1 Introd Higiene UCSC
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INSTITUTO TECNOLOGICO
CURSO INTRODUCCION A LA
HIGIENE INDUSTRIAL
PREPARADO POR : JAMES RAMIREZ M.
CORREO ELECTRONICO. : [email protected]
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CARTA FUNDAMENTAL
Artculo 19: La Constitucin asegura a todas las personas:
9 .- El derecho a la proteccin de la salud.
El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promocin, proteccin y recuperacin de la salud y de la rehabilitacin del individuo.
Le corresponder asimismo, la coordinacin y control de las acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecucin de las acciones de salud, sea que se presten a travs de instituciones pblicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podr establecer cotizaciones obligatorias.
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CODIGO SANITARIO
LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE
Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Ttulo I
NORMAS GENERALES
Art. 67. Corresponde al Servicio Nacional de Salud (ahora SEREMI de Salud) velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Cdigo y sus reglamentos.
Art. 68. Un reglamento contendr las normas sobre condiciones de saneamiento y seguridad de las ciudades, balnearios, campos y territorios mineros, as como los de todo sitio, edificio, vivienda, establecimiento, local o lugar de trabajo, cualquiera que sea la naturaleza de ellos
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CODIGO SANITARIO (DFL 725)
LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE
Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Ttulo III
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Art. 82. El reglamento comprender normas como las que se refieren a:
a) las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y
cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la poblacin en
general;
b) las medidas de proteccin sanitaria y de seguridad que deben adoptarse en la extraccin, elaboracin y manipulacin de
substancias producidas o utilizadas en los lugares en que se efecte trabajo humano;
c) las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los equipos de proteccin personal y la obligacin de su uso
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DECRETO SUPREMO 594
T I T U L O I
Disposiciones Generales
Artculo 1 : El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales bsicas que deber cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentacin especfica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales.
Establece, adems, los lmites permisibles de exposicin ambiental a agentes qumicos y agentes fsicos, y aquellos lmites de tolerancia
biolgica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
Artculo 3 : La empresa est obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para
proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempean, sean stos dependientes directos suyos o lo sean de
terceros contratistas que realizan actividades para ella.
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Definicin de Salud:
La Organizacin Mundial de la Salud ha definido a la salud como un estado de completo bienestar fsico, mental y social.
Definicin de Enfermedad Profesional:
Enfermedad profesional es, la adquirida por el trabajador como consecuencia de su propio trabajo. O mas sencillo an, como la defini Ramazzini en el ttulo de su obra: "Las enfermedades a que estn expuestos los trabajadores por razn de sus profesiones."
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OBJETIVO HIGIENE INDUSTRIAL
Lograr que todos los trabajadores estn libres de Enfermedades Profesionales,
producidas por la manipulacin de ciertas sustancias o por estar expuestas a ellas o a otros agentes.
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Definicin
Enfermedad Profesional: Definida por la Ley 16744, es aquella causada de una
manera directa por el ejercicio de la profesin o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte
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Como se adquiere Una Enfermedad profesional ?
Las Enfermedades Profesionales pueden ser adquiridas por la Exposicin del Trabajador a ciertas sustancias que se encuentran en el ambiente y a las siguientes condiciones
TIPO DE AGENTE O SUSTANCIA
NIVEL DE CONCENTARCION EN EL AMBIENTE
TIEMPO DE EXPOSICION DEL TRABAJADOR
SUCEPTIBILIDAD INDIVIDUAL
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Clasificacin de los Riesgos Ambientales
De acuerdo a la forma en que interactan con las personas, estos se clasifican en :
Riesgos Qumicos
Riesgos Fsicos
Riesgos Biolgicos
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QUIMICOS
(MATERIA)
EN FORMA
MOLECULAR
GASES: no proceden de evaporacin
VAPORES: proceden de evaporacin
EN FORMA DE AGREGADOS MOLECULARES (AEROSOLES)
SOLIDOS
LIQUIDOS
POLVO: origen mecnico
HUMO: Origen trmico
NIEBLA
FISICOS
(ENERGIA)
MECANICOS
TERMICOS
ELECTROMAGNETICOS(RADIACIONES)
PRESION
RUIDO
VIBRACIONES
CALOR
FRIO
IONIZANTES
NO IONIZANTES
BIOLOGICOS (SERES VIVOS)- virus, bacterias, etc
PSICOSOCIALES - organizacin del trabajo, interrelaciones, etc
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Sustancia qumica que, al ponerse en contacto con el organismo a
travs de la respiracin, ingestin o contacto drmico, puede
provocar enfermedad u otras alteraciones de salud en el curso de la
vida laboral, en un perodo posterior a la misma o en la
descendencia.
Sustancia Nociva
Toxicidad Aguda
Cuando es letal en bajas dosis en seres humanos. (Ej.
nuseas, dolores de cabeza, contracciones estomacales,
convulsiones, coma o muerte)
Toxicidad Crnica
Cuando presenta daos en el organismo en el largo plazo. (Ej. efectos
txicos acumulativos, carcinognicos, mutagnicos o teratognicos en
seres humanos)
Exposicin Contacto de la sustancia nociva con el
organismo (Concentracin en el aire)
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Concentracin Letal 50 (CL50):
Concentracin de vapor, niebla o polvo que, administrado por
inhalacin continua durante una hora a un grupo de ratas albinas
adultas jvenes, machos y hembras , causa con la mxima probabilidad,
en el plazo de 14 das, la muerte de la mitad de los animales del grupo.
Dosis Letal 50 (DL50):
concentracin de la sustancia que, administrada a un grupo de ratas
albinas adultas jvenes, machos y hembras , causa con la mxima
probabilidad, en el plazo de 14 das, la muerte de la mitad de los
animales del grupo.
Toxicidad Extrnseca:
Una sustancia o residuo tendr la caracterstica de toxicidad extrnseca
cuando su eliminacin pueda dar origen a una o ms sustancias txicas
agudas o txicas crnicas en concentraciones que pongan en riesgo la
salud de la poblacin
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ndice
toxicomtrico
Clase de toxicidad
1 2 3
DL50 oral (mg/kg) < 25 25 a 200 > 200
DL50 cutnea (mg/kg) < 50 50 a 400 > 400
CL50 en el aire (mg/L) < 0,5 0,5 a 2 > 2
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Co
nta
min
aci
n a
mb
ien
tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de entrada al organismo
Inhalatoria Digestiva
Drmica
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Co
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mb
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tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de entrada al organismo
-
Co
nta
min
aci
n a
mb
ien
tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de eliminacin
Uas
Aire exhalado
Heces fecales
Sudor
Orina
Pelo
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Lmite Permisible Ponderado si supera las 48 horas semanales se multiplica
por factor Fj:
48 168 h Fj = ---- x -----------
h 120
Lmite Permisible Absoluto cuando los lugares de trabajo se encuentran a
una altura superior a 1.000 metros sobre el nivel del mar :
P
Fa = --------
760
Lmite Permisible
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CALIFICACION DE SUSTANCIAS:
''A.1'' son comprobadamente cancergenas para el ser humano.
''A.2'' son sospechosas de ser cancergenas para el ser humano.
''A.3'' no se ha demostrado que sean cancergenas para seres humanos pero s lo son para animales de laboratorio.
''A.4'' se encuentran en estudio pero no se dispone an de informacin vlida que permita clasificarlas como cancergenas para el ser humano o
para animales de laboratorio.
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Indicador Biolgico:
Trmino genrico que identifica al agente y/o sus metabolitos,
o los efectos provocados por los agentes en el organismo.
Lmite de Tolerancia Biolgica:
Cantidad mxima permisible en el trabajador de un
compuesto qumico o de sus metabolitos, as como la
desviacin mxima permisible de la norma de un parmetro
biolgico inducido por estas substancias en los seres
humanos. Ejemplo:
AGENTE
QUIMICO
INIDICADOR
BIOLOGICO
MUESTRA
Plomo Plomo
Ac. DELTA AMINOLE VULINICO
(ALA)
Protoporfirinas Zinc
Sangre
Orina
Sangre
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Proceso Lesivo
Interacciones negativas que se dan en el proceso laboral por factores
cuya presencia puede ocasionar dao o perjuicios de ndole y
magnitud diversa a cualesquiera de sus elementos, sea en el mbito
laboral o extralaboral.
Atendiendo a la interrelacin hombre-trabajo-salud los factores pueden
clasificarse en 5 grupos:
Microclima de trabajo. Contaminantes del ambiente. Carga de trabajo Psicosociales Condiciones de seguridad
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Microclima de trabajo
Ambiente luminoso Presin atmosfrica Ambiente trmico
Contaminantes del ambiente.
Fsicos: Ambiente sonoro, Vibraciones, Radiaciones ionizantes y no ionizantes
Qumicos: Composicin: inorgnicos y orgnicos.
Estado fsico: Gases, vapores, aerosoles,
humos, polvos, lquidos y slidos.
Biolgicos: Microorganismos (bacterias, virus, hongos). Parsitos. Tejidos. Fauna
domstica y salvaje. Flora
Proceso Lesivo
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Carga de trabajo
Fsica: Demandas metablicas
Demandas de trabajo muscular esttico y dinmico: Posturas
y movimientos
Manipulacin de carga
Fuerza
Mental: Demandas cognitivas: Atencin y Memoria
Habilidad y destreza
Motivacin
Proceso Lesivo
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Psicosociales
Control excesivo o falta de control
Deficiente aprovechamiento de capacidades: sobrecarga, poca carga.
Trabajo por turnos, nocturnidad, jornada extendida.
Trabajo precario. Repetitividad.
Capacitacin
Conflictos de autoridad y de relaciones humanas
Salarios bajos
Inseguridad social y laboral
Violencia y acoso moral
Proceso Lesivo
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Condiciones de Seguridad
Estado fsico de las instalaciones incluidas las elctricas.
Estado y manejo de las mquinas y herramientas.
Del uso y manipulacin de sustancias o materias primas potencialmente dainas.
Vestuario y EPP
Saneamiento bsico, manejo y control de residuales contaminantes. Disposicin de desechos.
Estado y conservacin de las reas sociales del centro laboral: reas de elaboracin alimentos, comedores y cafeteras (control higinico-sanitario de
manipuladores); reas de aseo y de descanso.
Proceso Lesivo
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PROCESOS PROTECTORES
Esenciales o Bsicos
Polticas y Disposiciones Legales
Sistema de Gestin en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): Patrn Metodolgico OHSAS 18000
Gestin Ambiental
Especficos o Subsidiarios
Normas y Reglamentos
Programas de Prevencin y Control de los Procesos Lesivos
Programas de Vigilancia Epidemiolgica
Programa de Seguridad Biolgica
Desarrollo de los Servicios de Salud Ocupacional
Programas de Formacin-Entrenamiento de Recursos Humanos
Programa de Atencin a la Salud del Trabajador
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PROCESOS PROTECTORES
Lograr un entorno laboral saludable debe constituir prioridad para las organizaciones.
La Seguridad y Salud en el Trabajo tiene el propsito de crear las condiciones para que el trabajador pueda desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando sucesos y daos que puedan afectar su salud e integridad, el patrimonio de la entidad y el medio ambiente, y propiciando as la elevacin de la calidad de vida del trabajador y su familia y la estabilidad social.
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Fin Parte I Gracias
James Ramrez M.
Ing. Forestal Experto en Prevencin de Riesgos
Licenciado en Gestin Ambiental
Ing. Civil Industrial (c)