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25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 ADMINISTRACION DEL ESTADO MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CADIZ EDICTO SOBRE COMUNICACION REFERENTE AL EXPEDIENTE DE RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresa OVIDIO ESTRUCTURAS, S.L, se comunica a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que: En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son los siguientes: Expediente nº: 2007/71 Trabajador: JUAN MIGUEL HERNÁNDEZ MENA Fecha del accidente: 27/06/2007 Empresa/s: OVIDIO ESTRUCTURAS, S.L. Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa OVIDIO ESTRUCTU- RAS, S.L. la resolución (archivo del expte.). Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicación de este acuerdo, para que la empresa OVIDIO ESTRUCTURAS, S.L. comparezca ante la sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sita en Plaza de la Constitución S/N, en Cádiz, y pueda retirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta. Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, se entenderá notificada la misma a todos los efectos. Cádiz, a ____. La directora provincial, Fdo.: Mª Angustias Soria de la Cruz. Nº 10.987 ___________________ MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CADIZ EDICTO SOBRE COMUNICACIÓN REFERENTE AL EXPEDIENTE DE RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresa SISTEMAS RESTAURACION EN CONSTRUCCION SECCO GPO. EMP, S.L, se comunica a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que: En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son los siguientes: Expediente nº: 1998/27 Trabajador: PEDRO JESÚS CARMONA OCAÑA Fecha del accidente: 03/08/98 Empresa/s: SISTEMAS RESTAURACION CONSTRUCCION SECCO GPO. EMP, S.L. Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa SISTEMAS RESTAU- RACION EN CONSTRUCCION SECCO GPO. EMP. S.L. la resolución (archivo del expte.). Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicación de este acuerdo, para que la empresa SISTEMAS RESTAURACION EN CONS- TRUCCION SECCO GPO. EMP. S.L. comparezca ante la sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sita en Plaza de la Constitución S/N, en Cádiz, y pueda retirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta. Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, se entenderá notificada la misma a todos los efectos. Cádiz, a ____. La directora provincial, Fdo.: Mª Angustias Soria de la Cruz. Nº 10.988 ___________________ MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CADIZ EDICTO SOBRE COMUNICACIÓN REFERENTE AL EXPEDIENTE DE RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresa CANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L., se comunica a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que: En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son los siguientes: Expediente nº: 2002/69 Trabajador: ANTONIO VALIENTE ALCÁZAR Fecha del accidente: 24/04/02 Empresa/s: CANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L. - CONSTRUCCIO- NES RUIZ VEGA, S.L. Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa CANTERÍA ARTÍS- TICA SHERRY la resolución (archivo del expte.). Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicación de este acuerdo, para que la empresa CANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L. comparezca ante la sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sita en Plaza de la Constitución S/N, en Cádiz, y pueda retirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta. Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, se entenderá notificada la misma a todos los efectos. Cádiz, a 28 de septiembre de 2007. La directora provincial, Fdo.: Mª Angustias Soria de la Cruz. Nº 10.989 ___________________ MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL HUELVA De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi- miento Administrativo Común, modificada por el art.1º.17 de la Ley 4/99, de 13 de Enero, para conocimiento y notificación de los interesados se publica la relación de expedientes por actas practicadas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Huelva. Cada expediente detalla si la resolución lo es en primera o en segunda instancia; sobre este extremo se advierte que el plazo legal para interponer recurso de alzada es de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.P. y el de Recurso Contencioso-Administrativo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente al de la publicación. Si transcurridos los plazos legales no se hiciese uso del derecho que asiste a los interesados, pueden recabar de esta Inspección Provincial (Sección Sanciones y Liquidaciones) sita en Huelva, C/ Rico 15, la oportuna información sobre la forma de efectuar los pagos citados y cumplimentar el resto de las sanciones. EL JEFE DE LA INSPECCION PROVINCIALDE TRABAJO Y SEGURI- DAD SOCIAL Y UNIDAD ESPECIALIZADA DE LASEGURIDAD SOCIAL. Fdo.: Miguel Calero Amor. EXPEDIENTE: S-190/07. ACTA: S-338/07. VIA ADM.: 1. NOMBRE O RAZON SOCIAL: MORENO MUÑOZ FRANCISCO JAVIER. ULTIMO DOMICI- LIO CONOCIDO: C/ ALCALDE ANDRES ESCOT, 25 ARCOS DE LA FRONTERA. SANCION: 300,52 euros. MATERIA: SEG.SOCIA. Nº 11.036 ___________________ MINISTERIO DE FOMENTO DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ANDALUCIA OCCIDENTAL SEVILLA ANUNCIO ASUNTO: EXPROPIACIÓN FORZOSA PAGO DE JUSTIPRECIO DE JURADO E INTERESES DE DEMORA OBRA: Circunvalación Oeste de Jerez de la Frontera. TRAMO: Jerez de la Frontera CLAVE: 48-CA-3450 TÉRMINO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA PROVINCIA DE CÁDIZ Conforme a lo dispuesto en la vigente Ley de Expropiación Forzosa y Reglamento para su aplicación, se hace público que se procederá al pago de Justiprecios de Jurado e Intereses de Demora, en el expediente arriba referenciado, en el: AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA EL DÍA 23 de noviembre de 2007 a los interesados que seguidamente se relacionan: JUSTIPRECIOS DE JURADO DIA HORA Nº EXP. PROPIETARIO 23/11//07 .... 10:30 ...... 11-190.0039 ................................................................. Blanca Lorente Piaget Blanca García Figueras Lorente María Teresa García Figueras Aguilar Josefa García Figueras Aguilar 23/11/07 ..... 10:30 ...... 11-190.0050 ................................................................. Blanca Lorente Piaget Blanca García Figueras Lorente María Teresa García Figueras Aguilar Josefa García Figueras Aguilar INTERESES DE DEMORA DIA HORA Nº EXP. PROPIETARIO 23/11/07 ..... 10:45 ...... 11-190.0002 ................................................................................... Alzor, S.A. 23/11/07 ..... 11:00 ...... 11-190.0034 ........................................................................... San Isidro, C.B. 23/11/07 ..... 11:15 ... 11-190.0035.1 .............................................. Gerencia Municipal de Urbanismo 23/11/07 ..... 11:30 ...... 11-190.0041 ........... José Álvarez de Asturias Bohórquez y Pérez de Guzmán 23/11/07 ..... 11:45 ... 11-190.0050.1 ........ Distribuidora Petrolífera de estaciones de servicio, S.A.U. 23/11/07 ..... 12:00 ...... 11-190.0053 .................................... Carrohola Explotaciones Agrícolas, S.A. 23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0055 ................................................................................ Termer, S.A. 23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0057 ................................................................................ Termer, S.A. 23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0060 ................................................................................ Termer, S.A. Sevilla, 11 de octubre de 2007 EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN Pedro C. Rodríguez Armenteros Nº 11.037

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25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3

ADMINISTRACION DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESINSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CADIZEDICTO SOBRE COMUNICACION REFERENTE AL EXPEDIENTE DE

RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DESEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresaOVIDIO ESTRUCTURAS, S.L, se comunica a través de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Cádiz, que:

En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social deCádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta demedidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son lossiguientes:

Expediente nº: 2007/71Trabajador: JUAN MIGUEL HERNÁNDEZ MENAFecha del accidente: 27/06/2007Empresa/s: OVIDIO ESTRUCTURAS, S.L.Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa OVIDIO ESTRUCTU-

RAS, S.L. la resolución (archivo del expte.).Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicación

de este acuerdo, para que la empresa OVIDIO ESTRUCTURAS, S.L. comparezca antela sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la Dirección Provincial del InstitutoNacional de la Seguridad Social, sita en Plaza de la Constitución S/N, en Cádiz, y puedaretirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta.

Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, seentenderá notificada la misma a todos los efectos.

Cádiz, a ____. La directora provincial, Fdo.: Mª Angustias Soria de la Cruz.Nº 10.987

___________________

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESINSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CADIZEDICTO SOBRE COMUNICACIÓN REFERENTE AL EXPEDIENTE DE

RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DESEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresaSISTEMAS RESTAURACION EN CONSTRUCCION SECCO GPO. EMP, S.L, secomunica a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que:

En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social deCádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta demedidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son lossiguientes:

Expediente nº: 1998/27Trabajador: PEDRO JESÚS CARMONA OCAÑAFecha del accidente: 03/08/98Empresa/s: SISTEMAS RESTAURACION CONSTRUCCION SECCO

GPO. EMP, S.L.Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa SISTEMAS RESTAU-

RACION EN CONSTRUCCION SECCO GPO. EMP. S.L. la resolución (archivo delexpte.).

Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicaciónde este acuerdo, para que la empresa SISTEMAS RESTAURACION EN CONS-TRUCCION SECCO GPO. EMP. S.L. comparezca ante la sección de ProcedimientosEspeciales de I.T. de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la SeguridadSocial, sita en Plaza de la Constitución S/N, en Cádiz, y pueda retirar copia íntegra delescrito que aquí se extracta.

Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, seentenderá notificada la misma a todos los efectos.

Cádiz, a ____. La directora provincial, Fdo.: Mª Angustias Soria de la Cruz.Nº 10.988

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MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESINSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CADIZEDICTO SOBRE COMUNICACIÓN REFERENTE AL EXPEDIENTE DE

RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DESEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresaCANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L., se comunica a través de su publicación enel Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que:

En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social deCádiz, se ha acordado resolver el expediente de recargo de prestaciones por falta demedidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son lossiguientes:

Expediente nº: 2002/69Trabajador: ANTONIO VALIENTE ALCÁZARFecha del accidente: 24/04/02

Empresa/s: CANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L. - CONSTRUCCIO-NES RUIZ VEGA, S.L.

Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa CANTERÍA ARTÍS-TICA SHERRY la resolución (archivo del expte.).

Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicaciónde este acuerdo, para que la empresa CANTERÍA ARTÍSTICA SHERRY, S.L.comparezca ante la sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la DirecciónProvincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sita en Plaza de la ConstituciónS/N, en Cádiz, y pueda retirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta.

Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, seentenderá notificada la misma a todos los efectos.

Cádiz, a 28 de septiembre de 2007. La directora provincial, Fdo.: MªAngustias Soria de la Cruz.

Nº 10.989___________________

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESINSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

HUELVADe conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de

Noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, modificada por el art.1º.17 de la Ley 4/99, de 13 deEnero, para conocimiento y notificación de los interesados se publica la relación deexpedientes por actas practicadas por la Inspección Provincial de Trabajo y SeguridadSocial de Huelva.

Cada expediente detalla si la resolución lo es en primera o en segundainstancia; sobre este extremo se advierte que el plazo legal para interponer recurso dealzada es de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.P. yel de Recurso Contencioso-Administrativo de dos meses contados igualmente desde eldía siguiente al de la publicación.

Si transcurridos los plazos legales no se hiciese uso del derecho que asistea los interesados, pueden recabar de esta Inspección Provincial (Sección Sanciones yLiquidaciones) sita en Huelva, C/ Rico 15, la oportuna información sobre la forma deefectuar los pagos citados y cumplimentar el resto de las sanciones.

EL JEFE DE LA INSPECCION PROVINCIALDE TRABAJO Y SEGURI-DAD SOCIAL Y UNIDAD ESPECIALIZADA DE LASEGURIDAD SOCIAL. Fdo.:Miguel Calero Amor.

EXPEDIENTE: S-190/07. ACTA: S-338/07. VIA ADM.: 1. NOMBRE ORAZON SOCIAL: MORENO MUÑOZ FRANCISCO JAVIER. ULTIMO DOMICI-LIO CONOCIDO: C/ ALCALDE ANDRES ESCOT, 25 ARCOS DE LA FRONTERA.SANCION: 300,52 euros. MATERIA: SEG.SOCIA.

Nº 11.036___________________

MINISTERIO DE FOMENTODEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO

EN ANDALUCIA OCCIDENTALSEVILLAANUNCIO

ASUNTO: EXPROPIACIÓN FORZOSAPAGO DE JUSTIPRECIO DE JURADO E INTERESES DE DEMORAOBRA: Circunvalación Oeste de Jerez de la Frontera.TRAMO: Jerez de la FronteraCLAVE: 48-CA-3450TÉRMINO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERAPROVINCIA DE CÁDIZ

Conforme a lo dispuesto en la vigente Ley de Expropiación Forzosa yReglamento para su aplicación, se hace público que se procederá al pago de Justipreciosde Jurado e Intereses de Demora, en el expediente arriba referenciado, en el:AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERAEL DÍA 23 de noviembre de 2007a los interesados que seguidamente se relacionan:JUSTIPRECIOS DE JURADODIA HORA Nº EXP. PROPIETARIO23/11//07 .... 10:30 ...... 11-190.0039 ................................................................. Blanca Lorente Piaget

Blanca García Figueras LorenteMaría Teresa García Figueras Aguilar

Josefa García Figueras Aguilar23/11/07 ..... 10:30 ...... 11-190.0050 ................................................................. Blanca Lorente Piaget

Blanca García Figueras LorenteMaría Teresa García Figueras Aguilar

Josefa García Figueras AguilarINTERESES DE DEMORADIA HORA Nº EXP. PROPIETARIO23/11/07 ..... 10:45 ...... 11-190.0002 ................................................................................... Alzor, S.A.23/11/07 ..... 11:00 ...... 11-190.0034 ........................................................................... San Isidro, C.B.23/11/07 ..... 11:15 ... 11-190.0035.1 .............................................. Gerencia Municipal de Urbanismo23/11/07 ..... 11:30 ...... 11-190.0041 ........... José Álvarez de Asturias Bohórquez y Pérez de Guzmán23/11/07 ..... 11:45 ... 11-190.0050.1 ........ Distribuidora Petrolífera de estaciones de servicio, S.A.U.23/11/07 ..... 12:00 ...... 11-190.0053 .................................... Carrohola Explotaciones Agrícolas, S.A.23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0055 ................................................................................ Termer, S.A.23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0057 ................................................................................ Termer, S.A.23/11/07 ..... 12:15 ...... 11-190.0060 ................................................................................ Termer, S.A.

Sevilla, 11 de octubre de 2007 EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN Pedro C.Rodríguez Armenteros

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MINISTERIO DE DEFENSASERVICIOS DE CRIA CABALLAR Y REMONTA

Resolución del Organismo Autónomo "Fondo de Explotación de los Servicios de CríaCaballar y Remonta", por la que se anuncia la enajenación de productos agrícolas ensubasta pública, procedente de la Yeguada Militar de Jerez de la Frontera (Cádiz),expediente 104-JCC/2007/YMJ-03.

1.- Objeto: Enajenación de, Lote numero 1: 300.000 kilogramos de girasol altooleico, Lote numero 2: 180.000 kilogramos de girasol, Lote numero 3: 200.000kilogramos de maíz, procedente de la campaña agrícola 2006/2007, de la YeguadaMilitar de Jerez de la Frontera (Cádiz).

2.- El procedimiento de adjudicación, es por subasta y su tramitación urgente.3.- Los productos se encuentra a disposición de los licitadores para la retirada

de muestras en la Yeguada Militar de Jerez de la Frontera (Cádiz), sita en carretera deJerez-Arcos, kilómetro 18, Código Postal 11400, teléfono 956237516.

4.- El precio base de licitación para cada uno de los lotes se establece en:Lote número 1: 430 euros/Tn. Sin IVA.Lote número 2: 390 euros/Tn. Sin IVA.Lote número 3: 220 euros/Tn. Sin IVA.

5.- El pago de los lotes adjudicados se efectuará entregando previo a la retiradade la mercancía el 80 por ciento del importe total, liquidando el total en los tres díassiguientes a la retirada final de la mercancía.

6.-Para tomar parte en la subasta, se deberá efectuar un depósito, en conceptode fianza del 25 por ciento del importe de cada lote, según Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares:Lote número 1: 32.250 euros.Lote número 2: 17.550 euros.Lote número 3: 11.000 euros.

7.- La documentación e información, será facilitada en la Jefatura de CríaCaballar y Remonta (Unidad financiera) sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 deMadrid, teléfono 913363413, en horario de ocho treinta horas a catorce horas en díaslaborables.

8.- La entrega de ofertas se efectuará como fecha limite el día 29 de octubrede 2007, en horario laboral, de ocho treinta horas a catorce horas, en la Jefatura de CríaCaballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 deMadrid.

9.- La Junta de Enajenaciones se constituirá en única sesión el día 31 deoctubre de 2007 a las diez treinta, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Cría Caballarde Madrid.

Madrid, a 15 de octubre de 2007.- El Teniente Coronel Jefe de la UnidadFinanciera.

Nº 11.128

JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPRESACADIZ

ANUNCIO DE INFORMACIÓN PUBLICA PARA AUTORIZACIÓNADMINISTRATIVA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 dediciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones deenergía eléctrica; y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se sometea INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación Provincial deInnovación, Ciencia y Empresa con objeto de AUTORIZAR y APROBAR la instala-ción eléctrica siguiente:Peticionario: PARQUES DE GETARES,S.L.Domicilio: C/ SEVILLA-LOCAL 1-45 - 11201 ALGECIRASEmplazamiento de la instalación: C/ Gregorio Marañón con C/ de la Reina, 31Términos municipales afectados: Los BarriosFinalidad de la instalación: Atender suministro en la zona

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES.Línea Eléctrica.-

Origen: Tramo 1= línea alimentación al CT MedinaceliTramo 2= línea alimentación al CT Chaparral

Final: Tramo 1 CT MedinaceliTramo 2 CT Proyectado

Tipo: SubterráneaTensión de Servicio: 20 kVLongitud en kms.: 0,332Conductores: RHZ1, 18/30 kV, 3(1x240) mm2 Al

Centro de TransformaciónEmplazamiento: C/ Gregorio Marañón con C/ de la Reina, 31Tipo: PrefabricadoRelación de transformación: 20.000/400-230 VPotencia kVA.:

REFERENCIA: A.T.: 9497/07Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación

presentada en esta Delegación Provincial, sita en Plaza de Asdrúbal, s/n; yformularse, al mismo tiempo y por duplicado, las reclamaciones que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente a la publicación delpresente anuncio.

LA DELEGADA PROVINCIAL. Angelina María Ortiz del Río.Nº 10.578

___________________

CONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPRESACADIZ

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN, CIEN-CIA Y EMPRESA, DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÁDIZ, POR LA QUE SECONCEDE AUTO-RI-ZACIÓN ADMINISTRATIVA Y APROBACIÓN DE PRO-YECTO A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN

Visto el expediente nº AT- 9120/07 incoado en esta Delegación Provincialsolicitando Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para construir unainstalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:Peticionario: Juan F. Mesa GagoDomicilio: C/ Hortales, 1 - 11660 Prado del ReyLugar donde se va a establecer la instalación: Fincas Los GranujalesTérmino municipal afectado: Prado del ReyFinalidad: Atender el suministro de la zona

Habiéndose cumplido los trámites reglamen-tarios de acuerdo con lo estable-cido en TITULO VII, Capitulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, porel que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministroy procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de laLey 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

FUNDAMENTOS DE DERECHOEsta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada

AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DEL PROYECTO, según lo dispuesto en elartículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en el Decreto delPresidente- Nº 11/2004 de 24 de Abril, y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el quese regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, asícomo en la Resolución de 23 de febrero de 2005,de la Dirección General de Industria,Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalacioneseléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia yEmpresa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, estaDelegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,RESUELVE:

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y APROBACIÓNDEL PROYECTO, a: Juan F. Mesa Gago

Para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:Línea Eléctrica.-

Origen: Apoyo A–141758 de la línea “Los Granujales”Final: Apoyo con CT en proyectoTipo: AéreaTensión de Servicio: 20 kVLongitud en kms.: 0,056Conductores: LA-56

Centro de TransformaciónEmplazamiento: Finca Los GranujalesTipo: IntemperieRelación de transformación: 20.000 / 400-230 VPotencia kVA.: 50

Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en elReal Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades detransporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autoriza-ción de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en elmismo se establece y las espe-ciales siguientes:

1ª.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, conlas variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2ª.- El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presenteresolución.

3ª.- El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de lasobras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensióndel acta puesta en marcha.

4ª.- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en losReglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y ensu explotación.

5ª.- La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquiermomento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

6ª.- En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Ordenadministrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

7ª.- El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, elcumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administracio-nes, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales hansido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por elmismo.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía ad-ministrativa, podráinterponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia yEmpresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecidoen el artículo 114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común.

LA DELEGADA PROVINCIAL DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRE-SA. Angelina María Ortiz del Río.

Nº 10.634

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CONSEJERIA DE EMPLEOCADIZ

ACUERDO REGULADOR DE FUNCIONARIOS 2007 - 2010ACTA FINAL ARCT 2007-2010

COMPOSICIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN:D. Ignacio Romani Cantera .......................................................... Tte. Alcalde- Delegado de Personal.D. José Antonio Rosado Arroyal ............................................. Director del Área de Personal(sin voto)D. Guillermo Villlanego Chaza .............................................................................. Secretario(sin voto)D. Antonio Chico Rodriguez ............................................. Representante de la Sección Sindical UGT.D. Vicente Ferrer Sánchez ............................................ Asesor de la Sección Sindical UGT.(sin voto)D. José A. Rios García .................................................. Representante de la Sección Sindical CC.OO.D. Manuel Quintero ................................................... Asesor de la Sección Sindical CC.OO.(sin voto)D. Germán Arias Campos .......................................... Representante de la Sección Sindical CSI-CSIFD. Ginés Rojas Avilés ............................................ Asesor de la Sección Sindical CSI-CSIF(sin voto)D. Francisco Ramas Prior ................................................. Representante de la Sección Sindical S.P.L.D. Francisco J. Jiménez Zarco ..................................... Asesor de la Sección Sindical S.P.L.(sin voto)

En fecha de 21 de Junio de 2.007, a las 10,30 horas y previamente convocadostodos los miembros de la Mesa de Negociación relacionados, se reúnen en la Sala dereuniones del Área de Personal de este Excmo. Ayuntamiento con objeto de procedera la firma del Acuerdo Regulador de Funcionarios 2.007-2.010, previamente enviadoy cuyo texto se adjunta como Anexo.

Se somete a votación el texto final a los miembros de la Mesa con derecho avoto, quedando tal como sigue:- Votan a favor del Texto los Sres./as: D. Ignacio Romaní Cantera y los representantescon derecho a voto de las Secciones sindicales de UGT, SPL, CC.OO y CSI-CSIF .Noexisten abstenciones ni votos en contra.

Los asesores se pronuncian igualmente a favor del textoRESUMEN FINAL

PARTE SOCIAL:TOTAL PORCENTAJE DE VOTOS A FAVOR: 100%TOTAL VOTOS EN CONTRA: 0CORPORACIÓN:TOTALVOTOS A FAVOR: 100%

En consecuencia y de conformidad con la normativa vigente queda aprobadoel textodel Acuerdo Regulador de Funcionarios 2007-2010, firmando al margen delmismo.ACUERDO REGULADOR DE CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONALFUNCIONARIO 2.007-2.010

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓNARTÍCULO 2. ÁMBITO TEMPORALARTÍCULO 3. INDIVISIBILIDADARTÍCULO 4. GARANTÍAS PERSONALESARTÍCULO 5. COMISIÓN PARITARIAARTÍCULO 6. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE BAJAS

CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO R.P.T. COMISIONMIXTA Y MESA DE NEGOCIACIÓN.ARTÍCULO 7. ORGANIZACIÓN Y CENTROS DE TRABAJOARTÍCULO 8. RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. (R.P.T)ARTÍCULO 9. COMISIÓN MIXTA DE NEGOCIACIÓN Y MESA DE NEGOCIA-CIÓN

CAPÍTULO III: OFERTA DE EMPLEO SELECCIÓN DE PERSONALINGRESO Y PRÁCTICAS DEL PERSONAL-RECLASIFICACIÓN PROVISIÓNDE PUESTOS DE TRABAJO PROMOCIÓN INTERNA PERMUTAS, TRASLA-DOS Y ASCENSOS.ARTÍCULO 10. OFERTA DE EMPLEOARTÍCULO 11. SELECCIÓN, INGRESO Y PRÁCTICAS DE PERSONALARTÍCULO 12. RECLASIFICACIÓN DEL PERSONALARTÍCULO 13. PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y PROMOCION IN-TERNAARTÍCULO 14. PERMUTAS, TRASLADOS Y ASCENSOS

CAPÍTULO IV: JORNADA, PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES.ARTÍCULO 15. JORNADA, PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES

CAPÍTULO V: RETRIBUCIONESARTÍCULO 16. SUELDO BASEARTÍCULO 17. TRIENIOSARTÍCULO 18. PAGAS EXTRAORDINARIASARTÍCULO 19. COMPLEMENTO DESTINOARTÍCULO 20. COMPLEMENTO ESPECÍFICOARTÍCULO 21. NOCTURNIDADARTÍCULO 22. ESPECIAL TOXICIDAD, PENOSIDAD O PELIGROSIDADARTÍCULO 23. RÉGIMEN DE TRABAJO EN ALTURAARTÍCULO 24. JORNADA A DOBLE TURNOARTÍCULO 25. JORNADA A TRIPLE TURNOARTÍCULO 26. RÉGIMEN DE DESCANSOS ESPECIALESARTÍCULO 27. RESPONSABILIDAD POR JEFATURA DE EQUIPOARTÍCULO 28. RESPONSABILIDAD POR DIRECCIÓN DE CENTROARTÍCULO 29. RÉGIMEN DE JORNADA PARTIDAARTÍCULO 30. RÉGIMEN DE PROLONGACIÓN DE JORNADAARTÍCULO 31. JORNADA DE SEIS DIASARTÍCULO 32. JORNADA IRREGULAR:ARTÍCULO 33. RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES PARTICU-LARES DE LOS PUESTOSARTÍCULO 34. COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDADARTÍCULO 35. DESCUENTOS EN NÓMINAARTÍCULO 36. INDEMNIZACIONESARTÍCULO 37 .GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

CAPÍTULO VI: FORMACIÓN PROFESIONAL, PROMOCIÓN CULTU-RAL, SEGURIDAD E HIGIENEARTÍCULO 38.- FORMACIÓN CULTURAL, SOCIAL Y DEPORTIVAARTÍCULO 39.- FORMACIÓN PROFESIONALARTÍCULO 40.- SALUD LABORALARTÍCULO 41.- RECONOCIMIENTO MÉDICOARTÍCULO 42.- SERVICIOS MÉDICOS DE EMPRESAARTÍCULO 43.- ROPA DE TRABAJO, EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVI-DUAL Y DESGASTE DE HERRAMIENTASARTÍCULO 44.- PLAN DE PENSIONES

CAPÍTULO VII: RETRIBUCIONES EN CASO DE ENFERMEDAD OACCIDENTE DE TRABAJOARTÍCULO 45.- RETRIBUCIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJOARTICULO 46.- RETRIBUCIONES EN BAJA MÉDICA POR HOSPITALIZA-CIÓNARTICULO 47.- RETRIBUCIONES DURANTE LA BAJA MÉDICA POR ENFER-MEDAD COMÚN

CAPITULO VIII: AYUDAS SOCIALES Y PREMIOSARTICULO 48.- AYUDA POR CUIDADO DIRECTO DE FAMILIARESARTÍCULO 49.- AYUDA ESCOLARARTÍCULO 50.- AYUDA POR NATALIDADARTICULO 51.- AYUDA DE ESTUDIOS A LOS FUNCIONARIOSARTÍCULO 52.- PREMIOS POR ANTIGÜEDAD Y JUBILACIÓN:ARTÍCULO 53.- SEGURO COLECTIVO DE VIDA E INVALIDEZARTÍCULO 54.- ANTICIPOS REINTEGRABLESARTÍCULO 55.- LETRADOARTÍCULO 56.- AYUDA PARA LA RENOVACIÓN DEL PERMISO DE CONDU-CIR Y GASTOS DE COLEGIACIÓNARTÍCULO 57.- AYUDAS PARA LAS VIUDAS/OS DE EMPLEADOS/AS MUNI-CIPALESRELACIONES SINDICALESARTÍCULO 58.- DERECHOS SINDICALESARTÍCULO 59.- JUNTA DE PERSONALARTÍCULO 60.- GARANTIAS Y DERECHOS DE LA JUNTA Y DELEGADOSSINDICALESARTÍCULO 61.- OBLIGACIONES SINDICALESARTÍCULO 62.- SECCIONES SINDICALESARTÍCULO 63.- FUNCIONES DE LOS DELEGADOS SINDICALESARTÍCULO 64.- ASAMBLEASARTÍCULO 65.- PARTICIPACIÓN EN MESAS DE SUBCONTRATACIÓN DESERVICIOS DE PERSONALDISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERADISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDADISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA:DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA:DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA:DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA:DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA:DISPOSICIÓN TRANSITORIA:DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.-DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.-DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.-DISPOSICIÓN FINAL QUINTA.-ANEXO 1: IMPORTE DE LAS CONDICIONES PARTICULARES REFERIDAS A2.007ANEXO 2: GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOSANEXO 3: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA POLICIA LOCALANEXO 4: ROPA DE TRABAJOANEXO 5: RELACIÓN DE RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIASANEXO 6: RELACIÓN DE PUESTOS CON JORNADA IRREGULAR ANUALA.R.C.T.F. 2.007-2.010

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las normas contenidas en el

presente Acuerdo son aplicables a los empleados/ as municipales en régimen funcionarial,al servicio del Excmo. Ayuntamiento (funcionario de carrera, en prácticas, interino ode empleo), salvo en los casos en que deban aplicarse con carácter preferente normasde rango superior. Se considerarán de aplicación, en lo no previsto expresamente, lasdisposiciones legales del Estado o la Comunidad Autónoma Andaluza. Igualmenteserán de aplicación los acuerdos suscritos o que puedan suscribirse en el ámbito estatalentre las centrales sindicales más representativas y la FEMP o FAMP, en aquellosaspectos que mejoren, en cómputo global, lo aquí acordado. Aquellos acuerdos de esamisma naturaleza, que también mejoren en cómputo global las condiciones del presentetexto y que se suscriban entre dichas centrales y la AGE o la Junta de Andalucía seránobjeto de estudio por la Mesa de Negociación.

ARTÍCULO 2. ÁMBITO TEMPORAL. La vigencia del presente Acuerdoserá desde 1 de enero de 2.007 a 30 de junio de 2.010. El acuerdo se considerarádenunciado automáticamente el 30 de abril de 2.010, prorrogándose su vigencia portácita reconducción hasta la aprobación de otro nuevo Acuerdo Regulador. Ambaspartes se comprometen a iniciar las negociaciones para un nuevo Acuerdo en el plazomáximo de treinta días desde la denuncia.

ARTÍCULO 3. INDIVISIBILIDAD. Las condiciones pactadas en el presenteAcuerdo son mínimas y constituyen un todo orgánico y unitario, sin perjuicio de lasmejoras que las partes firmantes puedan acordar durante su vigencia del presenteAcuerdo o sean de aplicación por la legislación vigente. No obstante en el supuesto deque la Jurisdicción competente en el ejercicio de sus facultades, dejara sin efecto omodificara alguna de las estipulaciones del presente Acuerdo, este deberá adaptarse a

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lo dispuesto por la misma, facultándose para ello a la Comisión de interpretación yseguimiento y sin que ello comporte la renegociación del Acuerdo.

ARTÍCULO 4. GARANTÍAS PERSONALES. Se respetarán las condicionespersonales que excedan de las pactadas en el presente Acuerdo, manteniéndose adpersonan mientras no sean expresamente compensadas por Acuerdos futuros y previodictamen de la Comisión Paritaria. Serán nulos y no surtirá ningún efecto los acuerdoso pactos individuales que puedan suscribirse y al margen de los procedimientosestablecidos en el mismo para la modificación de las condiciones de trabajo.

ARTÍCULO 5. COMISIÓN PARITARIA1. Composición. Se constituye una Comisión Paritaria de interpretación,

aplicación y seguimiento para cuantas cuestiones se deriven de lo pactado en esteAcuerdo, así como de la legislación vigente que pueda afectar al mismo.Dicha Comisión estará compuesta por 10 miembros con voz y voto, 5 en representacióndel Ayuntamiento y 5 en representación de las secciones sindicales firmantes del ARCTy con representación en la Junta de Personal (distribuidas en función del número demiembros en la Junta de Personal) independientemente del asesor que cada partedesigne cuando así lo estimen conveniente para temas puntuales, previa comunicacióna la otra parte.

La cuota de voto de la parte sindical en dicha Comisión vendrá determinadapor el número de representantes que cada sección sindical hubiese obtenido en lasúltimas elecciones sindicales celebradas.

En todo caso, se reconoce el valor paritario de las votaciones, mediante ladelegación del voto.Las funciones de secretaría de la Comisión serán desempeñadas por un funcionario delservicio de personal, que asistirá con voz y sin voto.

2. Competencias. La Comisión asumirá y procurará resolver cuantas cuestio-nes se deriven de la aplicación, interpretación y seguimiento de lo establecido en esteAcuerdo y de cuantos conflictos de trabajo, individuales y colectivos puedan surgir enla aplicación de este texto.Todos los funcionarios acogidos al presente Acuerdo, así como la Corporación, conocasión de problemas derivados de la aplicación o interpretación del mismo podrándirigirse a la Comisión Paritaria.La Comisión asumirá, además, todas aquellas competencias que ambas partes conside-ren convenientes en relación con la problemática laboral de la Corporación derivada ala interpretación y aplicación de este Acuerdo.

La resolución de la Comisión Paritaria tendrá los mismos efectos de aplicaciónque lo establecido en el Acuerdo.

Asume la mediación en las reclamaciones individuales o de conflicto deintereses, en los supuestos de disfrute de vacaciones, días por asuntos propios ylicencias, horarios, clasificación y supuestos similares.

Conoce los informes semestrales de la Corporación sobre nombramientos,absentismo, cumplimiento horario, accidentes laborales, horas extraordinarias y demásmaterias relacionadas en la legislación vigente aplicable.

3. Procedimiento. Con el fin de que la Comisión Paritaria tenga conocimientoprevio de los asuntos, tanto los representantes de los funcionarios como los de laEmpresa, en el caso de conflicto laboral como consecuencia de la aplicación ointerpretación de este Acuerdo, se dirigirán por escrito a la Comisión Paritaria, dondese recogerán cuantas cuestiones se estimen oportunas.

Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría de la misma y serecogerán mediante resolución escrita reflejándose en actas que serán firmadas porduplicado. Aquellos acuerdos de dicha comisión relativos exclusivamente a la interpre-tación de articulado serán expuestos en el Tablón de Anuncios. El interesado tendráacceso únicamente a aquellos acuerdos que le afecten directamente y le será debidamen-te notificado mediante escrito de la Delegación de personal con pie de recurso, todo elloantes de la celebración de la siguiente Comisión Paritaria, con el fin de dejar expeditala vía para acudir a los órganos de la jurisdicción competente o aquellos otros que laspartes acuerden para la resolución del conflicto planteado.

4. Resolución extrajudicial de conflictos: Podrán elevarse por acuerdo expre-so de ambas partes ,a sistema de resolución extrajudicial de conflictos aquellos asuntosde competencia de la Comisión paritaria que reúnan los siguientes requisitos:1. Que sean asuntos de especial trascendencia o de interés general.2. Que no exista acuerdo al respecto.

El dictamen o laudo no tendrá carácter vinculante salvo que así lo hayanacordado expresamente ambas partes.

5. Convocatoria y orden del día. La convocatoria de la Comisión podrárealizarse por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de cinco díashábiles(excluidos sábados) anteriores a la celebración de la reunión; podrá realizarsecon carácter de urgencia cuando ambas partes así lo acuerden. Se reunirá una vez al mescomo mínimo, preferentemente antes del día 15.

Confección del orden del día: estará integrado por los asuntos propuestos porla Delegación de Personal y Junta de Personal. Las secciones sindicales podrán incluirlos que estimen de su interés a través de cualquiera de las partes. No se incluirán asuntospreviamente resueltos y aquellos que no figuren en el orden del día, salvo en este caso,acuerdo favorable de la mayoría de los asistentes con voz y voto.

6. Domicilio. El domicilio de la Comisión a los efectos de recepción dedocumentación será el Servicio de Personal.

7. Los acuerdos adoptados en el seno de esta Comisión serán vinculantes paraambas partes.

ARTÍCULO 6. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE BAJAS. Estará com-puesta por dos representantes de la Corporación, el Presidente del Comité y el de la Juntao en quién delegue, actuando como secretario un funcionario del Servicio de Personal,pudiendo asistir un miembro de cada sección sindical firmante del Acuerdo con voz ysin voto. Le corresponde el seguimiento de los accidentes y las enfermedades delpersonal laboral y funcionario, asistiendo a la misma, para informar, el médico delAyuntamiento y un representante de la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales. A tal efecto el médico municipal podrá verificar el estado de salud de losempleados mediante reconocimiento médico, previa comunicación al interesado de la

que quede debida constancia. La falta de presentación no justificada al reconocimientomédico dará lugar a la incoación de expediente por responsabilidad disciplinariaconforme a la normativa vigente y de acordarlo la Comisión de seguimiento, a la retiradade la mejora de IT prevista en el artículo. Se respetará en todo caso la intimidad de lostrabajadores. Elevará propuestas al Comité de Seguridad y Salud laboral las medidasque estime precisas para evitar en lo posible la siniestrabilidad laboral. Dicha Comisiónse reunirá quincenalmente.

CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO R.P.T. COMISIONMIXTA Y MESA DE NEGOCIACIÓN.

ARTÍCULO 7. ORGANIZACIÓN Y CENTROS DE TRABAJO1. Los cambios organizativos que se programen para hacer frente al más eficazfuncionamiento y no respondan a una necesidad imprevista que afecten al personal enla aplicación o modificación de alguna de las condiciones de trabajo del presenteAcuerdo, se someterán al dictamen previo de la Comisión mixta de Negociaciónregulada en este capítulo.2. Se consideran Centros de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz los que comotales figuren en la RPT.Cada Centro de Trabajo tiene asignada su plantilla y régimen horario propio dentro delas directrices contenidas en el Acuerdo con carácter general.3. Cambios temporal de Centros de Trabajo. Al objeto de cubrir las necesidades delservicio, y con carácter eventual, los funcionarios podrán ser destinados a un Centro deTrabajo distinto a aquel en que figurase adscrito, siendo condición indispensable laprevia audiencia al interesado y conocimiento de la Junta de Personal.

El funcionario deberá reintegrarse a su Centro de Trabajo transcurridos unplazo máximo de tres meses, prorrogables por otros tres meses desde su desplazamientosalvo voluntariedad del funcionario a permanecer en el puesto.

ARTÍCULO 8. RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. (R.P.T). Es elinstrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación y clasificación de lospuestos de trabajo, de acuerdo con las necesidades de los servicios y en el que se precisanlos requisitos para su desempeño y sus características esenciales.

De conformidad con la normativa vigente, la Relación de Puestos de Trabajo(RPT) incluirá la enumeración de la totalidad de los puestos existentes, ordenados porÁreas o Centros de trabajo, con expresión de:a) Denominación y características esencialesb) Naturaleza (funcionario de carrera o de empleo)c) Tipo de puesto y sistema de provisiónd) Adscripción a grupo o grupos de clasificación, a Escala, Subescala y Nivel deComplemento de Destino y Específico en concordancia a la tabla retributiva de cadaaño.e) Otros requisitos exigidos para su desempeño como, en su caso, titulación académicay/o formación específica.f) Código numérico de identificación.g) Otras observaciones.

La creación, modificación o supresión de puestos de trabajo se realizará através de la R.P.T. y anualmente la Corporación procederá a actualizar la plantillaorgánica y la RPT, en el marco de la Comisión Mixta de Negociación prevista en elartículo siguiente y ello con carácter previo a la aprobación de sus presupuestos.

Todo ello en los términos previstos en la normativa vigente.La Relación de Puestos de Trabajo se publicará anualmente una vez implan-

tado el nuevo sistema informático así como las modificaciones posteriores.ARTÍCULO 9. COMISIÓN MIXTA DE NEGOCIACIÓN Y MESA DE

NEGOCIACIÓN1.-En el ámbito de aplicación del presente Acuerdo queda constituida en

forma paritaria una Comisión Mixta de Negociación integrada por un representante delComité, uno de la Junta de Personal y uno de cada una de las Secciones Sindicales conrepresentación en el Comité firmantes del Convenio Colectivo y Junta de Personal y porlas personas que actúen en representación de la Corporación.

El régimen de votación y de adopción de acuerdos se efectuará de modoseparado para el personal laboral y funcionario. La cuota de voto en dicha Comisiónpara el personal funcionario vendrá determinada por el número de votos obtenidos enlas últimas elecciones sindicales celebradas.

La CMN se reunirá, al menos una vez al año con la finalidad de proceder a lanegociación de las siguientes materias, previamente a su aprobación por los Órganosmunicipales:a) Actualización de la plantilla (clasificación y número de puestos) y de la Relación dePuestos de trabajo.b) El Plan especial de promoción Interna y/o la Oferta de Empleo Público. plan anualde provisión y/o promoción de los puestos vacantes o de nueva creación y los sistemasde selección.c) Plan de Formación.Las reuniones tendrán lugar a petición escrita de cualquiera de las partes que componenla Comisión en el plazo máximo de 15 días.La Comisión podrá actuar por medio de ponencias o subcomisiones y previo acuerdo,utilizar asesores en cuantas materias sean de su competencia.

2.-La negociación colectiva se seguirá a través de la Mesa de Negociación.Los acuerdos que se alcancen sobre la base de esta negociación serán de plena aplicacióna todo el personal funcionario, tras su aprobación por el Órgano competente.

Los criterios de composición de la Mesa de Negociación serán los que recojala legislación vigente. La cuota de voto en dicha Comisión vendrá determinada por elnúmero de votos obtenidos en las últimas elecciones sindicales celebradas.

En particular serán objeto de negociación:a) La aplicación del incremento de las retribuciones del personal funcionario.b) La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de los funcio-narios.c) Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión,sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificaciónde recursos humanos.

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d) Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluacióndel desempeño.e) Los planes de Previsión Social Complementaria.f) Los criterios generales de los planes y fondos para la promoción interna.h) Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.i) Los criterios generales de acción social.j) Las que así se establezcan en la normativa de prevención de riesgos laborales.k) Las que afecten a las condiciones de trabajo y a las retribuciones de los funcionarios,cuya regulación exija norma con rango de Ley.l) Los criterios generales sobre ofertas de empleo público.m) Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movi-lidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificaciónestratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones detrabajo de los funcionarios públicos.

Quedan excluidas de la obligatoriedad de la negociación las materias lasindicadas en el Art. 37.2 de la Ley 7/2.007.

CAPÍTULO III: OFERTA DE EMPLEO SELECCIÓN DE PERSONALINGRESO Y PRÁCTICAS DEL PERSONAL-RECLASIFICACIÓN PROVISIÓNDE PUESTOS DE TRABAJO PROMOCIÓN INTERNA PERMUTAS, TRASLA-DOS Y ASCENSOS.

ARTÍCULO 10. OFERTA DE EMPLEO. Las necesidades de recursoshumanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivosde personal existentes serán objeto de Oferta de Empleo. El Ayuntamiento garantizarála estabilidad de los funcionarios públicos que actualmente prestan sus servicios. Sereserva el 5 % del total de las plazas de la OEP para la reserva a personas condiscapacidad, exceptuando del cómputo las plazas del Cuerpo de Policía local. El iniciode la ejecución de la OEP se efectuará dentro del año natural al de su publicación en elBOE.

ARTÍCULO 11. SELECCIÓN, INGRESO Y PRÁCTICAS DE PERSONAL1.-El ingreso del personal funcionario se realizará de acuerdo con la OEP o el PEPI yserá negociada previamente con la representación sindical en los términos del Art. 9 delpresente Acuerdo, con pleno sometimiento a los principios de igualdad, publicidad,mérito y capacidad y a través de los procedimientos de oposición, concurso-oposicióno concurso de conformidad con lo previsto en la Ley 7/2.007.De conformidad con lo previsto en el Art. 8 del Decreto 2/2002 por el que se apruebael Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajoy promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Juntade Andalucía, en el supuesto de concurso-oposición la fase de concurso será posteriora la de oposición.2.-Se garantiza la presencia de un miembro designado por una de las seccionessindicales de forma rotativa, con voz y sin voto, en todos los tribunales y comisiones devaloración y de selección de personal, tanto para el acceso de personal fijo como interinocomo para la provisión de puestos de trabajo, así como también un miembro designadopor la Junta de Personal con voz y voto.3.- La selección de funcionarios interinos se efectuará a través de las bolsas de trabajogeneradas a partir de celebración de pruebas selectivas de la última OEP o PEPIejecutado, respetando el criterio de mayor número de ejercicios aprobados, dentro deéste el de mayor tiempo de servicios prestados en la misma categoría en este Ayunta-miento y finalmente el de mayor puntuación total resultante de la suma de ejerciciosaprobados. Cuando la selección no pudiera hacerse a través de este sistema o en atencióna la naturaleza específica de la plaza convocada lo hiciese necesario, se efectuará através de convocatoria pública o a través del INEM o a través de otros procedimientosen los que queden debidamente garantizados los principios de igualdad, mérito,capacidad y publicidad, en atención al grado de urgencia en la provisión de la plaza. Lasbolsas tendrán una duración máxima de tres años desde su aprobación prorrogables enfunción de las circunstancias concurrentes.Los criterios de gestión de las bolsas de trabajo son los recogidos en el correspondienteacuerdo de la mesa de negociación.4.- Ingreso y prácticas: Cuando así lo determinen las bases de la correspondienteconvocatoria y con arreglo a la normativa aplicable, deberá superarse un periodo deprácticas y/o curso selectivo, para adquirir la condición de funcionario de carrera.Cuando realicen las funciones del puesto, el importe de las retribuciones básicas seincrementará con las retribuciones complementarias de dicho puesto en los términosque determine la Comisión Paritaria.5.- Todos los funcionarios, con independencia de su categoría profesional, y antes desu admisión en el Ayuntamiento, serán sometidos a reconocimiento médico.

ARTÍCULO 12. RECLASIFICACIÓN DEL PERSONAL. En el caso de queun funcionario por pérdida de la capacidad, no constitutiva de invalidez permanentehubiera de ser readaptado a un puesto de nivel igual o inferior mantendrá el sueldo base,trienios, complemento de destino y de productividad. El complemento específico seráel correspondiente a la nueva categoría desempeñada, y en el caso de que fuese inferioral anterior, la diferencia dará lugar a una prolongación de jornada proporcional que nopodrá superar las 100 horas anuales, en los términos que determine la ComisiónParitaria.

ARTÍCULO 13. PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y PROMO-CION INTERNA1. En tanto no entre en vigor el Capítulo II del Título II del la Ley 7/2.007 Derecho ala carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño se aplicaráel régimen vigente para la provisión de puestos de trabajo y promoción interna de losfuncionarios públicos.2. La promoción interna se articulará a través de un Plan Especial de Promoción Interna,salvo que se realice conjuntamente con plazas de acceso libre.

ARTÍCULO 14. PERMUTAS, TRASLADOS Y ASCENSOS1. Permutas. Se estará a lo dispuesto en la normativa legal vigente que sea de aplicación.La aceptación de la solicitud de permuta estará condicionada a la autorización, que serádiscrecional, de la Alcaldía- Presidencia.2. Cuando se realizasen funciones de superior categoría por existencia de vacante, se

tendrá derecho a percibir la retribución de aquella.3. Previamente a la toma de posesión del nuevo personal se atenderán las solicitudes detraslados existentes. Cuando el número de solicitudes lo aconseje y previa negociacióncon la Mesa se convocará concurso de traslados.4. La antigüedad reconocida al amparo de la Ley 70/1.978, de 26 de Diciembre, encuanto al reconocimiento de los servicios prestados en cualquier administraciónpública, como funcionario o laboral, serán de aplicación, previa solicitud, a todo elpersonal que preste servicios en la Corporación a todos los efectos.

CAPÍTULO IV: JORNADA, PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES.ARTÍCULO 15. JORNADA, PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES.

El régimen de jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones se ajustan a lanormativa vigente y los procedimientos y criterios de aplicación se recogerán en unManual negociado con la Mesa de Negociación.

CAPÍTULO V: RETRIBUCIONESEn tanto no se desarrollen las previsiones del Capítulo III Título III de la Ley

7/2.007 será de aplicación el siguiente régimen:ARTÍCULO 16. SUELDO BASE. Es el que corresponde a cada uno de los

grupos de clasificación en que se organizan los funcionarios de las CorporacionesLocales y su cuantía será la que cada año venga reflejada en la Ley de PresupuestosGenerales del Estado o, en su caso, norma que la sustituya.

ARTÍCULO 17. TRIENIOS1. Son los que corresponden a cada uno de los grupos de clasificación en que seorganizan los funcionarios de las Corporaciones Locales y su cuantía será la que cadaaño venga reflejada en la L.P.G.E. o, en su caso, norma que la sustituya y a percibir apartir del día siguiente al que se cumplan 3 o múltiplos de 3 años de servicios efectivos.Serán reconocidos de oficio.2. Los derechos económicos reconocidos por la Ley 70/1.978, de 26 de Diciembre, encuanto al reconocimiento de los servicios prestados en cualquier administraciónpública, como funcionario o laboral, serán de aplicación, previa solicitud, a todo elpersonal que preste servicios en la Corporación.3. Se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de laentrada en vigor de la Ley 7/2.007 que tendrán efectos retributivos únicamente a partirde la entrada en vigor de la misma.

ARTÍCULO 18. PAGAS EXTRAORDINARIAS. Se devengarán dos pagasextraordinarias, los días 1 de junio y 1 de diciembre respectivamente, en la cuantía queestablezca la Ley de Presupuestos del Estado en proporción al tiempo efectivamentetrabajado.

ARTÍCULO 19. COMPLEMENTO DESTINO1. Será el correspondiente al nivel del puesto de trabajo que se desempeñe, según lodispuesto en el catálogo o relación de puestos de trabajo vigente y la cuantía será la quepara cada año establezca la L.P.G.E. para los funcionarios de las Corporaciones Localeso, en su caso, norma que lo sustituya.2. La clasificación y los intervalos para cada grupo serán los establecidos legalmente.No obstante se podrán percibir complementos de destinos superiores en función delgrado consolidado por haber desempeñado con anterioridad puestos de nivel superior.3. Los niveles de complemento de destino serán como mínimo iguales a los fijados porel Estado para sus funcionarios como mínimos para cada Grupo de clasificación.

ARTÍCULO 20. COMPLEMENTO ESPECÍFICO1. El complemento específico retribuirá las condiciones particulares de algunos puestosde trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad,incompatibilidad, peligrosidad o penosidad. En ningún caso podrá asignarse más de uncomplemento específico a cada puesto de trabajo.2. Las anteriores condiciones particulares se detallan en el Manual de Prevaloración dePuestos de Trabajo y en el(los) Acuerdo(s) Plenario(s) resultado de la Valoración, enrelación singularizada, detallada y motivada para cada puesto, sin perjuicio de lascondiciones particulares que se relacionan en los artículos siguientes, cuando concurranen determinados puestos de trabajo.Sin perjuicio de los factores contenidos en la valoración de puestos de trabajo (VPT),para garantizar las adecuaciones retributivas imprescindibles por el contenido de lospuestos de trabajo, podrán abonarse en el complemento específico las cantidades quese relacionan en los artículos 21 al 32 cuando las condiciones particulares que retribuyandichos artículos no estén incluidas en la VPT:

ARTÍCULO 21. NOCTURNIDAD. Consistirá en la cantidad que se indica enel Anexo 1 por cada día trabajado. A tal efecto se entiende por periodo nocturno el quetranscurre desde las 22 horas hasta las 7 horas.

ARTÍCULO 22. ESPECIAL TOXICIDAD, PENOSIDAD O PELIGROSI-DAD. Todo trabajo excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso se retribuirá con lacantidad que se indica en el Anexo 1 por día efectivamente trabajado.. Ningúntrabajador podrá percibir más de dos de estas condiciones particulares. Cuandoconcurran dos o más circunstancias conjuntamente se percibirá la cantidad que se indicaen el Anexo 1, por día efectivamente trabajado.Todo funcionario que por razones del servicio, y con carácter permanente, deba realizartareas de conducción de un vehículo de la empresa, percibirá por la especial peligrosi-dad que ello conlleva un complemento en la cuantía indicada en el Anexo por díatrabajado... No tendrán derecho al percibo de dicha cantidad los funcionarios titularesde puestos de trabajo en los cuales esta condición se haya incluido en la valoración depuestos de trabajo. Tratándose de la conducción de dumper, de grúa o de pala se abonarála cuantía indicada en el Anexo por mes trabajado. Corresponde a la Comisión Paritariadeterminar su aplicación a los puestos en que concurran las circunstancias indicadas.

ARTÍCULO 23. RÉGIMEN DE TRABAJO EN ALTURA. Todo trabajo enaltura superior a los tres metros dará derecho a percibir la cantidad que se indica en elAnexo 1 por jornada efectivamente trabajada. Ello no impedirá la adopción de medidasde seguridad en orden a la prevención de los posibles riesgos.

ARTÍCULO 24. JORNADA A DOBLE TURNO. Todo funcionario sujeto adoble turno rotatorio con carácter mensual o semanal percibirá por la mayor penosidadque implica este sistema de jornada la cantidad mensual que se indica en el Anexo 1.

ARTÍCULO 25. JORNADA A TRIPLE TURNO. Todo funcionario sujeto a

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triple turno rotatorio en procesos productivos ininterrumpidos durante las veinticuatrohoras, percibirá la cantidad mensual que se indica en el Anexo 1, en razón de lasespeciales características del trabajo en régimen de triple turno y a las modificacionesque comportan en el régimen de jornada y descansos.

ARTÍCULO 26. RÉGIMEN DE DESCANSOS ESPECIALES. La mayorpenosidad que comporta un régimen de descanso semanal no coincidente con domingoso festivos legalmente establecidos, determinará el percibo de la cantidad que se indicaen el Anexo 1 según el número de domingos o festivos que se trabajen al mes. A los solosefectos de este artículo, el trabajo en sábado se considerará festivo para los funcionariosadscritos a los Centros de trabajo de la Casa de Baños y Mercado Central, sin perjuiciode otros supuestos que determine la Comisión Paritaria.

ARTÍCULO 27. RESPONSABILIDAD POR JEFATURA DE EQUIPO.Para aquellos puestos de trabajo en los que no esté específicamente previsto, se abonarála cantidad indicada en el Anexo 1 por la realización de funciones equivalentes acapataz. Dicho complemento retribuye, además de la realización de las tareas propiasde la categoría la dirección, supervisión y responsabilidad del trabajo asignado a unequipo. Corresponde a la Comisión Paritaria determinar si en la VPT está ya incluidala jefatura de equipo, si está será de carácter permanente o no, así como la designacióndel funcionario que percibirá dicho complemento. De no existir acuerdo lo designarála Empresa.

ARTÍCULO 28. RESPONSABILIDAD POR DIRECCIÓN DE CENTRO.Para aquellos puestos de trabajo en los que no esté específicamente previsto, se abonarála cantidad indicada en el Anexo 1 por la realización de funciones de dirección, gestióny organización de un centro de trabajo y del personal asignado a éste. Corresponde a laComisión Paritaria determinar si en la VPT está ya incluida la dirección de centro, si éstaserá de carácter permanente o no, así como la designación del funcionario que lopercibirá.

ARTÍCULO 29. RÉGIMEN DE JORNADA PARTIDA. Los funcionarioscon jornada partida que deban acudir diariamente a su trabajo en dos periodos horariosno consecutivos y con intervalo superior a dos horas percibirán la cantidad que se indicaen el Anexo 1.

ARTÍCULO 30. RÉGIMEN DE PROLONGACIÓN DE JORNADA. Elexceso de jornada sobre la prevista en el Acuerdo en cómputo anual, se retribuirá conla cantidad indicada en el Anexo 1 por mensualidad trabajada en los puestos en que asíse establezca, siendo su cuantía idéntica a la establecida para el factor dedicaciónderivado de la VPT.

ARTÍCULO 31. JORNADA DE SEIS DIAS. Retribuye la realización concarácter permanente de una jornada semanal de seis días, en la cuantía indicada en elAnexo 1.

ARTÍCULO 32. JORNADA IRREGULAR: Es una condición particular queretribuye la permanente y especial distribución de horario y jornada en cómputo anualde un puesto de trabajo, derivado de las peculiares características de la actividad de suCentro de trabajo.

La cuantía de este complemento es la indicada en el AnexoEste complemento es incompatible con los regímenes de reducción de jornada

de estudios, por familiar disminuido y lactancia y con la percepción de horas extraor-dinarias. Igualmente absorbe y compensa todos aquellos complementos que tengan suorigen en cualquier distribución de horario y/o jornada.

A los efectos de hacer efectivo este artículo los responsables de Centros debenprogramar la distribución de la jornada del personal a su cargo y comunicarla a losfuncionarios.

En los supuestos de modificación de dicha programación deberá comunicár-sela a los funcionarios afectados con una antelación mínima de tres días.

ARTÍCULO 33. RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE LAS CONDICIONESPARTICULARES DE LOS PUESTOS. La realización durante el 25% o más de lajornada dará derecho al percibo de la mitad de la cantidad y del 50 % o más al percibode la cantidad completa. La valoración con carácter fijo de determinadas condicionesy referidas a algunos puestos de trabajo, no darán lugar a derecho adquirido alguno,siendo revisables a instancia de la Corporación, de la Junta de Personal, del trabajadoro Comisión Técnica de V.P.T., previo acuerdo de la Comisión Paritaria. La valoracióny, en su caso, asignación de la concurrencia de estas condiciones particulares requeriráprevio acuerdo de la Comisión Paritaria, no pudiendo absorber el descanso semanal dedos días en un ciclo de siete, si así se establece.

ARTÍCULO 34. COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD1. El complemento de productividad retribuirá el especial rendimiento, la actividadextraordinaria y el interés e iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo.2 La apreciación de la productividad deberá realizarse en función de las circunstanciasobjetivas relacionadas directamente con el desempeño del puesto de trabajo y objetivosasignados al mismo, debiendo ser negociada en los términos del artículo 9.3. En ningún caso, las cuantías asignadas por complemento de productividad duranteun periodo de tiempo originarán ningún tipo de derecho individual respecto a lasvaloraciones o apreciaciones correspondientes a periodos sucesivos.4. Las cantidades que perciba cada empleado o empleada por este concepto serán deconocimiento público, tanto de los demás funcionario/as de la Corporación como de losrepresentantes sindicales, así como de los miembros de la Junta de Personal.

ARTÍCULO 35. DESCUENTOS EN NÓMINA. Salvo los descuentos yretenciones legalmente establecidos u ordenados judicialmente, cualquier descuentodeberá contar expresamente con la autorización personal y escrita del funcionario.

ARTÍCULO 36. INDEMNIZACIONES. En los términos de la legislaciónvigente se establecen las siguientes indemnizaciones por razón del servicio:

a).- Por manejo de fondos públicos:Los funcionarios que efectúen cobros o pagos en nombre del Excmo. Ayuntamientomanejando dinero en efectivo del que tengan que rendir cuenta, percibirán un comple-mento conforme a la escala que se contiene en el Anexo.La citada indemnización será incompatible con la valoración específica que debarealizarse en aquellos puestos de trabajo cuyo cometido principal sea efectuar tareas decobro y pago, previo dictamen de la Comisión paritaria.

En los casos en que el funcionario deba responsabilizarse de mandamientos de pagossin manejo efectivo de moneda de curso legal, la Comisión Paritaria acordará lasustitución del quebranto de moneda por un seguro con cargo a la Corporación paracubrir los riesgos derivados de estas funciones.

b).- Por asistencia en calidad de Intervención y/o Secretaría delegada:Los funcionarios que tengan la delegación de la Intervención de Fondos y/o SecretaríaGeneral para actuar en Fundaciones Municipales, Patronatos o gestión descentralizada,salvo aquellos en los que ya aparezca valorado en su complemento específico,percibirán la cantidad que se señala en el Anexo 1 por la realización de dichas funciones.Se informará puntualmente a la Comisión Paritaria de las cantidades percibidas por esteconcepto.Dicha cifra podrá reducirse a la mitad en razón al grado de complejidad y volumen delas tareas asignadas.En el caso que coincida con la jornada laboral se abonarán al cincuenta por ciento.

c).- Por desplazamiento y manutención:1.- Los funcionarios que tengan su residencia habitual fuera del término municipal ydentro del Área de la Mancomunidad de la Bahía de Cádiz, percibirán una indemniza-ción equivalente a la diferencia entre el precio del billete de transporte público regulardesde la residencia habitual y el precio del billete del transporte urbano de Cádiz, previoestudio de la documentación y en su caso, autorización de la Comisión Paritaria. En elsupuesto de tener la residencia habitual fuera de la Mancomunidad se percibirá elequivalente a la localidad de la Mancomunidad más próxima a su domicilio.Documentación que ha de presentarse:- Volante de empadronamiento familiar en el que deberá constar las personas que vivenen el mismo. Este documento deberá presentarse cada año, eliminando su concesión alos que no lo aporten en dicho plazo.- Declaración jurada de que dicha vivienda es la habitual y como tal reside más de 9meses al año en la misma.La Comisión Paritaria puede exigir la presentación de cualquier otra documentaciónque estime precisa para garantizar el efectivo cumplimiento de la residencia habitual.Cualquier variación relativa al cumplimiento de los requisitos deberá ser inmediata-mente comunicada al Servicio de personal, procediendo a su pérdida en caso deincumplimiento de cualquiera de los requisitos.La falsedad en los datos aportados al Ayuntamiento dará lugar a la exigencia deresponsabilidad disciplinaria.

2. Todos los funcionarios que en razón del puesto asignado y usando suvehículo tengan que efectuar desplazamientos diarios o de frecuente periodicidaddentro del término municipal durante la jornada de trabajo, percibirán una indemniza-ción por gastos de transporte indicada en el Anexo, en atención en que concurran conmenor o mayor intensidad las circunstancias descritas respectivamente.

Corresponderá a la Comisión Paritaria su fijación para cada puesto y lasrevisiones que procedan.

3. Los gastos o indemnizaciones por kilometraje, dietas y alojamientos seránlos establecidos en las bases de ejecución del presupuesto municipal.

ARTÍCULO 37 .GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDI-NARIOS. Las gratificaciones, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía yperiódicas en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizadosfuera de la jornada normal de trabajo. Las horas extraordinarias, con independencia desu voluntariedad, deberán limitarse a supuestos excepcionales debidamente acredita-dos. Se considerarán extraordinarias todas las realizadas excediendo la jornada detrabajo fijada semanal, salvo el exceso de las trabajadas para prevenir o repararsiniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Su importe será el establecido enAnexo 2. A final de año, la Corporación presentará a la Mesa de Negociación el cómputoanual de horas realizadas. Dicho cómputo podrá constituir en razón de su cuantía yreiteración, un factor importante para determinar la creación de nuevas plazas enplantilla.De las horas extraordinarias se irá dando cuenta al mes siguiente a la Comisión Paritaria.La realización de horas extraordinarias durante horario nocturno y/o sábados, domingoso festivos no originará derecho a la retribución prevista por nocturnidad, así comotampoco originarán el derecho a la retribución de sábado, domingo o festivo, respecti-vamente ni a la compensación en descanso. Se establece expresamente que cualquierrégimen de reducción de jornada, salvo los de verano, carnaval, Navidades y SemanaSanta, son incompatibles con la realización de servicios extraordinarios salvo en losdías de descanso semanal del funcionario. Aquellos supuestos de reducción quecualquiera de las partes considere que se excede de la finalidad para la quo e se concedeserán revisados por la Comisión Paritaria.

CAPÍTULO VI: FORMACIÓN PROFESIONAL, PROMOCIÓN CULTU-RAL, SEGURIDAD E HIGIENE

ARTÍCULO 38.- FORMACIÓN CULTURAL, SOCIAL Y DEPORTIVA.El Ayuntamiento subvencionará actividades socio-culturales y deportivas que organicela Junta de personal para los funcionarios y su unidad familiar. Igualmente, promoveráentre los funcionarios la cultura y el deporte, ofertando a los funcionarios una reducciónen las tarifas municipales de los servicios deportivos y culturales. El Ayuntamientofacilitará, en las fechas y horarios que se indiquen, el acceso gratuito o con mejoras enlas tarifas de los funcionarios municipales a las instalaciones deportivas municipales.A tal efecto se habilitarán los medios de control y acreditación que resulten necesarios.

ARTÍCULO 39.- FORMACIÓN PROFESIONAL. La formación profesionaly la promoción del personal deben atender a la necesidad de la continua preparación delos funcionarios. Se procurará formar al funcionario en los conocimientos profesionalesmínimos que posibilite una formación adecuada para poder alcanzar una superiorcategoría profesional dentro de la plantilla. Los planes y el reglamento de formación senegociarán con los representantes de los funcionarios. Para el Plan de Formación seanalizarán y valorarán las necesidades actuales del trabajador y de la Corporación. Serealizarán cursos dirigidos hacia una formación permanente del funcionario, preferen-temente en el horario laboral del empleado, en las tareas encomendadas a los distintospuestos de trabajo. Quedarán completadas en el Plan las áreas abarcadas y forma derealización; el resultado se hará constar en el expediente del trabajador y se tendrán,

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junto con otros posibles cursos realizados la aptitud y demás valoraciones objetivas parala valoración de los distintos puestos de trabajo. En aquellos cursos que se establezcancomo obligatorios y para las categorías que se determinen, la falta de asistencia y/o lano comunicación de la ausencia serán objeto de penalización. Los cursos obligatoriosque coincidan con el descanso semanal del funcionario se compensarán con dos horaspor cada hora lectiva. Cuando se realicen fuera de la jornada laboral no coincidente conel descanso semanal del funcionario el curso obligatorio será compensado hora dedescanso por hora lectiva de presencia. Cuando se trate de cursos previamenteautorizados se facilitará, siempre que el servicio lo permita y lo solicite con la antelaciónsuficiente al personal cambio de turno para la asistencia a estos cursos de formación. Seabonarán los gastos de kilometraje y dietas cuando el curso sea fuera de la localidad yeste autorizado por el Servicio de Personal. Cuando el curso sea en localidad de lamancomunidad distinta de Cádiz y se perciba la indemnización por transporte noprocederá el abono de kilometraje

ARTÍCULO 40.- SALUD LABORAL. Todos los funcionarios afectados porel presente Acuerdo tendrán derecho en la prestación de sus servicios a una proteccióneficaz en materia de Seguridad e Higiene. La Corporación vendrá obligada a facilitaruna formación práctica y adecuada en materia de Seguridad e Higiene al personalafectado por el Acuerdo, con especial referencia al personal de nuevo ingreso o cuandocambie de puesto de trabajo y tenga que aplicar nuevas técnicas que puedan ocasionarriesgos de accidente o para la salud ya sea para el propio trabajador, para sus compañeroso terceros. La Corporación, previo informe de la Comisión Paritaria, desarrollará lasprevisiones del art. 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a laadecuada implantación del servicio de prevención de riesgos. El Comité de SaludLaboral del Ayuntamiento de Cádiz, cuidará del cumplimiento de la normativa sectorialvigente en todas las dependencias y servicios municipales. Dentro del Comité de SaludLaboral se integrarán un/a Asistente Social y un/a Psicólogo/a, el Médico de laCorporación y el Técnico de Prevención de RR.LL. El Comité de Salud Laboral seconstituirá conforme a la legislación vigente. Una vez elegidos los cargos, estosconvocarán reuniones que tendrán carácter de ordinarias y extraordinarias. El Comitéde Salud Laboral, se regirá por el Reglamento de funcionamiento interno que desarrollael régimen de funcionamiento y la forma de cumplimiento de sus funciones reconocidaspor este Acuerdo y por la legislación específica en un lazo de dos meses, desde suconstitución.

Las funciones del Comité de Salud Laboral (sin perjuicio de las que establezcala legislación específica y la Comisión Paritaria) serán como mínimo las siguientes:

1. La visita de carácter periódico a todas las dependencias del Ayuntamiento.La periodicidad será como mínimo trimestral.

Si el Comité o los órganos delegados por él, para hacer estas visitas apreciasenuna posibilidad seria y grave de accidente por inobservancia de la legislación aplicableen la materia, requerirá a la Corporación por escrito en el plazo de 24 horas para queadopte las medidas oportunas que hagan desaparecer el estado de riesgo en el plazo dedos días naturales. Si el riesgo de accidente fuera inminente la paralización de lasactividades podrá ser acordada por el Comité. Tal acuerdo, deberá ser comunicado deinmediato a la Corporación y a la autoridad laboral competente en la materia, la cualanulará o ratificará la paralización acordada.

2. Elaboración de informes sobre el estado de los servicios y dependencias enel plazo máximo de diez días, después de cada visita. El informe diagnosticará lasituación y en caso necesario propondrá medidas correctoras así como su valoracióneconómica. En caso necesario esas medidas se graduarán como urgentes a corto plazoy a medio plazo.

La Corporación adoptará las medidas propuestas y/o en los plazos previstoselaborará un contrainforme con propuestas y medidas alternativas. En caso de que estassean contradictorias se elevarán a la Comisión Paritaria que resolverá sobre el mismo.

3. Elaboración del Presupuesto del Comité de Salud Laboral, para el ejerciciosiguiente.

4. Elaboración de un programa anual de formación en materia de Seguridaden cumplimiento del contenido del apartado 2 de este artículo.

5. Coadyuvar al cumplimiento de lo legislado en materia de Seguridad eHigiene en el trabajo.

6. Organizar campañas de información y sensibilidad de los funcionarios enesta materia.

7. Investigar las causas de accidentes y enfermedades y proponer la adopciónde medidas especiales en los servicios en los que los funcionarios están expuestos a unmayor grado de contaminación y otras circunstancias originarias de riesgos y todasaquellas atribuidas por la legislación vigente.

8. Durante la vigencia del Acuerdo el Ayuntamiento y el Comité se compro-meten a fomentar acciones tendentes a la defensa y promoción del medio ambienterelacionadas con el servicio (eco-auditorias, empleo de papel reciclado, medidas deahorro energético, control de residuos, etc.).

ARTÍCULO 41.- RECONOCIMIENTO MÉDICO. A petición del personalafectado por este Acuerdo se efectuará un reconocimiento médico anual, de cuyoresultado el trabajador tendrá conocimiento. El reconocimiento contendrá comomínimo:- Análisis completo de sangre y orina- Audiometría- Reconocimiento de la visión- Chequeo general con medición de la resistencia- Electrocardiograma- Controles ginecológicos- Cualesquiera otras que el Servicio de sanidad estime oportunas para un diagnosticoadecuado, incluyéndose las que sean precisas por razón de las peculiaridades de laactividad profesional del funcionario.

Si como consecuencia de este se descubriese en algún trabajador incapacidadpara el desarrollo de sus funciones, la Corporación, de mutuo Acuerdo con el empleadoprocurará destinarlo a otro puesto de trabajo en los términos previstos en el artículo 12del presente Acuerdo y condiciones específicas de la Policía local. En caso de conflicto

intervendrá como mediadora la Comisión Paritaria que analizará y propondrá lasposibles soluciones. Reconociendo el problema que para el Ayuntamiento supone elabsentismo y entendiendo que su reducción de los costes laborales, el Ayuntamiento ylos representantes de los funcionarios coinciden en la necesidad de reducir sus índices,como elemento que contribuirá positivamente, entre otros, a la mejora de la producti-vidad y del servicio. A este fin se realizarán campañas tendentes a reducir dichoabsentismo con la intervención directa de los servicios médicos del Ayuntamiento.

ARTÍCULO 42.- SERVICIOS MÉDICOS DE EMPRESA. El servicio depersonal promoverá una mayor atención y asistencia individualizada a los problemasmédicos y sociales del colectivo afectado por el Acuerdo, así como del personal enprejubilación. A tales efectos, coordinará sus actuaciones con el Área de AsuntosSociales para disponer de un diplomado en Trabajo Social, que conjuntamente con unPsicólogo/a, Médico/a, realice tareas de diagnósticos y evaluación individuales ocolectivos, medidas de apoyo a promoción de los funcionarios más necesitados. CadaCentro o Dependencia dispondrán de un botiquín de urgencias, dotados con el materialmínimo necesario a criterio de los médicos de la Corporación. Los servicios médicosvisitarán periódicamente las dependencias municipales.

ARTÍCULO 43.- ROPA DE TRABAJO, EQUIPOS DE PROTECCIÓNINDIVIDUAL Y DESGASTE DE HERRAMIENTAS. La Corporación dotará alpersonal de la ropa adecuada para desempeñar sus funciones siendo obligado su usodurante la jornada.Será apercibido por escrito el funcionario que no acuda a su puesto debidamenteequipado. Si las prendas entregadas no se conservasen durante el período de duraciónestimado, salvo los casos fortuitos no intencionados y debidamente justificados ante laComisión Paritaria, se descontará al funcionario responsable la parte proporcional desu importe. La entrega de la ropa de trabajo, se realizará en los meses de marzo y octubre,salvo causa debidamente justificada. Se facilitará medio adecuado de identificaciónpersonal y funcional a cada funcionario. Se conviene que el Ayuntamiento abonará lacuantía mensual indicada en el anexo como indemnización por desgaste de herramien-tas sólo para la categoría de Oficial, cuando se aporten al trabajo las propias herramientasy previo acuerdo de la Comisión Paritaria. El número y clase de prenda de trabajo, asícomo el equipo de protección individual se relaciona en Anexo al vigente Convenio. Lautilización de los equipos de protección individual será de uso personal y vendrándeterminados según se establezcan en las evaluaciones de riesgos laborales.

ARTÍCULO 44.- PLAN DE PENSIONES. En 2007 la aportación del Ayun-tamiento de Cádiz al Plan de Pensiones será de 39,49 euros mensuales en 12mensualidades. Esta cantidad se revalorizará anualmente para 2008, 2009 y 2010 elporcentaje que establezca la Ley de Presupuestos del Estado para las retribuciones delos funcionarios públicos. Con independencia de lo anterior el Ayuntamiento efectuaráuna aportación extraordinaria anual de 55.813,43euros para 2.007 a repartir en partesiguales entre los funcionarios con la condición de partícipes en activo. Esta cantidad serevalorizará anualmente para 2008, 2009 y 2010 el porcentaje que establezca la Ley dePresupuestos del Estado para las retribuciones de los funcionarios públicos. Laaportación de cada funcionario a dicho plan de pensiones será de un mínimo de 6 eurosmensuales en 12 mensualidades. Se creará una Oficina de Atención al usuario del Plande Pensiones dependiendo de la Comisión de Control del Plan de Pensiones con lasfunciones de atención e información a los usuarios.

CAPÍTULO VII: RETRIBUCIONES EN CASO DE ENFERMEDAD OACCIDENTE DE TRABAJO

ARTÍCULO 45.- RETRIBUCIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO.Todo funcionario en situación de baja médica derivada de accidente de trabajo percibiráel 100% del salario total percibido en el último mes anterior a la baja íntegramentetrabajado.

ARTICULO 46.- RETRIBUCIONES EN BAJA MÉDICA POR HOSPITA-LIZACIÓN. Todo funcionario en baja médica derivada de enfermedad común quesuponga hospitalización, percibirá desde el primer día el 100% del salario totalpercibido en el último mes anterior a la baja íntegramente trabajado.

ARTICULO 47.- RETRIBUCIONES DURANTE LA BAJA MÉDICA PORENFERMEDAD COMÚN. En los supuestos no contemplados en los artículos anterio-res se regirán por la legislación vigente cuando así lo determine la Comisión Paritaria,en los restantes casos se percibirá el 100% del Sueldo base mas CD, CE, CP yantigüedad, desde el primer día. La Comisión Paritaria se reserva el derecho de retiraresta mejora a la vista de los antecedentes que puedan concurrir en determinadossupuestos, con indicación de la fecha en que surta efecto.

CAPITULO VIII: AYUDAS SOCIALES Y PREMIOSARTICULO 48.- AYUDA POR CUIDADO DIRECTO DE FAMILIARES.

Todo funcionario acogido al Acuerdo percibirá la cantidad de VER ANEXO 1 ARCTpor cónyuge o cada hijo, hermano o padre disminuido físico o psíquico reconocidocomo tal por el órgano competente de la Junta de Andalucía que no desempeñe actividadretribuida y que requiera la prestación efectiva de cuidados directos por el empleado.De dicha cantidad se descontará el importe que pueda percibir el interesado por elmismo concepto como prestación pública.

La documentación a presentar será:- Solicitud del interesado.- Certificado de minusvalía.- Documentación que acredite la dependencia y la prestación de cuidados directos alfamiliar discapacitado por parte del empleado/a.- Certificación de que no percibe prestación económica por el mismo concepto en laseguridad social o Junta de Andalucía o en el caso que la perciba certificado de lacantidad percibida.

ARTÍCULO 49.- AYUDA ESCOLAR. Los funcionarios percibirán lassiguientes ayudas por hijos que estén estudiando:- Guardería, Preescolar y Primaria: VER ANEXO 1 ARCT- Secundaria (ESO.), Bachillerato, FP: VER ANEXO 1 ARCT- Universidad o equivalente (excepto doctorado): VER ANEXO 1 ARCT

Este artículo sólo será aplicable al funcionario, interino con más de un añocomo mínimo. Estas ayudas se concederán exclusivamente a los funcionarios/as en

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activo al 15 de septiembre de cada año. La ayuda escolar por enseñanza obligatoria seabonará en el mes de Agosto debiendo justificarse con posterioridad y antes de finalizarel correspondiente año en el supuesto de cambio de tramo. La no obligatoria se abonaráa lo largo previa presentación del justificante de la matrícula.

ARTÍCULO 50.- AYUDA POR NATALIDAD. Se abonará VER ANEXO 1ARCT cada hijo nacido vivo. En caso de que el padre y la madre sean funcionarios delAyuntamiento sólo se percibirá por uno de ellos.

ARTICULO 51.- AYUDA DE ESTUDIOS A LOS FUNCIONARIOS1. Se establece con carácter general para todos los funcionarios una ayuda de estudiosconsistente en el 50% de los gastos de matrícula y el 50% de los gastos de los libros detexto, hasta un tope máximo conjunto para ambos concepto de VER ANEXO 1 ARCT.Dicho tope se eleva a VER ANEXO 1 ARCT en caso de estudios de nivel universitario.Se consideran estudios universitarios los títulos oficiales expedidos por Centro Públi-cos o privados conducentes a la obtención de Licenciatura o Diplomatura Universitariao equivalente. Para obtener dicha ayuda será imprescindible la justificación documentalde tales gastos y el superar como mínimo el 50% de las asignaturas en que se hayamatriculado.2. Todo funcionario inscrito en los cursos del programa de Educación Permanente deAdultos de la Junta de Andalucía tendrán derecho a una indemnización de VERANEXO 1 ARCT a fin de curso por gastos de material didáctico. Las faltas de asistenciase justificarán oportunamente. La no asistencia injustificada durante más de dos días almes o seis días durante el curso llevará aparejada la pérdida de los derechos antescitados, salvo la superación total del curso. El presente artículo sólo será de aplicacióna los funcionarios de plantilla o interinos en plaza vacante.

ARTÍCULO 52.- PREMIOS POR ANTIGÜEDAD Y JUBILACIÓN:1.-Al cumplir los 20 años de servicios en el Ayuntamiento el funcionario percibirá concargo a la Corporación la cantidad de VER ANEXO 1 ARCT y placa conmemorativacomo premio a los servicios prestados. Al cumplir los 35 años de servicios elfuncionario percibirá la cantidad de VER ANEXO 1 ARCT y placa conmemorativa porigual motivo. Si el funcionario falleciese ese año el premio será cobrado por susherederos legales. Los funcionarios a los que falten menos de cinco años para serbeneficiarios de este premio en el momento de la jubilación recibirán las cantidadescorrespondientes y la placa si así lo acuerda la Excma. Junta de Gobierno Local. Dichascantidades se abonarán en la nómina de la mensualidad en la que se devenga el premio.2.- El funcionario que se jubile por edad con menos de 20 años de servicio en elAyuntamiento percibirá VER ANEXO 1 ARCT y placa conmemorativa y el que lo hagacon más de 20 años y menos de 35 años percibirá la cantidad de VER ANEXO 1 ARCTy placa conmemorativa siempre que no haya percibido el premio. La Corporaciónorganizará a su cargo un acto de homenaje a los funcionarios jubilados y acogidos a esteartículo durante el mes de Diciembre correspondiente. Cuando el funcionario acreditela solicitud de jubilación por edad podrá disfrutar a su elección, de una reducción de unahora al comienzo y otra al final de su jornada laboral durante un año, o una reduccióndel cincuenta por ciento de la misma ,seis meses antes de la fecha de jubilación, sinmerma de su retribución. Para el supuesto de jubilación voluntaria la citada reducciónserá del cincuenta por ciento de la jornada hasta la jubilación.

ARTÍCULO 53.- SEGURO COLECTIVO DE VIDA E INVALIDEZ. ElExcmo. Ayuntamiento cubrirá una póliza de Seguro de Vida para los funcionariosacogidos al Acuerdo por las siguientes circunstancias:- Invalidez Permanente, Total o Absoluta : 18.030.36.- Euros.- Fallecimiento: 18.030.36.- Euros.- Muerte por Accidente: : 36.060.73.- Euros.- Muerte por Accidente de Circulación: : 54.091.09.- Euros.

Se crea una Comisión compuesta por: Concejal de Personal, Concejal deHacienda, Jefe de Personal, Técnico de Contratación y Compras, Interventor, Secreta-rio, un miembro de la Junta de Personal y un representante del Comité de Empresa. Lodispuesto en este artículo sólo será de aplicación a los funcionarios de carrera e interinosen plaza vacante.

ARTÍCULO 54.- ANTICIPOS REINTEGRABLES. Los funcionarios inclui-dos en el ámbito de aplicación de este Acuerdo tendrán derecho a solicitar doce anticiposreintegrables y mensuales, previa justificación hasta un máximo de 1.800euros. Sedescontarán en 24 mensualidades si la cantidad solicitada oscila entre 601 y 1.800euros.o en doce mensualidades si no supera las 601euros, sin perjuicio de que el funcionariopueda solicitar su cancelación antes de dicho periodo . No se podrá conceder una nuevapetición hasta tanto no se haya cancelado el anticipo anterior. La Comisión Paritariavelará por el orden de prioridades de as peticiones, reservándose la facultad deintroducir excepciones debidamente justificadas. En supuesto de acreditada necesidadse tramitará con carácter de urgencia la concesión efectiva del anticipo concedido. ElAyuntamiento procurará gestionar préstamos a bajo interés para adquisición de primeravivienda o fines similares con las entidades financieras con las que habitualmentecolabora.

ARTÍCULO 55.- LETRADO. La Corporación garantizará la asistencia jurí-dica a los funcionarios que la soliciten y precisen por causa de conflictos derivados desu trabajo. El letrado será de libre elección del funcionario de entre los contratados porla Corporación. Los gastos y costas que puedan originarse, así como la fianza que puedaexigirse al funcionario, podrán ser con cargo a la Corporación, previo dictamen de laComisión Paritaria y acuerdo de la Excma. Junta de Gobierno Local.

ARTÍCULO 56.- AYUDA PARA LA RENOVACIÓN DEL PERMISO DECONDUCIR Y GASTOS DE COLEGIACIÓN1.-A los funcionarios que por razón del puesto asignado deban renovar su permiso deconducir, la Corporación les abonará los gastos de renovación, previa justificación desu importe. No será de aplicación esta ayuda sino a los funcionarios a los que se les hayaexigido en las bases de convocatoria para su ingreso dicho permiso con dictamenfavorable previo de la Comisión Paritaria. Todo funcionario conductor, que en eldesempeño de sus funciones, y en horas de trabajo, le sea retirado el permiso deconducir, será en este período adscrito a otras funciones, respetándole sus retribuciones,previo dictamen de la Comisión Paritaria, siempre que la privación del permiso no sedeba a negligencia del funcionario.

2.- La Corporación abonará los gastos de Colegiación Profesional de los funcionariospara los que resulte imprescindible la misma por razón de su puesto de trabajo.

ARTÍCULO 57.- AYUDAS PARA LAS VIUDAS/OS DE EMPLEADOS/AS MUNICIPALES. Será objeto de atención especial la situación de necesidadeconómica en que puedan quedar las viudas/os de empleados municipales al falleci-miento de éstos, especialmente si tienen a su cargo hijos menores de edad. A tal efecto,las Áreas de Servicios Sociales y de Personal efectuarán un seguimiento, durante lavigencia del presente Acuerdo, de los casos concretos que vayan planteándose conobjeto de disponer de un estudio económico para la adopción de medidas

RELACIONES SINDICALESARTÍCULO 58.- DERECHOS SINDICALES. El Ayuntamiento de Cádiz

respetará el derecho de los funcionarios a sindicarse libremente. No se podrá supeditarel empleo de un funcionario a la condición de que se afilie o renuncie a la afiliaciónsindical, ni tampoco despedir a un funcionario perjudicarlo de cualquier forma a causade su afiliación o actividad sindical.

ARTÍCULO 59.- JUNTA DE PERSONAL. Es el órgano máximo represen-tativo y colegiado, de la totalidad de los funcionarios de la Corporación.

La Junta tendrá las siguientes competencias:A.- Ser oída respectivamente como Órgano Colegiado en los supuestos en que se sigaexpediente disciplinario a uno de sus miembros o cualquier funcionario de la plantilla,quedando a salvo la audiencia del interesado.B.- Ninguno de sus miembros podrá ser trasladado de su puesto de trabajo por razonesde su actividad sindical.C.- Disponer de un número de horas mensuales de las correspondientes a su jornada detrabajo, sin disminución de sus retribuciones, para el ejercicio de sus funciones derepresentación que se fija en el equivalente a 40 horas mensuales.Los miembros de la Junta de Personal con retribuciones periódicas no contempladas enun complemento específico permanente, no derivado de circunstancias referidas a lajornada de trabajo, verán regularizado su sueldo anual en comparación con el trabajo yretribuciones anual de un funcionario de igual categoría. Dicha regularización serácompetencia de la Comisión Paritaria.D.- Por acuerdo de la Corporación y la Junta de Personal podrán acumularse las horasdisponibles por cada uno de los distintos miembros de la Junta de personal, y en su caso,de los Delegados de Personal, en uno o varios de sus componentes, sin rebasar elmáximo total, pudiendo quedar relevado o relevados del trabajo, sin perjuicio de susretribuciones. La acumulación deberá pactarse con la Corporación.Se podrán computar conjuntamente las horas sindicales de los miembros de la Junta dePersonal y sección sindical de una misma Central. El cómputo será anual, con revisiónsemestral de las horas acumuladas al fin de cada semestre.E.- Ninguno de sus miembros podrá ser sancionado o despedido durante el ejercicio desus funciones, ni en el año siguiente a su cese como consecuencia de su actividadsindical, salvo que durante dicho ejercicio incurra en algunas de las causas deresponsabilidad administrativa. En este caso, se estará a lo dispuesto en el apartado A)de este artículo.F.- La Corporación facilitará a los representantes de los funcionarios, locales y mediosnecesarios para el cumplimiento de sus funciones.Entre dichos medios se habilitarán para la Junta de Personal y Secciones Sindicaleslocales adecuados para su actividad.G.- Dispondrá en todos los Centros de trabajo de tablones de anuncios sindicales, dedimensiones suficientes y espacios visibles.H.- Participar con voz y sin voto en la Comisión Informativa del Personal a través deun portavoz asistido de otro miembro de la Junta de Personal en calidad de asesor, segúnlas materias a tratar en cada sesión.

ARTÍCULO 60.- GARANTIAS Y DERECHOS DE LA JUNTA Y DELE-GADOS SINDICALES1. Expresar individual o colegiadamente, con libertad, sus opiniones en las materiasconcernientes a la esfera de su representación, pudiendo publicar o distribuir, sinperturbar la organización del trabajo, las comunicaciones de interés sindical, profesio-nal, laboral o social que crean oportunas.2. No podrán ser discriminados en su promoción económica o profesional por razón deldesempeño de su representación durante su mandato, ni dentro del año siguiente a laexpiración del mismo, salvo revocación o dimisión.Los miembros de la Junta de Personal con retribuciones periódicas no contempladas enun complemento específico permanente, no derivada de circunstancias referidas a lajornada de trabajo, verán regularizado su sueldo anual en compensación con el trabajoy retribución anual de un funcionario de igual categoría. Dicha regularización serácompetencia de la Comisión Paritaria.3. Disponer de un número de 40 horas mensuales sin disminución de sus retribuciones,durante su jornada laboral, para ejercer las funciones de su cargo.Quedan fuera de este cómputo las horas empleadas en reuniones convocadas a peticiónde la Corporación, así como aquellas empleadas en sesiones de negociación deAcuerdo.El Presidente o Secretario o el miembro de la Junta de Personal que ésta designe estaráliberado, sin que el crédito de las horas correspondientes se computen a ningún efecto.4.- Podrán acumularse las horas disponibles por cada uno de los distintos miembros dela Junta de Personal, y en su caso de los Delegados Sindicales, en uno o varios de suscomponentes, sin rebasar el máximo total, pudiendo quedar relevado o relegado deltrabajo, sin perjuicio de sus retribuciones.La acumulación de horas en uno o varios miembros de la Junta de Personal se pactarácon especificación de la distribución horaria que se adopte.Se podrán computar las horas sindicales con carácter anual, efectuándose una revisiónde las acumuladas a fin de cada semestre.5. Ningún miembro de la Junta de Personal o Delegado Sindical podrá ser despedido osancionado durante el ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente de su cese,siempre que el despido o sanción se basen en la actuación del funcionario en el ejerciciolegal de su representación. En el caso de despido o cualquier otra sanción por supuestasfaltas graves o muy graves, deberá tramitarse expediente contradictorio en el que serán

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oídos, aparte del interesado un representante de la Junta de Personal y el Delegado delSindicato al que pertenezca. En el supuesto de despido de representantes legales de losfuncionarios, reconocido improcedente, la opción corresponderá siempre al funciona-rio, siendo obligada la readmisión si el interesado optase por ésta. Tendrá prioridad depermanencia en el puesto de trabajo respecto a los demás funcionarios en los casos detraslado a otro centro.6. Ninguno de los representantes incluidos en este artículo podrá ser trasladado de sucentro de trabajo por causa de su actividad sindical, salvo acuerdo expreso.7. En los supuestos de traslado, cambio de turno por razón del servicio, o supresión delpuesto por un Plan de Empleo que afecte al representante sindical, éste salvada suvoluntariedad tendrá prioridad de permanencia en su puesto.8. Los funcionarios elegidos para desempeñar cargos sindicales a nivel provincial,autonómicos o estatal tendrá derecho a la suspensión de su contrato con reserva delpuesto de trabajo y a que se le compute su antigüedad mientras dure el ejercicio de sucargo representativo, debiendo reincorporarse a su puesto de trabajo dentro del messiguiente a la fecha del cese.9. Se facilitará a los representantes de los funcionarios el local y medios necesarios parael cumplimiento de sus funciones.10. Se dispondrá en todos los Centros de Trabajo de tablones de anuncios sindicales, dedimensiones suficientes y en lugares visibles. Su puesta en práctica será llevada a cabopor los responsables de cada dependencia, de acuerdo con los representes de losfuncionarios.

ARTÍCULO 61.- OBLIGACIONES SINDICALES71.1 La representación legal de los funcionarios se obliga expresamente:

a) Cumplir o respetar lo pactado y negociado por la Corporación.a) Guardar sigilo profesional.c) Desarrollar labores de estudio, trabajo y asistencia a la acción sindical de losfuncionarios.d) Notificar a la Corporación cualquier cambio que se produzca en el ámbito de susórganos de representación.

71.2. El crédito de horas sindicales será empleado por los interesadosconforme a los siguientes criterios y procedimiento:1º.- Deberá constar debidamente actualizada la relación de horas sindicales asignadasa cada representante para la debida constancia en el Servicio de Personal y Centrosinteresados.2º.- El empleo de horas sindicales deberá ser preavisado con un mínimo de 48 horassalvo urgencia o causa imprevista acreditada.3º.- La salida del centro de trabajo y el regreso, en su caso, serán formalizados medianteun volante establecido al efecto donde consten los datos personales del funcionario,hora de salida y hora de regreso, en su caso.Si finaliza la jornada sin que regresara al centro, el indicado volante será entregado aldía siguiente.4º.- La Dirección de cada centro de trabajo o departamento determinará el puesto detrabajo que asuma el control material de los partes de entrada y salida.5º.- En aplicación de la legislación vigente, las horas empleadas en asistencia areuniones de órganos colegiados contempladas en los Acuerdos vigentes, negociacióncolectiva o a requerimiento expreso de la Corporación, no serán computadas en elcrédito establecido

Todo ello sin perjuicio de los controles determinados en el apartado tercero.ARTÍCULO 62.- SECCIONES SINDICALES. La Corporación reconoce la

existencia de Secciones Sindicales y la libre afiliación de los funcionarios a las mismas.Los funcionarios afiliados a una central sindical legalmente constituida podrán crear suSección Sindical. Las Secciones Sindicales con un mínimo del 10% de los votosemitidos en las elecciones a la Junta de Personal, tienen derecho a tres DelegadosSindicales; este número de Delegados Sindicales será conjunto para el personalfuncionario y laboral. Estos delegados podrán dedicarse a sus actividades sindicales ygozarán de las mismas garantías que los miembros de la Junta de Personal, disponiendode 40 horas mensuales retribuidas, para el ejercicio de sus funciones, pudiendoacumular horas sindicales de los miembros de la Junta de Personal de su propia centralsindical en los términos ya regulados.

ARTÍCULO 63.- FUNCIONES DE LOS DELEGADOS SINDICALES1. Representar y defender los intereses de las respectivas centrales sindicales y susafiliados ante la Corporación.2. Ante cualquier conflicto se le reconoce a los funcionarios el derecho de acceder a losórganos de representación de la Corporación por sí por medio de un representante de lasección sindical.3. Las Secciones Sindicales, tendrán derecho a la información previa en los cambiossubstanciales de las condiciones de trabajo que vayan a producirse. Al mismo tiempo,tienen derecho a recibir información y los datos que soliciten sobre temas relacionadoscon los funcionarios, en el ámbito de su relación laboral.4. Podrán difundir libremente publicaciones de carácter sindical en los tablones deanuncios establecidos por la Corporación en lugares que garanticen un adecuado accesopara todos los funcionarios.5. Actuar como canal de entendimiento de la Corporación en las cuestiones laboralesque afecten a sus afiliados.6. Derecho a disponer para el conjunto de su afiliados de un máximo de cinco días delicencia anual no retribuida para asistir a cursos de formación sindical, previa comuni-cación a la corporación quince días antes y condicionado a las necesidades del servicio.7. En los supuestos de sanciones por faltas graves o muy graves, las SeccionesSindicales podrán emitir informe al respecto para su consideración por la Corporación.8. Las Secciones Sindicales que acrediten más del 10% de los votos tienen derecho areunirse dentro de la jornada de trabajo y sin pérdida de sus retribuciones un total de 6horas anuales cada una.9.- Poseerán las mismas garantías y derechos reconocidos en este Acuerdo la Junta dePersonal.10.- La Corporación habilitará los medios necesarios para el descuento de las cuotasmensuales de los afiliados a los distintos sindicatos que así lo soliciten. El importe de

las cuotas se remitirá a la central sindical correspondiente.11.- Los delegados sindicales podrán renunciar a todo o parte de su crédito de horasmensuales en favor de cualquier otro representante sindical.

ARTÍCULO 64.- ASAMBLEAS1. Convocatoria. Están legitimados para convocar asamblea de funcionarios

y solicitar su autorización:a) La Junta de Personal.b) Las Secciones Sindicales con representación en la Junta de Personal siempre que larealicen conjuntamente, un mínimo de tres, para tratar temas de interés general.c) El 33% de la plantilla.

2. Requisitos formales. Serán requisitos para poder celebrar una asamblea lossiguientes:a) Se formulará con una antelación de tres días hábiles y se realizarán preferentementeal final de la jornada.b) Se señalará la hora y lugar de la celebración y el Orden del Día a tratar.c) Si en el plazo de 24 horas anteriores a la fecha de celebración de la reunión laCorporación no formulase reparo a la misma podrá celebrarse sin más. La Celebraciónde la reunión no perjudicará la prestación de los servicios.d) Cuando las reuniones hayan de tener lugar dentro de la jornada de trabajo habrán decumplirse también los siguientes requisitos:

1. Que se convoque la totalidad del colectivo de que se trate.2. Que no se rebase un total de 18 horas anuales.3. Asamblea de Centros. Cuando por trabajarse en turnos, insuficiencia de los

locales o cualquier otra circunstancia, no pueda reunirse simultáneamente toda laplantilla sin alterar el desarrollo del servicio, las diversas reuniones parciales que hayande celebrase se considerarán como una sola y fecha en el día de la primera.

ARTÍCULO 65.- PARTICIPACIÓN EN MESAS DE SUBCONTRATACIÓNDE SERVICIOS DE PERSONAL. La Junta de Personal designará un representante convoz y sin voto en las Mesas de contratación para la adjudicación de servicios que, de nosubcontratarse, se realizarían directamente por el personal de plantilla.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERASe crea una Comisión compuesta por el Ayuntamiento, en la que habrán

representantes de las Áreas de Personal e Intervención y un representante de cadasección sindical firmante del ARCT y un miembro designado por la Junta de Personal,al objeto de proceder al estudio de nueva propuesta de jubilación anticipada relativa ala posibilidad de complementar la pensión pública derivada de invalidez por enferme-dad o por jubilación anticipada. El resultado de dicho estudio se formalizará en uninforme no vinculante que será presentado antes del 31 de diciembre de 2.007.Dichoinforme se elevará a la Mesa de Negociación a los efectos de que esta evalúe laviabilidad o no de su aplicación ,y en su caso, negocie las condiciones y régimen deaplicación.

En tanto no se acuerde el nuevo régimen continuará vigente los premios dejubilación anticipada con las siguientes cantidades:A los 60 años el 170% del salario anual de su categoríaA los 61 años el 160% del salario anual de su categoríaA los 62 años el 150% del salario anual de su categoríaA los 63 años el 140% del salario anual de su categoríaA los 64 años el 130% del salario anual de su categoría

A los efectos de este artículo se considera salario anual el total de su categoríamenos gratificaciones extraordinarias, ayudas sociales e indemnizaciones que sehubiesen percibido.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDAEn el marco de lo previsto en el artículo 69 y disposición transitoria segunda de la Ley7/2007 se promoverán Planes de Empleo y/o medidas de racionalización de RecursosHumanos que impulsen y desarrollen procesos que faciliten la unificación del régimenjurídico aplicable al personal municipal en los términos que se negocien al efecto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA:De conformidad con lo dispuesto en la D. A. 21 de la Ley 30/84, y en el marco

de racionalización de recursos humanos y adecuación de funciones y categorías y traslos correspondientes estudios, se aprueba un Programa Especial de Promoción(PEP)para 2007, diferenciado del Plan de promoción interna(PEPI) que anualmente seaprueba, al objeto de permitir la promoción por concurso oposición del personalfuncionarizado, de las siguientes plazas con amortización automática de la plaza desdela que se promocione, distribuidas del siguiente modo:NÚMERO PLAZA EN PEP 20071 ............................................................................................................. TÉC. JARDINERO-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ................................................................................................. TÉC. ADVO.(CULTURA)-PEP 20071 ................................................................................................................. TÉC. TURISMO-PEP 20071 ................................................................................................. TÉC. ADVO.(CULTURA)-PEP 20071 ............................................................................................... TÉC. LENGUAJE SIGNOS-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ............................................................................................................ TÉC. GUARDERÍA-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ................................................................................................................... TÉC. FIESTAS-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ................................................................................ TÉC. POLIVALENTE(ANDAMIOS)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ................................................................................................................... TÉC. FIESTAS-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ................................................................................................................ TÉC. CULTURA-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 2007

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NÚMERO PLAZA EN PEP 20071 .......................................................................................... TÉC. ALMACÉN(CULTURA)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ............................................................................................................ TÉC. GUARDERÍA-PEP 20071 ................................................................................................................. TÉC. TURISMO-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 .......................................................................................................... TÉC. TAQUILLERO-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ............................................................................................................ TÉC. GUARDERÍA-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ....................................................................................................... TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 20071 ............................................................................................................ TÉC. GUARDERÍA-PEP 20071 ............................................................................................................ TÉC. GUARDERÍA-PEP 20071 ....................................................................................................... AUXILIAR ADMINISTRATIVO1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ................................................................................ AUXILIAR TECNICO DE FIESTAS-PEP 20071 ............................ AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO(RÉGIMEN INTERIOR)-PEP 20071 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ............................ AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO(RÉGIMEN INTERIOR)-PEP 20071 ........................................................................................................................ OFICIAL MECANICO1 ................................................................................ AUXILIAR TECNICO DE FIESTAS-PEP 20071 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(DE.100H)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ............................................................................................................ AUXILIAR DE VIGILANCIA1 ............................................................................................................................ OFICIAL ALBAÑIL1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)

El NCD de esos puestos que pertenezcan al grupo C se elevará a 18 con fechade efectos de 1 de enero de 2.009.Asimismo se incluye en el PEP 2007, diferenciadas de la relación anterior, las siguientesplazas ocupadas por personal funcionario no procedente de la funcionarización eincluidos en la Disposición Adicional Quinta (párrafo segundo) del ARCT 2.002-2.006:NÚMERO PLAZA EN PEP 2007(NO FUNCIONARIZADOS)1 ............................................................................................................................ TÉC. CONDUCTOR1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ............................................................................................................................ TÉC. CONDUCTOR1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ............................................................................................................................ TÉC. CONDUCTOR1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ...................................................... TÉC. ATENCIÓN CIUDADANO Y CENTRAL TELEFONICA1 ........................................................................................................................... TÉC. CARPINTERO1 ............................................................................................................................ TÉC. CONDUCTOR1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ............................................................................ AUXLIAR DE ALMACÉN CULTURA-PEP 20071 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ...................................................... TÉC. ATENCIÓN CIUDADANO Y CENTRAL TELEFONICA1 .............................................................................................................................. TÉC. JARDINERO1 ............................................................................................................................ TÉC. CONDUCTOR1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 .............................................................................................................................. TÉC. JARDINERO1 ........................................................................... AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED)1 .................................................................................... ENCARGADO GENERAL RÉG. INTERIOR1 .................................................................................................................. AUX. TEC. VIGILANCIA

Finalmente se incorpora al PEP 2.007 diversas plazas para la promoción defuncionarios de carrera del grupo D que no pudieron promocionar en el anterior ARCT:NÚMERO PLAZA EN PEP 20071 ........................................................................................................................... ADMINISTRATIVO2 ..................................................................................................................................... DELINEANTE4 .............................................................................................. INSPECTOR DE MEDIO AMBIENTE1 ................................................................................................ TÉCNICO GESTIÓN ESTADISTICA

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA:El personal que a consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria

Tercera de la Ley 7/2.007 resulte incluido en las denominadas Agrupaciones profesio-nales podrá acceder a otros puestos de trabajo , de acuerdo con la planificación generalde Recursos Humanos, aplicando a tal efecto previsto en la Disposición AdicionalNovena del R. D. 364 /1.995.

El acceso a la nueva categoría supondrá la aplicación retributiva correspon-diente al nuevo puesto de trabajo, absorbiendo íntegramente la anterior.

DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA:En atención a circunstancias especiales no previstas en la VPT que concurran

en concretos puestos de trabajo que pudieran crearse en el grupo C podrá asignarse el

NCD 21 .Dicha asignación será propuesta por la Comisión Técnica de VPT.DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA:El personal funcionarizado con las categorías abajo relacionadas percibirá las

siguientes cantidades mensuales en concepto de factor funcionarización a resultas de laabsorción parcial de dicho factor por el incremento experimentado en el presente textoen otros conceptos, o como consecuencia de la ejecución del Programa Especial dePromoción (PEP) para 2007:FACTOR FUNCIONARIZACIÓN Importe/mesTÉC. ELECTRICISTA.(TEATROS/G.T.FALLA) ..................................................................... 37,06TÉC. OPERADOR-CINE/ELEC.(TEATROS/G.T.FALLA) ....................................................... 37,06TÉC. ELECTRICISTA (RÉGIMEN INT.) ................................................................................... 36,91TÉC. INSTALALACIONES DEPORTIVAS ............................................................................. 208,52TÉC. TRAMOYISTA ................................................................................................................... 37,06

Dichas cantidades ya se encuentran incorporadas en el complemento especí-fico que se contienen en la Tabla salarial Anexa al presente Acuerdo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA:En el marco de lo previsto en el artículo 69 y al objeto de unificar la actual

dispersión de categorías y grupos de clasificación en el personal de vigilancia se creael puesto de Auxiliar de Vigilancia (Grupo D) único para el personal de vigilancia dela Casa consistorial, estableciéndose los mecanismos de transformación de plazas,valoración y de promoción necesarios para hacer efectiva esta previsión. A tal efectose encuentran incluidas dichas plazas en el PEP 2.007 recogido en las DisposiciónAdicional Tercera.

Este personal adscrito a la unidad de vigilancia, una vez se aplique la nuevaVPT a sus puestos de trabajo o promocionen a la categoría de Auxiliar de Vigilanciaabsorberán los complementos transitorios por diferencias de categorías así como el plusde conducción.

DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA:El abono de la parte proporcional de atrasos correspondientes a los meses de

enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2.007 se efectuará en el mes de febrero de 2.009con la actualización que la Ley de Presupuestos generales del Estado prevea para losfuncionarios públicos para 2.008 y 2.009. A estos efectos se prorratearán todos losconceptos salariales (excepto la cuantía del complemento de productividad del mes deseptiembre) y el Plan de pensiones.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA:Al objeto de homogeneizar las cantidades anualmente percibidas en las

mismas categorías profesionales y grupos/niveles entre laborales y funcionarios seactualizará las retribuciones del personal funcionario en aquellas categorías en las queexista desfase respecto a la de laboral, de modo que en cómputo anual la cuantía delconjunto total de retribuciones sean idénticas.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-Todos los conceptos regulados en el presente articulado se entienden referidos

a 2.007, incrementándose para el resto de anualidades de su vigencia conforme alincremento previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para las retribucio-nes de los funcionarios públicos.

Las cantidades previstas en el Art.53 (Seguro colectivo de vida e invalidez) seactualizarán para 2.008 un quince por ciento adicional.DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.-

El mantenimiento de la valoración de puestos de trabajo se realizará por laComisión Técnica de Prevaloración de Puestos de Trabajo conforme al Manualcorrespondiente aprobado en sesión plenaria. A estos efectos se procederá a la revisiónde la VPT de aquellos puestos de trabajo específicos que a consecuencia de las medidasy/o programas de racionalización previstos en el presente texto hayan quedadodesfasadas.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.-Las retribuciones aplicables a los funcionarios del Ayuntamiento de Cádiz no

recogidas en el presente Acuerdo serán las contenidas en la Tabla salarial para 2007, conlas siguientes particularidades:- Previa observancia de los trámites legales, y acreditado el cumplimiento de losobjetivos, se establece un complemento de productividad a abonar en el mes de abril de500euros y en septiembre de 748,01 euros individualizado para todos los funcionarios.- Los Fondos adicionales consolidados se abonarán en una paga única en enero de cadaaño, liquidándose de modo proporcional al tiempo de trabajo cuando cese la relaciónde servicios (salvo jubilaciones). El importe de dicho fondo para 2.007 es de1.167,25euros/año. Esta cantidad se actualizará anualmente de acuerdo al porcentajeque la Ley de Presupuestos generales del Estado establezca cada año para las retribu-ciones de los funcionarios públicos.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.-El personal adscrito a la Escuela Infantil Municipal afectado por el horario

especial de adaptación al curso escolar percibirá la cantidad de 72,50 euros/mes aconsecuencia de la adaptación a este horario y a las especialidades que éste requiere, asícomo por la permanencia en la dependencia durante el período de comedor escolar.

El personal de tramoya y eléctricos adscrito a la Sección de Teatros cuyocómputo anual de horas efectivamente realizadas supere el cómputo horario del puestoal que está adscrito tendrá derecho a una gratificación anual a abonar en el primertrimestre de cada año proporcional a ese exceso y no superior a 2.145.61euros.Se tomarácomo base para su abono el importe del promedio de hora extra normal y la festiva. Enel supuesto de exceso sobre esa gratificación se compensará en descanso. Este mismopersonal percibirá 192,20 euros mensuales en concepto de disponibilidad especial ypermanente, adaptación a modificaciones horarias imprevistas del programa, amplia-ción de jornadas máximas diarias y en general flexibilización del régimen general dehorario y jornada previsto en el articulado del presente ARCT.

DISPOSICIÓN FINAL QUINTA.-La aprobación del presente Acuerdo Regulador supondrá la automática

modificación de la plantilla y RPT para su adaptación. En concreto y en relación alsistema de provisión de puestos de trabajo por libre designación se le asigna a lospuestos del Grupo A que a consecuencia de la variación del NCD les corresponda por

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la aplicación de los criterios generales contenidos en el Acuerdo plenario de fecha 5 deenero de 1.999 y a los del Gr. B con NCD 24 o superior.

Asimismo:1. Dejará sin efecto el/los PEPI en aquellas plazas que aparezcan duplicadas en el PEPprevisto en la Disposición Adicional Quinta del presente texto.2. Modifica el cuadro de niveles de NCD asignado a los distintos grupos en función dela puntuación resultante de la VPT en los términos indicados en la tabla del Anexo 5

ANEXO 1: IMPORTE DE LAS CONDICIONESPARTICULARES REFERIDAS A 2.007

TOXICIDAD ........................................................................... 4,71PENOSIDAD .......................................................................... 4,71PELIGROSIDAD .................................................................... 4,71ALTURA ................................................................................. 4,71CONCURRENCIA ................................................................. 7,18MANEJO DE ESCANER UD. VIGILANCIA C. CONS. ..... 7.18NOCTURNIDAD .................................................................... 6,36NOCTURNIDAD UNIDAD VIGILANCIA ........................ 15,92DOBLE TURNO ................................................................... 59,77TRIPLE TURNO ................................................................... 81,09DESC. ESPECIALES(TRAMOS) ........................................ 39,43 .................. 77,46 .............. 140,83DIAS Y NOCHES ESPECIALES ...................................... 105,62JEFE EQUIPO ....................................................................... 72,98C.DIR. CENTROS ................................................................ 91,55JORNADA PARTIDA .......................................................... 59,77JORNADA 6 DIAS ............................................................... 74,62DESG. HERRAMIENTA ..................................................... 10,49NOCHES 24/12,31/12 y 05/01 ............................................ 105,62DÍAS ESPECIALES 25/12,01 y 06/01 ............................... 105,62FESTIVOS U. VIGILANCIA(Gr.D) .................................. 152,13FESTIVOS U. VIGILANCIA(Gr.E) .................................. 146,45PELIGROSIDAD CONDUCCIÓN ........................................ 2,89PELIGROSIDAD DUMPER ................................................ 98,94PELIGROSIDAD GRUA ..................................................... 81,83PELIGROSIDAD PALA ...................................................... 81,83PLUS TRANSPORTE(TRAMOS) ....................................... 45,84 .................. 95,47PLUS CONDUCCION ........................................................... 2,89PLUS DUMPER ..................................................................... 4,71

PROLONGACIÓN DE JORNADA (2.007)PUNTOS HORAS GRUPO

A B C D E A B C D EEU total EU total EU total EU total EU total EU mes EU mes EU mes EU mes EU mes

30 ...................... 50 ....... 697,91 ....... 639,47 ........ 576,44 ........ 513,41 ..... 492,78 ....... 58,16 ...... 53,29 ........ 48,04 ........ 42,78 ....... 41,0750 .................... 100 .... 1.395,83 .... 1.278,94 ..... 1.152,88 ..... 1.026,82 ..... 985,56 ..... 116,32 .... 106,58 ........ 96,07 ........ 85,57 ....... 82,13100 .................. 272 .... 3.796,65 .... 3.478,71 ..... 3.135,82 ..... 2.792,94 .. 2.680,72 ..... 316,39 .... 289,89 ...... 261,32 ...... 232,74 ..... 223,39150 .................. 450 .... 6.281,23 .... 5.755,21 ..... 5.187,94 ..... 4.620,67 .. 4.435,02 ..... 523,44 .... 479,60 ...... 432,33 ...... 385,06 ..... 369,59

PREMIOS, AYUDAS E INDEMNIZACIONESAYUDA POR NACIMIENTO DE HIJO ..................................................................................... 162,2AYUDA POR FAMILIAR DISMINUIDO ................................................................................ 194,63AYUDA ESCOLAR : Guardería, Preescolar y Primaria: ........................................................... 205,68AYUDA ESCOLAR: Secundaria (ESO.), FP., Bachillerato.: .................................................... 273,16AYUDA ESCOLAR: Universidad (excepto doctorado) ............................................................ 353,80EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS ....................................................................... 453,33AYUDA PARA MATRICULA Y MATERIAL DE ESTUDIOS (LIMITE MÁXIMO) .......... 271,63AYUDA PARA MATRICULA Y MATERIAL DE ESTUDIOSUNIVERSITARIOS(LIMITE MÁXIMO) ................................................................................. 387,23PREMIO DE ANTIGÜEDAD 20 AÑOS ................................................................................... 524,68PREMIO DE ANTIGÜEDAD 35 AÑOS ................................................................................... 987,68INDEMNIZACIÓN POR TRANSPORTE TRAMO BAJO ........................................................ 45,84INDEMNIZACIÓN POR TRANSPORTE TRAMO ALTO ........................................................ 95,47SECRETARÍA/ INTERVENCIÓN DELEGADA ........................................................................ 77,46

INDEMNIZACIÓN POR MANEJO DE FONDOS PÚBLICOS:DESDE 2007300,51 .............................................................................................................................................. 7,79601,01 ............................................................................................................................................ 15,581.502,53 ......................................................................................................................................... 20,783.005,06 ......................................................................................................................................... 31,166.010,12 ......................................................................................................................................... 49,7112.020,24 ....................................................................................................................................... 62,3218.030,36 ....................................................................................................................................... 71,2324.040,48 ......................................................................................................................................... 76,630.050,61 ....................................................................................................................................... 83,1136.060,73 ....................................................................................................................................... 86,8142.070,85 ....................................................................................................................................... 90,5348.080,97 ....................................................................................................................................... 92,7454.091,09 ....................................................................................................................................... 95,71A partir de 60.101.22 euros, 20.26 euros anuales por 6000 euros, con un tope máximode 236.43 euros mensuales.

ANEXO 2: GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOSA/Normales ................................................................................................................................... 23,29A/Festivas/Nocturnas .................................................................................................................... 25,41B/Normales .................................................................................................................................... 21,15B/Festivas/Nocturnas ...................................................................................................................... 23,5C/Normales .................................................................................................................................... 19,03C/Festivas/Nocturnas .................................................................................................................... 21,23C/Normales .................................................................................................................................... 16,82C/Festivas/Nocturnas .................................................................................................................... 19,02E/Normales .................................................................................................................................... 16,11E/Festivas/Nocturnas ..................................................................................................................... 18,31* Las relacionadas como festivas/nocturnas se abonarán cuando se realicen en festivos,domingos o en período nocturno, absorbiendo cualquier recargo derivado de dichascircunstancias.

ANEXO 3: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA POLICIA LOCAL1º Condición de nocturnidad.

1.1 Con objeto de adecuar las retribuciones y, concretamente, el complemento especí-

fico de la Policía Local a las características de su organización queda suprimido lacondición por realización del triple turno rotatorio.La condición de nocturnidad, referido exclusivamente a la Policía Local se fija en 25,06euros para 2007.Se entiende por período nocturno el contemplado entre las 23 horas y las 7 horas.La adscripción al turno de noche se realizará contando con todo el personal de 6x4,haciéndose con carácter voluntario en primer lugar, y en su defecto el número de agentesnecesarios para atender las necesidades planteadas se cubriría por rotación obligatoriadentro del cupo de cada sección

2º Gratificación por servicios extraordinarios de la Policía Local por asisten-cia a citaciones judiciales y criterios de abonos y gastos de manutención.

2.1 Asistencia o comparecencia derivadas de citaciones judiciales:a) La comparecencia en juzgados y tribunales, previa citación con indicación de día yhora determinada para asistir a juicio se compensará con 47,76 Euros cuando se celebreen hora de descanso normal, y con 47,76 Euros y 2 horas de descanso compensatoriocuando se celebre en día de descanso semanal del funcionario. Si se acumulasen en unmismo día más de dos comparecencias el tope de descanso compensatorio será en todocaso, de ocho horas. No obstante y por motivos de descanso, cuando el funcionario tengaque acudir al juicio estando saliente del turno de noche y el servicio lo permita se retirarácuatro horas antes.Estas compensaciones tendrán lugar cuando el funcionario deba comparecer en períodode descanso, pero no cuando se encuentra en baja médica debidamente documentada.Al funcionario que le coincida la finalización de una asistencia judicial con el horariode entrada en su turno ordinario se le concede retrasar la incorporación a su turno unmáximo de 90 minutos, de forma que se garantiza que habrá ese tiempo entre lafinalización de la comparecencia y la incorporación a su turno de trabajo. No procederá,en consecuencia, dicho aplazamiento si entre la finalización de la comparecencia y lahora de inicio media ya ese período mínimo de descanso.

b) La Jefatura de Policía se compromete a gestionar ante los juzgados ytribunales que las citaciones restantes se tramiten sin indicación expresa de día y hora,para que puedan ser atendidas en días de servicio, así como a devolver las citaciones parafuncionarios en vacaciones haciendo constar dicha circunstancia.

c) Las horas acumuladas por estas comparecencias se disfrutarán preferente-mente en cómputo de ocho, equivalentes a un día de trabajo, en plazo no superior a losdoce meses siguientes desde su devengo.

2.2 Criterios para el cómputo de fracciones de horas, retribución de lanocturnidad y pago de dietas.

a) Toda fracción de tiempo inferior o igual a 30 minutos desde que se comienzaa prestar servicios extraordinarios no será retribuida como hora extraordinaria.

b) La realización de horas extraordinarias durante la noche, entre las 22 horasy las 7 horas, no origina derecho a la retribución por nocturnidad.

c) Se conviene que ningún policía podrá realizar más de 16 horas de servicioen un día, respetándose el tiempo mínimo de descanso previsto en la normativa vigenteentre jornadas.

d) Los gastos de manutención son los establecidos en las bases de ejecucióndel Presupuesto. Los cómputos de medias dietas se efectúan del siguiente modo:- En servicios extraordinarios: Cuando se adelanten la entrada un mínimo de 1 horasobre la hora del cambio de turno normal establecido para su categoría o en su caso delcorrespondiente a las funciones efectivamente realizadas.- En servicios ordinarios: cuando se atrase la salida un mínimo de 90 minutos sobre lahora del cambio de turno normal establecido para su categoría o en su caso delcorrespondiente a las funciones efectivamente realizadas.- En servicios ordinarios: cuando se adelanten un mínimo de dos horas y media sobrela hora de cambio del turno normal establecido para su categoría o en su caso delcorrespondiente a las funciones efectivamente realizadas.Si entre la finalización de un servicio ordinario y/o el inicio de uno extraordinario y/oviceversa transcurre un máximo de 60 minutos como máximo se generará el abono demedia dieta hasta un máximo de 50 medias dietas anuales.

3º Patrulla Bravo, Charly, escoltas.A los policías destinados en la Patrulla Bravo, Charly y escoltas se les abonará,

en concepto de productividad, las cantidades que se indican en las siguientes tablas.Dichas cantidades retribuyen la realización de horarios especiales y prolongaciones dejornada. Se dotará de ropa de paisano al personal de la patrulla bravo y escoltas conarreglo al régimen del resto de la policía.

Se contará con personal voluntario para dichas patrullas.Concepto Importe mesPRODUCTIVIDAD BRAVO/CHARLY ..................................................................................... 301,3PRODUCTIVIDAD ESCOLTA ................................................................................................. 436,58

4º Patrulla unipersonal.Las patrullas unipersonales prestarán los servicios individualmente. Se con-

tará con personal voluntario hasta un máximo de 50 efectivos, abonándosele en atencióna las circunstancias particulares del servicio y en concepto de productividad las mismascantidades que para la patrulla bravo.Dada la peligrosidad del servicio unipersonal queda establecido un protocolo deseguridad en acta aparte integrante del ARCT.Estas patrullas estarán compuestas por: Patrullas de barrios motorizadas, motoristas detráfico, servicio de grúa, Plaza de San Juan de Dios y otros espacios públicos que alefecto se acuerden.Con carácter general prestarán sus servicios en dobles turnos de mañana y tarde de lunesa viernes, excepto festivos, en jornadas de siete horas en el mismo cómputo anual delresto de policías.Al personal de las patrullas unipersonales adscrito a policía de barrios y motoristas sele podrá cambiar su régimen ordinario de descanso en sábado y domingo y trabajar, enfunción de las necesidades del servicio, un fin de semana completo al mes, variando deeste modo el régimen 5 x2 durante esa semana. La prestación efectiva de dicho servicioel fin de semana completo será compensada con 70 euros y los dos días correspondientesde descanso. Esta posibilidad se aplicará a partir de la implantación del nuevo períodoorganizativo de dos años. A efectos de la voluntariedad se abrirá un plazo de

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presentación de solicitudes de los que voluntariamente se quieran coger a este sistema,recogiéndose en acta aparte las condiciones de acceso y prestación.

5º Condiciones de los puestos adscritos al sistema de trabajo 6x4El personal adscrito al sistema de trabajo de 6X4:

1. Percibirá la cantidad indicada en la tabla del ANEXO 5 en concepto de productividad.2. Percibirá la cantidad de 929.52euros/año en cómputo anual, que se devengarámensualmente, a consecuencia del trabajo rotatorio habitual en domingos y festivo.3. Le será de aplicación el régimen general de compensación de festivos previsto en elManual de jornadas, permisos, licencias y vacaciones, exceptuándose los festivosespecialmente retribuidos recogidos (días y noches especiales) en el Anexo 1 delpresente texto.4. En función de las necesidades del servicio se le podrá variar el régimen de turnoseliminando la nocturnidad en jornadas concretas (exceptuando noches de viernes,sábado y de víspera de festivo) asignándole turno de mañana o tarde de esa jornada,percibiendo por la variación de cada jornada la cantidad 25,06 euros para 2007. Estaposibilidad se aplicará a partir de la implantación del nuevo período organizativo de dosaños quedando excluido el grupo charlie y bravo por estar dicho concepto ya incluidoen sus retribuciones. A efectos de la voluntariedad se abrirá un plazo de presentaciónde solicitudes de los que voluntariamente se quieran acoger a este sistema, recogiéndoseen acta aparte las condiciones de acceso y prestación

6º Condición de especial dedicación.La realización de la jornada especial prevista para la Policía Local, 40 horas

semanales, en cómputo anual y por la diferencia de jornada con el resto de funcionarios,será valorada con una cuantía de 1.785,28 euros /año mas una compensación horaria de20 horas anuales. Se abonará en el mes de marzo.

La citada condición se percibirá al estar en activo en plantilla desde el 1 deenero del respectivo año y mientras efectúe la jornada anual convenida y seráproporcional al tiempo trabajado, no obstante al personal jubilado no se le detraerácantidad alguna por este motivo al jubilarse.

7º Prestación de servicios en las Playas.Los firmantes del Acuerdo garantizan que los servicios de verano en las Playas nogenerarán horas extraordinarias. A tal efecto la prestación de servicios en las Playas serealizará por las patrullas unipersonales de barrio, y/o por el personal perteneciente a losgrupos a que se hace referencia en el punto 3º de este Anexo, además de por aquellosotros efectivos que, no perteneciendo a los grupos anteriormente mencionados, volun-tariamente deseen prestar estos servicios; todo ello sin detrimento grave de la prestaciónde los servicios ordinarios de la Policía Local. El servicio se realizará en parejas y enjornada de dos días de trabajo por dos de descanso en jornadas de nueve horas y media.

8º Servicios y condiciones generales- La adscripción para los fines de semana y festivos se realizará contando obligatoria-mente con todo el personal de las diferentes secciones que estén sometidos al régimende descansos especiales. La no realización de éste régimen ocasionará automáticamentela revisión del complemento específico. En todo caso se garantizará el número deagentes necesarios para atender las necesidades planteadas, cubriéndose por rotaciónobligatoria dentro del cupo de cada sección.- Las cantidades en concepto de productividad que recogen los apartados tres y cuatrodel presente Anexo (Patrulla Bravo, Charly, escoltas y Patrulla unipersonal) sepercibirán exclusivamente por la realización efectiva de esos servicios, exceptuándosede la aplicación de los artículos 45 a 47.- Por seguridad, y salvo la patrulla unipersonal los servicios se realizarán por parejas.- El catálogo de las diferentes secciones, puestos de primera y segunda actividad,horarios, turnos, y criterios para el cambio de secciones se recogen en acta aparte.- La cantidad percibida por los Oficiales de policía cuando realicen funciones de Jefede turno, en servicios ordinarios y extraordinarios, será de 11,53euros por jornadacompleta.- El personal de las categorías de policía, oficial y subinspector que pase a situaciónpermanente (no temporal) de segunda actividad de acuerdo al Decreto 135/2.003 de laJunta de Andalucía:- Si el pase es por disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de lafunción policial: Podrá desempeñar sus funciones en un puesto adscrito al 6x4 ovoluntariamente al 5x2 de acuerdo a las necesidades organizativas de la Policía Local.En el supuesto de que no existiesen puestos suficientes de segunda actividad de 6x4 seles aplicará el régimen previsto para el cumplimiento de la edad.- Si el pase es por cumplimiento de la edad: salvo que con carácter voluntario quieranadscribirse al sistema del 6x4, en el supuesto de adscripción al 5x2 le será de aplicaciónel Art. 12 del presente texto, pudiendo desarrollar estas actividades en puestos que norequieran una actividad policial operativa. Se unos establecerán los criterios generalesde acceso a esta situación.

9º A los efectos de garantizar una adecuada e integral adquisición de experien-cia en el proceso de formación de los policías locales de nuevo ingreso, se procurará,en la medida que la organización de los servicios lo permita, que los policías de nuevoingreso desempeñen funciones policiales propias de los distintos grupos de trabajo queintegran el Cuerpo de la policía Local.

ANEXO 4: ROPA DE TRABAJOCATEGORIA INVIERNO DURACION VERANO DURACIONCAPATAZ 1 Pantalón vestir gris ............................ 1 año 1 Pantalón vestir gris ............................ 1 añoVIAS Y OBRAS 2 Camisas mangas largas ...................... 1 año 2 Camisas mangas cortas ..................... 1 añoY TRÁFICO Celeste ................................................... celeste

1 Par zapatos vestir negros ................... 1 año 1 Par zapatos vestir negros ................... 1 año1 Chaquetón (lana interior) 3 años1 Jersey azul pico .................................. 1 año

CONSERJES 1 Traje chaqueta azul ............................ 2 años 1 Pantalón o falda vestir ..................... 2 años(pantalón o falda)2 Camisas mangas largas ...................... 1 año 2 Camisas mangas cortas ..................... 1 año

MASCULINO blancas .................................................. celestesY 2 Par calcetines o medias negros .......... 1 año 2 Par calcetines negros ......................... 1 año

1 Corbata azul marino* ......................... 1 año 1 Par zapatos negros ............................. 1 añoFEMENINO 1 Par zapatos negros ............................. 1 año 1 Jersey azul pico ................................. 1 año

1 Chaquetón (lana interior) 3 añosPERSONAL 1 Pantalón azul de faena ....................... 1 año Pantalón azul faena ............................... 1 año

CATEGORIA INVIERNO DURACION VERANO DURACIONOPERARIO 2 Camisas mangas legar ........................ 1 año 2 Camisas mangas cortas ..................... 1 año(Técnico,Aux Téc. Ayte., celestes .................................................. celestesEspta. y Peón) (1) 1 Par botas ............................................. 1 año 1 Par zapatos ......................................... 1 año

.............................................................. 1 Gorra azul c/visera ............................ 1 año1 Chaquetón .......................................... 3 años 1 Chaquetilla azul pico ......................... 1 año

PERSONAL 1 Bata manga larga blanca .................... 1 año 1 Bata manga corta blanca ................... 1 año1 Delantal hule ...................................... 1 año 1 Delantal tela ....................................... 1 año

COCINA 1 Redecilla pelo .................................... 1 año 1 Redecilla pelo .................................... 1 año1 Par zuecos corcho azul ....................... 1 año 1 Par zuecos corcho azul ...................... 1 año1 Pijama sanitario o limpieza ................ 1 año 1 Pijama sanitario o limpiezamanga corta celeste ............................... manga corta celeste .............................. 1 año

LIMPIADORA 2 Pares medias ...................................... 1 año 1 Par zuecos suela de goma .................. 1 año1 Par zuecos suela de goma .................. 1 año 1 Rebeca azul ....................................... 1 año1 Traje chaqueta de ............................... 2 años 1 Pantalón azul vestir ......................... 2 añoscazadora azul ........................................ 1 año 2 Camisas m.c. celeste ......................... 1 año

GUARDA 2 Camisas m.l. celeste ........................... 1 año 2 Pares calcetines negros ...................... 1 añoY 2 Pares calcetines negros ...................... 1 año 1 Par zapatos negros ............................. 1 añoSEGURIDAD 1 Par zapatos negros ............................. 1 año 1 Corbata azul ....................................... 1 año

1 Corbata azul ....................................... 1 año1 Chaquetón azul .................................. 3 años1 Traje Chaqueta azul con .................... 2 años 1 Pantalón vestir azul ......................... 2 añoschaq. Cremallera y ................................ sin rayas ................................................ 1 añopantalón sin rayas ................................. 2 Camisas m.c. beige ............................ 1 año

GUARDA 2 Camisas m.l. celeste ........................... 1 año 1 Corbata azul ....................................... 1 añoJARDIN 1 Corbata verde ..................................... 1 año 2 Pares calcetines negros ...................... 1 año

2 Pares calcetines negros ...................... 1 año 1 Par zapatos negros ............................. 1 año1 Par zapatos negros cosidos ................ 1 año cosidos1 Gorra plato ......................................... 1 año 1 Jersey pico azul ................................. 1 año1 Chaquetón .......................................... 3 años

CATEGORIA INVIERNO DURACION VERANO DURACIONPERSONAL 1 Pantalón negro faena .......................... 1 año 1 Pantalón negro faena ......................... 1 añoFALLA EN 2 Jerseys m.l. negro .............................. 1 año 2 Camisas negras .................................. 1 añoTIEMPO DE 1 Sudadera negra ................................... 1 año 1 Par zapatos negros ............................. 1 añoFUNCION 1 Par zapatos negros ............................. 1 añoJEFE DE Ropa trabajo como Personal OperarioSALA Ropa de función:

1 Traje chaqueta negro .......................... 2 años 1 Pantalón vestir negro ....................... 2 años2 Camisas m.l. blancas .......................... 1 año 2 Camisas m.c. blanca .......................... 1 año2 Pares calcetines negros ...................... 1 año 2 Pares calcetines negros ...................... 1 año1 Corbata negra ..................................... 1 año 1 Corbata negra .................................... 1 año1 Par zapatos negros vestir ................... 1 año 1 Par zapatos negros vestir ................... 1 año1 Chaquetón .......................................... 3 años

TECNICO Y 1 Bata m.l. rayas rosa ............................ 2 años 1 Bata m.c. rayas rosa ......................... 2 añosAUXILIAR 1 Chandal .............................................. 2 años 1 Chándal ........................................... 2 añosJARDIN 2 Pares medias ...................................... 1 año 1 Par zuecos corcho azul ...................... 1 añoINFANCIA 1 Par Tenis ............................................ 2 años 1 Par Tenis .......................................... 2 años

1 Par zuecos corcho azul ....................... 1 año 1 Rebeca azul ....................................... 1 añoPERSONAL 1 Bata blanca manga larga .................... 1 año 1 Bata blanca manga corta ................... 1 añoARCHIVOTÉCNICO 1 Traje chaqueta azul ............................ 2 años 1 Traje chaqueta azul ......................... 2 añosCONDUCTOR 2 Camisas m.l. celeste ........................... 1 año 2 Camisas m.c. celeste ......................... 1 añoALCALDÍA 2 Pares calcetines negros ...................... 1 año 2 Pares calcetines negros ...................... 1 año

1 Corbata negra ..................................... 1 año 1 Corbata negra .................................... 1 año1 Par zapatos negros vestir ................... 1 año 1 Par zapatos negros vestir ................... 1 año1 Chaquetón .......................................... 3 años

Nota: Al personal de Limpieza y Parques y Jardines se les dará también botas de aguacada 2 años

Al personal que tenga asignado corbata se le dotará de un pisa corbatas.La ropa de trabajo llevará la identificación como personal municipal.El personal adscrito a la oficina de Atención al Ciudadano, de Turismo y de

la Inspección de Limpieza llevará la ropa de trabajo que se estime precisa y adecuadaen función de las necesidades organizativas propias de ambas delegaciones.(1) ELECTRICIDAD ......................................................... - El pantalón es el especial de bomberos.

- Las botas y zapatos de seguridad aislantes.MECANICA Y HERRERÍA ............................................................. - Las camisas de color azul.ALQUITRANADO ............................................................... - Botas y zapatos de alquitranador.CONDUCCIÓN ............................................................. - Zapatos, en vez de botas, en invierno.PINTORES Y PEONES DE PLAYAS .................... - Zapatillas de deportes, en vez de zapatos.REGIMÉN INTERIOR .......................................................... - La ropa de trabajo será un mono.LIMPIADORA PLAYAS. ................................................... - La bata es de rayas blanca-celeste.

La ropa de trabajo de la Policía Local será propuesta por una Comisiónformada por un miembro de cada sección sindical firmante del Acuerdo, un técnico delServicio de Contratación y otro de la Jefatura de la Policía, así como un miembro de laJunta de Personal.- La corbata de subalternos solo se exigirá en verano para actos protocolarios- La ropa de trabajo de las funcionarias se ajustará a las necesidades y particularidadespropias de prestación del servicio.

ANEXO 5: RELACIÓN DE RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIASC.E(resto C.E(factor C.E.MES

PUESTO G factores) Ded) (todos fact.) C.PR2007SECRETARIO ......................................................................................................... A ....... 1.193,68 ......... 523,44 ........ 1.717,12 ........ 1499,93INTERVENTOR ...................................................................................................... A ....... 1.193,68 ......... 523,44 ........ 1.717,12 .......... 857,11TESORERA ............................................................................................................. A ....... 1.193,68 ......... 523,44 ........ 1.717,12 .......... 857,11DIRECTOR DE AREA ........................................................................................... A ....... 1.193,68 ......... 523,44 ........ 1.717,12 .......... 857,11JEFE SERVICIO SECRETARÍA GENERAL ........................................................ A .......... 967,30 ......... 523,44 ........ 1.490,74 .......... 432,74DIRECTOR AREA DE URBANISMO .................................................................. A ....... 1.042,76 ......... 523,44 ........ 1.566,20 .......... 432,74JEFE SERVICIO DE PERSONAL ......................................................................... A ....... 1.042,76 ......... 523,44 ........ 1.566,20 .......... 432,74LETRADO-COORDINADOR (AS. JURÍDICA) ................................................... A .......... 891,84 ......... 523,44 ........ 1.415,28 .......... 432,74JEFE SERVICIO URBANISTICO .......................................................................... A .......... 967,30 ......... 316,39 ........ 1.283,69 .......... 432,74JEFE SERV. GEST. E INSP. TRIBUTARIA ......................................................... A ....... 1.042,76 ......... 316,39 ........ 1.359,15 .......... 432,74JEFE SERVICIO ASUNTOS SOCIALES .............................................................. A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74JEFE SERVICIO DE INTERVENCION ................................................................ A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74DIRECTOR DE JUVENTUD Y DEPORTES ........................................................ A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74 RECAUDADOR EJECUTIVO .............................................................................. A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74DIRECTOR DE CULTURA ................................................................................... A .......... 816,39 ......... 316,39 ........ 1.132,77 .......... 432,74JEFE OFICINA TECNICA DE PROYECTOS ....................................................... A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74 JEFE SERVICIO CONTRAT. Y COMPRAS ........................................................ A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 432,74DTOR. FOMENTO Y PROGRAM. EUROPEOS .................................................. A .......... 816,39 ......... 316,39 ........ 1.132,77 .......... 432,74DTOR. TURISMO ................................................................................................... A .......... 816,39 ......... 316,39 ........ 1.132,77 .......... 432,74GERENTE IFEF ...................................................................................................... A .......... 967,30 ......... 316,39 ........ 1.283,69 .......... 432,74ADJUNTO JEFE SERVICIO INSPECCION TRIBUTARIA ................................ A .......... 816,39 ......... 116,32 ........... 932,70 .......... 384,59JEFE GABINETE PRENSA (F.E.) ......................................................................... A .......... 816,39 ......... 116,32 ........... 932,70 .......... 384,59DIRECTOR DE TRAFICO Y P. CIVIL ................................................................. A .......... 740,93 ......... 316,39 ........ 1.057,31 .......... 384,59TECNICO S. CONTABILIDAD(INTERVENCIÓN) ............................................ A .......... 740,93 ......... 316,39 ........ 1.057,31 .......... 384,59TECNICO S. ECONOMISTA(INTERVENCIÓN) ................................................ A .......... 740,93 ......... 316,39 ........ 1.057,31 .......... 384,59JEFE SECCION TEC. PLANEAMIENTO Y GEST .............................................. A .......... 740,93 ......... 116,32 ........... 857,24 .......... 328,71JEFE SECCION TEC. CONTROL Y D. URBANIST. ........................................... A .......... 740,93 ......... 116,32 ........... 857,24 .......... 328,71JEFE SECCION ADMINISTRATIVA URBANISMO .......................................... A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71

Page 13: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 15

JEFE SECCION DE ARCHIVOS ........................................................................... A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71ADJUNTA JEFE SERVICIO DE AA .SS .............................................................. A .......... 740,93 ......... 116,32 ........... 857,24 .......... 328,71JEFE SECCION BIBLIOTECAS ............................................................................ A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71JEFE SECCION MUSEOS ...................................................................................... A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71TECNICO SUPERIOR DE GESTION .................................................................... A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71JEFE SERVICIO SANIDAD .................................................................................. A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71JEFE SECCION TPTES, VIAS PUBLICAS Y MULTAS ..................................... A .......... 740,93 ......... 316,39 ........... 857,24 .......... 328,71GERENTE F. M. MUJER ....................................................................................... A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 384,59JEFE SECCIÓN TEATROS .................................................................................... A .......... 740,93 ......... 316,39 ........ 1.057,31 .......... 328,71ARQUITECTO ........................................................................................................ A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71MEDICO .................................................................................................................. A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71TECNICO SUPERIOR DESARROLLO LOCAL .................................................. A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71LETRADA ASESORA ............................................................................................ A .......... 590,01 ......... 116,32 ........... 706,33 .......... 328,71PSICOLOGA ........................................................................................................... A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71INGENIERO DE CAMINOS .................................................................................. A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71TECNICO SUPERIOR DE JUVENTUD ................................................................ A .......... 590,01 ......... 116,32 ........... 706,33 .......... 328,71TECNICO SUPERIOR ECONOMISTA(FOMENTO) ........................................... A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71VETERINARIA ....................................................................................................... A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71T. SUPERIOR (F. E.) .............................................................................................. A .......... 514,55 ........... 58,16 ........... 572,71 .......... 328,71INGENIERO INDUSTRIAL ................................................................................... A .......... 665,47 ......... 116,32 ........... 781,79 .......... 328,71TAG BASE .............................................................................................................. A .......... 590,01 ........... 58,16 ........... 648,17 .......... 328,71TÉC. GENÉR. FUNC. INT. Art. 10,1 c) y d) EBEP ............................................... A .......... 514,55 ........... 58,16 ........... 572,71 .......... 262,97TECNICO GESTION DE TURISMO ..................................................................... B .......... 540,69 ......... 289,89 ........... 830,58 .......... 280,06INGENIERO T. AGRÍCOLA(OFICINA TÉCNICA) ............................................ B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 280,06DIRECTOR DE VIAS Y OBRAS Y EQUIPAMIENTO URBANO ...................... B .......... 683,89 ......... 289,89 ........... 973,78 .......... 280,06JEFE SECCIÓN ADMÓN. PERSONAL ................................................................ B .......... 683,89 ......... 289,89 ........... 973,78 .......... 280,06INGENIERO T. INDUSTRIAL(MEDIO AMBIENTE) ......................................... B .......... 612,59 ......... 106,58 ........... 719,16 .......... 280,06INGENIERO T. INDUSTRIAL(TRÁFICO) ........................................................... B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 280,06TECNICO GESTION CULTURA .......................................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89INGENIERO T. INDUSTRIAL(URBANISMO) .................................................... B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 272,89APAREJADOR(CONTROL Y DISCIPLINA URBANÍSTICA) ........................... B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 272,89APAREJADOR(OFICINA TÉCNICA) .................................................................. B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 272,89INGENIERO TCO. OBRAS PUBLICAS ............................................................... B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 272,89COORDINADORA (A. SOCIALES) ...................................................................... B .......... 755,78 ......... 289,89 ........ 1.045,67 .......... 272,89ASISTENTE SOCIAL ............................................................................................. B .......... 576,34 .................................. 576,34 .......... 272,89TEC. MEDIO GESTION(DROGAS) ...................................................................... B .......... 468,80 ........... 53,29 ........... 522,09 .......... 272,89TEC. PREVENCION RR. LL .................................................................................. B .......... 468,80 ......... 106,58 ........... 575,38 .......... 272,89TÉCNICO MEDIO INFORMÁTICO ..................................................................... B .......... 468,80 ........... 53,29 ........... 522,09 .......... 272,89TÉCNICO MEDIO FMM ........................................................................................ B .......... 468,80 ........... 53,29 ........... 522,09 .......... 272,89 TCO GESTION ...................................................................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89 D .U. E. ................................................................................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89TECNICO GESTION HACIENDA ........................................................................ B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89JEFE DPTO. GESTIÓN HACIENDA .................................................................... B .......... 648,24 ......... 289,89 ........... 938,13 .......... 272,89JEFE NEGOC. ADMÓN. PERSONAL(FMC) ....................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89JEFE NEGOC. ADMÓN. PERSONAL(PERSONAL) ........................................... B .......... 576,34 ......... 106,58 ........... 682,92 .......... 280.06 TECNICO GESTION ENSEÑANZA .................................................................... B .......... 468,80 ........... 53,29 ........... 522,09 .......... 272,89DIRECTOR/A ESCUELA INFANTIL M. .............................................................. B .......... 505,04 ........... 53,29 ........... 558,33 .......... 272,89MAESTRA-PROFESORA ...................................................................................... B .......... 505,04 .................................. 505,04 .......... 272,89AYUDANTE ARCHIVO Y BIBLIOTECA ............................................................ B .......... 505,04 .................................. 505,04 .......... 272,89TEC. GESTIÓN BASE(PEP) .................................................................................. B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89TEC. GESTIÓN BASE(PEP-2) ............................................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89TEC. GESTIÓN BASE(PRESIDENCIA) ............................................................... B .......... 540,69 ........... 53,29 ........... 593,98 .......... 272,89DIRECTOR II. DD. MUNICIPALES ..................................................................... B .......... 667,37 ......... 106,58 ........... 773,94 .......... 272,89TÉC. MEDIO (DEPORTE-GERENCIA C. POLI.) ................................................ B .......... 595,47 ........... 53,29 ........... 648,76 .......... 272,89TÉC. MEDIO(COMERCIO) ................................................................................... B .......... 468,80 ........... 53,29 ........... 522,09 .......... 272,89TÉC. MEDIO (TRÁFICO Y PROTECC. CIVIL) ................................................... B .......... 468,80 .................................. 468,80 .......... 272,89 TCO GESTION(ESTADÍSTICA) .......................................................................... B .......... 468,80 ......... 106,58 ........... 575,38 .......... 272,89TÉC. MEDIO LIMPIEZA ....................................................................................... B .......... 468,80 .................................. 468,80 .......... 272,89TÉC. GENÉR. FUNC. INT. Art. 10,1 c) y d) EBEP ............................................... B .......... 468,80 .................................. 468,80 .......... 218,31ADTVO. JEFE NEGOCIADO NÓMINAS Y ACTAS VPT00 .............................. C .......... 491,97 ......... 308,42 ........... 800,39 .......... 272,80 DELINEANTE JEFE .............................................................................................. C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 272,80JEFE NEGOCIADO AUX. FISCAL ....................................................................... C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 272,80ADTVO. JEFE NEGOCIADO PEP-01 ................................................................... C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 272,80ADTVO. JEFE NEGOCIADO-VPT00 ................................................................... C .......... 491,97 ........... 96,07 ........... 588,04 .......... 272,80ADTVO JEFE NEGOCIADO MERCADO ............................................................ C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 272,80COORDINADOR/A AREA ALCALDIA-PRESIDENCIA ................................... C .......... 654,85 ......... 261,32 ........... 916,17 .......... 272,80COORDINADOR PROTECCION CIVIL .............................................................. C .......... 415,32 ......... 261,32 ........... 676,64 .......... 272,80COORDINADOR INSPECC .LIMPIEZA-M-AMBIENTE ................................... C ........ 792,062 ........... 61,32 ........ 1.053,38 .......... 272,80INSPECTOR TECNICO DE CONSUMO .............................................................. C .......... 530,00 ........... 48,04 ........... 578,03 .......... 339,92INSPECTOR DE MEDIO AMBIENTE .................................................................. C .......... 377,30 ......... 261,32 ........... 638,61 .......... 260,08ADMINISTRATIVO ............................................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99ADMINISTRATIVO NÓMINAS ........................................................................... C .......... 377,30 ......... 261,32 ........... 638,61 .......... 240,99ADMINISTRATIVO ALCALDÍA/PRESIDENCIA .............................................. C .......... 502,15 ........... 48,04 ........... 550,18 .......... 240,99TÉC. ATENCIÓN CIUDADANO Y CENTRAL TELEFONICA ......................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉCNICO AUX. RECAUDACIÓN ........................................................................ C .......... 530,00 ......... 261,32 ........... 791,32 .......... 272,80DELINEANTE ........................................................................................................ C .......... 339,27 ........... 96,07 ........... 435,34 .......... 240,99AUX. ARCHIVO Y BIBLIOTECA Y MUSEO ..................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99AUX. FISCAL URBANISTICO ............................................................................. C .......... 530,00 ........... 48,04 ........... 578,03 .......... 291,88AUXILIAR DE MUSEOS ....................................................................................... C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 240,99PROGRAMADOR .................................................................................................. C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 240,99TECNICO AUXILIAR DE SERVICIOS SOCIALES ............................................ C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99CAPATAZ sin dedicación ....................................................................................... C .......... 453,94 .................................. 453,94 .......... 240,99CAPATAZ dedicación 50h ...................................................................................... C .......... 453,94 ........... 48,04 ........... 501,98 .......... 240,99CAPATAZ dedicación 100h .................................................................................... C .......... 453,94 ........... 96,07 ........... 550,02 .......... 240,99CAPATAZ dedicación 272h .................................................................................... C .......... 453,94 ......... 261,32 ........... 715,26 .......... 240,99TEC. JEFE ELECTRICIDAD ................................................................................. C .......... 667,96 ......... 261,32 ........... 929,28 .......... 240,99TEC. JEFE TRAMOYA .......................................................................................... C .......... 667,96 ......... 261,32 ........... 929,28 .......... 240,99ENCARGADO GENERAL sin dedicación ............................................................. C .......... 491,97 .................................. 491,97 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL dedicación 50h ............................................................ C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL dedicación 100h .......................................................... C .......... 491,97 ........... 96,07 ........... 588,04 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL dedicación 272h .......................................................... C .......... 491,97 ......... 261,32 ........... 753,29 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL VIGILANCIA DEP. MUNICIPALES ....................... C .......... 491,97 ......... 261,32 ........... 753,29 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL DEPORTE(C. POLIDEPORTIVO /NUEVOS PABELLONES) .................................................................................. C7 ........... 05,99 ........... 48,04 ........... 754,03 .......... 272,80ENCARGADO GENERAL RÉG. INTERIOR ....................................................... C .......... 491,97 ......... 261,32 ........... 753,29 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(ENSEÑANZA) ....................................................... C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(P. MÓVIL,) ............................................................. C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(LIMPIEZA) ............................................................. C .......... 754,03 ......... 261,32 ........ 1.015,35 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(JARDINES) ............................................................ C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(PLAYAS) ................................................................ C .......... 705,99 ......... 261,32 ........... 967,31 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(LIMPIEZA DEP. MUN.) ........................................ C .......... 546,75 ........... 96,07 ........... 642,82 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(VÍAS Y OBRAS) .................................................... C .......... 491,97 ........... 48,04 ........... 540,01 .......... 272,80TÉC. ENCARGADO GRAL.(VÍAS Y OBRAS) .................................................... C .......... 705,99 ........... 48,04 ........... 754,03 .......... 272,80TÉC. ENC. GRAL. DEPORTES(PORTILLO) ....................................................... C .......... 546,75 ........... 48,04 ........... 594,79 .......... 272,80TÉC. ADVO. JEFE DE NEGOCIADO ................................................................... C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 272,80TÉC. ADVO. JEFE DE NEGOCIADO (RÉG. INT.) ............................................. C .......... 415,32 ......... 261,32 ........... 676,64 .......... 272,80TÉC. COORDINADOR (TEATROS/G. T. FALLA) .............................................. C .......... 705,99 ......... 261,32 ........... 967,31 .......... 272,80TEC. EMPLEADO PROCEDENTE FUNCIONARIZADOSTÉC. CULTURA (PALILLERO, FIT, ALCANCES, BALUARTE) ..................... C .......... 667,96 ........... 96,07 ........... 764,04 .......... 240,99TÉC. CULTURA (TEATROS/LECHERA) ............................................................ C .......... 667,96 ......... 261,32 ........... 929,28 .......... 240,99TÉC. CULTURA (BIDÓN, LA VIÑA) .................................................................. C .......... 453,94 ........... 96,07 ........... 550,02 .......... 240,99TÉC. FIESTAS ........................................................................................................ C .......... 377,30 ........... 48,04 ........... 425,33 .......... 240,99TÉC. FIESTAS Y CARNAVAL ............................................................................. C .......... 667,96 ........... 96,07 ........... 764,04 .......... 240,99TÉC. CULTURA(TEATROS/G. T. FALLA) ......................................................... C .......... 667,96 ......... 261,32 ........... 929,28 .......... 240,99TÉC. ADMINISTRATIVO(IMD) ........................................................................... C .......... 377,30 ........... 48,04 ........... 425,33 .......... 240,99TÉC. ADMINISTRATIVO ..................................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. DEPORTES(lunes a viernes) ......................................................................... C .......... 453,94 .................................. 453,94 .......... 240,99TÉC. DEPORTES .................................................................................................... C .......... 532,45 ........... 48,04 ........... 580,49 .......... 240,99TÉC. DEPORTES .................................................................................................... C .......... 477,67 ........... 48,04 ........... 525,71 .......... 240,99TÉC. GUARDERÍA ................................................................................................ C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. DELINEANTE ............................................................................................... C .......... 339,27 ........... 96,07 ........... 435,34 .......... 240,99TÉC. JUVENTUD ................................................................................................... C .......... 477,67 ........... 48,04 ........... 525,71 .......... 240,99TÉC. TAQUILLERO(TEATROS) .......................................................................... C .......... 591,32 ......... 261,32 ........... 852,63 .......... 240,99TEC. OPERARIO PROCEDENTE FUNCIONARIZADOSTECNICO OPERARIO SIN DEDICACIÓN .......................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 50 H ......................................................................... C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 100H ........................................................................ C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 272H ........................................................................ C .......... 415,32 ......... 261,32 ........... 676,64 .......... 240,99TÉC. CARPINTERO ............................................................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. CONDUCTOR ............................................................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. CONDUCTOR (ALCALDÍA) ....................................................................... C .......... 629,34 ......... 261,32 ........... 890,66 .......... 240,99TÉC. ELECTRICISTA.(TEATROS/G .T. FALLA) ............................................... C .......... 666,40 ......... 261,32 ........... 927,72 .......... 240,99TÉC. OPERADOR-CINE/ELEC.(TEATROS/G. T. FALLA) ................................ C .......... 666,40 ......... 261,32 ........... 927,72 .......... 240,99TÉC. ELECTRICISTA (RÉGIMEN INT.) .............................................................. C .......... 666,25 ........... 96,07 ........... 762,33 .......... 240,99TÉC. INSTAL. DEPORTIVAS ............................................................................... C .......... 748,87 .................................. 748,87 .......... 240,99TÉC. JARDINERO .................................................................................................. C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. PINTOR-CHAPISTA ..................................................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. TRACTORISTA(PLAYAS-BRIGADA MANTENIMIENTO) .................... C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 240,99TÉC. COND MECÁNICO ...................................................................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. COND MECÁNICO(ALCALDÍA) ............................................................... C .......... 629,34 ......... 261,32 ........... 890,66 .......... 240,99TÉC. TRAMOYISTA .............................................................................................. C .......... 666,40 ......... 261,32 ........... 927,72 .......... 240,99

TEC. EMPLEADO PEP 2007TECNICO EMPLEADO SIN DEDICACIÓN-PEP 2007 ....................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TECNICO EMPLEADO DED 50 H-PEP 2007 ...................................................... C .......... 377,30 ........... 48,04 ........... 425,33 .......... 240,99TECNICO EMPLEADO DED 100H-PEP 2007 ..................................................... C .......... 377,30 ........... 96,07 ........... 473,37 .......... 240,99TECNICO EMPLEADO DED 272H-PEP 2007 ..................................................... C .......... 377,30 ......... 261,32 ........... 638,61 .......... 240,99TÉC. FIESTAS-PEP 2007 ....................................................................................... C .......... 591,32 ........... 96,07 ........... 687,39 .......... 240,99TÉC. ADVO.(SECRETARÍA DEPORTES)-PEP 2007 .......................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. TURISMO-PEP 2007 ..................................................................................... C .......... 432,08 ........... 96,07 ........... 528,15 .......... 240,99TÉC. ADVO.(CULTURA)-PEP 2007 ..................................................................... C .......... 377,30 ........... 96,07 ........... 473,37 .......... 240,99TÉC. GUARDERÍA-PEP 2007 ............................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. LENGUAJE SIGNOS-PEP 2007 ................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. ADVO.(RESTO)-PEP 2007 ........................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. ADMINISTRATIVO-PEP 2007 .................................................................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 240,99TÉC. CULTURA-PEP 2007 .................................................................................... C .......... 591,32 ......... 261,32 ........... 852,63 .......... 240,99TÉC. TAQUILLERO-PEP 2007 .............................................................................. C .......... 591,32 ......... 261,32 ........... 852,63 .......... 240,99TEC. OPERARIO PEP 2007TECNICO OPERARIO SIN DEDICACIÓN-PEP 2007 ......................................... C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 50 H-PEP 2007 ........................................................ C .......... 415,32 ........... 48,04 ........... 463,36 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 100H-PEP 2007 ....................................................... C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 240,99TECNICO OPERARIO DED 272H-PEP 2007 ....................................................... C .......... 415,32 ......... 261,32 ........... 676,64 .......... 240,99TÉC. ALMACÉN(CULTURA)-PEP 2007 .............................................................. C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. MANTENIMIENTO (RÉG. INTERIOR)-PEP 2007 .................................... C .......... 629,34 ........... 48,04 ........... 677,38 .......... 240,99TÉC. JARDINERO-PEP 2007 ................................................................................. C .......... 415,32 .................................. 415,32 .......... 240,99TÉC. POLIVALENTE(ANDAMIOS)-PEP 2007 ................................................... C .......... 415,32 ........... 96,07 ........... 511,40 .......... 240,99GRUPO C BASE GENÉR. FUNC. INT. Art. 10,1 c) y d) EBEP ........................... C .......... 377,30 .................................. 377,30 .......... 192,79AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Nóminas y Actas) ........................................... D .......... 321,44 ......... 232,74 ........... 554,19 .......... 236,88AUXILIAR FISCAL URBANISTICO(FGA) ......................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 232,98AUXILIAR DELINEACION .................................................................................. D .......... 281,64 ........... 85,57 ........... 367,20 .......... 236,88AUXILIAR ADMINISTRATIVO ........................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,88AUXILIAR COMUNICACIÓN(CULTURA) ........................................................ D .......... 321,44 ........... 85,57 ........... 407,01 .......... 236,88TELEFONISTA ....................................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,88AUXILIAR PROTECCIÓN CIVIL ........................................................................ D .......... 321,44 ......... 232,74 ........... 554,19 .......... 236,88INSPECTOR DE MEDIO AMBIENTE .................................................................. D .......... 360,66 ......... 232,74 ........... 593,40 .......... 236,88CONDUCTOR ......................................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 240,10JARDINERO ........................................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,75OFICIAL CARPINTERO ........................................................................................ D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,67OFICIAL ALBAÑIL ............................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,67OFICIAL MECÁNICO ............................................................................................ D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,67AUXILIAR TECNICO (J. INF.) ............................................................................. D .......... 281,64 .................................. 281,64 .......... 249,67DESINFECTOR ...................................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,67AUXILIAR DE VIGILANCIA ............................................................................... D .......... 360,66 ......... 232,74 ........... 593,40 .......... 236,88AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(SIN DED) .............................................. D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,88AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007 (DED.50H) ............................................. D .......... 321,44 ........... 42,78 ........... 364,23 .......... 236,88AUXILIAR SERV. GRALES PEP 2007(DE.100H) ............................................... D .......... 321,44 ........... 85,57 ........... 407,01 .......... 236,88AUXILIAR TECNICO DE FIESTAS-PEP 2007 .................................................... D .......... 535,46 ........... 85,57 ........... 621,03 .......... 236,88AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO(RÉGIMEN INTERIOR)-PEP 2007 D .......... 535,46 ........... 85,57 ........... 621,03 .......... 249,67AUXLIAR DE ALMACÉN CULTURA-PEP 2007 ............................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 249,67FUNCIONARIZADOSAux. Téc.(Fiestas) .................................................................................................... D .......... 535,46 ........... 85,57 ........... 621,03 .......... 236,87Aux. Téc.(Secretaría Deportes) ................................................................................ D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,87Aux. Téc.(Turismo) .................................................................................................. D .......... 376,22 ........... 85,57 ........... 461,79 .......... 236,87Aux. Téc.(Cultura) ................................................................................................... D .......... 321,44 ........... 85,57 ........... 407,01 .......... 236,87Aux. Téc.(Guardería) ............................................................................................... D .......... 341,56 .................................. 341,56 .......... 249,67Aux. Téc Lenguaje Signos ....................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,87Aux. Téc.(Resto) ...................................................................................................... D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,87Aux. Téc. Administrativo ........................................................................................ D .......... 321,44 .................................. 321,44 .......... 236,87Operarios NivelAux. Téc.(Vigilancia) .............................................................................................. D .......... 426,97 ......... 232,74 ........... 659,72 ............ 66,25Aux. Téc. Almacén(Cultura) .................................................................................... D .......... 371,69 .................................. 371,69 .......... 249,67Aux. éc. Mantenimiento (Rég. Interior) ................................................................... D .......... 585,71 ........... 42,78 ........... 628,50 .......... 249,67Aux. Téc. JardineroD371,43 371,43249,67Aux. Téc. Polivalente(Andamios) ............................................................................ D .......... 405,92 ........... 85,57 ........... 491,49 .......... 249,67SUBALTERNO NIVEL 3 ....................................................................................... E .......... 246,58 .................................. 246,58 .......... 232,89AUXILIAR ALMACEN .......................................................................................... E .......... 297,68 .................................. 297,68 .......... 232,89SUBALTERNO NIVEL 2 ....................................................................................... E .......... 195,48 .................................. 195,48 .......... 232,89AYUDANTE JARDINES ........................................................................................ E .......... 280,45 .................................. 280,45 .......... 232,89AYUDANTE COCINA ........................................................................................... E .......... 280,45 .................................. 280,45 .......... 232,89AYUDANTE DUMPISTA ...................................................................................... E .......... 280,45 .................................. 280,45 .......... 232,89AYUDANTE ........................................................................................................... E .......... 280,45 .................................. 280,45 .......... 232,89OPERARIO .............................................................................................................. E .......... 263,81 .................................. 263,81 .......... 232,89AUXILIAR DE COMUNICACIÓN(CENTRAL DE POLICIA) ........................... E .......... 297,68 ......... 223,39 ........... 521,07 .......... 214,56FUNCIONARIZADOSOperarios NivelConserje P-3 ............................................................................................................. E .......... 296,87 .................................. 296,87 .......... 232,89Conserje P- Biblioteca Extramuros .......................................................................... E .......... 296,87 ........... 82,13 ........... 379,00 .......... 232,89Especialista Polivalente( Rég. Interior) ................................................................... E .......... 593,77 ........... 41,07 ........... 634,83 .......... 214,55Conserje P-2 Colegios .............................................................................................. E .......... 258,58 .................................. 258,58 .......... 232,89Guarda( Unidad Vigilancia) ..................................................................................... E .......... 356,23 ......... 223,39 ........... 579,62 .......... 214,56Conserje c/asimilación) ............................................................................................ E .......... 258,50 .................................. 258,50 .......... 232,89Limpiadora ............................................................................................................... E .......... 263,00 .................................. 263,00 .......... 232,89Peón (Playas-Brigada mantenimiento)) ................................................................... E .......... 396,22 .................................. 396,22 .......... 232,89Peón .......................................................................................................................... E .......... 314,08 .................................. 314,08 .......... 232,89SUPERINTENDENTE P. LOCAL .......................................................................... A ....... 1.118,22 ......... 523,44 ........ 1.641,66 .......... 446,55INTENDENTE MAYOR P .LOCAL ...................................................................... A .......... 967,30 ......... 523,44 ........ 1.490,74 .......... 384,53INTENDENTE P .LOCAL ...................................................................................... A .......... 891,84 ......... 316,39 ........ 1.208,23 .......... 328,82INSPECTOR P. LOCAL ......................................................................................... B .......... 755,78 ......... 289,89 ........ 1.045,67 .......... 304,48SUBINSPECTOR P. LOCAL (Sistema de trabajo 6X4) ........................................ B .......... 719,54 .................................. 719,54 .......... 420,72OFICIAL P. LOCAL(Sistema de trabajo 6X4) ....................................................... C .......... 644,08 .................................. 644,08 .......... 427,60POLICIA LOCAL(Sistema de trabajo 6X4) ........................................................... C .......... 644,08 .................................. 644,08 .......... 381,65SUBINSPECTOR P .LOCAL(resto) ....................................................................... B .......... 719,54 .................................. 719,54 .......... 280,06OFICIAL P. LOCAL(resto) ..................................................................................... C .......... 644,08 .................................. 644,08 .......... 286,94POLICIA LOCAL(resto) ......................................................................................... C .......... 644,08 .................................. 644,08 .......... 240,99

ANEXO 6: RELACIÓN DE PUESTOS CON JORNADA IRREGULAR ANUAL(ya incluida en el complemento específico de la Tabla salarial del Anexo 5)COORDINADOR INSPECC.LIMPIEZA-M-AMBIENTETEC. JEFE ELECTRICIDADTEC. JEFE TRAMOYAENCARGADO GENERAL DEPORTE(C.POLIDEPORTIVO/NUEVOS PABELLO-NES)TÉC. ENCARGADO GRAL.(LIMPIEZA)TÉC. ENCARGADO GRAL.(PLAYAS)TÉC. ENCARGADO GRAL.(VÍAS Y OBRAS)TÉC. COORDINADOR(TEATROS/G.T.FALLA)TÉC. CULTURA (PALILLERO,FIT, ALCANCES,BALUARTE)TÉC. CULTURA (TEATROS/LECHERA)TÉC. FIESTAS Y CARNAVALTÉC. CULTURA(TEATROS/G.T.FALLA)TÉC. TAQUILLERO(TEATROS)TÉC. JEFE SALATÉC. JEFE ELECTRICIDADTÉC. JEFE TRAMOYATÉC. CONDUCTOR (ALCALDÍA)TÉC. ELECTRICISTA.(TEATROS/G.T.FALLA)TÉC. OPERADOR-CINE/ELEC.(TEATROS/G.T.FALLA)TÉC. ELECTRICISTA (RÉGIMEN INT.)TÉC. COND MECÁNICO(ALCALDÍA)TÉC. TRAMOYISTATÉC. FIESTAS-PEP 2007TÉC. CULTURA-PEP 2007TÉC. TAQUILLERO-PEP 2007TÉC. MANTENIMIENTO(RÉG.INTERIOR)-PEP 2007AUXILIAR TECNICO DE FIESTAS-PEP 2007

C.E(resto C.E(factor C.E.MESPUESTO G factores) Ded) (todos fact.) C.PR2007

C.E(resto C.E(factor C.E.MESPUESTO G factores) Ded) (todos fact.) C.PR2007

Page 14: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

Página 16 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 25 de octubre de 2007

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO(RÉGIMEN INTERIOR)-PEP 2007AUX. TÉC.(FIESTAS)AUX. TÉC. MANTENIMIENTO(RÉG.INTERIOR)ESPECIALISTA POLIVALENTE(RÉG.INTERIOR)

Nº 10.846___________________

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Resolución dictada en expediente sancionador tramitadoen esta Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca por infracción ala normativa vigente en materia de pesca marítima y Liquidación con nº 0462818989525.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza. de la Constitución, nº 3,donde podrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos),durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de estapublicación.- Expediente: CA-50/07- Interesado(s): MANUEL RODRIGUEZ ACOSTA- Domicilio: Urbanización Colombina, 5-2- LEPE (HUELVA)- Acto que se notifica: Resolución y Liquidación con nº 0462818989525- Infracción: Art. 103.3 LEY 1/2002 DE 4 DE ABRIL- Recurso: Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta deAndalucía.- Plazo: UN MES.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodríguez.Nº 10.939

___________________

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Resolución dictada en expediente sancionador tramitadoen esta Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca por infracción ala normativa vigente en materia de pesca marítima.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza. de la Constitución, nº 3,donde podrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos),durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de estapublicación.- Expediente: CA-50/07- Interesado(s): Juan Rodríguez Acosta- Domicilio: Urbanización Novo Lepe. Bloque 8-2º A- LEPE (HUELVA)- Acto que se notifica: Resolución.- Recurso: Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta deAndalucía.- Plazo: UN MES.- Infracción: Art. 103.3 Ley 1/2002 de 4 de abril.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodríguez.Nº 10.940

___________________

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Resolución dictada en expediente sancionador tramitadoen esta Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca por infracción ala normativa vigente en materia de pesca marítima.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza de la Constitución, nº 3, dondepodrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos), duranteel plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de esta publicación.- Expediente: CA-77/07- Interesado(s): Hermanos Roteña, C.B.- Domicilio: C/ Alfonso XII; nº 4- LEPE (HUELVA)- Acto que se notifica: Resolución.- Infracción: Art. 103.3 de la Ley 1/2002 de 4 Abril.- Recurso: Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta deAndalucía.- Plazo: UN MES.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodríguez.Nº 10.941

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador dictado en elexpediente que se tramita en esta Delegación Provincial de la Consejería de Agriculturay Pesca por presunta infracción a la normativa vigente en materia de Protección Animal.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza. de la Constitución, nº 3,donde podrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos),durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de estapublicación.- Expediente: CA-146/07-A.G.I.- Interesado(s): Pilar Martinez San Laureano- Domicilio: C/ Llanos de las maravillas- Camino Sarmiento, s/n- CHICLANA FRA.- Acto que se notifica: Acuerdo de Iniciación.- Infracción: Art. 3.1 a) de la Ley 11/2003 de 24 de noviembre de P. Animal- Plazo: 15 días.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodriguez.Nº 10.942

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CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador dictado en elexpediente que se tramita en esta Delegación Provincial de la Consejería de Agriculturay Pesca por presunta infracción a la normativa vigente en materia de sanidad animal.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza. de la Constitución, nº 3,donde podrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos),durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de estapublicación.- Expediente: CA-156/07-A.G.I.- Interesado(s): DIONISIO MORATILLA GONZALEZ- Domicilio: C/ Ebro, 1 – 2º Izda.- ALGECIRAS - CADIZ- Acto que se notifica: Acuerdo de Iniciación.- Infracción: Art. 3 del Decreto 14/2006 de 18 de enero de 24 de abril de S. Animal- Plazo: 15 días.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodriguez.Nº 10.958

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CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCACADIZ

NOTIFICACION: Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador dictado en elexpediente que se tramita en esta Delegación Provincial de la Consejería de Agriculturay Pesca por presunta infracción a la normativa vigente en materia de Sanidad Animal.

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, intentada sin efecto la notificación del(los) acto(s) administrativo(s) quese indica(n), esta Delegación Provincial ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al(los) interesado(s), a cuyo fin se comunica queel expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Recursos y ExpedientesSancionadores de esta Delegación Provincial, sita en Pza. de la Constitución , nº 3 dondepodrá(n) comparecer para conocimiento del texto integro de aquel(aquellos), duranteel plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de esta publicación.- Expediente: CA-60/07- A.G.I.- Interesado(s): Luis Nuñez Moreno de Guerra- Domicilio: Avenida de Blas Infante, nº 8 (Sevilla).- Acto que se notifica: Acuerdo de Iniciación.- Infracción: Art. 11 y 13 del RD. 1980/1998 de 18 de septiembre- Plazo: 15 días.

EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.: Juan Antonio Blanco Rodriguez.Nº 10.959

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CONSEJERIA DE EMPLEOCADIZ

CONVENIO COLECTIVO DE SIBELCO MINERALES, S.A.ACTA DE REUNION

CODIGO CONVENIO: 1103552ASUNTO : FIRMA TABLAS SALARIALES 2007

En Arcos Fra., a 26 de Septiembre de 2007REUNIDOS EN LAS INTALACIONES DE SIBELCO MINERALES, S.A.

DE ARCOS DE LA FRA. :- Por Sibelco Minerales, S.A. : Marcos Osorio Gómez (Dr. Centro Minero AND)- Por Representación Legal de los Trabajadores :Francisco Ramírez Valle, José Javier

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Hueso Pajuelo- Por CC.OO. : Domingo Acedo Galvín

Se reúnen las personas arriba mencionadas al objeto de firmar las TablasSalariales correspondientes al año 2007, de conformidad a lo establecido en los arts. 6ºy 7º del Convenio Interno de empresa y en el art. 7 del Convenio Estatal de IndustriasExtractivas, Industrias del Vidrio, publicado en el B.O.E. con fecha 31/08/07.

Se firma por todas las partes en el lugar y fecha indicadas en prueba deconformidad.

SIBELCO MINERALES. REPRES. TRABAJADORES. CC.OO.

C.M. AND. ARCOS - PERCEPCIONES PARA EL AÑO 2007 CON INCREMENTOCONVENIO SECTOR :( IPC PREVISTO 2%+0,6% + MEJORAS CONVENIOINTERNO EMPRESA : (3,5% S.Base y +0,50% Otros conceptos)

CON CRS¤ ¤ Incr

CONCEPTO Incr./2005 Incr./2006 %2006 2007 sobre

INCREMENTO 2,50%+4% 2+0,5+4+0,7 2%+0,6%+3,5% 2.006SALARIO BASE DIAS NATURALES 1,072 1,061Nivel ProfesionalII ......................... Personal titulado Superior ........................................................ 39,84 ....................... 42,27 .......................... 1,061III ........................ Personal titulado medio,Jefe adm.1ª ........................................ 37,50 ....................... 39,79 .......................... 1,061IV ....................... Jefe Personal.Ayte.obra, encargado ......................................... 36,34 ....................... 38,56 .......................... 1,061V ......................... Jefe adm 2ª,delineante,etc. ....................................................... 35,31 ....................... 37,46 .......................... 1,061VI ....................... Ofic.adm.1ª,Jefe o encargado taller ......................................... 34,24 ....................... 36,33 .......................... 1,061VII ...................... Capataz ..................................................................................... 32,28 ....................... 34,25 .......................... 1,061VIII ..................... Ofic. 2ª administ. Ofic. 1ª operario .......................................... 32,07 ....................... 34,03 .......................... 1,061IX ....................... Aux. Adm. Oficial 2ª operario ................................................. 30,71 ....................... 32,58 .......................... 1,061X ......................... Vigilante,almacenero,ayudante,Ofic.3ª,Espec. 1ª .................... 29,60 ....................... 31,41 .......................... 1,061XI ....................... Especialista 2ª,peón especializado ........................................... 29,00 ....................... 30,77 .......................... 1,061XII ...................... Peón ,mujer o mozo limpieza ................................................... 28,77 ....................... 30,52 .......................... 1,061XII ...................... Aprendices 1º y 2º año ............................................................. 22,99 ....................... 24,39 .......................... 1,061INCREMENTO 2,50%+0,50%ANTIGÜEDAD DIAS NATURALESBIENIOS 2+0,5+0,5+0,7 2+0,6+0,5Nivel Profesional 1,037 1,031II ......................... Personal titulado Superior .......................................................... 1,30 ......................... 1,34 .......................... 1,031III ........................ Personal titulado medio,Jefe adm.1ª .......................................... 1,05 ......................... 1,08 .......................... 1,029IV ....................... Jefe Personal.Ayte.obra, encargado ........................................... 1,01 ......................... 1,04 .......................... 1,030V ......................... Jefe adm 2ª,delineante,etc. ......................................................... 1,12 ......................... 1,15 .......................... 1,027VI ....................... Ofic.adm.1ª,Jefe o encargado taller ........................................... 0,85 ......................... 0,88 .......................... 1,035VII ...................... Capataz ....................................................................................... 0,82 ......................... 0,85 .......................... 1,037VIII ..................... Ofic. 2ª administ. Ofic. 1ª operario ............................................ 0,78 ......................... 0,80 .......................... 1,026IX ....................... Aux. Adm. Oficial 2ª operario ................................................... 0,74 ......................... 0,76 .......................... 1,027X ......................... Vigilante,almacenero,ayudante,Ofic.3ª,Espec. 1ª ...................... 0,73 ......................... 0,75 .......................... 1,027XI ....................... Especialista 2ª,peón especializado ............................................. 0,72 ......................... 0,74 .......................... 1,028XII ...................... Peón ,mujer o mozo limpieza ..................................................... 0,68 ......................... 0,70 .......................... 1,029XII ...................... Aprendices 1º y 2º añoQUINQUENIOSII ......................... Personal titulado Superior .......................................................... 2,07 ......................... 2,13 .......................... 1,029III ........................ Personal titulado medio,Jefe adm.1ª .......................................... 1,65 ......................... 1,70 .......................... 1,030IV ....................... Jefe Personal.Ayte.obra, encargado ........................................... 1,61 ......................... 1,66 .......................... 1,031V ......................... Jefe adm 2ª,delineante,etc. ......................................................... 1,46 ......................... 1,51 .......................... 1,034VI ....................... Ofic.adm.1ª,Jefe o encargado taller ........................................... 1,40 ......................... 1,44 .......................... 1,029VII ...................... Capataz ....................................................................................... 1,32 ......................... 1,36 .......................... 1,030VIII ..................... Ofic. 2ª administ. Ofic. 1ª operario ............................................ 1,24 ......................... 1,28 .......................... 1,032IX ....................... Aux. Adm. Oficial 2ª operario ................................................... 1,18 ......................... 1,22 .......................... 1,034X ......................... Vigilante,almacenero,ayudante,Ofic.3ª,Espec. 1ª ...................... 1,13 ......................... 1,17 .......................... 1,035XI ....................... Especialista 2ª,peón especializado ............................................. 1,09 ......................... 1,12 .......................... 1,028XII ...................... Peón ,mujer o mozo limpieza ..................................................... 1,08 ......................... 1,11 .......................... 1,028XII ...................... Aprendices 1º y 2º añoOTROS CONCEPTOS PERIODICIDAD Y FORMA DEVENGOPremio permanencia .................. (25 AÑOS EN LA EMPRESA) .................................................... 681,50 .......... 702,63 ........ 1,031Conductores ................................................................. Día hábil trabajado ......................................... 3,31 .............. 3,41 ........ 1,030Trabajo nocturno .......................................................... Noche trabajada completa

Oficial 1ª ................. Se aplica el incremento del 20% sobre ......... 9,10 .............. 9,38 ........ 1,031Oficial 2ª ................. el importe de las tablas firmadas. .................. 8,66 .............. 8,93 ........ 1,031Ayudante ................. Se cumple así con el artículo 10º del ............. 8,33 .............. 8,59 ........ 1,031Peón ........................ convenio privado vigente. .............................. 8,18 .............. 8,43 ........ 1,031

Jornada parcial, hora nocturna ..................................... Hora trabajada de noche (de 22h. A 6h.)Oficial 1ª ................. (incremento sobre hora normal) ..................... 1,14 .............. 1,18 ........ 1,035Oficial 2ª ................. (incremento sobre hora normal) ..................... 1,08 .............. 1,11 ........ 1,028Ayudante ................. (incremento sobre hora normal) ..................... 1,04 .............. 1,07 ........ 1,029Peón ........................ (incremento sobre hora normal) ..................... 1,02 .............. 1,05 ........ 1,029

Asistencia ..................................................................... Por jornada completa de trabajo ..................... 2,39 .............. 2,46 ........ 1,029Transporte .................................................................... Por día trabajado ............................................ 5,68 .............. 5,86 ........ 1,032Turnos .......................................................................... Modificación horario habitual ........................ 3,48 .............. 3,59 ........ 1,032Subvención estudios ..................................................... Mensual por hijo ............................................ 7,55 .............. 7,78 ........ 1,030Horas Extras Normales ................................................ Días laborables hasta sábado 14 horas ........ 10,92 ............ 11,26 ........ 1,031Horas Extras Festivas ................................................... Desde 14 h.sábados y doming.o festivos ..... 14,20 ............ 14,64 ........ 1,031Incapacidad temporal ................................................... 1ª baja en año , 15 1ºs días ............................. 8,03 .............. 8,28 ........ 1,031Incentivo producción .................................................... 40000 tons .................................................... 75,03 ............ 77,36 ........ 1,031

................................ 60000 tons o más .......................................... 91,49 ............ 94,33 ........ 1,031Póliza de seguros ....................... Muerte nat. O ITP ... 10.246,19 .............................................. 10.563,82 ............ 1,031

IPA ........................................................................................... 19.028,63 ..... 19.618,52 ........ 1,031Muerte acc.tr. .......... Muerte acc. Trab ................................... 27.811,10 ..... 28.673,24 ........ 1,031

Nº 10.961___________________

CONSEJERIA DE EMPLEOCADIZ

CONVENIO PROVINCIAL DEL SECTOR DE PANADERÍAS DE LAPROVINCIA DE CÁDIZ

CODIGO CONVENIO: 1100365CAPÍTULO PRIMERO. Ámbito de aplicaciónArtículo 1.º Ámbito territorial.-Las normas establecidas en este Convenio

afectan a todo el ámbito territorial de la provincia de Cádiz.Art. 2.º Ámbito de aplicación.-El presente Convenio Colectivo se aplicará a todas las

empresas y establecimientos dedicados a la fabricación de pan, por cualquier tipo,forma o especialidad y las actividades comerciales, tanto al por mayor como al detalle,así como aquellos establecimientos dedicados a la venta de pan, en cualquier modalidadde despachos de la provincia de Cádiz.

También se aplicará este Convenio a todos los trabajadores con cualquiermodalidad de contratación, que realicen su actividad laboral en la provincia de Cádiz,independientemente de donde tenga la empresa su sede central.Art. 3.º Vigencia.-Las normas establecidas en este Convenio Colectivo, comenzará aregir el día primero de enero de dos mil siete, hasta el treinta y uno de diciembre del añodos mil nueve, pudiendo prorrogarse tácitamente de año en año, salvo que mediaradenuncia, por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de tres meses a laterminación de su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.

En caso de que el Convenio entrara en régimen de prórroga por no mediardenuncia alguna de las partes, los conceptos económicos y salariales del Convenio seincrementarán en lo que haya subido el IPC de los 12 meses anteriores a la terminaciónde su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas más uno y medio por ciento (1,5%).En el supuesto de que el Convenio fuese denunciado por cualquiera de las partes, éstese seguirá aplicando a todos los trabajadores mientras no sea sustituido por un nuevoConvenio negociado con las Centrales Sindicales representativas en el sector y laPatronal del mismo.

CAPÍTULO II. Jornada, descanso semanal, festivos, vacaciones licencias yexcedenciasArt. 4.º Jornada de trabajo.-La jornada de trabajo será de 39 horas a la semana, se incluyedentro de dicha jornada semanal un descanso de 30 minutos diarios para el bocadillo.Este descanso será efectivo, cuando la jornada sea continuada y el mismo se realizarásiguiendo los usos y costumbre existentes en cada centro de trabajo.

La distribución de la jornada semanal podrá ser irregular dentro de la mismasemana, siendo el tope máximo de 9 horas/día y el mínimo de 6 horas hasta alcanzar las39 horas de jornada a la semana, teniendo que mediar entre jornada y jornada undescanso de 12 horas como mínimo.

La realización irregular de la jornada de trabajo deberá ser comunicada a lostrabajadores afectados con una anticipación de, al menos, 7 días.

La jornada de trabajo dará comienzo a la una de la madrugada. No obstante,dado el carácter flexible de la jornada pactada en este Convenio, se podrá iniciar lamisma hasta las 15 horas de la tarde. Asimismo, la finalización de la jornada no podráterminar con posterioridad a las 24 horas.Art. 5.º Calendario laboral.-Entre la Dirección de la empresa y los representantes de lostrabajadores, y en el primer mes de cada año se confeccionará el calendario laboral querecogerá la distribución de la jornada por actividad (personal de producción, deservicios complementarios y administrativos).En los Centros de Trabajo que no exista Delegado de personal, la confección delCalendario Laboral será entre los trabajadores y el empresario. Podrán asistir asesoressindicales, solo en caso de desacuerdo o cuando los trabajadores lo soliciten.Los temas a tener en cuenta al confeccionar el Calendario Laboral serán los siguientes:- Jornada semanal.- Horario de trabajo diario (especificando el comienzo y la terminación de la jornada).- Descanso durante la jornada.- Descanso entre jornada diaria y semanal.- Vacaciones.Art. 6.º Descanso semanal.-Todos los trabajadores afectados por este Convenio tendránderecho a 2 días de descanso semanal, que podrán ser ininterrumpidos o días alternos:A) Todos los trabajadores tendrán derecho al descanso de todos los días del año que seandomingo y que se reflejarán en el cuadro de horarios de la empresa, con la salvedad delos trabajadores que se contraten al amparo del epígrafe ”D” de este mismo artículo.B) El Comité de empresa y/o los Delegados de personal, de mutuo acuerdo con laDirección de la empresa, distribuirán el segundo día de descanso semanal de cadatrabajador, en los días comprendidos de lunes a sábado, debiendo reflejarlo en el cuadrode horarios de la empresa. Dicho cuadro de horarios se elaborará en el primer mes decada año.En aquellos centros de trabajo que no exista Delegado de personal, el acuerdo sobre ladistribución del segundo día de descanso se realizará entre la empresa y los trabajadores.C) Los trabajadores que decidan voluntariamente ir a trabajar los domingos percibiránun complemento por realizar dicho trabajo de 51,57 euros por cada domingo trabajado.D) Si los trabajadores de la plantilla decidieran no ir a trabajar los domingos, lasempresas podrán contratar a trabajadores eventuales, incluidos en el censo, con contratoa tiempo parcial sólo para la realización de la jornada de los domingos y festivos,percibiendo éstos, los salarios que les correspondan como si fuese una jornada normal.Art. 7.º Festivos.-Todos los trabajadores y trabajadoras afectados por este Convenio,independientemente de lo reflejado en el artículo 6.º del Convenio, tendrán derecho aldescanso de todas las fiestas abonables, ya sean nacionales, autonómicas o locales, quevienen reflejadas en el calendario laboral y que se publica en el BOJA y BOP de Cádiz.1) Si se trabajase en alguna de estas fiestas abonables, se abonará además con un recargodel 140% de cada categoría de este Convenio, según salario base más antigüedad, másel 15% del salario base del plus de producción o se compensará con cada fiesta trabajada,2 días de descanso, acumulables en las vacaciones anuales.2) En el supuesto de que la fiesta trabajada coincida con el segundo día de descansosemanal del trabajador o trabajadora, éste/a percibirá, además de lo contemplado en elparrafo a), otro recargo del 100% del salario base más antigüedad, más el plus deproducción; u otro día mas de descanso acumulable a las vacaciones anuales.3) En el supuesto de que la fiesta coincida con el segundo día de descanso semanal deltrabajador o trabajadora, (aunque esta no se trabaje) éste/a percibirá, además de susalario base día, un recargo del 100% del salario base más antigüedad, más el plus deproducción o un día de descanso acumulabe a las vacaciones anuales.4) El sistema a aplicar será decidido por el trabajador/a, comunicándolo por escrito a laempresa antes del día 31 de diciembre del año anterior, a fin de que la empresa puedacontratar a otro trabajador/a para dicho período, de los que tiene incluido en el censo deeventuales.

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5) En las fiestas de navidad 25 de diciembre, 1 de enero Año Nuevo, 6 de enero Reyes,1 de Mayo día del trabajador/a y Jueves Santo, no se fabricará pan, ni se expenderá enningún establecimiento de panadería ni despacho de la provincia de Cádiz.Art. 8.º Vacaciones.-Los trabajadores afectados por el presente Convenio, tendránderecho al disfrute de un período de vacaciones anuales de treinta días naturales, queserán disfrutados de forma continuada. La empresa de acuerdo con el Comité deempresa o Delegado de personal, o los trabajadores de la empresa donde no existanrepresentantes de los mismos, establecerá el Calendario de Vacaciones, en el primermes del año, pudiendo modificarse por mutuo acuerdo; atendiendo las necesidades deltrabajador, en cuanto sean compatibles con la producción, antigüedad en la empresa,etc., teniendo en cuenta que el trabajador que resulte beneficiado por el criterio deantigüedad no podrá hacer uso de él al año siguiente.

La empresa de mutuo acuerdo con los Delegados de personal, o los trabajado-res de la empresa donde no existan representantes de los mismos, podrán fraccionar lasvacaciones en dos períodos de 15 días cada uno.A) Un período de 15 días dispondrá el trabajador acogiéndose a lo que se recoge en elprimer párrafo de este artículo y reflejándolo en el Calendario Laboral de la empresa.B) El otro período de 15 días lo dispondrá la empresa, y el trabajador tendráconocimiento del mismo con un mínimo de 2 meses antes del disfrute del segundoperíodo de vacaciones.

El personal que ingrese en el transcurso del año natural tendrá derecho a laparte proporcional de vacaciones en relación con el tiempo que lleve trabajando en laempresa.

Durante el mes de vacaciones, los trabajadores serán retribuidos con el salariobase, antigüedad y plus de producción.

Dicha retribución la percibirá el trabajador como es costumbre en cadaempresa y también percibirá el kilo de pan diario.Art. 9.º Licencias.-El personal afectado por el presente Convenio tendrá derecho a lassiguientes licencias y permisos retribuidos:1) Quince días (15) por matrimonio.2) Tres días (3) por enfermedad grave, intervención quirúrgica que exija internamientodel cónyuge, padres, hijos, hermanos y padres políticos, pasando a cinco (5) días cuandopor tal motivo el trabajador tenga que hacer un desplazamiento al efecto.3) Cinco días (5) por fallecimiento del cónyuge, hijos. Se ampliará a siete días (7)cuando por tal motivo el trabajador tenga que hacer un desplazamiento al efecto.4) Tres días (3) por fallecimiento de padres, hermanos, padres políticos, hermanospolíticos, que se ampliará a cinco (5) días cuando por tal motivo el trabajador tenga quehacer un desplazamiento al efecto.5) Tres días (3) laborales por alumbramiento de esposa, ampliable a cinco días (5),cuando por tal motivo el trabajador tenga que hacer un desplazamiento al efecto.6) Dos días (2) por traslado del domicilio habitual.7) Un día (1) por Primera Comunión de su hijo/a y si coincidiera en domingo o día dedescanso, un día más.8) Dos días (2) por matrimonio de hijos, y un (1) día por matrimonio de hermanos.9) Un día (1) por fallecimiento de tío/as y primos/as.10) Todos los trabajadores/as tendrán derecho a dos días para asuntos propios con cargoa la empresa.

En todo lo demás, lo que determinen las leyes vigentes.Art. 10. Excedencias.- El trabajador tendrá derecho a que se le reconozca la situaciónde excedencia voluntaria en los términos que se establezcan legalmente en cadamomento. La empresa resolverá la petición dentro de los 30 días siguientes a lasolicitud. Igualmente, el trabajador solicitará el ingreso con un mes de antelación a lafecha de expiración de la excedencia y la readmisión del mismo será desde el momentoque haya una vacante de su especialidad y categoría. Esta circunstancia será deaplicación cuando el trabajador haya permanecido en excedencia por un período de másde tres años.

En el caso de solicitar el trabajador su reincorporación a su puesto de trabajoantes de transcurrir tres años en situación de excedencia, la incorporación sería deinmediato; dicha solicitud deberá de realizarla con un mes de antelación.

CAPÍTULO III. Retribuciones, salario, antigüedad, pluses, gratificacionesextraordinarias, horas extraordinarias y complementos extrasalarialesArt. 11. Retribuciones.-Las retribuciones correspondientes a cada categoría profesionalse establecen en el anexo 1 de este Convenio.

La liquidación y el pago del salario se hará puntual y documentalmente dentrode los cinco primeros días del mes siguiente a aquella mensualidad de que se trate.

Tendrán la consideración de salario las percepciones económicas de lostrabajadores, en dinero o en especie, por prestación profesional de los servicioslaborales prestados.

En la estructura de las retribuciones del trabajo, se distinguirá el salario basey los complementos del mismo.

Es salario base la parte de la retribución del trabajador/a fijada por unidad detiempo.

En los salarios establecidos en este Convenio se han tenido en cuenta que lajornada de trabajo se puede realizar conforme a lo dispuesto en el artículo 4.º de esteConvenio.

Los complementos salariales habrán de quedar incluidos necesariamente enalgunas de las modalidades que se enumeran en este artículo.

Así pues, la remuneración del trabajador estará compuesta por:A) Salario base: Cantidad mínima fijada por unidad de tiempo para cada categoríaprofesional que figure en las tablas salariales vigentes en cada momento en esteConvenio.B) Complementos salariales:1. Antigüedad: Cantidad resultante del porcentaje aplicable al salario base Convenio,que se recoge en el artículo 15 del Convenio.2. Gratificación por cargo. Cantidad que percibirá el trabajador que tenga la misión dedirigir en la empresa, recogido en el artículo 16 del Convenio.3. Gratificación por especies. El valor del pan que ha de percibir el trabajador en las

condiciones recogidas en el artículo 17 del Convenio.4. Gratificaciones extraordinarias. Cantidades que periódicamente percibirá el trabaja-dor en las festividades de San Honorato (mayo), mes de julio y Navidad, en lascondiciones recogidas en el artículo 18 del Convenio.5. Trabajo en festivos. Cantidad que corresponderá al trabajador por realizar su trabajoen día festivo, y en las condiciones que están recogidas en el artículo 7.º del Convenio.6. Plus de producción. Todos los trabajadores/as acogidos al presente ConvenioColectivo percibirán un 15% sobre el salario base de cada categoría profesional, enconcepto de plus de producción.

Dicho plus o porcentaje sustituirá a los pluses de panadería totalmentemecanizadas, Panadería mecanizada y panadería semimecanizada, así como al rebosede harina e Incentivos de piezas menores.

Los trabajadores/as que venían percibiendo por dichos pluses cantidadeseconómicas por encima de lo que pueda representar el 15% del salario base se lerespetarán dichas cantidades como condición más beneficiosa para el trabajador/a. Conla diferencia entre el 15% y lo que se venía percibiendo se establecerá un plus personalconsolidable, diario, que será incrementado cada año con el mismo incremento que sepacte en el Convenio Colectivo.

La cantidad de referencia para determinar dicho plus, se acuerda que sea lasque los trabajadores/as percibieron en el mes de mayo de 2004.Art. 12. Recibo de salario.-El recibo individual justificativo del pago de salarios deberáconsignar en primer término el importe total correspondiente al período de tiempo al quese refiera, que no podrá exceder de un mes. Asimismo, deberá aparecer igualmente labase de cotización correspondiente, la clasificación profesional del trabajador/a ydenominación de la empresa, NIF de ambos y número de la Seguridad Social de laempresa y trabajador.

Todos los conceptos salariales (salario base y sus complementos) irán refle-jados en el preceptivo recibo mensual de salario al amparo de lo establecido en lalegislación vigente en cada momento sobre esta materia, como justificación del pago dedicho salario.

Asimismo, todos los conceptos servirán para constituir la base de cotizacióna la Seguridad Social, según los porcentajes que oficialmente se determinen.Art. 13. Incremento salarial.-a) Año 2007.- Las retribuciones correspondientes a cadacategoría profesional y demás conceptos económicos, se incrementarán a partir de 1 deenero de 2007 en 3,5%.b) Año 2008.- Las retribuciones correspondientes a cada categoría profesional y demásconceptos económicos, se incrementarán a partir de 1 de enero de 2008 con el IPCprevisto para el año 2008.c) Año 2009.- Las retribuciones correspondientes a cada categoría profesional y demásconceptos económicos, se incrementarán a partir de 1 de enero de 2009 el IPC previstopara el año 2009.Art. 14. Revisión salarial.-a) Para el año 2007. Una vez conocido el IPC real de este año2007, las tablas salariales y conceptos económicos se adecuarán al IPC real del año2007, abonándose a los trabajadores/as la diferencia a que hubiera lugar, con carácterretroactivo desde 1 de enero de 2007.b) Para el año 2008 y 2009. Una vez conocido el IPC real de 2008 y 2009, las tablassalariales y conceptos económicos se adecuarán al IPC real más 0,5 puntos, abonándosea los trabajadores/as la diferencia a que hubiera lugar, con carácter retroactivo desde 1de enero de 2008 y 1 de enero de 2009, respectivamente.Art. 15. Antigüedad.- Se acuerda sustituir el anterior sistema de antigüedad que se haaplicado en la vigencia del anterior convenio, donde había dos tablas distintas con plusde antigüedad dependiendo de la fecha de ingreso de los trabajadores.

A partir del 1 de enero de 2007, se establece, para todo el personal, un plus deantigüedad consistente en un aumento periódico en la cuantía de dos bienios del 5% ytres trienios del 5% sobre el salario base del Convenio hasta alcanzar un tope máximodel 25%, tal como se recoge en las tablas de salarios.

Aquellos trabajadores que vinieran percibiendo un plus de antigüedad supe-rior, en cuanto a la cuantía resultante de aplicar el máximo del 25% previsto en elpresente convenio, igualmente cobrarán en concepto de antigüedad este máximo del25%.

Si bien, a título individual, la diferencia hasta alcanzar la cuantía que veniapercibiendo por el anterior sistema, se les abonará en un complemento personal, quetendrá la consideración de condición personal más beneficiosa y se denominará ennómina “C.P.B.-2007”. Este complemento personal no podrá ser compensado niabsorbido y será revalorizado con los incrementos que se pactan en el convenio.Art. 16. Gratificación por cargo.-Los maestros o encargados, cuando dirijan unaempresa de más de cuatro trabajadores/as, percibirán una prima de 2,00 euros por díatrabajado.Art. 17. Gratificación por especie.-Además de la remuneración en metálico ycomputándose como salario, todos los trabajadores percibirán un kilo de pan por díatrabajado, ampliándose a un kilo y medio cuando tengan cuatro hijos o más así comoen los descansos semanales, días de fiestas y vacaciones. Igualmente tendrán derechocuando se encuentren en baja por enfermedad o accidente laboral.Art. 18. Gratificaciones extraordinarias.-Todos los trabajadores acogidos al presenteConvenio Colectivo, percibirán tres pagas extraordinarias de 30 días de salarioConvenio más antigüedad más plus de producción cada una de ellas, en los meses demayo, julio y diciembre. Las fechas de abono serán el 16 de mayo, el 15 de julio y el20 de diciembre.

De mutuo acuerdo entre empresa y trabajador/a, se podrá prorratear la pagaextraordinaria del mes de mayo en las doce mensualidades del año, debiendo apareceren el recibo de salario mensual como parte proporcional de la Paga de mayo yespecificando la cantidad correspondiente.Art. 19. Horas extraordinarias.-Debido al paro existente en nuestra provincia, y enespecial en el sector de panadería, ambas partes acuerdan que queda terminantementeprohibida la realización de horas extraordinarias que incidan en la producción, paratodas las empresas afectadas por el presente Convenio. Sólo se autorizarán las que serealicen en caso de incendio, siniestro, u otras causas similares. El no cumplimiento de

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este acuerdo por parte de algún empresario, traerá consigo la denuncia previa a laComisión Mixta, para conocimiento de las partes sin perjuicio de su traslado a losOrganismos competentes.

Las horas extraordinarias realizadas por fuerza mayor que están recogidas enel párrafo anterior, se abonarán a razón de 8,00 euros la hora, se podrán compensar porel tiempo equivalente en descanso dentro de los treinta días siguientes a la realizaciónde las mismas.Art. 20. Enfermedad y accidente.-A) Accidente de Trabajo: La empresa completará elcien por cien del salario real desde el primer día cuando el trabajador esté de baja poresta situación.B) Enfermedad: La empresa, completará el cien por cien del salario real desde el primerdía siempre que exista hospitalización. En caso de enfermedad que no necesitehospitalización, será a partir del quinto día inclusive cuando se abone el cien por cien.

El salario real está compuesto por salario base, antigüedad, plus de produc-ción, pagas extraordinarias, y complementos personales.Art. 21. Ropa de trabajo.-Las empresas están obligadas a proporcionar ropa de trabajoa todo el personal de la misma, estando compuesta la misma por: pantalón, camisa,mandil, gorros, y será distribuida dos veces al año, que será, los días 1 de enero y losdías 1 de julio de cada año, es decir, un equipo de invierno y otro de verano. Lostrabajadores tienen la obligación de utilizarlas y la no utilización será motivo desanción.Art. 22. Seguro de Vida y Accidente.-Las empresas afectadas por el presente Convenio,suscribirán una Póliza de Seguros para sus trabajadores que cubra las siguientesgarantías:Muerte natural o Invalidez total o absoluta 5.500 eurosMuerte por accidente de trabajo11.500 eurosMuerte por accidente de tráfico para los chóferes16.500 euros

El importe de la prima de este seguro será abonada en su totalidad por laempresa.

Aquella empresa que no contrate la Póliza de Seguro de sus trabajadores, o noabone la prima correspondiente, en caso de siniestro la cobertura de las contingenciasrecogidas en este artículo, serán a cargo de la empresa.

Aquellos trabajadores que no quieran que sus empresas le suscriban esteseguro, deberán expresar su renuncia al mismo por escrito.

La duración de este seguro será anual, renovándose cada año a su vencimiento,con el incremento que tengan los salarios establecidos en este Convenio.Art. 23. Jubilación.-A) Jubilación anticipada. El trabajador que se jubile, de acuerdo conla empresa, antes de los sesenta y cuatro años, ésta se comprometerá a pagarle el cienpor cien de su salario, hasta cumplir los 65 años de edad y deberá constar por escrito elmutuo acuerdo entre las partes.

En el caso en que se jubile un trabajador a los 64 años de edad previo acuerdoentre las partes, y se contrate a otro trabajador con las modalidades de ”Contrato deAnticipación de la edad de la Jubilación” según lo dispuesto en la disposición adicionalséptima del Estatuto de los Trabajadores, RD 1194/1985, y que esté inscrito en el INEMcomo demandante de empleo con la misma categoría profesional que el trabajador quese jubile y la duración del contrato sería como mínimo de 1 año; en este supuesto no esde aplicación el párrafo 1.º de este apartado A).B) Jubilación voluntaria. Se establece un premio de Jubilación Voluntaria de acuerdocon el siguiente baremo:1) Si la jubilación se produce a los sesenta años en el año 2007 percibirá un premio de148,62 euros por cada año de antigüedad en la empresa, hasta un máximo de 3.709,30euros.2) Si es a los 61 años en el año 2007 percibirá 83,38 euros por año, máximo 2.670,97euros.3) Si es a los 62 años en el año 2007 percibirá 72,74 euros por año, máximo 2.373,80euros.4) Si es a los 63 años en el año 2007 percibirá 59,36 euros por año, máximo 2.077,81euros.5) Si es a los 64 años en el año 2007 percibirá 44,36 euros por año, máximo 1.780,65euros.

El trabajador que pase a situación de Invalidez Permanente Absoluta, perci-birá al causar baja en la empresa los mismos premios asignados en el supuesto dejubilarse al cumplir los sesenta años.

CAPÍTULO IV. Clasificación profesionalArt. 24. Clasificaciones.-Las clasificaciones de personal consignadas en el presenteConvenio son meramente enunciativas y no suponen la obligación de tener provistastodas las plazas enumeradas, si la necesidad y volumen de la industria no lo requieren.

En las fábricas que por su plantilla no cuenten con trabajadores de todas lascategorías, uno mismo podrá desempeñar los cometidos de varias de ellas, quedandoclasificados y percibiendo la remuneración que corresponda a la que en este Conveniofigure con mayor salario.Art. 25. Definición de los grupos profesionales.-En este artículo se definen los gruposprofesionales que agrupan las diversas tareas y funciones que se realizan en la Industriade Panadería, y al personal que preste sus servicios en los centros de trabajo a que serefiere el artículo primero y segundo de este Convenio. Se clasificará teniendo en cuentala función que realice, en los siguientes grupos:a) Técnicos.b) Administrativos.c) Obreros/personal de elaboración.d) Servicios complementarios.Art. 26. Definición de categorías profesionales. Técnico.-- Director general o gerente. Es el empleado que está provisto de poderes y con contratolaboral de su especialidad para, organizar, informar, distribuir y establecer los criteriosque han de seguir todos los Departamentos o Secciones de que consta la empresa,cumpliendo siempre las directrices emanadas de la Dirección del empresario o de lapersona en quien delegue con poderes notariales.- Jefe de fabricación. Es el empleado que, poseyendo la necesaria capacidad y

conocimiento, dirige técnicamente la Industria de Panadería, teniendo confiada labuena marcha de la fabricación, encargándose del buen funcionamiento de la maquina-ria, procurando el mayor esmero en la producción, dirigiendo las labores de personal porsesiones, siendo el único que puede disponer su distribución mientras la fábrica esté enfuncionamiento.- Jefe de taller mecánico. Es el trabajador que, con mando director sobre los mecanis-mos, tiene la responsabilidad del trabajo del personal a sus órdenes; le corresponde laorganización del taller para atender con toda rapidez y esmero los trabajos de repara-ción, reposición de los elementos de reserva y el buen funcionamiento de toda lamaquinaria.- Jefe de administración. Es el empleado, provisto o no de poderes, con independenciadel Director General o Gerente, lleva la responsabilidad directa de todo el personal deoficinas, así como lo concerniente a la marcha y situación de la empresa y la revisión,preparación de toda clase de documentos necesarios para el adecuado desenvolvimientodel negocio.- Jefe de venta/almacén. Es el empleado que cuida y organiza todas las gestiones de lasventas/compras de la empresa, así como la buena marcha del almacén de materiasprimas y productos terminados, siguiendo las instrucciones directas de la dirección dela empresa.Art. 27. Administrativo.-En el concepto general del personal administrativo, se inclu-yen aquellos que realicen funciones de oficina, tales como las de contabilidad,facturación, cálculo, cobro, correspondencia, y las específicas detalladas del presenteConvenio. Constituidos tal grupo por: Jefe de Oficina, Jefe de Contabilidad, OficialesAdministrativos, Auxiliares Administrativos, así como aspirantes Administrativos.Oficial jefe de oficina. Es el empleado que, con la titulación suficiente y con conoci-mientos contable/administrativos, asume la responsabilidad y dirección contable de laempresa.Oficial administrativo. Es el empleado que, bajo la dirección del Jefe de Oficina y/oContabilidad, realiza las siguientes funciones: Cajero, sin fianza ni firma, transcripciónde libros de cuentas corrientes, diario mayor, facturas, correspondencia, estadísticas,partes, nóminas de salarios, cotizaciones de Seguridad Social, y otras análogas a lasanteriores.Auxiliar administrativo. Se considera como tal al empleado que realice funcionesadministrativas elementales inherentes a los trabajos de oficina.Podrá acceder a la categoría de Oficial Administrativo, cuando en la empresa seproduzca alguna vacante de dicha categoría, y siempre que acredite su competencia parala misma.Aspirante auxiliar administrativo. Es el trabajador mayor de 16 años que, sujeto acontrato de trabajo de Formación, realiza tareas simples, colaborando con el resto delpersonal administrativo y con sujeción a la normativa particular aplicable en cada casoreferente a la formación e instrucción teórica.Art. 28. Obreros/personal de producción.-Maestro o maestros encargados. Es eltrabajador que, provisto de conocimientos de la Industria de Panadería es el Jefe de todoel Personal de Elaboración/Producción. Será responsable del trabajo a él encomendado,distribuirá adecuadamente a los trabajadores, cuidará de que la tarea lleve el ritmonormal para conseguir una fabricación lo más perfecta posible. Dará cuenta de laelaboración o fabricación habida y procurará el adecuado espíritu para el mejorcumplimiento de su cometido, teniendo a sus órdenes al Mayordomo encargado de ladistribución del pan y panes especiales en el interior de la panadería o tahona.Oficial horneadores/de pala. Es el trabajador que verificará las funciones inherentes ala cocción y fermentación del pan o panes especiales ante de su cocción, comenzandopor la puesta a punto de los hornos para el horneamiento, alimentadores de los hornosautomáticos para la cocción del pan; la realización de éste, cuidar los útiles necesariospara la labor hornera y su cocción que sea lo más perfecta posible, así como elfuncionamiento de las calderas de vapor o cometidos similares.Oficial amasador. Es el trabajador que tiene a su cargo los trabajos de amasados ypreparación de levaduras/masas madre, siguiendo las instrucciones del Maestro oMaestros encargados, en cuanto a cantidades, temperaturas, n.º de masa, y tiempo defermentación, cuidando asimismo de vigilar el buen funcionamiento y estado de lasamasadoras, efectuando su limpieza por sí mismo o encargando la verifiquen elAyudante o Aprendices, bajo su vigilancia.Oficial de mesa. Es el trabajador cuya función primordial consiste en el heñido oconfección de las piezas de pan o de panes especiales, y entablados y enlatados de laspiezas, así como la división de las piezas, alimentados de la divisora pesadoraautomática, vigilar el buen funcionamiento de las maquinarias como, cinta de reposo,formadoras y pesadoras automáticas, cortadores, cuidando su limpieza.Ayudante. Es el trabajador mayor de 18 años que, acreditada su suficiencia o hayapasado dos años como aprendiz, con un contrato de formación en la Industria dePanadería, que tiene el cometido de Auxiliar indistintamente al Oficial Hornero de Pala,Oficial de Amasador u Oficial de Mesa, para alcanzar una perfección y conocimientosque le permitan ocupar puesto de categoría superior.Formación. Es el trabajador que estando ligado por un contrato de formación, según RD2317/1997, RDL 9/1989 y 8/1997, artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, por cuyavirtud el empresario, a la vez que utiliza su trabajo, se obliga a enseñarles prácticamentepor sí o por otros, un oficio de la Industria de Panadería, ya sea personal de producción,servicio complementario o servicios comunes.Art. 29. Servicios complementarios.-Mayordomo. Es el trabajador que tiene la obliga-ción de efectuar el recuento del pan o panes especiales y distribuir el mismo dentro dela panadería o tahona con destino a las sucursales, despacho y demás clientes odistribuidores para la venta exterior de despacho anexa a la fábrica que tenga la empresa,llevando los controles de reparto que se efectúe, los cuadernos de anotaciones, pizarrao libros auxiliares que se utilicen en la panadería, introduciendo las modificaciones enla producción de acuerdo con las directrices recibidas de la dirección de la empresa,manteniendo una perfecta coordinación con el Maestro o Maestros Encargados,comunicándoles las incidencias que alteren la producción.Oficial conductor/repartidor. Es el trabajador que, provisto del carné de la clasecorrespondiente al vehículo que tiene encomendado, distribuye y transporta los

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productos de la panadería o tahona, desde el lugar de fabricación a las sucursales,despachos y establecimientos clientes de la empresa, cobrando en su caso el importe dela ruta, estando a las órdenes del Mayordomo.Oficial vendedor/a en despacho. Es el trabajador que efectúa la venta y el cobro del Panque se expende en despacho, cuidando de conservar éstos con el torno de aseo y limpiezanecesarios, para su perfecto estado de higiene y presentación, también efectúa lamanipulación de los diferentes productos que la empresa comercializa, y atiende todaslas funciones propias de su misión.Oficial transportador de pan a despachos. Es el trabajador que, utilizando carretilla ovehículos que no requieran permiso de conducir, o empleando procedimientos manua-les; distribuye el pan, panes especiales y otros productos de la Industria, desde el lugarde fabricación a las sucursales, despacho o cliente de la empresa, cobrando en su casoel importe de los artículos transportados.Ayudante. Es el trabajador que colabora en las tareas del almacén y contaduría de lapieza de pan elaboradas para su distribución.Repartidor a domicilio. Es el trabajador cuyo cometido consiste en distribuir el pan adomicilio a los clientes, cobrando el importe de los artículos servidos.Servicios comunes:Oficial mecánico. Es el trabajador que cuida del perfecto estado de las maquinarias einstalaciones de la empresa, realizando las reparaciones necesarias de carácter generaly verificando las efectuadas por otros profesionales.Ayudante mecánico. Es el trabajador que atiende el engrase general de motores ymaquinaria, una vez finalizada la tarea de fabricación, está a las órdenes del OficialMecánico.Limpiador/a. Es el trabajador/a que realiza las tareas de limpieza del centro de trabajoy de sus dependencias.

CAPÍTULO V. Contratación/empleoArt. 30. Contratación.-Por razón de las características del servicio en la empresa, lostrabajadores se clasifican en: fijos, contratados por tiempo determinado, eventuales,interinos y contratados a tiempo parcial, en formación y prácticas.

Las relaciones laborales serán, prioritariamente, de carácter indefinido, por loque las empresas estarán obligadas a tener contratado como fijo a un trabajador/a encada puesto de trabajo necesario para el normal desarrollo de la producción y venta endespacho.Art. 31. Contratación de eventuales.-La empresa elaborará un censo con los trabajado-res/as que contrate como eventual, poniéndolo por orden de días contratados de más amenos, teniendo estos trabajadores/as prioridad según el orden del censo para sercontratados.

En el supuesto que la empresa necesitase cubrir una plaza de trabajador/a fijo,ésta será cubierta por el trabajador/a más antiguo en el censo de eventuales, pasando alos siguientes si éste no quisiera.Art. 32. Derechos del eventual.-Los trabajadores/as que sean contratados tanto en elsupuesto de sustitución, como el de época de mayor demanda, tendrán la consideraciónde trabajador/a eventual.

Los trabajadores/as contratados como eventuales tendrán los mismos dere-chos e igualdad de trato en las relaciones laborales que los demás trabajadores/as de laplantilla.Art. 33. Contratos de sustitución.-Estos contratos se efectuarán para sustituir a lostrabajadores/as fijos cuando éstos se encuentren en vacaciones, licencias, excedenciasy de baja por enfermedad o accidente, haciendo constar en el contrato, tanto el puestode trabajo así como la persona sustituida.

El contrato se considerará por tiempo indefinido cuando no se incorpore eltrabajador sustituido, o cuando habiéndose reincorporado el trabajador sustituidocontinúe prestando sus servicios el trabajador contratado.Art. 34. Contratos por mayor producción.-No obstante, teniendo en cuenta el aumentode demanda de los productos del sector en las fechas del 15 de mayo al 15 de septiembre,las empresas contratarán trabajadores/as eventuales, haciendo constar en el contratodichas circunstancias y período de contratación.Art. 35. Período de prueba.-El trabajador/a en su primer contrato tendrá un período deprueba de 15 días.

Cuando el trabajador/a sea contratado más de una ocasión pasarán a sermiembros del censo de eventuales, considerándose, por tanto, que al ser contratado porsegunda vez, este trabajador/a ya ha superado el período de prueba.Art. 36. Duración de los contratos.-La duración máxima de los contratos para eventualesserá de 11 meses, pasando a ser trabajador/a fijo cuando uno o varios contratos superenlos once meses de trabajo en un período máximo de 18 meses.Art. 37. Contrato a tiempo parcial.-Tendrán prioridad para estas contrataciones lostrabajadores/as del censo de eventuales y con las siguientes condiciones:a) En los contratos a tiempo parcial se indicará la categoría profesional y departamentoo sección donde se realizará el trabajo.b) En los casos de aumento de plantillas, traslados o ascensos, los/as trabajadores/as atiempo parcial tendrán preferencia sobre nuevos contratados/as para trabajar a tiempopleno de su especialidad y categoría.c) Los/as trabajadores/as serán retribuidos con las mismas pagas extraordinarias que lostrabajadores a tiempo pleno y se calcularán conforme a la retribución mensual quevinieren percibiendo por su contrato a tiempo parcial.d) Todos los demás conceptos económicos, tales como plus extrasalarial de percepción,plus de antigüedad, para estos trabajadores les serán abonados análogamente con losmismos porcentajes que los trabajadores a tiempo pleno en proporción a su jornadacontratada.e) Tendrán derecho a un período de vacaciones los trabajadores igual a los trabajadoresa tiempo completo y la retribución de las mismas estará en proporción a su salariomensual.f) El cambio de un trabajador/a a tiempo pleno por tiempo parcial, será posible cuandoasí lo solicite por escrito y lo requiera el/la trabajador/a y conocido por los representan-tes de los/as trabajadores/as.g) El salario se fijará y abonará mensualmente y será proporcional al número de horas

trabajadas, tomando como base de cálculo el salario establecido para los/as trabajado-res/as a tiempo pleno de igual función y categoría.Art. 38. Contratos de formación.-De conformidad con el artículo 6.º del Estatuto de losTrabajadores, los trabajadores menores de 18 años no pueden realizar trabajos noctur-nos en la Industria de Panadería, entendiéndose como tal el comprendido entre las 10horas de la noche y las 6 horas de la mañana; igualmente queda prohibida la realizaciónde horas extraordinarias a menores de 18 años.

Los contratos de Formación se podrán celebrar con una duración máxima dedos años, con trabajadores de 16 a 21 años, que no tengan la titulación requerida paraformalizar contrato en prácticas en el oficio objeto del aprendizaje.Igualmente, se aplicará este artículo a los trabajadores minusválidos sin límite de edad.

El número de aprendices por centro de trabajo que las empresas podráncontratar no será superior al fijado en la siguiente escala:Hasta 5 trabajadores 1 Contrato formaciónDe 6 a 10 trabajadores 2 Contratos formaciónDe 11 a 30 trabajadores 3 Contratos formaciónDe 31 a 50 trabajadores 4 Contratos formaciónDe 51 a 100 trabajadores 6 Contratos formaciónDe 101 a 250 trabajadores10 Contratos formaciónDe 251 a 500 trabajadores15 Contratos formaciónMás de 500 trabajadores25 Contratos formación

Para determinar el número de trabajadores por centro de trabajo se excluirá alos vinculados a la empresa por un contrato de formación.

Las retribuciones de los trabajadores sujetos a este contrato, serán las quefiguren incluidas en el anexo I del presente Convenio.

Con independencia de la retribución que perciba el aprendiz, la cotización aSeguridad Social será la que se fije por Ley para este tipo de contrato.

El tiempo dedicado a formación fuera del puesto de trabajo, en ningún casoserá inferior al 15% de la jornada de trabajo establecida en el presente Convenio. Porla característica propia de la Industria de Panadería y para los oficios propios de lamisma, no podrá iniciarse antes de los dieciséis años de edad y durará dos años, salvoa los trabajadores minusválidos, que podrá ser hasta cuatro años, siendo computable larealización de la formación en diversas empresas, siempre que la formación se hayarealizado bajo el contrato de formación y como tal esté registrado en el INEM, segúnla Ley vigente.

La formación de los Aprendices, con contrato de Formación, deberán losempresarios poner el máximo interés en la formación profesional, tanto prácticamentecomo teórica adecuadas para su mayor perfeccionamiento profesional; al término de los2 años, para los trabajadores minusválidos se ampliará a cuatro años.

Para todos los demás no previsto en el presente artículo, se estará a loestablecido en la legislación vigente.Art. 39. Vacantes.-En caso de vacantes provisionales de trabajadores/as éstas deberánser ocupadas o cubiertas por trabajadores/as incluidos en el censo de eventuales, y deno haber ningún trabajador/a en dicho censo será cubierta la vacante por aquellos quehayan tenido un contrato de Formación en la empresa.Art. 40. Personal con capacidad disminuida.-Los trabajadores que sean consideradoscon capacidad física disminuida previa declaración de la Comisión de Evaluación deIncapacidades, INSS, serán orientados en base a sus aptitudes positivas que conserveny serán destinados a los puestos de trabajo más adecuados a las referidas aptitudes.Art. 41. Fomento de la contratación indefinida.- De conformidad con la legalidadvigente en cada momento, y en concreto con aquella sobre Medidas de fomento de lacontratación indefinida, para la mejora del empleo y el su calidad, se acuerda por ambaspartes que los contratos temporales o de duración determinada que se transformen enindefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrán acogerse a lasayudas previstas en las mismas, tanto las que se desarrollen en el ámbito Estatal comoen el Autonómico.

Art. 42. Extinción del contrato.-Se estará a lo dispuesto en la Ley 12/2001, de9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incrementodel empleo y la mejora de su calidad.Cuando el contrato se extinga por causas objetivas y la extinción sea declaradaimprocedente, la cuantía de la indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 delEstatuto de los Trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinarioprevisto en el artículo 56 del mismo texto legal, será de treinta y tres días de salario poraño de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año yhasta un máximo de veinticuatro mensualidades.

CAPÍTULO VI. Seguridad e higiene en el trabajoArt. 43. Seguridad e higiene en el trabajo.- 1. Seguridad e higiene en el trabajo.1.1 El trabajador en la prestación de sus servicios tendrá derecho a una protección eficazen materia de seguridad e higiene.1.2 El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales yreglamentarias de seguridad e higiene.1.3 En la Inspección y control de dichas medidas que sean de observancia obligada porel empresario el trabajador tiene derecho a participar por medio de sus representanteslegales en el Centro de trabajo, si no se cuenta con órganos o centros especializadoscompetentes en esta materia a tenor de la legislación vigente.1.4 El empresario está obligado a facilitar una formación teórica y práctica y adecuadaen materia de seguridad e higiene a los trabajadores que contrate, o cuando cambie lascondiciones de trabajo y tenga que aplicar una nueva técnica que pueda ocasionarriesgos graves para el propio trabajador o para sus compañeros, ya sea con serviciospropios o ajenos. El trabajador está obligado a seguir dichas enseñanzas y a realizar lasprácticas cuando se celebren dentro de la jornada de trabajo.1.5 Los órganos internos de la empresa competente en materia de seguridad y, en sudefecto, los representantes legales de los trabajadores en el Centro de trabajo, queaprecien una probabilidad seria y grave de accidentes, requerirán al empresario porescrito para que adopten las medidas oportunas que hagan desaparecer el estado deriesgo; si la petición no fuese atendida en un plazo de cuatro días, se dirigirán a laautoridad competente.

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1.6 Cuando el trabajador en la jornada de trabajo, se encuentre incapacitado para poderseguir trabajando, la empresa, previa consulta a los médicos de la empresa, si los hubieray a los familiares, arbitraría a su costa los medios necesarios para el traslado deltrabajador al Centro Sanitario más próximo o al lugar designado por el médico de laempresa.2. Reconocimientos médicos. Todo el personal sujeto al presente Convenio provincial,se someterá a su ingreso al trabajo a un previo reconocimiento médico que se repetirácada año. La negativa a someterse al reconocimiento médico supondrá falta muy grave.Los gastos que ocasione tal revisión será a cuenta de la empresa.

Los reconocimientos deberán hacerse con especial incidencia en aquellosaspectos específicos, derivados de la actividad del puesto de trabajo.

Las empresas estarán obligadas a que los trabajadores de la misma hagan unarevisión anual, facilitando los medios necesarios para que estas revisiones puedanllevarse a cabo, procurando que las mismas se realicen dentro de la jornada de trabajo.3. Servicios de higiene. Todas las Panaderías dispondrán de abastecimiento suficientede agua potable, así como de cuartos de vestuario y aseos, duchas y servicios, en lascondiciones previstas en los artículos 38 al 41 de la Ordenanza General de Seguridade Higiene.4. Delegados de Prevención. En todas las empresas o Centros de Trabajo de 3 o mástrabajadores se podrá elegir a un Delegado de Prevención; la elección será entre todoslos trabajadores. En las empresas o Centros de Trabajo que tengan Delegados depersonal éstos serán al mismo tiempo Delegados de Prevención, tal y como vieneprevisto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE del 10 de noviembre), dePrevención de Riesgos Laborales. En todo lo no regulado por este Convenio provincial,se estará a la Legislación y Reglamento vigente sobre esta materia, así como a lasrecomendaciones de la OIT.5. Carné de Manipulador de Alimentos. El personal sujeto al presente Convenioprovincial deberá de proveerse obligatoriamente del carné de manipulador de alimen-tos, a cuyo objeto la empresa le dará las oportunas instrucciones, así como las facilidadesnecesarias para la obtención del mismo.Art. 44. Comisión territorial de salud laboral.- Las partes firmantes conscientes de laimportancia de la Seguridad y Salud de los trabajadores/as y empleadores afectos alpresente Convenio, acuerdan constituir la figura del Delegado territorial de prevenciónde riesgos laborales, al objeto de fomentar el mejor cumplimiento de la normativa sobrePrevención de Riesgos Laborales.

Recibido escrito de cualquier trabajador/a o empresa afectada, la Comisióndeberá reunirse en un plazo máximo de 10 días desde que se recibe la solicitud.

En caso de tratarse de un asunto extremadamente grave y urgente, estaconvocatoria se podrá realizar mediante fax o telefónicamente y se intentará que sereúna lo antes posible, en todo caso, en un plazo máximo de una semana.Art. 45. Funciones y trabajo a desarrollar por la Comisión.-1. La promoción de la mejorade las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad yla salud de los trabajadores/as en el trabajo.2. Promover el cumplimiento por los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicaciónde la normativa de prevención de riesgos laborales.3. Promover la realización de actividades de información y formación de empresarios/as y trabajadores/as.4. Colaborar con las Administraciones Públicas competentes en materia laboral, enorden a la difusión de las actuaciones concretas que se planifiquen en este ámbito deactividad.5. Analizar la siniestrabilidad registrada en el sector, partiendo para ello de los datos queelabora el Centro provincial de Seguridad e Higiene en el Trabajo.6. Recabar de las Administraciones competentes así como de las Instituciones implica-das, ya sean de carácter público o privado, cuanta información se estime convenientepara un mejor conocimiento de la realidad del sector en materia preventiva.7. Cualquier otra función complementaria de las anteriores.Art. 46. Comedores.-Sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente sobrecomedores para trabajadores, las empresas habilitarán en cada Panadería un sitioadecuado y acondicionado para poder calentar la comida.

CAPÍTULO VII. Régimen disciplinarioArt. 47. Clases de faltas.-Las faltas cometidas por los trabajadores/as al servicio de lasempresas del Sector, se clasificarán atendiendo a su importancia, y en su caso, a sureincidencia, en leves, graves y muy graves, de conformidad con lo que se dispone enlos artículos siguientes:Art. 48. Faltas leves.-Se considerarán faltas leves las siguientes:1. De una a tres faltas de asistencia al trabajo, hasta treinta minutos de retraso cometidadurante el período de un mes sin motivo justificado.2. La no comunicación, con cuarenta y ocho horas como mínimo de antelación, decualquier falta de asistencia al trabajo por causas justificadas, a no ser que se acreditela imposibilidad de hacerlo.3. El abandono del centro o del puesto de trabajo sin causa o motivo justificado, aun porbreve tiempo, siempre que dicho abandono no fuera perjudicial para el desarrollo de laactividad productiva de la empresa o causa de daños o accidentes a sus compañeros detrabajo, en que podrá ser considerada como grave o muy grave.4. Faltar al trabajo un día al mes sin causa justificada.5. La falta de atención y diligencias debidas en el desarrollo del trabajo encomendado,siempre y cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa o a sus compañerosde trabajo, en cuyo supuesto podrá ser considerada como grave o muy grave.6. Pequeños descuidos en la conservación del material.7. No comunicar a la empresa cualquier variación de su situación que tenga incidenciaen lo laboral, como el cambio de su residencia habitual.8. La falta ocasional de aseo o limpieza personal, cuando ello ocasione reclamacioneso quejas de sus compañeros o jefes.9. Las faltas de respeto y discusiones, de escasa consideración, a sus compañeros/as, eincluso, a terceras personas ajenas a la empresa o centro de actividad, siempre que ellose produzca con motivo u ocasión del trabajo.Las discusiones sobre asuntos extraños al trabajo durante la jornada laboral, si tales

discusiones produjesen graves escándalos o alborotos, podrán ser consideradas comofaltas graves o muy graves.10. La inobservancia de las normas en materia de Seguridad e Higiene y Reglamenta-ción Técnica Sanitaria en el trabajo que no entrañen riesgos graves para el trabajador/a, ni para sus compañeros/as o terceras personas.11. La no utilización ocasional de las prendas de trabajo sin motivos justificados.Art. 49. Faltas graves.-Se consideran faltas graves las siguientes:1. Más de tres faltas de puntualidad en un mes, o hasta cuando el retraso sea superiora treinta minutos, en cada una de ellas, durante dicho período, y sin causa justificada.2. Faltar dos días al trabajo durante un mes sin causa que lo justifique.3. No prestar la diligencia o la atención debidas en el trabajo encomendado, que puedasuponer riesgo o perjuicio de cierta consideración para el propio trabajador, suscompañeros/as, la empresa o terceros.4. La simulación de supuestos de incapacidad temporal o accidente.5. La inobservancia de las órdenes o el incumplimiento de las normas en materia deSeguridad e Higiene, Reglamentación Técnica Sanitaria en el trabajo, cuando lasmismas supongan riesgo grave para el trabajador/a, así como negarse a acudir alreconocimiento médico cuando se le cite.6. La desobediencia a los superiores en cualquier materia de trabajo, siempre que laorden no implique condición vejatoria para el trabajador/a, o entrañe riesgo para la vidao salud, tanto de él como de otros trabajadores/as.7. Cualquier alteración o falsificación de datos personales o laborales relativos al propiotrabajador/a o a sus compañeros/as, así como fichar por otro compañero.8. La negligencia o imprudencia graves en el desarrollo de la actividad encomendada.9. Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada, o centrode trabajo, así como utilizar para usos propios herramientas de la empresa, tanto dentrocomo fuera de los locales de trabajo, así como utilizar vehículos de la empresa para usopropio de transporte, salvo previa autorización de la empresa.10. La disminución voluntaria y ocasional en el rendimiento de trabajo.11. Proporcionar datos reservados o información del centro de trabajo o de la empresaa personas ajenas, sin la debida autorización para ello.12. No advertir, inmediatamente a sus jefes, al empresario o a quien lo representen, decualquier anomalía, avería o accidente que observe en las instalaciones, maquinarias olocales.13. La negligencia grave en la conservación o en la limpieza de materiales y máquinasque el trabajador/a tenga a su cargo, así como la no utilización reiterada de las prendasde trabajo en los centros de trabajo.14. La reincidencia en cualquier falta leve, dentro del mismo trimestre, cuando hayamediado sanción por escrito de la empresa.15. La embriaguez o toxicomanía reiterada fuera del acto de servicio, vistiendouniforme de la empresa en lugares públicos.16. La carencia de carné de manipulador.Art. 50. Faltas muy graves.-Se considerarán faltas muy graves las siguientes:1. Más de diez faltas de puntualidad no justificadas cometidas en el período de tresmeses, o de veinte durante seis meses.2. El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividadencomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros/as como a la empresa o acualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo durante eldesarrollo de su actividad laboral.3. Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en materia prima o encualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres,documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.4. No advertir inmediatamente a su jefe, al empresario o a quien lo represente, decualquier anomalía, avería o accidente que observe en las instalaciones, maquinarias olocales.5. La embriaguez o toxicomanía durante el trabajo, si repercuten negativamente en elmismo.6. La revelación a terceros de cualquier información de reserva obligada, cuando de ellopueda derivarse un perjuicio sensible para la empresa.7. La competencia desleal.8. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a lossuperiores, compañeros/as o subordinados.9. La imprudencia o negligencia inexcusables, así como incumplimiento de las normasde Seguridad e Higiene en el trabajo cuando sean causantes de riesgos o de accidentelaboral grave, perjuicios graves a sus compañeros/as o a terceros, o daños graves a laempresa.10. El abuso de autoridad por parte de quien la ostente.11. La desobediencia continuada o persistente.12. Los actos desarrollados en el centro de trabajo o fuera de él con motivo u ocasióndel trabajo encomendados, que puedan ser constitutivos de delito.13. La difusión maliciosa o por negligencia inexcusables de noticias o información falsareferente a la empresa o centro de trabajo.14. El abandono del puesto de trabajo sin justificación, especialmente en puestos demando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa opueda llegar a ser causa de accidentes para el trabajador/a, sus compañeros/as o terceros.15. La imprudencia temeraria en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando laforma de realizarlo implique riesgo de accidente o peligro grave de avería para lasinstalaciones o maquinaria de la empresa.16. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, dentro del mismosemestre, siempre que haya sido objeto de sanción por escrito.17. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento en el trabajo, normal opactado.18. El acoso sexual y cualquier discriminación que se produzca por razón de sexo.Art. 51. Sanciones. Aplicación.-Las sanciones que las empresas pueden aplicar segúnla gravedad y circunstancias de las faltas cometidas serán las siguientes:1.º) Faltas leves:a) Amonestación verbal.

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b) Amonestación por escrito.c) Suspensión de empleo de hasta 2 días.2.º) Faltas graves:a) Suspensión de empleo y sueldo de 3 a 15 días.3.º) Faltas muy graves:a) Suspensión de empleo y sueldo de 15 a 60 días.b) Despido.Para la aplicación y graduación de las sanciones que anteceden, se tendrá en cuenta:a) El mayor o menor grado de responsabilidad del que comete la falta.b) La repercusión del hecho en los demás trabajadores/as y en la empresa.

Previamente a la imposición de sanciones por faltas muy graves a lostrabajadores/as que ostenten la condición de representantes legales o sindicales, les seráinstruido expediente, por parte de la empresa, en el que serán oídos, aparte delinteresado, los restantes miembros de la representación a que éste perteneciera, si loshubiere.

La obligación de instruir el expediente contradictorio aludido anteriormentese extiende hasta el año siguiente a la cesación en el cargo representativo, salvorevocación o dimisión.

En aquellos supuestos en los que la empresa imponga una sanción grave o muygrave a los trabajadores/as afiliados/as a un sindicato, deberá de informar a losdelegados sindicales, si los hubiera, a los delegados de personal, o a la organizaciónsindical en donde éste se encuentre afiliado.Art. 52. Notificación.-Las sanciones serán comunicadas por escrito al interesado/a,expresando las causas que las motivaron.

En todos los casos de sanciones el interesado/a, dentro de los veinte díashábiles siguientes a aquel en que se comunique la sanción, podrá recurrir ante laJurisdicción Laboral.Art. 53. Prescripción de la falta.-Las faltas leves prescribirán a los diez días; las gravesa los veinte días y las muy graves a los sesenta días, a partir de la fecha en que la empresatuvo conocimiento de su comisión.

CAPÍTULO VIII. Derechos sindicalesArt. 54. Derechos sindicales.-Sin perjuicio de los derechos y facultades concedidos porla legislación vigente, los delegados de personal y miembros del Comité de empresa,dispondrá de 40 horas mensuales de licencia retribuida.Las empresas descontarán, a aquellos trabajadores que lo soliciten por escrito, lacantidad correspondiente de la cuota sindical y la depositará en el número de cuenta dela central sindical, que el trabajador haya indicado.

Los representantes sindicales que participen en las comisiones negociadorasde Convenios colectivos, manteniendo su vinculación como trabajador en activo enalguna empresa tendrán derecho a la concesión de los permisos retribuidos que seannecesarios para el adecuado ejercicio de su labor como negociadores, siempre que laempresa esté afectada por la negociación del Convenio.

CAPÍTULO IX. Comisión paritaria, cláusula de descuelgueArt. 55. Comisión Paritaria.-Se constituye una Comisión Mixta Paritaria de Interpreta-ción, Aplicación y Seguimiento para cuantas cuestiones se deriven de lo pactado en esteConvenio, así como de aquellos que se deriven de la Legislación Laboral vigente.

Dicha Comisión estará compuesta por seis miembros, tres en representaciónde los trabajadores y tres en representación de los empresarios. La representación endicha Comisión guardará la misma proporcionalidad que cada parte tiene en laComisión Negociadora. (Tres representantes de CC.OO. y UGT, y tres representantespor parte de APPYMEPAN). Independientemente de los Asesores que cada parteestime oportuno en cada momento.

Todas las empresas y trabajadores que tengan problemas de interpretación yaplicación de lo establecido en el Convenio Colectivo, o de lo que se derive de laLegislación Laboral vigente, deberán dirigirse por escrito a la Comisión Mixta Paritariade este Convenio.

La Comisión Mixta Paritaria de Interpretación y Vigilancia asumirá todasaquellas competencias que ambas partes acuerden en relación con la problemática delsector de Panadería.

La Comisión Mixta Paritaria resolverá mediante Resolución escrita losacuerdos adoptados por ésta. Dichos acuerdos deberán ser aprobados por la mayoría delos miembros de la Comisión, enviando a los interesados los acuerdos adoptados en unplazo de cinco días una vez celebrada la reunión.

La Resolución de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación y Seguimien-to, tendrá los mismos efectos de aplicación que lo establecido en el Convenio Colectivo.

En el caso de que no se llegara a acuerdo entre los miembros de la ComisiónMixta Paritaria, ésta enviará en el plazo de cinco días hábiles después de habersecelebrado la reunión el Acta de la misma a los interesados, donde se recogerá la posiciónde cada parte, con el fin de dejar expedita la vía para acudir a los órganos de laJurisdicción Laboral o aquellos otros que las partes acuerden para la Resolución delconflicto planteado.

La convocatoria de la reunión de la Comisión Mixta Paritaria del ConvenioColectivo podrá realizarse por cualquiera de las partes con una antelación mínima de5 días a la celebración de la reunión, dicha convocatoria podrá efectuarse por fax o porel medio más fehaciente, recogiéndose en la convocatoria el orden del día correspon-diente, lugar y hora de la reunión.

El domicilio de la Comisión Mixta Paritaria se establece en el domicilio deAPPYMEPAN (Cánovas del Castillo n.º 3, en Algeciras), y las Centrales Sindicales deCC.OO. y UGT (Plaza Arenal n.º 20-22 plantas 2.ª y 4.ª, en Jerez de la Frontera),respectivamente.Art. 56. Cláusula de descuelgue.-Los porcentajes de incremento salarial establecidos eneste Convenio no serán de obligada aplicación a aquellas empresas que acreditenobjetivamente pérdidas mantenidas en los tres ejercicios contables anteriores a los quese pretenda implantar esta medida.

Para valorar esta situación se tomarán en consideración circunstancias realescomo el insuficiente nivel de ventas y se atenderán los datos que resulten de lacontabilidad de las empresas, de sus balances y de sus cuentas de resultados, de los tres

ejercicios anteriores, asimismo presentar un plan que contemple la viabilidad futura dela empresa y el empleo existente en la misma.

Las empresas que deseen acogerse a una cláusula de descuelgue, tendrán quehaber agotado otras posibilidades de recorte de pérdidas o disminución de la misma.

Las empresas en las que, a su juicio, concurran las circunstancias expresadas,comunicarán a la Comisión Paritaria del Convenio su intención de acogerse a estacláusula; en dicha petición se aportarán todos los datos necesarios para dilucidar laprocedencia o no de la aplicación de dicha cláusula.

Los acuerdos de la Comisión será adoptados por mayoría.Los representantes legales de los trabajadores estarán obligados a mantener en

la total reserva de la información recibida y los datos a que hayan tenido acceso comoconsecuencia de lo establecido en los párrafos anteriores, observando por consiguienterespecto de todos ellos, el mayor sigilo profesional.No podrán hacer uso de la cláusula de inaplicación (descuelgue) aquellas empresas quelo hayan utilizado dos años consecutivos o tres alternos, salvo autorización expresa dela Comisión Paritaria.

Finalizado el período de descuelgue, la empresa se obliga a proceder a laactualización de los salarios de los trabajadores en el plazo que se fije por la Comisión,para ello se aplicarán sobre los salarios iniciales los diferentes incrementos pactados enConvenio.

Dentro del primer trimestre de cada año se podrá presentar solicitud dedescuelgue por parte de la empresa que inste la misma.

Excepcionalmente, fuera del plazo previsto con anterioridad, se podrá solici-tar descuelgue si la instancia viene firmada conjuntamente por el representante legal dela empresa y de los trabajadores. En el supuesto de que no exista representación legalde los trabajadores deberá ser firmada la solicitud por todos los trabajadores que formenparte de la plantilla de la empresa peticionaria.Art. 57. Condiciones más beneficiosas.-Todas las condiciones económicas y decualquier índole laboral pactadas en este Convenio, estimada en cuando sea posible demodo conjunto, tendrán la consideración de mínimas, por lo que los pactos, cláusulasy condiciones actualmente vigentes en cualquier empresa, que implica condiciones másbeneficiosas para los trabajadores, subsistirán en tal concepto como garantías persona-les para quienes vinieran gozando de ellas.Art. 58. Sistema de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía.-Una vez seproduzcan las actuaciones en el seno de la Comisión Paritaria del Convenio provincialde Panaderías se promoverá los procedimientos previstos en el Sistema Extrajudicial deResolución de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA) de conformidad con lodispuesto en el Acuerdo Interprofesional de 3 de abril de 1996 y su Reglamento deDesarrollo.

Los asuntos que se someterán a las actuaciones del SERCLA y derivados delpresente Convenio serán los Conflictos Colectivos tanto de tipo jurídico como deintereses, especialmente los de aplicación e interpretación de las normas del precitadoConvenio, así como cualquier asunto de otra índole que afecte a los trabajadores yempresarios afectados por el ámbito de aplicación del presente Convenio.Art. 59. Legislación laboral.-Para todas las demás materias de carácter laboral noreguladas en este Convenio se estará a lo establecido en la Legislación Laboral vigente.

En cuanto a la Reglamentación Nacional de la Industria de Panadería del 12de julio de 1946 y las modificaciones del año 1978, se aplicará lo no regulado en esteConvenio hasta tanto no sea sustituida por un Convenio Sectorial para la Industria dePanadería, a nivel Regional o Estatal acordado entre las Centrales Sindicales represen-tativas en el Sector de Panadería y la Representación Patronal del mismo.

CLÁUSULAS ADICIONALESPrimera.- El presente Convenio, ha sido negociado por las Centrales Sindicales CC.OO.y UGT, y por la parte empresarial la Federación Provincial de Fabricantes y Expende-dores de Pan de la Provincia de Cádiz (APPYMEPAN).Segunda.- Si durante la vigencia del Convenio hubiera cualquier disposición legal quemejorase las condiciones recogidas en éste, sería de aplicación inmediata.Tercera.- Los atrasos derivados de la aplicación del presente Convenio, que afectan atodos los conceptos salariales y económicos, deberán ser abonados a los trabajadoresantes del 30 de julio de 2007.Cuarta. JUBILACION PARCIAL.- Las partes firmantes hacen suyo el acuerdo sobremateria de seguridad social suscrito entre el Ministerio de Trabajo, CEOE-CEPYME,CCOO y UGT el 13 de julio de 2006, en el sentido de seguir, durante la vigencia delconvenio, rigiéndose las empresas, en lo que a los compromisos sobre jubilación parcialse refiere, por las previsiones contenidas en el Real Decreto 1.131/2002, de 31 deoctubre, por el que se regula la seguridad social de los trabajadores contratados a tiempoparcial, así como la jubilación parcial.Quinta. Preaviso - En todas los casos de licencias, excedencias, suspensión de contratoy demás modificaciones recogidas en la ley de igualdad y conciliación de la vidapersonal, laboral y familiar, de reciente publicación, que exigieran para su concesión elpreaviso correspondiente, se establece el mismo de carácter general para todos lossupuestos no contemplados en este convenio, en la cantidad de 15 días de antelación.Sexta. Canon de negociación.-Ambas partes acuerdan establecer un canon de negocia-ción que se abonará por los trabajadores y empresas en forma y cuantía que acontinuación se expresa:1. Por las empresas se descontará a cada trabajador en la nómina que perciba en losatrasos del presente Convenio Colectivo la cantidad de 15 euros por una sola vez. Dichacantidad se ingresará por las empresas en la cuenta corriente que las centrales sindicalesCC.OO. y UGT indiquen a la asociación de empresarios firmantes de este Convenio.Las cantidades ingresadas en la cuenta corriente, se repartirán entre ambas CentralesSindicales firmantes de este Convenio proporcionalmente a la representatividad quecada uno ostenta en la comisión negociadora, y que se reconocen y admiten por ambasque son las siguientes: 60% CC.OO. y 40% UGT.2. Todas las empresas afectadas por el presente Convenio vendrán obligadas a abonara la asociación empresarial APPYMEPAM 100 euros en concepto del canon denegociación.3. Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula transitoria cualquier trabajador

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o sindicato firmante, por la razón que fuese, podrá oponerse a la presente cláusula,poniéndolo en conocimiento de la empresa por escrito en el plazo de 15 días a contardesde la firma del presente Convenio.Las anteriores cantidades tienen por objeto sufragar los gastos causados a las centralessindicales así como a la asociación de empresarios firmantes como consecuencia delasesoramiento, desplazamientos, seguimientos, interpretación y divulgación de lanegociación del Convenio Colectivo así como para el funcionamiento de la ComisiónParitaria del Convenio.CLÁUSULA TRANSITORIA

Las partes han acordado con carácter retroactivo, a partir de 1 de enero de2007, un incremento provisional de 3,50% a todos los conceptos económicos ysalariales del Convenio vigentes en 31 de diciembre de 2006, que es concordante conlos contenidos establecidos en los artículos 13 y 14 del presente Convenio.

A los trabajadores/as que venían percibiendo cantidades superiores alnuevo plus de producción (que es el 15% de salario base), que sustituye a los plusesde empresas mecanizadas, semimecanizadas y totalmente mecanizadas, así comopor rebose de harina y piezas menores, las empresas les abonarán la diferencia entreel nuevo plus de producción (que es el 15% de salario base) y lo que veníanpercibiendo por los pluses desaparecidos y antes mencionados, y se establecerá condicha diferencia un plus personal consolidado, diario, que será incrementado cadaaño con los incrementos salariales que se acuerde en cada Convenio y/o revisiónsalarial.A los trabajadores/as que venían percibiendo cantidades superiores al nuevo plus deantigüedad (en concreto lo que tienen en la actualidad el 40% y el 50%), que sustituyea los pluses de antigüedad de acuerdos anteriores, las empresas les abonarán ladiferencia entre el nuevo plus de antigüedad y lo que venían percibiendo y se establecerácon dicha diferencia un plus personal consolidado, diario, denominado CPB-2007, queserá incrementado cada año con los incrementos salariales que se acuerde en cadaConvenio y/o revisión salarial.CONVENIO COLECTIVO DE PANADERIAS DE LA PROVINCIA DE CADIZSALARIOS AÑO 2007 - 3,5% (PROVISIONAL)SALARIOSCATEGORIAS EUROSTECNICOS Y ADMINISTRATIVOSJEFE DE FABRICACION .................................................................................................. 988,63 MesJEFE DE TALLER MECANICO ....................................................................................... 973,86 MesJEFE ADMINISTRATIVO ................................................................................................. 988,63 MesOFICIAL ADMINISTRATIVO ......................................................................................... 909,95 MesAUXILIAR ADMINISTRATIVO ........................................................................................ 866,4 MesPERSONAL DE PRODUCCIONMAESTRO ENCARGADO ................................................................................................... 30,34 DíaOFICIAL DE PALA/HORNEADOR .................................................................................... 30,34 DíaOFICIAL DE MASA ............................................................................................................. 29,28 DíaOFICIAL DE MESA .............................................................................................................. 28,88 DíaAYUDANTE .......................................................................................................................... 28,32 DíaFORMACION 1º AÑO ............................................................................................................ 16,2 DíaFORMACION 2º AÑO .......................................................................................................... 17,85 DíaFORMACION CON CARGA FAMILIAR ........................................................................... 19,64 DíaSERVICIOS COMPLEMENTARIOSMAYORDOMO ..................................................................................................................... 26,07 DíaCONDUCTOR O REPARTIDOR ......................................................................................... 26,07 DíaVENDEDOR/A EN DESPACHO ......................................................................................... 23,46 DíaAYUDANTE .......................................................................................................................... 24,85 DíaSERVICIOS COMUNESOFICIAL DE MECANICO ................................................................................................... 30,34 DíaAYUDANTE DE MECANICO ............................................................................................. 28,32 DíaPEON O MOZO ..................................................................................................................... 24,85 DíaPERSONAL DE LIMPIEZA (Jornada Completa) ................................................................... 18,8 DíaPERSONAL DE LIMPIEZA POR HORAS .......................................................................... 2,95 Hora

PERSONAL DE PRODUCCIONANTIG. % SALARIO BASE PLUS PRODUCCION EUROS TOTAL EUROS JORNADA CON

DIARIO (15%) ANTIGÜEDAD DIARIOS 140%MAESTRO ENCARGADO OFICIAL DE PALA0 ............................................. 30,34 ..................................... 4,55 ............................... 0 ....................... 34,89 .......................... 48,855 ............................................. 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 1,52 ....................... 36,41 .......................... 50,9710 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 3,03 ....................... 37,92 .......................... 53,0915 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 4,55 ....................... 39,44 .......................... 55,2220 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 6,07 ....................... 40,96 .......................... 57,3425 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 7,59 ....................... 42,48 .......................... 59,47OFICIAL DE MASA0 ............................................. 29,28 ..................................... 4,39 ............................... 0 ....................... 33,67 .......................... 47,145 ............................................. 29,28 ..................................... 4,39 .......................... 1,46 ....................... 35,13 .......................... 49,1810 ........................................... 29,28 ..................................... 4,39 .......................... 2,93 ......................... 36,6 .......................... 51,2415 ........................................... 29,28 ..................................... 4,39 .......................... 4,39 ....................... 38,06 .......................... 53,2820 ........................................... 29,28 ..................................... 4,39 .......................... 5,86 ....................... 39,53 .......................... 55,3425 ........................................... 29,28 ..................................... 4,39 .......................... 7,32 ....................... 40,99 .......................... 57,39OFICIAL DE MESA0 ............................................. 28,88 ..................................... 4,33 ............................... 0 ....................... 33,21 .......................... 46,495 ............................................. 28,88 ..................................... 4,33 .......................... 1,44 ....................... 34,65 .......................... 48,5110 ........................................... 28,88 ..................................... 4,33 .......................... 2,89 ......................... 36,1 .......................... 50,5415 ........................................... 28,88 ..................................... 4,33 .......................... 4,33 ....................... 37,54 .......................... 52,5620 ........................................... 28,88 ..................................... 4,33 .......................... 5,78 ....................... 38,99 .......................... 54,5925 ........................................... 28,88 ..................................... 4,33 .......................... 7,22 ....................... 40,43 ............................ 56,6AYUDANTE0 ............................................. 28,32 ..................................... 4,25 ............................... 0 ....................... 32,57 ............................ 45,65 ............................................. 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 1,42 ....................... 33,99 .......................... 47,5910 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 2,83 ......................... 35,4 .......................... 49,5615 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 4,25 ....................... 36,82 .......................... 51,5520 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 5,66 ....................... 38,23 .......................... 53,5225 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 7,08 ....................... 39,65 .......................... 55,51FORMACION 1º AÑO0 ............................................... 16,2 ..................................... 2,43 ............................... 0 ....................... 18,63 .......................... 26,08FORMACION 2º AÑO0 ............................................. 17,85 ..................................... 2,68 ............................... 0 ....................... 20,53 .......................... 28,74

FORMACION C/CARGA FAMIL.0 ............................................. 19,64 ..................................... 2,95 ............................... 0 ....................... 22,59 .......................... 31,63PERS. SERVICIOS COMPLEMENTARIOSVENDEDOR/A EN DESPACHO0 ............................................. 23,46 ..................................... 3,52 ............................... 0 ....................... 26,98 .......................... 37,775 ............................................. 23,46 ..................................... 3,52 .......................... 1,17 ....................... 28,15 .......................... 39,4110 ........................................... 23,46 ..................................... 3,52 .......................... 2,35 ....................... 29,33 .......................... 41,0615 ........................................... 23,46 ..................................... 3,52 .......................... 3,52 ......................... 30,5 ............................ 42,720 ........................................... 23,46 ..................................... 3,52 .......................... 4,69 ....................... 31,67 .......................... 44,3425 ........................................... 23,46 ..................................... 3,52 .......................... 5,87 ....................... 32,85 .......................... 45,99MAYORDOMO0 ............................................. 26,07 ..................................... 3,91 ............................... 0 ....................... 29,98 .......................... 41,975 ............................................. 26,07 ..................................... 3,91 ............................ 1,3 ....................... 31,28 .......................... 43,7910 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 2,61 ....................... 32,59 .......................... 45,6315 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 3,91 ....................... 33,89 .......................... 47,4520 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 5,21 ....................... 35,19 .......................... 49,2725 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 6,52 ......................... 36,5 ............................ 51,1CONDUCTOR O REPARTIDOR0 ............................................. 26,07 ..................................... 3,91 ............................... 0 ....................... 29,98 .......................... 41,975 ............................................. 26,07 ..................................... 3,91 ............................ 1,3 ....................... 31,28 .......................... 43,7910 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 2,61 ....................... 32,59 .......................... 45,6315 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 3,91 ....................... 33,89 .......................... 47,4520 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 5,21 ....................... 35,19 .......................... 49,2725 ........................................... 26,07 ..................................... 3,91 .......................... 6,52 ......................... 36,5 ............................ 51,1AYUDANTE0 ............................................. 24,85 ..................................... 3,73 ............................... 0 ....................... 28,58 .......................... 40,015 ............................................. 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 1,24 ....................... 29,82 .......................... 41,7510 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 2,49 ....................... 31,07 ............................ 43,515 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 3,73 ....................... 32,31 .......................... 45,2320 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 4,97 ....................... 33,55 .......................... 46,9725 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 6,21 ....................... 34,79 .......................... 48,71PERS. SERVICIOS COMUNESOFICIAL DE MECANICO0 ............................................. 30,34 ..................................... 4,55 ............................... 0 ....................... 34,89 .......................... 48,855 ............................................. 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 1,52 ....................... 36,41 .......................... 50,9710 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 3,03 ....................... 37,92 .......................... 53,0915 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 4,55 ....................... 39,44 .......................... 55,2220 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 6,07 ....................... 40,96 .......................... 57,3425 ........................................... 30,34 ..................................... 4,55 .......................... 7,59 ....................... 42,48 .......................... 59,47AYUDANTE DE MECANICO0 ............................................. 28,32 ..................................... 4,25 ............................... 0 ....................... 32,57 ............................ 45,65 ............................................. 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 1,42 ....................... 33,99 .......................... 47,5910 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 2,83 ......................... 35,4 .......................... 49,5615 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 4,25 ....................... 36,82 .......................... 51,5520 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 5,66 ....................... 38,23 .......................... 53,5225 ........................................... 28,32 ..................................... 4,25 .......................... 7,08 ....................... 39,65 .......................... 55,51PEON O MOZO0 ............................................. 24,85 ..................................... 3,73 ............................... 0 ....................... 28,58 .......................... 40,015 ............................................. 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 1,24 ....................... 29,82 .......................... 41,7510 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 2,49 ....................... 31,07 ............................ 43,515 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 3,73 ....................... 32,31 .......................... 45,2320 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 4,97 ....................... 33,55 .......................... 46,9725 ........................................... 24,85 ..................................... 3,73 .......................... 6,21 ....................... 34,79 .......................... 48,71P. LIMPIEZA J. COMPLETA0 ............................................... 18,8 ..................................... 2,82 ............................... 0 ....................... 21,62 .......................... 30,275 ............................................... 18,8 ..................................... 2,82 .......................... 0,94 ....................... 22,56 .......................... 31,5810 ............................................. 18,8 ..................................... 2,82 .......................... 1,88 ......................... 23,5 ............................ 32,915 ............................................. 18,8 ..................................... 2,82 .......................... 2,82 ....................... 24,44 .......................... 34,2220 ............................................. 18,8 ..................................... 2,82 .......................... 3,76 ....................... 25,38 .......................... 35,5325 ............................................. 18,8 ..................................... 2,82 ............................ 4,7 ....................... 26,32 .......................... 36,85P. LIMPIEZA PRECIO HORA0 ............................................... 2,95 ..................................... 0,44 ............................... 0 ......................... 3,39 ............................ 4,75PERS. TECNICO Y ADMINISTRATIVO

SALARIO BASE PLUS PRODUCCION EUROS TOTAL EUROS MesUALIDAD CONANTIG. % MENSUAL (15%) ANTIGÜEDAD MENSUALES 140%JEFE FABRICACION / JEFE ADMINISTRATIVO0 ........................................... 988,63 ................................. 148,29 ............................... 0 ................... 1136,92 ...................... 1591,695 ........................................... 988,63 ................................. 148,29 ........................ 49,43 ................... 1186,35 ...................... 1660,8910 ......................................... 988,63 ................................. 148,29 ........................ 98,86 ................... 1235,78 ...................... 1730,0915 ......................................... 988,63 ................................. 148,29 ...................... 148,29 ................... 1285,21 ...................... 1799,2920 ......................................... 988,63 ................................. 148,29 ...................... 197,73 ................... 1334,65 ...................... 1868,5125 ......................................... 988,63 ................................. 148,29 ...................... 247,16 ................... 1384,08 ...................... 1937,71JEFE TALLER / MECANICO0 ........................................... 973,86 ................................. 146,08 ............................... 0 ................... 1119,94 ...................... 1567,925 ........................................... 973,86 ................................. 146,08 ........................ 48,69 ................... 1168,63 ...................... 1636,0810 ......................................... 973,86 ................................. 146,08 ........................ 97,39 ................... 1217,33 ...................... 1704,2615 ......................................... 973,86 ................................. 146,08 ...................... 146,08 ................... 1266,02 ...................... 1772,4320 ......................................... 973,86 ................................. 146,08 ...................... 194,77 ................... 1314,71 ...................... 1840,5925 ......................................... 973,86 ................................. 146,08 ...................... 243,47 ................... 1363,41 ...................... 1908,77OFICIAL ADMINISTRATIVO0 ........................................... 909,95 ................................. 136,49 ............................... 0 ................... 1046,44 ...................... 1465,025 ........................................... 909,95 ................................. 136,49 .......................... 45,5 ................... 1091,94 ...................... 1528,7210 ......................................... 909,95 ................................. 136,49 ............................. 91 ................... 1137,44 ...................... 1592,4215 ......................................... 909,95 ................................. 136,49 ...................... 136,49 ................... 1182,93 ........................ 1656,120 ......................................... 909,95 ................................. 136,49 ...................... 181,99 ................... 1228,43 ........................ 1719,825 ......................................... 909,95 ................................. 136,49 ...................... 227,49 ................... 1273,93 ........................ 1783,5AUX. ADMINISTRATIVO0 ............................................. 866,4 ................................. 129,96 ............................... 0 ..................... 996,36 ........................ 1394,95 ............................................. 866,4 ................................. 129,96 ........................ 43,32 ................... 1039,68 ...................... 1455,5510 ........................................... 866,4 ................................. 129,96 ........................ 86,64 ........................ 1083 ........................ 1516,215 ........................................... 866,4 ................................. 129,96 ...................... 129,96 ................... 1126,32 ...................... 1576,8520 ........................................... 866,4 ................................. 129,96 ...................... 173,28 ................... 1169,64 ........................ 1637,525 ........................................... 866,4 ................................. 129,96 ........................ 216,6 ................... 1212,96 ...................... 1698,14OTROS CONCEPTOS ECONOMICOS

CONCEPTOS IMPORTESART. 6 ............ DESCANSO SEMANAL ................................................................................... 58,58ART. 16 .......... GRATIFICACIONES POR CARGO ........................................................................ 2ART. 19 .......... HORAS EXTRAORDINARIAS ............................................................................... 8ART. 22 .......... INVALIDEZ TOTAL O ABSOLUTA POR ACCIDENTE ............................... 5500........................ MUERTE POR ACCIDENTE .......................................................................... 11500........................ CHOFER EN CASO DE ACCIDENTE ............................................................ 16000

ANTIG. % SALARIO BASE PLUS PRODUCCION EUROS TOTAL EUROS JORNADA CONDIARIO (15%) ANTIGÜEDAD DIARIOS 140%

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ART. 23 JUBILACION VOLUNTARIAEUROS / AÑO ANTIGÜEDAD1) 60 AÑOS ................... 148,62 ........... MAXIMO ................... 3709,32) 61 « ........................... 83,38 ........... MAXIMO ................. 2670,973) 62 « ........................... 72,74 ........... MAXIMO ................... 2373,84) 63 « ............................ 59,36 ........... MAXIMO ................. 2077,815) 64 « ............................ 44,33 ........... MAXIMO ................. 1780,65

Nº 10.962___________________

CONSEJERIA DE SALUDCADIZ

ANUNCIOEn cumplimiento del art. 59 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 deNoviembre (BOE de 27-XI), al no poder notificar el acto administrativo procede supublicación para que sirva de notificación del mismo. Se indica que queda de manifiestoel expediente que se encuentra en la Sección de Procedimiento de la DelegaciónProvincial de Salud de Cádiz (sito en Av. María Auxiliadora 2, C.P. 11071, Cádiz),donde podrán comparecer para conocer el texto integro del acto que se notifica,teniendo en cuenta los plazos indicados para la presentación de recursos, escritos oalegaciones que se contarán a partir del día siguiente de la publicación de este acto.EXPEDIENTE : 11316 07ACTO A NOTIFICAR: ACUERDO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO SANCIO-NADORINTERESADO: CARLOS MADRID SÁNCHEZDOMICILIO: C/REAL 43LOCALIDAD: MALAGÓN (CIUDAD REAL)HECHOS IMPUTADOS: ACTA DENUNCIA RENFE DE 06 DE JUNIO DE 2007DISPOSICIONES Y PRECEPTOS INFRINGIDOS:- Art. 8.1 h ) Ley 28/2005 de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismoy reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos deltabaco.ESTE ACTO NO PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVARECURSOS Y DERECHOS DEL INTERESADO:- Derecho de audiencia y presentación escrito de presentación de alegaciones, docu-mentación o informaciones en plazo de quince días hábiles.NORMA DE ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS: El Decreto de la Consejería deSalud nº 20/2005, de 25 de enero (BOJA Nº 28 de 9 de febrero) por el que se atribuyecompetencias sancionadoras en materia sanitaria en el ámbito de la Consejería de Salud.

EL DELEGADO PROVINCIAL Fdo: Hipólito García RodríguezNº 10.995

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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTEAGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

SEVILLAIntentada sin efecto la notificación a los interesados que se relacionan a

continuación, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se considera procedente efectuar dicha notificación através de su exposición en el tablón de anuncios del ayuntamiento y de su publicaciónel boletín oficial de la provincia.

Por lo expuesto, se hace público el presente anuncio, haciéndoles saber a todoslos interesados que pueden comparecer en la sede de esta Agencia Andaluza del Aguasita en Avd. Americo Vespuccio, 5, Bloque C, Isla de la Cartuja, en Sevilla (C.P. 41092),a efectos del conocimiento integro del acto.Expte: SA-CA-035-2007Interesados: Mª Angeles Ibáñez OteroCIF/NIF: 31308182-FÚltimo domicilio conocido: Urb. Las Palmeras. C/ Palmera de Alejandría, nº 1. 11500El Puerto de Santa Maria. (Cádiz).Infracción: Leve. Artículos 100, 116.3 f) del Texto Refundido de la Ley de Aguas yartículo 245 y 315 j) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.Sanción: 300,51 ¤Acto notificado: Incoación y Pliego de CargosPlazo de alegaciones: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación

LA CONSEJERA TÉCNICA, Carmen Barragán WhiteNº 10.996

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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTEAGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

SEVILLAIntentada sin efecto la notificación a los interesados que se relacionan a

continuación, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se considera procedente efectuar dicha notificación através de su exposición en el tablón de anuncios del ayuntamiento y de su publicaciónel boletín oficial de la provincia.

Por lo expuesto, se hace público el presente anuncio, haciéndoles saber a todoslos interesados que pueden comparecer en la sede de esta Agencia Andaluza del Aguasita en Avd. Americo Vespuccio, 5, Bloque C, Isla de la Cartuja, en Sevilla (C.P. 41092),a efectos del conocimiento integro del acto.

Expte: SA-CA-037-2007

Interesados: JUAN MANUEL PEREZ LOZANO CIF/NIF: 44031622-P RUBEN ANGEL BERNAL CHICHÓN CIF/NIF: 75757574-J

Último domicilio conocido: AVD. DE LOS DESCUBRIMIENTOS, Nº 88-90. Chiclana de la Frontera (Cádiz).

Infracción: Leve. Artículos 116.3 b) del Texto Refundido de la Ley de Aguasy artículo 84.2, 85.1 y 315 j) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Sanción: 240,40 eurosActo notificado: Resolución expediente sancionadorContra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa se podrá

interponer recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico, la Dirección Gerenciade la Agencia Andaluza del Agua , en el plazo de UN MES contado a partir del díasiguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidadcon lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común

LA CONSEJERA TÉCNICA. Fdo.. Carmen Barragán White.Nº 10.997

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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTEAGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

SEVILLAIntentada sin efecto la notificación a los interesados que se relacionan a

continuación, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se considera procedente efectuar dicha notificación através de su exposición en el tablón de anuncios del ayuntamiento y de su publicaciónel boletín oficial de la provincia.

Por lo expuesto, se hace público el presente anuncio, haciéndoles saber a todoslos interesados que pueden comparecer en la sede de esta Agencia Andaluza del Aguasita en Avd. Americo Vespuccio, 5, Bloque C, Isla de la Cartuja, en Sevilla (C.P. 41092),a efectos del conocimiento integro del acto.Expte: SA-CA-031-2007Interesados: CEBADEROS GADITANOS, S.ACIF/NIF: A-11653672Último domicilio conocido: Urb. El Bosque. Edificio Calendula, Piso 1º-D, puerta D.11405 Jerez de la Frontera (Cádiz).Infracción: Leve. Artículos 100, 116.3 f) del Texto Refundido de la Ley de Aguas yartículo 245 y 315 j) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.Sanción: 3.000 ¤Acto notificado: Incoación y Pliego de CargosPlazo de alegaciones: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación

LA CONSEJERA TÉCNICA, Carmen Barragán WhiteNº 11.006

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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTECADIZ

VÍAS PECUARIASANUNCIO DE DESLINDE

Expediente: VP/02822/2005. Clasificada por Orden Ministerial de fecha 15de diciembre de 1958 y Orden Ministerial de fecha 25 de mayo de 1965 y habiendoaprobado el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Medio Ambiente, con fecha 12 de septiembrede 2007, el inicio del procedimiento de deslinde de las vías pecuarias denominadasVereda del Termino de Tarifa y Vereda del Termino con Barbate, en el tramo Parcial,de 1500 M por la Línea de Término desde la Vía Pecuaria "Vereda de la Playa", en lostérminos municipales de Barbate (Cádiz) y de Tarifa (Cádiz), y de conformidad con loprevisto en el artículo 19.2 del Reglamento de Vías Pecuarias de la ComunidadAutónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio (B.O.J.A. Nº87, de 4 de agosto), se hace público, para general conocimiento, que las operacionesmateriales de deslinde de dicha vía pecuaria darán comienzo el día 4 de diciembre de2007 a las 09:30 horas en Salón de Actos del Hogar Municipal del Pensionista, Sita C/Thompson 1 en Zahara de los Atunes.

Asimismo tal como lo previene el Artículo 59 de la Ley 30/92 de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,modificado por la ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº12 de 14 de Enero), el presenteanuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a lostitulares de bienes y derechos que sean desconocidos, a aquellos respecto de quienes seaignorado su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubierapodido practicar la misma.

En representación de la Delegación Provincial de la Consejería de MedioAmbiente asistirá un Representante de la Administración designado al efecto.

Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegacionesoportunas en dicho acto.Se adjunta Listado de interesados y/o afectados a dicho expediente.

Cádiz, 08 de octubre de 2007 LA DELEGADA PROVINCIAL Fdo.: MaríaGemma Araújo Morales

Listado de interesados y/o afectados de las vías pecuarias denominadasVereda del término de Tarifa y Vereda del término con Barbate, en los términosmunicipales de Barbate y Tarifa respectivamente, en la provincia de Cádiz.AFECTADOS REF. CATASTRALA.S.A.J.A .......................................................................................................................................................................................... S/RADEMOBEL NAVARRA, S.L. ........................................................................................... *4224901TF4042S0004FQ (BARBATE)AGADEN .......................................................................................................................................................................................... S/RAGENCIA ANDALUZA DEL AGUA (CUENCA ATLANTICA) ............................... 10/9006,9023; *16/9008,9009 (BARBATE)

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25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 25

AFECTADOS REF. CATASTRALARIAS SÁNCHEZ, JOSÉ LUIS ........................................................................................... *4224901TF4042S0014ZI (BARBATE)ATLANTICO Y CÍA. SOCIEDAD CIVIL ........................................................... *4224901TF4042S0006HE,0011 KT (BARBATE)AYUNTAMIENTO DE BARBATE .......................................................................................................... *16/025,9010 (BARBATE)AYUNTAMIENTO DE TARIFA ............................................................................................................................................. 10/9007BACETE ARANDA, VICENTE F. ....................................................................................... *4224906TF4042S0001PZ (BARBATE)BENÍTEZ GALÁN, JUAN JOSÉ ......................................................................................... *4224907TF4042S0001LZ (BARBATE)BENÍTEZ TEJADA, Mª. ROSARIO ................................................................................... *4224901TF4042S0003DM (BARBATE)BROOSKBANK RAY, STEPHEN ..................................................................................... *4225501TF4042N0008UB (BARBATE)CACERES MOLINA, LETICIA ......................................................................................... *4225501TF4042N0007YL (BARBATE)CASTRO VALENCIA, GASPAR ....................................................................................... *4225501TF4042N0006TK (BARBATE)CDAD. DE HEREDEROS DE LUIS DIEZ DE OÑATE VILLALTA .............................................................. *16/020 (BARBATE)DESCONOCIDO ............................................................................................................................... *002500300TF40C (BARBATE)DESCONOCIDO ............................................................................................................................... *000500100TF40A (BARBATE)DESCONOCIDO ............................................................................................................................................... *16/9000 (BARBATE)DUARTE PÉREZ, Mª. JOSÉ .............................................................................................. *4224901TF4042S0005GW (BARBATE)ECOLOGISTAS EN ACCIÓN ......................................................................................................................................................... S/RESTÉVEZ PÉREZ, AMELIA EUGENIA ............................................................................ *4225501TF4042N0005RJ (BARBATE)F.E.P.G .............................................................................................................................................................................................. S/RFERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, ANTONIA ........................ *4225501TF4042N0001MD, *4224901TF4042S0008KT (BARBATE)FERNÁNDEZ VALDES, FCO. JAVIER ................................ *4224901TF4042S0007JR; *4225501TF4042N0009IZ (BARBATE)FERNÁNDEZ VALDES, JOSÉ Mª. ................................................................................... *4225501TF4042N0002QF (BARBATE)GARCÍA CORBACHO, MANUELA ................................................................................. *4224901TF4042S0015XO (BARBATE)GÓMEZ GONZÁLEZ, JOSÉ .............................................................................................. *4225501TF4042N0004EH (BARBATE)GONZÁLEZ POVEDA GONZÁLEZ, Mª. LOURDES ........................................................ *4224901TF4042S0010JR (BARBATE)HERRANZ SÁNCHEZ, Mª. MAR ....................................................................................... *4224902TF4042S0001BZ (BARBATE)JEFATURA CENTRAL TRÁFICO - MINISTERIO DEL INTERIOR ....................................................... 4521302TF4042S0001EZJIMÉNEZ ROMERA, JOSÉ ANTONIO ............................................................................. *4224901TF4042S0003DM (BARBATE)LIS GARCÍA, MIGUEL ANGGEL .................................................................................... *4224901TF4042S0016MP (BARBATE)LORENTE PÉREZ, FRANCISCO ....................................................................................... *4224901TF4042S0013BU (BARBATE)LUZ VÁZQUEZ, JOSÉ ANTONIO DE LA ........................................................................ *4224901TF4042S0001AZ (BARBATE)MEDINA MUÑOZ, LUIS .................................................................................................... *4224901TF4042S0012LY (BARBATE)MINISTERIO DE DEFENSA - DELEGACIÓN DE CÁDIZ ............................................................................. *09/112 (BARBATE)MUÑOZ HERRERA, FRANCISCO ................................................................................... *4225501TF4042N0008UB (BARBATE)NÚÑEZ FERNÁNDEZ, JOSEFA ........................................................................................ *4224901TF4042S0009LY (BARBATE)NÚÑEZ MORALES, JOSÉ .......................................................................................................................... *16/028,021 (BARBATE)NÚÑEZ NAVARRO, ALFONSO ...................................................................................... *4225501TF4042N0001MD (BARBATE)QUERO NÚÑEZ, ALFONSO ............................................................................................. *4224901TF4042S0015XO (BARBATE)QUINTANA FERIA, ISABEL ............................................................................................. *4224907TF4042S0001LZ (BARBATE)QUIROS MORALES, Mª. ROSARIO .................................................................................. *4224901TF4042S0014ZI (BARBATE)RIVAS CASADO, Mª. ANGELES ....................................................................................... *4224906TF4042S0001PZ (BARBATE)SÁNCHEZ OLIVA, Mª. ROSARIO ................................................................................... *4225501TF4042N0003WG (BARBATE)SÁNCHEZ VARO, ANTONIO ........................................................................................................................... *16/026 (BARBATE)SANTOS RAMOS, BERNARDO ........................................................................................ *4224905TF4042S0001QZ (BARBATE)SERRANO OLMEDO, DOMINGO ..................................................................................... *4224901TF4042S0002SX (BARBATE)SIERREZUELA PLAYA, S.A. ........................................................................................................................................................ S/RTRUJILLO CABANES, ENCARNACIÓN .................................................................................................................. 10/077,079,078TRUJILLO CABANES, JOSÉ .......................................................................... 4521301TF4042S0001JZ; 4521303TF4042S0001SZTRUJILLO CABANES, MIGUEL ................................................................................................................ 4626801TF4042N0001IDTRUJILLO CABANES, RAFAEL ...................................................................................................................... *16/024 (BARBATE)U.A.G.A. ........................................................................................................................................................................................... S/RU.P.A. ................................................................................................................................................................................................ S/RVALDES ROMERO, JUAN ............................................................................................... *4225501TF4042N0003WG (BARBATE)VILCHEZ MOLEÓN, FRANCISCA ............................................................................................................. 4521301TF4042S0001JZ

Cádiz, 8 de octubre de 2007 La Delegada Pronvincial. Fdo.: María GemmaAraújo Morales

Nº 11.020

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ

SECRETARIA GENERALEXTRACTOS DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN PROVINCIAL DE CADIZ EN LA SESION ORDINARIA CELE-BRADA EL DIA 10 DE OCTUBRE DE 2007 QUE SE PUBLICAN A LOS EFECTOSPREVISTOS EN EL ARTICULO 196 DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN,FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN JURÍDICO DE LAS CORPORACIONES LO-CALES.

Se adoptaron los siguientes acuerdos:1 Por mayoría, aprobar el Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de Septiembrede 2007.2 Quedar enterado de la relación de Resoluciones dictadas por la Presidencia duranteel mes de Agosto de 2007.COMISION INFORMATIVA PERMANENTE DE PRESIDENCIA3 Por mayoría, iniciar los trámites para la constitución del Órgano AutónomoProvincial “Fundación Dos Orillas” y aprobar sus Estatutos.4 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2005,que afecta al municipio de Torre-Alháquime.5 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2006,que afecta al municipio de Torre-Alháquime.6 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2007,que afecta al municipio de Torre-Alháquime.7 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2007,que afecta al municipio de Zahara de la Sierra.8 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2007,que afecta al municipio de Algar.9 Por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación del Plan Provincial deCooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y de Carreteras 2007,que afecta al municipio de Barbate.

10 Por unanimidad, aprobar la modificación presupuestaria, por cambio de capítulo, delas obras del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de CompetenciaMunicipal y de Carreteras 2007 nº. 11/07 “Mejora, Infraestructura, Pavimentación,Saneamiento y Agua Zona Huertos de Ocio”, del municipio de Prado del Rey y nº. 87/07 “Construcción, Acerados y Mejora Red Alcantarillado y Abastecimiento de AguaAvda. Andalucía”, del municipio de Zahara de la Sierra.COMISION INFORMATIVA PERMANENTE DE HACIENDA, RECAUDACIÓNY PATRIMONIO11 Por mayoría, aprobar la rectificación del Inventario de Bienes de la Diputación al 31de Diciembre de 2006.12 Por mayoría, aprobar el Expediente de Modificación de Crédito del presupuesto envigor nº. 54.13 Por mayoría, aprobar expedientes de modificación de crédito propuestos por elPatronato Provincial de Vivienda y el Instituto para el Fomento del Deporte.14 Por mayoría, ratificar Convenios en materia tributaria con “La Comunidad deRegantes Llanos de Villamartín”, el “Grupo de Desarrollo Rural Asociación para elDesarrollo Rural del Litoral de La Janda”, el “Grupo de Desarrollo Rural de LosAlcornocales”, la “Asociación para el Fomento de Nuevas Estrategias de CarácterSocioeconómico Sostenible e Integradas en la Sierra de Cádiz” y los “Grupos deDesarrollo Rural y Asociación para el Desarrollo Rural de la Campiña de Jerez”.15 Por mayoría, aprobar los anexos a los Convenios de Recaudación vigentes conlos Ayuntamientos de Setenil de las Bodegas, Benalup-Casas Viejas y PuertoSerrano.COMISION INFORMATIVA PERMANENTE DE FUNCION PUBLICA Y RE-CURSOS HUMANOS16 Por mayoría, aprobar el nuevo reglamento por el que se va a regular el procedimientode gestión de bolsas de trabajo.PROPOSICIONES17 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Andalucista de instar al Ministerio deAgricultura, Pesca y Alimentación a que no supedite la definición de medio rural, zonarural y municipio rural al cumplimiento de determinados límites de población ydensidad.18 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Popular de establecimiento de unPrograma de Colaboración, Cooperación y Cofinanciación de la Diputación con losmunicipios de la provincia menores de 20.000 habitantes, la Junta de Andalucía, elEstado y la Unión Europea tendente al cumplimiento de la resolución que sobredepuración de aguas viene comprendida en la Carta de Aalborg.19 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Popular de instar al Consejo deGobierno de la Junta de Andalucía a promover el consenso en torno a la creación de unfondo de compensación económica que corrija las desigualdades entre los gaditanosque desempeñan sus trabajos en territorio nacional y los que lo hacen en territoriogibraltareño.20 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Popular de instar al Parlamento deAndalucía a que incluya en el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y ProtecciónIntegral contra la Violencia de Género la posibilidad de que el personal de seguridad deAndalucía pueda ser incluido en el Capítulo II, artículo 30, del citado proyecto de Ley.21 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Popular de adopción de diversosacuerdos en relación con el Turismo de Salud en su versión de Talasoterapia y con laconvocatoria de una Mesa Sectorial de Infraestructuras en relación con los destinosturísticos.22 Por mayoría, rechazar proposición del Grupo Popular de adopción de diversosacuerdos en relación con los riesgos a los que se ve sometido el litoral andaluz y enespecial la Bahía de Algeciras por el constante tránsito de mercancías potencialmentepeligrosas.MOCIONES Y ASUNTOS DE URGENCIANo se produjeron.RUEGOS Y PREGUNTASSe consumió el turno.

Cádiz, 11 de Octubre de 2007 EL SECRETARIO GENERAL Fdo: JoaquínFernández López-Covarrubias Vº. Bº. EL PRESIDENTE fdo: Francisco GonzálezCabaña

Nº 11.043___________________

SERVICIO DE GESTION JURIDICO-ADMINISTRATIVASECCION CONTRATACION DE OBRAS

ANUNCIO1.- ENTIDAD ADJUDICADORA:

ORGANISMO: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.DEPENDENCIA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE:Servicio de Gestión Jurídico-Administrativa (Sección Contratación de Obras)Nº de expedientes: 20/07, 21/07, 22/07, 23/07 y 24/07 pertenecientes al Plan Inv. Rep.Infrae. Mejora Accesos Carreteras 2007; y Expte. Nº 28/07 perteneciente al PlanProvincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Mpal. y Ctras. 2007.

2.- OBJETO DEL CONTRATO.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 20/07 - Proyecto de “MEJORA CA-3104 (GUADALCACÍN-LAS MESAS) PK.4,500 A 6,750”.LUGAR DE EJECUCIÓN: LA PROVINCIA.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 4 meses.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 21/07 - Proyecto de “REFUERZO DEL FIRME EN LA CA-6101 (NACIMIENTO)PK. 0,000 AL 1,000”.LUGAR DE EJECUCIÓN: LA PROVINCIA.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 4 meses.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 22/07 - Proyecto de “REFUERZO DE FIRME EN LA CA-7101 (ESTACIÓN DE

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Página 26 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 25 de octubre de 2007

VILLAMARTÍN), PK. 6,300 A 7,800”.LUGAR DE EJECUCIÓN: LA PROVINCIA.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 2 meses.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 23/07 - Proyecto de “REFUERZO DE FIRME DE LA CA-9101 (OLVERA-CORIPE) PK. 6,300 AL 8,300”.LUGAR DE EJECUCIÓN: LA PROVINCIA.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 4 meses.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 24/07 - Proyecto de “REFUERZO DEL FIRME EN LA CA-8101 (SARRACÍN)PK. 7,750 AL 8,590”.LUGAR DE EJECUCIÓN: LA PROVINCIA.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 4 meses.DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:Nº 28/07 - Proyecto de “AMPLIACIÓN CEMENTERIO MUNICIPAL”.LUGAR DE EJECUCIÓN: EL BOSQUE.PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN (meses): 9 meses.

3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICA-CIÓN.Tramitación: Ordinaria.Procedimiento: Abierto.Forma: Subasta.

4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.IMPORTE TOTAL:◊ Obra nº 20/07 ................................................................................................................. 75.000,00.-¤.◊ Obra nº 21/07 ............................................................................................................... 100.000,00.-¤.◊ Obra nº 22/07 ................................................................................................................. 75.000,00.-¤.◊ Obra nº 23/07 ............................................................................................................... 100.000,00.-¤.◊ Obra nº 24/07 .................................................................................................................. 75.000,00.-¤◊ Obra nº 28/07 ............................................................................................................... 135.127,86.-¤.

5.- GARANTÍA.Obra núm. 20/07 ................................................................................................................. 1.500,00.- ¤Obra núm. 21/07 ................................................................................................................. 2.000,00.- ¤Obra núm. 22/07 ................................................................................................................. 1.500,00.- ¤Obra núm. 23/07 ................................................................................................................. 2.000,00.- ¤Obra núm. 24/07 ................................................................................................................. 1.500,00.- ¤Obra núm. 28/07 ..................................................................................................................... EXENTA

(En el caso de las obras núms. 20/07, 21/07, 22/07, 23/07, 24/07 quedarádispensado de constituir la garantía provisional aquel empresario que presente ladocumentación señalada en el número 7 c) de este Anuncio.

6.- OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN.Entidad: Diputación Provincial, Sección Contratación Obras.Domicilio: Plaza de España s/nLocalidad y código postal: Cádiz - 11071Teléfono: 956 24 02 57 y 24 02 58Telefax: 956 24 03 18Fecha límite de obtención de documentos e información:Hasta el día anterior hábil a la finalización de presentación de plicas.

7.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA.CLASIFICACIÓN OBLIGATORIA:Obra nº 28/07; GRUPO C; SUBGRUPO 2; CATEGORÍA C)Requisitos Obras nº 20/07, 21/07, 22/07, 23/07, 24/07 :

A) Solvencia económica y financiera, se justificará mediante los siguientesmedios:- Informes de instituciones financieras, conforme a los siguientes criterios:- Antigüedad de la empresa en sus relaciones con la entidad financiera.- Cumplimiento de las obligaciones contraídas; atención de pagos a los que estéobligada, etc.- Apreciación de la solvencia económica y financiera de la empresa conforme a lossaldos medios anuales de las cuentas corrientes con la entidad.- Declaración relativa a la cifra de negocio global y de las obras realizadas por la empresaen el curso de los tres últimos ejercicios, conforme a los siguientes criterios:- Referida a los tres últimos ejercicios.- Correspondientes al volumen de negocios de la empresa.- Expresa referencia al volumen exclusivo de contratos de obras.

Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referenciassolicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otradocumentación considerada como suficiente por la Administración.

B) Solvencia técnica o profesional, se justificará mediante los siguientesmedios:- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años acompañadasde certificados de buena ejecución para las más importantes, conforme a los siguientescriterios:- Denominación, importes y beneficiarios.- Indicación de llevarse a cabo mediante contratos directos o mediante subcontratos.- Estados de las mismas, en ejecución o terminadas.- Los certificados a que se refiere este apartado se expedirán por los Directores de lasobras y expresarán el grado de satisfacción para las terminadas.

Tanto la relación de obras como los certificados de directores se ajustarán alos modelos recogidos en los Anexos 8 y 9 del Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares.- Declaración sobre los efectivos personales medios anuales de la empresa, indicando,en su caso, grado de estabilidad en el empleo de los mismos y la importancia de susequipos directivos durante los tres últimos años, conforme a los siguientes criterios:- Relación del personal vinculado a la empresa en los tres últimos años y antigüedad enla misma.- Calificación profesional y titulación en su caso.

C) Se entenderá acreditada la solvencia económica, financiera y técnica o

profesional si el empresario presenta certificado acreditativo de la siguiente clasifica-ción:- Obra nº 20/07 ............................................................................. Grupo G; Subgrupo 4; Categoría b)- Obra nº 21/07 ............................................................................. Grupo G; Subgrupo 4; Categoría d)- Obra nº 22/07 ............................................................................. Grupo G; Subgrupo 4; Categoría c)- Obra nº 23/07 ............................................................................. Grupo G; Subgrupo 4; Categoría c)- Obra nº 24/07 ............................................................................. Grupo G; Subgrupo 4; Categoría b)

8.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DEPARTICIPACIÓN.Fecha límite de presentación y hora: Hasta las 13 horas del día en que se cumplan los26 naturales a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia.Documentación a presentar: La exigida en la cláusula 6 del Pliego de CondicionesParticulares en todos sus apartados.Lugar de presentación: Registro Especial de Proposiciones (Negociado de Gobierno)Entidad: Diputación ProvincialDomicilio: Plaza de España s/nLocalidad y código postal: Cádiz - 11071

9.- APERTURA DE OFERTAS.Entidad: Diputación Provincial.Domicilio: Plaza de España s/nLocalidad: CádizFecha: Al SEGUNDO MARTES hábil siguiente a aquel en que termine el plazo depresentación de proposiciones.Hora: 9,30 horas

10.- OTRAS INFORMACIONES:a) En el supuesto de que el plazo de presentación de proposiciones o su apertura finaliceen sábado, el plazo terminará al día siguiente hábil.b) En el supuesto de proposiciones presentadas por correo, la apertura tendrá lugarconforme a lo indicado en la cláusula 8.10 del Pliego.

11.- GASTOS DE ANUNCIOS: Los anuncios serán por cuenta del adjudica-tario.

Cádiz, a 11 de octubre de 2007 EL PRESIDENTE, Fdo. Francisco GonzálezCabaña.

Nº 11.080

ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOSANUNCIO

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de Marzode 2.007, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo en relación al Documento PlanMunicipal Integral de Accesibilidad de Los Barrios; promovido por el Iltmo.Ayuntamiento Los Barrios, cuya parte dispositiva dice:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Plan Municipal Integral de Accesibili-dad de Los Barrios.

SEGUNDO.- Continuar con su tramitación, sometiéndose el expediente conla documentación que o integra, a información publica por plazo de un mes, medianteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Diario de mayor difusión, así comoinforme de los organismo con competencia sectorial de aplicación.

Lo que se hace publico en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 32 y 39.1de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).Los Barrios a 28 de Marzo de 2.007. EL ALCALDE Por Decreto de 15 de Octubre de1.996. EL TENIENTE DE ALCALDE-DELEGADO. Fdo.: Antonio RodríguezGonzález.

Nº 4.443___________________

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERAGERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

ANUNCIODe conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1.999 de 13 de enero y al no poder practicarsela notificación personal a los siguientes propietarios:Antana System, S.LCastellana de Telemática, S.L.D. Antonio Barroso Lazaro y Dña. Elisa Sánchez PalomoD. Antonio Jesús Tomero Rodriguez y Dña. Susana Gutierrez GamezD. Domingo Ventura Vargas y Dña. Inmaculada Garcia JimenezD. Fabian Ramón Vidal Santana y Dña. Maria Nieves Maira GonzálezD. Gonzalo Rainer Pan y Dña. Maria Idoia Arcos PascuaD. Humberto Janeiro BazánD. Jorge Santamaria Muñoz y Dña. Margarita Clavijo ZapataD. José Emilio Ribadulla ReyD. Juan Rodriguez Rubio Rodriguez y Dña. Sophie de ClerckD. Luis Berrocal Cansado y Dña. Patricia Atienza AlonsoD. Marcos Rainer PanD. Miguel Romero Valdespino HermosaD. Oscar Padilla Bernal y Dña. Maria José Cabral MarinD. Radivoje LekicD. Teodoro Garrido Curra y Dña. Ana Mª Villalobos MarquezD. Tomás Gómez Muñoz y Dña. Elisa Marfil PérezDña. Adelina López Ventura

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25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 27

Dña. Consuelo Garcia Angulo de la Calle y Dña. Rafaela Delage DamaudeDña. Cristina Fernández Canedo PintoDña. Elena González UchaDña. Esperanza Macarena Salvago EnriquezDña. Juliet Mery Cathy CulletonDña. Luisa Rainer PanDña. Margarita Dolores Abascal SouzaDña. Rosario González Castrelode la Resolución que a continuación se señala, por medio del presente se comunica a losinteresados lo siguiente:

“La Excma. Sra. Alcaldesa- Presidenta del Consejo de Gestión de la GerenciaMunicipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, medianteResolución de fecha de 8 de marzo de 2007, aprobó definitivamente los Estatutos yBases que regirán en la Unidad de Ejecución 10.1.B. “El Altillo”.

Contra la anterior Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podráinterponer los siguientes recursos:1) Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes,a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurreun mes desde su presentación sin notificarse su resolución (art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificados por la Ley 4/1999).2) Contencioso Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente asu notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se desprendede lo dispuesto en los artículos 46 y 10 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio.

En el caso de interponer Recurso de Reposición no podrá interponer recursocontencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto y siempre dentro de los plazossiguientes:- 2 meses. Desde la notificación de la resolución expresa del Recurso de Reposición.- 6 meses. Si en el plazo de un mes desde la interposición del Recurso de Reposiciónno recibió notificación de su resolución expresa del mismo.

Cualquier otro que estime conveniente.En Jerez de la Frontera, a treinta de agosto de dos mil siete. EL GERENTE.

FIRMA.Nº 9.448

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AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERAANUNCIOS DE ADJUDICACION

1.- OBRAS DE EMBELLECIMIENTO DE CALLES DEL CONJUNTOHISTÓRICO ARTÍSTICO DE CONIL DE LA FRONTERA. C/JOSE TOMÁS BO-RREGO Y CALLEJÓN EL PORTILLO.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 10/05

2. Objeto del contratoTipo de Obra: ObraDescripción del objeto: Obras de Embellecimiento de Calles del Conjunto HistóricoArtístico de Conil de la Frontera. C/José Tomás Borrego y el Callejón El Portillo.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 67 de 10 de abril de 2006.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación:Procedimiento: Abierto(desierto).- Procedimiento Negociado.Forma:

4. Presupuesto Base de Licitación: 92.872,35 euros5. Adjudicación:

Fecha: 17/5/06Contratista: Gades Gestión, S.L..Importe de Adjudicación: 92872,35 euros

2.- ACTIVIDAD DE MONITORES Y SOCORRISTAS EN LA PISCINACUBIERTA MUNICIPAL DE CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 1/07

2. Objeto del contratoTipo: ActividadDescripción del objeto: Prestación de la Actividad de Monitores y Socorrista en laPiscina Cubierta Municipal de Conil de la Frontera .Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 17 de 24 de enero de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: UrgenteProcedimiento: AbiertoForma: Concurso.

4. Presupuesto Base de Licitación:PRESTACIÓN MÁXIMO HORAS ANUALES PRECIO/HORAMonitores ............................................................ 11.092 .......................... 12,50 eurosSocorristas ............................................................ 2.988 .......................... 12,50 euros

5. Adjudicación:Fecha: 4/04/07Contratista: U.T.E. INICIATIVAS DEPORTIVAS DE CONIL, S.L..Importe de Adjudicación: 169.664 euros

3.- CONSTRUCCIÓN DE GUARDERÍA MUNICIPAL EN C/TORRE DELPUERCO DE CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 2/07

2. Objeto del contratoTipo: ObrasDescripción del objeto: Obras de Construcción de Guardería Municipal en C/Torre delPuerco de Conil de la Frontera.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 36 de 21 de febrero de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: OrdinariaProcedimiento: AbiertoForma: Subasta.

4. Presupuesto Base de Licitación:438.298,47 euros5.- Adjudicación

Fecha: 4/04/07Contratista: ASAZE INGENIEROS, S.L..Importe de Adjudicación: 397.000 euros

4.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN LA PISCINA CUBIERTA MUNICIPALDE CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 3/07

2. Objeto del contratoTipo: ServicioDescripción del objeto: Prestación del Servicio de Limpieza en la Piscina CubiertaMunicipal en Conil de la Frontera .Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 20 de 29 de enero de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: UrgenteProcedimiento: AbiertoForma: Concurso.

4. Presupuesto Base de Licitación:PRESTACIÓN MÁXIMO HORAS ANUALES PRECIO/HORALimpiador ............................................................. 2.128 ............................... 15 euros

5. Adjudicación:Fecha: 20/03/07Contratista: TEAM RESCUE, S&S, S.L..Importe de Adjudicación: 129.898,40 euros

5.- OBRAS DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO PARA DEPENDENCIASPOLICIALES 1ª FASE EN CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 4/07

2. Objeto del contratoTipo: ObrasDescripción del objeto: Obras que comprende el proyecto de ejecución de Edificio paraDependencias Policiales 1ª fase en Conil de la Frontera.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 27 de 7 de febrero de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: UrgenteProcedimiento: AbiertoForma: Subasta.

4. Presupuesto Base de Licitación:749.272,91 euros.5.- Adjudicación

Fecha: 13/03/07Contratista: ASAZE INGENIEROS, S.L..Importe de Adjudicación: 670.599,25 euros

6.- SERVICIO DE ILUMINACIÓN EXTRAORDINARIA ARTÍSTICA YORNAMENTAL DE LAS FERIAS, FIESTAS Y EVENTOS DE CONIL DE LAFRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 9/07

2. Objeto del contratoTipo: ServicioDescripción del objeto: Servicio de Iluminación Extraordinaria Artística y Ornamentalde las Ferias, Fiestas y Eventos de Conil de la Frontera.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 66 de 9 de abril de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación:Procedimiento: Abierto(desierto).- Procedimiento Negociado.Forma:

4. Presupuesto Base de Licitación: 120.000 euros5. Adjudicación:

Fecha: 10/07/07

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Página 28 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 25 de octubre de 2007

Contratista: LOYRUZ, S.L..Importe de Adjudicación: 120.000 euros

7.- OBRAS DE ADAPTACIÓN DE ESPACIO EVOCACIÓN DE LAFUENTE NUEVA EN CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 10/07

2. Objeto del contratoTipo: ObrasDescripción del objeto: Obras que comprende el proyecto de ejecución de la Adaptaciónde Espacio de Evocación de la Fuente Nueva en Conil de la Frontera.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 89 de 10 de mayo de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: OrdinariaProcedimiento: AbiertoForma: Subasta.

4. Presupuesto Base de Licitación:119.588,55 euros.5.- Adjudicación

Fecha: 27/07/07Contratista: FRANCISCO JIMÉNEZ RUZ.Importe de Adjudicación: 108.824,97 euros.

8.- SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO FINANCIERO(RENTING) CON OPCIÓN DE COMPRA, DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICOPARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA.

1. Entidad AdjudicatariaOrganismo: Excmo. Ayuntamiento de Conil de la FronteraDependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación, Patrimonio y Estadís-tica.Número de Expediente: 11/07

2. Objeto del contratoTipo: SuministroDescripción del objeto: Suministro mediante Arrndamiento Financiero (Renting) conopción de compra, de equipamiento informático para Excmo. Ayuntamiento de Conilde la Frontera.Boletín y Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincianº 89 de 9 de 10 mayo de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicaciónTramitación: OrdinariaProcedimiento: AbiertoForma: Concurso

4. Presupuesto Base de Licitación: 75.000 euros5. Adjudicación:

Fecha: 27/07/07Contratista: CEGINFOR, S.L..Importe de Adjudicación: 75.000 euros.

EL ALCALDE, Fdo.: Antonio J. Roldán Muñoz.Nº 9.712

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AYUNTAMIENTO DE BORNOSANUNCIO

Por Decreto de esta Alcaldía núm. 1244/2007, de 31 de julio, ha sido estimadorecurso de reposición interpuesto por D. Manuel Domínguez García, en representaciónde la Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía (AJDEPLA),contra las bases reguladoras de la selección del Jefe de la Policía Local de Bornos,dictadas por la Alcaldía con fecha 26 de junio de 2007 y publicadas en el BOJA núm.136, de 11-7-2007, y en el BOP núm. 116, de 18-6-2007, corregidas en el BOP núm.132, de 10-7-2007.

La estimación del recurso deja sin efecto las bases y la convocatoria.Lo que se hace público para general conocimiento.Bornos, 12 de septiembre de 2007 El Alcalde, Fdo. Fernando García

NavarroNº 9.952

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AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERAANUNCIO

Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado Decreto nº 2775, de fecha 21 deseptiembre de 2007, que literalmente dice:

“Visto el estado de tramitación del expediente correspondiente a la convoca-toria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre,de una plaza de Arquitecto vacante en la plantilla de personal funcionario de esteAyuntamiento, cuyas bases han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia deCádiz nº 76 de 23 de abril de 2007 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº102 de 24 de mayo 2007.

Resultando que ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia deCádiz nº 173 de 6 de septiembre de 2007 la lista provisional de admitidos y excluidosy que ha finalizado el plazo de subsanación de solicitudes el día 20 de septiembre de2007.

Esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en la Base 4.2 de la convoca-toria y en uso de las facultades que le confiere la vigente legislación local, RESUELVE:

PRIMERO.- Declarar aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos yexcluidos que es la siguiente:

ADMITIDOSGONZALEZ BALLESTER ANTONIOLOPEZ BARRANCO Mª ANGELRODRÍGUEZ LAZAGA Mª LUISA

EXCLUIDOS: NINGUNOSEGUNDO.- Nombrar al Tribunal Calificador que estará compuesto por los

siguientes miembros:Presidente titular: D.Antonio J. Roldán Muñoz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayun-tamiento.Presidente suplente: Dª. Carmen Antoranz Pozo, Concejala de Cultura y Educación yRecursos Humanos.Secretario titular: Dª Mª Luz Rodríguez Díaz, Secretaria General de la Corporación.Secretario suplente: D. Jose Antonio Serrano Bravo, funcionario municipal.Vocales:- D. Jose Mª Pérez Alberich, representante de la Junta de Andalucía nombrado por laConsejería de Gobernación, como titular.- D. Jose Antonio Español Echaniz, representante de la Junta de Andalucía nombradopor la Consejería de Gobernación, como suplente.- D. Francisco Alba Sánchez, Concejal de Urbanismo y Obras Públicas, como titular.- D. Antonio David Galvín Chávez, representante de la Junta de Personal, como titular.- Dª. Francisca Moreno Borrego, representante de la Junta de Personal, como suplente.- Dª. Inmaculada Cauto Vázquez, funcionaria de carrera, como titular.- Dª. Mª del Mar Mota Sánchez, funcionaria de carrera, como suplente.- D. Javier Cramazou Barroso, funcionario de carrera, como titular.- Dª . Isabel Flores Román, funcionaria de carrera, como suplente.

TERCERO.- Convocar a los miembros del Tribunal el día 15 de octubre de2007, a las 12,00 horas, en la Sala de Reuniones del Ayuntamiento de Conil de la Fra.,para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Lo que se hace público para general conocimiento. Conil, a 21 de septiembrede 2007. EL ALCALDE. Fdo.: Antonio J. Roldán Muñoz.

Nº 10.045___________________

AYUNTAMIENTO DE PUERTO SERRANOEDICTO

Mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de Septiembre de 2007, se acordóaprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del sector de suelo urbanizableordenado SUO-2, presentado por D. Antonio Barrera López, disponiendo la publica-ción de dicho acuerdo en el BOP y en el Tablón de Anuncios tal como establece elartículo 101 c) de la LOUA.

Contra el acto de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Jerez de la Fra. en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente al de la publicación del presente anuncio. No obstante, podrá interponerse, concarácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hadictado, conforme a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (arts. 116 y 117), en el plazo de un mes a contar,asimismo, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. En Puerto Serrano,a 18 de septiembre de 2007. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Pedro Ruíz Peralta.

Nº 10.190___________________

AYUNTAMIENTO DE PUERTO SERRANOMediante Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de Septiembre de 2007, se acordó

aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la unidad de ejecución U.E.-9, promovido por D. José Moreno Hidalgo y Dª Manuela Rodríguez Hidalgo, disponiendola publicación de dicho acuerdo en el BOP y en el Tablón de Anuncios tal comoestablece el artículo 101 c) de la LOUA.

Contra el acto de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Jerez de la Fra. en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente al de la publicación del presente anuncio. No obstante, podrá interponerse, concarácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hadictado, conforme a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (arts. 116 y 117), en el plazo de un mes a contar,asimismo, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. Puerto Serrano, a 18de Septiembre de 2007. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Pedro Ruíz Peralta.

Nº 10.191___________________

AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERAANUNCIO

Con fecha 1 de Octubre del actual, por la Alcaldía se ha dictado Resoluciónnúm. 4.459, del tenor literal siguiente:

"Visto el acuerdo adoptado por la Excma. Corporación Pleno en su sesióncelebrada el día 27 de Septiembre de 2007, al punto segundo del orden del día, por elque se determina que el cargo concreto de Concejalía de Deportes y CooperaciónInternacional de esta Corporación Municipal se desempeñe en régimen de dedicaciónexclusiva, procede concretar dicha dedicación en el miembro capitular de esta Corpo-ración que ostenta dicha delegación en virtud de la Resolución de estaAlcaldía-Presidencia núm. 4.002, de 31 de agosto de 2007.

En consecuencia con lo expuesto, de conformidad con las asignacioneseconómicas establecidas en la Base núm. 23 de Ejecución del Presupuesto municipalvigente para el ejercicio 2007; y de conformidad con lo dispuesto por el art. 22 delReglamento Orgánico Municipal; esta Alcaldía-Presidencia, vistos los artículos 75 dela Ley 7/1985, de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y 13 del Real

Page 27: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 29

Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, HARESUELTO:

1.- Que el miembro capitular de esta Excma. Corporación Municipal D. JoséAntonio Blanco Corrales, ejerza el desempeño de su cargo en régimen de dedicaciónexclusiva, por ostentar las delegaciones en materia de Deportes y CooperaciónInternacional y desarrollar las responsabilidades inherentes a las mismas, con lasretribuciones establecidas en el Presupuesto Municipal vigente y fijadas en el acuerdopor esta Excma. Corporación Municipal en sesión plenaria celebrada el día 27 deSeptiembre de 2007, al punto segundo de su orden del día.

2.- Otorgar plenos efectos a la presente Resolución desde el día de la fecha;tanto en lo que hace al alta en el régimen general de la Seguridad Social como al régimende percepción de retribuciones.

3.- Dar traslado de la presente Resolución al concejal afectado por la mismaa efectos de su aceptación expresa, de conformidad con lo dispuesto por el art. 13.4 delReal Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y 22.4 delReglamento Orgánico Municipal.

4.- Dar conocimiento de la presente Resolución al Pleno Corporativo en lasiguiente sesión ordinaria que se celebre.

5.- Publicar de forma integra en el Boletín Oficial de la Provincia y en elTablón de Edictos de la Corporación la presente Resolución, de conformidad con lodispuesto en el art. 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril Reguladora de las Bases deRégimen Local y 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales.”

Lo que se hace público para su general conoci-mien-to, de conformidad conlo establecido en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales (R.D. 2.568/86, de 28 de Noviembre).

Chiclana, a 10 de Octubre de 2007. EL SECRETARIO GENERAL, Fdo.: Fco.Javier López Fernández

Nº 10.935___________________

AYUNTAMIENTO DE CADIZANUNCIO

Exp.: 1602/05. La Iltma. Sra. Alcaldesa, con fecha de hoy ha dictado elsiguiente decreto:

“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 4 de octubre de 2.007,al punto 31º, entendió aprobado por silencio positivo el justiprecio fijado por esteAyuntamiento para la expropiación de la finca sita en c/ San Juan Bautista de la Sallenº 2, que asciende a 82.648,32 euros, acordando asímismo, la finalización del expedien-te expropiatorio, a tal efecto DISPONGO:

“Fijar la fecha para la firma del Acta de Ocupación Pago o Depósito de la fincasita en c/ San Juan Bautista de la Salle nº 2, para el día 29 de noviembre de 2.007, a las9,30 horas.”

Cádiz, a 11 de octubre de 2.007 EL SECRETARIO GENERAL Por delega-ción, Fdo.: Miguel Angel de Miguel Rodríguez-Armijo

Nº 10.952___________________

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIAEL ALCALDE DE ESTA CIUDAD HACE SABER:TRAMITE DE AUDIENCIADe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/

1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92), se hacenpúblicas las CITACIONES PARA SER NOTIFICADAS POR COMPARECENCIA,a las personas incursas en expedientes sancionadores en materia de tráfico, circula-ción de vehículos a motor y seguridad vial, que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se hapodido practicar.

En el plazo de 10 días pueden comparecer en las dependencias de la Jefaturade la Policía Local, sita en Glorieta Miguel Pozo Muñoz, en el Negociado deExpedientes Sancionadores, en horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas parapracticarles las notificaciones de apertura del trámite de audiencia.Expediente Denunciado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo2007/5337 ..... DIAZ MORA MANUEL ......................................... 34004562 ... CA5871BN .. 14/03/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/4810 ..... FERNANDEZ PLEGUEZUELOS MIGUEL ANGEL44415005 . B7759VH ..... 14/03/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/5784 ..... GARCIA RUZ JUAN ANTONIO ............................ 29989004 ... 6410DRV ..... 18/05/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 110/12007/7080 ..... MUIÑOS ALDANA JOSE LUIS ............................. 44962758 ... 3162BMD .... 04/05/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.2

El Puerto de Santa María a 18 de Octubre de 2.007. EL ALCALDE. Fdo.:Enrique Moresco García.

Nº 10.971___________________

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIAEL ALCALDE DE ESTA CIUDAD HACE SABER:PETICIÓN DATOS AL TITULARDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92), se hacen públicaslas CITACIONES PARA SER NOTIFICADAS POR COMPARECENCIA, a laspersonas incursas en expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación devehículos a motor y seguridad vial, que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

En el plazo de 10 días pueden comparecer en las dependencias de la Jefaturade la Policía Local, sita en Glorieta Miguel Pozo Muñoz, en el Negociado de

Expedientes Sancionadores, en horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas parapracticarles las notificaciones correspondientes.Expediente Interesado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo2007/8784 ..... ACEÑA MEDINA EMILIO ..................................... 42094420 ... 9453BFG ...... 12/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8184 ..... AMAYA ESCOBEDO JOSE ANTONIO ............... 75788075 ... 4888FRC ...... 11/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 18.22007/9166 ..... ANAYA BAZ INMACULADA ............................... 34007460 ... CA7163BM .. 27/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91/22007/8177 ..... BERMUDEZ HEREDIA ALONSO ........................ 44964855 ... 2210DPX ...... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8910 ..... CASADO PELAEZ JOSE ....................................... 75477946 ... CA4266BS ... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8186 ..... CEBADA QUIÑONES ROSA ................................ 31319439 ... CA0916AW . 11/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8906 ..... CONTRERAS GARCIA JUAN JOSE .................... 31320326 ... 8827BRV ..... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7946 ..... DE JESUS ROMERO YOLANDA .......................... 75793068 ... 0636DLS ...... 03/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7944 ..... DELGADILLO ARZE OMAR JIMMY .................. X6765439 ... CA3798BG .. 03/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8100 ..... DIAZ VICHI JOSE ................................................. 31314689 ... CA2265BG .. 03/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 94.22007/8899 ..... FIERRO FERNNADEZ JOSE FRANCISCO ......... 71392765 ... 0738CFD ...... 07/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7943 ..... GALAN PEREZ DE LA LASTRA JUAN ANTONIO31314115 SE4964AT .... 03/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8773 ..... GOMEZ GARCIA MARIA TERESA ..................... 31607102 ... 2630BTN ...... 15/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8179 ..... LAINEZ IGLESIAS FRANCISCO JAVIER .......... 75794982 ... 4674CCZ ...... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8898 ..... LORES GARRIDO MANUEL ................................. 44960657 ... 6965DCL ...... 07/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8180 ..... MARTINEZ INFANTE ESPERANZA ................... 31339549 ... 0525CMN .... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8175 ..... MARTINEZ PEREZ ALFONSO MANUEL .......... 31318111 ... CA6157BP ... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7942 ..... MORA MOREJON CARLOS ................................. 31318401 ... C7899BPD ... 03/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/8902 ..... MUÑOZ LOPEZ MARIA ........................................ 31305035 ... CA2086BB ... 08/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8101 ..... MUÑOZ PAN S.L. ................................................ B11542073 ... 5592BWN .... 11/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8181 ..... PALACIOS CAMACHO FRANCISCO JAVIER ... 75790704 ... C4499BDN .. 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8793 ..... PEÑA ZAFRA MANUEL ........................................ 44960119 ... CA2051BD .. 12/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7940 ..... PEREZ RODRIGUEZ JOSE MARIA ..................... 31592368 ... TF8183AH ... 03/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8795 ..... RADDAD LAOUZI ABDELLAH ........................... 48659558 ... CA2227BP ... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8780 ..... RAMIREZ MAYI JUAN BAUTISTA .................... 34007166 ... CA1422BP ... 14/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91/22007/8914 ..... SEPULVEDA TOLEDO JERONIMA .................... 31192305 ... 0253BJW ...... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8775 ..... SUANO GONZALEZ MIGUEL ANGEL .............. 44962177 ... CA8203BL ... 15/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8108 ..... TOPCOSUR S.L .................................................... B72008089 ... 1440FKS ...... 03/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8905 ..... TORRES BARREROS JOSE MANUEL ................ 46903074 ... 4436DJZ ....... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91/22007/8103 ..... UNZUETA MELGAREJO VICTOR JOSE ............ 31327803 ... 5684BCL ...... 12/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91/22007/8778 ..... VERDUGO MARTIN ARROYO JOSE ANTONIO 31335512 ... 5783BTJ ....... 14/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.2

El Puerto de Santa María a 18 de Octubre de 2.007. EL ALCALDE. Fdo.:Enrique Moresco García.

Nº 10.972___________________

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIAEL ALCALDE DE ESTA CIUDAD HACE SABER:NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92), se hacen públicasCITACIONES PARA SER NOTIFICADAS POR COMPARECENCIA, a las perso-nas incursas en expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación devehículos a motor y seguridad vial, que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

En el plazo de 10 días pueden comparecer en las dependencias de la Jefaturade la Policía Local, sita en Glorieta Miguel Pozo Muñoz, en el Negociado deExpedientes Sancionadores, en horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas parapracticarles las notificaciones de las resoluciones de imposición de las sanciones.Expediente Denunciado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo2007/8287 ..... ARIAS ALFARO JOSE LUIS .................................. 44969498 ... C9399BPM .. 28/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/3675 ..... ASPERA GORDILLO MANUEL ........................... 31339633 ... 6939CWP ..... 19/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3441 ..... ATIENZA CAÑAS MARIA ISABEL ..................... 31682190 ... 6208CJT ....... 05/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8264 ..... BANTA ZAPATA IGNACIO ................................. 75795063 ... 7040DKR ..... 27/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7835 ..... BARCIA GARRUCHO MARTA ............................ 75788793 ... C7091BRG ... 14/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7727 ..... BEY GOMEZ MARIA DEL CARMEN .................. 31246135 ... 3269BYV ..... 19/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22006/14010 ... BILBAO GUTIERREZ IMANOL ........................... 31325218 ... 2196BLM ..... 26/06/2006 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/4003 ..... CASTA¥O RIVAS JOSE .......................................... 31310403 ... C1035BNM .. 08/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 121.52007/4004 ..... CASTA¥O RIVAS JOSE .......................................... 31310403 ... C1035BNM .. 08/03/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1522007/8258 ..... CASTAÑO HERRERA FRANCISCO JAVIER ...... 75797420 ... 0168CND ..... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 117.12007/2050 ..... COLLADO MARTIN JUAN DE DIOS ................... 32853687 ... 7547DZD ..... 20/12/2006 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7833 ..... COUSO DURAN JOSE JOAQUIN ........................ 75796311 ... 9445FGS ...... 14/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 117.12007/7572 ..... CRUZ GARCIA JUAN JOSE .................................. 32069195 ... C8924BMR .. 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12006/13676 ... DE FUNES DE ANTONIO PATRICIA .................. 75787917 ... 4910CML ..... 28/07/2006 ..... 126,21 .... RGC ............. 18.22006/13677 ... DE FUNES DE ANTONIO PATRICIA .................. 75787917 ... 4910CML ..... 28/07/2006 ..... 126,21 .... RGC ........... 117.12007/3919 ..... DE LA CUEVA GARCIA JOSE MANUEL ........... 74615800 ... 0789DFN ...... 29/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/7923 ..... DE LOS REYES SALMERON GABRIEL .............. 45325347 ... C2044BRP ... 25/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7576 ..... DIEZ DOMECQ CLARA SOFIA ........................... 31685010 ... 8353DHP ...... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8253 ..... FERNANDEZ GARCIA SERGIO .......................... 47456397 ... C4729BRF ... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7586 ..... GALLARDO CHACON MIGUEL ANGEL ............ 45328628 ... C0809BBY ... 11/07/2007 ............ 92 .... RGC ............. 99/12007/7907 ..... GALLARDO SANDUVETE ISAAC ....................... 75793109 ... C2487BPK ... 23/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/3875 ..... GALLARDO SANDUVETE ISAAC ....................... 75793109 ... C4124BSK ... 16/02/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7924 ..... GALVEZ DOMINGUEZ ISAAC ............................ 75796426 ... C9246BRY ... 25/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7925 ..... GALVEZ DOMINGUEZ ISAAC ............................ 75796426 ... C9246BRY ... 25/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7881 ..... GARCIA MARTIN CRISTOBAL ANTONIO ....... 45336706 ... C5672BSB ... 17/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7808 ..... GARCIA ROMERO FRANCISCO JAVIER .......... 75793549 ... C7595BPZ .... 21/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7809 ..... GARCIA ROMERO FRANCISCO JAVIER .......... 75793549 ... C7595BPZ .... 21/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/5479 ..... GOMEZ VILLAR JUAN ......................................... 75797764 ... SO8020G ...... 08/03/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/5484 ..... GONZALEZ PANAO JOSE MANUEL ................. 31318773 ... C2016BRJ .... 15/03/2007 .......... 180 .... RGC ............... 3.12007/7887 ..... GUERRA CRESPO SOLEDAD ............................... 2877046 ... 1572CBP ...... 19/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 18.22007/8247 ..... GUZMAN VAZQUEZ MIGUEL ............................. 76088175 ... 8099DMY .... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 117.12007/7571 ..... HEREDIA FIGUEREO MARIA JOSEFA ............... 31322687 ... C8883BSX ... 08/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7871 ..... HERRERA CONEJO ANTONIO ........................... 31320473 ... B9025PG ...... 17/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7872 ..... HUERTA BREA FELIX ANTONIO ...................... 75794919 ... 5176DVN ..... 17/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8237 ..... JIMENEZ BARON BELEN ..................................... 44969185 ... C3232BNX .. 25/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7570 ..... JIMENEZ DURAN JOSE JOAQUIN ..................... 44966369 ... C3056BNK .. 08/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/2799 ..... JIMENEZ RANDELL DAVID EMMANUEL ........ 31339200 ... 2422FCJ ....... 18/01/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/5178 ..... LOJO GARRIDO MIGUEL ANGEL ...................... 34004091 ... CA2055AU .. 11/06/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8238 ..... LOPEZ GOMEZ JUAN JOSE ................................. 31337570 ... 3518CDW .... 26/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/1275 ..... LOPEZ GONZALEZ JOSE LUIS ........................... 44027887 ... 0209DNN ..... 27/12/2006 ............ 92 .... RGC ........... 101/12007/4000 ..... LOPEZ REQUEJO JOSE ANTONIO ...................... 44963481 ... CA6924AW . 11/03/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/7816 ..... LOPEZ ZARZUELA CARLOS ............................... 44963724 ... 4542CPD ...... 12/07/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/8250 ..... MACIAS MUÑOZ JESUS ....................................... 34003326 ... C3240BJC .... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/8272 ..... MARIN MORALES ANA MARIA ........................ 31306315 ... 6728CNP ...... 27/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 117.12007/7899 ..... MARQUEZ VARGAS DAVID ................................ 45326802 ... C4161BRX ... 22/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 121.52006/12048 ... MARTIN POZUELO MARTIN....................... DE LA SIERRA FERNANDO ................................. 52107183 ... 5539CMC ..... 09/06/2006 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.2

2007/3918 ..... MARTINEZ CORRALES MILAGROS ................. 31307210 ... C3964BNW .. 30/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3676 ..... MARTINEZ BENITEZ RAFAEL ............................ 31334462 ... 2919DPT ...... 19/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8279 ..... MENDOZA ALVAREZ JUAN ................................ 75797863 ... C5588BSN ... 28/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/8284 ..... MIRANDA ASENSI ANGEL JUAN ....................... 75797483 ... C2902BBD ... 28/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 121.52007/7771 ..... MONIS BAREA MARTA ....................................... 45325285 ... C3871BCB ... 20/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/3931 ..... MORENO DOMINGUEZ EUGENIO FRANCISCO44966938 ... C2789BRX ... 07/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 118/12007/7746 ..... MORENO SANTIAGO ISABEL ............................. 45336074 ... C7615BSC ... 11/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7738 ..... NAVARRO REYES ANTONIO ............................. Z0033028 ... C1915BRJ .... 24/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7769 ..... NAVARRO RODRIGUEZ ANDRES ..................... 31300011 ... C7248BST .... 20/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12006/12261 ... PEDREGAL VALENZUELA ENRIQUE ............... 31269354 ... 2008BPY ...... 11/06/2006 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3923 ..... PEÑA ALCALDE Beatriz ........................................ 44969832 ... C1619BJB .... 25/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3018 ..... PEÑA IBAÑEZ MARGARITA .............................. 31337871 ... CA0311AY .. 30/01/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8231 ..... PEREIRA DA SILVA PAULO JORGE .................. X1523312 ... 7894BPP ...... 02/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/3678 ..... PIÑEIRO GOMEZ JESUS MANUEL ..................... 32862941 ... 8768CMX .... 27/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/7577 ..... POLO PEREZ JOSE VICENTE ................................. 4201403 ... C4442BSN ... 09/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7865 ..... PONCE RODRIGUEZ SARA .................................. 45325884 ... C0628BMV .. 17/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7582 ..... QUIÑONES TORRES MARCO ANTONIO ........... 75791814 ... C4761BPJ .... 10/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/3752 ..... RAMIREZ LOPEZ ROSA MARIA ........................ 34003586 ... CA0666AY .. 22/02/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/7828 ..... RAMOS MUÑOZ JESUS ANTONIO ..................... 44960945 ... 7194FSH ...... 14/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/3999 ..... REQUEJO LOPEZ ANTONIA ................................ 31313850 ... CA4916BC ... 11/03/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/3926 ..... RINCON GARRIDO JOSE ANTONIO ................... 31312842 ... CA3610AX .. 26/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/7929 ..... ROBLES GONZALEZ JOSE .................................. 75799207 ... C1492BHJ .... 25/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/8243 ..... ROCA DE TOGORES ORTIZ JAIME .................... 30243024 ... C6797BRF ... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7807 ..... RODRIGUEZ DE SAAVEDRA GONZALO .......... 45328416 ... C5656BKZ ... 21/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7917 ..... RODRIGUEZ ESPINAZO CONCEPCION ............. 31325758 ... 9084CSS ...... 24/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8299 ..... RODRIGUEZ MACIAS FRANCISCO JAVIER ..... 44968139 ... C6657BPM .. 30/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7740 ..... ROMERAL GARCIA MANUEL ALEJANDRO .... 45326583 ... C6874BRC ... 19/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/7563 ..... RUIZ NEVADO LUIS FCO .................................... 44961085 ... CA8385BL ... 08/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.2

Page 28: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

Página 30 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 25 de octubre de 2007

2007/7741 ..... RUIZ JURADO RAFAEL ........................................ 31328114 ... C5849BRH ... 19/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/8235 ..... RUIZ MORON JESUS ............................................. 45328119 ... C0749BFC ... 22/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 99.12007/7745 ..... SABAS ROSSO MARIA DEL CARMEN ............... 45328939 ... C1666BRD ... 19/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12006/6324 ..... SANCHEZ BAENA JOSE RAMON ...................... 75792568 ... 6747DDB ..... 20/02/2006 ..... 126,21 .... RGC .............. 1462007/7914 ..... SANCHEZ COBOS VICTORIA .............................. 44966714 ... C4349BRM .. 24/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/3674 ..... SANCHEZ DIAZ VERONICA ................................ 75790015 ... C3622BLT ... 16/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3753 ..... SANCHEZ PINTO JOSE MANUEL ...................... Z0032858 ... CA5422BN .. 23/02/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/3677 ..... SANCHEZ SANTAMARIA MARIA DOLORES .. 31218403 ... 2762CVH ..... 27/02/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/7841 ..... SANCHEZ-MOLINI....................... FERNANDEZ-ARAMBURU ANTONIO ............... 77814930 ... C7668BLB ... 15/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.1

2007/7842 ..... SANCHEZ-MOLINI....................... FERNANDEZ-ARAMBURU ANTONIO ............... 77814930 ... C7668BLB ... 15/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.1

2007/8303 ..... SELMA GONZALEZ DAVID ................................. 75795783 ... C5125BHH .. 31/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/1095 ..... SERRANO SANCHEZ PEDRO LUIS .................... 44966661 ... 3569CTZ ...... 01/12/2006 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/7909 ..... SEVILLA SANCHEZ JUAN ANTONIO ............... 75793455 ... C3862BHZ ... 23/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/5908 ..... SIMEON PEREZ JOSE CARLOS ........................... 45325014 ... C8336BSH ... 09/05/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/4010 ..... SUCINO TORRES RAFAEL .................................. 31314302 ... B5190WJ ...... 01/03/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/5854 ..... TAMAMES GERMAN DARIO .............................. X6325923 ... CA2590AW . 21/05/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1522007/3998 ..... TAPIA ROJAS MARIO LIMBER .......................... X5142219 ... 2410DHF ...... 12/03/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/8242 ..... VAN ASSENDELFT JOHANNES ....................... NL348242 ... CR3408M ..... 26/07/2007 ..... 126,21 .... RGC ........... 118.12007/4773 ..... VILLANUEVA MARTINEZ JOSE MARIA .......... 51952066 ... 5404BMV .... 04/06/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/3

El Puerto de Santa María a 18 de Octubre de 2.007. EL ALCALDE. Fdo.:Enrique Moresco García.

Nº 10.973___________________

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIAEL ALCALDE DE ESTA CIUDAD HACE SABER:INICIACIÓN DE EXPEDIENTEDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92), se hacen públicaslas CITACIONES PARA SER NOTIFICADAS POR COMPARECENCIA, a laspersonas incursas en expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación devehículos a motor y seguridad vial, que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

En el plazo de 10 días pueden comparecer en las dependencias de la Jefaturade la Policía Local, sita en Glorieta Miguel Pozo Muñoz, en el Negociado deExpedientes Sancionadores, en horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas parapracticarles las notificaciones de iniciación de los expedientes.Expediente Denunciado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo2007/8614 ..... AGUILAR ORIHUELA VICENTE ......................... 31286264 ... 2815CDK ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8495 ..... ALMAGRO REINA POLICARPO JAIME ............ 31336121 ... 6607DVG ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8557 ..... ALVAREZ MOLINA RAFAEL ............................. 39669958 ... CA8946S ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8534 ..... ALVAREZ TRONCOSO jose ................................. 44966171 ... CA9098AY .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8340 ..... ALVAREZ TRONCOSO jose ................................. 44966171 ... CA9098AY .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8583 ..... AMAYA ESCOBEDO JOSE ANTONIO ............... 75788075 ... 5453DRF ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8532 ..... AMAYA MORENO JOAQUIN ............................... 29960591 ... 6769DKY ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8609 ..... AMAYA MORENO JOAQUIN ............................... 29960591 ... 6769DKY ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8564 ..... AMAYA MORENO JOAQUIN ............................... 29960591 ... 6769DKY ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8927 ..... AMOR RONDAN MARIA INMACULADA ........ 34009902 ... C8589BCL ... 23/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8504 ..... ANAYA BAZ INMACULADA ............................... 34007460 ... CA7163BM .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8602 ..... ANAYA BAZ INMACULADA ............................... 34007460 ... CA7163BM .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8326 ..... ANDRADES BLAS RAFAEL LUIS ...................... 31326587 ... CA0044BM .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8505 ..... ANGULO MONARAGON WILSON ..................... X4198215 ... 0329FGS ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8868 ..... ARANA BARQUERO FRANCISCO JAVIER ..... 31329122 ... CA7284AX .. 14/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8207 ..... ARANDA GONZALEZ LUISA ................................ 1092981 ... CA9349BK .. 07/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8600 ..... AREVALO BUHIGAS MARIA SANDRA ............ 34006014 ... 1799DHN ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8372 ..... AREVALO BUHIGAS MARIA SANDRA ............ 34006014 ... 1799DHN ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8368 ..... ARJONA ORTEGA MARIA DEL ROCIO ............ 44960307 ... C5363BRK ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8871 ..... ARNIZ AREVALO VICENTE .............................. 31294107 ... CA1499BG .. 20/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8407 ..... BAREA AYUSO ALEJANDRO ............................. 34008949 ... 4870DNR ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8485 ..... BARRUTIETA PEREZ ANA .................................. 34081522 ... 3038DGK ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8510 ..... BEJARANO DE LOPEZ KARINA ........................ X5344938 ... SE1164CH ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8565 ..... BENITEZ PEREZ JOSE LUIS ................................ 31326608 ... 1611FDN ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8544 ..... BENJUMEDA LOBATO IÑIGO ............................ 75785559 ... 8243BMV .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8562 ..... BERCIANO SANZ JOSE MANUEL ....................... 31306193 ... CA2024BF ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8581 ..... BERMUDEZ BERMUDEZ RAQUEL ................... Z0032979 ... 0953DKL ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8587 ..... BERMUDEZ BERMUDEZ RAQUEL ................... Z0032979 ... 0953DKL ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8470 ..... BESADA GARCIA DAVID ................................... 34003622 ... CA2844AS ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8618 ..... BETANZO GARCIA DE QUIROS JUAN JESUS .. 34009526 ... 7540DDH ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8582 ..... BOLOGNESI SERGIO ........................................... X7816852 ... C0117BJT .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8574 ..... CAMPOS SORIANO MARIA DEL CARMEN ..... 31337787 ... CA5620AU .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8364 ..... CARDENAS SANZ MARIA DEL CAMINO ......... 31257457 ... 9535CWH .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8460 ..... CASADO PELAEZ JOSE ....................................... 75477946 ... CA4266BS ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8549 ..... CEBALLOS LORENZO JOAQUIN ........................ 34005638 ... 0249CZS ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8593 ..... CONDAL CASTRO INMACULADA .................... 44036995 ... 3715DCT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8567 ..... CORDERO ALONSO JOSE .................................... 31296047 ... M9853TF ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8592 ..... COYS, S.C.A. .......................................................... F1137245 ... CA2932BC ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8710 ..... DE LOS REYES SALMERON GABRIEL .............. 45325347 ... C2044BRP ... 25/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ........... 121.52007/8576 ..... DEL CUVILLO BERNAL ALFONSO .................... 28592693 ... 0468CRK ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8502 ..... DELGADO REYES J. ANTONIO .......................... 75786977 ... 2668BPB ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/7278 ..... DELGADO FERNANDEZ JOSE MANUEL .......... 31316837 ... 2839DWV .... 25/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8541 ..... DELGADO MORA JUAN ....................................... 75797038 ... 9322FCF ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8571 ..... DIAZ GIL FRANCISCA MARIA ............................ 21512465 ... 4882DDT ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8551 ..... DIAZ MESA MANUEL ........................................... 31337422 ... CA2548AM .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8553 ..... DOELLO ROBLES FRANCISCA .......................... 31304893 ... B9690UL ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/7046 ..... ESQUERDO OLIVA VICENTE .............................. 31339260 ... 8739BXW .... 22/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8446 ..... FERNANDEZ DE LOS REYES MARIA ............... 45704789 ... 7024DMC .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8604 ..... FERNANDEZ DE JESUS MARIA ANTONIA ....... 31315842 ... 0711DHT ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8620 ..... FERNANDEZ JIMENEZ BEATRIZ ....................... 44966494 ... C7429BRS ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8486 ..... FLOR SANCHEZ JUAN RAMON .......................... 75789823 ... 1254BRX ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8615 ..... GALAN PEREZ ANTONIO ................................... 31305938 ... 0132DGY ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8621 ..... GALLARDO BERNAL JUAN MANUEL ............. 31314228 ... CA8300K ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8882 ..... GALLARDO ARANA JOSE JOAQUIN ................ 31338034 ... 9176BKZ ...... 21/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8573 ..... GALLINA HERNANDEZ JORGE ............................ 7978964 ... 9941DTS ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8616 ..... GARCIA HEREDIA ALFONSO MARCOS .......... 75796694 ... CA7443BP ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8891 ..... GARCIA TIRADO DANIEL ................................. 34005463 ... 3412DMP ..... 22/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8529 ..... GARCIA TOBIO ADELA CONCEPCION ............ 31333523 ... 6268DYV ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8354 ..... GARCIA OJEDA JUAN FRANCISCO ................... 75787029 ... 8843DLT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8597 ..... GERARDO CORONADO JOSE ANTONIO ......... 31675299 ... CA4952BJ .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8598 ..... GOMEZ SELMA FRANCISCO ANTONIO .......... 31326220 ... C2645BLW .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8484 ..... GONZALEZ RUIZ FRANCISCO JAVIER ............. 31295023 ... 3807BSJ ....... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8590 ..... GROSU MARIAN .................................................. X8328577 ... CA0068AL ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8623 ..... HERMES INTERACTIVA S.L. .............................. B1144731 ... 4418BPT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8624 ..... HERMES INTERACTIVA S.L. .............................. B1144731 ... 4418BPT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8516 ..... HERMOSO MULERO MANUEL .......................... 34003530 ... 6880BPR ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8479 ..... HERRERA BERMUDEZ DOLORES ...................... 31323536 ... CA2930BH .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8550 ..... HIPERTRAN FLOCAL SL ..................................... B1149969 ... 2640DJC ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/7039 ..... HÖHR JIMENEZ ADELAIDA ............................... 31304064 ... 1778FDC ...... 21/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8494 ..... HOLBERT BARONA ............................................ X4132987 ... M7882MD .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8531 ..... HUHNE ELISABETH ............................................ X1318070 ... 2618DLL ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8578 ..... INVERSIONES CERROMAR, S.L. ....................... B1144499 ... 4197DMS ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8480 ..... IZQUIERDO FERNANDEZ ALEJANDRO ............ 75794814 ... 9880DPC ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8536 ..... JIMENEZ ALCAZAR JOSE LUIS ......................... 31294703 ... CA8377AX .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8633 ..... JIMENEZ DE LA VEGA NORBERTO ................... 28335746 ... 7831BDW .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8320 ..... LA LLAVE DEL SUR, S.L. .................................... B1135569 ... 5133CFZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8498 ..... LAINEZ IGLESIAS FRANCISCO JAVIER .......... 75794982 ... 4674CCZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8513 ..... LAINEZ LINARES ANTONIO .............................. 75780342 ... 1412DXD ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/6753 ..... LECHUGA VACA DAVID .................................... 34009607 ... 6309DLL ...... 24/05/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8521 ..... LOPEZ LEIRA JOSE ANGEL ................................. 32671804 ... 2655CPG ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8482 ..... LUQUE HERRERA JUANA ................................... 31324153 ... C9089BPG ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8535 ..... MACIAS FALCON FERMIN ................................. 28389445 ... B2013SZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8566 ..... MACKINLAY LEICEAGA JOSE LUIS ............... 35890715 ... CA7922AT ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8542 ..... MARRUFO MIRO JOSE CARLOS ......................... 75795857 ... SE8728CU ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8890 ..... MARTINEZ CUMBRERA FRANCISCO JAVIER 28900941 ... 9057BNJ ...... 22/07/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.22007/8511 ..... MARTINEZ BENITEZ RAFAEL ............................ 31334462 ... 2919DPT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8580 ..... MARTINEZ BENITEZ RAFAEL ............................ 31334462 ... 2919DPT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8559 ..... MATEOS ARENA CONCEPCION DOLORES ..... 31311992 ... 9685CXD ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/3

2007/8622 ..... MOLLICA ROQUE ................................................ X1148670 ... CA8225AN .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8548 ..... MONTES LLAMAS JOSEFA ................................. 31319858 ... CA6443AP ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8596 ..... MULERO VALLADARES ANGELES ................... 31334554 ... 0486BXH ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8538 ..... MUÑOZ OLIVA YOLANDA ................................. 75795579 ... CA3340AZ ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8575 ..... MUÑOZ PAGLIERY PATRICIA ............................ 31651411 ... 1708DRF ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8537 ..... MUÑOZ ROMERO ANGELA ................................ 44966096 ... 8291DFG ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8554 ..... NORIEGA GALAN CARMEN ............................... 75787284 ... CA8862BG .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8472 ..... NUÑEZ BORGA MANUEL ................................... 31324642 ... 1927CBF ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/6943 ..... OLMEDO RODRIGO JOSE LUIS .......................... 45047766 ... 6194DMT ..... 09/06/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94/22007/8579 ..... ORDOÑEZ GARCIA JAIME FRANCISCO ........... 31323123 ... CA7503AV .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8552 ..... ORTIZ GARCIA DE LEANIZ MOISES ................ 75789403 ... 1424FFK ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8875 ..... ORTIZ GARCIA DE LEANIZ MOISES ................ 75789403 ... 8995DMN .... 20/07/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/8309 ..... OSBORNE COLOGAN ELENA ............................ 31335850 ... 0342DCH ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8524 ..... OSSORIO MOSCOSO MARIA TERESA ............... 31330745 ... 5810FBG ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8585 ..... OTERO- SAAVEDRA PASTRANA ANTONIO .... 44960921 ... CA0026AV .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8547 ..... OVIEDO GARCIA ALEJANDRO .......................... 75799844 ... CA1522AU .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8483 ..... OVIEDO PEREZ MIGUEL ...................................... 31295931 ... 8890CZJ ....... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8325 ..... PANADERO GARRIDO IVAN .............................. 75787484 ... 6860CLS ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8569 ..... PARADA CRUZ LINA MARIA ............................. X4316411 ... 3949FGP ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8572 ..... PARODI AGUIRRE MARIA ANGELES ............... 31244890 ... 3533BCF ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8509 ..... PATINO MATEO AURORA ................................... 31302420 ... 0341FCG ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8555 ..... PEGASAL, S.L. ....................................................... B1105311 ... 2434FHD ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8768 ..... PEÑA GARCIA SOLEDAD .................................... 31696010 ... 6207BNS ...... 03/06/2007 ..... 126,21 .... RGC ............. 91.22007/8556 ..... PEREZ PAREJO ANTONIA ................................... 31330609 ... 8186DYZ ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8499 ..... PEREZ GANAZA MARIA DEL CARMEN ........... 31326896 ... GR2080AL ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8588 ..... POSTIGO MACIAS CARMEN ............................... 31333825 ... 7298CDP ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8491 ..... PRADO GOMEZ MARIA DEL CARMEN ............ 31310790 ... 8032BBM ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8488 ..... RACHIDI AHMED ................................................ X1225070 ... 7005CMR ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8874 ..... RAMOS ROS ROSARIO ....................................... 31312285 ... 1870FJM ...... 20/07/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/8328 ..... REYES FERIA ANTONIO ...................................... 31321833 ... SE9299BN ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8507 ..... RODRIGUEZ RIVAS ANGELA ............................ 31321983 ... 5469BSZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8606 ..... RODRIGUEZ GUTIERREZ J.ANTONIO ............... 44963793 ... 5930BNS ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8756 ..... RODRIGUEZ MOTA FRANCISCO JAVIER ......... 31693205 ... CA1374BB ... 21/06/2007 ....... 54,09 .... RGC .............. 1542007/8487 ..... ROJAS MARROQUIN JOSE LUIS ......................... 75795376 ... 0636CJL ....... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8577 ..... ROMERO JESUS MIGUEL ANGEL ...................... 44962967 ... 7766FCZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8312 ..... ROMERO OCAÑA DANIEL .................................. 75797193 ... C3253BNX .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8500 ..... ROSTOLL VIÑA MILAGROS VICENTA ............ 31330674 ... 2545DXW .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8512 ..... RUBIO ROSANO BEGOÑA .................................. 75787453 ... CA7459BP ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8501 ..... RUIZ NEVADO JUAN IGNACIO ......................... 34006064 ... 6601CBV ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8543 ..... RUIZ NEVADO JUAN IGNACIO ......................... 34006064 ... 6601CBV ..... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8595 ..... RUIZ POLANCO MARIA DOLORES ................... 31329279 ... CA5456BJ .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8315 ..... SANCHEZ IVARS FRANCISCO .......................... 31299869 ... 1745DSJ ....... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8517 ..... SANCHEZ CARREÑO ANTONIO ......................... 75794685 ... CA1028AU .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8481 ..... SANCHEZ SELMA JOSE IGNACIO ...................... 31303150 ... 7521CPD ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8526 ..... SELMA FLORES GEMA MARIA .......................... 45326845 ... 1171DVM .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8520 ..... SERRANO SANCHEZ PEDRO LUIS .................... 44966661 ... 1957FFF ....... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8608 ..... SUANO DE LOS REYES ANA MARIA ................ 31322225 ... CA7482BL ... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8605 ..... TAVIRA ARROYO JUAN LUIS ............................ 31317053 ... CA2200AV .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8619 ..... TERRY MERELLO GONZALO RAFAEL ............ 31302494 ... 9802DPZ ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8352 ..... TORREGO LOPEZ MARIA ..................................... 2489254 ... 7491CLT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8613 ..... TORRES GABARRI PEDRO .................................. 31319919 ... 4391CDT ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8558 ..... TRANSALESA S.L. ................................................. 11271137 ... 1739FBN ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8362 ..... UTRERA GISBERT JUAN CARLOS ................... 44040570 ... 4031FGP ...... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8522 ..... VACA OCAÑA JUAN JOSE .................................. 31316770 ... CA8443AX .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8527 ..... VACA OCAÑA JUAN JOSE .................................. 31316770 ... CA5829BK .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8586 ..... VARGAS VARGAS LUIS ....................................... 75788900 ... C5719BJT .... 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8612 ..... VERA SANCHEZ ROCIO ...................................... 75792296 ... C8280BND .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8489 ..... VILLEGAS VACA JOSE MANUEL ....................... 31309682 ... CA6055AV .. 14/09/2007 .......... 302 .... LSV .............. 72/32007/8766 ..... YUANI PEREZ MIGUEL ........................................ 31145862 ... 0259CKB ..... 30/06/2007 ....... 54,09 .... RGC ............. 94.2

El Puerto de Santa María a 18 de Octubre de 2.007. EL ALCALDE. Fdo.:Enrique Moresco García.

Nº 10.974___________________

AYUNTAMIENTO DE ROTAANUNCIO

Intentada notificación a MARIA JOSE BUY DE VILLEGAS , relativa ainstrucción de expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes de losinteresados, por incumplir los requisitos establecidos en el art. 54 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y resultando fallida, alno encontrarse a distintos días y horas en el domicilio indicado de notificación, sirva esteanuncio para practicar la misma, advirtiéndoles que pueden personarse en el Negociadode Estadísticas de este Ilmo. Ayuntamiento, a fin de conocer situación de su expediente.

EL ALCALDE Fdo. Lorenzo Sánchez Alonso Nº 11.001___________________

AYUNTAMIENTO DE ROTAANUNCIO

Intentada notificación a las personas que a continuación se relacionan relativaa la resolución de expedientes de caducidad de las inscripciones padronales de losextranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y resultandofallida, al no encontrarse a distintos días y hojas en el domicilio indicado de notificaciónsirva este anuncio para practicar las mismas, advirtiéndoles que pueden personarse enel Negociado de Estadísticas de este Ilmo. Ayuntamiento, a fin de conocer situación desu expediente:- ALEXANDER DIEHL- KATRI MOHAMED HADRAMI- HERBERT ALBERTO GALLEGO RAMOS- AMANDA DIEHL

EL ALCALDE Fdo. Lorenzo Sánchez AlonsoNº 11.002

___________________

AYUNTAMIENTO DE ROTAANUNCIO

Intentada notificación a D/Dª, JOHANNA ALEXANDRA ZARTA MUÑOSrelativa a solicitud de alta en el padrón de habitantes, y resultando fallida, al noencontrarse a distintos días y horas en el domicilio indicado de notificación, sirva esteanuncio para practicar la misma, advirtiéndoles que pueden personarse en el Negociadode Estadísticas de este Ilmo. Ayuntamiento, a fin de conocer situación de su expediente.

EL ALCALDE Fdo. Lorenzo Sánchez AlonsoNº 11.003

___________________

AYUNTAMIENTO DE MEDINA SIDONIAEDICTO

Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebradael día 12 de Septiembre de 2007, expediente de Modificación de Créditos nº 06/07,

Expediente Denunciado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo Expediente Denunciado/a Identif. Matrícula Fecha Cuantía Norma Artículo

Page 29: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 31

dentro de Presupuesto del ejercicio de 2007, mediante concesión de suplemento decréditos y créditos extraordinarios financiado con Remanente de Tesorería para GastosGenerales, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 185 de24 de Septiembre de 2007. Una vez transcurrido el plazo de exposición establecido enel art. 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo sin que se hubieranpresentado reclamaciones frente a la misma se entiende definitivamente aprobada deacuerdo con lo establecido en el art. 169.3 del TRLRHL.

La modificación presupuestaria arroja el siguiente detalle por capítulos:ESTADO DE GASTOS AUMENTOSCapitulo I ................................................................................................................................ 74.000,00Capitulo II ............................................................................................................................ 239.649,97Capiutulo III ............................................................................................................................. 1.000,00Capitulo IV ............................................................................................................................. 40.000,00Capitulo VI ............................................................................................................................. 58.114,85TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS 412.764,82ESTADO DE INGRESOS AUMENTOSCapítulo VIII ........................................................................................................................ 412.764,82TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS 412.674,82

De acuerdo con lo establecido en el art. 171.1 del TRLRHL, contra laaprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso administra-tivo de acuerdo con las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Medina Sidonia, 15 de Octubre de 2007 EL ALCALDE Fdo: FranciscoCarrera Castillo

Nº 11.005___________________

AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERAANUNCIO

De conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, por el presente anuncio se notifica a los interesados el Decreto adoptadopor esta Alcaldía el 17 de enero de 2006, modificado por Decreto de 17 de mayo de 2006,sobre los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente cuyainscripción padronal ha caducado, de acuerdo con lo que determina la Resolución de 28de abril de 2005, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del DirectorGeneral de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a losAyuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripcionespadronales de dichos extranjeros, en relación con el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resolviendo:

PRIMERO.- Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón de Habitan-tes de este Ayuntamiento y, en consecuencia, acordar la baja en base a que no hanpresentado la correspondiente solicitud de renovación de la inscripción padronal paraextranjeros, en tiempo y forma, de las siguientes personas:Nombre y Apellido Identificación Nacionalidad Domicilio1 ............ NAIMA AAKIBA ................................................ R616892 ............. MARRUECOS ........... CALLE CYBION, 7-PBJ-IZ2 ............ GABRIELA VERÓNICA ALBARRACIN .......... 24122503N ......... ARGENTINA ... CALLE CARRETERA, 35-PBJ-A3 ............ ANAS ZRIOUEL ................................................. R616892 ............. MARRUECOS ........... CALLE CYBION, 7-PBJ-IZ4 ............ LAURA YANEL ALBARRACIN ....................... 35784827N ......... ARGENTINA ......... CALLE CHICLANA, 35-2º-A5 ............ MACARENA ROCIO DE N. ALBARRACIN .... 40897000N ......... ARGENTINA ......... CALLE CHICLANA, 35-2º-A6 ............ TARIK ESSAQAL ............................................... X06378518C ...... MARRUECOS ......... CALLE ENOLOGOS, 8-2º-B7 ............ RAQUEL VICTORIA GOUDAL ........................ 29822201N ......... ARGENTINA ............. CARRIL DE PILAITO, S/N8 ............ LAHAOUCINE HAMDANI ................................ R193512 ............. MARRUECOS ............ CTRA. N-340. 35B-KM. 179 ............ JUAN CRUZ GABRIEL LINARES .................... 31993625N ......... ARGENTINA ............. CARRIL DE PILAITO, S/N

SEGUNDO.- Renovar la inscripción padronal para extranjeros no comunita-rios sin autorización de residencia permanente a los que han presentado solicitud derenovación de dicha inscripción.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a los interesados y remitir informa-ción del mismo al Instituto Nacional de Estadística en los ficheros de intercambio dedevolución mensuales.

Lo que se hace público a los efectos dispuestos en el citado artículo 59 de laLey 30/1992.

En Conil de la Frontera, a dieciocho de octubre de dos mil siete. ELALCALDE, Fdo. Antonio J. Roldán Muñoz.

Nº 11.021___________________

AYUNTAMIENTO DE ALGECIRASEDICTO

DON TOMAS HERRERA HORMIGO, ALCALDE-PRESIDENTE DELEXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS (CADIZ)

HAGO SABER: Que aprobado por Pleno de la Corporación, de fecha 9 deoctubre, del corriente año, punto 4.7, se expone al público para reclamaciones por elplazo de QUINCE DIAS HABILES, en la Intervención de Fondos de este Excmo.Ayuntamiento, a partir del día siguiente al de la publicación de este Edicto en el BoletínOficial de la Provincia de Cádiz, los siguientes expedientes:-Transferencia nº 6 de crédito dentro del presupuesto de la Corporación del ejercicioeconómico de 2007.

Lo que se hace público para general conocimiento.Algeciras, 16 de octubre de 2007 EL ALCALDE FDO: TOMAS HERRERA

HORMIGO. Nº 11.024___________________

AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCIONGERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

ANUNCIOEl Presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayunta-

miento de La Línea de la Concepción,

HACE SABER: Que no habiendo sido posible la práctica de la notificación alos interesados que a continuación se relacionan y habiéndose intentado sin efecto enel último domicilio conocido o bien está en paradero desconocido, las actuacionesobrantes en los expedientes de su razón que también se mencionan, mediante el presenteedicto y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se le requiere para que en los plazos que se fijan, actúenconforme a lo ordenado o aleguen cuanto estimen oportuno en defensa de sus derechos.

Asimismo puesto que, a juicio del órgano que suscribe el presente edicto,existe en estos expedientes datos que pueden lesionar los derechos e intereses legítimosde los interesados, como podrían ser los derechos que garantiza el articulo 18 de laConstitución, es por lo que conforme al artículo 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,la presente publicación se limita a una somera indicación del acto, emplazando a losinteresados en la Oficina de Disciplina Urbanística del Excmo. Ayuntamiento de LaLínea, sita en Avenida España s/n, de 10 a 13 horas, para que, en su caso, procedan alconocimiento íntegro del mencionado acto ante el Instructor del expediente D. LuisLandero Cervilla y ante el Secretario de los mismos Dña. Sonia Rey Sánchez.

Expediente 39/04. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a D.Francis John del Decreto de fecha 24 de enero de 2006, por el que se impone la sanciónde 750 euros por incurrir en infracción urbanística de realización de obras sin lapreceptiva licencia municipal consistentes en construcción de techo y lavadero en lavivienda sita en Urbanización Jardines de España número 19, Alcaidesa.

Ingreso importe multa. Sanciones notificadas entre el 1 y el 15 de cada mes,ingreso sin recargo desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente,sanciones notificadas entre el 16 de junio y el último de cada mes, ingreso sin recargodesde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente.Pasado dicho plazo, la deuda tributaria se hará efectiva mediante procedimiento deapremio, con el correspondiente recargo del 20% más gastos.Lugar de pago: Ayuntamiento de La Línea de la Concepción de 10 a 13 horas.Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer si asíle conviniera a su Derecho, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lodispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 32/05. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a D.Ignacio Martínez Rodríguez del Decreto de fecha 9 de mayo de 2007, por el que seimpone la sanción de 5999 euros por incurrir en infracción urbanística de realizaciónde obras sin la preceptiva licencia municipal consistentes en construcción de habitaciónen terraza, techo en patio interior de la vivienda, demoliendo escalera hacia planta altaconstruyendo una nueva y renovando instalación eléctrica y fontanería completa debaño y cocina junto a alicatado, con derrumbe de tabique y reforma de paredes y suelosde la vivienda sita en la calle Tenerife número 5.

Ingreso importe multa. Sanciones notificadas entre el 1 y el 15 de cada mes,ingreso sin recargo desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente,sanciones notificadas entre el 16 de junio y el último de cada mes, ingreso sin recargodesde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente.Pasado dicho plazo, la deuda tributaria se hará efectiva mediante procedimiento deapremio, con el correspondiente recargo del 20% más gastos.Lugar de pago: Ayuntamiento de La Línea de la Concepción de 10 a 13 horas.Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer si asíle conviniera a su Derecho, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante estaGerencia de Urbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y 117 de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo dedos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 114/05. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a D.José Montero Marín del Decreto de fecha 8 de marzo de 2007, en el que se propone laadopción de medidas excepcionales de carácter inmediato como protección de apeos yapuntalamiento de protección de la fachada y el balcón. Se determina que el inmueblede referencia sito en la calle Crespo número 42, se encuentra en situación de ruina físicainminente, por lo que se requiere a la propiedad en el plazo de un mes, desde lanotificación de la presente, proceda a la ejecución de la demolición o rehabilitación delinmueble, transcurrido el cual, la Administración Municipal puede acudir, a la ejecu-ción subsidiaria, repercutiendo los costes en el titular del inmueble y las multascoercitivas que procedan en su caso. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa podrá interponersi así le conviniera a su Derecho, Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de estaGerencia de Urbanismo en el plazo de UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 47 de los Estatutos de esta Gerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero(LPAC).

Expediente 245/05. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística aherederos de D. José Jiménez Bañasco del Decreto de fecha 22 de enero de 2007 por elque se le requiere para que en un plazo no superior a un mes desde la notificación de lapresente, tenga por finalizadas las tareas de limpieza y adecentamiento del solar de supropiedad sito en la calle Fernando Díaz de Mendoza número 5, apercibiéndole de quesi así no lo hiciese podrá ser sancionado todo ello sin perjuicio de que se proceda aejecutar subsidiariamente los referidos trabajos.Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer siasí le conviniera a su Derecho, Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de estaGerencia de Urbanismo en el plazo de UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 47 de los Estatutos de esta Gerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero(LPAC).

Page 30: 25 de octubre de 2007 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 Página 3 · Caballar y Remonta “Unidad Financiera”, sita en Paseo de Extremadura 445, 28024 de Madrid. 9.- La Junta de Enajenaciones

Página 32 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 25 de octubre de 2007

Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin que se haya interpuesto el citadoRecurso de Alzada, el acto agotará la vía administrativa, pudiendo formularse contra elmismo bien, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia deUrbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 26/06. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a D.Tom Tripps del Decreto de fecha 1 de agosto de 2007 por el que se inicia elprocedimiento sancionador por las obras que están acometiendo en la vivienda sita encalle Las Palmeras número 7, consistentes en rotura de muro y colocación de puerta paraentrada de vehículos, sin la perceptiva licencia urbanística correspondiente, iniciandoasimismo procedimiento de restauración del orden urbanístico perturbado.Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, y con excepción alprocedimiento sancionador iniciado podrá interponer si así le conviniera a su Derecho,Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de esta Gerencia de Urbanismo en el plazode UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de los Estatutos de estaGerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (LPAC).Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin que se haya interpuesto el citadoRecurso de Alzada, el acto agotará la vía administrativa, pudiendo formularse contra elmismo bien, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia deUrbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 47/06. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a Dña.Arcadipane García Salvatore del Decreto de fecha 4 de abril de 2006 por el que se leordena la inmediata paralización de las obras que están acometiendo en la vivienda sitaen Urbanización Carretera del Higuerón Km. 6, numero 14, consistentes en elevaciónde muro y colocación de solería, no amparadas por licencia municipal; iniciandoasimismo procedimiento de restauración del orden urbanístico perturbado, así como elinicio de procedimiento sancionador.Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer siasí le conviniera a su Derecho, Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de estaGerencia de Urbanismo en el plazo de UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 47 de los Estatutos de esta Gerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero(LPAC).Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin que se haya interpuesto el citadoRecurso de Alzada, el acto agotará la vía administrativa, pudiendo formularse contra elmismo bien, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia deUrbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 104/06. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística aDña. Maria Gloria Valle Pérez de Vargas del Decreto de fecha 3 de septiembre de 2007por el que se inicia el procedimiento de ejecución subsidiaria, tras haber transcurridoen plazo para llevar a cabo la orden de ejecución , de las obras requeridas consistentesen limpieza y adecentamiento del inmueble sito en calle Real 40; así mismo se inicia elprocedimiento sancionador .Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, y con excepción alprocedimiento sancionador iniciado podrá interponer si así le conviniera a su Derecho,Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de esta Gerencia de Urbanismo en el plazode UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de los Estatutos de estaGerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (LPAC).Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin que se haya interpuesto el citadoRecurso de Alzada, el acto agotará la vía administrativa, pudiendo formularse contra elmismo bien, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia deUrbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 168/06. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a D.Francisco Tejón Carrasco del Decreto de 2 de agosto de 2007 por el que se inicia elprocedimiento sancionador por el cambio de uso ilegal de local a vivienda sita en calleDoñana, local 2, iniciando asimismo procedimiento de restauración del orden urbanís-tico perturbado, con carácter inmediato.Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, y con excepción alprocedimiento sancionador iniciado podrá interponer si así le conviniera a su Derecho,Recurso de Alzada ante el Consejo Rector de esta Gerencia de Urbanismo en el plazode UN MES, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de los Estatutos de estaGerencia y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero (LPAC).Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin que se haya interpuesto el citadoRecurso de Alzada, el acto agotará la vía administrativa, pudiendo formularse contra elmismo bien, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia de

Urbanismo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la LPAC, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente 23/07. Notificación de la Oficina de Disciplina Urbanística a Dña.Francisca Albarado Escobar del Decreto de fecha 9 de mayo de 2007 por el que seimpone la sanción de 1500 euros por incurrir en infracción urbanística de realizaciónde obras sin la preceptiva licencia municipal consistentes en sustitución de puerta deentrada de vivienda sita en la calle Ter número 1.

Ingreso importe multa. Sanciones notificadas entre el 1 y el 15 de cada mes,ingreso sin recargo desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente,sanciones notificadas entre el 16 de junio y el último de cada mes, ingreso sin recargodesde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente.Pasado dicho plazo, la deuda tributaria se hará efectiva mediante procedimiento deapremio, con el correspondiente recargo del 20% más gastos.Lugar de pago: Ayuntamiento de La Línea de la Concepción de 10 a 13 horas.Contra la presente Resolución, podrá interponer si así le conviniera a su Derecho,Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administra-tivo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Expediente contra Rosa Roca Falcó. Notificación de la Oficina de DisciplinaUrbanística a Dña. Rosa Roca Falcó del Decreto de fecha 20 de julio de 2007, en el quehace referencia al inmueble sito en calle Duque de Tetuán número 4, y se estimaparcialmente el recurso de reposición interpuesto por la representación de Dña. RosaRoca, permitiéndose así solo la subsanación del defecto de representación.Contra la presente Resolución, podrá interponer si así le conviniera a su Derecho, concarácter potestativo, Recurso de Reposición ante esta Gerencia de Urbanismo en elplazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la LPAC, obien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Algeciras, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lodispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

La Línea de la Concepción a 8 octubre de 2007. EL Presidente Fdo. D. JuanCarlos Juarez Arriola.

Nº 11.025___________________

AYUNTAMIENTO DE ROTAANUNCIO

Intentada notificación a las personas que a continuación se relacionan relativaa la caducidad de su inscripción en el padrón de habitantes por ser extranjero nocomunitarios sin autorización de residencia permanente y resultando fallida, al noencontrarse a distintos días y hojas en el domicilio indicado de notificación sirva esteanuncio para practicar las mismas, advirtiéndoles que pueden personarse en el Nego-ciado de Estadísticas de este Ilmo. Ayuntamiento, a fin de conocer situación de suexpediente.- Dª MARÍA LINDA BALLESCAS WARD.

EL ALCALDE Fdo. Lorenzo Sánchez AlonsoNº 11.026

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AYUNTAMIENTO DE ROTAANUNCIO

Intentada notificación a D/Dª, ANTONIO COELLO BERMUDEZ relativa acambio de domicilio de oficio en el padrón de habitantes, y resultando fallida, al noencontrarse a distintos días y horas en el domicilio indicado de notificación, sirva esteanuncio para practicar la misma, advirtiéndoles que pueden personarse en el Negociadode Estadísticas de este Ilmo. Ayuntamiento, a fin de conocer situación de su expediente.

EL ALCALDE. Fdo.: Lorenzo Sánchez Alonso.Nº 11.042

B.O.P.

Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZApartado de Correos: 331Teléfono: 956 213 861 (4 lineas). Fax: 956 220 783Correo electrónico:[email protected]

SUSCRIPCION 2007: Anual 107,18 euros. Semestral 55,73euros. Trimestral 27,86 euros.INSERCIONES:(Previo Pago)Carácter tarifa normal: 0,099 euros (IVA no inclu.).Carácter tarifa urgente: 0,198 euros (IVA no inclu.).PUBLICACION: De lunes a viernes (hábiles).Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos 1,06 euros