15834CARNETDifusiónReducc30%

2
CARNET DE CONDUCTOR 28º SESION ORDINARIA 24-10-02 ARCHIVO POR MAYORIA PROYECTO DE RESOLUCIÓN VISTO: El Expediente Nº 15834-BR-02, y; CONSIDERANDO: Que actualmente se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 3320, sancionada el 03 de sept iembre de 1998, medi ante la cual , en vi rt ud de la incorporación del Apartado V del Artículo 7º, incido 40º de la Ordenanza 2.419 (Tarifaria Municipal), la reducción del 30 % en el arancel por renovación del carnet de conductor, para aquellos contribuyentes que no registren antecedentes de infracciones de tránsito en los últimos cinco (5) años. Que no obstante la vig encia de dic ho benefi cio, se han producido observaciones por parte de vecinos automovilistas, relativas al incumplimiento habitual de dicha norma por parte de los funcionarios municipales competentes, en ocasión de sustanciar el trámite de renovación del carnet de conducir a aquellos solicitantes que encuadran en el perfil contemplado para ser beneficiarios de la reducción en cuestión. Que descartamos plenamente la animosidad o mala fe de los funcionarios municipales responsables, con lo cual se vislumbra que la única causa de la fal ta de apl icaci ón efe cti va de est a red ucción del 30 %, es el descon oci mi ent o de la exi stenci a y vig enci a de la mi sma, tanto por par te de las autor idades como por los eventuales automovilistas beneficiarios de la norma. Que entonces a fin de propender a satisfacer el espíritu de dicha di sposición, que no es ot ra que pr omover el cumplimiento irrest ri ct o de las regl amentaciones del tr ánsi to, incentivando la conducta dili gente de los vecinos automovilistas, mediante un rec onocimiento eco nómico que en la act ual coyunt ura socioeconómica en que vivimos, no es despreciable para el común de la gente, es que es pertinente dar activa y masiva difusión a la reducción consagrada por la Ordenanza 2.419, Artículo 7º, Inciso 40º Apartado V, así como la expedición de instrucciones precisas a los funcionarios del área competente, a fin que se observe el estricto cumplimiento de la misma, en los casos en que procediera. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA, SANCIONA CON FUERZA DE: R E S O L U C I O N Artículo 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que por las dependencias que corresp ondan, se dé masiv a difusión a la vigen cia de la reducción del 30 % en la tasa por renovación del carnet de conductor, consagrada por la Ordenanza 2.419, Artículo 7º, Inciso 40º Apartado V. Ar tículo .- SOLI CI TAR al Depart amento Ej ecut ivo Muni ci pal, que se expi dan ins tru cci ones pr eci sas a la Dir ección de Tr ánsito Mun ici pal , a fin que se ri guroso cumplimiento a la reducción del 30 % en la tasa por renovación del carnet de conductor, consagrada por la Ordenanza 2.419, Artículo 7º, Inciso 40º Apartado V. Artículos y 4º.- DE FORMA.-

Transcript of 15834CARNETDifusiónReducc30%

8/6/2019 15834CARNETDifusiónReducc30%

http://slidepdf.com/reader/full/15834carnetdifusionreducc30 1/1

CARNET DE CONDUCTOR28º SESION ORDINARIA 24-10-02

ARCHIVO POR MAYORIA

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

VISTO:

El Expediente Nº 15834-BR-02, y;

CONSIDERANDO:

Que actualmente se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº3320, sancionada el 03 de septiembre de 1998, mediante la cual, en virtud de laincorporación del Apartado V del Artículo 7º, incido 40º de la Ordenanza 2.419 (TarifariaMunicipal), la reducción del 30 % en el arancel por renovación del carnet de conductor, paraaquellos contribuyentes que no registren antecedentes de infracciones de tránsito en losúltimos cinco (5) años.

Que no obstante la vigencia de dicho beneficio, se hanproducido observaciones por parte de vecinos automovilistas, relativas al incumplimientohabitual de dicha norma por parte de los funcionarios municipales competentes, en ocasiónde sustanciar el trámite de renovación del carnet de conducir a aquellos solicitantes queencuadran en el perfil contemplado para ser beneficiarios de la reducción en cuestión.

Que descartamos plenamente la animosidad o mala fe de losfuncionarios municipales responsables, con lo cual se vislumbra que la única causa de lafalta de aplicación efectiva de esta reducción del 30 %, es el desconocimiento de laexistencia y vigencia de la misma, tanto por parte de las autoridades como por loseventuales automovilistas beneficiarios de la norma.

Que entonces a fin de propender a satisfacer el espíritu dedicha disposición, que no es otra que promover el cumplimiento irrestricto de lasreglamentaciones del tránsito, incentivando la conducta diligente de los vecinosautomovilistas, mediante un reconocimiento económico que en la actual coyunturasocioeconómica en que vivimos, no es despreciable para el común de la gente, es que espertinente dar activa y masiva difusión a la reducción consagrada por la Ordenanza 2.419,Artículo 7º, Inciso 40º Apartado V, así como la expedición de instrucciones precisas a los

funcionarios del área competente, a fin que se observe el estricto cumplimiento de la misma,en los casos en que procediera.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LAFECHA, SANCIONA CON FUERZA DE:

R E S O L U C I O N

Artículo 1º.-  SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que por las dependenciasque correspondan, se dé masiva difusión a la vigencia de la reducción del 30 % en la tasapor renovación del carnet de conductor, consagrada por la Ordenanza 2.419, Artículo 7º,Inciso 40º Apartado V.

Artículo 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que se expidaninstrucciones precisas a la Dirección de Tránsito Municipal, a fin que se dé rigurosocumplimiento a la reducción del 30 % en la tasa por renovación del carnet de conductor,consagrada por la Ordenanza 2.419, Artículo 7º, Inciso 40º Apartado V.

Artículos 3º y 4º.- DE FORMA.-

JORGE CRUZCONCEJAL