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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO ANPE SUPERVISIÓN TÉCNICA “CONSTRUCCIÓN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA)” ANPE – DR 003/2012 PRIMERA CONVOCATORIA Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 262 de 15 de julio 2009 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios

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documento de licitacion de viviendas

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Documento Base de Contratacin de Servicios de Consultora en la Modalidad ANPE._______________________________________________________________________________________________

MODELO DE DOCUMENTO BASE DECONTRATACINDESERVICIOS DE CONSULTORA EN LA MODALIDAD ANPEINSTRUCCIONES GENERALES

i) El presente Modelo de Documento Base de Contratacin (DBC) se aplicar para contrataciones por Solicitud de Propuestas, desde Bs20.001.- (VEINTE MIL UN 00/100 BOLIVIANOS) hasta Bs1.000.000.- (UN MILLON 00/100 BOLIVIANOS),dentro la modalidad de Apoyo Nacional a la Produccin y Empleo (ANPE), de acuerdo con lo establecido en la Seccin II, del Capitulo IV,del Decreto Supremo N 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios (NB-SABS).

Para procesos de contratacin por Solicitud de Cotizaciones, no ser necesario utilizar el presente Modelo de DBC, debiendo la entidad crear su propio DBC, que podr incluir: los Trminos de Referencia, criterios de evaluacin, causales de descalificacin y otros que considere necesarios, de acuerdo con la naturaleza y caractersticas de la contratacin. Las Municipalidades con Elevados ndices de Pobreza, de acuerdo con lo establecido en el Artculo 14 del Decreto Supremo N 0181, aplicarn el presente Modelo de DBC para todas las contrataciones por Solicitud de Propuestas a partir de Bs20.001.- (VEINTE MIL UN 00/100 BOLIVIANOS) adelante.

ii) El DBC, establece aspectos de carcter obligatorio y referencial. Los aspectos de carcter referencial podrn ser modificados por la entidad convocante, sin que sea necesaria la autorizacin del rgano Rector.

Excepcionalmente, cuando se requiera introducir modificaciones a los aspectos de carcter obligatorio del Modelo de DBC, de manera previa a la publicacin de la convocatoria, la entidad convocante solicitar la aprobacin expresa del rgano Rector, segn lo regula el Artculo46 del Decreto Supremo N 0181.

Para la aprobacin de estas modificaciones la entidad convocante deber presentar su solicitud adjuntando la siguiente informacin:

a) Cuadro Comparativo conteniendo texto del modelo vigente, texto propuesto y su respectiva justificacin.

b) Informes tcnico y legal.

iii) El DBC, publicado en el SICOES, es el documento oficial que rige el proceso de contratacin, no pudiendo efectuarse modificaciones o enmiendas posteriores a su publicacin.iv) Dependiendo del servicio de consultora a contratar, se debe tomar en cuenta lo siguiente:En aquellos servicios de consultora en los que por su carcter multidisciplinario deban ser prestados por empresas consultoras no debern participar consultores individuales o viceversa.Las convocatorias debern necesariamente ser dirigidas a empresas consultoras o a consultores individuales no pudiendo participar ambos en una misma convocatoria.

Los criterios de evaluacin y asignacin de puntajes, para empresas consultoras (personas jurdicas), debern establecerse en el Formulario Referencial de Apoyo V-1 Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica para Personas Jurdicas.

Los criterios de evaluacin y asignacin de puntajes, para consultores individuales (personas naturales), debern establecerse en el Formulario Referencial de Apoyo V-2 Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica para Personas Naturales.

En caso que se requiera contratar dos o ms consultoras individuales con Trminos de Referencia iguales, se podr realizar un solo proceso de contratacin seleccionando a las propuestas mejor evaluadas.

v) El DBC contiene:

a)Parte I: Informacin General a los Proponentes;b)Parte II: Informacin Tcnica de la Contratacin;

c)Parte III: Anexos.

La Parte I, Informacin General a los Proponentes, establece las condiciones generales del proceso de contratacin.

La Parte II, Informacin Tcnica de la Contratacin, establece las particularidades del proceso de contratacin que deben ser elaboradas y proporcionadas por la entidad convocante y que deben contemplar el objeto de la contratacin, el plazo de entrega de los productos de la consultora, los Trminos de Referencia, el Cronograma de Plazos del Proceso de Contratacin, los datos particulares de la entidad convocante y toda otra informacin que se considere necesaria para el desarrollo de la consultora.Ejemplo:

Condiciones de los Trminos de Referencia: Cronograma de actividades a realizar y entrega de productos.

Presentacin de Informes.

Forma de pago.

Propiedad de los trabajos.Condiciones de los proponentes: Experiencia general y/o especfica segn sea persona natural o jurdica.

Cuando se considere necesario, el perfil profesional de personas naturales.

Cuando se considere necesario, criterios de subdivisin de los puntajes asignados para la calificacin, siempre que no impliquen la inclusin de otras condiciones a las sealadas.

La Parte III, contiene los siguientes Anexos:

Anexo 1.- Formularios para la Presentacin de Propuestas, que deben ser utilizados por los proponentes para la inclusin de la informacin especfica requerida

Anexo 2.-Formularios Referenciales de ApoyoAnexo 3.- Modelo Referencial de Contrato.PARTE IINFORMACIN GENERAL A LOS PROPONENTES1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACINEl proceso de contratacin de servicios de consultora se rige por el Decreto Supremo N 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el presente Documento Base de Contratacin (DBC).2. PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrn participar nicamente los siguientes proponentes:

a) Las personas jurdicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales.

b) Organizaciones No Gubernamentales (ONG), constituidas como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, sern consideradas nicamente cuando no se presenten propuestas o cuando exista una sola propuesta de personas jurdicas legalmente constituidas.

3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIN DE PROPUESTAS

(Si la entidad convocante considera necesaria la realizacin de: Consultas Escritas, Inspeccin Previa o Reunin Informativa de Aclaracin, podr incluir uno o varios de los siguientes numerales. Caso contrario, deber suprimirse el texto, manteniendo la numeracin y colocando al lado del numeral, el ttulo de No corresponde).

1.1 Inspeccin Previa No Corresponde

El proponente podr realizar la inspeccin previa en la fecha, hora y lugar, establecidos en el presente DBC o por cuenta propia.

1.2 Consultas escritas sobre el DBC No Corresponde

Cualquier potencial proponente podr formular consultas escritas dirigidas al RPA, hasta la fecha lmite establecida en el presente DBC.

1.3 Reunin Informativa de Aclaracin (Sealar No corresponde en caso de que no se realice esta actividad)

Se realizar una Reunin de Aclaracin, en la fecha, hora y lugar sealados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrn expresar sus consultas sobre el proceso de contratacin.

Las solicitudes de aclaracin, las consultas escritas y sus respuestas, debern ser tratadas en la Reunin de Aclaracin.

Al final de la reunin, el convocante entregar a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que as lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunin de Aclaracin, suscrita por los servidores pblicos y todos los asistentes que as lo deseen.4. GARANTAS

De acuerdo con lo establecido en el Artculo 20 de las NB-SABS, el proponente decidir el tipo de garanta a presentar entre: Boleta de Garanta, Boleta de Garanta a Primer Requerimiento o Pliza de Seguro de Caucin a Primer Requerimiento.4.1 Las garantas requeridas son:

a) Garanta de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante podr solicitar la presentacin de la Garanta de Seriedad de Propuesta, slo para contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).

b) Garanta de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitara la Garanta de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitucin de la Garanta de Cumplimiento de Contrato, se podr prever una retencin del siete por ciento (7%) de cada pago.c) Garanta de Correcta Inversin de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deber presentar una Garanta de Correcta Inversin de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deber exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.

4.2 Ejecucin de la Garanta de Seriedad de Propuesta:

La Garanta de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, ser ejecutada cuando:

a)El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo lmite de presentacin de propuestas.

b)El proponente adjudicado no presente, para la suscripcin del contrato, la documentacin original o fotocopia legalizada de los documentos sealados en el presente DBC, salvo impedimento debidamente justificado presentado oportunamente a la entidad.

c)El proponente adjudicado desista de suscribir el contrato en los plazos establecidos;

d)Se determine que el proponente se encuentra impedido para participar en el proceso de contratacin.

e)El proponente adjudicado no presente la Garanta de Cumplimiento de Contrato.

4.3 Devolucin de la Garanta de Seriedad de Propuesta:

La Garanta de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, ser devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) das, en los siguientes casos:

a) Despus de la notificacin con la Resolucin de Declaratoria Desierta.

b) En el caso de que existiese Recurso Administrativo de Impugnacin, luego de su agotamiento, en contrataciones con montos mayores a Bs. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).

c) Cuando la entidad convocante solicite la extensin del periodo de validez de propuestas y el proponente rehse aceptar la solicitud.

d) Despus de notificada la Resolucin de Cancelacin del Proceso de Contratacin.

e) Despus de notificada la Resolucin de Anulacin del Proceso de Contratacin, cuando la anulacin sea hasta antes de la publicacin de la convocatoria.

f) Despus de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.

4.4 El tratamiento de ejecucin y devolucin de las Garantas de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversin de Anticipo, se establecer en el Contrato.

5. RECHAZO Y DESCALIFICACIN DE PROPUESTAS

5.1 Proceder el rechazo de la propuesta cuando sta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.

5.2 Las causales de descalificacin son:

a) Incumplimiento u omisin en la presentacin de cualquier documento requerido en el presente DBC.

La omisin no se limita a la falta de presentacin de documentos, refirindose tambin a que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas.

b) Cuando la propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.

c) Cuando la propuesta econmica exceda el Precio Referencial.

d) Si se determinase que el proponente se encuentra dentro los impedimentos que prev el Artculo 43 de las NB-SABS.

e) Si para la suscripcin del contrato, la documentacin original o fotocopia legalizada de los documentos sealados en el presente DBC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificacin; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso.

f) Cuando el perodo de validez de la propuesta no se ajuste al plazo mnimo requerido;

g) Cuando el proponente presente dos o ms alternativas;

h) Cuando el proponente presente dos o ms propuestas;

i) Cuando el proponente no presente la Garanta de Seriedad de Propuesta, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), si sta hubiese sido requerida.

j) Si para la suscripcin del contrato, la documentacin original o fotocopia legalizada presentada no coincide con las fotocopias entregadas en la propuesta

6. ERRORES NO SUBSANABLES

Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificacin, los siguientes:

a) La ausencia de los Formularios de Presentacin de Propuestas, requeridos en el presente DBC.b) La falta de la propuesta tcnica o parte de ella.

c) La falta de la propuesta econmica o parte de ella;

d) La falta de presentacin de la Garanta de Seriedad de Propuesta o cuando esta sea girada por monto o plazo de vigencia, menores a los requeridos, o la misma fuese emitida en forma errnea, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).

e) La ausencia del Poder del Representante Legal del proponente.

f) La falta de firma del Representante Legal en uno (1) o varios de los Formularios y Documentos solicitados en el presente DBC.

g) La ausencia de documentacin, formularios y aspectos solicitados en el presente DBC.

h) Cuando producto de la revisin aritmtica de la propuesta econmica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%) entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por el Responsable de Evaluacin o la Comisin de Calificacin.

i) Cuando se presente en fotocopia simple, los documentos solicitados en original o fotocopia legalizada.

7. DECLARATORIA DESIERTA

El RPA declarar desierta una convocatoria pblica, de acuerdo con lo establecido en el Artculo 27 de las NB-SABS.

8. CANCELACIN, SUSPENSIN Y ANULACIN DEL PROCESO DE CONTRATACIN

El proceso de contratacin podr ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripcin del contrato, mediante Resolucin expresa, tcnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artculo 28 de las NB-SABS.

9. RESOLUCIONES RECURRIBLES

Los proponentes podrn interponer Recurso Administrativo de Impugnacin, en procesos de contratacin por montos mayores a Bs. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), nicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del pargrafo I del Artculo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legtimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Captulo VII del Titulo I de las NB-SABS.

10. DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE

10.1 Los documentos que deben presentar las personas naturales son:a) Formularios de Presentacin de la Propuesta.b) Cedula de Identidad, en fotocopia simple.c) Propuesta en base a los Trminos de Referencia sealados en el presente DBC.

d) Garanta de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta econmica, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando esta sea requerida.10.2 Los documentos que deben presentar las personas jurdicas son:

a) Formularios de Presentacin de la Propuesta.b) Poder del Representante Legal del proponente, en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos, incluidas las empresas unipersonales cuando el Representante Legal sea diferente al propietario.

c) Propuesta en base a los Trminos de Referencia sealados en el presente DBC.d) Garanta de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta econmica, emitida a nombre de la entidad convocante, si sta hubiese sido requerida.

10.2.1 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos debern presentarse diferenciando los que corresponden a la asociacin y los que corresponden a cada asociado.

10.2.1.1 La documentacin conjunta a presentar, que debe ser firmada por el Representante Legal de la Asociacin Accidental, es la siguiente:

a) Formularios de Presentacin de la Propuesta.

b) Testimonio del Contrato de Asociacin Accidental, en fotocopia simple, que indique el porcentaje de participacin de los asociados, la designacin de la empresa lder, la nominacin del Representante Legal de la asociacin y el domicilio legal de la misma.

c) Poder del Representante Legal de la Asociacin Accidental, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y suscribir contratos a nombre de la Asociacin Accidental.d) Propuesta en base a los Trminos de Referencia sealados en el presente DBC.e) Garanta de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta econmica, emitida a nombre de la entidad convocante, si sta hubiese sido requerida.

10.2.1.2 Cada socio en forma independiente deber presentar la siguiente documentacin, firmada por el Representante Legal de cada asociado y no por el Representante Legal de la Asociacin:

a) Formulario de Identificacin.b) Poder del Representante Legal, en fotocopia simple.

10.3 Una Organizacin No Gubernamental (ONG), debe presentar la siguiente documentacin:

a) Fotocopia simple del Acta de Fundacin.

b) Fotocopias simples de Estatutos y reglamento interno, si corresponde.

c) La Resolucin Suprema que aprueba la personalidad jurdica correspondiente, en fotocopia simpled) Propuesta en base a los Trminos de Referencia sealados en el presente DBC.

En caso de que la ONG sea adjudicada presentara estos documentos en original o fotocopia legalizada10.4 Los Formularios de la propuesta son declaraciones juradas de los proponentes, que deben ser presentados en original con la firma del Representante Legal.

Para las empresas unipersonales, estos Formularios sern firmados directamente por su propietario, cuando no acrediten a un Representante Legal.

Para personas naturales estos formularios sern firmados directamente por el proponente o su Representante Legal.

10.5 El Poder del Representante Legal deber tener la constancia de inscripcin en el Registro de Comercio. Esta inscripcin podr exceptuarse para otros proponentes cuando la normativa legal inherente a su constitucin as lo prevea.

11. RECEPCIN DE PROPUESTAS

11.1 La recepcin de propuestas se efectuar, en el lugar sealado en el presente DBC hasta la fecha y hora lmite fijados en el mismo.11.2 Los proponentes podrn presentar sus propuestas segn su criterio: de manera abierta o en sobre cerrado, situacin que deber consignarse en el registro o libro de actas.

11.3 Cuando el proponente decida presentar su propuesta en sobre cerrado, ste no deber ser abierto hasta antes de la fecha y hora lmite de plazo establecida para su presentacin.

12. APERTURA DE PROPUESTASLa apertura pblica de propuestas se realizar en la fecha, hora y lugar sealados en el presente DBC, donde se dar lectura de los precios ofertados.El acto se efectuara as se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluacin o la Comisin de Calificacin suspender el acto y recomendar al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta

13. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La entidad convocante, de acuerdo con el Artculo 23 de las NB-SABS, para la evaluacin de propuestas podr aplicar uno de los siguientes Mtodos de Seleccin y Adjudicacin:

a) Calidad, Propuesta Tcnica y Costo.b) Calidad.

c) Presupuesto Fijo.

d) Menor Costo.

14. EVALUACIN PRELIMINAR

El Responsable de Evaluacin o la Comisin de Calificacin, en sesin reservada y segn la verificacin de presentacin de documentos del Acto de Apertura, determinar si las propuestas continan o se descalifican aplicando la metodologa de CUMPLE/NO CUMPLE en la presentacin de documentos y los Trminos de Referencia.15. APLICACIN DE LOS METODOS DE SELECCIN Y ADJUDICACIN

15.1 Evaluacin con el Mtodo de Seleccin y Adjudicacin de Calidad, Propuesta Tcnica Y Costo

Cuando se elija este Mtodo, el procedimiento de evaluacin ser el siguiente:

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas:1. Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica, y2. Evaluacin del Costo o Propuesta Econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

1. Calidad y Propuesta Tcnica: 100 puntos

2. Costo o Propuesta Econmica:100 puntos

15.1.1 Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica

Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluacin preliminar, la entidad convocante aplicara los criterios de evaluacin y asignar los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de setenta (70) puntos, sern descalificadas y no accedern a la evaluacin econmica.

15.1.2 Evaluacin del Costo o Propuesta Econmica

La evaluacin de costo o propuesta econmica consistir en asignar cien (100) puntos a la propuesta econmica de menor costo. Al resto de propuestas se les asignar puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmulaPEMC * 100Pi = ________________

PEi

Donde:

n= Nmero de propuestas admitidas

i= 1,2,nPi= Puntaje de la Evaluacin del Costo o Propuesta Econmica del proponente i

PEi= Propuesta Econmica del proponente i

PEMC= Propuesta Econmica de menor costo

15.1.3 Determinacin del Puntaje Total

Una vez calificadas las propuestas mediantela evaluacin de la calidad y propuesta tcnica y del costo o propuesta econmica, se determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTi = c1 PCTi + c2 Pi

Donde:

PTi= Puntaje total del proponente i

PCTi= Puntaje por evaluacin de la calidad y propuesta tcnica de la propuesta i

Pi = Puntaje de la evaluacin del costo o propuesta econmica del proponente i

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica = (La entidad seleccionara este valor que podr estar comprendido entre 0.70 c1 0.90)

c2 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin del Costo o Propuesta Econmica = (La entidad seleccionara este valor que podr estar comprendido entre 0.10 c2 0.30)

Los coeficientes de ponderacin debern cumplir la condicin: c1+ c2 = 1Se adjudicar la propuesta cuyo puntaje total (PTi) sea el mayor.

Para el presente proceso de contratacin se establecen los siguientes coeficientes de ponderacin:

CoeficienteDescripcinValor (*)

Coeficiente de ponderacin para la evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica

Coeficiente de ponderacin para la evaluacin del Costo o Propuesta Econmica

(*) Estos valores debern ser establecidos de manera previa a la publicacin de la convocatoria por la entidad convocante, los cuales no podrn ser modificados.15.2 Evaluacin con el Mtodo de Seleccin y Adjudicacin de Calidad

Cuando se elija este Mtodo, el procedimiento de evaluacin ser el siguiente:

Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluacin preliminar, la entidad convocante aplicara los criterios de evaluacin y asignar los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica.

De todas las propuestas que hubieran alcanzado por lo menos setenta y cinco (75) puntos, se adjudicar a la propuesta que obtuvo la mejor calificacin y que no sobrepase el precio referencial.

15.3 Evaluacin con el Mtodo de Seleccin y Adjudicacin de Presupuesto Fijo

Cuando se elija este Mtodo, el procedimiento de evaluacin ser el siguiente:

La entidad establecer un presupuesto fijo, que cancelar por la prestacin del servicio de consultora.Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluacin preliminar, la entidad convocante aplicara los criterios de evaluacin y asignar los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de setenta (70) puntos, sern descalificadas.

De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mnimo requerido, se adjudicar a aquella que presente la mejor calificacin tcnica.15.4 Evaluacin con el Mtodo de Seleccin y Adjudicacin de Menor Costo

Cuando se elija este Mtodo, el procedimiento de evaluacin ser el siguiente:

Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluacin preliminar, la entidad convocante aplicara los criterios de evaluacin y asignar los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de Evaluacin de la Calidad y Propuesta Tcnica.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de setenta (70) puntos, sern descalificadas.De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje tcnico mnimo requerido, se adjudicara a aquella que tenga el menor costo.16. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIN Y RECOMENDACIN

El Informe de Evaluacin y Recomendacin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta, deber contener mnimamente lo siguiente:

a) Nmina de los proponentes.b) Cuadros Comparativos.c) Cuadros de evaluacin.d) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.e) Causales para la descalificacin de propuestas, cuando corresponda.

f) Otros aspectos que el Responsable de Evaluacin o la Comisin de Calificacin considere pertinentes.

g) Recomendacin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta.17. ADJUDICACIN O DECLARATORIA DESIERTA1.1. El RPA, recibido el Informe de Evaluacin y Recomendacin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitir la Adjudicacin o Declaratoria Desierta.

1.2. En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluacin o la Comisin de Calificacin la complementacin o sustentacin del informe, podr autorizar la modificacin del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisin de la Adjudicacin o Declaratoria Desierta.

Si el RPA, recibida la complementacin o sustentacin del Informe de Evaluacin y Recomendacin, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendacin, deber elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contralora General del Estado.1.3. Para contrataciones mayores a Bs. 200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) el RPA deber emitir Resolucin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta, para contrataciones menores a dicho monto la entidad determinar el documento de adjudicacin o declaratoria desierta.

1.4. La Resolucin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta ser motivada y contendr, en la parte resolutiva, mnimamente la siguiente informacin:

a) Nmina de los participantes y precios ofertados.

b) Los resultados de la calificacin.

c) Causales de descalificacin, cuando corresponda.d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.

1.5. La Resolucin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta ser notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el artculo 51 de las NB-SABS. La notificacin, deber incluir copia de la Resolucin y del Informe de Evaluacin y Recomendacin de Adjudicacin o Declaratoria Desierta.18. SUSCRIPCIN DE CONTRATO Y PAGO

18.1 Para la suscripcin de contrato el proponente adjudicado deber presentar la siguiente documentacin en original o fotocopia legalizada, siendo causal de descalificacin de la propuesta el incumplimiento en su presentacin:

a) Cedula de Identidad (Personas Naturales)

b) Poder del Representante Legal (Personas Jurdicas)

c) Nmero de Identificacin Tributaria (NIT), salvo lo previsto en el numeral 19.4.

d) La Garanta de Cumplimiento de Contrato y la Garanta de Correcta Inversin de Anticipo, cuando correspondan.

e) La certificacin emitida por la Gestora Pblica de la Seguridad Social de Largo Plazo, de no adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones. (Ley 065 art. 100 Ley de Pensiones).

18.2 La entidad convocante deber otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) das para la presentacin de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presenta los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso podr continuar.Si el proponente adjudicado no cumple con la presentacin de los documentos requeridos para la suscripcin del contrato, se ejecutar su Garanta de Seriedad de Propuesta, si sta fue requerida, y se proceder a la evaluacin y, cuando corresponda, a la adjudicacin de la siguiente propuesta mejor evaluada, siempre que la misma no exceda el precio referencial, y as sucesivamente. En este caso el RPA podr autorizar la modificacin del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisin de la Resolucin de Adjudicacin.18.3 Los pagos por el servicio se realizarn previa la conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proponente.

18.4 En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deber retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.En los contratos suscritos para servicios de consultora individual de lnea, al encontrarse las personas naturales sujetas al Rgimen Complementario de Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), la entidad convocante solicitar a los consultores contratados el Nmero de Identificacin Tributaria (NIT) de registro en el Servicio de Impuestos Nacionales como contribuyentes directos del RC-IVA, siendo responsabilidad del consultor presentar la declaracin jurada trimestral al Servicio de Impuestos Nacionales.19. MODIFICACIONES AL CONTRATOLas modificaciones al contrato podrn efectuarse mediante:

a) Contrato Modificatorio: Cuando la modificacin a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrn realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no debern exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.

b) Contrato Modificatorio para consultores individuales de lnea: Cuando la Unidad Solicitante requiera ampliar el plazo del servicio de consultora individual de lnea deber, de manera previa a la conclusin del contrato, realizar una evaluacin del cumplimiento de los Trminos de Referencia. En base a esta evaluacin, la MAE o la autoridad que suscribi el contrato principal podr tomar la decisin de ampliar o no el contrato del Consultor.

Esta ampliacin podr realizarse hasta un mximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada ampliacin al establecido en el contrato principal.

PARTE II

INFORMACIN TCNICA DE LA CONTRATACIN20. CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIN

A. CONVOCATORIA

Se convoca a la presentacin de propuestas para el siguiente proceso:

Entidad convocante:Gobierno Autnomo Departamental de Cochabamba

Modalidad de Contratacin:Apoyo Nacional a la Produccin y Empleo

CUCE:-----

Cdigo interno que la entidad utiliza para Identificar al proceso:ANPE DR 003/2012

Objeto de la contratacin:SUPERVISIN TCNICA CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA)

Mtodo de Seleccin y Adjudicacin:a) Calidad, Propuesta Tcnica y Costob) Menor Costoxc) Presupuesto Fijo

d) Calidad

Forma de Adjudicacin:POR EL TOTAL

Precio Referencial:Bs.275.000,00.-(doscientos setenta y cinco mil 00/100 bolivianos)

Garanta de Seriedad de Propuesta(Suprimir en caso de que no se requiera esta garanta):El proponente deber presentar una Garanta equivalente al 0.5% del valor de su propuesta econmica. (Validez 90 das)

Garanta de Cumplimiento de Contrato

(Suprimir en caso de que no se requiera esta garanta):El proponente adjudicado deber constituir la garanta del cumplimiento de contrato o solicitar la retencin del 7% en caso de pagos parciales.

Organismo Financiador:Nombre del Organismo Financiador

(de acuerdo al clasificador vigente)% de Financiamiento

T.G.N.- Impuesto Directo a los Hidrocarburos100

(*) Aplicable nicamente para la contratacin de Consultores Individuales de Lnea (

B. INFORMACIN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIN (DBC)

Los interesados podrn recabar el Documento Base de Contratacin (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener informacin de la entidad de acuerdo con los siguientes datos:

Horario de atencin de la entidad :8:00 12:00, 14:30 18:30

Nombre CompletoCargoDependencia

Encargado de atender consultas:JUAN JOS SANGUEZA QUINTANILLAPROFESIONAL IDIRECCIN DE RIEGO

Domicilio fijado para el proceso de contratacin por la entidad convocante:DIRECCIN DE RIEGOS

Telfono:4235799

Fax:4254991

Correo electrnico para consultas:[email protected]

C. CRONOGRAMA DE PLAZOS

El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratacin, es el siguiente:

#ACTIVIDADFECHAHORALUGAR Y DIRECCIN

Da/Mes/AoHora: Min

1Publicacin del DBC en el SICOES y en la Mesa de Partes*:08/08/201216:00

2Inspeccin Previa (No es obligatoria) *:

3Consultas Escritas (No son obligatorias) *:

4Reunin de Aclaracin (No es obligatoria) *:17/08/201210:00Direccin de Riegos. Calle Litoral N 0984

5Fecha lmite de presentacin y Apertura de Propuestas*:21/08/201216:00Direccin de Riegos. Calle Litoral N. 0984

7Adjudicacin o Declaratoria Desierta:23/08/2012

8Notificacin27/08/2012

9Presentacin de documentos para suscripcin de contrato :05/09/2012

10Suscripcin de contrato:07/09/2012

(*) Estas fechas son fijas en el proceso de contratacin21. CONDICIONES Y TRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORATRMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO DE SUPERVISIN DE OBRAS

PROYECTO CONSTRUCCIN riego chogo laguna (presa)

1. ANTECEDENTES

La Gobernacin del Departamento de Cochabamba, a travs de la Direccin de Riego dependiente de la Secretara Departamental de Desarrollo Productivo y Economa Plural, se encuentra apoyando a las provincias del sector agropecuario del Departamento, en ese marco la Gobernacin requiere efectuar la SUPERVISIN TCNICA de las Obras del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), en el marco de las normas establecidas del sector Riego, la Ley de Promocin y Apoyo al Sector Riego para la Produccin Agropecuaria y Forestal (Ley N 2878), las Normas del Sistema de Inversin Pblica (SNIP) y el Decreto Supremo N 0181 y Reglamento de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios.

El proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), es una propuesta tcnica para mejorar la produccin agropecuaria predominante de subsistencia de la zona de los Valles del Departamento de Cochabamba, aprovechando el recurso hdrico existente en la zona.El estudio a Diseo final del proyecto, fue elaborado por el CENTRO AGUA a solicitud del Municipio de Pojo en el ao 2003, el mismo fue presentado posteriormente a la Prefectura de Cochabamba (ahora Gobierno Autnomo de Cochabamba) y evaluado, ste se constituye en el documento base para gestionar la realizacin del Servicio de Supervisin.

En ese marco se han elaborado estos TRMINOS DE REFERENCIA y canalizar a travs de una Consultora la realizacin del Servicio de Supervisin de Obras para la fase de inversin.

2. GENERALIDADES

La Gobernacin de Cochabamba requiere contratar los servicios de una consultora para la ejecucin del Componente de Supervisin Tcnica del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), considerando como documento base los trminos de referencia del proyecto elaborado. Especficamente, los servicios de supervisin se refieren a la realizacin de las actividades que se indican a continuacin:

Actividades Preparatorias

Proceso de Adjudicacin

Ejecucin de Obras

Recepcin de Obras

Evaluacin e informe final de los productos sealados en los objetivos especficos, como resultado del servicio de supervisin.

El servicio de supervisin tcnica a ser contratado, ser provisto por:

a) Las personas jurdicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales.

b) Organizaciones No Gubernamentales (ONG), constituidas como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, sern consideradas nicamente cuando no se presenten propuestas o cuando exista una sola propuesta de personas jurdicas legalmente constituidas.

De acuerdo al tipo de proyecto, magnitud, complejidad, nmero y localizacin de las obras comprendidas en el proyecto la empresa o asociacin de empresas consultoras, propondr la asignacin del personal clave idneo para la Supervisin del Proyecto.

La Supervisin ser el responsable por todo el trabajo a ser realizado dentro de los alcances previstos en estos Trminos de Referencia, en el documento del proyecto y en el contenido aceptado de su propuesta.

El alcance del trabajo ser indicativo y no limitativo. La Supervisin, a juicio y experiencia propia, deber asimismo realizar otros trabajos que no se especifican en los puntos detallados a continuacin, pero considerados necesarios para cumplir con los alcances de acuerdo a las especificaciones tcnicas del proyecto.

3. OBJETIVO DEL SERVICIO DE SUPERVISIN

El objetivo general de los Servicios de Supervisin Tcnica que se contrate es el de representar fielmente los intereses del Contratante durante la construccin de la Obra, haciendo cumplir a cabalidad las exigencias del Contrato de Construccin y las Especificaciones Tcnicas, de tal manera de lograr una Obra a plena satisfaccin del Contratante.

Los objetivos especficos de la Supervisin son los siguientes: XE Los objetivos especficos la Supervisin son los siguientes: Planear, organizar, coordinar, controlar las actividades de Construccin XE Planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar las actividades de Construccin El Supervisor deber planear, organizar, coordinar, garantizar el cumplimiento del contrato y controlar que los trabajos efectuados por el contratista cumplan con los intereses y objetivos de la Gobernacin del departamento de Cochabamba. Cuya certificacin ser de su responsabilidad y deber tambin cumplir con los requisitos establecidos

Realizar una revisin del proyecto. XE Realizar una revisin del proyecto. Revisin, verificacin y complementacin del diseo de las secciones adoptadas en los elementos estructurales previstos en los planos de construccin, como ser hormign armado o ciclpeo, acero estructural para armaduras u otros. XE Revisin, verificacin y complementacin del diseo de las secciones adoptadas en los elementos estructurales previstos en los planos de construccin, como ser hormign armado o ciclpeo, acero estructural para armaduras u otros. Revisin de planos de emplazamiento, planta, perfil longitudinal y clculo de movimiento de masas. XE Revisin de planos de emplazamiento, planta, perfil longitudinal y clculo de movimiento de masas. Revisin de detalles constructivos en los planos de construccin y en su caso recomendar la adopcin de otros detalles constructivos). Realizar la verificacin y si fuera necesario el diseo para la nueva obra de toma generando los respectivos planos constructivos, presupuesto consolidado que incluir los anlisis de precios necesarios para dicha obra. XE Revisin de detalles constructivos en los planos de construccin y en su caso recomendar la adopcin de otros detalles constructivos). Complementar la informacin, con una investigacin de campo con la toma de muestras que considere necesarias; a cargo de la Empresa Constructora, de la superficie expuesta del terreno, bancos de prstamo, pozos de muestreo y ensayos de laboratorio. XE Complementar la informacin, con una investigacin de campo con la toma de muestras que considere necesarias; a cargo de la Empresa Constructora, de la superficie expuesta del terreno, bancos de prstamo, pozos de muestreo y ensayos de laboratorio. Garantizar la calidad de los trabajos de construccin que realice el Contratista. XE Garantizar la calidad de los trabajos de construccin que realice el Contratista. Medir y certificar las cantidades de obra que sern reconocidas al Contratista. XE Medir y certificar las cantidades de obra que sern reconocidas al Contratista. Revisar, corregir y aprobar los certificados de pago que presente peridicamente el Contratista para el pago por los trabajos efectuados. XE Revisar, corregir y aprobar los certificados de pago que presente peridicamente el Contratista para el pago por los trabajos efectuados. Revisin topogrfica del emplazamiento de la obra con equipo y personal propio de la supervisin.

Revisin de suelos y materiales de la ejecucin de la obra con equipo y personal propio de la supervisin XE Revisar, corregir y aprobar los certificados de pago que presente peridicamente el Contratista para el pago por los trabajos efectuados. .

Recomendar la recepcin Provisional y Definitiva de la Obra cuando as corresponda en funcin a lo establecido en la documentacin contractual. XE Recomendar la recepcin Provisional y Definitiva de la Obra cuando as corresponda en funcin a lo establecido en la documentacin contractual. 4. LOCALIZACIN E INFORMACIN EXISTENTE

4.1. Objetivos y alcance del proyecto

Mejorar las actuales condiciones de produccin agrcola y elevar el nivel de vida de las familias beneficiarias de los cinco grupos de riego inmersos en las comunidades de; Terneria, y Palca con la diversificacin de la produccin agrcola, el incremento de los rendimientos y el rea cultivada bajo riego, mediante el mejoramiento de la infraestructura de riego.

Los objetivos especficos son:

Incrementar la disponibilidad de agua para riego, mediante el mejoramiento de la infraestructura de riego, del sistema de riego Choqo Laguna.

Mejorar los ingresos econmicos de las familias beneficiarias, a travs del incremento de los rendimientos en la produccin agrcola y el rea bajo riego, basados en la mayor oferta de agua para riego y asistencia tcnica en la produccin agrcola bajo riego.

Fortalecer la gestin de la Organizaciones de Riego, del sistema de riego mejorado y los Comits de riego de los cinco grupos de riego, para que mantengan una gestin autnoma y sostenible en el futuro.

Las metas que se pretenden lograr con la implementacin del proyecto en esta fase es la siguiente:

La construccin de una presa homognea de tierra, con las siguientes caractersticas

CaractersticasPresa Choqo Laguna

Altura mxima16.50 m.

Ancho coronamiento4.50 m

Longitud de coronamiento126.70m.

Capacidad de embalse1809,420.7. m3

Volumen muerto369,093.01m3

Crecida mxima amortiguada9.44 m3/s

Talud aguas arribaV 1:H 2.5

Talud aguas abajoV 1:H 2

4.2. Ubicacin

Ubicacin PolticaMunicipio de Pojo, 2da seccin municipal de la Provincia Carrasco, Departamento de Cochabamba.

Ubicacin Geogrfica17 38 30 y 17 43 00 de Latitud Sud.

64 58 00 y 65 01 00 de Longitud Oeste.

Altura media 3200 msnm.

4.3. Informacin disponible

Para llevar a cabo el Servicio de Supervisin, estar disponible la siguiente informacin bsica:

Documento de Estudio a nivel de Diseo Final. Anexos al estudio a Diseo final

Planos del proyecto4.4. Vas de acceso a la zona del proyecto

El acceso al rea del proyecto, se puede efectuar a travs de dos vas alternativas (Ver mapa 1) Carretera antigua Cochabamba - Santa Cruz desde la altura de Lluthu Pampa, denominado tambin como Cruce.

Carretera Antigua Cochabamba - Santa Cruz, desde la altura de Ushpa Ushpa, detallados en el siguiente cuadro.

Vas de acceso al rea del proyecto

TramoDistancia(Km.)Tiempo de viaje (Horas/minutos)Estado de conservacin

Ruta I

Cochabamba-Epizana1292 horasRegular

Epizana -Lluthu Pampa461 horaRegular

Lluthu Pampa Palca1030 minutosMalo en tiempo de lluvias

Palca-Chullpas5.615 minutosMalo en tiempo de lluvias

Ruta II

Cochabamba-Epizana1292 horasRegular

Epizana-UshpaUshpa1415 min.Regular

U. Ushpa-Laime Toro-Palca501 hora y 15 min.Malo en tiempo de lluvias

Fuente: Centro AGUA 2002 El mapa 1, muestra el acceso a la cuenca Palca

El mapa 2, muestra la ubicacin de la cuenca Palca

Mapa 1. Acceso al sistema de riego Cuenca Palca (Acceso a la presa Chogo Laguna)

Mapa 2. Ubicacin de la Cuenca Palca (Lugar de emplazamiento de la presa Chogo Laguna)5. ALCANCE DEL SERVICIO DE SUPERVISIN

5.1. Personal y relacin funcional

Para la ejecucin del Servicio de Supervisin Tcnica de las Obras del proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA) es necesario que el mismo este a cargo de: a) Personas jurdicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales y b) Organizaciones No Gubernamentales (ONG), constituidas como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro que sern consideradas nicamente cuando no se presenten propuestas o cuando exista una sola propuesta de personas jurdicas legalmente constituidas, con profesionales especialistas calificados que tengan experiencia en la supervisin o construccin de obras hidrulicas, presas y sistemas de riego o micro-riego de similares caractersticas.

As mismo la Gobernacin del Departamento de Cochabamba asume en forma directa la Fiscalizacin del proyecto, por ser responsable ante el Estado Boliviano, de la idoneidad y calidad de las obras ejecutadas, contexto en el cual se establece que jerrquicamente el Fiscal de Obra responde funcionalmente a la Direccin de Riego dependiente de la SDDPEP y por ello a la Gobernacin, el cual establecer la lnea directa de coordinacin para uniformizar criterios en la prestacin de servicios de supervisin, as como de los mecanismos de fiscalizacin por parte del respectivo tcnico asignado al efecto.5.2. Servicios de Supervisin

Los alcances de los trabajos especficos de la supervisin, sern definidos en forma detallada y se incluirn en los trminos contractuales a suscribirse entre la Consultora y la Gobernacin.

Entre otras, el Supervisor tendr las siguientes funciones y responsabilidades:

a) Actividades preparatorias

Revisar y analizar los antecedentes y la documentacin que habilita la ejecucin del proyecto (documento de proyecto, planos, cartas, compromisos relacionados con el proyecto y otros necesarios para su trabajo).

Elaborar el plan y cronograma detallado de actividades.

Realizar el seguimiento del proyecto una vez que haya sido aprobada la asignacin financiera, hasta la entrega del proyecto concluido a la Comunidad Beneficiaria (CB).

Verificar los alcances y contenidos del Contrato con la Empresa Contratista (EC), los compromisos establecidos por parte de los Municipios y las Comunidades Beneficiarias.

Revisar y conocer los Pliegos de Especificaciones Administrativas y Tcnicas, la Propuesta Adjudicada, Plan o cronograma de ejecucin, Planos de Obras y Memorias de Clculo para su utilizacin cotidiana en el sitio del proyecto y la exigencia de cumplimiento a la Empresa Contratista.

Velar por el cumplimiento y uso de los Documentos Normativos del Viceministerio de Recursos hdricos y Riego y de la Gobernacin de Cochabamba, para la ejecucin del Proyecto (formato de informe de supervisin, certificados, fichas y formatos para las valorizaciones), aplicacin del Formulario de Seguimiento a Proyectos (SGP); as como de otros documentos que norman y/o rigen la ejecucin de los proyectos.

Revisar, evaluar y aprobar el cronograma de ejecucin de obras contenido en los alcances del proyecto (propuesta adjudicada y realizada durante la ejecucin del proyecto).a) Ejecucin de obras

Dar la orden de inicio de ejecucin de las obras, previa verificacin de la calidad y cantidad suficiente de insumos, inmediatamente despus de haberse otorgado el anticipo de obra en favor de la Empresa Contratista.

Organizar la apertura y el uso del Libro de rdenes, para el registro de todo lo actuado, por constituirse este Libro en el nico documento legal a los fines de conocer el manejo de la ejecucin de la obra.

Verificar y aprobar el replanteo adecuado y oportuno de las obras, dando su conformidad al respecto.

Velar por el cumplimiento regular de las actividades programadas en el cronograma de obras dentro los plazos establecidos, imponiendo los correctivos oportunos que fueren necesarios.

Velar por el estricto cumplimiento de los trminos contractuales especficos suscritos con la Empresa Contratista, la vigencia y oportuna renovacin de las Boletas Bancarias de Cumplimiento de Contrato y de Anticipo, as como el cumplimiento de la propuesta ofertada y adjudicada.

Verificar los cmputos mtricos respectivos (cuantificando los mismos), la calidad de las obras terminadas, as como la planilla de avance de obra (Valorizacin a travs de Certificados de Avance de Obras CAOs).

Mantener regularidad en la correspondencia oficial de las obras y la actualizacin de la Base de Datos de Informacin mensual con toda la informacin relativa al proyecto.

Verificar y certificar la calidad de las obras de conformidad a los pliegos de especificaciones tcnicas de los proyectos, as como el cumplimiento de otras instrucciones especficas que se impartan.

Ordenar la realizacin de pruebas y ensayos de materiales en obra, de acuerdo a las especificaciones tcnicas y cuando as se considere necesario.

De conformidad a las especificaciones del pliego, instruir las rdenes de trabajo y de cambio que fueren necesarias para modificar volmenes de obra y/o incluir o suprimir tems.

Controlar el cumplimiento de la oferta y cronograma contractual, a partir de la orden de inicio de obras y apertura del libro de rdenes, verificando fehacientemente las causales de demora que pudieran existir en la ejecucin del proyecto, evaluando los justificativos de prrroga a objeto de otorgar la ampliacin al plazo contractual si as correspondiere y aprobar las modificaciones al Cronograma de Obra, informando oportunamente al Fiscal de Obras para su visto bueno respectivo.

Demostrar permanencia en obra durante los das hbiles del mes, certificando por escrito su presencia con el aval de la organizacin de regantes beneficiarios y/o de la entidad Municipal. Independientemente de la frecuencia de visitas o permanencia en obra, el Supervisor asumir la obligacin de estar presente en la obra durante el desarrollo de actividades y/o ejecucin de obras que requieran observacin y/o control directo.

Supervisar el cumplimiento de las medidas de mitigacin establecidas en el proyecto; llenar el cuadro de control de avance de estas medidas e identificar los impactos ambientales no previstos durante la ejecucin del proyecto. Establecer una orden de cambio, si as amerita, por la magnitud de los impactos y correcciones que se requieran hacer, con el visto bueno de la Entidad Ejecutora. Realizar diseos o rediseos necesarios si existieren modificaciones en la obra no pudiendo para este fin solicitar incrementos en el techo presupuestario de la supervisin u contrato modificatorio alguno.

b) Recepcin de las obras

Verificar la conclusin fsica de las obras acreditando la misma en acta de recepcin provisional, previo cumplimiento del contratista a las observaciones que se pudieran haber efectuado antes de dicho acto. Absueltas y satisfechas todas las observaciones, proceder con la recepcin definitiva y la correspondiente entrega de obras a los beneficiarios.

Exigir a la Empresa Contratista la presentacin de los planos definitivos de la obra (As Built) de acuerdo a los trminos del contrato.

Prever y organizar la Recepcin Provisional de obras, la Recepcin Definitiva de las mismas, y la Entrega en favor de la organizacin beneficiaria, efectuando la elaboracin y suscripcin de las actas correspondientes.

Verificar el cumplimiento de las medidas de mitigacin establecidas en el proyecto; y que el mismo no haya alterado y/o modificado en gran magnitud el medio ambiente.

6. ACTIVIDADES ReferenciaLES DE LA SUPERVISIN

Las actividades a ser realizadas y que son de referencia general para desarrollar el Servicio de SUPERVISIN TCNICA para la ejecucin del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA) se detallan a continuacin.

6.1. Autoridad del Supervisor

El Supervisor tendr facultad y responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a la calidad y aceptacin de los materiales empleados, trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, interpretacin de planos y especificaciones, y la aceptabilidad y certificacin del cumplimiento del contrato de obra.

6.2. Acceso a la Obra

El Supervisor, el Fiscal de Obra designado por el Contratante, los funcionarios de dicha entidad y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante, tendrn en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisin de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo el Contratista proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo.

6.3. Instrucciones por escrito

Todas las instrucciones emitidas por el Supervisor debern ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razn justificada y con carcter excepcional el Supervisor considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista tambin deber cumplirlas. Tales instrucciones debern ser confirmadas por escrito, ya sea antes o despus de ser cumplidas y debern ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones sern escritas en el Libro de rdenes.

Toda instruccin impartida por el Supervisor al Contratista, que no fuese representada debidamente sustentada y que no sea cumplida, ser motivo de sancin econmica, cuantificable de acuerdo a su gravedad por el Supervisor y descontada de la planilla o certificado de avance de obra imputable al perodo en que fue impuesta.

6.4. Orden de Proceder al Supervisor

A objeto que el Supervisor d inicio a sus servicios, el Contratante en la fecha en que desembolse el anticipo, emitir la Orden de Proceder mediante una carta expresa o acta de inicio.6.5. Inicio de los Servicios

Transcurrido el periodo de movilizacin que el contratante establezca en el Contrato (que no debe ser superior a 20 das calendario), el Supervisor dar inicio fsico a los servicios contratados.

6.6. Responsabilidad Profesional

El Supervisor, asumir la responsabilidad tcnica total de los servicios profesionales presentados bajo contrato. El conocimiento a detalle de todos los documentos y planos con los que se ha contratado la obra, son de su directa responsabilidad, por lo que no puede aducir desconocimiento alguno para eximirse de la responsabilidad final y total de la Supervisin Tcnica de la obra.

6.7. Responsabilidad Civil

En el caso que el Supervisor, en ejercicio de sus funciones, de lugar a que se emerja dao econmico al Estado, ser responsable de resarcir el mismo, una vez que mediante la accin legal correspondiente se haya demostrado tal hecho.

6.8. Responsabilidad Civil, solidaria y mancomunada

En el caso de Asociaciones Accidentales, las firmas componentes de la Supervisin Tcnica, sern responsables solidarias y mancomunadas del cumplimiento del contrato as como en el caso de cualquier demanda legal.

6.9. Propiedad de los Documentos

Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de clculo, planos, diseos y otros documentos que elabore el Supervisor con relacin a la obra, sern de propiedad del Contratante y en consecuencia debern ser entregados a ste en su totalidad y bajo inventario, quedando absolutamente prohibida la difusin de dicha documentacin, total o parcialmente, sin consentimiento previo y por escrito del Contratante.

6.10. Anlisis de los Diseos y Planos de Contrato

Los servicios del Supervisor se iniciarn con la revisin minuciosa de los planos con los que haya sido contratada la obra del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), los que debern ser analizados de acuerdo a las condiciones existentes en el terreno, en forma previa al proceso de movilizacin.

6.11. Replanteo Fsico y Trabajos Topogrficos

El Supervisor proceder al control de los trabajos topogrficos inciales, consistentes en el replanteo, nivelacin y levantamiento de secciones transversales, que servirn de base para la elaboracin de las rdenes de trabajo al Contratista. Para la ejecucin de los trabajos topogrficos, el Supervisor utilizar equipos de precisin y niveles pticos que permitan las precisiones que se especifican en los planos y especificaciones tcnicas de obra para lograr la completa y correcta ejecucin de los trabajos conforme lo exija el Supervisor.

6.12. Orden de Proceder al Contratista

El Supervisor a travs de la dependencia que requiri la ejecucin de la obra, emitir la Carta de Orden de Proceder al Contratista. Esta Orden ser emitida en la misma fecha en que el Contratista reciba el desembolso del anticipo y a partir de la misma comenzar a correr el plazo contractual de ejecucin de la obra.

A los efectos de control de plazo y de las incidencias de la obra, el Contratante, mediante el Fiscal de Obra, pasar copia firmada de dicha Carta de Orden de Proceder al Supervisor, tambin en la misma fecha en que se emita la Orden.6.13. Perodo de Movilizacin

El periodo de movilizacin del Contratista establecido en el contrato de ejecucin de obra, comienzan a correr en la fecha de emisin de la Orden de Proceder.

6.14. Anlisis y Aprobacin del Cronograma y/o Programa de Ejecucin de Obras

El Contratista, en el periodo de movilizacin, dentro del plazo previsto en su contrato siguiente a la emisin de la Orden de Proceder, deber presentar a consideracin del Supervisor, un cronograma o programa detallado de ejecucin de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecucin de los diferentes trabajos, incluyendo cualquier modificacin debidamente justificada con relacin al cronograma presentado con su propuesta, respetando el plazo total de ejecucin de obra aprobado por el Contratante. Este documento deber estar ajustado en fecha a la de emisin de Orden de Proceder al Contratista.

El cronograma o programa de trabajos deber ser elaborado utilizando el mtodo de Camino Crtico (CPM), el mtodo PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el Supervisor y el Fiscal de Obra.

6.15. Ritmo de Progreso de la Obra

El Supervisor realizar quincenalmente la evaluacin del progreso de la obra con relacin al programa de trabajo vigente y al cronograma de pagos.

Si en opinin del Supervisor, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y, por tanto no garantiza su terminacin en el plazo previsto, el Supervisor de forma independiente a la aplicacin de multas previstas en el contrato de obra, notificar por escrito sobre esta situacin al Contratista, quien deber adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. As mismo har conocer copia de esta comunicacin al Fiscal de Obra.

Si en el plazo prudencial fijado por el Supervisor, el Contratista no logra recuperar el atraso producido, estar obligado a presentar a consideracin del Supervisor un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicacin de rendimientos razonables que garanticen la terminacin de la obra en el plazo final establecido.

6.16. Suspensin Temporal de los Trabajos o Paralizacin Temporal de los Trabajos

El Supervisor mediante orden escrita al Contratista, podr suspender en forma temporal, sea parcial o totalmente la ejecucin de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes circunstancias en el lugar de trabajo del Contratista:

a) Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecucin de los trabajos programados.

b) Situacin emergente de desastres naturales o de conmocin social que impliquen la presencia de fuerza mayor o caso fortuito.

c) Si el Contratista se ve obligado a suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, har conocer esta situacin al Supervisor, de forma escrita (en el Libro de rdenes o por carta expresa), dentro de los diez (10) das calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento.

d) Condiciones de inseguridad para el personal del Contratista y del Supervisor, as como para el trfico vehicular y el pblico en general, por causas ajenas al Contratista.

e) Incumplimiento de las rdenes impartidas por el Supervisor.

f) Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del Contratista.

En cualquier caso de suspensin o paralizacin temporal de los trabajos, se levantar la medida tan pronto cesen las causas que motivaron la misma.

En el caso de los incisos a), b) y c) la suspensin temporal dar derecho al Contratista a solicitar ampliacin de plazo del contrato al Contratante a travs del Supervisor, quien emitir un informe del caso aceptando y validando lo requerido.

En el caso de los incisos d) y e), la suspensin temporal no dar derecho alguno al Contratista para solicitar ampliacin de plazo del Contrato, por lo que en caso que hiciese tal requerimiento ser negado directamente por el Supervisor.

6.17. Plazo para la Ejecucin de la Obra y Causas para su Ampliacin

El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra, ser el estipulado en el Contrato de Obra. sin embargo debe tomarse en cuenta que en el lapso que dure la ejecucin de la obra, pueden presentarse circunstancias o razones que determinen que el plazo contractual pueda ser ampliado, considerndose como causas sustentables las siguientes:

a) Condiciones atmosfricas extremadamente adversas dentro o fuera del periodo de lluvias, que imposibiliten materialmente la ejecucin normal de las obras.

Para acreditar esta situacin, el Supervisor, a solicitud del Contratista, dentro del plazo de cinco (5) das calendario subsiguiente a la solicitud, deber emitir la certificacin escrita, con la cual el Contratista presentar la solicitud de ampliacin de plazo.

La certificacin deber establecer qu actividades de la programacin en ejecucin no pudieron ser cumplidas y si los das efectivos de condiciones atmosfricas determinaron que en el o los das subsiguientes no se hubiese podido realizar la actividad programada.

b) Por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados con documentos y aprobados por el Supervisor.

c) Por desastres naturales en el lugar de las obras o que impidan a la misma el acceso del personal, equipo, materiales o suministros logsticos necesarios para la continuacin de los trabajos.

d) Por incremento necesario en las cantidades de obra que determinen un lapso mayor de actividad del Contratista, previa compensacin con las cantidades de obra que pudiesen haber sido reducidas. Dicho incremento deber estar autorizado mediante una Orden de Cambio sustentada tcnica y econmicamente.

Toda solicitud o reclamo de ampliacin de plazo de contrato deber ser presentada por escrito dentro de los treinta (30) das calendario subsiguientes a que se haya producido el hecho. El Contratista deber justificar razonablemente ante el Supervisor, el lapso de ampliacin que requiere, sin cuyo requisito la solicitud de ampliacin no podr ser considerada por el Supervisor ni por el Contratante.

A objeto de la ampliacin de plazo, el Supervisor segn el anlisis de la documentacin presentada, elaborar la respectiva Orden, junto a un informe especfico sobre la procedencia de la ampliacin de plazo.

En caso de improcedencia de la solicitud, el Supervisor emitir un informe para conocimiento del Contratante va Fiscal de Obra, a objeto de que con su aceptacin el Supervisor curse la respectiva carta de respuesta.

6.18. Mantenimiento de Obra en Ejecucin

El Contratista deber mantener la obra de ejecucin, en todas sus partes terminadas, en buenas condiciones, evitando que la accin de agentes atmosfricos o de otra naturaleza, ocasionen daos, los que de producirse debern ser inmediatamente reparados a satisfaccin del Supervisor.

La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligacin dar lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volmenes de obra ejecutada, hasta que su reparacin o reconstruccin haya sido satisfactoriamente realizada.

Se excepta de este mantenimiento los daos que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o intensidad hagan imprevisibles o intiles las medidas de preservacin de la obra.

6.19. Inspeccin de la Calidad de los Trabajos

El Supervisor ejercer la inspeccin y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. El Contratista deber proporcionar rpidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del Supervisor, que sern efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. El personal de inspeccin del Supervisor estar autorizado para llamar la atencin del Contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones tcnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos. Las instrucciones y observaciones verbales del personal del Supervisor debern ser ratificadas por escrito, en el libro de rdenes, que para el efecto deber tener disponible el Contratista.

Ningn trabajo ser cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobacin del Supervisor, y el Contratista estar obligado a solicitar dicha aprobacin, dando aviso al Supervisor con la debida anticipacin, cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infraccin de esta condicin obligar al Contratista a realizar por su parte todos los trabajos que considere necesarios el Supervisor para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorizacin. Es responsabilidad del Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia del personal del campo asignado por el Supervisor en cualquier fase de los trabajos, no podr en modo alguno exonerar al Contratista de su responsabilidad para la ejecucin de la obra de acuerdo con el Contrato.

6.20. Remocin de Trabajos Defectuosos

Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos tcnicos del Contrato, ser determinada como trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado por el Supervisor antes de la recepcin definitiva de la obra, que sea resultado de mala ejecucin, del empleo de material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier otra causa, ser removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la supervisin.

Si el Contratista no ejecutara la remocin de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstruccin dentro del plazo razonablemente establecido por el Supervisor, el contratante est facultado a realizar dichos trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta accin, sern pagados por el contratista y en consecuencia el importe se descontar de su planilla o certificado de obra, o de su garanta de cumplimiento de contrato. 6.21. Mediciones

Las cantidades de obra consignadas en los Formularlos de propuesta del Contratista, son cantidades estimadas y no debern tomarse como cantidades inamovibles del trabajo a ser ejecutado por el Contratista, pudiendo ser incrementadas o disminuidas dentro del margen del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, por causas debidamente justificadas.

Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutados de acuerdo a lo establecido en el contrato, sern medidas netas en las unidades especificadas en el respectivo Formulario de la propuesta. Excepto cuando los planos o las especificaciones tcnicas especiales lo establezcan de otra manera, todas las longitudes y distancias debern medirse en proyeccin horizontal. Las estructuras sern medidas de acuerdo con las lneas y cotas indicadas en los planos tomando en cuenta cualquier modificacin ordenada por el Supervisor, por escrito.

6.22. Nuevos tems de Trabajos No Incluidos en el Contrato

En caso que durante la ejecucin de la obra se requiera la realizacin de trabajos no consignados en los tems de contrato, los precios para cualquier nuevo tem de trabajo, sern convenidos de mutuo acuerdo, pero no podrn exceder del costo calculado por el Supervisor en ms del diez por ciento (10%).

Los precios convenidos para cualquier nuevo tem de trabajo y las modificaciones al plazo del Contrato, si corresponden debern incorporarse al contrato, con la emisin de una Orden de Cambio preparada con los sustentos tcnicos y econmicos respectivos por el Supervisor, que deber ser aprobado por el Fiscal de Obra.

En caso de que no pueda llegarse a un acuerdo con respecto a estos precios el Contratista continuar con la ejecucin de la obra sobre una base de precio de que considere el costo ms el porcentaje.

6.23. Inmodificabilidad de los Precios Unitarios de Contrato

Los precios unitarios del Contrato debern mantenerse inmodificables durante la ejecucin de la obra, inclusive en el caso de que las cantidades de los tems de contrato fuesen incrementados mediante Orden de Cambio.

6.24. Certificados y Planillas Mensuales de Pago

Mensualmente el Contratista presentar por escrito y con la fecha respectiva, un certificado o planilla por el total de trabajo ejecutado hasta la fecha, emergente de la medicin conjunta realizada con el Supervisor, para la aprobacin de esta.

El valor del pago mensual de los tems de contrato durante el mes en cuestin ser:

a) El monto acumulado por los tems ejecutados hasta la fecha.

b) Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior.

c) Menos la amortizacin del anticipo otorgado para movilizacin, de acuerdo al porcentaje establecido.

6.25. Firma y Fecha en el Certificado de Pago

Cada certificado de pago deber necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectan las mismas:

a) Firma del Contratista y fecha de entrega al Supervisor (Gerente y Residente de Obra)

b) Firma del Supervisor y fecha de entrega al Fiscal de Obra (Gerente y Residente de Supervisin).

c) Firma del Fiscal de Obra, fecha de remisin a la dependencia que realiza la obra.

d) Firma del Director(a) de Riego de la Gobernacin. Fecha de remisin a la autoridad delegada, para autorizacin de pago.

e) Firma de la Autoridad delegada, fecha de autorizacin del pago.

6.26. Incumplimiento en la Conclusin de la Obra Dentro del Plazo de Contrato

De acuerdo con las estipulaciones del Contrato de obra referente al plazo para la terminacin de la obra, por cada da de atraso en la conclusin de la misma, que no se encuentre debidamente justificado, el Contratista pagar una multa por mora, cuyo monto se establecer en el Contrato.

6.27. Terminacin de la Obra

A la terminacin de la obra, el Contratista mediante carta expresa solicitar al Supervisor, el sealamiento de da y hora para la realizacin de una inspeccin conjunta, para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las clusulas del contrato, planos y especificaciones, por consiguiente la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega provisional.

Realizada la inspeccin y una vez que el Supervisor considere tcnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborar un informe para conocimiento del contratante a travs del Fiscal de Obra, estableciendo la procedencia de la recepcin provisional, sealando da y hora a este fin. Este trmite deber procesarse en un tiempo mximo de cinco (5) das hbiles computables a partir de la solicitud de recepcin provisional.

6.28. Recepcin Provisional de la Obra

De no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la conclusin de la obra, luego del recorrido de inspeccin conjunta entre el Supervisor, el Contratista y los representantes tcnicos del Contratante como observadores; el Supervisor proceder a la recepcin provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad tcnica, suscribiendo el Acta correspondiente con el Gerente del Proyecto en la que se indicar claramente el estado final de la obra, hacindose constar si corresponde, todos los trabajos de correccin o complementacin que el Contratista debe ejecutar dentro del perodo de prueba. Esta Acta tambin deber ser suscrita por el Contratista (Gerente, Residente de Obra).

La fecha de solicitud de recepcin provisional servir para efectos del cmputo del plazo de ejecucin de la obra. 6.29. Recepcin Definitiva

Cumplido el plazo previsto por el Supervisor, subsiguiente a la recepcin provisional tendr lugar la recepcin definitiva de la obra. A este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicar que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitar al Supervisor fije da y hora para la recepcin definitiva de la Obra.

El Supervisor en consulta con el Contratante, fijar da y hora para el verificativo de la inspeccin tcnica final, que si corresponde se proceder a la recepcin definitiva de la obra.

A este acto concurrir el Gerente, Residente de la Obra en representacin legal del Contratista, el Gerente y Residente de Supervisin en representacin legal del Supervisor y los representantes tcnicos que a este efecto acredite el Contratante. La mencionada comisin realizar una inspeccin total de la Obra y si no surgen observaciones, proceder a la redaccin y firma del Acta de Recepcin Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad de las Comunidades beneficiarias, Comit u Asociacin de regantes, como propietaria, a los efectos de su utilizacin y mantenimiento.

6.30. Certificado Final de Pago

Inmediatamente despus de que la obra haya sido concluida a satisfaccin del Contratante y entregada definitivamente por el Contratista y el Supervisor, ste proceder a la preparacin del certificado de medicin final, el cual ser sometido al conocimiento, aceptacin u observaciones del Contratista, en forma escrita.

El Contratante no tendr responsabilidad alguna hacia el Contratista por cualquier reclamo emergente o relacionado con el contrato o la ejecucin de la obra, o a menos que dicho reclamo est plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas con la aprobacin del Supervisor el certificado final de pago seguir en trmite de aceptacin final y pago por el Contratante.

7. Informes y Calendario de Actividades

Durante la ejecucin del proyecto, el Supervisor elaborar sobre la base del trabajo desarrollado, los siguientes documentos:

7.1. Informe inicial y de verificacinUn informe inicial y de verificacin en 4 ejemplares originales a los 20 (veinte) das calendario de la recepcin de la orden de proceder, conteniendo un programa detallado de sus actividades (Plan de Trabajo) e indicando como se propone ejecutar y desarrollar el trabajo de seguimiento y verificacin durante el perodo de ejecucin de las obras, el mismo ser aprobado por el Fiscal y con el VB del Director del Riegos.

Adems el informe debe contener un anlisis de los planos, detalle de la informacin topogrfica para la ejecucin de las obras y de toda la infraestructura a construirse, de encontrarse la necesidad de modificaciones al proyecto debe darse a conocer el sustento tcnico junto al planteamiento, para su anlisis por parte de la Fiscala. En este documento adems debe anexar los cmputos mtricos, memorias de clculo, u otros segn requerimiento de la Direccin de Riegos.El programa de trabajo de la Supervisin una vez aprobado, solamente podr ser modificado si la obra ha sufrido algn cambio, este entrar en vigencia una vez efectuada la aprobacin escrita por parte de la Gobernacin de Cochabamba.

En caso de incumplimiento en la presentacin del informe inicial en el plazo previsto, el Supervisor se har pasible a sanciones establecidas en el contrato.7.2 Formulario de Seguimiento (SGP)

De uso mensual y obligatorio para informar sobre el estado de ejecucin del proyecto; el incumplimiento a la presentacin regular de este formulario dar lugar a la suspensin de todo pago por servicios de Supervisin y de Certificacin por Avance de Obra.

Este formulario deber llegar a la Gobernacin (Direccin de Riegos) hasta el da30 de cada mes conjuntamente la planilla de avance obra de forma indefectible, en cuatro copias impresas y en magntico.

7.3. Informes Mensuales de Supervisin

Este documento deber presentarse necesariamente cada mes y cada vez que se solicite un pago parcial por avance hasta la liquidacin final emergente del contrato de Supervisin, debe ser entregado en 4 copias originales, conjuntamente el SGP del periodo hasta el 30 de cada mes, este deber contener mnimamente:

Un informe narrativo del estado del proyecto en el ltimo periodo desde el anterior informe, sealando los eventos ms sobresalientes del mismo, las conclusiones y recomendaciones que corresponda.

El Balance Fsico - Financiero del proyecto y la valoracin porcentual que corresponda al pago parcial por el Servicio de Supervisin.

La Certificacin sobre permanencia de la Supervisin en obra.

En anexos todos los documentos generados durante la ejecucin de las obras en el periodo (actas, fotografas, notas, etc.)

Recomendaciones tendientes a modificar la metodologa que emplea el contratista para la gestin de los trabajos, capacitacin y entrenamiento o la estructura organizativa para la ejecucin de los mismos. Informe sobre la necesidad de ejecutar actividades no tipificadas que incluya las recomendaciones tcnicas y econmicas a adoptar. Informe sobre las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y recomendacin de las medidas a tomar para disminuir sus efectos con relacin al avance de las obras. Provisin de materiales informando sobre el cumplimiento del plan de acopios y su relacin con el plan de trabajo vigente. Consideraciones sobre la calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados, incluyendo los resultados de los ensayos y mediciones de contraste realizados por el Supervisor y el anlisis comparativo de los realizados por el proyecto.7.4. Informes especiales

Cuando se presenten aspectos o problemas que por su trascendencia influyan directamente en el desarrollo normal de las actividades del proyecto, la Supervisin elevar al Contratante a travs del Fiscal, un informe justificado sobre las causales y una propuesta de las acciones a ser adoptadas.

Asimismo, la Supervisin deber presentar otros informes que sean solicitados por el Fiscal de Obras o entidad contratante relacionados estrictamente sobre el estado de avance de las actividades del proyecto.

7.5. Informe final

El Informe Final sobre la ejecucin del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), debe contener una descripcin detallada de los volmenes de trabajo ejecutados, costos de rehabilitacin, personal y equipos utilizados, cumplimiento de plazos, problemas confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de cada obra construida, y cualquier otro aspecto relevante ocurrido durante la ejecucin de los trabajos y recomendaciones para el mantenimiento futuro y sugerencia para la ejecucin de obras en el futuro. Tambin deben incluirse los planos As Built definitivo de las obras.

El mismo deber ser presentado en cinco ejemplares originales, impresos debidamente presentables y en medio magnticos a los 15 das de la entrega definitiva y cierre del Proyecto, el mismo deber contar con la aprobacin del Fiscal asignado, Director de Riego, para que se proceda a la cancelacin del ltimo pago.

En forma complementaria al informe de las actividades realizadas en la Obra, la Empresa Supervisora deber preparar un INFORME TCNICO FINAL, que tiene por objeto la presentacin de los documentos que permitan obtener la informacin suficiente sobre las caractersticas del servicio prestado.

Resumen Ejecutivo

Caractersticas generales del proyecto

Datos estadsticos

Avance del cronograma de actividades

Informes tcnicos

Modificaciones introducidas al proyecto original, explicacin y justificacin.

Dificultades eventuales encontradas durante la ejecucin y soluciones realizadas

Recomendaciones sobre la construccin de las obras

En caso de incumplimiento en la presentacin del Informe Final dentro del plazo establecido, el Supervisor se har pasible a las sanciones estipuladas en el contrato.

7.6. El Informe sobre Aprobacin de Certificados de Avance de Obra (CAO)

Aprobacin de pagos del periodo, valorizado y adjuntando los siguientes documentos:

El correspondiente Certificado (CAO) rubricado por el Gerente y/o representante legal, Residente de Obra de la Empresa contratada, el Gerente de Supervisin y Supervisor. Por la entidad contratante firmarn el Fiscal de Obras, Direccin de Riego, y el Secretario correspondiente de la Gobernacin.

Las Planillas de cmputos mtricos debidamente llenadas en formato definido y suscritas por el Director de Obras y el Supervisor.

Copia del Libro de rdenes correspondiente a los actuados en el periodo certificado con las firmas, nombres y sello de los responsables.

Otros documentos exigibles como Actas de inicio de obras, fotocopias de boletas de garanta vigentes, fotografas, resultados de los anlisis de laboratorio, actas de Recepcin Provisional, Recepcin Definitiva, cartas e instrucciones generadas entre la Supervisin y el Contratista durante el periodo.

8. RESIDENCIA DEL SUPERVISOR XE RESIDENCIA DEL SUPERVISOR El Supervisor deber fijar su residencia en la zona del proyecto por lo que se debe establecer que el mismo ser un SUPERVISOR RESIDENTE y deber estar considerado dentro de la metodologa y planificacin. XE El Supervisor deber, contar con su residencia en la zona del proyecto por lo que se debe establecer que el mismo ser un SUPERVISOR RESIDENTE y deber estar considerado dentro de la metodologa y planificacin. La permanencia del Supervisor en el proyecto al cual sea contratado deber ser continua durante el plazo establecido en su contrato debiendo realizar Inspecciones permanentes de la construccin durante toda la semana, de manera de verificar los volmenes ejecutados y la calidad de la obra en relacin a lo determinado en los planos de construccin y especificaciones tcnicas.El cumplimiento de sus obligaciones sern realizadas con una permanencia en obra del 100% o a exigencia de la Direccin de Riegos, esto no exime del uso de horas extraordinarias, cuando las caractersticas de la obra as lo requieran.9. EQUIPO, TRANSPORTE, COMUNICACIONES XE EQUIPO, TRANSPORTE, COMUNICACIONES Para cumplir satisfactoriamente las actividades del contrato, deber disponer de: XE Para cumplir satisfactoriamente las actividades del contrato, deber disponer de: El Supervisor deber contar obligatoriamente con la Logstica requerida (personal, equipo, vehculo con un modelo como mximo 12 aos menor al ao del contrato, 4x4, etc.) y los recursos propuestos y requeridos en los presentes trminos de referencia para la prestacin de sus servicios. EQUIPO MNIMO REQUERIDO PARA LA SUPERVISIN DEL PROYECTOPERMANENTE

NDESCRIPCINUNIDADCANTIDADPOTENCIACAPACIDAD

1Vehculo 4X4 (Traccin 4 ruedas)Unidad1

2Equipo de computacin Unidad1

3Equipo de ComunicacinUnidad1

DE ACUERDO A REQUERIMIENTO

NDESCRIPCINUNIDADCANTIDADPOTENCIACAPACIDAD

1 Equipo Topogrfico (Estacin total con 3 prismas)Unidad1

2 Equipo de Laboratorio de Suelos y MaterialesUnidad1

El equipo a requerimiento es aquel necesario para la ejecucin de alguna actividad especfica; por lo que no se requiere su permanencia y disponibilidad permanente en la obra.

Para la firma del contrato el proponente adjudicado, presentar un Certificado de Garanta de operatividad y adecuado rendimiento del equipo y maquinaria ofertado por todo el plazo de construccin de la obra.

El Contratante no brindar mayores facilidades que la informacin disponible relativa con el proyecto, adems de medios de comunicacin adecuados a la zona del proyecto, como ser telfono celular o fijo, radio, etc. XE El Supervisor contara obligatoriamente con un vehculo cuyo modelo no sea inferior en ms de diez (15) aos al ao de suscripcin del contrato, telfono. El vehculo estar a disposicin exclusiva de la Supervisin, a partir de la firma del contrato, con dedicacin de tiempo completo. 10. Datos, Servicios, Personal e Instalaciones

La Direccin de Riego de la Gobernacin del Departamento, proporcionar la siguiente informacin y apoyo a la ejecucin de los Servicios:

Diseo Final del Proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA) Planos a nivel de ejecucin.

Especificaciones tcnicas de las obras.

Apoyo institucional en el relacionamiento con las entidades involucradas y beneficiarios.

Documentacin disponible en la Biblioteca de la Direccin de Riego de la Gobernacin del Departamento.

11. Plazo de Realizacin del Servicio

La Empresa Supervisora deber controlar y ser responsable de la ejecucin de la obra desde el momento en que recibe la Orden de Proceder hasta el cierre financiero del proyecto, sin considerar que en el intermedio hayan existido interrupciones en la ejecucin de la obra. Por lo que deber considerar que el monto de contrato para la supervisin es por la ejecucin total de la obra y no por plazo.

La ejecucin del servicio se computar a partir de la fecha de la Orden de Proceder emitida por el Fiscal de Obras de la Direccin de Riego.10. MTODO DE SELECCIN.

El mtodo de seleccin para la calificacin de los proponentes que se presenten a la convocatoria, estar basado en PRESUPUESTO FIJO, el cual permitir seleccionar al proponente que presente la mejor propuesta tcnica.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de setenta (70) puntos, sern descalificadas.

De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mnimo requerido, se adjudicara a aquella que presente la mejor calificacin tcnica, de acuerdo a los criterios de evaluacin detallados en el Formulario V-1.11. PRECIO REFERENCIAL

Como monto asignado para el Servicio de Supervisin del proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA) se tiene la suma de Bs. 275.000,00.- (doscientos setenta y cinco mil 00/100 Bolivianos), por lo que el contratante no asignar ningn monto adicional para el desarrollo de las obligaciones establecidas en el presente documento.

12. FORMA Y MONEDA DE PAGO

La forma de cancelacin de las planillas a favor del Servici de SUPERVISIN, tendr las siguientes caractersticas:

Anticipo.- La Gobernacin de Cochabamba como entidad contratante otorgar un anticipo hasta del 20% del monto total del contrato, a solicitud expresa de la Empresa adjudicada, una vez retirado el anticipo se contabilizar el tiempo de ejecucin del Servicio, respaldado con la Orden de Proceder.

Planillas de Pago.- Los pagos sern de forma gradual y de acuerdo al avance de las obras, los mismos se harn efectivos a la presentacin de las planillas de avance y a la presentacin de los Informes mensuales. La planilla final se cancelar una vez efectuada la entrega definitiva de la obra y presentado el informe final del servicio, el cual deber ser aprobado por el fiscal de Obras, bajo entera satisfaccin del Contratante.

Los pagos sern efectivizados en moneda boliviana, monto que incluye viticos, pasajes y todo gasto en que incurra el servicio de supervisin, por lo que el contratante no asignar ningn monto adicional para el desarrollo de las obligaciones establecidas en el presente documento.

13. GARANTAS.

Se establecen las siguientes garantas:

a) Garanta de cumplimiento de contrato: esta garanta ser presentada por el siete por ciento (7%) del monto total del contrato y/o segn corresponda en la normativa vigente.b) Garanta de correcta inversin de anticipo: ser por el cien por ciento (100%) del monto total otorgado. Este anticipo no podr ser mayor al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. Por todo anticipo la entidad, exigir la garanta que considere pertinente.13. PERSONAL CLAVE SOLICITADO PARA EL SERVICIO DE SUPERVISINEl personal clave necesario para cumplir con el SERVICIO DE SUPERVISIN en las obras del proyecto CONSTRUCCIN RIEGO CHOGO LAGUNA (PRESA), debe estar compuesto por el siguiente plantel profesional de amplia experiencia en obras de similares caractersticas, tal es el caso de obras de saneamiento bsico, riego y micro-riego u obras hidrulicas. El rea de especializacin se evaluara segn establece el siguiente cuadro:PERSONAL TCNICO CLAVE REQUERIDO

FORMACINCARGOREA DE ESPECIALIZACINEXPERIENCIA GENERALEXPERIENCIA ESPECIFICA

CURSOS/SEMINARIOSREALIZADOSTIEMPO MNIMO DE DURACIN DEL CURSO PARA SER CONSIDERADO EN LA EVALUACIN (EN HORAS)REATIEMPO MNIMO DE DESARROLLO EN LA FISCALIZACIN O DE SUPERVISIN TCNICA EN EJECUCIN DE OBRAS PARA SER CONSIDERADO EN LA EVALUACIN (EN MESES)REATIEMPO MNIMO DE DESARROLLO EN LA, FISCALIZACIN O SUPERVISIN TCNICA EN EJECUCIN DE OBRAS DE RIEGO Y MICRO RIEGO PARA SER CONSIDERADO EN LA EVALUAC