08:10 Ocho 13 Trece de Noviembre del 2015 Dos Mil Quince · hace referencia al oficio...
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======= ACTA 07/2015 NUMERO SIETE DIAGONAL DOS MIL QUINCE =======
“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 08:10 Ocho horas con
diez minutos del día 13 Trece de Noviembre del 2015 Dos Mil Quince, fueron
presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la
Segunda Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo
dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los
numerales 22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el
Presidente Municipal, Ciudadano, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo; Síndicos:
Ciudadana, María Eugenia Mosqueda Nieto; Ciudadano, José Fernando Sánchez
Méndez; Regidores: Ciudadano, Israel Alejandro Herrera Hernández; Ciudadana,
Martha Norma Hernández Hernández; Ciudadano, José Trinidad Martínez Soto;
Ciudadana Adriana Josefina Audelo Arana; Ciudadano, Mariano Zavala Díaz;
Ciudadana, Montserrat Vázquez Acevedo; Ciudadano, Jorge Montes González;
Ciudadana, María Eloísa Cholico Torres; Ciudadano, Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano,
J. Ynes Piña Cofradía; Ciudadana, Blanca Elena González Zavala; Ciudadana, Hilda
Samaniego Leyva; y el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena
Cano.- ===============================================
PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. =============
En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano
informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,
que se encuentra la Totalidad de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que
procede a declarar válida la Segunda Sesión Extraordinaria del Honorable
Ayuntamiento. ===========================================
PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- =============
En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano
procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal. 3.-
Aprobación del Orden del Día. 4.- Aprobación del acta 04/2015. 5.- Aprobación de
los Dictámenes de Hacienda: HDA-011/2015, HDA-012/2015, HDA-013/2015, HDA-
013/2015, HDA-014/2015, HDA-015/2015, HDA-016/2015, HDA-017/2015, HDA-
018/2015, HDA-019/2015, HDA-020/2015, HDA-021/2015. 6.- Aprobación de los
Dictámenes de la Comisión de Gobierno: GOB-001/2015, GOB-002/2015. 7.-
Aprobación del Dictamen de la Comisión de Seguridad, Transito, Transporte y
Protección Civil: STTyPC-003/2015, 8.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de
Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial.- DUEOT-003/2015. 9.-
Propuesta de Ratificación, Aprobación y Toma de Protesta en su caso de los vocales
del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado. 10.-
Propuesta y Autorización para que se delegue la representación legal del
Ayuntamiento, a través de los síndicos a las diferentes áreas jurídicas de las
dependencias integrantes de la Administración Pública Municipal Centralizada. 11.-
Propuesta y Aprobación de la designación del Director de Desarrollo Social como
enlace Municipal del programa Federal PROSPERA. 12.- Clausura de la Sesión;
Finalizada la lectura del orden del día, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del
Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del Pleno del Ayuntamiento, mismo
que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====================
PUNTO NÚMERO CUATRO.- Aprobación del acta 04/2015.- ==========
se remitieron a los integrantes del Ayuntamiento, el acta 04/2015 para su revisión, se
recibieron observaciones por parte de la Regidora Montserrat Vázquez Acevedo,
mismas que serán atendidas, en el uso de la vos el Lic. José Ramón Yerena Cano,
Secretario del Ayuntamiento, solicita se le exima de la lectura del acta, por lo que se
somete a consideración del Pleno del Ayuntamiento, misma que se aprueba por
unanimidad de los presentes, así mismo en el uso de la voz el Secretario del
Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, somete a consideración del pleno del
ayuntamiento, la aprobación del acta 04/2015, mismo que se Aprueba por
Unanimidad de los presentes.- ===============================
PUNTO NÚMERO CINCO.- Aprobación de los Dictámenes de Hacienda: HDA-
011/2015, HDA-012/2015, HDA-013/2015, HDA-013/2015, HDA-014/2015, HDA-
015/2015, HDA-016/2015, HDA-017/2015, HDA-018/2015, HDA-019/2015, HDA-
020/2015, HDA-021/2015. ===================================
En uso de la voz la Síndico C. María Eugenia Mosqueda Nieto, Presidente de la
Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para
que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se
omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,
para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la
propuesta de la Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por
lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen de Hacienda. =========
DICTAMEN HDA-011/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza un Crédito Puente por un monto de
$3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N), para el pago de obras
convenidas con recursos de programas Estatales y Federales. CONSIDERANDO.- Que
el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, establece en concordancia con el artículo 121 último
párrafo de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76
fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; que
el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda
Pública Municipal en forma directa ó bien, por quien éste autorice conforme a la Ley.
Atendiendo a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que en su artículo 126, señala la prohibición de realizar algún pago que no
esté comprendido en el presupuesto ó determinado por la ley posterior, en ese
sentido la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235,
precisa que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del
presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Conforme a lo
establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos
Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; es competencia del
Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y modificación de sus
respectivos presupuestos. Que mediante oficio No. DGOP/DA/0015/2015 de fecha 26
de octubre, suscrito por el Director General de Obras Públicas, solicita el análisis, y
aprobación en su caso de un crédito puente hasta por $3’000,000.00 (Tres millones
de pesos 00/100 m.n.), lo anterior para estar en posibilidades de efectuar pagos a los
contratistas cuyos recursos provienen de programas Federales y/o Estatales. Esto
debido a que de acuerdo a la normativa de cada programa los recursos son
entregados al Municipio en ministraciones, lo cual, en ocasiones es prolongado el
lapso de los depósitos, lo cual impide que el contratista tenga solvencia económica
para la continuidad de la obra. Cabe señalar que una vez depositados los recursos
correspondientes la Tesorería Municipal, se encargara de realizar el reintegro
respectivo. Finalmente le informo que los programas vigentes actualmente y para los
cuales se solicita este préstamo son los siguientes: PIECIS (Programa de
infraestructura y Equipamiento a Centros de Impulso social) PREP Programa de
rescate de espacios públicos) PDIMC (Programa de impulso al Desarrollo de mi
Comunidad) HABITAT. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a
la letra se insertare. Por lo anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el
artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta
Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza un Crédito Puente hasta por la
cantidad de $3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N), para el pago
de obras convenidas con recursos de programas Estatales y/o Federales.
SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal otorgue la suficiencia presupuestal
con recurso municipal por el importe mencionado en el resolutivo primero, la cual
deberá sujetarse a la disponibilidad financiera del Municipio, y que notifique a esta
Comisión de Hacienda una vez que haya sido reintegrado el crédito. TERCERO.- Se
instruye a la Dirección General de Obras Públicas informe a la Comisión del avance de
las obras motivo del crédito debiendo reintegrar dicho importe a más tardar el día 31
de diciembre del año 2015. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su
aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron
para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del
dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a
someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por
Mayoría, con 12 votos a favor y 03 tres votos en contra, siendo los votos en
contra el de la Regidora; Lic. Montserrat Vázquez Acevedo, Regidor, L.A.E. Jorge
Montes González, Regidora, L.C. Eloísa Cholico Torres.- ==================
DICTAMEN HDA-012/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se otorga en donación 3 tres vehículos automotores
de propiedad municipal que se encuentra en desuso en el almacén municipal, a favor
del Plantel CONALEP de Celaya. Gto. CONSIDERANDO.- Que el artículo 115
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo
117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; establecen que
los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio
conforme a la Ley. En ese sentido cada Municipio será gobernado por un
Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten
al patrimonio Municipal. Atendiendo a la existencia de los artículos 76 Fracción IV
inciso g) y 206 y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en
relación con los artículos 51 y 58 Fracción I del Reglamento de Bienes Muebles e
Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Gto; los cuales señalan como
atribuciones del Ayuntamiento entre otras la de ejercer actos de dominio sobre los
bienes del Municipio; así como también precisa que el Ayuntamiento sólo podrá donar
los bienes de dominio privado del Municipio, por acuerdo de mayoría calificada de sus
integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones Públicas que representen un
beneficio social para el Municipio y dichos bienes revertirán al patrimonio Municipal
cuando se destinen para un fin distinto al autorizado. Que mediante oficio No.
2433/2015-DCP, de fecha 27 de octubre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal,
remite a esta Comisión la solicitud presentada por el Plantel CONALEP Celaya, y que
hace referencia al oficio 2133/2015-DCP, informa que las unidades que cumplen con
las características para ser aprovechadas como material didáctico para la formación
práctica de los estudiantes que cursan la Carrera de Autotrófica en Conalep plantel
Celaya. Ahora bien, se le hace del conocimiento que los tres vehículos de desuso que
están disponibles en la Dirección de Control Patrimonial con número de inventario
1036, 1039 y 868, dichos bienes serán utilizados dentro del Plantel Educativo como
material de práctica para los estudiantes de la carrera de Autotronica, vehículos que
se describen a continuación: Camioneta Chevrolet Silverado modelo 2007 con número
de inventario 1036, Camioneta Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario
1039, Camioneta Chevrolet Pick Up 2004 con número de inventario 868, Documentos
que se anexan al presente dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra
se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 76 fracción
IV inciso j) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y articulo
30 segundo párrafo del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio
Municipal de Celaya, Gto., ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se desafectan del
dominio público, los bienes muebles 3 tres vehículos automotores en desuso, que se
describen a continuación: Camioneta Chevrolet Silverado modelo 2007 con número
de inventario 1036; Camioneta Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario
1039; Camioneta Chevrolet Pick Up 2004 con número de inventario 868; SEGUNDO.-
Se otorga en donación los bienes muebles 3 tres vehículos automotores en desuso, a
favor del CONALEP Plantel Celaya, que se describen a continuación: Camioneta
Chevrolet Silverado modelo 2007 con número de inventario 1036; Camioneta
Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario 1039; Camioneta Chevrolet Pick
Up 2004 con número de inventario 868; Lo anterior con el objeto único y
exclusivamente como material didáctico de la carrera de Autotronica. TERCERO.- Se
instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite correspondiente para la baja y
entrega de los bienes muebles (Vehículos Automotrices) mencionados en el resolutivo
primero, sin hacer entrega de la documentación original solamente en copia.
CUARTO.- El bien donado será única y exclusivamente para llevar a cabo las
prácticas de los alumnos en la especialidad de Autotronica de la Escuela, en caso
contrario será revertido a favor del municipio en las condiciones en que se
encuentren. QUINTO.- Se instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento, realice las
publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que de
cumplimiento al artículo 128 fracción IV del La Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato; SEPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para
su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de
noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena
Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del
Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====
DICTAMEN HDA-013/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la
Dirección de Fiscalización llevar a cabo la donación de la mercancía decomisada, a
favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.
CONSIDERANDO.- Con fundamento en lo establecido por los artículos 11 y 16 del
Reglamento de Mercados y Vendedores Ambulantes, para el Municipio de Celaya,
Estado de Guanajuato; los cuales dentro de las prohibiciones a los comerciantes,
precisan la instalación de puestos fijos, semi-fijos y de ambulantes frente a: edificios
de los planteles educativos ó que constituyan fuente de trabajo, sean oficiales ó
particulares; a templos religiosos; a las puertas que dan acceso a los mercados
públicos; a una distancia menor de diez metros de las puertas de pulquerías, cantinas
y demás centros de servicios; igualmente tratándose de puestos en que se expendan
fritangas y similares; en los camellones y vías públicas; en los prados y en parques
públicos; así como en el primer cuadro de la ciudad y en todo el Boulevard Adolfo
López Mateos; con excepción de los expresamente autorizados. Atendiendo a la
existencia del Reglamento del Bando Municipal de Buen Gobierno, para el Municipio
de Celaya, Guanajuato, que en sus artículos 3, 86, 91 y 93, señalan que las
Autoridades Municipales tienen competencia plena sobre el territorio del Municipio de
Celaya, así como en su organización política, administrativa y servicios públicos de
carácter municipal; además el Ayuntamiento en todo tiempo está facultado para
ordenar el control, la inspección y fiscalización de la actividad comercial que realizan
los particulares; de ahí se desprende el concepto de infracción que es toda acción u
omisión que contravenga las disposiciones contenidas en el Reglamento citado, en
otros Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas que emita el
Ayuntamiento en ejercicio de su actividad, y las infracciones serán sancionadas entre
otras acciones con el decomiso de mercancía; como es el caso de los particulares que
tengan establecimientos de servicio público y que utilicen la vía pública ó lugares no
autorizados para realizar su actividad comercial ó mercantil. En ese sentido el
Reglamento para el Funcionamiento de los Establecimientos Comerciales y de
Servicios, en el Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato en sus artículos 2
Fracción X, 72, y 79, define a los establecimientos como todos aquellos lugares en
donde habitualmente se realizan actividades señaladas dentro del Reglamento citado;
y menciona los supuestos en los cuales la Autoridad Municipal procederá al secuestro
provisional de bienes y mercancías en un establecimiento comercial y de servicios.
Los bienes secuestrados quedarán a disposición de la Dirección de Fiscalización, para
que el propietario de la misma, acredite dentro de los siguientes 30 días hábiles, la
propiedad de dichos bienes, vencido el plazo sin que hubiere sido recuperada la
mercancía por su propietario, podrá ser rematada en los términos de la Ley de
Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y el producto que se obtenga
de la misma se destinará al DIF Municipal. Con fecha 09 de Octubre de 1998, en la
Vigésima Primera Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, mediante el Dictamen GOB-
121/998, según consta en el Acta 29/98, se aprobó el uso y destino de la mercancía
decomisada a los infractores del Reglamento de Bando Municipal de Buen Gobierno,
motivados por la necesidad de solucionar la problemática que presenta la situación de
los espacios con que cuenta la Dirección de Fiscalización y el riesgo de deterioro ó
pérdida de los artículos decomisados; tratándose de mercancías no perecederas, se
acordó realizar la clasificación correspondiente de las mismas, a fin de que con base
al cuadro de necesidades se presenten las instituciones de carácter social que
resulten beneficiadas con el suministro de tales artículos, se establezca un adecuado
mecanismo de distribución, derivada de la necesidad de que dicho procedimiento se
llevará acabo sistemáticamente una vez transcurrido el término de 30 días naturales
siguientes a la fecha en que el decomiso se llevó a cabo, periodo del cual gozarán
quienes acrediten el derecho para reclamar la mercancía, con el fin de que acudan
ante las dependencias municipales correspondientes, a cubrir tanto el importe de la
infracción como al reclamo de la mercancía. Que mediante Oficio D.F/2397/2015 de
fecha 06 de noviembre del 2015, suscrito por el Director de Fiscalización, solicita el
valioso apoyo a fin de que sea autorizado llevar a cabo la donación de la mercancía
existente bajo nuestro resguardo a la Institución del DIF Municipal, de acuerdo al
Dictamen emitido por la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal con
número GOB-121/1998; dicha Institución está facultada para recibir donación, sin
presentarse persona alguna para el reclamo correspondiente y/o pago de la
infracción; para lo cual anexo encontrará la relación de los artículos procedentes para
tal fin; como ANEXO. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como
si a la letra se insertaren. Por lo que en mérito de lo antes expuesto, y con
fundamento en lo establecido en el artículo 53 fracción IX, del Reglamento de
Administración para el Municipio de Celaya, Gto., así como en el artículo 81 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de
Fiscalización, donar a favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de
Celaya, Gto., (DIF), la mercancía decomisada descrita en el ANEXO al presente
Dictamen en el oficio D.F/2397/2015 de fecha 06 de noviembre del 2015.
SEGUNDO.- Se instruye a la Contraloría Municipal levante el Acta correspondiente
de la entrega de la mercancía en donación al Sistema para el Desarrollo Integral de la
Familia del Municipio de Celaya, Gto. (DIF), y dar el seguimiento correspondiente; lo
anterior con fundamento por el artículo 11 fracción XVII de la Ley de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de
Guanajuato y sus Municipios. TERCERO.- Se instruye al DIF municipal entregue un
informe a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, de la entrega de la
donación que le hace a favor de los beneficiarios. CUARTO.- Se instruye al Secretario
del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para
su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 24 de
agosto del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano,
Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del
Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====
DICTAMEN HDA-014/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. J. PASCUAL
MALDONADO MARTINEZ. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el
Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los
derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento
Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de
Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento
de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia
Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.
050/2015 de fecha 29 de octubre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho
de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,
mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C J. PASCUAL
MALDONADO MARTINEZ, quien actualmente desempeña el puesto de Policía Nivel
1 en la Dirección de Policía Municipal. En virtud de que la persona referida tiene a la
fecha una antigüedad de 24 años de servicios ininterrumpidos y 60 años de edad, es
de otorgase la pensión por el equivalente al 70% de su salario toda vez que cubrió
los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo
11. Su pensión mensual asciende a un monto de $6,601.35 (Seis mil seiscientos un
pesos 35/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen
por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con
fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar una
Pensión por vejez al C. J. PASCUAL MALDONADO MARTINEZ, por el equivalente
al 70% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún
otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la
Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al
C. J. PASCUAL MALDONADO MARTINEZ, en la catorcena inmediata siguiente a la
notificación de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la
Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo
128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015.
Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del
Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo
que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- ==================
DICTAMEN HDA-015/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. JUAN
ARANDA MENDOZA. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el
Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los
derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento
Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de
Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento
de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia
Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.
054/2015 de fecha 03 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho
de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,
mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C JUAN ARANDA
MENDOZA, quien actualmente desempeña el puesto de Chofer Nivel 3 en Aseo
Público de la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida
tiene a la fecha una antigüedad de 28 años de servicios ininterrumpidos y 62 años de
edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al 90% de su salario toda vez que
cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su
artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto de $4,476.50 (Cuatro mil
cuatrocientos setenta y seis pesos 50/100 m.n.). Documentos que se anexan al
presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por
lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza
otorgar una Pensión por vejez al C. JUAN ARANDA MENDOZA, por el equivalente
al 90% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún
otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la
Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al
C. JUAN ARANDA MENDOZA, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación
de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción
IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase
a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura
del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede
a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por
Unanimidad de los presentes.- ================================
DICTAMEN HDA-016/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. J. JESUS
GALLEGOS RODRIGUEZ. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el
Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los
derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento
Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de
Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento
de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia
Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.
055/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho
de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,
mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C J. JESUS
GALLEGOS RODRIGUEZ, quien actualmente desempeña el puesto de Encargado B
Nivel 4 en la Coordinación Administrativa de Desarrollo Social. En virtud de que la
persona referida tiene a la fecha una antigüedad de 25 años de servicios
ininterrumpidos y 60 años de edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al
75% de su salario toda vez que cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de
Pensiones y Jubilaciones en su artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto
de $5,945.19 (Cinco mil novecientos cuarenta y cinco pesos 19/100 m.n.).
Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como
si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81
de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:
RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar una Pensión por vejez al C. J. JESUS
GALLEGOS RODRIGUEZ, por el equivalente al 75% de su salario mensual. Mismo
que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen. SEGUNDO.- Se
instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de Personal, efectúe la
baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. J. JESUS GALLEGOS
RODRIGUEZ, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la aprobación
del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a
que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura
del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede
a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por
Unanimidad de los presentes.- ================================
DICTAMEN HDA-017/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. CAMILO
TELLEZ MARCIAL. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento
garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les
reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de
Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya,
Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de
Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia
Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.
056/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho
de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,
mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C CAMILO TELLEZ
MARCIAL, quien actualmente desempeña el puesto de Ayudante Nivel 5 en Aseo
Publico de la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida
tiene a la fecha una antigüedad de 19 años de servicios ininterrumpidos y 62 años de
edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al 50% de su salario toda vez que
cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su
artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto de $2,238.23 (Dos mil
doscientos treinta y ocho pesos 23/100 m.n.). Documentos que se anexan al
presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por
lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza
otorgar una Pensión por vejez al C. CAMILO TELLEZ MARCIAL, por el equivalente
al 50% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún
otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la
Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al
C. CAMILO TELLEZ MARCIAL, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación
de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción
IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase
a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura
del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede
a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por
Unanimidad de los presentes.- ================================
DICTAMEN HDA-018/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación por años de
servicios del C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA. CONSIDERANDO.- Que la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135
fracción VIII, que el Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales,
el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos
jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la
Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al
Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones y concede el gozo de las mismas a
los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta
Comisión recibió el Oficio Dir. Per. 057/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015,
suscrito por el Encargado de Despacho de la Dirección de Personal y el Asesor
Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de
jubilación por años de servicios del C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA, quien
actualmente desempeña el puesto de Velador Nivel 4 en Aseo Publico de la Dirección
de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha una
antigüedad de 30 años de servicios ininterrumpidos y 55 años de edad, es de
otorgase la pensión por el equivalente al 100% de su salario toda vez que cubrió los
requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 10.
Por lo que se solicita poner a consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión
de cabildos para su aprobación. Su pensión mensual asciende a un monto de
$4,476.46 (Cuatro mil cuatrocientos setenta y seis pesos 46/100 m.n.). Documentos
que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra
se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se autoriza otorgar una Pensión de Jubilación por años de servicios al C.
AGUSTIN PÉREZ MANCERA, por el equivalente al 100% de su sueldo mensual.
Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen. SEGUNDO.- Se
instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de Personal, efectúe la
baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA,
en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la aprobación del presente
Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé
cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del
Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.-
Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José
Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación
del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los
presentes.- =============================================
DICTAMEN HDA-019/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial
bienes muebles asignados a la Dirección de Servicios Municipales.
CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la
Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los
Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio
conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que
tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio
Municipal. Mediante Oficio: 2414/2015-DCP de fecha 26 de octubre del 2015, suscrito
por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
pública, la baja por finiquito de los siguientes artículos: ==================
Clave Articulo Valor Resguardante
1237-5490-00011-
L ROTOMARTILLO
$1,794.
58
RICARDO PAUL
MORIN CAMPA
1237-5490-00010-
I TORNILLO DE BANCO $644.81
RICARDO PAUL
MORIN CAMPA
Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por el Director General de Servicios
Municipales, mediante los oficios DGSM/0139/2015. Documentos que se tienen por
anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anterior y en virtud
de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron descontados vía nomina al
responsable del resguardo, además de que se cumplen con los criterios de baja de
los bienes muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja
de los mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76
fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para
aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el
artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.-
Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, los
siguientes artículos: =======================================
Clave Articulo Valor Resguardante
1237-5490-00011-
L ROTOMARTILLO
$1,794.
58
RICARDO PAUL
MORIN CAMPA
1237-5490-00010-
I TORNILLO DE BANCO $644.81
RICARDO PAUL
MORIN CAMPA
Todos los bienes muebles descritos asignados a la Dirección de Servicios Municipales.
SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites
correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del
registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye
al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen
conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del
H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 09 de
noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena
Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del
Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====
DICTAMEN HDA-020/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial
bienes muebles asignados a la Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.-
Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del
Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de
personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada
Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el
emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Mediante Oficio:
2411/2015-DCP de fecha 26 de octubre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal,
solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta pública, la baja por finiquito
del siguiente artículo: ======================
Clave Articulo Valor Resguardante
1214-0801-
00318-H ARCHIVERO $2,256.07
MA. HILDA ROCIO ORTIZ
MIRANDA
Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por el Director General de Policía
Municipal, mediante los oficio 0450/DAPM/2015. Documentos que se tienen por
anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anterior y en virtud
de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron descontados vía nomina al
responsable del resguardo, además de que se cumplen con los criterios de baja de
los bienes muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja
de los mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76
fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para
aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el
artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad
Municipal, los siguientes artículos: ==============================
Clave Articulo Valor Resguardante
1214-0801-
00318-H ARCHIVERO $2,256.07
MA. HILDA ROCIO ORTIZ
MIRANDA
SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites
correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del
registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye
al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen
conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del
H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 09 de
noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena
Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del
Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====
DICTAMEN HDA-021/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la
reasignación de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias de la
Administración Pública Municipal. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el
artículo 115 fracción IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los
estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de
Guanajuato y el artículo 69 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos
que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien éste
autorice conforme a la Ley. Que conforme a lo establecido por la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición de
realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 201 establece que
ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo
autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido
por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el
Estado y los Municipios de Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver
toda propuesta de creación y modificación de sus respectivos presupuestos. Que
mediante Oficio número PCP/T/031/2015 y PCP/T/032/2015 de fecha 06 y 11 de
noviembre del 2015 respectivamente, suscrito por la Tesorera Municipal, el cual envía
los formatos de reasignación de recursos de las diferentes Dependencias que integran
la Administración Municipal, con el propósito de someterlos para su aprobación de la
Comisión y posterior autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: =========
DEPENDENCIA: Ingresos FECHA: 03/11/2015
TITULAR: C.P. Maribel López Martínez
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0703 O0074 2111 11501
Materiales y
útiles de oficina $8,000.00
31111-
0703 O0074 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$8,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $8,000.00 $8,000.00
JUSTIFICACIÓN: Compra de sellos para el área de cajas de la nueva
Administración.
DEPENDENCIA: Oficialía Mayor FECHA: 05/11/2015
TITULAR: Lic. Francisco Israel Montellano Rueda
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0606 E0292 5151
61502
Computadoras y
equipo periférico $13,108.00
31111-
0606 E0292 5911
61502 Software $9,744.00
31111-
0606 E0292 5111
61502
Muebles de
oficina y
estantería
$3,364.00
31111- E0292 5111 Muebles de $5,046.00
0606 11501 oficina y
estantería
31111-
0606 E0292 5151
11501
Computadoras y
equipo periférico $5,046.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,154.0
0 $18,154.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a lo establecido en el ADENDUM
CONV/DGSG/004/2015, celebrado con Gobierno del Estado y el Municipio en el
marco del Programa MAS.
DEPENDENCIA: Impuestos Inmobiliarios y Catastro FECHA: 04/11/2015
TITULAR: Lic. Germán Diez de Bonilla Hernández
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0704 E0075 3511 11501
Conservación y
mantenimiento
de inmuebles
$3,000.00
31111-
0704 E0075 3391 11501
Servicios
profesionales,
científicos y
técnicos
integrales
$500.00
31111-
0704 E0075 3961 11501
Otros gastos por
responsabilidade
s
$3,500.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,300.00 $1,300.00
JUSTIFICACIÓN: Fumigación del área de digitalización; Cubrir honorarios por
servicios profesionales de la Dirección;
DEPENDENCIA: Desarrollo Urbano FECHA: 06/11/2015
TITULAR: Arq. L. Gustavo Báez Vega
Código Presupuestario
CeGe Progra Partid Fuente Nombre de la Aumento Reducción
ma a Financiamien
to
partida
31111-
1001 E0097 2161 11501
Material de
limpieza $5,000.00
31111-
1001 E0097 3321 11501
Servicios de
diseño,
arquitectura,
ingeniería y
actividades
relacionadas
$5,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para material de limpieza de baños y oficina de la
Dependencia.
DEPENDENCIA: Tesorería FECHA: 03/11/2015
TITULAR: C.P.C. y M.F. Ma. Lourdes Herrera Rodríguez
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0709 O0087 3391 11501
Servicios
profesionales,
científicos y
técnicos
integrales
$38,666.6
7
31111-
0701 O0071 2491 11501
Materiales
diversos $6,000.00
31111-
0701 O0071 3331 11501
Servicios de
consultoría
administrativa
$44,666.67
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $44,666.6
7 $44,666.67
JUSTIFICACIÓN: Pago de avalúos del Programa de venta y chatarra de autos.
Proyecto de energías renovables
DEPENDENCIA: Policía FECHA: 05/11/2015
TITULAR: José Fernando Adrián Ruíz
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
1201 E0118 2491 11501
Materiales
diversos $6,000.00
31111-
1201 O0117 3391 11501
Servicios
profesionales,
científicos y
técnicos
integrales
$11,000.00
31111-
1201 O0117 3852 11501
Gastos de las
oficinas de
servidores
públicos
superiores y
mandos medios
$17,000.0
0
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $17,000.0
0 $17,000.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a gastos menores de la dirección.
DEPENDENCIA: Desarrollo Económico FECHA: 05/11/2015
TITULAR: Lic. David Alfonso Orozco Pérez
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0201 K0002 2612 11501
Combustibles,
lubricantes y
aditivos para
vehículos
terrestres,
asignados a
servidores
públicos
$3,000.00
31111-
0201 K0002 3551 11501
Mantenimiento y
conservación de
vehículos
terrestres
$7,000.00
31111-
0201 K0002 3831 11501
Congresos y
convenciones $10,000.00
31111-
0201 K0002 4331 11501
Subsidios para
inversión $8,217.00
31111-
0201 K0002 2212 11501
Productos
alimenticios
para el personal
en las
instalaciones de
las
dependencias y
entidades
$8,217.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,217.0
0 $18,217.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para combustible y mantenimiento de vehículos; Dar
solvencia a la partida de alimentos para la atención de posibles inversionistas.
DEPENDENCIA: Contraloría FECHA: 03/11/2015
TITULAR: C.P. José Luis Nájera Arredondo
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0801 O0090 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$6,500.00
31111-
0801 O0090 3852 11501
Gastos de las
oficinas de
servidores
públicos
superiores y
mandos medios
$6,500.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $6,500.00 $6,500.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para caja chica de Nov a Dic 2015
DEPENDENCIA: Juzgado Administrativo Municipal FECHA: 04/11/2015
TITULAR: Lic. Francisco Figueroa Caso
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0505 E0052 5151 11501
Computadoras y
equipo periférico $3,900.00
31111-
0505 E0052 2612 11501
Combustibles,
lubricantes y
aditivos para
vehículos
terrestres
asignados a
servidores
públicos
$3,900.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,900.00 $3,900.00
JUSTIFICACIÓN: Cubrir combustible del vehículo asignado a Juzgado
Administrativo Municipal.
DEPENDENCIA: Impuestos Inmobiliarios y Catastro FECHA: 09/11/2015
TITULAR: Lic. Germán Diez de Bonilla Hernández
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0704 E0075 3571 11501
Instalación,
reparación y
mantenimiento
de maquinaria,
otros equipos y
herramienta
$3,000.00
31111-
0704 E0075 3611 11501
Difusión e
información de
mensajes y
actividades
gubernamentale
s
$3,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00
JUSTIFICACIÓN: Mantenimiento al aire acondicionado de la Dirección.
DEPENDENCIA: Fiscalización FECHA: 09/11/2015
TITULAR: Lic. Ignacio Lomeli Alejandre
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0707 E0080 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$1,930.98
31111-
0707 E0081 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$5,034.26
31111-
0707 E0082 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$2,822.72
31111-
0707 E0083 3391 11501
Servicios
profesionales,
científicos y
técnicos
integrales
$15,325.45
31111-
0707 E0082 2121 11501
Materiales y
útiles de
impresión y
reproducción
$5,000.00
31111-
0707 E0080 2112 11501
Equipos
menores de
oficina
$2,400.00
31111-
0707 E0083 5651 11501
Equipo de
comunicación y
telecomunicació
n
$32,513.4
1
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $32,513.4
1 $32,513.41
JUSTIFICACIÓN: Compra de un repetidor, ya que el actual se descompuso y no
tiene reparación, y es de suma importación ya que es el medio de comunicación
con los inspectores.
DEPENDENCIA: Tesorería FECHA: 09/11/2015
TITULAR: C.P.C. y M.F. Ma. Lourdes Herrera Rodríguez
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0701 O0071 2212 11501
Productos
alimenticios
para el personal
en las
instalaciones de
las
dependencias y
entidades
$3,000.00
31111-
0701 O0071 3331 11501
Servicios de
consultoría
administrativa
$3,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00
JUSTIFICACIÓN: Compra de alimentos y bebidas para capacitaciones de directores
y enlaces.
DEPENDENCIA: Policía FECHA: 09/11/2015
TITULAR: José Fernando Adrián Ruíz
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
Nombre de la
partida Aumento Reducción
to
31111-
1201 E0116 2531 11501
Medicinas y
productos
farmacéuticos
$1,000.00
31111-
1201 E0116 3961 11501
Otros gastos por
responsabilidade
s
$2,000.00
31111-
1201 O0117 3751 11501
Viáticos
nacionales para
servidores
públicos en el
desempeño de
funciones
oficiales
$3,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a viáticos para personal comisionado al curso en Cd.
de Puebla.
DEPENDENCIA: Movilidad y transporte público FECHA: 08/11/2015
TITULAR: Lic. Carlos Alberto Ruíz León
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0510 P0286 3141 51509
Servicio
telefonía
tradicional
$30,000.0
0
31111-
0510 P0287 2531 51509
Medicinas y
productos
farmacéuticos
$30,000.00
31111-
0510 P0285 2461 51509
Material
eléctrico y
electrónico
$6,000.00
31111-
0510 P0285 2491 51509
Materiales
diversos $6,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $36,000.0
0 $36,000.00
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para adquisición de línea telefónica para la Dirección;
Acondicionar las instalaciones de la Dirección.
DEPENDENCIA: Sistemas FECHA: 09/11/2015
TITULAR: L.I. Rubén Covarrubias Rivas
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0708 O0084 5651 51509
Equipo de
comunicación y
telecomunicació
n
$20,000.0
0
31111-
0708 O0084 5151 51509
Computadoras y
equipo periférico
$15,000.0
0
31111-
0708 O0085 5691 51509 Otros equipos $35,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $35,000.0
0 $35,000.00
JUSTIFICACIÓN: Compra de 7 antenas inalámbricas para la red del edificio
central; 1 laptop para pruebas y configuración de otros equipos.
DEPENDENCIA: Servicios Municipales FECHA: 09/11/2015
TITULAR: Arq. Jesús Manuel Hernández Arias
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
1101 E0111 3581 11501
Servicios de
limpieza y
manejo de
desechos
$2,204.00
31111- E0111 3571 11501 Instalación, $2,204.00
1101 reparación y
mantenimiento
de maquinaria,
otros equipos y
herramienta
31111-
1101 E0109 3581 11501
Servicios de
limpieza y
manejo de
desechos
$2,000.00
31111-
1101 E0109 3571 11501
Instalación,
reparación y
mantenimiento
de maquinaria,
otros equipos y
herramienta
$2,000.00
31111-
1101 E0104 2161 11501
Material de
limpieza $1,000.00
31111-
1101 E0104 3852 11501
Gastos de las
oficinas de
servidores
públicos
superiores y
mandos medios
$740.00
31111-
1101 E0104 3611 11501
Difusión e
información de
mensajes y
actividades
gubernamentale
s
$1,740.00
31111-
1101 E0106 2491 11501
Materiales
diversos $5,000.00
31111-
1101 E0106 2311 11501
Productos
alimenticios,
agropecuarios y
forestales
$5,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $10,944.0 $10,944.00
0
JUSTIFICACIÓN: Renta de sanitarios portátiles debido a que demolieron los baños
del personal por obra en parque morelos; Renta de sanitarios con motivo de
festividades del 12 aniversario del panteón norte; Cubrir necesidades de material
de limpieza y reposiciones de caja chica.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores FECHA: 10/11/2015
TITULAR: Lic. Montserrat Vázquez Acevedo
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0138 O0001 2111 11501
Materiales y
útiles de oficina $1,572.81
31111-
0138 O0001 3852 11501
Gastos de las
oficinas de
servidores
públicos
superiores y
mandos medios
$1,572.81
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,572.81 $1,572.81
JUSTIFICACIÓN: Compra de papelería de la Regiduría.
DEPENDENCIA: INFOPOL FECHA: 06/11/2015
TITULAR: Teniente Coronel Adelaido Botello Ramírez
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0507 R0057 3511 11501
Conservación y
mantenimiento
de inmuebles
$1,500.00
31111-
0507 R0057 3591 11501
Servicios de
jardinería y
fumigación
$3,500.00
31111-
0507 R0057 3571 11501
Instalación,
reparación y
mantenimiento
de maquinaria,
otros equipos y
herramienta
$5,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00
JUSTIFICACIÓN: Contar con recursos para mantenimiento al inmueble con pintura
y reparaciones varias y pago de fumigación del Infopol.
DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento FECHA: 06/11/2015
TITULAR: Lic. José Ramón Yerena Cano
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0501 E0297 2491 11501
Materiales
diversos $30,000.00
31111-
0501 E0297 2421 11501
Materiales de
construcción de
concreto
$30,000.0
0
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $30,000.0
0 $30,000.00
JUSTIFICACIÓN: Mantenimiento de las Delegaciones Municipales.
DEPENDENCIA: SISMACC FECHA: 10/11/2015
TITULAR: Ing. Juan Gerardo Cazares Patiño
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31120-
8401 U0127 4151 11501
Transferencias
para servicios
personales
$54,353.50
31120- U0127 4153 11501 Transferencias $54,353.5
8401 para servicios
básicos
0
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $54,353.5
0 $54,353.50
JUSTIFICACIÓN: Cubrir con las obligaciones para el resto del año.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores FECHA: 11/11/2015
TITULAR: C.P. Blanca Elena González Zavala
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0143 O0001 2212 11501
Productos
alimenticios
para el personal
en las
instalaciones de
las
dependencias y
entidades
$5,000.00
31111-
0143 O0001 3751 11501
Viáticos
nacionales para
servidores
públicos en el
desempeño de
funciones
oficiales
$2,600.00
31111-
0143 O0001 3852 11501
Gastos de las
oficinas de
servidores
públicos
superiores y
mandos medios
$7,000.00
31111-
0143 O0001 4411 11501
Gastos
relacionados con
actividades
$14,600.0
0
culturales,
deportivas y de
ayuda
extraordinaria
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $14,600.0
0 $14,600.00
JUSTIFICACIÓN: Cubrir las necesidades de esta regiduría.
DEPENDENCIA: Dirección Jurídica FECHA: 11/11/2015
TITULAR: Lic. José Ignacio Ramírez Valenzuela
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0502 E0046 3361 11501
Impresiones de
documentos
oficiales
$20,000.0
0
31111-
0502 E0046 3391 11501
Servicios
profesionales,
científicos y
técnicos
integrales
$121,939.
53
31111-
0502 E0046 3751 11501
Viáticos
nacionales para
servidores
públicos en el
desempeño de
funciones
oficiales
$5,000.00
31111-
0502 E0046 2111 11501
Materiales y
útiles de oficina $5,000.00
31111-
0502 E0046 3551 11501
Mantenimiento y
conservación de
vehículos
terrestres,
aéreos,
$20,000.0
0
marítimos,
lacustres y
fluviales
31111-
0502 E0046 3111 11501
Servicio de
energía eléctrica $4,500.00
31111-
0502 E0046 5811 11501 Terrenos
$176,439.5
3
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $176,439.
53
$176,439.5
3
JUSTIFICACIÓN: Cubrir los servicios necesarios para cerrar el presente ejercicio
fiscal.
DEPENDENCIA: Oficialía Mayor FECHA: 05/11/2015
TITULAR: Lic. Francisco Israel Montellano Rueda
Código Presupuestario
CeGe Progra
ma
Partid
a
Fuente
Financiamien
to
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0101 O0036 1132 51509
Sueldos de
Confianza
5,000.00
31111-
0101 O0036 1321
51509 Prima
Vacacional
52,000.00
31111-
0101 O0036 1323
51509 Gratificación de
fin de año
6,000.00
31111-
0101 O0036 1413
51509 Aportaciones
IMSS
40,000.00
31111-
0101 O0036 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0101 O0036 1431
51509 Ahorro para el
retiro
10,000.00
31111-
0101 O0036 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,000.00
31111-
0101 O0036 1592
51509 Otras
prestaciones
15,000.00
31111-
0101 O0037 1131
51509 Sueldos Base
10,000.00
31111-
0101 O0037 1132
51509 Sueldos de
Confianza
35,000.00
31111-
0101 O0037
1321
51509 Prima
Vacacional
40,000.00
31111-
0101 O0037 1323
51509 Gratificación de
fin de año
22,000.00
31111-
0101 O0037 1413
51509 Aportaciones
IMSS
6,000.00
31111-
0101 O0037 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
8,000.00
31111-
0101 O0037 1431
51509 Ahorro para el
retiro
8,000.00
31111-
0101 O0037 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0101 O0037 1531
51509 Prestaciones de
retiro
4,000.00
31111-
0101 O0037
1541
51509 Prestaciones
CGT
2,000.00
31111-
0101 O0037
1592
51509 Otras
prestaciones
19,000.00
31111-
0101 O0038
1131
51509
Sueldos Base
12,000.00
31111-
0101 O0038
1132
51509 Sueldos de
Confianza
23,000.00
31111-
0101 O0038
1321
51509 Prima
Vacacional
7,000.00
31111-
0101 O0038 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111-
0101 O0038 1413
51509 Aportaciones
IMSS
4,000.00
31111-
0101 O0038 1421
51509 Aportaciones
NFONAVIT
1,500.00
31111-
0101 O0038 1431
51509 Ahorro para el
retiro
1,500.00
31111-
0101 O0038
1541
51509 Prestaciones
CGT
2,500.00
31111-
0101 O0038
1592
51509 Otras
prestaciones
1,500.00
31111-
0102 O0001 1131
51509 Sueldos Base
23,000.00
31111-
0102 O0001
1132
51509 Sueldos de
Confianza
310,000.0
0
31111-
0102 O0001 1321
51509 Prima
Vacacional
14,000.00
31111-
0102 O0001 1323
51509 Gratificación de
fin de año
40,000.00
31111-
0102 O0001
1413
51509
Aportaciones
IMSS
100,000.0
0
31111-
0102 O0001 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
3,000.00
31111-
0102 O0001 1431
51509 Ahorro para el
retiro
1,000.00
31111-
0102 O0001 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
12,000.00
31111-
0102 O0001 1541
51509 Prestaciones
CGT
45,000.00
31111-
0102 O0001
1592
51509 Otras
prestaciones
37,000.00
31111-
0201 K0002 1132
51509 Sueldos de
Confianza
110,000.00
31111-
0201 K0002
1321
51509 Prima
Vacacional
40,000.00
31111-
0201 K0002 1323
51509 Gratificación de
fin de año
2,000.00
31111-
0201 K0002 1413
51509 Aportaciones
IMSS
10,000.00
31111-
0201 K0002 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
8,000.00
31111-
0201 K0002 1431
51509 Ahorro para el
retiro
15,000.00
31111-
0201 K0002 1592
51509 Otras
prestaciones
4,500.00
31111-
0201 K0003 1132
51509 Sueldos de
Confianza
58,000.00
31111-
0201 K0003 1321
51509 Prima
Vacacional
18,000.00
31111-
0201 K0003 1413
51509 Aportaciones
IMSS
8,000.00
31111-
0201 K0003 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,000.00
31111-
0201 K0003 1431
51509 Ahorro para el
retiro
1,800.00
31111-
0201 K0003
1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
500.00
31111-
0201 K0003
1541
51509 Prestaciones
CGT
500.00
31111-
0201 K0003 1592
51509 Otras
prestaciones
3,500.00
31111-
0301 O0005 1131
51509 Sueldos Base
20,000.00
31111-
0301 O0005 1132
51509 Sueldos de
Confianza
260,000.0
0
31111-
0301 O0005
1321
51509 Prima
Vacacional
25,000.00
31111-
0301 O0005
1323
51509 Gratificación de
fin de año
20,000.00
31111-
0301 O0005 1413
51509 Aportaciones
IMSS
15,000.00
31111-
0301 O0005 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
20,000.00
31111-
0301 O0005 1431
51509 Ahorro para el
retiro
10,000.00
31111-
0301 O0005 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
0301 O0005 1541
51509 Prestaciones
CGT
10,000.00
31111-
0301 O0005 1592
51509 Otras
prestaciones
31,000.00
31111-
0302 E0008 1131
51509 Sueldos Base
1,000.00
31111-
0302 E0008
1132
51509 Sueldos de
Confianza
40,000.00
31111-
0302 E0008
1321
51509 Prima
Vacacional
19,000.00
31111-
0302 E0008 1323
51509 Gratificación de
fin de año
1,500.00
31111-
0302 E0008 1413
51509 Aportaciones
IMSS
6,000.00
31111-
0302 E0008 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
1,300.00
31111-
0302 E0008 1431
51509 Ahorro para el
retiro
2,800.00
31111-
0302 E0008 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
4,000.00
31111-
0302 E0008 1541
51509 Prestaciones
CGT
38,000.00
31111-
0302 E0008 1592
51509 Otras
prestaciones
60,000.00
31111-
0303 E0016
1131
51509
Sueldos Base
25,000.00
31111-
0303 E0016
1132
51509 Sueldos de
Confianza
9,000.00
31111-
0303 E0016
1321
51509 Prima
Vacacional
30,000.00
31111-
0303 E0016 1323
51509 Gratificación de
fin de año
55,000.00
31111-
0303 E0016 1413
51509 Aportaciones
IMSS
4,000.00
31111-
0303 E0016 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
32,000.00
31111-
0303 E0016 1431
51509 Ahorro para el
retiro
31,000.00
31111-
0303 E0016 1541
51509 Prestaciones
CGT
38,000.00
31111-
0303 E0016
1592
51509 Otras
prestaciones
15,000.00
31111-
0303 O0015 1131
51509 Sueldos Base
18,000.00
31111-
0303 O0015
1132
51509 Sueldos de
Confianza
115,000.0
0
31111-
0303 O0015 1321
51509 Prima
Vacacional
23,000.00
31111- O0015 1323 51509 Gratificación de
0303 fin de año 43,000.00
31111-
0303 O0015
1413
51509 Aportaciones
IMSS
40,000.00
31111-
0303 O0015 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
20,000.00
31111-
0303 O0015 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,500.00
31111-
0303 O0015 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
6,500.00
31111-
0303 O0015 1541
51509 Prestaciones
CGT
25,000.00
31111-
0303 O0015 1592
51509 Otras
prestaciones
15,000.00
31111-
0304 E0017 1131
51509 Sueldos Base
80,000.00
31111-
0304 E0017 1132
51509 Sueldos de
Confianza
39,000.00
31111-
0304 E0017
1321
51509 Prima
Vacacional
14,000.00
31111-
0304 E0017 1323
51509 Gratificación de
fin de año
20,000.00
31111-
0304 E0017 1413
51509 Aportaciones
IMSS
25,000.00
31111-
0304 E0017 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
11,000.00
31111-
0304 E0017 1431
51509 Ahorro para el
retiro
11,000.00
31111-
0304 E0017 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0304 E0017 1541
51509 Prestaciones
CGT
12,000.00
31111-
0304 E0017 1592
51509 Otras
prestaciones
30,000.00
31111- E0018 1131 51509 Sueldos Base
0304 60,000.00
31111-
0304 E0018 1132
51509 Sueldos de
Confianza
33,000.00
31111-
0304 E0018 1321
51509 Prima
Vacacional
21,000.00
31111-
0304 E0018 1323
51509 Gratificación de
fin de año
15,000.00
31111-
0304 E0018 1413
51509 Aportaciones
IMSS
11,000.00
31111-
0304 E0018 1431
51509 Ahorro para el
retiro
500.00
31111-
0304 E0018 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,000.00
31111-
0304 E0018 1541
51509 Prestaciones
CGT
19,000.00
31111-
0304 E0018 1592
51509 Otras
prestaciones
27,000.00
31111-
0305 O0020 1131
51509 Sueldos Base
13,000.00
31111-
0305 O0020
1132
51509 Sueldos de
Confianza
25,000.00
31111-
0305 O0020 1321
51509 Prima
Vacacional
26,500.00
31111-
0305 O0020 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111-
0305 O0020 1413
51509 Aportaciones
IMSS
10,000.00
31111-
0305 O0020 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
5,000.00
31111-
0305 O0020 1431
51509 Ahorro para el
retiro
5,000.00
31111-
0305 O0020
1541
51509 Prestaciones
CGT
5,000.00
31111- O0020 1592 51509 Otras
0305 prestaciones 20,000.00
31111-
0306 O0033 1131
51509 Sueldos Base
116,090.00
31111-
0306 O0033 1132
51509 Sueldos de
Confianza
42,000.00
31111-
0306 O0033 1321
51509 Prima
Vacacional
8,000.00
31111-
0306 O0033 1323
51509 Gratificación de
fin de año
63,000.00
31111-
0306 O0033 1413
51509 Aportaciones
IMSS
66,000.00
31111-
0306 O0033 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
19,000.00
31111-
0306 O0033 1431
51509 Ahorro para el
retiro
20,000.00
31111-
0306 O0033 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
0306 O0033 1541
51509 Prestaciones
CGT
43,000.00
31111-
0306 O0033
1592
51509
Otras
prestaciones
60,000.00
31111-
0306 R0034 1131
51509 Sueldos Base
17,000.00
31111-
0306 R0034 1132
51509 Sueldos de
Confianza
58,894.50
31111-
0306 R0034 1321
51509 Prima
Vacacional
28,000.00
31111-
0306 R0034 1323
51509 Gratificación de
fin de año
106,000.00
31111-
0306 R0034 1413
51509 Aportaciones
IMSS
120,000.00
31111-
0306 R0034 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
60,000.00
31111- R0034 1431 51509 Ahorro para el
0306 retiro 60,000.00
31111-
0306 R0034 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
18,000.00
31111-
0306 R0034 1541
51509 Prestaciones
CGT
5,000.00
31111-
0306 R0034
1592
51509 Otras
prestaciones
9,000.00
31111-
0307 O0035
1131
51509
Sueldos Base
50,000.00
31111-
0307 O0035
1132
51509 Sueldos de
Confianza
18,000.00
31111-
0307 O0035
1321
51509 Prima
Vacacional
13,000.00
31111-
0307 O0035
1323
51509 Gratificación de
fin de año
4,000.00
31111-
0307 O0035 1413
51509 Aportaciones
IMSS
25,000.00
31111-
0307 O0035 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
4,000.00
31111-
0307 O0035 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,000.00
31111-
0307 O0035 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
3,500.00
31111-
0307 O0035 1541
51509 Prestaciones
CGT
15,000.00
31111-
0307 O0035 1592
51509 Otras
prestaciones
28,000.00
31111-
0401 F0040 1131
51509 Sueldos Base
13,000.00
31111-
0401 F0040 1132
51509 Sueldos de
Confianza
133,000.0
0
31111-
0401 F0040 1321
51509 Prima
Vacacional
37,000.00
31111-
0401 F0040
1413
51509 Aportaciones
IMSS
43,000.00
31111-
0401 F0040 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,000.00
31111-
0401 F0040 1431
51509 Ahorro para el
retiro
1,000.00
31111-
0401 F0040 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
500.00
31111-
0401 F0040
1541
51509 Prestaciones
CGT
3,000.00
31111-
0401 F0040
1592
51509 Otras
prestaciones
12,000.00
31111-
0402 F0041 1131
51509 Sueldos Base
10,000.00
31111-
0402 F0041 1132
51509 Sueldos de
Confianza
45,000.00
31111-
0402 F0041 1321
51509 Prima
Vacacional
16,000.00
31111-
0402 F0041 1323
51509 Gratificación de
fin de año
8,000.00
31111-
0402 F0041
1413
51509 Aportaciones
IMSS
17,500.00
31111-
0402 F0041 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
3,800.00
31111-
0402 F0041 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0402 F0041 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111- F0041 1592 51509 Otras
0402 prestaciones 10,000.00
31111-
0501 E0044 1413
51509 Aportaciones
IMSS
10,000.00
31111-
0501 E0044 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
4,000.00
31111-
0501 E0044 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,500.00
31111-
0501 E0045 1131
51509 Sueldos Base
28,000.00
31111-
0501 E0045 1321
51509 Prima
Vacacional
6,000.00
31111-
0501 E0045 1413
51509 Aportaciones
IMSS
3,000.00
31111-
0501 E0045 1431
51509 Ahorro para el
retiro
500.00
31111-
0501 E0045 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
200.00
31111-
0501 E0045 1541
51509 Prestaciones
CGT
3,500.00
31111-
0501 E0045 1592
51509 Otras
prestaciones
500.00
31111-
0501 E0159 1131
51509 Sueldos Base
8,000.00
31111-
0501 E0159
1132
51509 Sueldos de
Confianza
13,000.00
31111-
0501 E0159 1321
51509 Prima
Vacacional
10,000.00
31111-
0501 E0159 1413
51509 Aportaciones
IMSS
5,000.00
31111-
0501 E0159 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
400.00
31111-
0501 E0159 1541
51509 Prestaciones
CGT
600.00
31111-
0501 E0159 1592
51509 Otras
prestaciones
3,500.00
31111-
0501 P0042 1131
51509 Sueldos Base
1,500.00
31111-
0501 P0042
1132
51509 Sueldos de
Confianza
64,000.00
31111-
0501 P0042
1321
51509 Prima
Vacacional
10,000.00
31111-
0501 P0042 1323
51509 Gratificación de
fin de año
1,500.00
31111-
0501 P0042 1413
51509 Aportaciones
IMSS
4,000.00
31111-
0501 P0042 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
38,000.00
31111-
0501 P0042 1431
51509 Ahorro para el
retiro
40,000.00
31111-
0501 P0042 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0501 P0042 1541
51509 Prestaciones
CGT
5,000.00
31111-
0501 P0042
1592
51509 Otras
prestaciones
1,000.00
31111-
0501 R0043 1131
51509 Sueldos Base
50,000.00
31111-
0501 R0043
1132
51509 Sueldos de
Confianza
103,000.0
0
31111-
0501 R0043
1321
51509 Prima
Vacacional
23,000.00
31111-
0501 R0043
1323
51509 Gratificación de
fin de año
17,000.00
31111-
0501 R0043 1413
51509 Aportaciones
IMSS
8,500.00
31111-
0501 R0043 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
18,000.00
31111-
0501 R0043 1431
51509 Ahorro para el
retiro
18,000.00
31111-
0501 R0043 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,500.00
31111-
0501 R0043 1541
51509 Prestaciones
CGT
33,500.00
31111-
0501 R0043
1592
51509 Otras
prestaciones
3,000.00
31111-
0502 E0046
1131
51509 Sueldos Base
5,000.00
31111-
0502 E0046
1132
51509 Sueldos de
Confianza
150,000.00
31111-
0502 E0046
1321
51509 Prima
Vacacional
14,000.00
31111-
0502 E0046 1323
51509 Gratificación de
fin de año
38,000.00
31111-
0502 E0046 1413
51509 Aportaciones
IMSS
10,000.00
31111-
0502 E0046 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
35,000.00
31111-
0502 E0046 1431
51509 Ahorro para el
retiro
38,000.00
31111-
0502 E0046 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
3,000.00
31111-
0502 E0046 1541
51509 Prestaciones
CGT
3,000.00
31111-
0502 E0046 1592
51509 Otras
prestaciones
42,000.00
31111- E0048 1131 51509 Sueldos Base
0503 55,000.00
31111-
0503 E0048
1132
51509 Sueldos de
Confianza
50,000.00
31111-
0503 E0048
1321
51509 Prima
Vacacional
45,000.00
31111-
0503 E0048
1323
51509 Gratificación de
fin de año
2,000.00
31111-
0503 E0048
1413
51509 Aportaciones
IMSS
600.00
31111-
0503 E0048
1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
3,500.00
31111-
0503 E0048 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,000.00
31111-
0503 E0048 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
100.00
31111-
0503 E0048 1541
51509 Prestaciones
CGT
14,000.00
31111-
0503 E0048 1592
51509 Otras
prestaciones
1,000.00
31111-
0504 E0050
1132
51509 Sueldos de
Confianza
165,000.0
0
31111-
0504 E0050 1321
51509 Prima
Vacacional
20,000.00
31111-
0504 E0050 1323
51509 Gratificación de
fin de año
7,000.00
31111-
0504 E0050 1431
51509 Ahorro para el
retiro
8,000.00
31111-
0504 E0050 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
8,000.00
31111-
0504 E0050 1541
51509 Prestaciones
CGT
10,000.00
31111-
0504 E0050 1592
51509 Otras
prestaciones
40,000.00
31111-
0505 E0052 1131
51509
Sueldos Base
7,000.00
31111-
0505 E0052 1132
51509 Sueldos de
Confianza
38,000.00
31111-
0505 E0052 1321
51509 Prima
Vacacional
28,000.00
31111-
0505 E0052 1413
51509 Aportaciones
IMSS
12,000.00
31111-
0505 E0052 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
6,000.00
31111-
0505 E0052 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0505 E0052 1541
51509 Prestaciones
CGT
1,000.00
31111-
0506 E0054 1131
51509
Sueldos Base
25,000.00
31111-
0506 E0054 1132
51509 Sueldos de
Confianza
65,000.00
31111-
0506 E0054 1321
51509 Prima
Vacacional
20,000.00
31111-
0506 E0054 1323
51509 Gratificación de
fin de año
50,000.00
31111-
0506 E0054 1413
51509 Aportaciones
IMSS
64,000.00
31111-
0506 E0054 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
45,000.00
31111-
0506 E0054 1431
51509 Ahorro para el
retiro
48,000.00
31111-
0506 E0054 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111- E0054 1541 51509 Prestaciones
0506 CGT -
31111-
0506 E0054 1592
51509 Otras
prestaciones
85,000.00
31111-
0506 E0055 1132
51509
Sueldos de
Confianza
165,000.0
0
31111-
0506 E0055 1321
51509 Prima
Vacacional
15,000.00
31111-
0506 E0055 1323
51509 Gratificación de
fin de año
50,000.00
31111-
0506 E0055 1413
51509 Aportaciones
IMSS
55,000.00
31111-
0506 E0055 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
125,000.00
31111-
0506 E0055 1431
51509 Ahorro para el
retiro
125,000.00
31111-
0506 E0055 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
20,000.00
31111-
0506 E0055 1541
51509 Prestaciones
CGT
15,000.00
31111-
0506 E0055 1592
51509 Otras
prestaciones
213,000.00
31111-
0506 E0055 1593
51509
DESPENSAS
85,000.00
31111-
0506 E0056 1131
51509
Sueldos Base
45,000.00
31111-
0506 E0056 1132
51509 Sueldos de
Confianza
60,000.00
31111-
0506 E0056 1321
51509 Prima
Vacacional
60,000.00
31111-
0506 E0056 1323
51509 Gratificación de
fin de año
34,000.00
31111-
0506 E0056 1413
51509 Aportaciones
IMSS
50,000.00
31111-
0506 E0056 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
30,000.00
31111-
0506 E0056 1431
51509 Ahorro para el
retiro
30,000.00
31111-
0506 E0056 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,000.00
31111-
0506 E0056 1541
51509 Prestaciones
CGT
30,000.00
31111-
0506 E0056 1592
51509 Otras
prestaciones
45,000.00
31111-
0507 R0057 1132
51509 Sueldos de
Confianza
140,000.00
31111-
0507 R0057 1323
51509 Gratificación de
fin de año
50,000.00
31111-
0507 R0057 1413
51509 Aportaciones
IMSS
27,500.00
31111-
0507 R0057 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
25,000.00
31111-
0507 R0057 1431
51509 Ahorro para el
retiro
65,000.00
31111-
0507 R0057 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
500.00
31111-
0507 R0057 1541
51509 Prestaciones
CGT
28,000.00
31111-
0507 R0057 1592
51509 Otras
prestaciones
170,000.00
31111-
0508 O0058 1132
51509
Sueldos de
Confianza
115,000.0
0
31111-
0508 O0058 1321
51509 Prima
Vacacional
18,000.00
31111-
0508 O0058 1323
51509 Gratificación de
fin de año
3,000.00
31111-
0508 O0058 1413
51509 Aportaciones
IMSS
25,000.00
31111-
0508 O0058 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111- O0058 1431 51509 Ahorro para el
0508 retiro 10,000.00
31111-
0508 O0058 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
0508 O0058 1592
51509 Otras
prestaciones
30,000.00
31111-
0508 O0059 1131
51509
Sueldos Base
2,500.00
31111-
0508 O0059 1132
51509 Sueldos de
Confianza
4,500.00
31111-
0508 O0059 1321
51509 Prima
Vacacional
8,500.00
31111-
0508 O0059 1413
51509 Aportaciones
IMSS
3,500.00
31111-
0508 O0059 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
500.00
31111-
0508 O0059 1541
51509 Prestaciones
CGT
2,500.00
31111-
0508 O0059 1592
51509 Otras
prestaciones
500.00
31111-
0510 P0285 1413
51509 Aportaciones
IMSS
9,234.32
31111-
0510 P0286 1413
51509 Aportaciones
IMSS
24,766.56
31111-
0510 P0287 1132
51509 Sueldos de
Confianza
30,000.00
31111-
0510 P0287 1321
51509 Prima
Vacacional
30,000.00
31111-
0510 P0287 1323
51509 Gratificación de
fin de año
25,000.00
31111-
0510 P0287 1413
51509 Aportaciones
IMSS
220,000.00
31111-
0510 P0287 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0510 P0287 1431
51509 Ahorro para el
retiro
10,500.00
31111- P0287 1511 51509 Cuotas fondo
0510 ahorro 9,500.00
31111-
0510 P0287 1541
51509 Prestaciones
CGT
8,000.00
31111-
0510 P0287 1592
51509 Otras
prestaciones
70,000.00
31111-
0601 O0060 1131
51509
Sueldos Base
25,000.00
31111-
0601 O0060 1132
51509 Sueldos de
Confianza
188,000.00
31111-
0601 O0060 1321
51509 Prima
Vacacional
20,000.00
31111-
0601 O0060 1323
51509 Gratificación de
fin de año
30,000.00
31111-
0601 O0060 1413
51509 Aportaciones
IMSS
6,000.00
31111-
0601 O0060 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
30,000.00
31111-
0601 O0060 1431
51509 Ahorro para el
retiro
28,000.00
31111-
0601 O0060 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
8,000.00
31111-
0601 O0060 1541
51509 Prestaciones
CGT
65,000.00
31111-
0601 O0060 1592
51509 Otras
prestaciones
35,000.00
31111-
0602 O0062 1131
51509
Sueldos Base
40,000.00
31111-
0602 O0062 1132
51509 Sueldos de
Confianza
30,000.00
31111-
0602 O0062 1321
51509 Prima
Vacacional
55,000.00
31111-
0602 O0062 1323
51509 Gratificación de
fin de año
52,000.00
31111-
0602 O0062 1413
51509 Aportaciones
IMSS
15,000.00
31111- O0062 1421 51509 Aportaciones
0602 INFONAVIT 17,000.00
31111-
0602 O0062 1431
51509 Ahorro para el
retiro
10,000.00
31111-
0602 O0062 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
10,000.00
31111-
0602 O0062 1541
51509 Prestaciones
CGT
80,000.00
31111-
0602 O0062 1592
51509 Otras
prestaciones
17,000.00
31111-
0603 O0063 1131
51509
Sueldos Base
100,000.00
31111-
0603 O0063 1132
51509 Sueldos de
Confianza
179,000.00
31111-
0603 O0063 1321
51509 Prima
Vacacional
60,000.00
31111-
0603 O0063 1323
51509 Gratificación de
fin de año
85,000.00
31111-
0603 O0063 1413
51509 Aportaciones
IMSS
50,000.00
31111-
0603 O0063 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
45,000.00
31111-
0603 O0063 1431
51509 Ahorro para el
retiro
48,000.00
31111-
0603 O0063 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
0603 O0063 1541
51509 Prestaciones
CGT
24,500.00
31111-
0603 O0063 1592
51509 Otras
prestaciones
60,000.00
31111-
0605 O0069 1132
51509 Sueldos de
Confianza
50,000.00
31111-
0605 O0069 1321
51509 Prima
Vacacional
15,000.00
31111-
0605 O0069 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111- O0069 1413 51509 Aportaciones
0605 IMSS 18,000.00
31111-
0605 O0069 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
7,000.00
31111-
0605 O0069 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0605 O0069 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
3,000.00
31111-
0605 O0069 1592
51509 Otras
prestaciones
21,000.00
31111-
0606 O0070 1131
51509
Sueldos Base
4,000.00
31111-
0606 O0070 1132
51509
Sueldos de
Confianza
175,000.0
0
31111-
0606 O0070 1321
51509 Prima
Vacacional
25,000.00
31111-
0606 O0070 1323
51509 Gratificación de
fin de año
2,000.00
31111-
0606 O0070 1413
51509 Aportaciones
IMSS
2,500.00
31111-
0606 O0070 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
4,000.00
31111-
0606 O0070 1431
51509 Ahorro para el
retiro
4,000.00
31111-
0606 O0070 1541
51509 Prestaciones
CGT
500.00
31111-
0701 O0071 1131
51509
Sueldos Base
20,000.00
31111-
0701 O0071 1132
51509
Sueldos de
Confianza
125,000.0
0
31111-
0701 O0071 1321
51509 Prima
Vacacional
60,000.00
31111-
0701 O0071 1323
51509 Gratificación de
fin de año
18,000.00
31111- O0071 1413 51509 Aportaciones
0701 IMSS 18,000.00
31111-
0701 O0071 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
6,000.00
31111-
0701 O0071 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0701 O0071 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0701 O0071 1541
51509 Prestaciones
CGT
6,000.00
31111-
0701 O0071 1592
51509 Otras
prestaciones
8,000.00
31111-
0702 M0073 1131
51509
Sueldos Base
75,000.00
31111-
0702 M0073 1132
51509 Sueldos de
Confianza
75,000.00
31111-
0702 M0073 1321
51509 Prima
Vacacional
35,000.00
31111-
0702 M0073 1323
51509 Gratificación de
fin de año
40,000.00
31111-
0702 M0073 1413
51509 Aportaciones
IMSS
35,000.00
31111-
0702 M0073 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0702 M0073 1431
51509 Ahorro para el
retiro
15,000.00
31111-
0702 M0073 1541
51509 Prestaciones
CGT
2,500.00
31111-
0702 M0073 1592
51509 Otras
prestaciones
13,000.00
31111-
0703 O0074 1131
51509
Sueldos Base
55,000.00
31111-
0703 O0074 1132
51509 Sueldos de
Confianza
40,000.00
31111-
0703 O0074 1321
51509 Prima
Vacacional
25,000.00
31111- O0074 1323 51509 Gratificación de
0703 fin de año 3,000.00
31111-
0703 O0074 1413
51509 Aportaciones
IMSS
25,000.00
31111-
0703 O0074 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0703 O0074 1431
51509 Ahorro para el
retiro
17,000.00
31111-
0703 O0074 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,500.00
31111-
0703 O0074 1541
51509 Prestaciones
CGT
55,000.00
31111-
0703 O0074 1592
51509 Otras
prestaciones
35,000.00
31111-
0703 O0267 1131
51509
Sueldos Base
45,000.00
31111-
0703 O0267 1132
51509 Sueldos de
Confianza
25,000.00
31111-
0703 O0267 1321
51509 Prima
Vacacional
34,000.00
31111-
0703 O0267 1323
51509 Gratificación de
fin de año
25,000.00
31111-
0703 O0267 1413
51509 Aportaciones
IMSS
44,000.00
31111-
0703 O0267 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
6,000.00
31111-
0703 O0267 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0703 O0267 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
6,500.00
31111-
0703 O0267 1541
51509 Prestaciones
CGT
25,000.00
31111-
0703 O0267 1592
51509 Otras
prestaciones
55,000.00
31111-
0704 E0075 1131
51509
Sueldos Base
2,000.00
31111- E0075 1132 51509 Sueldos de
0704 Confianza 5,000.00
31111-
0704 E0075 1321
51509 Prima
Vacacional
35,000.00
31111-
0704 E0075 1323
51509 Gratificación de
fin de año
28,000.00
31111-
0704 E0075 1331
51509 Remun Horas
extra
-
31111-
0704 E0075 1413
51509 Aportaciones
IMSS
38,000.00
31111-
0704 E0075 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
28,000.00
31111-
0704 E0075 1431
51509 Ahorro para el
retiro
42,000.00
31111-
0704 E0075 1592
51509 Otras
prestaciones
25,000.00
31111-
0705 O0076 1131
51509
Sueldos Base
39,000.00
31111-
0705 O0076 1132
51509 Sueldos de
Confianza
68,000.00
31111-
0705 O0076 1321
51509 Prima
Vacacional
50,000.00
31111-
0705 O0076 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111-
0705 O0076 1413
51509 Aportaciones
IMSS
32,000.00
31111-
0705 O0076 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
-
31111-
0705 O0076 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,000.00
31111-
0705 O0076 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0705 O0076 1541
51509 Prestaciones
CGT
30,000.00
31111-
0705 O0076 1592
51509 Otras
prestaciones
3,500.00
31111- O0078 1131 51509 Sueldos Base
0706 8,500.00
31111-
0706 O0078 1132
51509 Sueldos de
Confianza
2,000.00
31111-
0706 O0078 1321
51509 Prima
Vacacional
22,000.00
31111-
0706 O0078 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0706 O0078 1541
51509 Prestaciones
CGT
4,000.00
31111-
0706 O0078 1592
51509 Otras
prestaciones
6,000.00
31111-
0707 E0080 1131
51509
Sueldos Base
21,000.00
31111-
0707 E0080 1132
51509
Sueldos de
Confianza
165,000.0
0
31111-
0707 E0080 1321
51509 Prima
Vacacional
24,000.00
31111-
0707 E0080 1323
51509 Gratificación de
fin de año
12,000.00
31111-
0707 E0080 1413
51509 Aportaciones
IMSS
1,000.00
31111-
0707 E0080 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
4,000.00
31111-
0707 E0080 1431
51509 Ahorro para el
retiro
4,000.00
31111-
0707 E0080 1592
51509 Otras
prestaciones
20,000.00
31111-
0707 E0081 1132
51509 Sueldos de
Confianza
10,000.00
31111-
0707 E0081 1321
51509 Prima
Vacacional
10,000.00
31111-
0707 E0081 1323
51509 Gratificación de
fin de año
14,000.00
31111-
0707 E0081 1413
51509 Aportaciones
IMSS
23,000.00
31111-
0707 E0081 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
4,000.00
31111-
0707 E0081 1431
51509 Ahorro para el
retiro
4,000.00
31111-
0707 E0081 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0707 E0081 1541
51509 Prestaciones
CGT
2,000.00
31111-
0707 E0081 1592
51509 Otras
prestaciones
30,000.00
31111-
0707 E0082 1132
51509 Sueldos de
Confianza
140,116.22
31111-
0707 E0082 1321
51509 Prima
Vacacional
25,000.00
31111-
0707 E0082 1323
51509 Gratificación de
fin de año
7,000.00
31111-
0707 E0082 1413
51509 Aportaciones
IMSS
1,000.00
31111-
0707 E0082 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,000.00
31111-
0707 E0082 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,000.00
31111-
0707 E0082 1592
51509 Otras
prestaciones
15,000.00
31111-
0707 E0083 1131
51509
Sueldos Base
1,500.00
31111-
0707 E0083 1132
51509 Sueldos de
Confianza 20000
-
31111-
0707 E0083 1321
51509 Prima
Vacacional
66,000.00
31111-
0707 E0083 1323
51509 Gratificación de
fin de año
1,000.00
31111-
0707 E0083 1413
51509 Aportaciones
IMSS
29,000.00
31111-
0707 E0083 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,000.00
31111-
0707 E0083 1541
51509 Prestaciones
CGT
400.00
31111-
0707 E0083 1592
51509 Otras
prestaciones
500.00
31111-
0708 O0084 1131
51509
Sueldos Base
42,000.00
31111-
0708 O0084 1132
51509 Sueldos de
Confianza
40,000.00
31111-
0708 O0084 1321
51509 Prima
Vacacional
35,000.00
31111-
0708 O0084 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111-
0708 O0084 1413
51509 Aportaciones
IMSS
24,000.00
31111-
0708 O0084 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
13,000.00
31111-
0708 O0084 1431
51509 Ahorro para el
retiro
14,000.00
31111-
0708 O0084 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0708 O0084 1592
51509 Otras
prestaciones
30,000.00
31111-
0708 O0085 1131
51509
Sueldos Base
30,000.00
31111-
0708 O0085 1132
51509
Sueldos de
Confianza
142,000.0
0
31111-
0708 O0085 1321
51509 Prima
Vacacional
20,000.00
31111-
0708 O0085 1323
51509 Gratificación de
fin de año
26,000.00
31111-
0708 O0085 1413
51509 Aportaciones
IMSS
25,000.00
31111-
0708 O0085 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,500.00
31111- O0085 1431 51509 Ahorro para el
0708 retiro 2,500.00
31111-
0708 O0085 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
0708 O0085 1541
51509 Prestaciones
CGT
1,000.00
31111-
0708 O0085 1592
51509 Otras
prestaciones
48,000.00
31111-
0709 O0086 1131
51509
Sueldos Base
57,000.00
31111-
0709 O0086 1132
51509 Sueldos de
Confianza
15,000.00
31111-
0709 O0086 1321
51509 Prima
Vacacional
27,000.00
31111-
0709 O0086 1323
51509 Gratificación de
fin de año
4,000.00
31111-
0709 O0086 1413
51509 Aportaciones
IMSS
18,000.00
31111-
0709 O0086 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
3,000.00
31111-
0709 O0086 1431
51509 Ahorro para el
retiro
3,000.00
31111-
0709 O0086 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
500.00
31111-
0709 O0086 1541
51509 Prestaciones
CGT
18,000.00
31111-
0709 O0086 1592
51509 Otras
prestaciones
9,000.00
31111-
0709 O0087 1131
51509
Sueldos Base
40,000.00
31111-
0709 O0087 1132
51509 Sueldos de
Confianza
73,000.00
31111-
0709 O0087 1321
51509 Prima
Vacacional
35,000.00
31111-
0709 O0087 1323
51509 Gratificación de
fin de año
2,000.00
31111- O0087 1413 51509 Aportaciones
0709 IMSS 10,000.00
31111-
0709 O0087 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
6,000.00
31111-
0709 O0087 1431
51509 Ahorro para el
retiro
6,000.00
31111-
0709 O0087 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
900.00
31111-
0709 O0087 1541
51509 Prestaciones
CGT
200.00
31111-
0709 O0087 1592
51509 Otras
prestaciones
15,000.00
31111-
0801 O0090 1132
51509 Sueldos de
Confianza
600.00
31111-
0801 O0090 1321
51509 Prima
Vacacional
58,000.00
31111-
0801 O0090 1323
51509 Gratificación de
fin de año 10000
31111-
0801 O0090 1413
51509 Aportaciones
IMSS
40,000.00
31111-
0801 O0090 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
-
1,000.00
31111-
0801 O0090 1431
51509 Ahorro para el
retiro
1,000.00
31111-
0801 O0091 1132
51509
Sueldos de
Confianza
140,000.0
0
31111-
0801 O0091 1321
51509 Prima
Vacacional
90,000.00
31111-
0801 O0091 1323
51509 Gratificación de
fin de año
54,000.00
31111-
0801 O0091 1413
51509 Aportaciones
IMSS
40,000.00
31111-
0801 O0091 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
23,000.00
31111-
0801 O0091 1431
51509 Ahorro para el
retiro
28,000.00
31111-
0801 O0091 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
4,500.00
31111-
0801 O0091 1541
51509 Prestaciones
CGT
1,000.00
31111-
0801 O0091 1592
51509 Otras
prestaciones
34,000.00
31111-
0801 O0092 1132
51509 Sueldos de
Confianza
2,500.00
31111-
0801 O0092 1321
51509 Prima
Vacacional
31,000.00
31111-
0801 O0092 1323
51509 Gratificación de
fin de año
67,000.00
31111-
0801 O0092 1413
51509 Aportaciones
IMSS
4,000.00
31111-
0801 O0092 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0801 O0092 1431
51509 Ahorro para el
retiro
11,000.00
31111-
0901 E0095 1131
51509
Sueldos Base
70,000.00
31111-
0901 E0095 1132
51509 Sueldos de
Confianza
125,000.00
31111-
0901 E0095 1321
51509 Prima
Vacacional
18,000.00
31111-
0901 E0095 1323
51509 Gratificación de
fin de año
7,500.00
31111-
0901 E0095 1413
51509 Aportaciones
IMSS
28,500.00
31111-
0901 E0095 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
17,800.00
31111-
0901 E0095 1431
51509 Ahorro para el
retiro
30,000.00
31111-
0901 E0095 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,500.00
31111-
0901 E0095 1541
51509 Prestaciones
CGT
35,000.00
31111-
0901 E0095 1592
51509 Otras
prestaciones
18,000.00
31111-
0901 O0093 1131
51509
Sueldos Base
32,000.00
31111-
0901 O0093 1132
51509 Sueldos de
Confianza
61,000.00
31111-
0901 O0093 1321
51509 Prima
Vacacional
17,000.00
31111-
0901 O0093 1323
51509 Gratificación de
fin de año
8,500.00
31111-
0901 O0093 1413
51509 Aportaciones
IMSS
15,000.00
31111-
0901 O0093 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
20,000.00
31111-
0901 O0093 1431
51509 Ahorro para el
retiro
34,000.00
31111-
0901 O0093 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,500.00
31111-
0901 O0093 1541
51509 Prestaciones
CGT
25,000.00
31111-
0901 O0093 1592
51509 Otras
prestaciones
17,500.00
31111-
0901 O0094 1131
51509
Sueldos Base
55,000.00
31111-
0901 O0094 1132
51509 Sueldos de
Confianza
90,000.00
31111-
0901 O0094 1321
51509 Prima
Vacacional
13,000.00
31111-
0901 O0094 1323
51509 Gratificación de
fin de año
15,000.00
31111-
0901 O0094 1331
51509 Remun Horas
extra
-
31111-
0901 O0094 1413
51509 Aportaciones
IMSS
6,000.00
31111-
0901 O0094 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
0901 O0094 1431
51509 Ahorro para el
retiro
17,000.00
31111-
0901 O0094 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,000.00
31111-
0901 O0094 1541
51509 Prestaciones
CGT
4,000.00
31111-
0901 O0094 1592
51509 Otras
prestaciones
19,000.00
31111-
1001 E0097 1131
51509
Sueldos Base
20,000.00
31111-
1001 E0097 1132
51509 Sueldos de
Confianza
60,000.00
31111-
1001 E0097 1321
51509 Prima
Vacacional
32,000.00
31111-
1001 E0097 1323
51509 Gratificación de
fin de año
1,000.00
31111-
1001 E0097 1413
51509 Aportaciones
IMSS
14,000.00
31111-
1001 E0097 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
2,000.00
31111-
1001 E0097 1431
51509 Ahorro para el
retiro
2,000.00
31111-
1001 E0097 1541
51509 Prestaciones
CGT
10,000.00
31111-
1001 E0098 1131
51509
Sueldos Base
70,000.00
31111-
1001 E0098 1132
51509 Sueldos de
Confianza
13,000.00
31111-
1001 E0098 1321
51509 Prima
Vacacional
38,000.00
31111-
1001 E0098 1323
51509 Gratificación de
fin de año
28,000.00
31111-
1001 E0098 1413
51509 Aportaciones
IMSS
27,000.00
31111-
1001 E0098 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
1001 E0098 1431
51509 Ahorro para el
retiro
12,000.00
31111-
1001 E0098 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,000.00
31111-
1001 E0098 1541
51509 Prestaciones
CGT
29,000.00
31111-
1001 E0098 1592
51509 Otras
prestaciones
24,500.00
31111-
1001 E0101 1131
51509
Sueldos Base
60,000.00
31111-
1001 E0101 1132
51509 Sueldos de
Confianza
175,000.00
31111-
1001 E0101 1321
51509 Prima
Vacacional
46,000.00
31111-
1001 E0101 1323
51509 Gratificación de
fin de año
15,000.00
31111-
1001 E0101 1413
51509 Aportaciones
IMSS
1,000.00
31111-
1001 E0101 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
25,000.00
31111-
1001 E0101 1431
51509 Ahorro para el
retiro
30,000.00
31111-
1001 E0101 1541
51509 Prestaciones
CGT
3,000.00
31111-
1001 E0101 1592
51509 Otras
prestaciones
9,000.00
31111-
1101 E0104 1131
51509
Sueldos Base
30,000.00
31111-
1101 E0104 1132
51509 Sueldos de
Confianza
125,000.00
31111-
1101 E0104 1321
51509 Prima
Vacacional
50,000.00
31111-
1101 E0104 1323
51509 Gratificación de
fin de año
7,000.00
31111-
1101 E0104 1331
51509 Remun Horas
extra
40,000.00
31111-
1101 E0104 1413
51509 Aportaciones
IMSS
16,000.00
31111-
1101 E0104 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
7,000.00
31111-
1101 E0104 1431
51509 Ahorro para el
retiro
13,000.00
31111-
1101 E0104 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
9,000.00
31111-
1101 E0104 1541
51509 Prestaciones
CGT
39,000.00
31111-
1101 E0104 1591
51509 Asign Adic
sueldo
30,000.00
-
31111-
1101 E0104 1592
51509 Otras
prestaciones
23,000.00
31111-
1101 E0106 1131
51509
Sueldos Base
65,000.00
31111-
1101 E0106 1132
51509 Sueldos de
Confianza
10,000.00
31111-
1101 E0106 1321
51509 Prima
Vacacional
34,000.00
31111-
1101 E0106 1323
51509 Gratificación de
fin de año
10,000.00
31111-
1101 E0106 1413
51509 Aportaciones
IMSS
100,000.00
31111-
1101 E0106 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
80,000.00
31111-
1101 E0106 1431
51509 Ahorro para el
retiro
65,000.00
31111-
1101 E0106 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
6,000.00
31111-
1101 E0106 1541
51509 Prestaciones
CGT
73,000.00
31111-
1101 E0106 1592
51509 Otras
prestaciones
60,000.00
31111-
1101 E0107 1131
51509
Sueldos Base
55,000.00
31111-
1101 E0107 1132
51509 Sueldos de
Confianza
269,000.00
31111-
1101 E0107 1321
51509 Prima
Vacacional
65,000.00
31111-
1101 E0107 1323
51509 Gratificación de
fin de año
35,000.00
31111-
1101 E0107 1413
51509 Aportaciones
IMSS
13,000.00
31111-
1101 E0107 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
1,500.00
31111-
1101 E0107 1431
51509 Ahorro para el
retiro
9,000.00
31111-
1101 E0107 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
2,500.00
31111-
1101 E0107 1541
51509 Prestaciones
CGT
4,000.00
31111-
1101 E0107 1592
51509 Otras
prestaciones
73,000.00
31111-
1101 E0108 1131
51509
Sueldos Base
68,000.00
31111-
1101 E0108 1132
51509 Sueldos de
Confianza
87,000.00
31111-
1101 E0108 1321
51509 Prima
Vacacional
45,000.00
31111-
1101 E0108 1323
51509 Gratificación de
fin de año
7,000.00
31111-
1101 E0108 1413
51509 Aportaciones
IMSS
17,000.00
31111-
1101 E0108 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
7,000.00
31111-
1101 E0108 1431
51509 Ahorro para el
retiro
10,000.00
31111-
1101 E0108 1541
51509 Prestaciones
CGT
23,000.00
31111-
1101 E0108 1592
51509 Otras
prestaciones
13,000.00
31111-
1101 E0109 1131
51509
Sueldos Base
37,000.00
31111-
1101 E0109 1132
51509 Sueldos de
Confianza
82,000.00
31111-
1101 E0109 1321
51509 Prima
Vacacional
55,000.00
31111-
1101 E0109 1323
51509 Gratificación de
fin de año
59,000.00
31111-
1101 E0109 1413
51509 Aportaciones
IMSS
8,000.00
31111-
1101 E0109 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
15,000.00
31111-
1101 E0109 1431
51509 Ahorro para el
retiro
7,000.00
31111-
1101 E0109 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
6,500.00
31111-
1101 E0109 1541
51509 Prestaciones
CGT
72,000.00
31111-
1101 E0109 1592
51509
Otras
prestaciones
125,000.0
0
31111-
1101 E0110 1131
51509
Sueldos Base
26,000.00
31111-
1101 E0110 1132
51509 Sueldos de
Confianza
21,000.00
31111-
1101 E0110 1321
51509 Prima
Vacacional
26,000.00
31111-
1101 E0110 1323
51509 Gratificación de
fin de año
1,600.00
31111-
1101 E0110 1413
51509 Aportaciones
IMSS
13,000.00
31111-
1101 E0110 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
14,000.00
31111-
1101 E0110 1431
51509 Ahorro para el
retiro
16,000.00
31111- E0110 1511 51509 Cuotas fondo
1101 ahorro 800.00
31111-
1101 E0110 1541
51509 Prestaciones
CGT
17,000.00
31111-
1101 E0110 1592
51509 Otras
prestaciones
4,000.00
31111-
1101 E0111 1131
51509
Sueldos Base
80,000.00
31111-
1101 E0111 1132
51509 Sueldos de
Confianza
110,000.00
31111-
1101 E0111 1321
51509 Prima
Vacacional
27,000.00
31111-
1101 E0111 1323
51509 Gratificación de
fin de año
12,000.00
31111-
1101 E0111 1413
51509 Aportaciones
IMSS
15,000.00
31111-
1101 E0111 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
30,000.00
31111-
1101 E0111 1431
51509 Ahorro para el
retiro
30,000.00
31111-
1101 E0111 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
5,000.00
31111-
1101 E0111 1541
51509
Prestaciones
CGT
100,000.0
0
31111-
1101 E0111 1592
51509 Otras
prestaciones
84,000.00
31111-
1101 E0113 1131
51509
Sueldos Base
20,000.00
31111-
1101 E0113 1132
51509 Sueldos de
Confianza
50,000.00
31111-
1101 E0113 1321
51509 Prima
Vacacional
13,000.00
31111-
1101 E0113 1413
51509 Aportaciones
IMSS
3,000.00
31111-
1101 E0113 1421
51509 Aportaciones
NFONAVIT 700.00
31111-
1101 E0113 1431
51509 Ahorro para el
retiro
400.00
31111-
1101 E0113 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
400.00
31111-
1101 E0113 1541
51509 Prestaciones
CGT
8,000.00
31111-
1101 E0113 1592
51509 Otras
prestaciones
9,000.00
31111-
1201 E0116 1413
51509 Aportaciones
IMSS
179,357.39
31111-
1201 E0116 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
723,622.57
31111-
1201 E0116 1431
51509 Ahorro para el
retiro
641,038.04
31111-
1201 E0116 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
-
31111-
1201 E0116 1541
51509 Prestaciones
CGT
182,380.40
31111-
1201 E0116 1593
51509
DESPENSAS
126,000.0
0
31111-
1201 O0117 1131
51509
Sueldos Base
25,000.00
31111-
1201 O0117 1132
51509 Sueldos de
Confianza
130,000.00
31111-
1201 O0117 1323
51509 Gratificación de
fin de año
30,000.00
31111-
1201 O0117 1413
51509 Aportaciones
IMSS
30,000.00
31111-
1201 O0117 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
10,000.00
31111-
1201 O0117 1431
51509 Ahorro para el
retiro
35,000.00
31111-
1201 O0117 1511
51509 Cuotas fondo
ahorro
1,500.00
31111- O0117 1541 51509 Prestaciones
1201 CGT 135,000.0
0
31111-
1201 O0117 1592
51509 Otras
prestaciones
18,000.00
31111-
1401 O0221 1132
51509
Sueldos de
Confianza
206,000.0
0
31111-
1401 O0221 1321
51509 Prima
Vacacional
34,000.00
31111-
1401 O0221 1323
51509 Gratificación de
fin de año
4,000.00
31111-
1401 O0221 1413
51509 Aportaciones
IMSS
18,000.00
31111-
1401 O0221 1421
51509 Aportaciones
INFONAVIT
1,700.00
31111-
1401 O0221 1431
51509 Ahorro para el
retiro
2,900.00
31111-
1401 O0221 1511
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ahorro
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1
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $11,947,1
31.56
$11,947,13
1.56
JUSTIFICACIÓN: Suficiencia presupuestal para Seguridad Social IMSS, RCV e
INFONAVIT (nómina base), provisión de aguinaldo de Octubre para nómina 3era
catorcena y 2da quincena de octubre 2015.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se
aprueban las reasignaciones presupuestales de las diferentes Dependencias de la
Administración Pública Municipal, conforme a los formatos descritos en el Párrafo Cuarto de
los Considerandos y contenidos en el Oficio número PCP/T/030/2015. SEGUNDO.- Se
instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 12 de noviembre del 2015.
Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del
Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo
que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- ==================
PUNTO NÚMERO SEIS.- Aprobación de los Dictámenes de la Comisión de
Gobierno: GOB-001/2015, GOB-002/2015. ==========================
En uso de la voz el Síndico José Fernando Sánchez Méndez, Presidente de la
Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para
que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se
omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,
para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la
propuesta del Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por
lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes. ===============
DICTAMEN GOB-001/2015.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, en relación a la Convocatoria para la integración de las Comisiones
de Trabajo de Educación; Seguridad Pública; Asistencia Social y Salud; Desarrollo
Económico y Comercial; Ecología y Medio Ambiente; Servicios e Infraestructura
básica; Cultura; Deporte y Recreación del Consejo de Planeación para el Desarrollo
Municipal 2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A
N D O.- Que en materia de planeación es atribución del Ayuntamiento la integración
del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, conforme a los artículos 110, 111,
112 y 115 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, que establecen
lo siguiente: “El Ayuntamiento integrará un Consejo de Planeación de Desarrollo
Municipal, que deberá constituirse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la
fecha de su instalación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales son
organismos consultivos, auxiliares de los ayuntamientos en materia de planeación, y
forman parte de la estructura de participación de los sistemas estatal y municipal de
planeación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales se integrarán con
la participación mayoritaria de representantes de la sociedad organizada del
Municipio”. “Los ayuntamientos deberán señalar la forma y los procedimientos para la
integración y funcionamiento del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, en el
reglamento que para el efecto emitan. Asimismo, el reglamento establecerá la forma
y procedimiento para elegir a los representantes del Ayuntamiento y de la sociedad
organizada que se propondrán para integrar el Consejo de Planeación para el
Desarrollo del Estado de Guanajuato”. En virtud de lo anterior, en los artículos 16, 17,
19, incisos a) al h) del artículo 22 y 23 del Reglamento de Planeación para el
Desarrollo Municipal para el Municipio de Celaya, Gto., se señala lo siguiente: “El H.
Ayuntamiento integrará el COPLADEM dentro de los sesenta días naturales siguientes
a la fecha de su instalación, emitiendo una convocatoria para cada una de las
Comisiones de Trabajo, señaladas en el Artículo 22 del presente Ordenamiento, con
excepción de lo dispuesto por el Artículo 18”. “En la convocatoria se señalarán las
bases, fecha, hora y lugar para que se lleve a cabo una asamblea con todos los
registrados a cada una de las Comisiones de Trabajo”. “Para tener derecho de
participar en las demás Comisiones de Trabajo, las organizaciones sociales,
asociaciones civiles, empresariales, cámaras, colegios de profesionistas, clubes de
servicio, patronatos, fundaciones, instituciones educativas y otros organismos
representativos de la sociedad, deberán considerar en sus proponentes el perfil y
conocimientos apropiados y acreditar ante el H. Ayuntamiento, por conducto de la
Dirección General de Desarrollo Social, su constancia por medio de acta constitutiva,
acta de asamblea, nombramientos u otros documentos que el H. Ayuntamiento
determine; de acuerdo a la temática de la Comisión a participar”. “Las Comisiones de
Trabajo serán: a)Educación; b)Seguridad Pública y Protección Civil; c) Salud y
Asistencia Social; d)Desarrollo Económico y Comercial; e) Ecología y Medio
Ambiente; f) Servicios e Infraestructura Básica; g) Cultura; y h)Deporte y
Recreación…” “Las Comisiones de Trabajo estarán integradas por: I. Un mínimo de
diez a un máximo de veinte personas de la sociedad organizada en relación a la
Comisión temática que corresponda; II. El Secretario Ejecutivo y/o representante del
mismo, a través del Coordinador del COPLADEM; III. Los integrantes de la
administración pública municipal y organismos descentralizados, designados por el
Presidente Municipal; y IV. Dos o más representantes del H. Ayuntamiento”. Con
fundamento en lo anterior, en la Segunda Reunión Ordinaria de la Comisión de fecha
04 de noviembre de 2015, se analizaron las bases para la integración de las
Comisiones de Trabajo de Educación; Seguridad Pública; Asistencia Social y Salud;
Desarrollo Económico y Comercial; Ecología y Medio Ambiente; Servicios e
Infraestructura básica; Cultura; Deporte y Recreación del Consejo de Planeación para
el Desarrollo Municipal 2015-2015, y conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.-
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., 2015-2018, emite la Convocatoria
para la integración de las Comisiones de Trabajo de Educación; Seguridad Pública;
Asistencia Social y Salud; Desarrollo Económico y Comercial; Ecología y Medio
Ambiente; Servicios e Infraestructura Básica; Cultura; Deporte y Recreación del
Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal 2015-2018, del Municipio de
Celaya, Guanajuato., conforme al documento que se anexa al presente. SEGUNDO.
Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento publicar la convocatoria del 17 al 27
de noviembre de 2015, debiéndose publicar por 5 días consecutivos en los periódicos
de mayor circulación de la ciudad, y en la página oficial del Municipio durante todo el
periodo referido. TERCERO. La logística del procedimiento contenido en la
Convocatoria, se tiene por anexada y reproducida como si a la letra se insertare, en
el documento anexo al presente dictamen. CUARTO. Sométase a consideración del
Pleno el presente dictamen para su aprobación. QUINTO. Notifíquese para su
cumplimiento al C. Presidente Municipal, Secretario del H. Ayuntamiento, Coordinador
del Consejo de Planeación Municipal, Director de Comunicación. Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 04 de
noviembre de 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena
Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del
Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====
DICTAMEN GOB-002/2015.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, en relación a la Convocatoria para la integración de las Comisiones
de Trabajo Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal
2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.-
Que en materia de planeación es atribución del Ayuntamiento la integración del
Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, conforme a los artículos 110, 111,
112 y 115 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, que establecen
lo siguiente: “El Ayuntamiento integrará un Consejo de Planeación de Desarrollo
Municipal, que deberá constituirse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la
fecha de su instalación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales son
organismos consultivos, auxiliares de los ayuntamientos en materia de planeación, y
forman parte de la estructura de participación de los sistemas estatal y municipal de
planeación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales se integrarán con
la participación mayoritaria de representantes de la sociedad organizada del
Municipio”. “Los ayuntamientos deberán señalar la forma y los procedimientos para la
integración y funcionamiento del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, en el
reglamento que para el efecto emitan. Asimismo, el reglamento establecerá la forma
y procedimiento para elegir a los representantes del Ayuntamiento y de la sociedad
organizada que se propondrán para integrar el Consejo de Planeación para el
Desarrollo del Estado de Guanajuato”. En virtud de lo anterior, en los artículos 16, 17,
18, 19, incisos i) y j) del artículo 22 y 23 del Reglamento de Planeación para el
Desarrollo Municipal para el Municipio de Celaya, Gto., se señala lo siguiente: “El H.
Ayuntamiento integrará el COPLADEM dentro de los sesenta días naturales siguientes
a la fecha de su instalación, emitiendo una convocatoria para cada una de las
Comisiones de Trabajo, señaladas en el Artículo 22 del presente Ordenamiento, con
excepción de lo dispuesto por el Artículo 18. “En la convocatoria se señalarán las
bases, fecha, hora y lugar para que se lleve a cabo una asamblea con todos los
registrados a cada una de las Comisiones de Trabajo”. “Para tener derecho de
participar en las demás Comisiones de Trabajo, las organizaciones sociales,
asociaciones civiles, empresariales, cámaras, colegios de profesionistas, clubes de
servicio, patronatos, fundaciones, instituciones educativas y otros organismos
representativos de la sociedad, deberán considerar en sus proponentes el perfil y
conocimientos apropiados y acreditar ante el H. Ayuntamiento, por conducto de la
Dirección General de Desarrollo Social, su constancia por medio de acta constitutiva,
acta de asamblea, nombramientos u otros documentos que el H. Ayuntamiento
determine; de acuerdo a la temática de la Comisión a participar”. “La elección de la
representación social de las Comisiones de Trabajo Urbana y Rural será
responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Social mediante los siguientes
procesos: a) Se emitirá una convocatoria donde se señale las bases, fecha, hora y
lugar, por cada una de las 4 zonas que se encuentra dividida la zona urbana del
municipio; para que se lleve a cabo asambleas de información y elección de
representantes sociales para integrar la Comisión de Trabajo Urbana; y b) Se emitirá
una convocatoria donde se señale las bases, fecha, hora y lugar, por cada uno de los
4 polos de desarrollo que se encuentra dividida la zona rural del municipio; para que
se lleve a cabo asambleas de información y elección de representantes sociales para
integrar la Comisión de Trabajo Rural. Las representaciones sociales anteriores, se
integrarán hasta el máximo de integrantes permitido en el Articulo 23, Fracción I,
debiendo contar y presentar en tiempo y forma las actas de asamblea que señalen
los nombramientos de conformación correspondientes ante el H. Ayuntamiento”. “Las
Comisiones de Trabajo serán: …i) urbana y j) rural”. “Las Comisiones de Trabajo
estarán integradas por: I. Un mínimo de diez a un máximo de veinte personas de la
sociedad organizada en relación a la Comisión temática que corresponda; II. El
Secretario Ejecutivo y/o representante del mismo, a través del Coordinador del
COPLADEM; III. Los integrantes de la administración pública municipal y organismos
descentralizados, designados por el Presidente Municipal; y IV. Dos o más
representantes del H. Ayuntamiento”. Con fundamento en lo anterior, en la Tercera
Reunión Ordinaria de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, de
fecha 11 de noviembre de 2015, se analizaron las bases para la integración de las
Comisiones Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal
2015-2018, y conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. El H. Ayuntamiento
de Celaya, Gto., 2015-2018, emite la Convocatoria para la integración de las
Comisiones de Trabajo Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo
Municipal 2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato., conforme al documentos
que se anexa al presente. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de
Desarrollo Social a que proceda a integrar las Comisiones de Trabajo Urbana y Rural
conforme a los términos aprobados en las Convocatorias referidas en el resolutivo
anterior, de acuerdo al artículo 18 del Reglamento de Planeación para el Desarrollo
Municipal para el Municipio de Celaya, Gto. TERCERO. Sométase a consideración del
Pleno el presente dictamen para su aprobación. CUARTO. Notifíquese para su
cumplimiento al C. Presidente Municipal y al Director General de Desarrollo Social. Así
lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en
fecha 11 de noviembre de 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José
Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación
del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los
presentes.- =============================================
PUNTO NÚMERO SIETE.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Seguridad,
Transito, Transporte y Protección Civil: STTyPC-003/2015. ===============
En uso de la voz el Regidor, Israel Alejandro Herrera Hernández, Presidente de
la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,
para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se
omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,
para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la
propuesta del Regidor, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por
lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen. =================
DICTAMEN STTYPC-003/2015.- Que emite la Comisión de Seguridad,
Transito, Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal
otorgada a la empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de
Celaya, denominada, “GRUPO EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”. C O N S I D E
R A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su
Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo
las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el
Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución
Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la
Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las
funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo
dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción
III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene
el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio
municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del
Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece:
“El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá
autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la
forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del
servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del
Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los
servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios,
ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por
servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad
con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que
sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179
establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato
será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la
conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La
manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para
tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual
empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo
16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de
Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible
y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la
identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha
obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora
bien, el día 11 de Noviembre del año 2015 se llevó a cabo la reunión de la Comisión
de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-
E.S.P./099/2015, suscrito por el Comandante José Fernando Adrián Ruíz, Director
General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la
conformidad municipal a la empresa denominada: “GRUPO EMPRESARIAL CASA S.A.
DE C.V”, representada por el C. Gustavo Valdés Suárez, así mismo se revisó el
expediente de la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y
forma a lo requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en
virtud de que presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los
requisitos respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que
cuenta la empresa. La verificación del domicilio. Prestará el servicio en la siguiente
modalidad: Protección y vigilancia de bienes. 6.- Deberá cumplir con algunas de las
modalidades antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados
de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo
establecido en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado
de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la
cual se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la
Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “GRUPO
EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”, preste sus Servicios de Seguridad Privada en el
Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el
Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será
por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito
de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO:
Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa denominada: “GRUPO
EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”, representada por el C. Gustavo Valdés Suárez,
a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto.,
prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el Considerando
5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de
su aprobación por el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado el presente
Dictamen, se instruye al Director de la Policía Municipal para que notifique y solicite a
la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está
otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente
Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de
Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a
Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su
aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de
la Comisión en fecha 11 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el
Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a
votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de
los presentes.- =========================================
PUNTO NÚMERO OCHO.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Desarrollo
Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial: DUOET-003/2015. ===========
En uso de la voz la Regidora, Martha Norma Hernández Hernández, Presidenta
de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,
para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se
omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,
para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la
propuesta de la Regidora, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes,
por lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen. ==============
DICTAMEN DUOET 003/2015.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza el Permiso de
Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa del Fraccionamiento denominado “Villa
Los Álamos”, ubicado en el predio Letra “B” de la que fue Cuarta de la Ex Hacienda
de Estrada del Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O.- 1.- De acuerdo
a lo establecido en el artículo 115 fracción V incisos a), d) y f) de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios, en los términos de las
Leyes Federales y Estatales relativas, estarán facultados para: “a) Formular, aprobar
y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; d) Autorizar,
controlar y vigilar la autorización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales; y f) Otorgar licencias y permisos para construcciones..”.
Además, haciendo alusión al mismo ordenamiento pero en nuestro Estado, en el
artículo 117 fracción II, inciso d) se señala que al Ayuntamiento le compete:
“Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia
en sus jurisdicciones territoriales”. 2.- Así también, se establece en el artículo 76
fracción I, inciso n) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el
Ayuntamiento tendrá como atribución en materia de gobierno y régimen interior
“Otorgar, licencias, permisos y autorizaciones...”. 3.- Que el Código Territorial para el
Estado y los Municipios y de Guanajuato, en el artículo Segundo Transitorio indica
que “Se abrogan: I. La Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato; II.
La Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios;…” Y de
igual manera el artículo Séptimo Transitorio de este código establece que “Los
procedimientos regulados en las leyes que se abrogan en el artículo segundo
transitorio del presente Decreto, que a la fecha de la entrada en vigor del presente
Código, se encuentren en trámite, seguirán desarrollándose observando las normas
contenidas en las leyes vigentes al momento de iniciar su procedimiento respectivo,
hasta su conclusión;…” 4.- Dicho lo anterior, en materia de fraccionamientos, se
establece en la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus
Municipios, lo siguiente: * Artículo 7 fracción I, que los Ayuntamientos tienen la
atribución de: “Otorgar el permiso de venta de los lotes de un fraccionamiento y de
los departamentos, viviendas, locales o áreas de un desarrollo en condominio, en los
términos de esta Ley...”. *Artículo 42 fracción I y II, que: “La autorización de
fraccionamientos o de desarrollos en condominio, se tramitará conforme a las
siguientes fases: I.- Aprobación de traza; II.- Licencia de urbanización”. *Artículo 49,
fracción II y III, que iniciadas las obras de urbanización en el caso de un
fraccionamiento o desarrollo en condominio, el desarrollador podrá solicitar ante el
Ayuntamiento el permiso de venta, anexando los documentos: II. Copia certificada
del área de donación y de las vialidades...”; fracción “III. Garantía para la ejecución
de las obras de urbanización total o faltantes, por el importe o valor futuro que
señale la Dirección de acuerdo con el programa de ejecución de obra...”; Así también,
el artículo 50 del ordenamiento en cita señala: “En el permiso de venta se estipularán
todas las obligaciones a que debe sujetarse el desarrollador y se inscribirá a costa de
éste, en el Registro Público de la Propiedad del Partido Judicial que corresponda y se
publicará por dos veces en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en el diario
de mayor circulación del Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada
publicación”; y el artículo 51 del mismo ordenamiento reza: “Otorgado el permiso de
venta, el desarrollador estará obligado a realizar y concluir las obras de urbanización
con apego al calendario y avances planteados en su programa de ejecución”.
*Artículo 62 fracciones I, II, III párrafo segundo y tercero, IV, V, VI, VII, VII, IX y X
del mismo ordenamiento, se establecen como obligaciones de los desarrolladores
las siguientes: I. Donar al Municipio respectivo dentro de los límites del
fraccionamiento, las superficies de terreno destinadas a vías públicas de acuerdo al
proyecto que se apruebe; II. Establecer la infraestructura para la prestación de los
servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado, alumbrado público y
doméstico, pavimentos, aceras y jardines, conforme a las especificaciones que
señalen en los Reglamentos Municipales...; III… párrafo segundo y tercero: En el
caso de desarrollos en condominio, la superficie de donación fuera del desarrollo será
determinada en el reglamento municipal correspondiente, pero en ningún caso podrá
ser mayor al cuatro por ciento de su superficie. Tratándose de desarrollos en
condominio de tipo horizontal de uso habitacional, la superficie de donación fuera del
polígono condominal será del cuatro por ciento de la superficie total del desarrollo...;
IV. Enterar el importe de los derechos derivados de los trámites y autorizaciones que
regula esta Ley; V. Otorgar ante el Ayuntamiento y a satisfacción de éste, una
garantía que podrá ser la de fianza, prenda o hipoteca, con el propósito de asegurar
las obligaciones consistentes en la realización y conservación de las obras de
urbanización, debiendo establecer la forma de la garantía que se va a utilizar en cada
uno de los desarrollos, la autoridad o autoridades responsables obligadas a
ejecutarlas así como las fechas de vigencia y los montos a garantizar.; VI. Responder
por los vicios ocultos en las obras de urbanización; VII. Escriturar a favor del
Municipio la superficie del área de donación y de las vías públicas en su caso...; VIII.
Colocar y conservar en el predio del cual se autorice el fraccionamiento o el desarrollo
en condominio, el aviso donde se mencionen las características de los mismos y las
autorizaciones otorgadas; IX. Instalar por su cuenta, las señales de tránsito y las
placas necesarias con la nomenclatura de las calles; y X Permitir la práctica de visitas
de inspección ordenadas por la autoridad competente”. Con fundamento en lo
anterior, en la Quinta Reunión Ordinaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Ecológico Territorial, celebrada el día 10 de noviembre del 2015, se
presentó el Oficio 824/DGDU-FRACC/2015, signado por el Arq. Luis Gustavo Báez
Vega, Director General de Desarrollo Urbano en este Municipio, (documento que se
tiene como anexado y reproducido como si a la letra se insertare), mediante el cual
se solicita la autorización para la Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa del
Fraccionamiento denominado “Villa Los Álamos”, ubicado en el predio Letra “B” de la
que fue Cuarta de la Ex Hacienda de Estrada del Municipio de Celaya, Guanajuato,
propiedad de la empresa denominada “Consorcio SABBIA, S.A. de C.V.”, presentando
para su análisis los siguientes: A N T E C E D E N T E S.- PRIMERO: Presenta
Notificación de Autorización de Cambio y Factibilidad de Uso de Suelo del predio Letra
“B” de la que fue Cuarta de la Ex Hacienda de Estrada ubicado al Nor-Poniente de
esta Ciudad de Celaya, Gto, otorgada en la Trigésima Sesión Ordinaria, mediante Acta
del H. Ayuntamiento No. 44/2007 de fecha 29 de Noviembre de 2007 y notifica
mediante Oficio No. 1224/IMIPE-TEC/2007 de fecha 10 de Diciembre de 2007,
signado por el Arq. Juan Maldonado Patlán en su calidad de Director General del
IMIPE. SEGUNDO: Acredita la propiedad del predio mediante Instrumento Notarial
No. 13,516 de fecha 06 de Septiembre del 2007, a favor de la negociación
denominada “Consorcio SABBIA” Sociedad Anónima de Capital Variable, representada
en este Acto por su Apoderado Legal el Señor Ing. Norberto Revilla Herrera,
documento ante la fe del Lic. Jaime de Anda Cabrera, titular de la notaria publica No.
1, adscrito en la ciudad de Celaya, Guanajuato, avalando la escritura una superficie
de una fracción del resto del predio rustico localizado en camino al poblado de
Estrada, terreno que se designa con la letra “B” de la que fue cuarta Ex Hacienda de
Estrada de este municipio con un total de 147,494.39 M², documento Inscrito en el
Registro Público de la Propiedad el 14 de Enero del año 2008 con folio real R7*
60400. TERCERO: El predio cuenta con una superficie real de 149,678.92 M² según
Levantamiento Topográfico presentado, realizado por el Ing. Sergio Alejandro Díaz
Blancarte, acreditándose con cedula profesional No. 2351229. CUARTO: Con fecha
01 de Septiembre del 2008 la Dirección General de Desarrollo Urbano y Preservación
Ecológica otorgó mediante Oficio No. 802/FRACC/DGDU/2008, la Autorización del
Proyecto de Traza, signado por la Arq. Leticia Lara Morales, en calidad de Directora
General. QUINTO: Con fecha 18 de Noviembre del 2008, mediante oficio No.
1036/FRACC/DGDU/2008 signado por la Arq. Leticia Lara Morales, en calidad de
Directora General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorgó la Autorización de la
Licencia de Obra de Urbanización para la Primera Etapa del Fraccionamiento. SEXTO:
Con fecha 19 de Diciembre del 2008, mediante oficio No. 1126/FRACC/DGDU/2008
signado por la Arq. Leticia Lara Morales en calidad de Directora General de
Desarrollo Urbano Municipal, se otorgó la Autorización del Proyecto para la
Modificación de Traza del Fraccionamiento. SÉPTIMO: Con fecha 15 de Julio del
2009 mediante Acuerdo No. 641/FRACC/DGDU/2009 signado por el L.A.E. Gerardo
Hernández Gutiérrez en su calidad de Presidente Municipal y Lic. José Trinidad
Martínez Soto en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, se otorgó el Permiso
de Venta de los lotes que integran la Primera Etapa del fraccionamiento denominado
¨VILLA LOS ALAMOS”, autorizado en la Sexagésima Novena Sesión Ordinaria del H.
Ayuntamiento de fecha 19 de Junio del año 2009, mediante Acta No. 88/2009.
OCTAVO: Que en la Septuagésima Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de
fecha 23 de Septiembre de 2009, mediante Acta No. 96/2009 y Acuerdo No.
932/FRACC/DGDU/2009 de fecha 02 de Octubre del 2009, se otorga al desarrollador
el Adendum del Permiso de Venta de la Primera Etapa del Fraccionamiento en
comento. NOVENO: Con fecha 26 de Agosto de 2010, mediante oficio No.
703/DGDU-FRACC/2010, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de
Director General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia
de Obras de Urbanización de la Segunda Etapa del Desarrollo. DÉCIMO: Con fecha
07 de Julio del 2011 mediante Acuerdo No. 521/DGDU-FRACC/2011 signado por la
Lic. Rubí Laura López Silva en su calidad de Presidente Municipal y el Arq. Juan
Maldonado Patlán en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, se otorgó el
Permiso de Venta de los lotes que integran la Segunda Etapa del fraccionamiento
denominado ¨VILLA LOS ALAMOS”, autorizado en la Cuadragésima Segunda Sesión
Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 24 de Junio del año 2011, mediante Acta No.
55/2011. DÉCIMO PRIMERO: Con fecha 14 de Junio de 2012, mediante oficio No.
526/DGDU-FRACC/2012, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de
Director General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia
de Obras de Urbanización de la Tercera Etapa del Desarrollo. DÉCIMO SEGUNDO:
Que en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta
No. 94/2012 de fecha 05 de Octubre del año 2012 y oficio No. 936/DGDU–
FRACC/2012 de fecha 15 de Octubre del 2012, se otorga al desarrollador el Permiso
de Venta de la Tercera Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO TERCERO:
Que en la Segunda Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta No. 03/2012
de fecha 26 de Octubre del año 2012 y oficio No. 987/DGDU–FRACC/2012 de fecha
30 de Octubre del 2012, se otorga al desarrollador el Adendum del Permiso de Venta
de la Tercera Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO CUARTO: Con fecha
07 de noviembre del año 2012, mediante Oficio No. AER_895/DGDU-FRACC/2012,
signado por el Lic. Vicente Caracheo Gómez en su calidad de Secretario del H.
Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General de
Desarrollo Urbano Municipal y el Ing. José Ángel Martínez Jáuregui en su calidad de
Representante Legal de la empresa Consorcio SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la
Entrega-Recepción Final de la Primera Etapa del Fraccionamiento en comento.
DÉCIMO QUINTO: Con fecha 13 de Junio de 2013, mediante oficio No. 479/DGDU-
FRACC/2013, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de Director
General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia de
Obras de Urbanización de la Cuarta Etapa del Desarrollo. DÉCIMO SEXTO: Que en
la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta No. 28/2013
de fecha 14 de Agosto del año 2013 y oficio No. 612/DGDU–FRACC/2013 de fecha 19
de Agosto del 2013, se otorga al desarrollador el Permiso de Venta de la Cuarta
Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO SÉPTIMO: Con fecha 14 de Mayo
de 2014, mediante oficio No. 373/DGDU-FRACC/2014, signado por el Arq. Antonio
Fuentes Malacatt en calidad de Director General de desarrollo urbano Municipal, se
otorga la Autorización de Licencia de Obras de Urbanización de la Quinta Etapa del
Desarrollo. DÉCIMO OCTAVO: Con fecha 15 de Mayo del año 2014, mediante Oficio
No. AER_343/DGDU-FRACC/2014, signado por el Lic. David Alfonso Orozco Pérez en
su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su
calidad de Director General de desarrollo urbano Municipal y el Ing. José Ángel
Martínez Jáuregui en su calidad de Representante Legal de la empresa Consorcio
SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la Entrega-Recepción Final de la Segunda y Tercera
Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO NOVENO: Con fecha 28 de
Noviembre del año 2014, mediante Oficio No. AER_797/DGDU-FRACC/2014, signado
por el Lic. David Alfonso Orozco Pérez en su calidad de Secretario del H.
Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General de
desarrollo urbano Municipal y el Ing. José Ángel Martínez Jáuregui en su calidad de
Representante Legal de la empresa Consorcio SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la
Entrega-Recepción Final de la Cuarta Etapa del Fraccionamiento en comento.
VIGÉSIMO: Que en la Quincuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento
mediante Acta No. 65/2014 de fecha 11 de Diciembre del año 2014 y oficio No.
853/DGDU–FRACC/2014 de fecha 19 de Diciembre del 2014, se otorga al
desarrollador el Permiso de Venta de la Quinta Etapa del Fraccionamiento en
comento. VIGÉSIMO PRIMERO: Con fecha 09 de Marzo de 2015, mediante oficio
No. 172/DGDU-FRACC/2015, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad
de Director General de desarrollo urbano Municipal, se otorga la Autorización de
Licencia de Obras de Urbanización de la Sexta Etapa del Desarrollo. VIGÉSIMO
SEGUNDO: Que en cumplimiento a la resolución a que se refiere el párrafo anterior,
la dirección general de desarrollo urbano comunicó a la tesorería municipal los datos
necesarios para el cálculo de las cargas fiscales, mediante oficios números:
168/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Permiso de Urbanización,
169/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por revisión de proyecto para la
Autorización de Obra, 170/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Impuesto,
y 171/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Supervisión de Obra.
VIGÉSIMO TERCERO: Que con fecha 30 de Octubre del 2015, la empresa
“Consorcio SABBIA”, Sociedad Anónima de Capital Variable, solicitó por conducto de
la Dirección General de Desarrollo Urbano a este H. Ayuntamiento, el Permiso de
Venta para los lotes que integran la Sexta Etapa (manzanas 6 y 7) del
Fraccionamiento denominado “Villa Los Álamos”. Expuesto lo anterior, los integrantes
de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, analizan lo
siguiente: I. Que este Honorable Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, es
competente para resolver las solicitudes de Permisos de Venta de lotes de los
Fraccionamientos que se establezcan dentro de su circunscripción territorial, de
conformidad con lo establecido por el artículo 76, fracción I inciso n), de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y así mismo, en apego a lo
establecido en el artículo Séptimo Transitorio del Código Territorial para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, los artículos 5, fracción I y 7, fracción I, de la Ley de
Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios. Ley que rige al
fraccionamiento en mención. II. Que la solicitud de permiso de venta, realizada por
la empresa denominada “Consorcio Sabbia, S.A. de C.V.”, es para la Sexta Etapa del
Fraccionamiento denominado “Villa los Álamos”, ubicado en este Municipio de Celaya,
Guanajuato. III. Que mediante Instrumento Notarial No. 31,855 de fecha 30 de
marzo del 2012, otorgada ante la fe del Licenciado Jaime de Anda Cabrera Titular de
la Notaria No. 1, en ejercicio del Partido Judicial de esta Ciudad de Celaya,
Guanajuato, el Fraccionador realizó escritura Rectificatoria de áreas de donación a
favor del Municipio de las superficies de terreno destinadas a áreas de donación,
equipamiento urbano y áreas verdes, incluidas dentro del predio del Fraccionamiento
citado, así como las correspondientes a la vialidad pública; cumpliendo con ello lo
dispuesto por la fracción II segunda del artículo 49 y las fracciones I, III y VII del
artículo 62, de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus
Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en tratamiento. IV. Que en atención a la
solicitud del interesado para obtener el permiso de venta de la Sexta Etapa del
Fraccionamiento en cuestión, por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal se llevó a cabo una supervisión a las obras de urbanización de la zona en
referencia, observándose que cuenta con las siguientes obras de urbanización: Agua
Potable 13.0%, Drenaje 15.0%, Instalación Eléctrica 7.06%, Guarniciones 5.0%,
Banquetas 6.0%, Pavimentación-Arroyo 40.0%, dictaminándose que las Obras de
Urbanización del desarrollo cuentan con un avance del 86.1%; estimando que la obra
faltante asciende a la cantidad de $ 1’824,995.54 (Un Millón Ochocientos Veinticuatro
Mil Novecientos Noventa y Cinco Pesos 54/100 M.N.), estando sujeto a las
condiciones marcadas. V. Que a efectos de garantizar la conclusión de las obras de
urbanización de la Sexta Etapa del Fraccionamiento en referencia, se otorga por parte
de la empresa “Consorcio Sabbia, S.A.”, para tal fin, la póliza de garantía de Fianza
No. 1662795 de fecha 04 de Noviembre de 2015 por un monto de $1,824,995.54 (Un
Millón Ochocientos Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Cinco Pesos 54/100 M.N.),
expedida por la Afianzadora denominada Ace Fianzas Monterrey, S.A. de C.V., dando
cumplimiento al artículo 49 fracción III de la Ley de Fraccionamientos para el Estado
de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al Fraccionamiento en tratamiento. VI.
Conforme a lo establecido por la fracción I del artículo 49 de la Ley de
Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al
Fraccionamiento en tratamiento, el Desarrollador ha exhibido Certificados, de los
lotes que integran la Sexta Etapa, bajo los siguientes folios: Certificados de Gravamen
para el lote dúplex 01 de la Manzana 06, bajo folios reales R7*149328 y R7*149329;
Certificados de Gravamen para los lotes dúplex del 02 al 05 de la Manzana 06, bajo
folios reales R7*118111 al R7*118118; Certificado de Gravamen para el lote
unifamiliar 06 de la Manzana 06, bajo folio real R7*113687; Certificados de
Gravamen para los lotes dúplex del 07 al 13 de la Manzana 06, bajo folios reales
R7*149330 al R7*149343; Certificado de Gravamen para el lote unifamiliar 14 de la
Manzana 06, bajo folio real R7*149344; Certificados de Gravamen para los lotes
dúplex del 01 al 10 de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118133 al R7*118152;
Certificados de Gravamen para los lotes dúplex 11 y 12 de la Manzana 07, bajo folios
reales R7*149345 al R7*149348; Certificados de Gravamen para los lotes dúplex del
13 al 19 de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118157 al R7*118170; Certificado
de Gravamen para el lote unifamiliar 20 de la Manzana 07, bajo folio real
R7*149349; Certificados de Libertad de Gravamen para los lotes dúplex del 21 al 27
de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118172 al R7*118185; Acreditando,
mediante Carta de Anuencia de fecha 26 de Octubre del año 2015, otorgada por
parte del Titular del Gravamen, Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca
Múltiple, Grupo Financiero Santander México, que no existe inconveniente en que a la
empresa “Consorcio SABBIA, S.A. de C.V.”, realice trámite de permiso de venta de la
sexta etapa del Fraccionamiento. De conformidad con lo establecido por el artículo
76, fracción I, inciso n) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato; en base a lo anterior y sabiendo que la parte interesada obtuvo la
Autorización de Traza y Licencia de Obras de urbanización, cubrió los impuestos y
derechos correspondientes por el desarrollo, garantizó a satisfacción de este
Ayuntamiento las obras de urbanización faltantes; cumpliendo con lo previsto por las
fracciones I y II del artículo 42 y fracción III del artículo 49 de la Ley de
Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, aplicables según lo
dispuesto por el artículo Transitorio Séptimo del Código Territorial para el Estado y los
Municipios y de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se
autoriza a la empresa denominada “Consorcio Sabbia, S.A. de C.V.” el Permiso de
Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa (manzana 6 y 7), del Fraccionamiento
denominado “Villa los Álamos”, mismos que se detallan a continuación: Lotes del 01
al 05 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda dúplex. Lote 06
inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda unifamiliar. Lotes del
07 al 13 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda dúplex. Lote
14 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda unifamiliar. Lotes
del 01 al 19 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda dúplex.
Lote 20 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda unifamiliar.
Lotes del 21 al 27 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda
dúplex. Por lo que la Sexta Etapa del Fraccionamiento está integrada por 41 lotes
de los cuales son 03 para vivienda unifamiliar y 38 lotes para vivienda dúplex, para
un total de 79 viviendas, objeto de la presente autorización. El Fraccionamiento
tiene una superficie total de 149,678.92 m2, y está integrado por un total de 443
lotes, de los cuales son 19 lotes para vivienda unifamiliar, 410 lotes para vivienda
dúplex, 1 lote de servicio,1 lote de JUMAPA, y 12 lotes de área de donación, para un
total de 839 viviendas, clasificándose como tipo “Interés Social”. La superficie total
del predio de 149,678.92 metros cuadrados se distribuye de la siguiente manera:
Superficie Vendible 68,331.18 m² correspondientes al 45.65%. Superficie de
Vialidades internas 47,347.72 m² correspondientes al 31.63%. Superficie de
Vialidades Externas 17,978.41 m² correspondientes al 12.01%. Superficie de
Donación 15,119.86 m² correspondientes al 10.10%. Superficie de lote de JUMAPA
631.35 m² correspondientes al 0.42%. Superficie del lote de Contenedor 270.40
m² correspondientes al 0.18%. En cuanto al déficit de áreas de donación que se
deriva, mediante oficio No. 373/IMIPE-TEC/2008, se notificó que, en la Cuadragésima
Sesión Ordinaria con Acta No. 54/2008 de fecha 29 de Abril de 2008, se autorizó sea
considerada como área de donación la superficie de 4,257.15 metros cuadrados por
afectación vial. Dando un total de 19,377.02 metros cuadrados equivalente al 12.95%
de la superficie total a fraccionar, cumpliendo con lo establecido por el artículo 62
fracción III de la Ley de Fraccionamientos para Estado de Guanajuato y sus
Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. SEGUNDO: En los contratos
de Compra-Venta, promesa de venta o cualquier Instrumento Notarial en que se haga
constar el traslado de dominio de algún lote integrante del desarrollo, se deberá
insertar o señalar las características de este Permiso de acuerdo a lo establecido por
el artículo 85 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato, Ley que
rige al fraccionamiento en mención. TERCERO: En todos los instrumentos notariales
en que se haga constar la transmisión de dominio y en las escrituras públicas, se
incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar por parte de los
adquirientes que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones menores a los
señalados por la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus
Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención, así mismo, estando
obligados los adquirientes a respetar la zonificación del uso de suelo autorizada para
el Fraccionamiento. CUARTO: El desarrollador queda sujeto a cumplir con las
obligaciones consignadas en la Licencia de Urbanización, así como a realizar y
concluir las obras de urbanización con las especificaciones señaladas por los
Organismos Operadores, con apego al calendario y avance planteados en su
programa de ejecución o de obra presentado y llevar a cabo las reparaciones de los
vicios ocultos y/o desperfectos que presenten las obras de urbanización de
conformidad con el artículo 51 de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. QUINTO:
El desarrollador deberá acreditar a la Dirección General de Desarrollo Urbano
Municipal los pagos que realice mensualmente ante los organismos operadores, CFE,
JUMAPA y Dirección de Servicios Municipales por concepto de pago del consumo de
los servicios en su fraccionamiento, Electrificación, Agua Potable, Drenajes y
Alumbrado Público, pagos que deberá acreditar hasta que concluya las obras de
urbanización de su fraccionamiento y lleve a cabo la municipalización del mismo, de
acuerdo a lo que establece el artículo 64 de la Ley de Fraccionamientos para el
Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.
SEXTO: El Ayuntamiento podrá suspender temporalmente el Permiso de Venta
otorgado en caso de que el desarrollador se encuentre en incumplimiento a lo
establecido por el artículo 52 y 64 de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.
SÉPTIMO: Así mismo, Inscríbase esta Autorización a costa del solicitante en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Celaya,
Guanajuato publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y dos veces en
el diario de mayor circulación en el Municipio con un intervalo de cinco días entre
cada publicación, tal como se estipula en el artículo 50 de la Ley de Fraccionamientos
para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en
mención. OCTAVO: El desarrollador queda obligado a colocar y conservar en el
predio del cual se autorice el Fraccionamiento o el Desarrollo en Condominio, el aviso
donde se mencionen las características de los mismos y las Autorizaciones otorgadas;
esto conforme a lo dispuesto por el artículo 62 fracción VIII de la Ley de
Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al
fraccionamiento en mención. NOVENO: El desarrollador se obliga a terminar las
obras de urbanización en los tiempos y plazos previstos por la Ley de
Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al
fraccionamiento en mención, y en caso contrario, la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal tiene la obligación de: Comunicar a las autoridades competentes para que
dicten las medidas de seguridad; Notificar al Ayuntamiento para que suspenda el
Permiso de Venta otorgado; y Informar a la Tesorería Municipal para que proceda al
reclamo de la garantía. La Dirección de Desarrollo Urbano Municipal procederá a
cuantificar el avance de obra y evaluar las obras faltantes a efecto de comunicar a la
Tesorería Municipal, el valor a que asciende la obra no realizada. DÉCIMO: En
consecuencia de lo antes establecido la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal,
podrá hacer efectiva la garantía por medio de la Tesorería Municipal, y una vez
obtenido su importe se procederá a la terminación de la obras de urbanización,
conforme a lo dispuesto por el artículo 69 y 70 de la Ley de Fraccionamientos para el
Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.
DÉCIMO PRIMERO: La Póliza de garantía de Fianza No. 1662795 de fecha 04 de
Noviembre de 2015 por obra faltante que se otorgó deberá ser ratificada ante la
Afianzadora correspondiente de acuerdo a los periodos de pago que realice el
desarrollador del Fraccionamiento. Los periodos de ratificación deberán realizarse
mientras el desarrollador no haya concluido las obras de urbanización del
Fraccionamiento, situación que la Dirección General de Desarrollo Urbano Municipal
notificará mediante oficio de conclusión de obras de urbanización; por lo que la fianza
estará en vigor a partir de la fecha de expedición y sólo se cancelará con la
autorización expresa y por escrito de la Presidencia Municipal. DÉCIMO SEGUNDO:
Así mismo se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que notifique
personalmente al propietario de acuerdo a lo previsto por los artículos 78, 79 y 80
fracción V de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus
Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. DÉCIMO TERCERO:
Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para
su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico
Territorial, en fecha 10 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el
Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a
votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de
los presentes.- ==========================================
PUNTO NÚMERO NUEVE.- Propuesta de ratificación, aprobación y toma de
protesta en su caso de los vocales del Consejo Directivo de la Junta Municipal de
Agua Potable. ======================================
Se recibió escrito del Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,
mismo al que le daré lectura; Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario Del
Ayuntamiento, Presente.- Por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo
para solicitar que dentro de Sesión de ayuntamiento dentro del orden del día se
someta a consideración del pleno del ayuntamiento, la propuesta de ratificar a los
vocales que integran el Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado siendo las siguientes personas: Ing. Roberto Sanz y Villena; Arq. Iván
de la Cruz Cervantes Erosa; C. Oscar Coello Muñoz de Cote; Lic. Jesús Eduardo
Huacuja Romero; lo anterior de conformidad con el artículo 16 segundo párrafo del
Reglamento para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado,
Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales para el Municipio de Celaya, Gto; por
lo que una vez aprobado por el pleno del Ayuntamiento, se instruye para que proceda
a realizar la instalación del Consejo Directivo mediante convocatoria, para la
designación del Presidente, Secretario y Tesorero de entre los integrantes; de
conformidad con el Artículo 20 del Reglamento mencionado en supra líneas. Sin otro
en particular me despido no sin antes reiterarle mi consideración atenta y singular. C.
Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo. Presidente Municipal; finalizada la lectura del
escrito anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,
procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, la propuesta de
ratificar a los vocales del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado, mismo que se Aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que el
el uso de la voz el Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, procede a realizar la
protesta de ley, mismos que protestan el cargo.- ======================
PUNTO NÚMERO DIEZ.- Propuesta y Autorización para que se delegue la
representación legal del Ayuntamiento, a través de los síndicos a las diferentes áreas
jurídicas de las dependencias integrantes de la Administración Pública Municipal
Centralizada. =======================================
Se recibió escrito de los Síndicos Municipales, mismo al que le daré lectura: Lic. José
Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, Presente.- por medio del presente
reciba un cordial saludo, así mismo para solicitar que en la próxima sesión del
Ayuntamiento, se someta a consideración del pleno del ayuntamiento, la propuesta
de delegar la representación legal del municipio o Ayuntamiento en los litigios en los
que este sea parte, toda vez que dentro del artículo 78 fracción II de la Ley Orgánica
Municipal, se prevé la facultad para delegar la representación; por lo que se solicita
se otorgue la representación legal del Municipio o Ayuntamiento, en los juicios en los
que este sea parte a las diversas áreas jurídicas, de la Administración Pública
Municipal Centralizada; sin otro en particular, le reiteramos la seguridad de nuestra
consideración atenta y singular; atentamente Ing. María Eugenia Mosqueda Nieto,
Síndica del Ayuntamiento; Lic. José Fernando Sánchez Méndez, Síndico del
Ayuntamiento, finalizada la lectura del escrito anterior, el Secretario del
Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, procede a someterlo a consideración
del pleno del Ayuntamiento, mismo que se Aprueba por Unanimidad de los
presente, por lo que con fundamento en el Artículo 78 fracción II de la Ley Orgánica
Municipal, se delega la representación legal del municipio y/o Ayuntamiento, en los
Juicios en los que este sea parte a los Lic. José Ignacio Ramírez Valenzuela, Lic. J.
Guadalupe Vázquez Tierrablanca, Lic. Jorge Ramírez Montoya, Lic. Gloria Sánchez
Pérez, Lic. Claudia Gabriela Ramírez Sancen, Lic. Rodolfo Herrera Aguilar, Lic.
Francisco Martínez Maldonado, Lic. Cristian Alejandro Gamiño Jiménez, Lic. Ricardo
Daniel Moreno Lara, Lic. José Jesús Jiménez Esquivel, Lic. Martha Carranco Ugalde,
Lic. Willebaldo Díaz González, Lic. Sandra Guadalupe Puente Castillo, Lic. Fabiola
López Rodríguez, Lic. Norma Socorro Trejo Herrera, Lic. José Enrique Yerena García;
Para representar al Municipio y/o Ayuntamiento ante toda clase de autoridades
judiciales, civiles, penales, del trabajo, administrativas, municipales, estatales,
militares, con todas las facultades correspondientes a un mandato general, y aun
todas las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, entre las que
de una manera enunciativa, pero no limitativa, se mencionan las siguientes: Para
desistirse; Para transigir; Para comprometer en árbitros; Para absolver y articular
posiciones; Para recusar; Para recibir pagos; Para contestar las demandas y
reconvenciones que se entablen en contra del Municipio y/o Ayuntamiento; Oponer
excepciones dilatorias y perentorias; Rendir y aportar toda clase de pruebas;
Reconocer firmas y documentos y redargüir de falsas a las que se presenten por la
contraria; Presentar testigos y a su vez protestar a los de la contraria y los
repregunte y tache; Oír autos interlocutorios y definitivos, consentir de los favorables
y pedir revocación, apelar, interponer amparos y desistirse de ellos, pedir aclaración
de la sentencia; Ejecutar, embargar y representar al Municipio y/o Ayuntamiento en
los embargos que en su contra se decreten, pedir el remate de los bienes
embargados; Nombrar peritos y recusar a los de la contraria; Asistir a almonedas;
Percibir valores y otorgar recibos y cartas de pago en su caso; Gestionar, obtener y
aceptar el otorgamiento de garantías por terceros, como hipotecas, prendas o
cualquiera otras, celebrando al efecto toda clase de contratos y convenios privados,
ante notario público, corredor público, o ante cualquier otro funcionario que por la
materia del asunto deba conocer del mismo; Celebrar, En materia penal, presentar
querellas, denuncias y acusaciones, constituirse como coadyuvante del Ministerio
Público en todo lo relacionado con las averiguaciones o procesos penales que se
inicien, instruyan, y se sigan, por todos sus trámites e instancias hasta sentencia
definitiva firme, en que la institución tenga interés o sea ofendido. La Representación
del Municipio y/o Ayuntamiento en los juicios en los que este sea parte, durara hasta
la terminación laboral, de las personas mencionadas en supra líneas con el Municipio,
por lo que terminada la relación laboral con el municipio y/o Ayuntamiento, se revoca
la representación del Municipio y/o Ayuntamiento en los juicios en los que este sea
parte, estando obligado el Director Jurídico de la Presidencia Municipal, a notificar a
las autoridades en las que haya realizado actos de representación, de la terminación
laboral con el Municipio. ====================================
PUNTO NÚMERO ONCE.- Propuesta y Aprobación de la designación del Director de
Desarrollo Social como Enlace Municipal del Programa Federal PROSPERA. ==========
Se recibió escrito del Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,
mismo al que le daré lectura; Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario Del
Ayuntamiento, Presente.- por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo
para solicitar que en la sesión de ayuntamiento se someta a consideración del pleno
del Ayuntamiento, la propuesta de designar al Director de Desarrollo Social, C.
Antonio Rodríguez Alvarado, como enlace municipal del programa Federal PROSPERA,
toda vez que es necesario para poder facilitar y fortalecer la vinculación entre el
programa y las familias beneficiadas del Municipio, proporcionando espacios,
mobiliarios, seguridad y apoyos necesarios para brindar un servicio de calidad; lo
anterior de conformidad con el númeral 3.7.3 de las Reglas de Operación de
PROSPERA, Programa de Inclusión Social; sin otro en particular, le reitero la
seguridad de mi consideración atenta y singular, Atentamente, C. Ramón Ignacio
Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal; finalizada la lectura del oficio anterior el
Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a
consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se Aprueba por Mayoría
Calificada con 12 Votos a favor y 03 Tres votos en contra, siendo los votos en contra
de la Regidora, Lic. Montserrat Vázquez Acevedo; Regidor, L.A.E. Jorge Montes
González; Regidora, L.c. María Eloísa Cholico Torres. ===================
PUNTO NÚMERO DOCE.- Clausura de la Sesión.- ====================
En uso de la voz el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, informa al
Presidente Municipal, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, que han sido agotados los
asuntos inscritos en el Orden del Día, por lo que el Mandatario Municipal declara clausurados
los trabajos de la Segunda Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, siendo las 08:45
Ocho Horas con Cuarenta y Cinco Minutos, del día de su fecha, levantándose para constancia
la presente acta, misma que firman quienes en ella intervinieron. Doy Fe. ===========