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20
9111111111111 PI17‘ CONTRALORIA • DR7 • IBARRA Informe Aprobado el t..11.12.° 7011 1)[ 1. I L'AD SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA CAI -020-2010 INFORME GENERAL Examen especial a las importaciones de mercancías declaradas a consumo mediante Declaraciones Aduaneras Únicas en el Distrito de Aduana de Tulcán, por el período comprendido entre el 02 de enero del 2007 y el 31 de agosto de 2010.

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9111111111111 PI17‘

CONTRALORIA • DR7 • IBARRA

Informe Aprobado el t..11.12.° 7011

1)[ 1. I L'AD

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA

CAI -020-2010

INFORME GENERAL

Examen especial a las importaciones de mercancías declaradas a consumomediante Declaraciones Aduaneras Únicas en el Distrito de Aduana de Tulcán,por el período comprendido entre el 02 de enero del 2007 y el 31 de agosto de2010.

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CONTRALORIA • DR7 • IBARRA1 9

Informe Aprobado two.i..GO 20110

•511111111 I

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR

Examen Especial a las Importaciones de mercancías declaradas a consumomediante Declaraciones Aduaneras Únicas en el Distrito de Aduana de Tulcán.

Período comprendido entre el 02 de enero del 2007 y el 31 de agosto de 2010.

DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA

Guayaquil - Ecuador

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RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS UTILIZADAS

CAE Corporación Aduanera Ecuatoriana

CAN Comunidad Andina de Naciones

DAU Declaración Aduanera Única

DIAN : Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia

FOB Free on Board (franco a bordo)

GAD Gerencia de Auditoría

LOA Ley Orgánica de Aduana

RUT Registro Único Tributario

SENAE : Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

SICE : Sistema Interactivo de Comercio Exterior

USD Dólares Americanos

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ÍNDICE.

CONTENIDO PÁGINA

Carta de Presentación 1

CAPÍTULO I.- INFORMACIÓN INTRODUCTORIA

Motivo del examen 2

Objetivos del examen 2

Objetivos específicos 2

Alcance del examen 2

Base Legal 3

Estructura Orgánica 3

Objetivos de la entidad 4Monto de recursos examinados 4Servidores relacionados 4

CAPÍTULO II.- RESULTADOS DEL EXAMEN

Seguimiento de Recomendaciones 6

Evaluación del Sistema de Control Interno 9

Código de usuario de ex servidor consta registrado en liquidaciones

pendientes de pago 12

Anexo 1 Servidores relacionados

Anexo 2 Matriz de recomendaciones

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CONTRALORIA • DR7.IBARRA2011

Informe Apr do el 9 AGO

(#1) DA DE ULI A N A ECUADOR

CAI-OF 0390Guayaquil, 19 de julio de 2011

1.391”

Informe aprobado el

SeñorDirector GeneralServicio Nacional de Aduana del EcuadorPresente

De mi consideración:

Hemos efectuado el examen especial a las importaciones de mercancías declaradasa consumo mediante Declaraciones Aduaneras Únicas en el Distrito de Aduana deTulcán, por el período comprendido entre el 2 de enero del 2007 y el 31 de agostode 2010.

Nuestro examen se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas de AuditoríaGubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado. Estas normasrequieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certezarazonable de que la información y la documentación examinada no contienenexposiciones erróneas de carácter significativo, igualmente que las operaciones alas cuales corresponden, se hayan ejecutado de conformidad con las disposicioneslegales y reglamentarias vigentes, políticas y demás normas aplicables.

Debido a la naturaleza especial de nuestro examen, los resultados se encuentranexpresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que constan en elpresente informe.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de laContraloría General del Estado, las recomendaciones deben ser aplicadas demanera inmediata y con el carácter de obligatorio.

AtentamenteDios, Pa

4"211-.~~1"." "V4~1~411- ne:741

Econ7H"'"e nsonDirector Nacipnal de Auditoría Interna (E)Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

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CAPÍTULO I

INFORMACIÓN INTRODUCTORIA

Motivo del examen

El examen especial a las importaciones de mercancías declaradas a consumo

mediante Declaraciones Aduaneras Únicas en el Distrito de Aduana de Tulcán, se

efectuó con cargo al Plan Anual de Control del año 2010 y en cumplimiento a orden

de trabajo 015 GAD, de 22 de noviembre de 2010, emitida por la Coordinadora

General de Auditoría Interna.

Objetivos del examen

Verificar que el ingreso de las mercancías al país, se haya efectuado conforme

a las disposiciones legales vigentes.

Determinar que los ingresos generados por declaraciones aduaneras producto

de las importaciones realizadas a través del Distrito, se hayan liquidado

correctamente.

Objetivos específicos

Confirmar que el pago de los tributos se hayan realizado oportunamente.

Verificar que los documentos de acompañamiento y las partidas arancelarias

sean los indicados en el proceso de nacionalización.

Alcance del examen

El alcance del examen especial comprende el análisis y revisión de los procesos

de determinación, depósito y registro de los ingresos generados en las

importaciones declaradas a consumo mediante Declaraciones Aduanera Únicas de

Ja Gerencia Distrital de Aduanas de Tulcán, por el período comprendido entre el 2

de enero de 2007 y el 31 de agosto de 2010.

2

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Base legal

Mediante Ley 99, publicada en el Registro Oficial 359 de 13 de julio de 1998, se

creó la Corporación Aduanera Ecuatoriana, CAE, como una persona jurídica de

derecho público de duración indefinida, patrimonio del Estado, con autonomía

técnica, administrativa, financiera y presupuestaria, domiciliada en la ciudad de

Guayaquil.

Posteriormente, el 29 de diciembre de 2010, a través del Suplemento del R.O. 351,

la Asamblea Nacional expidió el Código Orgánico de la Producción, Comercio e

Inversiones (COPCI), sustituyendo en el Libro IV a la Corporación Aduanera

Ecuatoriana por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a la que se reconoce

la misma personería jurídica y se le atribuye las competencias técnico-

administrativas para llevar adelante la planificación y ejecución de la política

aduanera del país y para ejercer, en forma reglada, las facultades tributarias de

determinación, de resolución, de sanción y reglamentaría en materia aduanera, de

conformidad con dicho Código y sus reglamentos.

Estructura orgánica

La Corporación Aduanera Ecuatoriana durante el período del examen se regía por

dos estructuras orgánicas, en base al Reglamento Orgánico Funcional publicado en

el R. 0. 138 de 1 de agosto de 2003 (período 1 de enero de 2007 al 17 de junio de

2008), y al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, publicado

en el R. 0. 362 de 18 de junio de 2008 (período 18 de junio de 2008 al 31 de

agosto de 2009).

Reglamento Orgánico Funcional, con la siguiente estructura:

Gerencia Distrital de Tulcán

Secretaría

Departamento Jurídico

Departamento de Operaciones Aduaneras

3

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Unidad de Control de Zona Primaria

Unidad de Nacionalización

Unidad de Aforo

Unidad de Regímenes Especiales y Garantías

Unidad de Exportaciones

Departamento Administrativo Financiero

Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, con la siguiente

estructura.

9.3.2.1.1 Gerencias Distritales

- Administrativo Financiero

Administrativo; Financiero; RRHH; Documentación y archivo;

Recursos tecnológicos; y Atención al usuario

- Asesoría Jurídica:

Trámites operativos; Reclamos administrativos; Abandono, remate

y venta directa; Patrocinio judicial; y Coactivas

- Despacho:

Aforo; Exportaciones; Regímenes especiales y garantías; Correos

nacionales; Courier; y Sala internacional de pasajeros

- Zona primaría:

Recepción de medios de transporte; Control de carga y descarga;

Control de almacenes; y Consolidación y desconsolidación.

Objetivos de la entidad

Objetivo General:

Facilitar las operaciones de comercio exterior y ejercer control sobre las

mercancías, personas y medios de transporte, de tal forma que se pueda

determinar el correcto cobro de los tributos a fin de disminuir los tiempos de

despacho.

Objetivos específicos:

• Alcanzar efectividad en el control aduanero.

1394f,/v) 4

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Mejorar la eficiencia en el proceso operativo aduanero.

Institucionalizar la Corporación Aduanera Ecuatoriana.

Crear una cultura aduanera en la sociedad.

Monto de recursos examinados

El monto de los recursos examinados alcanza a 4 981 470,53 USD,

correspondiente a la muestra escogida de 384 Declaraciones Aduaneras Únicas,

del universo total de 94 613 DAU, valoradas en 2 198 850 673,40 USD; tramitadas

a consumo durante el período sujeto a examen, conforme al siguiente detalle:

Referencia DAU VALOR FOB USD TRIBUTOS

Universo Total 94 613 2 198 850 673,40 322 317 311,30

Muestra 384 4 981 470,53 1 397 933,38

Servidores relacionados

Ver anexo 1

1)9

5

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CAPÍTULO II

RESULTADOS DEL EXAMEN

Seguimiento de Recomendaciones

Del seguimiento realizado se determinó que en Informe UAI-EE-011-2004-IMP

aprobado por la Dirección Regional 7 de la Contraloría General del Estado el 20 de

septiembre del 2005 y recibido por la entidad el 27 de septiembre del 2005, existen

dos recomendaciones que se encuentran parcialmente cumplidas.

Recomendación 1

"...Al Gerente Distrital: Dispondrá a los funcionarios, el cumplimiento de lasrecomendaciones señaladas en los informes 99-12-DICIP y 044-2002-DICIPrealizados por parte de la Contraloría General del Estado..."

Analizada esta recomendación se verificó que algunas de las recomendacionesplanteadas en los referidos informes se cumplieron, pero aún subsisten como

incumplidas tres recomendaciones dirigidas al Gerente Distrital:

Dos del informe 99-12- DICIP

Recomendación 24

"...Hasta que se concluya el enlace del sistema de la DIAN de ¡piales y deAduana de Tulcán, instruirá al Jefe de Operaciones Aduaneras, quemensualmente solicite a la DIAN, en medios magnéticos, las exportacionestramitadas hacia el Ecuador, información que se cruzará selectivamente con lasimportaciones realizadas. En caso de presentarse diferencias, se efectuaránlas investigaciones y denuncias ante las autoridades de justicia, en contra delas personas responsables, si los casos ameritan... "

Recomendación 25

"...Realizará las gestiones ante las autoridades de la Dirección de Impuestos yAduanas Nacionales de (piales, Colombia, con el objeto que en la declaraciónde exportación de este país, conste el número de cédula de ciudadanía o Rucdel importador del Ecuador y la firma del mismo, a efecto de poder identificarplenamente al importar en el Ecuador y eliminar la introducción de mercancíasal país, sin cumplir las formalidades aduaneras..."

Y una del informe 044-2002-DICIP

6

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Recomendación 11

"...Dispondrá a los Jefes Financieros y de Asesoría Jurídica, realicen lasgestiones de cobro de las multas con mayor agilidad, a fin de recuperar estosvalores en el menor tiempo posible..."

Recomendación 6.2

"...Al Gerente Distrital: Dispondrá al Jefe de Operaciones, realizar diariamente,control de calidad de las declaraciones aduaneras nacionalizadas, con el objetode supervisar y controlar el cumplimiento de las formalidades aduaneras, departe de los funcionarios comprobadores..."

El equipo de auditoría pudo constatar que se ejerce control sobre el 5% de las

declaraciones; por lo que se envió comunicación de resultados provisionales CA1-

0E-0094 de 10 de febrero de 2011, al Director Distrital de Tulcán, quien responde

con oficio SENAE-DD-REGT-IF-078 de 28 de marzo de 2011, indicando en lo

pertinente, que se han dado los pasos necesarios, como la designación de una

comisión técnica por parte de la entidad aduanera del Ecuador, a fin de establecer

compromisos con la DIAN de Colombia para el desarrollo de proyectos que se

incluirían en el Plan Binacional, demostrando como evidencia, acta de reunión de

12 de junio de 2006, en la ciudad de !piales, de la que se extraen las siguientes

observaciones al Proyecto de Interconexión:

Ecuador propuso intercambiar perfiles que permitan consultar información

de cada aduana; mientras que Colombia se comprometía intercambiar

información por transmisión.

Colombia solicitó la confirmación de la estructura de archivos para este fin,

y los campos de información que la CAE transmitirá, exigiendo que éstos

cumplan con lo establecido por la Comunidad Andina de Naciones, CAN.

La CAE solicitó a la vez que se incluya en la transmisión, el RUT de los

exportadores colombianos.

El Director Distrital destaca además que a pesar de ello,

"...no ha existido la decisión, compromiso, de parte del nivel central en culminareste proyecto que no puede ser culminado desde varios años atrás hasta la

1 (7,-7

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actualidad, se debe tomar en cuenta también el problema político entre los dospaíses que ha sido un factor importante en la toma de decisiones..."

Pero que, se continúan realizando reuniones con la DIAN de Colombia, a fin de

implementar actividades de control en el ingreso y salida de mercancías,

operaciones de Tránsito Aduanero Comunitario, unificación de horarios, asistencia

mutua y cooperación en casos puntuales, entre otros aspectos.

El equipo de auditoría constató la veracidad de lo expresado por el Director Distrital,

por tanto acepta los argumentos para que no se hayan cumplido con tales

recomendaciones, pues incluso depende de la decisión de otros organismos, y de

otros gobiernos extranjeros; sin embargo, recaen en la inobservancia del artículo 92

de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, y de la Norma Ecuatoriana

de Auditoría Gubernamental IAG-06 Implantación de recomendaciones, debido a la

falta de decisión de las autoridades superiores, lo que deriva en que las deficiencias

detectadas se mantengan.

Conclusión

La falta de acciones administrativas de la autoridad distrital, encaminadas al

cumplimiento de las recomendaciones emitidas en Informe UAI-EE-011-2004-IMP,

no ha permitido a la entidad, realizar con agilidad y eficiencia el control y la

validación de las importaciones ingresadas por la frontera norte, creando un

ambiente adverso, que impide el cumplimiento de las metas y objetivos

institucionales.

Recomendación

Al Director General

1. Dispondrá al Director Distrital, previo análisis y evaluación del nuevo marco

jurídico contenido en el Libro V, del Código Orgánico de la Producción,

Comercio e Inversiones, realizar las gestiones administrativas pertinentes

en el ámbito nacional y ante la DIAN de Colombia, dirigidas al cumplimiento

de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, con el fin de

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de mejorar el sistema de control institucional sobre las importaciones

ingresadas por el Puente Internacional de Rumichaca.

Evaluación del sistema de control interno

En la aplicación informática de WorkFlow se encontraron 271 Liquidaciones

Manuales por diferentes conceptos, especialmente multas por faltas

reglamentarias, identificadas con el status de emitidas y no canceladas,

infringiendo la Norma de Control Interno 600-01, Seguimiento continuo o en

operación y la letra a) del número 1 del Art. 77 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General del Estado.

Con oficio CAI-JFC-004 de 24 de enero de 2011, y oficios desde el CAI-JFC-

006 hasta el CAI-JFC-017 de 31 de enero de 2011, se enviaron

comunicaciones de resultados provisionales al Director Distrital y a los

servidores responsables de la emisión de las aludidas multas; lográndose en el

transcurso del examen, que 250 de ellas sean asumidas y pagadas por los

operadores de comercio, y pendientes de recaudación 21 liquidaciones, por el

valor de 539,30 USD.

Sobre este último particular, el Código Orgánico de la Producción que sustituyó

a la Ley Orgánica de Aduanas, establece en la Disposición vigésima quinta,

que todas las multas por faltas reglamentarias, registradas en el sistema hasta

el 30 de octubre de 2010, excepto las originadas por presentación tardía de la

declaración, y por no brindar facilidades para el control aduanero, serán

eliminadas de oficio del sistema.

Los hechos comentados se deben a la falta de seguimiento en el SICE, a las

liquidaciones manuales, para supervisar el cumplimiento de las formalidades

aduaneras, lo cual no permitió a la entidad recaudar con oportunidad los

valores impuestos por sanciones y otros conceptos.

El personal del Distrito es periódicamente rotado en los cargos operativos, sin

recibir, en muchos casos, una adecuada capacitación, o alguna clase de

inducción previo al desempeño del cargo; tan solo directrices generales de

parte del servidor saliente, por lo que se inobservó la Norma de Control Interno

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200-07 Coordinación de acciones organizacionales, lo que causa interrupciónde los planes y programas iniciados, y demoras de los trámites.

• El Archivo del Distrito presenta varias debilidades de control, como:

Falta de espacio físico y de seguridades:

Se observó que el área compuesta de varios ambientes independientes,

resulta insuficiente para la cantidad de cajas almacenadas, situación que se

agravó al momento de realizarse el traslado de los archivos que permanecíanen el destacamento de Yaguarcocha, por cambio de jurisdicción, debido a lo

cual permanecen cartones en los pasillos, con el consecuente riesgo de daño,

pérdida o confusión de la documentación, pues, la puerta de ingreso de unade esas áreas permanece abierta todo el tiempo; incumpliéndose lo señalado

en la Norma de Control Interno 200 Ambiente de Control.

Con oficio CAI-JFC-003 de 7 de enero de 2011 se comunicaron resultados

provisionales al Director Distrital, quien con oficio REGT-DDZT-IF-024 de 4 defebrero de 2011, indicó que en las nuevas instalaciones de propiedad del

Servicio Nacional de Aduana, una vez concluida la obra, mejorará elfuncionamiento del Distrito.

No se suscriben las correspondientes Actas de Entrega Recepción, entre losservidores entrante y saliente, a cargo del área de Archivo.

Con oficio CAI-JFC-002 de 2 de enero de 2011, se solicitó a la Jefa deDocumentación y Archivo del Distrito, copia del Acta de Entrega-Recepción

que debió suscribir al recibir el puesto, quien responde en oficio JDAT-OF-002

de 7 de enero de 2011, lo siguiente:

"....se solicitó la respectiva acta de Entrega-Recepción de dichodepartamento ..., esta acta jamás fue entregada, por lo que a mediados delmes de Abril de 2009, ... desconocía ... el estado real del archivo. Sinembargo se empezó a trabajar inmediatamente para mejorar tanto el aspectofísico como funcional coordinando la colaboración de los señores que realizanlas pasantías en el Distrito...- Hasta la fecha se tiene en orden los

10

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documentos de las importaciones de los años 2007, 2008 y 2009, pero existemucho faltante de documentos ..., sin saber el destino de estos ..."

Con oficio CAI-JFC-005 de 26 de enero de 2011, se solicitó al ex Jefe de

Archivo del Distrito, copia del Acta de Entrega-Recepción entre él y la

servidora entrante, respondiendo en oficio DDT-ZP-IP-001 de 7 de febrero de

2011, que ejerció el cargo durante un mes y 13 días, respaldado en acción de

personal 960, desde el 30 de enero de 2009, sin embargo los documentos de

Archivo le fueron entregados con Acta de Entrega -Recepción el 2 de marzo

de 2009, es decir después de un mes de haber iniciado sus funciones, en la

que se describen 555 cajas con declaraciones tramitadas desde el año 2002hasta el año 2008. Por lo que, considerando que desde el 2 de marzo de

2009, la cantidad de documentos que se adicionó no fue representativa, optó

por la entrega en forma verbal a la Jefa de Archivo entrante.

Con oficio CAI-JFC-0023 de 23 de febrero de 2011 se solicitó al exresponsable del Archivo General, 4 DAU tramitadas en el año 2008, que no

fueron entregadas al equipo de auditoría, con los refrendos siguientes:

AÑO 2008

1 073-2008-10-002639

2 073-2008-10-010437

3 073-2008-10-014886

4 073-2008-10-024580

El ex Jefe de Documentación conjuntamente con oficio DDT-ZP-IP-005 de 2de marzo de 2011 remitió únicamente copias certificadas del trámite de

refrendo 073-2008-10-010437, manifestando que los otros no fueron

localizados, lo que demuestra que no existe un registro de control de salida de

documentos que permita establecer su ubicación.

Posteriormente, las DAU de refrendos 073-2008-10-014886-6 y 073-2008-10-

002639 fueron proporcionadas al equipo de auditores, por los respectivos

Agentes de Aduana, por lo que no se ha observado la Norma de Control

Interno 405-04 Documentación de respaldo y su archivo, el artículo 76 de la

Sección III, Entrega recepción de registros y archivos del Reglamento General

e),

11

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Sustitutivo Para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, y

letra a) del número 2 del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría

General del Estado.

La falta de atención a las normas e instrucciones escritas no permite promover una

administración idónea de los recursos, con el fin de lograr los objetivos

institucionales con eficiencia, eficacia y economía.

Conclusión

La falta de espacio físico, de seguimiento a las operaciones y de inobservancia de

la normativa produce discontinuidad en la administración y pérdida de información.

Recomendaciones

Al Director Distrital:

Dispondrá al área financiera que extraiga un detalle de las liquidaciones en

estado emitidas y no canceladas, y se proceda a su recuperación y/o

depuración del sistema, según sea el caso.

Dispondrá a los funcionarios responsables del Archivo General del Distrito

de Tulcán, realicen un inventario pormenorizado con la finalidad de que se

regularice el acta de entrega-recepción entre los servidores entrante y

saliente, y la ubicación de las declaraciones faltantes.

4. Que se registre la salida de documentos, con su número, fecha, nombre del

solicitante, razón, y un campo adicional para inscribir la fecha de retorno.

Código de usuario de ex servidor consta registrado en liquidaciones

pendientes de pago

De la revisión y análisis a la información que se encuentra en er Sistema Informático

del SENAE, se ha determinado que existen dos (2) liquidaciones manuales por

12

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513,70 USD, en estado de emitidas o pendientes de recaudación, como se detalla a

continuación:

No REFRENDO F.LIQ CódigoUsuario

VALORLIQ. USD

1 073-2008-59-003345 2008-08-29 1388 241.19

2 073-2008-59-003344 2008-08-29 1388 272.51

TOTAL.... 513.70

En estas liquidaciones generadas en el año 2008 se consigna el nombre y cuenta

de usuario de un ex servidor que laboró en la entidad, en el cargo de Técnico -Especialista, durante el período 15 de junio de 2000 al 12 de mayo de 2003 en la

Gerencia Distrital de Quito.

Con oficio CAI-OF-0083 de 2 de febrero de 2011 se solicitó a la Coordinación

General de Proyectos y Sistemas, que certifique la historia y desactivación en elsistema informático de la cuenta de usuario 1388, lo que es respondido vía correo

electrónico de 17 de febrero de 2011 por el Analista Informático 2 de la Dirección de

Sistemas, indicando que el sistema muestra que la cuenta 1388, aparece como tipo

de operador 98, fue creado para la Dirección Distrital de Aduana de Quito el 22 de

noviembre de 2002 y cerrado el 13 de mayo de 2003; mientras que en el registropor tabla de base de datos constan movimientos dentro y fuera del período de

vigencia realizados por servidores y ex servidores de la Dirección de Sistemas.

Posteriormente, en oficio sin fecha CPS-DSI-JIT-JDE-OF-(i)-0188, el Coordinador

General de Proyectos y Sistemas, manifiesta que de la revisión de los triggers odisparadores de Base de Datos que se ejecutan cuando se cumple una condición

establecida, al realizar una operación, se determinó lo siguiente:

"...El código de usuario fue registrado o activado en el año 2002, lo cual no fuecapturado por los triggers de auditoría debido a que en dicho año fue cuando elSICE estaba en su etapa de implementación por lo cual no habían triggers deauditoría creados sobre la tabla de usuarios y..., en ese tiempo, la empresa acargo realizaba de forma manual registros tanto de usuarios, como códigosoperadores en el SICE, ya que no se disponía aún de opciones en el Sistemapara el efecto, por tanto no hay un registro de seguimiento cfe este código.- Lostriggers de auditoría capturan cualquier actividad de modificación sobre elcampo de vigencia de usuarios del SICE...; por lo que los datos capturados pordichos triggers permiten verificar que la única desactivación del usuario fuerealizada el 13 de Mayo del 2003 a las 20:45:53...- Finalmente me permito

_5-7\7 6l713

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informar que el código 1388 se encuentra cerrado desde dicha fecha hasta elpresente..."

Se comunicaron resultados provisionales a los servidores y ex servidores de la

Dirección de Sistemas, con oficios desde CAI-JFC-024 hasta CAI-JFC-028 de 22 de

marzo de 2011.

El Analista Informático 2, cuyo código aparece en un cambio realizado en la cuenta

del usuario 1388, el 6 de julio de 2008, es decir posterior a su cierre efectuado el 13

de mayo de 2003, responde con oficio FSN-IP-0005-2011 de 24 de marzo de 2011,

explicando que previo a la puesta en producción del proyecto "Creación de opciónde reinicio de clave olvidada en el SICE", se atendió en esa fecha el requerimiento

221, para lo cual hubo que ejecutar una sentencia que obligaba añadir una columnaa la tabla ADD, y actualizar todos los registros con el valor '1' DEFAULT en dichacolumna. Y añade:

"...Esta última operación levantó los siguientes triggers de dicha tabla:USAMCA00. TR AUD CASIAGENT y USAMCA00. TR CASIAGENT queactualizaron respectivamente las tablas: AUDITORIA.LOG APLICACIONES yUSAMCA00.TACA_ AUDITLOG..."

La Analista Informática 2, cuyo código aparece en un cambio realizado en la cuenta

del usuario 1388, el 13 de junio de 2009, es decir posterior a su cierre efectuado el

13 de mayo de 2003, responde con oficio NMP-IP-019 de 24 de marzo de 2011,

explicando que en esa fecha, un desarrollador solicita se realice el PASE APRODUCCIÓN REQ. PRO-005-0-09, de las aplicaciones aduana interno, aduana

externo, procedimientos, funciones, para lo cual se agregaron columnas a 2 tablas.

Indica además, que para agregar la columna en una de las tablas, se ejecutó lasentencia alter, asignando un valor default, lo que:

"...actualizó cada registro en la nueva columna con el valor de 1 especificadoen el default para toda la tabla, esta operación disparó los triggers TR-CASIAGENT y TR AUD CASIAGENT, y se generaron los registros en lastablas TACA_ AUDITLOG y LOG APLICACIONES. La ejecución de dichasentencia actualizó un total de 32069 registros que tenía la tabla en esafecha..."

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El Auditor Informático expresa en su informe CAI-RG-2011-004 de 29 de marzo de

2011, lo siguiente

Que estas liquidaciones fueron generadas automáticamente en la Dirección

Distrital de Aduana de Tulcán, en cuyo campo de observación se inscribe la

leyenda "GENERACION AUTOMATICA DE LIQUIDACION POR

DEPRECIACION DE MERCANCIAS", por lo que no hubo intervención de un

usuario interno.

Que en cada liquidación se registra como DOCUMENTO ASOCIADO las

declaraciones aduaneras de refrendos 073-2008-20-000009 y 073-2008-20-

000011, respectivamente.

Que consta registrado el código del Agente de Aduana que actuó en lasreferidas declaraciones, de código 1388, y añade:

"... El código de la cuenta de un usuario se está almacenando en la base dedatos de una manera incompleta, es decir, solamente se encuentra grabado elnúmero secuencial sin el tipo de usuario, produciendo que el sistema asuma ytome el nombre del funcionario aduanero como responsable de la emisión delas liquidaciones manuales, cuyo código coincide con el del agente afianzadode aduanas que operó en dichas declaraciones relacionadas. Así, el número1388 está asignado a un funcionario aduanero y a un agente afianzado deaduanas; eso es, el campo CU MOVIMIENTO de la tabla LMESTADO y elcampo CODI AGENT de la tabla POLIZAI, correspondientemente..."

Que las liquidaciones manuales que el sistema está generandoautomáticamente por motivo de DEPRECIACION DE MERCADERIAS, está

registrando como usuario responsable al Agente Afianzado de Aduanas.

Se ha inobservado la norma de control interno 500-01 Controles sobre sistemas de

información.

La falta de registro del tipo de usuario en las liquidaciones manuales generadas

automáticamente, produjo que el sistema asuma y registre el código cerrado de un

usuario interno, coincidente con el del Agente de Aduana actuante.

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Conclusión

Dos liquidaciones manuales del Distrito Tulcán, generadas automáticamente por el

sistema, relacionan por error al servidor desvinculado de código 1388, al no

consignarse el código correspondiente al tipo de usuario.

Recomendaciones

Al Director de Sistemas

Dispondrá que se depuren los datos en todos los campos de todas las

tablas existentes de la base de datos, que se refieren a un código de cuenta

del usuario, adicionando los respectivos tipos de usuarios; esto es, cambiar

de "1388" a "98-1388" cuando se trate de una cuenta de usuario

perteneciente a un funcionario aduanero y de "1388" a "01-1388" cuando se

trate de una cuenta de usuario perteneciente a un agente afianzado de

aduanas; y así mismo para todos los tipos de usuarios existentes.

Se considere en el nuevo Sistema Informático del SENAE, el registro como

usuario responsable de la emisión de las liquidaciones manuales generadas

automáticamente por todos los motivos, a una cuenta de usuario definida

como perteneciente al sistema.

7. Reemplazará el código del usuario utilizado en las liquidaciones manuales

generadas automáticamente por todos los motivos, por el que se defina

como perteneciente al sistema.

lirdeV4A.1511. ZLIUWIP"Econ.

1enry S ,cre Robinson

Directo Nacional de Auditoría Interna (E)Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

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