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8/6/2019 29702 http://slidepdf.com/reader/full/29702 1/1 NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de junio de 2011 444015 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29702 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DISPUESTO POR EL DECRETO DE URGENCIA 037-94, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SIN LA EXIGENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN CALIDAD DE COSA JUZGADA Artículo único. Pago de bonicación Los beneciarios de la boni cación dispuesta por el Decreto de Urgencia 037-94 reciben el pago de dicho benecio y su continuación, conforme a la normatividad vigente y de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en la Sentencia recaída en el Expediente 2616-2004-AC/TC, expedida el 12 de setiembre de 2005, no requiriéndose de sentencia  judicial y menos en calidad de cosa juzgada, para hacerse efectivo. Los procesos en curso, iniciados por los beneciarios para el pago de esta boni cación, no son impedimento para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente; para tal efecto y bajo responsabilidad, la administración debe desistirse. El Ministerio de Economía y Finanzas establece las previsiones presupuestales a n de atender lo dispuesto en la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil once. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 649854-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, en representación de la Sociedad Civil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2011-PCM Lima, 6 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se estableció los lineamientos y las normas de aplicación general para todos los organismos reguladores; Que, de acuerdo con el artículo 6º de la citada Ley los organismos reguladores cuentan con un Consejo Directivo como órgano de dirección máximo, cuyos miembros son designados por un período de cinco años; Que, el numeral 6 del artículo 32º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los organismos reguladores son dirigidos por un Consejo Directivo, cuyos miembros deben ser designados mediante concurso público; Que, por Decreto Supremo 014-2008-PCM, modicado por los Decretos Supremos Nºs. 022-2008- PCM y 054-2010-PCM se aprobó el Reglamento del concurso público para la designación de los miembros de las consejos directivos de los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 115-2011-PCM se conformó la Comisión de Selección para la elección de dos miembros del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, siendo uno de ellos en representación de la Sociedad Civil; Que, de conformidad con el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM culminada la evaluación, la citada Comisión de Selección debe elegir a los candidatos que hayan obtenido la mejor evaluación personal y que han de conformar la lista que debe ser presentada ante el Presidente del Consejo de Ministros, siendo que el número de candidatos que integrarán la lista no podrá ser superior a tres (3); Que, asimismo, el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM dispone que el Presidente del Consejo de Ministros debe presentar al Presidente de la República la lista nal con los candidatos elegidos, con el n que designe al miembro o a los miembros del Consejo Directivo de los organismos reguladores, según corresponda, mediante Resolución Suprema, la cual debe ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector al que pertenece la actividad económica regulada; De conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley Nº 27332, el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; el Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM, modicado por los Decretos Supremos números 022-2008-PCM y 054-2010-PCM; y, la Resolución Ministerial Nº 115-2011-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor HUMBERTO EDUARDO ZOLEZZI CHACÓN como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, en representación de la Sociedad Civil. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 7 de junio de 2011 444015

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA 

LEY Nº 29702

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DISPONE EL PAGO DE LA

BONIFICACIÓN DISPUESTO POR EL DECRETODE URGENCIA 037-94, DE ACUERDO A LOSCRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL

CONSTITUCIONAL Y SIN LA EXIGENCIA DESENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN

CALIDAD DE COSA JUZGADA

Artículo único. Pago de bonificaciónLos beneficiarios de la bonificación dispuesta por el

Decreto de Urgencia 037-94 reciben el pago de dichobeneficio y su continuación, conforme a la normatividadvigente y de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en la Sentencia recaídaen el Expediente 2616-2004-AC/TC, expedida el 12de setiembre de 2005, no requiriéndose de sentencia

  judicial y menos en calidad de cosa juzgada, parahacerse efectivo.Los procesos en curso, iniciados por los beneficiarios

para el pago de esta bonificación, no son impedimento parael cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo precedente;para tal efecto y bajo responsabilidad, la administracióndebe desistirse.

El Ministerio de Economía y Finanzas establece lasprevisiones presupuestales a fin de atender lo dispuestoen la presente Ley para el Ejercicio Fiscal 2012.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de mayo de dosmil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES

Presidente del Congreso de la RepúblicaALDA LAZO RÍOS DE HORNUNGSegunda Vicepresidenta del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis díasdel mes de junio del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAPresidenta del Consejo de Ministros yMinistra de Justicia

649854-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL 

CONSEJO DE MINISTROS

Designan miembro del Consejo Directivodel Organismo Supervisor de InversiónPrivada en Telecomunicaciones -OSIPTEL, en representación de laSociedad Civil

RESOLUCIÓN SUPREMANº 147-2011-PCM

Lima, 6 de junio de 2011

CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27332, Ley Marco de los

Organismos Reguladores de la Inversión Privada en losServicios Públicos, se estableció los lineamientos y lasnormas de aplicación general para todos los organismosreguladores;

Que, de acuerdo con el artículo 6º de la citada Ley losorganismos reguladores cuentan con un Consejo Directivocomo órgano de dirección máximo, cuyos miembros sondesignados por un período de cinco años;

Que, el numeral 6 del artículo 32º de la Ley Nº 29158,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que losorganismos reguladores son dirigidos por un ConsejoDirectivo, cuyos miembros deben ser designados medianteconcurso público;

Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM,modificado por los Decretos Supremos Nºs. 022-2008-PCM y 054-2010-PCM se aprobó el Reglamento del

concurso público para la designación de los miembros delas consejos directivos de los organismos reguladores dela inversión privada en los servicios públicos;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 115-2011-PCMse conformó la Comisión de Selección para la elecciónde dos miembros del Consejo Directivo del OrganismoSupervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones- OSIPTEL, siendo uno de ellos en representación de laSociedad Civil;

Que, de conformidad con el artículo 14º del DecretoSupremo Nº 014-2008-PCM culminada la evaluación, lacitada Comisión de Selección debe elegir a los candidatosque hayan obtenido la mejor evaluación personal y quehan de conformar la lista que debe ser presentada ante elPresidente del Consejo de Ministros, siendo que el númerode candidatos que integrarán la lista no podrá ser superior a tres (3);

Que, asimismo, el artículo 16º del Decreto SupremoNº 014-2008-PCM dispone que el Presidente del

Consejo de Ministros debe presentar al Presidente dela República la lista final con los candidatos elegidos,con el fin que designe al miembro o a los miembrosdel Consejo Directivo de los organismos reguladores,según corresponda, mediante Resolución Suprema, lacual debe ser refrendada por el Presidente del Consejode Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas ypor el Ministro del sector al que pertenece la actividadeconómica regulada;

De conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley Nº 27332, elDecreto Supremo Nº 042-2005-PCM; el Decreto SupremoNº 014-2008-PCM, modificado por los Decretos Supremosnúmeros 022-2008-PCM y 054-2010-PCM; y, la ResoluciónMinisterial Nº 115-2011-PCM;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar al señor HUMBERTO EDUARDOZOLEZZI CHACÓN como miembro del Consejo Directivodel Organismo Supervisor de Inversión Privada enTelecomunicaciones - OSIPTEL, en representación de laSociedad Civil.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y