08:10 Ocho 13 Trece de Noviembre del 2015 Dos Mil Quince · hace referencia al oficio...

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======= ACTA 07/2015 NUMERO SIETE DIAGONAL DOS MIL QUINCE ======= En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 08:10 Ocho horas con diez minutos del día 13 Trece de Noviembre del 2015 Dos Mil Quince, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Segunda Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los numerales 22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el Presidente Municipal, Ciudadano, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo; Síndicos: Ciudadana, María Eugenia Mosqueda Nieto; Ciudadano, José Fernando Sánchez Méndez; Regidores: Ciudadano, Israel Alejandro Herrera Hernández; Ciudadana, Martha Norma Hernández Hernández; Ciudadano, José Trinidad Martínez Soto; Ciudadana Adriana Josefina Audelo Arana; Ciudadano, Mariano Zavala Díaz; Ciudadana, Montserrat Vázquez Acevedo; Ciudadano, Jorge Montes González; Ciudadana, María Eloísa Cholico Torres; Ciudadano, Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano, J. Ynes Piña Cofradía; Ciudadana, Blanca Elena González Zavala; Ciudadana, Hilda Samaniego Leyva; y el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano.- =============================================== PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ============= En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal, que se encuentra la Totalidad de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Segunda Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento. =========================================== PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ============= En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Aprobación del acta 04/2015. 5.- Aprobación de los Dictámenes de Hacienda: HDA-011/2015, HDA-012/2015, HDA-013/2015, HDA- 013/2015, HDA-014/2015, HDA-015/2015, HDA-016/2015, HDA-017/2015, HDA- 018/2015, HDA-019/2015, HDA-020/2015, HDA-021/2015. 6.- Aprobación de los Dictámenes de la Comisión de Gobierno: GOB-001/2015, GOB-002/2015. 7.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Seguridad, Transito, Transporte y Protección Civil: STTyPC-003/2015, 8.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial.- DUEOT-003/2015. 9.-

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======= ACTA 07/2015 NUMERO SIETE DIAGONAL DOS MIL QUINCE =======

“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 08:10 Ocho horas con

diez minutos del día 13 Trece de Noviembre del 2015 Dos Mil Quince, fueron

presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la

Segunda Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo

dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los

numerales 22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el

Presidente Municipal, Ciudadano, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo; Síndicos:

Ciudadana, María Eugenia Mosqueda Nieto; Ciudadano, José Fernando Sánchez

Méndez; Regidores: Ciudadano, Israel Alejandro Herrera Hernández; Ciudadana,

Martha Norma Hernández Hernández; Ciudadano, José Trinidad Martínez Soto;

Ciudadana Adriana Josefina Audelo Arana; Ciudadano, Mariano Zavala Díaz;

Ciudadana, Montserrat Vázquez Acevedo; Ciudadano, Jorge Montes González;

Ciudadana, María Eloísa Cholico Torres; Ciudadano, Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano,

J. Ynes Piña Cofradía; Ciudadana, Blanca Elena González Zavala; Ciudadana, Hilda

Samaniego Leyva; y el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena

Cano.- ===============================================

PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. =============

En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano

informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,

que se encuentra la Totalidad de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que

procede a declarar válida la Segunda Sesión Extraordinaria del Honorable

Ayuntamiento. ===========================================

PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- =============

En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano

procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal. 3.-

Aprobación del Orden del Día. 4.- Aprobación del acta 04/2015. 5.- Aprobación de

los Dictámenes de Hacienda: HDA-011/2015, HDA-012/2015, HDA-013/2015, HDA-

013/2015, HDA-014/2015, HDA-015/2015, HDA-016/2015, HDA-017/2015, HDA-

018/2015, HDA-019/2015, HDA-020/2015, HDA-021/2015. 6.- Aprobación de los

Dictámenes de la Comisión de Gobierno: GOB-001/2015, GOB-002/2015. 7.-

Aprobación del Dictamen de la Comisión de Seguridad, Transito, Transporte y

Protección Civil: STTyPC-003/2015, 8.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial.- DUEOT-003/2015. 9.-

Propuesta de Ratificación, Aprobación y Toma de Protesta en su caso de los vocales

del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado. 10.-

Propuesta y Autorización para que se delegue la representación legal del

Ayuntamiento, a través de los síndicos a las diferentes áreas jurídicas de las

dependencias integrantes de la Administración Pública Municipal Centralizada. 11.-

Propuesta y Aprobación de la designación del Director de Desarrollo Social como

enlace Municipal del programa Federal PROSPERA. 12.- Clausura de la Sesión;

Finalizada la lectura del orden del día, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del Pleno del Ayuntamiento, mismo

que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====================

PUNTO NÚMERO CUATRO.- Aprobación del acta 04/2015.- ==========

se remitieron a los integrantes del Ayuntamiento, el acta 04/2015 para su revisión, se

recibieron observaciones por parte de la Regidora Montserrat Vázquez Acevedo,

mismas que serán atendidas, en el uso de la vos el Lic. José Ramón Yerena Cano,

Secretario del Ayuntamiento, solicita se le exima de la lectura del acta, por lo que se

somete a consideración del Pleno del Ayuntamiento, misma que se aprueba por

unanimidad de los presentes, así mismo en el uso de la voz el Secretario del

Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, somete a consideración del pleno del

ayuntamiento, la aprobación del acta 04/2015, mismo que se Aprueba por

Unanimidad de los presentes.- ===============================

PUNTO NÚMERO CINCO.- Aprobación de los Dictámenes de Hacienda: HDA-

011/2015, HDA-012/2015, HDA-013/2015, HDA-013/2015, HDA-014/2015, HDA-

015/2015, HDA-016/2015, HDA-017/2015, HDA-018/2015, HDA-019/2015, HDA-

020/2015, HDA-021/2015. ===================================

En uso de la voz la Síndico C. María Eugenia Mosqueda Nieto, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la

propuesta de la Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por

lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen de Hacienda. =========

DICTAMEN HDA-011/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza un Crédito Puente por un monto de

$3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N), para el pago de obras

convenidas con recursos de programas Estatales y Federales. CONSIDERANDO.- Que

el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, establece en concordancia con el artículo 121 último

párrafo de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76

fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; que

el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda

Pública Municipal en forma directa ó bien, por quien éste autorice conforme a la Ley.

Atendiendo a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos que en su artículo 126, señala la prohibición de realizar algún pago que no

esté comprendido en el presupuesto ó determinado por la ley posterior, en ese

sentido la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235,

precisa que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del

presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Conforme a lo

establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos

Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; es competencia del

Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y modificación de sus

respectivos presupuestos. Que mediante oficio No. DGOP/DA/0015/2015 de fecha 26

de octubre, suscrito por el Director General de Obras Públicas, solicita el análisis, y

aprobación en su caso de un crédito puente hasta por $3’000,000.00 (Tres millones

de pesos 00/100 m.n.), lo anterior para estar en posibilidades de efectuar pagos a los

contratistas cuyos recursos provienen de programas Federales y/o Estatales. Esto

debido a que de acuerdo a la normativa de cada programa los recursos son

entregados al Municipio en ministraciones, lo cual, en ocasiones es prolongado el

lapso de los depósitos, lo cual impide que el contratista tenga solvencia económica

para la continuidad de la obra. Cabe señalar que una vez depositados los recursos

correspondientes la Tesorería Municipal, se encargara de realizar el reintegro

respectivo. Finalmente le informo que los programas vigentes actualmente y para los

cuales se solicita este préstamo son los siguientes: PIECIS (Programa de

infraestructura y Equipamiento a Centros de Impulso social) PREP Programa de

rescate de espacios públicos) PDIMC (Programa de impulso al Desarrollo de mi

Comunidad) HABITAT. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a

la letra se insertare. Por lo anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta

Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza un Crédito Puente hasta por la

cantidad de $3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N), para el pago

de obras convenidas con recursos de programas Estatales y/o Federales.

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal otorgue la suficiencia presupuestal

con recurso municipal por el importe mencionado en el resolutivo primero, la cual

deberá sujetarse a la disponibilidad financiera del Municipio, y que notifique a esta

Comisión de Hacienda una vez que haya sido reintegrado el crédito. TERCERO.- Se

instruye a la Dirección General de Obras Públicas informe a la Comisión del avance de

las obras motivo del crédito debiendo reintegrar dicho importe a más tardar el día 31

de diciembre del año 2015. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron

para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del

dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a

someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por

Mayoría, con 12 votos a favor y 03 tres votos en contra, siendo los votos en

contra el de la Regidora; Lic. Montserrat Vázquez Acevedo, Regidor, L.A.E. Jorge

Montes González, Regidora, L.C. Eloísa Cholico Torres.- ==================

DICTAMEN HDA-012/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se otorga en donación 3 tres vehículos automotores

de propiedad municipal que se encuentra en desuso en el almacén municipal, a favor

del Plantel CONALEP de Celaya. Gto. CONSIDERANDO.- Que el artículo 115

fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo

117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; establecen que

los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio

conforme a la Ley. En ese sentido cada Municipio será gobernado por un

Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten

al patrimonio Municipal. Atendiendo a la existencia de los artículos 76 Fracción IV

inciso g) y 206 y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en

relación con los artículos 51 y 58 Fracción I del Reglamento de Bienes Muebles e

Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Gto; los cuales señalan como

atribuciones del Ayuntamiento entre otras la de ejercer actos de dominio sobre los

bienes del Municipio; así como también precisa que el Ayuntamiento sólo podrá donar

los bienes de dominio privado del Municipio, por acuerdo de mayoría calificada de sus

integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones Públicas que representen un

beneficio social para el Municipio y dichos bienes revertirán al patrimonio Municipal

cuando se destinen para un fin distinto al autorizado. Que mediante oficio No.

2433/2015-DCP, de fecha 27 de octubre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal,

remite a esta Comisión la solicitud presentada por el Plantel CONALEP Celaya, y que

hace referencia al oficio 2133/2015-DCP, informa que las unidades que cumplen con

las características para ser aprovechadas como material didáctico para la formación

práctica de los estudiantes que cursan la Carrera de Autotrófica en Conalep plantel

Celaya. Ahora bien, se le hace del conocimiento que los tres vehículos de desuso que

están disponibles en la Dirección de Control Patrimonial con número de inventario

1036, 1039 y 868, dichos bienes serán utilizados dentro del Plantel Educativo como

material de práctica para los estudiantes de la carrera de Autotronica, vehículos que

se describen a continuación: Camioneta Chevrolet Silverado modelo 2007 con número

de inventario 1036, Camioneta Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario

1039, Camioneta Chevrolet Pick Up 2004 con número de inventario 868, Documentos

que se anexan al presente dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra

se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 76 fracción

IV inciso j) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y articulo

30 segundo párrafo del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio

Municipal de Celaya, Gto., ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se desafectan del

dominio público, los bienes muebles 3 tres vehículos automotores en desuso, que se

describen a continuación: Camioneta Chevrolet Silverado modelo 2007 con número

de inventario 1036; Camioneta Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario

1039; Camioneta Chevrolet Pick Up 2004 con número de inventario 868; SEGUNDO.-

Se otorga en donación los bienes muebles 3 tres vehículos automotores en desuso, a

favor del CONALEP Plantel Celaya, que se describen a continuación: Camioneta

Chevrolet Silverado modelo 2007 con número de inventario 1036; Camioneta

Chevrolet Cargo Van 2007 con número de inventario 1039; Camioneta Chevrolet Pick

Up 2004 con número de inventario 868; Lo anterior con el objeto único y

exclusivamente como material didáctico de la carrera de Autotronica. TERCERO.- Se

instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite correspondiente para la baja y

entrega de los bienes muebles (Vehículos Automotrices) mencionados en el resolutivo

primero, sin hacer entrega de la documentación original solamente en copia.

CUARTO.- El bien donado será única y exclusivamente para llevar a cabo las

prácticas de los alumnos en la especialidad de Autotronica de la Escuela, en caso

contrario será revertido a favor del municipio en las condiciones en que se

encuentren. QUINTO.- Se instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento, realice las

publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de

Guanajuato. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que de

cumplimiento al artículo 128 fracción IV del La Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato; SEPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para

su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de

noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====

DICTAMEN HDA-013/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la

Dirección de Fiscalización llevar a cabo la donación de la mercancía decomisada, a

favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.

CONSIDERANDO.- Con fundamento en lo establecido por los artículos 11 y 16 del

Reglamento de Mercados y Vendedores Ambulantes, para el Municipio de Celaya,

Estado de Guanajuato; los cuales dentro de las prohibiciones a los comerciantes,

precisan la instalación de puestos fijos, semi-fijos y de ambulantes frente a: edificios

de los planteles educativos ó que constituyan fuente de trabajo, sean oficiales ó

particulares; a templos religiosos; a las puertas que dan acceso a los mercados

públicos; a una distancia menor de diez metros de las puertas de pulquerías, cantinas

y demás centros de servicios; igualmente tratándose de puestos en que se expendan

fritangas y similares; en los camellones y vías públicas; en los prados y en parques

públicos; así como en el primer cuadro de la ciudad y en todo el Boulevard Adolfo

López Mateos; con excepción de los expresamente autorizados. Atendiendo a la

existencia del Reglamento del Bando Municipal de Buen Gobierno, para el Municipio

de Celaya, Guanajuato, que en sus artículos 3, 86, 91 y 93, señalan que las

Autoridades Municipales tienen competencia plena sobre el territorio del Municipio de

Celaya, así como en su organización política, administrativa y servicios públicos de

carácter municipal; además el Ayuntamiento en todo tiempo está facultado para

ordenar el control, la inspección y fiscalización de la actividad comercial que realizan

los particulares; de ahí se desprende el concepto de infracción que es toda acción u

omisión que contravenga las disposiciones contenidas en el Reglamento citado, en

otros Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas que emita el

Ayuntamiento en ejercicio de su actividad, y las infracciones serán sancionadas entre

otras acciones con el decomiso de mercancía; como es el caso de los particulares que

tengan establecimientos de servicio público y que utilicen la vía pública ó lugares no

autorizados para realizar su actividad comercial ó mercantil. En ese sentido el

Reglamento para el Funcionamiento de los Establecimientos Comerciales y de

Servicios, en el Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato en sus artículos 2

Fracción X, 72, y 79, define a los establecimientos como todos aquellos lugares en

donde habitualmente se realizan actividades señaladas dentro del Reglamento citado;

y menciona los supuestos en los cuales la Autoridad Municipal procederá al secuestro

provisional de bienes y mercancías en un establecimiento comercial y de servicios.

Los bienes secuestrados quedarán a disposición de la Dirección de Fiscalización, para

que el propietario de la misma, acredite dentro de los siguientes 30 días hábiles, la

propiedad de dichos bienes, vencido el plazo sin que hubiere sido recuperada la

mercancía por su propietario, podrá ser rematada en los términos de la Ley de

Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y el producto que se obtenga

de la misma se destinará al DIF Municipal. Con fecha 09 de Octubre de 1998, en la

Vigésima Primera Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, mediante el Dictamen GOB-

121/998, según consta en el Acta 29/98, se aprobó el uso y destino de la mercancía

decomisada a los infractores del Reglamento de Bando Municipal de Buen Gobierno,

motivados por la necesidad de solucionar la problemática que presenta la situación de

los espacios con que cuenta la Dirección de Fiscalización y el riesgo de deterioro ó

pérdida de los artículos decomisados; tratándose de mercancías no perecederas, se

acordó realizar la clasificación correspondiente de las mismas, a fin de que con base

al cuadro de necesidades se presenten las instituciones de carácter social que

resulten beneficiadas con el suministro de tales artículos, se establezca un adecuado

mecanismo de distribución, derivada de la necesidad de que dicho procedimiento se

llevará acabo sistemáticamente una vez transcurrido el término de 30 días naturales

siguientes a la fecha en que el decomiso se llevó a cabo, periodo del cual gozarán

quienes acrediten el derecho para reclamar la mercancía, con el fin de que acudan

ante las dependencias municipales correspondientes, a cubrir tanto el importe de la

infracción como al reclamo de la mercancía. Que mediante Oficio D.F/2397/2015 de

fecha 06 de noviembre del 2015, suscrito por el Director de Fiscalización, solicita el

valioso apoyo a fin de que sea autorizado llevar a cabo la donación de la mercancía

existente bajo nuestro resguardo a la Institución del DIF Municipal, de acuerdo al

Dictamen emitido por la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal con

número GOB-121/1998; dicha Institución está facultada para recibir donación, sin

presentarse persona alguna para el reclamo correspondiente y/o pago de la

infracción; para lo cual anexo encontrará la relación de los artículos procedentes para

tal fin; como ANEXO. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como

si a la letra se insertaren. Por lo que en mérito de lo antes expuesto, y con

fundamento en lo establecido en el artículo 53 fracción IX, del Reglamento de

Administración para el Municipio de Celaya, Gto., así como en el artículo 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de

Fiscalización, donar a favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de

Celaya, Gto., (DIF), la mercancía decomisada descrita en el ANEXO al presente

Dictamen en el oficio D.F/2397/2015 de fecha 06 de noviembre del 2015.

SEGUNDO.- Se instruye a la Contraloría Municipal levante el Acta correspondiente

de la entrega de la mercancía en donación al Sistema para el Desarrollo Integral de la

Familia del Municipio de Celaya, Gto. (DIF), y dar el seguimiento correspondiente; lo

anterior con fundamento por el artículo 11 fracción XVII de la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de

Guanajuato y sus Municipios. TERCERO.- Se instruye al DIF municipal entregue un

informe a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, de la entrega de la

donación que le hace a favor de los beneficiarios. CUARTO.- Se instruye al Secretario

del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo

establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para

su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 24 de

agosto del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano,

Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====

DICTAMEN HDA-014/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. J. PASCUAL

MALDONADO MARTINEZ. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para

el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el

Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los

derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento

Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de

Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento

de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia

Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.

050/2015 de fecha 29 de octubre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho

de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,

mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C J. PASCUAL

MALDONADO MARTINEZ, quien actualmente desempeña el puesto de Policía Nivel

1 en la Dirección de Policía Municipal. En virtud de que la persona referida tiene a la

fecha una antigüedad de 24 años de servicios ininterrumpidos y 60 años de edad, es

de otorgase la pensión por el equivalente al 70% de su salario toda vez que cubrió

los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo

11. Su pensión mensual asciende a un monto de $6,601.35 (Seis mil seiscientos un

pesos 35/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen

por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con

fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar una

Pensión por vejez al C. J. PASCUAL MALDONADO MARTINEZ, por el equivalente

al 70% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún

otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la

Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al

C. J. PASCUAL MALDONADO MARTINEZ, en la catorcena inmediata siguiente a la

notificación de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la

Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo

128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015.

Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo

que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- ==================

DICTAMEN HDA-015/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. JUAN

ARANDA MENDOZA. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el

Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los

derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento

Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de

Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento

de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia

Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.

054/2015 de fecha 03 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho

de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,

mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C JUAN ARANDA

MENDOZA, quien actualmente desempeña el puesto de Chofer Nivel 3 en Aseo

Público de la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida

tiene a la fecha una antigüedad de 28 años de servicios ininterrumpidos y 62 años de

edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al 90% de su salario toda vez que

cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su

artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto de $4,476.50 (Cuatro mil

cuatrocientos setenta y seis pesos 50/100 m.n.). Documentos que se anexan al

presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por

lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza

otorgar una Pensión por vejez al C. JUAN ARANDA MENDOZA, por el equivalente

al 90% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún

otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la

Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al

C. JUAN ARANDA MENDOZA, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación

de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del

H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción

IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase

a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura

del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede

a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por

Unanimidad de los presentes.- ================================

DICTAMEN HDA-016/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. J. JESUS

GALLEGOS RODRIGUEZ. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el

Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los

derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento

Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de

Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento

de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia

Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.

055/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho

de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,

mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C J. JESUS

GALLEGOS RODRIGUEZ, quien actualmente desempeña el puesto de Encargado B

Nivel 4 en la Coordinación Administrativa de Desarrollo Social. En virtud de que la

persona referida tiene a la fecha una antigüedad de 25 años de servicios

ininterrumpidos y 60 años de edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al

75% de su salario toda vez que cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de

Pensiones y Jubilaciones en su artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto

de $5,945.19 (Cinco mil novecientos cuarenta y cinco pesos 19/100 m.n.).

Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como

si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar una Pensión por vejez al C. J. JESUS

GALLEGOS RODRIGUEZ, por el equivalente al 75% de su salario mensual. Mismo

que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen. SEGUNDO.- Se

instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de Personal, efectúe la

baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. J. JESUS GALLEGOS

RODRIGUEZ, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la aprobación

del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a

que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura

del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede

a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por

Unanimidad de los presentes.- ================================

DICTAMEN HDA-017/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. CAMILO

TELLEZ MARCIAL. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento

garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les

reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de

Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya,

Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de

Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia

Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per.

056/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015, suscrito por el Encargado de Despacho

de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor,

mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C CAMILO TELLEZ

MARCIAL, quien actualmente desempeña el puesto de Ayudante Nivel 5 en Aseo

Publico de la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida

tiene a la fecha una antigüedad de 19 años de servicios ininterrumpidos y 62 años de

edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al 50% de su salario toda vez que

cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su

artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto de $2,238.23 (Dos mil

doscientos treinta y ocho pesos 23/100 m.n.). Documentos que se anexan al

presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por

lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza

otorgar una Pensión por vejez al C. CAMILO TELLEZ MARCIAL, por el equivalente

al 50% de su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún

otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la

Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al

C. CAMILO TELLEZ MARCIAL, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación

de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del

H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción

IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase

a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura

del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede

a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por

Unanimidad de los presentes.- ================================

DICTAMEN HDA-018/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación por años de

servicios del C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA. CONSIDERANDO.- Que la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135

fracción VIII, que el Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales,

el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos

jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la

Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al

Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones y concede el gozo de las mismas a

los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta

Comisión recibió el Oficio Dir. Per. 057/2015 de fecha 04 de noviembre del 2015,

suscrito por el Encargado de Despacho de la Dirección de Personal y el Asesor

Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de

jubilación por años de servicios del C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA, quien

actualmente desempeña el puesto de Velador Nivel 4 en Aseo Publico de la Dirección

de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha una

antigüedad de 30 años de servicios ininterrumpidos y 55 años de edad, es de

otorgase la pensión por el equivalente al 100% de su salario toda vez que cubrió los

requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 10.

Por lo que se solicita poner a consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión

de cabildos para su aprobación. Su pensión mensual asciende a un monto de

$4,476.46 (Cuatro mil cuatrocientos setenta y seis pesos 46/100 m.n.). Documentos

que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra

se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza otorgar una Pensión de Jubilación por años de servicios al C.

AGUSTIN PÉREZ MANCERA, por el equivalente al 100% de su sueldo mensual.

Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen. SEGUNDO.- Se

instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de Personal, efectúe la

baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. AGUSTIN PÉREZ MANCERA,

en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la aprobación del presente

Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé

cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del

Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.-

Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

en fecha 09 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación

del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los

presentes.- =============================================

DICTAMEN HDA-019/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial

bienes muebles asignados a la Dirección de Servicios Municipales.

CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la

Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los

Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio

conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que

tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio

Municipal. Mediante Oficio: 2414/2015-DCP de fecha 26 de octubre del 2015, suscrito

por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

pública, la baja por finiquito de los siguientes artículos: ==================

Clave Articulo Valor Resguardante

1237-5490-00011-

L ROTOMARTILLO

$1,794.

58

RICARDO PAUL

MORIN CAMPA

1237-5490-00010-

I TORNILLO DE BANCO $644.81

RICARDO PAUL

MORIN CAMPA

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por el Director General de Servicios

Municipales, mediante los oficios DGSM/0139/2015. Documentos que se tienen por

anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anterior y en virtud

de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron descontados vía nomina al

responsable del resguardo, además de que se cumplen con los criterios de baja de

los bienes muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja

de los mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.-

Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, los

siguientes artículos: =======================================

Clave Articulo Valor Resguardante

1237-5490-00011-

L ROTOMARTILLO

$1,794.

58

RICARDO PAUL

MORIN CAMPA

1237-5490-00010-

I TORNILLO DE BANCO $644.81

RICARDO PAUL

MORIN CAMPA

Todos los bienes muebles descritos asignados a la Dirección de Servicios Municipales.

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del

registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye

al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen

conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese

para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 09 de

noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====

DICTAMEN HDA-020/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial

bienes muebles asignados a la Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.-

Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del

Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada

Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el

emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Mediante Oficio:

2411/2015-DCP de fecha 26 de octubre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal,

solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta pública, la baja por finiquito

del siguiente artículo: ======================

Clave Articulo Valor Resguardante

1214-0801-

00318-H ARCHIVERO $2,256.07

MA. HILDA ROCIO ORTIZ

MIRANDA

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por el Director General de Policía

Municipal, mediante los oficio 0450/DAPM/2015. Documentos que se tienen por

anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anterior y en virtud

de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron descontados vía nomina al

responsable del resguardo, además de que se cumplen con los criterios de baja de

los bienes muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja

de los mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad

Municipal, los siguientes artículos: ==============================

Clave Articulo Valor Resguardante

1214-0801-

00318-H ARCHIVERO $2,256.07

MA. HILDA ROCIO ORTIZ

MIRANDA

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del

registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye

al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen

conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese

para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 09 de

noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====

DICTAMEN HDA-021/2015.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la

reasignación de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias de la

Administración Pública Municipal. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el

artículo 115 fracción IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los

estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de

Guanajuato y el artículo 69 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos

que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien éste

autorice conforme a la Ley. Que conforme a lo establecido por la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición de

realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 201 establece que

ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo

autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido

por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver

toda propuesta de creación y modificación de sus respectivos presupuestos. Que

mediante Oficio número PCP/T/031/2015 y PCP/T/032/2015 de fecha 06 y 11 de

noviembre del 2015 respectivamente, suscrito por la Tesorera Municipal, el cual envía

los formatos de reasignación de recursos de las diferentes Dependencias que integran

la Administración Municipal, con el propósito de someterlos para su aprobación de la

Comisión y posterior autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: =========

DEPENDENCIA: Ingresos FECHA: 03/11/2015

TITULAR: C.P. Maribel López Martínez

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0703 O0074 2111 11501

Materiales y

útiles de oficina $8,000.00

31111-

0703 O0074 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$8,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $8,000.00 $8,000.00

JUSTIFICACIÓN: Compra de sellos para el área de cajas de la nueva

Administración.

DEPENDENCIA: Oficialía Mayor FECHA: 05/11/2015

TITULAR: Lic. Francisco Israel Montellano Rueda

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0606 E0292 5151

61502

Computadoras y

equipo periférico $13,108.00

31111-

0606 E0292 5911

61502 Software $9,744.00

31111-

0606 E0292 5111

61502

Muebles de

oficina y

estantería

$3,364.00

31111- E0292 5111 Muebles de $5,046.00

0606 11501 oficina y

estantería

31111-

0606 E0292 5151

11501

Computadoras y

equipo periférico $5,046.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,154.0

0 $18,154.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a lo establecido en el ADENDUM

CONV/DGSG/004/2015, celebrado con Gobierno del Estado y el Municipio en el

marco del Programa MAS.

DEPENDENCIA: Impuestos Inmobiliarios y Catastro FECHA: 04/11/2015

TITULAR: Lic. Germán Diez de Bonilla Hernández

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0704 E0075 3511 11501

Conservación y

mantenimiento

de inmuebles

$3,000.00

31111-

0704 E0075 3391 11501

Servicios

profesionales,

científicos y

técnicos

integrales

$500.00

31111-

0704 E0075 3961 11501

Otros gastos por

responsabilidade

s

$3,500.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,300.00 $1,300.00

JUSTIFICACIÓN: Fumigación del área de digitalización; Cubrir honorarios por

servicios profesionales de la Dirección;

DEPENDENCIA: Desarrollo Urbano FECHA: 06/11/2015

TITULAR: Arq. L. Gustavo Báez Vega

Código Presupuestario

CeGe Progra Partid Fuente Nombre de la Aumento Reducción

ma a Financiamien

to

partida

31111-

1001 E0097 2161 11501

Material de

limpieza $5,000.00

31111-

1001 E0097 3321 11501

Servicios de

diseño,

arquitectura,

ingeniería y

actividades

relacionadas

$5,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para material de limpieza de baños y oficina de la

Dependencia.

DEPENDENCIA: Tesorería FECHA: 03/11/2015

TITULAR: C.P.C. y M.F. Ma. Lourdes Herrera Rodríguez

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0709 O0087 3391 11501

Servicios

profesionales,

científicos y

técnicos

integrales

$38,666.6

7

31111-

0701 O0071 2491 11501

Materiales

diversos $6,000.00

31111-

0701 O0071 3331 11501

Servicios de

consultoría

administrativa

$44,666.67

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $44,666.6

7 $44,666.67

JUSTIFICACIÓN: Pago de avalúos del Programa de venta y chatarra de autos.

Proyecto de energías renovables

DEPENDENCIA: Policía FECHA: 05/11/2015

TITULAR: José Fernando Adrián Ruíz

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

1201 E0118 2491 11501

Materiales

diversos $6,000.00

31111-

1201 O0117 3391 11501

Servicios

profesionales,

científicos y

técnicos

integrales

$11,000.00

31111-

1201 O0117 3852 11501

Gastos de las

oficinas de

servidores

públicos

superiores y

mandos medios

$17,000.0

0

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $17,000.0

0 $17,000.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a gastos menores de la dirección.

DEPENDENCIA: Desarrollo Económico FECHA: 05/11/2015

TITULAR: Lic. David Alfonso Orozco Pérez

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0201 K0002 2612 11501

Combustibles,

lubricantes y

aditivos para

vehículos

terrestres,

asignados a

servidores

públicos

$3,000.00

31111-

0201 K0002 3551 11501

Mantenimiento y

conservación de

vehículos

terrestres

$7,000.00

31111-

0201 K0002 3831 11501

Congresos y

convenciones $10,000.00

31111-

0201 K0002 4331 11501

Subsidios para

inversión $8,217.00

31111-

0201 K0002 2212 11501

Productos

alimenticios

para el personal

en las

instalaciones de

las

dependencias y

entidades

$8,217.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,217.0

0 $18,217.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para combustible y mantenimiento de vehículos; Dar

solvencia a la partida de alimentos para la atención de posibles inversionistas.

DEPENDENCIA: Contraloría FECHA: 03/11/2015

TITULAR: C.P. José Luis Nájera Arredondo

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0801 O0090 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$6,500.00

31111-

0801 O0090 3852 11501

Gastos de las

oficinas de

servidores

públicos

superiores y

mandos medios

$6,500.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $6,500.00 $6,500.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para caja chica de Nov a Dic 2015

DEPENDENCIA: Juzgado Administrativo Municipal FECHA: 04/11/2015

TITULAR: Lic. Francisco Figueroa Caso

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0505 E0052 5151 11501

Computadoras y

equipo periférico $3,900.00

31111-

0505 E0052 2612 11501

Combustibles,

lubricantes y

aditivos para

vehículos

terrestres

asignados a

servidores

públicos

$3,900.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,900.00 $3,900.00

JUSTIFICACIÓN: Cubrir combustible del vehículo asignado a Juzgado

Administrativo Municipal.

DEPENDENCIA: Impuestos Inmobiliarios y Catastro FECHA: 09/11/2015

TITULAR: Lic. Germán Diez de Bonilla Hernández

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0704 E0075 3571 11501

Instalación,

reparación y

mantenimiento

de maquinaria,

otros equipos y

herramienta

$3,000.00

31111-

0704 E0075 3611 11501

Difusión e

información de

mensajes y

actividades

gubernamentale

s

$3,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00

JUSTIFICACIÓN: Mantenimiento al aire acondicionado de la Dirección.

DEPENDENCIA: Fiscalización FECHA: 09/11/2015

TITULAR: Lic. Ignacio Lomeli Alejandre

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0707 E0080 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$1,930.98

31111-

0707 E0081 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$5,034.26

31111-

0707 E0082 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$2,822.72

31111-

0707 E0083 3391 11501

Servicios

profesionales,

científicos y

técnicos

integrales

$15,325.45

31111-

0707 E0082 2121 11501

Materiales y

útiles de

impresión y

reproducción

$5,000.00

31111-

0707 E0080 2112 11501

Equipos

menores de

oficina

$2,400.00

31111-

0707 E0083 5651 11501

Equipo de

comunicación y

telecomunicació

n

$32,513.4

1

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $32,513.4

1 $32,513.41

JUSTIFICACIÓN: Compra de un repetidor, ya que el actual se descompuso y no

tiene reparación, y es de suma importación ya que es el medio de comunicación

con los inspectores.

DEPENDENCIA: Tesorería FECHA: 09/11/2015

TITULAR: C.P.C. y M.F. Ma. Lourdes Herrera Rodríguez

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0701 O0071 2212 11501

Productos

alimenticios

para el personal

en las

instalaciones de

las

dependencias y

entidades

$3,000.00

31111-

0701 O0071 3331 11501

Servicios de

consultoría

administrativa

$3,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00

JUSTIFICACIÓN: Compra de alimentos y bebidas para capacitaciones de directores

y enlaces.

DEPENDENCIA: Policía FECHA: 09/11/2015

TITULAR: José Fernando Adrián Ruíz

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

Nombre de la

partida Aumento Reducción

to

31111-

1201 E0116 2531 11501

Medicinas y

productos

farmacéuticos

$1,000.00

31111-

1201 E0116 3961 11501

Otros gastos por

responsabilidade

s

$2,000.00

31111-

1201 O0117 3751 11501

Viáticos

nacionales para

servidores

públicos en el

desempeño de

funciones

oficiales

$3,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia a viáticos para personal comisionado al curso en Cd.

de Puebla.

DEPENDENCIA: Movilidad y transporte público FECHA: 08/11/2015

TITULAR: Lic. Carlos Alberto Ruíz León

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0510 P0286 3141 51509

Servicio

telefonía

tradicional

$30,000.0

0

31111-

0510 P0287 2531 51509

Medicinas y

productos

farmacéuticos

$30,000.00

31111-

0510 P0285 2461 51509

Material

eléctrico y

electrónico

$6,000.00

31111-

0510 P0285 2491 51509

Materiales

diversos $6,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $36,000.0

0 $36,000.00

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia para adquisición de línea telefónica para la Dirección;

Acondicionar las instalaciones de la Dirección.

DEPENDENCIA: Sistemas FECHA: 09/11/2015

TITULAR: L.I. Rubén Covarrubias Rivas

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0708 O0084 5651 51509

Equipo de

comunicación y

telecomunicació

n

$20,000.0

0

31111-

0708 O0084 5151 51509

Computadoras y

equipo periférico

$15,000.0

0

31111-

0708 O0085 5691 51509 Otros equipos $35,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $35,000.0

0 $35,000.00

JUSTIFICACIÓN: Compra de 7 antenas inalámbricas para la red del edificio

central; 1 laptop para pruebas y configuración de otros equipos.

DEPENDENCIA: Servicios Municipales FECHA: 09/11/2015

TITULAR: Arq. Jesús Manuel Hernández Arias

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

1101 E0111 3581 11501

Servicios de

limpieza y

manejo de

desechos

$2,204.00

31111- E0111 3571 11501 Instalación, $2,204.00

1101 reparación y

mantenimiento

de maquinaria,

otros equipos y

herramienta

31111-

1101 E0109 3581 11501

Servicios de

limpieza y

manejo de

desechos

$2,000.00

31111-

1101 E0109 3571 11501

Instalación,

reparación y

mantenimiento

de maquinaria,

otros equipos y

herramienta

$2,000.00

31111-

1101 E0104 2161 11501

Material de

limpieza $1,000.00

31111-

1101 E0104 3852 11501

Gastos de las

oficinas de

servidores

públicos

superiores y

mandos medios

$740.00

31111-

1101 E0104 3611 11501

Difusión e

información de

mensajes y

actividades

gubernamentale

s

$1,740.00

31111-

1101 E0106 2491 11501

Materiales

diversos $5,000.00

31111-

1101 E0106 2311 11501

Productos

alimenticios,

agropecuarios y

forestales

$5,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $10,944.0 $10,944.00

0

JUSTIFICACIÓN: Renta de sanitarios portátiles debido a que demolieron los baños

del personal por obra en parque morelos; Renta de sanitarios con motivo de

festividades del 12 aniversario del panteón norte; Cubrir necesidades de material

de limpieza y reposiciones de caja chica.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores FECHA: 10/11/2015

TITULAR: Lic. Montserrat Vázquez Acevedo

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0138 O0001 2111 11501

Materiales y

útiles de oficina $1,572.81

31111-

0138 O0001 3852 11501

Gastos de las

oficinas de

servidores

públicos

superiores y

mandos medios

$1,572.81

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,572.81 $1,572.81

JUSTIFICACIÓN: Compra de papelería de la Regiduría.

DEPENDENCIA: INFOPOL FECHA: 06/11/2015

TITULAR: Teniente Coronel Adelaido Botello Ramírez

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0507 R0057 3511 11501

Conservación y

mantenimiento

de inmuebles

$1,500.00

31111-

0507 R0057 3591 11501

Servicios de

jardinería y

fumigación

$3,500.00

31111-

0507 R0057 3571 11501

Instalación,

reparación y

mantenimiento

de maquinaria,

otros equipos y

herramienta

$5,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00

JUSTIFICACIÓN: Contar con recursos para mantenimiento al inmueble con pintura

y reparaciones varias y pago de fumigación del Infopol.

DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento FECHA: 06/11/2015

TITULAR: Lic. José Ramón Yerena Cano

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0501 E0297 2491 11501

Materiales

diversos $30,000.00

31111-

0501 E0297 2421 11501

Materiales de

construcción de

concreto

$30,000.0

0

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $30,000.0

0 $30,000.00

JUSTIFICACIÓN: Mantenimiento de las Delegaciones Municipales.

DEPENDENCIA: SISMACC FECHA: 10/11/2015

TITULAR: Ing. Juan Gerardo Cazares Patiño

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31120-

8401 U0127 4151 11501

Transferencias

para servicios

personales

$54,353.50

31120- U0127 4153 11501 Transferencias $54,353.5

8401 para servicios

básicos

0

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $54,353.5

0 $54,353.50

JUSTIFICACIÓN: Cubrir con las obligaciones para el resto del año.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores FECHA: 11/11/2015

TITULAR: C.P. Blanca Elena González Zavala

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0143 O0001 2212 11501

Productos

alimenticios

para el personal

en las

instalaciones de

las

dependencias y

entidades

$5,000.00

31111-

0143 O0001 3751 11501

Viáticos

nacionales para

servidores

públicos en el

desempeño de

funciones

oficiales

$2,600.00

31111-

0143 O0001 3852 11501

Gastos de las

oficinas de

servidores

públicos

superiores y

mandos medios

$7,000.00

31111-

0143 O0001 4411 11501

Gastos

relacionados con

actividades

$14,600.0

0

culturales,

deportivas y de

ayuda

extraordinaria

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $14,600.0

0 $14,600.00

JUSTIFICACIÓN: Cubrir las necesidades de esta regiduría.

DEPENDENCIA: Dirección Jurídica FECHA: 11/11/2015

TITULAR: Lic. José Ignacio Ramírez Valenzuela

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0502 E0046 3361 11501

Impresiones de

documentos

oficiales

$20,000.0

0

31111-

0502 E0046 3391 11501

Servicios

profesionales,

científicos y

técnicos

integrales

$121,939.

53

31111-

0502 E0046 3751 11501

Viáticos

nacionales para

servidores

públicos en el

desempeño de

funciones

oficiales

$5,000.00

31111-

0502 E0046 2111 11501

Materiales y

útiles de oficina $5,000.00

31111-

0502 E0046 3551 11501

Mantenimiento y

conservación de

vehículos

terrestres,

aéreos,

$20,000.0

0

marítimos,

lacustres y

fluviales

31111-

0502 E0046 3111 11501

Servicio de

energía eléctrica $4,500.00

31111-

0502 E0046 5811 11501 Terrenos

$176,439.5

3

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $176,439.

53

$176,439.5

3

JUSTIFICACIÓN: Cubrir los servicios necesarios para cerrar el presente ejercicio

fiscal.

DEPENDENCIA: Oficialía Mayor FECHA: 05/11/2015

TITULAR: Lic. Francisco Israel Montellano Rueda

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Partid

a

Fuente

Financiamien

to

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0101 O0036 1132 51509

Sueldos de

Confianza

5,000.00

31111-

0101 O0036 1321

51509 Prima

Vacacional

52,000.00

31111-

0101 O0036 1323

51509 Gratificación de

fin de año

6,000.00

31111-

0101 O0036 1413

51509 Aportaciones

IMSS

40,000.00

31111-

0101 O0036 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0101 O0036 1431

51509 Ahorro para el

retiro

10,000.00

31111-

0101 O0036 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,000.00

31111-

0101 O0036 1592

51509 Otras

prestaciones

15,000.00

31111-

0101 O0037 1131

51509 Sueldos Base

10,000.00

31111-

0101 O0037 1132

51509 Sueldos de

Confianza

35,000.00

31111-

0101 O0037

1321

51509 Prima

Vacacional

40,000.00

31111-

0101 O0037 1323

51509 Gratificación de

fin de año

22,000.00

31111-

0101 O0037 1413

51509 Aportaciones

IMSS

6,000.00

31111-

0101 O0037 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

8,000.00

31111-

0101 O0037 1431

51509 Ahorro para el

retiro

8,000.00

31111-

0101 O0037 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0101 O0037 1531

51509 Prestaciones de

retiro

4,000.00

31111-

0101 O0037

1541

51509 Prestaciones

CGT

2,000.00

31111-

0101 O0037

1592

51509 Otras

prestaciones

19,000.00

31111-

0101 O0038

1131

51509

Sueldos Base

12,000.00

31111-

0101 O0038

1132

51509 Sueldos de

Confianza

23,000.00

31111-

0101 O0038

1321

51509 Prima

Vacacional

7,000.00

31111-

0101 O0038 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111-

0101 O0038 1413

51509 Aportaciones

IMSS

4,000.00

31111-

0101 O0038 1421

51509 Aportaciones

NFONAVIT

1,500.00

31111-

0101 O0038 1431

51509 Ahorro para el

retiro

1,500.00

31111-

0101 O0038

1541

51509 Prestaciones

CGT

2,500.00

31111-

0101 O0038

1592

51509 Otras

prestaciones

1,500.00

31111-

0102 O0001 1131

51509 Sueldos Base

23,000.00

31111-

0102 O0001

1132

51509 Sueldos de

Confianza

310,000.0

0

31111-

0102 O0001 1321

51509 Prima

Vacacional

14,000.00

31111-

0102 O0001 1323

51509 Gratificación de

fin de año

40,000.00

31111-

0102 O0001

1413

51509

Aportaciones

IMSS

100,000.0

0

31111-

0102 O0001 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

3,000.00

31111-

0102 O0001 1431

51509 Ahorro para el

retiro

1,000.00

31111-

0102 O0001 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

12,000.00

31111-

0102 O0001 1541

51509 Prestaciones

CGT

45,000.00

31111-

0102 O0001

1592

51509 Otras

prestaciones

37,000.00

31111-

0201 K0002 1132

51509 Sueldos de

Confianza

110,000.00

31111-

0201 K0002

1321

51509 Prima

Vacacional

40,000.00

31111-

0201 K0002 1323

51509 Gratificación de

fin de año

2,000.00

31111-

0201 K0002 1413

51509 Aportaciones

IMSS

10,000.00

31111-

0201 K0002 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

8,000.00

31111-

0201 K0002 1431

51509 Ahorro para el

retiro

15,000.00

31111-

0201 K0002 1592

51509 Otras

prestaciones

4,500.00

31111-

0201 K0003 1132

51509 Sueldos de

Confianza

58,000.00

31111-

0201 K0003 1321

51509 Prima

Vacacional

18,000.00

31111-

0201 K0003 1413

51509 Aportaciones

IMSS

8,000.00

31111-

0201 K0003 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,000.00

31111-

0201 K0003 1431

51509 Ahorro para el

retiro

1,800.00

31111-

0201 K0003

1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

500.00

31111-

0201 K0003

1541

51509 Prestaciones

CGT

500.00

31111-

0201 K0003 1592

51509 Otras

prestaciones

3,500.00

31111-

0301 O0005 1131

51509 Sueldos Base

20,000.00

31111-

0301 O0005 1132

51509 Sueldos de

Confianza

260,000.0

0

31111-

0301 O0005

1321

51509 Prima

Vacacional

25,000.00

31111-

0301 O0005

1323

51509 Gratificación de

fin de año

20,000.00

31111-

0301 O0005 1413

51509 Aportaciones

IMSS

15,000.00

31111-

0301 O0005 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

20,000.00

31111-

0301 O0005 1431

51509 Ahorro para el

retiro

10,000.00

31111-

0301 O0005 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

0301 O0005 1541

51509 Prestaciones

CGT

10,000.00

31111-

0301 O0005 1592

51509 Otras

prestaciones

31,000.00

31111-

0302 E0008 1131

51509 Sueldos Base

1,000.00

31111-

0302 E0008

1132

51509 Sueldos de

Confianza

40,000.00

31111-

0302 E0008

1321

51509 Prima

Vacacional

19,000.00

31111-

0302 E0008 1323

51509 Gratificación de

fin de año

1,500.00

31111-

0302 E0008 1413

51509 Aportaciones

IMSS

6,000.00

31111-

0302 E0008 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

1,300.00

31111-

0302 E0008 1431

51509 Ahorro para el

retiro

2,800.00

31111-

0302 E0008 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

4,000.00

31111-

0302 E0008 1541

51509 Prestaciones

CGT

38,000.00

31111-

0302 E0008 1592

51509 Otras

prestaciones

60,000.00

31111-

0303 E0016

1131

51509

Sueldos Base

25,000.00

31111-

0303 E0016

1132

51509 Sueldos de

Confianza

9,000.00

31111-

0303 E0016

1321

51509 Prima

Vacacional

30,000.00

31111-

0303 E0016 1323

51509 Gratificación de

fin de año

55,000.00

31111-

0303 E0016 1413

51509 Aportaciones

IMSS

4,000.00

31111-

0303 E0016 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

32,000.00

31111-

0303 E0016 1431

51509 Ahorro para el

retiro

31,000.00

31111-

0303 E0016 1541

51509 Prestaciones

CGT

38,000.00

31111-

0303 E0016

1592

51509 Otras

prestaciones

15,000.00

31111-

0303 O0015 1131

51509 Sueldos Base

18,000.00

31111-

0303 O0015

1132

51509 Sueldos de

Confianza

115,000.0

0

31111-

0303 O0015 1321

51509 Prima

Vacacional

23,000.00

31111- O0015 1323 51509 Gratificación de

0303 fin de año 43,000.00

31111-

0303 O0015

1413

51509 Aportaciones

IMSS

40,000.00

31111-

0303 O0015 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

20,000.00

31111-

0303 O0015 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,500.00

31111-

0303 O0015 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

6,500.00

31111-

0303 O0015 1541

51509 Prestaciones

CGT

25,000.00

31111-

0303 O0015 1592

51509 Otras

prestaciones

15,000.00

31111-

0304 E0017 1131

51509 Sueldos Base

80,000.00

31111-

0304 E0017 1132

51509 Sueldos de

Confianza

39,000.00

31111-

0304 E0017

1321

51509 Prima

Vacacional

14,000.00

31111-

0304 E0017 1323

51509 Gratificación de

fin de año

20,000.00

31111-

0304 E0017 1413

51509 Aportaciones

IMSS

25,000.00

31111-

0304 E0017 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

11,000.00

31111-

0304 E0017 1431

51509 Ahorro para el

retiro

11,000.00

31111-

0304 E0017 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0304 E0017 1541

51509 Prestaciones

CGT

12,000.00

31111-

0304 E0017 1592

51509 Otras

prestaciones

30,000.00

31111- E0018 1131 51509 Sueldos Base

0304 60,000.00

31111-

0304 E0018 1132

51509 Sueldos de

Confianza

33,000.00

31111-

0304 E0018 1321

51509 Prima

Vacacional

21,000.00

31111-

0304 E0018 1323

51509 Gratificación de

fin de año

15,000.00

31111-

0304 E0018 1413

51509 Aportaciones

IMSS

11,000.00

31111-

0304 E0018 1431

51509 Ahorro para el

retiro

500.00

31111-

0304 E0018 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,000.00

31111-

0304 E0018 1541

51509 Prestaciones

CGT

19,000.00

31111-

0304 E0018 1592

51509 Otras

prestaciones

27,000.00

31111-

0305 O0020 1131

51509 Sueldos Base

13,000.00

31111-

0305 O0020

1132

51509 Sueldos de

Confianza

25,000.00

31111-

0305 O0020 1321

51509 Prima

Vacacional

26,500.00

31111-

0305 O0020 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111-

0305 O0020 1413

51509 Aportaciones

IMSS

10,000.00

31111-

0305 O0020 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

5,000.00

31111-

0305 O0020 1431

51509 Ahorro para el

retiro

5,000.00

31111-

0305 O0020

1541

51509 Prestaciones

CGT

5,000.00

31111- O0020 1592 51509 Otras

0305 prestaciones 20,000.00

31111-

0306 O0033 1131

51509 Sueldos Base

116,090.00

31111-

0306 O0033 1132

51509 Sueldos de

Confianza

42,000.00

31111-

0306 O0033 1321

51509 Prima

Vacacional

8,000.00

31111-

0306 O0033 1323

51509 Gratificación de

fin de año

63,000.00

31111-

0306 O0033 1413

51509 Aportaciones

IMSS

66,000.00

31111-

0306 O0033 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

19,000.00

31111-

0306 O0033 1431

51509 Ahorro para el

retiro

20,000.00

31111-

0306 O0033 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

0306 O0033 1541

51509 Prestaciones

CGT

43,000.00

31111-

0306 O0033

1592

51509

Otras

prestaciones

60,000.00

31111-

0306 R0034 1131

51509 Sueldos Base

17,000.00

31111-

0306 R0034 1132

51509 Sueldos de

Confianza

58,894.50

31111-

0306 R0034 1321

51509 Prima

Vacacional

28,000.00

31111-

0306 R0034 1323

51509 Gratificación de

fin de año

106,000.00

31111-

0306 R0034 1413

51509 Aportaciones

IMSS

120,000.00

31111-

0306 R0034 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

60,000.00

31111- R0034 1431 51509 Ahorro para el

0306 retiro 60,000.00

31111-

0306 R0034 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

18,000.00

31111-

0306 R0034 1541

51509 Prestaciones

CGT

5,000.00

31111-

0306 R0034

1592

51509 Otras

prestaciones

9,000.00

31111-

0307 O0035

1131

51509

Sueldos Base

50,000.00

31111-

0307 O0035

1132

51509 Sueldos de

Confianza

18,000.00

31111-

0307 O0035

1321

51509 Prima

Vacacional

13,000.00

31111-

0307 O0035

1323

51509 Gratificación de

fin de año

4,000.00

31111-

0307 O0035 1413

51509 Aportaciones

IMSS

25,000.00

31111-

0307 O0035 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

4,000.00

31111-

0307 O0035 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,000.00

31111-

0307 O0035 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

3,500.00

31111-

0307 O0035 1541

51509 Prestaciones

CGT

15,000.00

31111-

0307 O0035 1592

51509 Otras

prestaciones

28,000.00

31111-

0401 F0040 1131

51509 Sueldos Base

13,000.00

31111-

0401 F0040 1132

51509 Sueldos de

Confianza

133,000.0

0

31111-

0401 F0040 1321

51509 Prima

Vacacional

37,000.00

31111-

0401 F0040

1413

51509 Aportaciones

IMSS

43,000.00

31111-

0401 F0040 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,000.00

31111-

0401 F0040 1431

51509 Ahorro para el

retiro

1,000.00

31111-

0401 F0040 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

500.00

31111-

0401 F0040

1541

51509 Prestaciones

CGT

3,000.00

31111-

0401 F0040

1592

51509 Otras

prestaciones

12,000.00

31111-

0402 F0041 1131

51509 Sueldos Base

10,000.00

31111-

0402 F0041 1132

51509 Sueldos de

Confianza

45,000.00

31111-

0402 F0041 1321

51509 Prima

Vacacional

16,000.00

31111-

0402 F0041 1323

51509 Gratificación de

fin de año

8,000.00

31111-

0402 F0041

1413

51509 Aportaciones

IMSS

17,500.00

31111-

0402 F0041 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

3,800.00

31111-

0402 F0041 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0402 F0041 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111- F0041 1592 51509 Otras

0402 prestaciones 10,000.00

31111-

0501 E0044 1413

51509 Aportaciones

IMSS

10,000.00

31111-

0501 E0044 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

4,000.00

31111-

0501 E0044 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,500.00

31111-

0501 E0045 1131

51509 Sueldos Base

28,000.00

31111-

0501 E0045 1321

51509 Prima

Vacacional

6,000.00

31111-

0501 E0045 1413

51509 Aportaciones

IMSS

3,000.00

31111-

0501 E0045 1431

51509 Ahorro para el

retiro

500.00

31111-

0501 E0045 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

200.00

31111-

0501 E0045 1541

51509 Prestaciones

CGT

3,500.00

31111-

0501 E0045 1592

51509 Otras

prestaciones

500.00

31111-

0501 E0159 1131

51509 Sueldos Base

8,000.00

31111-

0501 E0159

1132

51509 Sueldos de

Confianza

13,000.00

31111-

0501 E0159 1321

51509 Prima

Vacacional

10,000.00

31111-

0501 E0159 1413

51509 Aportaciones

IMSS

5,000.00

31111-

0501 E0159 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

400.00

31111-

0501 E0159 1541

51509 Prestaciones

CGT

600.00

31111-

0501 E0159 1592

51509 Otras

prestaciones

3,500.00

31111-

0501 P0042 1131

51509 Sueldos Base

1,500.00

31111-

0501 P0042

1132

51509 Sueldos de

Confianza

64,000.00

31111-

0501 P0042

1321

51509 Prima

Vacacional

10,000.00

31111-

0501 P0042 1323

51509 Gratificación de

fin de año

1,500.00

31111-

0501 P0042 1413

51509 Aportaciones

IMSS

4,000.00

31111-

0501 P0042 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

38,000.00

31111-

0501 P0042 1431

51509 Ahorro para el

retiro

40,000.00

31111-

0501 P0042 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0501 P0042 1541

51509 Prestaciones

CGT

5,000.00

31111-

0501 P0042

1592

51509 Otras

prestaciones

1,000.00

31111-

0501 R0043 1131

51509 Sueldos Base

50,000.00

31111-

0501 R0043

1132

51509 Sueldos de

Confianza

103,000.0

0

31111-

0501 R0043

1321

51509 Prima

Vacacional

23,000.00

31111-

0501 R0043

1323

51509 Gratificación de

fin de año

17,000.00

31111-

0501 R0043 1413

51509 Aportaciones

IMSS

8,500.00

31111-

0501 R0043 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

18,000.00

31111-

0501 R0043 1431

51509 Ahorro para el

retiro

18,000.00

31111-

0501 R0043 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,500.00

31111-

0501 R0043 1541

51509 Prestaciones

CGT

33,500.00

31111-

0501 R0043

1592

51509 Otras

prestaciones

3,000.00

31111-

0502 E0046

1131

51509 Sueldos Base

5,000.00

31111-

0502 E0046

1132

51509 Sueldos de

Confianza

150,000.00

31111-

0502 E0046

1321

51509 Prima

Vacacional

14,000.00

31111-

0502 E0046 1323

51509 Gratificación de

fin de año

38,000.00

31111-

0502 E0046 1413

51509 Aportaciones

IMSS

10,000.00

31111-

0502 E0046 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

35,000.00

31111-

0502 E0046 1431

51509 Ahorro para el

retiro

38,000.00

31111-

0502 E0046 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

3,000.00

31111-

0502 E0046 1541

51509 Prestaciones

CGT

3,000.00

31111-

0502 E0046 1592

51509 Otras

prestaciones

42,000.00

31111- E0048 1131 51509 Sueldos Base

0503 55,000.00

31111-

0503 E0048

1132

51509 Sueldos de

Confianza

50,000.00

31111-

0503 E0048

1321

51509 Prima

Vacacional

45,000.00

31111-

0503 E0048

1323

51509 Gratificación de

fin de año

2,000.00

31111-

0503 E0048

1413

51509 Aportaciones

IMSS

600.00

31111-

0503 E0048

1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

3,500.00

31111-

0503 E0048 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,000.00

31111-

0503 E0048 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

100.00

31111-

0503 E0048 1541

51509 Prestaciones

CGT

14,000.00

31111-

0503 E0048 1592

51509 Otras

prestaciones

1,000.00

31111-

0504 E0050

1132

51509 Sueldos de

Confianza

165,000.0

0

31111-

0504 E0050 1321

51509 Prima

Vacacional

20,000.00

31111-

0504 E0050 1323

51509 Gratificación de

fin de año

7,000.00

31111-

0504 E0050 1431

51509 Ahorro para el

retiro

8,000.00

31111-

0504 E0050 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

8,000.00

31111-

0504 E0050 1541

51509 Prestaciones

CGT

10,000.00

31111-

0504 E0050 1592

51509 Otras

prestaciones

40,000.00

31111-

0505 E0052 1131

51509

Sueldos Base

7,000.00

31111-

0505 E0052 1132

51509 Sueldos de

Confianza

38,000.00

31111-

0505 E0052 1321

51509 Prima

Vacacional

28,000.00

31111-

0505 E0052 1413

51509 Aportaciones

IMSS

12,000.00

31111-

0505 E0052 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

6,000.00

31111-

0505 E0052 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0505 E0052 1541

51509 Prestaciones

CGT

1,000.00

31111-

0506 E0054 1131

51509

Sueldos Base

25,000.00

31111-

0506 E0054 1132

51509 Sueldos de

Confianza

65,000.00

31111-

0506 E0054 1321

51509 Prima

Vacacional

20,000.00

31111-

0506 E0054 1323

51509 Gratificación de

fin de año

50,000.00

31111-

0506 E0054 1413

51509 Aportaciones

IMSS

64,000.00

31111-

0506 E0054 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

45,000.00

31111-

0506 E0054 1431

51509 Ahorro para el

retiro

48,000.00

31111-

0506 E0054 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111- E0054 1541 51509 Prestaciones

0506 CGT -

31111-

0506 E0054 1592

51509 Otras

prestaciones

85,000.00

31111-

0506 E0055 1132

51509

Sueldos de

Confianza

165,000.0

0

31111-

0506 E0055 1321

51509 Prima

Vacacional

15,000.00

31111-

0506 E0055 1323

51509 Gratificación de

fin de año

50,000.00

31111-

0506 E0055 1413

51509 Aportaciones

IMSS

55,000.00

31111-

0506 E0055 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

125,000.00

31111-

0506 E0055 1431

51509 Ahorro para el

retiro

125,000.00

31111-

0506 E0055 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

20,000.00

31111-

0506 E0055 1541

51509 Prestaciones

CGT

15,000.00

31111-

0506 E0055 1592

51509 Otras

prestaciones

213,000.00

31111-

0506 E0055 1593

51509

DESPENSAS

85,000.00

31111-

0506 E0056 1131

51509

Sueldos Base

45,000.00

31111-

0506 E0056 1132

51509 Sueldos de

Confianza

60,000.00

31111-

0506 E0056 1321

51509 Prima

Vacacional

60,000.00

31111-

0506 E0056 1323

51509 Gratificación de

fin de año

34,000.00

31111-

0506 E0056 1413

51509 Aportaciones

IMSS

50,000.00

31111-

0506 E0056 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

30,000.00

31111-

0506 E0056 1431

51509 Ahorro para el

retiro

30,000.00

31111-

0506 E0056 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,000.00

31111-

0506 E0056 1541

51509 Prestaciones

CGT

30,000.00

31111-

0506 E0056 1592

51509 Otras

prestaciones

45,000.00

31111-

0507 R0057 1132

51509 Sueldos de

Confianza

140,000.00

31111-

0507 R0057 1323

51509 Gratificación de

fin de año

50,000.00

31111-

0507 R0057 1413

51509 Aportaciones

IMSS

27,500.00

31111-

0507 R0057 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

25,000.00

31111-

0507 R0057 1431

51509 Ahorro para el

retiro

65,000.00

31111-

0507 R0057 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

500.00

31111-

0507 R0057 1541

51509 Prestaciones

CGT

28,000.00

31111-

0507 R0057 1592

51509 Otras

prestaciones

170,000.00

31111-

0508 O0058 1132

51509

Sueldos de

Confianza

115,000.0

0

31111-

0508 O0058 1321

51509 Prima

Vacacional

18,000.00

31111-

0508 O0058 1323

51509 Gratificación de

fin de año

3,000.00

31111-

0508 O0058 1413

51509 Aportaciones

IMSS

25,000.00

31111-

0508 O0058 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111- O0058 1431 51509 Ahorro para el

0508 retiro 10,000.00

31111-

0508 O0058 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

0508 O0058 1592

51509 Otras

prestaciones

30,000.00

31111-

0508 O0059 1131

51509

Sueldos Base

2,500.00

31111-

0508 O0059 1132

51509 Sueldos de

Confianza

4,500.00

31111-

0508 O0059 1321

51509 Prima

Vacacional

8,500.00

31111-

0508 O0059 1413

51509 Aportaciones

IMSS

3,500.00

31111-

0508 O0059 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

500.00

31111-

0508 O0059 1541

51509 Prestaciones

CGT

2,500.00

31111-

0508 O0059 1592

51509 Otras

prestaciones

500.00

31111-

0510 P0285 1413

51509 Aportaciones

IMSS

9,234.32

31111-

0510 P0286 1413

51509 Aportaciones

IMSS

24,766.56

31111-

0510 P0287 1132

51509 Sueldos de

Confianza

30,000.00

31111-

0510 P0287 1321

51509 Prima

Vacacional

30,000.00

31111-

0510 P0287 1323

51509 Gratificación de

fin de año

25,000.00

31111-

0510 P0287 1413

51509 Aportaciones

IMSS

220,000.00

31111-

0510 P0287 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0510 P0287 1431

51509 Ahorro para el

retiro

10,500.00

31111- P0287 1511 51509 Cuotas fondo

0510 ahorro 9,500.00

31111-

0510 P0287 1541

51509 Prestaciones

CGT

8,000.00

31111-

0510 P0287 1592

51509 Otras

prestaciones

70,000.00

31111-

0601 O0060 1131

51509

Sueldos Base

25,000.00

31111-

0601 O0060 1132

51509 Sueldos de

Confianza

188,000.00

31111-

0601 O0060 1321

51509 Prima

Vacacional

20,000.00

31111-

0601 O0060 1323

51509 Gratificación de

fin de año

30,000.00

31111-

0601 O0060 1413

51509 Aportaciones

IMSS

6,000.00

31111-

0601 O0060 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

30,000.00

31111-

0601 O0060 1431

51509 Ahorro para el

retiro

28,000.00

31111-

0601 O0060 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

8,000.00

31111-

0601 O0060 1541

51509 Prestaciones

CGT

65,000.00

31111-

0601 O0060 1592

51509 Otras

prestaciones

35,000.00

31111-

0602 O0062 1131

51509

Sueldos Base

40,000.00

31111-

0602 O0062 1132

51509 Sueldos de

Confianza

30,000.00

31111-

0602 O0062 1321

51509 Prima

Vacacional

55,000.00

31111-

0602 O0062 1323

51509 Gratificación de

fin de año

52,000.00

31111-

0602 O0062 1413

51509 Aportaciones

IMSS

15,000.00

31111- O0062 1421 51509 Aportaciones

0602 INFONAVIT 17,000.00

31111-

0602 O0062 1431

51509 Ahorro para el

retiro

10,000.00

31111-

0602 O0062 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

10,000.00

31111-

0602 O0062 1541

51509 Prestaciones

CGT

80,000.00

31111-

0602 O0062 1592

51509 Otras

prestaciones

17,000.00

31111-

0603 O0063 1131

51509

Sueldos Base

100,000.00

31111-

0603 O0063 1132

51509 Sueldos de

Confianza

179,000.00

31111-

0603 O0063 1321

51509 Prima

Vacacional

60,000.00

31111-

0603 O0063 1323

51509 Gratificación de

fin de año

85,000.00

31111-

0603 O0063 1413

51509 Aportaciones

IMSS

50,000.00

31111-

0603 O0063 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

45,000.00

31111-

0603 O0063 1431

51509 Ahorro para el

retiro

48,000.00

31111-

0603 O0063 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

0603 O0063 1541

51509 Prestaciones

CGT

24,500.00

31111-

0603 O0063 1592

51509 Otras

prestaciones

60,000.00

31111-

0605 O0069 1132

51509 Sueldos de

Confianza

50,000.00

31111-

0605 O0069 1321

51509 Prima

Vacacional

15,000.00

31111-

0605 O0069 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111- O0069 1413 51509 Aportaciones

0605 IMSS 18,000.00

31111-

0605 O0069 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

7,000.00

31111-

0605 O0069 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0605 O0069 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

3,000.00

31111-

0605 O0069 1592

51509 Otras

prestaciones

21,000.00

31111-

0606 O0070 1131

51509

Sueldos Base

4,000.00

31111-

0606 O0070 1132

51509

Sueldos de

Confianza

175,000.0

0

31111-

0606 O0070 1321

51509 Prima

Vacacional

25,000.00

31111-

0606 O0070 1323

51509 Gratificación de

fin de año

2,000.00

31111-

0606 O0070 1413

51509 Aportaciones

IMSS

2,500.00

31111-

0606 O0070 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

4,000.00

31111-

0606 O0070 1431

51509 Ahorro para el

retiro

4,000.00

31111-

0606 O0070 1541

51509 Prestaciones

CGT

500.00

31111-

0701 O0071 1131

51509

Sueldos Base

20,000.00

31111-

0701 O0071 1132

51509

Sueldos de

Confianza

125,000.0

0

31111-

0701 O0071 1321

51509 Prima

Vacacional

60,000.00

31111-

0701 O0071 1323

51509 Gratificación de

fin de año

18,000.00

31111- O0071 1413 51509 Aportaciones

0701 IMSS 18,000.00

31111-

0701 O0071 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

6,000.00

31111-

0701 O0071 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0701 O0071 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0701 O0071 1541

51509 Prestaciones

CGT

6,000.00

31111-

0701 O0071 1592

51509 Otras

prestaciones

8,000.00

31111-

0702 M0073 1131

51509

Sueldos Base

75,000.00

31111-

0702 M0073 1132

51509 Sueldos de

Confianza

75,000.00

31111-

0702 M0073 1321

51509 Prima

Vacacional

35,000.00

31111-

0702 M0073 1323

51509 Gratificación de

fin de año

40,000.00

31111-

0702 M0073 1413

51509 Aportaciones

IMSS

35,000.00

31111-

0702 M0073 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0702 M0073 1431

51509 Ahorro para el

retiro

15,000.00

31111-

0702 M0073 1541

51509 Prestaciones

CGT

2,500.00

31111-

0702 M0073 1592

51509 Otras

prestaciones

13,000.00

31111-

0703 O0074 1131

51509

Sueldos Base

55,000.00

31111-

0703 O0074 1132

51509 Sueldos de

Confianza

40,000.00

31111-

0703 O0074 1321

51509 Prima

Vacacional

25,000.00

31111- O0074 1323 51509 Gratificación de

0703 fin de año 3,000.00

31111-

0703 O0074 1413

51509 Aportaciones

IMSS

25,000.00

31111-

0703 O0074 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0703 O0074 1431

51509 Ahorro para el

retiro

17,000.00

31111-

0703 O0074 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,500.00

31111-

0703 O0074 1541

51509 Prestaciones

CGT

55,000.00

31111-

0703 O0074 1592

51509 Otras

prestaciones

35,000.00

31111-

0703 O0267 1131

51509

Sueldos Base

45,000.00

31111-

0703 O0267 1132

51509 Sueldos de

Confianza

25,000.00

31111-

0703 O0267 1321

51509 Prima

Vacacional

34,000.00

31111-

0703 O0267 1323

51509 Gratificación de

fin de año

25,000.00

31111-

0703 O0267 1413

51509 Aportaciones

IMSS

44,000.00

31111-

0703 O0267 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

6,000.00

31111-

0703 O0267 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0703 O0267 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

6,500.00

31111-

0703 O0267 1541

51509 Prestaciones

CGT

25,000.00

31111-

0703 O0267 1592

51509 Otras

prestaciones

55,000.00

31111-

0704 E0075 1131

51509

Sueldos Base

2,000.00

31111- E0075 1132 51509 Sueldos de

0704 Confianza 5,000.00

31111-

0704 E0075 1321

51509 Prima

Vacacional

35,000.00

31111-

0704 E0075 1323

51509 Gratificación de

fin de año

28,000.00

31111-

0704 E0075 1331

51509 Remun Horas

extra

-

31111-

0704 E0075 1413

51509 Aportaciones

IMSS

38,000.00

31111-

0704 E0075 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

28,000.00

31111-

0704 E0075 1431

51509 Ahorro para el

retiro

42,000.00

31111-

0704 E0075 1592

51509 Otras

prestaciones

25,000.00

31111-

0705 O0076 1131

51509

Sueldos Base

39,000.00

31111-

0705 O0076 1132

51509 Sueldos de

Confianza

68,000.00

31111-

0705 O0076 1321

51509 Prima

Vacacional

50,000.00

31111-

0705 O0076 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111-

0705 O0076 1413

51509 Aportaciones

IMSS

32,000.00

31111-

0705 O0076 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

-

31111-

0705 O0076 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,000.00

31111-

0705 O0076 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0705 O0076 1541

51509 Prestaciones

CGT

30,000.00

31111-

0705 O0076 1592

51509 Otras

prestaciones

3,500.00

31111- O0078 1131 51509 Sueldos Base

0706 8,500.00

31111-

0706 O0078 1132

51509 Sueldos de

Confianza

2,000.00

31111-

0706 O0078 1321

51509 Prima

Vacacional

22,000.00

31111-

0706 O0078 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0706 O0078 1541

51509 Prestaciones

CGT

4,000.00

31111-

0706 O0078 1592

51509 Otras

prestaciones

6,000.00

31111-

0707 E0080 1131

51509

Sueldos Base

21,000.00

31111-

0707 E0080 1132

51509

Sueldos de

Confianza

165,000.0

0

31111-

0707 E0080 1321

51509 Prima

Vacacional

24,000.00

31111-

0707 E0080 1323

51509 Gratificación de

fin de año

12,000.00

31111-

0707 E0080 1413

51509 Aportaciones

IMSS

1,000.00

31111-

0707 E0080 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

4,000.00

31111-

0707 E0080 1431

51509 Ahorro para el

retiro

4,000.00

31111-

0707 E0080 1592

51509 Otras

prestaciones

20,000.00

31111-

0707 E0081 1132

51509 Sueldos de

Confianza

10,000.00

31111-

0707 E0081 1321

51509 Prima

Vacacional

10,000.00

31111-

0707 E0081 1323

51509 Gratificación de

fin de año

14,000.00

31111-

0707 E0081 1413

51509 Aportaciones

IMSS

23,000.00

31111-

0707 E0081 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

4,000.00

31111-

0707 E0081 1431

51509 Ahorro para el

retiro

4,000.00

31111-

0707 E0081 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0707 E0081 1541

51509 Prestaciones

CGT

2,000.00

31111-

0707 E0081 1592

51509 Otras

prestaciones

30,000.00

31111-

0707 E0082 1132

51509 Sueldos de

Confianza

140,116.22

31111-

0707 E0082 1321

51509 Prima

Vacacional

25,000.00

31111-

0707 E0082 1323

51509 Gratificación de

fin de año

7,000.00

31111-

0707 E0082 1413

51509 Aportaciones

IMSS

1,000.00

31111-

0707 E0082 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,000.00

31111-

0707 E0082 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,000.00

31111-

0707 E0082 1592

51509 Otras

prestaciones

15,000.00

31111-

0707 E0083 1131

51509

Sueldos Base

1,500.00

31111-

0707 E0083 1132

51509 Sueldos de

Confianza 20000

-

31111-

0707 E0083 1321

51509 Prima

Vacacional

66,000.00

31111-

0707 E0083 1323

51509 Gratificación de

fin de año

1,000.00

31111-

0707 E0083 1413

51509 Aportaciones

IMSS

29,000.00

31111-

0707 E0083 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,000.00

31111-

0707 E0083 1541

51509 Prestaciones

CGT

400.00

31111-

0707 E0083 1592

51509 Otras

prestaciones

500.00

31111-

0708 O0084 1131

51509

Sueldos Base

42,000.00

31111-

0708 O0084 1132

51509 Sueldos de

Confianza

40,000.00

31111-

0708 O0084 1321

51509 Prima

Vacacional

35,000.00

31111-

0708 O0084 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111-

0708 O0084 1413

51509 Aportaciones

IMSS

24,000.00

31111-

0708 O0084 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

13,000.00

31111-

0708 O0084 1431

51509 Ahorro para el

retiro

14,000.00

31111-

0708 O0084 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0708 O0084 1592

51509 Otras

prestaciones

30,000.00

31111-

0708 O0085 1131

51509

Sueldos Base

30,000.00

31111-

0708 O0085 1132

51509

Sueldos de

Confianza

142,000.0

0

31111-

0708 O0085 1321

51509 Prima

Vacacional

20,000.00

31111-

0708 O0085 1323

51509 Gratificación de

fin de año

26,000.00

31111-

0708 O0085 1413

51509 Aportaciones

IMSS

25,000.00

31111-

0708 O0085 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,500.00

31111- O0085 1431 51509 Ahorro para el

0708 retiro 2,500.00

31111-

0708 O0085 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

0708 O0085 1541

51509 Prestaciones

CGT

1,000.00

31111-

0708 O0085 1592

51509 Otras

prestaciones

48,000.00

31111-

0709 O0086 1131

51509

Sueldos Base

57,000.00

31111-

0709 O0086 1132

51509 Sueldos de

Confianza

15,000.00

31111-

0709 O0086 1321

51509 Prima

Vacacional

27,000.00

31111-

0709 O0086 1323

51509 Gratificación de

fin de año

4,000.00

31111-

0709 O0086 1413

51509 Aportaciones

IMSS

18,000.00

31111-

0709 O0086 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

3,000.00

31111-

0709 O0086 1431

51509 Ahorro para el

retiro

3,000.00

31111-

0709 O0086 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

500.00

31111-

0709 O0086 1541

51509 Prestaciones

CGT

18,000.00

31111-

0709 O0086 1592

51509 Otras

prestaciones

9,000.00

31111-

0709 O0087 1131

51509

Sueldos Base

40,000.00

31111-

0709 O0087 1132

51509 Sueldos de

Confianza

73,000.00

31111-

0709 O0087 1321

51509 Prima

Vacacional

35,000.00

31111-

0709 O0087 1323

51509 Gratificación de

fin de año

2,000.00

31111- O0087 1413 51509 Aportaciones

0709 IMSS 10,000.00

31111-

0709 O0087 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

6,000.00

31111-

0709 O0087 1431

51509 Ahorro para el

retiro

6,000.00

31111-

0709 O0087 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

900.00

31111-

0709 O0087 1541

51509 Prestaciones

CGT

200.00

31111-

0709 O0087 1592

51509 Otras

prestaciones

15,000.00

31111-

0801 O0090 1132

51509 Sueldos de

Confianza

600.00

31111-

0801 O0090 1321

51509 Prima

Vacacional

58,000.00

31111-

0801 O0090 1323

51509 Gratificación de

fin de año 10000

31111-

0801 O0090 1413

51509 Aportaciones

IMSS

40,000.00

31111-

0801 O0090 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

-

1,000.00

31111-

0801 O0090 1431

51509 Ahorro para el

retiro

1,000.00

31111-

0801 O0091 1132

51509

Sueldos de

Confianza

140,000.0

0

31111-

0801 O0091 1321

51509 Prima

Vacacional

90,000.00

31111-

0801 O0091 1323

51509 Gratificación de

fin de año

54,000.00

31111-

0801 O0091 1413

51509 Aportaciones

IMSS

40,000.00

31111-

0801 O0091 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

23,000.00

31111-

0801 O0091 1431

51509 Ahorro para el

retiro

28,000.00

31111-

0801 O0091 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

4,500.00

31111-

0801 O0091 1541

51509 Prestaciones

CGT

1,000.00

31111-

0801 O0091 1592

51509 Otras

prestaciones

34,000.00

31111-

0801 O0092 1132

51509 Sueldos de

Confianza

2,500.00

31111-

0801 O0092 1321

51509 Prima

Vacacional

31,000.00

31111-

0801 O0092 1323

51509 Gratificación de

fin de año

67,000.00

31111-

0801 O0092 1413

51509 Aportaciones

IMSS

4,000.00

31111-

0801 O0092 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0801 O0092 1431

51509 Ahorro para el

retiro

11,000.00

31111-

0901 E0095 1131

51509

Sueldos Base

70,000.00

31111-

0901 E0095 1132

51509 Sueldos de

Confianza

125,000.00

31111-

0901 E0095 1321

51509 Prima

Vacacional

18,000.00

31111-

0901 E0095 1323

51509 Gratificación de

fin de año

7,500.00

31111-

0901 E0095 1413

51509 Aportaciones

IMSS

28,500.00

31111-

0901 E0095 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

17,800.00

31111-

0901 E0095 1431

51509 Ahorro para el

retiro

30,000.00

31111-

0901 E0095 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,500.00

31111-

0901 E0095 1541

51509 Prestaciones

CGT

35,000.00

31111-

0901 E0095 1592

51509 Otras

prestaciones

18,000.00

31111-

0901 O0093 1131

51509

Sueldos Base

32,000.00

31111-

0901 O0093 1132

51509 Sueldos de

Confianza

61,000.00

31111-

0901 O0093 1321

51509 Prima

Vacacional

17,000.00

31111-

0901 O0093 1323

51509 Gratificación de

fin de año

8,500.00

31111-

0901 O0093 1413

51509 Aportaciones

IMSS

15,000.00

31111-

0901 O0093 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

20,000.00

31111-

0901 O0093 1431

51509 Ahorro para el

retiro

34,000.00

31111-

0901 O0093 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,500.00

31111-

0901 O0093 1541

51509 Prestaciones

CGT

25,000.00

31111-

0901 O0093 1592

51509 Otras

prestaciones

17,500.00

31111-

0901 O0094 1131

51509

Sueldos Base

55,000.00

31111-

0901 O0094 1132

51509 Sueldos de

Confianza

90,000.00

31111-

0901 O0094 1321

51509 Prima

Vacacional

13,000.00

31111-

0901 O0094 1323

51509 Gratificación de

fin de año

15,000.00

31111-

0901 O0094 1331

51509 Remun Horas

extra

-

31111-

0901 O0094 1413

51509 Aportaciones

IMSS

6,000.00

31111-

0901 O0094 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

0901 O0094 1431

51509 Ahorro para el

retiro

17,000.00

31111-

0901 O0094 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,000.00

31111-

0901 O0094 1541

51509 Prestaciones

CGT

4,000.00

31111-

0901 O0094 1592

51509 Otras

prestaciones

19,000.00

31111-

1001 E0097 1131

51509

Sueldos Base

20,000.00

31111-

1001 E0097 1132

51509 Sueldos de

Confianza

60,000.00

31111-

1001 E0097 1321

51509 Prima

Vacacional

32,000.00

31111-

1001 E0097 1323

51509 Gratificación de

fin de año

1,000.00

31111-

1001 E0097 1413

51509 Aportaciones

IMSS

14,000.00

31111-

1001 E0097 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

2,000.00

31111-

1001 E0097 1431

51509 Ahorro para el

retiro

2,000.00

31111-

1001 E0097 1541

51509 Prestaciones

CGT

10,000.00

31111-

1001 E0098 1131

51509

Sueldos Base

70,000.00

31111-

1001 E0098 1132

51509 Sueldos de

Confianza

13,000.00

31111-

1001 E0098 1321

51509 Prima

Vacacional

38,000.00

31111-

1001 E0098 1323

51509 Gratificación de

fin de año

28,000.00

31111-

1001 E0098 1413

51509 Aportaciones

IMSS

27,000.00

31111-

1001 E0098 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

1001 E0098 1431

51509 Ahorro para el

retiro

12,000.00

31111-

1001 E0098 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,000.00

31111-

1001 E0098 1541

51509 Prestaciones

CGT

29,000.00

31111-

1001 E0098 1592

51509 Otras

prestaciones

24,500.00

31111-

1001 E0101 1131

51509

Sueldos Base

60,000.00

31111-

1001 E0101 1132

51509 Sueldos de

Confianza

175,000.00

31111-

1001 E0101 1321

51509 Prima

Vacacional

46,000.00

31111-

1001 E0101 1323

51509 Gratificación de

fin de año

15,000.00

31111-

1001 E0101 1413

51509 Aportaciones

IMSS

1,000.00

31111-

1001 E0101 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

25,000.00

31111-

1001 E0101 1431

51509 Ahorro para el

retiro

30,000.00

31111-

1001 E0101 1541

51509 Prestaciones

CGT

3,000.00

31111-

1001 E0101 1592

51509 Otras

prestaciones

9,000.00

31111-

1101 E0104 1131

51509

Sueldos Base

30,000.00

31111-

1101 E0104 1132

51509 Sueldos de

Confianza

125,000.00

31111-

1101 E0104 1321

51509 Prima

Vacacional

50,000.00

31111-

1101 E0104 1323

51509 Gratificación de

fin de año

7,000.00

31111-

1101 E0104 1331

51509 Remun Horas

extra

40,000.00

31111-

1101 E0104 1413

51509 Aportaciones

IMSS

16,000.00

31111-

1101 E0104 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

7,000.00

31111-

1101 E0104 1431

51509 Ahorro para el

retiro

13,000.00

31111-

1101 E0104 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

9,000.00

31111-

1101 E0104 1541

51509 Prestaciones

CGT

39,000.00

31111-

1101 E0104 1591

51509 Asign Adic

sueldo

30,000.00

-

31111-

1101 E0104 1592

51509 Otras

prestaciones

23,000.00

31111-

1101 E0106 1131

51509

Sueldos Base

65,000.00

31111-

1101 E0106 1132

51509 Sueldos de

Confianza

10,000.00

31111-

1101 E0106 1321

51509 Prima

Vacacional

34,000.00

31111-

1101 E0106 1323

51509 Gratificación de

fin de año

10,000.00

31111-

1101 E0106 1413

51509 Aportaciones

IMSS

100,000.00

31111-

1101 E0106 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

80,000.00

31111-

1101 E0106 1431

51509 Ahorro para el

retiro

65,000.00

31111-

1101 E0106 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

6,000.00

31111-

1101 E0106 1541

51509 Prestaciones

CGT

73,000.00

31111-

1101 E0106 1592

51509 Otras

prestaciones

60,000.00

31111-

1101 E0107 1131

51509

Sueldos Base

55,000.00

31111-

1101 E0107 1132

51509 Sueldos de

Confianza

269,000.00

31111-

1101 E0107 1321

51509 Prima

Vacacional

65,000.00

31111-

1101 E0107 1323

51509 Gratificación de

fin de año

35,000.00

31111-

1101 E0107 1413

51509 Aportaciones

IMSS

13,000.00

31111-

1101 E0107 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

1,500.00

31111-

1101 E0107 1431

51509 Ahorro para el

retiro

9,000.00

31111-

1101 E0107 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

2,500.00

31111-

1101 E0107 1541

51509 Prestaciones

CGT

4,000.00

31111-

1101 E0107 1592

51509 Otras

prestaciones

73,000.00

31111-

1101 E0108 1131

51509

Sueldos Base

68,000.00

31111-

1101 E0108 1132

51509 Sueldos de

Confianza

87,000.00

31111-

1101 E0108 1321

51509 Prima

Vacacional

45,000.00

31111-

1101 E0108 1323

51509 Gratificación de

fin de año

7,000.00

31111-

1101 E0108 1413

51509 Aportaciones

IMSS

17,000.00

31111-

1101 E0108 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

7,000.00

31111-

1101 E0108 1431

51509 Ahorro para el

retiro

10,000.00

31111-

1101 E0108 1541

51509 Prestaciones

CGT

23,000.00

31111-

1101 E0108 1592

51509 Otras

prestaciones

13,000.00

31111-

1101 E0109 1131

51509

Sueldos Base

37,000.00

31111-

1101 E0109 1132

51509 Sueldos de

Confianza

82,000.00

31111-

1101 E0109 1321

51509 Prima

Vacacional

55,000.00

31111-

1101 E0109 1323

51509 Gratificación de

fin de año

59,000.00

31111-

1101 E0109 1413

51509 Aportaciones

IMSS

8,000.00

31111-

1101 E0109 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

15,000.00

31111-

1101 E0109 1431

51509 Ahorro para el

retiro

7,000.00

31111-

1101 E0109 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

6,500.00

31111-

1101 E0109 1541

51509 Prestaciones

CGT

72,000.00

31111-

1101 E0109 1592

51509

Otras

prestaciones

125,000.0

0

31111-

1101 E0110 1131

51509

Sueldos Base

26,000.00

31111-

1101 E0110 1132

51509 Sueldos de

Confianza

21,000.00

31111-

1101 E0110 1321

51509 Prima

Vacacional

26,000.00

31111-

1101 E0110 1323

51509 Gratificación de

fin de año

1,600.00

31111-

1101 E0110 1413

51509 Aportaciones

IMSS

13,000.00

31111-

1101 E0110 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

14,000.00

31111-

1101 E0110 1431

51509 Ahorro para el

retiro

16,000.00

31111- E0110 1511 51509 Cuotas fondo

1101 ahorro 800.00

31111-

1101 E0110 1541

51509 Prestaciones

CGT

17,000.00

31111-

1101 E0110 1592

51509 Otras

prestaciones

4,000.00

31111-

1101 E0111 1131

51509

Sueldos Base

80,000.00

31111-

1101 E0111 1132

51509 Sueldos de

Confianza

110,000.00

31111-

1101 E0111 1321

51509 Prima

Vacacional

27,000.00

31111-

1101 E0111 1323

51509 Gratificación de

fin de año

12,000.00

31111-

1101 E0111 1413

51509 Aportaciones

IMSS

15,000.00

31111-

1101 E0111 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

30,000.00

31111-

1101 E0111 1431

51509 Ahorro para el

retiro

30,000.00

31111-

1101 E0111 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

5,000.00

31111-

1101 E0111 1541

51509

Prestaciones

CGT

100,000.0

0

31111-

1101 E0111 1592

51509 Otras

prestaciones

84,000.00

31111-

1101 E0113 1131

51509

Sueldos Base

20,000.00

31111-

1101 E0113 1132

51509 Sueldos de

Confianza

50,000.00

31111-

1101 E0113 1321

51509 Prima

Vacacional

13,000.00

31111-

1101 E0113 1413

51509 Aportaciones

IMSS

3,000.00

31111-

1101 E0113 1421

51509 Aportaciones

NFONAVIT 700.00

31111-

1101 E0113 1431

51509 Ahorro para el

retiro

400.00

31111-

1101 E0113 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

400.00

31111-

1101 E0113 1541

51509 Prestaciones

CGT

8,000.00

31111-

1101 E0113 1592

51509 Otras

prestaciones

9,000.00

31111-

1201 E0116 1413

51509 Aportaciones

IMSS

179,357.39

31111-

1201 E0116 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

723,622.57

31111-

1201 E0116 1431

51509 Ahorro para el

retiro

641,038.04

31111-

1201 E0116 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

-

31111-

1201 E0116 1541

51509 Prestaciones

CGT

182,380.40

31111-

1201 E0116 1593

51509

DESPENSAS

126,000.0

0

31111-

1201 O0117 1131

51509

Sueldos Base

25,000.00

31111-

1201 O0117 1132

51509 Sueldos de

Confianza

130,000.00

31111-

1201 O0117 1323

51509 Gratificación de

fin de año

30,000.00

31111-

1201 O0117 1413

51509 Aportaciones

IMSS

30,000.00

31111-

1201 O0117 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

10,000.00

31111-

1201 O0117 1431

51509 Ahorro para el

retiro

35,000.00

31111-

1201 O0117 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,500.00

31111- O0117 1541 51509 Prestaciones

1201 CGT 135,000.0

0

31111-

1201 O0117 1592

51509 Otras

prestaciones

18,000.00

31111-

1401 O0221 1132

51509

Sueldos de

Confianza

206,000.0

0

31111-

1401 O0221 1321

51509 Prima

Vacacional

34,000.00

31111-

1401 O0221 1323

51509 Gratificación de

fin de año

4,000.00

31111-

1401 O0221 1413

51509 Aportaciones

IMSS

18,000.00

31111-

1401 O0221 1421

51509 Aportaciones

INFONAVIT

1,700.00

31111-

1401 O0221 1431

51509 Ahorro para el

retiro

2,900.00

31111-

1401 O0221 1511

51509 Cuotas fondo

ahorro

1,800.00

31111-

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CGT

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TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $11,947,1

31.56

$11,947,13

1.56

JUSTIFICACIÓN: Suficiencia presupuestal para Seguridad Social IMSS, RCV e

INFONAVIT (nómina base), provisión de aguinaldo de Octubre para nómina 3era

catorcena y 2da quincena de octubre 2015.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se

aprueban las reasignaciones presupuestales de las diferentes Dependencias de la

Administración Pública Municipal, conforme a los formatos descritos en el Párrafo Cuarto de

los Considerandos y contenidos en el Oficio número PCP/T/030/2015. SEGUNDO.- Se

instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo

establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el

presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 12 de noviembre del 2015.

Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del Ayuntamiento, mismo

que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- ==================

PUNTO NÚMERO SEIS.- Aprobación de los Dictámenes de la Comisión de

Gobierno: GOB-001/2015, GOB-002/2015. ==========================

En uso de la voz el Síndico José Fernando Sánchez Méndez, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la

propuesta del Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por

lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes. ===============

DICTAMEN GOB-001/2015.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, en relación a la Convocatoria para la integración de las Comisiones

de Trabajo de Educación; Seguridad Pública; Asistencia Social y Salud; Desarrollo

Económico y Comercial; Ecología y Medio Ambiente; Servicios e Infraestructura

básica; Cultura; Deporte y Recreación del Consejo de Planeación para el Desarrollo

Municipal 2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A

N D O.- Que en materia de planeación es atribución del Ayuntamiento la integración

del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, conforme a los artículos 110, 111,

112 y 115 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, que establecen

lo siguiente: “El Ayuntamiento integrará un Consejo de Planeación de Desarrollo

Municipal, que deberá constituirse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la

fecha de su instalación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales son

organismos consultivos, auxiliares de los ayuntamientos en materia de planeación, y

forman parte de la estructura de participación de los sistemas estatal y municipal de

planeación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales se integrarán con

la participación mayoritaria de representantes de la sociedad organizada del

Municipio”. “Los ayuntamientos deberán señalar la forma y los procedimientos para la

integración y funcionamiento del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, en el

reglamento que para el efecto emitan. Asimismo, el reglamento establecerá la forma

y procedimiento para elegir a los representantes del Ayuntamiento y de la sociedad

organizada que se propondrán para integrar el Consejo de Planeación para el

Desarrollo del Estado de Guanajuato”. En virtud de lo anterior, en los artículos 16, 17,

19, incisos a) al h) del artículo 22 y 23 del Reglamento de Planeación para el

Desarrollo Municipal para el Municipio de Celaya, Gto., se señala lo siguiente: “El H.

Ayuntamiento integrará el COPLADEM dentro de los sesenta días naturales siguientes

a la fecha de su instalación, emitiendo una convocatoria para cada una de las

Comisiones de Trabajo, señaladas en el Artículo 22 del presente Ordenamiento, con

excepción de lo dispuesto por el Artículo 18”. “En la convocatoria se señalarán las

bases, fecha, hora y lugar para que se lleve a cabo una asamblea con todos los

registrados a cada una de las Comisiones de Trabajo”. “Para tener derecho de

participar en las demás Comisiones de Trabajo, las organizaciones sociales,

asociaciones civiles, empresariales, cámaras, colegios de profesionistas, clubes de

servicio, patronatos, fundaciones, instituciones educativas y otros organismos

representativos de la sociedad, deberán considerar en sus proponentes el perfil y

conocimientos apropiados y acreditar ante el H. Ayuntamiento, por conducto de la

Dirección General de Desarrollo Social, su constancia por medio de acta constitutiva,

acta de asamblea, nombramientos u otros documentos que el H. Ayuntamiento

determine; de acuerdo a la temática de la Comisión a participar”. “Las Comisiones de

Trabajo serán: a)Educación; b)Seguridad Pública y Protección Civil; c) Salud y

Asistencia Social; d)Desarrollo Económico y Comercial; e) Ecología y Medio

Ambiente; f) Servicios e Infraestructura Básica; g) Cultura; y h)Deporte y

Recreación…” “Las Comisiones de Trabajo estarán integradas por: I. Un mínimo de

diez a un máximo de veinte personas de la sociedad organizada en relación a la

Comisión temática que corresponda; II. El Secretario Ejecutivo y/o representante del

mismo, a través del Coordinador del COPLADEM; III. Los integrantes de la

administración pública municipal y organismos descentralizados, designados por el

Presidente Municipal; y IV. Dos o más representantes del H. Ayuntamiento”. Con

fundamento en lo anterior, en la Segunda Reunión Ordinaria de la Comisión de fecha

04 de noviembre de 2015, se analizaron las bases para la integración de las

Comisiones de Trabajo de Educación; Seguridad Pública; Asistencia Social y Salud;

Desarrollo Económico y Comercial; Ecología y Medio Ambiente; Servicios e

Infraestructura básica; Cultura; Deporte y Recreación del Consejo de Planeación para

el Desarrollo Municipal 2015-2015, y conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.-

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., 2015-2018, emite la Convocatoria

para la integración de las Comisiones de Trabajo de Educación; Seguridad Pública;

Asistencia Social y Salud; Desarrollo Económico y Comercial; Ecología y Medio

Ambiente; Servicios e Infraestructura Básica; Cultura; Deporte y Recreación del

Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal 2015-2018, del Municipio de

Celaya, Guanajuato., conforme al documento que se anexa al presente. SEGUNDO.

Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento publicar la convocatoria del 17 al 27

de noviembre de 2015, debiéndose publicar por 5 días consecutivos en los periódicos

de mayor circulación de la ciudad, y en la página oficial del Municipio durante todo el

periodo referido. TERCERO. La logística del procedimiento contenido en la

Convocatoria, se tiene por anexada y reproducida como si a la letra se insertare, en

el documento anexo al presente dictamen. CUARTO. Sométase a consideración del

Pleno el presente dictamen para su aprobación. QUINTO. Notifíquese para su

cumplimiento al C. Presidente Municipal, Secretario del H. Ayuntamiento, Coordinador

del Consejo de Planeación Municipal, Director de Comunicación. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 04 de

noviembre de 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación del pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los presentes.- =====

DICTAMEN GOB-002/2015.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, en relación a la Convocatoria para la integración de las Comisiones

de Trabajo Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal

2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.-

Que en materia de planeación es atribución del Ayuntamiento la integración del

Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, conforme a los artículos 110, 111,

112 y 115 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, que establecen

lo siguiente: “El Ayuntamiento integrará un Consejo de Planeación de Desarrollo

Municipal, que deberá constituirse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la

fecha de su instalación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales son

organismos consultivos, auxiliares de los ayuntamientos en materia de planeación, y

forman parte de la estructura de participación de los sistemas estatal y municipal de

planeación”. “Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales se integrarán con

la participación mayoritaria de representantes de la sociedad organizada del

Municipio”. “Los ayuntamientos deberán señalar la forma y los procedimientos para la

integración y funcionamiento del Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal, en el

reglamento que para el efecto emitan. Asimismo, el reglamento establecerá la forma

y procedimiento para elegir a los representantes del Ayuntamiento y de la sociedad

organizada que se propondrán para integrar el Consejo de Planeación para el

Desarrollo del Estado de Guanajuato”. En virtud de lo anterior, en los artículos 16, 17,

18, 19, incisos i) y j) del artículo 22 y 23 del Reglamento de Planeación para el

Desarrollo Municipal para el Municipio de Celaya, Gto., se señala lo siguiente: “El H.

Ayuntamiento integrará el COPLADEM dentro de los sesenta días naturales siguientes

a la fecha de su instalación, emitiendo una convocatoria para cada una de las

Comisiones de Trabajo, señaladas en el Artículo 22 del presente Ordenamiento, con

excepción de lo dispuesto por el Artículo 18. “En la convocatoria se señalarán las

bases, fecha, hora y lugar para que se lleve a cabo una asamblea con todos los

registrados a cada una de las Comisiones de Trabajo”. “Para tener derecho de

participar en las demás Comisiones de Trabajo, las organizaciones sociales,

asociaciones civiles, empresariales, cámaras, colegios de profesionistas, clubes de

servicio, patronatos, fundaciones, instituciones educativas y otros organismos

representativos de la sociedad, deberán considerar en sus proponentes el perfil y

conocimientos apropiados y acreditar ante el H. Ayuntamiento, por conducto de la

Dirección General de Desarrollo Social, su constancia por medio de acta constitutiva,

acta de asamblea, nombramientos u otros documentos que el H. Ayuntamiento

determine; de acuerdo a la temática de la Comisión a participar”. “La elección de la

representación social de las Comisiones de Trabajo Urbana y Rural será

responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Social mediante los siguientes

procesos: a) Se emitirá una convocatoria donde se señale las bases, fecha, hora y

lugar, por cada una de las 4 zonas que se encuentra dividida la zona urbana del

municipio; para que se lleve a cabo asambleas de información y elección de

representantes sociales para integrar la Comisión de Trabajo Urbana; y b) Se emitirá

una convocatoria donde se señale las bases, fecha, hora y lugar, por cada uno de los

4 polos de desarrollo que se encuentra dividida la zona rural del municipio; para que

se lleve a cabo asambleas de información y elección de representantes sociales para

integrar la Comisión de Trabajo Rural. Las representaciones sociales anteriores, se

integrarán hasta el máximo de integrantes permitido en el Articulo 23, Fracción I,

debiendo contar y presentar en tiempo y forma las actas de asamblea que señalen

los nombramientos de conformación correspondientes ante el H. Ayuntamiento”. “Las

Comisiones de Trabajo serán: …i) urbana y j) rural”. “Las Comisiones de Trabajo

estarán integradas por: I. Un mínimo de diez a un máximo de veinte personas de la

sociedad organizada en relación a la Comisión temática que corresponda; II. El

Secretario Ejecutivo y/o representante del mismo, a través del Coordinador del

COPLADEM; III. Los integrantes de la administración pública municipal y organismos

descentralizados, designados por el Presidente Municipal; y IV. Dos o más

representantes del H. Ayuntamiento”. Con fundamento en lo anterior, en la Tercera

Reunión Ordinaria de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, de

fecha 11 de noviembre de 2015, se analizaron las bases para la integración de las

Comisiones Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal

2015-2018, y conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. El H. Ayuntamiento

de Celaya, Gto., 2015-2018, emite la Convocatoria para la integración de las

Comisiones de Trabajo Urbana y Rural del Consejo de Planeación para el Desarrollo

Municipal 2015-2018, del Municipio de Celaya, Guanajuato., conforme al documentos

que se anexa al presente. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de

Desarrollo Social a que proceda a integrar las Comisiones de Trabajo Urbana y Rural

conforme a los términos aprobados en las Convocatorias referidas en el resolutivo

anterior, de acuerdo al artículo 18 del Reglamento de Planeación para el Desarrollo

Municipal para el Municipio de Celaya, Gto. TERCERO. Sométase a consideración del

Pleno el presente dictamen para su aprobación. CUARTO. Notifíquese para su

cumplimiento al C. Presidente Municipal y al Director General de Desarrollo Social. Así

lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en

fecha 11 de noviembre de 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a votación

del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de los

presentes.- =============================================

PUNTO NÚMERO SIETE.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Seguridad,

Transito, Transporte y Protección Civil: STTyPC-003/2015. ===============

En uso de la voz el Regidor, Israel Alejandro Herrera Hernández, Presidente de

la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,

para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la

propuesta del Regidor, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por

lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen. =================

DICTAMEN STTYPC-003/2015.- Que emite la Comisión de Seguridad,

Transito, Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal

otorgada a la empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de

Celaya, denominada, “GRUPO EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”. C O N S I D E

R A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su

Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo

las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el

Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución

Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la

Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las

funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo

dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción

III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene

el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio

municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece:

“El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá

autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la

forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del

servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del

Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los

servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios,

ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por

servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad

con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que

sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179

establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato

será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la

conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La

manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para

tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual

empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo

16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de

Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible

y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la

identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha

obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora

bien, el día 11 de Noviembre del año 2015 se llevó a cabo la reunión de la Comisión

de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-

E.S.P./099/2015, suscrito por el Comandante José Fernando Adrián Ruíz, Director

General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la

conformidad municipal a la empresa denominada: “GRUPO EMPRESARIAL CASA S.A.

DE C.V”, representada por el C. Gustavo Valdés Suárez, así mismo se revisó el

expediente de la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y

forma a lo requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en

virtud de que presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los

requisitos respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que

cuenta la empresa. La verificación del domicilio. Prestará el servicio en la siguiente

modalidad: Protección y vigilancia de bienes. 6.- Deberá cumplir con algunas de las

modalidades antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados

de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo

establecido en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado

de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la

cual se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la

Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “GRUPO

EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”, preste sus Servicios de Seguridad Privada en el

Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el

Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será

por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito

de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO:

Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa denominada: “GRUPO

EMPRESARIAL CASA S.A. DE C.V”, representada por el C. Gustavo Valdés Suárez,

a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto.,

prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el Considerando

5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de

su aprobación por el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado el presente

Dictamen, se instruye al Director de la Policía Municipal para que notifique y solicite a

la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está

otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente

Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de

Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a

Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su

aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de

la Comisión en fecha 11 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el

Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de

los presentes.- =========================================

PUNTO NÚMERO OCHO.- Aprobación del Dictamen de la Comisión de Desarrollo

Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial: DUOET-003/2015. ===========

En uso de la voz la Regidora, Martha Norma Hernández Hernández, Presidenta

de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,

para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la

propuesta de la Regidora, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes,

por lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen. ==============

DICTAMEN DUOET 003/2015.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y

Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza el Permiso de

Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa del Fraccionamiento denominado “Villa

Los Álamos”, ubicado en el predio Letra “B” de la que fue Cuarta de la Ex Hacienda

de Estrada del Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O.- 1.- De acuerdo

a lo establecido en el artículo 115 fracción V incisos a), d) y f) de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios, en los términos de las

Leyes Federales y Estatales relativas, estarán facultados para: “a) Formular, aprobar

y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; d) Autorizar,

controlar y vigilar la autorización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus

jurisdicciones territoriales; y f) Otorgar licencias y permisos para construcciones..”.

Además, haciendo alusión al mismo ordenamiento pero en nuestro Estado, en el

artículo 117 fracción II, inciso d) se señala que al Ayuntamiento le compete:

“Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia

en sus jurisdicciones territoriales”. 2.- Así también, se establece en el artículo 76

fracción I, inciso n) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el

Ayuntamiento tendrá como atribución en materia de gobierno y régimen interior

“Otorgar, licencias, permisos y autorizaciones...”. 3.- Que el Código Territorial para el

Estado y los Municipios y de Guanajuato, en el artículo Segundo Transitorio indica

que “Se abrogan: I. La Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato; II.

La Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios;…” Y de

igual manera el artículo Séptimo Transitorio de este código establece que “Los

procedimientos regulados en las leyes que se abrogan en el artículo segundo

transitorio del presente Decreto, que a la fecha de la entrada en vigor del presente

Código, se encuentren en trámite, seguirán desarrollándose observando las normas

contenidas en las leyes vigentes al momento de iniciar su procedimiento respectivo,

hasta su conclusión;…” 4.- Dicho lo anterior, en materia de fraccionamientos, se

establece en la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus

Municipios, lo siguiente: * Artículo 7 fracción I, que los Ayuntamientos tienen la

atribución de: “Otorgar el permiso de venta de los lotes de un fraccionamiento y de

los departamentos, viviendas, locales o áreas de un desarrollo en condominio, en los

términos de esta Ley...”. *Artículo 42 fracción I y II, que: “La autorización de

fraccionamientos o de desarrollos en condominio, se tramitará conforme a las

siguientes fases: I.- Aprobación de traza; II.- Licencia de urbanización”. *Artículo 49,

fracción II y III, que iniciadas las obras de urbanización en el caso de un

fraccionamiento o desarrollo en condominio, el desarrollador podrá solicitar ante el

Ayuntamiento el permiso de venta, anexando los documentos: II. Copia certificada

del área de donación y de las vialidades...”; fracción “III. Garantía para la ejecución

de las obras de urbanización total o faltantes, por el importe o valor futuro que

señale la Dirección de acuerdo con el programa de ejecución de obra...”; Así también,

el artículo 50 del ordenamiento en cita señala: “En el permiso de venta se estipularán

todas las obligaciones a que debe sujetarse el desarrollador y se inscribirá a costa de

éste, en el Registro Público de la Propiedad del Partido Judicial que corresponda y se

publicará por dos veces en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en el diario

de mayor circulación del Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada

publicación”; y el artículo 51 del mismo ordenamiento reza: “Otorgado el permiso de

venta, el desarrollador estará obligado a realizar y concluir las obras de urbanización

con apego al calendario y avances planteados en su programa de ejecución”.

*Artículo 62 fracciones I, II, III párrafo segundo y tercero, IV, V, VI, VII, VII, IX y X

del mismo ordenamiento, se establecen como obligaciones de los desarrolladores

las siguientes: I. Donar al Municipio respectivo dentro de los límites del

fraccionamiento, las superficies de terreno destinadas a vías públicas de acuerdo al

proyecto que se apruebe; II. Establecer la infraestructura para la prestación de los

servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado, alumbrado público y

doméstico, pavimentos, aceras y jardines, conforme a las especificaciones que

señalen en los Reglamentos Municipales...; III… párrafo segundo y tercero: En el

caso de desarrollos en condominio, la superficie de donación fuera del desarrollo será

determinada en el reglamento municipal correspondiente, pero en ningún caso podrá

ser mayor al cuatro por ciento de su superficie. Tratándose de desarrollos en

condominio de tipo horizontal de uso habitacional, la superficie de donación fuera del

polígono condominal será del cuatro por ciento de la superficie total del desarrollo...;

IV. Enterar el importe de los derechos derivados de los trámites y autorizaciones que

regula esta Ley; V. Otorgar ante el Ayuntamiento y a satisfacción de éste, una

garantía que podrá ser la de fianza, prenda o hipoteca, con el propósito de asegurar

las obligaciones consistentes en la realización y conservación de las obras de

urbanización, debiendo establecer la forma de la garantía que se va a utilizar en cada

uno de los desarrollos, la autoridad o autoridades responsables obligadas a

ejecutarlas así como las fechas de vigencia y los montos a garantizar.; VI. Responder

por los vicios ocultos en las obras de urbanización; VII. Escriturar a favor del

Municipio la superficie del área de donación y de las vías públicas en su caso...; VIII.

Colocar y conservar en el predio del cual se autorice el fraccionamiento o el desarrollo

en condominio, el aviso donde se mencionen las características de los mismos y las

autorizaciones otorgadas; IX. Instalar por su cuenta, las señales de tránsito y las

placas necesarias con la nomenclatura de las calles; y X Permitir la práctica de visitas

de inspección ordenadas por la autoridad competente”. Con fundamento en lo

anterior, en la Quinta Reunión Ordinaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y

Ordenamiento Ecológico Territorial, celebrada el día 10 de noviembre del 2015, se

presentó el Oficio 824/DGDU-FRACC/2015, signado por el Arq. Luis Gustavo Báez

Vega, Director General de Desarrollo Urbano en este Municipio, (documento que se

tiene como anexado y reproducido como si a la letra se insertare), mediante el cual

se solicita la autorización para la Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa del

Fraccionamiento denominado “Villa Los Álamos”, ubicado en el predio Letra “B” de la

que fue Cuarta de la Ex Hacienda de Estrada del Municipio de Celaya, Guanajuato,

propiedad de la empresa denominada “Consorcio SABBIA, S.A. de C.V.”, presentando

para su análisis los siguientes: A N T E C E D E N T E S.- PRIMERO: Presenta

Notificación de Autorización de Cambio y Factibilidad de Uso de Suelo del predio Letra

“B” de la que fue Cuarta de la Ex Hacienda de Estrada ubicado al Nor-Poniente de

esta Ciudad de Celaya, Gto, otorgada en la Trigésima Sesión Ordinaria, mediante Acta

del H. Ayuntamiento No. 44/2007 de fecha 29 de Noviembre de 2007 y notifica

mediante Oficio No. 1224/IMIPE-TEC/2007 de fecha 10 de Diciembre de 2007,

signado por el Arq. Juan Maldonado Patlán en su calidad de Director General del

IMIPE. SEGUNDO: Acredita la propiedad del predio mediante Instrumento Notarial

No. 13,516 de fecha 06 de Septiembre del 2007, a favor de la negociación

denominada “Consorcio SABBIA” Sociedad Anónima de Capital Variable, representada

en este Acto por su Apoderado Legal el Señor Ing. Norberto Revilla Herrera,

documento ante la fe del Lic. Jaime de Anda Cabrera, titular de la notaria publica No.

1, adscrito en la ciudad de Celaya, Guanajuato, avalando la escritura una superficie

de una fracción del resto del predio rustico localizado en camino al poblado de

Estrada, terreno que se designa con la letra “B” de la que fue cuarta Ex Hacienda de

Estrada de este municipio con un total de 147,494.39 M², documento Inscrito en el

Registro Público de la Propiedad el 14 de Enero del año 2008 con folio real R7*

60400. TERCERO: El predio cuenta con una superficie real de 149,678.92 M² según

Levantamiento Topográfico presentado, realizado por el Ing. Sergio Alejandro Díaz

Blancarte, acreditándose con cedula profesional No. 2351229. CUARTO: Con fecha

01 de Septiembre del 2008 la Dirección General de Desarrollo Urbano y Preservación

Ecológica otorgó mediante Oficio No. 802/FRACC/DGDU/2008, la Autorización del

Proyecto de Traza, signado por la Arq. Leticia Lara Morales, en calidad de Directora

General. QUINTO: Con fecha 18 de Noviembre del 2008, mediante oficio No.

1036/FRACC/DGDU/2008 signado por la Arq. Leticia Lara Morales, en calidad de

Directora General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorgó la Autorización de la

Licencia de Obra de Urbanización para la Primera Etapa del Fraccionamiento. SEXTO:

Con fecha 19 de Diciembre del 2008, mediante oficio No. 1126/FRACC/DGDU/2008

signado por la Arq. Leticia Lara Morales en calidad de Directora General de

Desarrollo Urbano Municipal, se otorgó la Autorización del Proyecto para la

Modificación de Traza del Fraccionamiento. SÉPTIMO: Con fecha 15 de Julio del

2009 mediante Acuerdo No. 641/FRACC/DGDU/2009 signado por el L.A.E. Gerardo

Hernández Gutiérrez en su calidad de Presidente Municipal y Lic. José Trinidad

Martínez Soto en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, se otorgó el Permiso

de Venta de los lotes que integran la Primera Etapa del fraccionamiento denominado

¨VILLA LOS ALAMOS”, autorizado en la Sexagésima Novena Sesión Ordinaria del H.

Ayuntamiento de fecha 19 de Junio del año 2009, mediante Acta No. 88/2009.

OCTAVO: Que en la Septuagésima Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de

fecha 23 de Septiembre de 2009, mediante Acta No. 96/2009 y Acuerdo No.

932/FRACC/DGDU/2009 de fecha 02 de Octubre del 2009, se otorga al desarrollador

el Adendum del Permiso de Venta de la Primera Etapa del Fraccionamiento en

comento. NOVENO: Con fecha 26 de Agosto de 2010, mediante oficio No.

703/DGDU-FRACC/2010, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de

Director General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia

de Obras de Urbanización de la Segunda Etapa del Desarrollo. DÉCIMO: Con fecha

07 de Julio del 2011 mediante Acuerdo No. 521/DGDU-FRACC/2011 signado por la

Lic. Rubí Laura López Silva en su calidad de Presidente Municipal y el Arq. Juan

Maldonado Patlán en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, se otorgó el

Permiso de Venta de los lotes que integran la Segunda Etapa del fraccionamiento

denominado ¨VILLA LOS ALAMOS”, autorizado en la Cuadragésima Segunda Sesión

Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 24 de Junio del año 2011, mediante Acta No.

55/2011. DÉCIMO PRIMERO: Con fecha 14 de Junio de 2012, mediante oficio No.

526/DGDU-FRACC/2012, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de

Director General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia

de Obras de Urbanización de la Tercera Etapa del Desarrollo. DÉCIMO SEGUNDO:

Que en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta

No. 94/2012 de fecha 05 de Octubre del año 2012 y oficio No. 936/DGDU–

FRACC/2012 de fecha 15 de Octubre del 2012, se otorga al desarrollador el Permiso

de Venta de la Tercera Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO TERCERO:

Que en la Segunda Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta No. 03/2012

de fecha 26 de Octubre del año 2012 y oficio No. 987/DGDU–FRACC/2012 de fecha

30 de Octubre del 2012, se otorga al desarrollador el Adendum del Permiso de Venta

de la Tercera Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO CUARTO: Con fecha

07 de noviembre del año 2012, mediante Oficio No. AER_895/DGDU-FRACC/2012,

signado por el Lic. Vicente Caracheo Gómez en su calidad de Secretario del H.

Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General de

Desarrollo Urbano Municipal y el Ing. José Ángel Martínez Jáuregui en su calidad de

Representante Legal de la empresa Consorcio SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la

Entrega-Recepción Final de la Primera Etapa del Fraccionamiento en comento.

DÉCIMO QUINTO: Con fecha 13 de Junio de 2013, mediante oficio No. 479/DGDU-

FRACC/2013, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad de Director

General de Desarrollo Urbano Municipal, se otorga la Autorización de Licencia de

Obras de Urbanización de la Cuarta Etapa del Desarrollo. DÉCIMO SEXTO: Que en

la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento mediante Acta No. 28/2013

de fecha 14 de Agosto del año 2013 y oficio No. 612/DGDU–FRACC/2013 de fecha 19

de Agosto del 2013, se otorga al desarrollador el Permiso de Venta de la Cuarta

Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO SÉPTIMO: Con fecha 14 de Mayo

de 2014, mediante oficio No. 373/DGDU-FRACC/2014, signado por el Arq. Antonio

Fuentes Malacatt en calidad de Director General de desarrollo urbano Municipal, se

otorga la Autorización de Licencia de Obras de Urbanización de la Quinta Etapa del

Desarrollo. DÉCIMO OCTAVO: Con fecha 15 de Mayo del año 2014, mediante Oficio

No. AER_343/DGDU-FRACC/2014, signado por el Lic. David Alfonso Orozco Pérez en

su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su

calidad de Director General de desarrollo urbano Municipal y el Ing. José Ángel

Martínez Jáuregui en su calidad de Representante Legal de la empresa Consorcio

SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la Entrega-Recepción Final de la Segunda y Tercera

Etapa del Fraccionamiento en comento. DÉCIMO NOVENO: Con fecha 28 de

Noviembre del año 2014, mediante Oficio No. AER_797/DGDU-FRACC/2014, signado

por el Lic. David Alfonso Orozco Pérez en su calidad de Secretario del H.

Ayuntamiento, el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General de

desarrollo urbano Municipal y el Ing. José Ángel Martínez Jáuregui en su calidad de

Representante Legal de la empresa Consorcio SABBIA, S.A. de C.V., se realizó la

Entrega-Recepción Final de la Cuarta Etapa del Fraccionamiento en comento.

VIGÉSIMO: Que en la Quincuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento

mediante Acta No. 65/2014 de fecha 11 de Diciembre del año 2014 y oficio No.

853/DGDU–FRACC/2014 de fecha 19 de Diciembre del 2014, se otorga al

desarrollador el Permiso de Venta de la Quinta Etapa del Fraccionamiento en

comento. VIGÉSIMO PRIMERO: Con fecha 09 de Marzo de 2015, mediante oficio

No. 172/DGDU-FRACC/2015, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en calidad

de Director General de desarrollo urbano Municipal, se otorga la Autorización de

Licencia de Obras de Urbanización de la Sexta Etapa del Desarrollo. VIGÉSIMO

SEGUNDO: Que en cumplimiento a la resolución a que se refiere el párrafo anterior,

la dirección general de desarrollo urbano comunicó a la tesorería municipal los datos

necesarios para el cálculo de las cargas fiscales, mediante oficios números:

168/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Permiso de Urbanización,

169/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por revisión de proyecto para la

Autorización de Obra, 170/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Impuesto,

y 171/DGDU-FRACC/2015 correspondiente al pago por Supervisión de Obra.

VIGÉSIMO TERCERO: Que con fecha 30 de Octubre del 2015, la empresa

“Consorcio SABBIA”, Sociedad Anónima de Capital Variable, solicitó por conducto de

la Dirección General de Desarrollo Urbano a este H. Ayuntamiento, el Permiso de

Venta para los lotes que integran la Sexta Etapa (manzanas 6 y 7) del

Fraccionamiento denominado “Villa Los Álamos”. Expuesto lo anterior, los integrantes

de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, analizan lo

siguiente: I. Que este Honorable Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, es

competente para resolver las solicitudes de Permisos de Venta de lotes de los

Fraccionamientos que se establezcan dentro de su circunscripción territorial, de

conformidad con lo establecido por el artículo 76, fracción I inciso n), de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y así mismo, en apego a lo

establecido en el artículo Séptimo Transitorio del Código Territorial para el Estado y

los Municipios de Guanajuato, los artículos 5, fracción I y 7, fracción I, de la Ley de

Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios. Ley que rige al

fraccionamiento en mención. II. Que la solicitud de permiso de venta, realizada por

la empresa denominada “Consorcio Sabbia, S.A. de C.V.”, es para la Sexta Etapa del

Fraccionamiento denominado “Villa los Álamos”, ubicado en este Municipio de Celaya,

Guanajuato. III. Que mediante Instrumento Notarial No. 31,855 de fecha 30 de

marzo del 2012, otorgada ante la fe del Licenciado Jaime de Anda Cabrera Titular de

la Notaria No. 1, en ejercicio del Partido Judicial de esta Ciudad de Celaya,

Guanajuato, el Fraccionador realizó escritura Rectificatoria de áreas de donación a

favor del Municipio de las superficies de terreno destinadas a áreas de donación,

equipamiento urbano y áreas verdes, incluidas dentro del predio del Fraccionamiento

citado, así como las correspondientes a la vialidad pública; cumpliendo con ello lo

dispuesto por la fracción II segunda del artículo 49 y las fracciones I, III y VII del

artículo 62, de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus

Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en tratamiento. IV. Que en atención a la

solicitud del interesado para obtener el permiso de venta de la Sexta Etapa del

Fraccionamiento en cuestión, por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal se llevó a cabo una supervisión a las obras de urbanización de la zona en

referencia, observándose que cuenta con las siguientes obras de urbanización: Agua

Potable 13.0%, Drenaje 15.0%, Instalación Eléctrica 7.06%, Guarniciones 5.0%,

Banquetas 6.0%, Pavimentación-Arroyo 40.0%, dictaminándose que las Obras de

Urbanización del desarrollo cuentan con un avance del 86.1%; estimando que la obra

faltante asciende a la cantidad de $ 1’824,995.54 (Un Millón Ochocientos Veinticuatro

Mil Novecientos Noventa y Cinco Pesos 54/100 M.N.), estando sujeto a las

condiciones marcadas. V. Que a efectos de garantizar la conclusión de las obras de

urbanización de la Sexta Etapa del Fraccionamiento en referencia, se otorga por parte

de la empresa “Consorcio Sabbia, S.A.”, para tal fin, la póliza de garantía de Fianza

No. 1662795 de fecha 04 de Noviembre de 2015 por un monto de $1,824,995.54 (Un

Millón Ochocientos Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Cinco Pesos 54/100 M.N.),

expedida por la Afianzadora denominada Ace Fianzas Monterrey, S.A. de C.V., dando

cumplimiento al artículo 49 fracción III de la Ley de Fraccionamientos para el Estado

de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al Fraccionamiento en tratamiento. VI.

Conforme a lo establecido por la fracción I del artículo 49 de la Ley de

Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al

Fraccionamiento en tratamiento, el Desarrollador ha exhibido Certificados, de los

lotes que integran la Sexta Etapa, bajo los siguientes folios: Certificados de Gravamen

para el lote dúplex 01 de la Manzana 06, bajo folios reales R7*149328 y R7*149329;

Certificados de Gravamen para los lotes dúplex del 02 al 05 de la Manzana 06, bajo

folios reales R7*118111 al R7*118118; Certificado de Gravamen para el lote

unifamiliar 06 de la Manzana 06, bajo folio real R7*113687; Certificados de

Gravamen para los lotes dúplex del 07 al 13 de la Manzana 06, bajo folios reales

R7*149330 al R7*149343; Certificado de Gravamen para el lote unifamiliar 14 de la

Manzana 06, bajo folio real R7*149344; Certificados de Gravamen para los lotes

dúplex del 01 al 10 de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118133 al R7*118152;

Certificados de Gravamen para los lotes dúplex 11 y 12 de la Manzana 07, bajo folios

reales R7*149345 al R7*149348; Certificados de Gravamen para los lotes dúplex del

13 al 19 de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118157 al R7*118170; Certificado

de Gravamen para el lote unifamiliar 20 de la Manzana 07, bajo folio real

R7*149349; Certificados de Libertad de Gravamen para los lotes dúplex del 21 al 27

de la Manzana 07, bajo folios reales R7*118172 al R7*118185; Acreditando,

mediante Carta de Anuencia de fecha 26 de Octubre del año 2015, otorgada por

parte del Titular del Gravamen, Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca

Múltiple, Grupo Financiero Santander México, que no existe inconveniente en que a la

empresa “Consorcio SABBIA, S.A. de C.V.”, realice trámite de permiso de venta de la

sexta etapa del Fraccionamiento. De conformidad con lo establecido por el artículo

76, fracción I, inciso n) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; en base a lo anterior y sabiendo que la parte interesada obtuvo la

Autorización de Traza y Licencia de Obras de urbanización, cubrió los impuestos y

derechos correspondientes por el desarrollo, garantizó a satisfacción de este

Ayuntamiento las obras de urbanización faltantes; cumpliendo con lo previsto por las

fracciones I y II del artículo 42 y fracción III del artículo 49 de la Ley de

Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, aplicables según lo

dispuesto por el artículo Transitorio Séptimo del Código Territorial para el Estado y los

Municipios y de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se

autoriza a la empresa denominada “Consorcio Sabbia, S.A. de C.V.” el Permiso de

Venta de los lotes que integran la Sexta Etapa (manzana 6 y 7), del Fraccionamiento

denominado “Villa los Álamos”, mismos que se detallan a continuación: Lotes del 01

al 05 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda dúplex. Lote 06

inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda unifamiliar. Lotes del

07 al 13 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda dúplex. Lote

14 inclusive de la manzana 6 para uso habitacional para vivienda unifamiliar. Lotes

del 01 al 19 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda dúplex.

Lote 20 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda unifamiliar.

Lotes del 21 al 27 inclusive de la manzana 7 para uso habitacional para vivienda

dúplex. Por lo que la Sexta Etapa del Fraccionamiento está integrada por 41 lotes

de los cuales son 03 para vivienda unifamiliar y 38 lotes para vivienda dúplex, para

un total de 79 viviendas, objeto de la presente autorización. El Fraccionamiento

tiene una superficie total de 149,678.92 m2, y está integrado por un total de 443

lotes, de los cuales son 19 lotes para vivienda unifamiliar, 410 lotes para vivienda

dúplex, 1 lote de servicio,1 lote de JUMAPA, y 12 lotes de área de donación, para un

total de 839 viviendas, clasificándose como tipo “Interés Social”. La superficie total

del predio de 149,678.92 metros cuadrados se distribuye de la siguiente manera:

Superficie Vendible 68,331.18 m² correspondientes al 45.65%. Superficie de

Vialidades internas 47,347.72 m² correspondientes al 31.63%. Superficie de

Vialidades Externas 17,978.41 m² correspondientes al 12.01%. Superficie de

Donación 15,119.86 m² correspondientes al 10.10%. Superficie de lote de JUMAPA

631.35 m² correspondientes al 0.42%. Superficie del lote de Contenedor 270.40

m² correspondientes al 0.18%. En cuanto al déficit de áreas de donación que se

deriva, mediante oficio No. 373/IMIPE-TEC/2008, se notificó que, en la Cuadragésima

Sesión Ordinaria con Acta No. 54/2008 de fecha 29 de Abril de 2008, se autorizó sea

considerada como área de donación la superficie de 4,257.15 metros cuadrados por

afectación vial. Dando un total de 19,377.02 metros cuadrados equivalente al 12.95%

de la superficie total a fraccionar, cumpliendo con lo establecido por el artículo 62

fracción III de la Ley de Fraccionamientos para Estado de Guanajuato y sus

Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. SEGUNDO: En los contratos

de Compra-Venta, promesa de venta o cualquier Instrumento Notarial en que se haga

constar el traslado de dominio de algún lote integrante del desarrollo, se deberá

insertar o señalar las características de este Permiso de acuerdo a lo establecido por

el artículo 85 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato, Ley que

rige al fraccionamiento en mención. TERCERO: En todos los instrumentos notariales

en que se haga constar la transmisión de dominio y en las escrituras públicas, se

incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar por parte de los

adquirientes que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones menores a los

señalados por la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus

Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención, así mismo, estando

obligados los adquirientes a respetar la zonificación del uso de suelo autorizada para

el Fraccionamiento. CUARTO: El desarrollador queda sujeto a cumplir con las

obligaciones consignadas en la Licencia de Urbanización, así como a realizar y

concluir las obras de urbanización con las especificaciones señaladas por los

Organismos Operadores, con apego al calendario y avance planteados en su

programa de ejecución o de obra presentado y llevar a cabo las reparaciones de los

vicios ocultos y/o desperfectos que presenten las obras de urbanización de

conformidad con el artículo 51 de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de

Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. QUINTO:

El desarrollador deberá acreditar a la Dirección General de Desarrollo Urbano

Municipal los pagos que realice mensualmente ante los organismos operadores, CFE,

JUMAPA y Dirección de Servicios Municipales por concepto de pago del consumo de

los servicios en su fraccionamiento, Electrificación, Agua Potable, Drenajes y

Alumbrado Público, pagos que deberá acreditar hasta que concluya las obras de

urbanización de su fraccionamiento y lleve a cabo la municipalización del mismo, de

acuerdo a lo que establece el artículo 64 de la Ley de Fraccionamientos para el

Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.

SEXTO: El Ayuntamiento podrá suspender temporalmente el Permiso de Venta

otorgado en caso de que el desarrollador se encuentre en incumplimiento a lo

establecido por el artículo 52 y 64 de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de

Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.

SÉPTIMO: Así mismo, Inscríbase esta Autorización a costa del solicitante en el

Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Celaya,

Guanajuato publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y dos veces en

el diario de mayor circulación en el Municipio con un intervalo de cinco días entre

cada publicación, tal como se estipula en el artículo 50 de la Ley de Fraccionamientos

para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en

mención. OCTAVO: El desarrollador queda obligado a colocar y conservar en el

predio del cual se autorice el Fraccionamiento o el Desarrollo en Condominio, el aviso

donde se mencionen las características de los mismos y las Autorizaciones otorgadas;

esto conforme a lo dispuesto por el artículo 62 fracción VIII de la Ley de

Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al

fraccionamiento en mención. NOVENO: El desarrollador se obliga a terminar las

obras de urbanización en los tiempos y plazos previstos por la Ley de

Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al

fraccionamiento en mención, y en caso contrario, la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal tiene la obligación de: Comunicar a las autoridades competentes para que

dicten las medidas de seguridad; Notificar al Ayuntamiento para que suspenda el

Permiso de Venta otorgado; y Informar a la Tesorería Municipal para que proceda al

reclamo de la garantía. La Dirección de Desarrollo Urbano Municipal procederá a

cuantificar el avance de obra y evaluar las obras faltantes a efecto de comunicar a la

Tesorería Municipal, el valor a que asciende la obra no realizada. DÉCIMO: En

consecuencia de lo antes establecido la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal,

podrá hacer efectiva la garantía por medio de la Tesorería Municipal, y una vez

obtenido su importe se procederá a la terminación de la obras de urbanización,

conforme a lo dispuesto por el artículo 69 y 70 de la Ley de Fraccionamientos para el

Estado de Guanajuato y sus Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención.

DÉCIMO PRIMERO: La Póliza de garantía de Fianza No. 1662795 de fecha 04 de

Noviembre de 2015 por obra faltante que se otorgó deberá ser ratificada ante la

Afianzadora correspondiente de acuerdo a los periodos de pago que realice el

desarrollador del Fraccionamiento. Los periodos de ratificación deberán realizarse

mientras el desarrollador no haya concluido las obras de urbanización del

Fraccionamiento, situación que la Dirección General de Desarrollo Urbano Municipal

notificará mediante oficio de conclusión de obras de urbanización; por lo que la fianza

estará en vigor a partir de la fecha de expedición y sólo se cancelará con la

autorización expresa y por escrito de la Presidencia Municipal. DÉCIMO SEGUNDO:

Así mismo se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que notifique

personalmente al propietario de acuerdo a lo previsto por los artículos 78, 79 y 80

fracción V de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus

Municipios, Ley que rige al fraccionamiento en mención. DÉCIMO TERCERO:

Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para

su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico

Territorial, en fecha 10 de noviembre del 2015. Finalizada la lectura del dictamen, el

Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

votación del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por Unanimidad de

los presentes.- ==========================================

PUNTO NÚMERO NUEVE.- Propuesta de ratificación, aprobación y toma de

protesta en su caso de los vocales del Consejo Directivo de la Junta Municipal de

Agua Potable. ======================================

Se recibió escrito del Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,

mismo al que le daré lectura; Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario Del

Ayuntamiento, Presente.- Por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo

para solicitar que dentro de Sesión de ayuntamiento dentro del orden del día se

someta a consideración del pleno del ayuntamiento, la propuesta de ratificar a los

vocales que integran el Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado siendo las siguientes personas: Ing. Roberto Sanz y Villena; Arq. Iván

de la Cruz Cervantes Erosa; C. Oscar Coello Muñoz de Cote; Lic. Jesús Eduardo

Huacuja Romero; lo anterior de conformidad con el artículo 16 segundo párrafo del

Reglamento para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado,

Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales para el Municipio de Celaya, Gto; por

lo que una vez aprobado por el pleno del Ayuntamiento, se instruye para que proceda

a realizar la instalación del Consejo Directivo mediante convocatoria, para la

designación del Presidente, Secretario y Tesorero de entre los integrantes; de

conformidad con el Artículo 20 del Reglamento mencionado en supra líneas. Sin otro

en particular me despido no sin antes reiterarle mi consideración atenta y singular. C.

Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo. Presidente Municipal; finalizada la lectura del

escrito anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, la propuesta de

ratificar a los vocales del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado, mismo que se Aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que el

el uso de la voz el Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, procede a realizar la

protesta de ley, mismos que protestan el cargo.- ======================

PUNTO NÚMERO DIEZ.- Propuesta y Autorización para que se delegue la

representación legal del Ayuntamiento, a través de los síndicos a las diferentes áreas

jurídicas de las dependencias integrantes de la Administración Pública Municipal

Centralizada. =======================================

Se recibió escrito de los Síndicos Municipales, mismo al que le daré lectura: Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, Presente.- por medio del presente

reciba un cordial saludo, así mismo para solicitar que en la próxima sesión del

Ayuntamiento, se someta a consideración del pleno del ayuntamiento, la propuesta

de delegar la representación legal del municipio o Ayuntamiento en los litigios en los

que este sea parte, toda vez que dentro del artículo 78 fracción II de la Ley Orgánica

Municipal, se prevé la facultad para delegar la representación; por lo que se solicita

se otorgue la representación legal del Municipio o Ayuntamiento, en los juicios en los

que este sea parte a las diversas áreas jurídicas, de la Administración Pública

Municipal Centralizada; sin otro en particular, le reiteramos la seguridad de nuestra

consideración atenta y singular; atentamente Ing. María Eugenia Mosqueda Nieto,

Síndica del Ayuntamiento; Lic. José Fernando Sánchez Méndez, Síndico del

Ayuntamiento, finalizada la lectura del escrito anterior, el Secretario del

Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, procede a someterlo a consideración

del pleno del Ayuntamiento, mismo que se Aprueba por Unanimidad de los

presente, por lo que con fundamento en el Artículo 78 fracción II de la Ley Orgánica

Municipal, se delega la representación legal del municipio y/o Ayuntamiento, en los

Juicios en los que este sea parte a los Lic. José Ignacio Ramírez Valenzuela, Lic. J.

Guadalupe Vázquez Tierrablanca, Lic. Jorge Ramírez Montoya, Lic. Gloria Sánchez

Pérez, Lic. Claudia Gabriela Ramírez Sancen, Lic. Rodolfo Herrera Aguilar, Lic.

Francisco Martínez Maldonado, Lic. Cristian Alejandro Gamiño Jiménez, Lic. Ricardo

Daniel Moreno Lara, Lic. José Jesús Jiménez Esquivel, Lic. Martha Carranco Ugalde,

Lic. Willebaldo Díaz González, Lic. Sandra Guadalupe Puente Castillo, Lic. Fabiola

López Rodríguez, Lic. Norma Socorro Trejo Herrera, Lic. José Enrique Yerena García;

Para representar al Municipio y/o Ayuntamiento ante toda clase de autoridades

judiciales, civiles, penales, del trabajo, administrativas, municipales, estatales,

militares, con todas las facultades correspondientes a un mandato general, y aun

todas las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, entre las que

de una manera enunciativa, pero no limitativa, se mencionan las siguientes: Para

desistirse; Para transigir; Para comprometer en árbitros; Para absolver y articular

posiciones; Para recusar; Para recibir pagos; Para contestar las demandas y

reconvenciones que se entablen en contra del Municipio y/o Ayuntamiento; Oponer

excepciones dilatorias y perentorias; Rendir y aportar toda clase de pruebas;

Reconocer firmas y documentos y redargüir de falsas a las que se presenten por la

contraria; Presentar testigos y a su vez protestar a los de la contraria y los

repregunte y tache; Oír autos interlocutorios y definitivos, consentir de los favorables

y pedir revocación, apelar, interponer amparos y desistirse de ellos, pedir aclaración

de la sentencia; Ejecutar, embargar y representar al Municipio y/o Ayuntamiento en

los embargos que en su contra se decreten, pedir el remate de los bienes

embargados; Nombrar peritos y recusar a los de la contraria; Asistir a almonedas;

Percibir valores y otorgar recibos y cartas de pago en su caso; Gestionar, obtener y

aceptar el otorgamiento de garantías por terceros, como hipotecas, prendas o

cualquiera otras, celebrando al efecto toda clase de contratos y convenios privados,

ante notario público, corredor público, o ante cualquier otro funcionario que por la

materia del asunto deba conocer del mismo; Celebrar, En materia penal, presentar

querellas, denuncias y acusaciones, constituirse como coadyuvante del Ministerio

Público en todo lo relacionado con las averiguaciones o procesos penales que se

inicien, instruyan, y se sigan, por todos sus trámites e instancias hasta sentencia

definitiva firme, en que la institución tenga interés o sea ofendido. La Representación

del Municipio y/o Ayuntamiento en los juicios en los que este sea parte, durara hasta

la terminación laboral, de las personas mencionadas en supra líneas con el Municipio,

por lo que terminada la relación laboral con el municipio y/o Ayuntamiento, se revoca

la representación del Municipio y/o Ayuntamiento en los juicios en los que este sea

parte, estando obligado el Director Jurídico de la Presidencia Municipal, a notificar a

las autoridades en las que haya realizado actos de representación, de la terminación

laboral con el Municipio. ====================================

PUNTO NÚMERO ONCE.- Propuesta y Aprobación de la designación del Director de

Desarrollo Social como Enlace Municipal del Programa Federal PROSPERA. ==========

Se recibió escrito del Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,

mismo al que le daré lectura; Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario Del

Ayuntamiento, Presente.- por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo

para solicitar que en la sesión de ayuntamiento se someta a consideración del pleno

del Ayuntamiento, la propuesta de designar al Director de Desarrollo Social, C.

Antonio Rodríguez Alvarado, como enlace municipal del programa Federal PROSPERA,

toda vez que es necesario para poder facilitar y fortalecer la vinculación entre el

programa y las familias beneficiadas del Municipio, proporcionando espacios,

mobiliarios, seguridad y apoyos necesarios para brindar un servicio de calidad; lo

anterior de conformidad con el númeral 3.7.3 de las Reglas de Operación de

PROSPERA, Programa de Inclusión Social; sin otro en particular, le reitero la

seguridad de mi consideración atenta y singular, Atentamente, C. Ramón Ignacio

Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal; finalizada la lectura del oficio anterior el

Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se Aprueba por Mayoría

Calificada con 12 Votos a favor y 03 Tres votos en contra, siendo los votos en contra

de la Regidora, Lic. Montserrat Vázquez Acevedo; Regidor, L.A.E. Jorge Montes

González; Regidora, L.c. María Eloísa Cholico Torres. ===================

PUNTO NÚMERO DOCE.- Clausura de la Sesión.- ====================

En uso de la voz el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, informa al

Presidente Municipal, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, que han sido agotados los

asuntos inscritos en el Orden del Día, por lo que el Mandatario Municipal declara clausurados

los trabajos de la Segunda Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, siendo las 08:45

Ocho Horas con Cuarenta y Cinco Minutos, del día de su fecha, levantándose para constancia

la presente acta, misma que firman quienes en ella intervinieron. Doy Fe. ===========