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RESPUESTA URNA DE CRISTAL

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Departamento para la Prosperidad Social

Centro de Atención Telefónica: 018000951100 – (571) 5954410 Atención por teléfono móvil: mensaje de texto al 85954

www.dps.gov.co

F-OAP-021-MEM-V04

*20132010392881* Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20132010392881 Fecha: 5/15/2013 4:26:10 PM

Apreciado ciudadano,

Asunto: Pregunta Urna de Cristal

Hemos recibido la petición enviada al Departamento para la Prosperidad Social

–DPS- a través de Urna de Cristal, a la cual se le asignó el número de radicado

20132019571882.

Respecto de la petición, le informamos que como la misma se refiere al

subsidio familiar de vivienda 100% en especie (SFVE), a continuación

explicamos el proceso para la asignación de dicho subsidio.

¿A quién va dirigido?

El programa del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie va dirigido a la

población pobre extrema y vulnerable.

El Departamento para la Prosperidad Social –DPS- liderará el proceso de

focalización de la población pobre extrema y vulnerable a través de los

siguientes instrumentos:

Listado de la población que hace parte de la Red Unidos, suministrado

por la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema –

ANSPE-.

Listado de la población en situación de desplazamiento, suministrado por

la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas –UARIV-.

Listado de la población pobre extrema según puntaje de SISBEN

metodología III, suministrado por el Departamento Nacional de

Planeación –DNP-.

En caso de que se requiera y se justifique previamente se incluirá la

población damnificada o que habita en zonas de alto riesgo no mitigable,

según las fuentes establecidas por la Ley 1537 de 2012.

El procedimiento contempla la priorización de la población de la Red Unidos, y

dentro de estos a la población desplazada.

A partir de lo anterior, el DPS construirá un listado de potenciales beneficiarios,

buscando que las casas queden en manos de los más pobres, pero al mismo

tiempo que el subsidio se enmarque en un acompañamiento integral, bajo una

estrategia de corresponsabilidad en términos de la superación de su condición

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Radicado No.: 20132010392881 Fecha: 5/15/2013 4:26:10 PM

de pobreza.

Si luego de asignar cupos a estos hogares quedan viviendas disponibles, se

realizará un sorteo para seleccionar los beneficiarios entre quienes se hayan

postulado y cumplan con los requisitos que establece el Fondo Nacional de

Vivienda – Fonvivienda- en la realización de la convocatoria.

¿Cómo se realiza el sorteo?

El DPS es el encargado de realizar el sorteo. Sin embargo, siempre se contará

con la presencia de delegados del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el

gobernador del departamento, el alcalde de la ciudad a la que correspondan

los cupos disponibles del proyecto, y el personero municipal.

¿Quiénes se pueden presentar a la convocatoria?

Únicamente miembros de los hogares incluidos en el listado de potenciales

beneficiarios, construido por el DPS. La convocatoria es realizada por el

Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda -. Se puede realizar una postulación

por hogar.

¿Cuál es el proceso para la asignación de la vivienda (subsidio familiar

de vivienda 100% en especie)?

1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio envía al Departamento para la

Prosperidad Social los listados de los proyectos seleccionados en el marco

del programa y los cupos correspondientes a cada proyecto.

2. El Departamento para la Prosperidad Social, con base en la información

suministrada, elabora listados preliminares para cada proyecto con

población potencial beneficiaria del municipio correspondiente.

3. El Departamento para la Prosperidad Social envía los listados al Fondo

Nacional de Vivienda – Fonvivienda -.

4. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda - realiza la convocatoria y

recibe la documentación de todos los hogares postulantes.

5. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda - realiza la verificación de la

información remitida por los hogares postulantes, teniendo en cuenta los

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criterios establecidos en el Decreto 1921 de septiembre de 2012; y elabora

una lista depurada de los hogares postulantes que cumplen con los

criterios antes mencionados.

6. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda - remite al Departamento

para la Prosperidad Social los listados de los hogares postulantes.

7. El Departamento para la Prosperidad Social realiza el proceso de selección

de los beneficiarios, bien sea i) de manera directa si el número de hogares

postulantes es menor que el número de soluciones de vivienda ofrecidas en

el proyecto particular para cada una de las poblaciones que se prioriza en

el decreto; o ii) por sorteo, bajo las condiciones definidas en el Decreto

1921 de septiembre de 2012.

8. Finalmente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se encarga de la

asignación de las viviendas a los hogares seleccionados en cada

convocatoria realizada.

¿En qué fechas se realiza la convocatoria?

Los proyectos se realizarán por municipios, según la coordinación y articulación

de las entidades que participan en el proceso. De modo que los hogares

focalizados deben estar atentos a las convocatorias que se realicen en su

municipio.

¿Qué debe hacer el ciudadano interesado en acceder al subsidio

familiar de vivienda 100% en especie?

La convocatoria va dirigida a aquellos hogares que se encuentren en el listado

de focalización de la población pobre extrema y vulnerable. Estos hogares

deben presentarse a la convocatoria que realice el Fondo Nacional de

Vivienda – Fonvivienda - en su municipio; y aportar los documentos que

se indiquen dentro de las fechas establecidas para cada convocatoria.

Únicamente en el marco de la convocatoria que adelante el Fondo Nacional de

Vivienda – Fonvivienda - se surte el proceso de postulación al subsidio familiar

de vivienda 100% en especie; no es necesario presentar solicitudes al

respecto a las demás entidades que intervienen en el proceso descrito.

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Radicado No.: 20132010392881 Fecha: 5/15/2013 4:26:10 PM

Recuerde

Para acceder al subsidio familiar de vivienda 100% especie los ciudadanos

interesados:

No necesitan recurrir a intermediarios o tramitadores de ningún

tipo. Puede hacer el trámite personalmente.

Tampoco deben pagar por formatos, formularios, información, cupos,

o cualquier otro tipo de servicio asociado al acceso al subsidio.

Por último, le informamos que en caso de requerir mayor información, amablemente solicitamos presente una nueva petición en la que precise los

datos de la misma, en cuanto a los programas a los cuales usted o su grupo familiar se encuentran vinculados, y que dependan del DPS, así como sus datos mínimos de identificación, a través de los siguientes canales de atención

del Departamento para la Prosperidad Social: Centro de Atención Telefónica: Línea gratuita nacional 018000951100 En Bogotá 5954410, mensajes de texto

sin costo al número 85954, si desea escribirle al DPS diríjase a la Sección contáctenos: http://www.dps.gov.co/contactenos/contactenosPQR.aspx.

Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando en Urna de

Cristal.

Cordialmente,

Área de Gestión de Servicio al Ciudadano

Subdirección General