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1 CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ORDEN DEL DIA – Miércoles 2 de julio de 2014 Período Estatutario 2014 DECANOS TITULARES: GUILLERMO KALOCAI - MARÍA SUSANA RODRÍGUEZ -RUBÉN TANZOLA - REGINA DURÁN- SILVIA ALVÁREZ - STELLA VISCIARELLI - JORGE CARRICA- DECANOS SUPLENTES: ANDREA BARBERO - MIGUEL SÁNCHEZ – MARCELO FALAPPA - NÉSTOR ORTEGA – RICARDO SABBATINI – ANDRÉS BOUZAT - MARCELO VILLAR - PEDRO SILBERMAN -SHELDY OMBROSI - Punto 1°: Informes del Sr. Rector de la UNS. Punto 2°: Comunicaciones ingresadas. Punto 3°: Aprobación del Acta 719 del 18 de junio de 2014. Punto 4: Bahía Blanca, 25 de junio de 2014. COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de Profesores Ordinarios: Departamento de Ingeniería Química: Expte. 1803/14: (REVÁLIDA) Designa a la Dra. Marisa PEDERNERA en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Introducción a los Bioprocesos” (Código: 6185) y “Reactores Químicos y Biológicos” (Código: 6414). OMBROSI MARFIL KALOCAI ALVAREZ BARBERO Expte. 1802/14: (REVÁLIDA) Designa a la Dra. Noemí SCHBIB en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Dinámica y control de procesos” (Código: 6060) y “Transferencia de calor y masa” (Código: 6463). KALOCAI ALVAREZ MARFIL DURAN REARTES

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CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ORDEN DEL DIA – Miércoles 2 de julio de 2014

Período Estatutario 2014 DECANOS TITULARES:

GUILLERMO KALOCAI - MARÍA SUSANA RODRÍGUEZ -RUBÉN TANZOLA -

REGINA DURÁN- SILVIA ALVÁREZ - STELLA VISCIARELLI - JORGE CARRICA-

DECANOS SUPLENTES:

ANDREA BARBERO - MIGUEL SÁNCHEZ – MARCELO FALAPPA - NÉSTOR

ORTEGA – RICARDO SABBATINI – ANDRÉS BOUZAT - MARCELO VILLAR -

PEDRO SILBERMAN -SHELDY OMBROSI -

Punto 1°: Informes del Sr. Rector de la UNS. Punto 2°: Comunicaciones ingresadas. Punto 3°: Aprobación del Acta 719 del 18 de junio de 2014.

Punto 4:

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014.

COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de Profesores Ordinarios:

Departamento de Ingeniería Química: Expte. 1803/14: (REVÁLIDA) Designa a la Dra. Marisa PEDERNERA en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Introducción a los Bioprocesos” (Código: 6185)

y “Reactores Químicos y Biológicos” (Código: 6414).

OMBROSI MARFIL KALOCAI ALVAREZ BARBERO

Expte. 1802/14: (REVÁLIDA) Designa a la Dra. Noemí SCHBIB en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Dinámica y control de procesos” (Código: 6060) y

“Transferencia de calor y masa” (Código: 6463).

KALOCAI ALVAREZ MARFIL DURAN REARTES

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Punto 5:

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014.

COMISION DE ENSEÑANZA

Esta Comisión recomienda autorizar los siguientes llamados a concurso/reválida para cubrir los siguientes cargos:

Departamento de Ciencias de la Administración: Expte. 1196/14: Un (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura “Psicosociología de las Organizaciones” (Código: 1819), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dra. Anahí BRIOZZO; Mg. Carlos RABAGO; Mg. Liliana GALAN. Jurado Suplente: Mg. Claudia PASQUARE; Dra. Hilda ALBANO; Mg. Patricia KENT.

MARFIL KALOCAI GRUNFELD TANZOLA REARTES DURAN OMBROSI BARBERO MARTINEZ

Departamento de Economía: Expte. 1605/14: (REVÁLIDA) Un (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en las asignaturas “Gestión y

Administración de los Servicios de Salud I” (Código: 2153) y “Gestión y Administración

de los Servicios de Salud II” (Código: 2154), con el siguiente jurado: Jurado Titular: Dr. Roberto TAFANI; Mg. Mariana DE SANTIS; Mg. Andrea CASTELLANO. Jurado Suplente: Dr. Fernando TOW; Lic. Enrique BOUR; Ms. Rodolfo ROMANELLI. *Cargo ocupado por la Dra. Temporelli.

MARFIL KALOCAI RODRIGUES ALVAREZ OMBROSI

Punto 6:

Expte.1746/2014

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISIÓN DE ENSEÑÁNZA VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Agronomía CD-184/2014 proponiendo la designación del Dr. Néstor Raúl Curvetto (Legajo 2806) como Profesor Extraordinario de la Universidad Nacional del Sur; y CONSIDERANDO: Que el Estatuto de la Universidad Nacional del Sur en su artículo 15 contempla la posibilidad de designación de Profesores Extraordinarios;

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Que el Consejo Superior Universitario en su resolución CU-118/93 establece las condiciones que debe tener un docente para ser propuesto como Profesor Extraordinario de la Universidad Nacional del Sur; y Que el Consejo Departamental de Agronomía, en su sesión del día 30 de mayo de 2014, aprobó por unanimidad la propuesta de designación;

Que el pedido fue realizado por un grupo numeroso de miembros del Departamento, y acompañado por destacados/as investigadores/as;

Que es facultad del Consejo Superior Universitario resolver, en una primera votación, en qué categoría corresponde encuadrar a un Profesor Extraordinario (art. 21, resolución CSU-118/93); Que el Dr. Curvetto acredita méritos más que suficientes, teniendo en cuenta su destacada trayectoria científica y docente que ha prestigiado al Departamento de Agronomía y a la Universidad Nacional del Sur, tanto en el país como en el exterior; Que la participación y asesoramiento de una persona con sus condiciones académicas es muy importante dado que puede contribuir en los próximos años al desarrollo sostenido del Departamento Agronomía; Que el Dr. Curvetto se graduó de Licenciado en Química (1970) y Licenciado en Bioquímica (1972) en la Universidad Nacional del Sur. Obtuvo su Máster of Science en la Universidad de Guelph, Canadá (1979) y su Doctorado en Bioquímica en la Universidad Nacional del Sur (1986). Tiene una amplia y conocida trayectoria como docente e investigador. Desarrolló su labor en la Universidad del Sur desde 1969 (con la excepción del período que estuvo en Canadá) donde ocupó durante 25 años el cargo de profesor Titular del Departamento de Agronomía. Ingresó al CONICET en 1981 y fue Investigador Principal desde 1998. Fue Director del CERZOS desde 2001. En los períodos 200-2011 y 2011-2013 se desempeñó como Vicedirector y Director respectivamente del CCT CONICET Bahía Blanca; Que ha dictado numerosos cursos y/o clases de postgrado y se mostró constantemente interesado en traer a la Argentina a distinguidos investigadores con el objeto de promover nuevas líneas de trabajo tales como micropropagación de especies leñosas y biotecnología de hongos comestibles y medicinales; Que ha publicado hasta el momento 113 trabajos, en su mayoría en revistas con referato y circulación internacional y otros cuatro en prensa, así como 11 capítulos de libros. Presentó 159 trabajos en reuniones científicas y técnicas realizados en el país, 12 en otros países (USA, Canadá, Brasil y Chile) y 84 en reuniones de carácter internacional. Propuso la gestión de patentes en la especialidad de cultivos de hongos comestibles. Una buena parte de sus trabajos se relacionan con la Fisiología Vegetal donde se destacan sus importantes contribuciones al mejor conocimiento de la variabilidad en pasto llorón y de la fisiología del estrés hídrico en pasto llorón y trigo, en la fisiología del ácido abscísico y sus trabajos relacionados con el cultivo de tejidos vegetales, tales como los aportes de su grupo en la micropropagación de plantas bulbosas (ajo, cebolla, Lilium); en la bulbificación del ajo, en el esclarecimiento de aspectos vinculados con la rizogénesis en plantas leñosas y en

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la transformación genética de la cebolla con el fin de obtener variedades resistentes a patógenos; Que, como instrumentos para su labor docente de grado y postgrado, de investigación y transferencia, creó el Laboratorio de Hongos Comestibles y Medicinales y el Laboratorio de Cultivos de Tejidos en el ámbito del CERZOS, unidad de doble dependencias de la UNS y el CONICET, habiendo propuesto y dictado los cursos de posgrado “Cultivo de Tejidos para Micropropagación”, “Saneamiento y Producción de Metabolitos útiles de Vegetales” y “Producción de Hongos Lignocelulolíticos Comestibles y Medicinales”. También realizó una intensa actividad de transferencia mediante numerosos cursos de capacitación para productores en la especialidad de cultivo de hongos; Que ha tenido una destacada trayectoria en la formación de recursos humanos muchos de los cuales son actualmente exitosos investigadores. Tuvo una activa participación, dirigiendo o codirigiendo tesis de máster y de doctorado, becarios de la CIC, del CONICET y de la UNS. Dirigió a profesionales y técnicos de apoyo del CONICET y la CIC.; Que ha participado en la gestión institucional, en diversas actividades de planeamiento, promoción, ejecución científica y técnica y conducción universitaria y del CONICET, formando parte de consejos directivos y académicos, comisiones de trabajo y varias comisiones asesoras; Que ha formado parte del Comité Editorial de Biocell durante varios años y ha evaluado manuscritos para revistas nacionales (Biocell, RIA de INTA, Rev. Facultad de Agronomía de Universidad de La Pampa, Rev. Universidad nacional de Río Cuarto) e internacionales (Biotechnology Progress, Can. J. Microbiol, Industrial Crops and

Products, Micología, Micología Aplicada International, Ceylon Journal of Science-

BioScience); así como numerosos proyectos de investigación en áreas de su especialidad para distintos organismos de financiamiento; Que ha sido responsable de la obtención y ejecución de numerosos subsidios (71), entre ellos algunos dirigidos a la adquisición de importante equipamiento para el desarrollo de estudios bioquímicos y biotecnológicos en el Departamento de Agronomía y CERZOS; Que, además de haber formado numerosos RRHH, ha realizado contribuciones significativas en el estudio de la química de sustancias húmicas del suelo, la detoxificación de metales pesados por plantas, la fisiología estomática con el hallazgo de sitios de unión del ABA en cloroplastos y estomas y la participación de AMPC en la fisiología estomática, la investigación básica y biotecnológica de especies vegetales de interés económico, hortícolas y ornamentales (ajo, cebolla, Lilium y otras bulbosas) y la investigación básica y biotecnológica de hongos superiores comestibles y medicinales. En relación a la última especialidad cabe enfatizar su esfuerzo por gestionar y concretar un proyecto de impacto social dirigido a internos de una unidad penitenciaria, tendiente a su reinserción laboral (Proyecto de Extensión, UNS- Municipalidad de Bahía Blanca- Servicio Penitenciario Bonaerense). También gestionó y obtuvo un subsidio para un proyecto –actualmente en marcha- que permitirá generar una empresa de base biotecnológica para la producción comercial de un hongo medicinal. Asimismo, con el Centro Pymes Neuquén, y como parte de un acuerdo institucional dirige un proyecto como parte del programa de tesis de post-

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grado del Ing. C. Starik, perteneciente al dicho centro: “Desarrollo Tecnológico para el cultivo axénico de Shiitake (Lentinula edodes) en Neuquén”; Que a lo expuesto se suman sus cualidades personales y humanas en el trato con sus discípulos, personal institucional y personas ajenas a la institución a quienes procuró transmitir su compromiso con el país, sus conocimientos científicos y su filosofía de vida en pos del bienestar físico y espiritual; Que el Dr. Néstor Curvetto reúne capacidad intelectual y condiciones humanas que le han permitido hacer importantes contribuciones a la Universidad, tanto desde el punto de vista científico en el campo de su especialidad y la formación de recursos humanos, como asimismo en la docencia y en el gobierno de la misma;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del .…. de 2014, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Hacer lugar a la propuesta de designación del Dr. Néstor Raúl CURVETTO (Leg. 2806 – LE: 5.508.719) como Profesor Extraordinario de la Universidad Nacional del Sur encuadrando la misma en la categoría de “Consulto”. ARTÍCULO 2º: De forma.

SABBATINI ALVAREZ TANZOLA MARTÍNEZ DURAN OROZCO OMBROSI A.RODRIGUES KALOCAI RAMALLO

Punto 7:

Expte 241/14

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución CSU-146/14 que incorpora las carreras de Profesorado de Educación Inicial y Profesorado de Educación Primaria dictadas por la Escuela Normal Superior a la oferta de carreras universitarias ofrecidas por la Universidad Nacional del Sur; La resolución CU–017/92 que reglamenta el funcionamiento de las Áreas en los Departamentos Académicos; y CONSIDERANDO: Que la resolución CSU-148/14 creó la Comisión Asesora del Consejo Superior que entiende en los temas relativos a la transformación de los Profesorados de Educación Inicial y de Educación Primaria;

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Que a fin de articular y dinamizar las tareas de docencia y posibles actividades de investigación y extensión, la Escuela ha organizado distintas Áreas que nuclean materias afines; Que resulta necesario convalidar la organización de Áreas en esta etapa de transformación institucional de los Profesorados de la Escuela Normal Superior, hasta tanto se defina un formato académico-organizativo de los mismos; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

Artículo 1º: Crear las Áreas materias afines de los Profesorados de Educación Primaria y de Educación Inicial dependientes de la Escuela Normal Superior, tal como se detallan en el Anexo de la presente. Artículo 2º: Tome conocimiento la Escuela Normal Superior.

TANZOLA GONZALEZ BARBERO OMBROSI SANCHEZ

ANEXO

ÁREA FUNADAMENTOS FILOSOFICO- PEDAGÓGICOS

Pedagogía EP Pedagogía EI Didáctica EP Didáctica EI Currículo I: Jardín Maternal EI Currículo II: Jardín de Infantes EI Currículo y educación primaria EP Taller de materiales didácticos EP Problemas de la filosofía EP Problemas de la filosofía EI Filosofía de la educación EP Filosofía de la educación EI Seminario: dimensión ético-política de la docencia EP Seminario: dimensión ético-política de la docencia EI

ÁREA DE PSICOLOGIA

Psicología EP Psicología EI Psicología del desarrollo EP Psicología del desarrollo I EI Psicología del desarrollo II EI Psicología del aprendizaje EP Psicología del aprendizaje EI

ÁREA SOCIO-HISTORICO-POLITICA

Política y legislación escolar EP Política y legislación escolar EI Historia social de la educación EP Historia social de la educación EI Seminario de derechos del niño y formación ciudadana EI

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Seminario de Derechos humanos y formación ciudadana EP Argentina en el mundo contemporáneo EP Argentina en el mundo contemporáneo EI Antropología socio-cultural EP Antropología socio-cultural EI

ÁREA DE ENSEÑANZA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA

Lengua y Literatura EP Lengua y Literatura EI Didáctica de la lengua y la literatura I EI Didáctica de la lengua y la literatura I EP Didáctica de la lengua y la literatura II EI Taller de literatura infantil EI Ateneo: problemas de la enseñanza de la lengua y la literatura EI Ateneo: problemas de la enseñanza de la lengua y la literatura EP Competencia comunicativa oral I EI Competencia comunicativa oral II EI Competencia comunicativa oral I EP Competencia comunicativa oral II EP

ÁREA DE ENSEÑANZA DE LA MATEMÁTICA

Matemática EP Matemática EI Didáctica de la matemática I EI Didáctica de la matemática I EP Didáctica de la matemática II Juegos y materiales matemáticos EI Nuevas tecnologías y educación EP Nuevas tecnologías y educación EI Taller de medios audiovisuales y tecnología de la información EP Taller de medios audiovisuales y tecnología de la información EI

ÁREA DE ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS SOCIALES

Ciencias sociales EP Ciencias Sociales EI Didáctica de las ciencias sociales EI Didáctica de las ciencias I EP Didáctica de las ciencias sociales II EP Taller integrado de ciencias naturales y ciencias sociales Ateneo: problemas de la enseñanza de las ciencias sociales EI Ateneo: problemas de la enseñanza de las ciencias naturales y sociales EI

ÁREA DE ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS NATURALES

Ciencias naturales EP Ciencias naturales EI Didáctica de las ciencias naturales EI Didáctica de las ciencias naturales I EP Didáctica de las ciencias naturales II EP Taller integrado de ciencias naturales y sociales EI Taller de prevención y cuidado de la salud EI

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Taller de físico-química EP Taller de educación sexual EI Taller de educación sexual EP Ateneo: problemas de la enseñanza de las ciencias naturales EP Ateneo: problemas de la enseñanza de las ciencias naturales y sociales EI

ÁREA DE LA EXPRESIÓN

Educación Física EI Educación Física EP Educación física y recreación EI Educación física y recreación EP Plástica I EI Plástica I EP Plástica II EI Plástica II EP Taller de expresión musical I EI Taller de expresión musical II EI Taller de expresión musical I EP Taller de expresión musical II EP Taller de juego y creatividad EI Taller de expresión corporal EI Taller de teatro y títeres EI

ÁREA DE PRÁCTICA PROFESIONAL DOCENTE

Práctica docente I EI Práctica docente II EI Práctica docente III EI Práctica docente IV: residencia EI Práctica docente I EP Práctica docente IIEP Práctica docente III EP Práctica docente IV: residencia EP Taller de investigación educativa EI Taller de investigación educativa EP

_________________________________________________________________________

Punto 8:

Expte 241/14

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISIÓN DE ENSEÑANZA VISTO: La resolución CSU-… /014 que crea las Áreas de materias afines de los profesorados de Educación Primaria y de Educación Inicial de la Escuela Normal Superior; La resolución CU–17/92 que reglamenta el funcionamiento de las Áreas en los Departamentos Académicos; y CONSIDERANDO:

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Que en virtud de los artículos 6º y 7º de la resolución CU–017/92 los/as docentes han procedido a la elección de coordinadores titulares y suplentes de cada Área; Que resulta necesario designar a los distintos coordinadores, a fin de que cumplan las funciones previstas en la resolución CU-017/92; y Por ello;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

Artículo 1º: Designar a los coordinadores titulares y suplentes que fueron elegidos por los pares de las respectivas Áreas, conforme al Anexo, por dos 2 años a partir de la fecha de presente resolución. Artículo 2º: Tome conocimiento la Escuela Normal Superior. Cumplido, archívese.

TANZOLA SANCHEZ OMBROSI BARBERO GONZALEZ

ANEXO

COORDINADORES DE ÁREAS DE LOS PROFESORADOS DE EDUCACION PRIMARIA Y DE EDUCACION INICIAL. ESCUELA NORMAL SUPERIOR

Areas Coordinadores Fundamentos filosófico-pedagógicos Titular: Lucía Costa

Suplente: Ana Clara Yasbitzky Psicología Titular: Alejandra Dotti

Suplente: Soledad Etayo Socio-histórico-política

Titular: José Marcilese Suplente: Alejandra Pupio

Enseñanza de la Lengua y la literatura

Titular: Marta Negrin Suplente: Mirta Mendizabal

Enseñanza de la Matemática Titular: Laura Kees Suplente: Mabel Avio

Enseñanza de las Ciencias Sociales Titular: Gabriela Andreozzi Suplente: María Fernanda Berón

Enseñanza de las Ciencias Naturales Titular: Paula Rizzo Suplente: Alicia Brunner

Expresión Titular: Guillermina de la Riva Suplente: Laura Biadiú

Práctica Profesional Docente Titular: Diana Zubimendi Suplente: María Julia Olivera

________________________________________________________________________

Punto 9:

Expte 241/14

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

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COMISIÓN DE ENSEÑANZA Visto: La resolución CSU -048/03 por la que se aprobó el procedimiento para cubrir los espacios curriculares de carácter optativo en el ámbito de las Escuelas Medias de la universidad; y Considerando: Que esa normativa afecta principalmente a los espacios curriculares optativos de nivel secundario; Que en el proceso de transformación de los Profesorados de Educación Primaria y de Educación Inicial conviene establecer otro mecanismo que resulte acorde a las características de carreras universitarias; Que las materias optativas previstas en los planes de estudio de los Profesorados de Educación Primaria e Inicial podrían ser dictadas por personal docente afectado al dictado de materias curriculares, dado que conocen los planes de estudio y las necesidades formativas de los estudiantes; Que de quedar las materias optativas a cargo de profesores de la planta docente, se podrá reconocer mediante una asignación complementaria; Por ello;

El Consejo Superior Universitario Resuelve:

Artículo 1º: Excluir de los términos de la resolución CSU- 48/03 a las materias optativas de los Profesorados de Educación Primaria y de Educación Inicial de la Escuela Normal Superior. Artículo 2º: Encomendar a la Vicedirección de la Escuela Normal Superior, en acuerdo con la Comisión Asesora de Profesorados (CAPROF), la implementación de un mecanismo de selección de las materias optativas, de manera que a partir de 2015 sean cubiertas por profesores de la planta docente de las materias curriculares.

BARBERO GONZALEZ OMBROSI SANCHEZ

Punto 10

Expte. 1656/14.

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014 COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto: El proyecto de Convenio Marco de Colaboración Mutua y Propósitos Generales entre la Universidad Nacional del Sur y la Asociación Industrial Química de Bahía Blanca, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

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Considerando: Que la suscripción del convenio es conveniente para las instituciones, habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 8140; Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Colaboración Mutua y Propósitos Generales entre la Universidad Nacional del Sur y la Asociación Industrial Química de Bahía Blanca.

Por Enseñanza: DURAN MARFIL GRUNFELD REARTES RAMALLO SCHEFER VISCIARELLI

Por Interpretación: MONTERRUBIANESI LOMBARDI

Punto 11

Expte. 1774/14.

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014 COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto: El proyecto de Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad Nacional del Sur y la Universidad del Rey Juan Carlos de Madrid, España, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y Considerando: Que la suscripción del convenio es conveniente para las instituciones, habilitando en tal sentido la cooperación entre ambas; Que el Consejo Departamental de Ciencias de la Administración avala el mencionado convenio mediante Res.CDCA-254/14;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº 8151; Estas comisiones recomiendan:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad Nacional del Sur y la Universidad Rey Juan Carlos, Madrid, España.

Por Enseñanza: FALAPPA DURAN ALVAREZ OROZCO CIUCCI OMBROSI KALOCAI JASSON BARBERO Por Interpretación: MONTERRUBIANESI VERA

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Punto 12

Expte. 1511/14

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS, INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: La resolución CSU- 322/14 que aprueba el “Plan de gestión integral de residuos sólidos universitarios (GIRSU)- Fase I”; El Anexo de la resolución CSU- 322/14 mediante el que se establece que el Plan GIRSU será diseñado y puesto en marcha por pasantes internos de distintas disciplinas; La resolución CSU- 323/14 que autoriza la creación de 16 (dieciséis) pasantías internas y la conformación de una única comisión evaluadora para todas las pasantías integrada por: 1 (un) representante propuesto por la Secretaría General Técnica y los integrantes del Consejo Asesor del Programa de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable; CONSIDERANDO: Que no se registraron inscriptos en la Secretaría General Técnica de alumnos cuyos Departamentos de cabecera son los de Ingeniería y de Ciencias de la Salud; Que consta el acta elaborada por la comisión evaluadora, donde se propone el orden de mérito para cada una de las pasantías descriptas en la resolución CSU-323/14;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del………….., lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones científicas y tecnológicas. Institutos Becas, Subsidios y Extensión; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Designar a los siguientes alumnos para las pasantías creadas en los artículos 2° a 7° de la resolución CSU-323/14 (pasantías de 5 meses de duración con una carga horaria semanal de 20 horas, cuya remuneración se ajusta a lo dispuesto por la Res. 810/13), a partir del 4 de agosto de 2014:

Departamento Nombre y Apellido DNI N° de Registro

Ciencias de la Administración Lucía Nardi 33799657 85949

Cs. E Ing. de la Computación Virginia Cardoso 30351294 62733

Economía María Florencia Zabaloy 36327821 96750

Geografía y Turismo Daniela Catalini 35096120 89683 Geología Alberto José Bembenuto 36202033 96149

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Ingeniería Eléctrica y de Computadoras Maria Laura Crozes 31788906 76041 Ingeniería Química Matías Nicolás Marbán 34263154 85798 ARTÍCULO 2°: Designar a los siguientes alumnos para las pasantías creadas en el artículo 8° de la resolución CSU-323/14 (pasantías de 2 meses de duración con una carga horaria semanal de 10 horas, cuya remuneración se ajusta a lo dispuesto por la resolución CSU- 810/13) a partir de la fecha de alta que será informada por la coordinadora del Plan GIRSU a la Dirección General de Personal.

Departamento Nombre y Apellido DNI N° de Registro

Agronomía Juliana Moisés 35034122 90659 Biología, Bioquímica y Farmacia Beatriz Liliana Wyss 26318414 81414 Derecho Viviana Souble 34422389 88902

Física María Lujan Eckerman 32539099 82378

Humanidades Juan Ulises Herzel 32978993 81860

Matemática Bruno Marrocci 32528058 79452 Química Alexis Orlando Dukart 29329451 60104 ARTÍCULO 4°: Imputar la erogación al CC 562- Programa de Medio Ambiente – Sustentabilidad Ambiental. ARTÍCULO 5°: Pase a la Secretaría General Técnica para su conocimiento y comunicación a los Departamentos Académicos involucrados. Gírese a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Cumplido; archívese. ALVAREZ TANZOLA KALOCAI BARBERO MARFIL

Punto 13

Expte.X-25/2013

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS, INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: Lar resolución CSU-213/2014 de otorgamiento de Becas de Estímulo al Estudio 2013; La nota de la Secretaría General de Bienestar Universitario, solicitando la baja de una beca otorgada a un alumno de la carrera Ingeniería Agronómica;

CONSIDERANDO: Que el alumno ha sido seleccionado para participar de un Programa de Intercambio Estudiantil y viajará a Colombia en el segundo cuatrimestre;

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Que consta el orden de mérito, agregado a fs. 1308, correspondiente a la carrera Ingeniería Agronómica, realizados en un todo de acuerdo con la reglamentación vigente;

POR ELLO; EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Dar de baja, a partir del 01/07/2014, a la beca de estímulo al estudio otorgada por Resolución CSU-213/14, al alumno Marcos MUNCH – Registro n° 94057.

ARTÍCULO 2°: Otorgar una beca de estímulo al estudio al alumno Mario HERNÁNDEZ – Registro nº 100127 por un total de Pesos tres mil ($ 3.000), pagaderos en seis (6) cuotas iguales de julio a diciembre de 2014.

ARTÍCULO 3°: De forma MARFIL GRUNFELD BARBERO DURAN TANZOLA OROZCO

Punto 14

Expte. X-007/2014.

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS, INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: La resolución SPU-1797/2014 de la Secretaría de Políticas Universitarias que asigna fondos a distintas universidades para financiar la segunda etapa de los proyectos aprobados de la Primera Convocatoria 2013 del Programa “Universidad, Diseño y Desarrollo Productivo”; y

CONSIDERANDO: Que a la Universidad Nacional del Sur se le otorgó la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500) conforme se detalla en el Anexo de la mencionada resolución; Que dicha suma está destinada al Proyecto denominado “Paisajes Arqueológicos” Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Programación y Control Presupuestario, los fondos han sido ingresados y distribuidos; POR ELLO;

Consejo Superior Universitario RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Aceptar la suma de Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500) transferidos desde la Secretaría de Políticas Universitarias a la Universidad Nacional del Sur para financiar el Proyecto “Paisajes Arqueológicos” en el marco del Programa “Universidad, Diseño y Desarrollo Productivo”.

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ARTÍCULO 2°: El Director del Proyecto, Doctor Martín Larrea, será el responsable de los fondos. ARTÍCULO 3°: Imputar los fondos transferidos de acuerdo al siguiente detalle: Finalidad y Función: 3.4; Programa: 4; Proyecto:12; Actividad: 24; Centro de Costos 651.

ARTÍCULO 4°: De forma

GRUNFELD MARFIL SANCHEZ REARTES SCHEFER MARTINEZ

Punto 15

Expte. X-062/2010

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS, INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSION

VISTO: La nota elevada por la Secretaría General de Bienestar Universitario y su Consejo Asesor asignando plazas en las residencias estudiantiles a alumnos de la UNS; y CONSIDERANDO: Que fueron evaluadas las condiciones socioeconómicas y académicas de los solicitantes; Que existen plazas disponibles para el año 2014; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otorgar una plaza en las residencias estudiantiles, a partir del 01 de junio de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, a los siguientes alumnos

Número de Registro APELLIDO y NOMBRE

107351 GOLOVCA CESPED, Pablo Alejandro

88144 VILALTA, Luciana Anahí

ARTÍCULO 2°: De forma.-

BARBERO ALVAREZ OMBROSI OROZCO

Punto 16

Expte. 1870/14

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Bahía Blanca, 18 de junio de 2014. COMISIONES DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS, ENSEÑANZA y DE

INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

VISTO: La situación salarial de los docentes universitarios y preuniversitarios de las Instituciones Universitarias Nacionales; y CONSIDERANDO: Que el incremento salarial obtenido en el último acuerdo paritario ha sido largamente superado por la inflación verificada en el período acordado, provocando un importante deterioro del salario real; Que debe atenderse el objetivo de recomponer el poder adquisitivo de las remuneraciones de los docentes universitarios; Que es preciso atender otras reivindicaciones tales como la inequidad en la aplicación del impuesto a las ganancias sobre los salarios; Que la situación descripta, junto a otros reclamos, ha motivado la adopción de medidas de fuerza que provocan la retención e interrupción de la tarea docente en los ámbitos universitario y preuniversitario; Que tal situación provoca un claro perjuicio académico para los estudiantes de todos los niveles; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Manifestar nuestra profunda preocupación por el deterioro salarial progresivo que afecta al personal docente universitario y preuniversitario de las Instituciones Universitarias Nacionales. ARTÍCULO 2º: Solicitar a las Autoridades Nacionales pertinentes, realicen todos los esfuerzos necesarios para concretar, a la brevedad, una oferta salarial superadora, que posibilite un acuerdo paritario satisfactorio. ARTÍCULO 3º: De forma. Por Interpretación: CAPOBIANCO VERA SILBERMAN LUCANERA BUCALÁ MS RODRÍGUEZ Por Enseñanza: SANCHEZ DURÁN TANZOLA OMBROSI ALVAREZ MARTÍNEZ RAMALLO VISCIARELLI SABBATINI FALAPPA BARBERO

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Por Economía: CASTELLANO TANZOLA OMBROSI SILBERMAN VILLAR LUCANERA FALAPPA ALVAREZ MS RODRIGUEZ DURAN ORTEGA SANCHEZ KALOCAI

Punto 17

Expte. 3152/2005

Bahía Blanca, 26 de junio de 2014.

COMISION DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS VISTO: Los Decretos 1023/01 y sus modificatorias, 893/12 y 2039/13, que organizan el Régimen de las Contrataciones de la Administración Pública Nacional; el Decreto 1344/07, modificado por el 1039/13 y lo establecido por el Plan Estratégico Institucional; y CONSIDERANDO: Que el artículo 14 del Decreto 893/12 y el artículo 35º del Decreto 1344/07 son modificados respectivamente por el Decreto 1039/13 en tanto, fijan cuales son las autoridades competentes para autorizar y aprobar los procedimientos y procesos de las contrataciones al determinar el monto de los mismos; Que las modificaciones establecidas por las normas precedentemente citadas, devienen necesariamente en la adecuación de los montos de autorización y aprobación para ajustarlos a la normativa vigente; Que resulta necesario resolver y satisfacer las observaciones y recomendaciones efectuadas por los actores intervinientes de los procesos económicos y financieros, fijando reglas claras y precisas que profundicen y fortalezcan la eficiencia en los procedimientos; Que es el Consejo Superior Universitario, la autoridad competente para determinar la aptitud pertinente de cada órgano de gobierno de esta Institución a los fines de ejecutar los procedimientos de las contrataciones; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERISTARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Ratificar la vigencia de los montos establecidos en el artículo 34 del Decreto 893/12, para la determinación del Proceso de Selección, según la siguiente escala, a saber: Licitación Pública: a partir de OCHOCIENTOS MODULOS (M800) Licitación Privada: hasta OCHOCIENTOS MODULOS (M800) Contratación Directa: hasta DOSCIENTOS MODULOS (M200) Tramite Simplificado: hasta SETENTA Y CINCO MODULOS (M75) ARTÍCULO 2º: Ratificar el valor del modulo en Pesos mil ($1.000) según el artículo 35 del Decreto 893/12.

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ARTÍCULO 3º: Modificar el monto de los gastos individuales o gastos menores, hasta la suma de quince (15) módulos. ARTÍCULO 4º: Modificar y delegar en los Órganos Jurisdiccionales que se designan en la presente resolución, las facultades de autorización y aprobación de gastos. Dichos Órganos Jurisdiccionales serán, el Sr. Rector, los Directores de Departamentos Académicos en sus áreas respectivas, la Secretaría General Técnica y la Presidencia del CEMS. ARTÍCULO 5º: Fijar las siguientes Normas Jurisdiccionales en materia de autorización y aprobación de las contrataciones, a saber: ORGANO JURISDICCIÓNAL

AUTORIZA APRUEBA

RECTOR (*)

Venta de bienes que integran el patrimonio de la UNS, previa conformidad del Consejo Superior Universitario

Venta de bienes que integran el patrimonio de la UNS, previa conformidad del Consejo Superior Universitario

RECTOR

Compra y Construcción de inmuebles, cualquiera sea el sistema de contrataciones que se utilice.

Compra y Construcción de inmuebles, cualquiera sea el sistema de contrataciones que se utilice.

RECTOR

Contrataciones que superen los $ 21.760.000 (MILLONES VEINTIUNO SETECIENTOS SESENTA MIL)

Contrataciones que superen los $ 13.600.000 (MILLONES TRECE SEISCIENTOS MIL)

DIRECTORES DE DEPARTA-MENTOS

Contrataciones hasta los $21.760.000 (MILLONES VEINTIUNO SETECIENTOS SESENTA MIL)

Contrataciones hasta los $13.600.000 (MILLONES TRECE SEISCIENTOS MIL)

SECRETARIA GENERAL TECNICA

Contrataciones hasta los $21.760.000 (MILLONES VEINTIUNO SETECIENTOS SESENTA MIL)

Contrataciones hasta los $13.600.000 (MILLONES TRECE SEISCIENTOS MIL)

PRESIDENCIA DEL CEMS ESCUELAS DEPENDIENTES

Contrataciones hasta los $21.760.000 (MILLONES VEINTIUNO SETECIENTOS SESENTA MIL)

Contrataciones hasta los $13.600.000 (MILLONES TRECE SEISCIENTOS MIL)

(*) con excepción de lo dispuesto por resolución AU-6/13.

ARTÍCULO 6º: Delegar en la Secretaría General Académica las atribuciones para la autorización y aprobación de gastos en viáticos y pasajes del personal docente afectado al programa PEUZO.

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ARTÍCULO 7º: Delegar la suscripción de contratos en los Órganos Jurisdiccionales, según la escala que se aprueba, en el artículo 5º de la presente Resolución. ARTÍCULO 8º: Delegar en la Dirección de Contrataciones dependiente de la Dirección General de Economía y Finanzas la facultad de suscribir Órdenes de Compra. ARTÍCULO 9º: Con el fin de adecuar las normas vigentes, a los avances tecnológicos y en virtud de la puesta en marcha, del Sistema SIU – DIAGUITA, para todas las compras de bienes y servicios, implementado desde 1 de enero del corriente año, se considerará, a los fines de la aprobación y autorización para iniciar el proceso de convocatoria y encuadre de selección, la autorización efectuada en el Sistema Diaguita por el Órgano Jurisdiccional y en oportunidad de la emisión de la Resolución de adjudicación, el Órgano, convalidará todo el proceso de contratación cumplido por la Dirección de Contrataciones, en adecuación al artículo 14 del Decreto 893/12 y su reglamento. ARTÍCULO 10º: El Rector autorizará la constitución de Fondos de Cajas Chicas por un monto máximo de cuarenta (40) módulos mensuales, de acuerdo a las posibilidades presupuestarias y financieras de las dependencias solicitantes y previo informe de la misma, y de la Dirección General de Economía y Finanzas a través de la Dirección de Programación y Control Presupuestario. Se fija como límite para cada gasto, la suma de Pesos tres mil ($3.000). En la Resolución de constitución del Fondo Fijo deberá designarse a los responsables de la administración y custodia de los fondos otorgados, a los efectos de la apertura de cuentas bancarias. ARTÍCULO 11º: En aplicación de las atribuciones conferidas por estas Normas Jurisdiccionales se tendrá en cuenta:

a) que las mismas están referidas a los créditos asignados a los Órganos Jurisdiccionales establecidos en la presente resolución, en todas las fuentes de financiamiento, de acuerdo con el Plan Analítico de Gasto e Inversiones que anualmente se aprueba.

b) Que, como lo establece el artículo 12 del Decreto 893/12, las dependencias

incluidas en el Plan Analítico, deberán formular su Plan Anual de Contrataciones. c) que a partir de la presente Resolución y en virtud de la Planificación de las

contrataciones, la responsabilidad de los Órganos Jurisdiccionales en su gestión en miras al logro y desarrollo de la educación, la investigación, la extensión y la cultura; no se considerara el desdoblamiento en el proceso de las contrataciones para la adquisición de bienes y servicios, tal lo establecido en el artículo 37 del Decreto 893/12.

ARTÍCULO 12º: Dejar establecido que las precedentes disposiciones no rigen a las contrataciones referidas a Gastos en Personal. ARTÍCULO 13º: Derogar la Resolución R-1583/12.-

LUCANERA TANZOLA OMBROSI SANCHEZ FALAPPA ORTEGA VILLAR DURÁN MS RODRÍGUEZ NORI SILBERMAN ALVAREZ

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Punto 18

Expte. 1464/14

Bahía Blanca, 26 de junio de 2014

COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS

VISTO: La resolución del Consejo Departamental de Matemática MD-100/14 de aceptación de la donación de bienes inventariables, adquiridos con fondos provenientes del Proyecto de Investigación PICT-2011-01510 (Convenio UNS y Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación) que dirige la Dra. María Julia Redondo; y CONSIDERANDO: Que el Departamento de Contabilidad Patrimonial informa que se requiere la confección de un contrato de Comodato por el traslado de equipamiento al Departamento de Matemática de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional del Sur elaboró un proyecto de Contrato de Comodato que obra a fs.16; Por ello, esta Comisión recomienda: ARTÍCULO 1º: Autorizar la suscripción del Contrato de Comodato entre la Universidad Nacional del Sur y el Departamento de Matemática de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires. ARTÍCULO 2º: De forma.

OMBROSI SILBERMAN MS.RODRIGUEZ KALOCAI DURAN VILLAR ORTEGA TANZOLA NORI

Punto 19

Expte. 409/14

Bahía Blanca, 26 de junio de 2014

COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS VISTO: La nota presentada por un grupo de alumnos y egresados del Departamento de Humanidades, mediante la cual solicitan una ayuda económica para cubrir gastos de traslado y manutención, en su participación en tareas de excavaciones arqueológicas en la antigua colonia griega de Kaulonia (Calabria, Italia); y CONSIDERANDO: Que en el Presupuesto 2014 de esta Universidad, aprobado el 26/03/14, se ha incorporado una partida de aproximadamente Pesos ciento diez mil ($110.000) para viajes extracurriculares, que se ha distribuido entre las diferentes Unidades Académicas;

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Que no existe en el mencionado Presupuesto ninguna otra previsión destinada a cubrir adicionalmente este tipo de viajes. Por ello, esta Comisión recomienda: No hacer lugar a lo solicitado.

LUCANERA CASTELLANO MS.RODRIGUEZ KALOCAI VILLAR

SILBERMAN TANZOLA DURAN FALAPPA

Punto 20

Expte. 1658/14

Bahía Blanca, 26 de junio de 2014.

COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS

VISTO: La presentación de la Dirección de Área Contable y Patrimonial solicitando la baja de bienes de rezago del patrimonio de la UNS, afectados a la Dirección General de Personal; y CONSIDERANDO: Que los antecedentes que conforman el relevamiento físico de bienes muebles afectados a la dependencia nombrada arrojan diferencias del orden contable patrimonial respecto a las existencias físicas; Que esto obedece al deterioro del equipamiento, dado que han transcurrido los años de vida útil y su prestación al servicio universitario, sin haberse impulsado la baja para su egreso patrimonial; Que en áreas de la dependencia mencionada y en su depósito de archivo del subsuelo del Edificio de Rectorado, se almacenaron parte del lote en condición de rezago en avanzado estado de deterioro, rotos parcial o totalmente, Que por requerimientos de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo estos bienes almacenados, se deben desalojar definitivamente para la seguridad y libre circulación del personal; Que la conciliación y regularización de la información sistematizada, es indispensable como etapa que antecede a la implementación del nuevo sistema de registración patrimonial, Siu-Diaguita, a efectos de una migración de la carga de datos o la decisión a tomar para la conservación de los historiales de patrimonio; Que la antigüedad que data por la adquisición del lote a desafectar es en general de más de veinte (20) años, que implica un deterioro normal para el uso por el cual fueran destinados como así también la depuración de la información que conforma el archivo documental por activos inexistentes, exige se resuelva la gestión de baja ; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión de ….., lo dictaminado por la Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

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POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizar el descargo de inventario de bienes, cuyo detalle obra en el expediente a fs.16 a 24, que conforman el cúmulo de rezagos que dan lugar a diferencias en el orden contable y de contralor físico de existencias patrimoniales, por tratarse de bienes fuera de servicio, condición que obedecen al normal deterioro por fin de vida útil, rotura parcial o total, acumulados en espacios físicos de riesgo para la seguridad y circulación de personal; otros que por su antigüedad son irrecuperables y/o han sufrido desguace y casos que a la fecha no pueden identificarse en su búsqueda. ARTÍCULO 2º: Regularizar la información en la base de datos informatizada del registro de Patrimonio, de modo que la carga de de los registros que conforman el cúmulo de bienes a desafectar, sea en forma definitiva contabilizada como baja, permitiendo reflejar el patrimonio real y conciliando los archivos documentales. ARTÍCULO 3º: Comuníquese a la Dirección General de Economía y Finanzas, Dirección General de Personal e Intendencia. Tome razón Secretaria General Técnica y Subsecretaria e Infraestructura y Servicios. Cumplido, archívese.

VILLAR SANCHEZ MS.RODRIGUEZ ALVAREZ DURAN

Punto 21

Expte. 1297/10

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISION DE PERSONAL Visto: La solicitud de prórroga de licencia presentada por la Prof. María Liliana LUCAS, por excepción al artículo 45 del Régimen de Licencias vigente para el personal docente del CEMS, en horas cátedra de la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” (tres (3) horas cátedra); y Considerando: Que la Dirección General de Personal ha señalado oportunamente que la solicitud para que la docente desempeñe tareas pasivas debe considerarse por excepción; Que el CEMS promueve y avala lo solicitado según Res.CEMS-077/13; Por ello, esta Comisión recomienda: Prorrogar la licencia otorgada a la Prof. María Liliana LUCAS (Leg.5087 – DNI 10.359.445), por excepción al artículo 45 (Cambio de Funciones) del Régimen de Licencias del Personal Docente del CEMS, con goce de haberes, en treinta y tres (33) horas cátedra en la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” (tres (3) horas cátedra) y Escuela de Ciclo Básico Común (treinta (30) horas cátedra), desde el 1º de enero de 2013 y hasta el 31 de agosto de 2013, inclusive.

LUCANERA VERA

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Punto 22

Expte. 138/14

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISIONES DE PERSONAL Y DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS VISTO: La necesidad existente en la Dirección Área Contable y Patrimonial, de contar con un agente que cumpla funciones de Jefe de Supervisión en el Departamento Patrimonial; y CONSIDERANDO: Que la dependencia citada no cuenta actualmente con un cargo vacante Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo; Que según informe de la Dirección de Programación y Control Presupuestario, obrante a fs. 7 del expediente de referencia, resulta presupuestariamente factible dar de baja un cargo categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, vacante en la Secretaría General Técnica; Que para financiar el resto de la creación del cargo debe darse de baja el cargo que se libere como consecuencia del concurso; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Dar de baja un (1) cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales (Decreto 366/06), con funciones en la Secretaría General Técnica.

ARTÍCULO 2º: Crear un (1) cargo Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales (Decreto 366/06), con funciones en la Dirección Área Contable y Patrimonial. ARTÍCULO 3º: El cargo creado en el artículo 1º estará financiado con la baja dispuesta por artículo 1º de la presente y los fondos correspondientes al cargo que se libere como consecuencia del concurso. ARTÍCULO 4º: Dar de baja el cargo que quede vacante como resultado del concurso sustanciado. ARTÍCULO 5º: De forma.

Por Personal: VERA DURAN Por Economía: ALVAREZ VILLAR SANCHEZ MS.RODRIGUEZ

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Punto 23

Expte. 2760/2009

Bahía Blanca, 25 de junio de 2014

COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO VISTO: El pedido de excepción presentado por el Ing. Carlos Fernández Weisz (Leg. 3756) al plazo legal establecido para la presentación de la renuncia condicionada, a los fines de la concesión del beneficio jubilatorio; y CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la ley 26508 otorgó a los docentes universitarios la facultad de optar por permanecer en la actividad laboral hasta los setenta años (70) de edad; Que el artículo 1 del decreto 8820/62 dispone que “mientras dure la tramitación de

su jubilación, los docentes de todas las ramas de la enseñanza, podrán continuar

desempeñando sus tareas, con percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus

funciones el último día del mes en el que la Caja Nacional de Previsión para el Personal

del Estado comunica que ha sido acordado”; Que las resoluciones CSU-380/10, modificada por resolución CSU-510/10, no permite que el docente que haya cumplido sesenta y ocho años (68) y seis (6) meses de edad pueda realizar su renuncia condicionada para iniciar los trámites jubilatorios; Que la modificación de esta restricción está en estudio en el Consejo Superior Universitario; Que el mencionado docente manifiesta su voluntad de continuar prestando servicios hasta tanto se resuelva el beneficio jubilatorio; Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del ….. 2014, lo dictaminado por su Comisión de Interpretación y Reglamento; POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia condicionada a los setenta años (70) de edad del docente Ing. Carlos Alberto Fernández Weisz (Leg. 3756), al cargo de Profesor Adjunto Ordinario con dedicación semiexclusiva del Departamento de Ingeniería, para acogerse al beneficio de la jubilación, a partir del 1 de julio de 2014. Esta aceptación se otorga por excepción a la normativa vigente (artículos 2 y 4 de la resolución CSU-510/10) amparándose en los Decretos Nº8820/62, 9202/62 y 1445/69. En consecuencia, mientras dure la tramitación indicada, podrá continuar desempeñando sus tareas con percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Caja de Previsión pertinente comunique que ha sido otorgado el beneficio, o bien en los supuestos previstos en los artículos 2º y 3º del Decreto 1445/69.

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ARTÍCULO 2º: El agente renunciante deberá iniciar en el plazo de seis (6) meses, a partir del 1 de julio de 2014, los trámites que correspondan para el otorgamiento del beneficio jubilatorio y comunicar fehacientemente dentro del plazo de cinco (5) días, la citada fecha de iniciación del trámite a la Dirección General de Personal (artículos 1 y 2 del Decreto 1445/69). ARTÍCULO 3º: Establecer que, al ser notificado el interesado de la obtención del beneficio jubilatorio, deberá comunicarlo dentro del plazo de cinco días a la Dirección General de Personal. ARTÍCULO 4º: Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y a la Dirección General de Personal a todos sus efectos. Tome razón el Departamento de Ingeniería. Cumplido, archívese.

BUCALÁ CASTELLANO SILBERMAN MONTERUBBIANESI

Punto 24

Expte. 1302/14

Bahía Blanca, 24 de junio de 2014

COMISION DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO Visto: El recurso jerárquico presentado por Alfonso Hugo MEDORI y Ana Inés EICHELMANN, en representación de su hija menor Milagros, contra la resolución CEMS-32/14; y Considerando: Que la resolución 019/14 del CEMS cuyo cumplimiento solicitan los recurrentes, no es un acto administrativo, con lo cual no genera efecto jurídico alguno sobre la esfera del administrado, en este caso la alumna Milagros MEDORI. La resolución mencionada simplemente trasunta una opinión favorable a la solicitud de los padres de la alumna, pero nada resuelve al respecto; Que como consecuencia de esto, el propio Consejo Superior al recibir las actuaciones, decide remitirlo para su resolución en primera instancia administrativa al CEMS (Res. CSU-240/14); Que la resolución 032/14 del CEMS fue dictada de acuerdo a un reglamento vigente, de manera tal que el acto cumple con los requisitos que hacen a su existencia y validez (Art. 7, Ley 19549 de Procedimientos Administrativos); Que la doctrina de los llamados “actos propios” inhibe a los recurrentes de plantear en esta instancia nulidades al reglamento de ingreso de alumnos a la Escuela de Ciclo Básico Común, cuando la alumna fue inscripta como aspirante a ingresar a la Escuela bajo el amparo del reglamento vigente (Res. CSU-260/13), el que no fue cuestionado oportunamente y por ende, consentido por los progenitores;

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Que asimismo, si la Administración Universitaria ha dictado un reglamento específico para regular este tipo de cuestiones, debe sujetarse al mismo, no pudiendo dictar excepciones o actos individuales que desnaturalicen el reglamento; Que este principio, llamado “principio de inderogabilidad singular de los reglamentos” se erige en una garantía para la vigencia del principio de igualdad consagrado en la Constitución Nacional (Art. 16), porque restringe de esta manera la posibilidad de la Administración de actuar en forma selectiva, apartándose del régimen general, concediendo a unos lo que a otros se les niega; Que estas ideas que tienen que ver con el Estado de Derecho y el principio de legalidad no permiten que un acto administrativo de alcance individual (en el caso una excepción), contravenga o deje de aplicar el régimen general que consagra el Reglamento; Que el pedido de dejar en suspenso la decisión adoptada por el CEMS en la resolución 032/14 carece de razones de interés público que así lo justifiquen. El acto en crisis no produce perjuicios graves a la menor toda vez que su educación se encuentra garantizada, pero con la concurrencia en el turno tarde y no el de mañana, como quieren sus padres; Que se comparten los fundamentos expuestos en la Resolución CEMS-32/14 y en el dictamen 8133 de la Asesoría Letrada de la UNS; Por ello, esta Comisión recomienda: Artículo 1º: Desestimar la medida cautelar solicitada. Artículo 2º: Rechazar el recurso en trámite y confirmar la resolución CEMS-32/14.

LUCANERA SILBERMAN CARLAVÁN BUCALÁ

COMUNICACIONES

1. Expte. 133/14: Designa a la agente Andrea Fabiana LITTERINI en un cargo

Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, con funciones de Subresponsable de Supervisión del Departamento de Ingeniería Química. Se le asigna el horario de 11.30 a 18.30 hs. (Res. R-409/14).

2. Expte. 597/14: Designa a la agente María Florencia CUÑA en un cargo

Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo, con funciones de Jefe de Supervisión de la Dirección de Contrataciones. (Res. R-481/14).

3. Expte. 1231/14: Acepta a partir del 1° de Mayo de 2014, la renuncia presentada por la agente Sra. Alicia Adela CALDIRONI al cargo categoría 2 del Agrupamiento Técnico Profesional B, en el Departamento de Geografía y Turismo (Dec. 366/2006) con el fin de obtener la jubilación, al amparo de los decretos 8820 y 9202/62, quien en consecuencia mientras dure la tramitación de su jubilación, podrá continuar desempeñando sus tareas, con percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes el último día del mes en que la Administración Nacional de la Seguridad Nacional comunique que

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ha sido otorgado el beneficio, o bien los supuestos previstos en los arts. 2° y 3° del Decreto 1445/69. (Res. R-417/2014).

4. Expte. 3020/13: Designa a la agente María Magdalena MITEK en un cargo Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, con funciones de Subresponsable de Supervisión del Departamento de Liquidaciones de la Dirección General de Economía y Finanzas. (Res. R-097/2014). Se da de baja la liquidación y pago de la compensación por movilidad que percibe la agente a partir del 5 de mayo de 2014. (Res. R-414/14).

5. Expte. 3059/06: Traslada transitoriamente a Mariano COCCIA, categoría 7 agrupamiento Técnico Profesional A, desde la Dirección General de Soporte Técnico (DGSI) a la Dirección General de Telecomunicaciones. (Disposición SGT-126/14).

6. Expte. 2446/12: Designa a la agente María Celeste CARO en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, con funciones en el Departamento de Ingeniería (R-292/14)

7. Expte. 3344/13: Designa a la agente Marianela VALLE en un cargo Categoría 4 del Agrupamiento Administrativo, con funciones en la Tesorería de la UNS. Se ordena la liquidación del suplemento por falla de caja. (R-10/14).

8. Expte. 3591/13: Designa al agente Víctor FERRACUTTI en un cargo Categoría 2 del Agrupamiento Técnico Profesional B, con funciones de Director de Biblioteca Central. Se ordena la liquidación del suplemento por riesgo. (R-367/14).

9. Expte. 3315/13: Designa a la agente María Rosario GARCÍA MERCAPIDEZ en un cargo Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, con funciones en la Secretaría Privada de Rectorado. Se le asigna el horario de 9.30 a 16.30 hs. (Res. R-386/14).

10. Expte. 3977/13: Designa a la agente Marcela VERDINELLI en un cargo Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, con funciones en la Secretaría General Técnica (Res. R-366/14).

11. Expte. 245/1984: Incrementa el monto de Caja Chica del Departamento de Geología (Res. R-314/2014).

12. Expte. 1135/13: El Consejo Departamental de Economía designa a los integrantes de la Comisión de Convivencia de la UNS en representación de la mencionada unidad académica. (Res. CDE-186/2014)

13. Acta Paritaria de Nivel Particular para el Personal No Docente de fecha 16 de junio de 2014 que otorga licencia extraordinaria a los agentes Matías Nicoletta y Gustavo Nicoletta para asistir al Congreso de soplado de vidrio artístico y científico, en Madrid, España, del 16 d junio al 4 de julio de 2014. Autoriza la postergación de licencia por matrimonio al agente Francisco Di Cianni, debido a que cuenta con un viaje que es beneficio de ATUNS. Otorga licencia por vía de excepción, por razones de salud, con goce de haberes por el término de seis meses a la agente Inés Vargas (Expte. X-127/09)

Page 28: 355a del 2 de julio de 2014) · dedicación Exclusiva en las asignaturas “Introducción a los Bioprocesos” (Código: 6185) y “Reactores Químicos y Biológicos” (Código:

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14. Acta Paritaria de Nivel Particular para el Personal No Docente de fecha 16 de junio de 2014 que acuerda la distribución de los 20 cargos no docentes que ingresaron a la UNS por el convenio UNS-SPU (Expte. X-127/09)

15. Acta Paritaria de Nivel Particular para el Personal No Docente de fecha 24 de

julio de 2014 que reafirma la necesidad de mejorar la dotación de personal en áreas técnicas específicas, radio, sector audiovisual, programación informática, ciencia y tecnología y laboratorios y acuerda la optimización del servicio administrativo con nuevos cargos en un rango horario más amplio (Expte. X-127/09)