6 /201 9 D OÑA CARMEN LÓPEZ PR IETO, CERTIFICAConcejales el contenido del borrador del acta de la...

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SECRETARÍA GENERAL 1 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 Fax: 957 60 03 22 DOÑA CARMEN LÓPEZ PRIETO, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil. CERTIFICA: Que el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, trascrito literalmente dice: En el Despacho de la Alcaldía de la Casa Consistorial de la Villa de Puente Genil, siendo las catorce horas del día dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, se reúne, previa convocatoria legalmente prevenida, la Junta de Gobierno Local, para celebrar sesión ordinaria, en segunda convocatoria por falta de quórum en la primera, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, D. Esteban Morales Sánchez, y la asistencia de los señores Concejales, Dª. Verónica Morillo Baena, D. José Antonio Gómez Morillo, D. Francisco Jesús Guerrero Cáceres, Dª. Mª. Dolores González Martos, D. Pablo Ángel Alfaro Rodríguez, D. José Espejo Urbano y Dª. Dolores Socorro Gálvez Morillo. Asistidos del Sr. Interventor accidental, D. Pedro Díaz Gómez, y de mí, la Secretaria General, Dª. Carmen López Prieto, que doy fe del acto. De orden del Sr. Presidente se declara abierta la sesión, pasándose a deliberar los distintos puntos que componen el Orden del Día, que son los siguientes: PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 4 DE MARZO DE 2019.- Conocido por los Sres. Concejales el contenido del borrador del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 04/03/2019, y no habiendo enmiendas ni rectificaciones que introducir, el mismo fue aprobado en votación ordinaria, por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen. PUNTO SEGUNDO.- RATIFICACIÓN DECRETO DE LA ALCALDÍA.- Conocido por los asistentes el contenido del Decreto de Alcaldía de 05/03/2019, que es como sigue: DECRETO DE ALCALDE Asunto.- Rectificación de error material del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Puente Genil y la Asociación Juvenil Mesa local de la juventud de Puente Genil para el desarrollo conjunto de las actividades de dicha asociación durante el año 2019. Visto el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Puente Genil y la Asociación Juvenil Mesa local de la juventud de Puente Genil para el desarrollo conjunto de las actividades de dicha asociación durante el año 2019 aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 18/02/19, Advertido error material en la redacción del Convenio de Colaboración en la Punto 1º de la Cláusula Séptima. Considerando lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas procede la rectificación material de los errores detectados. La Alcaldía tiene la competencia atribuida para la rectificación del Decreto en virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. RESUELVO PRIMERO.- Rectificar el siguiente error material: DONDE DICE: “La justificación de las subvenciones se realizará ante la Intervención General de la Corporación Municipal dentro de los tres meses siguientes a la recepción del importe subvencionado y dentro del periodo presupuestario correspondiente y como fecha máxima 31 de marzo de 2019.”. DEBE DECIR: “La justificación de las subvenciones se realizará ante la Intervención General de la Corporación Municipal dentro de los tres meses siguientes a la recepción del 6/2019 Código seguro de verificación (CSV): pie_firma_corto_dipu_01 (95)22B3EF292CD83F92E4 VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019 Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos) 9522 B3EF 292C D83F 92E4

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  • SECRETARÍA GENERAL 1 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 – Fax: 957 60 03 22

    DOÑA CARMEN LÓPEZ PRIETO, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.

    CERTIFICA: Que el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada por la Junta

    de Gobierno Local el día dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, trascrito literalmente dice:

    “En el Despacho de la Alcaldía de la Casa Consistorial de la Villa de Puente Genil, siendo las catorce horas del día dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, se reúne, previa convocatoria legalmente prevenida, la Junta de Gobierno Local, para celebrar sesión ordinaria, en segunda convocatoria por falta de quórum en la primera, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, D. Esteban Morales Sánchez, y la asistencia de los señores Concejales, Dª. Verónica Morillo Baena, D. José Antonio Gómez Morillo, D. Francisco Jesús Guerrero Cáceres, Dª. Mª. Dolores González Martos, D. Pablo Ángel Alfaro Rodríguez, D. José Espejo Urbano y Dª. Dolores Socorro Gálvez Morillo. Asistidos del Sr. Interventor accidental, D. Pedro Díaz Gómez, y de mí, la Secretaria General, Dª. Carmen López Prieto, que doy fe del acto.

    De orden del Sr. Presidente se declara abierta la sesión, pasándose a deliberar los distintos puntos que componen el Orden del Día, que son los siguientes: PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 4 DE MARZO DE 2019.-

    Conocido por los Sres. Concejales el contenido del borrador del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 04/03/2019, y no habiendo enmiendas ni rectificaciones que introducir, el mismo fue aprobado en votación ordinaria, por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen. PUNTO SEGUNDO.- RATIFICACIÓN DECRETO DE LA ALCALDÍA.-

    Conocido por los asistentes el contenido del Decreto de Alcaldía de 05/03/2019, que es como sigue:

    “DECRETO DE ALCALDE Asunto.- Rectificación de error material del convenio de colaboración entre el

    Ayuntamiento de Puente Genil y la Asociación Juvenil Mesa local de la juventud de Puente Genil para el desarrollo conjunto de las actividades de dicha asociación durante el año 2019.

    Visto el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Puente Genil y la Asociación Juvenil Mesa local de la juventud de Puente Genil para el desarrollo conjunto de las actividades de dicha asociación durante el año 2019 aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 18/02/19,

    Advertido error material en la redacción del Convenio de Colaboración en la Punto 1º de la Cláusula Séptima.

    Considerando lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas procede la rectificación material de los errores detectados.

    La Alcaldía tiene la competencia atribuida para la rectificación del Decreto en virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

    RESUELVO PRIMERO.- Rectificar el siguiente error material: DONDE DICE: “La justificación de las subvenciones se realizará ante la Intervención

    General de la Corporación Municipal dentro de los tres meses siguientes a la recepción del importe subvencionado y dentro del periodo presupuestario correspondiente y como fecha máxima 31 de marzo de 2019.”.

    DEBE DECIR: “La justificación de las subvenciones se realizará ante la Intervención General de la Corporación Municipal dentro de los tres meses siguientes a la recepción del

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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    importe subvencionado y dentro del periodo presupuestario correspondiente y como fecha máxima 31 de marzo de 2020.”.

    SEGUNDO.- Que se lleve a efecto esta Resolución y se publique en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la Página web municipal.”

    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó ratificar el Decreto que trascrito ha sido. PUNTO TERCERO.- PROPUESTA DEL SR. CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES, PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA 2019, ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y EL GRUPO DE ACTIVIDADES DE LA NATURALEZA DE ESTA LOCALIDAD.-

    Conocido por los asistentes el contenido de la propuesta para aprobación del borrador del Convenio de colaboración para el 2019, con el Grupo de Actividades de la Naturaleza de Puente Genil, de fecha 12/03/19, que es como sigue:

    “PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL QUE PRESENTA EL CONCEJAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL 2019, CON EL GRUPO DE ACTIVIDADES DE LA NATURALEZA DE PUENTE GENIL

    El Ayuntamiento de Puente Genil tiene como objetivo la promoción y el fomento de la práctica del deporte en la población de nuestro municipio. Para lo cual establece distintas vías de actuación, entre las que están los convenios de colaboración con clubes y asociaciones deportivas, que vienen desarrollando durante años, con garantías suficientes, los objetivos y contenidos establecidos en los mismos. Para llevar a cabo su desarrollo y financiación, se ha dotado al presupuesto municipal de 2019, de partidas y cuantías específicas para cada uno de ellos.

    En el convenio a que se refiere esta propuesta, se establecen el marco de colaboración, los compromisos y condiciones, en el que deben acometerse dichas actuaciones.

    En cuanto a la partida y cuantía asignada al mismo es la siguiente: -Partida presupuestaria 341.0.480.02, con la descripción: "Subvenciones Deportivas

    A.G.A.N.” -Tres mil quinientos euros (3.500 €) En base a lo anteriormente expuesto; propongo a la Junta de Gobierno Local, la

    adopción del siguiente acuerdo: -La aprobación del borrador de convenio de colaboración que acompaña a esta

    propuesta, entre el Excmo. Ayuntamiento y el Grupo de Actividades de La Naturaleza. -Facultar al Sr. Alcalde para la formalización del citado convenio y para cuantos otros

    resulten precisos para la efectividad del mismo.” La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes,

    que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que transcrita ha sido. PUNTO CUARTO.- PROPUESTA DEL SR. CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES, PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA 2019, ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y EL CD MIRAGENIL, FS, DE ESTA LOCALIDAD.-

    Conocido por los asistentes el contenido de la propuesta para aprobación del borrador del Convenio de colaboración para el 2019, con el Club Deportivo Miragenil Fútbol Sala de Puente Genil, de fecha 12/03/19, que es como sigue:

    “PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL QUE PRESENTA EL CONCEJAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL 2019, DEL C.D. MIRAGENIL F.S. DE PUENTE GENIL.

    El Ayuntamiento de Puente Genil tiene como objetivo la promoción y el fomento de la práctica del deporte en la población de nuestro municipio. Para lo cual establece distintas vías de actuación, entre las que están los convenios de colaboración con clubes y asociaciones deportivas, que vienen desarrollando durante años, con garantías suficientes, los objetivos y contenidos establecidos en los mismos. Para llevar a cabo su desarrollo y

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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  • SECRETARÍA GENERAL 3 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 – Fax: 957 60 03 22

    financiación, se ha dotado al presupuesto municipal de 2019, de partidas y cuantías específicas para cada uno de ellos.

    En el convenio a que se refiere esta propuesta, se establecen el marco de colaboración, los compromisos y condiciones, en el que deben acometerse dichas actuaciones.

    En cuanto a la partida y cuantía asignada al mismo es la siguiente: -Partida presupuestaria 341.0.480.10, con la descripción: "Subvenciones Dtvas. Club

    Futbol Sala Miragenil.” -Siete mil euros (7.000 €) En base a lo anteriormente expuesto; propongo a la Junta de Gobierno Local, la

    adopción del siguiente acuerdo: -La aprobación del borrador de convenio de colaboración que acompaña a esta

    propuesta, entre el Excmo. Ayuntamiento y el C.D. Miragenil F.S. -Facultar al Sr. Alcalde para la formalización del citado convenio y para cuantos otros

    actos resulten precisos para la efectividad del mismo.” La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes,

    que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido. PUNTO QUINTO.- PROPUESTA DEL SR. CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES, PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA 2019, ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y LA ADC SAN JUAN EVANGELISTA, DE ESTA LOCALIDAD.-

    Conocido por los asistentes el contenido de la propuesta para aprobación del borrador del Convenio de colaboración para el 2019, con la Asociación Deportiva Cultural San Juan Evangelista de Puente Genil, de fecha 12/03/19, que es como sigue:

    “PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL QUE PRESENTA EL CONCEJAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL PARA APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL 2019, CON LA ADC SAN JUAN EVANGELISTA.

    El Ayuntamiento de Puente Genil tiene como objetivo la promoción y el fomento de la práctica del deporte en la población de nuestro municipio. Para lo cual establece distintas vías de actuación, entre las que están los convenios de colaboración con clubes y asociaciones deportivas, que vienen desarrollando durante años, con garantías suficientes, los objetivos y contenidos establecidos en los mismos. Para llevar a cabo su desarrollo y financiación, se ha dotado al presupuesto municipal de 2019, de partidas y cuantías específicas para cada uno de ellos.

    En el convenio a que se refiere esta propuesta, se establecen el marco de colaboración, los compromisos y condiciones, en el que deben acometerse dichas actuaciones.

    En cuanto a la partida y cuantía asignada al mismo es la siguiente: -Partida presupuestaria 341.0.480.05, con la descripción: "Deporte participativo-

    Cofradía San Juan.” -Tres mil quinientos euros (3.500 €) En base a lo anteriormente expuesto; propongo a la Junta de Gobierno Local, la

    adopción del siguiente acuerdo: -La aprobación del borrador de convenio de colaboración que acompaña a esta

    propuesta, entre el Excmo. Ayuntamiento y La ADC San Juan Evangelista. -Facultar al Sr. Alcalde para la formalización del citado convenio y para cuantos otros

    actos resulten precisos para la efectividad del mismo.”

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido. PUNTO SEXTO.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, SOBRE RATIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y REQUERIMIENTO DOCUMENTACIÓN, Y CORRECCIÓN ORDEN DE VALORACIÓN Y PRELACIÓN LICITADORES, EN RELACIÓN AL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LOS EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS, DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL.-

    Conocido por los asistentes el contenido de la propuesta que suscribe el Sr. Alcalde, de fecha 14/03/19, que es como sigue:

    “PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado al punto cuarto del orden del día

    de la sesión ordinaria celebrada el día 04/03/2019, se resolvió aceptar la propuesta de la Mesa de Contratación realizada en sesión celebrada el día 22/02/2019, en el expediente de “Suministro de energía eléctrica para los edificios y dependencias y la prestación de servicios asociados, del Ayuntamiento de Puente Genil”, así como requerir a la empresa propuesta.EDP COMERCIALIZADORA, SAU la documentación necesaria a efectos de adjudicación; requerimiento que actualmente está en curso y a punto de ser cumplido por indicada empresa.

    El día 6 de marzo se celebra Mesa de Contratación para aclaración del escrito de fecha 04/03/19 presentado por D. Jairo García López, como responsable territorial de ENDESA, sobre el acta de 22/02/19.

    El día 7 de marzo de 2019 se celebra Mesa de Contratación del siguiente tenor: “En el despacho de la Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, siendo las 12:00 horas del día 7 de marzo de 2019, se constituye la Mesa de Contratación prevista en la Cláusula 12ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación por procedimiento abierto, un solo criterio de adjudicación del suministro de energía eléctrica para los edificios y dependencias y la prestación de servicios asociados, del Ayuntamiento Puente Genil (Córdoba) , aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión de 26 de diciembre de 2018. La Mesa de Contratación está integrada por: -PRESIDENTE:

    D. Esteban Morales Sánchez, Alcalde-Presidente de la Corporación. -VOCALES:

    Dª. Carmen López Prieto, Secretaria General de la Corporación.

    D. Pedro Díaz Gómez, Interventor Acctal. de la Corporación.

    D. Rafael Bautista Franco Ruiz, Arquitecto Técnico Municipal.

    D. Luis Miguel Rodríguez Humánez, Ingeniero Técnico Industrial de la Corporación. -SECRETARIO:

    Dª. Inmaculada Berral Prieto, funcionaria de la Corporación. Tras el escrito presentado por D. Jairo García López, como responsable territorial de

    ENDESA, con fecha 4 de marzo de 2019 registrado de entrada el día 6 de marzo del mismo año, por el que solicita aclaración del Acta de esta Mesa de fecha 22 de febrero de 2019 en relación a si los precios indicados en dicho acta por el resto de comercializadoras admitidas incluían también el impuesto de la electricidad con objeto de que la valoración de cada uno de los operadores se haya realizado correctamente, que fue contestado por esta misma Mesa en la aclaración que quedó recogida en acta 6 de marzo de 2019, se pudo constatar por la Mesa de Contratación que efectivamente el licitador ENDESA incluía en su oferta en impuesto eléctrico y los demás licitadores no y que por tanto la valoración y prelación de licitadores tras el estudio de ofertas reflejado en el Acta del día 22 de febrero del presente ha de ser corregida .

    Para subsanar dicho error se vuelve a valorar, excluyendo el impuesto eléctrico de la oferta económica presentada por ENDESA siendo el resultado el siguiente:

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    01

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

    9522 B3EF 292C D83F 92E4

  • SECRETARÍA GENERAL 5 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 – Fax: 957 60 03 22

    DATOS DE PARTIDA EDP IBERDROLA ENDESA

    Unidades

    Tarifa

    Tipo

    Potencia

    y

    Consumo

    Actual

    Base

    del

    Cálculo

    de

    energía

    activa

    para el

    cálculo

    del precio

    Precio

    Kwh

    según

    tarifa y

    periodo

    Importe

    Precio Kwh

    según

    tarifa y

    periodo

    Importe Precio

    Kwh según

    tarifa y

    periodo

    incluido

    Impuesto

    Electricidad

    Precio Kwh

    según tarifa

    y periodo

    Importe

    53 2.0A Energía Periodo 1

    203.264 203.264 0,128292 26.077,15 € 0,129021 26.225,32 € 0,139575 0,132786 26.990,62 €

    6

    2.0DHA

    Energía Periodo 1

    27.265 27.265 0,148453 4.047,57 € 0,152339 4.153,52 € 0,159936 0,152157 4.148,55 € Energía

    Periodo 2 47.615 47.615 0,074435 3.544,22 € 0,075343 3.587,46 € 0,081060 0,077117 3.671,94 €

    10 2.1A Energía Periodo 1

    134.185 134.185 0,141644 19.006,50 € 0,141467 18.982,75 € 0,151336 0,143975 19.319,28 €

    34

    3.0A Energía

    Periodo 1 279.937 279.937 0,109066 30.531,61 € 0,111234 31.138,51 € 0,118207 0,112457 31.480,99 €

    Energía Periodo 2

    745.257 745.257 0,098709 73.563,57 € 0,097793 72.880,92 € 0,104307 0,099233 73.954,46 € Energía

    Periodo 3 233.210 233.210 0,072665 16.946,20 € 0,071323 16.633,24 € 0,079196 0,075344 17.570,95 €

    4

    3.1A Energía

    Periodo 1 280.873 280.873 0,098155 27.569,09 € 0,099018 27.811,48 € 0,105126 0,100013 28.090,85 €

    Energía Periodo 2

    571.869 571.869 0,091805 52.500,43 € 0,092736 53.032,84 € 0,097534 0,092790 53.063,69 € Energía

    Periodo 3 604.710 604.710 0,070442 42.596,98 € 0,070086 42.381,71 € 0,075651 0,071971 43.521,78 €

    TOTAL EDP 296.383,33 € IBERDROLA 296.827,75 € ENDESA 301.813,11 €

    DATOS DE PARTIDA IBERELECTRICA AURA

    Unidades

    Tarifa

    Tipo

    Potencia y

    Consumo

    Actual

    Base del

    Cálculo de

    energía

    activa para

    el cálculo

    del precio

    Precio Kwh

    según tarifa y

    periodo

    Importe

    Precio Kwh

    según tarifa y

    periodo

    Importe

    53 2.0A Energía Periodo 1 203.264 203.264 0,135455 27.533,13 € 0,136196 27.683,74 €

    6

    2.0DHA

    Energía Periodo 1 27.265 27.265 0,156496 4.266,86 € 0,160125 4.365,81 € Energía Periodo 2 47.615 47.615 0,085254 4.059,37 € 0,081555 3.883,24 €

    10 2.1A Energía Periodo 1 134.185 134.185 0,148788 19.965,12 € 0,150210 20.155,93 €

    34

    3.0A Energía Periodo 1 279.937 279.937 0,116844 32.708,96 € 0,124465 34.842,36 € Energía Periodo 2 745.257 745.257 0,101746 75.826,92 € 0,105735 78.799,75 € Energía Periodo 3 233.210 233.210 0,078351 18.272,24 € 0,077715 18.123,92 €

    4

    3.1A Energía Periodo 1 280.873 280.873 0,103787 29.150,97 € 0,110841 31.132,24 € Energía Periodo 2 571.869 571.869 0,097605 55.817,27 € 0,100172 57.285,26 € Energía Periodo 3 604.710 604.710 0,077649 46.955,13 € 0,075328 45.551,59 €

    TOTAL IBERELECTRICA 314.555,96 € AURA 321.823,85 €

    EMPRESA PUNTUACIÓN

    EDP 100,00

    IBERDROLA 98,25

    ENDESA 78,66

    IBERELÉCTRICA 28,57

    AURA 0,00

    A consecuencia de lo anterior, la mejor oferta sigue siendo la de EDP

    COMERCIALIZADORA, seguida de IBERDROLA, ENDESA, IBERELÉCTRICA y AURA, siendo que el error cometido y ahora corregido y subsanado no a la propuesta de adjudicación al órgano de contratación formulada por esta Mesa en sesión de 22 de febrero

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

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    a favor de EDP COMERCIALIZADORA y sin que haya en consecuencia que suspender el plazo de requerimiento de documentación que como tal se ha efectuado a la misma por el órgano de contratación.

    Es por ello que la Mesa propone que por el órgano de contratación se ratifique la propuesta de adjudicación efectuada en este procedimiento a EDP COMERCIALIZADORA, SAU, con CIF nº A95000295, y el requerimiento de documentación efectuado a la misma y se acuerde corregir el orden de valoración y prelación de los restantes licitadores de conformidad con lo establecido en el presente acta.

    Cumplido el objeto de la reunión, la misma es levantada por la Presidencia, siendo las 12:40 horas del día de comienzo, firmando la presente acta los componentes de la Mesa, de que certifico.”.

    Por todo lo dicho es por lo que PROPONGO a la Junta de Gobierno Local, se adopte el siguiente acuerdo:

    Ratificar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de referencia en su íntegro contenido por cuanto no se altera el orden establecido en la valoración de las ofertas en cuanto a la empresa propuesta como adjudicataria, y no se hacía necesario la paralización del procedimiento en aras a logar su eficacia.”

    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido. PUNTO SÉPTIMO.- APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO, EJERCICIO 2018.

    Explicado por el Sr. Interventor accidental el contenido de la propuesta suscrita por la Sra. Concejala Delegada de Servicios Básicos y Hacienda que seguidamente se transcribirá y el expediente en que la misma se contiene, informado favorablemente por él; es del siguiente tenor:

    “PROPUESTA DE LA SRA. CONCEJALA DELEGADA DE HACIENDA Y RECURSOS HUMANOS, SOBRE EXPEDIENTE DE APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2018 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y DE SU ORGANISMO AUTÓNOMO FUNDACIÓN JUAN REJANO.

    Dada la necesidad de la aprobación de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente, de conformidad con lo señalado en los artículos 191 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 90 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y una vez elaboradas las liquidaciones del Presupuesto del Ayuntamiento y de la Fundación Juan Rejano correspondientes al ejercicio 2018 por el Sr. Interventor Accidental y emitidos los informes previos pertinentes, esta Concejalía eleva a la consideración de la Junta de Gobierno Local el citado expediente, para que lo apruebe, si procede, con el voto favorable de la mayoría que sea legalmente exigible, solicitándose a los Sres. Concejales y Sras. Concejalas el pronunciamiento favorable acerca de:

    1º.- Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2018 del Ayuntamiento de Puente Genil, que arroja los siguientes datos:

    El desglose del Resultado presupuestario se muestra en el cuadro siguiente:

    DERECHOS

    RECONOCIDOS NETOS

    OBLIGACIONES RECONOCIDAS

    NETAS

    AJUSTES

    RESULTADO PRESUPUESTARIO

    a. Operac. corrientes b. Otras operac. no financ 1. Total operac. no finan (a+b) c. Activos financieros d. Pasivos financieros 2. Total operac. Financ (c+d)

    23.529.740,59 1.524.451,17

    25.054.191,76 19.289,00

    1.535.000,00 1.554.289,00

    22.990.514,64 2.355.308,79

    25.345.823,43 19.289,00

    881.931,24 901.220,24

    539.225,95 -830.857,62 -291.631,67

    0,00 653.068,76 653.068,76

    I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (1+2)

    26.608.480,76

    26.247.043,67

    361.437,09

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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  • SECRETARÍA GENERAL 7 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 – Fax: 957 60 03 22

    AJUSTES: 4. Créditos gastados financiados con RTGG 5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 6. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio II. Total Ajustes (II=3+4+5)

    662.897,02

    1.999.285,33 2.341.253,67

    320.928,68

    RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II) 682.365,77

    El Remanente Líquido de Tesorería Total obtenido asciende a 9.234.457,91 euros,

    quedando de Remanente de Tesorería para Gastos Generales 542.838,46 euros, habiéndose calculado conforme a lo dispuesto en los arts. 101 a 103 del RD 500/90, de 20 de abril, y según las correspondientes reglas de la IMNCL, con el siguiente desglose:

    COMPONENTES IMPORTES AÑO ACTUAL IMPORTES AÑO ANTERIOR

    1. (+) Fondos Líquidos 2. (+) Derechos pendientes de cobro

    (+) del presupuesto corriente (+) de presupuestos cerrados (+) de operac. no presupuestarias

    3. (-) Obligaciones pendientes de pago (+) del presupuesto corriente

    (+) de presupuestos cerrados (+) de operac. no presupuestarias

    4. (+) Partidas pendientes de aplicación (-) Cobros pendientes de aplic. def.

    (+) Pagos pendientes de aplic. def.

    1.842.929,18 5.487.385,22 160.003,89

    796.747,71 101.649,51 1.146.378,96

    1.691,57 295.937,68

    3.494.669,69

    7.490.318,29

    2.044.776,18

    294.246,11

    2.998.488,04 5.940.190,48 147.364,50

    757.308,36 86.897,15

    3.532.427,74

    1.691,57 540.932,74

    4.399.211,09

    9.086.043,02

    4.376.633,25

    539.241,17

    I. REMANENTE TESORERÍA TOTAL (1+2-3+4)

    9.234.457,91

    9.647.862,03

    II. Saldos de Dudoso Cobro III. Exceso de Financiación Afectada

    3.945.086,24 4.746.533,21

    3.693.545,38 4.227.599,95

    IV. REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES (I-II-III)

    542.838,46

    1.726.716,70

    La liquidación del Presupuesto a nivel consolidado cumple con los objetivos marcados por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera, esto es, arroja superávit presupuestario, se encuentra por debajo del límite de regla de gasto, por debajo del límite de deuda pública y cumple con el período medio de pago a proveedores marcado por la Ley de Morosidad. Todo esto, de acuerdo con los cálculos efectuados por el Sr. Interventor Accidental en el Informe emitido a tal efecto.

    2º.- Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2018 del Organismo Autónomo “Fundación Juan Rejano”, que arroja los siguientes datos:

    El resultado presupuestario del ejercicio, calculado y ajustado conforme a lo establecido en los artículos 96 y 97 del RD 500/90, de 20 de abril, arroja un resultado positivo en la cifra de 2.058,17 euros. Esta situación supone que los recursos obtenidos durante el ejercicio han permitido la financiación de todos los gastos realizados.

    Conforme a lo señalado en los arts. 191.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, y 93.2 d) del RD 500/90, de 20 de abril, se ha determinado el Remanente de Tesorería, habiéndose calculado según las correspondientes reglas de la IMNCL, con el siguiente desglose:

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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    a) Fondos Líquidos de Tesorería …………………………………………. 19.690,08 € b) Derechos pendientes de cobro ………………………….…………….. 2.610,08 € c) Obligaciones pendientes de pago ……………………….……….……. 3.543,87 € d) Remanente de Tesorería para Gastos Generales …………………… 18.214,29 €

    3º.- En virtud de Decreto de Alcaldía, se delega en la Junta de Gobierno Local, entre otras cuestiones, la aprobación de la liquidación del presupuesto de cada ejercicio, debiéndose dar cuenta al Pleno de la Corporación Local en la primera sesión que éste celebre.

    Asimismo, deberá remitirse copia del mismo a la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda (al MINHAP, actualmente, se remite vía electrónica a través de la Oficina Virtual de Coordinación financiera) en virtud de la previsión contenida al respecto en los arts. 193.5 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, y 91 del RD 500/90, de 20 de abril.”

    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido. DE URGENCIA.-

    A).- PROPUESTA PARA APROBACIÓN DE BASES DE SELECCIÓN DE UN/A ENCARGADO/A DE BIBLIOTECA.-

    Explicado por el Sr. Alcalde que era urgente someter a debate y votación una propuesta para selección de un encargado de la biblioteca porque de no aprobarse ya, seguramente se tendría que cerrar una de ellas (la Biblioteca “Juan Campos Reina”), es por lo que propone, por razones de urgencia someter a votación la propuesta citada.

    La Junta de Gobierno Local, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que la totalidad de los ocho que la componen, y por tanto mayoría absoluta del número legal de sus miembros, acordó declarar la urgencia del presente asunto.

    Conocida la propuesta de la Sra. Concejala Delegada de Servicios Básicos y Hacienda, para la aprobación de las Bases de selección de un/a encargado/a de biblioteca, que es como sigue:

    “PROPUESTA DE LA SRA. CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS BÁSICOS Y HACIENDA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, PARA APROBACIÓN DE BASES DE SELECCIÓN DE UN/A ENCARGADO/A DE BIBLIOTECA

    La Biblioteca Municipal, dependiente de la Concejalía de Cultura de este Ayuntamiento e integrado en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, cuenta en la actualidad con dos centros municipales: la Biblioteca “Poeta Ricardo Molina” y la Biblioteca “Juan Campos Reina”.

    Como objetivos principales de este servicio municipal, podemos destacar: • Proporcionar recursos de información • Promover e impulsar la lectura • Apoyar el aprendizaje permanente • Ser una alternativa de ocio • Contribuir a preservar y difundir el patrimonio cultural local Considerado un servicio fundamental para ofrecer a la comunidad, se genera la

    necesidad de ofrecer una prestación de calidad a los ciudadanos, con amplitud de horarios, formación y aptitudes del personal etc.

    Para desarrollar este servicio, en la actualidad el Ayuntamiento cuenta con tres empleadas: una Encargada y dos Auxiliares de Biblioteca.

    Actualmente se da la circunstancia de que una de las empleadas adscritas al servicio se encuentra en situación de baja laboral por enfermedad, lo cual impide una atención adecuada a los ciudadanos, además de suponer un importante perjuicio en cuanto a la organización de turnos y descanso del personal.

    A la vista de ello se plantea la necesidad urgente e inaplazable de contratar un/a Encargado/a que sustituya a la citada empleada, hasta que se produzca su alta médica.

    Elaboradas las bases de selección para la contratación del citado personal, por la presente PROPONGO a la Junta de Gobierno Local:

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

    Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse enhttp://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)

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  • SECRETARÍA GENERAL 9 C/ Don Gonzalo, 2 14500 Puente Genil (Córdoba) Tlfno: 957 60 50 34 – Fax: 957 60 03 22

    1º.- La aprobación de las bases que se adjuntan a la presente propuesta, para la contratación temporal de un/a Encargado/a de Biblioteca.

    2º.- Que se publiquen en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el Portal de la Transparencia de su web y se inicie el correspondiente proceso selectivo.”

    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido, así como las bases a que la misma se refiere.

    B).- PROPUESTA PARA APROBACIÓN INICIAL DEL PERI-2.- Explicado por el Sr. Alcalde que ultimado que ha sido, con el informe de secretaría, el

    expediente para aprobación inicial del PERI-2, era urgente someter éste al trámite de aprobación inicial ya, habida cuenta del tiempo transcurrido desde la preparación del documento por el Sr. Arquitecto Municipal y la emisión del preceptivo y previo informe ambiental estratégico, es por lo que propone, por razones de urgencia someter a votación la propuesta citada.

    La Junta de Gobierno Local, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que la totalidad de los ocho que la componen, y por tanto mayoría absoluta del número legal de sus miembros, acordó declarar la urgencia del presente asunto.

    Conocida la propuesta de la Alcaldía, que es como sigue: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Visto el expediente del Plan Especial de Conservación y Ordenación PERI-02

    redactado por el Arquitecto Municipal D. Tomás Espejo García. Visto el informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, que es favorable, indicando

    que las condiciones físicas del terreno como son: el desnivel considerable que existe entre la C/España y la parte alta del Cerro de los Poetas, el grado de consolidación por la edificación de las manzanas recayentes a la C/Cerrillo, hacen imposible cumplir la pendiente longitudinal máxima del 6%, de los itinerarios peatonales. Luego cabe excepcionar su cumplimiento conforme a la disposición adicional primera 1.b) del decreto 293/2009, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

    Visto el informe emitido por la Sra. Secretaria General que es favorable. Visto la anterior propongo a la Junta de Gobierno Local lo siguiente: 1.-Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local por delegación de la Alcaldía

    que consta en el Decreto citado en Legislación Aplicable con la indicación contenida en el informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal.

    2.-Sometimiento del expediente a información pública afectos de presentación de alegaciones o reclamaciones, en su caso, por plazo no inferior a un mes y mediante anuncios en el BOP de Córdoba, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, tablón de la web municipal, portal de la transparencia y diario de mayor circulación de la provincia y con llamamiento a los propietarios de los terrenos incluidos en su ámbito, que figuren como tales en el Registro de la Propiedad y en el Catastro a los mismos efectos; durante este trámites se requerirán los informes, dictámenes y otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestoras de interese públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos ( Art 32.1.2ª párrafo primero de la LOUA ).”

    La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son la totalidad de los ocho que la componen, acordó aprobar la propuesta que trascrita ha sido. PUNTO OCTAVO.-RUEGOS Y PREGUNTAS.-

    No hubo.

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

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    Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las catorce horas y veinticinco minutos del día de comienzo, de orden del Sr. Presidente se levanta la sesión, de la que se extiende la presente acta, de cuyo contenido, yo como Secretaria General, certifico.”.

    Y para que conste y surta efectos, se expide la presente de orden y con el visto

    bueno del Sr. Alcalde, en Puente Genil. Vº. Bº. EL ALCALDE

    (Firmado electrónicamente)

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    VºBº de Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 25/3/2019Firmado por Secretaria General LOPEZ PRIETO CARMEN el 22/3/2019

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