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1 AYUNTAMIENTO ADMINISTRACIÓN 2009-2012 Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012. ACTA NÚMERO 11 SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO 3 DE ABRIL DE 2012 En la Ciudad de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, siendo las dieciséis horas, con dieciocho minutos del día tres de abril del dos mil doce, reunidos en el Recinto Oficial del Ayuntamiento, en uso de la palabra, el ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL, C. JAIME ANTONIO BAZALDÚA ROBLEDO manifestó: Buenas noches señoras Regidoras, Regidores y Síndicos, en cumplimiento con lo dispuesto en los Artículos 20 y 27, Fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León y el Reglamento Interior de este Ayuntamiento, se les ha convocado para que el día de hoy se celebre la Segunda Sesión Ordinaria correspondiente al mes de marzo, por lo que solicito al ciudadano Secretario de este Ayuntamiento pase lista de asistencia y verifique el quórum legal y con fundamento a lo que establece el artículo 81 fracción I y II de nuestro Reglamento Interior, me asista con los trabajos de la misma”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA dijo: “Enseguida, procedo a pasar lista de asistencia. Se encuentran presentes: Regidores y Regidoras: C. Jaime Antonio Bazaldúa Robledo C. María Guadalupe García Martínez C. Ernesto Chapa Rangel C. Carlos Antonio Harsanyi Armijo C. María de la Luz Muñíz García C. Wilbur Jarím Villarreal Barbarín C. Juan Francisco Salinas Herrera C. Isis Aydeé Cabrera Álvarez C. Claudia Gabriela Caballero Chávez (justificó inasistencia) C. María del Carmen Gutiérrez Betancourt (justificó inasistencia) C. Arturo Méndez Medina C. Luis Germán Hurtado Leija C. Ulises Chavarín Quirarte C. Carlos Fabián Pérez Navarro (justificó inasistencia) C. Hilda Magaly Gámez García C. Zulema Rocío Grimaldo Iracheta (justificó inasistencia) C. Víctor de Jesús Cruz Castro C. Marco Antonio Martínez Díaz (ausente) C. Juan Carlos Benavides Mier (justificó inasistencia) C. Liliana Tijerina Cantú C. María de la Luz Estrada García (justificó inasistencia) C. Dora Luz Núñez Gracia (justificó inasistencia) C. Jorge Cuéllar Montoya C. Francisco Aníbal Garza Chávez

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AYUNTAMIENTO

ADMINISTRACIÓN 2009-2012

Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

ACTA NÚMERO 11

SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO 3 DE ABRIL DE 2012

En la Ciudad de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, siendo las dieciséis horas, con dieciocho minutos del día tres de abril del dos mil doce, reunidos en el Recinto Oficial del Ayuntamiento, en uso de la palabra, el ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL, C. JAIME ANTONIO BAZALDÚA ROBLEDO manifestó: Buenas noches señoras Regidoras, Regidores y Síndicos, en cumplimiento con lo dispuesto en los Artículos 20 y 27, Fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León y el Reglamento Interior de este Ayuntamiento, se les ha convocado para que el día de hoy se celebre la Segunda Sesión Ordinaria correspondiente al mes de marzo, por lo que solicito al ciudadano Secretario de este Ayuntamiento pase lista de asistencia y verifique el quórum legal y con fundamento a lo que establece el artículo 81 fracción I y II de nuestro Reglamento Interior, me asista con los trabajos de la misma”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA dijo: “Enseguida, procedo a pasar lista de asistencia. Se encuentran presentes: Regidores y Regidoras: C. Jaime Antonio Bazaldúa Robledo C. María Guadalupe García Martínez C. Ernesto Chapa Rangel C. Carlos Antonio Harsanyi Armijo C. María de la Luz Muñíz García C. Wilbur Jarím Villarreal Barbarín C. Juan Francisco Salinas Herrera C. Isis Aydeé Cabrera Álvarez C. Claudia Gabriela Caballero Chávez (justificó inasistencia) C. María del Carmen Gutiérrez Betancourt (justificó inasistencia) C. Arturo Méndez Medina C. Luis Germán Hurtado Leija C. Ulises Chavarín Quirarte C. Carlos Fabián Pérez Navarro (justificó inasistencia) C. Hilda Magaly Gámez García C. Zulema Rocío Grimaldo Iracheta (justificó inasistencia) C. Víctor de Jesús Cruz Castro C. Marco Antonio Martínez Díaz (ausente) C. Juan Carlos Benavides Mier (justificó inasistencia) C. Liliana Tijerina Cantú C. María de la Luz Estrada García (justificó inasistencia) C. Dora Luz Núñez Gracia (justificó inasistencia) C. Jorge Cuéllar Montoya C. Francisco Aníbal Garza Chávez

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ADMINISTRACIÓN 2009-2012

Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

Síndicos: 1º Javier Orona Guerra 2º Juan José Bujaidar Monsivais Así mismo nos acompaña el ciudadano Rolando Oliverio Rodríguez Hernández, Tesorero Municipal y el de la voz, Juan Carlos Ruíz García, Secretario del Ayuntamiento. Hay quórum reglamentario”. ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

ORDEN DEL DÍA

(ACUERDO) Continúa manifestando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Existiendo quórum reglamentario, de acuerdo a lo establecido en los artículos 34 y 35 del Reglamento Interior del Ayuntamiento, se declaran abiertos los trabajos de esta Sesión Ordinaria bajo el siguiente Orden del día:

1. Lista de asistencia.

2. Lectura y aprobación en su caso del acta número 10 correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2012. 3. Informe de Comisiones:

A) Comisión de Gobernación y Reglamentación:

Dictamen relativo a la Aprobación de Reformas al Reglamento para el Control de los Establecimientos que proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el Municipio de Monterrey, Nuevo León.

B) Comisión de Patrimonio:

Dictamen relativo a la petición del Presidente de la Junta de Protección y

Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía. Dictamen relativo a celebrar contrato de Comodato por cuatro años, a favor

de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A. C., respecto de un Bien del Dominio Público Municipal, ubicado en el cruce de las calles Sevilla y Valencia, en el Fraccionamiento Rincón de San Jerónimo, en ésta ciudad de Monterrey, Nuevo León.

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AYUNTAMIENTO

ADMINISTRACIÓN 2009-2012

Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

Dictamen relativo a la Desincorporación mediante subasta pública y enajenación, respecto a un lote de 127 unidades.

Dictamen relativo a la Revocación del Contrato de Arrendamiento y

Descuento en la Cantidad Adeudada, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIÁGARA”, S. A. de C. V.

C) Comisión de Deporte y Recreación

Dictamen relativo al Convenio de Coordinación con el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Monterrey

D) Comisión de Nomenclatura:

Dictamen relativo a la Concesión del Servicio de Nomenclatura.

4. Asuntos Generales.

5. Clausura de la Sesión.

Sigue expresando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Les informo, de la Comisión de Patrimonio son cuatro asuntos ¿Hay alguna observación?, el Regidor Mendez”. En uso de la palabra el C. REG. ARTURO MÉNDEZ MEDINA dijo. “Le solicito señor Secretario ponga a consideración el retiro del dictamen de Comisión de Deportes y Recreación, ya que en la previa, tuvimos algunos puntos que quisiéramos checar más adelante para proponerlos en la próxima sesión”. Solicitando el uso de la palabra el C. REG. ULISES CHAVARÍN QUIRARTE, a lo que el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Sí, Regidor Adelante”. Enseguida, en uso de la palabra, el C. REG. ULISES CHAVARÍN QUIRARTE expresó: “Como Presidente de la Comisión de Deportes, considero que se ponga a consideración y a discusión aquí en la sesión”. Acto seguido, la C. REG. HILDA MAGALY GÁMEZ GARCÍA dijo: “Si me permite señor Secretario, yo quiero apoyar la propuesta del Regidor Arturo Méndez, para seguir evaluando lo relativo al Convenio de Colaboración con el Sindicato Único de Trabajadores”. Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO concedió el uso de la palabra al C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ, quien dijo: “Yo apoyo al Regidor Ulises, considero que la propuesta es buena para que se genere el deporte en estas instalaciones, directamente”.

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Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

Manifestando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO “Si, Regidor. Está a consideración el retiro del dictamen del Convenio de Colaboración con el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Monterrey para la próxima sesión, ¿los que estén a favor?, sírvanse manifestarlo, gracias, la pueden bajar, los que estén en contra? —estamos en votación—, ¿los que estén en contra?, dos votos en contra?...”. Escuchándose al C. REG. ULISES CHAVARÍN QUIRARTE decir: “Señor Secretario, señor Secretario”. Expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Estamos en votación, Regidor, hasta que se termine la votación, puedo dar el uso de la palabra, ¿votos en contra?”. Asimismo se escucha a la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ decir “Es que lo está enredando usted, en contra, ¿a qué se retire, o qué?, aclare”. Sigue expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Es la propuesta que hizo el Regidor Méndez y secundada por el Regidor Ulises”. Enseguida, el C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ dijo: “No fue secundada, fue contraria, eh”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “A ver, Regidor Méndez, ¿pudiera aclarar su propuesta?”. A lo que el C. REG. ARTURO MÉNDEZ MEDINA expresó: “Mi propuesta, es, retirar el dictamen. Lo que comenta el Presidente de la Comisión, es que se agote en ese momento, pero, yo lo que quiero es ponerlo a consideración de que se deje para la próxima para analizarla, ya que en las previas hubo algunos puntos que tenemos que aclarar y mi compañera me está secundando, como yo primero hice la propuesta, quiero que se ponga a consideración a votación primero yo, ya después proseguir”. Sigue expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Es lo que estábamos haciendo Regidor”. Respondiendo, el C. REG. ARTURO MÉNDEZ MEDINA: “Así es, gracias”. Vuelve a expresar, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Es lo que estamos haciendo. Entonces tenemos dos votos en contra, ¿verdad?”. Expresando, el C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ: “Es que la votación no se entendió, no se entendió”. Se escucha a la C. LILIANA TIJERINA CANTÚ decir: “No se entendió”. Sigue expresando el C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ: “No se entendió, tenemos la votación de que se retire la propuesta el dictamen”.

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Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

Expresando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Esa fue la solicitud del Regidor Méndez”. Enseguida la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “A ver, ¿me permite?”. A lo que el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Sí Regidora Liliana”. En uso de la palabra, la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ expresó: “Yo nada más, como no vine a la previa, por supuesto que vengo volando de Estados Unidos, ¿cuál es el asunto?, ¿me puede explicar el Presidente, cuál es el asunto?”. Respondiendo el C. REG. ULISES CHAVARÍN QUIRARTE, lo siguiente: “Sí. La propuesta es que no se retire el dictamen, mi propuesta es secundada por el Regidor Aníbal Garza”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifestó: “Okey, hay dos propuestas, la primer propuesta que se retire el dictamen, solicitud formulada por el Regidor Arturo Méndez y secundada por la Regidora Hilda Magaly Gámez García y la siguiente es, formulada por el Regidor Ulises Chavarín que se someta a discusión y a votación en esta sesión, formulada por él y secundada por Aníbal Garza Chávez, ¿ahí estamos bien?, ¿Regidora Liliana tiene alguna duda?”. Respondiendo, la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ: “Sí ¿De que se trata el asunto que está a consideración?”. Expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Precisamente en la previa se explicó la naturaleza del dictamen y están solicitando que se retire, para que ellos…”. Nuevamente la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “O sea, no me lo puede explicar, como el otro Alcalde el sí explicaba todo”. Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO expresó: “Dictamen relativo al Convenio con el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Monterrey”. Expresando la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ: “Para que se les presenten las canchas a los trabajadores”. A lo que el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “¿Entonces sí sabe? Es Convenio de Colaboración para llevar a cabo actividades, tanto de Softbol como de béisbol en Ciudad Deportiva”. Preguntando la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ “¿A favor de los trabajadores del Municipio? o sea a nuestras Secretarias”. Escuchándose a C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ decir: “Sí claro, claro”.

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Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “A favor de la comunidad regiomontana”. Nuevamente el C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ expresó: “Así es, a favor de toda la comunidad regiomontana, no del Sindicato, eh”. Se escucha al C. REG. ULISES CHAVARÍN QUIRARTE decir: “Es en general”. Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Todo eso se explicó en la previa, entonces, ahora sí, ponemos a consideración, primero la propuesta del Regidor Arturo Méndez, es la de retirar el dictamen, relativo al Convenio con el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Monterrey, los que estén a favor, sírvanse manifestarlo, levantando la mano, trece votos a favor, ¿en contra?, tres votos en contra, ¿abstenciones? una abstención. Se retira del Orden del Día el punto de la Comisión de Deporte y Recreación. Sigue expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Con la modificación antes formulada, está en consideración de ustedes el orden del día de esta sesión ordinaria, los que estén a favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR MAYORÍA”. Enseguida se transcribe el Orden del Día, retirando el Dictamen presentado por la Comisión de Deporte y Recreación:

Orden del Día:

1. Lista de asistencia.

2. Lectura y aprobación en su caso del acta número 10 correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2012. 3. Informe de Comisiones:

A) Comisión de Gobernación y Reglamentación:

Dictamen relativo a la Aprobación de Reformas al Reglamento para el Control de los Establecimientos que proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el Municipio de Monterrey, Nuevo León.

B) Comisión de Patrimonio:

Dictamen relativo a la petición del Presidente de la Junta de Protección y

Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía. Dictamen relativo a celebrar contrato de Comodato por cuatro años, a favor

de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A. C., respecto de un

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ADMINISTRACIÓN 2009-2012

Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

Bien del Dominio Público Municipal, ubicado en el cruce de las calles Sevilla y Valencia, en el Fraccionamiento Rincón de San Jerónimo, en ésta ciudad de Monterrey, Nuevo León.

Dictamen relativo a la Desincorporación mediante subasta pública y

enajenación, respecto a un lote de 127 unidades.

Dictamen relativo a la Revocación del Contrato de Arrendamiento y Descuento en la Cantidad Adeudada, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIÁGARA”, S. A. de C. V.

C) Comisión de Nomenclatura:

Dictamen relativo a la Concesión del Servicio de Nomenclatura.

4 Asuntos Generales. 5. Clausura de la Sesión.

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

PUNTO DOS

DEL ORDEN DEL DÍA (ACUERDO)

Sigue manifestando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Esta Secretaría a través de la Dirección Técnica, les envió por correo electrónico el Acta número 10 correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo del 2012, con el propósito de que ustedes hicieran sus observaciones o comentarios a este documento, ¿existe algún comentario al respecto? Al no ser así, está a consideración de ustedes, los que estén a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD el Acta número 10”. Continúa manifestando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Cumplimiento de Acuerdos. ME PERMITO DAR A CONOCER A USTEDES, EL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS APROBADOS EN LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 27 DE MARZO DEL 2012: Se informó al Ayuntamiento, lo notificado por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, relativo a la resolución incidental derivado del Juicio de Amparo No. 139/2012, promovido por EDUARDO MONTEMAYOR TREVIÑO en contra de actos del Ayuntamiento de Monterrey.

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Se notificó a la Contraloría Municipal el NOVENO INFORME TRIMESTRAL DE ACTIVIDADES DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA.

Se envió al H. Congreso del Estado de Nuevo León y a la Auditoria Superior del Estado, la CUENTA PÚBLICA Municipal correspondiente al ejercicio 2011. Asimismo se le notificó a la Tesorería Municipal.

Se publicaron en el Periódico Oficial del Estado número 42, de fecha 30 de marzo del 2012, los Acuerdos, relativos a los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal del Ramo 33, Ejercicio Fiscal 2012, conforme a lo que establece la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, y conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal Federal. Este Acuerdo, también se le notificó a la Secretaría de Obras Públicas.

Les manifiesto que los Acuerdos que se acaban de mencionar, se les está dando difusión en la página de Internet y se publicarán en la Gaceta Municipal. Así mismo se les comunicó por correo electrónico a las Secretarías de la Administración Municipal”. ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

PUNTO TRES

DEL ORDEN DEL DÍA (ACUERDO)

Continúa expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Enseguida pasamos a Informe de Comisiones donde los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentación harán la presentación de un asunto”. Acto seguido la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ dijo: “Integrantes del Ayuntamiento, con fundamento en lo establecido en el artículo 41 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, me permito dar lectura al único dictamen que la Comisión de Gobernación y Reglamentación tiene agendado presentar ante este pleno”. A continuación, la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ hace la presentación del único Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentación: AYUNTAMIENTO DE MONTERREY PRESENTE. Los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentación del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, tienen a bien poner a su consideración las reformas por modificación y adición al REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PROPORCIONAN EL SERVICIO DE INTERNET E INTRANET EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, por lo que en términos de los artículos 58 fracción I, incisos b y 75 del Reglamento

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Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, presentamos a este órgano colegiado el siguiente dictamen bajo las siguientes consideraciones de orden legal:

ANTECEDENTES

En fecha 10 de septiembre del 2010 en sesión ordinaria, el Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, convocó a la comunidad regiomontana a participar con su opinión y propuesta en torno al marco jurídico administrativo, respecto a las reformas por modificación y adición del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PROPORCIONAN EL SERVICIO DE INTERNET E INTRANET EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN. Cumpliendo con el mandato realizado por ese órgano colegiado, se emitió convocatoria, la cual fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León y en el periódico de mayor circulación “Milenio” en fecha 20 de septiembre del 2010, en términos de lo dispuesto por los artículos 26 inciso a fracción VII, inciso c fracción VI y 165 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. Por otra parte, esta Comisión de Gobernación y Reglamentación del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, procedió hacer el análisis, estudio y dictamen referente a las reformas del Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las presentes reformas del Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León, consisten en modificar las atribuciones concedidas a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, para brindar dichas atribuciones a la Secretaría del Ayuntamiento. En este orden de ideas y,

CONSIDERANDO PRIMERO: Esta Comisión de Gobernación y Reglamentación del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, tiene atribuciones para estudiar, dictaminar y proponer al Ayuntamiento lo relativo a las reformas por modificación y adición del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PROPORCIONAN EL SERVICIO DE INTERNET E INTRANET EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, en observancia a lo dispuesto por el artículo 58 fracción I inciso b) del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, así como lo dispuesto por los artículos 42, 43, 44, 45, 164 y 166 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León.

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SEGUNDO: El Ayuntamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y los arábigos 26, 41, 60, 161, 162, 164, 165, 166, 167, 168 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León y lo dispuesto por el artículo 74 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, establecen la facultad de aprobar, derogar, abrogar y modificar los reglamentos municipales. TERCERO: Esta Comisión considera pertinente aprobar la presente reforma por modificación y adición del Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León, las cuales tienen por objeto modificar a la autoridad competente para la aplicación del Reglamento Municipal aludido. Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a la consideración de este Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, los siguientes:

ACUERDOS:

PRIMERO: Se aprueban las reformas por modificación y adición del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PROPORCIONAN EL SERVICIO DE INTERNET E INTRANET EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, conforme al texto literal que a continuación se cita: REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PROPORCIONAN EL SERVICIO DE INTERNET E INTRANET EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN

TÍTULO ÚNICO CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. … ARTÍCULO 2. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

I. CIBER: Establecimiento que de forma mercantil, educativa, recreativa o de cualquier clase, opera en el municipio y preste o ponga a disposición del público en general equipos de cómputo con conexión y acceso a Internet o intranet.

II. EQUIPO DE CÓMPUTO o HARDWARE: Cualquier equipo de cómputo con el que pueda tener acceso a las redes de Internet o intranet, para visualizar o generar información de sus páginas, sean estas de carácter educativo, recreativo o de cualquier clase;

III. FILTROS ESPECIALES: Programas de cómputo que sirven para restringir el acceso a páginas electrónicas con contenido sexual, erótico y/o pornográfico;

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IV. LA COORDINACIÓN: Grupo de inspectores con conocimientos en la materia, adscritos a la Secretaría del Ayuntamiento, los cuales cuentan con las facultades y atribuciones conferidas en el presente Reglamento así como en las demás disposiciones aplicables;

V. SECRETARÍA: La Secretaría de Ayuntamiento; VI. INSPECCIÓN TÉCNICA: Examen que se realizará en los Cibers por medio

de la Coordinación, con la finalidad de determinar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento, así como las incluidas en los demás ordenamientos aplicables;

VII. INTERNET: Siglas del idioma ingles que en castellano se traduce como Red Mundial de Ordenadores, la cual consiste en una red informática mundial, descentralizada, formada por la conexión directa e indirecta entre computadoras u ordenadores mediante un protocolo especial (TCP/IP);

VIII. INTRANET: Siglas del idioma ingles que en castellano se traduce como Red Local que utiliza total o parcialmente las tecnologías del Internet;

IX. USUARIO: Es la persona que contrata, solicita, obtiene o recibe el servicio de manera onerosa o gratuita, de un equipo de cómputo para accesar a Internet o intranet.

CAPÍTULO II

ATRIBUCIONES Y COMPETENCIA

ARTÍCULO 3. La aplicación del presente Reglamento es competencia de las siguientes autoridades:

I. …; II. La Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey a través de la Coordinación

de Espectáculos de la Dirección de Inspección y Vigilancia;

ARTÍCULO 4. Corresponde a la Coordinación de Espectáculos de la Dirección de Inspección y Vigilancia Secretaría del Ayuntamiento, las siguientes atribuciones:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. ….; VI. ….; VII. ….; VIII. ….; IX. ….; X. ….; XI. ….; XII. ….; XIII. ….; y, XIV. …...

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CAPÍTULO III EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA

ARTÍCULO 5. La licencia municipal para el funcionamiento de los Cibers será expedida por el Titular de la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría del Ayuntamiento debiendo el solicitante cumplir con los siguientes requisitos:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. ….; VI. ….; y, VII. …...

ARTÍCULO 6. …. ARTÍCULO 7. …. ARTÍCULO 8. …. ARTÍCULO 9. …. ARTÍCULO 10. ….

CAPÍTULO IV OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA LICENCIA

ARTÍCULO 11. Los titulares de las licencias para el funcionamiento de los Cibers, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. ….; VI. ….; VII. ….; VIII. ….; IX. ….; X. ….; XI. ….;

ARTÍCULO 12. ….

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CAPÍTULO V INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

ARTÍCULO 13. …. …. …. ARTÍCULO 14. …. ARTÍCULO 15. La práctica de la visita respectiva se sujetará a las siguientes bases:

I. ….; II. ….; III. ….; y, IV. …..

ARTÍCULO 16. De toda visita ordinaria se levantará acta circunstanciada por triplicado, en forma numerada y foliada, en la que se expresará:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. ….; VI. ….; VII. ….; VIII. ….; y, IX. …..

ARTÍCULO 17. …. De toda visita extraordinaria se levantará acta por triplicado en forma numerada y foliada, en la que se expresará los mismos puntos que para la visita ordinaria, incluyendo la hora, día, mes y año para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia a que se refiere el artículo 24 fracción I. ARTÍCULO 18. ….

CAPÍTULO VI SANCIONES

ARTÍCULO 19. …. ARTÍCULO 20. Se consideran infracciones a este Reglamento, las siguientes:

I. ….; II. ….;

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III. …..

ARTÍCULO 21. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, serán sancionadas conforme a lo siguiente:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. …..

ARTÍCULO 22. El incumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 y que ameritará multa, se hará aplicando la cantidad en pesos que corresponda a una cuota, multiplicada por el número que aparece en el tabulador siguiente: Artículo Fracción Sanción. 11 I, III y V 10 a 20 cuotas 11 VIII 20 a 60 cuotas 11 IV, X 50 a 400 cuotas 11 VI, VII 20 a 100 cuotas 11 IX y II 15 a 30 cuotas ARTÍCULO 23. ….

CAPÍTULO VII PROCEDIMIENTO DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES.

ARTÍCULO 24. La imposición de las sanciones de multa, clausura provisional y clausura definitiva del establecimiento, por las causas previstas en este Reglamento, se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. De la visita ordinaria, la Secretaría del Ayuntamiento recibirá el acta circunstanciada de la visita de inspección, estudiará lo contenido en dicha acta y de encontrar evidencias que presuman el incumplimiento del presente reglamento, fijará fecha para la audiencia de pruebas y alegatos en un periodo no mayor a siete días hábiles a partir de la recepción del acta de inspección respectiva; debiendo notificar en forma personal como mínimo 24 horas antes a la audiencia;

II. ….; III. Cerrada la audiencia de pruebas y alegatos, la Secretaría en un plazo no

mayor a cinco días hábiles, calificará la infracción y ordenará, en su caso, la imposición de la multa o sanción que corresponda, enviándose copia a la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal y/o a la Dirección de Inspección y Vigilancia para su debido cumplimiento y ejecución;

IV. …..

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ARTÍCULO 25. La clausura provisional o definitiva impuesta por la autoridad competente produce la suspensión de las actividades del establecimiento.

I. Procederá la clausura provisional por tres días: a) ….; b) …..

II. Procederá la clausura definitiva: a) ….; b) …..

ARTÍCULO 26. …. ARTÍCULO 27. Corresponde a la Secretaría determinar la revocación de las licencias, en los siguientes supuestos:

I. ….; II. ….; III. ….; IV. ….; V. ….; VI. …..

ARTÍCULO 28. Si el titular de la licencia se encuentra en alguno de los casos a que se refiere el artículo anterior, se iniciará el procedimiento de revocación de la licencia conforme a lo siguiente:

I. ….; II. Si la Secretaría del Ayuntamiento confirma la clausura definitiva y ordena la

revocación de la licencia, se hará del conocimiento a la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal, para el cobro de las multas, en su caso;

III. Se notificará a la Dirección de Inspección y Vigilancia de dicha Secretaría acerca de la licencia revocada para darla de baja en el padrón correspondiente;

IV. …..

CAPÍTULO VIII MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

ARTÍCULO 29. ….

CAPÍTULO IX

DENUNCIA CIUDADANA ARTÍCULO 30. Toda persona tiene la facultad de denunciar ante la Secretaría del Ayuntamiento, cuando considere que en algún Ciber que opere en este Municipio, se esté cometiendo alguna infracción al presente ordenamiento jurídico.

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CAPÍTULO X REVISIÓN Y CONSULTA

ARTÍCULO 31. En los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León en su artículo 166 fracción V; el presente Reglamento será sometido a consulta pública en la medida que se modifiquen las condiciones sociales del municipio, en virtud de su crecimiento demográfico y social así como por el desarrollo de nuevas tecnologías. ARTÍCULO 32. Para la revisión y consulta del presente Ordenamiento, la comunidad podrá hacer llegar sus opiniones y observaciones por escrito a la Comisión de Gobernación y Reglamentación del Ayuntamiento argumentando las razones que la sustenten. La Comisión deberá en un plazo no mayor a 30 días hábiles, analizar, estudiar y dictaminar sobre las propuestas planteadas. La Comisión mediante escrito fundado y motivado, que hará llegar al promovente, le informará sobre la procedencia o improcedencia de sus propuestas. En caso de considerarse procedente la reforma, se hará del conocimiento del Ayuntamiento para su consideración y resolución.

ARTÍCULO TRANSITORIO

ARTÍCULO PRIMERO: Las presentes reformas por modificación y adición del Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO: Se ordena a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio, envíe a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría del Ayuntamiento, todos los procedimientos instaurados conforme el Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León, dentro de 15-quince días siguientes a partir de la publicación de las presentes reformas en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO: Publíquese las presentes reformas por modificación y adición del Reglamento para el Control de los Establecimientos que Proporcionan el Servicio de Internet e Intranet en el municipio de Monterrey, Nuevo León, en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, en la Gaceta Municipal y en el portal de Internet www.monterrey.gob.mx Atentamente Monterrey, Nuevo Leon, a 2 de abril del 2012. COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN DEL AYUNTAMIENTO REGIDORA ISIS AYDEE CABRERA ÁLVAREZ, Presidenta/ SÍNDICO SEGUNDO JUAN JOSÉ BUJAIDAR MONSIVÁIS, Vocal/ REGIDOR WILBUR JARÍM VILLARREAL BARBARÍN, Vocal/ (RÚBRICAS)/ REGIDORA CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ, Vocal/ (SIN RÚBRICA)”.

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Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifestó: “Está a consideración de ustedes el contenido de las Reformas del Reglamento en cuestión si existiera algún comentario. Recuerden que vamos a votar, primero en lo general y luego en lo particular ¿Algún comentario en lo general?, entonces comenzamos con la votación nominal, en lo General, comenzando por el Síndico primero”. Acto seguido, se procede a la VOTACIÓN EN LO GENERAL: “Javier Orona, a favor en lo general. Juan José Bujaidar Monsiváis, a favor en lo general. María Guadalupe García, a favor en lo general. Ernesto Chapa Rangel, a favor en lo general. Carlos Harsanyi, a favor en lo general. María de la Luz Muñiz, a favor en lo general. Wilbur Villarreal, a favor en lo general. Juan Francisco Salinas, a favor en lo general. Isis Aydeé Cabrera Álvarez, a favor en lo general. Arturo Méndez Medina, a favor en lo general. Luis Hurtado, a favor en lo general. Ulises Chavarín Quirarte, a favor en lo general. Hilda Magaly Gámez García, a favor en lo general. Víctor Cruz Castro, a favor en lo general. Liliana Tijerina Cantú, a favor en lo general. Jorge Cuéllar Montoya, a favor en lo general. Francisco Aníbal Garza, a favor en lo general”. A continuación, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifestó: “Les informo que hubo 18 votos a favor, VOTACIÓN UNÁNIME en lo general”. Continúa manifestando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Pasamos a la votación en lo particular, si existiera alguna reserva. De no ser así iniciamos con la votación en lo particular, comenzando por el Síndico Primero”. Acto seguido, se procede a la VOTACIÓN EN LO PARTICULAR: “Javier Orona, a favor en lo particular. Juan José Bujaidar Monsivais, a favor en lo particular. María Guadalupe García, a favor en lo particular. Ernesto Chapa Rangel, a favor en lo particular. Carlos Harsanyi, a favor en lo particular. María de la Luz Muñiz, a favor en lo particular. Wilbur Villarreal, a favor en lo particular. Juan Francisco Salinas Herrera, a favor en lo particular. Isis Aydeé Cabrera Álvarez, a favor en lo particular. Arturo Méndez Medina, a favor en lo particular. Luis Hurtado, a favor en lo particular. Ulises Chavarín Quirarte, a favor en lo particular. Hilda Magaly Gámez García, a favor en lo particular. Víctor Cruz Castro, a favor en lo particular. Liliana Tijerina Cantú, a favor en lo particular. Jorge Cuéllar Montoya, a favor en lo particular. Francisco Aníbal Garza, a favor en lo particular”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifestó: “Le informo al Cabildo que fueron 17 votos a favor Votación Unánime, una vez que ha quedado aprobado en lo particular y en lo general, QUEDA APROBADO EL REGLAMENTO”. Sigue expresando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Pasamos a los asuntos de la Comisión de Patrimonio”. A continuación, la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ dijo: “Buenos días, a los integrantes del Ayuntamiento, con fundamento en lo establecido en el artículo 41 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la ciudad de Monterrey,

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Nuevo León, me permito dar lectura a los acuerdos de los cuatro dictámenes que la Comisión de Patrimonio tiene agendado presentar ante este pleno”. A continuación, la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ hace la presentación del Primer Dictamen de la Comisión de Patrimonio: AYUNTAMIENTO DE MONTERREY PRESENTE. Los integrantes de la Comisión de Patrimonio con fundamento en lo dispuesto por los artículos 56, 57, 58 fracción V, 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey; recibimos la propuesta para el estudio y análisis de la petición del Presidente de la Junta de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía, por lo que esta Comisión tiene a bien presentar al pleno del Ayuntamiento los siguientes:

ANTECEDENTES El artículo 14 de la Ley del Patrimonio del Estado de Nuevo León, determina que las Juntas de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural, son organismos de interés público, creados en los Municipios por acuerdo del Gobernador, para la promoción, tramitación y cumplimiento según el caso, de las declaraciones de adscripción de bienes a dicho patrimonio y de zonas protegidas, que deban quedar sujetos al régimen de esta Ley. Bajo esa premisa, en la sesión ordinaria de fecha 16 de abril del 2008, efectuada por el Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, se aprobó la propuesta solicitada por el entonces Gobernador del Estado, el Licenciado José Natividad González Paras, en la cual expreso el interés de emitir una Declaratoria de Zona Protegida en la zona de Santa Lucía, para lo cual requirió conforme al artículo 14 de la Ley del Patrimonio del Estado de Nuevo León, al Ayuntamiento analice y apruebe la propuesta de integración de la Junta de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural, dicha propuesta estuvo integrada de la siguiente manera:

Presidente: Secretario de Servicios Públicos del Municipio de Monterrey Vocal: Titular de la APDUNL (Agencia para la Planeación del Desarrollo

Urbano en Nuevo León) Vocal: Titular de Fidecomiso Parque Fundidora

No obstante a ello, en la Junta de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía, efectuada el día 20 de junio del 2011, se aprobó la posibilidad de hacer el cambio del cargo del Presidente de la Junta, para ser ocupado por el titular de la dependencia denominada Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Monterrey, Nuevo León, en virtud que esa autoridad es la competente para aplicar la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los reglamentos municipales aplicables en el territorio del Municipio de Monterrey, lo cual se aprobó por unanimidad de votos de los integrantes de la aludida Junta.

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Por lo expuesto, el Presidente de la Junta de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía, solicitó que sea sometido a consideración del Ayuntamiento, la aprobación del cambio de titular de la aludida Junta, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 44 fracción III de la Ley de Patrimonio Cultural. Por lo anterior expuesto y de conformidad con lo que establece en los artículos 14 y 44, fracción III de la Ley de Patrimonio Cultural, se propone a este órgano colegiado los siguientes:

ACUERDOS: PRIMERO: Se aprueba el cambio de titular de la Junta de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural de la Zona Protegida de Santa Lucía, para que sea ocupado por el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Monterrey, Nuevo León. SEGUNDO: Publique los presentes acuerdos en el Periódico Oficial del Estado, en la Gaceta Municipal de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; así mismo publíquese para su mayor difusión en la página oficial de Internet www.monterrey.gob.mx Atentamente Monterrey, Nuevo Leon, a 30 de marzo del 2012. COMISIÓN DE PATRIMONIO. REGIDORA ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ, Presidenta/ REGIDORA CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ, Vocal/ (RÚBRICAS)/ JUAN CARLOS BENAVIDES MIER, Secretario/ (SIN RÚBRICA)”. En uso de la palabra el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Está a consideración de ustedes el primer dictamen”. A lo que la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “Una pregunta, ¿quién lo tenía antes?, ¿de quién dependía eso?”. Respondiendo el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “El lugar lo tenía el Secretario de Servicios Públicos”. Manifestando la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ: “¿De Servicios Públicos, ¿y ahora se le pasa a la ingeniera Norma?”. A lo que el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO respondió: “Así es”. Nuevamente la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ expresó: “Ah, qué bueno, porque ahora hay muchos puesteros ahí muy feos, no sé quién no está haciendo su chamba, que están ahí todos obstruyendo el paso, ya se le ha avisado a los medios de comunicación y no atienden el llamado”. Manifestando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Ha habido muchos operativos ahí en el Paseo Santa Lucía, y está bajo resguardo de la Policía Estatal ¿Algún otro comentario?, de no haber más comentarios está a consideración de ustedes el contenido de este primer dictamen de Patrimonio, los que estén a favor,

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sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. Siguiente Dictamen”.

Enseguida, la C. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁVAREZ hace la presentación del Segundo Dictamen de la Comisión de Patrimonio:

AYUNTAMIENTO DE MONTERREY PRESENTE A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud para celebrar CONTRATO DE COMODATO POR 04-CUATRO AÑOS, a favor de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., representada por los CC. ALEJANDRO JAVIER RODRÍGUEZ BONETTI Y ALEJANDRO JOSÉ ÁLVAREZ YTURRIA, quienes fungen como Presidente y Tesorero; respecto de un Bien del Dominio Público Municipal, identificado como área vial, con una superficie de 6.84 m.²- seis metros, ochenta y cuatro centímetros cuadrados, ubicado en el cruce de las calles Sevilla y Valencia, en el Fraccionamiento Rincón de San Jerónimo, en ésta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, con el fin de utilizarlo como caseta de vigilancia; por lo que se presenta el siguiente dictamen, bajo los siguientes:

RESULTANDOS

PRIMERO: Escrito de petición de los CC. ALEJANDRO JAVIER RODRÍGUEZ BONETTI Y ALEJANDRO JOSÉ ÁLVAREZ YTURRIA, Presidente y Tesorero de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., recibido en fecha 20-veinte de junio del 2011-dos mil once, mediante el cual solicita al C. Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León, ING. FERNANDO A. LARRAZABAL BRETÓN, se les otorgue en comodato el Bien del Dominio Público Municipal antes mencionado para utilizarlo como caseta de vigilancia. SEGUNDO: La Dirección de Patrimonio, mediante la Secretaría de Planeación y Comunicación, proporcionó a esta Comisión la siguiente documentación:

1. Escritura Pública Número 4,030-cuatro mil treinta, de fecha 26-veintiséis de Enero del año 2011-dos mil once, pasada ante la fe del Lic. Daniel Elizondo Garza, C. Notario Público Titular de la Notaría Pública Número 47-cuarenta y siete, relativa al Acta Constitutiva de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., y de la integración del consejo directivo, designando a los CC. ALEJANDRO JAVIER RODRÍGUEZ BONETTI Y ALEJANDRO JOSÉ ÁLVAREZ YTURRIA, como Presidente y Tesorero de dicha asociación, instrumento que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Número 943 Volumen 50 Libro 19 Sección III Asociaciones Civiles, de fecha 26-veintiséis de Mayo del año 2011-dos mil once.

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2. De la cédula fiscal con clave de Registro Federal de Contribuyentes Número AMR110126FB7, a nombre de la ASOCIACIÓN CIVIL denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C.

3. De la Credencial de Elector con número de folio 0000075058036 a nombre

del C. ALEJANDRO JAVIER RODRIGUEZ BONETTI, expedida por el Instituto Federal Electoral.

4. Del pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores de los

Estados Unidos Mexicanos, con número de pasaporte 06190000927 a favor del C. ALEJANDRO JOSÉ ÁLVAREZ YTURRIA.

5. Del acuerdo dictado por el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología del

Municipio de Monterrey, Nuevo León, mediante oficio número DFR 0261/2000, con número de expediente 93/2000, de fecha 19-diecinueve de Diciembre del año 2000-dos mil, en el que se autoriza para que se realice la celebración de operaciones tendientes a la transmisión de la propiedad o posesión de los lotes o superficies previstas para su venta, del Fraccionamiento Habitacional Unifamiliar de Urbanización Inmediata, de los lotes indivisibles denominado Rincón de San Jerónimo, de esta ciudad de Monterrey, Nuevo León, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Número 442, Volumen 112, Libro 5, Sección IV Resoluciones y Convenios Diversos, Unidad Monterrey, de fecha 19-diecinueve de Febrero del año 2001-dos mil uno y con el plano oficial que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Número 635, Volumen 174, Libro 101, Sección Fraccionamientos, Unidad Monterrey, de fecha 19-diecinueve de Febrero del año 2001-dos mil uno, con lo cual se acredita la propiedad a favor del Municipio de Monterrey.

6. Levantamiento topográfico elaborado por personal adscrito a la Dirección de Patrimonio del Municipio de Monterrey, del inmueble objeto del presente Dictamen.

Por lo anterior y,

CONSIDERANDOS:

PRIMERO: A la Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento le compete dictaminar los proyectos que tengan que ver con la incorporación, desincorporación, venta o gravamen de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, además de proponer al Ayuntamiento el dictamen correspondiente una vez analizados dichos proyectos, de conformidad con los numerales 56, 58 fracción V, incisos a, b, 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

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SEGUNDO: Que el Ayuntamiento es competente para resolver el presente dictamen en los términos de los artículos 27 fracción X, 143, 144 y 145 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal. TERCERO: La Tesorería Municipal, tiene como atribución: Participar en la celebración de los contratos mediante los cuales se otorgue a terceros el uso o goce de bienes inmuebles del dominio municipal, y llevar el registro de los mismos para su control y cobro, en términos del arábigo 14, fracción IV inciso c del Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Monterrey. CUARTO: La Comisión de Patrimonio Municipal del Ayuntamiento, está atenta de coadyuvar a resolver las necesidades que se presentan en la comunidad regiomontana, y se encuentra en posibilidades de colaborar con la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., otorgando en comodato por un término de 04-cuatro años, con el fin de instalar una caseta de vigilancia. En este sentido la Comisión de Patrimonio, tiene a bien proponer al Ayuntamiento, la subscripción del contrato de comodato; por todo lo anterior y fundado, se ponen a consideración los siguientes:

A C U E R D O S PRIMERO: Se autoriza celebrar mediante CONTRATO DE COMODATO POR 04-CUATRO AÑOS, a favor de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., representada por las CC. ALEJANDRO JAVIER RODRÍGUEZ BONETTI Y ALEJANDRO JOSÉ ÁLVAREZ YTURRIA, quienes fungen como Presidente y Tesorero; respecto de un Bien del Dominio Público Municipal, identificado como área vial, con una superficie de 6.84 m.²- seis metros, ochenta y cuatro centímetros cuadrados, ubicado en el cruce de las calles Sevilla y Valencia, en el Fraccionamiento Rincón de San Jerónimo, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: Línea quebrada en tres tramos: el primero de 0.73 m.- setenta y tres centímetros en línea curva, el segundo de 2.70 m.- dos metros setenta centímetros en línea recta, y el tercero de 1.09 m.- un metro nueve centímetros en línea curva, a colindar todos con área vial de la calle Valencia;

AL ESTE: Un tramo en línea recta de 2.70 m.-dos metros, setenta

centímetros a colindar con área vial de la calle Sevilla;

AL SUR: Un tramo en línea curva de 0.79 m.- setenta y nueve centímetros a colindar con área vial de la calle Sevilla;

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AL OESTE: Un tramo en línea recta de 2.50 m.- dos metros, cincuenta centímetros a colindar con el cruce de las calles Sevilla y Valencia.

Superficie Total: 6.84 m.²- seis metros, ochenta y cuatro centímetros

cuadrados. SEGUNDO: Se autoriza al C. Presidente Municipal, para que en forma conjunta con el Síndico Segundo, Secretario del Ayuntamiento y Tesorero Municipal, celebren mediante CONTRATO DE COMODATO POR 04-CUATRO AÑOS, el cual comenzará a partir de la fecha de aprobación del presente dictamen, a favor de la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., en relación a un Bien del Dominio Público Municipal, con una superficie de 6.84 m.²- seis metros, ochenta y cuatro centímetros cuadrados, con el fin de utilizarlo como caseta de vigilancia. TERCERO: Se condiciona la administración, el buen uso y mantenimiento al área anteriormente citada a la Asociación Civil denominada “ASOCIACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE RINCÓN DE SAN JERÓNIMO”, A.C., y en caso de vencimiento del Contrato y/o dejare de cumplir sus funciones como caseta de vigilancia se reincorporará al Patrimonio del Municipio de Monterrey, Nuevo León, con todas las mejoras que se hubieren realizado en el mismo, durante la vigencia del contrato. CUARTO: Ordénese la publicación de los presentes acuerdos en la Gaceta Municipal y en la página de Internet www.monterrey.gob.mx. Atentamente Monterrey, Nuevo León, a 2 de abril del 2012. COMISIÓN DE PATRIMONIO. REGIDORA ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ, Presidenta/ REGIDORA CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ, Vocal/ (RÚBRICAS)/ JUAN CARLOS BENAVIDES MIER, Secretario/ (SIN RÚBRICA)”.

Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “¿Sobre este segundo dictamen existe algún comentario?, al no haber comentarios, está a consideración de ustedes. Regidora Liliana”. En uso de la palabra la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “Sí, que bueno que ¿es una caseta verdad?, Respondiendo, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Así es”. Sigue expresando la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ: “Que bueno que la van a otorgar en comodato, espero que el Policía de ahí detenga a uno que anda con un machete corte y corte árboles, ya le había avisado al de la zona norte que no podarán los pinos, porque son unos pinos hermosos como de navidad, por ahí vivo yo, y andan con un machete por todos lados, en la mañana tuve que amenazar con correr al de Servicios Públicos, porque que mal —aunque haga sí—

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Preguntando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “¿El Secretario de Servicios Públicos?”. A lo que la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: No, a ese no, porque puede ser hermano del candidato, pero al de la zona de allá, ¿cómo se llama?, al de la zona poniente, ese, ese es el culpable, andan corte y corte todos los árboles ahí”. Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “¿Algún otro comentario?, está a consideración de ustedes el contenido del dictamen, los que estén a favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones? SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. Siguiente dictamen”. Enseguida, la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ hace la presentación del Tercer Dictamen de la Comisión de Patrimonio:

AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. A los integrantes de la Comisión de Patrimonio del Municipio de Monterrey Nuevo León, con fundamento en lo señalado en los artículos 29 fracción 11, 42 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 56, 58, 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Monterrey, Nuevo León, nos fue turnado para su estudio y análisis, por parte de la Dirección de Patrimonio de la Tesorería Municipal, la solicitud referente a emitir la declaratoria de Bienes Muebles que son considerados no útiles para el servicio público, al no ser utilizados y al ser estimados como chatarra; por lo tanto, la autorización de la desincorporación mediante subasta pública y enajenación onerosa, respecto de un lote de 127-Ciento Veintisiete unidades, que forman parte de los bienes del Dominio Privado Municipal, debido a que han dejado de ser útiles, aunado al alto costo de su rehabilitación y mantenimiento, por lo que analizadas las constancias que integran la solicitud, nos permitimos poner a su disposición la siguiente documentación:

1. Relación que contiene la descripción de las 127-ciento veintisiete

unidades a desincorporar, siendo éstas las siguientes: 28-veintiocho Automóviles, 28-veintiocho Camionetas Pick Up, 21-veintiun Camiones, 17-diecisiete Motocicletas, 9-nueve Camionetas de Pasajeros, 7-siete Remolques, 4-cuatro Camionetas con Grúa, 3-tres Minicargadores, 2-dos Camionetas Plataforma, 2-dos Camionetas Estacas, 2-dos Microbuses, 2-dos Retroexcavadoras y 2-dos Tractores, ubicadas físicamente en los Lotes números 10 y 62 de la empresa Garage y Talleres S. de R.L. de C.V.

2. Copia del Avalúo emitido por el Ing. Alfredo Ayala Moya, de la

Asociación de Valuadores de Nuevo León, A.C., de fecha del día 29 de Marzo del 2012, en el cual se establece como valor comercial del lote de vehículos antes referido, la cantidad de $2,300,700.00 (Dos Millones Trescientos Mil Setecientos Pesos 00/100 Moneda Nacional).

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Esta hoja corresponde al Acta No. 11 de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Monterrey, celebrada en fecha 3 de abril de 2012.

En atención a lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento de Monterrey, nos constituimos en el inmueble citado en los párrafos que anteceden, con el objeto de observar, analizar y verificar la condición de los bienes muebles, destacándose que no son útiles para el servicio público al no poder ser utilizados y ser calificados como chatarra, cuanto más que así lo determinan las constancias que integran la solicitud, por lo que con fundamento de lo expuesto tenemos a bien presentar los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que verificamos en efecto, que las 127-ciento veintisiete unidades, las cuales forman parte de los Bienes del Dominio Privado Municipal a desincorporar, han dejado de ser útiles para las labores propias de este Municipio, siendo éstas las siguientes: 28-veintiocho Automóviles, 28-veintiocho Camionetas Pick Up, 21-veintiún Camiones, 17-diecisiete Motocicletas, 9-nueve Camionetas de Pasajeros, 7-siete Remolques, 4-cuatro Camionetas con Grúa, 3-tres Minicargadores, 2-dos Camionetas Plataforma, 2-dos Camionetas Estacas, 2-dos Microbuses, 2-dos Retroexcavadoras y 2-dos Tractores, ubicadas en los Lotes números 10 y 62 de la empresa Garage y Talleres S de RL de CV. II. Que han sido retirados de la circulación los vehículos objeto del presente

dictamen y remitidos a los depósitos citados en el párrafo anterior, bajo el resguardo de la Dirección de Patrimonio Municipal, por haber dejado de ser útiles y aptos para desempeñar la función para la cual fueron adquiridos, aunado al alto costo que su rehabilitación y mantenimiento representa.

III. Que constatamos y verificamos que el Avalúo emitido por el Ing. Alfredo Ayala Moya, de la Asociación de Valuadores de Nuevo León, A.C., de fecha del día 29 de Marzo del 2012, establece como valor comercial del lote de vehículos referido, la cantidad de $2,300,700.00 (Dos Millones Trescientos Mil Setecientos Pesos 00/100 Moneda Nacional). Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo que se establece en los artículos 148, 150, 151 y 153 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Monterrey, esta Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento emite los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO: Se declara a 127-Ciento Veintisiete unidades, mismas que forman parte de los bienes del Dominio Privado Municipal, debido a que han dejado de ser útiles para la prestación del servicio público, al ser su estado de obsolescencia y deterioro extremo, mismas que se encuentran resguardados por la Dirección de Patrimonio en los Lotes números 10 y 62 de la empresa Garage y Talleres, S. de R.L. de C.V., lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 151 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León.

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Siendo éstas unidades las siguientes: 28-veintiocho Automóviles, 28-veintiocho Camionetas Pick Up, 21-veintiun Camiones, 17-diecisiete Motocicletas, 9-nueve Camionetas de Pasajeros, 7-siete Remolques, 4-cuatro Camionetas con Grúa, 3-tres Minicargadores, 2-dos Camionetas Plataforma, 2-dos Camionetas Estacas, 2-dos Microbuses, 2-dos Retroexcavadoras y 2-dos Tractores. SEGUNDO: Se autoriza la desincorporación, mediante Subasta Pública y Enajenación Onerosa, respecto de un lote de 127-Ciento Veintisiete unidades, las cuales forman parte de los Bienes del Dominio Privado Municipal, debido a que han dejado de ser útiles, aunado al alto costo de su rehabilitación y mantenimiento, siendo estas las siguientes: 28-veintiocho Automóviles, 28-veintiocho Camionetas Pick Up, 21-veintiun Camiones, 17-diecisiete Motocicletas, 9-nueve Camionetas de Pasajeros, 7-siete Remolques, 4-cuatro Camionetas con Grúa, 3-tres Minicargadores, 2-dos Camionetas Plataforma, 2-dos Camionetas Estacas, 2-dos Microbuses, 2-dos Retroexcavadoras y 2-dos Tractores. TERCERO: Instrúyase a la Dirección de Patrimonio, dependencia adscrita a la Tesorería Municipal de Monterrey, Nuevo León, a fin de que se publique la Convocatoria para la subasta pública, la cual deberá publicarse una sola vez, con un término mínimo de 15-quince días de anticipación a la fecha señalada para la diligencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en la Gaceta Municipal, así mismo en un periódico de alta circulación en el Estado de Nuevo León, en la tabla de aviso del Ayuntamiento y en el portal de Internet www.monterrey.gob.mx, debiéndose señalar en la misma, el precio de venta fijado siendo la cantidad de $2,300,700.00 (Dos Millones Trescientos Mil Setecientos Pesos 00/100 Moneda Nacional), como postura legal, así como la identificación de los bienes a rematarse y la hora y fecha exacta en que pretenda celebrarse dicha Subasta Pública. CUARTO: Dígasele a la Secretaría de la Contraloría de este municipio de Monterrey, Nuevo León, que deberá supervisar en todo momento la subasta pública de los bienes muebles, levantando para tal efecto, actas circunstanciadas que así lo ameriten en términos de lo previsto en el artículo 24 fracción I y IV del Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Monterrey. QUINTO: La persona quién haya presentado la postura más alta o la oferta más provechosa para el Municipio, este órgano colegiado acordará y ordenará a través de la Dirección de Patrimonio de la Tesorería Municipal, emitir documento que acredite la propiedad de los bienes muebles, en términos de lo dispuesto por los artículos 153 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. SEXTO: Publíquense los presentes acuerdos en el Periódico Oficial, así mismo difúndase el presente Dictamen en la Gaceta Municipal de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; así mismo publíquese para su mayor difusión en la página oficial de Internet www.monterrey.gob.mx

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Atentamente Monterrey, Nuevo León, a 3 de abril del 2012. COMISIÓN DE PATRIMONIO. REGIDORA ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ, Presidenta/ REGIDORA CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ, Vocal/ (RÚBRICAS)/ REG. JUAN CARLOS BENAVIDES MIER, Secretario/ (SIN RÚBRICA)”. EL C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “¿Algún comentario sobre este dictamen de Patrimonio? Al no haber comentarios está a consideración de ustedes, los que estén a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD”. Enseguida, la C. REG. ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ hace la presentación del Cuarto Dictamen de la Comisión de Patrimonio:

AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E: A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir DICTAMEN DE REVOCACIÓN DEL CONTRATO DE ARREDAMIENTO Y DESCUENTO EN LA CANTIDAD ADEUDADA, aprobado por unanimidad del Ayuntamiento de Monterrey en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29-veintinueve de junio del año 2010-dos mil diez, quedando debidamente asentado en el Acta Número 18-dieciocho, mediante el cual se autorizó celebrar el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO hasta el término de la presente Administración Municipal 2009-2012, es decir en fecha 31-treinta y uno de octubre del año 2012-dos mil doce, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., respecto de un Bien Inmueble del Dominio Público Municipal con una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados, ubicado el terreno y finca en la manzana circundada por las calles Ladrón de Guevara, Avenida Los Ángeles, Mariano Arista y Juan Zuazua en la Colonia del Norte, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, utilizando el inmueble como Restaurante y estacionamiento particular de carácter gratuito para clientes; por lo que se presenta el siguiente dictamen, bajo los siguientes:

R E S U L T A N D O S

PRIMERO: La Dirección de Patrimonio, mediante la Secretaría de Planeación y Comunicación, proporcionó a esta Comisión la siguiente documentación:

1. Acta número 18-dieciocho, levantada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29-veintinueve de junio del año 2010-dos mil diez, en el cual quedo debidamente asentada la aprobación unánime del Ayuntamiento de Monterrey, para celebrar CONTRATO DE ARRENDAMIENTO hasta el término de la presente Administración Municipal 2009-2012, es decir en fecha 31-treinta y uno de octubre del año 2012-dos mil doce, 4-cuatro años a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., respecto de un Bien Inmueble del Dominio Público Municipal con

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una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados, ubicado el terreno y finca en la manzana circundada por las calles Ladrón de Guevara, Avenida Los Ángeles, Mariano Arista y Juan Zuazua en la Colonia del Norte, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

2. Contrato de Comodato de fecha 20-veinte de Agosto del año 2010-dos mil diez, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V.

Oficio de fecha 02-dos de Marzo del 2012-dos mil doce, suscrito por el Sr. Maurilio Elizondo Peña, Apoderado General de la Sociedad Mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., en donde solicitan la cancelación del contrato de Arrendamiento y un descuento de la cantidad adeudada pagando solamente la cantidad de $253,132.01 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y DOS 01/100 PESOS M.N.), siendo el equivalente del 50% por ciento de la deuda total.

3. Escritura número 1,466-mil cuatrocientos sesenta y seis de fecha 15 de Junio de 1987, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Garza Calderón, Notario Público Titular de la Notaria Pública número 75.- setenta y cinco, con ejercicio en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, inscrita en El Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Registrado bajo el Número 1200 Folio 223 Volumen 298 Libro No. 3 Segundo Auxiliar Escrituras de Sociedades Mercantiles Sección de Comercio, con fecha 05 de Noviembre de 1987.

4. Escritura Pública número 2,390-dos mil trescientos noventa, de fecha 3 de Marzo de 1999, pasada ante la fe del Licenciado Eduardo Arechavaleta Medina, Notario Público Titular de la Notaría Pública número 27, con ejercicio en Monterrey, Nuevo León, donde el señor MAURILIO ELIZONDO PEÑA, se le conceden las facultades como Apoderado General de la Sociedad Mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V.

5. Escritura Número 493-cuatrocientos noventa y tres, Tomo IV, Volumen IV, de fecha 20-veinte de diciembre de 1962-mil novecientos sesenta y dos, ratificada ante la fe del Lic. HUMBERTO GARCÍA RAMÍREZ, Notario Público número 23-veintitres con demarcación en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, misma que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Número 1342, Volumen 164-IV, Sección de la Propiedad, de fecha 17-diecisiete de septiembre de 1963-mil novecientos sesenta y tres, donde se acredita la Propiedad del Inmueble a favor del Municipio de Monterrey, Nuevo León.

6. Estado de Cuenta Predial con número de Expediente Catastral 16-037-001 a nombre del Municipio de Monterrey, Nuevo León, expedido por la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería de Monterrey.

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7. Levantamiento topográfico elaborado por personal adscrito a la Dirección de Patrimonio del Municipio de Monterrey, de los inmuebles objetos del presente Dictamen.

Por lo anterior y,

C O N S I D E R A N D O S PRIMERO: A la Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento le compete dictaminar los proyectos que tengan que ver con la incorporación, desincorporación, revocación, venta o gravamen de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, además de proponer al Ayuntamiento el dictamen correspondiente una vez analizados dichos proyectos, de conformidad con los numerales 56, 58 fracción V incisos a, b, 61 y 2 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

SEGUNDO: Que el Ayuntamiento es competente para resolver el presente dictamen en los términos de los artículos 27 fracción X, 143, 144 y 145 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal. TERCERO: La Tesorería Municipal, tiene como atribución: Participar en la celebración de los contratos mediante los cuales se otorgue a terceros el uso o goce de bienes inmuebles del dominio municipal, y llevar el registro de los mismos para su control y cobro, en términos del arábigo 14, fracción IV inciso c del Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Monterrey. CUARTO: De acuerdo al oficio de fecha 02-dos de Marzo del año 2012-dos mil doce, suscrito por el Sr. Maurilio Elizondo Peña, Apoderado General de la Sociedad Mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., en donde solicitan la cancelación del contrato de Arrendamiento y un descuento de la cantidad adeudada pagando solamente la cantidad de $253,132.01 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y DOS 01/100 PESOS M.N.) siendo el equivalente del 50% por ciento de la deuda total. QUINTO: De acuerdo al Contrato de Comodato de fecha 20-veinte de Agosto del año 2010-dos mil diez, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V. en su Cláusula Décima Segunda se manifiesta lo siguiente: CAUSA DE TERMINACIÓN DEL ARRENDAMIENTO: El arrendamiento podrá terminar: I.- Por el cumplimiento del plazo señalado en la cláusula Sexta; II.- Por decisión unilateral de “EL MUNICIPIO” en cualquier momento, dando aviso por escrito a “EL ARRENDATARIO”, con por lo menos 30 días naturales de anticipación.

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III.- Por nulidad; IV.- Por la imposibilidad jurídica del uso del inmueble. V.- Por rescisión administrativa. VI.- Por mutuo acuerdo entre las partes. SEXTO: La Comisión de Patrimonio Municipal del Ayuntamiento, está atenta de coadyuvar a resolver las necesidades que se presentan en la comunidad regiomontana, y se encuentra en posibilidades de colaborar con la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., cancelando el Contrato de Arrendamiento de fecha 20-veinte de Agosto del año 2010-dos mil diez, que se otorgó a su favor respecto de un inmueble Municipal ubicado en la manzana circundada por las calles Ladrón de Guevara, Avenida Los Ángeles, Mariano Arista y Juan Zuazua en la Colonia del Norte, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, con una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados. En este sentido la Comisión de Patrimonio, tiene a bien proponer al Ayuntamiento, la revocación del contrato de comodato; por todo lo anterior y fundado, se pone a consideración los siguientes:

A C U E R D O S PRIMERO: Se aprueba TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y APROBAR EL DESCUENTO EN LA CANTIDAD ADEUDADA, aprobado por unanimidad del Ayuntamiento de Monterrey en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29-veintinueve de junio del año 2010-dos mil diez, quedando debidamente asentado en el Acta Número 18-dieciocho, mediante el cual se autorizó celebrar el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO hasta el término de la presente Administración Municipal 2009-2012, es decir en fecha 31-treinta y uno de octubre del año 2012-dos mil doce, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., respecto de un Bien Inmueble del Dominio Público Municipal con una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados, ubicado el terreno y finca ubicados en la manzana circundada por las calles Ladrón de Guevara, Avenida Los Ángeles, Mariano Arista y Juan Zuazua en la Colonia del Norte, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias:

El terreno cuenta con las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste mide 50.05 m.-cincuenta metros, cinco centímetros a colindar con Avenida Ciudad de los Ángeles; al Sureste, mide 23.75 m.-veintitrés metros, setenta y cinco centímetros a colindar con Propiedad Municipal; al Suroeste, Línea quebrada en 02-dos tramos, de oriente a poniente, el primero de ellos mide 15.44 m.-quince metros, cuarenta y cuatro centímetros y el segundo, 58.83 m.- cincuenta y ocho metros, ochenta y tres centímetros a colindar ambos con Propiedad Municipal; al Noroeste, Línea quebrada en 03-tres tramos, de sur a norte, el primero mide 9.33 m.-nueve metros, treinta y tres centímetros, el segundo 14.98 m.-catorce metros, noventa y ocho centímetros y el

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tercero 12.19 m.-doce metros diecinueve centímetros a colindar todos ellos con calle Servicio Postal; contando con una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados, el cual forma parte de uno de mayor extensión con una superficie total de 6,030.00 m².-seis mil treinta metros cuadrados, y la finca construida en este lote de terreno tiene un área de construcción de 272.83 m².-doscientos setenta y dos metros con ochenta y tres metros cuadrados.

SEGUNDO: Se autoriza al C. Presidente Municipal, para que en forma conjunta con el Síndico Segundo, Secretario del Ayuntamiento y Tesorero Municipal, celebren la TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y APROBAR EL DESCUENTO EN LA CANTIDAD ADEUDADA, aprobado por unanimidad del Ayuntamiento de Monterrey en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29-veintinueve de junio del año 2010-dos mil diez, quedando debidamente asentado en el Acta Número 18-dieciocho, mediante el cual se autorizó el Dictamen para celebrar el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO hasta el término de la presente Administración Municipal 2009-2012, es decir en fecha 31-treinta y uno de octubre del año 2012-dos mil doce, a favor de la sociedad mercantil denominada “EL NUEVO NIAGARA”, S.A. de C.V., respecto de un Bien Inmueble del Dominio Público Municipal con una Superficie Total de 1,648.90 m².- mil seiscientos cuarenta y ocho metros noventa centímetros cuadrados, ubicado el terreno y finca en la manzana circundada por las calles Ladrón de Guevara, Avenida Los Ángeles, Mariano Arista y Juan Zuazua en la Colonia del Norte, en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León. TERCERO: Ordénese su publicación en la Gaceta Municipal y en la página de Internet www.monterrey.gob.mx Monterrey, Nuevo León, a 30 de marzo del 2012. LA COMISIÓN DE PATRIMONIO DEL AYUNTAMIENTO. REGIDORA ISIS AYDEÉ CABRERA ÁLVAREZ, Presidenta/ REGIDORA CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ, Vocal/ (RÚBRICAS)/ REG. JUAN CARLOS BENAVIDES MIER, Secretario/ (SIN RÚBRICA)”. Acto seguido, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifestó: ¿Algún comentario sobre este dictamen de patrimonio?, al no ser así, está a consideración de ustedes, los que estén a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR MAYORÍA von una abstención”. Continúa expresando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Pasamos a la Comisión de Nomenclatura”. Acto seguido, el C. REG. ARTURO MÉNDEZ MEDINA dijo: “A los integrantes del Ayuntamiento, con fundamento en lo establecido en el artículo 41 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, me permito dar

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lectura a los acuerdos del único dictamen que la Comisión de Nomenclatura tiene agendado presentar ante este pleno”. Enseguida, el C. REG. ARTURO MÉNDEZ MEDINA hace la presentación del único dictamen de la Comisión de Nomenclatura: AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN PRESENTE. Los integrantes de la Comisión de Nomenclatura del Ayuntamiento del municipio de Monterrey, Nuevo León, con fundamento en los artículos 42, 43, 87, 88, 95 y 96 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León y lo dispuesto por los arábigos 56, 58 fracción VII inciso a), 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del municipio de Monterrey, Nuevo León y conscientes de la responsabilidad de dar cumplimiento a lo previsto en el Plan Municipal de Desarrollo 2009-2012, el cual determina brindar a la ciudadanía servicios básicos de excelencia que cumplan con las expectativas y las exigencias de la comunidad, garantizando a la ciudadanía la calidad de esto, tenemos que emitir el siguiente dictamen:

ANTECEDENTES En sesión ordinaria efectuada el día viernes 13 de enero del año que transcurre, el Ayuntamiento del municipio de Monterrey, Nuevo León, aprobó el inicio de los trámites necesarios para la concesión del Servicio Público de Nomenclatura conforme lo dispuesto en los artículos 87, 88, 89 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. El objeto de esta concesión, es la adquisición de las nomenclaturas para el municipio de Monterrey, Nuevo León, como contraprestación se otorgara a las personas que se les otorgue la titularidad de la concesión, la colocación de la publicidad en la nomenclatura, la cual no deberá excederse del 18% del espacio total de la lámina. Prohibiéndose la colocación de publicidad referente al alcohol y el tabaco incluso aquella que atente contra la moral pública o las buenas costumbres, debiendo ser revisado y aprobado previamente por la Dirección de Ecología de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio, buscando evitar que afecten a temas de salud. De igual manera se aprobó por ese cuerpo colegiado que la concesión del servicio público es por el tiempo de 4-años 11-meses. Siguiendo con las instrucciones que les estableció el Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, al Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento, procedieron ha emitir una convocatoria en la cual se les invita a las personas físicas y morales a participar en la concesión de la nomenclatura del Municipio, misma que se publicó el día viernes 20 de enero del año que transcurre, en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico denominado ´´Milenio´´ y en el tablero de avisos del

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Palacio Municipal e incluso se difundió en el portal de internet www.monterrey.gob.mx Con base a la difusión de la aludida convocatoria, las personas morales denominadas Grupo Monnier S.A. de C.V. y Regio Express 2000 S. de R.L. C.V. fueron las únicas participantes que se inscribieron dentro de la fecha que estableció el órgano colegiado en las bases para la concesión del servicio público de nomenclatura en el municipio de Monterrey, Nuevo León. Posterior a ello, las personas morales Grupo Monnier S.A. de C.V. y Regio Express 2000 S. de R.L, hicieron acto de presencia en la Junta de Aclaraciones celebrada en la Dirección Jurídica de la Secretaría del Ayuntamiento, ubicada en las calles Zaragoza y Ocampo No. 1400 en el 2º piso del Palacio Municipal de Monterrey, Nuevo León, el día 6 de febrero del año que transcurre, previo a la conducción del evento la persona moral Regio Express 2000 S. de R.L. presentó por escrito en la Dirección Jurídica, las dudas técnicas, administrativas o legales respecto al contenido de las bases y sus anexos, al término de la Junta de Aclaraciones se elaborará el Acta correspondiente y se entregó copia simple de la misma a cada uno de los asistentes. Subsecuentemente a esto, el día 16 de febrero del año que transcurre, se realizó la presentación y apertura de promociones en donde los participantes procedieron a entregar sobres en los que se contiene las propuestas técnicas, verificándose por parte de las autoridades asistentes que los sobres se encuentran cerrados y que su contenido cumpla con los requisitos señalados en los numerales 8.2, 8.3, 9 y 9.1.de las bases para la Concesión de la Nomenclatura en el Municipio de Monterrey, Nuevo León. Concluida la revisión anterior, las propuestas son admitidas para su análisis cualitativo, donde se realizó el estudio detallado de las proposiciones presentadas, a efecto de tener los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas a los participantes. Sin que se desprendieran el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de esta concesión por parte de las personas morales participantes.

CONSIDERANDOS

El artículo 115 fracción III inciso f) le atribuye al Municipio la capacidad política y administrativa de los servicios públicos, realizándose por la población su evaluación en base a la calidad o nivel de eficiencia de los servicios que presta, por tanto los servicios públicos son el fin último y el medio para una estrategia de imagen gubernamental. El desempeño de una administración municipal se puede conocer por la cantidad y calidad de los servicios públicos prestados ya que mediante éstos el gobierno muestra su función imparcial ante los habitantes, pues son características fundamentales de los servicios. Los artículos 87 y 88 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, establecen la posibilidad de que los Ayuntamientos

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presten los servicios públicos mediante el otorgamiento de concesiones, las cuales se otorgaran con base en las políticas, estrategias y prioridades establecidas en los programas municipales relativos a los servicios públicos. En relatadas condiciones es necesario brindar a la ciudadanía regiomontana servicios de excelencia que cumplan con las expectativas y las exigencias de la comunidad, garantizando a la ciudadanía la calidad como lo dispone el Plan Municipal de Desarrollo 2009-2012. En ese contexto se busca que las calles de la ciudad de Monterrey, se encuentren equipadas de las nomenclaturas que indiquen el nombre de la calle, número o cualquier otro indicador que permita su identificación y localización, la cual está destinada al tránsito urbano. La calle es parte de la vía pública y ésta es todo espacio de uso común, así como el conjunto de redes de infraestructura. Por ello es transcendental equipar a la vía pública de nomenclatura que permita a los transeúntes y automovilistas identificarlas. De ahí la trascendencia que se siga ofreciendo el servicio público municipal, el cual debe ser de excelencia para cumplir con las expectativas de la ciudadanía, ya que los servicios públicos municipales son la expresión tangible y visible de la actividad que desarrolla la administración pública municipal, porque generalmente son el elemento más importante al que recurre la población para evaluar la capacidad y eficacia de las autoridades. Por lo tanto, es indispensable que en el municipio de Monterrey, Nuevo León, existan sistemas de identificación de las vías, pues si esto no se puede avanzar a la par de la urbanización. Como consecuencia, algunas calles de la ciudad no están identificadas con nombres ni direcciones, en particular las situadas en los barrios más pobres o incluso se encuentran dalladas. Cuanto más que como lo refiere el Plan Municipal de Desarrollo en el eje rector número uno Seguridad Plena y Participación Ciudadana, en su línea estratégica número cinco denominada Vialidad y Tránsito, la cual tiene como objetivo específico brindar al ciudadano un entorno con vialidades seguras y con una adecuada circulación mediante la instrumentación de programas que fomenten la Modernización de la dependencia, la concientización ciudadana y una gestión eficiente del flujo vial, es pertinente realizar acciones en la cuales tengan como objetivo brindar a la ciudadanía el lugar exacto por donde transitar. En ese sentido y cumpliendo con los artículos 26 inciso b) fracción X, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 106, 107 y 108 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, así como los diversos 56, 58 fracción VII 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, se procedió a concesionar el servicio público de nomenclatura para el Municipio, en el cual las personas morales Grupo Monnier S.A. de C.V. y Regio Express 2000 S. de R.L, fueron las únicas participantes que se inscribieron en proceso de la concesión, cumpliendo a la cabalidad con los requisitos establecidos en las bases para la concesión del servicio público de nomenclatura del municipio de Monterrey, Nuevo León, los cuales nos permitimos detallar:

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REQUISITOS DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE LA NOMENCLATURA EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN

Grupo Monnier S.A. de C.V. Regio Express 2000 S. de R.L

Copia simple del recibo de pago de las bases expedido por la Dirección de Ingresos, de la Tesorería Municipal de Monterrey. Copia simple del acta constitutiva de la empresa y de sus modificaciones en su caso (personas morales) o copia simple del CURP (personas físicas) y copia simple del R.F.C. (personas físicas y morales).

Copia simple y original para su cotejo, de la identificación oficial vigente de quien firma las proposiciones, quien deberá contar con facultades de administración y/o dominio o poder especial para actos concúrsales.

Copia simple y original para su cotejo, del documento (poder notarial) mediante el cual se acredite la personalidad jurídica de la persona que firma las propuestas.

En caso de que se nombre a un representante, se deberá integrar carta poder certificada otorgada a la persona que presente las proposiciones, otorgada por la persona que cuente con facultades de administración y/o dominio (persona que firma las propuestas), debiendo incluir copia simple y original para su cotejo, de la identificación oficial vigente de la persona que acude en representación.

Carta donde manifieste que acepta todas y cada una de las condiciones de las bases para la concesión de la nomenclatura en el municipio de Monterrey, Nuevo León, firmada por el representante legal de la persona física o moral solicitante.

“Currículum Vitae” de la persona física o moral solicitante. Copia simple de la última declaración anual al S.A.T. correspondiente al ejercicio inmediato anterior y/o los estados financieros realizados al mes anterior de la concesión, firmados por Contador Público Titulado, anexando copia de la Cédula Profesional del Contador Público, donde acredite tener un capital contable no menor a $3´000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.), anexando a los mismos, un escrito bajo protesta de decir verdad que la información presentada es correcta y verídica.

Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, estar al corriente del pago de sus impuestos correspondientes, tanto federales, estatales y municipales, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.

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Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que la solicitante o alguno de los miembros de la sociedad no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 91 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado.

En una hoja membretada firmada por la persona física o moral solicitante, presentar la relación de los bienes ofertados, debiendo incluir invariablemente las características y especificaciones técnicas de cada una de las partidas y cualquier dato que sea necesario para la descripción del bien ofertado.

Documento en hoja membretada en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con la capacidad del suministro de los bienes en un tiempo no mayor de 270 días a partir de la firma del contrato, para cubrir en cantidad y calidad solicitadas de los bienes objeto de esta concesión.

Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que asume la responsabilidad de tramitar y dar seguimiento a las solicitudes que el Municipio requiera, respecto al suministro de los bienes objeto de la presente concesión.

Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que acepta de conformidad los criterios de adjudicación de las bases de la concesión de la nomenclatura para el municipio de Monterrey.

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el domicilio fiscal del solicitante, debiendo anexar copia certificada del comprobante de domicilio actual, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el domicilio donde el solicitante recibirá toda clase de notificaciones que resulten de todos los actos de la presente concesión y en su caso de los contratos que se celebren, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.

Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de ser adjudicado, bajo ninguna circunstancia cederá total o parcialmente, ni subcontratará los compromisos contraídos como resultado de esta concesión, siendo como única excepción los participantes que resultaron como titulares de esta concesión.

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Un escrito firmado por el representante legal de la empresa donde manifieste bajo protesta de decir verdad, donde se compromete aceptar la devolución y efectuar la sustitución de los bienes objeto de esta concesión conforme lo requiera el Gobierno Municipal de Monterrey a petición de la Secretaría de Vialidad y Tránsito, en los términos que se señalan en el punto 3.1 de las presentes bases.

Una carta compromiso en la cual manifieste bajo protesta de decir verdad que otorga garantía por un plazo no menor a 24 meses, respecto a los bienes a suministrar. Dicho escrito incluirá el compromiso del solicitante, que en caso de que los bienes presenten fallas cuenta con un tiempo de respuesta de 24 horas para soluciones, así mismo por deficiencia en la calidad o incumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas o vicios ocultos, deberán ser sustituidos por otros nuevos, con características similares o superiores y entregarlos al Municipio de Monterrey en un plazo máximo de 15 días naturales a partir de la fecha en que se le haga la solicitud por escrito.

Un escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad que los bienes ofertados objeto de esta concesión son nuevos y se compromete a la entrega conforme a lo solicitado en estas bases y en el lugar indicado.

El proveedor deberá garantizar por escrito en hoja membretada de la empresa, donde establezca su compromiso de aceptar revisiones durante el proceso concesionario y/o en caso de salir adjudicado, durante la vigencia del contrato por verificadores externos, cada vez que la contratante lo estime necesario.

Escrito bajo protesta de decir verdad en hoja membretada del solicitante en caso de salir adjudicado dará cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, en cada uno de los bienes motivo de la presente licitación.

Nota: Cumple ­ No Cumple En ese contexto, no existe algún impedimento para otorgar la titularidad de la concesión de la nomenclatura en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, al reunir todos y cada uno de los requisitos previsto en las bases y cumplir con lo dispuesto 92 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. Por otra parte, no pasa desapercibido para este órgano de consulta, que tan sólo son dos los participantes en la concesión de la nomenclatura, sin que esto contradiga lo dispuesto en la bases en virtud que en las mismas se establece que en el caso que no haya 3-tres ganadores de la titularidad de la concesión, se les invitara a los restantes ganadores, a adjudicarse otra zona, esto lo refiere el numeral 1.6.

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Por lo anterior expuesto y con fundamento por los artículos 26 inciso b) fracción X, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 106, 107 y 108 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, así como los diversos 56, 58 fracción VII 61 y 62 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, nos permitimos proponer al Ayuntamiento los siguientes:

ACUERDOS: PRIMERO: Se otorga la titularidad de la concesión de la nomenclatura en el municipio de Monterrey, Nuevo León, a las personas morales Grupo Monnier S.A. de C.V. y Regio Express 2000 S. de R.L, en virtud que cumplen con las condiciones técnicas, financieras, legales y administrativas. SEGUNDO: Se ordena a la Dirección Jurídica de la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio, auxilie al Presidente Municipal para la expedición de los documentos que acrediten la titularidad de la concesión de nomenclatura en el municipio de Monterrey, Nuevo León, a las personas morales Grupo Monnier S.A. de C.V. y Regio Express 2000 S. de R.L. Dicho documento deberá contener con los requisitos previstos en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. TERCERO: La concesión de nomenclatura en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, se otorgara por el tiempo de 4 años 11-once meses, el cual podrá ser prorrogado a consideración del Ayuntamiento en términos de lo dispuesto por el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. CUARTO: Publíquese los presentes acuerdos en el Periódico oficial del Estado, en la Gaceta Municipal y difúndase en portal de internet www.monterrey.gob.mx

Atentamente Monterrey, Nuevo León, a 27 de marzo del 2012. COMISIÓN DE NOMENCLATURA. REGIDOR ARTURO MÉNDEZ MEDINA, Presidente/ REGIDOR JUAN FRANCISCO SALINAS HERRERA, Vocal/ (RÚBRICAS)/ REGIDORA LILIANA TIJERINA CANTÚ, Secretario/ (SIN RÚBRICA)”. En uso de la palabra el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “Gracias, Regidor ¿Algún comentario sobre el dictamen de la Comisión de Nomenclatura?, ¿algún comentario?, al no haber comentarios está a consideración de ustedes, los que estén a favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, la pueden bajar, ¿los que estén en contra?, ¿abstenciones?, SE APRUEBA POR MAYORÍA, con dos abstenciones”. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA

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Continúa expresando, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “De acuerdo al orden del día pasamos al Punto de Asuntos Generales, por lo anterior si algún integrante de este Ayuntamiento tiene algún asunto que tratar o exponer. La Regidora Liliana, en primer término, el Regidor Jorge Cuéllar, ¿son todos? Comenzamos Regidora Liliana”. Acto seguido, en uso de la palabra la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “Sí una pregunta nada más, ¿cuándo van a entrar los suplentes de nuestros compañeros?”. Respondiendo el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, lo siguiente: “En cuanto el Congreso haga la declaratoria, entrarán en funciones”. Nuevamente la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ preguntó: ¿Cuándo va a ser eso?”. Expresando de nueva cuenta, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Eso depende del Congreso, no de nosotros”. A lo que la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “Que mal, nosotros luego, luego, le dimos aquí la entrada al Regidor uno para que fuera Alcalde”. Sigue manifestando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Ahorita el Congreso no está en sesiones, la próxima semana regresa a sesiones”. Expresando, la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ: “Gracias”. Enseguida, el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO concedió el uso de la palabra al C. REG. JORGE CUÉLLAR MONTOYA, quien dijo: “Buenas tardes, muchas gracias. Pasé hace unos días por La Alameda, y me llamó la atención ver que estaban ahí bajando material —blocks—, y se había comentado que no se iba a construir nada ahí en La Alameda, y mi pregunta es, en relación a esto, porque sin duda que la Alameda es una de las obras más importantes que se haya hecho en esta Administración, pero, sí me llamó la atención, y es una duda, igual y no van a construir nada, pasé muy rápido, igual y no vi bien”. A lo que el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO dijo: “No sé si recuerde Regidor que cuando estaba por terminarse la restauración de la Alameda, este Cabildo aprobó la Concesión de los baños, que continuaran los baños, y de esa manera fue que hasta que se aprobó aquí en Cabildo las condiciones de cómo continuaría esa concesión, fue que el concesionario recientemente comenzó a construir los baños”. Se escucha, al C. REG. JORGE CUÉLLAR MONTOYA preguntar: “Pero, ¿allá adentro?”. Enseguida, se le concedió el uso de la palabra al C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ, quien dijo: “Ahí, con el nuevo tema de lo de la Alameda, ahí hay unos módulos, ¿van a pasar aquí por Cabildo? —es pregunta—, ¿la instalación de

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cada uno de los comerciantes que se van a instalar ahí en la Alameda o ¿cómo se va a desarrollar la mecánica con esos comerciantes?”. Respondiendo el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Sí, mire, el diseño que hizo el Consejo de la restauración de la Alameda, consideró un número muy limitado de módulos para poder realizar la venta, el comercio ambulante, el comercio informal dentro de la Alameda, esos módulos son propiedad del Municipio, y como usted recordará el Alcalde ofreció darles esos espacios a las personas que tuvieran más tiempo, y las asociaciones que representaban a la mayoría de los comerciantes, entonces, una vez que se tenga toda la papelería para poder turnar a Patrimonio, se pondrá a consideración de ustedes llevar a cabo los comodatos de las casetas, propiedad del Municipio, y obviamente cada uno de los comerciantes que tengan actividad se les dará el permiso correspondiente de venta en vía pública”. De nueva cuenta, el C. REG. FRANCISCO ANÍBAL GARZA CHÁVEZ dijo: “Okey. Le manifiesto esto, es que se acercaron diversos comerciantes, el cual al parecer son de los que ya tienen mayor antigüedad, y, ¿se les va a otorgar el comodato en forma individual o a través de una asociación?”. Respondiendo el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Usted bien sabe Regidor, no podemos otorgar un comodato a una persona física, tiene que ser aprobado por este Cabildo a una Asociación Civil, una organización civil, por tal motivo será a través de ellas, es de alguna asociación civil como se pueda llevar a cabo esa solicitud de comodato. En las próximas semanas seguramente la sesión siguiente, será cuando se ponga a consideración del pleno”. Acto seguido, la C. REG. LILIANA TIJERINA CANTÚ dijo: “En el mismo tema. El auditorio —tipo auditorio—, que por cierto se ve muy bonito y todo, me han dicho los artistas, ahí, la banda de músicos y todo, que se asan en ese pozo, que hay mucho deterioro, y la gente que se sienta a mero arriba en las gradas, así, aparte que está muy incómodo para brincar los instrumentos, hasta se pueden hacer hasta de unos abanicos ahí grandes, para cuando esté la gente trabajando y viendo el espectáculo, es que como no hay sombra, antes había un medio techito, pero no sé, digo, bueno si quieren, si no, ya falta poco”. Manifestando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “En la primera etapa de la restauración de la Alameda, comprende lo que ustedes ven, ya se ha hablado de una segunda etapa, que dependiendo de los recursos que se aprueben a nivel federal, serán las dimensiones y el alcance del mismo proyecto, entonces apenas que se dé esto”. …………………………………………………………………………………………….…………………………………………………………………………………………….

PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA

Sigue expresando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: “Concluidas sus participaciones en el Punto de Asuntos Generales, se solicita al ciudadano

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Encargado del despacho de la Presidencia Municipal, clausure los trabajos de esta sesión”. Acto seguido, en uso de la palabra el C. ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL, JAIME ANTONIO BAZALDUA ROBLEDO dijo: “Señoras y señores, Regidores y Síndicos, agotado el Orden del día para la celebración de esta Primera Sesión Ordinaria del mes de Abril, me permito declarar clausurados los trabajos de la misma, siendo las cuatro horas con cincuenta y siete minutos, citando para la próxima sesión de acuerdo a la Ley Orgánica y a nuestro Reglamento Interior, gracias”.- Doy fe- - - - - - - - - - - - - - - - -