Act. Comple SIE Semana1

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ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Unidad 1. Marco normativo del servicio público domiciliario de la energía eléctrica. Una vez finalizadas las dos actividades complementarias de esta unidad, comprima el archivo en formato zip o rar, dando clic derecho al archivo, Enviar a, Carpeta comprimida. Luego envíelas a su facilitador a través del medio utilizado para tal fin en el curso. Actividad complementaria 1 Realizar un ensayo corto de cómo están relacionados los considerandos de la Resolución CREG 119 de 2007 con los principios de las leyes 142 y 143 de 1994. Ensayo Resolución CREG 119 DE 2007 Por la cual se aprueba la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional. Que el artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la facultad de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de energía eléctrica; Que la Ley 143 de 1994, en particular el artículo 23, asignó a la Comisión la función de aprobar las fórmulas tarifarias y las metodologías para el cálculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados ;Que según lo dispuesto en los artículos 87 de la Ley 142 de1994 y 44 de la Ley 143 del mismo año, el régimen tarifario estará orientado por los criterios de eficiencia económica, suficiencia financiera, 1

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ACTIVIDADES COMPLEMENTARIASUnidad 1. Marco normativo del servicio público domiciliario de

la energía eléctrica.

Una vez finalizadas las dos actividades complementarias de esta unidad, comprima el archivo en formato zip o rar, dando clic derecho al archivo, Enviar a, Carpeta comprimida. Luego envíelas a su facilitador a través del medio utilizado para tal fin en el curso.

Actividad complementaria 1

Realizar un ensayo corto de cómo están relacionados los considerandos de la Resolución CREG 119 de 2007 con los principios de las leyes 142 y 143 de 1994.

Ensayo

Resolución CREG 119 DE 2007 Por la cual se aprueba la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional. Que el artículo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la facultad de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de energía eléctrica; Que la Ley 143 de 1994, en particular el artículo 23, asignó a la Comisión la función de aprobar las fórmulas tarifarias y las metodologías para el cálculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados ;Que según lo dispuesto en los artículos 87 de la Ley 142 de1994 y 44 de la Ley 143 del mismo año, el régimen tarifario estará orientado por los criterios de eficiencia económica, suficiencia financiera, neutralidad, solidaridad y redistribución del ingreso, simplicidad y transparencia ;Que en virtud del principio de eficiencia económica, definido en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, el régimen de tarifas procurará que estas se aproximen a lo que serían los precios de un mercado

competitivo, que las fórmulas tarifarias no pueden trasladar a los usuarios los costos de una gestión ineficiente, ni permitir que las empresas se apropien de las utilidades provenientes de prácticas restrictivas de la competencia.

Que según lo dispone el artículo 90.2 de la Ley 142 de 1994,podrá incluirse dentro de las fórmulas tarifarias un cargo fijo que refleje los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el

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usuario, independientemente del nivel de uso; Que el artículo 91 de la Ley 142 de 1994 dispuso que para establecer las fórmulas tarifarias se calculará por separado, cuando sea posible, una fórmula para cada una de las diversas etapas del servicio ;Que de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 142 de 1994, las Comisiones de Regulación podrán exigir, por vía general, que las empresas adquieran el bien o servicio que distribuyan, a través de licitaciones públicas o cualquier otro procedimiento que estimule la concurrencia de oferentes Que el artículo 125 de la Ley 142 de 1994 establece los criterios para la actualización de las tarifas ;Que el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, estableció que vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, estas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas; Que según el artículo 42 de la Ley 143 de 1994 “las ventas de

Electricidad a usuarios finales regulados serán retribuidas, sin excepción, por medio de tarifas sujetas a regulación”

Que la Resolución CREG-005 de 2000 precisó las fuentes de información para calcular el Costo de Prestación del Servicio(CU) definido en la Resolución CREG-031 de 1997;Que mediante la Resolución CREG-112 de 2001 se identificaron los Índices de Precios contenidos en las Fórmulas Tarifarias para los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, para efectos de lo dispuesto en el Artículo 125 de la Ley 142.Que la Resolución CREG-082 de 2002 aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local

Actividad complementaria 2

Realizar una consulta sobre que funciones tiene la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios según la ley 142 de 1994

Consulta

La Superintendencia, por delegación presidencial ejerce el control, la inspección y vigilancia de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios y los demás servicios a los que se aplica la Ley 142de 1994. Dentro de su función de control, corresponde a la Entidad de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45 de la ley 142 de 1994, supervisar el cumplimiento del balance promovido y regulado por las Comisiones de Regulación. Las funciones especificas están consagradas en el“ARTICULO 79.

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- Funciones de la Superintendencia de Servicios Públicos. Las personas prestadoras de servicios públicos y aquellas que, en general, realicen actividades que las haga sujeto de aplicación de la presente ley, estarán sujetos al control y vigilancia de la Superintendencia. Son funciones especiales de esta las siguientes:

“79.1.

- Vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que estén sujetos quienes presten servicios públicos, en cuanto el cumplimiento afecte en forma directa e inmediata a usuarios determinados; y sancionar sus violaciones, siempre y cuando esta función no sea competencia de otra autoridad (...)”.

“79.2.

- Vigilar y controlar el cumplimiento de los contratos entre las empresas de servicios públicos y los usuarios, y apoyar las labores que en este mismo sentido desarrollan los “comités municipales de desarrollo y control social de los servicios públicos domiciliarios”; y sancionar sus violaciones. Pero la Superintendencia no controla la ejecución de los contratos que celebren las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios, sino aquellos en los que su cumplimiento afecte de manera directa inmediata a usuarios determinados, esto es, los contratos de condiciones uniformes que surjan con ocasión de la prestación de un servicio público domiciliario Como quiera que el caso en cuestión no trate de un contrato de este tipo, es decir, de un contrato de servicios públicos domiciliarios, esta Superintendencia debe abstenerse de pronunciarse al respecto por ausencia de competencia de acuerdo a lo expuesto. En consecuencia, lo referente a cumplimiento de requisitos de contratos e interpretación de cláusulas sería función de otras. Entidades más no de esta Superintendencia como se explicó .Por último no hay que perder de vista que según los términos del Artículo 79 de la Ley 142 de 1994, y salvo cuando la Ley disponga expresamente lo contrario, el Superintendente no podrá exigir que ningún acto o contrato de una empresa de servicios públicos se someta a aprobación previa suya. Se reitera entonces, que en el desarrollo de la ejecución delos contratos celebrados por los diferentes prestadores de servicios públicos, esta Superintendencia no interviene teniendo en cuenta que nuestra función es de inspección, control y vigilancia de los servicios públicos domiciliarios, pensar lo contrario sería desnaturalizar nuestras funciones ya que no podemos intervenir ni avalar los actos que serían objeto de posterior pronunciamiento por parte de esta Entidad

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Actividad complementaria 3

Analizar en el siguiente enlace: la estructura del Mercado Eléctrico en Colombia.http://www.xm.com.co/Pages/DescripciondelSistemaElectricoColombiano.aspx

Análisis

Análisis Considerando que El sector eléctrico colombiano se basa en un esquema que combina la división de actividades, el libre mercado, la participación abierta y la regulación por parte del Estado, modalidad resultó del proceso de modernización que inicio en 1994, con la expedición de la Ley 142 o de Servicios Públicos y la Ley 143 o de Energía Eléctrica, el mercado eléctrico a aumentado mucho en los últimos años.

Para consolidar un sector eficiente, el Estado colombiano determinó que el camino más expedito era abandonar el modelo de monopolio eléctrico. Como consecuencia, lo abrió a los grandes capitales privados y a la oferta y demanda. Igualmente, estimuló la competitividad y planteó un sistema de incentivos y multas en caso contrario para los operadores, con el único fin de asegurar el desarrollo del servicio eléctrico en todo el país.

Una de las innovaciones más importantes del modelo actual la división de actividades, es decir, de las operaciones que se suman en el proceso de producción de la energía: generación, transmisión, distribución y comercialización.

Cabe anotar que anteriormente, empresas electrificadoras estatales ejercían todas estas actividades a lo largo del territorio nacional. En la actualidad, este proceso es

desarrollado por separado por empresas especializadas encada uno de los pasos y su manejo se ha diversificado entre estatal, privado y mixto.

Actividad complementaria 4

En este espacio comparta enlaces de interés relacionados con la legislación de la prestación de servicios en Colombia.

Enlaces de interés

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 http://orfeo.superservicios.gov.co/arklegal/SSPD/channel;jses sionid=9423AD46333CD14197363CF56BCA15DB?channel= %2FF %2FFUNCIONES+DE+LA+SUPERINTENDENCIA+DE +SERVICIOS+PUBLICOS+DO MICILIARIOS++SSPD&mostra rTipoVista=CATEGORIA

 http://www.creg.gov.co/cxc/secciones/documentos/leyes.htm

http://www.superservicios.gov.co/home/web/guest/historia_sui

  

http://apolo.creg.gov.co/Publicac.nsf/1aed427ff782911965256 751001e9e55/ c63f06a9114e1a150525785a007a6fa2?OpenD ocument

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