechos son de directa e inmediata aplicación ante cualquier autoridad o servidor público, de oficio o a petición de parte. No se exigirá condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o en la Ley y no puede alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación4. ninguna norma jurídica puede restringir los derechos señalados en la Constitución.5.En materia de derechos los servidores públicos deben aplicar la norma que más favorezca su efectiva vigencia.6.Todos los derechos son irrenunciables7.El reconocimiento de derechos no excluye a la dignidad de las personas, comunidades y pueblos.8.El contenido de derechos se desarrollará de manera progresiva.9.El Estado debe respetar y hacer respetar los derechos establecidos en la Constitución.

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Marco RegulatorioMarco Regulatorio

Derechos de Protección

Art. 76.- el derecho al debido proceso :

1.Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.

2.Se presumirá la inocencia de toda persona, mientras no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada.

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Marco RegulatorioMarco Regulatorio3. Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza; ni se le aplicará una sanción no prevista por la Constitución o la ley. Sólo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente y con observancia del trámite propio de cada procedimiento.

4. Las pruebas actuadas con violación de la Constitución o la ley no tiene validez alguna.

5. En caso de conflicto entre dos leyes, se aplicará la menos rigurosa, aún cuando su promulgación sea posterior a la infracción. En caso de duda sobre la sanción, se debe aplicar la más favorable a la persona infractora.

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6. La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza.

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

a)Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa del proceso.

b) Debe contar con el tiempo adecuado para la preparación de su defensa.

c) Debe ser escuchado en igualdad de condiciones.

d) Las partes pueden acceder a todos los documentos del proceso

e) Nadie podrá ser interrogado, por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la presencia de un abogado o un defensor público.

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f) Debe ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma en el que se sustancia el proceso.

h) Puede presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistido; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra.

i) Nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.

j) Quienes actúen como testigos o peritos estarán obligados a comparecer ante el juez o autoridad, y a responder al interrogatorio respectivo.

k) Debe ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente.

m) Puede recurrir el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos.

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Garantías ConstitucionalesGarantías Constitucionales

Servicios públicos

Art. 85.- La ejecución y el control de los servicios públicos se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. La prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.

2. Existe prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando los efectos de la prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales.

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Art. 86. Cualquier persona o comunidad puede presentar las acciones previstas en la Constitución.

El numeral 2 de este artículo establece que pueden ser propuestas oralmente o por escrito, sin necesidad de citar normas infringidas, sin necesidad de un abogado patrocinador.

ACCIÓN DE PROTECCIÓN Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial.

Garantías ConstitucionalesGarantías Constitucionales

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Superintendencia de TelecomunicacionesSuperintendencia de Telecomunicaciones

Art. 213.- Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. Las superintendencias actuarán de oficio o por requerimiento ciudadano. Las facultades específicas de las superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de acuerdo con la ley.

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Sectores estratégicosSectores estratégicos

Art. 313.- El Estado administra, regula, controlar y gestiona los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de eficiencia. Se consideran sectores estratégicos, las telecomunicaciones y el espectro radioeléctrico.

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Obligaciones de los Servidores PúblicosObligaciones de los Servidores Públicos

Sector público

Art. 226.- Ejercicio de las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones.

Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.

Art. 229.- Son servidores públicos todas las personas que ejerzan un cargo, función dentro del sector público.

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Supremacía De La Constitución De La RepúblicaSupremacía De La Constitución De La República

Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas es: La Constitución; los tratados y convenios internacionales, siempre que favorezcan los derechos contenidos en la Constitución; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; los decretos y reglamentos; las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos.

En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, se aplica la norma jerárquica superior.

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PIRÁMIDE DE KELSEN (Ecuador)PIRÁMIDE DE KELSEN (Ecuador)

Constitución

Tratados y Convenios Internacionales

Leyes Orgánicas

Leyes Ordinarias

Normas Regionales y OrdenanzasDistritales

Decretos y Reglamentos

Ordenanzas

Acuerdos y Resoluciones

Los demás actos y decisiones de los poderes públicos

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Gracias Gracias