10004530 in Gin d Be Jar 0708

520
ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL DE BÉJAR GUÍA ACADÉMICA 2007-2008

Transcript of 10004530 in Gin d Be Jar 0708

  • ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA

    INDUSTRIAL DE BJAR

    GUA ACADMICA

    2007-2008

  • Edita:Secretara General

    Universidad de Salamanca

    Realizado por:Trafotex Fotocomposicin , S. L.Telfonos: 923 228 103 - 923 236 010

    37005 Salamanca

  • ndice

    INFORMACION GENERAL ................................................................................................................................................................. 5

    NORMATIVA UNIVERSITARIA........................................................................................................................................................... 15

    ORGANIGRAMA: CARGOS ACADEMICOS Y P.A.S........................................................................................................... 51

    PLANES DE ESTUDIO DE INGENIERIA TECNICA INDUSTRIAL:............................................................................ 63I.T.I. Electricidad........................................................................................................................................................................... 65I.T.I. Electrnica ............................................................................................................................................................................ 67I.T.I. Mecnica................................................................................................................................................................................ 70I.T.I.Textil ......................................................................................................................................................................................... 72

    PROGRAMAS DE LAS ASIGNATURAS: ...................................................................................................................................... 75I.T.I. Electricidad........................................................................................................................................................................... 77I.T.I. Electrnica ............................................................................................................................................................................ 147I.T.I. Mecnica................................................................................................................................................................................ 226I.T.I.Textil ......................................................................................................................................................................................... 315

    PLAN DE ESTUDIOS INGENIERIA INDUSTRIAL................................................................................................................. 393

    PROGRAMA DE LAS ASIGNATURAS DE INGENIERIA INDUSTRIAL .................................................................. 399

    CALENDARIO DE EXAMENES ........................................................................................................................................................ 475

    HORARIOS ..................................................................................................................................................................................................... 491

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 1Informacin

    General

  • CALENDARIO ACADMICO 2007-2008

    1. Sesin acadmica de Apertura de Curso, viernes 21 de septiembre de 2007.2. Primer cuatrimestre:I. Inicio de las actividades lectivas el lunes, da 24 de septiembre de 2007.II. Perodo no lectivo de Navidad: entre el 22 de diciembre de 2007 y el 6 de enero de 2008, ambos inclusive.III. Fin de actividades lectivas: el da 11 de enero de 20081

    IV. Periodo de preparacin de exmenes: entre el 14 y el 19 de enero de 2008V. Perodo para la realizacin de los exmenes fin de carrera:- Exmenes de asignaturas cuatrimestrales del 1er. cuatrimestre desde el 19 de noviembre de 2007 al 14

    de diciembre de 2007, ambos inclusive.- Exmenes del resto de las asignaturas, desde el 9 de enero de 2008 al l 9 de febrero de 2008, ambos

    inclusive2

    - Fecha lmite para la presentacin de las actas de los exmenes fin de carrera:Asignaturas cuatrimestrales del 1er. cuatrimestre el 7 de enero de 2008.Asignaturas anuales y cuatrimestrales del 2 cuatrimestre el 15 de febrero de 2008.VI. Periodo para la realizacin de exmenes finales del 1er. cuatrimestre: entre el 21 de enero y el 9 de febre-

    ro de 2008, ambos inclusive.VII. Fecha lmite para la presentacin de actas de la convocatoria de exmenes finales del 1er. cuatrimestre

    el 22 de febrero de 2008.3. Segundo cuatrimestre:I. Inicio de las actividades lectivas el 11 de febrero de 2008.II. Periodo no lectivo de Pascua entre el 15 y el 30 de marzo de 2008.III. Fin de las actividades lectivas el 30 de mayo de 2008.IV. Perodo de preparacin de exmenes entre el 2 y el 7 de junio de 2008.V. Perodo para la realizacin de exmenes finales del 2 cuatrimestre entre el 9 y el 28 de junio de 2008,

    ambos inclusive.VI. Fecha lmite para la presentacin de actas de la convocatoria de exmenes finales del 2 cuatrimestre el

    11 de julio de 2008.4. Exmenes extraordinarios:I. Perodo para la realizacin de exmenes extraordinarios entre el 1 y el 20 de septiembre de 20083

    II. Fecha lmite para la presentacin de actas de la convocatoria de exmenes extraordinarios el 26 de sep-tiembre de 20084

    5. Asignaturas anuales:

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • I. La docencia solo se interrumpir en aquellos cursos en los que tales asignaturas coexistan con otras cua-trimestrales. En este caso, su calendario ser el de estas ltimas.

    II. Los periodos no lectivos de Navidad y Pascua sern los mismos que los indicados en los epgrafes 2 y 3.III. El curso acadmico se organizar de la siguiente manera:a. Perdo de clases: desde el 24 de septiembre de 2007 hasta el 16 de mayo de 20085

    b. Perodo de preparacin de exmenes: entre el 19 y el 24 de mayo de 2008c. Perodo para la realizacin de exmenes finales: entre el 2 y el 21 de junio de 2008d. Fecha lmite para la presentacin de actas de la convocatoria de exmenes finales el 11 de julio de 2008.6. Otras consideraciones:I. Considerar inhbil el mes de agosto para la realizacin de actividades acadmicas.II. Mantener las fiestas patronales o institucionales en sus fechas tradicionales e incorporar las festividades

    nacionales, regionales y locales conforme al calendario laboral6

    III. Considerar que corresponde a las juntas de cada Centro o a las Comisiones de Docencia de los mismosla coordinacin de las actividades docentes a efectos del cumplimiento del calendario acadmico.

    1 La semana del 7 al 11 de enero podr ser utilizada para completar los programas de clase, para repaso de conteni-dos o para preparacin de exmenes. La decisin se tomar por acuerdo de la Junta de Centro, basndose en las necesi-dades especficas de las titulaciones y se deber dar traslado del acuerdo a los rganos de gobierno de la Universidad.

    2 Excepcionalmente por acuerdo de la Junta de Centro, basado en las necesidades especficas de la titulacin corres-pondiente, podr darse a estos exmenes el mismo trato que los exmenes fin de carrera de asignaturas cuatrimestralesdel 1er. cuatrimestre, tanto en el perodo de realizacin como en la fecha de presentacin de las actas de calificaciones. Sedeber dar traslado del acuerdo a los rganos de gobierno de la universidad.

    3 Se podr trasladar el perodo de realizacin de exmenes extraordinarios al comprendido entre el 14 y el 26 de juliode 2008. Para ello ser impresicindible un acuerdo de Junta de Centro, que lo justifique sobre la base de razones de natu-raleza docente, dndose traslado del mismo a los rganos de gobierno de la universidad.

    4 En el caso de que la convocatoria de exmenes extraordinarios se celebrara en julio, la fecha lmite para la presenta-cin de actas ser el 31 de julio de 2008.

    5 Excepcionalmente y por acuerdo de la Junta de Centro, se podrn suspender las clases entre el 21 de enero y el 2de febrero de 2008 para la ralizacin de exmenes parciales y en este caso, la docencia se prolongar hasta el 30 de mayode 2008. Se dar traslado del acuerdo a los rganos de gobierno de la universidad.

    6 Las fiestas patronales, al objeto de interferir lo menos posible en la organizacin docente, podrn celebrarse el daque fije la Junta de Centro en su programacin docente, que deber dar traslado del acuerdo a los rganos de gobiernode la universidad.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • FIESTAS PATRONALES DE LOS CENTROS

    18 de octubre, Medicina; 15 de noviembre, Ciencias, C.Qumicas y Biologa; 27 de noviembre,Educacin., E.U. de Magisterio (Zamora) y E.U. de Educacin (Avila); 8 de diciembre, Farmacia; 10 dediciembre, Ciencias Sociales; 23 de enero, Derecho; 28 de enero, Fiesta de toda la univesidad; 23 defebrero, Psicologa; 7 de marzo, E.P.S de Zamora; 8 de marzo, E.U. de Enfermera y Fisioterapia; 19 demarzo, E.T.S.Ingeniera Industrial (Bjar); 21 de marzo, Traduccin y Documentacin; 28 de marzo,Economa y Empresa; 25 de abril, Bellas Artes; 26 de abril, Filologa, Geografa e Historia y Filosofa; 9 demayo, E.P.S. de Avila; 15 de mayo, Ciencias Agrarias y Ambientales.

    FIESTAS LOCALES

    Salamanca: 12 de junio, San Juan de Sahagn; 8 de septiembre,Virgen de la VegaZamora: 17,18 y 19 de marzo; Lunes, martes y mircoles Santo; 12 de mayo,Virgen de la Hiniesta; 29

    de junio, San Pedro.Avila: 15 de octubre, Santa Teresa; 2 de mayo, San Segundo.Bjar: 7 de septiembre, San Miguel; 8 de septiembre,Virgen del Castaar

    FIESTAS OFICIALES

    12 de octubre, Fiesta de la Hispanidad; 1 de noviembre, Fiesta de Todos los Santos; 6 de diciembre,Dia de la Constitucin; 8 de diciembre, Inmaculada Concepcin; 25 de diciembre, Natividad del Seor; 1de enero, Ao Nuevo; 6 de enero, Epifana del Seor; 20 de marzo, Jueves Santo; 21 de marzo,ViernesSanto; 23 de abril, Da de Castilla y Len; 1 de mayo, Fiesta del trabajo; 15 de agosto,Asuncin de la Virgen.

    PERIODOS NO LECTIVOS

    Navidad: Del 22 de diciembre de 2007 al 6 de enero de 2008 (ambos inclusive)Pascua: Del 15 de marzo al 30 de marzo de 2008 (ambos inclusive)Verano: Del 1 al 31 de agosto de 2008 (ambos inclusive)

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • BECAS SCRATES/ ERASMUS

    Qu es Scrates/Erasmus?Se trata de un programa de ayudas financieras de la Unin Europea, cuyo fin es el de fomentar la movilidad

    de estudiantes y la cooperacin en el mbito de la enseanza superior, que permite llevar a cabo un periodode estudios en otro Estado miembro y recibir un reconocimiento pleno de dichos estudios en la Universidadde origen.

    Condiciones para la concesin de Becas Scrates para estudiantesLos interesados en solicitar las Becas Scrates/Erasmus debern tener en cuenta las siguientes condiciones:1. El perodo de estudios en el extranjero deber tener una duracin mnima de tres meses y mxima de

    un ao acadmico y debe realizarse en una Institucin de Enseanza Superior de otro pas europeo.2. La institucin extranjera de acogida eximir de las tasas acadmicas que s sern abonadas en la

    Universidad de Salamanca.3. Los estudiantes que se desplacen todo el curso seguirn recibiendo la totalidad de sus becas o ayudas

    estudiantiles concedidas por el Estado Nacional u otras fuentes a las que normamente tien derecho, esceptoen el caso de las Becas de Colaboracin e Investigacin.

    4. Las becas Scrates/Erasmus estn destinadas a cubrir los gastos adicionales que suspone estudiar en elextranjero tales como: gastos de viaje, preparacin lingstica, diferencia del coste de nivel de vida.

    Por lo tanto estas becas no estn destinadas a cubrir todos los gastos de los estudiantes durante el pero-do de estudios en el extranjero.

    Solicitudes1 Todos los alumnos que soliciten beca debern cumplimentar el impreso oficial que se les facilitar en la

    secretara del centro donde se encuentren matriculados.2 Los alumnos solicitantes pueden participar en uno o ms grupos de becas convocadas, en funcin de sus

    conocimientos lingsticos. Para ello debern rellenar tantas solicitudes como mbitos lingsticos a los queopten.

    3 En ningn caso pueden adjudicarse Becas Scrates a aquellos alumnos tras la valoracin de su expedien-te acadmico, no hayan obtenido una puntuacin igual o superior a 1.

    Prueba de idiomasPara el disfrute de la beca Scrates el alumno debe demostrar conocimientos suficientes del idioma en que

    se imparte la docencia en la Universidad de destino.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Reconocimiento de estudiosLos estudios que se realicen con xito acadmico en el extranjero sern reconocidos por la Universidad de

    Salamanca de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Programa Scrates.

    SISTEMA DE INTERCAMBIO ENTRE CENTROS UNIVERSITARIOS ESPAOLES (SICUE)

    Principios generalesEste programa es un acuerdo firmado por todas las Universidades espaolas para facilitar la movilidad de

    los estudiantes universitarios entre Centros espaoles, dndoles la posibilidad de realizar una parte de sus estu-dios en otra Universidad y recibir un reconocimiento pleno de estos estudios en sus Universidades de origen.

    El programa, adems de permitir a los estudiantes conocer otros sistemas docentes, lo que redundar enuna mejora de su formacin individual, tambin facilita un mayor contacto cultural y lingstico entre estudian-tes de diferentes Comunidades Autnomas.

    El plazo de presentacin de solicitudes de becas y los requisitos sern los que se establezcan en las convo-catorias que realizarn los organismos respectivos.

    Requisitos y condicionesLa movilidad puede ser solicitada por los alumnos de la Universidad de Salamanca matriculados en primer

    o segundo ciclo, en las titulaciones incluidas en los acuerdos bilaterales firmados.Para poder optar a una de estas plazas el alumno deber acreditar, en la fecha que finalice el plazo de pre-

    sentacin de solicitudes:En los planes Renovados: haber superado en la Universidad de origen un mnimo de 30 crditos y estar

    matriculado en 30 crditos ms en Diplomaturas, Ingenieras Tcnicas y Arquitectura Tcnica; 90 crditos y estarmatriculado en 30 crditos ms en Licenciaturas, Ingeniera y Arquitectura.

    En los Planes no Renovados: tener superados en su Universidad de origen como mnimo la mitad de lasasignaturas del primer curso de la titulacin en Diplomaturas e Ingenieras o Arquitecturas Tcnicas y el equi-valente a curso y medio en Licenciaturas, Ingenieras o Arquitecturas, y estar matriculado en no menos de lamitad de asignaturas del equivalente a un curso acadmico.

    No podr cursar asignaturas calificadas con suspenso con anterioridad en el Centro de origen.Los alumnos podrn cursar asignaturas en las dos Universidades mientras dure el intercambio.

    Los alumnos de la Universidad de Salamanca que cursen estudios en otras Universidades espaolas tendrnderecho al reconocimiento acadmico de sus estudios. Las calificaciones y crditos otenidos por el alumno en elCentro de destino se harn constar en un Acta nica que se adjuntar al expediente acadmico del alumno.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • PRACTICAS EN EMPRESA

    Las prcticas en empresa se organizan sobre la base de Convenios suscritos por la Universidad deSalamanca con empresas e instituciones pblicas y privadas en el marco de dos programas diferentes:

    a) Programa de Formacin en Alternancia promovido y financiado por la Junta de Castilla y Len o b) Programa de Cooperacin Educativa, promovido por la Universidad de Salamanca.En ambos casos es imprescindible la firma de un convenio entre la Universidad suscrito por el Sr. Rector y

    la empresa o institucin. El convenio es tramitado a travs de la Unidad Departamental de la Escuela.Los convenios son promovidos por la propia Escuela o por iniciativa de un alumno que, una vez estableci-

    dos los correspondientes contactos con una empresa con la que la Escuela no tena suscrito convenio presen-tan su propuesta.

    Durante la estancia en la empresa , el alumno disfrutar de la cobertura de un seguro de accidentes y deresponsabilidad civil suscrito por la Universidad de Salamanca. En las prcticas realizadas con el Programa deFormacin en Alternancia el alumnos disfrutar de una beca subvencionada por la Junta de Castilla y Len.

    Requisitos de los solicitantesPara poder optar a una estancia en una empresa a travs de uno de esos convenios el primer requisito es

    ser alumnos de la Escuela tanto en el momento de la solicitud como durante el periodo de las prcticas en laEmpresa

    El segundo requisito es haber aprobado como mnimo el 50% de los crditos totales de la titulacin queest cursando.

    Se pueden convalidar las prcticas en empresa por crditos de libre eleccin. 30 horas de prcticas equiva-len a 1 crdito. El mximo de crditos que se pueden otorgar es de 4,5.

    Generalmente el nmero mximo de horas que se pueden realizar de prcticas es de 500 durante 100 daslaborables

    PLAZOS DE INTERES

    Presentacin de instancias de solicitud de:Convalidacin del 1 de septiembre al 31 de octubreAdaptacin o equiparacin de estudios del 1 de septiembre al 31 de octubre

    Reconocimiento de crditos de libre eleccin por Otras Actividades AcadmicasFechas Convocatoria a la que se incorporan los crditosDel 10 al 14 de diciembre de 2007 Enero *

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Del 14 al 18 de Enero de 2008 FebreroDel 26 de mayo al 6 de Junio de 2008 JunioDel 30 de junio al 4 de julio de 2008 (1) JulioDel 1 al 5 de septiembre de 2008 Septiembre

    Solo para los alumnos que cumplen los requisitos fijados para terminar sus estudios en la convocatoria defin de carrera-enero.

    En las titulaciones con convocatoria de julio en lugar de septiembre.

    Cambio y anulacin de asignaturas:Las solicitudes de anulacin de asignaturas podrn ser aceptadas dentro de las dos semanas siguientes a la

    finalizacin del plazo oficial de matrcula. Posteriormente quedaran condicionadas a circunstancias justificadasdocumentalmente y nunca llevaran reintegro alguno de precios acadmicos, aunque sean consideradas asigna-turas matriculadas por primera vez en el curso siguiente.

    Plazo: Del 8 al 22 de octubre

    Anulacin de matrculas totales:Las anulaciones totales de matrcula, si existen causas que as lo aconsejen, sern siempre antes del 30 de

    noviembre y no tendrn reintegro alguno de precios acadmicos, aunque las materias no se consideren comorepetidas en la matrcula del curso siguiente. A partir del 30 de noviembre no se puede anular matrcula.

    Tribunal de compensacin:

    Plazo de solicitud: Del 8 al 31 de octubre de 2007Del 1 al 24 de marzo de 2008

    ACCESO A SEGUNDOS CICLOS

    Podrn acceder a 2 Ciclo Ingenieros Industriales:Quienes tengan superado los tres primeros cursos del primer ciclo de estos estudios.Quienes estn en posesin del ttulo de Ingeniero Tcnico en Electricidad, Ingeniero Tcnico en Electrnica

    Industrial, Ingeniero Tcnico en Mecnica, Ingeniero Tcnico en Textil, Ingeniero Tcnico en Qumica Industrial oIngeniero Tcnico en Diseo Industrial (con complementos de formacin)

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 2Normativa

    Universitaria

  • REGLAMENTO DEL TRABAJO O PROYECTO FIN DE CARRERA

    (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 29 de septiembre de 2005)

    EXPOSICIN DE MOTIVOS

    El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera supone en la prctica la ltima asignatura que debe superar todo alum-no en titulaciones de ingeniera y arquitectura antes de obtener su ttulo, entendindose que slo se puedadefender tras haber superado todas las dems asignaturas de la titulacin.Tradicionalmente, ste ha consistidoen realizar un Proyecto en el que el alumno aplica los conocimientos adquiridos a lo largo de toda la titulacin.Actualmente, dadas las exigencias formativas y laborales que la sociedad demanda de estos titulados, la tipolo-ga de trabajos a realizar se ha hecho ms extensa, motivo por el cual resulta oportuno que puedan realizarTrabajos o Proyectos pertenecientes a su futuro mbito profesional o bien con un carcter formativo.

    Por otro lado, tambin ha de entenderse como un trabajo fundamentalmente personal, correspondiente aun tipo de aprendizaje que no requiere la docencia presencial, aunque s se le atribuya un nmero de crditosacorde con el esfuerzo medio que ha de realizar el alumno para llevarlo a buen trmino.

    Adems, los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, en cuanto trabajo personal del alumno, permiten que steobtenga informacin y ayuda en instituciones, organismos o empresas ajenos a la propia Universidad e incluso,que pueda realizar su Proyecto o Trabajo Fin de Carrera mientras permanece en alguna de estas entidades, enlos trminos que establezca la normativa, especialmente en cuanto se refiere a los posibles convenios a suscri-bir entre la Universidad y cualesquiera otra entidad.

    La Universidad de Salamanca, a travs de este Reglamento del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera aproba-do por su Consejo de Gobierno el 29 de septiembre de 2005, regula el desarrollo y defensa de los Proyectoso Trabajos Fin de Carrera. Este Reglamento constituye un marco a partir del cual se pueden desarrollarReglamentos especficos en los Centros que imparten titulaciones en las que es obligatorio el Proyecto oTrabajo Fin de Carrera. La aplicacin del anterior Reglamento del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera (apro-bado por la Junta de Gobierno de la Universidad en sesin de 26 de marzo de 1996) ha puesto de manifies-to la conveniencia de considerar algunas cuestiones que no fueron tenidas en cuenta en su momento y la exis-tencia de variadas peculiaridades en las normas especficas de Centro que hacen conveniente unificar criteriosen algunos aspectos fundamentes.As pues, este Reglamento aborda el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera desdesu concepcin y filosofa hasta todo lo relacionado con sus craractersticas, tipologa, propuesta, realizacin ydesarrollo, as como con su defensa, evaluacin, calificacin y archivo, pasando por todos los trmites interme-dios como su tratamiento administrativo y la coordinacin en cada Centro.

    Por todo ello, el presente Reglamento del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera toma en consideracin laexperiencia de la aplicacin del anterior texto normativo y, en la medida de lo posible, recoge, con carcter

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • general, aquellos aspectos de las normas especficas de cada Centro que podran adquirir rango general paratoda la Universidad.

    TITULO IDE LA NATURALEZA DE LOS PROYECTOS O TRABAJOS FIN DE CARRERA

    Artculo 1.- El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera como ejercicio1.- De acuerdo con las directrices generales de las titulaciones de ingeniera y arquitectura, se entender

    indistintamente por Proyecto Fin de Carrera o Trabajo Fin de Carrera un ejercicio integrador o de sntesesde la formacin recibida a lo largo de la carrera.

    2.- Dicho ejercicio integrador o de snteses requiere, por parte del alumno, aplicar conocimientos, habili-dades y aptitudes adquiridos en la titulacin. Esto implica que la forma en que se integran los conocimientos,habilidades y aptitudes deber estar acorde con los objetivos concretos de formacin y ejercicio profesionalpropios de la titulacin.

    3.- El alcance de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera quedar limitado por los aspectos siguientes:La propia formacin que ha recibido el alumnno en las asignaturas cursadas.Los conocimientos, habilidades y aptitudes exigibles para obtener la titulacin correspondiente.De este modo, el alumno podr aplicar o profundizar en determinados conocimientos y contenidos de

    varias asignarturasm, pero dentro de lo exigible en la titulacin y especialidad correspondiente.Artculo 2.- El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera como asignatura1.- El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera est presente en los planes de estudio de las titulaciones de

    Ingeniera y Arquitectura como asignatura troncal u obligatoria, no pudiendo constituir, en nungn caso, unTrabajo de Grado de Salamanca ni de Postgrado.

    2.- Se entiende que el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera es una asignatura especial y distinta a las demsen tanto que:

    Requiere tener aprobadas el resto de las asignaturas de la titulacin para poder examinarse de la misma.Se vincula a todas las reas de conocimiento que tienen docencia en la titulacin.Artculo 3.- Modalidades de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- Sin perjuicio de lo establecido en el artculo 1 y segn la titulacin, cada Centro puede adoptar distin-

    tas modalidades de Proyecto o Trabajo Fin de Carrera.2.- De forma general puede optarse por una modalidad de Proyecto o Trabajo Fin de Carrera de carcter

    profesional o por una modalidad de aplicacin de los conocimientos, tcnicas y habilidades de una o varias asig-naturas cursadas en la carrera.

    3.- Los mbitos sobre los que debern centrarse los trabajos profesionales sern cualquiera que haya sidomotivo de estudio durante la titulacin y/o puedan desarrollarse profesionalmente.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Artculo 4.- Autora y propiedad intelectual de un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera1.- Con carcter general, cada Proyecto o Trabajo Fin de Carrera ser realizado de forma individual. Los

    Centros podrn contemplar la posibilidad de realizar un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera en grupo.2.- La titularidad de los derechos de autor o de propiedad industrial (patente, modelo de utilidad o figura

    anloga) de un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera corresponde al estudiante (o estudiantes ) que lo haya rea-lizado en los trminos y con las condiciones previstas en la legislacin vigente.

    TITULO IIDE LA COORDINACION, PROPUESTA Y TRAMITACIN DE PROYECTOS

    O TRABAJOS FIN DE CARRERA

    Artculo 5.- Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- En aquellos Centros y para aquellas titulaciones en que se exige la presentacin de un Proyecto o

    Trabajo Fin de Carrera, se crear, al menos, una Comisin Especfica de Proyectos Fin de Carrera o Trabajos Finde Carrera.

    2.- La composicin de cada Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera ser la que decida su Juntade Centro, siendo elegibles profesores y representantes de estudiantes que actuarn como Vocales. DichaComisin estar presidida por el Decano o Director del Centro o, en su caso, por el Vicedecano o Subdirectoren quien delegue. El Secretario de la Comisin ser el Secretario del Centro y en su ausencia uno de los Vocalesde la misma.

    3.- Los vocales de la Comisin sern elegidos de acuerdo con el procedimiento que se establezca en lasnormas especficas de cada Centro. Sern elegidos por perodos de dos aos, renovndose por mitades cadaao; no obstante, los vocales podrn ser reelegidos por perodos sucesivos, de manera ininterrumpida y sin limi-tacin de mandatos.

    4.- La Comisin Especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera tendr las siguientes funciones:Analizar y aprobar, si procede, la relacin de temas que hayan sido remitidos por los Departamentos que

    tienen asignada docencia en la titulacin.Analizar y aprobar, si procede, los temas de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera propuestos por los pro-

    pios alumnos.Adjudicar los temas de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera.Aprobar, en su caso, la vinculacin de Tutores a los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera.Aprobar, en su caso, las peticiones de modificacin, renuncia o anulacin de temas de Proyecto o Trabajo

    Fin de Carrera.Aprobar la composicin de los tribunales que se hayan de encargar de evaluar cada uno de los Proyectos

    o Trabajos Fin de Carrera, atendiendo a las normas especficas de cada Centro.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Cualesquiera otras funciones que le asigne este Reglamento y la normativa especfica del Centro.Interpretar el Reglamento y la normativa especfica del Centro en todo aquello no previsto en los mismos.5.- Corresponde al Secretario de la Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera:Convocar las reuniones de la Comisin, por orden del Decano o Director del Centro.Dar fe de los acuerdos de la comisinTramitar , con la conformidad del Decano o Director del Centro, las comunicaciones y acuerdos de la

    Comisin a alumnos, profesores y Departamentos que corresponda.Cualesquiera otras funciones que le asigne este Reglamento y la normativa especfica del Centro.6.- Para la vlida constitucin y funcionamiento de la Comisin ser de aplicacin el Captulo 2 de la Ley

    30/92 de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.Artculo 6.- Propuestas de Trabajos o Proyectos fin de carrera1.- La Comisin Especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, previa consulta a los Departamentos

    implicados, har pblica una relacin de los temas que se ofrecen a la consideracin de los alumnos en dosconvocatorias en los meses de Octubre-Noviembre y Febrero-Marzo.

    2.- Las propuestas que lleguen a la Comisin Especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera deben for-mularse debidamente justificadas y presentarse mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisin Especficade Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, pudiendo proceder de:

    Los Departamentos, acompaando stas de los Tutores/Cotutores correspondientes,Los alumnos, que podrn presentar propuestas de nuevos temas. El procedimiento y los requisitos que

    debern regir estas propuestas se establecern en las normas especficas de cada Centro.3.- Tras el estudio de las propuestas de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera mencionadas en el apartado

    2, la Comisin podr resolver : a) La aceptacin o aprobacin de la propuesta, b) Solicitar ms informacin alproponente o proponentes en plazo determinado, c) La aprobacin condicionada a la modificacin parcial dela propuesta, d) El rechazo de la propuesta.

    4.- El Secretario de la Comisin, con la conformidad del Presidente, har pblica la relacin de temas quese ofrecen a la consideracin de los alumnos, establecindose un plazo para que puedan optar a ellos, median-te solicitud por escrito dirigida al Decano o Director del Centro, en modelo que se les facilitar en la Secretaradel Centro y en el que podrn incluir hasta un mximo de tres temas indicando su orden de preferencia.

    5.- Para solicitar el Proyecto o Trabajo Fin de carrera es requisito imprescindible para el alumno, habersuperado, al menos, un 60% de los crditos troncales y obligatoiros de la titulacin.

    Artculo 7.- Adjudicacin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- La Comisin especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, a la vista de las solicitudes presentadas,

    adjudicar los temas aprobados en atencin al expediente acadmico de los solicitantes y a otros criterios com-plementarios que puedan establecerse en las normas especficas de cada Centro.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 2.- En el caso de que la propuesta de tema hubiera sido hecha por un alumno, el tema en cuestin le seradjudicado al alumno proponente.

    3.- Si las normas especficas del Centro as lo prevn , se podr adjudicar un mismo tema a varios alum-nos, ya sea para su realizacin en grupo ( si la normativa especfica del Centro as lo contempla) o para su rea-lizacin individual.

    4.- La relacin de temas adjudicados se har pblica en un tabln de anuncios del Centro para conoci-miento general y de los propios interesados, establecindose un plazo de reclamaciones.

    5.- Las reclamaciones se podrn presentar mediante escrito motivado dirigido al Decano o Director delCentro, en el plazo de diez das hbiles, contados a partir del da siguiente al de publicacin de la relacin deadjudicaciones. El Decano o Director resolver las reclamaciones en el plazo de diez das hbiles siguientes alde finalizacin del plazo de presentacin de las mismas.

    Artculo 8.- Anulacin, renuncia o modificacin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- La asignacin de un tema tendr una vigencia de dos aos, contados a partir de la fecha de su adjudi-

    cacin.Transcurrido este plazo, quedar anulada la adjudicacin del tema y el alumno deber solicitar uno nuevo.A peticin del alumno y los tutores, la Comisin podr, excepcionalmente, conceder una nica ampliacin deeste plazo por un ao.

    2.- Si en el transcurso del trabajo a realizar para elaborar el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, el alumnoo, en su caso, los Tutores/Cotutores, estimasen de comn acuerdo la conveniencia de renunciar al tema deProyecto o Trabajo Fin de Carrera, podrn presentar la correspondiente solicitud por escrito, dirigida al Decanoo Director del Centro. La solicitud, debidamente motivada, ser valorada por la Comisin de Proyectos oTrabajos Fin de Carrera del Centro que adoptar el acuerdo que proceda. Para la adopcin del acuerdo, laComisin tendr en cuenta, en todo caso, la opinin de los implicados.Tras la anulacin del Proyecto o TrabajoFin de Carrera, el alumno podr solicitar nuevo tema de trabajo en la siguiente convocatoria.

    3.- Si en el transcurso del trabajo a realizar para elaborar el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, el alumnoo, en su caso, los Tutores/Cotutores, estimasen la conveniencia de modificar la propuesta del Proyecto o TrabajoFin de Carrera o su orientacin, podrn presentar la correspondiente solicitud por escrito, dirigida al Decanoo Director del Centro. La solicitud, debidamente motivada, ser valorada por la Comisin de Proyectos oTrabajos Fin de Carrera del Centro que adoptar el acuerdo que proceda. Para la adopcin del acuerdo, laComisin tendr en cuenta, en todo caso, la opinin de los implicados.

    TITULO IIIDE LA REALIZACIN Y TUTELA DE LOS PROYECTOS O TRABAJOS FIN DE CARRERA

    Artculo 9.- Realizacin de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- Al tratarse de un trabajo a realizar por un alumno o grupo de alumnos, sin que exista docencia presen-

    cial, el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera podr ser realizado en la propia Universidad de Salamanca u otrasuniversidades, en el marco de programas de intercambio o convenios de colaboracin.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 2.- Tambin se podr realizar el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera en instituciones, organismos o empre-sas, pblicas o privadas, con las que exista convenio a tal fin.

    Artculo 10.- Tutela de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- Todo Proyecto o Trabajo Fin de Carrera debe tener al menos un tutor, pudiendo existir la colaboracin

    de Cotutores.2.- La suma de Tutores ms Cotutores vinculados a un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera no puede ser

    superior a tres.3.-Sin perjuicio de lo establecido en los apartados precedentes, todo alumno que realice un Proyecto o

    Trabajo Fin de Carrera podr solicitar ayuda puntual, en aspectos muy concretos del mismo, a los profesorescon docencia en la titulacin en sus correspondientes horarios de tutoras.

    4.-Se considerar tutor de un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera a un profesor, adscrito a un Area de cono-cimiento con docencia en la titulacin, que presta asesoramiento, orientacin y ayuda al alumno en los aspec-tos generales del mismo.

    5.- La realizacin de las funciones de tutor de un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera conllevar el recono-cimiento acadmico como carga docente equivalente. Se reconocer un mnimo de 0,5 crditos de docenciasi acta como tutor nico, y la mitad si comparte dicha funcin con otro, por cada proyecto tutelado y que sehaya defendido en el curso anterior. Cada profesor podr obtener el reconocimiento, como mximo de 6.0crditos en cada curso acadmico.

    6.- Se considerar Cotutor a :Todo docente o investigador de la Universidad de Salamanca adscrito a reas de conocimiento sin docen-

    cia en la titulacin,Todo docente o investigador del mbito universitario ajeno a la Universidad de Salamanca o profesional

    perteneciente a una insitutucion, empresa u organismo pblico o privado con el que existe convenio de cola-boracin al respecto, que acepte la responsabilidad de orientar, dentro de su mbito o especialidad, el Proyectoo Trabajo Fin de Carrera de un alumno en sus aspectos generales o particulares, en coordinacin con el Tutoro Tutores.

    7.- Los Tutores/Cotutores de un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera podrn solicitar ser desvinculados delmismo mediante escrito razonado dirigido al Presidente de la Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carreraque deber tomar acuerdo al respecto.

    Artculo 11.- Dotacin econmica asignada a los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.-Ser responsabilidad de los Centros administrar las dotaciones econmicas que la Universidad u otras

    entidades asignen por razn de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera e informar con transparencia del des-tino recibido.

    2.- En todo caso, esas dotaciones econmicas se destinarn a la adquisicin, renovacin y mantenimientode material, bibliografa o equipamiento que potencie la infraestructura disponible para la realizacin deProyectos o Trabajos Fin de Carrera en la titulacin o titulaciones adscritas.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • TITULO IVDE LA MATRICULA, PRESENTACIN, DEFENSA Y EVALUACIN

    DE LOS PROYECTOS O TRABAJOS FIN DE CARRERA

    Artculo 12.- Matriculacin de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- La matriculacin del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera no podr realizarse antes de haber aprobado

    los dems crditos de la titulacin.2.-La Universidad dar opcin a que un alumno pueda matricularse del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera

    despus de cada convocatoria oficial. El alumno habr de formalizar su matrcula antes de la fecha de defensadel mismo.

    Artculo 13.- Depsito de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- A los efectos previstos en el artculo precedente, el Centro programar las convocatorias para la defen-

    sa de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, que tendrn lugar despus de la finalizacin de los respectivosplazos de entrega de actas, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad.

    2.- El alumno que desee defender su Proyecto o Trabajo Fin de Carrera entregar en la Secretara delCentro los ejemplares del mismo en el nmero, formato y soporte que se establezca en las normas de cadaCentro, acompaados de instancia solicitando su defensa.

    3.- Los alumnos deben realizar los trmites contenidos en el apartado precedente en los plazos estableci-dos en la normativa de cada Centro.

    4.- Los alumnos que, por causas excepcionales y justificadas, deseen defender su Proyecto o Trabajo Fin deCarrera en fechas diferentes a las programadas por el Centro, debern solicitarlo por escrito al Decano oDirector del mismo, indicando las causas, que sern valoradas por la Comisin especfica, la cual adoptar ladecisin correspondiente.

    5.- Los Tutores/Cotutores del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera elaborarn un informe razonado y con-junto que justifique el cumplimiento de sus objetivos, que se entregar al Decano o Director del Centro coin-cidiendo con el depsito del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera. Dicho informe incluir la valoracin de losTutores/Cotutores sobre el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera

    Artculo 14.-Tribunales de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera1.- La exposicin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera constituye una prueba de examen, por

    lo que habr de hacerse de forma individualizada por cada alumno.2.- Para la evaluacin de cada Proyecto o Trabajo Fin de Carrera se nombrar un tribunal compuesto por

    tres miembros (Presidente, Secretario y Vocal), todos ellos profesores pertenecientes a la Universidad deSalamanca y adscritos a las reas de conocimiento con docencia en la titulacin.

    3.- Los Centros establecern el procedimiento concreto de designacin de los miembros de los tribuna-les, cuyo nombramiento compete al Decano o Director del Centro.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 4.- Todos los profesores adscritos a las reas de conocimiento citadas en el apartado 2 tienen la obliga-cin de participar en los tribunales, si son nombrados para ello, excepto en aquellos casos en los que concu-rra causa de abstencin de conformidad con el art. 28 de la Ley 30/92.

    5.- Para la vlida constitucin del tribunal ser necesaria la presencia de todos sus miembros.6.-Antes del inicio del acto de presentacin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, el tribunal dis-

    pondr del informe elaborado por los Tutores/Cotutores.Artculo 15.-Acto de exposicin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera1.- El acto de exposicin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera ser pblico y tendr lugar en el

    plazo mximo de 30 das naturales, contados a partir de la fecha de nombramiento del tribunal correspondiente.2.- El Secretario del tribunal, con la conformidad del Presidente, realizar la convocatoria para la exposi-

    cin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, con una antelacin de, al menos, diez das hbiles antesde la fecha prevista para el acto.

    3.- En la convocatoria se especificar fecha, hora y lugar para la exposicin y defensa, que habrn sido fija-dos por el Presidente del tribunal, odo el alumno. La convocatoria ser comunicada por escrito al alumno queha de defender su Proyecto o Trabajo Fin de Carrera y se har pblica. Igualmente se dar cuenta a la Secretaradel Centro para la elaboracin de la correspondiente acta de calificacin.

    4.- Si el tribunal estima la existencia de graves errores o deficiencias en el Proyecto o Trabajo Fin de Carreraque puedan cuestionar la posible superacin del examen, podr reunirse en privado con el alumno y susTutores/Cotutores para informarles detalladamente, orientando sobre las rectificaciones necesarias y recomen-dando la retirada del Proyecto o Trabajo para proceder a corregir las deficiencias. Si el alumno acepta la reco-mendacin, solicitar formalmente la retirada del Proyecto o Trabajo de esa convocatoria, mediante escrito diri-gido al Decano o Director del Centro.

    5.- En el supuesto contemplado en el apartado precedente, el alumno podr presentar el mismo Proyectoo Trabajo Fin de Carrera en otra convocatoria, cuando lo estime conveniente y tras introducir las modificacio-nes o correcciones que estime necesarias, a la vista de la informacin que le haya facilitado el tribunal.

    6.- En el acto de exposicin y defensa, el alumno realizar una exposicin oral de su Proyecto o Trabajo Finde Carrera, presentando de forma resumida los aspectos del mismo que considere ms relevantes. Seguidamentecontestar a las preguntas que le formulen los miembros del tribunal. El tiempo mximo para todo este proce-so sera establecido en las normas especficas de cada Centro, pero en ningn caso podr superar las dos horas.

    7.- Finalizada la defensa, los miembros del tribunal calificarn el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera en sesinprivada. Los criterios de carcter general de evaluacin debern quedar fijados en las normativas especficas delos Centros.

    8.- El Secretario del tribunal entregar en la Secretara del Centro, en el plazo de dos das lectivos conta-dos desde la fecha del acto de exposicin y defensa, el acta elaborada al efecto y firmada por los tres miem-bros del tribunal.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 9.- A los efectos de fijar la convocatoria en que, tras aprobar el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, ha con-cluido sus estudios el nuevo titulado y por cuanto se refiere a tramitacin del ttulo correspondiente, se harreferencia a la convocatoria de exmenes inmediatamente anterior a su exposicin y defensa.

    10.- Si el Proyecto o Trabajo Fin de Carrera no obtuviese la aprobacin del tribunal, el alumno podr ele-borar y presentar un nuevo Proyecto o Trabajo con el mismo tema en una convocatoria futura. Los derechosde matrcula abonados por el alumno al presentar su Proyecto por primera vez le dan derecho al examen enuna segunda convocatoria, siempre y cuando est en el mismo curso acadmico; en caso contrario, de acuer-do con la normativa vigente, tendr que formalizar nueva matrcula.

    Artculo 16.- Revisin de la calificacin1.- La Junta de Centro designar cada ao un Tribunal extraordinario para conocer de las reclamaciones

    que se presenten por los estudiantes ante la Comisin de Docencia del Centro en el procedimiento previstoen los apartados siguientes. En todo caso, formarn parte del mismo dos vocales profesores de la Comisin deproyectos.

    2.- Si el alumno discrepase de la calificacin otorgada al Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, podr solicitarla revisin de su calificacin, mediante escrito razonado dirigido al Presidente del tribunal en el plazo de cincodas hbiles, contados a partir de la fecha que figure en el acta correspondiente.

    3.- El tribunal resolver en los diez das hbiles siguientes a la fecha de solictud de revisin por parte delalumno. El Presidente remitir, en escrito razonado, la resolucin del tribunal a la Secretara del Centro en elplazo establecido, para su remisin al interesado y para que, en caso de que fuese estimatoria, se proceda a lamodificiacin pertinente en la calificacin otorgada al Proyecto o Trabajo Fin de Carrera.

    4.- Contra la resolucin del tribunal, el alumno podr interponer recurso ante la Comisin de Docenciadel Centro en los cinco das hbiles siguientes a la recepcin de la notificacin del Presidente.

    5.- La Comisin resolver motivadamente si admite o no a trmite el recurso en el plazo de cinco dashbiles contados a partir del siguiente al de la recepcin del recurso.

    6.- Admitido a trmite el recurso por la Comisin de Docencia del Centro, se dar traslado del mismo altribunal extraordinario a la mayor brevedad posible y siempre antes de cinco das naturales. El tribunal , en elplazo mximo de diez das hbiles desde la recepcin del recurso, emitir resolucin motivada, confirmando omodificando la calificacin, para lo cual la Comisin de Docencia pondr a su disposicin el Proyecto, las actasy el informe de revisin del tribunal evaluador. Asimismo, podrn recabar del tribunal evaluador las informacio-nes complementarias que estimen pertinentes.

    7.- El Presidente de la Comisin de Docencia del Centro notificar la resolucin en el plazo mximo detres das hbiles desde la entrega de la misma por el Tribunal extraordinario en el Registro de la Secretara delCentro y dar las instrucciones pertinentes a los Servicios administrativos competentes.

    8.- Contra la resolucin notificada por el Presidente de la Comisin de Docencia del Centro el estudian-te podr interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • TITULO VDEL ARCHIVO Y CONSULTA DE LOS PROYECTOS O TRABAJOS FIN DE CARRERA

    Artculo 17.- Archivo de los Proyecto o Trabajo Fin de CarreraUna vez realizada la defensa y calificacin del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, concluidos los trmites

    administrativos y transcurridos diez das hbiles desde el acto de exposicin y defensa, ste debe quedar depo-sitado en el Centro para su archivo en las dependencias apropiadas, pasando a quedar registrado en una basede datos elaborada a tal efecto.

    Artculo 18.- Consulta de los Proyecto o Trabajo Fin de CarreraLos Proyectos o Trabajos Fin de Carrera ya defendidos y depositados podrn ser consultados por todo

    aqul que lo desee, en las condiciones y con las cautelas establecidas en la legislacin vigente y las normas que,al respecto, se aprueben.DISPOSICIONES ADICIONALES

    Primera.- La Junta de cada Centro, a propuesta de la Comisin especfica de Proyectos o Trabajos Fin deCarrera del mismo, aprobar normas complentarias para los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera que se hayande realizar en las titulaciones adscritas a dicho Centro, en atencin a la especificidad de stas y de la naturale-za y tipologa concreta de los Proyectos o Trabajos a realizar.

    Segunda.- La Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera de cada Centro ser la competente parainterpretar el contenido de la normativa.DISPOSICIN TRANSITORIA

    Cada Centro deber tener aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad su Reglamento deProyectos o Trabajos Fin de Carrera con anterioridad al 31 de diciembre de 2005.DISPOSICION DEROGATORIA

    Este reglamento deroga el anterior Reglamento de Proyecto o Trabajo Fin de Carrera, las normas de des-arrollo de los Centros si las hubiere, y todas aquellas resoluciones en interpretacin o desarrollo de las ante-riores.DISPOSICIN FINAL

    Este Reglamento entrar en vigor al da siguiente de su aprobacin por el Consejo de Gobierno de laUniversidad.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO O TRABAJO FIN DE CARRERA

    1.- OBJETIVO1.1.- El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera supone en la prctica la ltima asignatura que debe de superar

    todo alumno de las titulaciones que se imparten en la E.T.S.I.I. de la Universidad de Salamanca.1.2.- Se entender indistintamente Proyecto Fin de Carrera o Trabajo Fin de Carrera, como un ejerci-

    cio integrador o de sntesis de la formacin recibida a lo largo de la carrera. Entendindose que se trata de unaasignatura especial ya que requiere tener aprobadas el resto de asignaturas para poder ser examinado y se vin-cula a todas las reas de conocimiento que imparten docencia en la titulacin. Por otro lado, el Proyecto oTrabajo Fin de Carrera no puede constituir, en ningn caso, un trabajo de Grado o de Postgrado.

    2.- NATURALEZA DE LOS PROYECTOS O TRABAJOS FIN DE CARRERAEl Proyecto o Trabajo Fin de Carrera obedecer a una de las siguientes modalidades, teniendo en cuenta la

    aplicacin de los conocimientos, tcnicas y habilidades de una o varias asignaturas cursadas en la carrera:Elaboracin de un proyecto de ingeniera con todos sus apartados, referente a las competencias profesio-

    nales de la titulacin cursada.Realizacin de un trabajo terico o experimental de carcter cientfico-tcnico con el objetivo de desarro-

    llar una idea o construir un prototipo, sistema o instalacin que contribuya al desarrollo de las tecnologas pro-pias de la titulacin correspondiente.

    Trabajos desarrollados en empresas, o bien en Centros oficiales nacionales o extranjeros, en virtud deacuerdos o convenios para la realizacin de Proyectos Fin de Carrera.

    3.- AUTORIA Y PROPIEDAD INTELECTUAL DEL PROYECTO O TRABAJO FIN DE CARRERA3.1.- La titularidad de los derechos de autor o de propiedad industrrial de un Proyecto Fin de Carrera

    corresponde al alumno o alumnos que lo hayan realizado. No obstante, el alumno o alumnos pueden ceder,parcial o totalmente, dichos derechos a personas o instituciones que hayan colaborado en la elaboracin delmismo.

    3.2.- Los Proyectos o Trabajos Fin de carrera despositados podrn ser consultados en las condiciones y conlas cautelas establecidas en la legislacin vigente (R.D. 1/1996, de 12 de abril ) y las normas que, al respecto, seaprueben, por el servicio de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Salamanca sobre prstamo de TesisDoctorales, Memorias de Licenciatura y materiales de similar naturaleza.

    4.- COORDINACION, PROPUESTA Y TRAMITACIN DEL PROYECTO O TRABAJO FIN DE CARRERA4.1. CoordinacinPara la coordinacin de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera se crear en la Escuela una comisin espe-

    cfica. Esta Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera estar presidida por el Director o Subdirector enquien delegue, un PDI funcionario o contratado por cada titulacin en la que existe el Proyecto Fin de Carrera,dos alumnos y un P.A.S elegidos por la Junta de Escuela en asamblea ordinaria. El Secretario de la comisin ser

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • el Secretario del Centro. Los miembros de la Comisin sern elegidos por periodos de dos aos, renovndo-se por mitades cada ao, conforme al art. 5.3. del Reglamento de Trabajo o Proyecto Fin de Carrera de laUniversidad de Salamanca.

    4.2.- Propuestas y tramitacin4.2.1.- La Comisin especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, previa consulta a los Departamentos

    implicados, har pblica una relacin de temas que se ofrecen a la consideracin de los alumnos en dos con-vocatorias en los meses de Octubre y Febrero. Estas propuestas, dirigidas al presidente de la Comisin, podrnser realizadas por los propios departamentos acompaadas de los Tutores/Cotutores correspondientes, o porlos alumnos que podrn presentar propuestas de nuevos temas.

    4.2.2.- La comisin especfica de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera a la vista de las solicitudes presenta-das, adjudicar los temas aprobados y se ofertarn en los meses de Noviembre y Marzo.

    4.2.3.- La Comisin de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera podr adjudicar un mismo tema a varios alum-nos para su realizacin en grupo o individualmente.

    4.2.4.- Una vez adjudicado el trabajo, los alumnos dispondrn de un plazo no superior a 15 das donde jus-tificarn la condicin de alumno del Centro, debindose mantener la condicin de alumno hasta la defensa delmismo. La no justificacin de dicha condicin dejara en suspenso el trabajo.

    4.2.5.- La asignacin de un tema de Proyecto Fin de Carrera tendr una vigencia de dos aos. La anulacin,renuncia o modificacin del Proyecto Fin de Carrera se har conforme al art. 8 del Reglamento de Trabajo oProyecto Fin de Carrera de la Universidad de Salamanca.

    5.- REALIZACION Y TUTELA DE LOS PROYECTOS Y TRABAJOS FIN DE CARRERA5.1.- Realizacin de los Proyectos o Trabajos Fin de CarreraEl Proyecto o Trabajo Fin de Carrera podr ser realizado en la propia Universidad de Salamanca o en otras

    universidades as como, en otras instituciones, organismos o empresas pblicas o privadas con los que exista ose establezca convenio para tal fin.

    5.2.- Tutela de Proyectos y Trabajos Fin de Carrera5.2.1.- El Proyecto o Trabajo Fin de Carrera debe tener al menos un tutor, pudiendo existir la colaboracin

    de Cotutores, siempre y cuando la suma de ambos vinculados a un proyecto o trabajo no sea superior a tres.Adems, todo alumno que realice un Proyecto o Trabajo Fin de Carrera podr solicitar ayuda puntual a cual-quier profesor con docencia en la titulacin en sus horarios de tutora.

    5.2.2.- La consideracin de tutor o cotutor, as como el reconocimiento acadmico viene regulado por elart.10 del Reglamento de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera de la Universidad de Salamanca.

    5.2.3.-Los trabajos o proyectos realizados en empresas al amparo del convenio elaborado a tal fin deberncontar con la figura del cotutor de la empresa haciendo constar la aceptacin de dicha cotutela a la propues-ta del proyecto.

    5.3.- Dotacin econmica asignada a los Proyectos Fin de Carrera

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Ser responsabilidad de la Escuela administrar las dotaciones econmicas que la Universidad u otras enti-dades asignen por razn de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera. Estas dotaciones se destinarn a la adqui-sicin, renovacin y mantenimiento de material, bibliografa, software o equipamiento que potencie la infraes-tructura para la realizacin de estos trabajos. La asignacin de las dotaciones econmicas ser aprobada por laComisin de Proyectos del Centro, que a su vez informar a la Junta de Centro y para ello tendr en cuentalos gastos realizados por el Centro y los Departamentos implicados, as como la utilidad del gasto para el des-arrollo de los Proyectos Fin de Carrera. Se procurar un reparto donde la dotacin econmica sea administra-da en un 50% por los Departamentos de los profesores tutores de proyectos y 50% por el Centro.

    6.- MATRICULA, PRESENTACIN, DEFENSA Y EVALUACIN DE LOS PROYECTOS FIN DE CARRERA6.1.- Matrcula y presentacin6.1.1. Al comienzo de cada curso acadmico la Comisin de docencia de la Escuela programar tres con-

    vocatorias para la defensa de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera, que siempre tendrn lugar despus dela finalizacin de los plazos de presentacin de actas. Los alumnos, por causas excepciones y justificadas, podrndefender su proyecto o Trabajo Fin de Carrera en fechas diferentes a las programadas por el Centro, tal cuallo establece el Reglamento de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera de la Universidad.

    6.1.2. El alumno que reuna las condiciones que marca el Reglamento general de Proyectos o Trabajos Finde Carrera de la Universidad de Salamanca podr presentarse a examen de su Proyecto o Trabajo Fin deCarrera. Para ello entregar en la Secretara de la Escuela, dentro del calendario marcado por el Centro: unejemplar completo del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera en papel y encuadernado, tres copias en soporteinformtico con el formato que la Comisin de Proyectos indique y tres resmenes del Proyecto o Trabajoacompaados de la instancia solicitando su defensa y un informe razonado y conjunto del tutor que justifiquelos objetivos logrados, as como la valoracin sobre el Proyecto o Trabajo dirigido al director del Centro.

    6.1.3.- Una vez superada la defensa, el centro guardar como depsito el ejemplar completo por un plazode tres aos ms dos copias en CD.

    6.2.Tribunales de los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera6.2.1. Para la evaluacin de cada proyecto o Trabajo Fin de Carrera se nombrar al menos un tribunal por

    titulacin. Si el nmero de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera a defender es inferior a 10 el tribunal ser elmismo para todos los alumnos.

    6.2.2.- La designacin como miembro de un tribunal es competencia de la Comisin de Proyectos Fin deCarrera del Centro indicando la condicin de Presidente, Secretario y Vocal del mismo de acuerdo con lo indi-cado en el Reglamento de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera de la Universidad de Salamanca y procurandola presencia de al menos un PDI funcionario o contratado permanente de la Universidad de Salamanca.

    6.3.- Exposicin y defensa6.3.1.- El acto de exposicin y defensa del Proyecto o Trabajo Fin de Carrera ser pblico y tendr lugar en

    el plazo mximo de 30 das naturales contados a partir de la fecha de nombramiento del tribunal. Ser el

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Secretario del tribunal quien realice la convocatoria, odo el alumno y de conformidad con el Presidente, almenos diez das hbiles antes de la fecha prevista. La misma se comunicar por escrito al alumno y al secreta-rio del Centro para la elaboracin del acta.

    6.3.2.- En este acto el alumno realizar una exposicin oral, presentando de forma resumida los aspectosms relevantes del mismo en un tiempo mximo de 20 minutos, despus del cual contestar a las preguntasque el tribunal tenga a bien realizar. En todo el proceso no se superarn las dos horas.

    6.3.3.- Los criterios de valoracin sern establecidos por cada tribunal en el acto de constitucin del mismo,para el cual tendrn que estar presentes todos los miembros.

    6.4. Revisin de la calificacinLa Junta de Centro designar cada ao un tribunal extraordinario para conocer de las reclamaciones que

    presenten los alumnos ante la Comisin de Docencia del Centro segn el procedimiento que marca elReglamento de Proyectos o Trabajos Fin de Carrera de la Universidad.DISPOSICIN ADICIONAL O TRANSITORIA

    Para todos los Proyectos o Trabajos Fin de Carrera en curso a la entrada en vigor de este Reglamento seseguir la normativa con la que fueron convocados por un plazo mximo de las convocatorias del curso aca-dmico 2005-2006.

    REGLAMENTO DE EXMENES Y OTROS SISTEMAS DE EVALUACIN (Aprobado en las sesiones de la Junta de Gobierno de 23 y 24 de mayo de 1989, de 25 y 26 de octubre de 1989 y en lasesin de la Comisin Delegada de la Junta de Gobierno de desarrollo reglamentario de 16 de noviembre de 1989 ymodificado en la sesin de Junta de Gobierno de 29 de mayo de 1992 y modificado en la sesin de Junta de Gobiernode 22 de febrero de 2001

    TTULO I: De las programaciones de exmenes y comunicaciones de las calificaciones.Captulo I: De las programaciones de exmenes y comunicaciones de las calificaciones Captulo II: De la comunicacin de las calificaciones.

    TTULO II: De los tribunales de exmenes.Captulo I: De los tribunales ordinarios.Captulo II: De los tribunales extraodinarios.

    Seccin 1: De la composicin y funcionamiento.Seccin 2: De las circunstancias de aplicacin.

    TTULO III: De la revisin de calificaciones.Captulo I: De la revisin ante el profesor.Captulo II: De la revisin ante la Comisin de Docencia del Centro.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • TTULO PRIMERO De las programaciones de exmenes y comunicaciones de las calificaciones.

    CAPTULO PRIMERO De las programaciones de exmenes y comunicaciones de las calificaciones.

    Artculo1.1. La Junta de Centro, previo informe de los Consejos de los Departamentos o, en su caso, de las seccio-

    nes departamentales que imparten las enseanzas en el mismo y en funcin de la propuesta al efecto de laComisin de Docencia del Centro, aprobar la programacin de exmenes de cada curso.

    2. La programacin de los exmenes parciales y finales de junio y septiembre se aprobar antes del 1 dejunio del curso acadmico anterior. Deber incluir modalidad, lugar y fecha de celebracin.

    Artculo 2.La programacin de exmenes ser facilitada al alumnado con los impresos de matrcula.Artculo 3.El profesor responsable de la valoracin y desarrollo del examen deber convocarlo por escrito con una

    antelacin mnima de 10 das hbiles a la fecha de realizacin del mismo. En la convocatoria aparecer el nom-bre del profesor y la denominacin de la asignatura, el curso o grupo docente, la fecha, hora, lugar y modalidadde examen. Los exmenes orales tendrn carcter pblico.

    Artculo 4.Los alumnos que por circunstancias justificadas o por motivos de representacin en los rganos colegiados

    de la Universidad de Salamanca no puedan examinarse en la fecha sealada al efecto, lo harn en otra, previoacuerdo con el profesor. En caso de conflicto decidir la Comisin de Docencia del Centro.

    Artculo 5.Excepcionalmente la Comisin de Docencia del Centro podr autorizar la realizacin de cualquier otra

    prueba no prevista en la programacin de exmenes cuando as se le solicite fundadamente.Artculo 6.La Comisin de Docencia del Centro solucionar, previa consulta al profesor correspondiente y al repre-

    sentante de los alumnos del curso o grupo docente afectado, aquellas situaciones en las que por imposibilidadsobrevenida resulte irrealizable el examen segn lo establecido en la programacin.

    CAPTULO SEGUNDO De la comunicacin de las calificaciones.

    Artculo 7.1. El profesor responsable de un examen parcial deber poner en conocimiento de los examinados la cali-

    ficacin obtenida en el plazo mximo de 30 das naturales desde la fecha de su realizacin.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 2. En el supuesto de los exmenes finales la calificacin se pondr a disposicin del interesado, mediante lapublicacin en el tabln de anuncios correspondiente de una lista en la que figuren los dgitos del DocumentoNacional de Identidad de cada estudiante y a continuacin la calificacin obtenida, todo ello antes de las fechasfijadas por la Junta de Gobierno para la entrega de actas en las convocatorias de junio yseptiembre.3. La calificacin obtenida en los exmenes de fin de carrera se comunicar al interesado en el plazo mximode 30 das naturales desde la fecha de su realizacin.

    Artculo 8.Las calificaciones de los exmenes debern publicarse en los tablones de anuncios. El profesor remitir noti-

    ficacin al Secretario del Centro de la fecha de publicacin de las mismas.Artculo 9.Las actas de calificaciones finales estarn bajo la custodia del Secretario del Centro.Artculo 10.En el caso de haberse interpuesto reclamacin o recurso, escrito de la prueba de examen del reclamante

    o recurrente deber conservarse hasta la resolucin del ltimo de los recursos administrativos o, en su caso,jurisdiccionales, susceptibles de ser interpuestos.

    TTULO SEGUNDO De los tribunales de exmenes.

    CAPTULO PRIMERO De los tribunales ordinarios.

    Artculo 11.1. En las pruebas de evaluacin correspondientes a las convocatorias especiales establecidas por las normas

    aprobadas por el Consejo Social, un tribunal designado por el Consejo de Departamento ser responsable dela valoracin, desarrollo de los exmenes y calificacin. El tribunal se asimilar al profesor responsable de la cali-ficacin a los efectos de reclamaciones y recursos.

    2. El tribunal, de carcter ordinario, constar de cuatro miembros:Dos profesores ordinarios designados de entre los que pertenezcan al rea o reas de conocimiento a las

    que est adscrita la asignatura.Un profesor ordinario elegido por sorteo de entre los componentes del resto de las reas de conocimien-

    to del Departamento.Un profesor responsable de la docencia en el curso o grupo docente al que pertenece o perteneci el

    alumno.3. Si el rea de conocimiento en cuestin contara con menos de tres profesores ordinarios, o el

    Departamento slo estuviera integrado por un rea, se completar el tribunal con otros profesores ordinariosdel Departamento.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Artculo 12.1. El Director del Departamento convocar a los miembros del tribunal.2. Para que el tribunal quede vlidamente constituido ser necesaria la asistencia de sus cuatro miembros

    en el momento de la constitucin.Tambin ser necesaria la asistencia de sus cuatro miembros para la vlidaadopcin del acuerdo de calificacin.

    3. En la sesin de constitucin se elegir al Presidente de entre los profesores a que hace referencia el art-culo 11.2.a y b.

    4. El Presidente convocar por escrito al alumno con una antelacin mnima de 10 das hbiles a la fecha derealizacin del examen.

    5. Una vez adoptada la resolucin calificadora, el Presidente la notificar al Secretario del Centro y al exa-minado, cumplimentar el acta de calificaciones y comunicar al Director del Departamento la finalizacin delas actuaciones del tribunal.

    CAPTULO SEGUNDO De los tribunales extraordinarios.

    SECCIN 1. De la composicin y funcionamiento.

    Artculo 13.1. El tribunal extraordinario se compone de Presidente, Secretario y tres vocales, con sus respectivos suplen-

    tes. Todos los miembros y sus suplentes se designarn por sorteo de entre profesores ordinarios delDepartamento.

    2. Quedarn excluidos del sorteo aquellos profesores que acuerde la Junta de Centro, previo informe de laComisin de Docencia del Centro, a propuesta motivada del estudiante.

    Artculo 14.1. El Presidente de la Comisin de Docencia del Centro convocar el tribunal extraordinario para su cons-

    titucin. la convocatoria tambin se remitir al representante de los alumnos que establece el artculo 16.2. Para que el tribunal quede vlidamente constituido ser necesaria la asistencia de todos sus miembros.

    Tambin ser necesaria la asistencia de todos sus miembros para la vlida adopcin del acuerdo de calificacin.3. En la sesin de constitucin se elegir Presidente y Secretario.4. La convocatoria de examen se notificar por el Presidente al alumno con una antelacin mnima de 10

    das hbiles a la fecha de realizacin del examen.Artculo 15.

    El tribunal adopta todos sus acuerdos con tres votos como mnimo.Artculo 16.1. El representante de los alumnos del curso o grupo docente al que pertenezca el examinado podr inter-

    venir como observador, con el fin de informar al tribunal sobre las caractersticas de la materia objeto de examen.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • 2. Si este representante observara alguna anomala en el funcionamiento del tribunal lo comunicar a laComisin de Docencia del Centro.

    3. En el caso de que el alumno examinado sea el representante del curso o grupo docente, las funcionessealadas en los apartados anteriores las desempear un representante de los alumnos en la Junta del Centrodesignado por ellos mismos.

    Artculo 17.1. Una vez adoptada la resolucin calificadora, el Presidente la notificar al Secretario del Centro y al exa-

    minado, cumplimentar el acta de calificaciones y comunicar al Director del Departamento la finalizacin delas actuaciones del tribunal.

    2. El tribunal extraordinario se asimilar al profesor responsable de la calificacin a los efectos de reclama-ciones y recursos.

    SECCIN 2. De las circunstancias de aplicacin.Artculo 18.El procedimiento de tribunal extraordinario slo es aplicable en los exmenes o evaluaciones finales.Artculo 19.Todo alumno con derecho a examen podr solicitar al pleno de la Junta de Centro, mediante escrito moti-

    vado dirigido al Decano o Director del Centro, la creacin de un tribunal extraordinario responsable de la rea-lizacin, desarrollo y valoracin de su examen en la asignatura correspondiente, as como de su calificacin.

    Artculo 20.La Junta de Centro, previo informe al menos de la Comisin de Docencia del Centro y del profesor afec-

    tado, acordar la aceptacin o rechazo de la creacin del tribunal extraordinario para el caso.Artculo 21.En ningn caso ser rechazada la peticin si el alumno solicitante es representante de su curso, o bien es,

    o ha sido en el curso anterior, miembro de cualquiera de los rganos colegiados recogidos en los artculos 38,106, 134 y 135 de los Estatutos, siempre que los motivos expuestos por el solicitante estn relacionados direc-tamente con sus tareas de representacin.

    TTULO TERCERO De la revisin de calificaciones.

    CAPTULO PRIMERO De la revisin ante el profesor.

    Artculo 22.1. El alumno podr solicitar por escrito la revisin de su calificacin al profesor responsable de su evalua-

    cin en los siguientes plazos:

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • En el caso de los exmenes parciales y fin de carrera, en los cinco das hbiles siguientes a la fecha de publi-cacin o puesta a disposicin de las calificaciones.

    En el caso de los exmenes finales de las convocatorias de febrero (semestrales), junio y septiembre, hastacinco das hbiles despus de la fecha fijada por la Junta de Gobierno para la entrega de las actas de las califi-caciones.

    Artculo 23.1. Producida la solicitud de revisin por escrito de una calificacin ante el profesor, ste habr de resolver

    por escrito en los plazos que a continuacin se establecen:En el caso de los exmenes parciales y fin de carrera, en los diez das hbiles siguientes a la fecha de publi-

    cacin o puesta a disposicin de las calificaciones.En el caso de los exmenes finales de las convocatorias de febrero (semestrales), junio y septiembre, en los

    diez das hbiles siguientes a la fecha fijada por la Junta de Gobierno para la entrega de las actas de las califica-ciones.

    2. El profesor remitir para su ejecucin, al da siguiente de su adopcin, la resolucin estimatoria de la modi-ficacin a los servicios administrativos del Centro.

    CAPTULO SEGUNDO De la revisin ante la Comisin de Docencia del Centro.

    Artculo 24.Contra la resolucin del profesor responsable de la evaluacin, el alumno podr interponer recurso ante la

    Comisin de Docencia del Centro en los plazos siguientes:En los cinco das hbiles siguientes a la notificacin de la resolucin por el profesor para las calificaciones

    obtenidas en los exmenes parciales y fin de carrera.En los cinco das hbiles siguientes a la notificacin de la resolucin por el profesor para las calificaciones

    obtenidas en los exmenes de la convocatoria correspondiente al primer semestre.Hasta el cinco de septiembre para las calificaciones obtenidas en la convocatoria de junio.Hasta el 15 de octubre para las calificaciones obtenidas en la convocatoria de septiembre.Artculo 25.La Comisin de Docencia del Centro resolver motivadamente si admite o no a trmite el recurso en el

    plazo de cinco das hbiles contados a partir del siguiente al de su interposicin.Artculo 26.Admitido a trmite el recurso por la Comisin de Docencia, sta lo remitir, al da siguiente de su admisin,

    al Tribunal del Departamento correspondiente para que en el plazo de cinco das hbiles desde la recepcindel mismo emita una resolucin motivada confirmando o modificando la calificacin.

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Artculo 27.A estos efectos, al comienzo de cada curso acadmico se constituir en cada Departamento un tribunal

    que, designado por sorteo, estar compuesto por tres profesores ordinarios y sus respectivos suplentes. Estetribunal se constituir para sus actuaciones con la presencia de sus tres miembros y podr, as mismo, solicitarel asesoramiento de quien estime oportuno para resolver el recurso, cabiendo la posibilidad, en los casos enlos que as est justificado, de efectuar una nueva evaluacin por dicho tribunal.

    Artculo 28.El Director del Departamento comunicar la resolucin al da siguiente de su recepcin al Presidente de la

    Comisin de Docencia del Centro.Artculo 29.El Presidente de la Comisin de Docencia del Centro dispondr de un plazo de dos das hbiles desde que

    se le comunic la resolucin del tribunal para notificarla al interesado y, cuando proceda, para remitirla a losservicios administrativos del Centro para su ejecucin. El Presidente de la Comisin de Docencia del Centroinformar al Pleno de la misma en su sesin inmediatamente posterior de todas las resoluciones que, en estamateria, se hayan producido.

    Artculo 30.Contra la resolucin notificada por el Presidente de la Comisin de Docencia del Centro, el alumno podr

    interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.

    NORMAS SOBRE CONVOCATORIA DE EXMENES

    (Aprobado en la sesin del Consejo Social de 30 de septiembre de 1988)

    El Consejo Social de la Universidad de Salamanca, en sesin ordinaria celebrada el da 30 de septiembre de1988, en el punto 5. del orden del da, relativo a discusin y aprobacin, si procede, de las normas de perma-nencia de alumnos en la Universidad de Salamanca.

    ACORD:Aprobar las siguientes normas de permanencia en la Universidad de Salamanca:Primera. Los alumnos que se matriculen en cualesquiera Centros o enseanzas impartidas por la

    Universidad de Salamanca dispondrn de un mximo de 6 convocatorias, libremente administradas en el tiem-po por sus beneficiarios, para superar cada asignatura incluida en los correspondientes Planes de Estudio.

    Segunda. La no presentacin por parte de los alumnos al examen final de la asignatura no ser compu-tada a los efectos de determinacin del cupo de convocatorias disponibles.

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Tercera. Agotado el nmero de convocatorias ordinarias, los alumnos interesados podrn solicitar delDecano o Director de su Centro, mediante escrito razonado y con aportacin de cuantos medios de pruebaestime de inters, la concesin de una primera convocatoria especial. Previo informe de la Comisin deDocencia del Centro, el Decano o Director resolver lo que proceda.

    Cuarta. Consumidas sin xito la convocatoria a que se refiere la norma anterior, el alumno podr asimis-mo solicitar del Rector de la Universidad, mediante escrito razonado y acreditacin de cuanto proceda, la con-cesin de una segunda y ltima convocatoria especial. La resolucin que se dicte deber ir precedida de infor-me de la Comisin de Docencia de la Universidad.

    Quinta. En los supuestos de las normas tercera y cuarta, en todo caso proceder el nombramiento de untribunal, con la composicin y rgimen de funcionamiento que determine la Junta de Gobierno de la Universidad.

    Sexta. Agotadas, en su caso, las convocatorias especiales sin que se haya superado la asignatura, el alumnotendr que abandonar los estudios cursados hasta el momento en la Universidad de Salamanca, sin perjuicionaturalmente de lo que dispongan al respecto otras Universidades del Estado.

    Sptima. La solicitud de nuevas convocatorias en la Universidad de Salamanca por parte de alumnos quehayan agotado sin xito los cupos establecidos en otras Universidades deber ser resuelta en cada caso por elRector de aqulla, previo informe de la Comisin de Docencia. En cualquier caso, no se podr conceder unnmero de convocatorias superior a tres.

    Octava. Los alumnos que, al tiempo de ser aprobadas estas normas, se encuentren matriculados en algnCentro de la Universidad y hayan consumido seis convocatorias en una o ms asignaturas podrn hacer uso delas posibilidades previstas en las normas tercera y, en su caso, cuarta.

    NOTA: En funcin del artculo 27 y de la disposicin derogatoria de la Ley Orgnica de Reforma Universitaria, slo las presentes normas sern de apli-cacin a la permanencia de los estudiantes en la Universidad de Salamanca (con independencia del curso y titulacin), al haber quedado derogados elDecreto Ley 8/1975, de 10 de Julio, para el funcionamiento institucional de la Universidad y el Real Decreto-Ley 8/1976, de 16 de Junio, sobre garantaspara el funcionamiento institucional.

    NORMAS REGULADORAS DE LOS EXMENES FIN DE CARRERA

    (Aprobadas en la sesin de Junta de Gobierno de 23 de octubre de 1987 y modificadas en las sesiones de 26 de noviembre de 1993 y 27 de octubre de 1994)

    Artculo 1. Podrn solicitar la realizacin de los exmenes fin de carrera aquellos alumnos que cumplanlos requisitos siguientes:

    Alumnos que cursan estudios en titulaciones que no han sido reformadas segn las directrices de los RealesDecretos 1497/87 y 1267/94:

    ESCU

    ELA T

    CN

    ICA

    SUPER

    IOR

    DE IN

    GEN

    IERA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • Podrn solicitar la anticipacin de la convocatoria aquellos alumnos que tengan pendientes un mximo de tresasignaturas repetidas para la finalizacin de sus estudios y estn matriculados en todas ellas. En las carreras quecontengan en su plan de estudios un Proyecto o un Practicum final, condicionada su presentacin a tener apro-badas todas las asignaturas, estos Proyectos o Practicum no computarn en el clculo de asignaturas pendientes.

    Alumnos que cursan titulaciones con planes de estudio elaborados segn las directrices de los RealesDecretos 1497/87 y 1267/94:

    Podrn solicitar la anticipacin de convocatoria aquellos alumnos que renan las siguientes condiciones:tener pendientes, para la finalizacin de sus estudios, un mximo de 8 asignaturas repetidas y que entre todasellas no superen el 15% de los crditos de que consta la titulacin, estando matriculados en todas ellas. El nme-ro de crditos correspondiente al 15% se entender por exceso. En las carreras que contengan en su plan deestudios un Proyecto o un Practicum final, condicionada su presentacin a tener aprobadas todas las asigna-turas, estos Proyectos o Practicum no computarn en el clculo de asignaturas pendientes.

    Art. 2. El alumno que est en esta situacin tendr derecho a solicitar ser examinado por el Profesor res-ponsable del grupo en el que est matriculado o por el que lo fue del grupo docente en el que estuvo integra-do el curso anterior. Para ejercitarse ese derecho deber dirigir instancia al Departamento correspondiente.

    Art. 3. En el caso en que el Departamento no accediera a dicha solicitud, el alumno podr dirigirse a laComisin de Docencia del Centro responsable del ttulo. Las decisiones colegiadas del Departamento y de laComisin de Docencia del Centro debern ser motivadas en la resolucin.

    REGLAMENTO DE GRADO DE SALAMANCA

    (Texto refundido en las Sesiones de Junta de Gobierno de 29 de noviembre y 21 de diciembre de 2000)

    TTULO PRIMERODe la naturaleza y mbito de aplicacin del Grado de Salamanca

    Artculo 1. 1. Los Centros de la Universidad de Salamanca podrn establecer una forma cualificada de con-clusin de estudios para los diversos ciclos, opcional para el alumnado, y consistente en la presentacin de untrabajo experimental o terico de los estudios correspondientes: el Grado de Salamanca.

    2. El Grado de Salamanca constituye el nico sistema para obtener el Grado de Licenciatura y el deDiplomatura en la Universidad de Salamanca.

    3. El trabajo de Grado de Salamanca, de conformidad con el Reglamento de Estudios de tercer ciclo y doc-torado, puede servir tambin para superar los 12 crditos requeridos en el perodo de investigacin. Para ello,el estudiante puede solicitar, una vez matriculado de dicho perodo de investigacin, la convalidacin del Trabajo

    ESC

    UEL

    A T

    CN

    ICA

    SU

    PER

    IOR

    DE

    ING

    ENIE

    RA

    IND

    UST

    RIA

    L

    GUA ACADMICA 2007-2008. ESCUELA TCNICA SUPERIOR DE INGENIERA INDUSTRIAL DE BJAR

  • de Grado ya realizado conforme a los requisitos previstos en la presente normativa con excepcin de lossupuestos excluidos en el art.2. El Trabajo de Grado, asimismo, puede formar parte de la planificacin acad-mica del citado perodo en cada uno de los Programas de doctorado ofertados anualmente. En dicho caso, noprocede el trmite de convalidacin, y la Comisin de doctorado asumir la calificacin otorgada por la corres-pondiente Comisin evaluadora del trabajo.

    Art.2. 1. El Trabajo de Grado consistir en un trabajo monogrfico, indito, original, de carcter individual,en materia propia de la correspondiente especializacin, a realizar por el aspirante al Grado, bajo la direccinacadmica de uno o varios Profesores y/o profesionales en los trminos previstos en el siguiente apartado.

    2. El Trabajo de Grado se realizar en un Departamento Universitario o en el marco de Instituciones cien-tficas o profesionales pblicas o privadas, con las que se establezca una relacin de cooperacin a tal efecto.Ser tutelado por un Departamento de esta Universidad y deber ser dirigido por Profesores y AyudantesDoctores de ste si se trata del Grado de Licenciado, tanto si formara parte de un Programa de doctoradocomo si se realizara al margen y con independencia de dichos estudios, o por Profesores si se trata del Gradode Diplomado, en cuyo caso no podr ser convalidado a los efectos de trabajos de investigacin de estudiosde tercer ciclo, o por algn profesional Doctor perteneciente a la Institucin en la que se realice. Tampocopodr ser convalidado, a los efectos del periodo de investigacin de los estudios de tercer ciclo, el trabajo deGrado al que se refiere el nmero 4 del presente artculo. La direccin de un profesional Doctor o de unProfesor perteneciente a otro Departamento requerir la aprobacin del Consejo de Departamento queasume la tutela del trabajo.

    3. El Trabajo de Grado se redactar como regla general en castellano. El Departamento responsable podrautorizar su redaccin en otro idioma si existieran razones acadmicas que lo aconsejaran o hicieran necesa-rio y que habrn de justificar por escrito el graduando y el director del trabajo, al menos, al tiempo de forma-lizar la preinscripcin. Si se autorizara la redaccin en otro idioma, deber notificarse al Director o Decano delCentro en el que haya de procederse a la preinscripcin y matrcula dejndose constancia de ello en la prime-ra y se comunicar, en su momento, a los miembros propuestos para formar parte de la Comisin evaluado-ra garantizando que sta se encuentra en condiciones de juzgar el trabajo. En todo caso, se adjuntar con elejemplar para depsito un resumen de, al menos, 25 folios en castellano.

    4. Los alumnos de titulaciones cuyo Plan de estudios incorpore la realizacin de un Trabajo o Proyecto finde carrera podrn presentarlo para la obtencin del Grado de Salamanca, siempre que se hubiera realizado deforma individualizada por cada alumno, conforme a lo preceptuado en el apartado anterior, y una vez que estnen posesin del oportuno ttulo y cumplan los requisitos acadmicos y administrativos que para su exposicinestablecen las presentes Normas.

    Art.3. Para la obtencin del Grado de Salamanca ser necesario:a) Estar en posesin de un ttulo universitario oficial de primero o segun