ACTA DE LA CENTESIMA SEGUNDA SESIÓN …...3 CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además...

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1 ACTA DE LA CENTESIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL CONCEJO DE COYHAIQUE. En Coyhaique a 16 de septiembre del año dos mil quince, se celebra la Centésima Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Coyhaique. Se constata que el quórum para sesionar lo otorga la asistencia de los Concejales: Sr. Juan Catalán Jara, Srta. Aracely Leuquén Uribe, Sr. Florentino Vega Seguel, señora Verónica Figueroa Foitzick Sr. Patricio Adio Ojeda y Sr. Joaquín Soto Mansilla. Preside la sesión el Alcalde señor Alejandro Huala Canumán, Presidente del Concejo Municipal. Se encontraban en la sesión, el Administrador Municipal Sr. Orlando Alvarado Díaz, el Secretario Municipal Sr. Juan Carmona Flores, el asesor Jurídico señor Waldemar Sanhueza Q., el Director de Desarrollo Comunitario Sr. Diego Betancourt U., el Director de Administración y Finanzas Sr. Carlos Araneda, la jefa del Dpto. de Planificación Económica y Financiera Secplac Sra. Ana María Barría, Sr. Pablo Rivas, Jefe de Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios. El Alcalde Sr. Alejandro Huala Canumán, Presidente del Concejo Municipal, da por iniciada la sesión en Nombre de Dios, de la Patria, de nuestras Naciones Originarias y de todos los habitantes de la Comuna de Coyhaique”, siendo las 15:00 horas. El Concejo se reúne para tratar la siguiente Tabla: 1. Sometimiento “Concesión y autorización para la operación del centro de manejos de residuos sólidos de Coyhaique, CEMARC”, dado que el monto supera las 500 UTM. 2. Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Plantas de tratamiento de las localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” ( 3. Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Planta de tratamiento de la localidad de Ñirehuao” 4. Correspondencia. 5. Sometimiento de Acta Ord. N° 101 6. Cuenta del Sr. Alcalde. 7. Informe de Comisión y Cometidos de Concejales. 8. Sometimiento de Contratos iguales o superiores a 500 UTM. 9. Informes de Contrataciones y Adjudicaciones. 10. Sometimiento de modificación al reglamento interno del Concejo. 11. Exposición sobre Ley del Lobby a cargo de Asesor Jurídico 12. Sometimiento modificación presupuestaria 13. Sometimiento solicitud de transferencia a Corporación Cultural y Corporación de Deportes (DIDECO) 14. Varios 15. Audiencia pública en Sede de Junta de Vecinos de Lago Atravesado

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ACTA DE LA CENTESIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DEL CONCEJO DE COYHAIQUE.

En Coyhaique a 16 de septiembre del año dos mil quince, se celebra la Centésima Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Coyhaique. Se constata que el quórum para sesionar lo otorga la asistencia de los Concejales: Sr. Juan Catalán Jara, Srta. Aracely Leuquén Uribe, Sr. Florentino Vega Seguel, señora Verónica Figueroa Foitzick Sr. Patricio Adio Ojeda y Sr. Joaquín Soto Mansilla. Preside la sesión el Alcalde señor Alejandro Huala Canumán, Presidente del Concejo Municipal. Se encontraban en la sesión, el Administrador Municipal Sr. Orlando Alvarado Díaz, el Secretario Municipal Sr. Juan Carmona Flores, el asesor Jurídico señor Waldemar Sanhueza Q., el Director de Desarrollo Comunitario Sr. Diego Betancourt U., el Director de Administración y Finanzas Sr. Carlos Araneda, la jefa del Dpto. de Planificación Económica y Financiera Secplac Sra. Ana María Barría, Sr. Pablo Rivas, Jefe de Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios. El Alcalde Sr. Alejandro Huala Canumán, Presidente del Concejo Municipal, da por iniciada la sesión en Nombre de Dios, de la Patria, de nuestras Naciones Originarias y de todos los habitantes de la Comuna de Coyhaique”, siendo las 15:00 horas. El Concejo se reúne para tratar la siguiente Tabla:

1. Sometimiento “Concesión y autorización para la operación del centro de manejos de residuos sólidos de Coyhaique, CEMARC”, dado que el monto supera las 500 UTM.

2. Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Plantas de tratamiento de las localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” (

3. Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Planta de tratamiento de la localidad de Ñirehuao”

4. Correspondencia. 5. Sometimiento de Acta Ord. N° 101 6. Cuenta del Sr. Alcalde. 7. Informe de Comisión y Cometidos de Concejales. 8. Sometimiento de Contratos iguales o superiores a 500 UTM. 9. Informes de Contrataciones y Adjudicaciones. 10. Sometimiento de modificación al reglamento interno del Concejo. 11. Exposición sobre Ley del Lobby a cargo de Asesor Jurídico 12. Sometimiento modificación presupuestaria 13. Sometimiento solicitud de transferencia a Corporación Cultural y Corporación de

Deportes (DIDECO) 14. Varios 15. Audiencia pública en Sede de Junta de Vecinos de Lago Atravesado

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1.- Sometimiento “Concesión y autorización para la operación del centro de manejos de residuos sólidos de Coyhaique, CEMARC”, dado que el monto supera las 500 UTM. El Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios presenta el siguiente informe:

INFORME ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA PÚBLICA “CONCESIÓN OPERACIÓN CENTRO DE MANEJO RESIDUOS SÓLIDOS

COYHAIQUE”

FECHA APERTURA TÉCNICA : 28/08/2015

PRESUPUESTO REFERENCIAL : $280.000.000 estimados anuales

PLAZO : 7 años

INTEGRANTES COMISIÓN : Waldemar Sanhueza Quiniyao, Asesor Jurídico

Julio Villarroel Rojas; Director Departamento Secplac.

Pablo Rivas Castillo; Jefe Unidad Gestión Medio Ambiente

y Servicios

Pedro Paredes Nilian, Jefe Unidad de Infraestructura DOM

Karina Quezada R., Encargada de Proyectos SECPLAC

FINANCIAMIENTO : Municipal

Respecto del acto de apertura y posterior estudio de las propuestas, la comisión designada por Decreto

Alcaldicio N° 2795 de fecha 31/07/2015 para evaluar las propuestas, viene en informar lo siguiente:

1. APERTURA OFERTA Esta Licitación se realizó a través del portal www.mercadopublico.cl, con el ID N° 2494-33-

LP15, en sólo un acto de apertura:

Rut Proveedor Proveedor Nombre Oferta

77.647.600-5

RESCO LTDA.

Operación del Centro de Manejo de Residu

os Coyhaique CEMARC

Realizado el Acto de apertura en conformidad a lo señalado en las bases administrativas se

acepta la oferta

2. – REVISIÓN DE ANTECEDENTES

OFERENTE : RESCO LTDA.

RUT : 77.647.600-5

OBSERVACIONES: Realizada las revisión de la oferta de la constructora la comisión realiza las siguiente

consulta a través del foro inverso:

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CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación actualmente?. Indicar por

qué no utilizar la trinchera B antes que E, y si E es suficiente para los 7 años de concesión. Para evitar

ocupar la celda con monorellenos?.

PERSONAL OFRECIDO Al revisar los antecedentes que existen respecto del personal, se presenta el perfil

profesional del Sr. Enrique Robinson del Rio Roble, de profesión contador, y del Sr Miguel Obanos

Constructor Civil, sin embargo estos perfiles no están asociados a ninguna de la funciones descritas en el

documento Perfiles Profesionales (TEC 2) aclarar señalando que función se les asigna

DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN: Mapa de proceso de ingreso vehículo ilegible (página 6). Punto 5 , literal

i), aclarar la indicación “Para el caso del proyecto CEMARC este periodo a licitar su concesión no

permitirá llegar a este punto como tal, sino que habrá cierres de trincheras en forma parcializada de

acuerdo al momento y ocupación de cada una de las etapas de disposición de residuos”(página 11).

Respecto a la maquinaria adicional ofertada, aclarar la indicación “Está oferta adicional de maquinaria y

equipos está orientada a cubrir necesidades de recursos en momentos que la maquinaria mínima ofertada

no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del CEMARC en determinado momento

demande” (página 13). Respecto al contrato de RESCO con Sanitaria Regional para el tratamiento de

lixiviados, su vigencia, incluida su posibilidad de prórroga, no abarca el periodo total de concesión (siete

años). Respecto al punto 15 Actividades Anexas, literales i) e ii), especificar fechas de ejecución,

recordando que estas deben cumplir con la RCA respectiva.

OFERTAS ADICIONALES: En punto 4, especificar o dar mayores detalles del mejoramiento de la red de

agua en vivero. En punto 5, especificar o dar mayores detalles de la ampliación del taller mecánico

existente. En punto 6, literal I, el promedio de compactación indicado, 0,75ton/m3 no se condice con lo

indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3. Aclarar. En punto 6, literal II, indicar de qué forma

el mejoramiento de la cobertura del relleno y compactación de residuos permitirá disminuir la

generación de lixiviados.

PLAN DE CONTINGENCIAS: Punto 6, aclarar los lugares o ciudades que se indican como alternativas para

disposición de residuos peligrosos.

PROYECCIÓN DE LA CONCESIÓN: Se requiere que la proyección de la concesión este referida a un

aumento de cobertura, por sobre el estimado de 24.000ton/año incluido el crecimiento anual en torno al

2% La empresa responde de acuerdo al siguiente detalle:

Estimadas Señoras y Señores, por medio de la presente, remitimos a Uds. Respuesta a las consultas u

observaciones respecto de nuestra oferta a la Licitación denominada “Concesión para la Operación del

Centro de Manejo de Residuos Coyhaique", bajo el ID N°2494-33-LP15.

PREGUNTA N°1: CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación

actualmente?. Indicar por qué no utilizar la trinchera B antes que E, y si E es suficiente para los 7 años de

concesión. Para evitar ocupar la celda con monorellenos?.

Respuesta 1: El proyecto construido, aprobado por la municipalidad, contempló que la Trinchera A fuera

la última en ser habilitada debido a que en esos terrenos hay instalaciones municipales ajenas al relleno

sanitario que estaban en uso con corrales y caballerizas entregadas a un tercero. La Trinchera B

contempló el camino de acceso a las piscinas de lixiviados, de acuerdo al proyecto. La disposición de

residuos, según lo indica el plano 097 – O-OC-01 Relleno Sanitario. Planta y Detalles, especifica que la

disposición de residuos se inicia en la Trinchera C. La disposición de lodos, según el compromiso entre El

Municipio y Aguas Patagonia de Aysén S.A., se realizó en celdas tipo monorelleno en la trinchera B ya que

es una de las últimas en ser intervenidas y luego de haber construido las obras inherentes al CEMARC. No

obstante lo anterior, la opción técnico-operacional para esta nueva concesión es continuar operando el

relleno sanitario hacia el sector nor-oeste, es decir hacia la trinchera E que se proyectó en el estudio de

impacto ambiental (E.I.A.) del proyecto CEMARC, de manera de aprovechar los caminos existentes, tanto

para la entrada y salida de camiones recolectores, como para los camiones que llevan el lixiviado desde

las lagunas 1 y 2 hacia la planta de tratamiento, evitando la generación de costos y obras extraordinarias

no contempladas en la presente licitación, asociadas a la reubicación de los caminos y monorelleno

existente. La trinchera D actual en operación se inició su operación el 01 de Febrero del año 2013 y a la

fecha aún queda vida útil en su celda n°3, es decir ha operado sin inconvenientes durante 2 años y 7

meses, quedando aún casi el 50% por ocupar (celdas 4, 5 y 6). Considerando la forma actual de operación

se estima como suficiente el uso de la trinchera D y E para los 7 años de concesión, si se cumplen las

condiciones dadas por el municipio relacionadas con el ingreso de residuos sólidos establecidas en las

bases administrativas

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PREGUNTA N°2: PERSONAL OFRECIDO Al revisar los antecedentes que existen respecto del personal, se

presenta el perfil profesional del Sr. Enrique Robinson del Rio Roble, de profesión contador, y del Sr

Miguel Obanos Constructor Civil, sin embargo estos perfiles no están asociados a ninguna de la funciones

descritas en el documento Perfiles Profesionales (TEC 2) aclarar señalando que función se les asigna.

Respuesta N°2: El Sr. Miguel Angel Obanos ocupa el cargo de Gerente de Operaciones y Representante

Legal de la Empresa Residuos Sólidos Coyhaique Ltda. (RESCO Ltda.), desarrollando actividades de

Gestión Gerencial, Directiva, y de representación legal frente a organismos fiscalizadores. Desempeña

además labores de refuerzo o reemplazo del Administrador de Relleno Sanitario. (Sr. Guillermo

Saavedra). El Sr. Enrique del Rio es el Jefe de Contabilidad y Finanzas de la Empresa Resco Ltda. NO está

asociado a ningún cargo definido en el formulario TEC-02. No considerar. PREGUNTA N°3: DESCRIPCIÓN

DE LA OPERACIÓN: Mapa de proceso de ingreso vehículo ilegible (página 6).

Respuesta N°3: Se adjunta figuras del mapa de proceso legibles.

PREGUNTA N°4: Punto 5, literal i), aclarar la indicación “Para el caso del proyecto CEMARC este periodo

a licitar su concesión no permitirá llegar a este punto como tal, sino que habrá cierres de trincheras en

forma parcializada de acuerdo al momento y ocupación de cada una de las etapas de disposición de

residuos” (página 11)

Respuesta N°4: Se aclara que durante este nuevo periodo de operación no se producirá un cierre

definitivo de las trincheras operadas a la fecha más las nuevas a utilizar, debido a la condición continua

de operación de disposición de residuos sobre los cuales se aplica la cobertura diaria e intermedia, sólo

cuando se deje de utilizar el relleno sanitario al completar su vida útil proyectada, se debe dar un cierre

definitivo a todas las trincheras (TÍTULO VI, Del cierre y abandono, Artículos 53 y siguientes del Decreto

Supremo N°189/2005, Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos

sanitarios).

PREGUNTA N°5: Respecto a la maquinaria adicional ofertada, aclarar la indicación “Está oferta adicional

de maquinaria y equipos está orientada a cubrir necesidades de recursos en momentos que la maquinaria

mínima ofertada no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del CEMARC en

determinado momento demande” (página 13). Respuesta N°5: Como lo indica el documento la

maquinaria y equipos adicionales se usará solo para cubrir necesidades de recursos en momentos en que

la maquinaria mínima ofertada no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del

CEMARC, como por ejemplo, fallas mecánicas, mantenciones programadas, habilitación de nuevos frentes

de trabajo.

PREGUNTA N°6: Respecto al contrato de RESCO con Sanitaria Regional para el tratamiento de lixiviados,

su vigencia, incluida su posibilidad de prórroga, no abarca el periodo total de concesión (siete años).

Respuesta N°6: Efectivamente, las condiciones del contrato de recepción de Riles es establecido por la

SANITARIA, tomando como base la capacidad disponible de tratamiento de su planta de tratamiento y de

las características del Ril que Resco retire de las piscinas de lixiviados (volumen, concentración, etc.). Es

responsabilidad de Resco renovar el contrato en cuestión o dar solución a la disposición de Riles de

acuerdo a lo establecido en las bases de licitación. PREGUNTA N°7: Respecto al punto 15 Actividades

Anexas, literales i) e ii), especificar fechas de ejecución, recordando que estas deben cumplir con la RCA

respectiva.

Respuesta N°7: Las fechas serán las siguientes: i) Reforestar 3,1 ha según el Plan de Manejo Forestal

aprobado a la fecha por Conaf: Se cumplirá dentro del nuevo plazo de concesión de acuerdo a lo

establecido por la RCA N°747 del 04 de Diciembre 2003. ii) Plantación de una cortina vegetal en el

camino interior de acceso al relleno sanitario, entre el portón n°1 y el portón n°2: Se cumplirá dentro del

nuevo plazo de concesión de acuerdo a lo establecido por la RCA N°747 del 04 de Diciembre 2003. iii)

Continuar con el uso de pantallas en zona de descarga de residuos: Desde el inicio del nuevo contrato. iv)

Continuar con la ejecución de monitoreos ambientales contemplados en las RCA´s que aplican al

proyecto CEMARC: Desde el inicio del nuevo contrato.

PREGUNTA N°8: OFERTAS ADICIONALES: En punto 4, especificar o dar mayores detalles del mejoramiento

de la red de agua en vivero.

Respuesta N°8: Se instalarán 2 arranque adicionales de 20 metros cada uno en plaza de 16 mm.

PREGUNTA N°9: En punto 5, especificar o dar mayores detalles de la ampliación del taller mecánico

existente. Respuesta N°9: Se realizará la construcción de un radier de 18 m2 sobre el cual se construirá

una tabiquería con techumbre que albergará herramientas e insumo para la mantención de la maquinaria

de Resco.

PREGUNTA N°10: En punto 6, literal I, el promedio de compactación indicado, 0,75ton/m3 no se condice

con lo indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3. Aclarar.

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Respuesta N°10: Se aclara que el valor es el indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3.

PREGUNTA N°11: En punto 6, literal II, indicar de qué forma el mejoramiento de la cobertura del relleno

y compactación de residuos permitirá disminuir la generación de lixiviados.

Respuesta N°11: Se aclara, que a mayor compactación se tiene una relación inversamente proporcional

respecto de la infiltración de aguas lluvias en la cobertura y residuos. En efecto, una mejor ejecución en

la cobertura del relleno y una mayor eficiencia en los niveles de compactación en el aumento de la

densidad del relleno y por ende una mejor permeabilidad de éste frente a eventos de lluvias o deshielo

por nieve. Lo anterior sumado a la generación de pendientes adecuadas, permitirán una eficaz

evacuación de las aguas lluvias de las plataformas superiores fuera de la zona de disposición de residuos,

evitando con esto la generación de mayor cantidad de lixiviados.

PREGUNTA N°12: PLAN DE CONTINGENCIAS: Punto 6, aclarar los lugares o ciudades que se indican como

alternativas para disposición de residuos peligrosos.

Respuesta N°12: Se aclara que de acuerdo a la reglamentación vigente, el proyecto CEMARC no recibirá

residuos peligrosos, por lo tanto durante su operación Resco tiene la obligación de indicar al usuario que

lleve dicho tipo de residuos, las alternativas que existen en el país para la disposición de residuos

peligrosos, según lo indicado en el punto 6 de la página N°3 del “Formato TEC-5: PLANES DE

CONTINGENCIA”.

PREGUNTA N°13: PROYECCIÓN DE LA CONCESIÓN: Se requiere que la proyección de la concesión este

referida a un aumento de cobertura, por sobre el estimado de 24.000 ton/año incluido el crecimiento

anual en torno al 2%. Respuesta N°13: Se acoge lo indicado por el mandante.

Se dan por satisfactorias las respuestas

3. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

OFERENTE : RESCO LTDA.

RUT : 77.647.600-5

DETALLE

1.- OFERTA TÉCNICA a) Dotación de Personal Se calificara con 3 puntos a la empresa que presente la mayor cantidad de personal semicalificado y no calificado ( choferes y operarios). El resto lo hará en forma proporcional descendente al valor de máxima ponderación. Del organigrama entregado en la oferta se desprende que el personal semicalificado y operarios ascienden a la cantidad de 11 personas. b) Experiencia Se calificara con 5 puntos a la empresa que presente experiencia en el rubro, considerándose esta como la operación de cualquier centro de manejo de RSD en Chile. Adjunta certificado N° 16 del 16 de marzo de 2015 de la Jefa (S) del Departamento de Gestión Medio Ambiente y Servicios de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique que certfica q UE la empresa ha prestado servicios en las siguientes áreas : Construcción de nuevo sitio de disposición final (rellleno sanitario) de residuo domiciliarios y asimilables, denominado CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS COYHAIQUE (CEMARC), operación y manejo del centro del CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS COYHAIQUE (CEMARC); Retiro, transporte y disposición final de residuos limpiafosas y riles general de localidades, entre ellas Villa ortega , Ñirehuao; Balmaceda, Villa Frei, entre otras c) Cumplimiento de las Autorizaciones Vigentes Se calificara con 5 puntos a la empresa que presente detalle de su operación manteniendo las condiciones que dieron origen a las resoluciones que autorizan el relleno, en caso de presentar un modelo de operación que signifique la aprobación de

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modificaciones de los respectivos permisos sectoriales, tendrá una ponderación de 0 puntos. Acoge las condiciones que dan origen a las resoluciones ambientales del CEMARC d) Certificaciones Se calificará con 1 punto en el caso que cuente con Certificación de calidad ISO 14001; y con otro punto si posee la Norma ISO 9001. No presenta e) Maquinaria ofrecida; se ponderará con un puntaje de 1 punto en el caso que cuente con acreditación del cumplimiento de normas de emisión de contaminantes, para lo cual deberá entregar certificados de revisión técnica y emisión de gases. No presenta

2.- OFERTA ECONÓMICA a) Monto De La Oferta (50 puntos) Valor TONELADA en pesos $14.993 (Catorce mil Novecientos Noventa y Tres) Exento de IVA. b) Porcentaje de participación en manejo de residuos particulares (20 puntos)

Porcentaje de participación de la empresa

ofertado

puntaje

Entre 1% y 10% 20

Entre 11% y 30% 10

Entre 31% y 70% 5

Entre 71% y 99% 2

No realiza oferta 0

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL COBRO A PARTICULARES DE LA EMPRESA ES DE UN 67,0% (Sesenta y Siete por ciento).

3.- OFERTAS ADICIONALES (5 puntos) Quienes oferten productos asociados al servicio tales como, y en relación a y según las bases técnicas: Maquinaria adicional, de acuerdo a lo estipulado en la Bases Técnicas No se considera oferta adicional, de acuerdo a su respuesta en el foro inverso Personal adicional, de acuerdo a lo estipulado en la Bases Técnicas. Presenta adicional a los requerimientos mínimos de las Bases Técnicas el siguiente personal:

Mecánico 1°

Ayudante de mecánico

2 Auxiliares de servicios varios

Operador Lavado de Tolvas que operarán en sectores rurales, esto del proyecto “Adquisición tolvas abiertas y cerradas RSD, Comuna de Coyhaique” Si, de acuerdo al documento ofertas adicionales punto N°3 donde señala expresamente LAVADO DE LAS TOLVAS DEL PROYECTO “Adquisición tolvas abiertas y cerradas RSD, Comuna de Coyhaique”.

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Mejoramiento de la Red de Agua existente en el Lote 45 de propiedad de la Municipalidad de Coyhaique y que se encuentra a disposición del CEMARC. Estas mejoras dicen relación con ampliar red de agua existente, aumentar caudales en red de conducción y distribución, dotar de mejoras e instalaciones nuevas al Vivero Municipal, llámense distribución de agua, arranques, acumulación. además de realizar las mantenciones de las obras civiles en la aducción del punto de captación. Si, de acuerdo a su respuesta en el foro inverso: Se instalarán 2 arranque adicionales de 20 metros cada uno en plaza de 16 mm. Mantener, reparar y construir obras que tengan relación con las instalaciones del CEMARC. Llámense obras de Vialidad del recinto, mantenciones y mejoramiento de los sistemas de Impermeabilidad de las piscinas de lixiviados, además de todas las infraestructuras existentes, nuevas y generales para la operación. Si de acuerdo a su respuesta en el foro inverso: Se realizará la construcción de un radier de 18 m2 sobre el cual se construirá una tabiquería con techumbre que albergará herramientas e insumo para la mantención de la maquinaria de Resco Presentación de un Plan de Mejoramiento de la eficiencia en la operación del CEMARC. Si de acuerdo a su respuesta en el foro inverso : Se aclara, que a mayor compactación se tiene una relación inversamente proporcional respecto de la infiltración de aguas lluvias en la cobertura y residuos. En efecto, una mejor ejecución en la cobertura del relleno y una mayor eficiencia en los niveles de compactación en el aumento de la densidad del relleno y por ende una mejor permeabilidad de éste frente a eventos de lluvias o deshielo por nieve. Lo anterior sumado a la generación de pendientes adecuadas, permitirán una eficaz evacuación de las aguas lluvias de las plataformas superiores fuera de la zona de disposición de residuos, evitando con esto la generación de mayor cantidad de lixiviados.

4.- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5 puntos) La oferta presentada a través del portal está incompleta o presenta observaciones según el siguiente indicador, hay discrepancia entre antecedentes técnicos que debió corregir.

5.- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR, (5 puntos) El oferente declara que no ha sido sancionado con multas o resolución de contrato por entidades públicas o privadas, en forma parcial o total, por incumplimiento de sus obligaciones durante los cinco últimos años Formato DA4

4.- TABLA DE EVALUACIÓN

RESCO LTDA

ITEM PARÁMETRO PONDERACIÓN CUMPLIMIENTO O

VALOR POND

1 OFERTA TÉCNICA

1.1 Dotación de Personal 3

15

11 3

1.2 Experiencia 5 SI 5

1.3 Cumplimiento de las autorizaciones vigentes 5 SI 5

1.4 Certificaciones 1 NO 0

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1.5 Maquinaria Ofrecida 1 NO 0

2 OFERTA ECONÓMICA

2.1 Monto de la oferta por tonelada 50 70

$ 14.993 50

2.2 Porcentaje de Participación en manejo de residuos particulares

20 67% 5

3 OFERTAS ADICIONALES

3.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9,3 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 De acuerdo a detalle de la evaluación ofrece 6 de 6

elementos posibles

5

4 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES

4.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9.4 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 SI, debió corregir discrepancias

entre su oferta técnica 0

5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR

5.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9.5 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 NO presenta sanciones 5

TOTAL EVALUACIÓN 78

5.- CONCLUSIÓN

Por lo anterior, se informa que de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en

las bases de licitación punto 9, se señala que la oferta habilitada de la EMPRESA

RESCO LTDA, obtiene una ponderación de 78 de un total de 100.-

Cabe destacar que la proyección financiera de acuerdo a la oferta económica ( $14.993

por ton) y considerando un volumen de ingreso de residuos igual al año 2014 (18.108 ton),

se estima que el costo anual sería aproximadamente $271.493.244.; por otro lado se

señala que el valor real de lo pagado el año 2014, corresponde a $257.358.552., de

acuerdo a la información entregada por el Departamento Gestión Ambiente y Servicios,

lo que significa un aumento del presupuesto en un 5,5%.-

Para conocimiento y fines WALDEMAR SANHUEZA QUINIYAO ASESOR JURÍDICO

JULIO VILLARROEL ROJAS DIRECTOR DE SECPLAC

PABLO RIVAS CASTILLO JEDE DEPARTAMENTO

GESTIÓN MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS

PEDRO PAREDES NILIAN

JEFE DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA

DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES

KARINA QUEZADA ROSALES

Encargada de Proyectos

SECPLAC

Coyhaique 11 de septiembre de 2015

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Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios: Expone sobre la licitación para la Operación del Centro de Manejos de residuos sólidos de Coyhaique, indica que en primera instancia se declaró desierta, con las complicaciones que ya se conocen, se aprobó un trato directo por seis meses, hasta el 30 de septiembre del presente, en esta segunda instancia de licitación también hubo algunos inconvenientes, postuló solamente la Empresa Resco. Señala que se trata de un contrato por un período de siete años, que supera el periodo alcaldicio y las 500 UTM. La oferta económica de la Empresa es de $ 271.493.244.-, monto acotado, lo que está dentro de los márgenes del presupuesto asignado que son $ 280.000.000 anuales, por lo que se cumple con los requisitos. Por otra parte informa que las consultas realizadas a la Empresa fueron subsanadas por la Empresa postulante, por lo tanto se da por aceptada la oferta, también ofrece algunas ofertas adicionales, como el mejoramiento de las instalación de agua potable en el vivero municipal y el lavado de las tolvas. Esta empresa llega a su evaluación final con un 78% de la evaluación, por lo que cumple con los requisitos para ser adjudicada y requisitos mínimos que se exigen en las Bases de la Licitación. Expresa que la comisión estuvo integrada por don Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico, Don Julio Villarroel, Don Director de la Unidad de Planificación, Don Pedro Paredes, Profesional de la Unidad de Infraestructura de la Dirección de Obras Municipales, Sra. Karina Quezada, Encargada de Proyectos de la Secplac y quien expone. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Ofrece la palabra al Concejo, para pronunciarse, ya sea con consultas u opinión respecto de los antecedentes entregados. Concejal Señor Joaquín Soto: Consulta respecto al contrato, considerando que es un contrato por 7 años, señala que en caso que la Empresa no cumpla con lo ofrecido se debería resciliar el contrato, lo que tendría que estar contenido tanto en las bases de licitación como en el contrato que se prepare, según se apruebe la propuesta. Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios: Indica que todos estos contratos traen una cláusula, donde si hay incumplimiento grave a las bases y al contrato, el municipio tiene la posibilidad de dejar estampado en el libro de obra las observaciones y en el caso de incumplimientos graves, existen mecanismos para generar las multas, sanciones e incluso resciliar el contrato, si es que el ITS o la Unidad a cargo detecta incumplimientos graves a dicho instrumento, lo que sin duda se traduce en el cobro inmediato de la Boleta de Garantía. Por tanto, lo señalado queda estipulado en el Contrato y en las Bases de la Licitación. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Sin más consultas, somete la entrega en Concesión como lo indica el Informe a la Empresa Resco, por el monto aproximado que se indica en dicho informe. Somete el punto a votación, alcanzándose el siguiente: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N°102, el Concejo Municipal.

Considerando:

El Informe de Adjudicación de Propuesta Pública, para la entrega de:

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“CONCESIÓN OPERACIÓN CENTRO DE MANEJO RESIDUOS SÓLIDOS COYHAIQUE”

FECHA APERTURA TÉCNICA : 28/08/2015

PRESUPUESTO REFERENCIAL : $280.000.000 estimados anuales

PLAZO : 7 años

INTEGRANTES COMISIÓN : Waldemar Sanhueza Quiniyao, Asesor Jurídico

Julio Villarroel Rojas; Director Departamento Secplac.

Pablo Rivas Castillo; Jefe Unidad Gestión Medio Ambiente

y Servicios

Pedro Paredes Nilian, Jefe Unidad de Infraestructura DOM

Karina Quezada R., Encargada de Proyectos SECPLAC

FINANCIAMIENTO : Municipal

Respecto del acto de apertura y posterior estudio de las propuestas, la comisión designada por Decreto

Alcaldicio N° 2795 de fecha 31/07/2015 para evaluar las propuestas, viene en informar lo siguiente:

4. APERTURA OFERTA Esta Licitación se realizó a través del portal www.mercadopublico.cl, con el ID N° 2494-33-

LP15, en sólo un acto de apertura:

Rut Proveedor Proveedor Nombre Oferta

77.647.600-5

RESCO LTDA.

Operación del Centro de Manejo de Residu

os Coyhaique CEMARC

Realizado el Acto de apertura en conformidad a lo señalado en las bases administrativas se

acepta la oferta

5. – REVISIÓN DE ANTECEDENTES

OFERENTE : RESCO LTDA.

RUT : 77.647.600-5

OBSERVACIONES:

Realizada las revisión de la oferta de la constructora la comisión realiza las siguiente

consulta a través del foro inverso:

CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación actualmente?. Indicar por

qué no utilizar la trinchera B antes que E, y si E es suficiente para los 7 años de concesión. Para evitar

ocupar la celda con monorellenos?.

PERSONAL OFRECIDO Al revisar los antecedentes que existen respecto del personal, se presenta el perfil

profesional del Sr. Enrique Robinson del Rio Roble, de profesión contador, y del Sr Miguel Obanos

Constructor Civil, sin embargo estos perfiles no están asociados a ninguna de la funciones descritas en el

documento Perfiles Profesionales (TEC 2) aclarar señalando que función se les asigna

DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN: Mapa de proceso de ingreso vehículo ilegible (página 6). Punto 5 , literal

i), aclarar la indicación “Para el caso del proyecto CEMARC este periodo a licitar su concesión no

permitirá llegar a este punto como tal, sino que habrá cierres de trincheras en forma parcializada de

acuerdo al momento y ocupación de cada una de las etapas de disposición de residuos”(página 11).

Respecto a la maquinaria adicional ofertada, aclarar la indicación “Está oferta adicional de maquinaria y

equipos está orientada a cubrir necesidades de recursos en momentos que la maquinaria mínima ofertada

no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del CEMARC en determinado momento

demande” (página 13). Respecto al contrato de RESCO con Sanitaria Regional para el tratamiento de

lixiviados, su vigencia, incluida su posibilidad de prórroga, no abarca el periodo total de concesión (siete

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11

años). Respecto al punto 15 Actividades Anexas, literales i) e ii), especificar fechas de ejecución,

recordando que estas deben cumplir con la RCA respectiva.

OFERTAS ADICIONALES: En punto 4, especificar o dar mayores detalles del mejoramiento de la red de

agua en vivero. En punto 5, especificar o dar mayores detalles de la ampliación del taller mecánico

existente. En punto 6, literal I, el promedio de compactación indicado, 0,75ton/m3 no se condice con lo

indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3. Aclarar. En punto 6, literal II, indicar de qué forma

el mejoramiento de la cobertura del relleno y compactación de residuos permitirá disminuir la

generación de lixiviados.

PLAN DE CONTINGENCIAS: Punto 6, aclarar los lugares o ciudades que se indican como alternativas para

disposición de residuos peligrosos.

PROYECCIÓN DE LA CONCESIÓN: Se requiere que la proyección de la concesión este referida a un

aumento de cobertura, por sobre el estimado de 24.000ton/año incluido el crecimiento anual en torno al

2% La empresa responde de acuerdo al siguiente detalle:

Estimadas Señoras y Señores, por medio de la presente, remitimos a Uds. Respuesta a las consultas u

observaciones respecto de nuestra oferta a la Licitación denominada “Concesión para la Operación del

Centro de Manejo de Residuos Coyhaique", bajo el ID N°2494-33-LP15.

PREGUNTA N°1: CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación

actualmente?. Indicar por qué no utilizar la trinchera B antes que E, y si E es suficiente para los 7 años de

concesión. Para evitar ocupar la celda con monorellenos?.

Respuesta 1: El proyecto construido, aprobado por la municipalidad, contempló que la Trinchera A fuera

la última en ser habilitada debido a que en esos terrenos hay instalaciones municipales ajenas al relleno

sanitario que estaban en uso con corrales y caballerizas entregadas a un tercero. La Trinchera B

contempló el camino de acceso a las piscinas de lixiviados, de acuerdo al proyecto. La disposición de

residuos, según lo indica el plano 097 – O-OC-01 Relleno Sanitario. Planta y Detalles, especifica que la

disposición de residuos se inicia en la Trinchera C. La disposición de lodos, según el compromiso entre El

Municipio y Aguas Patagonia de Aysén S.A., se realizó en celdas tipo monorelleno en la trinchera B ya que

es una de las últimas en ser intervenidas y luego de haber construido las obras inherentes al CEMARC. No

obstante lo anterior, la opción técnico-operacional para esta nueva concesión es continuar operando el

relleno sanitario hacia el sector nor-oeste, es decir hacia la trinchera E que se proyectó en el estudio de

impacto ambiental (E.I.A.) del proyecto CEMARC, de manera de aprovechar los caminos existentes, tanto

para la entrada y salida de camiones recolectores, como para los camiones que llevan el lixiviado desde

las lagunas 1 y 2 hacia la planta de tratamiento, evitando la generación de costos y obras extraordinarias

no contempladas en la presente licitación, asociadas a la reubicación de los caminos y monorelleno

existente. La trinchera D actual en operación se inició su operación el 01 de Febrero del año 2013 y a la

fecha aún queda vida útil en su celda n°3, es decir ha operado sin inconvenientes durante 2 años y 7

meses, quedando aún casi el 50% por ocupar (celdas 4, 5 y 6). Considerando la forma actual de operación

se estima como suficiente el uso de la trinchera D y E para los 7 años de concesión, si se cumplen las

condiciones dadas por el municipio relacionadas con el ingreso de residuos sólidos establecidas en las

bases administrativas

PREGUNTA N°2: PERSONAL OFRECIDO Al revisar los antecedentes que existen respecto del personal, se

presenta el perfil profesional del Sr. Enrique Robinson del Rio Roble, de profesión contador, y del Sr

Miguel Obanos Constructor Civil, sin embargo estos perfiles no están asociados a ninguna de la funciones

descritas en el documento Perfiles Profesionales (TEC 2) aclarar señalando que función se les asigna.

Respuesta N°2: El Sr. Miguel Angel Obanos ocupa el cargo de Gerente de Operaciones y Representante

Legal de la Empresa Residuos Sólidos Coyhaique Ltda. (RESCO Ltda.), desarrollando actividades de

Gestión Gerencial, Directiva, y de representación legal frente a organismos fiscalizadores. Desempeña

además labores de refuerzo o reemplazo del Administrador de Relleno Sanitario. (Sr. Guillermo

Saavedra). El Sr. Enrique del Rio es el Jefe de Contabilidad y Finanzas de la Empresa Resco Ltda. NO está

asociado a ningún cargo definido en el formulario TEC-02. No considerar. PREGUNTA N°3: DESCRIPCIÓN

DE LA OPERACIÓN: Mapa de proceso de ingreso vehículo ilegible (página 6).

Respuesta N°3: Se adjunta figuras del mapa de proceso legibles.

PREGUNTA N°4: Punto 5, literal i), aclarar la indicación “Para el caso del proyecto CEMARC este periodo

a licitar su concesión no permitirá llegar a este punto como tal, sino que habrá cierres de trincheras en

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forma parcializada de acuerdo al momento y ocupación de cada una de las etapas de disposición de

residuos” (página 11)

Respuesta N°4: Se aclara que durante este nuevo periodo de operación no se producirá un cierre

definitivo de las trincheras operadas a la fecha más las nuevas a utilizar, debido a la condición continua

de operación de disposición de residuos sobre los cuales se aplica la cobertura diaria e intermedia, sólo

cuando se deje de utilizar el relleno sanitario al completar su vida útil proyectada, se debe dar un cierre

definitivo a todas las trincheras (TÍTULO VI, Del cierre y abandono, Artículos 53 y siguientes del Decreto

Supremo N°189/2005, Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos

sanitarios).

PREGUNTA N°5: Respecto a la maquinaria adicional ofertada, aclarar la indicación “Está oferta adicional

de maquinaria y equipos está orientada a cubrir necesidades de recursos en momentos que la maquinaria

mínima ofertada no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del CEMARC en

determinado momento demande” (página 13). Respuesta N°5: Como lo indica el documento la

maquinaria y equipos adicionales se usará solo para cubrir necesidades de recursos en momentos en que

la maquinaria mínima ofertada no pueda cubrir las necesidades operacionales que el contrato del

CEMARC, como por ejemplo, fallas mecánicas, mantenciones programadas, habilitación de nuevos frentes

de trabajo.

PREGUNTA N°6: Respecto al contrato de RESCO con Sanitaria Regional para el tratamiento de lixiviados,

su vigencia, incluida su posibilidad de prórroga, no abarca el periodo total de concesión (siete años).

Respuesta N°6: Efectivamente, las condiciones del contrato de recepción de Riles es establecido por la

SANITARIA, tomando como base la capacidad disponible de tratamiento de su planta de tratamiento y de

las características del Ril que Resco retire de las piscinas de lixiviados (volumen, concentración, etc.). Es

responsabilidad de Resco renovar el contrato en cuestión o dar solución a la disposición de Riles de

acuerdo a lo establecido en las bases de licitación. PREGUNTA N°7: Respecto al punto 15 Actividades

Anexas, literales i) e ii), especificar fechas de ejecución, recordando que estas deben cumplir con la RCA

respectiva.

Respuesta N°7: Las fechas serán las siguientes: i) Reforestar 3,1 ha según el Plan de Manejo Forestal

aprobado a la fecha por Conaf: Se cumplirá dentro del nuevo plazo de concesión de acuerdo a lo

establecido por la RCA N°747 del 04 de Diciembre 2003. ii) Plantación de una cortina vegetal en el

camino interior de acceso al relleno sanitario, entre el portón n°1 y el portón n°2: Se cumplirá dentro del

nuevo plazo de concesión de acuerdo a lo establecido por la RCA N°747 del 04 de Diciembre 2003. iii)

Continuar con el uso de pantallas en zona de descarga de residuos: Desde el inicio del nuevo contrato. iv)

Continuar con la ejecución de monitoreos ambientales contemplados en las RCA´s que aplican al

proyecto CEMARC: Desde el inicio del nuevo contrato.

PREGUNTA N°8: OFERTAS ADICIONALES: En punto 4, especificar o dar mayores detalles del mejoramiento

de la red de agua en vivero.

Respuesta N°8: Se instalarán 2 arranque adicionales de 20 metros cada uno en plaza de 16 mm.

PREGUNTA N°9: En punto 5, especificar o dar mayores detalles de la ampliación del taller mecánico

existente. Respuesta N°9: Se realizará la construcción de un radier de 18 m2 sobre el cual se construirá

una tabiquería con techumbre que albergará herramientas e insumo para la mantención de la maquinaria

de Resco.

PREGUNTA N°10: En punto 6, literal I, el promedio de compactación indicado, 0,75ton/m3 no se condice

con lo indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3. Aclarar.

Respuesta N°10: Se aclara que el valor es el indicado en la descripción de operación, 0,8ton/m3.

PREGUNTA N°11: En punto 6, literal II, indicar de qué forma el mejoramiento de la cobertura del relleno

y compactación de residuos permitirá disminuir la generación de lixiviados.

Respuesta N°11: Se aclara, que a mayor compactación se tiene una relación inversamente proporcional

respecto de la infiltración de aguas lluvias en la cobertura y residuos. En efecto, una mejor ejecución en

la cobertura del relleno y una mayor eficiencia en los niveles de compactación en el aumento de la

densidad del relleno y por ende una mejor permeabilidad de éste frente a eventos de lluvias o deshielo

por nieve. Lo anterior sumado a la generación de pendientes adecuadas, permitirán una eficaz

evacuación de las aguas lluvias de las plataformas superiores fuera de la zona de disposición de residuos,

evitando con esto la generación de mayor cantidad de lixiviados.

PREGUNTA N°12: PLAN DE CONTINGENCIAS: Punto 6, aclarar los lugares o ciudades que se indican como

alternativas para disposición de residuos peligrosos.

Respuesta N°12: Se aclara que de acuerdo a la reglamentación vigente, el proyecto CEMARC no recibirá

residuos peligrosos, por lo tanto durante su operación Resco tiene la obligación de indicar al usuario que

lleve dicho tipo de residuos, las alternativas que existen en el país para la disposición de residuos

peligrosos, según lo indicado en el punto 6 de la página N°3 del “Formato TEC-5: PLANES DE

CONTINGENCIA”.

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PREGUNTA N°13: PROYECCIÓN DE LA CONCESIÓN: Se requiere que la proyección de la concesión este

referida a un aumento de cobertura, por sobre el estimado de 24.000 ton/año incluido el crecimiento

anual en torno al 2%. Respuesta N°13: Se acoge lo indicado por el mandante.

Se dan por satisfactorias las respuestas

6. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

OFERENTE : RESCO LTDA.

RUT : 77.647.600-5

DETALLE

1.- OFERTA TÉCNICA a) Dotación de Personal Se calificara con 3 puntos a la empresa que presente la mayor cantidad de personal semicalificado y no calificado ( choferes y operarios). El resto lo hará en forma proporcional descendente al valor de máxima ponderación. Del organigrama entregado en la oferta se desprende que el personal semicalificado y operarios ascienden a la cantidad de 11 personas. b) Experiencia Se calificara con 5 puntos a la empresa que presente experiencia en el rubro, considerándose esta como la operación de cualquier centro de manejo de RSD en Chile. Adjunta certificado N° 16 del 16 de marzo de 2015 de la Jefa (S) del Departamento de Gestión Medio Ambiente y Servicios de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique que certfica q UE la empresa ha prestado servicios en las siguientes áreas : Construcción de nuevo sitio de disposición final (rellleno sanitario) de residuo domiciliarios y asimilables, denominado CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS COYHAIQUE (CEMARC), operación y manejo del centro del CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS COYHAIQUE (CEMARC); Retiro, transporte y disposición final de residuos limpiafosas y riles general de localidades, entre ellas Villa ortega , Ñirehuao; Balmaceda, Villa Frei, entre otras c) Cumplimiento de las Autorizaciones Vigentes Se calificara con 5 puntos a la empresa que presente detalle de su operación manteniendo las condiciones que dieron origen a las resoluciones que autorizan el relleno, en caso de presentar un modelo de operación que signifique la aprobación de modificaciones de los respectivos permisos sectoriales, tendrá una ponderación de 0 puntos. Acoge las condiciones que dan origen a las resoluciones ambientales del CEMARC d) Certificaciones Se calificará con 1 punto en el caso que cuente con Certificación de calidad ISO 14001; y con otro punto si posee la Norma ISO 9001. No presenta e) Maquinaria ofrecida; se ponderará con un puntaje de 1 punto en el caso que cuente con acreditación del cumplimiento de normas de emisión de contaminantes, para lo cual deberá entregar certificados de revisión técnica y emisión de gases.

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No presenta

2.- OFERTA ECONÓMICA c) Monto De La Oferta (50 puntos) Valor TONELADA en pesos $14.993 (Catorce mil Novecientos Noventa y Tres) Exento de IVA. d) Porcentaje de participación en manejo de residuos particulares (20 puntos)

Porcentaje de participación de la empresa

ofertado

puntaje

Entre 1% y 10% 20

Entre 11% y 30% 10

Entre 31% y 70% 5

Entre 71% y 99% 2

No realiza oferta 0

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL COBRO A PARTICULARES DE LA EMPRESA ES DE UN 67,0% (Sesenta y Siete por ciento).

3.- OFERTAS ADICIONALES (5 puntos) Quienes oferten productos asociados al servicio tales como, y en relación a y según las bases técnicas: Maquinaria adicional, de acuerdo a lo estipulado en la Bases Técnicas No se considera oferta adicional, de acuerdo a su respuesta en el foro inverso Personal adicional, de acuerdo a lo estipulado en la Bases Técnicas. Presenta adicional a los requerimientos mínimos de las Bases Técnicas el siguiente personal:

Mecánico 1°

Ayudante de mecánico

2 Auxiliares de servicios varios

Operador Lavado de Tolvas que operarán en sectores rurales, esto del proyecto “Adquisición tolvas abiertas y cerradas RSD, Comuna de Coyhaique” Si, de acuerdo al documento ofertas adicionales punto N°3 donde señala expresamente LAVADO DE LAS TOLVAS DEL PROYECTO “Adquisición tolvas abiertas y cerradas RSD, Comuna de Coyhaique”. Mejoramiento de la Red de Agua existente en el Lote 45 de propiedad de la Municipalidad de Coyhaique y que se encuentra a disposición del CEMARC. Estas mejoras dicen relación con ampliar red de agua existente, aumentar caudales en red de conducción y distribución, dotar de mejoras e instalaciones nuevas al Vivero Municipal, llámense distribución de agua, arranques, acumulación. además de realizar las mantenciones de las obras civiles en la aducción del punto de captación. Si, de acuerdo a su respuesta en el foro inverso: Se instalarán 2 arranque adicionales de 20 metros cada uno en plaza de 16 mm. Mantener, reparar y construir obras que tengan relación con las instalaciones del CEMARC. Llámense obras de Vialidad del recinto, mantenciones y mejoramiento de los sistemas de Impermeabilidad de las piscinas de lixiviados, además de todas las infraestructuras existentes, nuevas y generales para la operación. Si de acuerdo a su respuesta en el foro inverso: Se realizará la construcción de un radier de 18 m2 sobre el cual se construirá una tabiquería con techumbre que albergará herramientas e insumo para la mantención de la maquinaria de Resco

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Presentación de un Plan de Mejoramiento de la eficiencia en la operación del CEMARC. Si de acuerdo a su respuesta en el foro inverso : Se aclara, que a mayor compactación se tiene una relación inversamente proporcional respecto de la infiltración de aguas lluvias en la cobertura y residuos. En efecto, una mejor ejecución en la cobertura del relleno y una mayor eficiencia en los niveles de compactación en el aumento de la densidad del relleno y por ende una mejor permeabilidad de éste frente a eventos de lluvias o deshielo por nieve. Lo anterior sumado a la generación de pendientes adecuadas, permitirán una eficaz evacuación de las aguas lluvias de las plataformas superiores fuera de la zona de disposición de residuos, evitando con esto la generación de mayor cantidad de lixiviados.

4.- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5 puntos) La oferta presentada a través del portal está incompleta o presenta observaciones según el siguiente indicador, hay discrepancia entre antecedentes técnicos que debió corregir.

5.- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR, (5 puntos) El oferente declara que no ha sido sancionado con multas o resolución de contrato por entidades públicas o privadas, en forma parcial o total, por incumplimiento de sus obligaciones durante los cinco últimos años Formato DA4

4.- TABLA DE EVALUACIÓN

RESCO LTDA

ITEM PARÁMETRO PONDERACIÓN CUMPLIMIENTO O

VALOR POND

1 OFERTA TÉCNICA

1.1 Dotación de Personal 3

15

11 3

1.2 Experiencia 5 SI 5

1.3 Cumplimiento de las autorizaciones vigentes 5 SI 5

1.4 Certificaciones 1 NO 0

1.5 Maquinaria Ofrecida 1 NO 0

2 OFERTA ECONÓMICA

2.1 Monto de la oferta por tonelada 50 70

$ 14.993 50

2.2 Porcentaje de Participación en manejo de residuos particulares

20 67% 5

3 OFERTAS ADICIONALES

3.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9,3 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 De acuerdo a detalle de la evaluación ofrece 6 de 6

elementos posibles

5

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4 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES

4.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9.4 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 SI, debió corregir discrepancias

entre su oferta técnica 0

5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR

5.1 De acuerdo a lo solicitado en el punto 9.5 de las Bases Generales que se encuentran en el detalle de este informe

5 NO presenta sanciones 5

TOTAL EVALUACIÓN 78

5.- CONCLUSIÓN

Por lo anterior, se informa que de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en

las bases de licitación punto 9, se señala que la oferta habilitada de la EMPRESA

RESCO LTDA, obtiene una ponderación de 78 de un total de 100.-

Cabe destacar que la proyección financiera de acuerdo a la oferta económica ($14.993

por ton) y considerando un volumen de ingreso de residuos igual al año 2014 (18.108 ton),

se estima que el costo anual sería aproximadamente $271.493.244.; por otro lado se

señala que el valor real de lo pagado el año 2014, corresponde a $257.358.552., de

acuerdo a la información entregada por el Departamento Gestión Ambiente y Servicios,

lo que significa un aumento del presupuesto en un 5,5%.-

Para conocimiento y fines.

WALDEMAR SANHUEZA QUINIYAO Asesor Jurídico JULIO VILLARROEL ROJAS Director De Secplac

PABLO RIVAS CASTILLO Jefe Departamento Gestión Medio Ambiente Y Servicios PEDRO PAREDES

NILIAN Jefe Departamento De Infraestructura Dirección De Obras Municipales KARINA QUEZADA

ROSALES Encargada de Proyectos SECPLAC. Coyhaique 11 de septiembre de 2015

Que, habiendo sala legalmente constituida y atendido el contenido del informe transcrito, se alcanza el siguiente:

ACUERDO

1° Autorizar la adjudicación para la Concesión “Operación Centro Residuos Sólidos Coyhaique”, a la Empresa Resco Ltda., para los efectos señalados se considera la proyección financiera de acuerdo a la oferta económica ($14.993 por ton) y un volumen de ingreso de residuos al año 2014 de: 18.108 ton., se estima que el costo anual sería aproximadamente de $271.493.244. Se ha señalado asimismo que el valor real de lo pagado el año 2014, corresponde a $257.358.552., según información entregada por el Departamento Gestión Ambiente y Servicios, lo que significa un aumento del presupuesto en un 5,5%. Finalmente se tiene presente que el presupuesto referencial a considerado un monto estimado anual de $280.000.000.-

2° Se acuerda adjudicar la concesión antes individualizada teniendo presente que ésta

supera las 500 UTM. 3° Se acuerda autorizar la concesión en virtud de la Ley N° 18.695.- artículo 65, letra i),

toda vez que su plazo de ejecución excede el periodo alcaldicio, verificándose el quórum exigido para ello.

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Al acuerdo concurre la unanimidad del Concejo presente en la sesión, la Concejala señora Verónica Figueroa F. no se encontraba en la sala al momento de la votación.

2.- Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Plantas de tratamiento de las localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” El Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento de Gestión Medio Ambiente y Servicios presenta el siguiente informe:

Informe a Concejo Municipal

Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson.

PROYECTO : PLANTAS DE TRATAMIENTO Y PLANTAS

ELEVADORA DE AGUAS SERVIDAS LOCALIDADES DE VILLA ORTEGA Y VALLE SIMPSON

MANDANTE : MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE, XI REGION DE AYSEN FECHA : 14/09/2015

Antecedentes Administrativos: El Decreto N° 2626 del 20.07.15 que Resuelve poner termino anticipado al contrato

“concesión servicios de mantención y operación de planta de tratamiento de aguas servidas

y alcantarillado de las localidades de Valle Simpson y Villa Ortega, comuna de Coyhaique”.

El Decreto N° 2794 del 31.07.15 que Autorisa la contratación por Emergencia el trato directo

del servicio de “Operación y Mantención de Plantas de Tratamiento y Plantas Elevadoras de

Aguas Servidas localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” al concesionario Sr. Victor del

Río Martinez Rut 17.594.201-7, por un monto de $2.850.000.- (Dos millones ochocientos

cincuenta mil pesos) iva incluido valor mensual, por un plazo de 3 meses, equivalente a un

monto total de $ 8.550.000. Lo anterior, en conformidad a lo enunciado en vistos y

considerando.

Antecedentes Técnicos Operacionales:

Este I.T.S., se ha podido cerciorar en las Fiscalizaciones permanentes que realiza, que las

Visitas del Supervisor en Terreno de la empresa, son diarias sino de forma eventuales 4

veces por semana esto para efectuar mantención y fijar los criterios de operación, realizando

limpieza de rejas, mantención de equipos, limpieza de válvulas de retención de Bombas

elevadoras, el descarte de lodos y la preparación de solución de cloro. Estas mantenciones

básicas han sido realizadas y no tienen mayores inconvenientes ya que la Planta de

Tratamiento de esta localidad la lleva y la maneja en un 100% el Operador que tiene más

experiencia en tiempo en el manejo de este tipo de Infraestructuras y equipos de

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sanitización de aguas servidas. Esto a raiz del nuevo contrato con el nuevo concesiobnario

que ha realizado una muy buena labor de sanitización y operación de las plantas de

tratamiento de ambas localidades.

2 Aspectos Relevantes y situación Actual

Durante los meses de operación que llevan las plantasse han recibido visitas de

fiscalizadores de la SEREMI de Salud Aysén, quienes No han realizado observaciones al

manejo de las plantas y No se han efectuado sumarios sanitarios, esto por los buenos por

los manejos y adecuados a la normativa sanitaria actual.

3 Informe Evaluación Concesionario

Por medio del presente y en atención a los informes técnicos entregados por el

Concesionario para el pago de las Facturas de Concesión y Manejo de la Planta de

Tratamiento de Villa Ortega y Valle Simpson del Sr. Victor del Rio Martínez, vengo en

informar que los trabajos realizados en las Plantas de Tratamiento mencionada han sido de

forma correcta apegada a la Normativa Medioambiental vigente y a las Bases Técnicas

primas de esta licitación. Cabe señalar que el Sr. del Rio está realizando mejoras de las

obras inconclusas tanto en el Equipo procesador de aguas servidas, como en el recinto

municipal dispuesto para ello, con los recursos entregados por esta municipalidad para el

manejo.

en inspecciones realizadas, la PTAS Y PEAS de la localidad funcionan hoy en día a la

perfección sin detalles técnicos que puedan afectar la salud Humana y afectar al

medioambiente.

Lo anterior en el marco del Contrato de Concesión de fecha 31 de Julio de 2015, que indica,

Fecha Inicio: 20 de Julio de 2015 y fecha termino : 20 de Octubre de 2015.

4 Continuidad de la Operación

Debido a la obligación de la Municipalidad de contar con un sistema de evacuación de

aguas servidas y mantenerlo operativo, para el normal funcionamiento de las redes y en

beneficio de la Salud de la Población Local es que las Plantas de Tratamiento y las Plantas

Elevadoras de Aguas Servidas, deben seguir funcionando y operandose de buena manera

en las localidades mencionadas. Además, que al día de hoy, no se ha podido regularizar

aun la adquisición de los equipos dejados en mal estado por el concesionario anterior, los

que han sido suplidos por el concecionario actual con equipos propvisorios, pera

lamoperación antes descrita.

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19

5 Antecedentes Legales y Normativos:

Fundamento Legal para proceder, por trato o contatación directa

LEY Nº19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS (MERCADO PÚBLICO):

Lo señalado en el Artículo 8º letra b)….”Si se tratara de contratos que correspondieran a la

realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse

anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cuyo

remanente no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales”, que faculta proceder por

trato o contrato directo.

Obligación establecida en la Ley Otorgar Concesiones municipales

LEY Nº18.695 ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES:

Lo señalado en el Artículo 65º letra j), el Alcalde requerirá acuerdo del H. Concejo para…..”

Otorgar concesiones municipales, D.O. 03.05.2002 renovarlas y ponerles término. En todo

caso, las renovaciones sólo podrán acordarse dentro de los seis meses que precedan a su

expiración, aún cuando se trate de concesiones reguladas en D.F.L 1-19.704 leyes

especiales”, para efectos de someter a consideración, ante el H. Concejo, la adjudicación

del trato o contrato directo.

6 Continuidad del Contratista Propuesto

Por la Confiabilidad, por la trayectoria en el manejo de las plantas de Tratamiento de las

Localidades mencionadas como Supervisor y por la excelente forma y manejo que ha

llevado en la Planta de tratamiento y aguas servidas de la Localidad de Villa Ñirehuao, Villa

Ortega y Valle Simpson es que se recomienda contratar de forma Directa y por Emergencia,

por un periodo de 3 meses como Concecionario del Contrato de Concesión de

Administración y Operación de las Plantas de Tratamiento y Plantas Elevadoras de Aguas

Servidas de las Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson y por las razones expuestas en

este párrafo a Don Victor del Rio Martinez, datos personales que se entregan a

continuación:

Nombre: VICTOR DEL RIO MARTINEZ.

RUT: 17.594.201-7

Page 20: ACTA DE LA CENTESIMA SEGUNDA SESIÓN …...3 CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación actualmente?. Indicar por qué no utilizar la trinchera B

Dirección: Calle Monreal Nº063, ciudad y comuna de Coyhaique.

Experiencia: 6 años como Supervisor de P.T.A.S y P.E.A.S.

Situación Actual: Concesionario y Supervisor de las P.T.A.S y P.E.A.S. Villa Ñirehuo, Villa

Ortega y Valle Simpson.

Presupuesto a Solicitar

Monto Mensual: $ 2.850.000

Periodo: Desde el 21 de Octubre de 2015 al 31 de Diciembre de 2015

Total Solicitado: $ 5.700.000

Empresa a contratar: Victor Del Rio Martinez

RUT: 17.594.201-7

Imputación: Cuenta 215-22-08-999-004, "Operación Plantas de Tratamiento” Sub

Programa 2.1.3

Para constancia y responsabilidad firma,

PABLO RIVAS CASTILLO, JEFE DEPARTAMENTO, MEDIOAMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS

Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento de Gestión Medio Ambiente y Servicios : Informa que este contrato de concesión se caducó dada las graves falencias e incumplimiento sanitario por parte del contratista, por lo que fue entregada a través de trato directo a un nuevo concesionario el cual tiene plazo final el día 30 de septiembre, lo que se propone es hacer todas las reparaciones y mantenciones y dar plazo hasta el 31 de diciembre, para que esto logre operar a partir del 01 de enero de 2016 a través de una licitación pública. Por lo que se solicita una prórroga del presente contrato. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Somete la Prorroga de la Concesión “Operación y mantención Plantas de tratamiento de las localidades de Villa Ortega y Valle Simpson”, alcanzándose el siguiente: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102 del Concejo Municipal. Considerando: El informe de fecha 14 de septiembre de 2015, del señor Pablo Rivas Jefe de Gestión Medio Ambiente y Servicios, para entrega de concesión vía trato directo del servicio “Planta de Tratamiento y Plantas Elevadora de Aguas Servidas Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson”. El informe señalado contiene la motivación, para efectos de respaldar la resolución del Concejo y a la letra señala: Informe a Concejo Municipal Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson.

PROYECTO : PLANTAS DE TRATAMIENTO Y PLANTAS ELEVADORA DE AGUAS SERVIDAS LOCALIDADES DE VILLA ORTEGA Y VALLE SIMPSON

MANDANTE : MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE, XI REGION DE AYSEN FECHA : 14/09/2015

Antecedentes Administrativos: El Decreto N° 2626 del 20.07.15 que Resuelve poner termino anticipado al contrato

“concesión servicios de mantención y operación de planta de tratamiento de aguas servidas

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y alcantarillado de las localidades de Valle Simpson y Villa Ortega, comuna de Coyhaique”.

El Decreto N° 2794 del 31.07.15 que Autorisa la contratación por Emergencia el trato directo

del servicio de “Operación y Mantención de Plantas de Tratamiento y Plantas Elevadoras de

Aguas Servidas localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” al concesionario Sr. Victor del

Río Martinez Rut 17.594.201-7, por un monto de $2.850.000.- (Dos millones ochocientos

cincuenta mil pesos) iva incluido valor mensual, por un plazo de 3 meses, equivalente a un

monto total de $ 8.550.000. Lo anterior, en conformidad a lo enunciado en vistos y

considerando.

Antecedentes Técnicos Operacionales:

Este I.T.S., se ha podido cerciorar en las Fiscalizaciones permanentes que realiza, que las

Visitas del Supervisor en Terreno de la empresa, son diarias sino de forma eventuales 4

veces por semana esto para efectuar mantención y fijar los criterios de operación, realizando

limpieza de rejas, mantención de equipos, limpieza de válvulas de retención de Bombas

elevadoras, el descarte de lodos y la preparación de solución de cloro. Estas mantenciones

básicas han sido realizadas y no tienen mayores inconvenientes ya que la Planta de

Tratamiento de esta localidad la lleva y la maneja en un 100% el Operador que tiene más

experiencia en tiempo en el manejo de este tipo de Infraestructuras y equipos de

sanitización de aguas servidas. Esto a raiz del nuevo contrato con el nuevo concesiobnario

que ha realizado una muy buena labor de sanitización y operación de las plantas de

tratamiento de ambas localidades.

2 Aspectos Relevantes y situación Actual

Durante los meses de operación que llevan las plantasse han recibido visitas de

fiscalizadores de la SEREMI de Salud Aysén, quienes No han realizado observaciones al

manejo de las plantas y No se han efectuado sumarios sanitarios, esto por los buenos por

los manejos y adecuados a la normativa sanitaria actual.

3 Informe Evaluación Concesionario

Por medio del presente y en atención a los informes técnicos entregados por el

Concesionario para el pago de las Facturas de Concesión y Manejo de la Planta de

Tratamiento de Villa Ortega y Valle Simpson del Sr. Victor del Rio Martínez, vengo en

informar que los trabajos realizados en las Plantas de Tratamiento mencionada han sido de

forma correcta apegada a la Normativa Medioambiental vigente y a las Bases Técnicas

primas de esta licitación.

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Cabe señalar que el Sr. del Rio está realizando mejoras de las obras inconclusas tanto en el

Equipo procesador de aguas servidas, como en el recinto municipal dispuesto para ello, con

los recursos entregados por esta municipalidad para el manejo.

en inspecciones realizadas, la PTAS Y PEAS de la localidad funcionan hoy en día a la

perfección sin detalles técnicos que puedan afectar la salud Humana y afectar al

medioambiente.

Lo anterior en el marco del Contrato de Concesión de fecha 31 de Julio de 2015, que indica,

Fecha Inicio: 20 de Julio de 2015 y fecha termino : 20 de Octubre de 2015.

4 Continuidad de la Operación

Debido a la obligación de la Municipalidad de contar con un sistema de evacuación de

aguas servidas y mantenerlo operativo, para el normal funcionamiento de las redes y en

beneficio de la Salud de la Población Local es que las Plantas de Tratamiento y las Plantas

Elevadoras de Aguas Servidas, deben seguir funcionando y operandose de buena manera

en las localidades mencionadas. Además, que al día de hoy, no se ha podido regularizar

aun la adquisición de los equipos dejados en mal estado por el concesionario anterior, los

que han sido suplidos por el concecionario actual con equipos propvisorios, pera

lamoperación antes descrita.

5 Antecedentes Legales y Normativos:

Fundamento Legal para proceder, por trato o contatación directa

LEY Nº19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS (MERCADO PÚBLICO):

Lo señalado en el Artículo 8º letra b)….”Si se tratara de contratos que correspondieran a la

realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse

anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cuyo

remanente no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales”, que faculta proceder por

trato o contrato directo.

Obligación establecida en la Ley Otorgar Concesiones municipales

LEY Nº18.695 ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES:

Lo señalado en el Artículo 65º letra j), el Alcalde requerirá acuerdo del H. Concejo para…..”

Otorgar concesiones municipales, D.O. 03.05.2002 renovarlas y ponerles término. En todo

caso, las renovaciones sólo podrán acordarse dentro de los seis meses que precedan a su

expiración, aún cuando se trate de concesiones reguladas en D.F.L 1-19.704 leyes

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especiales”, para efectos de someter a consideración, ante el H. Concejo, la adjudicación

del trato o contrato directo.

6 Continuidad del Contratista Propuesto

Por la Confiabilidad, por la trayectoria en el manejo de las plantas de Tratamiento de las

Localidades mencionadas como Supervisor y por la excelente forma y manejo que ha

llevado en la Planta de tratamiento y aguas servidas de la Localidad de Villa Ñirehuao, Villa

Ortega y Valle Simpson es que se recomienda contratar de forma Directa y por Emergencia,

por un periodo de 3 meses como Concecionario del Contrato de Concesión de

Administración y Operación de las Plantas de Tratamiento y Plantas Elevadoras de Aguas

Servidas de las Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson y por las razones expuestas en

este párrafo a Don Victor del Rio Martinez, datos personales que se entregan a

continuación:

Nombre: VICTOR DEL RIO MARTINEZ.

RUT: 17.594.201-7

Dirección: Calle Monreal Nº063, ciudad y comuna de Coyhaique.

Experiencia: 6 años como Supervisor de P.T.A.S y P.E.A.S.

Situación Actual: Concesionario y Supervisor de las P.T.A.S y P.E.A.S. Villa Ñirehuo, Villa

Ortega y Valle Simpson.

Presupuesto a Solicitar

Monto Mensual: $ 2.850.000

Periodo: Desde el 21 de Octubre de 2015 al 31 de Diciembre de 2015

Total Solicitado: $ 5.700.000

Empresa a contratar: Victor Del Rio Martinez

RUT: 17.594.201-7

Imputación: Cuenta 215-22-08-999-004, "Operación Plantas de Tratamiento” Sub

Programa 2.1.3

Para constancia y responsabilidad firma, PABLO RIVAS CASTILLO JEFE

DEPARTAMENTO MEDIOAMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS

Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el

siguiente:

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ACUERDO

Aprobar se entregue la concesión, vía trato directo la operación de los servicios: “Plantas de Tratamiento y Plantas Elevadoras de Aguas Servidas Localidades de Villa Ortega y Valle Simpson” al señor Víctor del Río Martínez , Rut: 17.594.201-7, por un monto mensual de $ 2.850.000 (Dos millones ochocientos cincuenta mil pesos) IVA incluido, por un periodo de 3 meses, hasta el 31 de diciembre de 2015. Se ha tenido presente mención de emergencia señalada en el informe, que sirve de motivación al presente acuerdo.

Al acuerdo concurre la unanimidad del Concejo presente en la sesión, la Concejala señora Verónica Figueroa F. no se encontraba en la sala al momento de la votación.

3.- Sometimiento prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2015, de la concesión “Operación y mantención Planta de tratamiento de la localidad de Ñirehuao” Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Solicita al señor Pablo Rivas referirse al punto. Señor Pablo Rivas, Jefe del Departamento de Gestión Medio Ambiente y Servicios presenta el siguiente informe:

Informe a Concejo Municipal Planta de Tratamiento y Planta Elevadora de Aguas Servidas Localidad de Ñirehuao

PROYECTO : PLANTA DE TRATAMIENTO Y PLANTA ELEVADORA DE AGUAS SERVIDAS LOCALIDAD ÑIREHUAO

MANDANTE :MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE, XI REGION DE AYSEN

FECHA : 14/09/2015

Antecedentes Administrativos: 1. El Decreto Alcaldicio N°1292 de fecha 02.04.2015 que Promulga Acuerdo Número

Quinientos Treinta y Nueve, adoptado en Sesión Extraordinaria N°31 celebrada con fecha 25.03.15, el cual aprueba la aplicación de modalidad de trato directo y aprueba entregar en concesión.

2. Lo dispuesto en el artículo 10 numero 2 del D.S. N°250 que establece el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios el que dispone que “Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales, y cuyo remanente no supere las 1.000 UTM”.

3. El Acuerdo de Concejo Nº538, adoptado en Sesión Extraordinaria Nº31 de Concejo Municipal, que acuerda aprobar procedimientos en el mismo sentido.

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4. El Decreto Alcaldicio N°1386 de fecha 16 de Abril de 2015 se autorizó contratación directa a don Victor del Río Martínez.

5. La buena y excelente forma de trabajar e concesionario, esto avalado a través de informe técnico evacuado por el Departamento Gestión Medio Ambiente y Servicios.

Antecedentes Técnicos Operacionales: Ventilación Planta de tratamiento

1)

2) Sistema de cloración: el sistema de cloración actual consiste en pastillas de hipoclorito de calcio que en este tipo de sistema de plantas TAS no es efectivo, ya que con la cantidad de agua que recorre el sistema, las pastillas se desasen con rapidez (2 hrs y 30 min aprox).

Se realizo la instalación de un sistema por goteo con bomba de hipoclorito,

instalando un sistema para que funcionen cuando las B.B.E.E estén operativas.

Page 26: ACTA DE LA CENTESIMA SEGUNDA SESIÓN …...3 CARTA GANTT: Se utilizará solo la Trinchera E, además de la D en operación actualmente?. Indicar por qué no utilizar la trinchera B

3) Cámara de efluente tratado: El sistema de efluente tratado en este momento esta funcionando como pileta, la mejora que se instalo una tubería para la inspección del efluente tratado.

4) Bombas Elevadoras: se realizo el levantamiento de las bombas para que no eleven piedras ni arena, mejorándose el lugar de succión y las bases de las camáras.

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5) Análisis de aguas servidas realizado por Aguas Patagonia, que el actual Concecionario realiza:

1 Test de Sedimentación en Licor Mezclado y Recirculación 2 Cloro Residual 3 Parámetros Físico-Químicos:

3.1: DBO (Demanda Biologica de Oxigeno)

3.2: DQO (Demanda Quimica de Oxigeno)

3.3: Sólidos Solubles Totales

3.4: Nitrógeno

3.5: Fósforo

3.6: Aceites y Grasas

4 Parámetros Microbiológicos: Coliformes Fecales Todos estos parametros han sido coregidos y han sido muestreados en fechas

corspondientes y entregandose muy buenos resultados acordes con la normativa vigente.

6) Mejoras de la Planta en general El actual concesionario, ha realizado inversiones en la Planta de Tratamiento de la

Localidad de Ñirehuao, se mejoró la fachada, el sistema eléctrico, control automático

de la cloración, entre otras inversiones menores que este concesionario realiza con los

recursos que esta Municipalidad Aporta.

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Antecedentes Legales y Normativos: Fundamento Legal para proceder, por trato o contatación directa

LEY Nº19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS (MERCADO PÚBLICO):

Lo señalado en el Artículo 8º letra b)….”Si se tratara de contratos que correspondieran a la

realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse

anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cuyo

remanente no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales”, que faculta proceder por

trato o contrato directo.

Obligación establecida en la Ley Otorgar Concesiones municipales

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LEY Nº18.695 ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES:

Lo señalado en el Artículo 65º letra j), el Alcalde requerirá acuerdo del H. Concejo para…..”

Otorgar concesiones municipales, D.O. 03.05.2002 renovarlas y ponerles término. En todo

caso, las renovaciones sólo podrán acordarse dentro de los seis meses que precedan a su

expiración, aún cuando se trate de concesiones reguladas en D.F.L 1-19.704 leyes

especiales”, para efectos de someter a consideración, ante el H. Concejo, la adjudicación del

trato o contrato directo.

Presupuesto a Solicitar Monto Mensual: $ 1.518.102 Periodo: 3 Meses hasta el 31 de Diciembre de 2015. Total Solicitado: $ 4.554.306 Empresa a Contratar: Víctor Del Rio Martínez RUT: 17.594.201-7 Imputación: Cuenta 215-22-08-999-004, "Operación Plantas de Tratamiento”

Sub Programa 2.1.3

Pablo Rivas Castillo, Jefe Departamento, Gestión Medioambiente y Servicios Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Somete la Prorroga de la Concesión “Operación y mantención Planta de tratamiento de la localidad de Ñirehuao”, alcanzándose el siguiente: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102 del Concejo Municipal. Considerando: El informe de fecha 14 de septiembre de 2015, del señor Pablo Rivas Jefe de Gestión Medio Ambiente y Servicios, respecto de sugerencia de la prórroga del contrato vía trato directo del servicio “Planta de Tratamiento y Plantas Elevadora de Aguas Servidas Localidad de Ñirehuao”. Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el

siguiente:

ACUERDO

Aprobar la prórroga vía trato directo de la concesión para el servicio denominado: “Planta de Tratamiento y Planta Elevadora de Aguas Servidas Localidad de Ñirehuao” al concesionario señor Víctor del Río Martínez, Rut: 17.594.201-7, por un monto mensual de $ 1.518.102 (un millón quinientos dieciocho mil ciento dos pesos) IVA incluido, hasta el 31 de diciembre de 2015.

Al acuerdo concurre la unanimidad del Concejo presente en la sesión, la Concejala señora Verónica Figueroa F. no se encontraba en la sala al momento de la votación.

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4.- Correspondencia: Señor Juan Carmona, Secretario Municipal: Indica que se entregó la minuta con la correspondencia que se indica, quedando ésta a disposición del Concejo.

RESUMEN CORRESPONDENCIA CONCEJO

PARA SESIÓN ORD. Nº 102 DEL 16.09.2015 CORRESPONDENCIA CONTRALORIA: Numero Documento 3481/02.09.2015 Remitente Sra. Jacqueline del Valle Inostroza, Contralor Regional de Aysén, Materia Remite copia Ord. N° 3479 del 02.09.2015

Señor Florentino Vega, Concejal: Hay una carta de Campeones Nacionales de Cueca Adulto Mayor, que viajan a Tome el próximo 26 y 27 de septiembre, están solicitando algunos souvenir y folletería turística para llevar como presente. Señor Joaquín Soto, Concejal: Se refiere a la Carta de Contraloría Regional donde están reiterando una información, respecto al pago indebido a un exfuncionario municipal. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Informa que ya se le instruyo a la Dirección de Educación Municipal al respecto.

5.- Sometimiento de Acta Ord. N° 101 Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Somete el Acta Ordinaria número 101 a consideración del Concejo. El Acta Ordinaria N° 101, se aprueba con las observaciones de forma realizadas por el Concejal Señor Joaquín Soto, indicando que no se encuentran numeradas las páginas y que se transcribió en una de sus intervenciones “expulsivamente”, debiendo decir exclusivamente.

6.- Informe de Comisión y Cometidos de Concejales: Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Respecto al paro, informa que ha vuelto todo a la normalidad, excepto los Jardines VTF, que mantienen el paro, señala que se debe solicitar temas internos, para ir zanjando algunas situaciones, señala que la situación ocurre también al alero de una movilización nacional que ellos llevan adelante, por tres puntos específicos, informa que se mantienen en paro los jardines Vallecitos de Aysén, Futuro Austral y Aiken Yemel. Señala que aparentemente vendría un paro a nivel de municipales, de lo cual informará oportunamente. Señala que la semana recién pasada se reunió con los alcaldes de las distintas comunas, de dicha reunión participaron los concejales señores Patricio Adio, Florentino Vega y la Srta. Aracely Leuquen, en la cual se tomó un acuerdo, consistentes en que fueron mandatados los alcaldes de Chile Chico, Puerto Aysén y Coyhaique, para asistir al canal 4 de televisión, para dar a conocer su postura respecto a la Contraloría Regional de Aysén, relacionada con su actuar respecto a sus observaciones y a los plazos que otorga para responder, también en relación con el Plan Regulador Intercomunal Aysén – Coyhaique, lo cual no ha salido, señala que desafortunadamente en la Contraloría cada vez que se presenta el Plan o ha cambiado la Ley o emana una cantidad de observaciones. Señala que el Serviu está preparando el informe final del Intercomunal, pero lo ingresarían a fines de noviembre producto de las muchas observaciones realizadas por la Contraloría. Señala que hay una

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31

especie de paralización respecto a este tema, ya que hay muchas personas y organizaciones afectadas. Por otra parte explica que hay algunos alcaldes que van a presentar algunos recursos a través de la justicia. En lo particular señala que desde el municipio se va a presentar una reconsideración a la Contraloría General de la República sobre el último informe que se hizo llegar a la Municipalidad y del cual conoció el Concejo en su momento. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Señala que el último mencionado por el señor alcalde es el Informe Final 87, lo ha comentado con todos los directores de las distintas unidades, se les pide subsanar algunas observaciones y algunas falencias, señala que en el contenido de dicho instrumento, habrían observaciones que son una exageración. Explica que el tema es relatico a la desproporcionalidad, ya que una de las situaciones que se plantea es respecto al Galpón de secado de leña, por el cual se critica que el galpón se esté usando, pero no para el fin que se construyó. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que en la reunión comentada, estaban todos los municipios muy de acuerdo, en el sentido de que se está inmovilizando a los funcionarios, porque se les está aplicando juicios de cuentas tremendos y en definitiva lo que se logra es que los funcionarios no quieran asumir responsabilidades. Explica que desde su punto de vista existe una excesiva atribución que se toma la Contraloría, respecto de algunos procedimientos de los municipios. Da cuenta que el Alcalde señor Oscar Catalán, de la comuna de Aysén, a partir de la publicación que hizo en el diario el Diputado Sandoval, hizo una presentación a nivel de Parlamento y a la propia Contraloría General de la República, precisamente sobre los hechos relacionados con el organismo contralor. Por otra parte informa que llegó un documento del Ministerio del Interior, por el cual se autoriza el traspaso a título gratuito de los terrenos de la denominada chacra Cristi, para los tres comités de vivienda en ese sector. Recuerda al Concejo que hace un tiempo atrás se sometió este tema y se aprobó, luego vino el trámite de solicitar al Ministerio del Interior las visaciones correspondientes, según las atribuciones de esa cartera, señala que esto fue aproximadamente en el mes de marzo, finalmente hoy llegó ese documento. En virtud de la información entregada, sobre los terrenos señalados, solicita la anuencia para incorporar y someter el punto al Concejo. Lo que así se aprueba dada la importancia que el propio Concejo ha concedido al tema informado por el señor Alcalde y teniendo presente que se trata de un punto sobre el que ya hubo exposiciones e informes previos de parte del señor Alcalde y de la unidad de asesoría jurídica. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Señala que toda esta información respecto de las trasferencias referidas, se entregó al Concejo en el mes de marzo de 2015, en Sesión Ordinaria N° 83, el único antecedente nuevo es el Decreto Exento 2397 del 02 de julio de 2015, firmado por el señor Ministro del Interior y el señor Ministro de Bienes Nacionales. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Somete la autorización de transferencia a título gratuito de los terrenos a los tres comités de vivienda involucrados y además que dicha trasferencia, no quede gravada con la prohibición de enajenar, conforme al Artículo 17 del Decreto Fuerza Ley 189, tras lo cual se alcanza el siguiente: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y UNO : En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102 del Concejo Municipal.

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Considerando: La exposición del señor Waldemar Sanhueza Quiniyao, Director de la Unidad de Asesoría Jurídica, quien manifestó que se debe dar continuidad, a la decisión adoptada por el Concejo Municipal, según acuerdo 83 de fecha 4 de marzo del presente año, toda vez que se ha cumplido con el trámite de autorización que debía emanar del Ministerio del Interior. La continuidad del procedimiento quedó a firme con el acto administrativo de la autoridad competente, con la dictación del Decreto Exento N° 2397 de fecha 02 de julio de 2015 del Ministerio antes señalado. Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el siguiente:

ACUERDO

1. Autorizar la transferencia a título gratuito de los lotes indicados a los comités de vivienda que se individualizan en los siguientes términos: I. LOTE A3-1-A de una superficie de 24.550,59 metros cuadrados, al Comité de Vivienda Ilusión Joven, RUT N° 65.001.985-7. II. LOTE A3-1-B de una superficie de 13.095,70 metros cuadrados, al Comité de Vivienda Llévame al Futuro II, RUT N° 65.024.723-K. III. LOTE A3-1-C de una superficie de 13.242,92 metros cuadrados, al Comité de Vivienda Amanecer con Esperanza, RUT N° 65.057.796-5.

2. Autorizar que la transferencia gratuita de los lotes antes indicados no quede sujeta a

la prohibición de enajenar de cinco años, conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 17 del DFL N° 789 que fija normas sobre adquisición y disposición de los bienes municipales.

Al acuerdo concurre la mayoría del concejo, se abstuvo el Concejal Señor Patricio Adio Ojeda, dejando constancia de vínculos laborales con una de las partes interesadas en la transacción comercial que se hizo en su momento.

7.- Informe de Comisión y Cometidos de Concejales. Señor Joaquín Soto, Concejal: Se refiere respecto a un punto de la cuenta del señor Alcalde, es sobre la situación que se produce con la Contraloría Regional, señala que no es partidario de suscribir un comunicado en contra del organismo contralor, porque indica, que hay recursos jurídicos que se pueden interponer, a modo de ejemplo señala que está la reconsideración ante la Contraloría General y luego los Tribunales de Justicia, según corresponda. Señala que vio una parte de la intervención en Canal 4, del Alcalde de Chile – Chico, don Luperciano Muñoz, quien a su juicio, atacó en forma desconsiderada a la señora Contralora, quien además es una dama, señala que desde su percepción el señor alcalde indicado actuó con un egocentrismo impresionante. Expresa que más bien es partidario de mantener buenas relaciones, para la búsqueda de soluciones a las eventuales discrepancias que se pudieran producir. Señor Juan Catalan, Concejal: Informa respecto de la Comisión de Salud, que sesionó el día viernes en el salón de la Corporación Municipal del Deporte, donde participaron funcionarios de la Dirección de Salud, Sra. Lorena Guerrero, el Director de Desarrollo Comunitario, la Sra. Ana María Barría, el Sr. Administrador Municipal, Concejala Srta. Aracely Leuquén, Concejal Florentino Vega y él, expresa que se revisó el tema del traslado de cadáveres, que se denomina en forma técnica. Señala que se debe buscar establecer cuáles podrían ser los criterios y las modificaciones a los decretos internos, de tal manera de facilitar la entrega de recursos a partir de los planteamientos de los concejales. Informa además que se estableció la necesidad de tener una segunda reunión, donde participen otros servicios públicos, en su oportunidad el IPS, se excusó de no poder participar, pero se comprometió con la búsqueda activa de soluciones, integrándose a este trabajo, así también la participación de la Agrupación de Pacientes trasladados, y otras agrupaciones como los Enfermos de Cáncer, quienes también están interesados de esta discusión.

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Expresa que lo que en definitiva se busca no es sólo establecer los niveles de responsabilidad que cada servicio tiene, sino también hacerlo con un sentido que funcione y que active la red social, que integre también al Ministerio de Desarrollo Social y que es representada acá por la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, y que a juicio de los asistentes, tiene un rol relevante, por lo tanto se volverán a reunir para resolver este y otros temas, como lo es la incorporación al nuevo sistema de protección social, que viene a remplazar la ficha que se está usando y otros temas de desarrollo social, salud, adultos mayores y discapacidad, que sin duda van a ir involucrando a estos mismos sectores en forma permanente. Informas que la reunión se va a desarrollar en el Salón de conferencias del Servicio de Salud Aysén, el día 22 de septiembre a las 15:00 horas., señala que se hará llegar la convocatoria y que los presentes están todos invitados. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Consulta, sobre el financiamiento, sí es que se debiera tener una glosa presupuestaria exclusiva para estos eventos. Señor Juan Catalan, Concejal: Señala que en el año se producen a lo menos diez casos de personas que fallecen fuera de la Región, de aquellos cuatro o seis, corresponden a Coyhaique, los demás corresponden a otras comunas de la Región, señala que las personas quedan imposibilitadas de cobrar la cuota mortuoria al fallecer. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Consulta si cuando fallece una persona y tiene cuota mortuoria le cubre todo los demás gastos asociados. Señor Juan Catalan, Concejal: Señala que depende del nivel de cotización previsional que haya tenido, las pensiones que entrega el estado son distintas a las que entregan la AFP, en términos básicos a lo menos debiera contemplar el valor de la urna. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Indica que en los casos de la niñita de la Escuela República Argentina, el traslado más todos los trámites costo aproximadamente $1.300.000.-, sería bueno tener claridad respecto de estos costos. Señor Juan Catalan, Concejal: Indica que la idea es incorporar a los departamentos sociales de la Gobernación y la Intendencia, pero no está claro cuánto deben aportar, lo importante es que la familia afectada no tenga que andar en cada Servicio recolectando el aporte, debiera canalizarse en una sola entidad, son posibilidades que se están conversando. Señorita Aracely Leuquén, Concejal: Comenta que ella también participó de esa reunión e indica que faltaban algunos actores, no debe ser solo responsabilidad exclusiva del Municipio, indica que percibe que el Servicio de Salud, se está desmarcando de su responsabilidad, y que además se genera una expectativa en la comunidad bastante importante y si no se cumple va a ser responsabilidad del Municipio. Señala que como municipalidad se tiene muy buena intención, pero no es el sostenedor de la Salud en la Región, señala que faltó la titularidad del Servicio de Salud y la presencia de la Agrupación de pacientes trasladados. Indica que está preocupada respecto al tema en el sentido indicado.

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Señor Juan Catalan, Concejal: Indica que el Servicio de Salud, en términos estricto responde por la salud de la persona, hasta que la persona fallece, después entra al ámbito directamente social, es por ello que falta la participación del Ministerio de Desarrollo Social. Muchos de los pacientes tienen exitosos tratamientos, señala que el último tiempo los tratamientos y las intervenciones en general en salud han ido cambiando. Señala que percibe que se puede ir conversando temas, abrirse al diálogo, que permita ir facilitando las tareas y otros elementos que se han estado analizando en el servicio, por ejemplo el pago de la urna, el punto indica, es que no siempre la familia queda conforme. Señor Florentino Vega, Concejal: Indica que deberían concentrarse en revisar el reglamento de apoyo social, indicando que exista una glosa exclusivamente para el tema y aumentar el monto. Señor Juan Catalan, Concejal: Señala que esa debiera ser la lógica, además existen requerimientos de familias que también piden gratuidad o ciertos niveles de excepción en el tema de los pagos en la compra de terreno en el Cementerio. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Indica que ese es el trabajo que debe realizar la comisión, revisar el presupuesto y aumentar el monto, considerando lo que indica el Concejal Catalán, ya que es un drama que viven muchas familias de nuestra comuna. Señor Florentino Vega, Concejal: Señala que en la próxima reunión va a estar presente el INP, y revisar si se puede ampliar la cobertura a la compra de terreno. También informa que se está solicitando una reunión con el concejo en la Población el Bosque.

8.- Sometimiento de Contratos iguales o superiores a 500 UTM. Presentado al inicio de la sesión. Señora Verónica Figueroa, Concejal: Da a conocer al Concejo Municipal que se encuentra embarazada, excusando de participar de algunas actividades debido a su estado.

9.- Informes de Contrataciones y Adjudicaciones. Señor Juan Carmona, Secretario Municipal: Indica que se entregó la minuta que se acompaña con los actos administrativos correspondientes.

INFORME DE CONTRATACIONES Y ADJUDICACIONES SEGÚN LO DISPUESTO

EN EL ARTÍCULO 8 INCISO SÉPTIMO LEY 18.695.

Sesión Nº 102 del 16.09.2015

Educación: Numero de Decreto 888/08-09-2015

Referencia Aprueba contrato de trabajo a don Rodrigo Walter Espinoza López, Auxiliar de servicios menores, Escuela Nieves del Sur, 44 horas cronológicas, desde el 19 de agosto hasta el 17 de septiembre de 2015.

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Numero de Decreto 890/09-09-2015

Referencia Aprueba contrato de trabajo a doña Angela Henríquez

Huala, auxiliar de párvulos, Sala cuna y Jardín Infantil Aiken Yemel, 44 horas

cronológicas, desde el 12 de agosto de 2015 hasta el término de licencia médica de

doña Karen Mansilla Borquez.

Numero de Decreto 891/09-09-2015

Referencia Nombra en calidad de contrata en la función docente a

doña Emma Montiel Gallardo, Liceo Bicentenario Altos del Mackay, 14 horas

cronológicas, desde el 04 hasta el 17 de agosto de 2015.

MUNICIPALIDAD: Numero de Decreto 889/08-09-2015

Referencia Nombra a don Orlando Alvarado Díaz, Titular en el cargo de Administrador Municipal, Grado 5°, desde el 07 de septiembre de 2015. Numero de Decreto 3263/09/09/2015

Referencia Adjudica licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, ID N° 2496-15-LE15 “Adquisición de leña Escuela República Argentina y Víctor Domingo Silva, a don Raúl Rosas Añasco, 240 m3., Escuela República Argentina, por un monto de $8.568.000.- IVA incluido; Escuela Víctor Domingo Silva, 250 m3., por un monto de $8.925.000.- IVA incluido; Declara desierta las líneas de la Licitación pública ID N° 2496-15-LE15, para la adquisición de leña, Escuela Nieves del Sur, por falta de oferentes; califica trato directo la adquisición para la Escuela Nieves del Sur, por los motivos expresados y autoriza a efectuar contratación mediante trato directo la adquisición de 250 m3. de leña para la Escuela Nieves del Sur, por un monto total de $8.925.000.- IVA incluido.- Numero de Decreto 3287/11/09/2015

Referencia Adjudica contratación mediante trato directo para la adquisición de leña para Programa Centro de la Mujer “Rayen” al Sr. Marcos Gallardo Alvarado, por un monto total de $1.499.400.- IVA incluido. Numero de Decreto 3292/11/09/2015

Referencia Aprueba contrato de servicios “Arriendo de Sofware CMI Escolar Construido en Base a un modelo mando integral en gestión escolar entre la I. Municipalidad de Coyhaique y asesoría y Consultora Eduprotic Ltda., para la Escuela Nieves del Sur con fondos SEP, por un monto total de $1.800.000 Exento de IVA.-

10.- Sometimiento de Modificación al Reglamento Interno del Concejo

Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Indica que este fue un requerimiento de parte del Concejal Sr. Joaquín Soto.

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Señor Joaquín Soto, Concejal: Indica que el punto guarda relación con la propuesta de modificar el Reglamento del Concejo Municipal en el sentido de complementarlo, a objeto de definir las periodicidades que la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala: a) en el artículo 55 inciso segundo, aplicable al artículo 15 del Reglamento, respecto a “la periodicidad en que se debe dar a conocer al Concejo, la información pública recibida con arreglo a la Ley 20.285, sobre acceso a la información pública, para ello se sugiere una periodicidad bimensual”, y b) en el artículo 29 letra f, de la señalada ley, aplicable en el artículo 41 del Reglamento, respecto de “la periodicidad de una reunión de la Comisión de Hacienda y de Régimen Interno a objeto que el Director de Control realice una presentación destinada a que sus miembros puedan formular consultas referida al cumplimiento de las funciones que le competen, dicha periodicidad se sugiere trimestralmente, sin perjuicio al calendario de reuniones que fije la comisión señalada para tratar los demás temas que le son propios”. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que el tema ha sido conversado con anterioridad, por tanto lo somete a votación, alcanzándose el siguiente: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y DOS : En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102 del Concejo Municipal. Considerando: Que, el concejal señor Joaquín Soto Mansilla, presidente de la Comisión de Régimen Interno del Concejo, presentó la moción de modificación al Reglamento Interno del organismo colegiado, en atención a que dicho instrumento debe incluir los plazos señalados en la ley N° 18.695.- Artículos 29 letra f y 55 inciso segundo. Que, luego de la presentación se sometió modificar el Reglamento interno del Concejo Municipal en el sentido de definir trimestralmente la periodicidad señalada en el artículo 29 de la Ley N° 18.695.- Orgánica Constitucional de Municipalidades y bimensual la periodicidad prevista en el artículo 55 de la misma ley. Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el siguiente:

ACUERDO

1. Modificar el Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado por acuerdo N° 649 de fecha 19 de agosto de 2015, definiendo los plazos señalados en Considerando, los cuales se explicitan en los artículos 15 y 41 de dicho instrumento.

2. Aprobar el texto refundido del Reglamento Interno del Concejo, quedando éste en

definitiva con el siguiente contenido:

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA COMUNA DE COYHAIQUE

ARTÍCULO 1: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 92 del D. F. L. N° 1/2006, de Interior, que fija el texto refundido de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, el funcionamiento interno del Concejo de la I. Municipalidad de Coyhaique se regirá por las normas contenidas en el presente Reglamento. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a la Ley, sin otro calificativo, se entenderá que se trata de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones.

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TITULO I DEL CONCEJO MUNICIPAL, SUS INTEGRANTES Y SUS ATRIBUCIONES. ARTÍCULO 2: El Concejo Municipal, en adelante “el Concejo”, estará constituido por el Alcalde y los Concejales elegidos conforme a la legislación vigente y debidamente proclamados por el Tribunal Electoral Regional. Será presidido por el Alcalde y en ausencia de éste, por el Concejal presente que haya individualmente obtenido la mayor votación ciudadana en la elección respectiva, según lo establecido por el citado Tribunal. Actuará como Secretario del Concejo el Secretario Municipal o quien lo subrogue. A los Concejos, y sin perjuicio que lo puedan hacer voluntariamente en cualquier sesión de Concejo, asistirán los directores y funcionarios que sean personalmente citados vía correo electrónico por el Alcalde o el Administrador Municipal, o por orden de ellos, por la Secretaría Municipal; no obstante ello, tratándose de puntos de la tabla que sean de su competencia, deberá estar presente siempre el Director de la unidad a tal punto o tema vinculado, sin perjuicio del apoyo de otros funcionarios que puedan participar con el objeto de efectuar aportes o resolver consultas. ARTÍCULO 3: El Concejo Municipal tendrá las funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras que le otorga la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y todas las otras leyes de la República que se refieran a esta materia. TITULO II DE LAS SESIONES ARTÍCULO 4: Para los efectos de funcionamiento del Concejo el quórum para sesionar será aquel que exige el artículo 86 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, esto es, mayoría de los concejales en ejercicio. Para efectos de las votaciones el Alcalde tendrá los mismos derechos que aquellos. ARTÍCULO 5: El Concejo de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique se reunirá en la sala de sesiones (auditórium municipal), habilitada para estos efectos, ubicada en calle Francisco Bilbao N°357, Coyhaique, a menos que el Alcalde o el Concejo en su caso, determinen sesionar en otra dependencia del inmueble municipal referido. El Concejo Municipal celebrará sesiones ordinarias o extraordinarias. Son ordinarias aquellas que fije el propio Concejo en su sesión de instalación o por acuerdo posterior. Se harán a lo menos las veces al mes que exija le ley, en días hábiles y tendrán una duración de hasta dos horas, salvo prórroga de la hora de término, acordada por la sala. En ellas podrá tratarse cualquier materia que sea de competencia del Concejo. Son extraordinarias aquellas que sean convocadas por el Alcalde o sean requeridas por un tercio, a lo menos de los Concejales en ejercicio, con indicación del día, la hora y los asuntos que deberán tratarse. Podrán ejecutarse en días hábiles o excepcionalmente inhábiles, en la sala de sesiones del Concejo o en otro lugar dentro del territorio de la comuna. ARTÍCULO 6: Las sesiones serán presididas por el Alcalde y en ausencia de éste, sucesiva y excluyentemente, por el Concejal presente que haya obtenido individualmente mayor votación ciudadana en la elección respectiva.

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Las sesiones serán públicas. Podrán ser secretas o declararse secreto el tratamiento de cualquier asunto durante el desarrollo de las sesiones, cuando así lo acuerde el concejo por dos tercios de los concejales presentes, en conformidad con el artículo 84 de la LOC 18.695. ARTÍCULO 7: En la sala de sesiones sólo podrán participar en las deliberaciones el Alcalde y los Concejales en ejercicio. También podrá hacerlo el Secretario Municipal o quien haga sus veces, sólo para dar cumplimiento a sus obligaciones legales y otras que le señale este reglamento o le solicite el Presidente o el Concejo. Del mismo modo, y previa autorización del Presidente, podrán tomar la palabra los funcionarios respecto a una materia en debate, sólo a efecto de aclarar hechos o pronunciarse sobre puntos de derecho. No se permitirá la intervención del público, salvo que, en la etapa de Varios lo solicite un miembro del Concejo para un punto de su tiempo y así sea acordado por la Sala por mayoría absoluta. Durante el desarrollo de las sesiones, tanto el Presidente como los Concejales y funcionarios, en su caso, deberán en sus intervenciones expresarse con el máximo de respeto, usando para ello las siguientes expresiones: “Sr. Presidente; Sr. Concejal; Sr. Secretario; Honorable Concejo”. ARTÍCULO 8: Las citaciones a las sesiones ordinarias y extraordinarias, tanto las que se originen por iniciativa del Presidente o de un tercio de los Concejales en ejercicio, serán notificadas por el Secretario Municipal a cada Concejal al correo electrónico que este último determine, con dos días hábiles de anticipación a lo menos. La documentación pertinente será depositada en la Secretaría del Concejo que al efecto dispone la Municipalidad. Los documentos que se acompañen a la citación serán entregados como archivo adjunto con la citación en formato Word y solo en caso de ser necesario, o si se requiere por su especificidad se entregará antecedentes en formato de papel. Los antecedentes para los puntos que requieran ser sometidos al concejo se presentarán con el proyecto de acuerdo correspondiente. Todo funcionario que sea citado a una sesión de Concejo para informar o asesorar sobre alguna materia, tiene la obligación de asistir. ARTÍCULO 9: En el caso de las sesiones extraordinarias convocadas por los Concejales, en conformidad con el artículo 84 inc. 3° de la LOC 18.695, éstos notificarán por escrito, bajo sus firmas, al Secretario Municipal de la convocatoria para que cite al Alcalde y a los Concejales, indicando las materias a tratar, la fecha, hora y lugar de la sesión. El Secretario Municipal verificará si efectivamente la sesión ha sido convocada por un tercio de los Concejales en ejercicio, si se cumpliera esta exigencia, procederá a citarlos por el solo imperio de la Ley, según lo previsto en el artículo 84, inciso 3°, de acuerdo al procedimiento antes señalado. ARTÍCULO 10: En conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley, el quórum para sesionar será la mayoría de los Concejales en ejercicio. En caso de falta de quórum el Secretario Municipal dejará constancia en acta de la imposibilidad de celebrar la sesión por dicha causal, indicando además la nómina de los Concejales citados, de los inasistentes y de quienes no excusaron su inasistencia, si fuere el caso. Salvo que las leyes exijan un quórum distinto, los acuerdos del Concejo se adoptarán por la mayoría absoluta de los Concejales asistentes a la sesión respectiva, incluido el voto del Alcalde.

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ARTÍCULO 11: A la hora designada para abrir la sesión, el Secretario Municipal comprobará la asistencia de los Concejales y si transcurridos 20 minutos no hubiere quórum, se suspenderá la reunión, la que se realizará el día y hora que el Presidente determine. ARTÍCULO 12: Sí el Alcalde no concurriera a una sesión ordinaria o extraordinaria, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley, dejándose constancia de su inasistencia. Será obligación de los miembros del Concejo hacer llegar con la debida anticipación la licencia médica, según corresponda, cuando por este instrumento se excuse la insistencia a una sesión de Concejo. ARTÍCULO 13: Corresponderá al Secretario Municipal o a quien lo subrogue, ejercer como Secretario del Concejo y como Ministro de Fe de los acuerdos y resoluciones del mismo. TITULO III DEL DESARROLLO DE LAS SESIONES ARTÍCULO 14: Los temas respecto de los cuales se adopten acuerdos que obliguen al municipio sólo podrán ser propuestos por el Alcalde. ARTÍCULO 15: La Tabla de las sesiones ordinarias se subdividirá en las siguientes partes: · Aprobación de actas anteriores. · Correspondencia e informes de documentos de la Secretaría Municipal, de las Unidades Municipales y de las Corporaciones Municipales, según corresponda. · Cuenta del Sr. Alcalde. · Cuenta de Comisiones y cometidos realizados en representación del municipio. · Temas de la Tabla. · Puntos Varios. El Presidente podrá, con la aprobación de la mayoría de los Concejales, modificar el orden de las materias de la Tabla, de conformidad a las prioridades que estime necesarias. Asimismo, a petición del Presidente del Concejo y con acuerdo de la Sala, podrá agregar o retirar una materia de la Tabla ordinaria. El informe señalado en el artículo 55 inciso segundo de la ley N° 18.695.- que contenga la nómina de todas aquellas solicitudes de información pública, recibidas con arreglo a lo dispuesto en la ley N° 20.285.- sobre Acceso a la Información Pública, se fija con una periodicidad bimensual. ARTÍCULO 16: Las sesiones durarán el tiempo que sea necesario para tratar materias contenidas en la respectiva Tabla, sin que ello exceda 120 minutos, salvo acuerdo del Concejo. El Secretario avisará al Presidente al cumplirse una hora y al término del tiempo de la sesión. ARTÍCULO 17: El Alcalde abrirá la sesión en forma solemne, ocupando la expresión “EN NOMBRE DE DIOS, DE LA PATRIA, DE LOS HABITANTES DE LA COMUNA DE COYHAIQUE, Y DE NUESTROS PUEBLOS ORIGINARIOS, SE ABRE LA SESIÓN”. Abierta la sesión, el Alcalde someterá a la aprobación del Concejo, el (las) acta (s) de la (s) sesión (es) anterior (es). Cuando no fuere observada el acta, se dará por aprobada sin observaciones. Si mereciere observaciones de forma, se discutirá brevemente, dejándose constancia de las rectificaciones que se acordaren, que deberá efectuar el Secretario Municipal y con dichas observaciones se dará por aprobada. Se podrá dejar pendiente la aprobación cuando se hicieren observaciones de fondo. El Secretario del Concejo las analizará revisando la transcripción literal de la grabación de audio de la sesión e informará en la sesión siguiente para su aprobación. Dicha grabación tendrá sólo valor instrumental para el Concejo hasta que el acta sea aprobada, por lo que no existirá un archivo de grabaciones de las sesiones de Concejo. Los Concejales para hacer uso de la palabra deberán solicitarla al Presidente, quien tendrá la obligación de concederla si procede, conforme a este Reglamento.

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El Presidente podrá tomar libremente la palabra para la dirección y aclaración de los debates y para hacer cumplir las disposiciones de este Reglamento. Ningún Concejal, a menos que falte al orden o que conceda alguna interrupción, podrá ser interrumpido mientras tenga la palabra, salvo por el Presidente para exigirle el cumplimiento de disposiciones reglamentarias. Esta interrupción no podrá usarse para contra argumentar o impedir lo que el Concejal estime exponer. Los Concejales podrán leer o pedir al Secretario que lea documentos pertinentes al debate o solicitar que documentos relacionados con sus intervenciones sean incluidos en el acta de la sesión. Asimismo podrán pedir que de alguna de sus intervenciones o parte de ellas, no se deje constancia en el acta, o retirar versiones vertidas en el curso de la sesión, debiendo así procederse por el Secretario del Concejo, salvo que algún Concejal se opusiere, en cuyo caso se someterá el punto a votación. Cualquier Concejal podrá pedir el pronunciamiento de la Sala cuando se presente una cuestión que no esté contemplada en este Reglamento. ARTÍCULO 18: El Secretario del Concejo dará cuenta de la correspondencia recibida e indicará los documentos que se entregan en ese acto a los Concejales. Asimismo el Concejo recibirá copia de la correspondencia despachada, especialmente de aquella que se remita a la Contraloría General y a los destinatarios que hubieren hecho llegar correspondencia relacionada con los temas que debe conocer el Concejo o de aquella que los destinatarios hubieren enviado con copia al concejo. La Cuenta del Alcalde no será superior a 15 minutos. Las Comisiones dispondrán de 5 minutos cada una y las Cuentas de los cometidos de los Concejales de igual tiempo. ARTÍCULO 19: La Sala dará a los documentos de la Cuenta la tramitación que corresponda y ordenará continuar la tramitación de los asuntos en que proceda. ARTÍCULO 20: La Tabla ordinaria de las materias a tratar contendrá todos aquellos temas en estado de ser debatidas para su resolución. ARTÍCULO 21: La Tabla ordinaria de materias a tratar en la próxima sesión se hará en conformidad a los temas que proponga el Alcalde en su oportunidad. ARTÍCULO 22: Los Puntos Varios tendrá lugar antes de la proposición de temas de Tabla para próximas sesiones y corresponderá al tiempo de la sesión ordinaria destinada a la libre intervención de los Concejales. En ésta podrán ser formuladas todas las observaciones a los asuntos que se encuentren en tramitación. También podrán los Concejales, de acuerdo al artículo 87 de la Ley, solicitar al Presidente del Concejo cualquier información relacionada con la administración del municipio. Del mismo modo podrán requerir los antecedentes necesarios para alcanzar los cometidos de los artículos 65, 79, 80 y 81 de la Ley, entre otros. Esta petición deberá ser ratificada por escrito al Alcalde, quien deberá responder las materias solicitadas por escrito y en los plazos legales. La ratificación escrita de las solicitudes precitadas no será obligatoria en las materias y oportunidades que el Alcalde lo señale en el Concejo. En los Puntos Varios, sólo con acuerdo de la Sala se podrá debatir el contenido de una materia que se expone por un Concejal. Para una mejor economía de los tiempos, las intervenciones deberán ser breves y las solicitudes hacerlas por escrito. Cada Concejal tendrá un tiempo de no más de 5 minutos para su intervención en los Puntos Varios.

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ARTÍCULO 23: El acta comprenderá, a lo menos, día y hora de la sesión, indicándose si es ordinaria o extraordinaria; nómina de los asistentes, empezando por el Alcalde o en su defecto quien presida la reunión, Concejales, funcionarios municipales y los invitados asistentes; aprobación del acta y observaciones si las hubo; la enumeración de los documentos de que se haya dado cuenta; los asuntos que se han discutido, con indicación de lo propuesto, de los acuerdos adoptados sobre cada una de las materias tratadas, las votaciones habidas y forma en que votaron el Alcalde y los Concejales; hora de Puntos Varios y en general, una relación breve de todo lo sustancialmente tratado y hora de término de la sesión, así como el o los documentos anexos que expresamente se hayan acordado formen parte del acta. Cada Acta será caratulada, con la identificación de la sesión correspondiente y un índice de los temas efectivamente tratados. ARTÍCULO 24: Un ejemplar del acta se compaginará por estricto orden de fecha en el archivo oficial de actas del Concejo, el cual se mantendrá bajo custodia del Secretario Municipal. El Secretario del Concejo mantendrá en un registro computacional las actas del Concejo Municipal, las que podrán ser requeridas por cualquiera de los miembros del Concejo. Una copia digital del Acta deberá ser publicada en la página web del municipio www.coyhaique.cl para conocimiento de toda la comunidad. ARTÍCULO 25: El acta correspondiente a cada sesión será firmada por el Presidente y por el Secretario Municipal, sin perjuicio que los concejales que así lo soliciten firmen el instrumento señalado. Las copias que se remitan a los Concejales serán autorizadas por el Secretario Municipal, quien rubricará también los anexos. Tratándose de una sesión a la que no hubiere asistido el Presidente, el acta será firmada por el Concejal que presida la sesión y el Secretario del Concejo y los concejales que así lo soliciten. ARTÍCULO 26: Son atribuciones y deberes del Presidente:

1) Cuidar la observancia de este Reglamento. 2) Abrir y levantar las sesiones y suspenderlas con acuerdo de la Sala. 3) Mantener el orden en la sala y suspender transitoriamente la sesión con acuerdo de la Sala, ante cualquier manifestación que perturbe el normal desarrollo de las sesiones y/o cuando haya acuerdo en tratar ciertos temas en secreto. 4) Dirigir los debates y en consecuencia le corresponde: · Poner en discusión las materias según procediere. · Declarar cerrado el debate sobre un asunto cualquiera cuando ningún Concejal pida el uso de la palabra, después de ofrecerla por dos veces consecutivas. · Poner en votación los asuntos en discusión. · Proclamar los acuerdos. · Conceder la palabra. · Llamar la atención por faltas al orden que se cometan durante la sesión. Se considerarán faltas de orden las siguientes: · - Usar la palabra sin la venia del Presidente. · - Referirse a asuntos ajenos que no guarden relación con la materia en discusión. · - Interrumpir a quien hace válidamente uso de la palabra. · - Faltar el respeto y no guardar la debida compostura en la sala. · - Fumar en la sala. · - Usar el celular en la sala. El aparato deberá mantenerse en absoluto silencio, no pudiendo hablarse por el mismo en la sala. La infracción a lo dispuesto podrá ser sancionada con amonestación por escrito del Concejo y en caso de reiteraciones (a la tercera oportunidad) con multa de hasta un 5% de la dieta mensual, previo conocimiento de la Comisión de Régimen Interno.

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ARTÍCULO 27: Las materias incluidas en la Tabla que no alcanzaren a tratarse o a dirimirse, deberán ser analizadas y/o resueltas con preferencia a toda otra materia en la siguiente sesión ordinaria. No obstante, cuando se trate de materias reguladas en los artículos 65 y 79 de la Ley y no se alcanzaren a tratar íntegramente en la sesión ordinaria a que se refieren los artículos precedentes de este Reglamento, deberá prorrogarse la sesión antes citada, salvo acuerdo en contrario, para el siguiente día hábil, si fuese necesario. En situaciones excepcionales el alcalde, o a solicitud de un concejal en la sala, podrá proponer un receso de hasta diez minutos, lo que debe acordarse por mayoría simple. Dicho receso deberá fundamentarse en la necesidad de efectuar alguna consulta legal o técnica para decidir el asunto que se está debatiendo o en otro argumento que será evaluado por el Concejo. ARTÍCULO 28: Si en el transcurso de la sesión se retirase uno o más Concejales asistentes, quedando la sesión con un quórum inferior al dispuesto por la Ley, ésta deberá suspenderse. Las materias pendientes de tratar serán discutidas preferentemente en la sesión ordinaria siguiente. No obstante, si la suspensión recayere en una sesión extraordinaria o en una ordinaria que tuviese en Tabla materias trascendentes para el funcionamiento municipal, el Presidente resolverá si es necesario citar a una sesión extraordinaria en la fecha que determine. TITULO IV DE LOS ACUERDOS ARTÍCULO 29: Los acuerdos del Concejo, aprobando o rechazando, se adoptarán por la mayoría absoluta de los miembros del Concejo asistentes a la reunión respectiva, salvo que la ley exija, para determinadas materias, un quórum especial. Los miembros del Concejo expresarán su voluntad favorable o desfavorable, en conformidad con lo establecido en el artículo 79 letra b) de la Ley de Municipalidades. También podrán “inhabilitarse” o “abstenerse”, caso en el cual no existe declaración de voluntad, no pudiendo sumarse en caso alguno a las otras votaciones, pero sí se debe considerar para el quórum requerido. En el evento que no se alcance la mayoría requerida por la ley, ya sea rechazando o aprobando, se entenderá que no ha existido declaración de voluntad del Concejo, aplicándose lo señalado en el artículo 86 inciso tercero o según sea el caso, lo dispuesto en el artículo 82 inciso segundo de la Ley, de la Ley de Municipalidades. No podrán participar en los acuerdos, ni serán considerados para el quórum, aquellos miembros del Concejo que se encuentren inhabilitados, entendiéndose que lo están aquellos que tienen algún interés directo o indirecto en relación con la materia sometida a votación. Esta inhabilidad deberá ser declarada por el miembro del Concejo que le afecte o podrá ser solicitada por cualquier otro miembro, fundadamente, caso en el cual se someterá a votación primero la inhabilidad y luego el tema en cuestión. ARTÍCULO 30: Adoptado un acuerdo, rechazando o aprobando una proposición, éstos no podrán ser revisados sino en virtud de nuevos antecedentes que no se hubieren invocado inicialmente o de los que no se hubiere tenido conocimiento al tiempo en que se adoptó el acuerdo. La revisión será propuesta por el Presidente o solicitada a lo menos por 4 Concejales y acordada por la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio del Concejo. Será incluida en la Tabla de la sesión siguiente o, si así lo acordare el Concejo, se convocará a una sesión extraordinaria para este efecto, dependiendo de la trascendencia o urgencia de la materia a revisar.

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ARTÍCULO 31: Revisado un acuerdo en segunda instancia, no podrá someterse a nueva discusión hasta seis meses después de su revisión, salvo que trate de corregir errores que no afecten al fondo del acuerdo. ARTÍCULO 32: Las votaciones serán públicas, excepto cuando alguna disposición legal o reglamentaria ordene lo contrario o lo acuerde la mayoría de los miembros del Concejo. Las votaciones serán tomadas por el Secretario, quien antes leerá claramente en voz alta la moción sometida a la decisión del Concejo, que deberá pronunciarse considerando la moción en forma integral, emitiendo un voto de aprobación, rechazo o abstención. En este último caso, las abstenciones, en tanto constituyen una falta de pronunciamiento, no serán sumadas a los votos a favor ni a los en contra, ni tampoco significarán una alteración del quórum con que se aprueba o rechaza el acuerdo. Los motivos o causas de las abstenciones o inhabilidades deberán expresarse a objeto de dejar constancia de ello en el acta, según lo prescribe el artículo 79 letra b). ARTÍCULO 33: Las votaciones públicas serán nominales. Llámese votación nominal a aquella en que el Secretario deja constancia de cómo han votado el Alcalde y los Concejales. ARTÍCULO 34: El Secretario hará el cómputo de las votaciones, comprobando previamente si el número corresponde al de los miembros del Concejo presentes y tomará la votación siguiendo el orden de precedencia de los integrantes del Concejo, excepto el Presidente que lo hará al final. ARTÍCULO 35: Todo Concejal que se incorpore a la Sala habiendo comenzado una votación, tendrá derecho a votar siempre que el Secretario no haya proclamado aún el resultado y luego de ser informado brevemente sobre la materia en votación. ARTÍCULO 36: Durante la votación no se hará uso de la palabra, salvo que se trate de fundamentar un voto, en cuyo caso el Presidente concederá a los Concejales un tiempo prudencial para hacerlo. Todo Concejal tiene derecho a pedir que se deje constancia en el acta el fundamento de su voto. ARTÍCULO 37: En caso de producirse empate se tomará una segunda votación. De persistir el empate se citará dentro de tercero día a una sesión en la que se votará nuevamente. Si se mantiene dicho empate, corresponderá al Alcalde el voto dirimente para resolver sobre la materia. ARTÍCULO 38: Estando en votación, no podrá levantarse la sesión. ARTÍCULO 39: Todo acuerdo se llevará a efecto, desde que éste sea promulgado por medio del decreto alcaldicio correspondiente, según lo previsto en el artículo tercero, inciso séptimo de la ley 19.880, de Bases de Procedimientos administrativos. ARTÍCULO 40: Proclamado el resultado de una votación por el Secretario Municipal, se cerrará definitivamente el debate sobre la materia y por ende ningún miembro del Concejo podrá hacer observaciones directas ni indirectas sobre el tema ya examinado.

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TITULO V DE LAS COMISIONES DE TRABAJO ARTÍCULO 41 : Con el fin de cumplir en forma eficaz las atribuciones del Concejo, señaladas en los artículos 65, 79, 80, 81 y 92 y demás de la Ley, éste podrá constituir Comisiones de Trabajo para el desarrollo de sus funciones, las que serán permanentes o ad-hoc. Las comisiones permanentes se abocarán a las siguientes áreas temáticas: 1. Desarrollo Económico Local, Urbano – Rural y de relaciones exteriores; 2. Educación; 3. Cultura, Juventud, Deportes y Recreación, 4. Desarrollo Social, Salud, Tercera Edad y Discapacidad; 5. Ordenamiento Territorial, y Medio Ambiente; 6. Seguridad Ciudadana. 7. Comisión de Hacienda y Régimen Interno Cada comisión estará integrada, a lo menos, por 2 Concejales, los que podrán participar en más de una Comisión a la vez. Además, podrán ser citados o invitados, según corresponda, funcionarios Municipales, miembros del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, representantes de otros Servicios Públicos, Organismos Comunitarios o particulares. Los funcionarios municipales podrán ser citados a través del alcalde, quien autorizará la asistencia para tratar una determinada materia. Las comisiones permanentes estudiarán los temas, que sean de competencia e interés del Concejo, referidos al área que les corresponde, debiendo informar periódicamente sobre su labor. Igualmente deberán estudiar los temas específicos que acuerde el Concejo, debiendo informar dentro del plazo que se fije en cada caso. Las Comisiones ad-hoc tendrán por objeto el estudio y/o fiscalización de temas específicos que determine el Concejo, que elegirá a los Concejales que las integrarán y les fijará un plazo para informar. A estas Comisiones podrán ser citados funcionarios municipales, por medio del Alcalde, e invitados funcionarios de otros servicios públicos, representantes de organismos comunitarios o particulares, según sea el caso, los que sólo tendrán derecho a voz. Se fija la periodicidad de una reunión trimestral de la Comisión de Hacienda y Régimen Interno, a objeto que el Director de Control realice una presentación, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen. Dicha periodicidad es sin perjuicio del calendario de reuniones que fije la comisión señalada para tratar los demás temas que le son propios. (Ley N° 18.695.- Art. 29 f.-) ARTÍCULO 42: El número de integrantes, en un número mínimo de dos y la materia que corresponda atender a cada Comisión, serán establecidos por el Concejo vía acuerdos. Si se eligiere una Comisión Fiscalizadora de hechos que involucren a uno o más Concejales o actuaciones del Alcalde, éstos deberán abstenerse de participar en las deliberaciones y votaciones para elegir dicha comisión fiscalizadora. El Presidente deberá poner en Tabla la solicitud de formación de una Comisión Ad Hoc Fiscalizadora en la sesión de Concejo que soliciten el o los Concejales patrocinantes. ARTÍCULO 43: Cuando el Concejo acuerde que un asunto que requiera de su pronunciamiento pase a ser estudiado e informado por alguna Comisión no podrá aplicar respecto de esta materia el procedimiento establecido en el artículo 82, letra c) de la ley, salvo que la Comisión no hubiere emitido su informe en el plazo que le fijó el Concejo. Una vez que el Concejo haya acordado que determinado tema o materia sea informado por alguna Comisión específica, dicha materia no podrá tratarse ni debatirse mientras la Comisión no formule su proposición al Concejo, en los plazos que éste le indique.

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ARTÍCULO 44: Le corresponderá al Concejo determinar la Comisión que deba informar sobre cada materia. ARTÍCULO 45: Corresponderá a las Comisiones: 1. Solicitar y recopilar los antecedentes que contribuyan al estudio del tema o problema sometidos a su conocimiento. El Presidente del Concejo, en su calidad de Alcalde, instruirá a los funcionarios municipales que corresponda, aportar los antecedentes solicitados por las comisiones, en suficiencia y oportunidad. 2. Comprobar los hechos o antecedentes necesarios. 3. Informar con el mérito de estos antecedentes. 4. Someter dicho informe al conocimiento del Concejo. 5. Las demás tareas que le pueda encomendar el Concejo. El Presidente de la Comisión pondrá en conocimiento del Presidente del Concejo las conclusiones e informes de la Comisión e informará en la sesión más próxima. ARTÍCULO 46: Cada Comisión de Trabajo, al constituirse, nombrará su Presidente y fijará el día, lugar y hora de sus reuniones, dentro de los días que acuerden los Concejales. El Secretario Municipal coordinará el funcionamiento de las Comisiones y reunirá los informes que emitan para el conocimiento del Concejo. La Municipalidad proporcionará todos los medios posibles, tales como movilización, secretaria, etc., para el funcionamiento de las Comisiones. Los presidentes de comisión solicitarán los apoyos que correspondan en base a una planificación mensual y semestral, en la que se fijará, fecha, hora y lugar de reunión. ARTÍCULO 47: Las Comisiones podrán celebrar sesiones extraordinarias, previa citación de su Presidente, hecha con 48 horas de anticipación. Este plazo podrá ser menor con el acuerdo unánime de sus miembros. En ningún caso podrán reunirse en días de sesiones del Concejo. ARTÍCULO 48: De cada sesión de las Comisiones de Trabajo se levantará el acta correspondiente, que consignará, a lo menos, día y hora de la sesión, asistentes, materias tratadas, acuerdos adoptados y hora de término. Dicha acta será elaborada por el funcionario convocado para apoyar la comisión o por el secretario municipal según se requiera. ARTÍCULO 49: Los Concejales que no fueren miembros de una Comisión, podrán asistir a las sesiones de éstas y tomar parte en sus deliberaciones con derecho a voz y voto. Las comisiones deberán recibir al Presidente del Concejo y a quienes éste invite, para participar en la deliberación de materias que éste estime de interés para el buen funcionamiento del Servicio. En este caso continuará presidiendo el Concejal elegido para tal efecto. Tratándose de una Comisión Ad Hoc Fiscalizadora, corresponderá al Presidente de ésta cursar la citación al Alcalde y/o funcionarios municipales, por vía del Alcalde, eventualmente comprometidos en el cometido fiscalizador, para recibir las explicaciones o descargos a que hubiere lugar. Sin embargo, el Alcalde podrá declarar por escrito. ARTÍCULO 50: Los acuerdos de las Comisiones requieren el voto afirmativo de la mayoría de los concejales presentes en la sesión. La Comisión informará al Concejo de los votos de la mayoría y minoría para la resolución del Concejo.

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ARTÍCULO 51: Las Comisiones podrán, a través del Alcalde, citar a funcionarios municipales para que informen verbalmente y pedir todos los documentos e informes para los cometidos que efectúen. Asimismo, se podrá invitar por conducto regular a los Jefes de Oficinas públicas. Estas invitaciones se coordinarán a través del Secretario del Concejo. ARTÍCULO 52: Las Comisiones deberán acompañar los antecedentes sobre los cuales fundamentan sus respectivos informes. ARTÍCULO 53: EL Concejo fijará a las Comisiones Ad Hoc o, cuando encomiende un tema específico, a las Comisiones permanentes, un plazo determinado para emitir su informe, el que deberá ser entregado al Secretario Municipal, quien a su vez lo informará al Alcalde para proponer se vea en Tabla en la sesión siguiente del Concejo. Las Comisiones permanentes podrán reportar al Concejo su accionar y acuerdos al momento de ventilarse las “Cuentas de Comisiones” de cualquier sesión ordinaria del cuerpo colegiado. ARTÍCULO 54: Los informes de Comisiones se entenderán oficialmente evacuados cuando sean presentados por escrito, con copia a los Concejales, en sesión del Concejo Municipal legalmente constituida. ARTÍCULO 55: Entregado por el Alcalde el proyecto de presupuesto municipal, en la primera semana de octubre de cada año, éste será conocido y analizado por la Comisión de Hacienda y Régimen Interno, la cual deberá reunirse al menos una vez por semana, en reunión especialmente citada al efecto, hasta su aprobación. En estas deberán estar siempre presentes los directores de Planificación Comunal y Administración y Finanzas. TITULO VI DE LA REPRESENTACIÓN PROTOCOLAR DEL MUNICIPIO ARTÍCULO 56: En el evento en que por cualquier causa el Alcalde no asistiera a un acto en que debe estar representado el municipio, pondrá con la mayor anticipación posible, en conocimiento de este hecho a los Concejales, de manera que quienes lo deseen puedan asistir. Sin perjuicio de lo anterior, la representación protocolar del municipio será ejercida, en todo caso, por el Concejal presente según la precedencia señalada en el artículo dos de este Reglamento. ARTÍCULO 57: En los actos protocolares y en general en todos aquellos actos oficiales a que deba asistir más de un Concejal, en representación del municipio, las ubicaciones se distribuirán de acuerdo a la precedencia en la votación individual que haya obtenido cada uno en la respectiva votación ciudadana. ARTÍCULO 58: Los Concejales tendrán derecho a usar vehículos municipales cuando deban concurrir a los actos a que hayan sido invitados o citados por el Alcalde, cuando por ausencia del titular deban asumir la representación protocolar del municipio o cuando sea necesario para ejercer un acuerdo del Concejo con el objeto de cumplir sus funciones. TITULO VII DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS ARTÍCULO 59: El Concejo podrá reunirse en Audiencias Públicas para tratar materias específicas, en las oportunidades que lo determine o cuando lo soliciten los vecinos en conformidad a las normas legales.

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ARTÍCULO 60: Las audiencias públicas serán acordadas por el Concejo, determinándose las materias a tratar y las autoridades y personas a invitar. Para celebrar audiencias se requerirá de la mayoría absoluta de los miembros del Concejo en ejercicio y las presidirá el Alcalde o, en su ausencia, el Concejal presente según la precedencia señalada en el artículo dos de este Reglamento. ARTÍCULO 61: El Secretario del Concejo cursará las citaciones e invitaciones acompañadas de documentación que permita una cabal información sobre las materias a tratar con, a lo menos, una semana de anticipación a la fecha fijada para sesionar. Se harán dos llamadas para dar inicio a la audiencia. La segunda llamada se hará veinte (20) minutos después de la primera, y sí no hubiese quórum para sesionar, se declarará que no se efectuará la audiencia. ARTÍCULO 62: Las Audiencias Públicas tendrán una duración de dos horas y podrán suspenderse por el Presidente o por la Sala, en cualquier momento, hasta por treinta minutos, entendiéndose que por ese sólo hecho, aumenta la duración de ella por igual tiempo. La duración de las intervenciones de los invitados les será comunicada por el Secretario del Concejo al momento de las citaciones, las cuales en su conjunto no podrán exceder de una hora y corresponderá al Presidente la dirección de las audiencias y el hacer cumplir las disposiciones reglamentarias. ARTÍCULO 63: En las audiencias públicas no podrán adoptarse acuerdos respecto de las materias tratadas en ella, pero sus conclusiones, si las hubiere, serán conocidas y consideradas como recomendaciones para el Concejo y sus Comisiones permanentes de trabajo. ARTÍCULO 64: Las actas de las audiencias públicas contendrán un resumen que incluirá la identificación de los expositores, las materias tratadas, una referencia sobre las intervenciones de los Concejales y las conclusiones, si las hubiere. La aprobación del Acta respectiva se llevará a cabo en igual forma de las actas de las sesiones del Concejo. TITULO VIII DE LA PUBLICIDAD Y VIGENCIA DE ESTE REGLAMENTO ARTÍCULO 65: Las materias tratadas y los acuerdos adoptados en las sesiones de Concejo serán difundidos en los medios de comunicación que el municipio determine y publicados en extracto en la página web municipal. ARTÍCULO 66: El presente Reglamento empezará a regir a contar de la fecha de su aprobación por el Concejo y publicación en la web municipal, quedando derogadas expresamente toda otra norma sobre las materias contenidas en el mismo.

ANEXO N° 1 Reglamento Comisión de Hacienda y Régimen Interno del Honorable Concejo Municipal de la I. Municipal de la I. Municipalidad de Coyhaique La Comisión de Hacienda y Régimen Interno tendrá por objeto lo siguiente:

a) En materia de Régimen Interno, estudiar e informar aquellos aspectos o materias necesarios para la coordinación, programación, uso, devengamiento y/o cualquiera otra materia vinculada a los recursos destinados al funcionamiento del Concejo Municipal y/o a los concejales individualmente considerados. Asimismo, supervigilará el uso que de los referidos recursos se haga, según la programación o forma de gasto que se haya acordado por el H. Concejo, a propuesta del Alcalde.

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b) En materia de Hacienda, estudiar e informar aquellos aspectos o materias vinculadas al presupuesto municipal, particularmente una vez presentado este presupuesto por el Alcalde, conforme lo establece el artículo 82° de la Ley orgánica Constitucional de Municipalidades.

Los anteriores objetivos se llevarán a cabo sin perjuicio de otras atribuciones de fiscalización o supervigilancia de que estime pertinente hacerse uso dentro del ámbito de las atribuciones concejiles. Asimismo, los objetivos anteriormente mencionados se ejercerán sin perjuicio de las facultades del Alcalde, de la Contraloría o cualquier otro órgano fiscalizador a dicho efecto. ARTICULO PRIMERO: Corresponderá a la Comisión de Hacienda y Régimen Interno del Concejo Municipal sin perjuicio de lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, o las demás facultades que correspondan al Alcalde:

a) Solicitar y recopilar los antecedentes que contribuyan al estudio del asunto sometido a su conocimiento.

b) Informar con el mérito de estos antecedentes. c) Someter dicho informe a conocimiento del Alcalde, del Concejo o de otro

organismo que estime conveniente. ARTICULO SEGUNDO: Todo asunto que requiera un pronunciamiento del Concejo en materias relativas a régimen interno y/o hacienda, debe ser estudiado e informado previamente por esta Comisión de Régimen Interno. Las conclusiones y su informe, se adoptarán con el quórum necesario y pasarán a consideración del Concejo. Existirá una Minuta o Acta, que no requerirá aprobación, en la que consten los temas tratados en la Comisión de Régimen Interno correspondiente, indicándose conclusiones, acuerdos y votación, salvo que se aprobare, con el quórum requerido, votación secreta, lo que deberá consignarse en la referida Minuta, incluyendo el informe que pasará a la Sala para aprobación del Concejo. ARTICULO TERCERO: La Comisión de Régimen interno, al constituirse , considera:

a) Nominar un Presidente y un Vicepresidente, en caso que el número de integrantes lo permita, y en ausencia de ellos se aplicará el orden de precedencia que se haya acordado por la comisión, o en su defecto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del Reglamento Interno de Funcionamiento del Concejo Municipal.

b) Fijar día y hora de sus reuniones ordinarias, que deberán tener carácter mensual, y cuyo quórum para sesionar será de dos (2) y para adoptar acuerdos será de unanimidad, si son dos (2) los integrantes de dicha comisión; en caso que la comisión se componga de más de dos integrantes, el quórum para tomar acuerdos, será el de mayoría absoluta de sus miembros.

c) Deberá igualmente nombrar un Secretario o cargo de consignar brevemente los acuerdos, propuestas, opiniones, u otros aspectos que se considere de relevancia escriturar.

d) En caso de no adoptarse acuerdos en una comisión, se dará cuenta de las diferencias de opinión ante del Concejo, en la respectiva presentación que del asunto se haga.

ARTICULO CUARTO: Las reuniones ordinarias de las Comisión de Régimen interno funcionará dentro del horario normal de oficina municipal, y se celebrarán en el Edificio Municipal o en el lugar que se determine dentro de la comuna, previamente informado al Concejo Municipal. ARTICULO QUINTO: Las Comisión de Régimen Interno podrá celebrar reuniones extraordinarias, a petición del Alcalde, de su Presidente o de (2) dos de sus integrantes, previa citación hecha a lo menos con (24) veinticuatro horas de anticipación, o de inmediato si hay unanimidad de sus integrantes.

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ARTICULO SEXTO: Si transcurridos (15) quince minutos desde la hora fijada para el comienzo de la reunión de la Comisión de Régimen Interno no hubiese quórum, quien debiera presidirla y a falta de éste, el Secretario de ella, declarará que no hay reunión, dejando constancia de ello por escrito. ARTICULO SÉPTIMO: En ningún caso la Comisión de Régimen Interno podrá reunirse simultáneamente ni tampoco a la misma hora en que el Concejo celebre sus sesiones. ARTICULO OCTAVO: La Comisión de Régimen Interno deberá acompañar los antecedentes sobre las causas o motivos de sus respectivos informes o propuestas. Asimismo podrá designar, expresándolo en el informe, a uno de sus integrantes para exponer ante el Concejo, sobre su informe.

Al acuerdo concurre el Concejo Pleno.

11.- Exposición sobre Ley del Lobby a cargo de Asesor Jurídico. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que el punto quedó pendiente y que se trata de hacer un breve análisis de la denominada ley del Lobby, la cual se pudo recientemente en vigencia, por tanto, le solicita al señor asesor jurídico referirse al punto. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Saluda a los presentes e indica que a solicitud de los Señores Concejales en la Comisión de Régimen Interno expone sobre la entrada en vigencia de la Ley del Lobby y a quienes afecta dentro del municipio, según la siguiente presentación.

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Señor Joaquín Soto, Concejal: Señala que en relación con las solicitudes, formuladas por los lobistas o gestores de intereses, es faculta de los sujetos pasivos aceptar o rechazar la audiencia. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Indica que esta Ley regula la actividad privada, se parte de la base que cuando se genera una reunión, la autoridad puede partir de la base de rechazar la audiencia. Señor Florentino Vega, Concejal: Consulta si debiera haber un registro de lobistas, en el municipio. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: La Ley indica que debe haber un registro de lobistas, es voluntaria la inscripción o al solicitar una audiencia queda registrado como lobistas.

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Señora Verónica Figueroa, Concejal: Consulta si en el caso de dirigentes sociales de una organización, pueden ejercer lobby. Señor Juan Carmona, Secretario Municipal: Señala que la acción de ejercer Lobby, la puede ejercer un lobista, que es la persona remunerada o un gestor de intereses, que también ejerce lobby, pudiera ser el caso de un dirigente social, ambos sujetos están regulados por la Ley. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: La Ley del Lobby exige, que debe hacerse la solicitud de audiencia a través del portal. Concejal Señor Florentino Vega: Señala que tiene una visión crítica respecto de la ley ya que esta Ley los está alejando de la comunidad. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Indica que lo importante y en lo que respecta al Concejo, están excluida todas las actividades que son propias del cargo, indica que si ve que la conversación va en otra dirección, debe solicitarle al vecino que haga la solicitud a través del portal. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Da como ejemplo, respecto a una fotografía de la autoridad conversando con un particular, en la que se genera toda una figura, cómo se demuestra que no se está ejerciendo lobby. Plantea que la sanción pudiera ser igual. Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Los conceptos que señala la ley del Lobby, tiene muchos vacíos prácticos, esta ley está creada para regular al particular, con la cual se ve en la obligación de informar lo que viene a plantear, los conceptos que señala esta ley son generales y señala lo que queda excluido, el primer punto está relacionado con la función como concejal y alcalde, hay muchos temas que van a ser zanjados por vía jurisprudencial o por la jurisprudencia de la contraloría, señala que van a haber muchas cosas prácticas, que los tribunales van a ir señalando si corresponden o no. Señor Joaquín Soto, Concejal: Plantea que está próxima a efectuarse la licitación de extracción de basura, que es el contrato más grande del municipio, en el caso si un concejal se encuentra en la calle con un oferente, mientras no exista una grabación de la conversación no se puede probar nada. Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Indica que lo más probable es que se la Contraloría solicite un informe en que señale que sucedió en ese caso. Señor Florentino Vega, Concejal: Indica que ha pasado un tiempo de la entrada en vigencia de la Ley del Lobby, consulta si no hay ningún registro de audiencia, consulta que sucede, si se está obligado a tener registro. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Responde que sólo se está obligado a tener actualizado el registro una vez al mes, en el portal de transparencia. Señor Juan Catalan, Concejal: Consulta si en esta audiencia debe levantarse un acta. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Debe quedar un acta, la cual se subirá al portal del Lobby y al de transparencia. Señala que las sanciones para las autoridades, especialmente el alcalde, no es claro, quien debe aplicarla, si la hubiera.

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Señor Juan Carmona, Secretario Municipal: Indica que el acto de ejercer lobby es de dos formas, se trata de una acción de oír a un tercero interesado, en este caso al Lobista o gestor de intereses, ya sea, primero, a través de una reunión privada o segundo a través de una video conferencia, más que levantar un acta, queda una síntesis explicando el tema tratado, sin perjuicio de los demás procedimiento que la ley abre para situaciones específicas. Señor Joaquín Soto, Concejal: Indica que en el caso de las sanciones, respecto de los concejales y Alcalde, es el tribunal electoral quien sanciona. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Señala que en el caso del Alcalde, no tiene superior jerárquico, el tribunal electoral no nombra al Alcalde, lo proclama, una vez que sucede una sanción de esta naturaleza, se debe informar al Concejo Municipal y es el organismo colegiado que puede llevar este tema al tribunal electoral, la sanción por la ley del Lobby. Señala que a su juicio no constituye una causal para recurrir al tribunal electoral, porque no estaría claro que esa sería la instancia competente. Señor Joaquín Soto, Concejal: Señala que su afirmación la hace sobre la base de antecedentes aportados por la Jefa del Departamento Jurídico de la Asociación Chilena de Municipalidades, que indica que en el caso de los alcaldes y concejales serán sancionados por el tribunal electoral, asimilable a la falta a la probidad. Señor Florentino Vega, Concejal: Consulta a quien le corresponde subir la información al portal. Señor Juan Carmona, Flores: Señala que cada sujeto pasivo tiene una clave de acceso, por tanto lo debe hacer por sí mismo, sin embargo, se creó la figura de los Asistentes Técnicos, designados para apoyar a cada concejal o sujeto pasivo en las acciones que corresponda. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Agradece la presentación del señor Asesor Jurídico.

12. Modificación Presupuestaria SECPLAC. Señora Ana María Barría, Jefa de Presupuestos y Planificación: Saluda a los presentes, se refiere al informe número 21, el cual no se inserta por ser copia fiel del contenido en el respectivo acuerdo. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Somete el punto a votación, alcanzándose el siguiente. ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y TRES: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102 el Concejo Municipal. Considerando: Que, se ha tenido a la vista el informe número 21 de la señora Ana María Barría Carvallo, Jefa del Departamento de Planificación Económica y Financiera, por el cual informó los motivos que sustentan el requerimiento de modificación al presupuesto municipal. Que, habiéndose estimado pertinente la modificación expresada, en sala legalmente constituida, se alcanza el siguiente:

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ACUERDO

1. Aprobar la modificación del presupuesto municipal por los motivos y en las clasificaciones que a continuación se indican:

Motivo 1:

Suplementa cuentas presupuestarias de Transferencias corrientes, al sector privado Corporación del deporte A.G. 5.2.2 y Corporación de Cultura A.G. 6.3.2, disminuye Saldo Final de Caja A.G. 1.1.1

SUB ITEM ASIG SA AG MILES DE PESOS

DENOMINACIÓN Aumenta Disminuye

24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

01 005 000 5.2.2 Otras personas jurídicas privadas 24.000

6.3.2 Otras personas jurídicas privadas 18.000

35 1.1.1 SALDO FINAL DE CAJA

42.000

TOTALES

42.000

42.000

Al acuerdo concurre el Concejo Pleno. Señor Juan Catalan, Concejal: Señala que este es un buen paso que se está dando, pero que desde el comienzo viene a entregar el sentido de la responsabilidad a ambas direcciones, particularmente en el Área de Cultura, señala que el tema ya lo habían planteado, porque en muchas áreas no se ven recargados de actividades que se deben cumplir, estas áreas tienen que verse más directamente involucradas con sus líneas de trabajo, indica que es una buena vía para poder potenciar el quehacer municipal. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Concuerda con lo que plantea el Concejal Señor Juan Catalán. Señor Joaquín Soto, concejal: Consulta si se disminuye el saldo final de caja, estos fondos los van a usar las corporaciones para realizar actividades del aniversario de Coyhaique, por qué no se destinan a esa cuenta. Señora Ana María, Encargada de Presupuesto: Responde que son fondos adicionales a los previstos en el presupuesto 2015.

13.- Sometimiento solicitud de transferencia a Corporación Cultural y Corporación de Deportes (DIDECO) Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que el tema se relaciona con lo planteado anteriormente, por tanto solicita al señor Diego Betancourt referirse al punto:

Señor Diego Betancourt, Director Dirección Desarrollo Comunitario: Saluda al Señor alcalde y Concejales, presenta el Informe de solicitud de Trasferencia a la Corporación del Deporte:

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INFORME AL CONCEJO MUNICIPAL SESION / FECHA : Ordinaria Nº 102 de fecha 16 de septiembre de 2015.

CONCEPTO : Somete solicitud de Transferencia.

SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COYHAIQUE PRESENTE

A través del presente, informo a Usted., sobre solicitud de la siguiente transferencia que a continuación se indica. 1.- CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN COYHAIQUE. Respecto de la revisión de antecedentes realizada, puedo informar: LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN COYHAIQUE, se encuentra con vigencia de Personalidad Jurídica y Personería Jurídica. El objeto principal de ésta organización es “Promover, Difundir y Ejecutar Proyectos Deportivos”. Los recursos solicitados por la organización serán destinados a apoyo con alimentación, alojamientos, implementación deportiva, publicidad, difusión, honorarios y otros, a entidades deportivas que participarán de las actividades dentro del marco Aniversario de Coyhaique, y otras actividades de índole deportivas y recreativas del segundo semestre 2015. Además de aportes a entidades que promuevan cualquier actividad deportiva y recreativa, se producirá la presentación del Colo Colo de todos los Tiempos en un partido de exhibición con un combinado local en el Estadio Regional de Coyhaique, en el contexto del Aniversario de la ciudad. Revisando los antecedentes y estando en concordancia con la ordenanzas de subvenciones municipales, se propone al Concejo, transferencia por un monto de $24.000.000.- transferidos en una cuota.

Monto solicitado : $24.000.000.-

Monto Sugerido año 2015 : $24.000.000.- Los recursos solicitados serán cargados a la cuenta 215-24-01-005-000, área de gestión 5.2.2., de acuerdo al presupuesto municipal vigente 2015. Es cuanto puedo informar, DIEGO BETANCOURT ULLOA, Director de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Coyhaique

Señor Alejandro Huala, Alcalde: Una vez conocidos los antecedentes somete el punto a votación, alcanzándose los siguientes acuerdos 674 y 675: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102, el Concejo Municipal.

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Considerando: Que, el señor Diego Betancourt Ulloa, Director de Desarrollo Comunitario, ha presentado informe al Concejo, de fecha 16 de Septiembre de 2015, relativo a transferencia solicitada por la Corporación Municipal de Deportes y Recreación Coyhaique, el cual en forma extractada señala: LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN COYHAIQUE, se encuentra con vigencia de Personalidad Jurídica y Personería Jurídica. El objeto principal de ésta organización es “Promover, Difundir y Ejecutar Proyectos Deportivos”. Los recursos solicitados por la organización serán destinados a apoyo con alimentación, alojamientos, implementación deportiva, publicidad, difusión, honorarios y otros, a entidades deportivas que participarán de las actividades dentro del marco Aniversario de Coyhaique, y otras actividades de índole deportivas y recreativas del segundo semestre 2015. Además de aportes a entidades que promuevan cualquier actividad deportiva y recreativa, se producirá la presentación del “Colo Colo de todos los Tiempos” en un partido de exhibición con un combinado local en el Estadio Regional de Coyhaique, en el contexto del Aniversario de la ciudad. Revisando los antecedentes y estando en concordancia con la ordenanzas de subvenciones municipales, se propone al Concejo, transferencia por un monto de $24.000.000.- transferidos en una cuota.

Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el siguiente: ACUERDO Aprobar se transfiera a “Corporación Municipal de Deportes y Recreación Coyhaique” un monto de $24.000.000 (veinticuatro millones de pesos), los recursos solicitados serán destinados a: a apoyo con alimentación, alojamientos, implementación deportiva, publicidad, difusión, honorarios y otros, a entidades deportivas que participarán de las actividades dentro del marco Aniversario de Coyhaique, y otras actividades de índole deportivas y recreativas del segundo semestre 2015. Además de aportes a entidades que promuevan cualquier actividad deportiva y recreativa, se producirá la presentación del Colo Colo de todos los Tiempos en un partido de exhibición con un combinado local en el Estadio Regional de Coyhaique, en el contexto del Aniversario de la ciudad. Los recursos solicitados serán cargados a la cuenta 215-24-01-005-000, área de gestión 5.2.2., de acuerdo al presupuesto municipal vigente 2015.

Al acuerdo concurre el Concejo pleno. Señor Diego Betancourt, Director Dirección Desarrollo Comunitario: Saluda al Señor alcalde y Concejales, presenta el Informe de solicitud de Trasferencia a la Corporación Cultural:

INFORME AL CONCEJO MUNICIPAL SESION / FECHA : Ordinaria Nº 102 de fecha 16 de septiembre de 2015.

CONCEPTO : Somete solicitud de Transferencia.

SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COYHAIQUE PRESENTE

A través del presente, informo a Usted., sobre solicitud de la siguiente transferencia que a continuación se indica. 1.- CORPORACIÓN CULTURAL MUNICIPAL. Respecto de la revisión de antecedentes realizada, puedo informar:

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LA CORPORACIÓN CULTURAL MUNICIPAL, se encuentra con vigencia de Personalidad Jurídica y Personería Jurídica. El objeto principal de ésta organización es “Promoción o difusión del Arte y la Cultura, pudiendo, y para tales fines, crear, estudiar, estimular, promover, ejecutar, coordinar y difundir toda clase de iniciativas que tienden al fomento de las Artes y la Cultura y de las actividades ligadas a ella, como la Música, la Literatura, el Teatro, la Poesía, las Artes Plásticas, Trabajos Visuales y Audiovisuales, el Baile, el Canto, El Folclore, la Ciencia, así como la Promoción, Extensión, Enseñanza, Investigación y todo lo que tienda a su desarrollo, tanto en su aspecto orgánico como funcional”. Los recursos solicitados por la organización serán destinados realizar presentaciones artísticas musicales y teatrales en Coyhaique, considerando como invitados al cantautor Argentino “Víctor Heredia”, y al actor Héctor Noguera, en el contexto del Aniversario de Coyhaique, quienes realizarán presentaciones en shows musicales en el Estadio Municipal y funciones en el Cine municipal, respectivamente. Revisando los antecedentes y estando en concordancia con la ordenanzas de subvenciones municipales, se propone al Concejo, transferencia por un monto de $18.000.000.- transferidos en una cuota.

Monto solicitado : $18.000.000.-

Monto Sugerido año 2015 : $18.000.000.- Los recursos solicitados serán cargados a la cuenta 215-24-01-005-000, área de gestión 6.3.2., de acuerdo al presupuesto municipal vigente 2015. Es cuanto puedo informar, DIEGO BETANCOURT ULLOA, Director de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Coyhaique

Señor Alejandro Huala, Alcalde: Una vez conocidos los antecedentes somete el punto a votación, alcanzándose el siguiente acuerdo: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102, el Concejo Municipal. Considerando: Que, el señor Diego Betancourt Ulloa, Director de Desarrollo Comunitario, ha presentado informe al Concejo, de fecha 16 de Septiembre de 2015, relativo a transferencia solicitada por la Corporación Cultural Municipal, el cual en forma extractada señala:

LA CORPORACIÓN CULTURAL MUNICIPAL, se encuentra con vigencia de Personalidad Jurídica y Personería Jurídica. El objeto principal de ésta organización es “Promoción o difusión del Arte y la Cultura, pudiendo, y para tales fines, crear, estudiar, estimular, promover, ejecutar, coordinar y difundir toda clase de iniciativas que tienden al fomento de las Artes y la Cultura y de las actividades ligadas a ella, como la Música, la Literatura, el Teatro, la Poesía, las Artes Plásticas, Trabajos Visuales y Audiovisuales, el Baile, el Canto, El Folclore, la Ciencia, así como la Promoción, Extensión, Enseñanza, Investigación y todo lo que tienda a su desarrollo, tanto en su aspecto orgánico como funcional”. Los recursos solicitados por la organización serán destinados realizar presentaciones artísticas musicales y teatrales en Coyhaique, considerando como invitados al cantautor Argentino “Víctor Heredia”, y al actor Héctor Noguera, en el contexto del Aniversario de Coyhaique, quienes realizarán presentaciones en shows musicales en el Estadio Municipal y funciones en el Cine municipal, respectivamente. Revisando los antecedentes y estando en concordancia con la ordenanzas de subvenciones municipales, se propone al Concejo, transferencia por un monto de $18.000.000.- transferidos en una cuota.

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Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el siguiente: ACUERDO Aprobar se transfiera a la “Corporación Cultural Municipal” un monto de $18.000.000 (Dieciocho millones de pesos), los recursos solicitados serán destinados a: realizar presentaciones artísticas musicales y teatrales en Coyhaique, considerando como invitados al cantautor Argentino “Víctor Heredia”, y al actor Héctor Noguera, en el contexto del Aniversario de Coyhaique, quienes realizarán presentaciones en shows musicales en el Estadio Municipal y funciones en el Cine municipal, respectivamente. Los recursos solicitados serán cargados a la cuenta 215-24-01-005-000, área de gestión 6.3.2., de acuerdo al presupuesto municipal vigente 2015.

Al acuerdo concurre el Concejo pleno.

14.- Varios. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Señala que el Sr. Luis Soto Allamante, de la disciplina Carrera Aventura, solicitó un aporte para la compra de una bicicleta, a través de la Corporación del Deporte, para lo cual también hubo aportes privados para competir en la disciplina que practica, expresa que ha hecho un trabajo deportivo muy profesional y le ha ido muy bien. Señor Oscar Millalonco, Director Ejecutivo Corporación del Deporte y Recreación: Indica que en la prueba Challenger Temuco obtuvo el tercer lugar, luego en el campeonato nacional viene una prueba en la que va sumando fechas, va primero a nivel nacional para ir al sudamericano en Argentina, Provincia de Santa Fe, en este minuto está viendo la posibilidad de viajar, señala que a dicho campeonato iría como deportista de elite a esta competencia, en calidad de invitado. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Manifiesta que el padre de este joven ha enviado los agradecimientos al Concejo Municipal por el respaldo entregado a su hijo, quien es un deportista de elite de nuestra comuna y se encuentra muy agradecido. Señor Joaquín soto, Concejal: Se refiere a un proyecto de ley que existe en el Congreso que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que obliga a cerrar e iluminar los sitios eriazos, estos terrenos corresponden en su mayoría a sucesiones, sitios abandonados, por tanto le corresponderá el trabajo al municipio, entonces es bueno poner en alerta a través de la Asociación Chilena de Municipalidades a todas las administraciones municipales, porque se va a entregar una vez más una nueva responsabilidad sin recursos al municipio. También señala, que desde la Seremi de Vivienda, finalmente se determinó que se le asigna el día miércoles para trabajar en el Municipio, en la mañana atiende público y en la tarde para participar en Sesión de Concejo, por tanto tiene disponibilidad para atender situaciones específicas. Sin perjuicio de lo señalado explica que hubo una actividad del Programa Quiero Mi Barrio en la población Víctor Domingo Silva, por lo que da a conocer su molestia porque no fue invitado a esta actividad, solicita se tenga especial cuidado en comunicar la agenda de actividades, para evaluar su participación. Consulta por el pago de terrenos de la Calle Nalcayec, correspondiente al Programa Quiero Mi Barrio.

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Señor Alejandro Huala, Alcalde: Indica que le responderá por correo, ya que en este minuto no tiene la respuesta. Señor Juan Catalan, Concejal: Indica que respecto al tema de seguridad, quedó muy preocupado por la golpiza que le dieron a un joven con discapacidad, que en este momento lo mantiene hospitalizado, lo que fue de público conocimiento y que como municipio plantea que debieran hacerse participe de las acciones judiciales. Señor Alejandro Huala, Alcalde: Indica que no tenía conocimiento del caso, le planteará el tema al señor Asesor Jurídico, para estudiar qué acciones se pueden seguir. Señor Juan Carmona, Secretario Municipal: Señala que conversó por teléfono con los concejales respecto a requerimiento de la profesional arquitecto señora Silvia Jofré, quien iba a asistir al Concejo, pero tuvo un inconveniente. El punto es en relación a la Comisión que conocerá las propuestas que se presenten para la construcción de esculturas que se instalarán en el Parque el Ovejero. Señala que en la conversación se sugirió a modo de propuesta, que sea la Señora Verónica Figueroa F. quien represente al Concejo Municipal en la Comisión señalada, expresa que dicho tema debiera incorporarse como punto si así se acuerda. Señor Alejandro Huala, alcalde: Solicita incorporar como punto el tema, a objeto de nombrar un representante del Concejo Municipal en la Comisión para el concurso de escultura en el parque Baquedano, somete a votación el nombre de la Concejal Sra. Verónica Figueroa como representante del Concejo en esta Comisión, tras lo cual se adopta el siguiente acuerdo: ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS: En Coyhaique, a 16 de septiembre del 2015, en la sesión Ordinaria N° 102, el Concejo Municipal. Considerando: Que, la señora Silvia Jofré, profesional arquitecto de la Dirección de Secplac ha informado que se encuentra en desarrollo el concurso de esculturas, para el proyecto Paseo Baquedano. Que, se ha estimado que por la relevancia de dicho evento, resulta pertinente integrar a un miembro del Concejo Municipal, en la Comisión Evaluadora de dicho concurso. Que, el concurso señalado busca la elaboración e instalación de 3 objetos escultóricos dentro del Paseo Baquedano, bajo las siguientes temáticas iniciales (los escultores podrían hacer nuevas propuestas):

1. Escultura de un Tehuelche con quillango 2. Escultura de un Puestero u ovejero con perro y ovejas 3. Escultura del Pueblo mapuche

Que, se ha resuelto acoger la propuesta del señor Alcalde en el sentido de nominar para la representación del Concejo, a la Concejala señora Verónica Figueroa F. Que, habiendo sala legalmente constituida y atendidos los motivos indicados. Se alcanza el siguiente: ACUERDO Aprobar se nomine a la Concejala señora Verónica Figueroa Foitzick, como representante del Concejo Municipal en la comisión evaluadora del concurso de esculturas, para el proyecto Paseo Baquedano.

Al acuerdo concurre el Concejo Pleno.

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AUDIENCIA PÚBLICA LAGO ATRAVESADO. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Saluda a los presentes, y excusa a la Concejala Sra. Verónica Figueroa, quien no asiste por motivos personales y cede la palabra al Concejal Señor Joaquín Soto. Señor Joaquín Soto, Concejal: Saluda a los presentes, indica que desean conocer las demandas de los vecinos y tratar de solucionarlos con los funcionarios municipales, reiterando sus saludos, invitando a los vecinos a hacer presente sus inquietudes. Señor Patricio Adio, Concejal: Saluda a los presentes, señala que desea reforzar lo mencionado por el Concejal y el Señor Alcalde, y señala que el sello de este Concejo Municipal, es realizar audiencias públicas, para escucharlos junto a los profesionales y Directores de cada departamento, para aclarar sus dudas. Señor Juan Catalan, Concejal: Saluda a los vecinos, indica que han estado conociendo algunas iniciativas que ha presentado el Centro de Padres y la Junta de Vecinos, a través del Fosis y señala que están en están para escucharlos y atender sus requerimientos. Señorita Aracely Leuquén, Concejal: Saluda a los presentes, y les desea unas felices fiestas patrias, deseando poder conocer sus inquietudes. Señor Florentino Vega, Concejal: Saluda a los presentes, en especial al Señor Presidente Don Rosamel Caballero y su Directiva y otros dirigentes que se encuentran presente, manifestando la voluntad de escuchar a los vecinos. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Cede la palabra al Señor Presidente de la Junta de Vecinos Don Rosamel Caballero. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Saluda a los presentes, platea la necesidad de la pavimentación del camino, alcantarillado y Casetas Sanitarias y regularización de la Villa, Cede la palabra a los vecinos. Vecino Sector Lago Atravesado: Insiste en la necesidad de la pavimentación del camino y el alcantarillado, que sería muy beneficioso para la comunidad. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Consulta, sobre la visita del Senador Señor Walker y Seremi de Obras Públicas, desea conocer cuál fue el compromiso de estas autoridades al respecto. Señor Oscar Cadagan, Presidente Comité Pro - Pavimentación: Da a conocer que se han unido varios presidentes de distintos sectores, con el objetivo de apoyar a la Junta de Vecinos y llegar a las autoridades y sacar adelante este proyecto, comentando que ya han tenido reunión con el Señor Alcalde donde fueron muy bien recibidos y agradece la buena disposición, han enviado cartas al Señor Ministro y Señor Intendente, donde fueron citados por el Seremi de Obras Públicas a una reunión dando a conocer que el proyecto se reactiva y que se encuentran trabajando en el proyecto pro – pavimentación Lago Atravesado, por lo que se encuentran contentos con las gestiones realizadas.

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Hace mención sobre un proyecto de adoquines en la Villa, si se llega a concretar el proyecto de pavimentación va a ser necesario revisar este proyecto. Señor Juan Montecinos, Vecino Lago Atravesado: Comenta que hace años atrás hizo una propuesta respecto a un anexo al pavimento, en sector Teniente Vidal, donde existen dos kilómetros de pavimentación, proponiendo expropiar y abrir el camino público. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que habría que revisar ese tema, ya que es propiedad de aeronáutica civil Vecino Lago Atravesado: Agradece la presencia del Concejo, solicita que mientras se ejecute el proyecto de pavimentación, se realicen las mantenciones periódicas del camino. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Se compromete a oficiar a la Dirección de Vialidad, para solicitar las mantenciones correspondientes. Vecino Sector Antártica Sur: Comenta que hace aproximadamente 5 años la Municipalidad hizo un camino de aproximadamente 3 kilómetros, el que se encuentra en muy mal estado, solicita la posibilidad de ser incorporado en el calendario de mantención de caminos. Hector Diaz, Encargado de Maquinarias Municipalidad de Coyhaique: Se presenta y se compromete a visitar el sector, dando a conocer que los vecinos deben aportar con el combustible y áridos, de acuerdo a las visitas realizadas en terreno, ingresando los vecinos una solicitud en la Oficina de Partes del Municipio. Vecino Sector Antártica 1: Consulta cuando se realizará la mantención de camino en su sector, ya que tienen disponibilidad de árido. Hector Diaz, Encargado de Maquinarias Municipalidad de Coyhaique: Consulta sobre el paso servidumbre y se compromete a hacer la visita. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Informa sobre problemas con los pozos sépticos en la villa. Señor Pablo Rivas, Encargado Departamento Gestión Medio Ambiente: Saluda a los vecinos y comenta que ya habían conversado con don Rosamel, indicando que en teoría cada vecino debe hacerse cargo de la limpieza de las fosas sépticas, siendo inspeccionado por la Seremi de Salud, pero en el caso de los sectores rural es más complicado por los costos, sobre todo cuando se trata de familias con niños o adultos mayores, indica que el municipio tiene un programa permanente teniendo la disponibilidad de recursos para realizar este trabajo, solicita a Don Rosamel que haga llegar un listado con los vecinos que necesiten del servicio. Vecino Lago Atravesado: Agradece al Señor Alcalde y Concejo, por el trabajo realizado en el Sector Cancha Carrera, ya que el año pasado apoyaron con máquinas en el mejoramiento del camino del sector para realizar la fiesta costumbrista. Vecino Lago Atravesado: Consulta respecto a los pasajes que no cumplen con las condiciones mínimas. Señor Wiliam Rebolledo, Funcionario Secplac: Informa que se puede hacer un levantamiento completo de la villa, para ver cuáles son las falencias en el sector. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico:

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Saluda a los vecinos, da a conocer que va a depender en que calidad este considerada la localidad, indicando si tiene proyección urbana, ya que pasa con muchas localidades de nuestra comuna. Vecina del Sector Lago Atrevesado: Saluda a los presentes y da a conocer respecto a las chatarras existentes en el sector. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Indica que está considerado como solicitud al Señor Alcalde. Señor Pablo Rivas, Encargado Departamento Gestión Medio Ambiente: Ofrece la posibilidad de instalar una tolva, para retirar todo tipo de deshechos. Señor Cesar Ñancul, Vecino Lago Atravesado: Agradece la presencia del Concejo y se refiere al pasaje Olabarría, el cual está inscrito en Notaria y autorizado por bienes Nacionales, posteriormente compraron 25 personas más, con cuatro metros veinte de paso de servidumbre. Vecino Lago Atravesado: Consulta cómo funcionan las tolvas. Señor Pablo Rivas, Encargado Departamento Gestión Medio Ambiente: Explica que las tolvas se dejan un fin de semana completo y luego se retiran, la idea es que los vecinos se puedan deshacer de los desechos y si es necesario se puede volver a instalar. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Se refiere a la regularización de las viviendas. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Consulta si se refiere a la regularización de los terrenos o a las viviendas, indicando si es se refiere la propiedad, debe realizarse la tramitación en Bienes Nacionales, uno de los requisitos es estar en tenencia material de la propiedad por más de 5 años, siendo un procedimiento bastante simple. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que en el caso de postular a mejoramiento térmico debe regularizar su vivienda en la Dirección de Obras Municipales. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Propone oficiar a la Seremi de Bienes Nacionales, para que pueda realizar una visita en terreno, con el objeto de poder explicar a los vecinos los pasos a seguir en la regularización de sus terrenos. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Se compromete a realizar dicha la gestión ante Bienes Nacionales. Vecina Sector Lago Atravesado: Plantea la inquietud respecto a la extracción de áridos que se hace en el río y en el cerro, cree que se está haciendo en forma excesiva, que podría traer graves consecuencias en la comunidad, solicita se revise esta situación. Vecino Sector Lago Atravesado: Agrega que con respecto a la extracción de áridos, se está formando una laguna artificial, ya están llegando cerca del camino y no se está haciendo un trabajo de reparación.

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Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Indica que se hará una inspección en el sector, para revisar la situación. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Da a conocer que en Villa Ortega hubo una situación muy parecida, en estos casos el municipio tiene competencias muy limitadas, solamente tiene competencias en el tema de la patente, lo que se refiere a los causes del rio, la competencia es de Obras Hidráulicas, quienes emiten un informe técnico, la denuncia debe hacerse al Ministerio de Medio Ambiente, quien realiza la fiscalización, también los vecinos pueden realizar una denuncia a la Fiscalía, para los efectos que la Brigada de Delitos Ambientales la Policía de Investigaciones, puedan iniciar una investigación, con respecto al cerro, ahí no cabe la figura de la Dirección de Obras Hidráulicas, se puede solicitar una fiscalización al Ministerio de Medio Ambiente. Señor Juan Catalan, Concejal: Señala que también hay otro elemento importante, si existe alguna asociación gremial de turismo o algún empresario afectado por esto, el Servicio Nacional de Turismo también fiscaliza y levanta un informe junto a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, toda esta información se triangula y que finalmente puede otorgar sustento a la denuncia. Vecina Lago Atravesado: Indica que en la parte del cerro, ya están cayendo material desde arriba, es necesario hacer una protección. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Comenta que con respecto al camino la Dirección de Vialidad algo puede decir, los caminos tienen un ancho, pero también tienen una franja especial de restricción que no se pueden intervenir, en el caso de los caminos rurales tiene entendido que tiene un ancho de aproximadamente 5 metros, en este caso la Dirección de Vialidad podría aportar con los antecedentes técnicos. Vecino Sector Lago Atravesado: Señala que en el desagüe de laguna cea, se ha visto maquinaria trabajando en el sector. Señor Waldemar Sanhueza, Asesor Jurídico: Indica que hay que partir de la base que si se está haciendo una modificación, debe haber un derecho de agua concedido, por tanto, el orden que fiscaliza es la Dirección de Aguas. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que también se oficiará a la Dirección de Aguas. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Señala que no habiendo más intervenciones, solicita un letrero para la entrada del Cementerio y otro en el cruce Seis Laguna. Señor Pablo Rivas, Encargado Departamento Gestión Medio Ambiente: Indica que eso forma parte de la señalética urbana, se le solicitará a la Dirección de Transito su ejecución. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Solicita que en fiestas patrias haya mayor fiscalización por parte de carabineros. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Se compromete a conversar con el Prefecto. Señor Cesar Ñancul, Vecino Lago Atravesado: Indica que desea reforzar la solicitud de fiscalización de parte de Carabineros, no van muy seguidos a la localidad. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Solicita un reductor de velocidad antes de llegar al Colegio y en la salida.

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Vecino Lago Atravesado: Plantea la posibilidad de que el municipio apoye a la junta de vecinos que está decaída, solicita el apoyo para reactivar esta organización. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Solicita a don Diego Betancour hacerse cargo de la solicitud. Vecino Lago Atravesado: Envía afectuoso saludo a la ciudad de Coyhaique, indica que el Sector de Lago Atravesado está creciendo y está trabajando en el tema de turismo. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Se dirige al Presidente, señalando el compromiso que se tiene con el comité productivo, respecto a la capacitación digital, atendiendo el requerimiento de los vecinos, donde avanzaron, y el compromiso también era traer computadores, los que hace entrega oficial de esta implementación. Señor Ignacio Azocar, Comité Productivo Antártica I: Se dirige a la asamblea, comentando que en el mes de julio se realizó un taller de computación, con 7 alumnos, al momento de la certificación se le solicitó al Señor Alcalde un par de computadores, comentado que ya se le entregaron dos computadores, que se instalaran en la sede, también se le solicitó a la Sra. Nancy Carrillo, nylon para invernaderos, de los cuales se le hizo llegar material para cuatro invernaderos. Agradece al Alcalde por el apoyo prestado. Señor Cesar Ñancul, Vecino Lago Atravesado: Solicita conexión a internet para la localidad. Señor Alejandro Huala Canumán, Alcalde: Señala que es un compromiso asumido por el concejo, por lo cual hará las gestiones al respecto. Señor Rosamel Caballero, Presidente Junta de Vecinos Lago Atravesado: Indica que realizó las consultas al Ministerio de Transporte y que se demorará un año ocho meses en habilitar la conexión. Agradece la presencia del Señor Alcalde y el Concejo junto a su equipo técnico, solicitando que estas reuniones sean más seguido, solicitando un aplauso de la asamblea. Se cierra la Audiencia Pública.