2. Caso Mayo 2013 Con Pauta

9
1 Caso examen de grado Mayo 2013 En el mes de mayo de 2012, Inmobiliaria XP S.A. formuló a las hermanas Beatriz y Cristina Silva Toro una oferta de compra por el inmueble de su propiedad ubicado en Pasaje Echaurren 1267, Santiago, donde la Inmobiliaria proyectaba realizar un edificio de 20 pisos. Luego de algunos meses de negociaciones, se acordó entre las partes las condiciones comerciales y legales finales con las que celebraría el contrato de compraventa. Con dicho propósito las hermanas Silva Toro otorgaron a la Inmobiliaria por instrumento privado de fecha 20 de agosto de 2012 una opción exclusiva de compra preferente sobre el inmueble; derecho de opción de compra que fue aceptado por Inmobiliaria con la misma fecha y por instrumento separado. Las principales condiciones comerciales y legales del negocio, plasmadas en el instrumento por la cual se otorga a la Inmobiliaria el derecho de opción de compra, fueron las siguientes: a) Individualización completa del inmueble, según sus títulos b) Plazo para el ejercicio de la opción: 15 de febrero de 2013 c) Plazo para la suscripción de la compraventa: Dentro de los 10 días contados desde la fecha en que comunique la decisión de la Inmobiliaria de ejercer la opción de compra. d) Precio: 7,2 UF por metro cuadrado útil (superficie aproximada de 5.231 m2), pagadero contra la inscripción del inmueble a nombre del comprador, libre de hipotecas, gravámenes, interdicciones, prohibiciones, litigios, arrendamientos, medidas precautorias o cualquier otro gravamen. e) Forma de la compraventa: ad corpus o como especie o cuerpo cierto. f) Entrega material: Libre de ocupantes contra la inscripción del inmueble a nombre de la compradora. La Inmobiliaria XP S.A. comenzó los estudios de mercado, mecánica de suelos, elaboración de anteproyecto de edificación, y una vez vista la viabilidad el proyecto, mediante carta de fecha 15 de febrero de 2013, y estando dentro del plazo pactado, la Inmobiliaria comunicó a las hermanas Silva Toro por escrito el ejercicio de su derecho de opción de compra preferente y la circunstancia de encontrarse la matriz de la escritura de compraventa lista para su firma en Notaria, ya firmada por el representante de la Inmobiliaria. Luego de unos días las hermanas Silva Toro comunicaron a la Inmobiliaria que no podían firmar la compraventa y que el negocio se suspendía, pues no tenían certeza de poder hacer entrega material del inmueble libre de ocupantes ya que éste se encontraba habitado por algunos arrendatarios que no querían desocuparlo. Luego de una serie de comunicaciones que se prolongaron por más de dos meses, por las que las hermanas Silva Toro se oponían a toda fórmula de solución para celebrar la compraventa, el día domingo 21 de abril de 2013 , enviaron un correo electrónico a la Inmobiliaria indicándole que, si

Transcript of 2. Caso Mayo 2013 Con Pauta

  • 1

    Caso examen de grado Mayo 2013

    En el mes de mayo de 2012, Inmobil iar ia XP S.A. formul a las hermanas Beatr iz y Cr ist ina Si lva Toro una oferta de compra por el inmueble de su propiedad ubicado en Pasaje Echaurren 1267, Santiago, donde la Inmobil iar ia proyectaba realizar un edif ic io de 20 pisos. Luego de algunos meses de negociaciones, se acord entre las partes las condiciones comerciales y legales f inales con las que celebrara el contrato de compraventa. Con dicho propsito las hermanas Si lva Toro otorgaron a la Inmobil iar ia por instrumento pr ivado de fecha 20 de agosto de 2012 una opcin exclusiva de compra preferente sobre el inmueble; derecho de opcin de compra que fue aceptado por Inmobil iar ia con la misma fecha y por instrumento separado. Las pr incipales condiciones comerciales y legales del negocio, plasmadas en el instrumento por la cual se otorga a la Inmobil iar ia el derecho de opcin de compra, fueron las siguientes:

    a) Individualizacin completa del inmueble, segn sus t tulos b) Plazo para el ejercic io de la opcin: 15 de febrero de 2013 c) Plazo para la suscripcin de la compraventa: Dentro de los 10 das

    contados desde la fecha en que comunique la decisin de la Inmobiliaria de ejercer la opcin de compra.

    d) Precio: 7,2 UF por metro cuadrado t i l (superf icie aproximada de 5.231 m2), pagadero contra la inscr ipcin del inmueble a nombre del comprador, l ibre de hipotecas, gravmenes, interdicciones, prohibiciones, l i t ig ios, arrendamientos, medidas precautorias o cualquier otro gravamen.

    e) Forma de la compraventa: ad corpus o como especie o cuerpo cierto. f ) Entrega material: Libre de ocupantes contra la inscr ipcin del

    inmueble a nombre de la compradora. La Inmobil iar ia XP S.A. comenz los estudios de mercado, mecnica de suelos, elaboracin de anteproyecto de edif icacin, y una vez vista la viabi l idad el proyecto, mediante carta de fecha 15 de febrero de 2013, y estando dentro del plazo pactado, la Inmobil iar ia comunic a las hermanas Si lva Toro por escr ito el ejercic io de su derecho de opcin de compra preferente y la circunstancia de encontrarse la matr iz de la escritura de compraventa l ista para su f irma en Notaria, ya f irmada por el representante de la Inmobil iar ia. Luego de unos das las hermanas Silva Toro comunicaron a la Inmobil iar ia que no podan f irmar la compraventa y que el negocio se suspenda, pues no tenan certeza de poder hacer entrega material del inmueble l ibre de ocupantes ya que ste se encontraba habitado por algunos arrendatarios que no queran desocupar lo. Luego de una serie de comunicaciones que se prolongaron por ms de dos meses, por las que las hermanas Silva Toro se oponan a toda frmula de solucin para celebrar la compraventa, el da domingo 21 de abril de 2013 , enviaron un correo electrnico a la Inmobil iar ia indicndole que, si

  • 2

    bien a su juicio la opcin de compra no se encontraba vigente, haban reconsiderado la posibi l idad de vender le a la Inmobil iar ia el inmueble, en la suma de 8 Unidades de Fomento por m2. PREGUNTAS

    1. Ud. es abogado de la Inmobil iar ia XP S.A. y su representante le seala que ha incurr ido en numerosos gastos en esta operacin y que le interesa comprar la propiedad, y en caso contrario, quiere que las hermanas Si lva Toro le indemnicen todos los perjuic ios que ha sufr ido. a) Cmo fundamentara la existencia y validez de una promesa de compraventa? y b) Qu accin o acciones y bajo qu fundamentos debe interponer para conseguir lo pretendido por su cliente?

    Totalmente correcta (6 a 7)

    a) El alumno debe ser capaz de identif icar en el derecho de compra preferente sobre el inmueble, la existencia de una promesa de venta por parte de las hermanas Silva Toro. Podra entenderse como una promesa uni lateral de celebrar contrato bi lateral, sujeta a la condicin de que la Inmobil iar ia ejerciera la opcin de compra o como una promesa bi lateral de celebrar contrato bilateral (La doctr ina y jur isprudencia han est imado perfectamente vlida la promesa que consta de dos instrumentos; uno por el cual una parte se obl iga a vender una propiedad a otra persona, y otra donde el dest inatar io acepta la oferta de compra y se obl iga a comprar).

    Debe anal izar los requisitos de la promesa y concluir que el instrumento en que consta esta oferta de compra cumple con todos el los.

    b) Debe proponer cumplimiento forzado y en subsidio resolucin, en ambos casos con indemnizacin. Si alega promesa bi lateral, lo puede fundar en el 1489 y si alega promesa uni lateral solo lo puede fundar en el 1553.

    Parcialmente correcta pero aprueba (4 a 5)

    El alumno debe construir la promesa de alguna de las formas indicadas en la letra a) y debe proponer cumplimiento forzado y en subsidio resolucin

    Totalmente incorrecta (1 a 3)

    El alumno no logra construir el contrato de promesa y propone solo una de las acciones que se proceden (si la letra a o b estn parcialmente correctas, puede acceder al 3)

    2. Suponga que al contestar la demanda, las hermanas Si lva Toro alegan que la promesa de compraventa est vencida y por ende ya no es exigible, ya que el plazo para celebrar el contrato de compraventa se encuentra vencido. Cmo podra defenderse ante esta alegacin?

    Totalmente correcta (6 a 7)

  • 3

    El alumno debe ser capaz de dist inguir el plazo de caducidad para el ejercic io de la opcin (15 de febrero) del plazo para otorgar el contrato de compraventa. Este lt imo plazo no podra considerarse como uno de carcter ext int ivo sino que suspensivo porque la obl igacin no se hace exigible antes de cumplirse el plazo y tampoco lo sera luego de su vencimiento, s i se est imase que el plazo es de carcter ext int ivo. De esta manera, se ha dicho que el plazo es naturalmente suspensivo y que si las partes quieren pactar un plazo ext int ivo no basta emplear las preposiciones de, dentro de, en, etc. ni la f i jacin de un da determinado para la celebracin, sino que debe pactarse as con claridad, expresando que vencido el plazo, la obligacin se ext ingue y no puede exigirse su cumplimiento en forma judic ial. De lo contrar io, estamos en presencia de un plazo suspensivo que slo habi l i ta, una vez vencido, para pedir el cumplimiento forzado o la resolucin. Parcialmente correcta pero aprueba (4 a 5) El alumno solo se ref iere al plazo para celebrar el contrato de compraventa y lo cal if ica y expl ica como un plazo suspensivo. Totalmente incorrecta (1 a 3) El alumno no dist ingue entre ambos plazos y no seala y expl ica el plazo para celebrar la compraventa como suspensivo

    3. Su cliente le manif iesta que en caso de no poder ejecutar el proyecto, se ver obl igado a pagar una cuantiosa multa a la Compaa de Seguros Metl ife a quien se compromet i vender el edif ic io para sus of ic inas corporat ivas (circunstancia desconocida por las demandadas). Agrega que las multas a favor de Metl ife exceden con creces el valor del sit io y que solo una de las 2 demandadas, Beatr iz, t iene bienes como para pagar estos perjuicios. Bajo qu regla y fundamento podra reclamar el pago de estos perjuicios (multa a la Compaa de Seguros) y bajo qu regla y fundamento podra obtener que doa Beatriz pueda ser obligada al pago ntegro de los perjuicios?

    Totalmente correcta (6 a 7)

    El alumno t iene que ident if icar estos perjuicios como de naturaleza imprevista, que quedaran fuera del deber de indemnizar salvo que se acredite dolo. El alumno t iene que alegar incumplimiento doloso para hacer responsable a las demandadas de los per juic ios imprevistos. Adems, bajo esta misma consideracin, puede solic itar la condena sol idar ia al pago de los perjuic ios bajo la regla del inciso 2 del art . 2317 (tesis Abel iuk).

    Parcialmente correcta pero aprueba (4 a 5)

    El alumno t iene que ident if icar estos perjuicios como de naturaleza imprevista, que quedaran fuera del deber de indemnizar salvo que se

  • 4

    acredite dolo. El alumno t iene que alegar incumplimiento doloso para hacer responsable a las demandadas de los per juic ios imprevistos.

    Totalmente incorrecta (1 a 3)

    El alumno no identif ica estos perjuic ios como de naturaleza imprevista, y/o que quedaran fuera del deber de indemnizar salvo que se acredite dolo.

    4.- Suponga que la Inmobiliaria XP S.A. aun no ha demandado a las hermanas Si lva Toro por incumplimiento y los perjuic ios causados por el incumplimiento de stas y que previo a interponer la demanda y contratados los servicios de un investigador privado, en Inmobiliaria XP S.A. se enteran que las hermanas Silva Toro actualmente tienen serios problemas econmicos por deudas, y que pretenden vender el inmueble a la Inmobiliaria Ralco S.A. en un precio de 8 UF el metro cuadrado, acordando las partes firmar a final de mes la escritura respectiva de compraventa.

    Asimismo, le informa que una de las hermanas, Beatriz Silva Toro, tiene en su cuenta corriente del Banco Security la suma de $2.000.000.- La otra, Cristina Silva Toro, es duea de un vehculo Toyota, placa patente WZ-2345, avaluado en la suma de $2.500.000.- segn la tasacin fiscal.

    Qu medida(s) podr tomar la Inmobiliaria XP S.A.? Seale cmo se tramitar(n) y decretar(n) dicha medida(s) en su caso y qu deber hacer la Inmobiliaria XP S.A. si se le concede(n)? Fundamente su respuesta, mencionando la o las justificaciones legales relacionadas.

    Totalmente correcta (6 a 7)

    Corresponder solicitar una medida prejudicial precautoria de prohibicin de celebrar actos y contratos sobre el inmueble (art. 290 N 4 CPC). Dicha medida deber cumplir tanto acreditar el fumus boni iuris y perculum in mora, junto a cumplir requisitos generales y especiales de medida solicitada;

    - requisitos generales: indicar accin que se va a ejercer, sus fundamentos generales, art. 287 CPC; art. 279 CPC, solicitud escrita fundando motivos graves y calificados, determinar el valor del inmueble sobre que recaer la medida, lo que puede hacerse mediante avalo fiscal del mismo, rendir fianza u otra garanta suficiente, acreditando la solvencia del fiador en su caso de conformidad al art. 2350 CC.

    -requisitos especiales: inscripcin en el Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Races de Santiago, art 297 CPC).

    La misma medida se puede solicitar sobre el vehculo sealado (art 296 CPC), teniendo en este caso la peculiaridad de que para su oponibilidad a terceros ella deber inscribirse en el Registro de Vehculos Motorizados pertinente.

    En orden al dinero depositado en la cuenta corriente del causante, se podr solicitar la medida prejudicial precautoria de retencin de dinero (art. 295 CPC), fundamentando que las facultades de las futuras demandadas no ofrecen suficiente garanta para el juicio o que existe motivo racional para creer que ocultarn sus bienes. Se podra abundar indicando que para mayor seguridad se podra trasladar dicho dinero a otra cuenta corriente bancaria, que el tribunal designe (la del tribunal, art. 516 COT).

  • 5

    Respecto de la tramitacin de la cautelar prejudicial precautoria solicitada, ella debiera ser proveda por el juez de plano, sin audiencia de la contraria (art. 289 CPC), atendido que ello ser necesario para asegurar su eficacia para el resultado de la accin. Debe explicarse suficientemente, la razn por que se decretan de esta forma, y no con audiencia del contradictor (sustento legal, y lgico). La nota aumenta si se detalla la ejecucin de la medida, una vez decretada ella por el juez (inscripciones Conservatorias y en Registro Civil mencionadas, etc.), las cuales se llevaran a efecto sin previa notificacin conforme al art. 302 del C.PC inc. 2.

    De aceptarse la solicitud, correspondiendo que Inmobiliaria XP S.A.:

    - inscriba prontamente las prohibiciones en los Registros respectivos

    - presente la demanda dentro de 10 das a que se acepten (ampliables hasta 30 das), junto a solicitar expresamente su mantencin so pena de caducidad y quedar responsable de eventuales perjuicios que ocurran (art. 280 CPC).

    Parcialmente correcta (4 a 5)

    El alumno identifica las 2 medidas y seala sus requisitos generales, pero omite los especiales. Seala someramente la tramitacin y los requerimientos posteriores en caso de aceptarse la solicitud.

    Lo mismo, si slo seala una de las medidas en forma completa.

    Totalmente incorrecta (1 a 3)

    El alumno no ident if ica ninguna de las 2 medidas, o seala que deben ser presentadas como precautor ias.

    5. Suponga ahora que la demanda por cumplimiento e indemnizacin de perjuicios fue interpuesta por la Inmobiliaria XP S.A. y fue acogida por el Juzgado Civil, respectivo quedando firme la sentencia. El fallo dispone la obligacin de las demandadas, de celebrar la compraventa prometida con Inmobiliaria XP S.A. y las condena al pago de los perjuicios por dao moral por $ 400.000.000.-.

    Exclusivamente en relacin al cumplimiento forzado de la obligacin contenida en la sentencia, Qu alternativas tiene Inmobiliaria XP S.A. para obtenerlo? y Por cul de ellas optara ud.? Explique la tramitacin de la opcin elegida y fundamente su respuesta, mencionando la o las justificaciones legales relacionadas.

    Totalmente correcta (6 a7)

    El alumno debe advertir que nos encontramos frente a una sentencia condenatoria ejecutoriada, que contiene una obligacin de hacer (suscribir el contrato de compraventa prometido) y que existen 2 alternativas para exigir su cumplimiento:

    (a) El procedimiento incidental de ejecucin, cumplidos sus requisitos (solicitud de parte interesada / sentencia definitiva o interlocutoria / firme o que causa ejecutoria / ejecucin actualmente exigible, pedirse dentro del plazo de un ao desde que la ejecucin se hizo exigible / solicitud con las menciones que exige la ley), en cuyo caso aplicar lo dispuesto en la regla 5 del art. 235 CPC para su ejecucin esto es, remisin al procedimiento de apremio para las obligaciones de hacer, aplicando la regla 3 de este artculo si es necesario embargar y realizar bienes.

  • 6

    (b) La otra opcin ser un nuevo procedimiento, ejecutivo esta vez (para el evento que se pida el cumplimiento ante el tribunal que dict la sentencia, fuera del ao en que se hizo exigible; o ante un tribunal diverso, sin importar el plazo, art. 237 CPC), donde el ejecutado slo podr interponer excepciones fundadas en hechos posteriores a la sentencia que se trata de cumplir. En este caso el procedimiento ser el procedimiento ejecutivo para las obligaciones de hacer que se contiene en los artculos 530 y siguientes del CPC.

    Atendidas las circunstancias del caso, el alumno debiera optar por el procedimiento incidental de ejecucin, salvo que justifique de alguna forma razonable su preferencia por un nuevo procedimiento (ejecutivo).

    En orden a su tramitacin, debe advertirse bsicamente la solicitud, provedo pertinente (como se pide, con citacin) 1 notificacin a practicar (por cdula al apoderado de la parte, y carta certificada a este y a la parte; personalmente al tercero), plazo para oponer excepciones (3 das fatales no prorrogables, 10 si es el tercero). Sealar que en concreto, la norma que dispone como ejecutarla es el art. 532 CPC, conforme al cual si requeridas que son las demandadas al efecto no cumplen con suscribir la compraventa respectiva dentro del plazo que fije el tribunal, esta ser otorgado en a su nombre por el juez que conozca del litigio (caso de representacin judicial).

    Parcialmente correcta (4 a 5)

    El alumno identifica el tipo de obligacin a hacer cumplir (de hacer) y las 2 posibilidades para exigir el cumplimiento, pero seala en forma general sus fundamentos y tramitacin.

    Lo mismo, si explica solo uno de las alternativas en forma completa, pero omite la otra.

    Totalmente incorrecta (1 a 3)

    El alumno no identifica el tipo de obligacin a hacer cumplir (de hacer) ni las posibilidades para exigir el cumplimiento.

    6. En relacin con la sentencia dictada, el abogado de las hermanas Silva Toro interpone por sus representadas recurso de apelacin en contra de la sentencia fundado en que no procede indemnizar el dao moral a las personas jurdicas. La Corte en definitiva falla el recurso, rechazndolo en todas su partes.

    Desde la postura de las demandadas hermanas Silva Toro, Qu recurso(s) procede(n) contra la sentencia de la Corte de Apelaciones? Fundamente su respuesta, mencionando:

    (a) La o las justificaciones legales de su procedencia.

    (b) Cmo se tramita(n) el o los recursos sealados por usted.

    (c) Efecto de acogerse el o los recursos sealados por usted.

    Totalmente correcta (6 a7)

    El alumno debe sostener la procedencia del recurso de casacin en el fondo, argumentando que al confirmar el fallo dictado por el Juzgado lo hizo suyo en todos los

  • 7

    aspectos, incurriendo en infraccin de ley que influy sustancialmente en lo dispositivo del fallo (art. 767 inc. 1 CPC).

    La ley infringida debe construirse en relacin a las normas que regulan el dao moral, pues en la interpretacin que les da nuestra jurisprudencia al ser el dao moral el Pretium doloris o perturbacin anmica, y ya que las entidades colectivas como la sociedad annima demandante no pueden sufrir dolor, el dao moral slo es aplicable a personas naturales, no pudiendo darse en una persona jurdica. Enfocando ste ltimo aspecto, para construir la influencia substancial en lo dispositivo del fallo pues si la indemnizacin concedida tuviere otra naturaleza (patrimonial, directo o indirecto), la persona jurdica si podra ser titular de ste, sin embargo en la instancia qued fijo que los $ 400.000.000.- se condenaban por concepto de dao moral. Debe ponerse atencin en argumentar slo sobre dichos aspectos de derecho y no los hechos de la causa, que no se incluyen en este recurso.

    En cuanto a la tramitacin, advertir que se distingue ante el tribunal a quo, y el tribunal ad quem, siendo ante el primero igual que el recurso de apelacin, con la peculiaridad que el escrito de interposicin debe cumplir determinadas formalidades, siendo la ms relevante expresar en que consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida; y sealar de que modo ese o esos errores de derecho influyen substancialmente en lo dispositivo del fallo.

    La tramitacin ante el tribunal ad quem debe mencionar la posibilidad de conocimiento de pleno (art. 780 CPC); el control de admisibilidad -y la eventual posibilidad de un rechazo in lmine por manifiesta falta de fundamento- el que revisa:

    - si la sentencia objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley.

    - si fue interpuesto dentro de plazo.

    - si fue patrocinado por abogado habilitado.

    - si se hizo mencin expresa en que consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida y se seal de que modo ese o esos errores de derecho influyen substancialmente en lo dispositivo del fallo.

    Una vez que el recurso sea declarado admisible por la Corte Suprema, se dictan autos en relacin, a fin de proceder a la vista de la causa.

    En cuanto al efecto de acogerse el recurso, la Corte Suprema dictar sentencia de nulidad, y de reemplazo, procediendo en esta ltima a eliminar la condena por concepto de dao moral a las demandadas.

    Parcialmente correcta (4 a 5)

    El alumno identifica el recurso de casacin en el fondo, pero no explica en forma correcta la causal o bien la explica, pero omite aspectos de la tramitacin o efectos del recurso.

    Para aprobar se exige que identifique el recurso y fundamente la causal en forma completa.

    Totalmente incorrecta (1 a 3)

    El alumno no identifica el recurso de casacin en el fondo ni su causal.

  • 8

    ESCALA DE CALIFICACION

    Parte Civil: 60% de la Nota

    Parte Procesal: 40% de la Nota

    Puntaje Mnimo Aprobacin Parte Civil o Procesal 12 puntos (50%

    exigencia)

    Puntaje Mnimo Total de Aprobacin 24 puntos (50% exigencia)

    Puntaje Mximo Total (Nota 7,0): 42 puntos Puntaje Mnimo Total (Nota 1,0) : 6 puntos

    1. Procedimiento: Se suma el puntaje dado a cada pregunta y se determina la nota de cada parte, las que se suman para determinar la nota del examen.

    Puntaje Civil 3,0 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0 6,5 7,0 7,5 8,0 8,5 9,0

    Nota Civil 0,6 0,7 0,8 0,9 1,0 1,1 1,2 1,3 1,4 1,5 1,6 1,7 1,8

    Puntaje Civil 9,5 10,0 10,5 11,0 11,5 12,0 12,5 13,0 13,5 14,0 14,5 15,0

    Nota Civil 1,9 2,0 2,1 2,2 2,3 2,4 2,5 2,6 2,7 2,8 2,9 3,0

    Puntaje Civil 15,5 16,0 16,5 17,0 17,5 18,0 18,5 19,0 19,5 20,0 20,5 21,0

    Nota Civil 3,1 3,2 3,3 3,4 3,5 3,6 3,7 3,8 3,9 4,0 4,1 4,2

  • 9

    Puntaje Procesal 3,0 3,5 4,0 4,5 5,0 5,5 6,0 6,5 7,0 7,5 8,0 8,5 9,0

    Nota Procesal 0,4 0,5 0,5 0,6 0,7 0,7 0,8 0,9 0,9 1,0 1,1 1,1 1,2

    Puntaje Procesal 9,5 10,0 10,5 11,0 11,5 12,0 12,5 13,0 13,5 14,0 14,5 15,0

    Nota Procesal 1,3 1,3 1,4 1,5 1,5 1,6 1,7 1,7 1,8 1,9 1,9 2,0

    Puntaje Procesal 15,5 16,0 16,5 17,0 17,5 18,0 18,5 19,0 19,5 20,0 20,5 21,0

    Nota Procesal 2,1 2,1 2,2 2,3 2,3 2,4 2,5 2,5 2,6 2,7 2,7 2,8