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    Domingo 16 de febrero de 2014

    517047Ao XXXI - N 12757

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGO

    R.M. N 0063-2014-MINAGRI.- Aprueban porcentajesmximos para el otorgamiento de viticos parciales,para el caso de invitaciones que incluyan financiamientoparcial de viajes al exterior del personal del Ministerio deAgricultura y Riego 517049

    ECONOMIA Y FINANZAS

    R.M. N 060-2014-EF/15.- Aprueban ndices de

    Distribucin del Fondo de Compensacin Municipal -FONCOMUN para el Ao Fiscal 2014 517050

    TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    R.D. N 109-2014-MTC/15.- Autorizan a CEDIVE S.A.Cla ampliacin de lneas de inspeccin de tipo mixta, deacuerdo al D.S. N 025-2008-MTC 517101R.D. N 411-2014-MTC/15.- Autorizan a Bureau Veritasdel Per S.A. como entidad certificadora de conversina gas licuado de petrleo y operar en local ubicado en eldepartamento de Lima 517102R.D. N 491-2014-MTC/15.- Autorizan a Inspecciones &Certificaciones S.A.C. para operar lnea de inspeccintcnica vehicular tipo mixta en local ubicado en eldepartamento de Lima 517103

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    AUTORIDAD NACIONAL

    DEL SERVICIO CIVIL

    Res. N 021-2014-SERVIR-PE.- Aprueban cargos dedestino para la asignacin de profesionales que conformanel Cuerpo de Gerentes Pblicos en el INDECI y en elMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social 517104Res. N 022-2014-SERVIR-PE.- Asignan Gerente Pblicoen el cargo de Jefe de la Oficina General de Planeamientoy Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e InclusinSocial 517105

    Res. N 024-2014-SERVIR-PE.- Formalizan fechapara realizar evaluacin de operadores censados y noevaluados del Sistema Nacional de Inversin Pblica,para los niveles del gobierno nacional, regional y local

    517105

    INSTITUTO NACIONAL

    DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

    Y DE LA PROTECCION

    DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

    Res. N 019-2014-INDECOPI/COD.- Incorporan miembrosdel Equipo de Mejora Continua del INDECOPI 517106

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION

    TRIBUTARIA

    Res. N 0153-2014-SUNAT/217-3T0000.- DesignanAuxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana dePucallpa 517106

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL

    DE RESERVA

    Res. N 005-2014-BCRP.- Autorizan viaje de funcionariodel BCRP a Colombia, en comisin de servicios 517107

    JURADO NACIONAL

    DE ELECCIONES

    Res. N 0015-2014-JNE.- Declaran nulo lo actuado hastala interposicin de solicitud de vacancia presentada contraalcalde de la Municipalidad Distrital de Moro, provincia delSanta, departamento de Huaraz 517107Res. N 073-2014-JNE.- Convocan a ciudadana para queasuma el cargo de regidora del concejo municipal de laMunicipalidad Distrital de Morococha, provincia de Yauli,departamento de Junn 517109Res. N 088-2014-JNE.- Convocan a ciudadana para queasuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital deYauli, provincia de Jauja, departamento de Junn 517110Res. N 089-A-2014-JNE.- Convocan a ciudadana paraque asuma el cargo de regidora del concejo municipal dela Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, provincia de

    Zarumilla, departamento de Tumbes 517111Res. N 093-2014-JNE.- Revocan la Res. N 002-2013-JEE-PISCO/JNE, en extremo que declar improcedentecandidaturas al Concejo Distrital de Ticrapo, provincia deCastrovirreyna, departamento de Huancavelica 517111

    Sumario

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    Domingo 16 de febrero de 2014517048

    Res. N 095-2014-JNE.- Revocan la Res. N 003-2013-JEE PUNO/JNE, que declar desestimar solicitud de

    inscripcin de lista de candidatos para el distrito deTinicachi, provincia de Yunguyo, departamento de Puno517114

    SUPERINTENDENCIA

    DE BANCA, SEGUROS

    Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 943-2014.- Autorizan a Mibanco, Banco de laMicroempresa S.A. el cierre de agencia ubicada en eldepartamento de La Libertad 517115Res. N 975-2014.- Autorizan viaje de funcionaria a laConfederacin Suiza, en comisin de servicios 517115

    Res. N 1014-2014.- Modifican el Captulo V InformacinComplementaria del Manual de Contabilidad 517116Res. N 1016-2014.- Modifican el Procedimiento N 25Opinin favorable sobre emisin en serie de instrumentosfinancieros para Empresas del Sistema Financiero y deSeguros en el TUPA de la SBS 517117Res. N 1029-2014.- Autorizan inscripcin de personanatural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares deSeguros 517118Circu lar N B-2218-2014.-Establecen disposiciones sobreemisin en serie de instrumentos financieros 517118

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL

    DE LIMA

    R.D. N 004-2014-UE RED DE SALUD DE HUAROCHIRI/DE.- Asignan responsable de remitir y coordinar ofertasde empleo de la Red de Salud de Huarochir ante elMinisterio de Trabajo y Promocin del Empleo 517119

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD

    METROPOLITANA DE LIMA

    Acuerdo N 224.- Ratifican la Ordenanza N 359-MSIde la Municipalidad Distrital de San Isidro, que fija montode emisin mecanizada del impuesto predial y arbitrios

    municipales del ejercicio 2014 517119

    MUNICIPALIDAD

    DE ATE

    Ordenanza N 332-MDA.- Aprueban fechas devencimiento para el pago de obligaciones tributarias delejercicio 2014 517120R.A. N 0022.- Aprueban las modificaciones efectuadasa habilitacin urbana de oficio de terreno ubicado en eldistrito 517121

    MUNICIPALIDAD

    DE JESUS MARIA

    D.A. N 004-2014-MDJM.- Convocan a elecciones derepresentantes de la Sociedad Civil del distrito de JessMara 517122

    D.A. N 005-2014-MDJM.- Prorrogan el plazo para elpago de los Arbitrios Municipales del mes de enero de

    2014 517123D.A. N 006-2014-MDJM.- Aprueban la Directiva Sorteopor Pago Puntual del Impuesto Predial y los ArbitriosMunicipales 2014 517123D.A. N 007-2014-MDJM.- Modifican Directiva de Accesoa la Informacin Pblica y Portal de Transparencia dela Municipalidad, aprobada mediante D.A. N 023-2011-MDJM 517124

    MUNICIPALIDAD

    DE SAN ISIDRO

    Ordenanza N 359-MSI.- Regulan monto de emisinmecanizada de actualizacin de valores, determinacindel tributo y distribucin domiciliaria del Impuesto Predialy Arbitrios Municipales del Ejercicio 2014 517124

    MUNICIPALIDAD

    DE SANTA ANITA

    D.A. N 0001-2014/MDSA.- Aprueban la reconversin delos trminos porcentuales de los derechos administrativosvigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad

    517126

    MUNICIPALIDAD

    DE SANTA MARA DEL MAR

    Ordenanza N 200-2014-MSMM.- Prohben el racismoy la discriminacin en todos los mbitos y formas en la

    jurisdiccin de la Municipalidad de Santa Mara del Mar517127

    MUNICIPALIDAD

    DE SURQUILLO

    Ordenanza N 310-MDS.-Aprueban fechas de vencimientodel Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2014

    517129Ordenanza N 312-MDS.- Aprueban descuentos porpronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipalesdel Ejercicio 2014 517130

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

    DE HUANCABAMBA

    Ordenanza N 015-2013-MPH/CM.- Aprueban creacinde la Municipalidad del Centro Poblado de Mitupampa,jurisdiccin del distrito de Sondorillo, provincia deHuancabamba, Regin Piura 517131

    SEPARATA ESPECIAL

    ORGANISMO SUPERVISOR

    DE LA INVERSIN PRIVADA EN

    TELECOMUNICACIONES

    Res. N 021-2014-CD/OSIPTEL.- Recurso de Apelacincontra la Resolucin N 1006-2013-GG/OSIPTEL,presentado por Telefnica del Per S.A.A. 517012

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    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGOAprueban porcentajes mximos para elotor gami ento de viti cos parci ales, parael caso de invitaciones que incluyanfinanciamiento parcial de viajes alexterior del personal del Ministerio deAgri cult ura y Riego

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0063-2014-MINAGRI

    Lima, 13 de febrero de 2014

    VISTO:

    El Informe N 04-2014-MINAGRI-OA de fecha 10 defebrero de 2014, del Director General de la Oficina deAdministracin del Ministerio de Agricultura y Riego; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 5 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentariassobre autorizacin de viajes al exterior de servidoresy funcionarios pblicos, modificado por el artculo 1 delDecreto Supremo N 056-2013-PCM, establece que losgastos que por concepto de viticos ocasionen los viajesal exterior de los funcionarios y servidores pblicos, serncalculados conforme a la Escala de Viticos por ZonasGeogrficas, detallada en el mencionado artculo;

    Que, el segundo prrafo del artculo 5 de la normaacotada precisa que, sobre la base de la referida Escala

    de Viticos, mediante Resolucin del Titular de la Entidad,debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, lasEntidades del Sector Pblico debern aprobar menoresasignaciones por concepto de viticos, tomando enconsideracin las facilidades proporcionadas en el lugar dedestino, la existencia de financiamiento parcial, duracindel viaje por capacitacin, entre otras circunstancias,privilegiando la austeridad del gasto fiscal;

    Que, mediante el Informe N 04-2014-MINAGRI-OAde fecha 10 de febrero de 2014, el Director General dela Oficina de Administracin propone los porcentajesmximos para el otorgamiento de viticos parciales,para los viajes al exterior del personal del Ministerio de

    Agricultura y Riego, en virtud a invitaciones que incluyanfinanciamiento parcial, recomendando la aprobacin dedicha propuesta mediante una Resolucin Ministerial;

    Que, estando a lo expuesto en los considerandos

    precedentes, resulta necesario aprobar los porcentajesmximos para el otorgamiento de viticos parciales, enfuncin de la escala detallada en el artculo 5 del DecretoSupremo N 047-2002-PCM, modificado por el artculo 1del Decreto Supremo N 056-2013-PCM, para el caso deinvitaciones de viajes al exterior del personal del Ministeriode Agricultura y Riego, que incluyan financiamientoparcial;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27619,Ley que Regula la Autorizacin de los Viajes al Exteriorde Servidores y Funcionarios Pblicos y su Reglamentoaprobado por el Decreto Supremo N 047-2002-PCM,modificado por el Decreto Supremo N 056-2013-PCM,el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativoque aprueba la Ley de Organizacin y Funciones delMinisterio de Agricultura, modificado por la Ley N 30048,su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobadomediante Decreto Supremo N 031-2008-AG; y la Ley N

    30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2014;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Aprobar los porcentajes mximospara el otorgamiento de viticos parciales, en funcin dela escala detallada en el artculo 5 del Decreto SupremoN 047-2002-PCM, modificado por el artculo 1 del DecretoSupremo N 056-2013-PCM, para el caso de invitacionesque incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior delpersonal del Ministerio de Agricultura y Riego, conforme alsiguiente detalle:

    Financiamiento Parcial Porcentajemximo de viticos

    a) Si cubre alimentacin 60%

    b) Si cubre hospedaje 50%c) Si cubre movilidad local 90%d) Si cubre alimentacin y hospedaje 10%e) Si cubre hospedaje y movilidad local 40%f) Si cubre alimentacin y movilidad local 50%

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MILTON VON HESSE LA SERNAMinistro de Agricultura y Riego

    1051211-1

    REQUISITO PARA PUBLICACIN DE

    NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

    Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,rganismos constitucionales autnomos, Organismos Pblicos, Gobiernos Regionales y GobiernosLocales, que para efectos de la publicacin de sus disposiciones en general (normas legales,reglamentos jurdicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracin,actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan ms de una pgina, se adjuntarun diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o ste podr ser remitido al correo

    electrnico [email protected].

    LA DIRECCIN

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    ECONOMIA Y FINANZAS

    Aprueban ndices de Distribucin delFondo de Compensacin Municipal -FONCOMUN para el Ao Fiscal 2014

    RESOLUCIN MINISTERIALN 060-2014-EF/15

    Lima, 14 de febrero de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, segn el numeral 5 del artculo 196 de laConstitucin Poltica del Per, constituyen rentas delas municipalidades los recursos asignados del Fondode Compensacin Municipal - FONCOMUN, que tienecarcter redistributivo, conforme a ley;

    Que, de acuerdo con el artculo 86 del Texto nicoOrdenado de la Ley de Tributacin Municipal, aprobadopor el Decreto Supremo N 156-2004-EF y modificatorias,los recursos que constituyen el FONCOMUN son elrendimiento del Impuesto de Promocin Municipal, elrendimiento del Impuesto al Rodaje y el Impuesto a lasEmbarcaciones de Recreo;

    Que, de acuerdo al artculo 87 del citado Textonico Ordenado de la Ley de Tributacin Municipal, elFONCOMUN se distribuye considerando los criteriosque sean determinados por Decreto Supremo con el votoaprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por elMinistro de Economa y Finanzas, con opinin tcnica dela Secretara de Descentralizacin de la Presidencia delConsejo de Ministros;

    Que, asimismo el artculo 88 de la mencionadanorma, establece que los ndices de distribucin delFONCOMUN sern determinados anualmente por elMinisterio de Economa y Finanzas mediante resolucinministerial, debiendo tenerse en cuenta que los recursosmensuales que perciban las municipalidades por dichoconcepto no podrn ser inferiores al monto equivalentea ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a lafecha de aprobacin de la Ley de Presupuesto del SectorPblico de cada ao;

    Que, mediante el Decreto Supremo N 060-2010-EFse aprobaron los criterios, procedimientos y metodologapara la distribucin del FONCOMUN, estableciendo quela asignacin para cada municipalidad provincial y distritalque se determine en funcin a los criterios previstos endicha norma, en ningn caso ser menor al monto delFONCOMUN percibido en el ejercicio 2009;

    Que, el literal b) del numeral 15.5 del artculo 15 delTexto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado porDecreto Supremo N 304-2012-EF, en concordancia conlo dispuesto en la Tercera Disposicin ComplementariaFinal de la Resolucin Ministerial N 223-2011-EF/43, que

    aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones delMinisterio de Economa y Finanzas, establece que losndices de distribucin del FONCOMUN son aprobados porel Ministerio de Economa y Finanzas mediante resolucinministerial, sobre la base de los clculos que para tal efecto

    formule la Direccin General de Descentralizacin Fiscal yAsuntos Sociales, considerando los criterios establecidosen el marco legal correspondiente;

    Que, en funcin a la informacin proporcionada por el

    Instituto Nacional de Estadstica e Informtica, medianteel Oficio N 060-2014-INEI/DTDIS, la Direccin Generalde Contabilidad Pblica, mediante el Memorando N034-2014-EF/51.05, y la Direccin General de PolticaMacroeconmica, mediante el Memorando N 035-2014-EF/60.03, la Direccin General de DescentralizacinFiscal y Asuntos Sociales ha efectuado los clculoscorrespondientes para la determinacin de los ndicesde distribucin del FONCOMUN para el Ao Fiscal2014, segn lo indicado en el Informe N 020-2014-EF/64.03;

    Que, asimismo, la recaudacin de los impuestos queconstituyen el FONCOMUN tiene carcter estacionaly variable, por lo que resulta conveniente establecertres series de ndices de distribucin de acuerdo a larecaudacin efectiva mensual de estos recursos, con lafinalidad de garantizar la aplicacin efectiva del montomnimo establecido en el artculo 88 del Texto nico

    Ordenado de la Ley de Tributacin Municipal;De conformidad con lo establecido en el Texto nicoOrdenado de la Ley de Tributacin Municipal, aprobadopor el Decreto Supremo N 156-2004-EF y modificatorias,el literal b) del numeral 15.5 del artculo 15 de la Ley N28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,y el Decreto Supremo N 060-2010-EF;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- ObjetoAprobar, para el Ao Fiscal 2014, las tres series de

    ndices de Distribucin del Fondo de CompensacinMunicipal FONCOMUN, a nivel de cada municipalidad,conforme al Anexo que forma parte de la presenteResolucin Ministerial.

    Artculo 2.- Carac terst icas de las series

    2.1. De acuerdo a la recaudacin efectiva delFONCOMUN se aplicarn mensualmente los ndices deDistribucin de una de las tres series:

    - SERIE A: Ser aplicada si los recursos mensualesdel FONCOMUN son menores a 335 millones de NuevosSoles.

    - SERIE B: Ser aplicada si los recursos mensualesdel FONCOMUN son iguales o mayores a 335 millonesde Nuevos Soles pero menores a 373 millones de NuevosSoles.

    - SERIE C: Ser aplicada si los recursos mensualesdel FONCOMUN son iguales o mayores a 373 millonesde Nuevos Soles.

    2.2. Cada serie consta de tres rubros:

    - Asignacin Provincial: que representa la asignacinque recibe la municipalidad provincial para acciones dembito provincial.

    - Asignacin Distrital: asignacin que corresponde alas municipalidades distritales, incluido el municipio del

    PUBLICACIN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS

    Se comunica a todas las Entidades del Sector Pblico que, conforme al Decreto SupremoN 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS

    DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, deacuerdo a lo establecido en los artculos 51 y 109 de la Constitucin Poltica del Per .

    LA DIRECCION

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    distrito capital (municipio provincial), para acciones en elmbito del distrito respectivo.

    - Asignacin Total: En el caso de las municipalidadesprovinciales representa la suma de la asignacin

    provincial y la asignacin distrital; en el caso de lasmunicipalidades distritales representa la asignacindistrital.

    Artculo 3.- Oto rgamien to a las munici pal idades

    3.1. Los recursos del FONCOMUN se distribuyende acuerdo a lo establecido en el artculo anterior y seotorgan conforme a lo previsto en el artculo 11 delDecreto Supremo N 060-2010-EF.

    3.2. La Secretara de Descentralizacin de laPresidencia del Consejo de Ministros - PCM comunicar alas municipalidades provinciales el monto transferido paraacciones de mbito provincial, el mismo que ser publicadoen el portal institucional de la PCM para conocimiento de

    las municipalidades distritales y de la sociedad civil de lajurisdiccin respectiva.

    Ar tcu lo 4.- Ejecucin de la asignacin provincial

    Debido a que la estimacin del FONCOMUN tienecarcter anual, al cierre del ejercicio fiscal correspondiente,las municipalidades provinciales deben remitir a la ContraloraGeneral de la Repblica la informacin referida al destino de losrecursos recibidos por concepto de la asignacin provincial.

    Ar tcu lo 5.- Publ icacinLa presente Resolucin Ministerial y su respectivo

    Anexo sern publicados en el Diario Oficial El Peruano y enel portal institucional del Ministerio de Economa y Finanzas(www.mef.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    DIAGNSTICO DE CONOCIMIENTOS SNIP

    COMUNICADO

    DIAGNSTICOS DE CONOCIMIENTOS PARA REZAGADOS

    La Direccin General de Poltica de Inversiones (DGPI) del Ministerio de Economa yFinanzas, Ente Rector del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP) y la AutoridadNacional del Servicio Civil (SERVIR) realizaron en diciembre de 2013 el Diagnstico deConocimientos a los operadores del SNIP.

    Los Diagnsticos de Conocimientos tienen como objetivo identificar las brechas deconocimientos de los operadores del SNIP con el fin de obtener informacin que permitaal Ente Rector, SERVIR y otros actores, definir estrategias para el cierre de brechas y elfortalecimiento de las capacidades de los operadores.

    En ese sentido, atendiendo las solicitudes de quienes no pudieron participar en elDiagnstico de Conocimientos realizado en diciembre de 2013, la DGPI y SERVIR hanaprobado la realizacin del DIAGNSTICO DE CONOCIMIENTOS PARA REZAGADOSel da jueves 20 de febrero de 2014, de acuerdo con la Resolucin de PresidenciaEjecutiva N 024-2014-SERVIR-PE de fecha 14 de febrero de 2014.

    La relacin de las personas que debern participar del Diagnstico de Conocimientos paraRezagados se encuentra publicada en el portal de DIAGNSTICO de CONOCIMIENTOS(http://www.diagnostico-capacidades.gob.pe).

    Para mayor informacin puede escribirnos al correo electrnico [email protected] comunicarse al 2063370 anexo 3395.

    Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil

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    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONESAutorizan a CEDIVE S.A.C. laampliacin de lneas de inspeccin detipo mixta, de acuerdo al D.S. N 025-2008-MTC

    RESOLUCIN DIRECTORALN 109-2014-MTC/15

    Lima, 8 de enero de 2014

    VISTOS:

    Los Partes Diarios Ns. 148646 y 183983, presentadospor la empresa CENTRO DE DIAGNSTICO VEHICULARSOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVE S.A.C., atravs de los cuales solicita autorizacin para ampliacinde dos (02) Lneas de Inspeccin de Tipo Mixta, en el localubicado en la Av. Japn S/N (antes Av. Bertello) con CalleA Provincia Constitucional del Callao, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 025-2008-MTC queaprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones TcnicasVehiculares, en adelante El Reglamento, el mismo que tienecomo objeto regular el Sistema Nacional de InspeccionesTcnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto enla Ley N 29237, cuya finalidad constituye certificar el buenfuncionamiento y mantenimiento de los vehculos quecirculan por las vas pblicas terrestres a nivel nacional;as como verificar que stos cumplan con las condicionesy requisitos tcnicos establecidos en la normativa nacional,con el propsito de garantizar la seguridad del transporte y eltrnsito terrestre y las condiciones ambientales saludables;

    Que, mediante Resolucin Directoral N 297-2011-MTC/15, de fecha 24 de enero de 2011 y publicada el 29de abril del mismo ao, se autoriz por el plazo de cinco(05) aos a la empresa CENTRO DE DIAGNSTICOVEHICULAR SOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVES.A.C. como Centro de Inspeccin Tcnica Vehicular-CITV,en adelante El CITV, para operar con dos (02) Lneasde Inspeccin Tcnica Vehicular Tipo Mixta en el localubicado en la Av. Japn (antes Av. Bertello) S/N con calle A,Provincia Constitucional del Callao;

    Que, mediante Resolucin Directoral N 2812-2011-MTC/15 de fecha 26 de julio de 2011 (rectificada conResolucin Directoral N 3447-2011-MTC/15), se modificala autorizacin de la empresa CENTRO DE DIAGNSTICOVEHICULAR SOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVES.A.C. otorgada mediante Resolucin Directoral N 297-2011-MTC/15, al haber variado el rea de su planta deCITV a 4954.72 m2 y la distribucin del local ubicado en

    la Av. Japn (antes Av. Bertello) S/N con calle A, ProvinciaConstitucional del Callao;Que, mediante el Parte Diario N 148646 de fecha

    11 de octubre de 2013 El CITV, solicita autorizacin paraampliacin de dos (02) Lneas de Inspeccin de Tipo Mixtaen su calidad de Centro de Inspeccin Tcnica Vehicular;

    Que, mediante Oficio N 7831-2013-MTC/15.03de fecha 26 de noviembre de 2013 y notificado el 23de diciembre de 2013, esta Administracin formul lasobservaciones pertinentes de la solicitud presentada porEl CITV, requirindole la subsanacin correspondiente,para lo cual se le otorg un plazo de diez (10) dashbiles a fin de que subsane adecuadamente los defectosadvertidos y mediante Parte Diario N 183983 de fecha 11de diciembre de 2013, present diversa documentacincon la finalidad de subsanar las observaciones sealadasen el oficio indicado en el considerando precedente;

    Que, el numeral 35.2 del artculo 35 del citado

    Reglamento establece () que Un Centro de InspeccinTcnica Vehicular -CITV podr realizar inspeccionestcnicas vehiculares a vehculos livianos y pesados en unamisma lnea de Inspeccin Tcnica Vehicular, nicamentesi sta es del tipo mixta y el equipamiento acreditadocumple con las exigencias establecidas para tal efecto porla normativa vigente en la materia;

    Que, el numeral 37.4 del artculo 37 de El Reglamentoestablece que: en caso que un Centro de InspeccinTcnica Vehicular-CITV que cuente con Conformidad deInicio de Operaciones, solicite el cambio de tipo de una o

    ms lnea(s) de inspeccin tcnica vehicular o la ampliacinde las mismas, la solicitud de autorizacin deber contenerlos requisitos sealados en el numeral 37.1 literales a), c),e), f), h), k), m) y n) en los casos que corresponda;

    Que, estando a lo opinado por la Direccin deCirculacin y Seguridad Vial en el Informe N 008-2014-MTC/15.03.A.A.vh, en el cual se concluye que El CITV,ha cumplido con presentar los requisitos establecidos enel numeral 37.4 del Artculo 37 del Reglamento Nacionalde Inspecciones Tcnicas Vehiculares, por lo que resultaprocedente emitir el acto administrativo correspondiente;siendo de aplicacin, adems, los principios deinformalismo, de presuncin de veracidad y de privilegiode los controles posteriores contenidos en el artculo IVdel Ttulo Preliminar de la Ley N 27444;

    De conformidad con la Ley N 27444 - Ley deProcedimiento Administrativo General, Ley N 29370 - Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes

    y Comunicaciones, Ley N 27181 - Ley General deTransporte y Trnsito Terrestre; Decreto Supremo N 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo N025-2008-MTC y sus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo Primero.- Autorizar a la empresa denominadaCENTRO DE DIAGNSTICO VEHICULAR SOCIEDADANNIMA CERRADA CEDIVE S.A.C. la ampliacin dedos (02) Lneas de Inspeccin de Tipo Mixta, de acuerdo alo establecido en el Reglamento Nacional de InspeccionesTcnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N025-2008-MTC y sus modificatorias.

    Artculo Segundo.-Dentro del plazo mximo de cientoveinte (120) das calendario contados a partir del da siguientede la publicacin de la presente Resolucin Directoral,la empresa CENTRO DE DIAGNSTICO VEHICULAR

    SOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVE S.A.C., deberobtener la Conformidad de Inicio del Servicio de InspeccinTcnico Vehicular para dos lneas de Tipo Mixta expedido poresta Direccin General, la misma que ser emitida luego derecepcionar el Certificado de Homologacin de Equipos, elCertificado de Inspeccin Inicial y la Constancia de Calibracinde equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisoraautorizada o alguna empresa inspectora legalmenteestablecida en el pas y cuya casa matriz est asociada a laInternacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA.

    Ar tcu lo Tercero.- Es responsabilidad de laempresa CENTRO DE DIAGNSTICO VEHICULARSOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVE S.A.C.renovar oportunamente la Carta Fianza y la Pliza deSeguros de Responsabilidad Civil Extracontractualcontratada a efectos de respaldar las obligacionescontenidas en el Reglamento Nacional de InspeccionesTcnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo N

    025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacin.Ar tculo Cuarto.-Disponer que ante el incumplimientode las obligaciones administrativas por parte de la empresaCENTRO DE DIAGNSTICO VEHICULAR SOCIEDADANNIMA CERRADA CEDIVE S.A.C., a travs de suCentro de Inspeccin Tcnica Vehicular, se apliquen lassanciones administrativas establecidas en la Tabla deInfracciones y Sanciones correspondiente.

    Ar tculo Quin to.- Remitir a la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas -SUTRAN, copia de la presente Resolucin Directoral paralas acciones de control conforme a su competencia.

    Art culo Sexto.- La presente Resolucin Directoralsurtir efectos a partir del da siguiente de su publicacin,siendo de cargo de la empresa CENTRO DE DIAGNSTICOVEHICULAR SOCIEDAD ANNIMA CERRADA CEDIVES.A.C., los gastos que origine su publicacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOS LUIS QWISTGAARD SUREZDirector General (e)Direccin General de Transporte Terrestre

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    Autorizan a Bureau Veritas del PerS.A. como entidad certificadora deconversin a gas licuado de petrleo

    y operar en local ubicado en eldepartamento de Li ma

    RESOLUCIN DIRECTORALN 411-2014-MTC/15

    Lima, 30 de enero de 2014

    VISTOS:

    Los Partes Diarios Ns. 179679 de fecha 05 dediciembre del 2013 y 011511 de fecha 17 de enero del2014, presentados por la empresa denominada BUREAUVERITAS DEL PER S.A., mediante los cuales solicitaautorizacin para funcionar como Entidad Certificadora deConversiones a Gas Licuado de Petrleo - GLP, en el localubicado en Av. Camino Real N 390, Oficina 1402, Torre

    Central, Centro Comercial Camino Real, en el Distrito deSan Isidro, Provincia y Departamento de Lima, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Reglamento Nacional de Vehculos aprobadopor Decreto Supremo N 058-2003-MTC y modificado porlos Decretos Supremos Ns. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC,012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, establece en el artculo 29 el marco normativoque regula las conversiones de los vehculos originalmentediseados para la combustin de combustibles lquidoscon la finalidad de instalar en ellos el equipamiento quepermita su combustin a Gas Licuado de Petrleo (GLP),a fin de que sta se realice con las mximas garantasde seguridad, por talleres debidamente calificados yutilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de

    este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgoque implica su utilizacin sin control;Que, la Directiva N 005-2007-MTC/15, aprobada

    mediante Resolucin Directoral N 14540-2007-MTC/15y elevada al rango de Decreto Supremo medianteartculo 3 del Decreto Supremo N 022-2009-MTC queregula el Rgimen de autorizacin y funcionamientode las Entidades Certificadoras de Conversiones y delos Talleres de Conversin a Gas Licuado de Petrleo -GLP, estableciendo en el numeral 5.2 el procedimientoy requisitos que deben reunir las Personas Jurdicaspara ser autorizadas como Entidades Certificadoras deConversin a Gas Licuado de Petrleo - GLP, ante laDireccin General de Transporte Terrestre del Ministeriode Transportes y Comunicaciones;

    Que, mediante Parte Diario N 179679 de fecha 05 dediciembre del 2013 la empresa BUREAU VERITAS DELPER S.A., solicita autorizacin para funcionar como

    Entidad Certifi

    cadora de Conversin a GLP, sealandocomo direccin: Av. Camino Real N 390, Oficina 1402,Torre Central, Centro Comercial Camino Real, en elDistrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima,con la finalidad de inspeccionar fsicamente los vehculosconvertidos a GLP o los vehculos originalmente diseadospara combustin a GLP (vehculo dedicado, bicombustibleo dual), certificar e instalar los dispositivos de control decarga que la Direccin General de Transporte Terrestredisponga al mismo, suministrar la informacin requeridaa la Direccin General de Transporte Terrestre o a laentidad que sta designe como Administrador del Sistemade Control de Carga de GLP, inspeccionar anualmente alos vehculos con sistema de combustin a GLP, as comorealizar la certificacin inicial y anual de los Talleres deConversin a GLP autorizados por la Direccin Generalde Transporte Terrestre;

    Que, mediante Oficio N 8550-2013-MTC/15.03 defecha 27 de diciembre del 2013 y notificado el 02 de enerodel 2014, esta Administracin formul las observacionespertinentes a la solicitud presentada por La Empresa,requirindole la subsanacin correspondiente, para lacual se le otorg un plazo de diez (10) das hbiles;

    Que, mediante Parte Diario N 011511 de fecha17 de enero del 2014, La Empresa presenta diversa

    documentacin a fin de subsanar las observacionessealadas en el oficio citado en el considerandoprecedente;

    Que, de acuerdo al Informe N 158-2014-MTC/15.03.

    A.A.vh, elaborado por la Direccin de Circulacin ySeguridad Vial, se advierte que la documentacinpresentada, cumple con lo establecido en el numeral5.2 de la Directiva N 005-2007-MTC/15, aprobadapor Resolucin Directoral N 14540-2007-MTC/15 ysus modificatorias, por lo que procede emitir el actoadministrativo autorizando a la empresa BUREAUVERITAS DEL PER S.A., como Entidad Certificadora deConversin a Gas Licuado de Petrleo GLP;

    Que, de conformidad con la Ley N 29370, Ley deOrganizacin y Funciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; la Ley N. 27181, Ley General deTransporte y Trnsito Terrestre; Decreto Supremo N058-2003-MTC y sus modificatorias y La Directiva N005-2007-MTC/15 sobre el Rgimen de Autorizaciny Funcionamiento de las Entidades Certificadoras deConversiones a Gas Licuado de Petrleo - GLP y de losTalleres de Conversin a Gas Licuado de Petrleo - GLP,

    aprobada por Resolucin Directoral N 14540-2007-MTC/15y modificada por Decreto Supremo N 022-2009-MTC;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.-Autorizar a la empresa BUREAUVERITAS DEL PER S.A., como Entidad Certificadora deConversin a Gas Licuado de Petrleo GLP y operaren el local ubicado en Av. Camino Real N 390, Oficina1402, Torre Central, Centro Comercial Camino Real, enel Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento deLima; por el plazo de dos (02) aos, contados a partir delda siguiente de la publicacin de la presente ResolucinDirectoral en el Diario Oficial El Peruano.

    Artculo Segundo.- Es responsabilidad de laempresa BUREAU VERITAS DEL PER S.A. renovaroportunamente la Carta Fianza presentada a efectos derespaldar las obligaciones contenidas en la Directiva N

    005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucin DirectoralN 14540-2005-MTC/15 y sus modificatorias durante lavigencia de la autorizacin:

    ACTO Fecha de VigenciaPrimera renovacin de Carta Fianza 15 de diciembre del 2015

    En caso que la empresa autorizada no cumpla conpresentar la renovacin de la Carta Fianza antes de suvencimiento, se proceder conforme a lo establecido en laDirectiva N 005-2007-MTC/15, aprobada por ResolucinDirectoral N 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias,referida a la caducidad de la autorizacin.

    Artculo Tercero.- La empresa BUREAU VERITASDEL PER S.A. bajo responsabilidad, debe presentar a laDireccin General de Transporte Terrestre del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, la renovacin de la pliza

    de seguro de responsabilidad civil profesional, antes delvencimiento de los plazos que se sealan a continuacin:

    ACTO Fecha mxima de presentacinPrimera renovacin o

    contratacin de nueva pliza06 de mayo de 2014

    Segunda renovacin ocontratacin de nueva pliza

    06 de mayo de 2015

    En caso que la Entidad autorizada, no cumpla conpresentar la renovacin o contratacin de una nuevapliza al vencimiento de los plazos antes indicados,se proceder conforme a lo establecido en el numeral5.8.1 del artculo 5 de la Directiva N 005-2007-MTC/15,aprobada por Resolucin Directoral N 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad dela autorizacin.

    Artculo Cuarto.-El mbito geogrfico de operacinde la empresa BUREAU VERITAS DEL PER S.A., comoEntidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado dePetrleo - GLP, es a nivel Nacional.

    Artculo Quinto.- Remtase copia de la presenteResolucin Directoral al Registro de Propiedad Vehicularde la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos -

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    SUNARP adjuntndose el documento que contiene el Registrode Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de lasuscripcin de los Certificados de Conformidad de Conversina Gas Licuado de Petrleo - GLP.

    Artculo Sexto.-La empresa BUREAU VERITAS DELPER S.A. se encuentra obligada cumplir los dispositivosmencionados en el marco jurdico y de sujetar su actuacina lo establecido en la Directiva N 005-2007-MTC/15 sobreel Rgimen de Autorizacin y Funcionamiento de lasEntidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuadode Petrleo - GLP y de los Talleres de Conversin a GasLicuado de Petrleo - GLP, aprobada por ResolucinDirectoral N 14540-2007-MTC/15 y modificada porDecreto Supremo N 022-2009-MTC.

    Artculo Spt imo .-Remitir a la Superintendencia deTransporte de Personas, Carga y Mercancas - SUTRAN,copia de la presente Resolucin Directoral para lasacciones de control conforme a su competencia.

    Artculo Octavo.-La presente Resolucin Directoralentrar en vigencia al da siguiente de su publicacin enel Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacinde la presente Resolucin Directoral ser asumido por la

    empresa solicitante.Regstrese, comunquese y publquese.

    JOS LUIS QWISTGAARD SUREZDirector General (e)Direccin General de Transporte Terrestre

    1049325-1

    Autorizan a Inspecciones &Certificaciones S.A.C. para operarlnea de inspeccin tcnica vehiculartipo mixta en local ubicado en eldepart amento de Lim a

    RESOLUCIN DIRECTORALN 491-2014-MTC/15

    Lima, 5 de febrero de 2014

    VISTOS:

    Los Partes Diarios Ns 173405 de fecha 25 de noviembrede 2013, 189130 de fecha 19 de diciembre de 2013, 190013de 21 de diciembre de 2013 y 192854 de 28 de diciembrede 2013, la empresa denominada INSPECCIONES &CERTIFICACIONES S.A.C., solicita autorizacin comoCentro de Inspeccin Tcnica Vehicular - CITV para operaruna (01) lnea de inspeccin tcnica vehicular Tipo Mixta,con direccin en Av. Inca Pachacutec, Lt. 10, Mz. O, Anexo22, Jicamarca, en el distrito de San Antonio, provincia deHuarochir y departamento de Lima, y;

    CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N 058-2003-MTC

    y sus modificatorias, se aprob el Reglamento Nacionalde Vehculos, el mismo que tiene como objeto establecerlos requisitos y caractersticas tcnicas que deben cumplirlos vehculos para que ingresen, se registren, transiten,operen y se retiren del sistema nacional de transporteterrestre;

    Que, mediante Decreto Supremo N 025-2008-MTC,se aprueba el Reglamento Nacional de InspeccionesTcnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objetoregular el Sistema Nacional de Inspecciones TcnicasVehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley N29237, Ley que crea el Sistema Nacional de InspeccionesTcnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificarel buen funcionamiento y mantenimiento de los vehculosque circulan por las vas pblicas terrestres a nivel nacional;

    as como verifi

    car que stos cumplan las condiciones yrequisitos tcnicos establecidos en la normativa nacional,con el propsito de garantizar la seguridad del transportey el trnsito terrestre y las condiciones ambientalessaludables;

    Que, mediante Parte Diario N 173405 de fecha25 de noviembre de 2013, la empresa denominada

    INSPECCIONES & CERTIFICACIONES S.A.C., enadelante La Empresa, solicita autorizacin para operarcomo Centro de Inspeccin Tcnica Vehicular con unalnea de inspeccin tipo Mixta, en el local ubicado en: Av.

    Inca Pachacutec, Lt. 10, Mz. O, Anexo 22, Jicamarca,en el distrito de San Antonio, provincia de Huarochir ydepartamento de Lima;

    Que, mediante Oficio N 7931-2013-MTC/15.03 defecha 02 de diciembre de 2013 y notificado el da 16de diciembre de 2013, esta Administracin formul lasobservaciones pertinentes de la solicitud presentada por laEmpresa, requirindole la subsanacin correspondiente,para lo cual se le otorg un plazo de diez (10) dashbiles a fin de que subsane adecuadamente los defectosadvertidos;

    Que, con Parte Diario N 189130 de fecha 19 dediciembre de 2013, respectivamente, la Empresa presentadiversa documentacin con la finalidad de subsanarlas observaciones sealadas en el oficio indicado en elconsiderando precedente;

    Que, mediante Partes Diarios Ns 190013 y 192854 defecha 21 y 28 de diciembre de 2013 respectivamente, la

    Empresa presenta documentacin referente a la Pliza deSeguro de Responsabilidad Civil, el Estudio de ImpactoVial y la Carta Fianza, para ser anexado al parte diariosealado en el numeral precedente;

    Que, revisada la documentacin presentada, seaprecia que los seores Israel Ulises Meza Gaspary Harnol Humberto Bautista Rojas propuestos comoTcnicos Inspectores, se encuentran acreditados dentrodel personal tcnico de la empresa CITV SOGESAC por loque no resulta procedente su acreditacin, no obstante severifica que la Empresa cuenta con el total de IngenierosSupervisores requeridos en el Reglamento;

    Que, mediante Informe N 241-2014-MTC/15.03.AA.vh,la Direccin de Circulacin y Seguridad Vial, concluye queLa Empresa ha cumplido con presentar la totalidad de losrequisitos establecidos en el artculo 37 del ReglamentoNacional de Inspecciones Tcnicas Vehiculares, porlo que resulta procedente emitir el acto administrativo

    correspondiente; siendo de aplicacin adems los principiosde informalismo, presuncin de veracidad y privilegio de loscontroles posteriores contenidos en el artculo IV del TtuloPreliminar de la Ley N 27444, y;

    Que, de conformidad con la Ley N 27444, Ley deProcedimiento Administrativo General, Ley N 29370, Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; la Ley N 27181, Ley General deTransporte y Trnsito Terrestre; Decreto Supremo N 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo N025-2008-MTC y sus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco(05) aos a la empresa denominada INSPECCIONES &CERTIFICACIONES S.A.C. como Centro de InspeccinTcnica Vehicular - CITV para operar una (01) lnea

    de inspeccin tcnica vehicular Tipo Mixta, en el localubicado en Av. Inca Pachacutec, Lt. 10, Mz. O, Anexo22, Jicamarca, en el distrito de San Antonio, provincia deHuarochir y departamento de Lima:

    Ar tculo Segundo.- La empresa autorizada deberobtener, dentro del plazo mximo de ciento veinte (120)das calendario a contarse a partir del da siguiente dela publicacin de la presente Resolucin Directoral,la Conformidad de Inicio de Operaciones expedidopor esta Direccin General, la misma que ser emitidaluego de recepcionar los documentos: Certificado deHomologacin de Equipos, Certificado de InspeccinInicial y la Constancia de Calibracin de Equipos emitidostodos ellos por una Entidad Supervisora autorizada oalguna empresa inspectora legalmente establecida en elpas y cuya casa matriz est asociada a la InternacionalFederation Of Inspection Agencies-IFIA.

    Ar tculo Tercero.-Es responsabilidad de la empresadenominada INSPECCIONES & CERTIFICACIONESS.A.C., renovar oportunamente la Carta Fianza presentadaa efectos de respaldar las obligaciones contenidasen el Reglamento Nacional de Inspecciones TcnicasVehiculares aprobada por Decreto Supremo N 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacin, antes delvencimiento de los plazos que se sealan a continuacin:

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    Domingo 16 de febrero de 2014517104

    ACTO Fecha mxima depresentacin

    Primera renovacin de carta fianza 27 de diciembre de 2014

    Segunda renovacin de cartafianza 27 de diciembre de 2015

    Tercera renovacin de carta fianza 27 de diciembre de 2016

    Cuarta renovacin de cartafianza 27 de diciembre de 2017

    Quinta renovacin de carta fianza 27 de diciembre de 2018

    En caso que la empresa autorizada no cumpla conpresentar la renovacin de la Carta Fianza antes de suvencimiento, se proceder conforme a lo establecidoen el literal c), artculo 45 del Reglamento Nacional deInspecciones Tcnicas Vehiculares, referida a la caducidadde la autorizacin.

    Ar tculo Cuarto.- La empresa autorizada, bajoresponsabilidad, debe presentar a la Direccin Generalde Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes yComunicaciones, la renovacin de la pliza de seguro deresponsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de

    los plazos que se sealan a continuacin:

    ACTO Fecha mxima depresentacin

    Primera renovacin o contratacin de nueva

    pliza

    18 de diciembre de 2014

    Segunda renovacin o contratacin de nueva

    pliza

    18 de diciembre de 2015

    Tercera renovacin o contratacin de nueva

    pliza

    18 de diciembre de 2016

    Cuarta renovacin o contratacin de nueva

    pliza

    18 de diciembre de 2017

    Quinta renovacin o contratacin de nueva

    pliza

    18 de diciembre de 2018

    En caso que la empresa autorizada, no cumpla conpresentar la renovacin o contratacin de una nuevapliza al vencimiento de los plazos antes indicados, seproceder conforme a lo establecido en el literal c), Artculo45 del Reglamento Nacional de Inspecciones TcnicasVehiculares, referida a la caducidad de la autorizacin.

    Ar tculo Quinto.-Disponer que ante el incumplimientode las obligaciones administrativas por parte de la empresaINSPECCIONES & CERTIFICACIONES S.A.C., a travsde su Centro de Inspeccin Tcnica Vehicular, se apliquenlas sanciones administrativas establecidas en la Tabla deInfracciones y Sanciones correspondientes.

    Ar tcu lo Sexto .- Remitir a la Superintendencia deTransporte de Personas, Carga y Mercancas - SUTRAN,copia de la presente Resolucin Directoral para lasacciones de control conforme a su competencia.

    Ar tcu lo Spt imo.- La empresa denominadaINSPECCIONES & CERTIFICACIONES S.A.C., debe

    presentar a la Direccin General de Transporte Terrestredel Ministerio de Transportes y Comunicaciones lossiguientes documentos:

    Documentos Fecha mxima depresentacin

    Relacin del equipamiento requerido por elartculo 34 del Reglamento y documentosque sustenten la propiedad y/o condicinde arrendatario financiero del equipamientorequerido por el artculo 34 del Reglamento.

    Noventa(90) dascalendario de otorgada laautorizacin.

    Licencia de funcionamiento y certificadode compatibilidad de uso emitido por lamunicipalidad correspondiente.

    Noventa (90) dascalendario de otorgada laautorizacin.

    Planos de ubicacin y de distribucin del localdel Centro de Inspeccin Tcnica Vehicular

    - CITV con su respectiva memoria descriptiva.

    Treinta (30) dascalendario de otorgada la

    autorizacin.Documento que acredite la propiedad, contratode arrendamiento, cesin de uso, comodato ocualquier otro que acredite la posesin legitimade la infraestructura inmobiliaria requerida enel artculo 36 del Reglamento.

    Treinta (30) dascalendario de otorgada laautorizacin.

    En caso que la empresa autorizada, no cumpla conpresentar la documentacin sealada se proceder deacuerdo a la normatividad vigente.

    Artculo Octavo.-La presente Resolucin Directoral

    surtir efectos a partir del da siguiente de su publicacin enel diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresadenominada INSPECCIONES & CERTIFICACIONESS.A.C., los gastos que origine su publicacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOS LUIS QWISTGAARD SUREZDirector General (e)Direccin General de Transporte Terrestre

    1050010-1

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    AUTORIDAD NACIONAL

    DEL SERVICIO CIVIL

    Aprueban cargos de destino parala asignacin de profesionales queconforman el Cuerpo de GerentesPblicos en el I NDECI y en el Min isteriode Desarrollo e Inclusin Social

    RESOLUCIN DE PRESIDENCIA EJECUTIVAN 021-2014-SERVIR-PE

    Lima, 5 de febrero de 2014VISTOS, los Informes N 014 y N 015-2014-SERVIR/

    GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la GerenciaPblica, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 030-2009-PCM seaprob el Reglamento del Rgimen Laboral de los GerentesPblicos creado por el Decreto Legislativo N 1024;

    Que, el citado Reglamento establece en su artculo 11que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definir, medianteResolucin de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo delConsejo Directivo, los cargos de direccin o de gerenciade mando medio de destino, susceptibles de asignacinde Gerentes Pblicos, en el marco de lo establecido en elartculo 8 del Decreto Legislativo N 1024;

    Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia deDesarrollo de la Gerencia Pblica, corresponde emitirla resolucin respectiva conforme al Acuerdo adoptadopor el Consejo Directivo en la Sesin N 004-2014, deconformidad con el artculo 8 del Decreto Legislativo N1024 concordante con el artculo 11 del Reglamento;

    Con la visacin de la Gerencia General, de la Gerenciade Desarrollo de la Gerencia Pblica y de la Oficina deAsesora Jurdica;

    De conformidad con el literal o) del artculo 10 delReglamento de Organizacin y Funciones de la AutoridadNacional del Servicio Civil, aprobado mediante DecretoSupremo N 062-2008-PCM y modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Art culo Primero.-Aprobar como cargos de destino parala asignacin de profesionales que conforman el Cuerpo deGerentes Pblicos, los que se indican a continuacin:

    ENTIDADSOLICITANTE CARGOS DE DESTINO

    Instituto Nacional deDefensa Civil

    Director Sistema Administrativo III de la Oficina deAdministracin

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    ENTIDADSOLICITANTE CARGOS DE DESTINO

    Ministerio de

    Desarrollo e InclusinSocial

    Jefe de la Unidad Territorial de Apurmac del Programa

    Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma

    Artculo Segundo.- Publicar en el diario oficial ElPeruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presenteResolucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS CORTS CARCELNPresidente Ejecutivo

    1050806-1

    Asignan Gerente Pblico en el cargode Jefe de la Oficina General dePlaneamiento y Presupuesto delMinisterio de Desarrollo e InclusinSocial

    RESOLUCIN DE PRESIDENCIA EJECUTIVAN 022-2014-SERVIR-PE

    Lima, 13 de febrero de 2014

    VISTOS, el Informe N 017-2014-SERVIR/GDGP dela Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pblica y el Actade Comit de Gerentes N 01-2014; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N 1024 secrea y regula el Cuerpo de Gerentes Pblicos, alque se incorporan profesionales altamente capaces,

    seleccionados en procesos competitivos y transparentes,para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional,Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que as lorequieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

    Que, el artculo 12 del Reglamento del RgimenLaboral del Cuerpo de Gerentes Pblicos, aprobado porel Decreto Supremo N 030-2009-PCM, dispone que loscandidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo deGerentes Pblicos sern asignados a un cargo de destinosiempre que cuenten con vacantes;

    Que, mediante Resolucin de Presidencia EjecutivaN 078-2009-ANSC-PE, el seor Jorge Alberto ZapataGallo fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Pblicos;

    Que, mediante Oficio N 012-2014-MIDIS/DM, elMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social, solicita laasignacin de un Gerente Pblico para ocupar el cargo deJefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuestode la mencionada entidad;

    Que, el Consejo Directivo en su sesin N 004-2014aprob la asignacin del Gerente Pblico Jorge AlbertoZapata Gallo al cargo de Jefe de la Oficina General dePlaneamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrolloe Inclusin Social, dicho cargo de destino fue aprobadopor Resolucin de Presidencia Ejecutiva N 052-2013-SERVIR-PE;

    Que, conforme al Memorndum N 017-2014-SERVIR/GG-OPP la asignacin sealada en el prrafo anteriorcuenta con disponibilidad presupuestal;

    Con la visacin de la Gerencia General, de la Gerenciade Desarrollo de la Gerencia Pblica y de la Oficina deAsesora Jurdica;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1024,el Decreto Supremo N 030-2009-PCM; y en uso de lasfacultades establecidas en el Reglamento de Organizaciny Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil,aprobado mediante Decreto Supremo N 062-2008-PCM

    y modificatorias;SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Asignar al Gerente Pblico quese seala a continuacin a la entidad y cargo de destinosegn el detalle siguiente:

    GERENTE PBLICO CARGO ENTIDAD DEDESTINO

    Jorge Alberto Zapata

    Gallo

    Jefe de la Oficina

    General de Planeamientoy Presupuesto

    Ministerio de Desarrollo

    e Inclusin Social

    Ar tculo Segundo.- El vnculo laboral especial conel Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, se iniciaruna vez cumplidas las formalidades a cargo de la referidaentidad de destino.

    Ar tcu lo Tercero.- Publicar en el Diario Oficial ElPeruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presenteResolucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS CORTS CARCELNPresidente Ejecutivo

    1051198-1

    Formalizan fecha para realizarevaluacin de operadores censados yno evaluados del Sistema Nacional deInversin Pblica, para los niveles delgobierno nacional, regional y local

    RESOLUCIN DE PRESIDENCIA EJECUTIVAN 024-2014-SERVIR/PE

    Lima, 14 de febrero de 2014

    Visto, el Informe N 008-2014-SERVIR/GDCRSC dela Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimientodel Servicio Civil; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, con Resolucin de Presidencia Ejecutiva N 058-2010-SERVIR/PE se aprob la Directiva N 001-2010-SERVIR/GDCR Directiva que regula el desarrollo de losdiagnsticos de conocimientos de las personas al serviciodel Estado de los Sistemas Administrativos del Estado;

    Que, mediante Resolucin de Presidencia Ejecutiva N130-2013-SERVIR/PE se aprob la Directiva N 001-2013-SERVIR/GDCRSC Directiva que regula el desarrollo delDiagnstico de conocimientos de las personas al serviciodel Estado del Sistema Nacional de Inversin Pblica-SNIP;

    Que, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades yRendimiento del Servicio Civil, rgano encargado de lagestin de los subsistemas de desarrollo de capacidadesy evaluacin del desempeo, en coordinacin con laDireccin General de Poltica de Inversiones del Ministeriode Economa y Finanzas ha determinado la necesidad

    de evaluar a los operadores del SNIP censados yno evaluados, los cuales representan el 39% de losoperadores registrados;

    Que, en ese sentido, la Gerencia de Desarrollo deCapacidades y Rendimiento del Servicio Civil, en el marcode la gestin del rendimiento, con el documento de vistopropone el 20 de febrero de 2014, como nueva fecha parala evaluacin de los operadores del SNIP no evaluados;

    Con la visacin de la Gerencia General, de la Gerenciade Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del ServicioCivil y de la Oficina de Asesora Jurdica;

    De conformidad al Decreto Legislativo N 1023 y enuso de las facultades establecidas en el Reglamento deOrganizacin y Funciones de la Autoridad Nacional delServicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N062-2008-PCM y modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tcu lo 1.- Formalizar la fecha para realizar laevaluacin de operadores censados y no evaluados delSistema Nacional de Inversin Pblica, para los niveles delgobierno nacional, regional y local, programndose parael 20 de febrero de 2014, la realizacin del diagnstico deconocimientos.

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    Ar tculo 2.- Disponer la publicacin de la presenteResolucin en el diario oficial El Peruano y en el PortalInstitucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS CORTS CARCELNPresidente Ejecutivo

    1051198-2

    INSTITUTO NACIONAL DE

    DEFENSA DE LA COMPETENCIA

    Y DE LA PROTECCION DE LA

    PROPIEDAD INTELECTUAL

    Incorporan miembros del Equipo deMejora Cont inua del I NDECOPI

    RESOLUCIN DE LA PRESIDENCIADEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI

    N 019-2014-INDECOPI/COD

    Lima, 13 de febrero de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, la simplificacin administrativa es aplicable a todaslas entidades que tramitan procedimientos administrativoso brindan servicios administrativos en exclusividad, comopoltica nacional de obligatorio cumplimiento. En esesentido, involucra a las entidades del Gobierno Nacional(incluidos los Ministerios y las Entidades Pblicas delPoder Ejecutivo), de los Poderes Legislativo y Judicial,de los Gobiernos Regionales, de los Gobiernos Locales uOrganismos Constitucionales Autnomos;

    Que, con la finalidad de orientar a las entidades en eldesarrollo de proyectos de reingeniera o simplificacinadministrativa, se aprob la Metodologa de SimplificacinAdministrativa, a travs del Decreto Supremo N 007-2011-PCM - Decreto Supremo que aprueba la Metodologa deSimplificacin Administrativa y establece disposiciones parasu implementacin, para la mejora de los procedimientosadministrativos y servicios prestados en exclusividad;

    Que, de acuerdo con dicha metodologa, se disponela conformacin de un Comit de Direccin del Procesode Simplificacin como instancia poltica responsable dela puesta en marcha del proyecto de simplificacin; y delEquipo de Mejora Continua como responsable de planificary gestionar el proyecto de simplificacin administrativa alinterior de cada entidad del sector pblico;

    Que, mediante Resoluciones N 039-2012-INDECOPI/COD y N 130-2012-INDECOPI/ COD, se designaronlos integrantes del Comit de Direccin del Procesode Simplificacin y del Equipo de Mejora Continua delINDECOPI, siendo publicadas dichas designaciones en elDiario Oficial El Peruano, con fecha 21 de marzo de 2012y 12 de agosto de 2012, respectivamente;

    Que, mediante Memorndum N 1250-2013/GPG,la Gerencia de Planeamiento y Gestin Institucionalpropuso la incorporacin del seor Jos Carlos ZigaAguilar como miembro del Equipo de Mejora Continua,dado que es el responsable del rea de Racionalizacin yGestin Institucional, encargada de conducir el proceso desimplificacin administrativa; asimismo, solicit modificar ladesignacin de los miembros del referido Equipo debido aque, por diversas acciones de personal realizadas durante elao 2013, el seor Efran Pacheco Guillen, Ejecutivo 1 de laGerencia Legal, y el seor Jos Mendiola Lzaro de Ortecho,Gerente de Tecnologas de la Informacin, ya no laboran enla Institucin, por lo que se propuso la designacin del seorEnrique Priori Santoro, Sub Gerente de la Gerencia Legal, ydel seor Alipio Mario Obregn, Ejecutivo 1 de la Gerenciade Tecnologas de la Informacin, en su reemplazo;

    De conformidad con lo establecido en la Ley N 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, y en la

    Metodologa de Simplificacin Administrativa, aprobadapor el Decreto Supremo N 007-2011-PCM;

    Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivode la Institucin; y,

    De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3del artculo 7 de la Ley de Organizacin y Funciones delINDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N 1033;

    RESUELVE:

    Artculo 1.- Incluir al seor Jose Carlos ZuigaAguilar, Ejecutivo 1 del rea de Racionalizacin y GestinInstitucional de la Gerencia de Planeamiento y GestinInstitucional, como miembro del Equipo de MejoraContinua (EMC) del INDECOPI.

    Artculo 2.-Designar al seor Enrique Priori Santoro,Sub Gerente de la Gerencia Legal, y al seor Alipio MarioObregn, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Tecnologas dela Informacin, como miembros del Equipo de MejoraContinua (EMC) del INDECOPI.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    HEBERT TASSANO VELAOCHAGAPresidente del Consejo Directivo

    1051190-1

    SUPERINTENDENCIA

    NACIONAL DE ADUANAS Y DE

    ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Designan Auxiliar Coactivo de laIntendencia de la Aduana de Pucallpa

    RESOLUCIN DE INTENDENCIAN 0153-2014-SUNAT/217-3T0000

    Pucallpa, 12 de febrero de 2014.

    CONSIDERANDO:

    Que, es necesario dejar sin efecto la designacin delAuxiliar Coactivo y designar a un nuevo Auxiliar Coactivode la Intendencia de la Aduana de Pucallpa para garantizarel normal funcionamiento de su cobranza coactiva;

    Que, el artculo 114 del Texto nico Ordenado delCdigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N133-2013-EF, establece los requisitos que debern reunir lostrabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

    Que, el personal propuesto ha presentado DeclaracinJurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

    Que, la Dcimo Cuarta Disposicin Final del Texto

    nico Ordenado del Cdigo Tributario, establece quelo dispuesto en el numeral 7.1 del artculo 7 de laLey N 26979, no es de aplicacin a los rganos de laAdministracin Tributaria cuyo personal ingres medianteConcurso Pblico;

    Que, el artculo 4 de la Resolucin de SuperintendenciaN 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente deAduana Martima del Callao, Intendente de AduanaArea del Callao, Intendente de Fiscalizacin y Gestinde Recaudacin Aduanera, Intendente de PrincipalesContribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanasdesconcentradas y en los Intendentes Regionales de laSUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,a los trabajadores que se desempearn como AuxiliaresCoactivos dentro del mbito de competencia de cada unade esas Intendencias;

    En uso de las facultades conferidas en la Resolucin deSuperintendencia N 216-2004/SUNAT y la Resolucin de

    Superintendencia N 043-2012/SUNAT del 28.02.2012.

    SE RESUELVE

    Artculo Primero.- Dejar sin efecto la designacincomo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de

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    Pucallpa al funcionario que se indica a continuacin: Sr.Maximo Vega Ochoa.

    Artculo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivode la Intendencia de la Aduana de Pucallpa, al funcionario

    que se indica a continuacin: Sr. Jos Victor Daz Alcedo.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ARMANDO VARGAS SALAZARIntendenteIntendencia de Aduana de Pucallpa

    1051156-1

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Autori zan viaje de funcionari o del BCRPa Colombia, en comisin de servicios

    RESOLUCIN DE DIRECTORION 005-2014-BCRP

    Lima, 13 de febrero de 2014

    CONSIDERANDO QUE:

    Se ha recibido invitacin del Centro de EstudiosMonetarios Latinoamericanos (CEMLA), del FondoMonetario Internacional (FMI) y del Banco de la Repblicade Colombia para participar en el curso avanzado El usode Modelos DSGE en el Proceso de Formulacin dePolticas, Parte II, que se realizar del 17 al 21 de febreroen la ciudad de Bogot, Colombia;

    Es poltica del Banco Central de Reserva del Per

    mantener actualizados a sus funcionarios en aspectosfundamentales relacionados con la finalidad y funcionesdel Banco Central;

    Para el cumplimiento del anterior considerando,la Gerencia de Poltica Monetaria tiene entre susobjetivos proveer de anlisis, proyecciones ypropuestas de poltica monetaria para defender laestabilidad monetaria, as como de otras polticasmacroeconmicas y estructurales que coadyuven alcrecimiento sostenido;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27619,su Reglamento el Decreto Supremo N 047-2002-PCM ymodificatorias, y estando a lo acordado por el Directorioen su sesin de 13 de febrero de 2014;

    SE RESUELVE:

    Ar tcu lo 1.- Autorizar la misin en el exterior del

    seor Alex Contreras Miranda, Especialista Senior enModelos Macroeconmicos de la Gerencia de PolticaMonetaria, en la ciudad de Bogot, Colombia, del 17 al 21de febrero y el pago de los gastos, a fin de que participeen el certamen indicado en la parte considerativa de lapresente Resolucin.

    Ar tcu lo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje sercomo sigue:

    Pasaje US$ 1059,82Viticos US$ 1400,00 ------------------------TOTAL US$ 2459,82

    Artculo 3.- Esta Resolucin no dar derecho aexoneracin o liberacin del pago de derechos aduaneros,cualquiera fuere su clase o denominacin.

    Publquese.

    JULIO VELARDEPresidente

    1050850-1

    JURADO NACIONAL

    DE ELECCIONESDeclaran nulo lo actuado hastala interposicin de solicitud devacancia presentada contra alcaldede la Municipalidad Distrital de Moro,provincia del Santa, departamento deHuaraz

    RESOLUCIN N 0015-2014-JNE

    Expediente N J -2013-01336MORO - SANTA - NCASHRECURSO DE APELACIN

    Lima, siete de enero de dos mil catorce

    VISTO en audiencia pblica de la fecha, el recurso deapelacin interpuesto por ntoni lex Domnguez Reyesen contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesinextraordinaria realizada el 17 de octubre de 2013, quedesestim el pedido de vacancia presentada en contrade Ivo lvaro Rincn Ruiz, alcalde de la MunicipalidadDistrital de Moro, provincia del Santa, departamento dencash, por haber incurrido en la causal establecida enel artculo 22, numeral 9, concordante con el artculo 63,de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, yodos los informes orales.

    ANTECEDENTES

    Solicitud de vacancia

    El 5 de agosto de 2013, ntoni lex Domnguez Reyes

    solicit al Jurado Nacional de Elecciones correr trasladode su solicitud de vacancia (fojas 10 a 18) presentadaen contra de Ivo lvaro Rincn Ruiz, alcalde de laMunicipalidad Distrital de Moro, por haber incurrido en lacausal de restricciones en la contratacin, contempladaen el artculo 22, numeral 9, concordante con el artculo63, de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades(en adelante LOM).

    Los hechos invocados por el solicitante respecto alalcalde cuestionado son los siguientes:

    a) Haber provedo de combustible a la MunicipalidadDistrital de Moro, en el ao 2008, y cuyo pago por el montode S/. 16 976,16 nuevos soles, fue efectivizado en el ao2011, a pesar de que dicho pago no se encontraba en lalista de devengados aprobados y presupuestados en elao 2010 por la anterior gestin municipal (PIA 2011).

    b) Haber beneficiado a Julia Rosario Ochoa Salinas,

    quien sera su concubina y madre de su hija, Susan ZarelaRincn Ochoa, con un contrato con la MunicipalidadDistrital de Moro, en los aos 2011 y 2012, gracias al cualla ltima de las nombradas habra cobrado la suma de S/.5 878,60 nuevos soles y S/. 740,00 nuevos soles.

    c) Haber suscrito, en ejercicio de sus funciones comoalcalde de la Municipalidad Distrital de Moro, contratoscon las municipalidades distritales de Nepea, Cceresdel Per y Pamparoms, aprovechando su investidura,transgrediendo as lo establecido en el artculo 10 de laLey de Contrataciones del Estado.

    Como medios probatorios de su solicitud de vacancia,adjunta los siguientes documentos:

    Documento obtenido del Portal de Transparenciaeconmica del Ministerio de Economa y Finanzas, conel que se acredita que el alcalde cuestionado cobr las

    sumas de S/. 16 976,16 nuevos soles, por parte de laMunicipalidad Distrital de Moro (fojas 20). Documento obtenido del Portal de Transparencia

    econmica del Ministerio de Economa y Finanzas, conel que se acredita que Julia Rosario Ochoa Salinasrecibi pagos por las sumas de S/. 5 878,60 nuevos solesy S/. 740,00 nuevos soles, en los aos 2011 y 2012,

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    El Peruano

    Domingo 16 de febrero de 2014517108

    respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Moro(fojas 21 y 28).

    Documentos obtenidos del Portal de Transparenciaeconmica del Ministerio de Economa y Finanzas, con

    el que se acredita que Ivo lvaro Rincn Ruiz, en sudesempeo como alcalde de la Municipalidad Distrital deMoro, ha contratado con otras municipalidades, durantelos aos 2011, 2012 y 2013 (fojas 29 a 60).

    Dicha solicitud de vacancia dio origen al ExpedienteN J-2013-00992, en el cual se emiti, con fecha 7 deagosto de 2013, el Auto N 1 (fojas 69 a 70), a travs delcual se corri traslado de dicha peticin a los miembrosdel Concejo Distrital de Moro.

    Pronunciamiento emitido por el Concejo Distritalde Moro

    En la sesin extraordinaria realizada el 17 de octubrede 2013, el Concejo Distrital de Moro trat la solicitud devacancia presentada en contra del alcalde cuestionado,declarando infundada, por unanimidad, dicha solicitud (fojas

    169 a 170 vuelta). Tal decisin fue formalizada medianteAcuerdo de Concejo N 083-2013-MDM (fojas 179 a 191).

    Recurso de apelacin

    El 23 de octubre de 2013, ntoni lex DomnguezReyes interpuso recurso de apelacin (fojas 192 a 197)en contra del Acuerdo de Concejo N 083-2013-MDM quedeclar infundada la solicitud de vacancia en contra delalcalde cuestionado.

    En el recurso de apelacin, la recurrente reitera losargumentos expuestos en su solicitud de vacancia,agregando que se recabaron otros medios probatoriosconsistentes en notas de crdito expedidas por laestacin de servicios Grifo Moro, a favor de de la empresaConsorcio ncash, quien result ganador de la buena propara ejecutar la obra Instalacin de letrinas ecolgicasen los caseros de San Flix, Tambo y Huayn, distrito

    de Moro, Santa - ncash, las que fueron suscritas por elmaestro de obra, y que acreditan que Ivo lvaro RincnRuiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Moro, vieneproveyendo combustible en dicha obra.

    CUESTIN EN DISCUSIN

    La materia controvertida en el presente caso es determinarsi Ivo lvaro Rincn Ruiz, incurri, en calidad de alcalde dela Municipalidad Distrital de Moro, en la causal de vacanciaprevista en el artculo 22, numeral 9, en concordancia con elartculo 63, de la LOM, al haber presuntamente cobrado enla actual gestin edil, por servicios prestados en la gestinedil anterior, y haber beneficiado a su conviviente con uncontrato con la misma municipalidad.

    CONSIDERANDOS

    El debido proceso en los procedimientos devacancia en sede municipal

    1. El debido proceso constituye un derechofundamental de todos los ciudadanos sin excepcin, cuyorespeto exige el cumplimiento de una serie de previsionesy garantas en el momento en el cual la persona essometida a un procedimiento en el que se discuten susderechos, garanta que se encuentra reconocida en laConstitucin Poltica del Per.

    As, el procedimiento de vacancia que se instruyeen el mbito municipal no est exento del cumplimientode garantas que aseguren al alcalde y los regidores lacorreccin de la decisin sobre su permanencia en elconcejo municipal y del procedimiento por el cual se arribaa esta.

    2. La LOM establece el procedimiento de declaracinde vacancia de alcalde o regidor, el mismo que contemplalas personas legitimadas a interponer la solicitud devacancia, la instancia que debe resolverla, el qurumde votacin para adoptar la decisin, los recursosimpugnatorios, los plazos para la tramitacin, entre otros.Por lo tanto, la infraccin de las reglas all sealadasvician el procedimiento y permiten su impugnacin ante elJurado Nacional de Elecciones.

    3. En ese sentido, el Jurado Nacional de Eleccionesdebe verificar la legalidad del procedimiento de vacancia,conforme a lo prescrito en el artculo 23 de la LOM,y constatar, adems, si durante el proceso se han

    observado los derechos y garantas inherentes al debidoprocedimiento.

    Sobre la debida motivacin de las decisiones delconcejo municipal

    4. Los acuerdos de concejo, en los procedimientosde vacancia, se originan de un debate sobre si se haincurrido en una o varias causales previstas en el artculo22 de la LOM, y estos son impugnables conforme a loestablecido en el artculo 23, tercer prrafo, de la normaantes mencionada; por ende, el acto por el que se declarala vacancia de una autoridad, requiere ser motivado, esdecir, la motivacin no solo constituye una obligacin legalimpuesta a la Administracin, sino tambin un derecho deladministrado, a efectos de que este pueda hacer valer losmedios de impugnacin previstos por ley, cuestionandoo respondiendo las imputaciones que deben aparecer

    con claridad y precisin en el acto sancionador. Comolo ha establecido nuestro Tribunal Constitucional1, lamotivacin, en estos casos, permite a la Administracinponer en evidencia que su actuacin no es arbitraria,sino sustentada en la aplicacin racional y razonable delderecho.

    5. Es necesario resaltar que de acuerdo a loestablecido por nuestro Tribunal Constitucional2, eldebido procedimiento, en sede administrativa, suponeuna garanta genrica que resguarda los derechos deladministrado durante la actuacin del poder de sancinde la administracin.

    6. Por otro lado, es preciso resaltar lo establecidoen el artculo 10, numeral 1, de la LPAG, que disponeque constituye un vicio que causa la nulidad del actoadministrativo la contravencin a la Constitucin, a lasleyes o a las normas reglamentarias. El artculo IV delTtulo Preliminar de la LPAG consagra como principios del

    procedimiento administrativo, entre otros, el principio deimpulso de oficio, que implica que las autoridades debendirigir e impulsar el procedimiento y ordenar la realizacino prctica de los actos que resulten convenientes para elesclarecimiento y resolucin de las cuestiones necesarias,y el principio de verdad material, que supone que, en elprocedimiento, la autoridad administrativa competentedeber verificar plenamente los hechos que sirven demotivo a sus decisiones, para lo cual deber adoptartodas las medidas probatorias necesarias autorizadaspor la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por losadministrados o hayan acordado eximirse de ellas.

    Anlis is del caso concreto

    7. Del examen (lectura de autos, valoracin de sucontenido y pertinencia de los medios probatorios), seadvierte que el recurrente present un escrito con fecha

    17 de octubre de 2013 ante la Municipalidad Distrital deMoro, en la que adjunta una serie de medios probatorios(fojas 97 a 101), entre los cuales se encuentran: a)copias simples de solicitudes de pago de gratificacionespor fiestas patrias, por navidad y pago de bonificacionespor vacaciones, por parte de dos administrados, quecorresponderan a los aos 2003, 2004, 2005 y 2006(fojas 102 a 112); b) certificados de inscripcin de Ivolvaro Rincn Ruiz (alcalde cuestionado), Julia RosarioOchoa Salinas y Susan Zarela Rincn Ochoa (estas dosltimas, de acuerdo a lo alegado por el recurrente, seranla conviviente y la hija, respectivamente, del alcaldecuestionado) expedidos por el Registro Nacional deIdentificacin y Estado Civil - Reniec (fojas 145 a 147);c) copias certificadas de notas de crdito expedidas porla Agrcola y Ferretera Susan (fojas 148 a 153) y porla estacin de servicios Grifo Moro (fojas 154 a 155),todas a favor de Consorcio ncash Tambo; d) copiadel contrato para la ejecucin de la obra Instalacin deletrinas ecolgicas en los caseros de San Flix, Tambo y

    1 Sentencias N 090-2004-AA/TC, considerando 35 y N 4289-2004-AA,

    considerando 62 STC N 3741-2004-AA/TC, considerando 21

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    Huayn, distrito de Moro - Santa - ncash, suscrito entrela Municipalidad Distrital de Moro y el Consorcio ncash(fojas 156 a 159).

    8. En esa misma fecha, el Concejo Distrital de Moro

    llev a cabo una sesin extraordinaria para tratar lasolicitud de vacancia en contra del alcalde cuestionadopor el cargo previsto en el artculo 22, numeral 9 de laLOM, de cuya acta no se aprecia que se hayan valoradolos medios probatorios detallados en el prrafo anterior.A la vez, no existe pronunciamiento alguno sobre lavinculacin que tendra Ivo lvaro Rincn Ruiz con JuliaRosario Ochoa Salinas, ni con el Consorcio ncash, quientiene un contrato suscrito con la Municipalidad Distrital deMoro para la elaboracin de una obra.

    9. As tambin, y sin perjuicio de lo antes expuesto, losmiembros del Concejo Distrital de Moro, debieron incorporarla documentacin necesaria y vinculada con los hechosrelacionados con el procedimiento de vacancia seguido encontra del alcalde Ivo lvaro Rincn Ruiz, esto es, haberremitido un informe del rea correspondiente, as comola respectiva documentacin sustentatoria, relacionadacon el orden de prelacin de los pagos efectuados a favor

    del alcalde cuestionado y de Julia Rosario Ochoa Salinas,que fueron dispuestos por Resolucin Gerencial N 013-2011-MDM/GM, del 1 de julio de 2011 (fojas 222 a 223),y Resolucin Gerencial N 026-2011-MDM/GM, del 23 desetiembre de 2011 (fojas 432 a 433), tenindose en cuentaque existiran deudas de la Municipalidad Distrital de Moroanteriores al ao 2010, que no se habran pagado.

    10. En vista de lo antes expuesto, este SupremoTribunal Electoral, conforme al artculo 181 de laConstitucin Poltica del Per y al artculo 23 de la Ley N26486, Ley Orgnica del Jurado Nacional de Elecciones,considera que debe declararse la nulidad de lo actuadoen el procedimiento de vacancia iniciado por ntoni lexDomnguez Reyes, y en consecuencia, debe asimismoretrotraerse lo actuado a la convocatoria a la sesinextraordinaria.

    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de

    Elecciones, en uso de sus atribuciones,RESUELVE

    Artculo Primero.- Declarar NULO todo lo actuadohasta la interposicin de la solicitud de vacanciapresentada por ntoni lex Domnguez Reyes en contrade Ivo lvaro Rincn Ruiz, alcalde de la MunicipalidadDistrital de Moro, provincia del Santa, departamento deHuaraz, por la causal prevista en el artculo 22, numeral9, concordante con el artculo 63, de la Ley N 27972, LeyOrgnica de Municipalidades.

    Artculo Segundo.- DEVOLVER los actuados alConcejo Distrital de Moro a fin de que vuelva a emitirpronunciamiento sobre el pedido de declaratoria devacancia y renueve los actos procedimentales a partir dela interposicin de dicha solicitud, bajo apercibimiento deremitir copias de los actuados al presidente de la Junta de

    Fiscales Superiores del distritofi

    scal de ncash, afi

    n deque se ponga en conocimiento del fiscal provincial penalde turno, para que evale la conducta de los integrantesde dicho concejo, de acuerdo a sus competencias.

    Art culo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distritalde Moro, en el plazo de treinta das hbiles, emita un nuevopronunciamiento en sesin extraordinaria de concejomunicipal, sobre la base de los parmetros establecidos enla presente resolucin y, en consecuencia, se pronuncie,bajo sancin de nulidad, respecto de los siguientes puntos:

    1. Actuar y valorar los medios probatorios suficientesque acrediten la concurrencia de los tres elementos queconfiguran la causal de restricciones de contratacinanalizando adecuadamente cada uno de ellos y materiade pronunciamiento por parte del concejo distrital.

    2. Cada miembro del concejo municipal deber exponery debatir los argumentos que sustenten su posicinrespecto a la solicitud de vacancia, en todo caso, losfundamentos relevantes respecto a las posiciones a favor yen contra de la vacancia solicitada, lo que implica que tantoel alcalde como los regidores (cuya asistencia a la sesinde concejo es obligatoria, en virtud de lo dispuesto en elartculo 10, numeral 5, de la Ley N 27972, Ley Orgnica deMunicipalidades, por lo que su incumplimiento ser motivo

    de responsabilidad funcional), debern emitir su voto, yasea a favor o en contra, incluida la autoridad cuestionada,conforme al artculo 101, numeral 101.1 de la Ley N27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de

    aplicacin supletoria en el presente caso.3. El concejo distrital deber emitir una decisindebidamente motivada, en relacin con la solicitud devacancia, y consignar en el acta de la sesin convocadalas firmas de todos los asistentes al acto sealado.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    SS.

    TVARA CRDOVA

    PEREIRA RIVAROLA

    AYVAR CARRASCO

    CORNEJO GUERRERO

    RODRGUEZ VLEZSamaniego MonznSecretario General

    1050846-1

    Convocan a ciudadana para queasuma el cargo de regidora del concejomuni cipal de la Munici pali dad Distri talde Morococha, provincia de Yauli,departamento de Jun n

    RESOLUCIN N 073-2014-JNE

    Expediente N J -2014-00097

    MOROCOCHA - YAULI - JUNN

    Lima, cinco de febrero de dos mil catorce

    VISTO el expediente sobre convocatoria de candidatono proclamado del Concejo Distrital de Morococha,provincia de Yauli, departamento de Junn, al habersedeclarado la vacancia del regidor scar Uldarico BaldenAguilar, por la causal de fallecimiento, prevista en elartculo 22, numeral 1, de la Ley N 27972, Ley Orgnicade Municipalidades.

    ANTECEDENTES

    Mediante Acuerdo de Concejo N 40-2013-ALC/MDM(fojas 8 de autos), de fecha 20 de noviembre de 2013,se declar la vacancia de scar Uldarico Balden Aguilaren el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de

    Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junin,por la causal de fallecimiento, prevista en el artculo22, numeral 1, de la Ley N 27972, Ley Orgnica deMunicipalidades (en adelante LOM).

    Con Oficio N 008-2014-GM/MDM, presentado el 20de enero de 2014, el gerente de la Municipalidad Distritalde Morococha solicit la convocatoria de candidatono proclamado (fojas 1). Se adjunt a dicha solicitud lapartida de defuncin que certifica el deceso de la autoridadmunicipal, ocurrido el 20 de octubre de 2013 (fojas 9).

    CONSIDERANDOS

    1. El artculo 23 de la LOM seala que la vacanciadel cargo de alcalde o regidor es declarada en sesinextraordinaria por el correspondiente concejo municipal,con el voto aprobatorio de los dos tercios del nmerolegal de sus miembros. En tal sentido, en vista de quese ha cumplido con los requisitos establecidos en elartculo antes mencionado, y que se ha acreditado lacausal contemplada en el artculo 22, numeral 1, de laLOM, corresponde emitir las credenciales a las nuevasautoridades.

    2. De conformidad con el artculo 24 de la LOM, encaso de vacancia de un regidor este es reemplazado por

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    Domingo 16 de febrero de 2014517110

    el regidor hbil que sigue en su propia lista electoral. As,corresponde convocar a Hayde Luz Agero Solrzano,identificada con Documento Nacional de Identidad N21271889, candidata no proclamada del movimiento

    regional Movimiento Poltico Regional Per Libre, enreemplazo de scar Uldarico Balden Aguilar, conforme ala informacin remitida por el Jurado Electoral Especialde Tarma, con motivo de las elecciones municipales delao 2010.

    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional deElecciones, en uso de sus atribuciones,

    RESUELVE

    Artcu lo Primero.- APROBAR la solicitud deconvocatoria de candidato no proclamado, comoconsecuencia de la declaratoria de vacancia de scarUldarico Balden Aguilar, en el cargo de regidor delConcejo Distrital de Morococha, provincia de Yauli,departamento de Junn, por la causal establecida en elartculo 22, numeral 1, de la Ley N 27972, Ley Orgnica

    de Municipalidades.Ar tculo Segundo.-DEJAR SIN EFECTO la credencialotorgada a scar Uldarico Balden Aguilar como regidordel Concejo Distrital de Morococha, provincia de Yauli,departamento de Junn, emitida con motivo de laselecciones municipales del ao 2010.

    Ar tcu lo Tercero.- CONVOCAR a Hayde LuzAgero Solrzano, identificada con Documento Nacionalde Identidad N 21271889, para que asuma el cargo deregidora del concejo municipal de la Municipalidad Distritalde Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junn,a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debindose otorgar la respectiva credencial que lafaculta como tal.

    SS.

    TVARA CRDOVA

    AYVAR CARRASCO

    CORNEJO GUERRERO

    RODRGUEZ VLEZ

    Samaniego MonznSecretario General

    1050846-2

    Convocan a ciudadana para que asumael cargo de regidora de la Mun ici pali dadDistrital de Yauli, provincia de Jauja,departamento de Jun n

    RESOLUCIN N 088-2014-JNE

    Expediente N J -2014-00121YAULI - JAUJA - JUNN

    Lima, cinco de febrero de dos mil catorce

    VISTO el Oficio N 005-2014-A-MDY/J, presentado el27 de enero de 2014 por Oracio Aquino Aquino, alcaldede la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia de Jauja,departamento de Junn, por el que solicita la convocatoriade candidato no proclamado, al haberse declarado lavacancia de Julia Gregoria Anglas Rojas en el cargo deregidora de dicha entidad, por la causal de fallecimiento,prevista en el artculo 22, numeral 1, de la Ley N 27972,Ley Orgnica de Municipalidades.

    ANTECEDENTES

    Con fecha 17 de enero de 2014, se llev a cabo lasesin extraordinaria en la cual los miembros del concejomunicipal declararon, por unanimidad, la vacancia deJulia Gregoria Anglas Rojas en el cargo de regidorade la Municipalidad Distrital de Yauli, por la causal de

    fallecimiento, establecida en el artculo 22, numeral 1, dela Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades (enadelante LOM).

    En razn de dicha declaratoria de vacancia es que

    Oracio Aquino Aquino, alcalde de la Municipalidad Distritalde Yauli, solicita que el Jurado Nacional de Eleccionesproceda a convocar al candidato no proclamado, deconformidad con lo establecido en el artculo 24 de laLOM. Adjunta para dicho efecto el acta de defuncin quecertifica el deceso de la autoridad municipal el 5 de enerode 2014 (fojas 5 y vuelta) y la copia del acta de la sesinextraordinaria del Concejo Distrital de Yauli, de fecha 17de enero de 2014 (fojas 2 y 3).

    CONSIDERANDOS

    1. Conforme al artculo 23 de la LOM, la vacanciadel cargo de alcalde o regidor es declarada en sesinextraordinaria por el correspondiente concejo municipal,con el voto aprobatorio de los dos tercios del nmero legalde sus miembros.

    2. En tal sentido, en vista de que se ha cumplido con los

    requisitos establecidos en el artculo antes mencionado, yse ha acreditado la causal contemplada en el artculo 22,numeral 1, de la LOM, corresponde emitir las credencialescorrespondientes.

    3. De conformidad con el artculo 24 de la LOM,en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza elregidor hbil que sigue en su propia lista electoral. As,corresponde convocar a Clemencia Isabel Bances Aquino,identificada con Documento Nacional de Identidad N44205662, candidata no proclamada de la lista electoraldel partido poltico Alianza para el Progreso, conforme ala informacin remitida por el Jurado Electoral Especialde Jauja, con motivo de las Elecciones Municipales delao 2010.

    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional deElecciones, en uso de sus atribuciones,

    RESUELVEAr tcu lo Pr im ero. - APROBAR la solicitud de

    convocatoria de candidato no proclamado, comoconsecuencia de la aprobacin de la declaratoriade vacancia de Julia Gregoria Anglas Rojas, en elcargo de regidora de la Municipalidad Distrital deYauli, provincia de Jauja, departamento de Junn, porla causal de fallecimiento, establecida en el artculo22, numeral 1, de la Ley N 27972, Ley Orgnica deMunicipalidades.

    Artculo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO lacredencial otorgada a Julia Gregoria Anglas Rojas comoregidora de la Municipalidad Distrital de Yaul