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2009 RECUENTO HISTÓRICO DE LA HACIENDA DE SANTA ANA, TENANCINGO CENTRO UNIVERSITARIO UAEM TENANCINGO M. en A.S. C. Rubén Nieto Hernández Mtro. Benjamín López Gómez 30/11/2009

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RECUENTO HISTÓRICO DE LA HACIENDA

DE SANTA ANA, TENANCINGO

CENTRO UNIVERSITARIO

UAEM TENANCINGO

M. en A.S. C. Rubén Nieto Hernández

Mtro. Benjamín López Gómez

30/11/2009

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INDICE GENERAL

Presentación

Introducción

1. Las haciendas, su papel en el desarrollo del México decimonónico. 2. Como en caballo de hacienda: la sucesión hacendaria generadora de

riqueza 3. Una reconstrucción de los antiguos espacios. pruebas geofísicas en

el inmueble histórico y su entorno. Bibliografía Archivos consultados Anexo documental

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INTRODUCCIÓN

El presente estudio no hubiese sido posible sin la participación de numerosas personas que aportaron información valiosa que en adelante nos permite reflexionar sobre la importancia que tuvo un escenario histórico como la Hacienda de Santa Ana. Debo agradecer en primer lugar a la Química Guadalupe Santamaría González la motivación para llevar a cabo la investigación de un espacio académico que para la UAEM representa la oportunidad de involucrarse con un pasado lleno de acontecimientos que en su conjunto forman parte de la historia de la región sur del Estado de México. No se omite la belleza del inmueble y su exuberante entorno que en palabras del Mtro. Jorge Olvera García permiten llamarlo “La perna de la Universidad Autónoma del Estado de México”. Para su realización se conto con financiamiento por parte de la Universidad Autónoma del Estado de México.

Desde el inicio de las actividades como Unidad Académica Profesional y más tarde como Centro Universitario UAEM Tenancingo, era evidente la necesidad de conocer sobre el pasado de un espacio cuyos orígenes se remontan por lo menos a dos siglos antes del presente. Nos preguntábamos sobre los propietarios y sus principales actividades, el uso de los espacios u en especial de

Las relaciones que mantuvieron actores de segmentos sociales opuestos. Se requería sí mismo aclarar hasta donde la información lo permitiera, aspectos relacionados con la configuración original del edificio.

De este modo, se realizó la búsqueda de información en diversos archivos municipales, estatales y federales que se complementaron con datos de informantes que conocieron la Hacienda o bien que tuvieron familiares que trabajaron en ella. Esta tarea no resultó nada sencilla, pues prácticamente no sobreviven personas que conocieron la Hacienda en pleno funcionamiento. Se realizo un rastreo de información grafica que permitiera contar con referentes para reconocer los cambios experimentados en el tiempo. Se agradece el apoyo del Lic. Sergio Oscos quien ha dedicado parte de su vida al rescate de la historia de su natal Tenancingo. Así mismo, reconocemos la orientación u apoyo del Dr. Pablo Castro Domingo destacado investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana quien además es autor del a obra “Chayotes, burros y machetes, que por tratarse del estudio más importante sobre las relaciones de poder en la región sur del Estado de México, constituyó una de las principales fuentes para la elaboración de la presente memoria histórica.

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En el mismo sentido, se realizaron a manera de ejercicio didáctico, diversas pruebas de prospección arqueológica que proporcionaron datos valiosos para corroborar más adelante la función que distintos espacios desempeñaron en el pasado. Se agradece el gran apoyo recibido por el Dr. Luis Barba P., el Mtro. Agustín Ortiz y el Geofísico Jorge Blancas, especialistas del Instituto de Investigaciones Antropológicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Una parte fundamental del estudio consistió en la recuperación de información oral con los habitantes originarios de la cabecera municipal de Tenancingo y de la comunidad de Santa Ana Ixtlahuatzingo quienes son poseedores de recuerdos que forman parte de su propia historia. Entre los principales informantes está la Sra. Elvira Osorio, el Sr. Pedro Balcázar Osorio, La Sra. Celia Velázquez Velázquez, los Señores Alcántara Sánchez y otros más a quienes debo una disculpa si se omitió su nombre.

Por último, agradecemos a nuestra Universidad las facilidades para la realización de este trabajo que estamos seguros fortalecerá el sentido de identidad como universitarios.

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1.- Las Haciendas, su papel en el desarrollo del México decimonónico.

Las haciendas como unidades de producción esenciales para el sostenimiento de una clase privilegiada dueña de los medios de producción representaba la materialización de las contradicciones sociales que durante siglos establecieron una profunda división entre los poderosos y la siempre oprimida clase trabajadora. Se les ha visto como parte fundamental de las estrategias instrumentadas para la colonización del nuevo mundo1. A pesar de asociarse a actividades productivas que generaron riqueza, se piensa que no constituía precisamente un negocio sino un medio para expresar la posición social y económica de una clase privilegiada cuyo comportamiento recuerda al de los señores feudales.2

Actualmente representan espacios que suelen verse solo desde una perspectiva estética, que limita reconocer en ellas el papel que desempeñaron como elementos esenciales del desarrollo económico de México. Montes de Oca, enfatiza el papel que desempeñaron no solo en el ámbito económico, sino también en lo social, político, ideológico y aun en el militar.3 Interesante además fue el vínculo que las Haciendas mantuvieron con la vida local, principalmente por su función como centros para la toma de decisiones que involucraron grandes núcleos de población.4

En la región sur del Estado de México hacia finales del siglo XIX y los inicios del siglo XX, representaban unidades económicas de la actividad agrícola, que influyeron de manera significativa en el desarrollo estatal y nacional.5 La Hacienda se define como:

1 Nierman Ptak, Daniel y Ernesto H. Vallejo Díaz, La Hacienda en México. Universidad Iberoamericana, México,

1989, p.4. 2 Molina Enríquez, Andrés, Los grandes problemas nacionales, México, Era, 1997 en Castro Domingo, Pablo, Chayotes, burros y machetes Zinacantepec, Estado de México. El Colegio Mexiquense A. C. 2003. 3 Montes de Oca Navas, Elvia: “Las Haciendas”, en La Historia General del Estado de México, Capítulo XIV, editada por El Colegio Mexiquense A: C: México, 1998. 4 Castro Domingo, Pablo, Op. Cit. P. 742 5 García Luna, Margarita, Haciendas Porfiristas en el Estado de México, UAEM, México, 1981.

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“una propiedad agrícola operada por un terrateniente que dirige Una fuerza de trabajo que le está supeditada, organizada para Aprovisionar un mercado de pequeña escala con capital Pequeño, y donde los factores de la producción se emplean no Solo para la acumulación del capital sino también para sustentar Las aspiraciones del estatus del propietario”.6

Florescano,7 señala que desde fines del Siglo XVI se inicia la formación de haciendas agrícolas ganaderas alrededor de los centros mineros con finalidad de aprovisionarlos y en el siglo XVII este complejo se había consolidado puesto que los reales de minas y haciendas formaban una unidad económica interdependiente. En la Región de Tenancingo existían al menos 10 haciendas que conformaban unidades productivas que daban empleo a los habitantes de las localidades vecinas. Estas se ubicaron en puntos estratégicos cera de las rutas de comunicación entre la región de tierra caliente y en centro de México. No es fortuito que aun en la actualidad la principal actividad económica del municipio de Tenancingo sea el comercio no solo de productos locales, también de productos procedentes de la tierra caliente. Las haciendas han sido vistas como la forma europea de posesión de la tierra en México8 y de acuerdo a su producción se les ha clasificado en cinco tipos fundamentales. En primer lugar están las cerealeras que producían trigo, maíz y cebada principalmente.9 Se ubicaban principalmente en las tierras altas y medias de Altiplano central. Este tipo de haciendas tenían una estructura relacionada con el acopio, procesamiento y eventual almacenamiento de granos previo a su comercialización. De este modo, contaban con espacios que operaban como viviendas para los trabajadores, graneros, trojes, así como el área en que se realizaba la separación del grano y el trillado de la paja.10 Muchas de las haciendas contaban con molinos de trigo que requería de un complejo mecanismo y de abundante agua para activar el proceso de molienda. Se recurría también al empleo de animales de trabajo y de tiro, además de corrales y personal que los atendiera en forma permanente. Destacaba la casona

6 García Luna Op. Cit. 7 Florescano, Enrique. Origen y desarrollo de los problemas agrarios en México. 1500 – 1821. Ediciones Era S. A: Col.

“Problemas de México”, México, 1975. 8 Montes de Oca Navas, Op. Cit. 9 Von Wobeser, Gisela. La información de la hacienda en la época colonial. El uso de la tierra y el agua. UNAM, Instituto de

Investigaciones Historias, México, 1989. 10 Ibíd., p. 72-73)

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que habitaban los hacendados que por lo general estaba asociada a la capilla en que se realizaban los servicios religiosos.11 Un segundo tipo de haciendas está representado por las azucareras que al igual que las que se dedicaban a los productos tropicales, se desarrollaron en las tierras bajas y de clima caluroso.12 El tercer tipo está representado por las haciendas ganaderas que ocuparon principalmente las regiones del norte de México. Se concentraban en la crianza de ganado bovino, de animales de trabajo y de tiro, a su como de transporte entre muchos otros usos.13 Para el caso particular de la región de Tenancingo, las haciendas constituyeron el motor de desarrollo económico que las ubicaba en uno de los primeros lugares a nivel estatal.14 Estos elevados niveles de productividad se explican en gran medida por un eficiente mecanismo de explotación agrícola que se valía de relaciones de dependencia salarial.15 Como podrá suponerse, los trabajadores (peones acapilladlos) tenían la posición más desventajosa16, pues debían someterse a las decisiones de los propietarios de los medios de producción y en múltiples ocasiones al uso de la fuerza. La mayor parte de la producción de las haciendas cerealeras como la de Santa Ana estaba destinada a los mercados de las grandes ciudades, aunque abastecía en gran medida el consumo local. Como muchas de las haciendas de finales del siglo XIX y principios del XX, la de Santa Ana tuvo entre otros espacios una tienda de raya que operaba de manera diferentes, es decir, como una especie de “centro comercial” en la que no solo se vendían productos de primera necesidad para los peones acasillados y sus familias (maíz, frijol, aguardiente, telas burdas, etcétera), sino también mercancías destinadas a las familias acaudaladas de Tenancingo17. Tradicionalmente, la tienda de raya ha sido vista como un mecanismo de endeudamiento que operaba a partir de crédito que se otorgaba a los trabajadores y sus familias quienes al no tener una capacidad de pago suficiente acumulaban una deuda que al paso del tiempo resultaba prácticamente impagable, pero no por ello les era condonada. La solución consistía en heredar la deuda a los hijos quienes se veían obligados a

11 Ibid, p. 73 12 Ibid, p- 69. 13 Ibid, p. 73. 14 Castro Domingo, Op. Cit. P. 76. 15 Gilly, Adolfo. La Revolución Interrumpida. Ediciones “El Caballito”, México, D. F.,1972. 16 Von Wobeser Op. Cit. P. 73. 17 Castro Domingo Op. cit.

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mantener su estatus de peones acasillados que los mantenía eternamente atados a la hacienda18. Al parecer en la de Santa Ana no ocurría así, pues los trabajadores tenían una mayor movilidad19. El precio de los productos que se ofertaban en la tienda de raya si bien era superior a los del mercado, ello no impactaba drásticamente la economía de los trabajadores que supusiera la permanencia obligatoria del trabajador. De acuerdo con la información del Sr. Pedro Balcázar Garduño, la tienda de raya

la tenían afuera de la reja, era para los p iones, la atendía mí abuela, que se llamaba Concepción Catalán Garduño. La tienda grande la tenían en el portal Pichardo, donde ahora está el Banamex, ahí llevaban las piezas de manta. 20

Señala demás en Sr. Balcázar, que se ubicada justo en el costado derecho de acceso principal de la hacienda donde ahora se localiza la caseta de vigilancia del centro universitario.

18 Billy, Adolfo, Op. Cit. 19 Castro Domingo, Op. Cit. P. 81. 20 Visita del Sr. Pedro Balcázar garduño a la hacienda de Santa Ana quien identifico algunos de los lugares y sus diferentes

usos.

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2.- Como en caballo de Hacienda: La Sucesión Hacendaria.

La historia de la Hacienda de Santa Ana, se halla aun difusa como resultado del lamentable extravío de la mayor parte de la información escrita. La escasa documentación que sobrevive se encuentra dispersa en numerosos archivos estatales y federales que requerirán de años para reunirlos nuevamente y recrear lo que fue este importante escenario. De los principales problemas que se deben atender destaca la sucesión de la propiedad. Se tienen referentes no muy claros de que se construye a finales del siglo XVI o principios del XVII, época que corresponde con el repartimiento de tierras y sus pueblos que realizo la corona española. Uno de los primeros propietarios de que se tiene noticia es el banquero suizo Jean Raptiste Jecker, personaje oscuro de la historia nacional a quien se conoce como un agiotista que Martín Reyes Vayssade identifica como responsable de fraguar prestamos financieros que motivaron la intervención francesa en México (1861 – 1867). En los registros del Archivo General de la Nación se da cuenta de la venta de la hacienda de Santa Ana por parte del Sr. Baptoste Jecker a una familia de apellido García Granados, a la que pertenecía otro actor relacionado con uno de los episodios mas dramáticos de la historia nacional : la Decena trágica. Se trata del Sr. Alberto García Granados, quien desempeño el cargo de Secretario de Gobernación con el usurpador Gral. Victoriano Huerta. Al In. García Granados se le atribuye la frase “la bala que asesine a Madero salvará al país”. De hecho se le juzgo por su participación en el asesinato del presidente Francisco I. Madero y fue ejecutado el 10 de octubre de 1915. La nota fue publicada en Washington el día 10 de octubre del mismo año por The New York Times, lo que da una idea de la trascendencia de un hecho que en la actualidad se repetiría una y otra vez sin cesar. La propiedad fue adquirida por el Sr. José Vicente García Granados, padre de Alberto quien falleció en día 9 de noviembre de 1873, no sin antes asegurarse de dejar como herederos únicos y universales a su esposa la Sra. Josefa Ramírez y a sus hijos Vicenta, Ricardo y Alberto,. Este último fue designado como albacea. La familia no era originaria de Tenancingo, de hecho el notario Francisco de Quevedo lo describe como transeúntes dada su calidad de avecindados.

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El 11 de mayo de 1877, se presentó la familia García de Granados en compañía de su apoderado el Sr. Hipólito Ramírez ante los representantes del juzgado de Tenancingo, Estanislao Oscos y Urbano Lechuga, para realizar la división del os bienes que tenían en la población de Tenancingo. De acuerdo con el inventario realizado, el monto a repartir ascendía a $178,500.00 (Ciento sesenta y ocho mil pesos 00/100 de los cuales se adjudico a la viuda la cantidad de $44,804.88 (Cuarenta y cuatro mil ochocientos cuatro pesos 88/100) doña Vicenta recibió $44,000.00 (Cuarenta y cuatro mil pesos 00/100), a don Ricardo le correspondió la cantidad e $38,000.00 (Treinta y ocho mil pesos 00/100) y finalmente a Alberto un monto de $36,195.00 (Treinta y seis mil ciento noventa y cinco pesos 00/100) éstos últimos consistentes en la hacienda y el molino anexo llamado de Santa Ana. El precio estimado en estas propiedades era de $22,000.00 (Veintidós mil pesos 00/100) En el acta se mencionan diversos adeudos que tenían personas como don Jesús Rosales por renta de terrenos de la hacienda de Santa Ana21. Más tarde, el 24 de octubre de 1889 la hacienda y el molino son vendidos al Sr. Miguel izquierdo, casado y de actividad comerciante, por el Sr. Ricardo García granados con poder debidamente legalizado por su hermano Don Alberto García Granados con poder debidamente legalizado por su hermano Don Alberto García Granados22. Este hecho fue registrado pro el C. Francisco de Quevedo”23. En las declaraciones el Sr. Alberto García Granados afirmo que estos bienes los obtuvo por adjudicación de su padre el Sr. José Vicente García Granados24. El precio pactado para dicha venta fue de $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100) que se pago en anualidades de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100). El primer pago debió realizarse el 1º de abril de 1890 y el último pago en la misma fecha pero del año 1893. Los intereses a pagar eral del 6% anual, y estaban garantizados con el producto de las labranzas. El 5 de diciembre de 1903 se presenta el Sr. Miguel Izquierdo ante el Sr. Carlos G. Durán escribano y como testigos los ciudadanos Remigio Fernández u el Sr. Isauro Rosales para elaborar su testamento ya que se encontraba enfermo pero en pleno uso de sus facultades intelectuales y habilidades. En el testamento declaró tener 58 años y estar legalmente casado con la Sra. Isabel Pichardo de

21 Archivo Del Registro Público de la Propiedad, oficina Tenancingo. 22 Asiento número 148, fojas 19 vuelta y 10 frente y vuelta del Segundo volumen del Registro Publico de la Propiedad,

oficina Tenancingo. 23 Archivo del Registro Público de la Propiedad, Distrito Judicial de Tenancingo. Partido 148, libro 1889, 11 sección, año de

1889. 24 Testimonio de la escritura inscrita bajo el numero 5 a fojas 4 y 5, frente y vuelta del Segundo volumen del registro

correspondiente al año de 1877. Archivo del Registro Público de la Propiedad, Distrito Judicial de Tenancingo.

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cuya unión tuvo como hijos legítimos a Isabel, Miguel, Manuel, María de Jesús, María Guadalupe, Francisco José, María Ana y Trinidad Izquierdo todos de apellido Izquierdo Pichardo. Entre los bienes de su propiedad se cuenta la Hacienda de Santa Ana, el Molino de “La Luz” (como se le conoció hasta esta fecha), el Rancho Coscacuaco (compuesto de varios terrenos), la casa en que se realizó el tramite testamentario ubicada en la calle de la calzada de Tenancingo, una casa comercial denominada “ EL Puerto de Liverpool” (que los habitantes locales ya no recuerdan), con todos los enceres activos y pasivos que en adelante habría de manjar a Sra. Isabel Pichardo en su papel de albacea. La finalidad era que los productos se consagraran al sostenimiento de los hijos legítimos menores de ambos.25 Se asigna a la Sra. Isabel Izquierdo casada con el Sr. Miguel Millán, los derechos que resultan de las acciones del Molino “La Luz” y la fábrica de Hilados Guadalupe que Don Miguel Izquierdo tenía en sociedad con el Dr. Leonides E. Jonguitud26. Agrega el escribano publico que el testador no pudo firmar porque tenia la mano inflamada y vendada por lo que se pidió a uno del os testigos, el Sr. Remigio Fernández que lo hiciera a su nombre. Dos días después de realizar el tramite ocurre el fallecimiento de Don Miguel Izquierdo, motivo por el que se presentaron nuevamente ante el C. escribano publico Carlos G. Durán, la Sra. Isabel Pichardo viuda de Izquierdo, su hija Isabel Izquierdo acompañada por su esposo el Sr. Miguel Millán para proceder legalmente a la división de los bienes27. Entre las múltiples propiedades se describe la hacienda y molino mismos que ocupaban en total una superficie de 294 hectáreas, 17 varas y 98 centivaras. El valor se estimó en $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100). El 20 de septiembre de 1915, tiempo en que la región experimenta problemas intensos como resultado del movimiento armando revolucionario, se tiene registrada la venta de la hacienda de Santa por parte de la Sra. Isabel Pichardo, viuda de Izquierdo a favor del Sr. José Cotero, uno de los propietarios mejor conocidos por los habitantes de Tenancingo pues se trato de un militar que entre otras cosas promovió la celebración del carnaval de reunía a los habitantes de Tenancingo y la vecina población de Santa Ana Ixtlahuatzingo. El precio de

25 El testamento designa a Miguel Izquierdo hijo como segundo albacea para que compartiera la responsabilidad ante la ley. 26 El valor estimado de los derechos de las acciones fue de $5,000.00 ç(cinco mil pesos 00/100). La construcción del molino

fue valuada en $300.00 (trescientos pesos 00/100) 27 Archivo del Registro Público de la Propiedad, Delegación Tenancingo.

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$30,000.00 (treinta mil pesos 00/100) que para ese tiempo resultada irrisorio como comenta Castro Domingo28, se explica por lo difícil que resultaba mantener una propiedad que era blanco de los continuos ataques de los revolucionarios que la saquearon una y otra vez. El Sr. Cotero, pago como anticipo la cantidad e quince mil pesos. Para el pago de los quince mil pesos restantes, se acordó un plazo de cuatro meses contados a partir de la fecha de la escritura registrada bajo el asiento ciento cuarenta y ocho del libor Segundo principal de Registro Público de la Propiedad del año de 188929. Durante el tiempo en que le General Cotero ostentó la propiedad no se vio librado de los ataques de los zapatistas que según el testimonio del Sr. Pedro Balcazar Garduño, entraban a un grupo de 50 a 60 bien armados y dispuestos a saquear y matar. Del Gral. José Cotero se dice que fue un hombre muy malo y que por ello no puede descansar, hay quien afirma que se le escucha galopar en los alrededores de la hacienda.30 Veinte años mas tarde, el 12 de febrero de 1935 se presentó la Sra. Bárbara Iglesias viuda de Cotero en su calidad de albacea y única heredera de su finado hijo José Cotero, para formalizar la venta de una fracción de la hacienda de Sana Ana (incluido el casco) al licenciado Mardonio Rodríguez Trujillo a un precio de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M. N.) 31. Después de varias décadas de abandono, la hacienda es vendida al Gobierno del Estado de México representado por su gobernador el Prof. Carlos Hank González y asistido por su Secretario de Gobierno, el Lic. Ignacio Pichardo Pagaza. La parte vendedora en este caso era la Sra. Guadalupe Zozaya, viuda de López, y la sucesión de la Srita. Eva López Zozaya representada para este acto por el Sr. Jesús López Zozaya32. La propiedad motivo de esa transacción comprendía no solo terrenos, estaba considerado además el casco histórico. La superficie total adquirida por el Gobierno del Estado de México ascendía a 154 hectáreas, ochenta y cinco areas.33 El precio pagado fue de $1,250.00.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos 00/100 m. n.)34. Transcurrieron algunos años, sin embargo el proceso legal no se detuvo del todo. El siguiente paso

28 Pablo Castro Domingo, Op. Cit. P. 6. 29 Registro Público de la Propiedad, Delegación Tenancingo. 30 Entrevista con la Sra. Celia Velázquez Velázquez, vecina de Santa Ana Ixtlahatzingo. 31 Testimonio de la escritura numero 107894, “pasada en la Ciudad de México” ante el licenciad Agustín Santamaría,

Notario Público Numero 34, fechado el 4 de abril de 1934. 32 Escritura 17,940 Volumen 320, pagina 34, pasada en al Cd. De México a los 17 días del mes de abril de 1972, dio fe del hecho el Lic. Javier Correa Field, Notario Núm. 95 del Distrito Federal. 33 Se refiere un levantamiento realizado en diciembre de 1956 por el Ingeniero Alfonso M. Torres. 34 La compra consideró en todo momento los usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas.

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consistió en tramitar el certificado de gravamen para la Notaria 5 de Toluca y de este modo proceder a la Donación a favor de CODAGEM, instancia que en ese momento manejaba numerosas propiedades como la hacienda de Santa Ana para el desarrollo de proyectos agrícolas.35 En la actualidad, la información documental se haya extraviada en los añejos archivos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, en espera de su rescate. Se tiene conocimiento de que durante la gestión del Lic. Mario Ramón Veteta como gobernador del Estado de México, la hacienda fue restaurada para que funcionara como sede del gobernó en el sur, lo que permitía atender los asuntos de interés regional. Este hecho aseguro un mantenimiento constante del inmueble por lo menos durante el corto tiempo en que el Lic. Beteta estuvo al frente del gobierno estatal. El inmueble finalmente fue cedido a la Universidad Autónoma del Estado de México para albergar al Centro Universitario Tenancingo, lo que garantiza en respeto a un escenario que experimentó múltiples sucesos que forman parte de la historia del sur de la entidad. Al tomarlo en custodia fue necesario realizar trabajos de restauración y conservación de las diferentes áreas que estuvieron abandonadas por algunos años. Entre las diferentes instancias que ocuparon el inmueble se menciona si Instituto de Capacitación del Gobierno del Estado de México y CONAFRUT.

35 Fecha: 18 de julio de 1986.

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Generadora de riqueza. Como consigna Castro (2003), la hacienda de Santa Ana tuvo una elevada productividad agrícola que la ubicaba en el segundo lugar en la región sur del Estado de México. El primer lugar lo ocupó la hoy desaparecida hacienda de Tenería que a principios del pasado siglo XX perteneció a José Limantour, colaborador del dictador Porfirio Díaz. Lo que hace singular a la hacienda de Santa Ana fue la diversidad de productos que en ella se producían. El trigo era el principal producto (se producían hasta 400 cargas anuales), maíz, (hasta 200 cargas, haba, chícharo, lenteja, aguacate, durazno, pera, manzana, chabacano, granada de china, tejocote y una gran diversidad de flores. Contaba con un molino de trigo movido por fuerza hidráulica equivalente a 20 caballos. Para 189336, se reporta una producción anual de 5000 cargas de harina de 300 libras, cada una con un costo unitario de $10.50 (M. N) La mayor parte del producto se destinaba al mercado regional, aunque una parte importante se enviaba a diversas ciudades. Para este mismo año, se estimó un costo de $4,000.00 (M:N) para el edificio. La maquinaria tenía un costo similar.37 El sueldo de los operarios que procesaban cuatro cargas diarias ascendía a $0.25 el día que seguramente resultaba sumamente bajo para la cantidad de trabajo invertido. Tal vez este haya sido uno de las causas del litigio promovido por los trabajadores que demandaban una mejora salarial. La hacienda contaba además con la Fábrica de Hilados La Guadalupe que para 1905 tenía registrados a 53 trabajadores que producían anualmente 96,000 prendas cuyo valor ascendía a $66,000.00, el sueldo de los obreros oscilaba entre $0.50 y $0.60 el jornal.38 En los cinco años siguientes, la producción tuvo una disminución significativa (mas del 90%) que seguramente la hacia poco sustentable. No se cuenta con registros claros después de la fecha mencionada, suponemos que se mantuvo produciendo en forma ininterrumpida. No es sino hasta la década de los 70’s del pasado siglo XX, cuando se constituye como Sociedad Cooperativa de Producción de Hilazas y Torzales de algodón, “La Guadalupe”, S. C. L.,39 después de un largo proceso legal en el que los

36 José Vicente Villada, Memoria de la Administración Pública del Estado de México, presentada a la XV Legislatura por el

Gobernador Constitucional, General José Vicente Villada. Cuatrienio de 1889 a 1893, en Margarita García Luna. Los orígenes de la Industria en el Estado e México (1830 – 1930) publicación del Instituto Mexiquense de Cultura, Gobierno del Estado de México, 1998. 37 García Luna, Op. Cot. 9.84. 38 García Luna, Op. Cit. P. 71. 39 Fecha de Constitución 19 de mayo de 1972.

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empleados entablaron una demanda que eventualmente ganaron y el juez pone en remate la propiedad, incluida la maquinaria para el trabajo textil (fabricación de hilos, hilazas y torzales de algodón).40 Entre los propietarios de la fabrica de quienes se tiene registro destacan el Sr. Felipe Suberbie (7 de octubre de 1931 y el Sr. Dionicio Izquierdo Alarcón (mayo de 1954), éste último falleció el 10 de agosto de 1962. El veredicto a favor de los trabajadores que organizan la mencionada cooperativa con la asesoría de la Secretaria de Industria y Comercio. Relación de Trabajadores que fundaron la Sociedad Cooperativa de Hilados y Torzales de Algodón “La Guadalupe” S. C. L. GONZALO SERRANO GUADARRAMA MARIANO RIVERA ALCANTARA MAURILIO JARDON BERNAL MARCIANO NAVA LARA TOMAS PEDROZA CAMACHO TOMAS CEBALLOS ESQUIVEL JUAN RIVERA ALCANTARA FELIPE CASTAÑEDA ORIHUELA FRANCISCO GONZALEZ LARA PABLO NAVA SANCHEZ CIRLO NAVA SANCHEZ CIRILO NAVA GARDUÑO JOSE GONZALEZ ANASTACIO GONZALEZ CHAVEZ FRANCISCO SERRANO BENITEZ ROBERTO CASTILLO MENDOZA ROBERTO JARDON CAMACHO MANUEL CAMACHO LANDA JESUS MENDEZ MORALES ROMAN CASTAÑEDA ORIHUELA ANDRES MENDEZ BERNAL FORTINO CERVANTES GARCIA ANDRES SERRANO ESPINAL 40

. Expediente 623.2(25.2)/- Secretaria de Industria y Comercio, Dirección General de Fomento Cooperativo, en Archivo

Histórico del Agua, expediente 56212.

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ANBRES SERRANO BENITEZ LEONARDO SERRANO BENITEZ VALENTIN RIVERA AYALA REGINALDO JARDON G. REYES RIVERA AYALA JULIAN RIVERA VELAZQUEZ ISAURO ESCOBAR URBINA MANUEL SERRANO MUÑOZ ENRIQUE CENTENO GOMEZ ANTONIO SANCHEZ ALCANTARA MEDARDO NAVA SANCHEZ LORENZO VAZQUEZ SANCHEZ ELOY MOLINA RAFAEL CRUZALTA REYNOSO ROBERTO GONZALEZ LARA DANIEL CAMACHO LANDA SANTIAGO GONZALEZ LARA ENRIQUE CASTRO SERRANO FELIPE SERRANO TOMAS CEBALLOS JUNIOR De especial interés es un documento en el que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje por conducto del Grupo Especial número seis, dictó un laudo que condenó a la empresa La Providencia S. de R. L. y/o La Guadalupe S. A., al embargo de todos sus bienes cuyo valor ascendía a $704,000.00 (setecientos cuatro mil pesos 00/00 M. N.) Ante la ausencia de postores, se realizó la adjudicación a los trabajadores por la cantidad de $469,332.00 (cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos treinta y dos pesos 00/100 M. N.)41. Llama la atención de las fechas de fabricación de la maquinaria adjudicada a los trabajadores, ya que ninguna de ella va más allá de 1895. La mayor parte corresponde a los años 1899, 1904, 1904 y 1908, lo que significa que en estas fechas se realizo la renovación completa de la infraestructura productiva, acción congruente con las políticas emprendidas por el gobierno encabezado por el Fra. Porfirio Díaz que privilegió el desarrollo de la industria de la transformación, en este caso de hilados y tejidos.

41 Exp. 100/66 relativo a la demanda del C. Gonzalo Serrano y otros contra La Providencia S. de R.L L. y/o La Guadalupe

S. A., de fecha 30 de agosto de 1969. Grupo Especial Número seis de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

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3.- Una reconstrucción de los antiguos espacios. Este espacio histórico, ha sufrido cambios en su estructura original, por lo que la imagen que actualmente se observa dista significativamente de la que tuvo a principios del siglo XX. Como muchos de los edificios de la época, casona y capilla integraban el casco principal. Todo fue construido en adobe y mampostería. Las cubiertas estaban construidas con viguería, tabla, terrado y teja, muy distinto a las bóvedas que se aprecian en la actualidad. Este sistema constructivo se empleó en las cubiertas tanto del edificio principal como de la capilla. Como puede observarse en la imagen siguiente; la falta de mantenimiento propiciada por el abandono del inmueble trajo como consecuencia la destrucción de elementos originales que fueron sustituidos con otros que si bien no rompen con el conjunto, no concuerdan con la imagen original. La imagen deja ver claramente que parte de los elementos arquitectónicos corresponden con los que existen en el presente. En la habitación que se parecía al fondo, que hoy en día aloja la oficina de la Dirección del Centro Universitario Tenancingo, la cubierta se desplomo totalmente y fue reconstruida con bóvedas estilo Guadalajara. Un proceso semejante se realizó con habitaciones y corredor de la parte superior. Como hemos podido comprobar, no hubo asesoría por parte de especialistas del área de restauración arquitectónica de tal suerte que diversos elementos sufrieron modificaciones sustanciales poco congruentes con las normas oficiales de conservación. Este es el caso delos aplanados de cal y arena que fueron reemplazados por materiales ajenos (mortero) a la estructura original. En el mismo sentido, la viguería que en el pasado sostenía la cubierta, fue sustituida por viguetas de acero que reciben las cargas de las “cuñas” de arcilla que forman las bóvedas. Como podrá suponerse, estos materiales no son los más adecuados para una estructura construida con técnicas y materiales diferentes. En algunos rincones del inmueble se observan rastros de la cromática original. Se empleo un color rojo terracota (se debieron utilizar arcillas con un alto contenido de oxido de hierro) tonalidad semejante a la que se uso en tiempos del Gobernador Salvador Sánchez Colín. La capilla presenta una portada neoclásica de cantera muy sobria. La imagen original de la Sra. Santa Ana, madre de la Virgen María era la patrona de este lugar. Se nos informo que es la imagen que actualmente se encuentra en la

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parroquia de San Francisco en la cabecera municipal de Tenancingo. A pesar de los cambios de la estructura de la capilla, se sabe que tuvo una cubierta de viguería, tabla y teja que eventualmente fue sustituida por una bóveda de cañón corrido construida con “cuñas de barro”. El interior estaba dividido en dos niveles que durante los servicios religiosos cumplían la función de mantener la diferencia entre patrones y trabajadores.42 El espacio superior que correspondería con el coro, consistía para la hacienda de Santa Ana en un pasillo en forma de “U” que rodeaba la mitad anterior del edificio al que accedía por la habitación que el la actualidad es ocupad por la coordinación de la licenciatura en Turismo. Este acceso se situaba en un nivel mas alto que la entrada principal y reflejaba la diferencia entre hacendados y trabajadores en los servicios religiosos.43 Comento el Sr. Pedro Balcazar “había una puerta y tenia un barandal, los dueños de la hacienda nada mas salían de las piezas para oír la misa, no bajaban a la capilla y los piones eran abajo”. El pequeño atrio consiste en un espacio delimitado por muros de baja altura que contaba con un solo acceso situado en el extremo opuesto a la puerta principal de la capilla. Se sabe que pudo haber funcionado como camposanto familiar, lugar reservado para los hacendados y sus familias. Es probable que espacios contiguos, como los jardines laterales pudieron haber operado como cementerio de los trabajadores de la hacienda.44 Este uso diferenciado de los espacios se debe a que desde la perspectiva local “hay quien puede estar mas cerca de Dios y su Corte Celestial”. En el imaginario popular se tejen narraciones que exaltan la riqueza que tuvieron las haciendas en su momento de apogeo. Se dice por ejemplo que al pie de la escalinata de la capilla, donde se ubica una piedra redonda de tamaño mediano, existe un túnel que ponía a salvo a los dueños y su dinero durante los ataques de los revolucionarios.45 Gracias al apoyo del Lic. Sergio Oscos, se cuenta con una imagen de la hacienda que permite conocer el inmueble en la década de los años 20’s, especialmente de sectores de los que poca o nula información había. Fue posible además reconocer la distribución de diversos espacios que erróneamente se habían identificado como elementos posteriores al apogeo de la hacienda. La fotografía

42 Castro Domingo Op. Cit.

43 Nierman Ptak Daniel y Ernesto H. Vallejo Díaz, Op. Cit. 44 Nierman Ptak y Ernesto H. Vallejo Díaz, Op. Cit. P. 34. 45 Narración de un personaje (anónimo) que conoció la hacienda en sus últimos momentos de bonanza.

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permite observar detalles significativos del edificio histórico y alcanzar con ello la reconstrucción de dicho escenario. Un ejemplo, es el espacio que hoy en día esta ocupado por el Hotel Escuela “Las Flores” (1) que como se puede ver ya existía y como refiere el Sr. Garduño tenia la función de “semillero”, es decir el lugar en el que se resguardaban granos de trigo y maíz tanto para su comercialización como para el cultivo. En la imagen se aprecia además una puerta que comunicaba desde el exterior sin necesidad e ingresar por el acceso principal. En la parte posterior del granero, donde ahora si localizan los edificios “B y C” se situaba el corral de los animales. En la fotografía es posible apreciar un entorno que ha experimentado cambios drásticos. Las extensas áreas que en antaño estaban ocupadas por cambios de cultivo de trigo, maíz y numerosos arboles frutales, hoy en día lo están por una exuberante vegetación y el cada vez mas creciente numero de invernaderos que a un ritmo acelerado conducen a la irremediable formación de un paisaje caracterizado por cerros y cañadas de plástico. Se aprecian algunas especies que hoy en día han desaparecido como los magueyes o los arboles de aguacate que en alguna época representaron uno de los recursos mas importantes de la región. Los acuíferos que el pasado complementaba con un marco digno de retratarse en las obras de algunos de los artistas más destacados en México. En el presente, lugares como el Salto de Tenancingo que enorgullecían a los habitantes de este bello rincón de la geografía estatal, funcionan como colectores de aguas negras ajenos totalmente a su antigua imagen. Este es el caso del pequeño cuerpo de agua en el que los gansos permanecían todo el día, hasta el atardecer en que regresaban al interior de la hacienda para custodiarla. Se pensaba que el estanque se ubicaba en el interior de la hacienda, específicamente en el lugar que ocupa el Hotel Escuela, En la actualidad, dicho espacio está ocupado por el camino que lleva a los invernaderos localizados al poniente de la ex hacienda. En un examen pormenorizado de la fotografía, resulta muy interesante la presencia de un personaje perteneciente a la clase acomodada de Tenancingo. Viste traje y se halla posando para el fotógrafo que capto esta imagen. Su existencia en este escenario hace patente la histórica contradicción entre ricos y pobres, esquema que se ha perpetuado hasta nuestros días. En contraparte se observa en la siguiente imagen a detalle, un trabajador de la hacienda vestido a la usanza de la época, es decir con camisa y calzón de manta, complementado por un sobrero de ala ancha. Aparece recargado en una columna

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del corredor inferior del casco de la hacienda. Al parecer este lugar estaba destinado a la crianza de ganado vacuno46. La imagen siguiente permite apreciar el interior del corredor que daba acceso a la cocina de la hacienda. Este se hallaba libre y permitía la libre circulación del personal que laboraba en el edificio principal. De acuerdo con la Sra. Elvira Osorio García, quien fue nieta del encargado del molino y de la fábrica de hilados, las habitaciones funcionaban como áreas de trabajo, posiblemente la cocina con sus braseros de leña, razón por la que recuerda que estaba llena de humo y triques. Al frente se encontraba un espacio amplio se empleaba como una eta. Alternativamente se utilizaba como patio para secar la ropa. El extremo norte del casco, lugar en que se ubica el acceso al auditorio del centro universitario, estaba diseñado como acceso para carruajes que llevaban cargas de productos agrícolas o algún otro material a un almacén que se hallaba en la parte posterior. En la imagen previa se observa la construcción de adobe y teja descrita. Se aprecia así mismo una sección diagonal con ventanas muy estrechas (partes superior e inferior) que de acuerdo con Sergio Molina47 se conocían como “troneras” que se utilizaban para defender el lugar. Según el Sr. Pedro Balcazar “esas ventanas eran unas claraboyas, eran para asomarse y tirar, por aquí se parapetaban, por ahí sacaban el arma y tiraban”. Este elemento arquitectónico tuvo modificaciones como la demolición del torreón que existía en la parte superior al que se accedía por la que fue la habitación principal de los hacendados. Relata Doña Elvira Osorio que estuvo ocupada por Don Fidel Víquez quien rentó por algún tiempo la hacienda. La Sra. Osorio comentó en reciente visita que todo está muy cambiado, que prácticamente no reconocía nada, con excepción del espacio que actualmente ocupa la sala de cómputo donde se ubicaba la habitación de los hijos de Don Fidel., uno de los renteros de la hacienda. Actualmente esta habitación la ocupa la oficina de la Coordinación General del centro universitario.

46 Entrevista con el Sr. Pedro Balcazar Garduño, quien visito la hacienda en compañía de los autores del presente texto.

Castro Domingo (2003: 85), comenta que Don Pedro Balcazar fue nieto de uno de los últimos administradores de la hacienda.

47 Comunicación personal, Arquitecto Sergio Molina Salinas, especialista en arquitectura historia de la Dirección de Museos

de la UAEM.

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En los alrededores aun sobreviven algunos muros de adobe que rodeaban la huerta, “todo eran manzanas, duraznos, peras, nogal, chabacano y aguacate, Cuando visitábamos a Doña Bárbara nos daba permiso de ir a cortar”48. Algunos lugares que hoy en día ya no pertenecen a la hacienda guarda relatos de episodios que dejaron profunda huella entre los habitantes originarios de Santa Ana Ixtlahautzingo y Tenancingo. Un ejemplo es un árbol conocido como Sapote blanco ubicado frente a la entrada principal del CECyTEM, del que se dice que en tiempos de los cristeros se utilizo para colgarlos. Sobrevive la costumbre de bajar la cabeza al pasar pro done esta el viejo árbol no necesariamente como una actitud de respeto que guardan las personas, sino por la recomendación que hacían los padres a sus hijos de que si volteaban, se los llevarían los muertos. El recorrido realizado representa solo una pequeña parte de una historia mucho mas amplia que requiere de una labor permanente de recuperación. Este trabajo habrá de continuarse pues cada nuevo documento permite avanzar en el conocimiento de la historia de un espacio en el que se escenificaron dramas sociales caracterizados por momentos de tensión y distención en un contexto espacio temporal bien delimitado.49 Los dramas sociales marcan status, se dirimen las diferencias y cuentan con la capacidad de movilizar razones, emociones y voluntades. Se trata del espacio en el que operan las entidades colectivas, donde expresiones, relatos y narrativas se tejen a partir de procesos sociales e históricos y en conjunto legitiman las formas de vida y establecen referentes para la acción.50 Este punto constituiría una brecha de investigación fresca para reconocer procesos de resistencia que marcaron la historia de la región sur del Estado de México.

48 Entrevista al Sr. Pedro Balcazar Garduño.

49 . 50 Turner, Victor. Schism and Continuity in an African Society. A study of Ndembu village life. Manchester: Manchester

University Press, 1957.

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Pruebas geofísicas en el inmueble histórico y su entorno. Entre los objetivos del presente estudio, se consideró la aplicación de técnicas con equipos geofísicos (GPR y Resistencia Eléctrica) en los espacios que integran la hacienda de Santa Ana, con el propósito de reforzar la información obtenida por medio delos informantes y fuentes documentales. El empleo de estas técnicas en contextos históricos en nuestro país es relativamente reciente. El principal uso se relaciona con la necesitad por una parte de planificar los proyectos de investigación y evitar los costos elevados que implican las intervenciones arqueológicas. Por otra parte se busca atenuar en lo posible la destrucción de los contextos arqueológicos ocasionada por la naturaleza misma del trabajo arqueológico. Para el caso que nos ocupa, se recurrió a dos técnicas geofísicas, Resistencia Eléctrica y Radal de Penetración (GPR). Los equipos geofísicos utilizados presentan las siguientes características: Radar de penetración SIR System 2 GSSI con antena de 400MHz de baja radiación, bajo nivel de ruido, registra datos en tiempo real e imágenes de las reflexiones producidas por los rasgos enterrados. El radar es propiedad del Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM. Es importante señalar que en todo momento se contó con el valioso apoyo del Dr. Luis Barba, el Mtro. Agustín Ortiz y de manera especial del Geofísico Jorge Blancas. En el caso de los equipos de resistencia eléctrica se empleo el modelo HT FEO 416, propiedad del Centro Universitario UAEM Tenancingo, mismo que fue operado por Benjamín López Gómez (becario del proyecto). Esta clase de equipo registra datos del subsuelo que eventualmente se procesan para generar una imagen que oriente al investigador. El equipo es de fácil manejo, además de que es muy apropiado para trabajos de investigación arqueológica. Los resultados obtenidos en los ejercicios realizados en diversos sectores permiten contar con un referente para posibles intervenciones arqueológicas en el inmueble.

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Mapa de resistividad eléctrica Jardín F

Para el caso del jardín F, ubicado en la huerta de la hacienda, se realizo una prueba que permitió corroborar lo expresado por los señores Alcántara Sánchez, antiguos empleados quienes señalaron que en dicho lugar existió una alberca que era ocupada por los dueños de la hacienda. En los registros realizados se observo en las líneas 6, 7, 8, 9 y 10 anomalías notables representadas por tonalidades amarillas, rojas y en el centro un blanco que probablemente sean producto de un relleno más contemporáneo. Las haciendas representaron unidades productivas en las que se desarrollaron actividades diversas a las que correspondían a espacios con características muy definidas. En el mundo cerrado y autosuficiente de la hacienda la gente nacía, crecía y a su vez moría, de cualquier rango social sea la alta (los dueños de la hacienda) o la baja (los trabajadores). Uno de los espacios se destino para las prácticas religiosas, nos referimos a las capillas. Esta clase de monumentos cuentan con atrios que varían en dimensiones. Se encuentran bien delimitados por bardas bajas que puede variar en altura. Se les utilizaba por lo generar como camposanto familiar de uso restringido a los propietarios del lugar. Se realizo una prueba con el radar de penetración con la idea de obtener información que confirmara lo que la tradición oral y los documentos históricos señalaban. Los resultados obtenidos fueron muy interesantes pues en las 8 líneas generadas con el Radar (GPR), se observo la presencia de una anomalía que en las gráficas aparece como una mancha de color rojo que atraviesa el atrio. A reserva de examinar con mayor detenimiento los registros obtenidos, se propone la existencia de una cavidad que podría corresponder con la existencia de tumbas de familiares de los hacendados, quienes tuvieron el privilegio de ocupar este lugar. Una posible alternativa seria la existencia de un túnel, que de acuerdo con la tradición oral comunicaban a la hacienda con la iglesia del Calvario, ubicada en la cabecera municipal de Tenancingo. No creemos que existiera un túnel de estas dimensiones (mas de dos kilómetros) pero es posible que existiera una cavidad que se utilizara para esconder los bienes mas preciados. Esta etapa del proyecto constituye una alternativa que el quehacer arqueológico y su desarrollo permitió a los alumnos del programa académico de la licenciatura conocer el potencial de la prospección arqueológica, sobe todo en un país en el que las haciendas están presentes en cada rincón.

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Fuentes de consulta

Archivos

Archivo del Registro Público de la Propiedad

Archivo Histórico del Agua

Archivo General de Notarias

Archivo Histórico del Estado de México

Archivo General de la Nación

Archivo del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México

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Bibliografía

1. Castro Domingo, Pablo, Chayotes, burros y machetes. Zinacantepec, Estado de México. El Colegio Mexiquense, A. C. 2003.

2. Florescano, Enrique, Origen y desarrollo de los problemas agrarios en México 1500-1821. Ediciones Era S. A. Col. “Problemas de México”, México, 1975.

3. García Luna, Margarita, Haciendas Porfiristas en el Estado de México, UAEM, México, 1981.

4. Gilly, Adolfo. La Revolución interrumpida. Ediciones “El Caballito”, México, D. F., 1972.

5. Villada, José Vicente, Memoria de la Administración Publica del Estado de México, presentada a la XV Legislatura por el Gobernador Constitucional,. General José Vicente Villada. Cuatrienio de 1889 a 1893.

6. Molina Enríquez, Andrés, Los grandes problemas nacionales, México, Era, 1997.

7. Montes de Oca Navas, Elvia: “Las Haciendas”, en La Historia General del Estado de México, capitulo XIV, editada por el Colegio Mexiquense A. C., México, 1998.

8. Nierman Ptkak, Daniel y Ernesto H. Vallejo Díaz, La Hacienda en México, Universidad Iberoamericana, México, 1989, p. 4.

9. Turner, Victor. Schism and Continuity in an African Society. A study of Ndembu village life. Manchester; Manchester University Press, 1957.

10. Von Wobeser, Gisela. La formación del a hacienda en la época colonial. El uso de la tierra y el agua. UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas, México, 1989.

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ANEXO DOCUMENTAL

Sucesión testamentaria de Don Vicente García Granados, 1877.

El 11 de mayo de 1877 a las 4:00 p. m., el C. Estanislao Oscos de esta vecindad presentí para su registro un titulo y copia autentica de división y participación de herencia otorgada ante en notario publico C. Lic. José del Villar y en México a las 11 de abril ultimo por el que consta que comparecieron ante dicho notario por un aparte el Sr. Don José Hipólito Ramírez Apoderado General de Doña Josefa Ramírez viuda del difunto Don José Vicente García Granados y de sus hijos Doña Vicente y Ricardo García Granados y por otra parte el Sr. Don Alberto García Granados, y además como albacea de la testamentaria del expresado Don José Vicente, su padre ambos vecinos de México, el primero de 45 años de edad y casado y el ultimo de 29 años con capacidad para obligarse y dijeron que el día 9 de noviembre de 1973 falleció en la Ciudad de México el Sr. Vicente García Granados según lo han comprobado bajo el testamento que otorgo en México a 1 de marzo de 1872 ante en notario Don Mariano Vega y en el cual declaró ser casado con Doña Josefa Ramírez, habiendo tenido 3hijos que son Vicente, Ricardo y Alberto a quienes instituyó por ser únicos universales herederos y nombrando por albacea a el ultimo quien esta de acuerdo con los demás herederos y con su madre Doña Josefa Ramírez procedió a la facción de inventarios por memorias simples con las cuales estuvieron conformes aquellos y por tal razón se procedió a la división de los bienes extra-judicialmente de fines de pagos al final lo que correspondía por ser todos menores de edad; que la aplicación de las fincas se hace con el valor que representan en los inventarios de común acuerdo entre los interesados y atendiendo a las rentas que producen: que el monto total de los bienes inventariados es el de $114,000.00 ciento catorce mil pesos y los créditos activos de $64,500.00 de sesenta y cuatro mil quinientos pesos, siendo el total divisible $178,500.00 ciento sesenta y ocho mil quinientos pesos; que de este capital se adjudican a la Sra. Viuda $44,000.00 cuarenta y cuatro mil pesos; a don Ricardo $38,000.00 treinta y ocho mil pesos y a don Alberto $36,195.12 treinta y seis mil ciento noventa y cinco pesos con 1 centavos, consistentes en la hacienda y un molino anexo llamado Santa Ana situada en este distrito, bajo los linderos que constan en la escritura respectiva y con precio de $22,000.00 veintidós mil pesos ya demás $14,195.12 catorce mil ciento noventa y cinco pesos con 12 centavos del crédito que contra el tiene la testamentaria haciendo en su total lo divisible de $163,000.00 ciento sesenta y tres mil pesos resultando una diferencia que no se ha dividido de $15,500.00 quince mil quinientos pesos correspondientes a varios créditos entre los que se cuanta uno

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de $4,500.00 cuatro mil quinientos pesos que adeuda don Jesús Rosales por renta de la Hacienda de Santa Ana según la escritura de 15 e Septiembre del presente año que no se especifica en los linderos de Santa Ana por estar las escrituras en poder del arrendatario, por un litigio que sigue contra los colindantes por el agua que igualmente los 3 herederos quedan obligados a los resultados de un juicio que se haga apelación en el tribunal superior, relativo a pago de $3,000.00 tres mil pesos de una capellanía fincada en Santa Ana y que la aplicación del capital se ha hecho en la inteligencia de que los bienes no reportan gravamen yu que si alguno resulta deberán cubrir los herederos con todo lo dicho esta conforme el Sr. Ramírez pudiéndose ver todos los demás pormenores en la copia simple sacada del titulo, la cual se halla a fojas 87 a la 95 de aquellas del corriente año en tal virtud se inscribe a favor del expresado Don Alberto García Granados la propiedad a las acciones o derechos que ha referido. Presente el interesado a esta operación leída que le fue dijo estar conforme y firmo conmigo el Juez letrado encargado del registro y los de sentencia a las 11 de la mañana de hoy 15 de Junio del año a principio expresado doy fe Estanislao Oscos y Urbano Lechuga.

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Sucesión testamentaria de Don Miguel Izquierdo, año de 1907.

En la ciudad de Tenancingo a las nueve de la mañana del día 24 de octubre de 1907 ante mi el ciudadano Lic. Cecilio Vásquez, juez de primera instancia y oficial del registro publico del distrito, compareció el ciudadano Felipe García, de esta vecindad y mayor de edad, y requirió la inscripción del testimonio de una escritura pasada en esta ciudad con fecha 3 de mayo de 1904, ante la fe del escribano Carlos G. Duran: por cuyo documento costa: que los señores Miguel y Manuel Izquierdo, la señora Isabel Pichardo viuda de Izquierdo e Isabel Izquierdo con su esposo Miguel Millán otorgaron entre si ante el referido escribano, la escritura de división y partición delos bienes que quedaron por el fallecimiento de el Señor Miguel Izquierdo, vecino que fue de esta ciudad y padre de los primeros y la ultima y esposo de la señora Pichardo, quien fallecido el día 7 de Diciembre de 1903, dejando instituidos como únicos herederos de sus bienes, a los otorgantes, y de su testamento aparece: que el señor Manuel Izquierdo le toco lo siguiente: 2 terrenos de propiedad particular, situados en el barrio de Santa Ana de Coatepec Harinas, coincidiendo el primero al norte 46m con 62cm con Juan Diego; al sur 45m con 95cmm, con herederos de María Flora, al oriente 54m con 60cm, con la calle y al poniente 55m con 44 cm, con calle. El otro terreno situado en la 2da calle del mismo barrio, mide y colinda al norte 194m, con Ventura Gómez, al sur 192m con 78cm, con José Nava Martínez; al oriente 59m con 64cm, con una calle: y al poniente 61m con 32cm: su valor 163 pesos. Una casa con terreno propio en la plaza principal y en el barrio de Santa Ana en Coatepec que mide y colinda: al oriente 47m con 8cm, con herederos de Francisco Puga; al poniente en un aparte 6m con 7cm y en otra 49m con 38cm, con heredero de doña Hana Hernández y Ramón Naca; al sur mide 7m con 20cm en una parte u en la otra 2m con 50cm con la plaza y herederos de Ana Hernández; al norte 20m con 20cm, con herederos de Ávila de Sánchez. Su valor 500 pesos. Otra casa con terreno propio situada en el mismo Coatepec en el barrio de San Miguel, que mide y colinda: 18m con 16m, con calle; al sur con igual medida, con herederos de Mateo Izquierdo: al oriente y poniente 38m, con testamentaria de Mateo Izquierdo y Nicolás Izquierdo respectivamente. Su valor 250 pesos. Un terreno de propiedad particular de Zancanquillo, que mide y colinda: al norte 189m con Pedro Juárez; al oriente 215m con calle; al sur 110m con 15m, con Mateo Hernández una parte y el resto con la calle; y al poniente 143m con el rio del ahuehuete. Su valor 125 pesos. Otro terreno de propiedad particular en Zancanquillo, que mide y colinda: al oriente 243m, con la calle; y al oriente de igual medida, con río; al norte y sur 129m, con herederos de Juan Hernández y el río; su valor 126 pesos. Otro terreno y también en Zancanquillo, que mide y colinda; al sur y norte con 70m con 50cm,

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con calle y herederos de José Segura respectivamente; y al oriente y poniente 36m, con calle Cipriano Mendoza según su orden. Su valor 25 pesos. Otro terreno en el mismo barrio, que mide y colinda: al Oriente y poniente 42m, con herederos de Merced Vázquez y por aquel con una zanjita; y al norte sur 198m, con Cipriano Hernández y José Vázquez respectivamente. Su valor 100 pesos. Un terreno llamado (“el jacal”) también en Alcanquillo, que mide y colinda: 141m de largo por 45 de ancho, linda al oriente con la calle; al norte sur con el Remigio Nava y al poniente con Gonzalo Izquierdo. Su valor 98 pesos. Otro terreno llamado el Jacal en el barrio de Analco que mide y linda: al sur 80m, con Gonzalo Izquierdo; al poniente 97m, con Cosario Díaz de Ortiz; al norte 70m y con la calle; y al Oriente 136m, con una vereda. Su valor 100 pesos. Un terreno de propiedad particular en el barrio de San Miguel, que mide y linda; al poniente 36m, con calle nacional; al norte 32m con Carlos puga y Manuel Avilés; y al oriente 36m, con José Estrada y Manuel Gallegos; y al sur 35m con Anacleto Sánchez y Amado Álvarez. Su valor 50 pesos. Otro terreno en el barrio de San Miguel que mide y linda: al norte 36m, con Juan Beltrán; al oriente 30m con 59cm, con Trinidad Hernández; al sur 36m con calle nacional, al poniente 32m con calle nacional. Su valor 157 pesos. Un terreno en el lugar llamado “la copracha” que mide yu linda; al oriente 98m con 15cm, con un zanjón y Julio Hernández; al norte 1226m con 38m, con Felipe Izquierdo: y al sir 289., con terreno de la testamentaria Su valor 250 pesos. Otro terreno en la misma copracha, que mide y colinda; al oriente 94, con 25m, con una calle, poniente 96m con 66m con un zanjón y doña Elísea Rubí, al norte 289m con 33cm, con terreno de la testamentaria; y al sur 288m con 53cm, con la misma testamentaria. Su valor 500 pesos. Otro terreno en la misma copracha, que mide y linda: al oriente 151m con 20cm, con una calle, al poniente 161m con 87cm, con una zanja, doña Cecilia Rubí y Mariana Hernández, al norte 289m con 53cm, con terreno de la testamentaria; y al sur 332m con 9cm, con una calle. Su valor 500 pesos. Las demás constancias obran en la copia que se archivó. Por lo expuesto, y contando que fueron pagados los derechos por trasmisión de propiedad, se inscribe a favor de don Miguel Izquierdo el derecho que por herencia adquiere, agregándose a legajo de documentos la copia respectiva, marcada con el numero a este asiento que previa lectura y conformidad firme con el comparente y testigos damos fe.

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Venta de toda la representación que el Señor Miguel Izquierdo Pichardo tenia como socio, en la sociedad “Izquierdo y compañía, Fábrica de Hilados y Tejidos Tenancingo”, a favor de Don Dionisio Izquierdo.

En la ciudad de Tenancingo a las 5 de la Tarde del día 9 de noviembre de 1908 ante mi el ciudadano Lic. Cecilio V. juez de primera instancia y oficial del registro publico del distrito compareció Oricio Toresano de esta vecindad y mayor de edad y requirió la inscripción del testimonio pasada en la ciudad de Toluca con fecha 19 de septiembre del presente año, la fe del escribano Jesús María Hernández y por documento consta que el Sr. Miguel Izquierdo pone en venta a Don Dionisio Izquierdo, toda la representación que como socio en la sociedad “Izquierdo y Compañía de hilados y Tejidos de Tenancingo” de modo que todo queda por este contrato en lugar del vendedor al precio de la venta de la representación mencionada de $42,000.00 cuarenta y dos mil pesos , por la correspondiente en el resto del archivo en el pasivo de la sociedad: que de los $42,000.00 cuarenta y dos mil pesos, el vendedor recibió de su comprador a su entera satisfacción: $2,000.00 dos mil pesos y el resto de $40,000.00 cuarenta mil pesos lo que reconociendo este último al Sr. Domingo Patiño con las mismas garantías y en forma y términos; que consta en la escritora de préstamo con hipoteca y proceda se otorgo en la Ciudad, en 7 de Noviembre del año próximo pasado, ante en notario Cipriano Alavés por don Miguel Izquierdo, a favor del expresado señor Patiño, que en esa escritura aparece que el repetido señor Miguel Izquierdo recibió de aquel, la cantidad de $40,000.00 cuarenta mi pesos, en calidad de préstamo asegurando esa suma, con hipoteca y prenda de la parte que como socio representa en la mencionada sociedad “Izquierdo y Compañía, Fabrica de Hilados y Tejidos Tenancingo”, obligándose en la clausula 1ª. Aquella escritura, en vendedor señor Izquierdo, a no vender, ceder o en menos alguna enajenan, la parte que le corresponde en esa sociedad, superior de los socios pero estos habiendo renunciado el derecho del tanto; concedieron a dicho señor Izquierdo que contra esa venta con don Dionisio Izquierdo, quien compro al primero los derechos y acciones que tenia en la respectiva compañía, en la representada suma de $42,000.00 cuarenta y dos mil pesos a los que don Dionisio Izquierdo quedo a reconocer a favor de Don Domingo Patiño uno delos socios, $40,000.00 cuarenta mil pesos y estos quedan en la sociedad con las mismas garantías y para los propios fines que se expresaron en la escritura ha préstamo con hipoteca y prenda de 7 de Noviembre del año anterior de que se ha hecho merito, y $2,000.00 dos mil pesos que recibió en efectivo el mismo señor Izquierdo de su comprador Dionisio de igual apellido. Por lo expuesto; u contenido que fueron

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pagados los derechos de trasmisión de propiedad, se invierte a favor de Don Dionisio Izquierdo el derecho de que como socio adquiere en la sociedad Izquierdo y Compañía, Fabrica de Hilados y Tejidos Tenanginco, agregándose al legajo de documentos la copia respectiva marcada con el numero de este asiento que previa conformidad y comparecen tesis y testigos. Damos fe.

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Hipoteca del Molino de Sana Ana en el año de 1909.

En la ciudad de Tenancingo, a las 3:00 del a tarde del día 9 de Junio de 1909, ante mi el ciudadano licenciado Edmundo G. González juez de primera instancia Distrital del Registro Público, compareció el ciudadano Isauro Sotelo, de esta vecindad y mayor de edad y requirió la inscripción delos testimonios de una escritura pasada en esta ciudad con fecha 1ro del actual, ante la fe del escribano Carlos G. Duran; por cuyo documento consta, que la señora Isabel Izquierdo de Millán recibió el señor doctor Leonides E. Jonquitud en calidad de préstamo y a su entera satisfacción, la cantidad de $6.000.00 seis mil pesos, lo que se comprometió a restituir en casa y poder de su acreedor o de quien sus derechos represente, en el término de 5 años, los que comenzar a correr y contarse desde la fecha de la escritura que se registra, del cual termino los 5 años serán forzosos por el derredor, y 2 años forzoso para la deudora, y los 3 restantes voluntarios; que durante este tiempo y mas que del hecho o para cualquier motivo permanezca en capital sin redimir, contara en interés del 1% mensual, pagadero por anualidades vencidas a contarse desde el 31 de Agosto del presente año, y en otra fecha se pagara también los réditos que el capital y sus réditos y sus demás obligaciones contraídas, la señora Isabel Izquierdo de Millán, hipoteca, especial expresa y señaladamente a favor de su acreedor del Señor Doctor Leonides E. Jonquitud en 1er lugar, todos los derechos y acciones reales que tiene y le pertenecen, a la “Sociedad Izquierdo y Compañía” en las que están comprendidas, la fábrica de hilados y tejidos denominada “Guadalupe” Molino de Santa Ana y Harinas, situada a orillas de esta ciudad, cuya negociación se constituyo según escritura de sociedad, otorgada el 29 de junio de 1904, ante el mismo escribano señor Duran, por los señores Emilio y Miguel Izquierdo, Domingo Pañiño, Leonides E. Jonquitud e Isabel Izquierdo e inscrito el testimonio bajo el asiento numero 50del libro 2do principal de 1904; queda facilitada la señora Izquierdo de Millán, para que desde el 3er año su albacea en que comience el termino para ella, pueda redimir cualquiera de su capital, o con el objeto de amortizar su adelanto en abonos que no bajen de 200 pesos disminuyéndose estos en posesión a las cantidades que se vayan apagar vinieron los contraataques, que esta hipoteca no solo requirió por el capital que ella garantiza, sino también por los que este cause. Los demás pormenores obran en la copia que se adelante. Por lo expuesto y contando que fueron pagados los derechos puestos, se inscribe a favor del Sr. Leonides E. Jonquitud derecho que por hipoteca adquiere apegándose a la copia representativa presenta con la escritura de este asiento que previa selectiva y confirmada.

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Contrato de arrendamiento de la Fábrica de Hilados La Guadalupe.

Ciudad de Tenancingo a las 11:30 A. M. del 9 de Agosto de 1921, ante el ciudadano Lucio R. Herrera, juez conciliador propietario de esta cabecera, en funciones de esta instancia del Registro público del distrito, por ministerio de la ley, que cuenta con testigos de asistencia compareció el C. Roberto de la Vega, de este origen de esta vecindad, soltero en domicilio particular y mayor de edad. En la ciudad de México ante el notario publico N. 19 Antonio Sánchez Albana: que el Sr. Domingo Patiño mayor de edad domicilio en la Ciudad de México, en la casa No. 89 socio gerente de “Izquierdo y compañía colectiva” cuya funcionalidad dicho perfectamente y de acuerdo con la compañía, socios que dicha compañía celebro un contrato de arrendamiento a fabrica de hilados y tejidos denominada Guadalupe, ubicada a extremo de la población, y del molino de harinas que propiedad de la misma compañia el Sr. Don Bernardo de la Vega en individual, mayor de edad, con domicilio en la misma ciudad en la 2da calle de bajo las siguientes clausulas: 1ra el señor Domingo Patiño con el cargo expresado de gerente de “Izquierdo y Compañía, Sociedad Colectiva da en arancelamiento Sr. Bernando de la Vega, la fabrica de hilados y tejidos denominada “Guadalupe” ubicada en Tenancingo, Estado de México, inclusive el molino de harina que es una propiedad de la misma compañía con todas sus pertenencias costumbres y servidumbres. 2da el plazo de advenimiento es de 5 años que comenzara a contarse desde la fecha en que termine el plazo de contrato anterior expresado. El molino de harina quedó el Sr. De la Vega el 24 de enero en que la desocupara el anterior arrendatario señor Gildardo Castañeda. 3ra la venta es de $10200.00 diez mil doscientos pesos anuales en oro nacional o en equivalente en dólares de los Estados de Norte América, el edicto del día que pagará el Sr. De la Vega. Por mensualidades de adelantadas a los señores “Izquierdo y Compañía, Sociedad Colectiva” con toda puntualidad salvo el casco de fuerza mayor, pues solamente dejaron de percibir la venta, los Señores Izquierdo y Compañía, Sociedad Colectiva, en dicho caso de fuerza mayor o () 4to El Sr. De la Vega tiene derecho de () el molino de harinas y puede en así (comerciar) a sus intereses hacer la instalación de la maquinaria eléctrica que esta en el molino y que en el objeto señalada para el objeto cuando por su cuenta todos los fastos que esta ocasionan, quedando a beneficios de las fincas y disfrute del uso natural tras tanto de sus beneficios durante el periodo de arrendamiento y sin mas deterioro que del uso natural () del negocio de la fabrica, como es natural se van por cuenta del Señor de la Vega las pagara en la forma acostumbrada. Los que gastara para reparaciones y obras mas que se archiva y constando que fueron pagados los

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derechos de registro, se inscribe el presente contrato para los efectos legales, marcándose en la copia con el numero 10 asiento que firme con el comprobante y testigos de asistencia. Damos fe.

En la ciudad de Tenancingo, a las 4:00 de la tarde del día 9 de Agosto de 1921 ante el C. Lucio Ramírez Herrera, juez conciliador propietario d esta cabecera en función de la 1ra instancia del Registro Público del Distrito, por ministerio de la ley, que cuestiona con testigos de acivotencia. Compareció el ciudadano Refugio Gómez, de esta vecindad casado y mayor de edad, y requirió la inscripción en esta oficina del acta del() que para el objeto y en copias especificada por duplicado y en copias, certificada por duplicado remitente el administrador de Rentar del Estado en este Distrito, por la cual consta: que el Sr. Isauro R. Sotero, ejecutor nombrado por la administración de Rentas del Estado, cumpliendo lo determinado en 25 de _Julio del presente año, asociado de los testigos Refugio Gómez y Vicente Giménez, a las 4:00 de la tarde del día 3 del presente mes se constituyo en la casa esquina de la plaza números y calle de esta población de la propiedad de la sucesión de la finca () serán por cuenta exclusiva del Sr. De la Vega, a satisfacción de Izquierdo compañía y quedaran de beneficio de las () Quinta. El Sr. De la Vega entrego de la fabrica al terminar del arrendamiento “Izquierdo y Compañía Sociedad, colectiva” en las mismas formalidades y decisiones que la reciba y sin mas determinaron el natural del uso moderado, y en su de indemnizará de los arrendadores de los prejuicios que le sigan a juicio de fuerza. 6ta la falta de cumplimiento de una de las clausulas de este conducto primero del Sr. De la Vega. Será () para los señores “Izquierdo y Compañía, Sociedad Colectiva” de ir por reconocido del contrato de que aquel () a estos por el porte de 2 mensualidades de renta. 7ma el Sr. De la Vega se obliga a pagar contra incendio del edificio y mayoría arrendada, a favor e los arrendatarios y la primera será pagada exclusivamente al Sr. de la Vega. 8va queda establecido del arrendamiento los derechos delos magueyes plantados en los mismos de tienda. 9ª todo lo que hay en la fabrica perteneciente al Sr. de la Vega. Servirá como garantía a favor del os señores “Izquierdo y Compañía, Sociedad Colectiva” del cumplimiento del presente compromiso y 10ª los gastos de la primera escritura, valor de () cincuenta del Sr. de la Vega. El contrato que se refiere la causa 2da fue por los mismos señores de la Vega, en escritura de 7 de 1919 ante el mismo notario Antonio Sánchez.

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Disolución de sociedad del Sr. Leónides Jonquitud y el Sr. Emilio Izquierdo, 11 de mayo de 1927.

En la Ciudad de Tenancingo a las 1:15 pm del día de Mayo de 1927, el C. Licenciado H. García, Juez interino de primera instancia de este distrito y del registro publico del ismo, compareció el ciudadano Federico Patiño, vecino de la ciudad de México, con domicilio en la casa numero cuarenta y nueve de la calle de “Gordo” casado, comerciante de 30 años de edad, mexicano que requirió la inscripción en esta oficina del testimonio de una escritura () en la ciudad de México con fecha de 22 de febrero del presente año, ante la fe del notario público Lic. Antonio Sánchez A. por cuyo documento consta; que el Sr. compareció por su propio derecho y como albacea de la sesión del Sr. Domingo Patiño, cuyo carácter comprobó documento; El Sr. Leónides E. Jonquitud y el Sr. Emilio Izquierdo () actuales de la Sociedad mercantil un nombre colectivo “Izquierdo y compañía, fábrica de hilados y tejidos, Tenancingo” constituida por escritura de fecha de 29 de junio del año de 1904 otorgado en esta ciudad, ante la fe del notario Público Don Carlos G. Duran inscrito debidamente en testimonio en esta oficina bajo el acuerdo, mismo 250 del libro 2do de inscripciones del mismo año de su otorgamiento; en virtud de las enormes pérdidas sufridas tanto por la Revolución pasada, como por la crisis financiera porque esta ha alcanzado el precio, y por la () del socio Domingo Patiño; teniendo que reducir () en las operaciones sociales, sino suspender los trabajos y especulación e los negocios en mucho tiempo, dieron por () y terminando la misma sociedad, toda vez que de la liquidación que plantearon resulto que solo se conservan los inmuebles y maquinarias aportadas a la propia sociedad y que son : “el molino e la luz” como todas sus dependencias y terrenos en que está construido, fabrica de “Guadalupe “ex molino de Santa Ana” que solo ascendieron a la suma de $70,000.00 setenta mil pesos, estado conformes en aplicarse dichos inmuebles y maquinaria en la porción legal que le correspondan dichos señores Patiño, Jonquitud e Izquierdo, los bienes de la misma Sociedad Extinguida, “Izquierdo y Compañía”, convinieron en constituir una Sociedad Anónima que se denominará “Fábrica de Hilados Guadalupe, y Molino de Harinas, Santa Ana, Sociedad Anónima” la que tendrán en domicilio en esta Ciudad, fungiendo tener agencias y sucursales en todas partes; siendo el término de una duración de 25 años, que comenzaran a correr y contarse desde la fecha de esta () que se registro, siendo el objeto de dicha sociedad la de explotar la fabrica de hilados Guadalupe y Molino de Santa Ana, maquinaria y concesión para el uso del agua del rio de Santa Anam, de la extinguida sociedad el de explotar la fábrica de hilados Guadalupe y Molino de Santa Ana, maquinaria de concesión para el uso del agua del rio de Santa Ana,. De la extinguida Sociedad “Izquierdo y

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Compañía” y emprender y llevar a cabo todas los negocios comerciales e industriales, que sean necesarios para la mejor explotación de la mencionada Fabrica y Molino. Que el capital que se fijo fue el de $70,000.00 setenta mil pesos, representada por /00 setecientas acciones () liberadas o sean totalmente pagadas de $100,000.00 cien mil pesos cada una; las que quedaran para su validez; los registros fijados el 179 ciento setenta y nueve del Registro de Tenancingo de comercio, inscritas por las funciones y proporciones siguientes:

Sr. Federico Patiño, 126 acciones. Sr. Léonides Jonquitud, 208 acciones. Sucesión del Sr. Domingo Patiño 210 acciones. Sr. Emilio Izquierdo, 156 acciones. Suma 700 acciones.

Satisfaciendo el valor de estas acciones a firmando el propiedades los inmuebles, edificios de la fabrica de Guadalupe y maquinarias y el edificio del molino de Harinas de Santa Ana, y su maquinaria situada a orillas de esta ciudad, terrenos, acueductos para el uso del agua del rio de Santa Ana, y que importaban $40,000.00 cuarenta mil pesos según el inventario de la aportación que es como sigue.

Edificio de la Fábrica de hilados y Tejidos Guadalupe, con los linderos siguientes, al norte, con terrenos de la Hacienda de Santa Ana; al sur, con el rio del mismo nombre; al oriente, con un arroyo, y al poniente con el río de Santa Ana. Su valor $15,000.00

Maquinaria de la misma fabrica $35,000.00 treinta y cinco mil pesos.

Edificio del molino de Harinas de Santa Ana, con los linderos siguientes; al norte con el camino que va de Tenancingo para Santa Ana, al oriente con la barranca () y al sur y poniente con el río de Santa Ana y maquinaria eléctrica. Su valor $15,000.00 quince mil pesos.

Total $70,000.00 setenta mil pesos.

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Inmuebles que fueron adquiridos por la sociedad “Izquierdo y Compañía”; y la convención para usar el agua del rio de Santa Ana, por escritura de la fecha 13 de Agosto de 1901, otorgada en la ciudad de Toluca, ante el notario público señor Mariano Garduño. Que la sociedad será regida por un consejo de administración formado de 3 vocales propietarios y por 1 o más gerentes. Que el consejo de su primer sesión de cada año, elijara un presidente; habiendo () uno o mas gerentes o subgerente y un secretario, que serán nombrados y recibidos por el mismo consejo; quedando a cargo del uso de la firma social de los miembros del consejo que este designe y delos gerentes y subgerentes que se () los términos que el mismo consejo acuerde: que el consejo tiene las facultades siguientes: ejercer el poder mas amplio de la compañía con (), franca y general administración judicial y extrajudicial, con facilidades de cancelar y contrarrestar demandas y regir las invenciones y todos sus tramites e instancias, hasta su conclusión interponer todos los recursos legales sean ordinarios o extraordinarios; recurso juicios magistrados y demás funcionarios en derechos () con causa o sin ella particular hacer funciones y rendir toda clase de derecho consentir sentencias y desistirse de las acciones entabladas, consentir ();que van y dan liberanzas, letras de inscripción de propiedad a favor del Sr. José Cotero, 2 de febrero de 1929.

En la ciudad de Tenancingo, distrito del mismo nombre, del Estado de México a las 11:00 del día 2 de febrero de 199 ante el ciudadano Licenciado Edmundo M. Pérez juez constitucional de primera instancia de este Distrito judicial y tenedor del Registro Público del mismo, compareció el Sr. José Cotero, mayor de edad, originario y vecino de esta ciudad, mexicano, soltero requirió la inscripción en los libros de esta oficina, de una copia certificada expedida por el juez de primera instancia de este mismo Distrito, con fecha 22 de Diciembre de 1928, cuya copia es como sigue: El Ciudadano Licenciado Edmundo M. Pérez juez condicional de primera instancia de este Distrito judicial que actúa como secretario certifica: que en las dirigencias relativa al juicio de ampara necesario 38/926 `promovidas por José Cotero contra actos del ciudadano presidente de la república y de otras autoridades agrarias, existen las constancias siguientes: de mayor un sello que dice juzgado de distrito, en el Estado de México, Estados Unidos Mexicanos, Toluca, Escrito Nacional Sección de Amparo. Despacho N. 15 al Centro Toluca, Noviembre 3 de 1920- El ciudadano Juez de primera instancia en Tenancingo. En los acotos de juicio amparan numero 38/926 primero por José Cotero contra acto del Ciudadano presidente de la República Mexicana y otras autoridades agrarias de ha jurado en acto que sigue Toluca a 8 de Noviembre de 1024. El escrito del que goza con que se da cuenta por la escritura; escrito del que aparece

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que los vecinos de Santa Ana Ixtlahuatzingo, no han cumplido con la ejecutoria de la H. Suprema Corte de Justicia de la nación que conforma la secretaria de este juzgado, que concedió el ampararan de la justicia federal a don José Cotero; toda vez que aquellas que continúan en los bienes de la propiedad del quejoso; a favor siendo también en ambos que se declaran procedente con fecha 15 de Octubre pasada la queja que enderezo el prominente contra las autoridades responsables ha llegado el caso en el que el escrito se va obligado de hacer respetar la ejecutoria aludida, y que para el edicto dispone a que se comisione al ciudadano juez de primera instancia de Tenancingo, a quien se le dan () las facultades que autoriza la ley, para que en representación del escrito ponga en posesión al quejoso de las tierras que fueron dotadas a los vecinos de Tenancingo Itztlahuatzingo, con motivo de la resolución presidencial correspondiente, otorgándose a dicho juez para que en todo caso solicite del desacuerdo federal correspondiente; el auxilio de la fuerza pública para que se expulse a dicho vecino y se expulse así debidamente con el mandato de la superioridad con el fundamento en el articulo 126 de la ley de amparo y circular 136 del 26 de agosto; disponiendo que al librarse del Distrito de Tenancingo el correspondiente despacho se insertan en el las () conducentes para que sirvan para mejor comprensión de la existencia que se trata de ejecutar en el () de que las constancias a que se refiere el acto anterior dicen a la letra y en el conducente: Ciudadano juez del distrito. José Cotero señalado como domicilio en esta Ciudad para oír funciones el departamento N.2 de la casa N. 14 de la calle Beluario Domínguez, ante la recta justificación de usted comparecer y exponga: de los reclamados a la relación definitiva de la Ciudad clara Presidente de la República de fecha 14 de enero, en cuanto todo el pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo de 369 las aéreas de terrenos mas 302 aras de terreno; afecta a la Hacienda de Santa Ana en una superficie de 65 hectáreas de terrenos de riego; y mando inscribir en el registro publico de la propiedad las modificaciones que por virtud de esa dotación sufría mi finca y B la ejecución de dicha relación por fraude de la comisión nacional agraria delegación de esa comisión en el Estado de México comité particular ejecutivo o correspondiente al pueblo favorecido y tenedor del registro publico de la propiedad del Distrito de Tenancingo de margen realización al centro. En la Ciudad de Toluca a las 11:30 horas del día 1 de julio de 1925, día y firma señaladas para la celebración de esta audiencia en el presente juicio de amparo. Enseguida el ciudadano juez dijo: visto este juicio de amparo promovido. Este juicio falla primero, la justicia de la unión ampara y protege a José Cotero contra actos del ciudadano Presidente de la República de la comisión nacional agraria, su delegación en el Estado de México y Comité Particular Ejecutaron correspondiendo al pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo, consistentes en haber el primero dictado resolución en el expediente de dotación y ejidos del pueblo antes dicho, con fecha 14 de enero del corriente año, afectando a la Hacienda de Santa

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Ana de la propiedad del quejoso con 75 hectáreas de terreno de riego de la dicha hacienda y en los actos de ejecución de la misma sentencia, de parte de las otras autoridades mencionadas. Segunda la justicia de la unión no ampara ni protege a José Cotero contra actos de la comisión local agraria del Estado, como ejecutoria de la resolución presidencial a que se refiere el punto anterior. Tercero – notifíquese de margen Ejecutoria centro – México Distrito Federal acuerdo como el día marzo acto de 925, visto en revisión el amparo primero por José Cotero, considerando primero los agrarios expresado por las autoridades recombinantes giran sobre la apreciación hecha en la sentencia reconocida en donde se considera como pequeña propiedad la finca Santa Ana del señor José Cotero, no existe la ley agraria determine cuales fincas deben ser tenida como péquelas propiedades aplicado con tal motivo el ciudadano juez de distrito las prescripciones a que se refieres las fracciones segunda y ternera del atuendo del reglamento agrario aplicación inmediatamente en el concepto de dichas autoridades remanentes. El articulo 27 de la Constitución general, dice literalmente: los pueblos rancherías y comunidades, que carezcan de bienes y aguas o no las tengan en cantidad suficiente para sus necesidades de ellas tomándolas de las propiedades inmediatas, respetando siempre la pequeña propiedad. Después el mismo precepto, declara la Ley constitucional a la Ley agraria de 1915 del 6 de enero y el articulo 14, fracciones primera segunda y tercera de su reglamento, prescriben. Quedan exceptuadas de la dotación de ejidos las siguientes propiedades: las que tengan una extensión no mayor de 150 hectáreas en terrenos de riego o humedad, las que tengan una extensión no mayor de 250 hectáreas, de terreno de temporal que aprovechen una precipitación aluvial abundante y regular, las que tengan una extensión no mayor de 500 hectáreas de temporal de otras clases. Es indiscutible la concreción o relación que existe el artículo 27 constitucional que manda se respete siempre la pequeña propiedad y las fracciones transcritas del articulo 14 reglamentario que señala de modo claro y terminante las propiedades que por sus proporciones y calidad de sus terrenos deben ser explotación de dotación de ejidos; es decir son esas pequeñas propiedades que había el citado pactado constitucional esta ha sido la interpretación que ha normado y norma el criterio de la correspondencia de la Suprema Corte como lo informan las escrituras siguientes: Román López Rodríguez, página 1130, tomo 13, quedan pues demostrado que ésta ha sido la recta interpretación de esta Suprema Corte en materia, y por ende la improcedencia de los agrarios relacionados con la relación a los capítulos referidos, siguiendo para justificar la Comisión Nacional Agraria el Dictamen que rindió el Ciudadano Presidente, y ésta su resolución sobre la dotación de los mencionados ejidos, acompañado a su informe copia certificada del rendido por el primer ingeniero; A. F. Villaseñor, en su carácter de Delegado de la Comisión Nacional Agraria del Estado de México, en el cual expone que los terrenos de que

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se trata son pobres y la mayor parte de ellos tierra de loma que de esa misma clase son las tierras que se extienden a la parte regable, de la Hacienda Santa Ana, de la que se proyecta tomar 65 hectáreas, que esta hacienda es pequeña, pues posee como terreno de cultivo 140 hectáreas todas regables, que todo el resto de terreno es ¿cemil? Y pobre de la arboleda que el polígamo de esta hacienda quedo sin señal porque nadie sabia a donde era el lindero arribe del cerro, pues el propietario Sr. Cotero estaba enfermo en México, a mayor abundamiento el Ciudadano Gobernador del Estado de México, en vista de los actos que se abrieron por la comisión local agraria en la tramitación de la dotación de referencia declaró en el considerado segundo de su resolución provisional que no era posible afectar con dotación de la Hacienda de Santa Ana, por ser pequeña propiedad, segundo dispuesto por el articulo 14 del Reglamento Agrario, quedando en convivencia obligada a tal beneficio la Hacienda de Monte de Pozo a pesar de todas estas (pruebas y otras mas que aparecen en actas, la Comisión Nacional y e Ciudadano Presidente de la República haciendo una acta aplicación de las preinscripciones legales consiguientes muy especialmente a la que se refiere el articulo 14 reglamentario de favor al pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo, con 65 hectáreas de las tierras de humedad y riego de la finca Santa Ana, sosteniendo de que la extensión y validad de los terreno mencionados en cada una de las fracciones que ha de ser la total de la superficie de cada una de las pequeñas propiedades del artículo mencionado deberá extenderse que ha de ser la total de la superficie de cada una de las pequeñas propiedades como cuando ya se ha expresado el rendido literal y gramatical de dicho articulo y su correspondencia con el 27 Constitucional Tercero, con respecto al agrario en que se expresa que el Juez del Distrito explicó sentencia el interés particular al interés público, al tratarse en éste respecto en las ejecutorias en todas se asienta que no se causa daño ni a la sociedad ni al estado pues si bien es cierto que esta se hayan interesados en que se lleven a cabo las providencias de dotación de ejidos también están en que se respete la pequeña propiedad puesto que es un precepto en bien Constitucional Federal, resolviéndose primero. Se confirma el primer punto resolución de la sentencia del Juez del Distrito el primero de juicio de 1926 y se retorna en el segundo punto y en conciencia se declara segundo. La justicia de la unión ampara y protege a José Cotero, contra actos del Ciudadano Presidente de la República de la Comisión Nacional Agraria, es Delegado en el Estado de México, y Comité Particular Ejecutivo del Pueblo favorecido, constituyentes en haber el primer dictado resoluciones el expediente de dotación de ejidos del Pueblo de Santa Ana de la propiedad del quejoso. Cuando digo tercero se provee en esta juicio de garantía o por lo que se refiere a los actos reclamados por el quejoso contra la Comisión Local Agraria del Estado de México, como ejecutora de la resolución presidencial por haberles negado dicha autoridad y no existen pruebas en contrario cuando notifíquese, así la resolución de la Suprema Corte de

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la Nación lo que tenga el honor de comunicar a usted para su conocimiento y (puesto) corregimiento encargándole que una vez deliberando en su termino el anterior despacho, y cumplida que esta la ejecutoria aludía, se suma resolviendo a la mayor brevedad posible protesto a usted una lenta continuación. Toluca a 9 de Noviembre de 1928. El Juez del Distrito Lic. Luis G. Caballero Tenancingo Noviembre 1928 por recibido el anterior despacho del ciudadano juez de Distrito del Estado, registrase en el libro de Gobierno respectivo, obsequiarse en sus terrenos y diligencias que sea al juzgado de su origen, notifíquese al subalterno Federal de la hacienda en funciones de agente del Notario Público Federal y tan luego como permitan las labores del juzgado se señalara en día y hora para la celebración de la audiencia digo diligencia de posesión ordenada por el juzgado del Distrito. El Ciudadano Licenciado Edmundo E. Pérez Moreno, juez conciliador de primera instancia de este Distrito Judicial lo dictó y firmo. Doy fe. E. M. Pérez Moreno, A. G. Méndez. Enterado el Sr. José Cotero del actor anterior, dijo que lo que hay y firmó, José Cotero, en 27 del mismo mes y año, presente el Sr. Milesio Chávez, Presidente del Comité Ejecutivo particular ejidal del pueblo Santa Ana Ixtlahuatzingo, se le hizo la notificación del acto anterior y dijo que lo que () y ofrece estar con los demás miembros del comité a la hora finada en el punto designado, firmando Melesio Chávez y así como se notificó al Subalterno Federal Hacienda en funciones de agente del Ministerio Público. El 29 de Noviembre de 1928, el Ciudadano Licenciado Edmundo M. Pérez Moreno, Juez Constitucional de Primera Instancia de este Distrito Judicial asistido de su Secretario y dice Ciudadano Enrique Jiménez Segur, Jefe Subalterno de la Oficina Federal de Hacienda en funciones de Agente del Ministerio Público Federal que trasladaron al lugar indicado, en la providencia anterior, y que es conocido por el lugar de “la Cruz” perteneciente a la Hacienda de Santa Ana de este municipio y Distrito Judicial de Tenancingo, sin haber encontrado a ninguna de las personas citadas habiendo esperado 2 horas, o sea las 12:00 del día ciudadano juez ordeno al comandante de la policía urbana de Tenancingo, hiciera comparecer a los comisarios del pueblo de Santa Ana, presentándose desde luego, así como el quejoso José Cotero. En segunda y sin haber estado presente el presidente del comité, Melesio Chávez no abólanle la espera que tuvo el juez, asociado de las formas antes mencionadas, así como de los señores Felipe García, R. Julio Herrera, Gregorio Noriega. El teniente del Ejercito Nacional comisionado en este por la definitiva de la guarnición en esta plaza de Julián Gómez, comandante de la Policía Urbana y el señor Sixto Reyes, se dio principio a recorrer los terrenos que forman los ejidos de que se dotó el pueblo de Santa Ana de este municipio, habiendo partido del punto denominado la Cruz siguiendo la línea que divide la propiedad de la Hacienda con los llamados ejidos, de norte a sur, dando vuelta por toda la Barranca de Villa Guerrero, de sur a poniente, hasta llegar al punto denominado Venturero, y la Cortina lugar en que se presentaron los señores

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Melesio Chávez, Bernabé Rodríguez, Lino Cruz, Fabián Camacho y Teodoro Y. quienes manifestaron ser el Primer Presidente del Comité Ejecutivo Ejidal del Pueblo de Santa Ana, el Segundo Presidente suplente del referido Comité. Ya todos recluidos el suscrito Juez les hizo saber el objeto de la diligencia, habiendo todos manifestados que estaba bien, y en seguida el propio Juez acompañado de todos los ya mencionados continuó el recorrido por todo el lindero hasta el paraje denominado “La Laguna” de este lugar hasta la Cruz, ósea el punto de partida de portada, se hace con las que durante el recorrido se encontraron as siguientes personas en las diferentes parcelas cosechando: Arcadio Martínez, Emilio Blancas, Rafael Cerón, Juan Álvarez, Santos Cerón, Francisco Escamilla, Fabián Camacho, Marcos Lara, Carlos Cerón, Cirilo Álvarez, Teodoro Ysopor, Juan Alcántara, Víctor Cerón y Germán Camacho, una vez reunidos todos en la Cruz el suscrito Juez dio lectura en voz alta a la ejecutoria a la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, así como la resolución dictada por el Ciudadano Juez de Distrito en el Estado, sin que ninguno de los presentes allí nombrados hubiera protestado por ello por cuyo motivo el suscrito juez, en voz alta declaro: que en nombre de la Soberanía Nacional y del Poder Judicial en este acto pone en posesión judicial material al Ciudadano José Cotero, de los terrenos que con fecha anterior le fueron otorgadas a los vecinos del Pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo, propiedad de José Cotero, cumpliendo en esta forma la resolución dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciéndoles saber, q todos los aquí presentes que la posesión que en ese acto se le da a José Cotero, no puede ser quitada ni inquietada sino por sucesión judicial o por medio de las deposiciones que determinan las leyes. En este acto el Señor José Cotero, recibió del suscrito Juez los terrenos que corresponden a esta posesión los cuales constan en los planos que a estos actos se acompaña, siendo una copia integra del plano que obra en poder del presidente del Poder Ejecutivo, quien en este acto lo proporcionó al juzgado con el carácter de devolutivo, mientras tanto se sacan copias que serán otorgadas por el suscrito Juez. Así concluyó la diligencia levantándose la presente acta que firmaron los que en ella intervinieron y supieron. Lic. Edmundo Pérez Moreno, Enrique Segura, José Cotero, Melesio Chávez, Felipe García R. S. G. Reyes, G. Noriega, Julio Herrera, C. M. Valle, Julián Gómez, Teodoro y., Bernabé Rodríguez, Arturo G. Méndez. Y en cumplimiento de mi acto ante mi en esta fecha, expreso el presente a los 22 días del mes de Diciembre de 1928. El juez constitucional de Primera Instancia Lic. Edmundo M. Pérez Moreno. Por lo expuesto y contando que están pagados los derechos causados por la inscripción de la copia a que se refiere en este acuerdo, se inscribe a favor del Señor José Cotero, agregándose la copia integra de la misma al archivo de documentos del presente año, donde habrán las demás constancias, dentro de esta inscripción se devuelve el documento, al señor compareciente con la razón de inscripción respectiva, en seis hojas útiles con los

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(timbre) de ley cancelados debidamente con el juzgado de primera instancia de este Distrito.

Doy Fe. Edmundo M. Pérez Moreno.

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Venta de la Hacienda de Santa Ana a la Sra. Guadalupe Zosoya por la Sra. Bárbara Iglesias Viuda de Cotero, madre del Gral. José Cotero, 12 de Febrero de 1935.

En la Ciudad de Tenancingo, a las 11:00 horas de la mañana del día 12 de Febrero de 1935, ante mi Ciudadano Juan Juárez Osorio, Juez Constitucional inscrito de Primera Instancia del Distrito y Tenedor del Registro Público del mismo, compareció el señor (tonesímo) y requirió la inscripción del testimonio de la escritura número 10784, pasada en la Ciudad de México, con fecha 4 de Abril de 1934, ante el Licenciado Agustín Santamaría, Notario Público encargado de la Notaría Número 43 de esta capital, por lo que la Señora Bárbara Iglesias viuda de Cotero, como albacea y única heredera de su finado hijo José Cotero vendió a la Señora Guadalupe Zosoya Viuda de López, en la Cantidad de $11,000.00 (once mil pesos 00/100 M. N.), la fracción de la Hacienda de Santa Ana, de este municipio; que queda a mano izquierda del actual camino de automóviles que va de Tenancingo a Villa Guerrero y cuya Hacienda colinda () de este municipio de Tenancingo, los que antes formaban la Hacienda de Santa Teresa, Fábrica de Hilados y Tejidos, el molino del Salto y Hacienda de Tepetzingo; al poniente la barranca de Villa Guerrero y Rancho de Coscacoaco; al norte la Hacienda de Monte de Pozo y terrenos del pueblo de Santa Ana y al sur la Hacienda de Tepetzingo o junta de los ríos. Y contando los demás datos y antecedentes en la copia simple que se archiva y que fueron abiertos los derechos respectivos al Juez del Estado, queda techada inscripción conforme a la Ley y leída al requisito, quedo conforme y firmo. Doy Fe.

En la Ciudad de Tenancingo, a las 12:00 horas del dia 12 de Febrero de 1935, ante mi el Ciudadano Licenciado tonesímo, Juez Conciliador Constitucional Interino de Primera Instancia de este Distrito y Tenedor del Registro Público del mismo, compareció el Señor () y presentó para su inscripción el testimonio de la escritura número 10784, pasada en la Ciudad de México, con fecha 4 de Abril de 1934, ante el Lic. Agustín Santamaría, Notario Público, encargada de la Notaria Número 43 de esa capital, por lo que la Señora Bárbara Iglesia Viuda de Cotero, como albacea y única heredera de su finado hijo José Cotero, vendió al Sr. Licenciado Horacio Rodríguez, en precio de $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 M. N.) la fracción de la Hacienda de Santa Ana de esa municipalidad, que queda a mano derecha del actual camino de automóviles que va de Tenancingo a Villa Guerrero, incluyendo el casco de la Hacienda que se encuentra al lado de esa fracción. La Hacienda expresada, tiene las siguientes colindancias: al oriente, con

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terceros de este municipio de Tenancingo, los que antes formaban la Hacienda de Santa Teresa, Fábrica de Hilados y Tejidos, el molino del Salto y Hacienda de Tepetzingo; al poniente la barranca de Villa Guerrero y Rancho de Coscacoaco; al norte la Hacienda de Monte de Pozo y terrenos del pueblo de Santa Ana y al sur la Hacienda de Tepetzingo o junta de los ríos. Y contando los demás datos y pormenores en la copia simple que se archiva y que fueron y abiertos los derechos correspondientes al Gobierno del Estado, queda hecha esta inscripción conforme a la Ley y leída al requisito, digo ser conforme y firmo para constancia. Doy Fe.

En la Ciudad de Tenancingo, Estado de México, a las 12:00 horas del día 15 de Noviembre de 1972, yo Lic. Antonio Monroy Robles, Juez Constitucional Mixto de Primera Instancia de este Distrito Judicial y Tenedor del Registro Público del mismo, procedo a inscribir el Testimonio de la Escritura Numero 17,940, volumen 320, página 34, pasada en la Ciudad de México, a los 17 días del mes de Abril de 1972, ante la Fe del Lic. Javier Correa Field, Notario Número 95, del Distrito Federal, donde se hace constar el contrato de compra-venta; por el cual la Señora Guadalupe Zosoya de López, por su propio derecho, y la sucesión de la señorita Eva López Zosoya, representada por su albacea, Señor Lic. Jesús López Zosoya, vende sin limitación ni reserva alguna, al Estado de México, representada por su Gobernador, Señor Profesor Carlos Hank González, y por su Secretario General del Gobierno, Señor Lic. Ignacio Pichardo Pagaza en precio de $1,250,000.00 (Un millón doscientos cincuenta mil pesos M. N.) y dicho Estado compra, con sus accesiones sus costumbres y servidumbres activas y pasivas, la fracción de la Hacienda de Santa Ana, ubicada en el Municipio de Tenancingo, que queda a mano izquierda del antiguo camino de automóviles que iba de Tenancingo a Villa Guerrero, antes Tecualoya, con los linderos siguientes; al norte, con otra fracción de la misma ex Hacienda de Santa Ana, propiedad de la Señorita Eva López Zosoya, antiguo camino de automóviles de Tenancingo a Villa Guerrero, de por medio, y terrenos del Pueblo de Tenancingo, al sur, con la Hacienda de Tepetzingo; al oriente, con propiedades del Pueblo de Tenancingo; al poniente con ejidos del Pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo. Por escritura No. 15,143 de fecha 14 de Enero de 1969, inscrita en el Registro Público de fecha 28 de Febrero de 1969, bajo el asiento No. 50, que consta a fojas 34 frente y vuelta del IV volumen del libro primero, sección primera, la señorita Eva López Zosoya adquirió por compra que hizo la sucesión del Señor Lic. Mardonio Rodríguez Sánchez, con la conformidad de la heredera Señora Guadalupe Zosoya Viuda de Rodríguez, la FRACCION de la Hacienda de Santa Ana, ubicada en el Municipio, ex Distrito del mismo nombre, que queda a mano derecha del antiguo camino de automóviles que iba a Tenancingo, a Villa Guerrero, incluyendo el casco de la Hacienda que se

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encuentra enclavado en esa fracción, con los linderos siguientes; al Norte, mas bien Noroeste, con ejidos del Pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo; al sur, con ejidos del mismo Pueblo y con otra fracción de la misma ex Hacienda de Santa Ana, propiedad de la Señora Guadalupe Zosoya Viuda de López, antiguo camino de automóviles de Tenancingo, a Villa Guerrero, de por medio; al oriente, con propiedades del Pueblo de Tenancingo; y al poniente, con el Pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo. Los predios descritos y deslindados anteriormente no reportan gravamen de ninguna clase, según declaran las vendedoras, bajo protesta de decir verdad, y se acredita, demás, con los certificados que se agregan al apéndice, pues en cuanto a la nota de cancelación de propiedad puesta al margen de la inscripción de la fracción propiedad de la Señora Guadalupe Zosoya Viuda de López, es debida a error del registro que debió ponerla al margen de la propiedad del Señor Lic. Mardonio Rodríguez, error que toma a su cargo corregir el comprador, quien se encargara del registro de esta escritura; y en cuanto a impuestos, se encuentran al corriente en sus pagos, de acuerdo con los comprobares que se copian al margen; constituyeron originalmente el resto de la ex Hacienda de Santa Ana que se describió en los títulos originales como sigue; al oriente, terrenos de dicho municipio, los que antes formaban la Hacienda de Santa Teresa, Fábrica de Hilados y Tejidos, el Molino, del Salto de Hacienda de Tepetzingo; al Poniente, la barranca de Villa Guerrero y Rancho de Coscacoaco, al Norte, la Hacienda de Monte de Pozo y terrenos del Pueblo de Santa Ana, y al sur, la Hacienda de Tepetzingo, o junta de los ríos. Las dos fracciones que van a ser objeto de esta escritura tienen una superficie total aproximada de 154-85 ciento cincuenta y cuatro hectáreas, ochenta y cinco áreas, según se desprende del plano levantado en Diciembre de 1956 por el Señor Ingeniero Alfonso M. Torres, y que original se agrega al apéndice de esta escritura bajo la letra “C”, agregándose copias del mismo a los testimonios que se expedirán y para el Registro Público de la Propiedad. Los demás datos y pormenores obran en la copia simple que se archiva. Doy Fe.

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Donación de la Hacienda de Santa a CODAGEM por el Gobierno del Estado de México, Fecha: 18 de Junio de 1986.

En la Ciudad de Tenancingo, Estado de México, a las 10:00 horas del día 18 de Junio de 1986, yo Lic. Ignacio González Castañeda, Registrador de la Propiedad de este Distrito, procede a inscribir el Testimonio de la Escritura No. 11, 689 pasada en esta Ciudad de Toluca, México, ante la fe del Lic. Víctor Manuel Lechuga Gil, Notario Pública Número 5, de esta ciudad relativa a la DONACION GRATUITA que celebra el Gobierno del Estado de México representada en este acto por el Gobernador Constitucional Lic. Alfredo del Mazo González y el Sr. Secretario Lic. Leopoldo Velasco Mercado a favor de COMISION COORDINADORA PARA EL DESARROLLO AGRICOLA Y GANADERO DEL ESTADO DE MEXICO “CODAGEM”, representada en esta acto por el Sr. Francisco Mendoza Von Borstel, respecto de dos fracciones de la Hacienda de Santa Ana, ubicada en el municipio de Tenancingo, Distrito de Tenancingo México y miden y colindan. Al norte con la fracción de la misma ex Hacienda de Santa Ana, propiedad de la Señorita Eva López Zosoya, antiguo camino de automóviles de Tenancingo, Villa Guerrero de por medio y terrenos del Pueblo de Tenancingo. Al sur con la Hacienda de Tepetzingo. Al oriente con propiedad del Pueblo de Tenancingo, y al poniente con ejidos del pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo.

Esta fracción queda a mano derecho del antiguo camino de automóviles que iba de Tenancingo, a Villa Guerrero, incluyendo el Casco de la Hacienda que se encuentra enclavado en esa fracción y mide y colinda. Al norte mas bien noreste con ejidos del mismo Pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo. Al sur con ejido del mismo pueblo y con otra fracción de la misma ex Hacienda de Santa Ana propiedad de Guadalupe Zosoya Vda. De López, antiguo camino de automóviles de Tenancingo, a Villa Guerrero de por medio. Al oriente con propiedad del pueblo, y al poniente con el pueblo de Santa Ana Ixtlahuatzingo. Sus antecedentes cuentan bajo la partida número 500 a fojas 63 a su fe, del volumen de XI del libro primero de la sección primera el valor de la operación es de $353,000.00 (Trescientos cincuenta y tres mil pesos 00/100 M. N .) Doy Fe.

Venta de fracción de terreno de la Hacienda de Santa Ana por parte de CODAGEM.

Fecha: 24 de Abril de 1987.

En la Ciudad de Tenancingo, Estado de México, siendo a las 9:00 horas del día 24 del mes de Abril de 1987. Yo Lic. Ignacio González Castañeda, registrado de la propiedad de este distrito, procedió el Testimonio Número 10,192 pasado en esta Ciudad ante la fe del Lic. Miguel Ángel Antonio Gutiérrez Ysita, Notario Público

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Número 1 de este Distrito, relativo a la COMPRA-VENTA que celebran de una parte la COMISION COORDINADORA PARA EL DESARROLLO AGRICOLA Y GANADERO DEL ESTADO DE MEXICO (CODAGEM) representado por el profesor JOSE MEZA MENA en su carácter de Coordinador General a favor de VILLAFLOR S. DE R. L. DE C. V. y el C. P. BENJAMIN ARIZMENDI ESTRADA, en su carácter de representante del Fondo del Fomento Económico Regional de Coatepec Harinas, y de acuerdo a los siguientes: una fracción de terreno ubicada en la Ex Hacienda de Santa Ana ubicadas en los costados de la Carretera Tenancingo – Villa Guerrero, precisamente en el Km 2, donde se localiza el CENTRO DE DESARROLLO FRITICOLA Presidente Guadalupe Victoria de Tenancingo, México, con una superficie de: 5-04-95-83 Has, delimitando.

Al norte 94.76 mts., en una línea quebrada en 3 partes de oriente a poniente que mide 15.00 mts., y 52.42 mts., colindando con el camino de la ex Hacienda.

Al sur 338.69 mts., en una línea quebrada de 5 partes de oriente a poniente que mide 5.00 mts., 52.41 mts., 164.67 mts., 104.04 mts., colindando con terrenos de flores de Tenancingo, S. DE R. L. de C. V. y con terrenos de la propiedad de la ex Hacienda.

Al oriente 602.24., en una línea quebrada en 8 partes de norte a sur que mide 33.00 mts., 62.78 mts., 66.47 mts., 30.00 mts., 118.68 mts., 42.42 mts., 46.28 mts., y colindando con terrenos de la propia ex Hacienda.

Al poniente 419.49 mts., en una línea quebrada en 11 partes de norte a sur que miden 44.04 mts., 39.00 mts., 12.56 mts., 52.00 mts., 29.61 mts., 32.02 mts., 33.25 mts., 31.24 mts., 32.75 mts., 36.08 mts., 70.96 mts., colindando con terrenos de la propia ex Hacienda.

Quienes compran y adquieren la propiedad y posesión física y jurídica del inmueble obligándose a conservar el uso y destino de parque florícola. El valor de la operación es de $30`297,478.00 sus antecedentes constan bajo el asiento número 144-145, a fojas 25, volumen XXXV, libro 1º, Sección la 1ª de fecha 18 de julio de 1986, las demás constancias podrán verse en la copia que se agrega al apéndice de este volumen, bajo el mismo numero de la presente inscripción. Doy Fe.