201011 tema 02 01 introducción

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN. ¿Qué es un Sistema Gestor de Bases de Datos? SGBD. Entorno que sea a la vez conveniente y eficiente al ser utilizado para extraer y almacenar información en la base de datos. • Suministra la interfaz entre el conjunto de datos y los usuarios, y proporcionar herramientas que permitan la automatización de procesos sobre los datos almacenados.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

¿Qué es un Sistema Gestor de Bases de Datos?

SGBD.

• Entorno que sea a la vez conveniente y eficiente al ser utilizado para extraer y almacenar información en la base de datos.

• Suministra la interfaz entre el conjunto de datos y los usuarios, y proporcionar herramientas que permitan la automatización de procesos sobre los datos almacenados.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

¿Qué es un Sistema Gestor de Bases de Datos?

SGBD.

Conjunto integrado de programas, procedimientos, lenguajes, etc., que suministra, tanto a usuarios no informáticos como a los analistas, programadores o al administrador, los medios necesarios para describir, recuperar y manipular los datos, manteniendo su integridad, confidencialidad y seguridad.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Sistema Gestor de Bases de Datos

Funciones.• De Descripción o Definición.

Para especificar los datos que integran la base de datos, estructura y relaciones entre ellos, reglas de integridad semántica, controles de acceso, así como las características físicas y lógicas. Esta función la realiza el Lenguaje de Descripción de Datos, propio del SGBD.

• De Manipulación.Permite a los usuarios buscar, eliminar o modificar los datos de la base de datos, de acuerdo con las normas de seguridad, lo que se realiza mediante el Lenguaje de Manipulación de Datos.

• De Utilización.Reúne todas las interfaces que necesitan los diferentes tipos de usuarios para comunicarse con la base de datos y proporciona un conjunto de procedimientos para el administrador.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Sistema Gestor de Bases de Datos

Características.

• Permitir consultas no predefinidas y complejas (SQL).• Flexibilidad a los cambios.• Facilitar la eliminación de la redundancia, manteniendo la integridad de la base de datos y actualizando los datos.• Integridad de los datos.• Concurrencia de diversos usuarios a la misma base de datos.• Seguridad en el sentido de confidencialidad.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Bases de Datos

Características.• Integridad. Una base de datos puede considerarse como una unificación de varios archivos de datos independientes, donde se elimina parcial o totalmente cualquier redundancia entre ellos.• Compartición. Las partes individuales de la base de datos han de poder ser compartidas entre varios usuarios distintos, manteniéndose la integridad entre los datos.• Restricciones de seguridad y confidencialidad. • Múltiples vistas de los datos. Ha de ser posible recuperar la información deseada de la base de datos en el formato requerido: listados, gráficos, etc.• Protección contra fallos. Es necesario chequear la integridad de los datos en todo momento y guardar siempre copia de seguridad ante la eventualidad de catástrofes.• Interfaz de alto nivel. La base de datos ha de poder ser accedida y modificada mediante lenguajes tipo SQL (query).

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Bases de Datos

Ventajas.• Independencia de los datos respecto a los tratamientos y viceversa.• Coherencia de los resultados. En todos los tratamientos se utilizan los mismos datos, por lo que los resultados de éstos son coherentes y comparables.• Mejor disponibilidad de los datos para el conjunto de los usuarios. Los datos se comparten entre las aplicaciones, existiendo una mayor disponibilidad y una transferencia más eficiente.• Mayor valor informativo. El valor informativo del conjunto de datos es superior a la suma del valor informativo de los elementos individuales.• Mejor y más normalizada documentación. La mayoría de los SGBD incluyen una descripción de los datos dentro del sistema.• Mayor eficiencia en la captura, validación e ingreso de datos al sistema. Por no existir redundancia de datos.• Reducción del espacio de almacenamiento. La disminución de redundancias y las técnicas de compactación hacen que disminuya el espacio en disco.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Bases de Datos

Desventajas.

• Instalación costosa, ya que se necesitan equipos, nuevas instalaciones o ampliaciones, sistemas operativos, compiladores, SGBD comerciales, computadores mayores, etc.• Personal especializado. Se requiere disponer de conocimientos específicos.• Desfase entre teoría y práctica. Muchos ejecutivos asumen que ciertas capacidades de las bases de datos son ya posibles, cuando, en realidad, son estudios teóricos que requieren un desarrollo práctico.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Bases de Datos

Tendencias actuales.

• SGBD con Tipos Abstractos de Datos (TAD) nuevos para aprovechar la tecnología multimedia. Esto conlleva adoptar la orientación a objetos (OO), con interfaces gráficas y escalables, adaptación a Internet, incorporando recursos para ser también servidores de páginas Web, como, por ejemplo, SQL incluido en guiones HTML o Java.• Data Warehouse (almacén de datos), con herramientas para analizar toda la información acumulada a lo largo de años.• Data mining (minería de datos).

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Protección de Datos

Legislación.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y el RD 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Protección de Datos

Infracciones Leves.1. Atender formalmente la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos

personales objeto de tratamiento cuando legalmente proceda.2. Proporcionar la información que solicite la Agencia de Protección de Datos en el ejercicio de

las competencias que tiene legalmente atribuidas, en relación con aspectos no sustantivos de la protección de datos.

3. Solicitar la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos.

4. Proporcionar a los afectados por la recogida de datos personales la información que señala el artículo 5:

a) La existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

b) El carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.

c) Las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.d) La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.e) La identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su

representante.f) Deber de secreto.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Protección de Datos

Infracciones Graves.1. Necesidad de contar con autorización de disposición general, publicada en el BOE o Diario

oficial correspondiente para poder proceder a la creación de ficheros de titularidad pública o iniciar la recogida de datos de carácter personal para los mismos.

2. La finalidad de la creación del fichero debe ser de las que constituyen objeto legítimo de la empresa.

3. Recabar el consentimiento de los afectados antes de la recogida de datos de carácter personal, en los casos en que sea exigible.

4. Cumplir las garantías y principios establecidos en la Ley o Reglamentos de desarrollo, respecto al tratamiento de datos.

5. Permitir el ejercicio de los derechos de acceso y oposición e información del afectado.6. Efectuar rectificaciones o cancelaciones de los datos existentes a fin de asegurar la exactitud

de los mismos.7. Deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal incorporados a ficheros que

contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros, prestación de servicios de solvencia patrimonial y crédito, así como aquellos otros ficheros que contengan un conjunto de datos de carácter personal suficientes para obtener una evaluación de la personalidad del individuo.

8. Mantener los ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos de carácter personal con las debidas condiciones de seguridad que por vía reglamentaria se determinen.

9. Remitir a la Agencia de Protección de Datos las notificaciones previstas en esta Ley o en sus disposiciones de desarrollo, así como proporcionar en plazo a la misma cuantos documentos e informaciones deba recibir o sean requeridos por aquél a tales efectos.

10. Permitir el ejercicio de la función inspectora.11. Inscribir el fichero de datos de carácter personal en el Registro General de Protección Datos,

cuando haya sido requerido para ello por el Director de la Agencia de Protección de Datos.12. Cumplir el deber de información que se establece en los artículos 5, 28 y 29 cuando los

datos hayan sido recabados de persona distinta del afectado.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Protección de Datos

Infracciones Muy Graves.1. Obtener los datos de modo legítimo (sin engaño o fraude).2. Guardar secreto y no ceder los datos de carácter personal, fuera de los casos en que esté

permitido.3. Informar y recabar el consentimiento expreso del afectado para los datos de carácter

personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual.4. Informar y recabar el consentimiento expreso del afectado para los datos de ideología,

afiliación sindical, religión y creencias.5. No transferir temporal o definitivamente datos de carácter personal que hayan sido objeto

de tratamiento o hayan sido recogidos para someterlos a dicho tratamiento, con destino a países que no proporcionen un nivel de protección equiparable sin autorización del Director de la Agencia de Protección de Datos.

6. Tratar los datos de carácter personal de forma legítima y con respeto a los principios y garantías que les sean de aplicación.

7. Deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal, así como los que hayan sido recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas.

8. Atender y facilitar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

9. Atender el deber legal de notificación de la inclusión de datos de carácter personal en un fichero.

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TEMA 1. INTRODUCCIÓN.

Protección de Datos

Actividad.

Buscar información sobre Sistemas Gestores de Bases de Datos que existen en el mercado.Información a recabar de cada uno de ellos:- Empresa que lo distribuye.- Tipo de licencia que utiliza.- Características principales del Sistema Gestor.- Limitaciones del Sistema Gestor.