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1. Cuarto Punto del Orden del día de la Quincuagésima Primera
Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal
2019-2021, en el cual se aprueba el Informe de Ejecución Anual del
Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021, correspondiente al
ejercicio fiscal 2019.
2. Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019-
2021, año 2019.
El C. Darwin Renán Eslava Gamiño, Presidente Municipal Constitucional de Coacalco de
Berriozábal a su población hace saber: ----------------------------------------------------------
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Que el Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, en la Quincuagésima Primera
Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 24 de febrero del año 2020, aprobó y expidió
el siguiente acuerdo:-----------------------------------------------------------------------------
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4. PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN EL INFORME DE
EJECUCIÓN ANUAL DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL 2019-2021,
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2019. -------------------------------------------
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El Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca, Secretario del Ayuntamiento, informó que
el CUARTO PUNTO en el orden del día fue el relativo a la Presentación, discusión y en su
caso aprobación del Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019-
2021, correspondiente al ejercicio fiscal 2019. Agotada la discusión del presente punto y
por MAYORÍA de votos, con trece a favor y dos abstenciones, por parte de los ciudadanos,
Enrique Jhovany Morelos Rosas, Séptimo Regidor y Décimo Tercera Regidora, Yadira Mayali
Cruz Ramírez, resultó el siguiente:--------------------------------------------------------------
-------------------------------------------- ACUERDO: -----------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------
Con fundamento en los artículos 26 apartado a, 115 y 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México, 115 y 116 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 7, 14 20, 35, 36, 37 y
38 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 67, 71 y 76 del Reglamento
de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, el Ayuntamiento de Coacalco
de Berriozábal aprueba y expide lo siguiente: -------------------------------------------------
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PRIMERO: Se aprueba la evaluación contenida en el Informe de Ejecución Anual del Plan de
Desarrollo Municipal del 2019, que constará en anexo al acta de la presente Sesión; --------
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SEGUNDO: Se instruye a la Dirección de Planeación a realizar las acciones necesarias para
el seguimiento del presente punto. -------------------------------------------------------------
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Dado en el Salón de Cabildos, ubicado en el Palacio Municipal de Coacalco de
Berriozábal, en la Quincuagésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo del Ayuntamiento
de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, celebrada el día veinticuatro de febrero del año dos
mil veinte.
C. Darwin Renán Eslava Gamiño
Presidente Municipal
(rúbrica)
Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca
Secretario del Ayuntamiento
(rúbrica)
Informe de Ejecución Anual del Plan de
Desarrollo Municipal 2019-2021, año
2019.
Coacalco de Berriozábal
PRESENTACIÓN
La formulación del presente informe cumple con dos funciones primordiales del quehacer
gubernamental, dar cumplimiento a la normatividad en materia de evaluación del Plan de
Desarrollo y por otra parte, cumplir con rendición de cuentas y transparencia presupuestal.
La Dirección de Planeación (UIPPE) en coordinación con las direcciones y organismos de
la administración pública municipal, conforman el Informe Anual de Ejecución del Plan de
Desarrollo Municipal 2019. Dando cuentas del cumplimiento de objetivos de los programas
a través de la evaluación de las actividades sustantivas relevantes que los integran; de igual
forma, se destaca el carácter programático – presupuestal, ya que permite comparar el nivel
de cumplimiento de los objetivos y metas, con el ejercicio del gasto público, transparentando
el uso de los recursos para su posterior validación bajo los criterios de eficiencia, eficacia y
honradez. De acuerdo con la visión y desafío de esta administración de conducir con
responsabilidad el uso de los recursos públicos federales de manera que se administren con
transparencia y honradez para satisfacer los objetivos establecidos, el Municipio de Coacalco
de Berriozábal busca fomentar una gestión basada en resultados con Trabajo, Voluntad y
Cercanía, mediante el Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del
Desempeño, buscando la optimización de los recursos públicos, la obtención del mayor
beneficio social, el Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal, como herramienta define los
lineamientos generales que se llevarán a cabo para la verificación del grado de cumplimiento
de objetivos y metas de la aplicación de los recursos públicos federales.
INTRODUCCIÓN
En congruencia con los principios democráticos de transparencia y rendición de cuentas, y
en estricto cumplimiento a los ordenamientos legales aplicables, por medio del cual se da
cuenta de las acciones realizadas y los resultados alcanzados por la Administración Pública
Municipal durante el ejercicio fiscal 2019. La intención del Informe es contribuir a que la
presente Administración sea eficiente y eficaz, movida por los principios de la planeación
estratégica los cuales son la base para el seguimiento, la evaluación periódica y sistemática
de la actividad gubernamental, de tal manera que se puedan contrastar los objetivos y
estrategias definidas. El Informe Anual de Ejecución del Plan Desarrollo Municipal de
Coacalco de Berriozábal es un instrumento que apoyo los procesos de modificación
programática presupuestal en el ejercicio de las acciones y recursos de las dependencias y
entidades públicas, con el único fin es alcanzar mejores resultados para la ciudadanía.
Este Informe Anual de Ejecución del Plan de Desarrollo Municipal 2019 tiene como
objetivo general determinar y dar a conocer el Presupuesto que se utilizó en los Programas
para el ejercicio fiscal 2019 y cual es el avance en cuanto al primer año de esta
administración, así dar seguimiento a las acciones, obras y líneas de acción contenidas en el
Plan de Desarrollo Municipal de Coacalco de Berriozábal 2019-2021.
MARCO JURIDICO
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Título Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
ARTICULO 26 A. El Estado organizará un sistema de planeación
democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,
competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para
la independencia y la democratización política, social y cultural de la
nación. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución
determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será
democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que
establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para
incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan
nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas
de la Administración Pública Federal. La ley facultará al Ejecutivo para
que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en
el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la
formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los
programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos
responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo
Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades
federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a
realizar para su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo
considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política
nacional para el desarrollo industrial con vertiente sectorial y regional
Título Séptimo
Prevenciones Generales
Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación,
las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales
de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que
estén destinados. Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán
evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la
Federación y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los
recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los
términos del párrafo precedente.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO
Título Octavo
Prevenciones Generales
Artículo 139.- El desarrollo de la entidad se sustenta en el Sistema
Estatal de Planeación Democrática, que imprima solidez, dinamismo,
competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para
la libertad y la democratización política, social y cultural del Estado y que
tiene como base el Plan de Desarrollo del Estado de México: I. El Sistema
Estatal de Planeación Democrática se integra por los planes y programas
que formulen las autoridades estatales y municipales y considerará en su
proceso: El planteamiento de la problemática con base en la realidad
objetiva, los indicadores de Desarrollo social y humano, la proyección
genérica de los objetivos para la estructuración de planes, programas y
acciones que regirán el ejercicio de sus funciones públicas, su control y
evaluación. Las Leyes de la materia proveerán la participación de los
sectores público, privado y social en el proceso y el mecanismo de
retroalimentación permanente en el sistema.
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Título Tercero
De la Contabilidad Gubernamental
Capítulo I
Del Sistema de Contabilidad Gubernamental
Artículo 16.- El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos,
registrará de manera armónica, delimitada y específica las operaciones
presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como
otros flujos económicos. Asimismo, generará estados financieros,
confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, los cuales
serán expresados en términos monetarios.
Artículo 18.- El sistema estará conformado por el conjunto de registros,
procedimientos, criterios e informes, estructurados sobre la base de
principios técnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar,
clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y
eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la situación
patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas.
Artículo 19.- Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:
I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y
específicas e instrumentos que establezca el consejo; II. Facilite el
reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y
patrimoniales de los entes públicos; III. Integre en forma automática el
ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la
utilización del gasto devengado; IV. Permita que los registros se efectúen
considerando la base acumulativa para la integración de la información
presupuestaria y contable; V. Refleje un registro congruente y ordenado
de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la
gestión económico financiera de los entes públicos; VI. Genere, en tiempo
real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información
que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la
programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de
cuentas, VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes
muebles e inmuebles de los entes públicos.
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Título Noveno
Del presupuesto de egresos
Capítulo Cuarto
Del Control, Información y Evaluación del Gasto Público
Artículo 327.- Será responsabilidad de la Secretaría y la Contraloría, en el
ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer cumplir las
disposiciones del presente Título, estableciendo las medidas para su
correcta aplicación, así como determinar las normas, Manuales,
Lineamientos y procedimientos administrativos tendientes a
homogeneizar, desconcentrar, transparentar, racionalizar y llevar a cabo
un mejor control del gasto público estatal. En el caso de los municipios
esta responsabilidad recae en la Contraloría Interna. La evaluación del
desempeño se hará en función a los objetivos y metas de los programas
presupuestarios, y demás elementos de programación y para tales efectos
se diseñará, administrará y operará el Sistema de Evaluación del
Desempeño. La Secretaría, será la instancia técnica a que alude el artículo
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
encargada de la evaluación del desempeño por lo que respecta a las
Dependencias y Entidades Públicas y para el caso de los Municipios, la
evaluación del desempeño le corresponde a la Unidad de Información,
Planeación, Programación y Evaluación o los servidores públicos
responsables de realizar estas funciones, en coordinación con la Tesorería.
(…)
Artículo 327-A.- Los titulares de las Dependencias, Entidades Públicas y
Organismos Autónomos en el ejercicio de su presupuesto, serán
responsables de que se ejecuten con oportunidad, eficiencia, eficacia y
honestidad los proyectos previstos en sus respectivos Programas
presupuestarios y serán los responsables del resultado y de la evaluación
de los Programas presupuestarios a su cargo, ya sea por cuenta propia o a
través de terceros, así como analizar la información relativa al desarrollo y
grado de avance de los Programas presupuestarios. Así mismo, deberán
enviar a la Secretaría o la Contraloría, según sea el caso, a través de las
Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o su
equivalente, los resultados obtenidos de la evaluación, el informe del
comportamiento del ejercicio presupuestal y el informe de avance
programático en forma mensual y trimestral respectivamente, para la
revisión, seguimiento y evaluación del desempeño del cumplimiento de los
objetivos y metas establecidas en los proyectos aprobados en relación con
el presupuesto y ejercicio. En el caso de los municipios, los informes a que
se refiere este artículo, se enviarán a la Tesorería. (…)
Artículo 327-B.- La Secretaría, la Tesorería y los órganos de control en
coordinación con las Unidades de Información, Planeación, Programación
y Evaluación, o la unidad administrativa responsable de realizar estas
funciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán
periódicamente a través del sistema de control y evaluación del desempeño
que establezcan, los resultados de la ejecución de los programas en
relación con el ejercicio del presupuesto. Los órganos de control interno
en el ejercicio del presupuesto, vigilarán que no adquieran compromisos
que rebasen el monto mensual del gasto que se les haya autorizado. Será
causa de responsabilidad de los titulares de las dependencias, entidades
públicas y unidades administrativas municipales, contraer compromisos
fuera de los montos mensuales aprobados en sus presupuestos.
Título Décimo Primero
De la Contabilidad Gubernamental y la Cuenta Pública Capítulo
Primero
De la Contabilidad Gubernamental
Sección Segunda Del Registro Contable y Presupuestal
Artículo 342.- El registro contable del efecto patrimonial y presupuestal
de las operaciones financieras, se realizará conforme al sistema y a las
disposiciones que se aprueben en materia de planeación, programación,
presupuestación, evaluación y contabilidad gubernamental. En el caso de
los municipios, el registro a que se refiere el párrafo anterior, se realizará
conforme al sistema y a las disposiciones en materia de planeación,
programación, presupuestación, evaluación y contabilidad gubernamental,
que se aprueben en el marco del Sistema de Coordinación Hacendaria del
Estado de México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Título IV
Régimen Administrativo
Articulo 115.- La formulación, aprobación, ejecución, control y
evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los
órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los
ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada
cabildo determine.
Capítulo Quinto
De la Planeación Artículo
Artículo 116.- El Plan de Desarrollo Municipal deberá ser elaborado,
aprobado y publicado, dentro de los primeros tres meses de la gestión
municipal. Su evaluación deberá realizarse anualmente; y en caso de no
hacerse se hará acreedor a las sanciones de las dependencias normativas en
el ámbito de su competencia.
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Capítulo Primero
Disposiciones Generales
Artículo 7.- El proceso de planeación democrática para el desarrollo de
los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la
formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un
diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas
de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de
ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados,
así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para
el desarrollo social y humano.
Capítulo Segundo
Artículo 14.- El Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo
del Estado de México se conforma por:
IX. Los informes de evaluación
Articulo 19.- Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación
democrática para el desarrollo: I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar
seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus
programas; IV. Garantizar, mediante los procesos de planeación
estratégica, la congruencia organizativa con las acciones que habrán de
realizar para alcanzar los objetivos, metas y prioridades de la estrategia
del desarrollo municipal;
Artículo 20.- Compete a las unidades de información, planeación,
programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades
públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores
públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el
desarrollo: IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos
guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y
programas y la evaluación de su ejecución; (…)
Artículo 35.- Las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades
administrativas y servidores públicos, conforme a las facultades y
obligaciones contenidas en este capítulo, reportarán periódicamente los
resultados de la ejecución de los programas a la Secretaría, y en el caso de
los municipios, a quien los ayuntamientos designen
Artículo 36.- La Secretaría y los ayuntamientos, en el ámbito de su
competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos
para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la
ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a
ellos y la vigilancia de su cumplimiento. Para la elaboración e integración
Capítulo Cuarto
Del Control, Seguimiento y Evaluación de la Ejecución
de los informes de evaluación habrán de considerarse entre otros
elementos, los indicadores del Sistema Estatal de Información e
Investigación Geográfica, Estadística y Catastral, aplicados al proceso de
planeación democrática para el desarrollo, de conformidad con lo
dispuesto por el ordenamiento de la materia y demás disposiciones
aplicables.
Artículo 37.- En cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en
los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las
dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y
demás servidores públicos serán responsables de que los programas se
ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento
de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la
Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance
programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y
en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen.
Artículo 38.- Las dependencias, organismos, entidades públicas, unidades
administrativas y servidores públicos, deberán realizar el Informe Anual
de Ejecución, Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
evaluación a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas, así
como la mejora de los indicadores de desarrollo social y humano y, en su
caso, emitirán dictamen de reconducción y actualización cuando sea
necesaria la modificación o adecuación de la estrategia a la que se refiere el
artículo 26 de esta Ley, dictamen que habrán de hacer del conocimiento
inmediato de la Secretaría o del ayuntamiento en el ámbito de su
competencia, para que a su vez, se reformule el contenido de la estrategia
de desarrollo.
Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Título Segundo
Del Órgano Superior de Fiscalización
Capítulo Primero
De las Atribuciones
Artículo 8.- El Órgano Superior tendrá las siguientes atribuciones: VI.
Practicar auditorías de desempeño en el cumplimiento de los objetivos
contenidos en los programas, conforme a los indicadores que
correspondan y evaluar la eficacia, eficiencia y economía en el uso de los
recursos públicos por las entidades fiscalizables, la congruencia del
ejercicio de los presupuestos con los programas y de estos con los planes y
políticas públicas conforme a los estándares internacionales;
Capítulo Tercero
De la Organización e Integración del Órgano Superior
Artículo 23.- Sin perjuicio del ejercicio directo por parte del Auditor
Superior, los Auditores Especiales tendrán las facultades genéricas
siguientes: IV. Formular pliegos de observaciones, en los términos de esta
Ley;
Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los
Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes
acciones: VI. Integrar en los documentos que contengan la evaluación de
los resultados de la ejecución de sus planes de desarrollo, el análisis de
congruencia entre las acciones realizadas y las prioridades, objetivos y
metas de sus planes de desarrollo y programas;
Artículo 20.- En el caso de los Ayuntamientos, las unidades
administrativas o servidores públicos que realicen las tareas de
Capitulo Segundo
De la Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de
México y Municipios
información, planeación, programación y evaluación tendrán las siguientes
funciones: VI. En materia de evaluación: a) Diseñar, instrumentar e
implantar un sistema de evaluación y seguimiento que permita medir el
desempeño de la Administración Pública Municipal, en términos de los
resultados obtenidos en el logro de sus objetivos y metas establecidas en
el Plan de Desarrollo Municipal y en los programas de mediano y corto
plazo; b) Integrar y reportar al Presidente Municipal y al Cabildo, con la
periodicidad que este determine, el informe del comportamiento de los
principales indicadores definidos en el Plan de Desarrollo Municipal, así
como el avance programático y presupuestal de las metas contenidas en el
programa anual; c) Integrar en coordinación con las dependencias y
organismos que Informe Anual de Ejecución 2018 Reglamento de la Ley
de Planeación del Estado de México y Municipios integran la
Administración Pública del Municipio, el informe anual de ejecución del
Plan de Desarrollo Municipal, el cual deberá ser enviado al Órgano
Superior de Fiscalización de la Legislatura Local, en forma anexa a la
cuenta de la Hacienda Pública del Municipio; Capítulo Cuarto Del
Control, Seguimiento y Evaluación de la Ejecución
Artículo 67.- El Plan de Desarrollo Municipal será evaluado dos veces al
año, la primera, al rendir su informe de gobierno el Presidente Municipal
y la segunda al cierre del ejercicio presupuestal, constituyéndose dicha
evaluación como parte integrante de la Cuenta Pública Municipal. Las
revisiones tendrán como propósito determinar los avances y logros de los
objetivos, estrategias, líneas de acción y metas intermedias y los
resultados de la evaluación servirán para reorientar los programas y
acciones de esta esfera de gobierno.
Artículo 71.- Las evaluaciones del Plan de Desarrollo Municipal se
realizarán en sesión especial de cabildo y en todos los casos, deberán
participar los miembros integrantes del COPLADEMUN.
Artículo 76.- El análisis de la Cuenta Pública apoyará sus resultados
contables en la relación que hubiere existido entre los elementos
constitutivos del gasto público y el cumplimiento de los objetivos y
prioridades de la planeación y programación, a través del informe de
avance de ejecución del plan de desarrollo.
Bando Municipal 2019-2021 Coacalco de Berriozábal
Titulo Octavo
De la Planeación Municipal, la Transparencia y el Acceso de la
Información Publica
Capítulo I
De la Planeación Municipal
Articulo 104. La Presidencia Municipal, a través de la Dirección de
Planeación, elaborara y evaluara su Plan de Desarrollo Municipal y los
programas de trabajo necesarios para su ejecución de forma democrática y
participativa, con el objeto de atender las demandas prioritarias de la
población, propiciar el desarrollo armónico, aplicar de manera racional los
recursos financieros y asegurar la participación de la sociedad en las
acciones de Gobierno Municipal, vinculados con los Planes de Desarrollo
Federal y Estatal; en donde la ejecución del mismo estará a cargo de las
Estructuras Administrativas, conforme a la Ley Orgánica, la Ley de
Planeación del Estado de México y Municipios, su reglamento y las demás
normas legales aplicables en la materia
PROPÓSITO
Buscar dar respuesta a los problemas urbanos, económicos, sociales, medioambientales y de
integración, partiendo de una perspectiva de desarrollo de largo plazo, pero también aspira a
integrar una gestión pública municipal capaz de responder con eficacia y eficiencia las diversas
demandas de la población, así como consolidar una administración pública municipal transparente y
comprometida con la rendición de cuentas a la sociedad.
Objetivos Planteados en el Plan de Desarrollo 2019-2021
– Lograr una gestión local que contribuya a reducir la pobreza y la desigualdad social, beneficiando
sobre todo a los grupos de población vulnerables (mujeres, niños, jóvenes y adultos mayores).
- Desarrollar las capacidades institucionales, administrativas, gerenciales y de gestión necesarias
para asumir a cabalidad las nuevas tareas y atribuciones que tienen los gobiernos municipales en
nuestro país y estado.
- Mejorar la eficiencia y eficacia de las políticas públicas y programas de gobierno, para incidir
positivamente en el desarrollo económico y social sustentable de Coacalco de Berriozábal
- Consolidar la participación ciudadana como medio potenciar el capital social y mecanismo de
corresponsabilidad de los diversos actores de la sociedad local en el logro de las metas de desarrollo
que propone este Plan.
- Construir una administración pública comprometida con valores de la transparencia y la rendición
de cuentas, con un gobierno democrático en nuestro municipio.
Demandas Ciudadanas
Se convocó a la ciudadanía a participar en un Foro de Consulta Ciudadana para así tener una
interacción más directa con la población, lo que nos permitió identificar los problemas más
importantes que aquejan a la población de las diferentes comunidades del municipio y las propuestas
de solución de los ciudadanos, así como recabar su opinión sobre los temas, asuntos y problemas que
debe atender el gobierno municipal. Para ello, las demandas, peticiones y propuestas de los
ciudadanos constituyeron un insumo básico para valorar y así definir con mayor certidumbre y
racionalidad los ámbitos de atención estratégica que darán rumbo a la acción de gobierno.
-Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021
Pilar
Líneas de Acción
Programadas por Pilar
Líneas de Acción
Atendidas
Porcentaje Líneas de Acción No
Atendidas
Porcentaje
1 53 33 62% 20 18%
2 20 20 100% 0 0%
3 47 42 89% 5 11%
4 25 25 100% 0 0%
Eje
Transversal 1
14 10 71% 4 29%
Eje
Transversal 2
71 69 97% 2 3%
Eje
Transversal 3
9 9 100% 0 0%
Total de Acciones Programadas: 239 Porcentaje: 100%
Total de líneas de Acción Atendidas: 208 Porcentaje: 86%
Total de líneas de Acción no Atendidas: 31 Porcentaje: 14%
Áreas Prioritarias:
-Incrementar la cobertura de la infraestructura social básica (agua potable, drenaje, vialidades,
electricidad, tratamiento de desechos sólidos).
- Elevar la calidad de vida de los habitantes.
-Fomentar la generación de empleo mediante la gestión y puesta en marcha de proyectos
productivos.
-Mejorar los espacios educativos.
-Dar una mejor atención a los ciudadanos.
-Fomentar la cultura física y deporte.
- Fortalecer la hacienda pública municipal.
Reporte:
FODA:
Fortaleza Oportunidades
El municipio de Coacalco de Berriozábal
cuenta con elementos humanos capacitados
para atender las necesidades del municipio
eficientemente.
Lograr una cooperación con municipios
vecinos para diseñar estrategias de solución
a problemáticas comunes en la región.
Debilidades Amenazas
No se cuenta con las herramientas
materiales y financieras suficientes para
hacer frente a la totalidad de las
problemáticas que radican en el municipio.
Derivado a las circunstancias que
actualmente persisten en el país en cuanto a
la delincuencia esto puede afectar a la
operatividad y capacidad de respuesta de las
políticas municipales.
PILAR 1. SOCIAL: MUNICIPIO SOCIALMENTE RESPONSABLE, SOLIDARIO E INCLUYENTE
Engloba todos los aspectos educativos, culturales y sociales de los habitantes, a través de la provisión
de programas que atiendan a las distintas necesidades que manifiestan. Uno de los retos es atender
las diferentes situaciones en materia social, identificando como temas centrales la política social, el
combate a la pobreza, marginación y desigualdad, así como el fortalecimiento del núcleo social y
mejoramiento de la calidad de vida.
Objetivos: Combatir la pobreza a través de la gestión tripartita de programas en beneficio de la
población, así como mejorar la calidad de vida de los habitantes del municipio mediante la
transformación positiva de su entorno y sobre todo alcanzar una sociedad más igualitaria con la
atención a grupos en situación de vulnerabilidad, otorgando beneficios con distintos programas
sociales. Resultados alcanzados entre lo programado y alcanzado en el Plan de Desarrollo de este
Pilar.
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 53
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
62%
38%
Atencion de Lineas de Accion
Atendidas No Atendidas
ATENCION A LINEAS DE ACCION
PROGRAMADAS
ATENDIDAS 33 62%
NO
ATENDIDAS 20 18%
PILAR 2. ECONOMICO: MUNICIPO COMPETITIVO, PRODUCTIVO E INNOVADOR
Para contribuir al mejoramiento de las condiciones de bienestar de los coacalquenses aún requiere
establecer estrategias y programas que favorezcan una mayor derrama económica y la consolidación
de Coacalco de Berriozábal como destino Turístico, Industrial y Comercial. A tal efecto y de forma
muy sintética es necesario incentivar la diversificación de oferta turística, industrial y coadyuvar al
mantenimiento del patrimonio histórico; la conservación de la imagen urbana y reducir las brechas
que se observaban, tanto en la cobertura como en la calidad de servicio básicos como agua potable,
drenaje, alcantarillado y alumbrado público.
Objetivos:
-Contribuir a fomentar la actividad artesanal del Municipio coacalquenses, mediante la gestión de
apoyos federales y estatales.
-Realizar acciones para poder dotar a las poblaciones coacalquenses de agua potable de calidad y
cantidad para su consumo, así como la rehabilitación y ampliación de la infraestructura.
-Realizar acciones para satisfacer las necesidades en la población en un adecuado servicio de drenaje,
alcantarillado y tratamiento de aguas servidas, para evitar riesgos, enfermedades y disminuir los
riesgos por inundaciones en el Municipio de Coacalco de Berriozábal.
-Realizar acciones que estén relacionadas con el manejo y disposición de los residuos sólidos del
municipio de Coacalco de Berriozábal y asegurar el confinamiento adecuado de residuos sólidos.
-Contribuir en el desarrollo del ordenamiento territorial de Municipio de Coacalco de Berriozábal,
mediante la infraestructura urbana para mejorar la calidad de vida de los coacaqueneses.
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 20
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE 2019
ATENCION A LINEAS DE ACCION
PROGRAMADAS
ATENDIDAS 20 100%
NO
ATENDIDAS 0 0%
PILAR 3. TERRITORIAL: MUNICIPIO ORDENADO, SUSTENTABLE Y RESILIENTE
Toda sociedad requiere producir bienes y servicios para satisfacer diversas necesidades y crear un
entorno de orden, bienestar y oportunidad. La elaboración de estos satisfactores requiere de mano
de obra, maquinaria, infraestructura y recursos naturales como: agua, suelo, energía, flora y fauna
silvestre. Es responsabilidad gubernamental vigilar que se preserven los servicios que el medio
ambiente brinda en soporte al desarrollo de las actividades humanas, en particular la recarga natural
de los mantos acuíferos, el control de la erosión de suelos y las emisiones contaminantes, el manejo
correcto de residuos sólidos y la promoción de la producción y el consumo de bienes y servicios
sustentables. Lo que se busca al implementar procesos de ordenamiento es que a la par de mejorar
las condiciones sociales y de desarrollo, se logre un bienestar ambiental y un crecimiento económico,
mediante la erradicación de la pobreza y el hambre, el acceso igualitario a la energía, el agua potable,
el saneamiento y la energía sostenible. Los reglamentos en materia de Protección Civil son
elementos que se regulan y apoyan el desarrollo de las actividades que se refieren a este rubro, y
aunado a ello, se encuentra con un Atlas de Riesgo Municipal que apoya al trabajo de las autoridades
para disminuir los percances que afectan a la población.
Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:
-La rehabilitación de las unidades de bomberos,
-Implementar la cultura de la prevención en materia de Protección Civil
-Inspecciones en materia de Desarrollo Urbano
-Desarrollo de conferencias para el impulso y difusión de la cultura
-Bacheo de las vialidades
-Gestión integral de los residuos solidos
-Manejo de eficiente y sustentable del agua, aguas residuales
-Protección al ambiente
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 47
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
ATENCION A LINEAS DE ACCION
PROGRAMADAS
ATENDIDAS 42 89%
NO
ATENDIDAS 5 11%
PILAR 4. SEGURIDAD: MUNICIPIO CON SEGURIDAD Y JUSTICIA
Es obligación del municipio proteger a la ciudadanía a través de un conjunto de leyes que establezcan
la diferencia entre lo legal y lo ilegal e instituciones que apliquen esas normas jueces que administran
justicia y aplican sanciones a quienes vulneran las leyes.
En materia de seguridad justicia y derechos humanos se dará cumplimiento al compromiso que tiene
México con los objetivos de desarrollo sostenible 2030 que promueven sociedades pacíficas e
incluyentes, que facilitan el acceso a la justicia para todos y la construcción de instituciones eficaces
y transparentes.
Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:
-Operativos
-Una policía capacitada
-Coordinación intergubernamental para la seguridad publica
-Protección jurídica a las personas y sus bienes
-Función mediadora, conciliadora y calificadora municipal
-Derechos Humanos
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 25
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
ATENCION A LINEAS DE
ACCION PROGRAMADAS
ATENDIDAS 25 100%
NO
ATENDIDAS 0 0%
EJE TRANSVERSAL I. IGUALDAD DE GENERO
La igualdad de género en los ámbitos de patrimonio, la creatividad y la diversidad cultural, es una
de las prioridades esenciales, la igualdad, participación acceso y contribución a la vida cultural de las
mujeres y los hombres es un derecho humano además de un derecho cultural. El objetivo 5 de los
objetos de desarrollo Sostenible cita “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las
mujeres y las niñas” de esta manera se establecerán programas en materia de seguridad pública con
un enfoque de género, a fin de erradicar los índices de violencia, discriminación u otras acciones que
atenten en contra de niñas y mujeres. La discriminación que enfrentan las mujeres ha sido un
fenómeno constante no sólo en México sino a nivel internacional, la “visión masculina” ha
subordinado el papel que tiene la mujer en la sociedad, limitando sus derechos y dejando a su cargo
únicamente la reproducción y el cuidado familiar. Para funcionar y tener mejores resultados de la
democracia es necesario que los principios y derechos en que se fundamenta la libertad y la igualdad
de las personas sean una realidad y no únicamente una declaración. Entre los derechos que más se
desconoce e incumplen, está el de la igualdad para las mujeres.
Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:
-Igualdad de trato y oportunidades para el hombre y mujer
-Inclusión económica para la igualdad de género.
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 14
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
ATENCION A LINEAS DE
ACCION PROGRAMADAS
ATENDIDAS 10 71%
NO
ATENDIDAS 4 29%
EJE TRANSVERSAL II. GOBIERNO MODERNO, CAPAZ Y RESPONSABLE
Las instituciones son el pilar, a través del cual, se llevan a cabo las acciones dirigidas a atender a la
población, es por eso que, conocer y atender las necesidades institucionales, así como en algunos
casos someterlas a procesos de reformas, permitirá que operen con mayor eficiencia. El modelo de
transversalidad en el que se basa este eje, está orientado a diseñar estrategias y líneas de acción a
través de la vinculación institucional y la realización de actividades específicas que A políticas
públicas integradoras, inclusivas, transparentes, eficientes, eficaces y de calidad.
Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:
-Conducción de las políticas generales de gobierno
-Reglamentación Municipal
-Consolidación de la administración Publica de resultados
-Fortalecimiento de los ingresos
-Planeación y Presupuesto basado en Resultados
-Previsiones para el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores
-Transparencia
-Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 71
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
ATENCION A LINEAS DE
ACCION PROGRAMADAS
ATENDIDAS 69 97%
NO
ATENDIDAS 2 3%
EJE TRANSVERSAL III. TECNOLOGIA Y COORDINACION PARA EL BUEN
GOBIERNO
El uso de las tecnologías de información y comunicación en diferentes ámbitos de aplicación se ha
vuelto una necesidad, toda vez que el proceso de globalización obliga a las comunidades y gobiernos
actualizar la información y crear sistemas que faciliten dos temas importantes; por un lado, eficientar
los procesos de planeación y por otro; la simplificación de trámites y servicios. En ese contexto, se
busca implementar el fortalecimiento municipal, consolidando la certeza jurídica, fortalecer el canal
de comunicación con la ciudadanía y dar una mayor eficiencia a las actividades de la administración
pública. Derivado de lo anterior, el gobierno en turno implementará políticas públicas que permitan
lograr una mejora continua del municipio, con la participación activa de los pobladores, el sector
privado, instituciones de gobierno y el gobierno en sus diferentes niveles. Es por ello, que este eje
se centra en el objetivo 17 de la Agenda 2030 y sus metas.
Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:
-Nuevas organizaciones de la Sociedad
-Gobierno Electrónico
LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 71
*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE
ATENCION A LINEAS DE
ACCION PROGRAMADAS
ATENDIDAS 9 100%
NO
ATENDIDAS 0 0%
Seguimiento a obra pública:
La obra pública programada para ejecución en el año 2019, tuvo como propósito el cubrir y atender
lo expuesto dentro del Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021, en cada uno de sus pilares y ejes
transversales, con el fin y objetivo de atender eficientemente a las necesidades de la población, por
ello a continuación se expone el plan de obra autorizado para el ejercicio 2019:
CLAVE PROGRAMATICA
NOMBRE DE LA OBRA PRESUPUESTO ANUAL
AUTORIZADO
JUSTIFICACION DE LA OBRA
020202010101 Desarrollo Comunitario $8,005,093.35 Promoción a la participación comunitaria
020301010101 Prevención Medica para la Comunidad
$6,517,929.01 Medicina Preventiva
020501010106 Educación Básica $9,581,036.61 Apoyo Municipal a la Educación
básica
020502010105 Educación Media Superior $ 21,699.93 Apoyo Municipal a la Educación
Media Superior
020608060102 Oportunidades para los Jóvenes $1,889,276.26 Bienestar y orientación juvenil
030102010202 Empleo $9,056,910.44 Colocación de trabajadores
desempleados
030903010202 Promoción Artesanal $3,275,869.03 Promoción y Fomento artesanal
030701010101 Fomento turístico $ 96,394.50 Promoción e Información
Turística
010308010201 Política Territorial $15,035,744.32 Planeación Integral y
Concertada
020402010101 Cultura y Arte $ 1,803,940.35 Servicios Culturales
020201010203 Desarrollo Urbano $33,771,072.29 Guarniciones y banquetas
020101010101 Gestión Integral de Residuos Solidos
$84,307,366.56 Manejo integral de residuos
solidos
Seguimiento presupuestario para la ejecución del Plan de Desarrollo
201-2021, año 2019.
Los recursos que se destinan a las acciones realizadas por la Administración Pública
Municipal deben de estar coherentemente alineadas a los objetivos del Plan de Desarrollo
Municipal 2019-2021, por ello se pretende ilustrar a continuación y por medio de una tabla
el presupuesto asignado a los proyectos presupuestarios que dieron seguimiento a las
acciones y objetivos del Plan de Desarrollo:
Proyectos presupuestarios y acciones.
En este apartado se plasmarán algunas de las acciones que se ejecutaron para el seguimiento
del Plan de Desarrollo y a las cuales se les destino un presupuesto para su ejecución.
DEPENDENCIA NUMERO DE
PRESUPUESTO
PROGRAMA PRESUPUESTO ACCIONES
DESEMPEÑADAS
Porcentaje de
Avance Físico
F00 124
FISMDF-015-2019
FISMDF-016-2019
FISMDF-017-2019
FISMDF-018-2019
Vivienda
$11302466.36
Construcción de
“Techos, pisos,
muros firmes”
“Cuartos
Dormitorios”
“Cuarto para
Vivienda”
“Calentadores
Solares”
96%
FISMDF-020-2019
Mejoramiento de
Sanitarios
020204010201 Alumbrado Publico $18,522,814.18 Alumbrado Público
020104010302 Protección al Medio Ambiente $ 4,315,522.03 Promoción de la Cultura
Ambiental
010304010102 Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Publico
$1,298,668.57 Fiscalización de control y
evaluación interna de la gestión
publica
010304020101 Sistema de Anticorrupción del Estado de México y Municipios
$1,407,269.53 Prevención, detención,
disuasión, sanción y combate de
la corrupción
010502050203 Planeación y Presupuesto Basado en Presupuesto
$22,736,222.12 Registro, control contable
010804010101 Transparencia $3,171,610.28 Vinculación ciudadana con la
administración publica
F00 124
FISMDF-021-2019
FISMDF-022-2019
Educación
Básica
$ 3641203.98
Construcción de
techados en áreas de
impartición de
Educación física
Construcción de
Barda Perimetral
100%
F00 124
FISMDF-023-2019
FISMDF-024-2019
Educación
Básica
$ 4137824.96
Mejoramiento de
aulas en “Jardín de
niños Laura Méndez
de Cuenca”
Mejoramiento de
Aula en “Jardín de
Niños Cuitláhuac”
100%
F00 124
FISMDF-026-2019
Educación
Básica
$ 1767851.00
Impermeabilización
de “Jardín de Niños
Nezahualcóyotl”
100%
Impermeabilización
de “Jardín de Niños
Natalia Carrasco”
Impermeabilización
de “Escuela Primaria
Malinalli”
F00 124
FISMDF-027-2019
Educación
Básica
$ 552693.04
Impermeabilización
de “Jardín de Niños
Profesora Gabriela
Mistral”
100%
Impermeabilización
de “Escuela Primaria
Carmen Serdán”
Impermeabilización
de “Escuela
Telesecundaria
Oficial No. 203
Felipe Berriozábal”
F00 124
FISMDF-028-2019
Educación
Básica
$ 325993.65
Mejoramiento de
barda Perimetral de
“Jardín de Niños
Edmundo Amicis”
95%
“Escuela Primaria
Ignacio Allende”
F00 124
FEFOM-001-2019
FEFOM-007-2019
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Vialidades
Urbanas
$20061262.36
Repavimentación de
“Calle
Zarzaparrillas”
1ERA Etapa
100%
Repavimentación de
“Calle
Zarzaparrillas”
tramo Av. José López
Portillo” a Eje 3
100%
2DA Etapa
F00 124
FEFOM-003-2019
FEFOM-004-2019
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Pavimentación
de Calles
$1566471.05
Construcción de
Pavimento con
Concreto Hidráulico
“Calle Chabacano”
95%
Construcción de
Pavimento con
Concreto Hidráulico
“Cerrada
Narciso Mendoza”
5%
F00 124
FEFOM-005-2019
FEFOM-008-2019
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Pavimentación
de Calles
$ 4134177.36
Pavimentación con
Concreto Hidráulico
en “Cerrada 1”
30%
Pavimentación con
Concreto Hidráulico
de la “Calle Juárez”
tramo de Vía José
López Portillo a
Calle Francisco I.
Madero”
20%
H00 127
FEFOM-010-2019
Alumbrado
Publico
$ 2167000.00
Material para
proyecto de
Alumbrado Público
de Avenida López
Bonaga
10%
F00 124
FEFOM-011-201
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Edificaciones
Urbanas
$ 2480150.28
Rehabilitación de
Módulos devigilancia
en el Municipio
30%
F00 124
RP-002-2019
RP-004-2019
RP-005-2019
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Edificaciones
Urbanas
$64447057.48
Rehabilitación de los
Velatorios
100%
Mejoramiento de las
Galeras
1%
Remodelación de
Presidencia
100%
F00 124
BRP-001-2019
BRP-003-2019
Desarrollo
Urbano
SubPrograma:
Vialidades
Urbanas
$11999095.98
Bacheo en varias
calles y colonias del
Municipio
1era Etapa
100%
$29991025,47
Bacheo en varias
calles y colonias del
Municipio
2da Etapa
80%
PF-001-2019
Desarrollo
Urbano
F00 124 SubPrograma:
Vialidades
Urbanas
$6363407.66 Rehabilitación de
“Avenida Carlos
Hank González”
0%
F00 124
FISE-001-2019
Vivienda
$ 1417473.60
Construcción de
“Calentadores
Solares” (Suministro
e Instalación para el
Mejoramiento de
Vivienda en el
Municipio)
53%
F00 141
FISE-002-2019
FISE-003-2019
Educación
Básica
SubPrograma:
Educación
Básica con
Calidad
$ 582523.06
Mejoramiento de
Aula en “Jardín de
Niños Sebastián
Bach”
90%
Mejoramiento de
Aula en “Escuela
Primaria Josué
Mirlo”
90%
*FISMDF.- Fondo de Infraestructura Social Municipal y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
*FEFOM.- Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal
*RP.- Recursos Propio
*BRP.- Bacheo con Recursos Públicos
*FISE.- Fondo de Infraestructura Social para las Entidades
ANEXOS:
MEDIO DIGITAL
Anexos:
1. 1er. Informe de Gobierno. 2. Acta de la 5TA Sesion de Coplademun. 3. PbRM 08b Ficha de los indicadores por programas. 4. PbRM 08c Avance trimestral de metas físicas por proyecto. 5. PbRM 09a Avance presupuestal de ingresos. 6. PbRM 09b Estado comparativo presupuestal de ingresos. 7. PbRM 10a Avance presupuestal de egresos detallado. 8. PbRM 10b Avance presupuestal de egresos. 9. PbRM 10c Estados comparativos presupuestal de egresos. 10. PbRM 11 Seguimiento trimestral del programa anual de obras.
El Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca, Secretario del
Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal, Estado de
México, en uso de las facultades que le confieren las
fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de México, certificó los puntos de
acuerdo contenidos en la presente Gaceta y ordenó su
publicación.