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TAREA LA ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales, las cuales son: El supuesto de hecho y la consecuencia jurídica. Regla que regula el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo incumplimiento se encuentra sancionado por el propio ordenamiento . La norma jurídica tiene la siguiente estructura: una hipótesis , o supuesto de hecho , y una consecuencia jurídica, de manera que la concurrencia de ciertas circunstancias determina la aplicación del mandato establecido por la ley.

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TAREA

LA ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA

La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales, las cuales

son:

El supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.

Regla que regula el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo

incumplimiento se encuentra sancionado por el propio ordenamiento. La norma

jurídica tiene la siguiente estructura: una hipótesis, o supuesto de hecho, y una

consecuencia jurídica, de manera que la concurrencia de ciertas circunstancias determina la

aplicación del mandato establecido por la ley. 

Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce

provocará la consecuencia, y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción

de una conducta humana en el supuesto de hecho normativo. Se puede agregar a estas dos

partes fundamentales el Deber Ser, que es el enlace lógico entre el supuesto de hecho y la

consecuencia jurídica.

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Con lo antes expuesto, se puede formular la estructura lógica de una norma jurídica, que

sería de la siguiente manera:

 Si es A debe ser B

 Si es no B debe ser C

El nacimiento de esta estructura o tesis depende en forma directa de la materialización o

cumplimiento de la hipótesis, lo cual conlleva a afirmar que este enunciado corresponde a

la de un Juicio Hipotético.

Ejemplo: Si A es un patrono que debe pagar un salario, y el hecho de pagar ese salario es la

conducta esperada por la norma (B), y no lo hace, entonces C, es decir, le será impuesta una

sanción.

La norma jurídica tiene su propia teoría la cual se refiere a tres puntos, a las características

de dicha norma, a su estructura y a los elementos de ella. Algunos impulsores de la teoría

de la norma jurídica son Hans Kelsen, y Carlos Cossio.

En cuanto a la estructura de la norma jurídica se entiende mejor de la siguiente forma:

Mandato + sanción= norma jurídica

Mandato: norma secundaria o endonorma.

Sanción: norma primaria o perinorma.

Conclusión:

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La estructura de la norma jurídica se refiere a la  formulación que, A representa la situación

dentro de la cual debe encontrarse el sujeto, B es la conducta prevista por la norma que

debe tener el sujeto y C es la sanción impuesta por el órgano competente del Estado.

Podemos citar como ejemplo: Si A es un patrono que debe pagar un salario, y el hecho de

pagar ese salario es la conducta esperada por la norma (B), y no lo hace, entonces C, es

decir, le será impuesta una sanción.

Recomendación:

Una sentencia es válida, cuando ha sido dictada formal y sustancialmente de acuerdo con

las leyes respectivas; una ley será válida si encuadra en la constitución, es necesario

investigar y leer mucho para estar con conocimientos frescos y poder afrontar situaciones

que se presenten.