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  • FAC. DE CIENCIAS DE LA SALUD - PROGRAMA DE PSICOLOGA

    LABORATORIO INTEGRADO DE PSICOLOGIA

    VERSIN: 02

    FECHA: 01/08/2014

    REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO INTEGRADO DE PSICOLOGIA

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    OBJETIVO:

    Establecer los lineamientos para el funcionamiento del Laboratorio Integrado de

    Psicologa, promoviendo el uso eficiente y responsable del mismo como

    herramienta de apoyo a los procesos acadmicos, investigativos y de extensin.

    ALCANCE: Aplica a todos los estudiantes, docentes y usuarios en general del Laboratorio Integrado de Psicologa de la Universidad del Magdalena

    RESPONSABLE: Direccin de Programa de Psicologa- Coordinacin de Laboratorio Integrado de

    Psicologa

    PRESENTACIN

    El presente manual describe los diferentes procesos, procedimiento y normas asociadas al funcionamiento

    del Laboratorio Integrado de Psicologa de la Universidad del Magdalena, teniendo en cuenta los principios

    ticos propios de la labor del psiclogo, y en general de la experimentacin con seres humanos, as como

    las normas institucionales y el currculo del programa de psicologa.

    1. ESTRUCTURA DEL LABORATORIO

    El Laboratorio Integrado de Psicologa es concebido como espacio de apoyo a la docencia. Depende

    administrativamente del Grupo de Recursos Educativos de la institucin, y todas las laborares acadmicas

    que all se desarrollan estn bajo la direccin del programa de psicologa.

    El laboratorio consta de cuatro (4) unidades, que comparten espacios fsicos y que son incluyentes a las

    diferentes reas de la psicologa:

    I. Unidad de Medicin y Evaluacin: A travs de esta unidad se pone a disposicin de la

    comunidad acadmicas materiales, espacios y acompaamiento necesarios para la formacin y

    entrenamiento en procesos de evaluacin psicolgica en los diferentes contextos y campos

    aplicados de la psicologa. Desde esta unidad se propende por el desarrollo y la actualizacin en

    evaluacin psicolgica, a travs de actividades investigativas en el rea.

    II. Unidad de Observacin: Se ofrece a la comunidad acadmica las condiciones y el

    acompaamiento necesario para el desarrollo de actividades de observacin del comportamiento

    de manera contralada.

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    III. Unidad de Experimentacin: Esta unidad tiene como propsito proveer las condiciones,

    herramientas y acompaamiento necesarios para la reproduccin, diseo y aplicacin de

    experimentos psicolgicos, y el desarrollo de general de actividades investigativas tanto de corte

    cuantitativo como cualitativo.

    IV. Unidad de intervencin y rehabilitacin: Tiene como propsito ofrecer los espacios,

    herramientas y acompaamiento necesarios para la formacin y entrenamiento en procesos de

    intervencin y rehabilitacin psicolgica y neurocognitiva.

    2. SERVICIOS PRESTADOS

    a. Consulta y aplicacin de pruebas psicotcnicas: Este servicio est destinado a

    estudiantes, docentes e investigadores adscritos al programa de psicologa, y solo se

    podr llevar a cabo al interior de las instalaciones del laboratorio, a excepcin de clases

    prcticas que tengan asignado un espacio diferente.

    b. Practicas observacionales y experimentales: Este servicio est destinado para el

    desarrollo de actividades prcticas y ejercicios investigativos, los cuales deben estar

    sustentados en guas de laboratorio o proyectos de investigacin segn sea el caso.

    c. Asesoras: El estudiantes, docentes e investigadores pueden solicitar asesoras

    individuales y grupales en cuando al manejo de equipos y software, aplicacin de pruebas

    psicomtricas, en investigacin, entre otros.

    d. Prestacin de servicios externos: El laboratorio presta servicios a personas y entidades

    externas a la universidad servicios psicolgicos especializados de consultora, evaluacin

    psicolgica en diferentes reas, capacitacin e investigacin.

    3. CONSIDERACIONES ETICAS

    Para el desarrollo de actividades tanto investigativas como pedaggicas al interior del laboratorio se

    debern tener en cuenta las siguientes consideraciones:

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    - Consentimiento Informado: Todas las actividades deben contar con el aval de las personas que van

    a ser observadas. Estas deben conocer el propsito y el uso de la informacin que estn brindando y

    contar con garanta de confidencialidad.

    - Actividades Teraputicas: No se permiten sesiones de terapia profundas o prologadas, esto debido

    al proceso de identificacin paciente-terapeuta altamente fortalecido por la confidencialidad absoluta.

    - Uso de material psicomtrico: El uso del material psicomtrico est sujeto a las disposiciones dadas

    en el art. 45 de la ley 1090 de 2006 que establece: El material psicotcnico es de uso exclusivo de los

    profesionales en psicologa. Los estudiantes podrn aprender su manejo con el debido

    acompaamiento de docentes y la supervisin y vigilancia de la respectiva facultad de psicologa.

    Para garantizar la custodia y el uso adecuado del material especializado de laboratorio, los

    estudiantes solo podrn realizar la consulta y utilizacin de dicho material al interior de las

    instalaciones del laboratorio.

    - Supervisin: Las actividades realizadas por los estudiantes deben contar con el visto bueno y la

    supervisin de un docente o profesional de apoyo del laboratorio.

    4. NORMAS GENERALES DE CONDUCTA:

    - El ingreso a los espacios de laboratorio debe hacerse en estado de limpieza y presentacin

    adecuadas.

    - Propender por el cuidado y preservacin de los equipos, materiales e instalaciones del laboratorio.

    - Utilizar los espacios y equipos de los que est dotado el Laboratorio solo para los fines acadmicos

    que estn concebidos (docencia, investigacin y extensin).

    - Ser puntual y hacer uso adecuado del tiempo solicitado en los espacios del laboratorio.

    - El uso de las pruebas e instrumentos debe ser supervisada por profesionales debidamente

    capacitados en su uso (docente o personal de laboratorio).

    - Los equipos de comunicacin (celulares) debe mantenerse en silencio y alejados de los equipos

    utilizados dentro de las instalaciones del laboratorio.

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    - La atencin a la comunidad acadmica usuaria del laboratorio se realizara dentro de los horarios

    establecidos para ello.

    5. SANCIONES

    La persona usuaria del Laboratorio Integrado de Psicologa y la cmara de Gesell, que no cumpla con las

    normas de comportamiento adecuadas, se le evaluara su conducta a partir del Reglamento Estudiantil

    vigente y le ser restringida la entrada de acuerdo a la gravedad de la falta, y de tratarse de daos en el

    material, equipos o infraestructura, deber hacerse responsable de la correspondiente reposicin o arreglo.