5 control social ponencia gerencia i
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EL CONTROL DE LA
ADMINISTRACIÓN
EN UNA
SOCIEDAD DEMOCRÁTICA
CONTRALORIA SOCIAL
Que es contraloría social ? Son las acciones de control, vigilancia y
evaluación que llevamos a cabo los/as ciudadanos/as ante las instituciones públicas.
Forma parte de la crítica pública constructiva a la que se someten los/as funcionarios/as públicos/as cuando asumen la responsabilidad de administrar bienes y recursos públicos.
BREVE HISTORIA DE LA CONTRALORIA SOCIAL
Fue a partir de la década de los 90, cuando en la V asamblea General de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores en Uruguay, se toco el tema y, un año después en cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social en Dinamarca, ahora no como una estrategia, sino como un punto innegociable para las naciones democráticas del mundo, control de la gestión pública.
PAPEL DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS PROCESOS DE
POLÍTICAS PÚBLICAS
Relación
gobierno -
sociedad
Modelos de democracia
LA PARTICIPACIÓN
Y SUS MECANISMOS FORMALES
Política
SocialComunitari
a
Participación
Ciudadana
MECANISMOS FORMALES
Iniciativa ciudadana
Los buzones ciudadanos
El monitoreo ciudadano
La contraloría social
Los comités y consejos de participación
ciudadana
LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL (Gaceta Oficial, Nº 6011 de fecha del 21-12-2010)
(Artículo 2)
Garantizar
Principio constitucional Corresponsabilidad
Instancias del Poder Público, los ciudadanos y ciudadanas y las instancias del poder popular
Transparente y eficiente
Sociedad
LA CONTRALORÍA IMPLICA
A CONTROL
C
C
I
O
N VIGILANCIA
E
S
EVALUACIÓN
Dedicar tiempo para inspeccionar y comprobar determinados aspectos de los asuntos sobre los
que hacen la contraloría.
Significa que se debe mantener atención y estar pendientes del estado del asunto que se esta
controlando.
Comparar lo realizado con lo planificado y valorar los elementos que se identifican en el
proceso de la contraloría para arribar a conclusiones
CARACTERÍSTICAS
Es un procesoEs expresión de participación
de los/as ciudadanos/as
Su objetivo final es contribuir al bien común.
Requiere responsabilidad
Se basa en información
Es un ejercicio de crítica pública.
Involucra a ciudadanos/as y funcionarios/as.
CONTRALORÍA SOCIAL
Formulación de políticas
públicas
Gastos e inversiones
Desarrollo de proyectos y programas
Cumplimiento de promesas de campañas electorales
Dese
mpeño de los funcionarios/as
en sus cargos
Efectividad en la
atención de necesidades de la
sociedad
Calidad de la prestación de servicios
Contrataciones de servicios y compras de bienes
Cumplimiento de la ley
REQUISITOS PARA DESARROLLAR LACONTRALORÍA SOCIAL
Independencia
política.
Transparencia
Respeto de la
gestión de los
funcionarios/as
Pluralidad
Responsabilidad y
conciencia
ciudadana
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
Art 51. Derecho a presentar peticiones. Art 62. Participación del pueblo en la formación, ejecución y
control de gestión pública. - Art 66. Deber de rendición de cuentas de los representantes
políticos. - Art 141. Principio de transparencia y de rendición de cuentas de
las administraciones públicas. - Art 143. Derecho de los ciudadanos y ciudadanas, a ser informados
(as). - Art 184. (2) Participación en la evaluación y control de obras.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999.
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
Art. 270. El control social es un mecanismo para el ejercicio de la gestión pública municipal. Art. 271. Los ciudadanos tienen derecho a organizarse, para ejercer control social. Art. 272. Derecho a la rendición de cuentas; por parte de las autoridades municipales. Art. 273. Obligación de las autoridades de publicitar sus actos. Art. 275. Derecho de los ciudadanos y de los consejos comunales a participar en control de la
actividad municipal en su parroquia. Art. 276. Ejercicio del control social sobre la gestión pública municipal.
Art. 1. Regular la relación con órganos del poder público para ejecución, control y evaluación de las políticas públicas y de los proyectos vinculados a las comunidades.
Art. 33. Define la unidad de contraloría social para la evaluación de proyectos comunitarios y de vigilancia del consejo comunal.
Art. 34. Funciones de la unidad de contraloría social. Art. 35. Coordinación con entes de Poder Ciudadano.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2005, 2006, 2010)
Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2006, 2009)
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
Art. 44. Define la unidad de seguimiento y control de los Bancos de la Comuna.
Art. 45. Define el Consejo de Contraloría Comunal como el responsable de la supervisión, evaluación y control social sobre los proyectos planes y actividades en el territorio de la comuna.
Art. 46. Requisitos: venezolano, mayor de edad, sin parentesco hasta 4to grado y 2do de afinidad con representantes en el CFG, vocero de la unidad de contraloría social, habitante de la comuna, no ejercer cargo de elección popular y no estar sujeto a interdicción civil.
Art. 47. Determina las funciones de la contraloría comunal.
Art. 48. Consagra la cooperación entre los miembros del poder popular y la contraloría comunal.
Art. 19. Define la contraloría social como uno de los ámbitos de actuación del poder popular
Ley Orgánica de las Comunas (2010)
Ley Orgánica del Poder Popular (2010)
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
- Art 12. El CEPLACOP órgano encargado del diseño del plan estadal de desarrollo y garantizar participación ciudadana en seguimiento, evaluación y control.
- Art 13. El CLPP órgano encargado de diseñar PMD y demás planes municipales y garantizar seguimiento, evaluación y control.
- Art 14. El consejo comunal aplica metodología del ciclo comunal que incluye controlaría social.
- Art 67. El CEPLACOP en instancias del poder popular realizarán seguimiento y evaluación al plan operativo estadal.
- Art 72. El CLPP e instancias del poder popular hacen control sobre plan operativo municipal.
- Art 77. El consejo de planificación comunal y consejos comunales realizarán seguimiento y evaluación del plan operativo comunal.
Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2001, 2010)
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
- Art 25. Determina la creación de una unidad de contraloría social en la estructura de una unidad socio-productiva.
- Art 30. Determina las funciones de vigilancia de los procesos, planes y proyectos de la unidad socio-productiva.
Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (2002, 2006, 2010)
- Art 2. Garantiza la participación en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes del municipio.
- Art 13. Realiza el seguimiento, evaluación y control del Plan Municipal de Desarrollo.
- Art 39. Vigila, controla y evalúa la ejecución del presupuesto de inversión municipal.
Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (2010)
BASAMENTO LEGAL DE LA CONTRALORÍA SOCIAL
Ley Orgánica de Contraloría
Social (2010) - Título I.
Disposiciones Generales
- Título II. Del ejercicio y medios de
la contraloría
social - Título III. Del procedimiento de la contraloría social
- Título IV. Responsabilida
des
- Disposicione
s Transitorias, Derogatoria
y Final
GESTIONAR
ADMINISTRAR
GERENCIAR
GESTIONAR
DIRIGIR PLANEAR
CONTROLAR EJECUTAR
RECURSOS
OPTIMIZAR
APLICACIÓN DE ESTRATEGIAS HERRAMIENTAS TECNICAS
GRACIAS