1-Nociones generales del derecho laboral

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  • 8/18/2019 1-Nociones generales del derecho laboral

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    1-Nociones generales:

    Trabajo humano:

    Concepto:

    El concepto de trabajo se circunscribe a toda actividad licita prestada a

    otro (empleador individual o empresa) a cambio de una remuneración.

    Regulación:

    La LCT regula solo el trabajo en relación de dependencia. Exclusiones:

     Trabajo benévolo: es aquel que se presta en orma desinteresada!

    sin buscar el bene"cio propio. Ej.: el reali#ado en una parroquia.  Trabajo amiliar: $$$

     Trabajo autónomo: a dierencial del trabajo benévolo! si esretribuido! pero no inclu%e la nota t&pica de la dependencia!

    porque el autónomo trabaja por su cuenta % riesgo. 'o trabaja

    sometido a una organi#ación ajena! sino que lo ace en su propia

    organi#ación.

    La relación de dependencia:

    Concepto:

    La relación de dependencia es una orma de relación jur&dica que se

    caracteri#a por la subordinación! la cual se mani"esta en un triple

    sentido:  ur&dico:

    ♦ Consiste en la posibilidad jur&dica del empleados de dirigir

    en el empleo la conducta del trabajador acia los objetivos

    de la empresa.♦ El trabajador se encuentra sometido a la autoridad del

    empleador! quien ejerce sobre el acultades de dirección!

    control % poder disciplinario.  Técnico:

    ♦ El trabajador somete su trabajo a los pareceres % objetivosse*alados por el empleador.

    Económico:

    ♦ El trabajador pone su uer#a de trabajo a disposición del

    empleados a cambio de una remuneración.♦ El trabajador no recibe el producto de su trabajo ni

    comparte el riesgo empresario! por lo que los ma%ores

    bene"cios o los quebrantos derivados de la explotación solo

    bene"cian o perjudican al empleador! % son ajenos al

    obrero.

    Caracteres del trabajador dependiente:

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    ,er una persona &sica.  Trabajar en una organi#ación ajena! sometido a las directivas que se le

    imparten.  Trabajar bajo el riesgo de otro! que recibe la tarea % la dirige: no asume

    riesgos económicos.

    Estar protegido por la Constitución 'acional % por la legislación de ondo.

    Derecho del trabajo:

    Concepto:

    Es el conjunto de principios % normas jur&dicas que regula las relaciones

    que surgen del eco social del trabajo dependiente! % las emanadas de

    las asociaciones proesionales - sindicatos % cmaras empresariales -

    entre s& % con el Estado. ,u "nalidad es proteger a los trabajador! constitu%éndose como un

    medio para igualarlos con los empleadores.

    División:

    /ereco individual del trabajo: se ocupa de las relaciones de los sujetos

    individualmente considerados: el trabajador % el empleador. /ereco colectivo del trabajo: regula las relaciones de los sujetos

    colectivos: las asociación proesional de trabajadores! las entidades

    representativas de los empleadores % el Estado. /ereco internacional del trabajo: constituido por los tratados

    internacionales celebrados entre los distintos estados! la legislación

    reerida a la integración regional % por los convenios % recomendaciones

    de la 0rgani#ación 1nternacional del Trabajo (01T). /ereco administrativo % procesal del trabajo: se ocupa del

    procedimiento en la órbita judicial ante los tribunales del trabajo % del

    procedimiento administrativo.

    Ley de Contrato de Trabajo:

    Constitu%e el cuerpo normativo principal del dereco individual del

    trabajo! % rige todo lo concerniente al contrato de trabajo! se a%a

    ejecutado en el pa&s o en el exterior! mientras se ejecute en nuestroterritorio. Estn excluidos de su mbito de aplicación:

    Los dependientes de la administración publica.  Trabajadores del servicio domestico.  Trabajadores agrarios.

    l principio protectorio

    /ado que el trabajador es la parte mas débil en la relación del trabajo!

    a% un principio protectorio que busca equiparar el poder de las partes!

    imponiendo con carcter de orden publico un m&nimo de condiciones

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    inderogables! sin que ello importe la supresión de la autonom&a de la

    voluntad. El empleador podr contratar a un trabajador libremente! estableciendo

    los requisitos que estime necesarios pero siempre deber respetar las

    condiciones m&nimas "jadas en la LCT o en el convenio colectivo

    aplicable! pudiendo pactar condiciones ms avorables para el trabajadorque las establecidas por la le%! pero no ms perjudiciales.

    !uentes y principios del derecho del

    trabajo:

    !uentes:

    Constitución Nacional:

    3ientras que el texto original de +456 solo consagraba el dereco atrabajar % ejercer toda industria licita! con la incorporación del art&culo +7

    bis surge el constitucionalismo social en la 8rgentina % el mandato

    constitucional del Estado de respetar los derecos de los trabajadores!

    los derecos sindicales % los emergentes de la seguridad social. 9arant&as constitucionales:

    /entro del contrato de trabajo:

    ♦ /ereco del trabajador a condiciones dignas % equitativas

    de labor.♦  ornada limitada % descanso % vacaciones pagas.

    ♦ égimen remuneratorio: remuneración justa; salariom&nimo! vital % móvil; igual remuneración por igual tarea;

    participación en las ganancias con control de la producción

    % colaboración en la dirección.♦

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    ♦  ubilaciones % pensiones móviles.

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    Reglamentos de empresas:

    3ediante ellos las empresas tienen la posibilidad de organi#ar! mediante

    un ordenamiento escrito! la prestación laboral % las cuestiones reeridas

    a las conductas del personal en el trabajo! estableciendo obligaciones %

    proibiciones propias de la actividad % la orma abitual de eectuar lastareas.

    ,us disposiciones tienen valide# siempre % cuando no se contrapongan

    con la LCT! ni con el convenio colectivo aplicable! ni con lo pactado en el

    contrato individual de trabajo.

    %sos de empresas:

    ,e trata de usos recuentes de la empresa respecto de su personal % l

    orma de prestar las tareas. 'o estn "jadas en orma escrita como el reglamento de empresa! pero

    en tanto se pruebe su existencia mediante la repetición de los actos % laaceptación reiterada de estos! tendrn un alcance similar al reglamento.

    #tras "uentes:

    ?sos % costumbres  urisprudencia

    &relación de las "uentes:

    En el mbito del dereco del trabajo! el orden jerrquico de las normas

    no coincide con el orden de prelación de ellas a la ora de aplicarlas a uncaso determinado! porque rige el principio protectorio! el cual se

    materiali#a en tres reglas bsicas: 1n dubio pro operario. La regla de la norma ms avorable. La regla de la condición mas bene"ciosa.

    &rincipios del derecho del trabajo:

    Concepto:

    ,on pautas superiores emanadas de la conciencia social sobre la

    organi#ación jur&dica de una sociedad que undamentan el ordenamiento

     jur&dico % orientan al jue# o al intérprete de la norma. Cumplen cuatro unciones:

    0rientadora e inormadora: 1lustra al legislador % delimita su

    actuar conorme a las pautas superiores. 'ormativa o integrativa: al ser un instrumento técnico para cubrir

    una laguna del ordenamiento jur&dico! cumple el rol de integrar el

    dereco! actuando como uente supletoria en caso de ausencia de

    la le%.

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    1nterpretadora: "ja reglas de orientación al jue# o al intérprete de

    la norma en las controversias % lo conduce acia la interpretación

    correcta. ?ni"cante: preserva la unidad sistemtica del dereco % tiende a

    evitar que tanto el legislador al sancionar la le% como el jue# al

    interpretarla se aparten del sistema.

    &rincipio protectorio:

    ,u "nalidad es proteger la dignidad del trabajador en su condición de

    persona umana. ,e mani"esta en tres reglas:

    in dubio pro operario: si una norma puede ser interpretada de

    varias ormas % con distintos alcances! el ju#gador

    obligatoriamente debe inclinarse por la interpretación mas

    avorable al trabajador.

    la regla de la norma ms avorable: cuando dos o ms normassean aplicables a una misma situación jur&dica! el jue# debe

    inclinarse por aquella que resulte ms avorable al trabajador!

    aunque sea de jerarqu&a inerior. la regla de la condición mas bene"ciosa: las condiciones de

    trabajo individualmente pactadas por las partes no pueden ser

    modi"cadas para el uturo en perjuicio del trabajador! aun cuando

    surjan de una norma nueva.

    &rincipio de irrenunciabilidad:

    &rincipio de continuidad de la relación laboral:

    Cuando exista duda entre la continuación o no del contrato de trabajo! o

    respecto de su duración! se debe resolver a avor de la existencia de un

    contrato por tiempo indeterminado.

    &rincipio de primac'a de la realidad:

    0torga prioridad a los ecos sobre las ormas o apariencias que las

    partes pretendan darles o a%an convenido. En caso de discordancia entre lo que ocurra en la prctica % lo que surja

    de los documentos suscriptos por las partes! se debe dar preerencia a

    los ecos.

    &rincipio de buena "e:

    Esta reerido a los deberes de conducta rec&procos de las partes.

    Comprende el deber de actuar con "delidad % adoptar conductas

    adecuadas en el cumplimiento de sus obligaciones % se aplica durante

    toda la relación laboral.

    &rincipio de no discriminación e igualdad de trato:

    @

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    'o pueden aber discriminaciones arbitrarias entre el personal!

    debiéndose otorgar igual trato en situaciones iguales. Esto no impide que

    el empleador otorgue un trato dierente en situaciones desiguales. Aer de expandir.

    &rincipio de e(uidad:

    ,e la puede conceptuali#ar como la justicia al caso concreto. La equidad

    posibilita que el jue#! ante una solución disvaliosa en un caso concreto

    por aplicación estricta de la norma! pueda corregir estos resultados

    injustos! umani#ando su aplicación.

    &rincipio de justicia social:

    ,e trata de dar a cada cual lo que le corresponde a "n de lograr el bien

    com=n.

    &rincipio de gratuidad:

    ,u esencia es garanti#ar el acceso gratuito de los trabajadores a la

     justicia para reclamar por sus derecos. /urante la etapa prejudicial! se materiali#a en la posibilidad de remitir

    intimaciones telegr"cas % acer denuncias en sede administrativa sin

    costo alguno. /urante el proceso! se mani"esta en la eximición a los trabajadores del

    pago de la tasa de justicia % en la gratuidad del procedimiento.

    &rincipio de ra)onabilidad:

    ,e trata de un accionar conorme a la ra#ón % a determinadas pautas de

    conducta que resultan lógicas % abituales.

     &rincipio de progresividad: