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    MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

    Disponen la Inscripcin Registral de

    uso rst i co a urbano de lotes y declaranla Habilitacin Urbana de Oficio deter reno ubi cado en el di st r i t o

    RESOLUCIN DE GERENCIAN 019-2013-MDLM/GDUPC

    La Molina, 26 de febrero de 2013

    LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO PROMOCION COMERCIAL

    Visto, el Informe N 025-2013-MDLM/GDUPC-SGPUC, de la Subgerente de Planeamiento Urbanoy Catastro, el Informe Tcnico N 014- 2013/JGP,el Informe Legal N 033-2013-ARAC-SGPUC, de laSubgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro yel Informe N 42- 2013-MDLM-GAJ, de la Gerente deAsesora Jurdica, y;

    CONSIDERANDO:Que, el artculo 73 literal d) numeral 1), de la Ley

    Orgnica de Municipalidades, N 27972, seala quelas Municipalidades, tomando en cuenta su condicinde Municipalidad provincial o distrital, asumen las

    competencias y ejercen las funciones espec cas ocompartidas en las materias siguientes: organizacindel espacio fsico, uso del suelo en zoni cacin, catastrourbano y rural, habilitacin urbana, acondicionamientoterritorial, renovacin urbana, infraestructura urbanao rural bsica, vialidad, patrimonio histrico, cultural ypaisajista, y conforme a lo dispuesto en los artculos 79y 80 del Reglamento de Organizaciones y Funciones ROF, aprobado por la Ordenanza N 210 y modi cado porla Ordenanza N 214 de la Municipalidad distrital de LaMolina, La Gerencia de Desarrollo Urbano y PromocinComercial, es el rgano de lnea responsable de normar,ejecutar, administrar, promover y controlar las actividades

    que corresponden al acondicionamiento territorial yvivienda, el planeamiento urbano del distrito orientado a sudesarrollo integral y armnico en el tiempo y en el espaciourbano distrital, estando entre sus atribuciones emitirResoluciones Gerenciales de acuerdo a sus funciones y ala normatividad legal vigente.

    Que, el numeral 3.6.1) del Artculo 79 de la LeyOrgnica de Municipalidades N 27972- estableceque, constituye funcin espec ca, exclusiva de lasmunicipalidades distritales en materia de organizacindel espacio fsico y uso del suelo; normar, regular, otorgarautorizaciones y realizar la scalizacin de HabilitacionesUrbanas, correspondiendo a la Subgerencia dePlaneamiento Urbano y Catastro promover la habilitacinUrbana de O cio, conforme a lo dispuesto en el Artculo 3de la Ordenanza N 239 Que Regula El Procedimientode Habilitaciones Urbanas de O cio en el Distrito De LaMolina.

    Que, el Artculo 24 de la Ley N 29090 Ley deRegulacin de Habilitaciones Urbanas y de Edi caciones,

    establece que Las Municipalidades distritales y las

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    NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 14 de marzo de 2013 490845

    provinciales o la Municipalidad Metropolitana de Lima, en elmbito del Cercado, identi carn los predios, registralmentecali cados como rsticos, que se encuentren ubicados enzonas urbanas consolidadas, con edi caciones y serviciospblicos. Para estos casos, las Municipalidades emitirnla resolucin que declare habilitados de o cio dichospredios, y disponga la inscripcin registral de uso rstico aurbano. La Inscripcin individual registral ser gestionadapor su propietario. Estas habilitaciones no se encuentransujetas a los aportes de habilitacin urbana.

    Que, acorde a lo establecido en el Reglamento deOrganizaciones y Funciones ROF, aprobado por laOrdenanza N210 y modi cado por la Ordenanza N214 de la Municipalidad de La Molina, en sus artculos79 y 80 seala que La Gerencia de Desarrollo Urbano yPromocin Comercial es el rgano de lnea responsablede normar, ejecutar, administrar, promover y controlarlas actividades que corresponden al acondicionamientoterritorial y vivienda, el planeamiento urbano del distritoorientado a su desarrollo integral y armnico en el tiempoy en el espacio urbano distrital. Asimismo, tiene entresus funciones y atribuciones emitir Resoluciones deGerenciales de acuerdo a sus funciones y a la normatividadlegal vigente.

    Que, segn lo sealado en el artculo 81-A delReglamento de Organizaciones y Funciones ROF, laSubgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro es elrgano encargado de elaborar los planes de desarrollourbano del distrito del levantamiento de la informacinpredial y del componente urbano para formular, mantenery actualizar el catastro del distrito.

    Que, la Declaracin de Habilitacin Urbana deO cio, es un procedimiento excepcional que faculta a lasMunicipalidades a declarar de O cio la Habilitacin Urbanade Predios, que previamente ha identi cado dentro dezonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos

    en el Registro Pblico como rsticos, por lo que no le esaplicable el silencio administrativo positivo de conformidadcon la Resolucin N 174- 2010-SUNARP-TR-A.

    Que, mediante la Ordenanza N 239 publicada en elDiario O cial El Peruano, con fecha 21 de octubre de 2012,se regula el procedimiento de Habilitaciones Urbanas deO cio en el Distrito de La Molina, de conformidad conla Ley N 29090, Ley de Regulacin de HabilitacionesUrbanas y de Edi caciones y su modi catoria la Ley N29898.

    Que, la Ordenanza N 239, antes citada el Artculo3 regula el procedimiento, en el Artculo 4, lascondiciones que debe tener el predio, en el Artculo 5,las improcedencias del procedimiento y en el Artculo6, estipula que la Subgerencia de PlaneamientoUrbano y Catastro es el rea encargada de identificarlos predios registralmente calificados como rsticosy ubicados en zonas urbanas, debiendo cumplirdichos predios con lo establecido en la mencionadaOrdenanza.

    Que, el Artculo 7 de la Ordenanza N 239, precisaque la Gerencia de Desarrollo Urbano y PromocinComercial mediante Resolucin de Gerencia, declararla habilitacin urbana de o cio, de aquellos predios queprevia evaluacin de las reas correspondientes, cumplancon lo establecido en la Ordenanza en mencin.

    Que, mediante Informe N 025- 2013-MDLM/GDUPC-SGPUC, de fecha 21 de enero de 2013, la Subgerenciade Planeamiento Urbano y Catastro, culmina con todo elprocedimiento de Habilitacin Urbana de O cio, opinandofavorablemente por la procedencia del predio rstico,situado en el distrito de La Molina de la provincia deLima, inscrito en el Tomo 281, Ficha Registral N 255780,Partida Electrnica N 45209970 de la Zona RegistralIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de LosRegistros Pblicos, de propiedad de la Asociacin deVivienda ROARDI, sustentando la misma en el InformeLegal N 033-2013-ARAC-SGPUC, de fecha 17 de enerode 2013 y el Informe Tcnico N 014- 2013-JGP, del 17de enero de 2013, elaborado por el tcnico profesionalde la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro,indicando que el predio inscrito en la Partida ElectrnicaN 45209970 cuenta con un rea de 8,381.00 m2 y con

    las siguientes medidas perimtricas:Por el Norte, Limita con Propiedad de la Asociacin

    de Participante del Programa de Vivienda Minera San

    Francisco, en lnea quebrada de cuatro (04) Tramosrectos que miden: G-H = 23.03 m, F-G = 1.12 m, E-F =5.02 m y E-D = 1.20 m.

    Por el Este, Limita con la Urbanizacin Sirius I Etapaen Lnea quebrada de 19 tramos rectos que miden: H-I =10.20 m, I-J = 8.00 m, J-K = 10.98 m, K-L = 8.20 m, L-M =8.29 m, M-N = 10.07 m, N-O = 11.90 m, O-P = 9.85 m, P-Q= 8.00 m, Q-R = 8.15 m, R-S = 7.90 m, S-T = 8.27 m, T-U =8.05 m, U-V = 10.05 m, V-W = 8.05 m, W-X = 7.94 m, X-Y= 8.00 m, Y-Z = 9.09 m, Z-A = 20.30 m, y A-B = 10.44 m.

    Por el Oeste , limita Propiedad de terceros CerroCentinela con dos (02) tramos rectos que miden: C1_ C2= 105.28 m, C2-D = 54.90 m.

    Por el Sur, limita con Propiedad de terceros CerroCentinela con dos (02) tramos rectos que miden: B- C =17.54 m, C- C1 = 80.96 m.

    Que conforme al Artculo 24 de la Ley 29898, Leyque modi ca la Ley N 29090, Ley de Regularizacin deHabilitaciones Urbanas y de Edi caciones y establece elProcedimiento de Habilitacin Urbana de O cio, se cumplien comunicar al propietario registral del predio matrizinscrito en la Partida Electrnica N 45209970, en estecaso al Presidente de La Asociacin de Vivienda Roardiquien se encuentra apersonado y acta en representacinde los Propietarios y Ocupantes de la Asociacinde Vivienda ROARDI, el inicio del procedimiento dehabilitacin urbana de o cio.

    Que, de acuerdo a la inspeccin en campo y ellevantamiento de medidas perimtricas realizadas porel equipo tcnico de la Subgerencia de PlaneamientoUrbano y Catastro, se ha veri cado que la Asociacinde Vivienda ROARDI, se encuentra conformada por unrea Bruta de 8,381.00 m2, distribuida de la siguiente

    manera:a) rea til de 5,603.52 m2, conformada por: rea de

    Vivienda (34 Lotes), con un rea total de 4,994.61 m2;rea Comunal (01 lote), con un rea total de 23.08 m2;rea de aporte a Recreacin Pblica, con un rea de585.83 m2.

    b) rea de Compensacin, con un rea de197.76 m2;

    c) rea de Vas, con un rea de 2,579.72 m2;

    Que, asimismo, se indica que el predio matriz,se encuentra ubicado en el sector Catastral 15 deldistrito de La Molina, considerandos dentro del rea deTratamiento III, con Zonicacin: Residencial de RDM,aprobada por Ordenanza N 1144-MML, publicada el18 de mayo de 2008 y con trazos viales circundantesde nidos.

    Que, en el citado informe, tambin se indica queregistralmente el predio cuenta an con la condicin derstico, est considerado dentro del rea urbana, conedi caciones de carcter permanente, instalaciones deagua potable, alcantarillado e instalaciones elctricas,cumpliendo de esta manera con las caractersticas fsicasque seala los literales a), b), c) y d) del Artculo 24- A dela Ley N 29898;

    Que, por lo indicado, se propone habilitar de o cio elpredio de 8,381.00m2, inscrito en la Partida ElectrnicaN 45209970, en concordancia con la Ordenanza N239-MDLM, mediante la cual se regula el procedimientode Habilitaciones urbanas de O cio en el distrito de LaMolina;

    Que, con Informe N 42- 2013- MDLM-GAJ, del 21de febrero de 2013, la Gerencia de Asesora Jurdica,emite informe sobre la propuesta de Habilitacin Urbanade O cio, del rea de 8,381.00m2, conforme al Planode Ubicacin N U- 01, al Plano Perimtrico N P-01 yPlano de Trazado y Lotizacin N L- 01, proporcionadopor la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastrocorrespondiente a la Asociacin de Viviendas ROARDI,inscrito en el Tomo 281, Ficha Registral N 255780,Partida Electrnica N 45209970 de la Zona RegistralIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de Los

    Registros Pblicos, de propiedad de la Asociacin deVivienda ROARDI, asociacin inscrita en la cha N 5980de la Partida Electrnica N 01785389, del Registrode Personas Jurdicas, que seala ser competencia

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    de esta Gerencia la presente resolucin, y teniendo encuenta que la declaracin de la Habilitacin Urbana deO cio, es un procedimiento excepcional que compete alas Municipalidades, seala, en consecuencia y conformea la Ordenanza N 239, que corresponde a la Gerenciade Desarrollo Urbano y Promocin Comercial emitir laResolucin que as lo declare.

    Estando al Informe N 025- 2013-MDLM/GDUPCSGPUC, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano yCatastro, al Informe N 42- 2013-MDLM-GAJ -MDLM dla Gerencia de Asesora Jurdica; y al amparo de la LeyN 29090 y su modi catoria Ley N 29898, y en uso de lasfacultades conferidas por el Artculo 7 de la Ordenanza N239-MDLM;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- DISPONER la InscripcinRegistral a uso rstico a urbano de los lotes queconforman la Habilitacin Urbana de O cio que seaprueba de acuerdo a la memoria descriptiva de lossiguientes Planos: Plano de Ubicacin N U- 01, PlanoPerimtrico N P-01 y Plano de Trazado y LotizacinN L- 01 expedidos y debidamente visados por laSubgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, que

    forman parte de la presente resolucin, acto que seformalizar mediante la gestin individual del propietarioante el Registro de Predios de la IX Zona Registral

    Sede Lima, precisando que los referidos planos sernpublicados en la web institucional de la Municipalidadde La Molina: www.munimolina.gob.pe.

    Las reas de vas, de acuerdo al Artculo 56 de la LeyOrgnica de Municipalidades son bienes de uso y dominiopblico.

    Artculo Segundo.- APROBAR, el siguiente CuadroGeneral de Distribucin de reas ROARDI, segn elsiguiente Detalle:

    CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIONDE AREAS DE ROARDI

    USO AREA (m2) %PARCIAL %GENERAL AREA UTIL 4,994.61 60.00

    A.C. 197.76 2.00 2.00

    VIVIENDA (34 lotes) 4,994.61 60.00

    SERVICIOS GENERALES YCOMUNALES

    608.91 7.00 7.00

    Recreacin (01 Lote)Parque (01 Lote)Campo DeportivoServicios Comunales (01 Lote)Equipamiento Urbano Vendible(01 Lote)

    585.83585.83

    23.08

    7.00

    VIAS PUBLICAS (Pistas, zonasde estacionamiento, veredas yreas libres)

    2,579.72 31.00 31.00

    AREA TOTAL 8,381.00 100.00%

    Artculo Tercero.- DECLARAR, la HabilitacinUrbana de O cio del terreno de 8,381.00 m2, inscritoen el Tomo 281, Ficha Registral N 255780, Partida

    Electrnica N 45209970 de la Zona Registral IX- SedeLima de la Superintendencia Nacional de Los RegistrosPblicos conforme al Plano de Ubicacin N U- 01, alPlano Perimtrico N P-01 y Plano de Trazado y LotizacinN L- 01, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano yCatastro, que se aprueban con la presente Resolucin,de conformidad con la Ordenanza N 239-MDLM, que seanexa. Artculo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria Generalla publicacin de la presente Resolucin, en el DiarioO cial El Peruano.

    Registrese, comuniquese y cumplase.

    NORMA YARROW LUMBRERASGerente de Desarrollo Urbano yPromocin Comercial

    910651-1