ABC 1,3 de la acción y participación de las OBF y ER

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Las Entidades Religiosas (ER) son organizaciones con personería jurídica especial, sin ánimo de lucro, inscritas ante el Ministerio del Interior, conformadas por grupos de personas que profesan creencias espirituales específicas y que se congregan para ejercer su práctica de fe. Estas entidades están constituidas para que sus miembros ejerzan la libertad religiosa y de cultos de manera colectiva y organizada sin contradecir la constitución, las leyes, ni las normas públicas. (Iglesias, Confesiones, Denominaciones, etc.) Las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe (OBF) Son grupos sociales organizados bajo normas de Derecho Privado, sin ánimo de lucro, e inscritos ante la Cámara de Comercio, que están orientados por principios y valores espirituales, o preceptos religiosos, abiertamente confesos y que realizan actividades sociales, comunitarias, de paz, entre otras. (Fundaciones, asociaciones, etc.) El trabajo de las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe (OBF) y las Entidades Religiosas (ER), encaminado a la transformación, la reconstrucción del tejido social y las acciones humanitarias, es pieza clave en la formulación de programas y proyectos de los municipios y departamentos, para la transformación positiva de los territorios, la construcción de la paz y el posconflicto. Su interlocución con la ciudadanía, les ha permito posicionarse como líderes sociales y socios estratégicos para la búsqueda del fin de conflicto armado interno, razón por la cual es fundamental garantizar que las OBF y ER se articulen con el Gobierno Nacional y los Entes Territoriales, logrando la protección de sus derechos, la buena ejecución de sus metas sociales y comunitarias, así como el fortalecimiento de la democracia participativa y DE LA ACCIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES BASADAS EN LA FE Y LAS ENTIDADES RELIGIOSAS 1. ¿Qué son las Entidades Religiosas (ER) y qué son las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe (OBF)? 2. ¿Por qué son tan importantes las OBF y ER para los territorios y las autoridades?

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Las Entidades Religiosas (ER) son organizaciones con personería jurídica especial, sin

ánimo de lucro, inscritas ante el Ministerio del Interior, conformadas por grupos de

personas que profesan creencias espirituales específicas y que se congregan para

ejercer su práctica de fe. Estas entidades están constituidas para que sus miembros

ejerzan la libertad religiosa y de cultos de manera colectiva y organizada sin contradecir la

constitución, las leyes, ni las normas públicas. (Iglesias, Confesiones, Denominaciones,

etc.)

Las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe (OBF) Son grupos sociales organizados

bajo normas de Derecho Privado, sin ánimo de lucro, e inscritos ante la Cámara de

Comercio, que están orientados por principios y valores espirituales, o preceptos

religiosos, abiertamente confesos y que realizan actividades sociales, comunitarias, de

paz, entre otras. (Fundaciones, asociaciones, etc.)

El trabajo de las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe (OBF) y las Entidades

Religiosas (ER), encaminado a la transformación, la reconstrucción del tejido social y las

acciones humanitarias, es pieza clave en la formulación de programas y proyectos de los

municipios y departamentos, para la transformación positiva de los territorios, la

construcción de la paz y el posconflicto.

Su interlocución con la ciudadanía, les ha permito posicionarse como líderes sociales y

socios estratégicos para la búsqueda del fin de conflicto armado interno, razón por la cual

es fundamental garantizar que las OBF y ER se articulen con el Gobierno Nacional y los

Entes Territoriales, logrando la protección de sus derechos, la buena ejecución de sus

metas sociales y comunitarias, así como el fortalecimiento de la democracia participativa y

DE LA ACCIÓN Y

PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES

BASADAS EN LA FE Y LAS ENTIDADES

RELIGIOSAS

1. ¿Qué son las Entidades Religiosas (ER) y qué son las Organizaciones

Sociales Basadas en la Fe (OBF)?

2. ¿Por qué son tan importantes las OBF y ER para los territorios y las

autoridades?

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la dinamización de los procesos de desarrollo integral en lo local, municipal,

departamental y nacional.

Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, las OBF y ER, deben hacer parte de todas

las instancias y canales de participación en los que se traten temas de su interés, ya sean

religiosos, sociales, de reconstrucción de tejido social y construcción de paz, entre otros.

Es importante tener en cuenta la participación de estas formas asociativas dentro de los

actos propios de elaboración de los presupuestos participativos y planes de

desarrollo locales; en la conformación de espacios como los Consejos Territoriales de

Planeación, Control Social de lo Público, además de los escenarios encaminados a la

construcción y seguimiento de planes, programas, proyectos y políticas de carácter social,

comunitario, de paz, religioso, etc.

El Plan Nacional de Desarrollo, en su artículo 244 estableció que: “El Ministerio del

Interior, en coordinación con las entidades competentes, emprenderá acciones que

promuevan el reconocimiento de las formas asociativas de la sociedad civil basadas en

los principios de libertad religiosa, de cultos y conciencia. El Gobierno Nacional formulará

y actualizará la política pública en la materia con la participación de las entidades

religiosas, garantizando la libertad e igualdad religiosa en términos de equidad y

reconociendo su aporte al bien común en lo local, regional y nacional”.

En este sentido, el Gobierno Nacional y los entes territoriales, a través de alcaldes y

gobernadores, deben:

Fortalecer a las formas asociativas de la sociedad civil basadas en principios de

libertad religiosa, de cultos y conciencia.

Incentivar la participación ciudadana del sector religioso y de fe.

Propiciar la formulación de políticas públicas participativas, tendientes al

fortalecimiento de las formas asociativas de la sociedad civil basadas en principios

de libertad religiosa, de cultos y conciencia.

Promover la participación del sector religioso y de fe en los Consejos Territoriales

de Planeación, la elaboración de los presupuestos participativos y la formulación

de los planes de desarrollo locales, en condiciones de igualdad y equidad.

4. El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, incluyó por primera vez

lineamientos estratégicos para una política pública de acción y

participación de las Organizaciones Basadas en la Fe y Entidades

Religiosas, bajo los parámetros de Libertad Religiosa, de Cultos y

Conciencia. ¿Qué significa esto en términos prácticos?

3. ¿En qué instancias de participación debe incluirse a las OBF y ER?

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El párrafo que desde el Ministerio del Interior se sugiere, para su inclusión dentro de la

línea estratégica de los Planes de Desarrollo Territoriales, es el siguiente:

“Promover la participación ciudadana, el fortalecimiento de la democracia participativa,

la organización y participación de los miembros y los líderes y lideresas regionales de

organizaciones sociales y comunales, residentes en viviendas acogidos al régimen de

Propiedad Horizontal; grupos poblacionales: y Organizaciones Sociales Basadas en

la Fe y Entidades Religiosas, comprometidas en construir y promocionar la

participación ciudadana, así como una cultura de paz estable y duradera.”

El Ministerio del Interior sugiere, para su inclusión dentro de los indicadores de los Planes

de Desarrollo Territoriales, los siguientes:

INDICADOR 1, opción 1: Organizaciones Sociales Basadas en la Fe y Entidades

Religiosas caracterizadas en la entidad territorial.

INDICADOR 1, opción 2: Documentos de caracterización de OBF y ER, elaborados.

DESCRIPCIÓN: La entidad territorial caracterizará, con acompañamiento del

Ministerio del Interior, a las Organizaciones Sociales Basadas en la Fe y a las

Entidades Religiosas con presencia en su territorio, indagando sobre participación

e impacto en proyectos y programas sociales y de paz; así como sobre los

aspectos religiosos que se necesiten conocer.

INDICADOR 2: Número de Organizaciones Sociales Basadas en la Fe y Entidades

Religiosas fortalecidas.

DESCRIPCIÓN: La entidad territorial debe fortalecer a las formas asociativas de la

sociedad civil basadas en principios de religión, fe, culto y conciencia, entiéndase

Organizaciones Basadas en la Fe y Entidades Religiosas, principalmente en su

acción social y participación.

5. ¿Qué lineamiento estratégico se sugiere incluir dentro de los Planes de

Desarrollo Territoriales para fortalecer la inclusión y participación de las

OBF y ER?

7. Si quiere ampliar la información suministrada puede comunicarse con la

Coordinadora de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior, Lorena Ríos

Cuellar, a través del correo electrónico: [email protected]; visitar

el micrositio del Grupo de Asuntos Religiosos:

asuntosreligiosos.mininterior.gov.co; o comunicarse al teléfono 2427400

extensiones 3301 o 3356.

6. ¿Qué se sugiere incluir como indicador dentro de la parte estratégica de

los Planes de Desarrollo Territoriales para dar cabida a las OBF y ER?