8 temas clave sobre el reglamento de la ley del servicio civil

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Lunes, 16 de junio de 2014

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Redacción Viernes, 13 de junio de 2014 | Leída 3807 veces

PRECISAN CAPACITACIONES Y REQUISITOS DEL POSTULANTE

8 temas clave sobre el Reglamento de laLey del Servicio Civil

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Todas las sanciones impuestas a los servidores públicos serán publicadas en un registro que

será de libre acceso para la ciudadanía. Asimismo se prevé cómo se computarán las

vacaciones del personal que se traslade al servicio civil.

Luego de varios meses de espera, se acaba de publicar el Reglamento General de la Ley del Servicio

Civil.

Con más de 270 artículos y cerca de 50 disposiciones, la norma (Decreto Supremo N° 040-2014-PCM

del 13 de junio de 2014) regula diversos temas, como la gestión de la capacitación, el régimen

disciplinario y procedimiento sancionador, obligaciones, prohibiciones y derechos colectivos de los

servidores civiles, entre muchos otros relacionados con este nuevo régimen del empleo público.

Ud. puede consultar el texto de esta norma dando clic aquí. Pero, además, en este informe le

informamos rápidamente sobre lo más destacado.

1. ¿Qué requisitos debe reunir el postulante para incorporarse al servicio civil?

La incorporación al servicio civil requiere que el postulante:

a) Esté en ejercicio pleno de los derechos civiles, esto es, haber cumplido la mayoría de edad al

momento de presentarse al concurso.

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b) Cumpla con los requisitos mínimos exigidos para el puesto.

c) No tenga condena por delito doloso, con sentencia firme.

d) No esté inhabilitado de forma administrativa, por estar inscrito en el Registro Nacional de

Sanciones de Destitución y Despido, o judicialmente, mediante sentencia firme que lo haya

inhabilitado para el ejercicio de la profesión.

e) Tenga la nacionalidad peruana, en los casos en que la naturaleza del puesto lo exija.

2. ¿Qué condiciones deben presentarse para la incorporación al servicio civil?

Son dos las condiciones que deben reunir las incorporaciones al servicio civil: la aprobación del perfil en

el Manual de Perfiles de Puesto y que estén debidamente presupuestada en el Cuadro de Puestos de la

Entidad (CPE).

No obstante se hace una salvedad en el caso de funcionarios públicos, que solo requierirá que el puesto

se encuentre regulado por norma especial. Igualmente, para el caso de incremento extraordinario y

temporal de actividades, no se requerirá de la aprobación previa del Consejo Directivo de SERVIR.

3. Punto para la transparencia: cualquier persona podrá conocer las sanciones

impuestas a los servidores públicos

Podría ser el fin de las sanciones ocultas. El Reglamento prevé que las sanciones impuestas a los

servidores públicos se inscribirán obligatoriamente en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución

y Despido.

Dicho registro será público. Esto significa que toda persona podrá acceder a dicha información mediante

el módulo de consulta ciudadana.

Gracias a este registro, las entidades públicas se verán precisadas a cumplir las sanciones impuestas a

los servidores y deberán impedir la prestación de servicios en el Estado a las personas con inhabilitación

vigente. Por ello, se prevé que ninguna entidad pública podrá alegar desconocimiento o

ignorancia de las sanciones inscritas en el Registro.

4. ¿Qué sanciones se inscribirán en el Registro?

El Reglamento señala las siguientes:

a) La destitución o despido y suspensión, independientemente del régimen laboral en el que

fueron impuestas.

b) Inhabilitaciones ordenadas por el Poder Judicial; y,

c) Otras que determine la normatividad.

5. ¿Cómo se realizará el cómputo de las vacaciones para el personal que se traslada al

Servicio Civil?

En el caso de los servidores que hubieran optado por trasladarse al régimen del servicio civil, el año de

servicio exigido para el goce del descanso vacacional se computará desde la fecha del traslado.

6. ¿Tendrán periodo de prueba quienes se trasladen al servicio civil?

Los servidores bajo los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057 que ganen los

concursos y opten voluntariamente por el traslado al nuevo régimen del servicio civil no se encontrarán

sujetos al periodo de prueba.

7. ¿Qué servidores podrán acceder al financiamiento de formación laboral?

Solo podrán acceder a este beneficio los servidores civiles que hayan sido calificados como "personal de

rendimiento distinguido" en al menos una de las tres últimas evaluaciones de desempeño.

Ahora bien se precisa que la entidad atenderá la solicitud de financiamiento de acuerdo con sus

posibilidades presupuestales.

8. ¿Qué pasará con los servidores que han sido evaluados negativamente?

atención médica por maternidad

6. Presidentes regionales no podrían serreelegidos vencido su mandato

popular

INFORME ESPECIAL DE LA LEY.PE

Los abogados en elPerú

En el Perú hay más de 130,000 abogados colegiados.

Por cada 234 habitantes hay un profesional del derecho.

Más del 50 % están en Lima y Callao.

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El servidor civil que haya sido calificado en su evaluación de desempeño como "personal de rendimiento

sujeto a observación" tendrá derecho a ser capacitado por su entidad en el plazo de seis meses

posteriores a la evaluación.

La formación laboral puede ser impartida dentro de la entidad o fuera de ella, durante o después del

horario de trabajo. Puede ser brindada por proveedores de capacitación o por otros servidores civiles,

según resulte más eficaz para cubrir las brechas de conocimiento o habilidades identificadas en su plan

de mejora.

La norma realiza una advertencia al servidor civil que se niegue a recibir dicha formación laboral: esta

negativa se considerará resistencia al superior jerárquico. De esto se dejará constancia en su legajo y el

servidor perderá el derecho a solicitar la confirmación de su calificación ante el Comité Institucional de

Evaluación en su siguiente evaluación de desempeño.

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3 Comentarios

Fecha: Domingo, 15 de junio de 2014 a las 22:05

“ Esta Ley permite el ingreso de personas a dedo, lo que ha originado la gran corrupción,

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martin

warparuna

personas que por ser amigotes de los titulares de las instituciones van a sitios claves parahacer de las suyas „

Fecha: Sábado, 14 de junio de 2014 a las 14:43

“ excepcional „

Fecha: Sábado, 14 de junio de 2014 a las 14:03

“ Me parece correcto. Y cual es el asunto con la evaluación, ¿Que debe significar ello? Incluyeverificación de la documentación de cirriculum que tiene todos. Se sabe que hay titulos ycertificados obtenidos en "Azangaro" ... „

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