25 de agosto

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En Uruguay, la expresión Declaratoria de la independencia refiere al acto realizado el 25 de agosto de 1825 por el Congreso de la Florida, integrado por representantes de los cabildos de los pueblos de la Provincia Oriental. Las deliberaciones tuvieron lugar en el paraje conocido como Piedra Alta, próximo a la ciudad de Florida, a 98 km de Montevideo.

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El 25 de agosto de 1825 se declararon tres leyes:

Ley de Independencia: con respecto al Imperio del Brasil;

Ley de Unión: de la Provincia Oriental a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Ley de Pabellón: que estableció como pabellón de la Provincia Oriental la tricolor: «celeste, blanca y punzó».

La asamblea del 25 de agosto de 1825 estuvo presidida por el presbítero Juan Francisco Larrobla.

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Esta declaración también es conocida por otros nombres como Declaratoria (o Declaración) «de la Florida» o «de la Piedra Alta». Sus tres leyes también reciben el nombre de «Leyes de la Florida» o «Leyes fundamentales del 25 de agosto de 1825».

Fue la continuación del proceso histórico iniciado con el desembarco de la cruzada libertadora el 19 de abril de 1825, conocido como desembarco de los Treinta y Tres Orientales, comandados por Juan Antonio Lavalleja.

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“Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor, para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimiento, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental, por la violencia de la fuerza, unida a la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil, que le han tiranizado, hollado y usurpado sus inalienables derechos y reduciéndola al yugo de un absoluto despotismo desde el año de 1817 hasta el presente de 1825”.

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Como consecuencia de la independencia que se había recobrado, era necesario elegir una bandera que flameaba en el territorio.

Se estableció que estaría formada por “tres fajas horizontales, celeste, blanca y punzó...”

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En un fragmento de ella se declara:“Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el Territorio de Sud América, por ser libre y espontánea Voluntad de los Pueblos que la componen...”

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Poco después del desembarco de los Treinta y Tres, producido el alzamiento de la campaña de la Banda Oriental, Lavalleja constituyó un Gobierno Provisorio de la Provincia Oriental, y convocó a los Cabildos a nombrar sus representantes para una Sala a reunirse en la villa de San Fernando de la Florida con el objetivo de proceder a la declaratoria de independencia.

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El 20 de agosto de 1825 fue instalada en la villa de Florida, la Sala de Representantes de la Provincia Oriental. Fue presidida por el Diputado por Guadalupe, Juan Francisco Larrobla; siendo vicepresidente Luis Eduardo Pérez y secretario Felipe Álvarez de Bengochea.

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De inmediato fue designada una Comisión para elaborar una Declaración anulatoria de los actos de incorporación a Brasil y Portugal. Luego de ello, prestó atención a la necesidad de erigir una autoridad con funciones ejecutivas, por lo cual se designó al Gral. Juan Antonio Lavalleja como Capitán General y Gobernador, y se crearon los Ministerios de Gobierno, de Guerra y de Hacienda.

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