ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR ELPLENO DEL … · legislatura, en este Pleno se ha hablado...

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Página: 2010_2_1 28/01/2010 PLENO Plaza de Santiago, 1 - 03400 Villena (Alicante) Nif: P0314000A Teléfono: 96 580 11 50 – ext. 717 Fax: 96 580 61 46 E.mail: [email protected] 1 ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER ORDINARIO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 28 DE ENERO DE 2010. ASISTENTES Dª Celia Lledó Rico Alcaldesa Dª Virtudes Amorós Revert Concejal D. Francisco Abellán Candela Concejal Dª Mª Adela Serra Morillas Concejal D. José Joaquín Valiente Navarro Concejal Dª Mª Josefa Hernández Sanjuán Concejal D. Jesús Martínez Martínez Concejal Dª Mª Paz Poveda Hernández Concejal D. José Tomás Peralta Ferriz Concejal D. Juan Francisco Richart Forte Concejal D. Fulgencio J. Cerdán Barceló Concejal D. Sergio Palao Navalón Concejal Dª Eva Tomás Motos Concejal D. Pedro Miguel Agredas Martínez Concejal Dª Fulgencia Estevan García Concejal D. José Ayelo Pérez Concejal D. Carlos Beltrán Esteve Concejal Dª Mª Catalina Hernández Martínez Concejal D. Francisco Javier Esquembre Menor Concejal Dª Lorena Soler Ripoll Interventora de Fondos Dª Amparo Macián García Secretario General NO ASISTEN D. Juan Carlos Pedrosa Mira Concejal EXCUSAN SU ASISTENCIA D. José Joaquín Oliva Pérez Concejal Se hace constar que el Concejal D. Pedro Miguel Agredas Martínez, del Grupo Municipal Socialista, entra a la sesión en el punto 6 del Orden del Día.

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ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DELAYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER ORDINARIO EN PRIMERACONVOCATORIA EL DÍA 28 DE ENERO DE 2010.

ASISTENTES

Dª Celia Lledó Rico AlcaldesaDª Virtudes Amorós Revert ConcejalD. Francisco Abellán Candela ConcejalDª Mª Adela Serra Morillas ConcejalD. José Joaquín Valiente Navarro ConcejalDª Mª Josefa Hernández Sanjuán ConcejalD. Jesús Martínez Martínez ConcejalDª Mª Paz Poveda Hernández ConcejalD. José Tomás Peralta Ferriz ConcejalD. Juan Francisco Richart Forte ConcejalD. Fulgencio J. Cerdán Barceló ConcejalD. Sergio Palao Navalón ConcejalDª Eva Tomás Motos ConcejalD. Pedro Miguel Agredas Martínez ConcejalDª Fulgencia Estevan García ConcejalD. José Ayelo Pérez ConcejalD. Carlos Beltrán Esteve ConcejalDª Mª Catalina Hernández Martínez ConcejalD. Francisco Javier Esquembre Menor ConcejalDª Lorena Soler Ripoll Interventora de FondosDª Amparo Macián García Secretario General

NO ASISTEN

D. Juan Carlos Pedrosa Mira Concejal

EXCUSAN SU ASISTENCIA

D. José Joaquín Oliva Pérez Concejal

Se hace constar que el Concejal D. Pedro Miguel Agredas Martínez, delGrupo Municipal Socialista, entra a la sesión en el punto 6 del Orden del Día.

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En la ciudad de Villena, y siendo las 20:00 del día 28 de enero de 2010se reúnen en el Salón de Actos del Ayuntamiento, los miembros anteriormenteexpresados, todos ellos componentes del Ayuntamiento Pleno, al objeto decelebrar sesión de acuerdo al orden del día previamente circulado.

De orden de la Presidencia, se dio por comenzada la sesión.

1.- Lectura y aprobación si procede, del acta de la sesión celebrada el día 24de septiembre de 2009.

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Se da lectura al acta celebrada por el Pleno Municipal, correspondiente ala sesión ordinaria, el día 24 de septiembre de 2009, aprobándola porunanimidad los señores asistentes, ordenando su transcripción al Libro de Actas,autorizándola con las firmas de la Sra. Alcaldesa y Secretario de la Corporación.

2.- Correspondencia, Decretos y disposiciones oficiales.

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Por la Secretario General de la Corporación, se da cuenta de lacorrespondencia y disposiciones más importantes recibidas, destacando losiguiente:

Decretos de Alcaldía y Concejales Delegados, desde el nº 1.924, de fecha18 de diciembre al nº 1.964 de 30 de diciembre de 2009, así como del nº 1, defecha 5 de enero al nº 66, de 26 de enero de 2010.

La Corporación, Municipal, por unanimidad, acuerda darse por enterada.

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3.- Moción del Grupo Municipal Socialista sobre el destino de las basuras deotras localidades fuera de la zona XIII.

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Se da lectura a una Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista,que transcrita literalmente, dice:

“Son numerosas las iniciativas que este Grupo político ha traído al PlenoMunicipal, para impedir que en la planta de residuos urbanos se admitan basurasde otras localidades que no pertenezcan a la zona XIII. Sin embargo, el PartidoPopular ha hecho caso omiso de esta grave situación votando en contra de que laGeneralitat Valenciana siga considerando a Villena como un basurero.

En los últimos días, este Grupo municipal ha tenido información de quelas basuras procedentes del área metropolitana de Valenciana podrían venirtambién a Villena. El vertedero de Dos Aguas será cancelado por sentenciajudicial firme por parte del Tribunal Supremo y ya se habla de que Villenapuede ser candidata en la recepción de estas basuras.

Por otro lado, aparece en prensa nacional la posibilidad de que llegue aAlicante basuras del sur de Castellón. El Portavoz del Partido Popular anunciaque estas basuras las acogerá la planta de Xixona; sin embargo, poniéndonos encontacto con la Alcaldía de Xixona se nos comunica que no se tiene ningunainformación al respecto.

Lo que es una evidencia es que la Consellería no está haciendo susdeberes, se cierran plantas y no se prevé dónde van a ir los residuos y a lo que elGrupo Municipal Socialista no va a estar dispuesto es a que Villena pague dichaincompetencia, recibiendo todos los residuos que no sepan a dónde llevar.

El convenio firmado por la Alcaldesa de Villena con Vaersa en 2008 dejaabierta la posibilidad de recibir basuras de fuera de la zona XIII, por lo tanto,somos posibles perceptores de todas las basuras de la comunidad.

Consideramos una irresponsabilidad que en cada ocasión que tengamosnoticias de cierres de planta, Villena entera se vea afectada por estas noticias, yaque el problema de olores es todavía evidente día tras día en nuestra ciudad.

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Es por todo ello, por lo que pedimos al Pleno apruebe los siguientespedimentos:

1. Como medida cautelar, comunicar a la Consellería de Medioambiente, Agua,Urbanismo y Vivienda el rechazo tajante a la recepción de residuosprovenientes de las zonas de Valencia y Castellón, tal y como hemos leído enprensa en los últimos días.

2. Denunciar el convenio firmado por Celia Lledó, Alcaldesa de Villena, conVaersa en el punto donde se permite la entrada de residuos de zonas fuera dela que nos pertenece, con el objeto de modificarlo, evitando las posiblesentradas ante el fracaso de la Generalitat Valenciana en la solución alproblema de los residuos urbanos.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, el día 25 de enero de 2010, enrelación con la Moción del Grupo Municipal Socialista en la que se solicitacomunicar a Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, elrechazo a la recepción de residuos provenientes de las zonas de Valencia yCastellón y denunciar el convenio firmado por la Sra. Alcaldesa con Vaersa enel punto donde se permite la entrada de residuos de zonas fuera de la que lespertenece.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cuatro Concejales delPSOE y la Concejala del Grupo Municipal Verde, absteniéndose los cincoConcejales del PP. Por tanto, por mayoría, queda dictaminada favorablemente laMoción.

Abierto el debate, D. Carlos Beltrán Esteve, dice, que la existencia de unaplanta de basuras de recogida de rechazos y vertedero en nuestro términomunicipal, ha sido una cuestión que ha generado mucha controversia no sólo deayer ni de anteayer ni siquiera en esta legislatura. Desde el mismo momento enque se tomó la decisión de instalarla y su posterior puesta en marcha, hagenerado muchas conversaciones, pero sobre todo a partir de esa puesta enmarcha es cuando la población de Villena ha ido conociendo que existía unaplanta de basuras en nuestro término municipal. Al principio se podía entreversobre las molestias que podía causar una instalación de este tipo, dudas sobre siera esta instalación pública, abierta en el año 2006, instalada desde varios añosantes, entre su construcción y sus pruebas, si las molestias que podía causar a laciudadanía provenían o no de allí, sobre eso en la pasada legislatura cree que se

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habló mucho, se hicieron muchas gestiones y se tomaron muchas iniciativas,pero no van a remontarse a todo ese periodo, porque cree que ya ha sidosuficientemente debatido en su momento. Desde el comienzo de esta mismalegislatura, en este Pleno se ha hablado también de este tema de manerarecurrente y reincidente, tanto en propuestas del Grupo Municipal Verde, comodel Grupo Municipal Socialista, se ha traído a debate al Pleno la situación enque se encontraba esta planta, no por el hecho en sí de la existencia de la planta,que ya cree que todos han asumido que tiene que estar, porque así ya se decidióy se aplica mediante una Ley en la Comunidad Valenciana y un Decreto dedesarrollo posterior, sino a la manera en que se está gestionando esta planta,sobre todo teniendo en cuenta que es una instalación pública, porque de unainstalación privada siempre pueden tener sospechas de que el objeto de cualquierempresa que es la obtención de beneficios pudiera hacer que la negligencia en lagestión les pudiera llevar a cometer excesos, pero cuando esa gestión es algorealizado por la Administración Pública, siempre han de pensar y además,precisamente, hará referencia al día de ayer, como así se les dijo, que el objetivode las instalaciones de este tipo no es la obtención de beneficios, tampoco es lade obtener pérdidas, pero evidentemente la búsqueda de la empresa públicaVaersa en la gestión de este tipo de plantas, no está basada en la única yexclusiva búsqueda de beneficios. Eso explicaría que el tratamiento que se le daa una instalación de este tipo fuera lo más exhaustivo posible y sobre todo lomás transparente que permite la legislación.

En estos dos años y medio, el Sr. Beltrán Esteve, señala, que han podidocomprobar, en algunas ocasiones, y no cree que haga falta que presenten muchaspruebas, porque mucha de la gente que está esta noche aquí lo habrá podidoobservar durante muchos días, cada mañana, cada noche, cada tarde, que unainstalación de este tipo trae problemas, sobre todo, si como el Grupo Socialistapiensa, no se gestiona adecuadamente. Se suponía que en el año 2008,concretamente, en el mes de septiembre, iban a dar comienzo las soluciones aestos problemas, porque la Generalitat Valenciana, a través de la empresapública Vaersa, que es la titular de la planta, cuyo Presidente siempre es elConseller de Medio Ambiente, Presidente de su Consejo de Administración y elAyuntamiento de Villena, representado por su Alcaldesa, llegaron a un acuerdoy firmaron un convenio, ese convenio se les dijo podía dar luz y ser el comienzodel final de los problemas que los ciudadanos padecen por la gestión de estaplanta de basuras, sin embargo, ha pasado más de un año y ha sido evidente queesos problemas no se han mermado, más bien al contrario, en algunas ocasiones,se les hace insoportable, sobre todo en verano, abrir las ventanas de nuestrascasas y muchos de los visitantes que acuden a Villena, lo primero que muchasveces les dicen, que cómo pueden soportar esta situación así en determinadas

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épocas del año. Por eso, al mes de firmarse este convenio, en septiembre de2008, aprobado en Junta de Gobierno, el Grupo Socialista ya decía que esteconvenio tenía deficiencias, lo dice porque en la Moción que hoy tratan en estePleno, las vuelven a repetir. Aclara que las deficiencias que observaban, almargen de que los precios que se ponían que debía percibir la ciudad de Villenapor tener esta instalación de la basura que entrara de todas las poblaciones delConsorcio en el que están, que es la zona XIII, al margen de que les pudierangustar más o menos esas cantidades que se negociaron, de que el GrupoSocialista pensara que se seguía saliendo Vaersa un poco con la suya, al noreconocer determinadas deudas pendientes, mientras la planta ha estadofuncionando antes de la firma de este convenio, al margen de todo eso, había dosaspectos fundamentales que les preocupaban y que les han venido a preocuparmucho más en los dos últimos meses, cuando responsables directos de laempresa Vaersa, que es la que gestiona la planta, han hecho determinadasdeclaraciones públicas que han venido, de alguna manera, a darles la razón.

En primer lugar, se establecía un canon por la llegada de basurasprocedentes de fuera de la zona XIII, esto que puede parecer la cosa más normaldel mundo, se ponía sin ningún tipo de cortapisa, no se decía, llegará basuraprocedente de fuera de la zona XIII, cuando haya un estado de emergencia queasí lo requiera, cuando la Administración considere que hay una urgencia y, portanto, debe utilizar las instalaciones que tiene, entre ellas, la de Villena parahacer frente a esa emergencia, no, se pagaba y punto, es decir, “yo traigo basura,te pago 5 euros por tonelada y no hay más que hablar, la traigo y no la justifico,no digo nada” y es que están en una situación de verdadera emergencia paratener que hacer eso, no, es más, se podía interpretar de esa misma manera que nosolamente de la Comunidad Valenciana se iban a traer basuras, sino que aldejarlo tan abierto, se podía traer basuras de cualquier otra Comunidad limítrofecon la Comunidad Valenciana, ése era un aspecto que les preocupaba.

En segundo lugar, todo el mundo sabe que para instalar aquel vertederoallí, hubo que hacer una modificación en el planeamiento urbanístico deltérmino municipal, en su momento, que contemplaba una calificación de suelopor unos metros determinados, y en ese planeamiento se establecían ademásunas necesidades de establecer unos accesos adecuados, etc. Recuerda que eneste convenio se especifica que se va a ejecutar ese planeamiento urbanístico,algo que les preocupaba y les estuvo preocupando en la legislatura pasada queera el acceso desde la Carretera de Caudete se plasma en este convenio, algo queayer se les reconoció que se debía haber hecho desde 2004 y que tenían elinforme de los técnicos municipales de 2005, de la solución urbanísticaplanteada, aunque el Director que ayer les atendió no lleva mucho tiempo en el

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cargo y no pudo decirles porqué no se había ejecutado antes. Aparte de esto,había una cosa que hoy traen también aquí, que les preocupaba y les preocupa,fundamentalmente y es que el Ayuntamiento de Villena, evidentemente, esquien aprueba los planeamientos urbanísticos, hasta ahí la Generalitat no puedehacer nada, pero se comprometía a tramitar, a dar todas las facilidades para queesos trámites se llevaran adelante, las modificaciones del planeamiento, es decir,las modificaciones de lo que se había concedido en su momento, las que hicieranfalta, en caso de que se necesitara una ampliación de las instalaciones actuales.Aclara que eso se establece en el acuerdo de intenciones que va junto alconvenio firmado por el Ayuntamiento y que está aprobado en Junta deGobierno, en el que no dice que esa ampliación deberá contar o no con elconsenso del Ayuntamiento de Villena en cada momento de la Corporación queesté ni que la Consellería consultará si es conveniente para Villena esaampliación, sino que el Ayuntamiento de Villena se compromete a facilitar latramitación administrativa correspondiente, claro, cumpliendo la Ley, faltaríamás, en aquellas propuestas de ampliación que se pudieran plantear en un futuro,podrían estar hablando de seis meses o de seis años o de diez años.

Sigue diciendo el Sr. Beltrán Esteve, que esto ya era en septiembre de2008 y lo llevó el Grupo Socialista a Pleno en octubre de 2008, el PartidoPopular lo votó en contra, es decir, votó en contra de que se modificaran estosdos aspectos para ellos fundamentales del convenio firmado un mes antes.Pasaron lo meses, los debates, sobre cuánta basura de fuera de la zona XIII hanseguido continuando de manera seguida, sucesiva, en los medios decomunicación, aquí mismo en el Pleno, ha habido otras iniciativas, pero ennoviembre tuvieron una primera sorpresa, se podrá decir, bueno es que era unrecorte de prensa, era una declaración, no era una Orden, una Resoluciónpublicada en el Diario Oficial, pero todos saben que una declaración de un altocargo con responsabilidad ejecutiva puede llevar a una firma de una Orden o unaResolución. En noviembre se les decía que dentro del Plan de Residuos de laComunidad Valenciana, se reconocía la necesidad de instalar incineradoras en laComunidad Valenciana y que la provincia de Alicante tendría una, al menos, yque dentro de la provincia de Alicante, el término municipal de Villena teníamuchas opciones de contar con una instalación de incineradora, puesto que yatenía una planta de tratamiento y vertedero. Se refiere a que eso lo decía un altocargo de la Generalitat, no lo decía un profesor de Universidad, un Concejal oalguien de una asociación, no, lo decía el Director General de CalidadAmbiental del Gobierno Valenciano, sabiendo lo que decía, no al calor de unadiscusión, en una tertulia en una emisora de radio o en una televisión, no, lodecía sabiendo exactamente lo que decía. Otra posibilidad es que fuera altérmino municipal de Xixona, que también tienen otra planta, se planteaban las

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dos posibilidades, van a ser justos en las declaraciones, pero claro, a ellos lo queles preocupaba es que se instalara en Villena y por eso se tomó la iniciativa detraer al Pleno una Moción, en este caso del Grupo Municipal Verde, que tuvo elapoyo del Grupo Socialista en el rechazo frontal a que se instalase laincineradora. Recuerda que en ese Pleno, cree, que el Partido Popular votó afavor, se opuso a la instalación, más bien a la posibilidad de que se plantee quese instalara una incineradora en nuestro término municipal, pero en el mes dediciembre se encuentran con otra propuesta, esta vez del propio Director Generalde Vaersa, que es la empresa pública cien por cien de la Consellería de MedioAmbiente, que gestiona los temas de los residuos en la Comunidad Valenciana,por tanto, gestiona la planta, vertedero de vertidos y rechazos del términomunicipal de Villena que cubre, no se olviden, no solamente para Villena, sinopara todo el Valle del Vinalopó, es decir, todas las poblaciones del Valle delVinalopó. En estas declaraciones se les dice que hay previstas unas inversionesen las instalaciones de Villena, más de 8 millones de euros, una cantidadciertamente importante, más de 1.400 millones de pesetas o casi 1.400 millonesde pesetas, para invertir en las instalaciones de Villena y que esa inversiónsignificaba, evidentemente, una ampliación de lo existente. Evidentemente, estoles puso en alerta, porque no lo estaba diciendo como en el anterior casotampoco un profesor de Universidad, en una charla sobre estudios que se hayanhecho, sino el Director General de Vaersa, con competencia en ejecución deproyectos de instalaciones de plantas de basuras. Ante esas declaraciones elGrupo Socialista anunció e hizo posteriormente la presentación de una iniciativa,esta Moción que ven aquí, porque quieren dejar ya claro de una vez, que lasbasuras tienen que tener un tratamiento, les tienen que dar una solución, de esosomos conscientes, ya no discuten la presencia de la planta porque está, esopueden devanarse los sesos de porqué sí o porqué no, pero en estos momentosestá, lo que dicen es que hace diez años que entró en vigor la Ley de Residuosde la Comunidad Valenciana, que el gobierno valenciano se comprometió aejecutar sus inversiones en cada una de las 17 zonas en que dividió laComunidad Valenciana, lo hizo el gobierno valenciano lo llevó a las Cortes y loaprobó con la mayoría que tenía el Partido Popular en las Cortes, o sea, lo hizo yademás mucha gente ha reconocido que es una buena Ley, lo que hay que haceres ponerla en práctica, ejecutarla. Explica, que se iniciaron algunas de esasactuaciones, pero no han cubierto ni de lejos las necesidades de residuos de laComunidad Valenciana, como nunca se les ha olvidado, la población de laComunidad Valenciana ha aumentado, sensiblemente, en más de un millón depersonas, lo dicen todos los días, son un millón más, también para basuras sonun millón más. Por tanto, la Generalitat debería haber implementado las medidaspara que ese millón de más que son ahora, tengan solucionado el problema delas basuras, pero en lugar de eso ha decidido otras políticas, estaba en su

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derecho, pero ahora vienen las consecuencias, ha decidido otras políticas y sepone otra vez de actualidad los dos apartados del convenio que el GrupoSocialista dijo, que de alguna manera, perjudicaban la solidaridad que Villena hamanifestado en materia de basuras a lo largo de todos estos años.

Para finalizar, el Sr. Beltrán Esteve, manifiesta, que a él le gustaría ennombre de su Grupo que se tuviese hoy una visión de conjunto de toda laCorporación, que se tomase nota de lo que la ciudadanía les dice, al margen desu ideología política, piensen lo que piensen, voten lo que voten y cree que enesto hay un consenso mayoritario, que ya tienen bastante con lo que tienen y,por tanto, no se debe admitir en Villena más basuras procedentes de otroslugares y sobre todo no se debe aceptar de buenas a primeras, la posibilidad deuna ampliación en la actual planta, ¿por qué?, porque hay inversiones que laGeneralitat debería hacer en la provincia de Alicante, pero sobre todo en laprovincia de Valencia y en la provincia de Castellón y que antes de dedicarse aampliar la de Villena, que invierta en las zonas que ellos mismos dividieron enesas provincias y que no han ejecutado la Ley de Residuos, que ese dinero no lotraigan aquí, para este caso, sino que inviertan en construir otras plantas, porquees algo de sentido común, lo normal es que cada zona gestione sus propiosresiduos para optimizar también los recursos, para que el dinero de losciudadanos de sus impuestos se gestione bien, que no se tenga que pagar preciosexcesivos por trasladar las basuras 200 kilómetros arriba o abajo y todas lasnoches viajando camiones de basuras para acá y para allá. Piensa, que de unalectura sosegada, de una posición de sentido común de toda la Corporación,deben, en primer lugar, rechazar la posibilidad manifestada por el DirectorGeneral de Vaersa de que se amplíe la planta de tratamiento de residuos y devertidos de Villena, pero además, para evitar sustos en un futuro, el GrupoSocialista propone que esas dos partes del convenio que creen que perjudica aVillena, que se denuncien, se negocien nuevamente y que sea el Ayuntamiento ysus órganos correspondientes, véase, por ejemplo, la Comisión de Urbanismo ola Comisión que decida este Pleno, la que determine qué quiere poner en eseconvenio y se lo proponga a la Consellería de Medio Ambiente, pero que,previamente, en uso de sus atribuciones, el Pleno denuncie esa parte delconvenio.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, manifiesta, que la Moción que trae elPartido Socialista hoy, va a hablar en su primera intervención sobre el primerpunto, lo que solicita es que el Pleno del Ayuntamiento como representante detoda la ciudadanía de Villena comunique a la Consellería de Medio Ambiente,Agua, Urbanismo y Vivienda el rechazo tajante a la recepción de residuos

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provenientes de la zona de Valencia y Castellón tal y como han leído en prensaen los últimos días. Saben que D. Juan Cotino, Conseller de Medio Ambiente,hizo unas declaraciones públicas donde aseguró que estas basuras sí que iban allegar a nuestra ciudad, tanto al vertedero de Villena como al de Xixona. Paraanalizar este rechazo que ya la población de Villena manifiesta de forma tajanteante la entrada indiscriminada de basuras de fuera de las catorce poblaciones,tienen que hacer un leve repaso de lo que ha sucedido desde que la planta seabrió. Explica, que la planta de Vaersa se abre a finales de diciembre de 2005 yen el 2006 ya entran basuras de una zona que está construyendo suinfraestructura, esta zona es la zona de Guadasuar, tiene una entrada muyimportante de tonelaje superior a la de la zona XIII, que la conforman catorcemunicipios de la provincia de Alicante y entran basuras sin que tenga previoconocimiento del Ayuntamiento, no hay un comunicado al Ayuntamiento dondese le justifique esa entrada y se le afirme que esa entrada es temporal. En el 2007el equipo de gobierno del Partido Popular ya en el poder, hace un expedientesancionador a la empresa de Vaersa por esta entrada de basuras, este expediente,en un primer momento, caduca y abre en fecha posterior otro segundoexpediente, que no tiene constancia el Grupo Municipal Verde, de las medidasque finalmente se tomaron. La cuestión es que las entradas que ha habido enVillena de toneladas de basuras de fuera de la zona XIII se producen desde el2006, desde el mismo momento en que se abre la planta, hasta hoy día en el2010, el punto culminante de estas entradas se produce en el 2008, que si lacapacidad de la planta está en 85.000, toneladas entran 153.000 toneladas a laplanta de basuras de Villena, esto hace que la población sienta un rechazo. Porello, el Grupo Municipal Verde ha denunciado tanto en Consellería, mandandotoda la documentación de que el Ayuntamiento tiene constancia de esas basurasque han entrado, enviando toda la documentación de 2008 y denunciarontambién toda esa entrada al Consorcio que es realmente el órgano que tiene velarpor una buena gestión de los residuos en nuestra zona en nuestro Plan Zonal, asícomo las basuras del 2009 también están siendo denunciadas en estos dosorganismos.

Pone de manifiesto que el Grupo Municipal Verde, siempre ha mantenido,que cuando nació la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana que es unaLey importante, ya que es muy importante la gestión de los residuos porque lapoblación produce mucha basura y es importante para la calidad de vida de lapoblación que esa gestión sea óptima, la Ley de Residuos de la ComunidadValenciana garantiza esta buena gestión y tiene tres principios básicos:

- El principio de proximidad, dice textualmente, que los residuos debengestionarse lo más cerca posible de su origen, minimizando en lo posible el

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traslado innecesario de los mismos. Este principio no se está cumpliendo en laComunidad Valenciana, porque las basuras son transportadas desde Valenciahasta la provincia de Alicante y ahora con esta confirmación que ha hecho D.Juan Cotino, desde Castellón hasta la provincia de Alicante, es decir, que unprincipio básico que es el primero de la Ley de Residuos de la ComunidadValenciana, la Generalitat Valenciana lo está incumpliendo.

- El segundo principio básico habla de la autosuficiencia, que lo definecomo creación de una red integrada de instalaciones de valorización yeliminación de residuos, que permita a las zonas objeto del Plan Zonal serautosuficientes en materia de tratamiento de aquellos residuos para los queexiste masa crítica que lo justifique, es decir, que cada una de las diecisietezonas en las que está dividida la Comunidad Valenciana, la GeneralitatValenciana está obligada a crear y construir una infraestructura de valorizaciónde los residuos, esto no se ha hecho desde que se aprobó la Ley en el 2000, esdecir, diez años ha tenido para ir invirtiendo en el presupuesto paulatinamentedurante esos diez años para hacer esa serie de infraestructuras, lo que hasucedido es que no ha destinado el dinero presupuestario suficiente para llevar acabo esas infraestructuras y eso es lo que está pagando actualmente la ciudad deVillena, la falta de las inversiones en unas infraestructuras que obliga la Ley deResiduos de la Comunidad Valenciana y que harían y garantizarían que elprincipio de proximidad, es decir, que las basuras que se generan en un mismolugar se traten en esa misma zona, esas inversiones estarían garantizando eseprincipio de proximidad.

- Hay un tercer principio que la Ley pone y obliga a las poblaciones y esel principio de solidaridad, por el cual Villena está aceptando, aunque no sepuede utilizar esa palabra, porque aunque Villena no lo acepte, se estándestinando a Villena bajo ese principio de solidaridad que tiene que tenernuestra ciudad, las basuras sin cumplir el principio de proximidad, ni elprincipio de autosuficiencia, ninguno de los dos garantizados por la GeneralitatValenciana.

Por lo tanto, dice la Sra. Hernández Martínez, en una situación queestamos viviendo, que no son medidas temporales que está tomando laGeneralitat, sino que es una medida ya continuada en el tiempo, que vienesufriendo nuestra ciudad desde el 2006, la población de Villena, dice que no, amás basuras de fuera de la zona XIII, y no porque las catorce poblaciones queconforman el Plan Zonal están generando 70.000 toneladas, aproximadamente,de residuos anuales. Aclara, que la planta de Villena, su capacidad óptima sería85.000 toneladas anuales, por lo tanto, podría ser Villena solidaria en esas

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15.000 toneladas de diferencia, pero no superando esa capacidad de la planta,porque año tras año ello implica, obligatoriamente, reducir la vida de la planta,que como se confirma en toda la documentación de la Generalitat Valenciana,tiene una vida desde que se abrió de veintiún año con seis meses, señala que siesta capacidad de la planta se va superando anualmente, la planta verá mermadasu vida y el Grupo Verde cree que por esto, la Generalitat Valencia, el anteriorConseller firmó ese convenio para garantizarse que hay un acuerdo deintenciones firmado por la Alcaldesa de Villena, para no oponerse a laampliación de la planta de Vaersa cuando corresponda, es un acuerdo que yaestá firmado por la Alcaldesa, por lo tanto, el Grupo Verde votará a este primerpunto, por las argumentaciones que ha hecho, a favor de esta Moción decomunicar a la Consellería el rechazo del Grupo Verde a la entrada de residuosde las zonas de Valencia y Castellón.

D. José Joaquín Valiente Navarro, cree que están ante los pedimentos deuna Moción, que no es la que se ha presentado al Pleno, puesto que tanto la Sra.Hernández Martínez como el Sr. Beltrán Esteve están hablando de no sabe quéampliación de la planta de Vaersa, donde no consta en ninguno de lospedimentos de esta Moción. Piensa que es un nuevo argumento que acaban desacarse de la manga para darle un poco más de argumento a su Moción, pero,desde luego, eso no consta en esta Moción y no sabe por qué se trae el debate dela ampliación de la planta, porque cree que no consta aquí, lo único que se pideen la Moción es rechazar que traigan basuras de otros puntos y denunciar elconvenio firmado por la Alcaldesa, que permite la entrada de residuos de zonasfuera de las que les pertenece del Plan Zonal XIII, con lo cual, no sabe por quése trae a colación ahora, la ampliación de la planta de Vaersa. Lo va a comentarbrevemente para decírselo clarito, el convenio no es lo mismo que el acuerdo deintenciones, el acuerdo de intenciones refleja unas cosas y el convenio reflejaotras, medidas compensatorias a favor del Ayuntamiento de Villena, ningúncompromiso por parte del Ayuntamiento de Villena ni de ampliación ni de nadasobre la planta, que se hable por parte del Director de Vaersa de una inversiónde 8 millones en la planta no significa que se vaya a ampliar la planta, sino quese van a mejorar las instalaciones de la planta. Cree que la visita que giraronparte de los Grupos de la oposición y parte de los miembros del equipo degobierno en el día de ayer, cada uno puede sacar sus conclusiones, pero, desdeluego, hay algunas bastante claras, por ejemplo, lo que acaba de decir la Sra.Hernández Martínez, que la planta tiene una capacidad para 85.000 toneladas,pues por parte de los técnicos de Vaersa que estaban presentes en esa reunión sedijo clarísimamente, tiene capacidad para 85.000 toneladas si se realiza un turno,pero si se realizan dos turnos, lógicamente, ya no son 85.000, ya son 170.000

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toneladas, por lo tanto, no es que se esté sobrepasando la capacidad de la planta,sino que la planta puede asumir las 85.000 ó 170.000 toneladas. De todasmaneras, el Sr. Beltrán Esteve, les ha pedido una visión de conjunto sobre estaMoción, a todos los Grupos Políticos, el Partido Popular no tiene ningúninconveniente a votar favorablemente al primer punto, es decir, ir a laConsellería y decirles que no quieren que vengan más basuras del Plan Zonal, eneso están de acuerdo, no quieren que vengan las basuras de otras zonas, pero,desde luego, no pueden votar favorablemente denunciar el convenio que firmóen su día la Alcaldesa, en primer lugar, porque ese convenio en ningún puntorecoge que el Partido Popular autorice que vengan esas basuras de fuera del PlanZonal y si no, léanle el punto donde recoge que la Alcaldesa firma que seautoriza a que vengan esas basuras, porque eso no es así. Recuerda, que la Ley16/2000 de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana, obliga aque se tenga en cuenta la elaboración de los Planes Zonales y la posibilidad detratar en las instalaciones previstas para cada zona residuos urbanos procedentesde otras zonas, eso sí, con carácter temporal y justificado.

Añade, el Sr. Valiente Navarro, que denunciar el convenio en el punto delas medidas compensatorias, que supone que es lo que pretenden, que elAyuntamiento de Villena puede recibir si en alguna ocasión vienen esas basuras,es ir contra los propios intereses del Ayuntamiento de Villena, porque estánobligados a ello por imperativo legal, es que no se pueden negar, aunquequisieran, aunque vayan hoy a la Consellería y acuerden decirle que no lestraigan esas basuras, porque si al final se decide que tienen que venir a Villena,por el principio de solidaridad, que también es uno de los principios que rigenesa Ley de Residuos, pues tendrían que aceptarlo, porque no se pueden negarcomo Ayuntamiento. Otra cosa es que quieran que la planta se gestione lo mejorposible, que no se amplíe las instalaciones, sino que se mejore las instalacionesexistentes y que se valorice el mayor número de toneladas de basura que llegan ala planta de tratamiento de residuos de Villena. Repite, el convenio firmado tansólo habla de medidas compensatorias para el Ayuntamiento de Villena, a lasque tiene derecho cada municipio que tiene una instalación de estascaracterísticas. La Sra. Hernández Martínez, lo ha manifestado muy bien, el año2006, incluso los últimos días del año 2005, desde que se abrió la planta, desdeesos primeros días ya se recibieron basuras procedentes de fuera del Plan ZonalXIII, entonces no sabe qué se hizo diferente a lo que se quiere hacer ahora, nosabe qué medidas se tomaron para que no entraran esas basuras, pero desdeluego no era responsabilidad del Partido Popular, lo han dicho los Grupos de laoposición, no él, piensa que se apunta en la dirección equivocada, intentandodenunciar esa cláusula del convenio, sin embargo, la ley es la que les obliga,entonces, si no les gusta ser solidarios para recibir las basuras, deberían dirigirse

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a la Consellería y decir que se modifique la ley y que hasta que no se hagan lasinstalaciones que se guarden la basura donde buenamente puedan, pero que nolas traigan a Villena. Por tanto, por ahora el Partido Popular con ese convenio yaha cobrado el año 2008, están pendientes de cobrar el 2006, que aunque no eraresponsabilidad del Partido Popular, sí que es su responsabilidad obligar a sercompensados por las toneladas que entraron, pero claro, en el año 2006 no era elPartido Popular los que formaban el equipo de gobierno de este municipio, en lamitad del año 2007, desde el 16 de junio tienen la responsabilidad de que lessean abonadas esas compensaciones y en el 2009 están pendientes de laliquidación, para que les efectúen los correspondientes ingresos por parte de laempresa Vaersa.

Continúa el Sr. Valiente Navarro, diciendo, que se ha hecho tambiénalgunas manifestaciones, por parte de los Grupos de la oposición, que se hansacado de declaraciones en prensa, se ha hablado de la incineradora nuevamente.Cree que ayer el Director de Vaersa dejó claro cuál era la incineradora que se ibaa instalar en Villena, que era una incineradora de animales y que no era másgrande que uno de éstos bancos, con lo cual, seguir hablando de la incineradoraes generar una alarma social que no se corresponde con la realidad, porquepiensa que, realmente, la visita de ayer fue bastante esclarecedora de cómo estála planta, cuál es su situación y su futuro. Por lo tanto, sí, pueden tener esavisión de conjunto, pero debe ser parcial, no pueden denunciar esa parte delconvenio, por la cual ellos reciben una compensación, si denuncian esa parte delconvenio les están diciendo que se niegan a que les den dinero, si se trae basurade fuera del Plan Zonal, pero como la ley permite traer basuras, que entre la loquieran y encima no les paguen nada, cree que tampoco es lógico eso.

Dª Mª Paz Poveda Hernández, expresa, que con respecto a la Moción delPartido Socialista, los Concejales no adscritos, en el primer pedimento van aapoyarlo, porque no pueden consentir que Villena pueda ser candidata en larecepción de las basuras de Castellón como del área metropolitana de Valencia,por lo tanto, hay que comunicar a la Consellería su total negativa. Con respectoal segundo punto, viendo el convenio y el acuerdo de intenciones, con lo quepropone el Grupo Socialista, ella lo ve apropiado y lo haría de esa manera,puesto que como en el convenio es donde se reflejan las medidascompensatorias, sí que, a lo mejor, se podría solicitar que respecto al acuerdo deintenciones, se añadieran dos puntos, uno, sería que Vaersa presentara en elAyuntamiento escrito de justificación y temporalidad de la entrada de losresiduos de fuera de la Zona XIII a la planta de Villena, como municipio queacoge esta infraestructura, solicitando en el mismo la correspondiente

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autorización municipal, ese podría ser un punto y que fuese el Pleno quien diesela autorización municipal y otro punto, que se podría solicitar para añadir es quesi Vaersa en un futuro pretende realizar alguna ampliación, por supuesto que seael Pleno Municipal quien aprobase esa ampliación. La Sra. Poveda Hernández,considera, que ella aportaría estas propuestas, no para el convenio, por si no sepudiese denunciar porque van recogidas las medidas compensatorias, pero sí quese reflejara en el acuerdo de intenciones.

Abierto el segundo turno de intervenciones, toma la palabra D. CarlosBeltrán Esteve, manifestando que él lo primero que se pregunta es si laciudadanía lo que espera ahora es que se estén tirando los trastos, que él empiecea replicar a cada una de las cosas que se han dicho o que le den una solución aeste asunto, pero, una pregunta se hacen al aire libre y es, ¿en 2006 quiéngobernaba la Generalitat?, porque siempre se hace referencia a quién gobernabael Ayuntamiento, pero ¿quién gobernaba la Generalitat?, es decir, resulta que siel Ayuntamiento no cobraba por muchas gestiones que pudiera hacer la culpa esdel Ayuntamiento, pero el que tiene la obligación de pagar se sale de rositas, nopaga y no pasa nada, hasta el 2009, porque el Director General de Vaersa sí queles dejó muy claro ayer que él desde que tomó posesión, había dado luz verde alpago de una cantidad correspondiente al 2008, pero que de 2006 ó 2007 era elConsorcio de la Zona XIII quien debía dar la autorización de pago y quienpreside el Consorcio no es el Partido Socialista, pero ahora se ponen a discutir,¿dice el convenio que autoriza la llegada de basura de fuera o no?, pero si es queno lo necesita, porque ya le están diciendo que se va a pagar y va a venir, notiene reservado el derecho de admisión, en ningún momento consultan, aunqueestablecieran la cláusula de consulta o autorización previa del Ayuntamiento,por supuesto, que tendrían que pagar, o ¿qué pasa, que le iban a dejar queentonces la trajeran gratis?, no, pero, al menos, contaría con la aprobación delAyuntamiento. En cuanto a decir que es que sólo trabajan a un turno y por esotratan lo que tratan, porque podrían tratar más si trabajaran dos y hasta tres, quese les dijo, podrían trabajar veinticuatro horas al día y tratarían el triple de lo queestán tratando, pero, uno, eso significaría que la basura generada por nuestrazona quedaría en minoría, prácticamente, para el tercer turno, pero es queademás qué iban a hacer, ¿les daría tiempo a tratar toda la basura o se limitaríana enterrar?, ésa sería otra cuestión.

El Sr. Beltrán Esteve, cree que si miran la propuesta con perspectiva,evidentemente, el Grupo Socialista no pide en esta Moción el rechazo a laampliación porque ya está aprobado, por tanto, no la iban a pedir en el escrito dela Moción, sino el rechazo a la llegada de basuras procedentes de fuera, si se

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hacen realidad las noticias que tienen, porque no las ha dicho un cualquiera, sinouna autoridad competente de la Generalitat Valenciana y ante eso, ellos tienenque reaccionar, pero, la imagen que puedan dar los representantes que están hoyaquí de que tu me dices más y yo te digo un poco más, cree que no es la quedeberían dar, para solucionar los problemas de la ciudadanía. Considera, que siestán de acuerdo en el rechazo, aunque sea vía declaración pública de un altoresponsable de la Generalitat, a que pudiera venir esa ingente masa de basuraprocedente de esas zonas que se han dicho, el Ayuntamiento se puede manifestaren contra, le haya llegado o no la comunicación por escrito, ya lo dice, porque esque lo ha dicho una autoridad, no un cualquiera y ellos ya se manifiestan encontra, ése es el objetivo de la Moción, no el decir que si el tripartito lo hizo bieno mal, si el PSOE es así o es asá o el PP es más allá, no, el objetivo es solucionarlos problemas de la gente, no tirarse los trastos a la cabeza y si lo ha entendidoasí, lo ha entendido mal, el Grupo Socialista sí que creen que esta parte delpunto segundo del convenio se puede modificar, y se puede seguir cobrando, apesar de que establezcan la premisa del acuerdo previo del Ayuntamiento, porsupuesto que sí.

En cuanto a las propuestas al acuerdo de intenciones que les han hecho,ellos las aceptan y las incorporan a la Moción, porque cree que están para sumary piensa que el Partido Popular debería plantearse que igual que se opuso a laprevisible instalación de una incineradora, no la que les dijo ayer el Sr. DirectorGeneral, sino una incineradora aparte, fuera de la propuesta del vertedero deVillena, y se abstuvo en la propuesta de ampliación, también puede aquícolocarse del lado de la ciudadanía y rechazar, aunque sea a futuro, la llegada debasuras procedentes de otras zonas de la Comunidad Valenciana, porque si no lohacen así y otros posibles candidatos a recibir esas basuras sí lo hacen, van a sercandidatos únicos a recibirlas y claro que hay que gestionar la basura de dondesea, porque es un problema, pero es que la obligación de la Generalitat cuandolegisló era cumplir lo que legisló. Considera que en el año 2001, a lo mejor, nose le podía exigir tanto, en el año 2002 tampoco, pero es que han pasado diezaños y ha tenido tiempo suficiente, al menos, para iniciar la solución a losproblemas de los residuos de las comarcas de Castellón, de la zonametropolitana de Valencia y de cualquiera otra, ha tenido tiempo suficiente y nomiren el corto plazo, el que lo presenta el PSOE, los Verdes o quién lo hace,miren lo que demanda la ciudadanía, eso es lo que les piden. Se puede aprobaresta Moción y que negocien una parte de ese convenio, que ellos consideranperjudicial, pero si es que ya lo dijeron en el 2008 y ahora lo vuelven aproponer, porque les están viendo las orejas al lobo, pasado mañana, a lo mejor,ya no lo pueden negociar, porque ya será un hecho consumado, así quereflexione el Partido Popular que es quien tiene la mayor responsabilidad,

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reconsidere y no solamente apruebe el punto uno, sino apruebe también el puntodos.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, en su segunda intervención,manifiesta, que lo primero es dar alguna contestación al Portavoz del PartidoPopular, como él, estuvo en la visita de Vaersa y escuchó cómo el técnico de laplanta les informaba que aunque está preparada para 85.000 toneladas, puedenhacer un segundo turno completo y la planta puede admitir 200.000 toneladas ytodavía, dijo, que podía hacer hasta otro turno, esto no es la información que estápublicada en la Generalitat Valenciana, no dice que la planta está preparada para85.000 toneladas en un turno y que hay un segundo turno que se podría hacerhasta 200.000, entonces, el técnico puede decir lo que quiera, el Ayuntamientode Villena, ella cree que se pueden basar perfectamente en la información queconsta no sólo en la documentación de la Generalitat Valenciana y decir que sila planta fue diseñada para admitir 85.000 toneladas, es lo que el Ayuntamientode Villena va a admitir y dentro de esas 85.000 toneladas, ya que 70.000 lasproducen las catorce poblaciones, estarían dentro de ese principio de solidaridad,respetando la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana. Lo que sí que leshubiera gustado es, porque ha hecho también una alusión a que tienen que sersolidarios, dónde van a tirar la basura si generan la basura, pues bien, ella sí quequiere incidir en lo anterior, puesto que hace diez años que está la Ley deResiduos de la Comunidad Valenciana, hace diez años que la GeneralitatValenciana debería de haber dedicado su presupuesto a esto y ha priorizadootras obras, que son para el Grupo Verde menos importantes, en detrimento deque esta ley se ponga, porque no es sólo que no ha hecho estas infraestructurasen los distintos Planes Zonales, es que en el 2010 que es ya, se tendría que estarrecogiendo la basura orgánica selectivamente y no han empezado siquiera porlos grandes productores, que aquí en una Moción se aprobó hace un añoaproximadamente o unos meses, no tiene ahora el dato, pero se aprobó queintentarían ya que los grandes productores como la hostelería, los mercados, lossupermercados, etc., estuvieran recogiendo la basura orgánica selectivamente, osea, que hay un incumplimiento no sólo respecto de las inversiones eninfraestructuras, sino de forma global de las inversiones para que esta Ley deResiduos de la Comunidad Valenciana que fue aprobada por el propio PartidoPopular, se ponga en vigencia. Piensa que esto es lo que está provocando queVillena tenga que soportar esta venida de basuras de fuera de nuestraspoblaciones. La Sra. Hernández Martínez, cree que Villena ha estado indefensa,que los organismos no han funcionado cuando en la ley también y en el PlanZonal, se dice textualmente que es el Consorcio el responsable de la valorizacióny de la gestión de los residuos y que es el responsable de sacar a licitación el

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proyecto de gestión, pero aun cuando no lo saque no se le exime de laobligatoriedad de ser el responsable de la gestión de los residuos, ella cree que elConsorcio ha dejado mucho que desear en la protección de los intereses y de lasproblemáticas de la ciudad.

Expone, la Portavoz del Grupo Verde, que ahora quiere referirse a estesegundo punto, porque sí que querría que en la tercera intervención del PartidoSocialista dijese, exactamente, cuál es la modificación exacta del convenio quequiere que se produzca, para saber exactamente lo que están votando, es decir, lamodificación exacta del convenio para poder tomar ya la postura final. Conrespecto al aporte que ha hecho Dª Mª Paz Poveda Hernández, creen que esmejorar el acuerdo de intenciones, si se introducen esos dos aspectos que haplanteado, tanto la necesidad de que llegue al Ayuntamiento comunicación de lajustificación de por qué se toma la medida de traer basuras aquí, como latemporalidad de la medida y como la necesidad de solicitar la autorizaciónmunicipal, porque eso hará que el Ayuntamiento de Villena pueda controlartambién esta entrada de basuras y en el segundo punto, que habla de que en elfuturo la ampliación también contará con la aprobación municipal, seríaimportante también introducirlo en ese acuerdo de intenciones. Antes determinar, quisiera decir que ayer sí que solicitaron al Director General de Vaersaque les explicara sus propias declaraciones, que habían leído en prensa y quequerían saber realmente, si cuando él en esos titulares y en entre comilladohablaba de ampliaciones de la planta ahora, hacía referencia a las ampliacionesde los vasos de vertido, él les dijo que no, que las previsiones de Vaersa era unaampliación con una planta incineradora de animales muertos, que esa planta yaestaba recogida en el Plan Zonal, es algo que se demandaba, porque hayproblemas y es una planta necesaria, es una planta pequeña, como bien haexplicado el Portavoz del Partido Popular y tiene una función, luego la otraampliación de la que parece ser hablaban, era que los lixiviados tienen ahora unproceso para recuperarlos por osmosis, de los lixiviados de las basuras, una partesale sólida, tienen que tratarla como residuo peligroso y actualmente, parece ser,esta información ella no entra porque no la ha contrastado, que se mandan esosresiduos sólidos a una planta de Murcia.

Aclara que, lo que pretende Vaersa aquí es intentar en muy poco espacio,la planta de osmosis era como un contenedor de un camión, que dentro estaba laplanta de osmosis y sobre esas dimensiones sería una planta para tratar eseresiduo sólido, es la ampliación de que este señor hablaba, pero esto no quieredecir que cuando aquí se hace un acuerdo de intenciones de la ampliación de laplanta, como no se especifica a qué se refiere, sino simplemente lo que se dice esque este acuerdo de intenciones se firma a efectos de permitir posibles

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ampliaciones de la planta de compostaje de residuos urbanos y vertederos derechazos de Villena construida por Vaersa, tienen el peligro de que esasampliaciones, en otro momento, sí que hagan referencia a los vertidos y aquíestán comprometidos, por eso el que el Pleno tenga que hacer el anexo a esteacuerdo de intenciones para que el Pleno tenga que ratificar esta ampliación odenegarla, sería muy importante.

Toma la palabra, a continuación, D. José Joaquín Valiente Navarro, quienexpresa, que el Partido Popular sigue manteniendo la postura de votarfavorablemente el primer punto, y no votar favorablemente el segundo punto. ElPP deja meridianamente claro, que no quieren que vengan más basuras de fueradel Plan Zonal XIII, están completamente de acuerdo, por eso no lo discuten,eso sí, la ley les obliga a que esa planta las acepte si en algún momento llegan,con lo cual tampoco quieren ser tontos y decir que no quieren que se cobre, si enalgún momento llegan, dicen que si llegan, lógicamente se cobrarán, pero sidenuncian esa parte del convenio se cobrarán a 0,6 y a 1,2, por lo menos, en esaparte del convenio tienen que la cobrarán a 5, por lo cual, déjenlo así, por qué lovan a modificar, si ellos están de acuerdo, si la Junta de Gobierno el lunes yatomó sus acuerdos también solicitando esto mismo, información e informes, conlo cual, el Partido Popular desde el primer día, quieren que Vaersa funcionebien, que la basura sea bien tratada, le abrieron un expediente sancionador quecaducó, le volvieron a abrir otro expediente sancionador que fue trasladado aConsellería, que es el órgano competente para decidir sobre ese expedientesancionador, porque el Ayuntamiento no es el órgano competente para sancionara la mercantil que lo gestione o sancionar a Vaersa, con lo cual, puedenincoárselo y trasladarlo a la Consellería, que es la que decide sobre eseexpediente sancionador, no el Ayuntamiento de Villena. Por lo tanto, elAyuntamiento de Villena, en ningún caso, por muchas cosas que ellos pongan enlos convenios, son las Cortes Valencianas y ellos no pueden legislar, elAyuntamiento no puede ir en contra de las leyes, no pueden cambiarlas y nopueden modificarlas, porque no tienen esa competencia.

Las leyes son las que son y ellos como Ayuntamiento tienen queaceptarlas, les guste más o menos, qué quieren cambiar la ley y decir no, elAyuntamiento de Villena tiene que autorizar a que vengan las basuras y si no, novienen las basuras, ya les gustaría, pero es que eso la ley no lo dice así, ellos noson el órgano competente para autorizarlo, con lo cual, no sirve de nada queaprueben que en el convenio o donde quieran, se ponga que se tiene queautorizar, porque siempre habrá un órgano superior que les dirá, por ley sí tienenque ir, tienen que ir, lo sienten mucho, pero tienen que aceptarla. Ellos como

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Ayuntamiento, lo ha dicho y lo repite, pueden decir, que no quieren que vengan,háganles el favor de que no vengan más basuras, pero no podrán decirtajantemente que como las traigan aquí, no les van a dar la autorización, porque,al final, si tienen que venir, vendrán, podrán hacer fuerza para que no vengan.Por lo tanto, cree que se debería votar favorablemente por todos el primer puntoy dejar el segundo punto fuera, porque no tiene sentido que se renuncie a unamedida compensatoria a la que tienen derecho por ley, porque piensa que elloscon este convenio han mejorado y el convenio, como ha dicho, no es el acuerdode intenciones, que es eso, un acuerdo de intenciones, mientras que el convenioes el que realmente se aplica en estos momentos. Sin embargo, el acuerdo deintenciones es un acuerdo de lo que se puede hacer y de lo que se puede irtrabajando, pero no es lo que refleja el convenio, en el que sólo se establece lasmedidas compensatorias, que es lo que el Ayuntamiento de Villena tiene quecobrar por recibir basuras del Plan Zonal y de fuera del Plan Zonal, pero ya está,no es más. Dicho esto, están de acuerdo en que no vengan más basuras de fueradel Plan Zonal, pero no pueden estar de acuerdo en que si tienen que venir porimperativo legal, renunciar a esas medidas compensatorias ni añadir al acuerdode intenciones que tienen que dar la autorización para poder recibir esas basuras,porque no son el órgano competente para dar esa autorización. Por lo tanto, elSr. Valiente Navarro, cree, que el Grupo Socialista les pide una visión deconjunto, que es bastante clara porque el Partido Popular también está deacuerdo en que no vengan esas basuras.

Finalmente, cierra el turno de intervenciones D. Carlos Beltrán Esteve,manifestando, que para terminar ya, o se está a favor de que vengan las basurasde fuera o se está en contra, no puede haber medias tintas, y se está a favor o encontra con todas sus consecuencias y en todas las líneas, porque, eso de que noes el órgano competente para hablar de esto, tampoco es el órgano competentepara hablar del canon digital ni de la financiación autonómica ni de tantas cosascomo las que les han traído aquí, así que no les venda la excusa de que no es elórgano competente para decirle a Vaersa, que para admitir basuras de fuera de laZona XIII necesitará, y ésta es la respuesta al Grupo Verde, en el punto segundodel convenio donde dice “compensación por gestión de residuos urbanosprocedentes de municipios no pertenecientes a la Zona XIII”, añaden, “previoacuerdo del Pleno de la Corporación Municipal de Villena”, atendiendo a lasnecesidades de la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana y al principiode temporalidad, es decir, que les digan por cuánto tiempo, no para toda la viday déjense de si son o no son el órgano competente, porque si se ponen tan finos,muchas de las propuestas que el Partido Popular les ha traído aquí en dos años ymedio, que no tienen absolutamente nada que ver con la competencia municipal,

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se las tenían que haber envainado, ¿está claro?, el Sr. Beltrán Esteve cree queestá bastante claro, ¿no?

En este momento, la Sra. Alcaldesa, interrumpe la intervención delPortavoz del Grupo Socialista, sugiriendo cambiar la palabra “autorización” por“comunicación” que sí que sería perfectamente legal y que no se anularía,tendría alguna validez, dado que cree que en el debate se han utilizado los dostérminos, por si sirve de alguna ayuda, expresando en este caso, “previacomunicación de la temporalidad y justificación de la necesidad de la urgencia”.

El Portavoz del Grupo Socialista, responde en nombre de su Grupo que noestán de acuerdo, porque cree que la gente puede entender que no significa lomismo comunicar que autorizar, eso se puede entender, ya que es una cuestiónde lenguaje que todos están acostumbrados a emplear. Para terminar, las dospropuestas al acuerdo de intenciones sí, justificar la necesidad de temporalidad ycualquier ampliación debe contar con el acuerdo de la Corporación, eso es elacuerdo de intenciones, que no es el convenio, que ya lo saben, pero que vaunido uno al otro, porque si no, no tendría sentido el acuerdo de intenciones. Porotra parte, el Grupo Socialista quiere cobrar porque vengan basuras de fuera, porsupuesto que sí, no hacen dejación de derechos, quién ha dicho que porque lespidan la previa autorización al Pleno, ellos van a dejar de cobrar, y segundo, leda igual que luego la Consellería se busque figuras estrafalarias, jurídicas o loque sea, le da igual, ésta es la voluntad del Pleno, es la voluntad recogida de lamayoría de la población de Villena y ésta es la voluntad que debe conocerVaersa. Ellos lo que dicen es que la propuesta que le hacen a Vaersa es cambiarel convenio en ese aspecto, tan simple como eso y a eso se dice sí o se dice no,pero no se buscan variantes, ni circunvalaciones, por tanto, ésa es la propuestaque el Partido Socialista mantiene.

A continuación, la Sra. Alcaldesa solicita al Grupo Municipal Socialista siautoriza que se realice la votación por separado, contestando ésteafirmativamente. Por tanto, manifiesta que, en ese caso serían cuatro puntos, doslos contenidos en la Moción del Grupo Municipal Socialista y los otros dos apropuesta de la Concejala Dª Mª Paz Poveda Hernández.

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Seguidamente, la Sra. Alcaldesa somete a votación el punto primero de laMoción “Comunicar a la Consellería de Medio Ambiente, Agua y Urbanismo elrechazo tajante a la recepción de residuos provenientes de zonas de Valencia yCastellón”, votando a favor del mismo todos los miembros presentes.

Acto seguido se somete a votación el punto segundo de la Moción,“Denunciar el Convenio firmado por la Alcaldesa en el punto donde se permitela entrada de residuos de zonas de fuera que no nos pertenecen”, votando a favordel mismo los ocho Concejales presentes de los Grupos Municipales PSOE yVerde y los cuatro Concejales presentes no adscritos. Votan en contra los seisConcejales presentes del Grupo Municipal Partido Popular.

Inmediatamente después se somete a votación el punto tercero, propuestopor la Concejala Dª Mª Paz Poveda Hernández, “Comunicar a la Consellería lanecesidad de autorización previa por el Pleno para traer basuras de fuera”,votando a favor del mismo los ocho Concejales presentes de los GruposMunicipales PSOE y Verde y los cuatro Concejales presentes no adscritos.Votan en contra los seis Concejales presentes del Grupo Municipal PartidoPopular.

Por último, se somete a votación el punto cuarto, propuesto por laConcejala Dª Mª Paz Poveda Hernández, “Comunicar de nuevo a la Conselleríala no ampliación de la planta y que se aprobara en su caso por el Pleno futurasampliaciones”, votando a favor del mismo todos los miembros presentes.

En virtud de lo expuesto anteriormente, la Corporación Municipal,acuerda:

Primero.- Por unanimidad, aprobar como medida cautelar, comunicar a laConsellería de Medioambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda el rechazo tajantea la recepción de residuos provenientes de las zonas de Valencia y Castellón, taly como hemos leído en prensa en los últimos días.

Segundo.- Por mayoría, denunciar el convenio firmado por Dª CeliaLledó Rico, Alcaldesa de Villena, con Vaersa en el punto donde se permite laentrada de residuos de zonas fuera de la que nos pertenece, con el objeto demodificarlo, evitando las posibles entradas ante el fracaso de la GeneralitatValenciana en la solución al problema de los residuos urbanos.

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Tercero.- Por mayoría, comunicar a la Consellería la necesidad deautorización previa por el Pleno para traer basuras de fuera.

Cuarto.- Por unanimidad, comunicar de nuevo a la Consellería la noampliación de la planta y que se aprobara en su caso por el Pleno futurasampliaciones.

Quinto.- Requerir a la Secretaria Municipal un informe jurídico, enrelación al punto segundo, ya que por la vaguedad del punto segundo que haquedado aprobado, ha quedado denunciado el Convenio completo y a partir deahora las basuras que vengan de fuera se tendrán que cobrar más baratas de loque se cobraban hasta ahora.

4.- Moción del Grupo Municipal Verde sobre requerimiento a la EntidadPública de Saneamiento de Aguas Residuales (EPSAR) como enteresponsable de velar por la buena depuración de las aguas residuales de laComunidad Valenciana.

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Se da lectura a una Moción presentada por el Grupo Municipal Verde, quetranscrita literalmente, dice:

“En la factura que nos remite el Ayuntamiento de Villena y los ServiciosMunicipales de Agua Potable y Alcantarillado UTE- VIARSA- SAICO- AVSA,a todas las familias y empresas de nuestra localidad se incluye el concepto:Canon de saneamiento de Servicio y Consumo. En el caso de una familiaabonamos 7,92 euros en el primer concepto y 0,298 euros por m3 facturado.Esto puede suponer si cogemos el consumo anual de una familia normal decuatro miembros la cantidad de 100 euros anuales por este canon. En Villenaestimamos que hay aproximadamente 12.300 usuarios.

Según podemos leer en la web de EPSAR (Entidad Pública deSaneamiento de Aguas):

“El canon de Saneamiento es un tributo de la Generalitat Valenciana,establecido mediante la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de lasAguas Residuales de la Comunidad Valenciana, que se exige desde 1993.

El canon de saneamiento es un impuesto ecológico ya que su fin es

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mejorar el nivel de conservación del Medio Ambiente de la ComunidadValenciana. Para ello su recaudación se dedica a la financiación de los gastosde gestión y explotación de las instalaciones de evacuación, tratamiento ydepuración de aguas residuales de titularidad pública y, en su caso, de lasobras de construcción de estas instalaciones. El canon de Saneamiento grava laproducción de aguas residuales manifestada a través del consumo de aguaindustrial y doméstico y su exacción afecta a los suministros de red como a lospropios”.

Según el apartado de Supervisión y Control de instalaciones en la web dela EPSAR se declara que:

“La Entidad de Saneamiento viene desarrollando desde el año 1993 labores decontrol y vigilancia a través de empresas especializadas que desarrollanbásicamente los siguientes trabajos:

- Control analítico, con objeto de verificar el cumplimiento de la normativavigente.

- Control de los residuos generados.- Análisis estructural y funcional de las instalaciones.- Supervisión de los trabajos realizados por las empresas explotadoras.- Supervisión de los costes de explotación.

El desarrollo de estos trabajos nos permite:

Garantizar la correcta gestión y explotación de las instalaciones.Optimizar su funcionamiento.Reducir los tiempos de respuesta para la resolución de incidencias yaverías.Optimizar los servicios prestados de cara al ciudadano y al medioambiente.

Según Expediente 2007/GV/0032 de Título, “Obras de tratamientoterciario de la E.D.A.R de Villena, Procedimiento de Adjudicación: Abierto,Importe de licitación: 1,19,924,80 euros, Fecha de anuncio DOGV 12/06/2007Fecha límite de recepción de ofertas 07/09/2007 con fecha de aperturaproposición económica: 18/09/2007.

Estas obras ya tendrían que estar terminadas y la instalación puesta enfuncionamiento, lo que hubiera evitado gran parte de los problemas a los quenos hemos enfrentado durante estos años de demora.

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Según consta en el escrito que la Confederación Hidrográfica del Júcar hamandado al Ayuntamiento de Villena debido a que “el vertido producido por laComunidad de Usuarios de Vertidos del Alto Vinalopó, es altamentecontaminante y supone un importante impacto sobre el medio receptor”…“seadvierte a la comunidad de usuarios de vertidos del alto Vinalopó que tienenterminantemente prohibido efectuar vertido a cauce suelo o subsuelo que puedadeteriorar la calidad de las aguas, sin contar con autorización de esteOrganismo, incoándose, en su caso, expediente sancionador por infraccióntipificada en la letra f) del artículo 116 de la Ley de Aguas, pudiéndolecorresponder sanciones desde 6.010,12 euros hasta 601.O12, 10 euros”

Por todo esto, solicitamos al Pleno, para que con su superior criteriodecida que:

1.- La Alcaldesa de Villena convoque una reunión urgente de la Comunidad deUsuarios de Vertidos del Alto Vinalopó proponiéndole:

- Denunciar ante la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo yVivienda la situación que ha venido soportando el término de Villena por elmal funcionamiento de la EDAR de Villena.

- Exigir responsabilidades a la Entidad Pública de Saneamiento de AguasResiduales de la Comunidad Valenciana del mal control y funcionamiento dela EDAR de Villena y por los incumplimientos de los plazos en las “Obrasde tratamiento Terciario de la EDAR de Villena” Exp. 2007/GV/0032 cuyafecha de apertura de la proposición económica tuvo lugar el 18/09/2007 yque ya tendría que estar terminada.

- Dado que la ciudadanía de las cuatro poblaciones afectadas ha pagadopuntualmente los cánones de saneamiento que le exige la GeneralitatValenciana en sus facturas de agua o directamente a la EPSAR paragarantizar la buena gestión en la depuración de las aguas que vierte, exigimosque en caso de sanción económica de la Confederación Hidrográfica delJúcar sobre la comunidad de Usuarios de Vertidos del Alto Vinalopó, éstasea asumida por la EPSAR que es realmente la responsable de lo que hasucedido y, de no aceptar, se le interponga un contencioso administrativo.

- Que esta misma Moción se plantee adaptada a cada municipio para que tengaun respaldo plenario de todas las corporaciones implicadas.

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2.- En caso de no aprobarse por la Comunidad de Usuarios de Vertidos, que elAyuntamiento de Villena tramite igualmente estas solicitudes con el respaldo delPleno de Villena.

3.- Se solicite a la Generalitat Valenciana información por escrito del estado dela licitación de las obras de mejora de la depuradora de las Virtudes ( proyectoque el Ayuntamiento de Villena incluyó en el Plan confianza) y la agilización delos trámites de licitación.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Urbanismo, Obras y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con la Moción del Grupo Municipal Verde, sobrerequerimiento a la EPSAR, como ente responsable, de velar por la buenadepuración de las aguas residuales de la Comunidad Valenciana, Dª Mª CatalinaHernández Martínez, explica, que esta Moción nace a raíz del requerimiento deun escrito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, en el que expone que elvertido producido por la Comunidad de Usuarios del Alto Vinalopó es altamentecontaminante y supone un importante impacto sobre el medio receptor,advirtiéndole de la prohibición de efectuar vertido a cauce, suelo o subsuelo quepueda deteriorar la calidad de las aguas, sin contar con autorización de eseorganismo e incoándose expediente sancionador en su caso. Por otra parte, hacereferencia a la factura que les remite el Ayuntamiento y los ServiciosMunicipales de Agua Potable, donde figura un canon de saneamiento de 0,298euros por metro cúbico facturado y también una cuota de saneamiento fija porimporte de 7,92 euros. El canon de saneamiento es un tributo establecidomediante la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las AguasResiduales de la Comunidad Valenciana, que se exige desde 1993.

En virtud de lo expuesto, la Sra. Hernández Martínez, propone exigirresponsabilidades a la EPSAR por su mal control y funcionamiento de la EDARde Villena y por los incumplimientos de los plazos en las obras de tratamientoterciario, que en caso de sanción económica por parte de la ConfederaciónHidrográfica del Júcar, sobre la Comunidad de Usuarios, ésta sea asumida por laEPSAR, que es la responsable de lo sucedido y que esta Moción se plantee acada municipio de la Comunidad General para que tenga un respaldo de todaslas Corporaciones implicadas. No obstante, en caso de no aprobarse por laComunidad de Usuarios de Vertidos, que el Ayuntamiento de Villena tramiteigualmente estas solicitudes con el respaldo del Pleno de Villena.

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Sometido a votación este asunto, votan a favor los cuatro Concejales delPSOE y la Concejala del Grupo Municipal Verde, absteniéndose los cincoConcejales del PP. Por tanto, por mayoría, queda dictaminada favorablemente laMoción.

Abierto el debate, Dª Mª Catalina Hernández Menor, en primer lugar,manifiesta que la Moción que hoy trae el Grupo Municipal Verde a aprobacióntrata un problema que Villena viene acarreando durante meses. Los vecinos yvecinas limítrofes a la acequia del Rey han denunciando problemas en las aguasque circulaban por la acequia del Rey, esas aguas durante meses, no sabencuánto, han sido aguas que estaban con un alto grado de contaminación y que sehan seguido vertiendo por las poblaciones que conforman la Comunidad deUsuarios de Vertidos del Alto Vinalopó. Señala, que en el informe que lespresenta la Confederación Hidrográfica del Júcar, las aguas que vierten laspoblaciones de Villena, Benejama, Cañada y Campo de Mirra, que son lascuatro poblaciones que vierten las aguas sobre la EDAR, por un análisis que sehizo en agosto del año 2009, se definen como altamente contaminantes ysuponen un importante impacto sobre el medio receptor. Por este motivo, laConfederación Hidrográfica del Júcar ha mandado un requerimiento de cese devertido total de aguas residuales a la acequia del Rey, y éste es un requerimientoimposible de cumplir, porque la ciudadanía que conforman las poblaciones deVillena, Benejama, Campo de Mirra y Cañada, no pueden dejar de utilizar agua,pues bien, como la depuradora de Villena hace años que no funciona bien, estasaguas que se vierten no están suficientemente depuradas, salen contaminadas yson vertidas a la acequia del Rey. Aclara, que esto es lo que se va a multareconómicamente con el expediente sancionador que ha abierto la ConfederaciónHidrográfica del Júcar, por ello, la Moción que plantea el Grupo MunicipalVerde es, que toda la ciudadanía de las cuatro poblaciones están pagando en lafactura del agua, el canon y la tasa a la Generalitat Valenciana, el canon que esde saneamiento, se pagan dos tipos de canon y lo pueden comprobar cadaciudadano y ciudadana en su factura habitual, es decir, se paga un canon que esfijo, que es de 7,92 euros, cada vez que se paga la factura del agua y un canonque depende del metro cúbico que se consume y de ahí se paga por cada metrocúbico 0,298 céntimos de euro, pues bien, este dinero lo recibe la GeneralitatValenciana y lo gestiona la EPSAR que es la Entidad Pública de Saneamiento.

Explica, que este canon se tiene obligatoriamente que utilizar para lamejor depuración de las aguas y para la inversión en las infraestructurasnecesarias, sin embargo, la EPSAR, la Entidad Pública de Saneamiento de la

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Comunidad Valenciana no ha hecho las inversiones suficientes desde quedetectó, hace ya años, que la EDAR de Villena no funcionaba bien. Añade, laSra. Hernández Martínez, que en el año 2007 que esto ya se estaba comprobandolicitó un proyecto para mejorar esta infraestructura de la EDAR, para hacer unasobras de terciario que haría que esta aguas se depuraran mejor y ya se pudieranverter a la acequia del Rey con la debida reglamentación química. Pone demanifiesto que, estas obras licitadas por la Generalitat Valenciana en el 2007,están en el 2010 y no se han realizado todavía, por tanto, su Grupo cree que esuna dejación de la EPSAR, la Entidad Pública de Saneamiento de la ComunidadValenciana, a la cual ningún ciudadano ni ciudadana se puede negar a pagar ensu factura habitual del agua el canon de saneamiento. Por ello, el GrupoMunicipal Verde dice, que si están obligados y han pagado religiosamente todoslos ciudadanos y ciudadanas de Villena, Campo de Mirra, Cañada y Benejama elcanon a la EPSAR para que depure bien las aguas y se dan cuenta que estánsiendo vertidas en condiciones pésimas, el Grupo Verde opina que si viene unamulta o sanción económica de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobreestos municipios, lo lógico es que la pague la EPSAR, que es la Entidad Públicaque tiene la obligación y a la que se paga todos los años para que esas aguassean vertidas en las mejores condiciones y éste es el planteamiento que hace elGrupo Municipal Verde y trae a aprobación, que en caso de sanción económicade la Confederación sobre los Ayuntamientos por verter en malas condicionesesas aguas que sea la EPSAR quien pague esa multa económica que se impone alos Ayuntamientos.

A continuación, toma la palabra D. Carlos Beltrán Esteve, Portavoz delGrupo Municipal Socialista, quien dice que va a ser muy breve, dado que hasido muy clara la exposición realizada por el Grupo Municipal Verde y laMoción también lo dice muy claro. Considera que en este asunto, laMancomunidad que gestiona la Estación Depuradora de Aguas Residuales creeque deben estar todos de acuerdo, porque la multa, aunque se la pongan alAyuntamiento correspondiente, naturalmente, se la ponen a los ciudadanos ypiensa que deben estar todos juntos en la defensa de los ciudadanos. Por tanto,sin más argumentación y sin más intervención, anuncia el voto a favor de laMoción y le gustaría también escuchar esto mismo del Grupo Popular que sepuede decir que también tendría la responsabilidad de gestionarlo ante laMancomunidad y ante la Confederación Hidrográfica del Júcar.

D. José Joaquín Valiente Navarro, expresa, que el Partido Popular va avotar en contra de esta Moción y va a explicar los motivos. El primer motivo

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viene referido a que aquí se le hace un pedimento a la Alcaldesa de Villena paraque convoque una reunión urgente de la Comunidad de Usuarios de Vertidos,como consecuencia de ese requerimiento que les hace la ConfederaciónHidrográfica del Júcar, pero aclara que esa reunión de la Comunidad deUsuarios de Vertidos se produjo el 14 de enero, es decir, que ese pedimento a laAlcaldesa de Villena de que se convoque esta reunión urgente para que laComunidad de Usuarios de Vertidos tome las medidas oportunas, ante elrequerimiento que les hace la Confederación Hidrográfica del Júcar, eso ya se hahecho, por tanto, no tiene sentido que vuelvan a requerir a la Comunidad deUsuarios de Vertidos del Alto Vinalopó a que se vuelva a reunir a consecuenciade ese requerimiento, cuando ya lo han hecho. Explica, que la Comunidad deUsuarios de Vertidos del Alto Vinalopó la compone el Ayuntamiento de Villena,el de Cañada, el de Campo de Mirra y el de Benejama, la mencionadaComunidad de Usuarios ya acordó el 14 de enero trasladar los datos a laEPSAR, que es la entidad que está gestionando la depuradora en Villena, paraque informen y subsanen todo lo que tengan que subsanar y comunicar a lapropia Confederación Hidrográfica, que se suspenda el procedimientosancionador con las justificaciones oportunas que les haga la EPSAR. Con locual, es algo que no tiene sentido que les vuelvan a decir que se reúna laComunidad de Usuarios de Vertidos para solicitar otra vez qué es lo que pasacon ese requerimiento que les hace la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Manifiesta el Sr. Valiente Navarro, que la Comunidad de Usuarios deVertidos es el cauce apropiado y es el que se ha seguido en este caso. Se hablaen la Moción del Grupo Municipal Verde del canon de saneamiento que paganen este caso los cuatro Ayuntamientos para sufragar la mejora y los gastos deexplotación de la depuradora de Villena, explica, que por los datos que lesconsta al Grupo Popular, en los dos últimos años se ha invertido en la mejora deesta planta más de un millón de euros y la cuenta de gestión del año 2009 lesviene a decir que de canon de saneamiento se ha cobrado entre los cuatroAyuntamientos 1.147.256 euros, y simplemente los gastos de explotación hanascendido a 1.225.024 euros, es decir, los gastos de explotación de la plantadepuradora son más que el canon de saneamiento que aportan por los cuatromunicipios, por lo tanto, si tuviesen que exigirles que con el canon desaneamiento que están pagando a la Consellería les ampliasen las plantas, pocopodrían hacer puesto que sólo los gastos de explotación de la propia planta sonsuperiores al canon que ellos aportan, con lo cual los esfuerzos que pueda hacerConsellería en ampliar esas plantas, son esfuerzos con los impuestos que todoslos ciudadanos aportan, pero no con el canon de saneamiento queexclusivamente está dedicado a la gestión o a la mejora de esa planta.

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Continúa el Sr. Valiente Navarro, diciendo, que con respecto a las obrasdel tratamiento terciario, sobre las que se les dice que existe una dejación defunciones por parte de la EPSAR y de la Consellería también, puesto quetendrían que estar ya en ejecución, cree que ya se dijo en el pasado Pleno cómoestaba la situación, pero se vuelve a repetir, se adjudicó a una UTE el 29 de abrildel año 2008, a la UTE Sapdam, la redacción del proyecto y ejecución de lasobras, esta empresa por diversos motivos ha solicitado dos prórrogas a la entregadel proyecto, el proyecto se presentó y fue supervisado el 10 de septiembre delaño 2009 y actualmente, por la información que se les ha facilitado, estápendiente de la obtención de las autorizaciones ambientales pertinentes, estandoprevisto que el inicio de las obras del tratamiento terciario de la depuradoracomenzarán durante este año, cuando se tengan esas licencias ambientalespertinentes y obligatorias empezarán las obras y según las informaciones quetienen casi con toda seguridad durante este año.

En cuanto al tercer pedimento que hacen en la Moción, que se informe porparte de la Generalitat Valenciana sobre la situación de las obras de ladepuradora de Las Virtudes y la agilización de los trámites de la licitación, diceel Sr. Navarro Valiente que les informa él, que no hace falta irse a la GeneralitatValenciana, puesto que el Ayuntamiento también tiene conocimiento de cómoestá en este momento la licitación de esas obras. Explica, que en su momentoremitieron el proyecto realizado por el Ingeniero Municipal, la Consellería lorevisó, devolvió el proyecto diciendo que adolecía de una serie de deficiencias yde informes que no constaban en el proyecto que había realizado el técnicomunicipal, con lo cual el proyecto volvió otra vez a Villena. El IngenieroMunicipal ha estado revisándolo, incluso, como está de baja y hay trabajos queles pide Consellería que no podía realizar el Ingeniero Municipal, se ha tenidoque contratar a empresas externas para que realicen ese estudio paisajístico yalguna cosa más que era necesaria, han ido recibiendo ya parte de esadocumentación, que se va remitiendo a Consellería, con lo cual en el momentoen que la Consellería haya recibido toda la documentación procederá a lalicitación, es decir, se ha retrasado pero porque Consellería les dijo que elproyecto no estaba correctamente redactado y había que modificarlo endeterminados puntos, pero eso es cosa de los técnicos, en esta cuestión no setrata de ningún problema político el que se haya retrasado la licitación, sino esuna cuestión puramente técnica y que se está tratando directamente entre lostécnicos de Consellería y los técnicos del Ayuntamiento. Por lo tanto, respecto alas dos obras a las que se hace referencia en la Moción, cree que queda clarocuál es la situación y respecto a la reunión urgente de la Comunidad deUsuarios, dice que esa reunión ya se ha tenido y entre los cuatro Ayuntamientosy de común acuerdo se tomaron una serie de acuerdos que son los que se

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remitieron tanto a la Confederación como a la EPSAR, por lo cual, no creennecesaria una nueva reunión para tomar estos acuerdos por parte de laComunidad de Usuarios. Por eso, van a votar la Moción negativamente, noporque no estén de acuerdo, sino porque parte de esa información ya se la hanfacilitado aquí y porque los acuerdos, realmente, ya se han tomado por parte dela Comunidad de Usuarios de Vertidos del Alto Vinalopó.

Dª Virtudes Amorós Revert, manifiesta, que aprovechando la informaciónque se solicita en la Moción en cuanto al tercer punto el Grupo Municipal Verde,quiere informarles que es cierto que el estudio de integración paisajística, ellamisma se encargó de enviarlo la semana pasada, que hoy mismo ha sabido quehan venido a hacer el levantamiento topográfico y para la semana que viene seva a realizar el estudio geotécnico, con lo cual, si precisan alguna informaciónmás o si ven conveniente retirar el punto por la información que se ha dado, diceque lo deja a la consideración del Grupo Municipal Verde.

Abierto el segundo turno de intervenciones, Dª Mª Catalina HernándezMartínez, expone, que reuniones se tienen muchas, quiere decir, la reunión quese tuvo y que se convocó de forma urgente por la Alcaldesa de Villena era unareunión importante porque el punto que se quería transmitir y tratar era elrequerimiento de la Confederación Hidrográfica del Júcar, pero lo que pide elGrupo Municipal Verde es que se convoque una reunión urgente de laComunidad General de Usuarios de Vertidos del Alto Vianlopó, porque elGrupo Verde no cree que lo deba decidir solo el Pleno de Villena, sino que estoda la Comunidad de Usuarios que es la sancionada, quien tiene que tomar estadecisión, entonces, lo que se pide en el primer punto es que se convoque esareunión pero con unos puntos del orden del día muy claros, primero, denunciarante la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda lasituación que ha venido soportando el término de Villena por el malfuncionamiento de la EDAR de Villena, y solicitan eso porque se pidenresponsabilidades aquí de la Consellería de Medio Ambiente, porque hapermitido que se esté vertiendo y que el término municipal sufra un daño.

Segundo, que esa reunión de la Comunidad de Usuarios de Vertidos seplantee un segundo punto para discutir si está de acuerdo o no y es exigirresponsabilidades a la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales dela Comunidad Valenciana del mal control y funcionamiento de la EDAR deVillena y por los incumplimientos de los plazos de las obras de tratamiento,pueden ellos tener las justificaciones que quieran, pero esa justificación no le

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exime de la obligación. Hace referencia a que si entran en la página de laEPSAR, está el expediente de 2007, título obras del tratamiento terciario de laEDAR de Villena, con un importe de licitación de 1.519.924 euros, con unafecha de anuncio en el DOGV de 12 de junio de 2007, con una fecha límite derecepción de ofertas del 7 de septiembre de 2007 y con una fecha de apertura dela proposición económica del 18 de septiembre de 2007, que ahora se justifiquende que no adjudicaron hasta el 2008, el Grupo Verde cree que esasjustificaciones que ahora manda la EPSAR no le exime de la obligación quetenía, que está comprometida y lleva desde el 2007, 2008, 2009 y 2010, ya sondos años sin realizar la obra, pues creen que de eso la Comunidad General deUsuarios debe de exigir responsabilidades a la Entidad Pública y debe dereunirse para tomar ese acuerdo, a expensas de los acuerdos que tomara en lareunión que mantuvo en el Ayuntamiento de Villena tras conocer lo delrequerimiento. También en esa reunión, el Grupo Verde dice que, dado que laciudadanía de las cuatro poblaciones afectadas ha pagado puntualmente loscánones de saneamiento que le exige la Generalitat Valenciana en sus facturasde agua o directamente a la EPSAR para garantizar una buena gestión de ladepuración de las aguas, porque no solo paga la ciudadanía, cada empresa, cadaindustria, todos los que utilizan el agua están obligados a pagar este canon, loque ocurre es que uno pasa por Viarsa y otros se pagan directamente a laEPSAR. Comenta la Sra. Hernández Martínez, que el volumen total del pagoque realizan las cuatro poblaciones entre la ciudadanía, empresas e industrias,ella no lo puede saber.

Por otro lado, la Portavoz del Grupo Municipal Verde, explica, que estamisma Moción se le pide a la Comunidad de Usuarios de Vertidos que se laplanteé, adaptada a los municipios, para que tenga también un respaldo plenario,por ello les parece que eso es interesante, éste es el primer punto, el convocaresa reunión con esos puntos para que se discutan allí. El segundo punto, diceque, en caso de no aprobarse por la Comunidad de Usuarios de Vertidos, que seael Ayuntamiento de Villena, si este Pleno lo decide, quien tome estasdeterminaciones, quien escriba a la Consellería de Medio Ambientedenunciando la situación que ha venido soportando su término en todo eltrayecto de la acequia del Rey, quien le exija responsabilidades a la EPSAR,etc., y el tercer punto es que se solicite a la Generalitat Valenciana informaciónpor escrito. Si esa información ya se les ha dado, de que ese proyecto sedevolvió al Ayuntamiento de Villena porque se exigía declaración de impactoambiental y también el estudio topográfico, pues en ese caso, ese punto sí que loretiran porque creen que ya tienen la información que solicitan en la Moción.

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En su segunda intervención, D. Carlos Beltrán Esteve, dice que muy brevey quizás no deberían intervenir tanto, porque parece que en algunas cosas estántodos de acuerdo, aunque el Partido Popular ha manifestado que no va a votar afavor, pero cree que se da una situación que se ha repetido muchas veces a lolargo de esta legislatura y es que, un Grupo de la oposición, el Verde o elSocialista presenta una Moción, se pide una serie de cosas que pueden ser más omenos razonables y entonces en la sesión plenaria el Portavoz del equipo degobierno o quien corresponda, les cuenta todas las gestiones que se han hecho,claro a continuación piensan, ya no tiene sentido la Moción hay que retirarla. Éllo va a decir muy tranquilo y muy educadamente, pero cree que el equipo degobierno debería tener muy claro que si tiene esa información, porque sabíanque se había producido la reunión, debe empezar a pensar que para evitar que seproduzca esto, de que el Grupo Verde presente una Moción y ahora el Portavozdel Partido Popular le diga que no tiene sentido la Moción por esto y esto, que elPortavoz del Partido Popular dé la información, porque si no esto lo van a estarrepitiendo, como lo han hecho continuamente en esta legislatura, es decir, unGrupo de la oposición que no tiene acceso a la información presenta una Mocióny en el Pleno se dice, es que no tiene sentido esta Moción, porque se ha hechoesto, y lo de más allá, pero es que ellos no lo sabían, acaso ¿el PP ha informadodel contenido de esa reunión de la Comunidad de Usuarios de la Depuradora deAguas Residuales? no ha informado, entonces es lógico que un Grupo de laoposición, el que sea, presente la iniciativa, pero no vale ahora jugar en el Plenoa decir que ya se han hecho cosas. El Sr. Beltrán Esteve, quiere que quede claroque el equipo de gobierno tiene la obligación de dar esa información, para queno se encuentren cada vez que los Grupos de la oposición presenten unainiciativa en esta situación y, por tanto, ahora digan que van a votar que no,aunque estén de acuerdo, pues no, si están de acuerdo voten que sí y sobre tododespués de que el Grupo proponente ya ha anunciado la retirada de un punto.

D. José Joaquín Valiente Navarro, señala, que no se puede hablar oimputar desconocimiento porque él desde luego ya hizo una rueda de prensa ydejó claro qué es lo que pasaba con esto, cuál era la situación, qué es lo que sehabía hecho y se estaba haciendo. También dejó claro que es una cuestión queno es sólo competencia del Ayuntamiento de Villena, sino también delAyuntamiento de Cañada, Benajama y Campo de Mirra y que, por tanto, hacer ointentar hacer un discurso político sobre esta cuestión no tiene mucho sentido,puesto que los Ayuntamientos que componen esa Comunidad de Usuarios estángobernados por diferentes Partidos Políticos, con lo cual intentar hacer políticasobre este tema no tendría mucho sentido, puesto que se estarían tirando tambiénpiedras entre los propios compañeros de Partidos Políticos, aún así, estos

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pedimentos es que cree que no tienen sentido, como bien ha dicho el Sr. BeltránEsteve, después de esa reunión del 14 de enero, que el Sr. Beltrán Esteve diceque desconocía, pues bueno, ya la conoce, entonces no tiene sentido la Mociónni los pedimentos de esta Moción, después de las explicaciones que en estePleno se han dado y de la reunión que ya se produjo el 14 de enero, por eso, elPartido Popular mantiene su voto desfavorable a esta Moción.

Añade el Sr. Valiente Navarro, que ha habido una cosa en la que no queríaentrar, pero al final va a tener que hacerlo, porque se ha hablado también delcanon de saneamiento y del procedimiento sancionador que les quiere imponerla Confederación Hidrográfica del Júcar, sin embargo, no hablan del canon quela Confederación Hidrográfica del Júcar les está cobrando por verter a caucepúblico, porque realmente, con ese canon, por lo menos saben que con el canonde saneamiento que les cobra la Consellería, sí que se invierte en la planta, perodel canon que les cobra la Confederación Hidrográfica del Júcar no les dicendónde lo invierten, no se lo cobran directamente en el recibo del agua, perológicamente, lo cobran indirectamente, puesto que el Ayuntamiento de Villenatiene que hacer su aportación anual, que en el caso del año pasado en el ejerciciode 2009, fueron unos 46.000 euros, cobrarles ese canon a la ConfederaciónHidrográfica del Júcar los dos últimos años, no anteriormente, por el vertido alcauce público parece que sea que en tiempos de crisis el afán recaudatorio dealgunas de las Administraciones sea superior y entonces se tenga que cobrar o secobren de diferentes formas los impuestos que se dejan de recaudar por otrascausas. Comenta que no quería entrar, pero al final hay que decir algo sobreesto.

Dª Mª Paz Poveda Hernández, toma la palabra y manifiesta, que losConcejales no adscritos sí que van a apoyar los pedimentos de esta Moción,puesto que los ven muy razonables, porque una cosa es que se haya mantenidouna reunión, pero se puede volver a mantener otra reunión porque hay que pedirde una vez ya las responsabilidades de porqué no se construye el terciario tandemandado en nuestra ciudad, por los regantes, por todas las Comunidades deRegantes, porque si ese agua saliese de calidad de nuestra depuradora, lautilizarían para el riego de los cultivos y aparte también el caudal que lleva enestos momentos la Acequia del Rey sería mucho menor, puesto que sereutilizaría ese agua para otros usos. Por esto también ven, que en el pedimentodonde se dice que esta Moción se presente en los demás municipios, es muyinteresante, puesto que cuantos más municipios sean, más fuerza habrá para quese haga con más celeridad la construcción del terciario y se acabe ya de una vezpor todas cómo se encuentra en estos momentos la Acequia del Rey.

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Cierra el turno de intervenciones, Dª Mª Catalina Hernández Martínez,indica que son varios temas los que tienen que cerrar antes de terminar y depasar a la votación. En primer lugar, la EPSAR sí que ha contestado y lo queestá pidiendo a la Confederación Hidrográfica del Júcar es que como no sepuede dejar de verter, no abra ese expediente sancionador o no sancioneeconómicamente en la multa, entonces, eso es lo que está pidiendo la EPSAR enla respuesta a la Confederación Hidrográfica del Júcar, que es muy distinto a loque está pidiendo el Grupo Municipal Verde. En segundo lugar, se refiere alcanon de vertido, comenta, que el canon de vertido que está recogiendo laConfederación Hidrográfica del Júcar, es un canon que se paga, que vieneestablecido ya en el Reglamento Público Hidráulico, aprobado en el año 1986 yposteriormente, en la Ley de Aguas de 2000. Informa la Sra. HernándezMartínez, que como viene recogido en la ley, la finalidad de este canon es la definanciar actuaciones de estudio, control, protección y mejora de los medios quereciben el vertido, ya sean cauces de acequias, ríos o aguas subterráneas, esdecir, que este vertido sí que está redundando actualmente en Villena, puestoque la Confederación Hidrográfica del Júcar es la que está limpiando la Acequia,esto es así, pues cada órgano tiene su competencia y sus retrasos en hacer suscompetencias. Ella lo que ha intentado explicar es que este canon estáredundando en un mejor control, protección y mejora de esos medios en los quese vierte y le parece, no sabe cómo decirlo, poco ético que el Partido Popularesté exigiendo indirectamente que los vertidos que se realizan al río Júcar esténcontrolados, para que esas aguas que les vayan a llegar en el Trasvase del Júcar-Vinalopó sean de calidad y suficientes para nuestros regantes y resulta que aquíen nuestro término la Alcaldesa de Villena y la EPSAR, Entidad deSaneamiento, estén permitiendo que se vierta agua altamente contaminada en uncauce público como es la Acequia del Rey. Manifiesta que simplemente lahipocresía que muestra el Partido Popular está patente también en esta votaciónque se va a realizar ahora. Finaliza la Portavoz del Grupo Municipal Verde,diciendo que cree que ha sido una Moción limpia, que tiene un sentido y, desdeluego, ven que se debe de plantear en la Comunidad de Usuarios esta aportaciónque el Grupo Municipal Verde hace.

Considerando suficientemente debatido este asunto, la Sra. Alcaldesa losomete a votación. Votan a favor los ocho Concejales presentes de los GruposMunicipales PSOE y Verde, así como los cuatro Concejales presentes noadscritos. Votan en contra los seis Concejales presentes del Grupo MunicipalPartido Popular. Por tanto, por mayoría, la Corporación Municipal, acuerda:

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Primero.- Que la Alcaldesa de Villena convoque una reunión urgente dela Comunidad de Usuarios de Vertidos del Alto Vinalopó proponiéndole:

- Denunciar ante la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo yVivienda la situación que ha venido soportando el término de Villena por elmal funcionamiento de la EDAR de Villena.

- Exigir responsabilidades a la Entidad Pública de Saneamiento de AguasResiduales de la Comunidad Valenciana del mal control y funcionamiento dela EDAR de Villena y por los incumplimientos de los plazos en las “Obrasde tratamiento Terciario de la EDAR de Villena” Exp. 2007/GV/0032 cuyafecha de apertura de la proposición económica tuvo lugar el 18/09/2007 yque ya tendría que estar terminada.

- Dado que la ciudadanía de las cuatro poblaciones afectadas ha pagadopuntualmente los cánones de saneamiento que le exige la GeneralitatValenciana en sus facturas de agua o directamente a la EPSAR paragarantizar la buena gestión en la depuración de las aguas que vierte, exigimosque en caso de sanción económica de la Confederación Hidrográfica delJúcar sobre la comunidad de Usuarios de Vertidos del Alto Vinalopó, éstasea asumida por la EPSAR que es realmente la responsable de lo que hasucedido y, de no aceptar, se le interponga un contencioso administrativo.

- Que esta misma Moción se plantee adaptada a cada municipio para que tengaun respaldo plenario de todas las corporaciones implicadas.

Segundo.- En caso de no aprobarse por la Comunidad de Usuarios deVertidos, que el Ayuntamiento de Villena tramite igualmente estas solicitudescon el respaldo del Pleno de Villena.

Tercero.- Solicitar a la Generalitat Valenciana información por escrito delestado de la licitación de las obras de mejora de la depuradora de las Virtudes(proyecto que el Ayuntamiento de Villena incluyó en el Plan confianza) y laagilización de los trámites de licitación.

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5.- Moción del Grupo Municipal Verde sobre funcionamiento de la planta deresiduos.

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Se da lectura a una Moción presentada por el Grupo Municipal Verde, quetranscrita literalmente, dice:

“La gestión de residuos es un tema fundamental para garantizar la calidadde vida de la población y del medio ambiente en el que vivimos. Bajo estafilosofía se elaboró a nivel autonómico la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, deResiduos de la Comunidad Valenciana que prevé varios tipos de planes para labuena gestión de los residuos. Destacamos el Plan Integral de Residuos y losPlanes Zonales, ambos de obligado cumplimiento para todas lasadministraciones públicas y para particulares. Mediante ellos se distribuyen en elterritorio de la Comunidad Valenciana el conjunto de instalaciones necesariaspara garantizar el respeto de los Principios de autosuficiencia y proximidadcontemplados en la Ley.

Estos principios dicen literalmente en la Orden de 2 de Diciembre de 2004por la que se aprueba el Plan de residuos de la zona XIII:

- Principio de PROXIMIDAD: “Los residuos deben gestionarse lo más cercaposible de su origen… minimizando en lo posible el traslado innecesario delos mismos”.

- Principio de AUTOSUFICIENCIA: “Creación de una red integrada deinstalaciones de valorización y eliminación de residuos que permita a laszonas objeto del Plan Zonal ser autosuficientes en materia de tratamiento deaquellos residuos para los que existe masa crítica que lo justifique”.

Principios que la realidad de la Planta de Vaersa en Villena muestra demanera evidente que no se están cumpliendo, Villena está soportando desdehace años que la Generalitat envíe los residuos urbanos de poblaciones de fuerade nuestro Plan Zonal, sin la debida comunicación previa, sin determinar latemporalidad de la medida y sin contar con la capacidad de recepción para laque está preparada la planta (85.000 tn), llegando casi a duplicarla. El resultadoes una valorización de los residuos que llegan a la planta completamenteinsuficiente, una colmatación de los vasos de vertidos de residuos muy rápida

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que reduce el tiempo de vida de la Planta según se diseño (21 años y 6 meses), yproblemas colaterales que la población no está dispuesta a seguir soportando.

Por otra parte, las problemáticas que presenta la empresa y la planta deVAERSA en nuestra ciudad son muchas y de diversa índole:

- Incumplimiento de la licencia de apertura, recogido en el informe elaboradopor la técnico de medio ambiente de fecha 21 de noviembre de 2008 asolicitud de los grupos de la oposición:

- Impagos al Ayuntamiento de Villena de los cánones. que recoge el PlanZonal como compensación económica por acoger la planta en nuestroterritorio, haciendo caso omiso de los requerimientos de pago de laintervención municipal, dejando que se llegue al extremo de que elAyuntamiento cobre por compensación de deuda.

- Tampoco ha cumplido con las compensaciones de Educación Ambientalrecogidas en el Plan Zonal, no ha realizado jornadas de puertas abierta de lasinstalaciones de gestión de los residuos, ni coloquios y debates con laparticipación de las asociaciones civiles, para explicar en qué consiste elnuevo modelo de gestión de los residuos, ni cualquier otra medida quecomporte una mejora ambiental en los municipios de la zona, etc.

Día a día nos sorprenden los medios de comunicación con noticias querecogen las declaraciones hechas por representantes políticos y por directivos, olas decisiones que se han tomado en las reuniones de otros Consorcios deResiduos sobre la llegada de basuras a la Planta de nuestro término, sin que detodo ello el Ayuntamiento tenga comunicación ni previa ni posterior.Declaraciones que hablan de nuevas inversiones en la planta para su posibleampliación, sobre llegada de basuras de distintas partes de la ComunidadValenciana o sobre la posible ubicación de una incineradora en Villena.

Mientras esto va sucediendo, vamos constatando que los incumplimientosde la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana cada vez es mayor y, no seestá destinando el presupuesto necesario para poderla implantar de formaefectiva en la Comunidad Valenciana. Todo esto está repercutiendo y teniendoconsecuencias para nuestro término, cuya Planta aparece como la soluciónúltima para todos los problemas que surgen en el resto de territorios.

Dado que desde el Ayuntamiento y desde los partidos políticos se handenunciado estos hechos ante los diversos organismos que deben velar por el

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cumplimiento de la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana, , y por elbuen funcionamiento de la planta de tratamiento de residuos ubicada en nuestraciudad, es decir, ante la Consellería de Medio Ambiente y ante el Consorcio delPlan Zonal XIII, y VAERSA sigue sin dar una respuesta a nuestras demandas ydenuncias

Proponemos al Pleno Municipal:

1. Encomendar a los servicios jurídicos municipales que, en colaboración conlos departamentos de Calidad Ambiental y de Urbanismo, preparen todos losinformes necesarios para iniciar un Contencioso Administrativo contraVAERSA por el incumplimiento de la licencia de apertura, incumplimientode las compensaciones al municipio recogidas dentro del Plan Zonal y elincumplimiento de la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana.

2. Dar un periodo de tres meses para que se prepare dicha documentación y serecoja cualquier otro informe externo que se considere fundamental presentarpara demostrar los incumplimientos detectados.

3. Presentar la documentación en el Pleno de Abril para que sea este órganomunicipal quien tome la decisión final a la luz de los informes elaborados deabrir Contencioso Administrativo a VAERSA o no.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Urbanismo, Obras y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con el Grupo Municipal Verde, sobre preparación deinformes necesarios para iniciar un contencioso administrativo contra Vaersa porel incumplimiento de la licencia de apertura y presentar la documentación en elPleno de abril para que sea este órgano quién tome la decisión final a la luz delos informes elaborados, Dª Mª Catalina Hernández Martínez, explica, quellevan peleando con este asunto desde el año 2007, han presentado preguntasparlamentarias a Europa, denuncias a la Consellería, solicitudes al Consorcio,demandas a las 14 poblaciones de la zona, en diversas mociones que se elevan alConsorcio. Hubo un intento en el año 2008 y se convocó una Junta dePortavoces donde los tres Grupos Políticos acordaron exigir responsabilidades,pero no se les ha vuelto a convocar. Considera que hay dejación y es el propioAyuntamiento el que ha de defenderse.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cuatro Concejales delPSOE y la Concejala del Grupo Municipal Verde, absteniéndose los cinco

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Concejales del PP. Por tanto, por mayoría, queda dictaminada favorablemente laMoción.

Abierto el debate, toma la palabra Dª Mª Catalina Hernández Martínez,manifiesta que no se va a extender, porque ya previamente ha habido unaMoción sobre la planta de basuras, solo decir que el incumplimiento de lalicencia de apertura está recogido en un informe técnico de Medio Ambiente, defecha 21 de noviembre de 2008, a solicitud también de los Grupos Municipalesde la Oposición, que presentaron otra Moción sobre eso a Pleno. Indica, que estáclaro que la licencia de apertura recoge que el olor se percibe en Villena o queemane la planta, no se perciba en Villena ese olor y, sin embargo, se percibe.También, indica, que hay una serie de impagos en el Ayuntamiento de loscánones que recoge el Plan Zonal y que todavía no se han pagado, de los años2006 y 2007, son prueba de ello. Creen además que hay un incumplimiento de lorecogido en el Plan Zonal y tampoco están cumpliendo con las compensacionesde educación ambiental recogidas en el Plan Zonal.

Explica, que el Grupo Municipal Verde ha intentado, por muchos mediosdurante estos años que llevan de legislatura, dos años y medio, que estosproblemas se pudieran subsanar, han planteado Mociones, han denunciado aConsellería, Consorcio y no se han obtenido resultados, además, los expedientessancionadores abiertos por el Ayuntamiento tampoco han tenido ningúnresultado. Por lo tanto, el Grupo Verde lo que pide en esta Moción es que seencomiende a los servicios jurídicos municipales, que en colaboración con losdepartamentos de Calidad Ambiental y de Urbanismo, preparen todos losinformes necesarios para iniciar un contencioso-administrativo, aquí, a lo mejor,si ello se valora necesario, se debería especificar contra Vaersa por elincumplimiento de la licencia de apertura, incumplimiento de lascompensaciones al municipio recogidas dentro del Plan Zonal y por elincumplimiento de la Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana, dar unperiodo de tres meses para que se prepare toda esa documentación, que se recojacualquier otro informe que se estime necesario, para poder demostrar esosincumplimientos detectados y, tercero, presentar la documentación ante el Plenode abril, para que sea este órgano municipal el que tome la decisión final a la luzde lo que digan los informes elaborados de elevar contencioso-administrativo ono hacerlo.

Añade la Sra. Hernández Martínez, que sí que quería plantear un cuartopedimento, porque en la reunión que mantuvieron ayer con el Director Generalde Vaersa, él sí que les dijo que parte de este impago y de esta venida de

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basuras, estaba determinada como lo recogen también en el recurso dereposición que presentaron en el Ayuntamiento para hacer frente a esteexpediente sancionador, que es el Consorcio el que está obligado a gestionar yque se haga bien el tratamiento de las infraestructuras de Villena y, por esto, elcuarto pedimento es dar cuenta al Consorcio de la Zona XIII del acuerdo que setome en este Pleno, si se llega a tomar, exigiéndole como entidad responsable dela instalación, valorización y eliminación de los residuos de las poblaciones quevierten en Villena, así como transmitiéndole el enorme malestar de nuestrapoblación por su falta de apoyo, en los momentos que se la ha solicitado.Recuerda que desde el equipo de gobierno también se le ha solicitado el apoyo yla necesidad de que ya salieran a licitación los proyectos de gestión y esto no seha dado desde el 2005.

La Sra. Alcaldesa interrumpe a la Portavoz del Grupo Municipal Verde,aclarando, que entonces el pedimento sería exigiéndole la licitación, matizandola Sra. Hernández Martínez, que sería transmitiéndole el malestar de nuestrapoblación por la falta de apoyo y exigiéndole la licitación del proyecto degestión.

D. Carlos Beltrán Esteve, comenta que va a ser muy breve, porque comoen la anterior ocasión, cree que la Moción está muy clara, complementa dealguna manera el anterior punto que han aprobado relativo a la gestión de lasbasuras en nuestro término municipal, aunque deja en manos del Portavoz delequipo de gobierno la información que supone que les va a dar, de que el lunespor despacho extraordinario se ha presentado una iniciativa, etc., etc., peroquiere que todo el mundo tenga en cuenta que esta Moción se presentó el 21 deenero.

D. José Joaquín Valiente Navarro, responde, que realmente al Sr. BeltránEsteve no se lo iba a decir, pero le agradece que se lo recuerde. También habráque recordar que el punto cuarto que ahora introduce la Sra. HernándezMartínez, pues realmente era el primer punto de ese despacho extraordinario dela Junta de Gobierno, que era exigir también la licitación de la gestión de laplanta de Vaersa y dice que aunque se sorprenda el Sr. Beltrán Esteve, puestienen que votar favorablemente esta Moción, aunque haya algunos términos desu redacción en los que no estén completamente de acuerdo y con la matizaciónque según el resultado de los informes, lógicamente se interpondrá uncontencioso o se tomarán las medidas oportunas, estarán de acuerdo y, desde

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luego, como también aprueba el Grupo del Partido Popular que se licite lagestión de la planta, van a votar favorablemente la Moción y como ya se hadiscutido bastante antes de Vaersa, cree que no es cuestión de seguir discutiendosobre ella.

La Sra. Alcaldesa considerando suficientemente debatido este asunto, losomete a votación y por unanimidad de todos los miembros presentes laCorporación Municipal, acuerda:

Primero.- Encomendar a los servicios jurídicos municipales que, encolaboración con los departamentos de Calidad Ambiental y de Urbanismo,preparen todos los informes necesarios para iniciar un ContenciosoAdministrativo contra VAERSA por el incumplimiento de la licencia deapertura, incumplimiento de las compensaciones al municipio recogidas dentrodel Plan Zonal y el incumplimiento de la Ley de Residuos de la ComunidadValenciana.

Segundo.- Dar un periodo de tres meses para que se prepare dichadocumentación y se recoja cualquier otro informe externo que se considerefundamental presentar para demostrar los incumplimientos detectados.

Tercero.- Presentar la documentación en el Pleno de Abril para que seaeste órgano municipal quien tome la decisión final a la luz de los informeselaborados de abrir Contencioso Administrativo a VAERSA o no.

6.- Modificación del proyecto de ejecución y del contrato mixto deRedacción de los proyectos de ejecución y de ejecución material de lasobras de restauración de la Plaza de Toros municipal de Villena y deconcesión de obra pública para la construcción y la posterior explotación,gestión y mantenimiento del aparcamiento subterráneo para automóvilesturismo anexo, concretamente en relación a la construcción delaparcamiento subterráneo.

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Se da lectura a la Propuesta presentada por la Concejala Delegada deUrbanismo Residencial y Patrimonio, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quetranscrita literalmente, dice:

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“La UTE “Secopsa Construcción, S.A-Viarsa, Agua y Servicios Urbanos,S.L., Plaza de Toros de Villena”, con CIF nº U-98176407 y domicilio social enRonda Augueste y Louis Lumière nº 6 y 8, Parque Tecnológico, 46980 dePaterna (Valencia), ha presentado el 23 de noviembre de 2009, una instancia enla que solicita la modificación del contrato mixto de la “Redacción de losproyectos de ejecución y de ejecución material de las obras de restauración de laPlaza de Toros Municipal de Villena y de concesión de obra pública para laconstrucción y la posterior explotación, gestión y mantenimiento delaparcamiento subterráneo para automóviles turismo anexo”, concretamente, enrelación a la construcción del aparcamiento subterráneo, por los problemas quegenera su construcción en el solar limítrofe a la Plaza de Toros, conforme a ladocumentación que acompaña, consistente en el estudio geotécnico elaboradopor la empresa TCO Geoscan, S.L, de fecha 11 de noviembre de 2009, elinforme técnico de evaluación del estudio geotécnico, suscrito por la mercantilEdificaciones e Ingeniería, S.L., en fecha 16 de noviembre de 2009 y el informejurídico elaborado el 18 de noviembre de 2009, por el bufete de abogadosGarrigues.

Por parte del arquitecto municipal, se ha elaborado informe técnico enfecha 8 de diciembre de 2009, favorable al cambio de localización delaparcamiento subterráneo, situándolo bajo la Plaza de Toros en una sola planta,dado que la solución propuesta permite la realización de las obras sinmenoscabo del programa de necesidades previsto, ni de las prestacionesexigibles y constituye una buena alternativa para resolver el problema detectado.

Y en fecha 21 de diciembre de 2009, se emite informe jurídico por eltécnico de administración general, adscrito al departamento de Secretaría, en elsentido que procede la modificación del contrato propuesta, en relación a laconstrucción del aparcamiento subterráneo, al existir razones de interés públicoy para atender a una causa imprevista, debidamente justificadas, además de noafectar esta modificación a las condiciones esenciales del contrato, deconformidad, con el estudio geotécnico, el informe técnico de evaluación y elinforme jurídico, presentados por la adjudicataria del contrato y el informefavorable emitido por el arquitecto municipal. La modificación del contratorequiere la correspondiente addenda al contrato inicial e igualmente deberáaprobarse la modificación del proyecto de ejecución aprobado inicialmente.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone al Ayuntamiento Pleno laadopción de los siguientes acuerdos:

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1. Aprobar la modificación del contrato mixto de “Redacción de los proyectosde ejecución y de ejecución material de las obras de restauración de la Plazade Toros Municipal de Villena y de concesión de obra pública para laconstrucción y la posterior explotación, gestión y mantenimiento delaparcamiento subterráneo para automóviles turismo anexo” y del proyecto deejecución de las obras, concretamente, cambiando la ubicación delaparcamiento subterráneo, situándolo bajo la Plaza de Toros, en una solaplanta, tal y como se recoge en la documentación presentada por laadjudicataria del contrato.

2. Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma de la correspondientemodificación del contrato.

3. Notificar este acuerdo a la unión temporal de empresas interesada, dandotraslado del mismo a la Concejalía de Urbanismo Residencial y Patrimonio, alos efectos oportunos.”

Seguidamente, se da cuenta del informe emitido por el ArquitectoMunicipal, D. Julio P. Roselló Serrano, de 8 de diciembre de 2009, en relacióncon la solicitud de modificación de ubicación del Aparcamiento paraautomóviles de turismo, anexo a la Plaza de Toros, realizado por la UTESecopsa Construcción, S.A., Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L. Plaza deToros de Villena, en el que se hace constar lo siguiente:

1. ANTECEDENTES.

1.1. En fecha 23 de noviembre de 2009, la Unión Temporal de Empresas,Secopsa Construcción, S.A., Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L.Plaza de Toros de Villena, (en adelante UTE), presenta en el Registrodel M.I. Ayuntamiento de Villena, una solicitud para modificar laubicación del Aparcamiento subterráneo para automóviles de turismoanexo a la Plaza de Toros de Villena, de cuya construcción esresponsable en virtud del contrato firmado con el M.I. Ayuntamientode Villena el 14 de octubre de 2009, en base a haber resultadoadjudicataria en el oportuno procedimiento público realizado al efecto.

1.2. La UTE solicita dicha modificación fundamentándola en causas deinterés público sobrevenidas por razones imprevisibles o que no habíanpodido ser previstas actuando de modo diligente, las cuales, además,no afectan a las condiciones esenciales del contrato.

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A estos efectos, aporta junto con la solicitud, un Estudio Geotécnicocomplementario al realizado por encargo del M.I. Ayuntamiento, porTCO GEOSCAN. Un informe de evaluación del mismo suscrito por laempresa Edificaciones e Ingeniería, S.L.. Un informe jurídico alrespecto elaborado por Garrigues. Presupuestos valorados de las obrasde Restauración de la Plaza de Toros, edificio anexo de la Pirámide yurbanización exterior y del Aparcamiento subterráneo en su nuevaubicación, así como información gráfica de la solución propuesta y unaexposición de las ventajas que a su juicio supone dicha actuación.

1.3. La modificación solicitada se concreta en la disposición delaparcamiento en una sola planta situada bajo la Plaza de Toros y laPirámide anexa.

2. INFORME.

En relación a la solicitud de la UTE, expuesta en los antecedentes hemosprocedido al análisis de la documentación aportada, al respecto de la cualcabe considerar lo siguiente:

2.1. Con respecto al estudio geotécnico.

2.1.1. Motivo de su redacción.

Según consta en la página 1 del mismo, a la vista de la solución apuntadaen el estudio geotécnico anterior, para la zona limítrofe entre la plaza y elaparcamiento, consistente en la realización de un muro pantalla de 7 m. dealtura en la zona de este último y ante la preocupación suscitada por locomplejo de esta realización es cuando la UTE y los redactores delProyecto de Ejecución, solicitan la ampliación de la informacióndisponible sobre la naturaleza del subsuelo sobre el que se actúa ya quelos sondeos realizados S1 y S2 se encuentran alejados de la zona deapantallamiento.

2.1.2. Resultados de los ensayos.

En la página 6 del Estudio Geotécnico se muestran los resultadosobtenidos en los ensayos SPT, de lo que se transcriben los siguientes

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resultados:

Sondeo Profundidad (m) N30 CompacidadS-6 0.60-1.20 6 SueltaS-6 3.30-3.90 3 Muy sueltaS-6 5.40-6.00 4 SueltaS-6 8.40-9.00 10 SueltaS-6 11.70-12.30 28 Media

A mayor concreción en el anexo II del E.G. se aporta la columna delnuevo sondeo.

2.1.3. Problemas detectados.

Según se hace constar en la página 9 del Estudio Geotécnico, debido a lascaracterísticas de los materiales que componen el subsuelo de la zonadonde estaba previsto el aparcamiento, más próximo a la Plaza de Toros,resulta “imposible colocar los anclajes de los muros pantalla delaparcamiento debido a su proximidad con la Plaza de Toros y por tanto esinviable la ejecución de estos muros pantalla”.

Así la página 10 se dice textualmente:

“La excavación de las dos plantas de aparcamiento supondrá bajar más de7 m. por debajo del terreno actual. Con las condiciones existentes la únicaforma de ejecutar dicha excavación será mediante pantallas de hormigónempotradas en los materiales de consistencia media y ancladas en cabeza.

En cualquier caso, es esperable que con las condicionestensodeformacionales de los limos arenosos, la cubeta de su subsidenciagenerada como consecuencia de la excavación afecte a los terrenoscolindantes en una franja de 1,5 a 2 veces la altura de la excavación, ennuestro caso 7 x 1,5 = 10,5 m 7 x 2 = 14 m, o sea entre 10,5 y 14 m, por loque la cimentación de los muros de la actual plaza, situada a unos 8 m,quedaría seriamente afectada por la excavación del aparcamiento. Siademás añadimos la imposibilidad de colocar anclajes por debajo de lacimentación de los muros de la plaza, ya que la afección del bulbo deanclaje podría ser perjudicial a la propia cimentación de los muros,tenemos que la ejecución de la excavación del aparcamiento previsto,presenta un alto riesgo de afección a la cimentación de la estructura de la

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plaza poniendo en riesgo su estabilidad”.

2.1.4. Soluciones propuestas en el Estudio Geotécnico.

En la misma página 10 el Estudio Geotécnico continua diciendo:

“Ante esta situación sólo existen tres posibles soluciones: posponer lostrabajos de excavación y posterior ejecución de los muros de los dossótanos del Aparcamiento, hasta que estén ejecutados los muros deestabilización de la fachada de la Plaza de Toros (es decir, excavación porbataches alternos, hormigonado y curado del hormigón durante 21 díasposteriores al hormigonado) con el consiguiente retraso en la ejecución devarios meses, disminuir el edificio del Aparcamiento en sus dos plantas,separándose de la plaza de toros la distancia suficiente para dar cabida alos anclajes del muro pantalla y no descalzar la cimentación de la fachadade piedra, distancia de separación que oscilará entre diez y quince metros,o construir el aparcamiento proyectado bajo la Plaza de Toros”.

2.1.5. Conclusiones del Estudio Geotécnico.

“Ante la serie de problemas que genera la construcción del aparcamientoen el solar limítrofe a la Plaza de Toros, se considera como opción másadecuada la construcción del aparcamiento bajo la Plaza de Toros”. Asíreza el punto III de las conclusiones y recomendaciones del EstudioGeotécnico, en su página 24.

Nosotros, en relación con esto y desde el punto de vista exclusivamentetécnico no podemos sino coincidir con estas conclusiones, ya que las otrasdos soluciones resultan mucho menos aconsejables; o se disminuye lasuperficie de aparcamiento con el consiguiente recorte del número deplazas, ya que mantener la superficie implicaría crecer hacia el subsuelode la Avda. de la Constitución, puesto que hacia los otros dos lados resultaimposible (las viviendas existentes, el Centro de Salud, el desvío de laRambla del Conejo) lo que generaría importantes problemas de cortes detráfico en la arteria principal de la ciudad. O adaptando el otro caminoalternativo se dilata la obra considerablemente en el tiempo, lo que a todasluces resulta muy desaconsejable por motivos presupuestarios.

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2.2. Con respecto al informe técnico.

El informe realizado por EDIFICACIONES E INGENERIA, S.L. searticula en base a cuatro cuestiones a las que, en el caso que nos ocupa, aldarles respuesta se pretende justificar la alternativa propuesta por elEstudio Geotécnico. Estas son:

a) ¿Es conveniente e incluso necesario ampliar la información contenidaen el estudio geotécnico inicial en el que se ha basado la soluciónestructural del proyecto?

b) ¿Es posible que la información derivada de un sondeo adicional alestudio geotécnico original pueda contradecir e incluso modificar lasconclusiones derivadas de los sondeos iniciales?

c) ¿Puede la información derivada de dicho sondeo obligar a modificar lasolución de cimentación del proyecto original?

d) ¿Son correctas las conclusiones de la ampliación del informegeotécnico realizado por TCO GEOSCAN en el que se incluye dichosondeo señalado?

Con respecto a la primera cuestión en la página 2 del informe se estableceque “está plenamente justificada la ampliación del estudio geotécnicooriginal con un nuevo sondeo para caracterizar la zona problemáticaprescrita”, ya que según se aduce esto resulta imprescindible para evitarposibles daños durante el trazado de los anclajes de los muros pantalla yevalúen los imaginables deterioros que la deformación del terreno pudieraprovocar sobre la fachada a conservar.

Con respecto a la segunda cuestión, el informe técnico afirma que debidoa la disposición muy variada de las formaciones detríticas que compone elsubsuelo de Villena, la ampliación del Estudio Gotécnico puedecontradecir y modificar las conclusiones de los sondeos iniciales.

Con respecto a la tercera cuestión en su página 4, el informe técnicoestablece textualmente:

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“Por lo tanto nos encontramos ante una incompatibilidad constructiva queobliga bien a posponer la ejecución del aparcamiento en el tiempo hasta lacompleta conclusión de los trabajos de consolidación manteniéndose elriego a posteriori de provocar daños sobre la estructura ya reforzada obien a modificar las soluciones constructivas propuestas en el informeoriginal” (en referencia al Estudio Geotécnico primigenio).

Por último, el Informe realizado por Edificaciones e Ingeniería, S.L.establece que debido a que de la ampliación de conocimientos sobre elsubsuelo se desprende que la compacidad de las arenas limosas que loconstituyen es suelta y muy suelta, resulta imposible la ejecución de losmuros pantalla ya que “al disminuir la compacidad de los materiales, lascondiciones tenso-deformacionales” de los limos se ven modificadasprovocando que la cubeta de subsidencia generada como consecuencia dela excavación afecte a los terrenos colindantes en una franjasuficientemente grande como para afectar a la cimentación de los murosde la actual plaza”, y finalmente concluye que “de las tres posiblesalternativas de solución propuestas en la ampliación del estudiogeotécnico redactado por TCO GEOSCAN de fecha 11/11/09 coincidimoscon la idoneidad de la solución de realización del aparcamiento bajo laplaza de toros. Constructivamente, es la solución más idónea y la quemenos daños puede producir sobre la fachada original”.

2.3. Con respecto al informe jurídico.

En el informe jurídico, Garrigues procede a la realización del “análisis delos requisitos establecidos por la legislación para la modificación de loscontratos administrativos”, en donde en síntesis establece tras una serie deconsideraciones previas y en base a lo dicho por el artículo 202 de la Ley30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público que dichosrequisitos son cuatro:

§ La existencia de razones de interés público.§ La necesidad de la modificación (debidamente justificada en el

expediente).§ La presencia de causas imprevistas.§ Que la modificación no debe afectar a las condiciones esenciales del

contrato.

Una vez establecidos éstos como imprescindibles para que pueda llevarsea cabo de forma jurídicamente justificada la modificación solicitada,procede a establecer en las páginas 22, 34, 24 y 25 de su informe las

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siguientes conclusiones que por su interés, transcribimos a continuación:

§ En el presente caso, el PCAP no prevé la posibilidad de modificaciones enaspectos específicos del contrato, sino que únicamente viene a reiterar loscriterios generales que, de conformidad con la LCSP, habilitan para operaruna modificación del contrato.

§ Teniendo en cuenta lo anterior, y la propia literalidad del artículo 202 LCSP,los requisitos para la modificación contractual son: la existencia de razonesde interés público, la necesidad de la modificación (que habrá de justificarseen el expediente), la presencia de causas imprevistas, y que la modificaciónno afecte a las condiciones esenciales del contrato.

§ Por lo que se refiere a las razones de interés público y en atención a ladoctrina del Consejo de Estado emitida al respecto (expuesta en esteInforme) ha de justificarse en qué medida las modificaciones proyectadassatisfacen específicamente alguna necesidad de interés general mejor que elcontrato inicial.

En el presente caso, el Estudio Geotécnico elaborado a petición de la UTE,pone de manifiesto determinadas justificaciones técnicas (que se handetallado en el apartado 2.2.1. de este Informe), a partir de las cuales podríasostenerse la existencia de razones de interés público que aconsejan elcambio de ubicación del aparcamiento, tanto desde la perspectiva de laseguridad constructiva del inmueble como del menor retraso en la ejecuciónde las obras y el resto de ventajas técnicas que esta nueva ubicación tendríafrente a la inicialmente prevista.

Por tanto, desde el punto de vista jurídico consideramos que puedesostenerse la concurrencia del requisito anteriormente indicado.

§ Asimismo, desde la perspectiva de la necesidad de efectuar la modificacióndel proyecto inicial, las razones técnicas que se han indicado en relación conel requisito de concurrencia de razones de interés público, podrían justificartambién el cumplimiento de la necesidad de la modificación en este caso.

§ En cuanto al requisito de que las causas que motiven la modificación delcontrato sean imprevistas, en el Estudio Geotécnico elaborado a petición dela UTE ante las dificultades constructivas detectadas, se justifica que, desdeel punto de vista técnico, se ha producido un hecho, como es la peor calidad

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geotécnica de los terrenos en los que debían emplazarse el aparcamiento,frente a la inicialmente detectada, lo cual resultaba impredecible conanterioridad. Y ello a pesar de que el Estudio Geotécnico inicial se efectuócon un grado de exhaustividad adecuado a las características de obraproyectada.

En este sentido también se pone de manifiesto el carácter relativo quetécnicamente tienen los Estudios Geotécnicos iniciales, dado su alcanceinicial. También la jurisprudencia viene otorgando un carácter relativo a lasconclusiones de los Estudios Geotécnicos iniciales, admitiendo asímodificaciones del contrato ante dificultades surgidas en la ejecución de lasobras, precisamente por la relatividad de las conclusiones alcanzadas por losmismos.

Por tanto, dado que en el presente caso el nuevo Estudio Geotécnicojustifica desde la perspectiva técnica que se ha producido un hecho imprevisible,como son las pésimas características geotécnicas de los terrenos en que se prevéla ubicación inicial del aparcamiento (peor a las esperadas en base al Estudioinicial), hecho que no podría ser razonablemente previsto por el EstudioGeotécnico inicial, consideramos que es posible admitir que concurre elrequisito de que las causas que motivan la modificación del proyecto en estecaso, tienen el carácter de imprevistas y que no era razonable haberlas previstocon anterioridad.

§ Sin perjuicio de la conclusión anterior, y de forma complementario, ha deseñalarse que el Consejo de Estado en diversos Dictámenes viene a admitir lamodificación del proyecto inicial, en supuestos en los que, a pesar dereconocer que la modificación proyectada responde a causas que debieron serprevistas en la elaboración del proyecto, lo admite por estar justificadodebidamente desde el punto de vista técnico, responder mejor al interéspúblico el nuevo contrato, y derivarse mayores perjuicios de la resolución delcontrato originario.

§ Finalmente, por lo que se refiere al requisito de que la modificación delcontrato no afecte a las condiciones esenciales del mismo, y en atención a losartículos 220 y 221.1 LCSP (que, aunque referido al contrato de obras,pueden servir de criterio interpretativo en este caso), se nos informa que lamodificación del proyecto no supone una alteración del precio del contrato,pues tras la misma, éste se mantendrá sustancialmente igual.

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Asimismo, según se nos indica, tampoco implica la modificación unasustitución de unidades de obra que representen más del 30 por 100 del precioprimitivo del contrato (en este sentido, el presupuesto de ejecución delaparcamiento representa un 26% del presupuesto de la obra total).

Y por lo que se refiere a la posible modificación de los fines ycaracterísticas básicas del proyecto inicial, teniendo en cuenta cuáles son las“características esenciales de la obra” (según se señalan en el apartado 4 de lamemoria del Estudio de Viabilidad para la concesión de la construcción yexplotación del aparcamiento subterráneo), y las finalidades expresadas por laAdministración que se pretenden cumplir con la ejecución de la misma, en elpresente caso si el nuevo proyecto sigue cumpliendo los fines anteriormenteexpresados, podríamos entender que no se producirá una modificación sustancialde las condiciones esenciales del contrato.

Adicionalmente, el contrato que nos ocupa es un contrato mixto de obra yconcesión de obra pública, en el que la actuación correspondiente a larestauración de la Plaza de Toros municipal (que no se modifica), es la másimportante desde el punto de vista económico, tal y como se señala en lacláusula 3 del PCAP. Por tanto, también desde esta perspectiva,consideramos que la modificación de la actuación correspondiente alaparcamiento subterráneo (concesión de obra pública) no podríaconceptuarse como una modificación sustancial del contrato.

§ En resumen, en la medida en que queda justificado desde la perspectivatécnica que se cumplen en el presente caso los requisitos anteriormenteexpuestos (según se justifica en la documentación técnica que se nos hafacilitado para la elaboración de este Informe), se cumplirían los requisitosque la legislación (artículo 202 LCSP y concordantes) y la doctrina de losTribunales, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, y delConsejo de Estado, viene exigiendo para entender admisible la modificacióndel contrato inicial.

2.4. Con respecto a los presupuestos.

En los resúmenes presupuestarios que figuran en la documentaciónaportada por la UTE, ésta hace constar que “no hay variación de lascondiciones económicas respecto al contrato suscrito entre el M.I.Ayuntamiento de Villena y la Unión Temporal de Empresas SecopsaConstrucción, S.A. – Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L. Plaza de

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Toros de Villena”, del contrato mixto para la redacción del proyecto derestauración de la Plaza de Toros Municipal de Villena y de concesión deobra pública para la construcción, explotación, gestión y mantenimientodel aparcamiento subterráneo”.

2.5. Con respecto a la información gráfica.

Se adjuntan al documento objeto de este informe planos de planta sótano,planta baja y sección, en donde se concreta gráficamente la modificaciónplanteada. Merece destacarse el hecho de que al aumentar la superficiedestinada a dicho uso, con un único sótano se logran 218 plazas deaparcamiento. La circulación en este sótano es una circulación anular y elacceso a los elementos automáticos de comunicación vertical, que en elcaso de celebración de espectáculos nos conducen a la Plaza desde este serealiza directamente.

2.6. Con respecto a las ventajas enumeradas por la UTE de la soluciónmodificada sobre la inicial.

Según la Unión Temporal de Empresas, la modificación propuesta suponesobre la solución primigenia las siguientes ventajas públicas.

a) Para acceder a la Plaza de Toros desde el Aparcamiento, tal como estáproyectado en la actualidad, hay que salir al exterior y, o bien entrar ala Plaza de Toros por la Pirámide, o bien por la propia Plaza.

b) Los minusválidos que aparquen en el Aparcamiento tienen que salir alexterior por el ascensor situado al lado de la avenida, recorrer un tramodel parque y acceder a la Pirámide para posteriormente en el ascensorde ésta acceder a la Plaza a través de la pasarela, ya que el ascensor dela Pirámide no baja hasta el Aparcamiento.

c) Con el traslado del Aparcamiento bajo la Plaza se libera este espaciopara otro uso futuro (cualquier otro equipamiento que considerenecesario el Ayuntamiento). Además en la urbanización anexa aledificio de la Pirámide se pueden plantar árboles de mayor porte quecon el Aparcamiento invadiendo dicha zona obligaría a que lasplantaciones vinieran en los correspondientes maceteros.

d) La entrada y la salida del Aparcamiento se sitúan sobre la avenida loque facilita su utilización por parte del usuario al ser más visible suacceso. Por otro lado, tanto la entrada como la salida se diseñan demanera que no interfiera en la circulación rodada de la avenida, en lasalida se genera un espacio de incorporación al tráfico rodado y no se

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interrumpe el tráfico peatonal.e) El Aparcamiento propuesto es más cómodo de utilizar por parte de los

usuarios ya que sólo se sitúa en una sola planta subterránea.f) El número de plazas del aparcamiento propuesto es superior al del

Aparcamiento del Pliego de Prescripciones Técnicas del contrato (218frente a 212) y su utilización es mucho más clara.

Analizando lo anterior, al respecto cabe considerar:

En lo tocante a los puntos 1 y 2, las ventajas aludidas son ciertas si bienhay que decir que la utilización del aparcamiento cuando la Pirámide noesté en uso generaría otros problemas, lo que obligaría a arbitrar unsistema que permita acceder al exterior con la adecuada salvaguarda deledificio y sus instalaciones.

En cuanto a los puntos 3, 4 y 5 nada hay que objetar a lo en ellosexpresado, resultan evidentes las ventajas de situar el aparcamiento bajo laPlaza liberando el espacio exterior para su posible futuro uso, lo cual nosería posible, o en todo caso muchísimo más costoso, si se quisiese actuaral revés, esto es, actuando inicialmente fuera de la Plaza y pretendiendoluego utilizar el subsuelo de la misma, si la necesidad de esto fueseacuciante. Por otro lado, es cierto que aunque se haga más complejo eltráfico de la Avenida al situar en ella la entrada y la salida, éstas nointerfieren directamente en su circulación y por lo tanto consideramosadecuada su resolución.

También cabe tener en cuenta que como apunta la UTE es más cómoda lautilización de un solo sótano que la de un aparcamiento en dos niveles.

Por último, es innegable que aumentar las plazas disponibles constituyeuna mejora sobre el programa y si bien no resulta tan incuestionable quela utilización de la circulación anular resulta más clara que la ortogonalinicial, tampoco supone una clara desventaja que desaconseje esadistribución.

3. CONCLUSIÓN.

De todo lo anterior cabe establecer pues:

Según se deduce del Estudio Geotécnico complementario y del InformeTécnico de Evaluación del mismo, resulta, contrariamente a lo que se

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pensaba inicialmente, imposible acometer a la vez el vaciado de los dossótanos de garaje y la cimentación de la Plaza de Toros. Ante esto resultaevidente, por los motivos enumerados en el cuerpo de este informe, que lasolución planteada por la UTE es la que resulta más conveniente de las quese han barajado al respecto, ya que, como se ha dicho ni la prolongación delplazo de construcción ni la disminución del número de plazas deaparcamiento, ni el desplazamiento de ésta bajo el subsuelo de la Avenida dela Constitución resultan aconsejables.

Por lo que respecta a la posibilidad de llevar a efecto la modificaciónsolicitada, sin vulnerar el ordenamiento jurídico y de tal forma que quedensalvaguardados los derechos de todas las partes implicadas no podemos sinoremitirnos a los Servicios Jurídicos del M.I. Ayuntamiento para que enconsideración a lo aducido por la UTE, emitan el dictamen correspondiente.

Con referencia a las posibles ventajas de la construcción del Aparcamientobajo la Plaza de Toros, al análisis antes efectuado cabe añadir que, según sededuce del escrito presentado en fecha 30/11/09en el Registro de este Ayuntamiento, existe una preocupación importante delos vecinos de las Calles Jorge Guillén y Blas de Otero ante la inminencia dela realización del aparcamiento en su solución inicial en la zona limítrofe aestas calles, solicitando los vecinos las modificaciones de los accesos alaparcamiento al tiempo que se aumenta la distancia de separación a lasviviendas recayentes a estos viales. La solución planteada por la UTEentendemos que solucionaría la reivindicación de los vecinos.

En resumen, entendemos que desde el punto de vista técnico, la soluciónapuntada permite la realización de las obras sin menoscabo del Programa deNecesidades previsto, ni de las prestaciones exigibles y constituye una buenaalternativa para resolver el problema detectado, por lo que si delcorrespondiente informe jurídico se deduce que no existe impedimento legalpara aprobar lo solicitado por la Unión Temporal de Empresas, entendemosque podría admitirse y en consecuencia acceder al cambio de localización delaparcamiento, situándolo bajo la Plaza de Toros, tal y como figura en losplanos aportados.”

A continuación, se da cuenta del informe emitido por el Técnico deAdministración General, adscrito al departamento de Secretaría, D. José PérezAmorós, en el que se informa lo siguiente:

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“Vista la instancia presentada el 23 de noviembre de 2009, por la UTE“Secopsa Construcción, S.A.-Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L., Plaza deToros de Villena”, con CIF. nº U-98176407 y domicilio social en RondaAugueste y Louis Lumière nº 6 y 8, Parque Tecnológico, 46980 de Paterna(Valencia), en la que solicita la modificación del contrato adjudicado de la“Redacción de los proyectos de ejecución y de ejecución material de las obras derestauración de la Plaza de Toros Municipal de Villena y de concesión de obrapública para la construcción y la posterior explotación, gestión y mantenimientodel aparcamiento subterráneo para automóviles turismo anexo”, concretamente,en relación a la construcción del aparcamiento subterráneo, por los problemasque genera su construcción en el solar limítrofe a la Plaza de Toros, conforme alestudio geotécnico elaborado por la empresa TCO Geoscan, S.L, de fecha 11 denoviembre de 2009, el informe técnico de evaluación del estudio geotécnico,suscrito por la mercantil Edificaciones e Ingeniería, S.L., en fecha 16 denoviembre de 2009 y el informe jurídico elaborado el 18 de noviembre de 2009,por el bufete de abogados Garrigues.

En el estudio geotécnico elaborado por la empresa TCO Geoscan, S.L., seconcluye textualmente que “La nueva prospección efectuada, antes lasdificultades constructivas encontradas, un sondeo mecánico a rotación conextracción de testigo continuo, ha puesto de manifiesto un hecho imprevisible yque consiste en las desfavorables características geomecánicas que presentan losmateriales constituyentes del sustrato en la zona del solar de ubicación delaparcamiento más próxima a la Plaza de Toros, el cual se encuentra constituidopor un nivel superficial de rellenos antrópicos, que enmascara el sustratocuaternario existente, constituido fundamentalmente por arenas limosas,superficialmente sueltas, con variable contenido en cantos, los cuales dan lugar aintercalaciones que no llegan a clasificarse como gravas.

Ante la serie de problemas que genera la construcción del aparcamientoen el solar limítrofe a la plaza de toros, se considera como opción más adecuadala construcción del aparcamiento bajo la Plaza de Toros”.

En el informe jurídico emitido por el bufete de abogados Garrigues, sejustifica la modificación del contrato solicitada por las siguientes razones:

1º.- El pliego de cláusulas administrativas particulares no prevé laposiblidad de modificaciones en aspectos específicos del contrato, sino queúnicamente viene a reiterar los criterios generales, que de conformidad con laLCSP, habilitan para operar una modificación del contrato.

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2º.- Atendiendo, al artículo 202 LCSP, los requisitos para la modificacióncontractual son: la existencia de razones de interés público, la necesidad de lamodificación (que habrá de justificarse en el expediente), la presencia de causasimprevistas y que la modificación no afecte a las condiciones esenciales delcontrato.

3º.- Por lo que se refiere a las razones de interés público, en el estudiogeotécnico elaborado a petición de la UTE, se ponen de manifiesto determinadasjustificaciones técnicas, a partir de las cuales podrán sostenerse la existencia derazones de interés público que aconsejan el cambio de urbicación delaparcamiento, tanto desde la perspectiva de la seguridad constructiva delinmueble como del menor retraso en la ejecución de las obras y el resto deventajas técnicas que esta nueva ubicación tendría frente a la inicialmenteprevista.

4º.- En cuanto, al requisito de que las causan que motivan la modificacióndel contrato sean imprevistas, en el estudio geotécnico elaborado, antes lasdificultades constructivas detectadas, se justifica que, desde el punto de vistatécnico, se ha producido un hecho, como es la peor calidad geotécnica de losterrenos en los que debía emplazarse el aparcamiento, frente la inicialmentedetectada, los cual resultaba impredecible con anterioridad. Y ello a pesar de queel estudio geotécnico inicial se efectuó con un grado de exhaustividad adecuadoa las características de la obra proyectada.

En este sentido se pone de manifiesto el carácter relativo quetécnicamente tienen los estudios geotécnicos iniciales, admitiendo lajurisprudencia (sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León nº57/2001, de 14 de marzo (RJCA 2001\1492) y del Tribunal Superior de Justiciade la Comunidad Foral de Navarra nº 307/72001, de 19 de febrero (RJCA2001\1224), modificaciones del contrato antes dificultades surgidas en laejecución de las obras, precisamente por la relatividad de las conclusionesalcanzadas por los mismos.

Por tanto, dado que en el presente caso el nuevo estudio geotécnicojustifica desde la perspectiva técnica que se ha producido un hecho imprevisible,como son las pésimas características geotécnicas de los terrenos en que se prevéla ubicación inicial del aparcamiento, hecho que no podía ser razonablementeprevisto por el estudio geotécnico inicial, consideran que es posible admitir queconcurre el requisito de que las causas que motivan la modificación del proyectoen este caso, tienen el carácter de imprevistas y que no era razonable haberlasprevisto con anterioridad.

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Además, de forma complementaria, ha de señalarse que el Consejo deEstado en diversos Dictámenes de fechas 8 de febrero de 1996, 28 denoviembre de 1996 y 29 de abril de 2004, viene a admitir la modificación delproyecto inicial, en supuestos en los que, a pesar de reconocer que lamodificación proyectada responde a causas que debieron ser previstas en laelaboración del proyecto, lo admite por estar justificado debidamente desde elpunto de vista técnico, responde mejor al interés público el nuevo contrato yderivase mayores perjuicios de la resolución del contrato originario.

5º.- Finalmente, por lo que se refiere al requisito de que la modificacióndel contrato no afecte a las condiciones esenciales del mismo, esta modificaciónno suponen una alteración del precio del contrato, pues tras la misma, éste semantendrá sustancialmente igual. Asimismo, tampoco implica la modificaciónuna sustitución de unidades de obra que representen más del 30 por 100 delprecio primitivo del contrato (en este sentido, el presupuesto de ejecución delaparcamiento representa un 26% del presupuesto total de la obra).

Y por lo que se refiere a la posible modificación de los fines ycaracterísticas básicas del proyecto inicial, teniendo en cuenta cuáles son las“características esenciales de la obra” y las finalidades expresadas por laAdministración que se pretenden cumplir con la ejecución de la misma, en elpresente caso si el nuevo proyecto sigue cumpliendo los fines anteriormenteexpresados, podrían entender que no se producirá una modificación sustancial delas condiciones esenciales del contrato.

Adicionalmente, el contrato correspondiente es un contrato mixto de obray concesiòn de obra pública, en la que la actuación correspondiente a larestauración de la Plaza de Toros Municipal (que no se modifica), es la másimportante desde el punto de vista económico, tal y como se señala en lacláusula 3, del pliego de cláusulas. Por tanto, también desde esta perspectiva,consideran que la modificación de la actuación correspondiente al aparcamientosubterráneo (concesión de obra pública) no podría conceptuarse como unamodificación sustancial del contrato.

Desde esta perspectiva técnica, la ejecución del aparcamiento debajo de laPlaza de Toros, tendría las siguientes ventajas para la UTE adjudicataria delcontrato:

1.- Se minimizarían los tiempos de cortes de tráfico en la avenidaprincipal y calles adyacentes, al estar la excavación a realizar en el interior de laplaza de toros.

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2.- Se minimizaría la posibilidad de afecciones a las edificacionescolindantes, al desaparecer los frentes de excavación de las cercanías de lasmismas.

3.- Se minimizaría el tiempo de entrega del parque en superficie alAyuntamiento, lo que permitiría ponerlo al uso público de forma inmediata.

4.- Se minimizarían las molestias por desvíos y reposiciones de servicios,al evitar ciertas conducciones existentes en la zona en la que esta previstaactualmente la ubicación del aparcamiento.

5.- Se reduciría el plazo de ejecución total de la infraestructura.6.- Se daría servicio y acceso directo a la plaza de toros, recinto dedicado

no sólo a eventos taurinos, sino también a actividades lúdicas y celebración deespectáculos de interés común, facilitando la accesibilidad al recinto.

7.- El aparcamiento propuesto es más cómodo de utilizar por parte de losusuarios ya que sólo se sitúa en una sola planta subterrénea.

8.- El número de plazas de aparcamiento propuesto es superior al delaparcamiento del pliego de prescripciones técnicas del contrato (218 frente a212) y su utilización es mucho más clara.

9.- Con el traslado del aparcamiento bajo la plaza de toros se libera esteespacio paa otro uso futuro (cualquier otro equipamiento que considerenecesario el Ayuntamiento). Además, en la urbanización anexa al edificio de laPirámide se pueden plantar árboles de mayor porte, que con el aparcamientoinvadiendo dicha zona obligaría a que las plantaciones vinieran en loscorrespondientes maceteros.

Con fecha 8 de diciembre de 2009, se emite informe por el arquitectomunicipal, D. Julio P. Roselló Serrano, remitido a esta Secretaría el 18 dediciembre de 2009, en el que se muestra favorable a la modificación del contratopropuesta por la adjudicataria del contrato, por las siguientes razones:

1.- No hay variación de las condiciones económicas respecto al contratosuscrito ente el Ayuntamiento de Villena y la unión temporal de empresas“Secopsa Construcción, S.A-Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L., Plaza deToros de Villena”.

2.- Merece destarcarse el hecho de que al aumentar la superficie destinadaal aparcamiento, con un único sótano se logre 218 plazas de aparcamiento. Lacirculación en este sótano es una circulación anular y el acceso a los elementosautomáticos de comunicación vertical, que en el caso de celebración deespectáculos nos conducen a la plaza directamente.

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3.- Según se deduce del estudio geotécnico complementario y del informetécnico de evaluación del mismo, resulta, contrariamente a lo que se pensabainicialmente, imposible acometer a la vez el vaciado de los dos sótanos de garajey la cimentación de la plaza de toros. Ante esto, resulta evidente, por losmotivos enumerados en el cuerpo de este informe, que la solución planteada porla UTE es la que resulta más conveniente de las que se han barajado al respecto,ya que, como se ha dicho ni la prolongación del plazo de construcción ni ladisminución del número de plazas de aparcamiento, ni el desplazamiento de éstebajo el subsuelo de la avenida de la Constitución resultan aconsejables.

4.- Con referencia a las posibles ventajas de la construcción delaparcamiento bajo la plaza de toros, cabe añadir que según se deduce del escritopresentado en este Ayuntamiento, en fecha 30 de noviembre de 2009, ante unapreocupación importante de los vecinos de las calles Jorge Guillén y Blas deOtero, ante la inminencia de la realización del aparcamiento en su solucióninicial en la zona limítrofe a estas calles, solicitando los vecinos lasmodificaciones de los accesos al aparcamiento al tiempo que se aumenta ladistancia de separación a las viviendas recayentes a estos viales. La soluciónplanteada por la UTE, solucionaría la reivindación de los vecinos.

Consultados los archivos municipales resulta que:

1º.- Mediante Decreto nº 1537, de fecha 20 de noviembre de 2009, seadjudicó a la mercantil TCO Geoscan, S.L., con CIF nº B-96183223, el contratomenor para la realización del estudio geotécnico de las obras de la Plaza deToros.

2º.- En el acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 30 deabril de 2009, por el que se resuelven las alegaciones presentadas y laaprobación definitiva del proyecto básico de aparcamiento subterráneo paraautomóviles turismo anexo a la Plaza de Toros, de Villena, se recoge el informedel arquitecto municipal, D. Julio Pascual Roselló Serrano, de fecha 30 de marzode 2009, en el que se indica que los resultados del estudio geotécnico dondedeben consignarse obligatoriamente es en el proyecto de ejecución (nosremitimos al Código Técnico de la Edificación), de todas formas el estudiogeotécnico está realizado y se dispone de los datos necesarios para el cálculo deledificio.

3º.- En el proyecto aprobado se hace referencia a la construcción de unaparcamiento subterráneo desarrollado en dos niveles, anexo a la Plaza de Torosde Villena, con 212 plazas de aparcamiento, haciendo mención en cuanto al

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estudio geotécnico que se encuentra pendiente de realización. Se ha realizadoun reconocimiento inicial del terreno donde se pretende ubicar esta edificación,basándose en la experiencia de obras cercanas, estimándose que hay terrenoarcilloso a la profundidad de la cota de cimentación teórica. Si tras la realizacióndel estudio geotécnico se comprobase que los datos inicialmente consideradosno se adecuan a la realidad, se modificaran los correspondientes parámetros y elsistema de cimentación preseleccionado.

4º.- El pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato mixtode “Redacción de los proyectos de ejecución y de ejecución material de las obrasde restauración de la Plaza de Toros Municipal de Villena y de concesión deobra pública para la construcción y la posterior explotación, gestión ymantenimiento del aparcamiento subterráneo para automóviles turismo anexo”,establece en sus clásulas 9 y 52, que los proyectos de ejecución formarán partede la oferta a realizar en el momento de la licitación y será un elemento devaloración en los criterios de adjudicación del contrato.

Los proyectos presentados y aprobados (el de la plaza de toros y el delaparcamiento suterráneo) una vez realizada la adjudicación, podrá ser revisado ymodificado por el Ayuntamiento. El contratista deberá ajustar su proyecto a losnuevos requerimientos sin que suponga una modificación del precio, excepto enel caso que sea a la baja, se aumente superficie o se mejoren calidadesostensiblemente.

Los proyectos de ejecución definitivos deberán ser presentadosigualmente al Ayuntamiento para su aprobación. La aprobación se efectuará porel Ayuntamiento Pleno.

Los proyectos de ejecución, a presentar por el adjudicatario, se deberánajustar a las previsiones de este pliego, al de prescripciones técnicas y alproyecto básico de las obras aprobadas por este Ayuntamiento.

Una vez aprobado los proyectos de ejecución, nada más podrá sermodificado por el Ayuntamiento por razones de interés público y siempre quesean debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas, debidamentejustificadas. En tal caso, el contratista deberá ajustar su proyecto a los nuevosrequerimientos sin que supongan una modificación del precio, salvo cuando ésteresultare con las modificaciones menores del previsto inicialmente.

El Ayuntamiento, cuando concurran razones de interés públicodebidamente justificadas que así lo exijan, podrá modificar el contrato con el

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alcance y los requisitos establecidos en la legislación vigente, previa incoacióndel expediente administrativo correspondiente y determinación de lasindemnizaciones procedentes. Cuando el concesionario considere necesaria unamodificación de las condiciones contractuales, presentará ante el Ayuntamientola pertinente solicitud y se tramitará el expediente contradictorio correspondientesi procede. Para todo lo demás, se estará a lo establecido en el artículo 233 de laLCSP.

5º.-El pliego de prescripciones técnicas particulares del contrato, estableceen el apartado 7. “Memoria Constructiva, A. Sistema Estructural: Sótanos deAparcamiento. A.1. Cimentación”, que se ha tenido en cuenta como tensiónadmisible del terreno necesaria para la elección del sistema de cimentación, ladeterminada por nuestra esperiencia y la observación del terreno. Se realizará elcorrespondiente estudio geotécnico en base al que se concretará la soluciónprevista para la cimentación, así como sus dimensiones y armados adecuados alterreno existente.

6º.- El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 deseptiembre de 2009, acordó adjudicar definitivamente el contrato mixto para la“Redacción del proyecto de restauración de la Plaza de Toros Municipal deVillena y de concesión de obra pública para la construcción, explotación, gestióny mantenimiento del aparcamiento subterráneo para automóviles”, a la U.T.E.“Secopsa Construcción, S.A.-Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L.”, con CIFnº U-98176407, domicilio a efectos de notificaciones en Ronda Auguste yLouis Lumière nº 6-8, Parque Tecnológico, 46980 de Paterna (Valencia), por elprecio de 12.308.464.43 euros, de principal, más la cantidad de 1.969.354,31euros, correspondientes al IVA (14.277.818,74 euros en total), con un plazo deduración del contrato de 16,8 meses, tanto para la restauración de la Plaza deToros como para la construcción del aparcamiento subterráneo, a contar desde lafirma del acta de comprobación del replanteo y con sujeción a lo establecido enla proposición presentada por la citada unión temporal, el pliego de cláusulasadministrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas con sus anexos,los proyectos básicos de las obras redactados por el Arquitecto Municipal ydemás legislación aplicables en la materia, al haber dado cumplimiento a loexigido en el acuerdo de adjudicación provisional. El correspondiente contratoadministrativo fue firmado el 14 de octubre de 2009.

7º.- En la documentación técnica presentada en su oferta, por la UTE“Secopsa Construcción, S.A.-Viarsa, Agua y Servicios Urbanos, S.L.”, se remiteal estudio geotécnico encargado y redactado para el Ayuntamiento.

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El Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba elCódigo Técnico de la Edificación, establece que el proyecto de ejecuciónincluirá los proyectos parciales u otros documentos técnicos que, en su caso,deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarán en el proyecto comodocumentos diferenciados bajo la coordinación del proyectista. El proyectocontendrá como anexo a la memoria la información geotécnica.

Y en el Documento Básico SE-C (seguridad estructura, cimentación), delCódigo Técnico de la Edificación, se recoge que dado que las conclusiones delestudio geotécnico pueden afectar al proyecto en cuanto a la concepciónestructural del edificio, tipo y cota de la cimentación, se debe acometer en lafase inicial del proyecto y en cualquier caso antes de que la estructura estétotalmente dimensionada. Una vez iniciadas la obra e iniciada la excavación, a lavista del terreno excavado y para la situación precisa de los elementos de lacimentación, el director de obra apreciará la validez y suficiencia de los datosaportados por el estudio geotécnico, adoptando en caso de discrepancia lasmedidas oportunas para la adecuación de la cimentación y del resto de laestructura a las características geotécnicas del terreno.

El artículo 15, del la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, deOrdenación y Fomento de la Calidad de la Edificación, señala en su artículo 15,que con carácter previo al comienzo de la ejecución de las obras de edificación,se comprobará la viabilidad del proyecto de ejecución, a la vista de lascaracterísticas físicas del terreno y otras contingencias no previstas que pudieranpresentarse.

De conformidad, con el artículo 202, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,de Contratos del Sector Público, una vez perfeccionado el contrato, el órgano decontratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones deinterés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente lanecesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a lascondiciones esenciales del contrato. Las modificaciones del contrato deberánformalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 140.

Y el artículo 233, del mismo texto legal, dice que el órgano decontratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación dela obra pública, si concurren las circunstancias del artículo 2002, así como suampliación o la realización de obras complementarias directamente relacionadascon el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en sucaso, a la revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a lasnuevas circunstancias.

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Hay que insistir en que el interés que ha de satisfacerse con lamodificación del contrato es el interés general y no el particular del contratista.Así, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 29 de junio de 1986, Arz. 6779,señala que “(….) atendiendo al interés público que demanda la prestación delservicio y que constituye su causa y finalidad, no estando autorizada laAdministración a ejercer el ius variandi en aras a un interés particular como es eleconómico del concesionario, es detrimento del propio servicio o de losderechos de los demás interesados en su prestación (…)”. Además, los motivosdel interés público que deben justificar la modificación contractual han de serconcretos y precios, no siendo suficiente una genérica remisión al interés generalque todo contrato debe perseguir. Se ha de acreditar con carácter específico ydetallado las razones de interés público que concurren y se van a satisfacer conla modificación que pretende realizarse en el contrato en cuestión (Dictamen delConsejo de Estado nº 46.642, de 12 de julio de 1.984). Las razones de interéspúblico que han de justificar la modificación se han de referir, pues, no a loscontratos administrativos en general, ni al contrato en cuestión en particular,sino en qué medida las modificaciones proyectadas satisfacen específicamentealguna necesidad de interés general mejor que el contrato inicial, pues comorecoge el tenor literal de art. 101.1 TRLCAP (hoy artículo 202 LCSP), lasrazones de interés público han de estar en los elementos que integran el contrato.

Por su parte, la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 1 de febrero de2000, Arz. 318, declara que “un error inicial de la Administración contratanteposteriormente detectado o un cambio de las circunstancias tenidas en cuenta enel momento de contratar o la adopción de medidas generales que aunque novaríen directamente el objeto del contrato incidan sobre él, permiten la posteriormodificación del contrato para adaptarlo a las nuevas exigencias. La prevalenciadel fin sobre el objeto es la que justifica la habilitación a la Administración, conuna potestad de promover adaptaciones del objeto pactado para así conseguir talfin”.

Que el órgano competente, para la modificación del contrato propuesta, esel órgano de contratación, es decir, el Pleno del Ayuntamiento, de conformidad,con el artículo 22.2. n), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesde Régimen Local, modificado por la Disposición Adicional Segunda de la Ley30/2007, de 30 de octubre, y el Decreto de Alcaldía nº 376, de fecha 20 de juniode 2007, del que se dio cuenta al Pleno en sesión celebrada el 3 de julio de 2007.

Por lo tanto, en el presente caso, procede la modificación del contratopropuesta, en relación a la construcción del aparcamiento subterráneo,

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concretamente, cambiando la ubicación del aparcamiento subterráneo,situándolo bajo la Plaza de Toros, en una sola planta, al existir razones deinterés público y para atender a una causa imprevista, debidamente justificadas,además de no afectar esta modificación a las condiciones esenciales del contrato,de conformidad, con el estudio geotécnico, el informe técnico de evaluación y elinforme jurídico, presentados por la adjudicataria del contrato y el informefavorable emitido por el arquitecto municipal. La modificación del contratorequiere la correspondiente addenda al contrato inicial e igualmente deberáaprobarse la modificación del proyecto de ejecución aprobado inicialmente.”

Por último, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el día 23 dediciembre de 2009, en relación con la propuesta de la Concejala de UrbanismoResidencial, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quien pone de manifiesto, que estamodificación no es algo que haya querido cambiar el equipo de gobierno, sinoque ha sido a propuesta de la U.T.E. Secopsa Construcción, S.A. - Viarsa, Aguay Servicios Urbanos, S.L. No obstante, la esencia del proyecto sigue siendo lamisma y se justifica, tanto técnica como jurídicamente, la posibilidad de poderhacerlo.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, en primer lugar, plantea cuestionestécnicas:

- El estudio geotécnico de la pirámide no lo ha encontrado, sí el de losgraderíos. En este sentido hace referencia a la página 5, apartado 3, delinforme de Secretaría. Por ello, pregunta si están los dos estudiosgeotécnicos y cuántos sondeos se han hecho, ya que cuando se hace unestudio geotécnico, como mínimo, se realizan tres catas.

Dª Mª José Hernández Sanjuán, contesta que estaban los dos estudios enel perfil del contratante y se facilitó en DVD a los interesados.

D. Julio P. Roselló Serrano, aclara, que cuando se inició el proyectobásico, no estaba aún el estudio geotécnico, pero luego sí que estaba. Explica,que en el estudio geotécnico nuevo que se ha presentado, se hace un nuevosondeo, existiendo actualmente tres sondeos de la Plaza de Toros y tres delaparcamiento.

- Sobre el proyecto nuevo, pregunta si se ha tenido en cuenta la nuevaLey de Habitabilidad y Diseño, que entrará en vigor en el mes de

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enero.

Responde el Arquitecto Municipal, Sr. Roselló Serrano, que no sabe cómola Sra. Hernández Martínez, habla de proyecto nuevo, cuando sólo hay unosplanos, ya que mientras no se apruebe esta modificación que se propone, laU.T.E. no llevará a cabo el nuevo proyecto adicional y si éste se realiza ya envigor la nueva Ley, tendrá que adaptarse a la misma.

- Sobre el presupuesto, pregunta si existe algún documento donde quededetallado el mismo, porque en el informe jurídico se dice que no haymás aportación por parte del Ayuntamiento.

Aclara el Arquitecto Municipal que hay un pre-proyecto sólo, lacimentación no varía, pero como el proyecto no está redactado, no puedecontestarle fielmente a la pregunta.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, sugiere, que en el acuerdo que seadopte sobre esta modificación, se refleje un compromiso de que, si resultarauna mayor cantidad de la redacción del nuevo proyecto, será la U.T.E quien loasuma, no el Ayuntamiento y si fuera menor, esa parte de compensacióneconómica debiera ir a mejoras dentro de la misma obra.

- Sobre el número de plazas del parking, pregunta, la Sra. HernándezMartínez, si hay diferencias.

Contesta el Arquitecto Municipal, que parece ser que son más grandes,pero que todo está condicionado a la redacción del nuevo proyecto.

D. José Ayelo Pérez, manifiesta, que le gustaría saber algunas cuestiones.En primer lugar, si las cimentaciones que se están haciendo tienen que ver con laPlaza o el parking, lo dice por el estudio geotécnico anterior. Por otro lado, si elequipo de gobierno abandona la idea que tenía de hacer el parking en la PlazaPablo Picaso, pregunta si hay intención de reurbanizar dicha Plaza.

Aclara, Dª Mª José Hernández Sanjuán, que sí que se va a reurbanizar laPlaza Pablo Picaso.

En segundo lugar, el Sr. Ayelo Pérez, pregunta si se van a conservar lasgradas como venerables según el PP.

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Responde el Arquitecto Municipal que se está preparando un estudio, yaque el parking se va a realizar bajo de la Plaza de Toros. Estima que seconservará lo que son los arcos de apoyo y las bóvedas habrá que reproducirlas.

En relación a este asunto, la Sra. Hernández Sanjuán, dice, que si el GrupoSocialista hubiera dejado en mejor estado las bóvedas, se podían haberconservado.

El Sr. Ayelo Pérez, ruega a la Presidencia, se le facilite el contratofirmado, porque si la conservación de los arcos no se hace, quiere comprobarlocon el contrato, porque en el informe jurídico así consta.

La Presidencia manifiesta que no hay problema en facilitar al Sr. AyeloPérez el contrato.

En tercer lugar, D. José Ayelo Pérez, señala que si el proyecto del PP erahacer el parking en la Plaza Pablo Picaso, como quiera que hay solucionesconstructivas que corresponden al concesionario, pregunta por qué no seutilizan. Es evidente que alrededor del edificio Plaza de Toros, hay edificios quetienen sótano y la Plaza no se ha caído. Les resulta curioso que no se expliquenlas razones por las que el PP renuncia a otro tipo de solución constructiva paramantener el proyecto. Les gustaría poder disponer del contrato antes del Pleno yque toda esa información que hay en el expediente se someta a otro técnico, queno sea el redactor del proyecto básico, para que haya una segunda opinión, portransparencia, para que les diga si estas soluciones que se proponen son las másadecuadas o convienen otras.

La Concejala de Urbanismo Residencial, quiere dejar claro que elproyecto del PP en las pasadas elecciones no era el parking sino la restauraciónde la Plaza de Toros y cuando, posteriormente, vieron posibilidades de hacer elparking, es cuando se planteó llevarlo conjuntamente. No sabe cómo el Sr.Ayelo Pérez puede hacer afirmaciones tan gratuitas sobre la existencia degarajes próximos a la Plaza de Toros. Deja patente que la esencia del proyectono cambia para nada y no entiende por qué se quiere asfixiar a la U.T.E siresultan las plazas que se quieren para poder dar el servicio. Ella no va asolicitar otro informe porque está el del Arquitecto Municipal que es funcionariodel Ayuntamiento igual que el de Secretaría y les guste más o menos, es lo quehay en el Ayuntamiento.

El Sr. Ayelo Pérez, pone de manifiesto que si pide una segunda opinión esporque cree que tiene derecho a ella y lo propone por dos razones: primera,

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porque quien redacta el informe ha colaborado en la campaña del PP y segunda,porque ha sido el que ha redactado el proyecto básico. Lo dice porque estápublicado y para que la gente lo sepa.

La Concejala de Urbanismo Residencial, manifiesta, que el Sr. AyeloPérez ha cuestionado los dos informes obrantes en el expediente, pero si quiereuna segunda opinión le ruega que la pida personalmente él, ella no.

El Sr. Ayelo Pérez, aclara, que no es cierto que haya puesto en duda losdos informes.

El Arquitecto Municipal, dice, que él ha redactado el proyecto básico yque el tema del parking le da lo mismo.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, recuerda que en las alegaciones quese hicieron en su momento a las prescripciones técnicas, se hacía referencia a laentrada y salida de los coches por la Avenida de la Constitución, pero no seadmitieron, ¿por qué ahora sí?

Responde Dª Mª José Hernández Sanjuán, que ahora está avalado porinformes técnicos al cambiar la situación.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cinco Concejales delGrupo Municipal Partido Popular. Se abstiene la Portavoz del Grupo MunicipalVerde y votan en contra los tres Concejales del Grupo Municipal Socialista. Portanto, por mayoría, queda dictaminado favorablemente este asunto.

Abierto el debate, toma la palabra Dª Mª José Hernández Sanjuán, diceque como bien se ha leído, esto es una propuesta que se trae al Pleno por unasolicitud que les hace la empresa que está realizando la rehabilitación de la Plazade Toros y la construcción del parking, les proponen el cambio de ubicación yles viene avalado como bien se ha dicho con informes tanto técnicos comojurídicos. El equipo de gobierno, con todo solicitaron también nuevos informesy así se lo corroboran, primero, les dicen que jurídicamente no hayinconveniente en que se modifique la ubicación del parking referente al contratoy, segundo, esos informes les vienen a decir también que técnicamente parecemás recomendable el cambio de ubicación. Comenta, que como ya se ha dejadomás de una vez dicho, el Partido Popular piensa que no hay ningúninconveniente porque la esencia de su proyecto no se cambia, sigue siendo el

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mismo y, por otro lado, piensan que este cambio de ubicación que les propone laempresa, incluso ven que podría ser más ventajoso, primero, porque solamentehabría una sola planta, con lo cual todos saben que siempre es más cómodo a lahora de circular en una sola planta de sótano que en dos, segundo, tendrían másplazas de garaje y tercero, a nivel también del tema de acceso a minusválidos seve también más aconsejable.

Explica la Sra. Hernández Sanjuán, que la empresa les da tres solucionesal realizar los nuevos estudios geotécnicos, una solución sería seguir el parkingen la misma situación donde se encuentra, pero esto conllevaría a un atraso enplazo de tiempo y una nueva solución de cimentación y de excavación, pero estopodría ser sobretodo en plazo más largo, pero también sobretodoeconómicamente. Otra segunda solución, sería modificar el parking donde estásituado, pero se tendrían que alejar de la fachada, con lo cual estarían reduciendoel número de plazas, que cree que no es nada conveniente para el Ayuntamiento,que al final va a ser quien sea el propietario de ese parking y la tercera soluciónes la de cambio de ubicación, que es la que ellos creen que es la másconveniente, a bajo de la Plaza de Toros.

Por otro lado, el cambiar la ubicación bajo de lo que es la actual Plaza deToros quedaría libre, donde en un principio ellos pensaron que era másrecomendable poner el parking, para una posible actuación de equipamiento ydemás, el que ahora apoyen esto y no antes, la verdad no es nada más, como yase ha comentado y bien se ha leído y ella lo ha dicho al principio, viene avaladopor informes. En principio, el Ayuntamiento hizo un estudio geotécnico, paraque lo entienda un poco la gente, cuando se encarga un estudio geotécnico sehacen varias catas, pero el terreno es muy amplio y no salió la determinaciónque ha dicho posteriormente el nuevo estudio geotécnico, de que para alcanzarsuelo firme había que bajar más de lo que se tenía previsto, esto ¿quiere decirque el primer estudio geotécnico esté mal hecho? responde que no, lo que quieredecir es que, simplemente, ha salido posteriormente en otro estudio, las personasque entienda un poco de construcción sabrá que muchas veces cuando se va aconstruir un edificio se realizan estudios geotécnicos para ver si se puedeconstruir uno, dos o tres sótanos y, a lo mejor, sale favorable y resulta quecuando se va a construir el segundo sótano, sale agua donde decía que no iba apasar, pero eso no significa que esté mal, de hecho la empresa dice que elprimero era un estudio exhaustivo, pero en una de las catas que se pinchó nosalió el problema que tiene realmente el terreno. Por tanto, piensan que laesencia de su proyecto sigue siendo el mismo, el plazo también, el precio, enprincipio, hasta que no se realice un estudio más exhaustivo, sería el mismo, conlo cual no ven ningún inconveniente en trasladar el parking de sitio, cuando

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incluso podrían salir ganando en comodidad para la gente y sobre todo el poderdisponer de otro espacio libre que si no se hiciera bajo de la Plaza, lo de bajo dela Plaza, lógicamente, ya no se va a poder utilizar, entonces, por eso lo traen hoyaquí.

D. José Ayelo Pérez, dice, que, en primer lugar, habría que aclarar a laciudadanía que este asunto del cambio del aparcamiento subterráneo de la Plazade Toros, tendría que haberse debatido en un Pleno que fue convocado por laAlcaldesa de esta ciudad el pasado 28 de diciembre, que fue desconvocado unavez todos los Concejales de la Oposición se encontraban en este salón de Plenosy para que no quede ninguna duda de los motivos por los cuales fuedesconvocado aquel Pleno, va a dar lectura al Decreto nº 1948, en el que dicetextualmente “ante la ausencia de cuatro Concejales del Grupo Municipal delPartido Popular y puesto que el único punto a tratar en el Pleno convocado parael día de hoy, era una propuesta del Grupo Municipal del Partido Popular, deacuerdo con el mismo, vengo a desconvocar el Pleno extraordinario del día 28de diciembre, a las 13 horas. Dése traslado a los Grupos Políticos Municipalespara su conocimiento y efectos oportunos y lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta de Villena, en 28 de diciembre de 2009”, faltaría añadir a esteDecreto a las 13:30 horas, aproximadamente, cuando el Pleno tendría que haberempezado a la una. Indica, el Sr. Ayelo Pérez, que la lectura de este Decreto y sucontenido pone de manifiesto de manera clara y evidente, el talante de quien lesgobierna, “si tengo mayoría convoco un Pleno y si no tengo mayoría no convocoel Pleno, lo desconvoco”. Dice el Sr. Ayelo Pérez, que si todos los GruposPolíticos se acogieran a esa regla, la Oposición en estos dos años y medio hastael día de hoy, no hubiera presentado ni una sola Moción, porque de antemanosabría que la iba a perder, con lo cual, lo que estarían haciendo sería huir eldebate político que es lo que realmente interesa a la ciudadanía, tratar deconvencerles y de darles argumentos lo suficientemente convincentes para quese pudiera apoyar la propuesta, pero se hace la suma, faltan cuatro, entonces,Concejales que habéis dejado otras cosas, que estáis trabajando fuera, que osdesplazáis aquí, llegáis y de una manera caprichosa se desconvoca el Pleno.

No obstante, a pesar de estos hechos adversos, han podido sacar alrespecto algo positivo y es que los Grupos de la Oposición habían pedido, trasesa Comisión Informativa de Urbanismo, visitar las obras de la Plaza de Torosantes de la celebración del Pleno de 28 de diciembre, porque tenían algunasdudas y lo mejor, como bien lo pudieron comprobar después, era comprobarlosobre el terreno, y fíjense si en aquel momento, antes del Pleno del día 28, queno se les pudo facilitar la visita a la Plaza de Toros, tenían dudas, cuando

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pudieron visitarla hace una semana, aproximadamente, se dieron cuenta que susdudas eran más que fundadas, porque, claro, una cosa es lo que se cuenta y loque se dice sobre el cambio de ubicación del parking del aparcamientosubterráneo y otra cosa es lo que le dejaron contar, casi de manera accidental aljefe de obra cuando los Grupos de la Oposición visitaron las obras. Indica, el Sr.Ayelo Pérez, que a la pregunta de cuáles eran los motivos del parking, lasprimeras razones que se les dan, son que la Rambla del Conejo podría provocarinterferencias, cosa que el Grupo Municipal Socialista y Verde habían advertidomeses antes, pero aquí no se dice, se sigue diciendo que es compatible la obra,pero el jefe de obra lo dijo, que las obras del parking eran incompatibles ytambién nombró una cosa que el Grupo Socialista aquí también ha dicho, unacosa importantísima, el peligro que podrían correr las viviendas colindantes, esono lo ha oído mucha gente aquí, pero el jefe de obra lo dijo y en el informe y enlas razones que da el Partido Popular no se mencionan, se comentan otras cosas,pero no se habla ni del trazado de la Rambla Conejo ni del parking, esto viene acorroborar lo que en muchas ocasiones afirman los Grupos de la Oposición,ellos lo dicen y al final el tiempo, aunque el Partido Popular vote que no, lesacaba dándoles la razón.

Continuando con su intervención, el Sr. Ayelo Pérez, expone, que lo máscurioso es que aquí se juega y se dice que ahora cambian la ubicación parabeneficiar a los vecinos, sí eso se ha dicho, hay titulares de prensa por ahí, deque esta ubicación es mejor para los vecinos, ¿y cuando el Partido Popularproyectó el parking no? ¡qué curioso! Cuando los Grupos de la Oposiciónhablaron, lo dijo el jefe de obra, evidentemente se le cortó y ellos no pudieroncontinuar con aquella conversación, pero las cosas quedaron bastante claras,como quedó bastante claro, sí que es cierto que lo dice el Arquitecto Municipal,que la cimentación actual es perfectamente compatible con la ubicación delparking debajo de la Plaza de Toros, lo cual tal y como se actúa aquí al GrupoSocialista le lleva a pensar si es que esto antes no estaba proyectado, porquefíjense, los cimientos de la Plaza de Toros tienen aproximadamente 3,30, si norecuerda mal, fue lo que se les dijo, aproximadamente, pero resulta que paraconstruir un parking, con una altura libre de unos 2,70 es suficiente, con lo cualestaban diciendo que no habría que descartar, porque no es la primera vez que seactúa así, que todas estas cosas no estuvieran pensadas y que salen ahora, por nosaben todavía qué conveniencia política, porque evidentemente, ¿esto a quiénbeneficia?, responde el Sr. Ayelo Pérez, que beneficia al calendario, porque escierto que como las obras empiezan tarde hay una plazo que cumplir y aquí sequiere llegar como sea a que la Plaza se inaugure antes de las elecciones, por esono se utilizan, lo dice el Partido Popular, otras soluciones constructivas, porquese sabe de antemano que se pueden sufrir retrasos y se tiene demasiada prisa,

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pero como ya han dicho aquí más de una vez, la prisa mata. Se tiene demasiadaprisa y se quiere acabar proporcionando, todavía no saben tampoco por qué elcoste es el mismo, nadie lo ha explicado lo suficientemente y es cierto queindependientemente, de esto el Grupo Municipal Socialista va a votar en contra,porque está en contra de la construcción de ese edificio y está en contra, porqueuna vez más se demuestra y lo seguirán diciendo, que tienen una AdministraciónAutonómica, que cuando se trata de hacer infraestructuras necesarias, mira paraotro lado, lo están viendo esta noche con las cuestiones de las plantas deresiduos y con el vertido de aguas contaminantes a los cauces públicos, para esono hay dinero, sin embargo, hay dinero para una infraestructura que no es unanecesidad. Comenta que seguirán insistiendo en la misma dirección, no están encontra de las infraestructuras de ocio para la ciudad, pero lo primero es poder nocontaminar y lo segundo, y más importante también, es poder tener untratamiento de residuos equitativo, por tanto, se siguen manteniendo y el sentidode su voto será el mismo, primero infraestructuras necesarias. Por tanto, comoconsideran que esta infraestructura no es necesaria, independientemente de lasdudas que el Grupo Municipal Socialista tiene, votarán en contra.

D. Francisco Javier Esquembre Menor, manifiesta que el GrupoMunicipal Verde ha escuchado con atención las explicaciones de la Concejala deUrbanismo y también las explicaciones técnicas, que son en parte las razonespara promover esta modificación, pero no han escuchado ninguna explicaciónpor las serias contradicciones que el Grupo Partido Popular como Grupo Políticoy que este proyecto más o menos emblemático de dicho Grupo, gravescontradicciones que atraviesan y que tendrán que explicar a toda la población,que un proyecto de este tipo aparente levantarse sobre improvisaciones, sobrecálculos inestables, sobre protecciones que se desprotegen, se hablaba de gradas,que se evitara construir debajo del edificio, por ejemplo unos cines, el PartidoPopular ponía el grito en el cielo y ahora planteen justo lo contrario, creen desdeel Grupo Municipal Verde que está muy en la base de este cambio de ubicación,no sólo esas dificultades geotécnicas que han surgido y que desde la empresa sesolicitan al Ayuntamiento y que el Grupo del Partido Popular, como equipo degobierno están dispuestos a conceder.

Añade, que cuando estas sugerencias las hacían los Grupos de laOposición en sus alegaciones, el equipo de gobierno decía que eso no era así yque técnicamente estaban casi diciendo barbaridades, cuando lo decían losvecinos y vecinas del barrio, adoptaban silencio, ni les contestaron, pero ahoraen sus argumentos defensivos, dicen que por el bien de la vecindad y por el biende un proyecto, que creen que tienen que construir más rápido, hay que justificar

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el cambio de proyecto. Además, tampoco explican la contradicción de por quéhicieron una unidad misma a la hora de licitar el parking y Plaza de Toros ycomo tal misma unidad, tienen ahora que introducir ese cambio de ubicación delparking dentro de la Plaza de Toros, sin que se les ocurra hacer otros posiblescambios que muchas veces el Grupo Municipal Verde les ha planteado. Piensanque es un día donde todas estas contradicciones al Partido Popular, en lugar dedarle una sensación de orgullo, tendría que darle prácticamente una actitud demucha más modestia y sensatez a la hora de plantear, si son tan cierto losargumentos que se usan para justificar el cambio del parking o si más bien esosargumentos tienen que ver con otras causas, lo cierto es que las gradas ya estánderribadas, no saben qué pasará con las bóvedas, con los arcos y lo cierto es queahora está clarísimo que es mejor hacer el parking, con la nueva oferta que elPartido Popular plantea, lo rarísimo es que eso no se le ocurriera a ningúnarquitecto ni a ninguna de las personas que desde el Partido Popular están añosmatizando y machacando con este proyecto tan caro y de tan poca utilidad parala ciudad de Villena, es realmente raro, pero no es raro que en un proyectobásico que ni siquiera se les ocurrió cambiar, cuando también el GrupoMunicipal Verde les anunciaba que no estaban ofreciendo públicamente elproyecto de Plaza de Toros que existe, digan del terreno y de la ubicación de lasconsideraciones reales de la Plaza de Toros que existía, no cambiaron nada y deahí han venido un montón de problemas sobre los que están ahora.

Continuando con su intervención, el Sr. Esquembre Menor, dice querealmente cuando empezaron la visita a la Plaza de Toros, lo primero que dijo eldirector de obra fue “se cambia por el tema de la Rambla del Conejo y por lacercanía a los edificios” y enseguida se dijo, no, y también, eso ya se dijo desdelos técnicos municipales, se cambia porque técnicamente es más inviable,porque es mucho más difícil el otro, etc. Cuando el Grupo Municipal Verdeempezó a estudiar este tema y les sorprendía muchísimo que el Partido Popularplanteara este cambio, vieron, también con sorpresa, que el estudio geotécnicoprevio sólo tenía dos pruebas, dos sondeos, cuando entienden que legalmentetendrían que haber sido por lo menos tres y vieron con mucha sorpresa que unofuera en la zona de la pirámide, otro se hiciera en un extremo y ninguno cerca delo que debería ser el sostén de la Plaza de Toros, igual es así, pero es raro quepara un edificio, donde lo que ha importado siempre ha sido que no se caiga, nose le ocurra a nadie que hay que hacer un sondeo cerca, sí donde la famosapirámide, que ya les explicarán mejor para qué les servirá, pero para proteger unemblema o una idea más o menos faraónica, estaban bien atentos a proteger unpatrimonio cultural, sobre el cual el Partido Popular también ha cambiadomucho de parecer y ha adoptado también una actitud bastante cambiante sobre elinterés que les ha ofrecido el patrimonio, hasta el extremo o la mayor tolerancia

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a la hora de atentar contra él, sobre eso no les importó mucho a la hora deplantear los estudios geotécnicos.

Desde ese punto de vista lo que encuentra el Grupo Verde es que hay,desde luego, otras razones, algunas pueden ser las del tiempo, por supuestocomo han dicho, puede haber razones de improvisación, pero lo que no ven sonrazones que argumenten el verdadero beneficio para la ciudad, pues, estabanviendo en esa visita claramente, al tiempo que el Grupo Verde valoraba quetécnicamente seguramente era una buena opción, decían aquí se puede hacerpero muchísimo más, en ese hoyo no sólo el parking que han empezado aconstruir, sino unas salas de ensayo para jóvenes de maravilla o unos cinestambién, perfectamente, si el PP como una misma unidad de actuación, llevaronesta licitación y lo traen aquí a Pleno, podrían hablar mucho de eso, pero el PPse empeña en su idea previa, no valoran que hay realidades que la ciudadnecesita y que hay capacidad de respuesta, han respondido con diligencia a unapetición de una empresa privada, pero no respondieron para nada a una peticiónde la vecindad.

El Grupo Grupo Municipal Verde, cree que lo que están viendo ya es elinicio de las obras de Plaza de Toros, el inicio de una modificación de unproyecto todavía sin aprobar, pero también observaron, cuando hicieron esavisita, que eso no era un parking, que eran unos cimientos pero clavaditos adonde suelen aparcar unos y otros los vehículos en los parkings privados denuestros domicilios, clavaditos, porque le sorprende al Grupo Verde que, si biensí que es compatible lo que se está haciendo, son las palabras que el equipo degobierno ha usado para garantizar que no cometan error o no decir mentiras, sibien sí que es compatible con el proyecto inicial, nadie ha dicho y el PP ojalá nolo diga, que sea coincidente con el proyecto inicial y esa coincidencia el GrupoVerde ha querido observarla, nadie les ha dicho que no puedan, pero hasta ahorano se les ha facilitado los planos, no lo han podido comprobar y cosa quepiensan que no es oportuna, los planos no están en este Ayuntamiento, estánfuera de esta casa, cosa que también creen va en contra de lo que responde alprocedimiento administrativo por la custodia de documentos, etc., entonces, yalos verán en su momento, los podrán observar y comprobar esa casualidadcompatible, por supuesto, pero no coincidente.

Por tanto, desde el punto de vista técnico, señala el Sr. Esquembre Menor,podrían entenderlo si el PP se hubiera atrevido a ir un poco más lejos y comouna misma unidad que así la licitaron, se hubieran dispuesto a hacer otro tipo decambios, desde el punto de vista de la oportunidad o del beneficio social, no lo

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ven por ningún lado y siguen sin verlo, el equipo de gobierno sabe y ya lo diránen su momento, que gestionar un edificio así será para que en tres o cuatroocasiones al año se pueda usar, pero que el día a día de la ciudad se les estáprivando de unas instalaciones y un espacio muy rico. Por ello, no ven porningún lado la necesidad o la oportunidad y con respecto a la legalidad está claroque hay un informe jurídico que lo avala en función de lo que dice la Ley deContratos del Sector Público, pero cuando hablan de la posibilidad de estecambio, porque todo el mundo coincide en que es extraño, unas empresas se hanpresentado a hacer una obra en una zona y luego le dicen que no, que la podríanhacer en otra, posiblemente haya empresas que no se hayan presentado pensandoque esto es inviable y de repente se encuentren con que es más fácil de lo que enprincipio se decía, es decir, que lógicamente es importante que los cambios seargumenten muy bien.

Las razones de interés público no las han dado, apunta D. Francisco JavierEsquembre Menor, han dado razones de interés del Partido Popular, tienen queir más rápido, eso mismo también lo dijo el arquitecto municipal y el director deobra, ganan tiempo, no han dicho que no se pueda hacer técnicamente de otramanera, cosa que dice la Ley de Contratos “que sea inviable otras opciones” y locomenta porque sí que hay un informe, pero ese informe jurídico no tiene esosprincipios ni la observación in situ de que lo que se está haciendo contravienealgunas de las posibilidades legales. También dice la Ley “que sea algoimprevisible”, pero el Grupo Municipal Verde no puede aceptar laimprevisibilidad en este caso, porque este contrato es muy importante y porquecomo han dicho, las catas fueron dirigidas a zonas concretas y las catas podíanhaber sido dirigidas a las zonas en cuestión sobre las que hay que resolver y es sihará falta o no un muro de tipo pantalla o apantallamiento para evitar la presiónque pueda hacer la cimentación de la Plaza de Toros. Por tanto, el Grupo Verdeno piensa que la imprevisibilidad esté aquí y no saben, como el equipo degobierno ha dicho, si las condiciones del contrato cambiarán, sobretodohablando de condiciones económicas, que es otra de las cosas que pide lalegislación vigente, entienden y también se ha dicho así, que una superficiedigamos a cielo abierto, será mucho más económico que el parking inicialmenteproyectado por el Partido Popular, por lo tanto, el Grupo Verde entiende que síque se cambian las condiciones esenciales y, por lo tanto, estarían haciendo unagran temeridad aprobando una propuesta de cambio en contra de una licitaciónpública, que podría agraviar a las empresas y a la libre concurrencia que en sudía pudieran tener. Creen, en cualquier caso, que está por ver que el interésgeneral se salvaguarde en este empeño que tiene el Partido Popular en dedicarveinte millones de euros, quince públicos y cinco privados a una obra que no

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podrá ser usada cotidianamente y, por lo tanto, creen que no están bajo lossupuestos de legalidad de la Ley vigente.

Abierto el segundo turno de intervenciones, Dª Mª José HernándezSanjuán, primero, decirle al Sr. Ayelo Pérez, que también han traído este temahoy aquí y no tienen mayoría, o sea, eso de que solo traen las cosas cuandotienen mayoría, en este caso no tienen mayoría y han traído este punto aquí.Respecto que el Sr. Ayelo Pérez tiene muchas dudas, seguro que las tiene y lasva a tener siempre en todo lo que sea referente al Partido Popular, siempre va atener muchas dudas. Por otro lado, ya que dice que hay que decir aquí cosas quela gente no sabe, también es verdad a ver si se dice, que durante cuatro años elGrupo Popular estuvo solicitando que les dejaran entrar a ver la Plaza de Toros,verbalmente y por escrito, y esto no fue así nunca, o sea, que eso también sesepa aquí.

Señala, la Sra. Hernández Sanjuán, que a ella le hace gracia, cuando ahorase están tratando todos estos temas, poniendo en duda la visita, además ella nosabe si a este Pleno se viene sin leerse los informes, porque ya ha dicho alprincipio que todo esto viene dado por algo que les presenta la empresa, que elGrupo Socialista siguen teniendo dudas de porqué lo presenta la empresa y quedicen que es clavadito, la cimentación a un parking. Aclara, que en el estudiogeotécnico y bien se les explicó si estuvieron escuchando allí, para encontrarsuelo firme había que excavar a tres y pico metros, para hacer la cimentaciónque, para que entienda la ciudadanía, consiste en que se levanta luego una losa,que es como una segunda piel, que es la que va a aguantar todo el peso de laestructura, bóvedas y demás, si el Sr. Ayelo Pérez dice que qué casualidad quesea también para que pueda servir para un parking, donde ha salido eso lo firme,o era para aguantar todo ese peso, ¿qué medidas tiene mejor el Sr. Ayelo Pérezpara que no tenga dudas?, ¿cuarenta centímetros, cincuenta centímetros,setenta?, no sabe, porque aquí ya parece que ponen en duda cualquier cosa.

Comenta, la Concejala de Urbanismo Residencial, que alegan que es unproyecto con muchas contradicciones, con inconvenientes, cosas que se han idocambiando, ella le diría a los dos Grupos y también refiriéndose al Sr.Esquembre Menor, que él tiene relación con gente directa que se dedica a esto,que le diga qué obra de una cierta magnitud que no sufre inconvenientes, pese aque seguramente la dirección de obra y el promotor no los quieran, ¿qué obra nosufre ningún inconveniente ni ninguna modificación? Están cansados de ver ysobretodo cuando se está actuando bajo de tierra, como ha dicho antes, zonas

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que sale agua, zonas que en televisión han visto mil veces, cuando se ha hecho, alo mejor, excavaciones para el metro, etc., ¿es que eso no estaba previsto otambién estaba mal? Le reitera al Sr. Esquembre Menor, que le diga una solaobra de cierta magnitud, que no haya sufrido ninguna modificación, pesesiempre, ya dice, a la dirección de obra y al promotor que seguramente nunca leshace ninguna gracia, o acaso ¿eso es hacer mal las cosas, ir a salto de mata?, nosabe, seguramente, habrá un técnico detrás, ya le dice que él está muyrelacionado, y se imagina que le dirán que no, que no es así, ya que cuando setrata de hacer obra y sobretodo cuando se excava bajo tierra, no sonmatemáticas, no son dos y dos son cuatro, por mucho que se intente hacer deantemano un estudio, salen cosas imprevistas y están cansados de vermodificados en las obras, o ¿es que esto resulta que lo ha inventado ahora elPartido Popular que salga un modificado en una obra? No lo entiende.

La Sra. Hernández Sanjuán, continúa su intervención diciendo, que noquiere entrar al tema, pero si quieren vuelve sobre el tema de las gradas, que siel Partido Popular es ahora el que abandera el tema del patrimonio, pues, no sonlos que abanderan nada, sin embargo, las gradas se las encontraron en el estadoque estaban que, seguramente, no fue culpa del Partido Popular y en cuanto aconservar el patrimonio, lo primero que hicieron por mucho que cause risa y quele llaman los Grupos de la oposición lo de la ortodoncia famosa, tuvieron quesujetar la Plaza, sí, claro que sí, lo primero que hizo el Partido Popular fue eso.Respecto de la legalidad de los informes, indica, que ella llegados a este punto,realmente, no sabe qué decir, porque de cada cosa que hace el PP, de cadamovimiento les piden cuarenta mil informes y cuando están los informes, dudande ellos, entonces, qué hacen, ¿hacen informes o no?, o ¿los traen los Grupos dela oposición de los técnicos que vean convenientes de fuera?, puesto que siresulta que los informes, primero los trajeron la empresa y el Partido Popular loprimero que hizo fue preguntar porqué ahora se plantea esto, que les corroborenlos técnicos del Ayuntamiento si esta modificación es correcta, o ¿es que secreen que para el Partido Popular, que ya por fin había dejado este debate de laPlaza de Toros, que ya llevan dos años, mes tras mes aquí en este Pleno, traeruna modificación era fácil?, ella les asegura que no, o sea, los primeros quetomaron medidas en pedir a los técnicos municipales que les corroboraran querealmente esto era así y que podía ser no necesario, sino aconsejable, que secambiara la ubicación del parking fue el Partido Popular y así lo dicen y que sepudiera hacer, también lo dicen, entonces, ahora poner en duda los informes, esque están en la misma, es decir, se piden informes y cuando les dan los informeslos ponen en duda.

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Con respecto a que se han planteado más necesidades, explica la Sra.Hernández Sanjuán, que sí, el informe lo dice, que se han planteado másopciones, y ella también lo ha propuesto al principio. Hay tres opciones distintasy como ya se ha dicho, ésta es la que ellos ven mejor, igual que la empresa, perosi no se aprobara, seguirían con la original, que esto hace que haya un retraso detiempo, pues habrá un retraso de tiempo, pero entonces, ella de verdad, cosasigual se dicen, esto que se diga aquí, también se dijo en la Plaza de Toros por losGrupos de la oposición, que lo veían más conveniente que esto se pusiera bajo,que la gente también lo sepa, les dijeron, ven más conveniente que se ponga aquíy el Partido Popular se alegró, entonces les preguntaron si les iban a apoyar,contestaron que no, porque esto era un tema político, o sea, eso también quiereque se sepa aquí. Al final, tristemente, éste es un tema político, puede estar deacuerdo con eso, pero no le van a dar la razón, porque la bandera de esto la llevael PP y luego siempre buscando qué habrá detrás, quede claro que, no hay nada,ya lo dice, la primera que no quiere volver a traer un tema de la Plaza de Torosaquí, es ella, porque no le es grato volver a discutir cuarenta veces sobre lomismo. Por lo tanto, si alguien piensa que hay algo detrás o que tenga dudas, nosabe, al final, al tiempo se remitirán, el tiempo pone a cada uno en su sitio.

A continuación, D. Francisco Javier Esquembre Menor, manifiesta, que vaa empezar por responder a lo último que ha dicho la Sra. Hernández Sanjuán,porque libremente y sin ningún tipo de reparo lo dijo, pues, él podía haber sidomucho más prudente en la visita y haberse estado escaqueando. Él expresóclaramente que la solución práctica y técnica parece la mejor, es más fácil queuna excavadora tire o haga un agujero desde arriba, que cuando estan en la playay lo quieren hacer desde abajo, hasta los niños lo han sabido hacer, cómo se hacemás fácil, y dijo, pero qué lástima, que con los metros cúbicos que aquí hay nose aproveche mucho mejor. Cree que habló de las dos cosas, que no diga la Sra.Hernández Sanjuán que solo dijo una, y lo que no contestó, pero sí que lo diceahora, clavadito, clavadito al parking de su edificio, eso no lo dijo entonces, esolo pensó y cree que todos lo pensaron al ver la estructura y que no es sólo elcinturón que la Sra. Hernández Sanjuán dice que es necesario para fortalecer ygarantizar, por supuesto, que la nueva estructura que van a construir no se caiga,no es sólo eso, sino la continuidad, no lo saben todavía, hacia el centro de laPlaza. Se imagina y ya se verá según la obra, donde se está usando,aparentemente, una técnica compatible con un parking y el Partido Popular aúnno ha dicho y espera que otro día se lo dirán, si es o no lo que se está haciendocoincidente con el proyecto inicial eso el Grupo Verde lo espera y lo pedirá porescrito, que la obra que se está haciendo es coincidente con el proyecto inicial, sies coincidente, entenderán que aquél que lo hizo fue muy sabio para decir, lo

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hago por si luego sale por un lado o sale por el otro está bien y entonces dirán,chapó, lo ha hecho ustedes de maravilla, pero si no es coincidente, estaráncometiendo una grave irregularidad, porque antes de haber aprobado, que seimagina que hoy si aprobarán esta propuesta, iniciaron esas obras.

Continuando con su intervención, el Sr. Esquembre Menor, se refiere aque la Sra. Hernández Sanjuán ha dicho que en todas las obras hayinconvenientes, claro que los hay, pero él no conoce ninguna que diga, puesahora la boca de metro la ponen aquí, si no que la llevan a la plaza de enfrente,es decir, claro que las habrá, en un edificio cuando alguien encuentra algo,cambia, pero no suele cambiar de ubicación y si se cambia de ubicación,dependerá de bajo qué legalidad se mueva. La Sra. Hernández Sanjuán haterminado su intervención anterior diciendo, y si no se aprueba seguirían con laidea original, eso mismo ya va en contra de la legalidad, que recoge que tienenque ser causas no salvables, causas de fuerza mayor, no dice que sean causas deplazos, no lo dice en ningún sitio. Por eso, el Grupo Municipal Verde no niegaque el informe jurídico sea bueno, lo que ha comentado es que la parte técnicano está visualizada en el informe jurídico. El informe jurídico se refiere a cuatropuntos y entiende que se puede hacer, porque el informe de la empresa, cuandohabla de que en el estudio geotécnico han salido una serie de dificultades, cuentauna versión con la que ellos se han encontrado, cuando uno mira la realidad, hayuna interpretación técnica, jurídica y política de esa realidad y el Grupo Verdedice que la razón que dan para seguir con la idea original si no ganaran estavotación, ya descalifica la posibilidad de hacerlo, porque están diciendo quelegalmente no se podría, porque no hay una causa de fuerza mayor, hay unacausa de plazos, que en eso insistió mucho el director de obra y el técnicomunicipal, pero la causa de plazos no es una causa de fuerza mayor. Enconsecuencia, desde ese punto de vista, el Grupo Verde cree que ese cambio deubicación va en contra de los pliegos que se hicieron al principio, así comotambién que va en contra o que no es la única solución, como ha dicho antes, ala vecindad, saben que vecinos y vecinas piden este cambio, pero lo que quiereninsistir es que hay otras fórmulas para evitar el daño que puede sufrir la zona dela Constancia, el Grupo Verde lo alegó, el Partido Popular dijo que no, que sóloquerían bloquear y ahora resulta que les dan la razón, y se la dan en ese aspecto,en el aspecto de la Rambla Conejo y también se las dan al Grupo Socialista enalgunas de sus alegaciones, pero lo camuflan de otra forma.

Por tanto, dice el Sr. Esquembre Menor, que la vecindad podría tenersolución con entrada y salida y funcionamiento del parking desde la Avda.Constitución, si es que es la opción del Partido Popular construir un parking,porque el Grupo Verde considera que no es lo que la ciudad de Villena necesita

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en esa zona, ni es ésa Plaza de Toros. El Grupo Verde lo ha dicho muchas veces,aparte de que su planteamiento sea de defensa animal y no quieran espectáculoscruentos, aparte de ese planteamiento, creen que si se va a gastar el dineropúblico, se debe gastar bien, que los quince millones de euros sirven paramuchas más cosas y que el Partido Popular ha diseñado un edificio del sigloXXI, una cubierta singular, una pirámide con un diseño del siglo XXI, paraalbergar a un edificio que en su interior responde intereses del siglo XIX y eso alGrupo Verde le parece triste, porque el Partido Popular sabe que en ese coso, enesos metros cúbicos, en esos metros cuadrados, podrían haberse atrevido a hacermucho más diseño y ahora que plantean un cambio de proyecto, lareconstrucción interna de una Plaza de Toros, puede pedir mucho más y se lesdebe pedir mucho más, porque es dinero público y es dinero que hace falta opara escuelas o para salud o para depuración o para tratamiento de basuras opara actividades recreativas y no sólo para espectáculos puntuales de granformato que el Partido Popular conoce bien. Dado que el Grupo Popular muestraahora esa disposición a estos cambios en beneficio, en este caso, más de laempresa adjudicataria o de sus plazos que del bien común, el Grupo Verde lessolicita que por razones del bien común se planteen modificar el proyectooriginal de la Plaza de Toros y hacerlo de verdad plurifuncional, porque esapalabra tiene contenido y sigue sin introducirse un solo elemento de versatilidaddentro de esa Plaza y el PP tendría la oportunidad, no la quisieron hacer, ahora latienen y traen un proyecto de cambio de plan centrado otra vez en un cajón, ensacar tierra, no en los problemas de la ciudad de Villena y lo podrían hacer,aunque se niegan a hacerlo, por tanto, desde ese punto de vista, el Grupo Verdeno puede votar favorablemente a este cambio.

D. José Ayelo Pérez, dice que, desde luego, a estas alturas de legislatura ycon lo que ha llovido, lo que menos se esperaría el Grupo Socialista es que elPartido Popular les diera la razón, no se la van a dar, aunque después el tiempose la dé, esto es bastante evidente. La Sra. Hernández Sanjuán comenta que, hoylo presentan, aunque no tienen mayoría, pero si sus excompañeros no sehubieran comprometido públicamente a votar aquellas cosas del programaelectoral del PP, este punto y se juega con ella lo que quiera, no estaría hoy en elorden del día, lo que pasa es que hay gente más seria que la Sra. HernándezSanjuán, y que lleva sus compromisos adelante, a pesar de tener que tragar conruedas de molino. La Sra. Hernández Sanjuán ha dicho que él siempremantendrá dudas sobre lo que ella dice, mire hay cosas de las que él de laConcejala de Urbanismo Residencial no dudará nunca, se refiere a una de ellas,que fue objeto de debate en la Comisión Informativa y que no se cansará derepetir, los informes del arquitecto municipal sobre este edificio siendo juez y

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parte necesitarían de otro informe, se lo ha dicho muchas veces, ¿por qué?, puesnecesitan de otro informe porque no puede ser que el mismo arquitecto quetrabaja con el PP en la campaña electoral, que les hace el DVD, que firma elDVD y el proyecto básico, firme también las bonanzas de este cambio deaparcamiento, de eso no tiene ninguna duda y se lo ha dicho muchas veces, peroen aras de la transparencia, en vez de decir en la Comisión Informativa, si el Sr.Ayelo Pérez quiere un informe lo pida y se lo paga, podía haber pedido esesegundo informe la Sra. Hernández Sanjuán, porque desde luego, desde el puntode vista del Grupo Socialista sería necesario.

Por otro lado, al Sr. Ayelo Pérez le gustaría aclarar una cosa, él nuncadefendió, seguramente su compañero del Grupo Verde sí, pero él nunca dijo queera más oportuno el parking debajo de la Plaza de Toros, nunca lo ha dicho, noha expresado su opinión al respecto, él nunca ha dicho que le parecía mejor elparking debajo de la Plaza de Toros, lo único que le dijo en la ComisiónInformativa es que en vez de una planta porqué no hacían dos, ya que se ponían,lo podían hacer y podrían sacar esa plurifuncionalidad, que tanto hablan quetiene el edificio que después no se ve por ningún sitio, si el PP ya que se pone aexcavar debajo de la Plaza de Toros para hacer un parking, pues hagan dos o tresplantas para abajo y sacarán esa plurifuncionalidad, esos locales que hacen falta,esas instalaciones que hacen falta, lo podrían hacer, ya que se van a poner aexcavar, entonces sí que tendrían un edificio plurifuncional que en estemomento no ven por ningún sitio. Se refiere a que la Sra. Hernández Sanjuán hadicho que a ella le gustaría no volver a hablar de la Plaza de Toros, porque estoes cansino, él ya le vaticina una cosa, la Plaza de Toros de aquí al final de lalegislatura, no sólo va a venir al Pleno más de una vez, sino que al PartidoPopular les va a dar más de un disgusto y otra vez el tiempo les dará la razón alGrupo Socialista y a la Sra. Interventora Municipal, porque estos pagosadelantados generarán aquellas tensiones de tesorería que la Sra. InterventoraMunicipal, el Grupo Municipal Verde y el Grupo Socialista ya decía, quesignifica que, con una Administración Autonómica del Partido Popular, que nopaga, que el Ayuntamiento tiene que adelantar el dinero, esto, a lo mejor, lasarcas municipales lo pueden aguantar un cierto tiempo, pero ¿hasta cuándo lopueden aguantar?. Por eso, ya le dice a la Sra. Hernández Sanjuán, que aunqueella no lo quiera tendrán Plaza de Toros para rato, porque necesariamente seráobjeto de debate.

Para finalizar, comenta el Sr. Ayelo Pérez, que sí le gustaría decir doscosas, el Grupo Socialista insiste en que sería conveniente, dadas lascircunstancias, reflexionar sobre este edificio con las necesidades que tiene laciudad, el Partido Popular ha tirado para adelante y será su voluntad, el tiempo

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dirá quién tiene razón, de momento, el tiempo va diciendo que la razón la tieneel Grupo Socialista. Por otro lado, a aquellas personas que hasta hace unos díastenían la responsabilidad de la disciplina del Partido Popular, sí que le gustaríaresaltar que están en el momento de producir un cambio, el conseguir que esteproyecto sea de verdad el necesario y el que necesita la ciudad de Villena, queno necesariamente tiene que ser ese edificio, que se abrirá muy pocos días al añoy que lo disfrutarán sólo una parte de los villeneros y villeneras, antes de emitirel voto sería conveniente ejercer esa reflexión, porque si no entrarán en uncamino de no retorno.

Dª Mª Adela Serra Morillas, en nombre de los cinco Concejales noadscritos, manifiesta que ellos, como ya es sabido por toda la población,estuvieron también trabajando sobre el proyecto de la Plaza de Toros, es algoque siempre han defendido y van a seguir defendiendo, el parking es uncomplemento al proyecto de la Plaza de Toros, lo ven conveniente, no sólo parael servicio de la Plaza, sino también para otros servicios que pueda demandar laciudad, porque en esa zona empezará la zona comercial y existen otras zonasque puedan necesitar aparcamientos. Por ello, quieren aclarar que van a votar afavor de esta Moción, puesto que siempre han defendido el patrimonio deVillena, creen que la Plaza de Toros es algo muy importante para nuestra ciudady si se puede utilizar para múltiples usos, mucho mejor, por eso, ratifica que vana votar a favor esta Moción.

Cierra el turno de intervenciones Dª Mª José Hernández Sanjuán,poniendo de manifiesto, que se vuelve a repetir en esta segunda intervención,que coincide la cimentación que se está haciendo con lo que es un sótano y quesi esto es que el arquitecto que lo hizo ya era sabio. Ella vuelve a decir, para quequede claro, se tiene que excavar hasta que se llegue a suelo firme y los estudiosdicen que suelo firme en esa zona es a partir de casi cuatro metros, lo que es lalosa, al final se quedan unos tres metros y pico libres, ¿que esto coincide con loque es un sótano?, sí, con al altura necesaria por la legalidad para hacer unsótano, ¿qué esto estaba previsto?, no, y bien se lo dijo allí tanto la dirección deobra como el técnico, porque el que se tenga que hacer una losa hasta que seencuentre suelo firme, no significa que se iba a hacer un sótano, o si no aseguraque lo hubieran sacado al principio. Sabe que los Grupos de la Oposición tienendudas, de acuerdo, pero ¿qué está ganando el PP con volver a traer este temaaquí?, no entiende por dónde quieren llegar a ver qué beneficio puede haber, siesto se sacó hace dos meses, se podía haber cambiado el proyecto. Añade, que sirealmente los Grupos de la Oposición siguen pensando, porque no se fían del

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Partido Popular y siguen teniendo sus dudas de que esto ya estaba previsto y loque se está ejecutando, que eso es más grave que lo digan, puede ser que no seacoincidente con lo que está en el proyecto, si eso es así, denuncian a la empresaque está ejecutando algo distinto al proyecto, pero eso lo denuncian ante el Juez,que es donde tienen que hacerlo y si el Juez ve, realmente, que eso es así, que lopare, porque ya está bien de que cada vez que los Grupos de la Oposición tengandudas plantarse en los micrófonos a decir esto se está haciendo mal y no se estácumpliendo la ley. La Sra. Hernández Sanjuán, explica que se dijo bien claro,además lo preguntaron, cree recordar que dos veces al técnico y este les dijo quesí, que eso era tal y como estaba previsto y aún así, la Oposición quiere creardudas hoy y lo siguen comentando, los planos están, se refiere a que los puedenver, pero primero se asesoren y luego lo digan, no siempre creen las dudas alprincipio.

Con respecto a lo que se ha comentado que es una inversión, quincemillones de euros, que no es lo que necesita la ciudadanía, que esto va a costarmucho a las arcas municipales o la Consellería y que se podía hacer con estedinero otras inversiones, vuelven a hacer historia si quieren, pregunta ¿y lostreinta millones que le costaba al Ayuntamiento de Villena?, no le digan que erainiciativa privada, porque regalaban el subsuelo, con lo cual es dinero delpueblo, digan lo que digan.

Sobre el tema del diseño de la Plaza, afirma la Sra. Hernández Sanjuán,que ella también tiene dudas ahora, se lo dice tanto al Grupo Socialista como alGrupo Verde, porque esto de que ahora se hayan puesto de acuerdo en que secambie el diseño de la Plaza que sería conveniente, ya que se está en este paso,de cambiar el proyecto, de hacerlo, más plurifuncional, les dice que sus dudasson, ¿no quieren paralizar, que no llegue el Partido Popular a las elecciones conla Plaza de Toros?, pues fíjense, ésas son sus dudas, se para el proyecto, se sacaun nuevo pliego, con todo lo que saben que tarda ese trámite, un nuevoconcurso, etc., y llegan a las elecciones y no está, pues, también tiene sus dudas,los Grupos de la Oposición tienen sus dudas de que esto que se está haciendo, sesuponía antes que ya coincide, ella también tiene sus dudas que los Grupos de laOposición se estén poniendo de acuerdo, que quieran abanderarse ahora comoque traen ideas nuevas y resulta que lo que quieren únicamente es paralizarles laobra, esto es lo que han hecho desde el primer día.

La Concejala de Urbanismo Residencial y Patrimonio, hace referencia aque también se ha dicho, que esto no coincide con lo que necesita la ciudadanía,aclara, que es lo que les votaron, el Partido Popular propuso unos proyectos y

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los demás Partidos propusieron otros y la ciudadanía democráticamente decidióqué proyectos querían, entonces, ¿por qué lo van a cambiar ahora, si votaron quequerían esos proyectos?, la obligación del PP es cumplirlos. Indica, que cuandola oposición entre a gobernar que haga sus proyectos, pero no les pidan que elPP modifique los suyos y aún más, porque cree que estarían incurriendo en loque la ciudadanía les ha encomendado.

Sobre los informes del arquitecto que ven que no son aconsejables y quepor eso lo piden, quiere explicar, que los técnicos, como se dijo en la Comisión,son los que tiene el Ayuntamiento, porque ahora hay más técnicos, pero ¿cuandono habían o habían pocos?, ¿cuántas veces el mismo arquitecto municipal es elque ha hecho el diseño de la obra, el proyecto, ha ido a la obra y si ha tenido quehacer un informe por cualquier cosa lo ha hecho el arquitecto?, ¿eso esinconveniente? Además, sobre la alusión de que les ha acompañado en lacampaña electoral, se lo dijo ya muy claro el arquitecto municipal, si eso es así,si lo tiene tan claro, denúncielo, pero le vuelve a decir lo mismo, donde lo tieneque denunciar, porque que el Partido Popular vaya al arquitecto municipal y lepida consejo de lo que quiere hacer en un edificio municipal, ¿eso es que hacolaborado con el PP?, ¿a quién le van a pedir que les aconseje, se lo piden alPolicía que está bajo del Ayuntamiento, le dicen a él que les aconseje a ver loque se puede hacer?, sí que le da igual que se señale, pero va al Juzgado y lopresenta, no está bien que cada vez que ella hace una declaración vuelva a hacerlo mismo, va al Juzgado y lo denuncia y el arquitecto municipal ya se defenderácomo crea que se tenga que defender, pero esto de hacer denuncias siempregratuitamente, es que cree que ya está bien.

Para finalizar, la Sra. Hernández Sanjuán, vuelve a decir lo mismo quedesde el principio, la razón que les lleva al Partido Popular a pedir este cambiode ubicación del aparcamiento, no es otra que la que les ha solicitado laempresa, avalada por informes, corroborado también con informes propios delAyuntamiento, les guste o no y, por ello, el Partido Popular no tiene ningúninconveniente en modificar eso. Le alegra saber que se va a aprobar hoy y queno se va a paralizar, sobretodo también por tranquilidad de la ciudadanía, perocomo ha dicho antes, la Plaza de Toros hubiera seguido, pese a quien pese, comodice siempre.

La Sra. Alcaldesa, considerando suficientemente debatido este asunto, losomete a votación. Votan a favor los seis Concejales presentes del GrupoMunicipal Partido Popular y los cuatro Concejales no adscritos presentes. Votanen contra los nueve Concejales de los Grupos Municipales PSOE y Verde. Por

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tanto, por mayoría, la Corporación Municipal acuerda:

Primero.- Aprobar la modificación del contrato mixto de “Redacción delos proyectos de ejecución y de ejecución material de las obras de restauraciónde la Plaza de Toros Municipal de Villena y de concesión de obra pública para laconstrucción y la posterior explotación, gestión y mantenimiento delaparcamiento subterráneo para automóviles turismo anexo” y del proyecto deejecución de las obras, concretamente, cambiando la ubicación del aparcamientosubterráneo, situándolo bajo la Plaza de Toros, en una sola planta, tal y como serecoge en la documentación presentada por la adjudicataria del contrato.

Segundo.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª Celia Lledó Rico,para la firma de la correspondiente modificación del contrato.

Tercero.- Notificar este acuerdo a la Unión Temporal de Empresasinteresada, dando traslado del mismo a la Concejalía de Urbanismo Residencialy Patrimonio, a los efectos oportunos.

7.- Propuesta del Concejal de Hacienda sobre revisión de precios del contratode concesión de la gestión y explotación del servicio público deestacionamiento regulado de vehículos en la vía pública, incluido elmantenimiento de las instalaciones semafóricas, además de la prestacióndel servicio de retirada, inmovilización y depósito de vehículos en eltérmino municipal de Villena.

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Se da cuenta del escrito presentado por D. Santiago Pérez Morón, enrepresentación de la UTE Pavasal Empresa Constructora, S.A.-Grúas Alacant,S.L., con CIF. U-97816524, concesionaria del contrato para la gestión yexplotación del servicio público de estacionamientos regulados de vehículos enla vía pública (ORA), incluido el mantenimiento de las instalaciones semafóricasademás de la prestación del servicio de retirada, inmovilización y depósito devehículos (Grúa), firmado el 12 de diciembre de 2006, con este Ayuntamiento,en el que solicita que para el ejercicio de 2010 no varíen las tarifas contempladasen la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículosde tracción mecánica de permanencia limitada en las vías públicas y se procedaa la actualización del canon, mediante la aplicación del incremento del 0,3 porciento, correspondiente a la variación del IPC en el periodo noviembre 2008 a

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noviembre de 2009.

A continuación, se da cuenta de la Propuesta presentada por el ConcejalDelegado de Hacienda, D. José Joaquín Valiente Navarro, que transcritaliteralmente, dice:

“Visto el escrito presentado por D. Santiago Pérez Morón, en nombre yrepresentación de UTE Pavasal Empresa Constructora, S.A.-Grúas Alacant,S.L., adjudicataria del “Contrato de concesión de la gestión y explotación delservicio público de estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública(ORA), incluido el mantenimiento de las instalaciones semafóricas, además dela prestación del servicio de retirada, inmovilización y depósito de vehículos(Grúa) en el término municipal de Villena”, mediante el que solicita que para elejercicio de 2010 no varíen las tarifas contempladas en la Ordenanza FiscalReguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica depermanencia limitada en las vías públicas y se proceda a la actualización delcanon, mediante la aplicación del incremento del 0,3 por ciento, correspondientea la variación del IPC en el periodo noviembre 2008 a noviembre de 2009.

Visto el informe del Técnico de Administración General de Intervención,de fecha 15 de enero de 2010, favorable a la citada solicitud, en virtud de lasfacultades que confiere el art. 21.1.f de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora delas Bases del Régimen Local y en virtud de la delegación conferida por laAlcaldía, esta Concejalía,

Propone al Pleno Municipal:

Primero.- Mantener sin variación alguna las tarifas actualmente vigentesde la “Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículosde tracción mecánica de permanencia limitada en las vías públicas”.

Segundo.- Aprobar la revisión de precios correspondiente a la prestacióndel servicio de retirada, inmovilización y depósito de vehículos, prestado por laUTE Pavasal-Grúas Alacant, S.L., aplicando el IPC general del periodo denoviembre 2008 a noviembre 2009 que ha resultado un 0,3%, pasando de47.969,28 euros anuales a la cantidad a facturar de 48.113,19 euros anuales IVAincluido (4.009,43 euros/mes IVA incl.), aplicable a partir del 12/12/2009.

Tercero.- Aprobar la aplicación de la revisión al canon anual de laconcesión de los servicios de la ORA y mantenimiento de las instalaciones

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semafóricas, aplicando el IPC general del periodo de noviembre 2008 anoviembre 2009 que ha resultado un 0,3%, que pasa de 53.299,20 euros anualesa la cantidad a recibir por el Ayuntamiento de 53.459,10 euros anuales,correspondiente al periodo de 12/12/2009 a 11/12/2010, y pagadero poranualidades anticipadas, a contar desde la firma del contrato.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al interesado.

Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo al Departamento deIntervención y Gestión Tributaria.”

A continuación, se da cuenta del informe emitido por el Técnico deAdministración General, D. Antonio Jódar Morales, con fecha 15 de enero 2010,en el que se hace constar lo siguiente:

“Que por acuerdo Plenario de fecha 29 de junio de 2006, se aprobaron lospliegos de cláusulas económico administrativas y el pliego de prescripcionestécnicas para la adjudicación, mediante concurso, de la “Concesión de la gestióny explotación del servicio público de estacionamientos regulados de vehículosen la vía pública, incluido el mantenimiento de las instalaciones semafóricas,además de la prestación del servicio de retirada, inmovilización y depósito devehículos (grúa) en el término municipal de Villena”.

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2006,acordó adjudicar el contrato de la “Concesión de la gestión y explotación delservicio público de estacionamientos regulados de vehículos en la vía pública,incluido el mantenimiento de las instalaciones semafóricas, además de laprestación del servicio de retirada, inmovilización y depósito de vehículos (grúa)en el término municipal de Villena”, a la UTE Pavasal Empresa Constructora,S.A.-Grúas Alacant, S.L., con un canon anual por el coste de los servicios de laORA y el mantenimiento de las instalaciones semafóricas de 50.000 eurosanuales y un precio por el servicio de Grúa de 45.000 euros, IVA incluido.

La cláusula 3ª del mencionado pliego de condiciones administrativasestablece que el contrato tendrá una duración de quince años, contados a partirde su firma.

La cláusula 5ª de los mismos pliegos de condiciones establece que elcanon de la concesión y el precio del servicio de grúa se verá actualizadoanualmente, según el índice de Precios al Consumo, a contar desde la fecha de la

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firma del contrato administrativo.

Asimismo, en la cláusula 7ª de los referidos pliegos se establece comoobligaciones del Ayuntamiento las siguientes:

- Revisar anualmente el canon por prestación de los servicios de ORA y demantenimiento de las instalaciones semafóricas y el precio del servicio deGRUA.

- Revisar anualmente las tarifas del servicio público de estacionamientosregulados de vehículos en la vía pública. Actualizándolas como mínimosegún la variación experimentada por el IPC.

Respecto a la modificación de las tarifas por estacionamiento de vehículosde tracción mecánica, de permanencia limitada, en las vías públicas municipaleshemos de indicar lo siguiente:

Las tarifas de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa porestacionamiento de vehículos de tracción mecánica de permanencia limitada enlas vías públicas municipales fueron modificadas por acuerdo plenario de 29 deenero de 2008 y de 22 de diciembre de 2008, para su aplicación en los ejercicios2008 y 2009, respectivamente.

Nuevamente la empresa concesionaria del servicio presenta propuesta demodificación de las tarifas contempladas en la referida Ordenanza Fiscalreguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica depermanencia limitada en las vías públicas, en la que, tras calcular las nuevastarifas que serían de aplicación para el 2010, resultantes de aplicar a las vigentesel incremento del 0,3% del IPC, correspondiente al periodo noviembre de 2008 anoviembre de 2009, solicita que no se modifiquen las tarifas respecto al ejercicioanterior.

Por lo que respecta a la segunda solicitud contemplada en su escrito,relativa a la actualización del canon, hemos de indicar que, en virtud de lascláusulas contenidas en los pliegos de condiciones económico-administrativasmencionadas anteriormente, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada en fecha24 de abril de 2008, aprobó la primera revisión del precio del servicio de Grúa ydel canon anual por los servicios de la ORA y mantenimiento de lasinstalaciones semafóricas, quedando éstos fijados en la cantidad de 46.845 eurosanuales y 52.050 euros, respectivamente.

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Asimismo por acuerdo Plenario de fecha 29 de octubre de 2009 se aprobóla segunda revisión de precios del citado servicio de Grúa, del mantenimiento delas instalaciones semafóricas y del canon anual por el servicio de ORAquedando éstos fijados en la cantidad de 47.969,28 euros anuales y 53.299,20euros, respectivamente.

Examinados los índices de precios al consumo publicados por el InstitutoNacional de Estadística, se comprueba que, como se ha dicho anteriormente, elincremento experimentado por el IPC general en el periodo noviembre de 2008 anoviembre de 2009, ascendió al 0,3 por ciento, que, aplicado al canon anual porlos servicios de la ORA y mantenimiento de las instalaciones semafóricasvigentes de 53.299,20 euros anuales y al precio de adjudicación de 47.969,28euros anuales, daría como resultado las cantidades de 53.459,10 euros y de48.113,19 euros anuales, respectivamente.”

Abierto el debate, D. José Joaquín Valiente Navarro, aclara, que aunque laSecretaria ha resumido el dictamen de la Comisión Informativa, el 0,33% porcien que se aplica no es a las tarifas de la ORA, sino a la prestación de serviciosde la retirada de vehículos y de la grúa, con lo cual las tarifas de la ORA esteaño no sufren ninguna modificación, lo único que cambia es el precio que ha depagar el Ayuntamiento por la prestación de servicios de la retirada de vehículosal igual que el canon que ha de pagar la empresa al Ayuntamiento.

D. Carlos Beltrán Esteve, dice que su Grupo va a apoyar esta propuesta,solamente quería hacer un comentario relativo a que hace unos meses hicieronun ruego sobre la utilización de tarjetas en las máquinas expendedoras de losbilletes de la zona azul, en el sentido de que admite tarjetas de entidadesbancarias, pero no la de la CAM, que es precisamente la que más usuarios tiene.Ruega que se le comunique a la empresa, que adopte las medidas oportunasporque beneficiaría a muchas personas.

La Sra. Alcaldesa somete a votación este asunto y por unanimidad detodos los miembros presentes, la Corporación Municipal de conformidad con eldictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, acuerda:

Primero.- Mantener sin variación alguna las tarifas actualmente vigentesde la “Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículosde tracción mecánica de permanencia limitada en las vías públicas”.

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Segundo.- Aprobar la revisión de precios correspondiente a la prestacióndel servicio de retirada, inmovilización y depósito de vehículos, prestado por laUTE Pavasal Empresa Constructora, S.A.-Grúas Alacant, S.L., aplicando el IPCgeneral del periodo de noviembre 2008 a noviembre 2009 que ha resultado un0,3%, pasando de 47.969,28 euros anuales a la cantidad a facturar de 48.113,19euros anuales IVA incluido (4.009,43 euros/mes IVA incluido), aplicable apartir del 12 de diciembre de 2009.

Tercero.- Aprobar la aplicación de la revisión al canon anual de laconcesión de los servicios de la ORA y mantenimiento de las instalacionessemafóricas, aplicando el IPC general del periodo de noviembre 2008 anoviembre 2009 que ha resultado un 0,3%, que pasa de 53.299,20 euros anualesa la cantidad a recibir por el Ayuntamiento de 53.459,10 euros anuales,correspondiente al periodo de 12 de diciembre de 2009 a 11 de diciembre de2010, y pagadero por anualidades anticipadas, a contar desde la firma delcontrato.

Cuarto.- Dar traslado del presente acuerdo a la mercantil UTE PavasalEmpresa Constructora, S.A.-Grúas Alacant, S.L., así como a los Departamentosde Intervención y Gestión Tributaria.

8.- Expediente nº 1 de reconocimiento extrajudicial de obligaciones para suaplicación al ejercicio de 2010.

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Se da cuenta de la Propuesta presentada por el Concejal Delegado deHacienda, D. José Joaquín Valiente Navarro, que transcrita literalmente, dice:

“Visto el informe de Intervención nº 13/2010, de fecha 22 de enero de2010, donde se hace constar la existencia de una serie de facturascorrespondientes al año 2009 que no se pudieron incluir en sus partidascorrespondientes porque no había crédito suficiente en el año.

Vista la regulación de los artículos 26.2 y 60.2 del RD 500/1990, de 20 deabril que desarrolla el Título VI del RDLeg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queautorizan a aplicar a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de su

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reconocimiento de las obligaciones procedentes de los ejercicios anteriores,previo reconocimiento del Pleno de la Corporación,

El Concejal Delegado de Hacienda propone al Pleno de la Corporación,

Primero.- La incorporación e imputación al presupuesto del año 2010 delas facturas indicadas en el anexo a las partidas correspondientes.

Segundo.- La aprobación de las citadas facturas, que en conjuntoascienden a un importe de 524.685,87 euros.

Tercero.- Notificar el acuerdo al Departamento de Intervención yTesorería.”

A continuación, se da lectura al informe nº 13/2010, de fecha 22 de enerode 2010, emitido por la Interventora Municipal, Dª Lorena Soler Ripoll, en elque se hace constar lo siguiente:

“Exposición de hechos.

Vista la relación R.1 realizada por el Departamento de Intervención, porimporte de 524.685,87 euros, correspondiente a facturas del año 2009 que no sepudieron incluir en sus partidas correspondientes, porque no había créditosuficiente en el año o por haber tenido entrada en el Departamento deIntervención durante el año 2009.

Fundamentos de derecho.

1. Imputación temporal de los créditos: artículo 176 TRLHL dispone que concargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podráncontraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demásprestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propioejercicio presupuestario, si bien a continuación añade que no obstante lodispuesto en el apartado anterior, se aplicarán a los créditos del presupuestovigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes:(...) c) las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores a que se refiere elartículo 60.2 del RD 500/1990, manifestándose en iguales términos elartículo 26 RD 500/1990.

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2. Obligación en el pago: no obstante lo dispuesto en los artículos 25.2 RD500/1990 y 173.5 TRLHL a cuyo tenor no podrán adquirirse compromisos degastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en losestados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones yactos administrativos que infrinjan la expresada norma, el impago, sopretexto de falta de consignación presupuestaria, producirá un claroenriquecimiento injusto o sin causa que no debe crearse y que impone a estaadministración la compensación del beneficio económico recibido,habiéndose pronunciado en este mismo sentido la jurisprudencia del TribunalSupremo en sentencias de 11-5-89, 13-7-84, 20-10-87, 11-2-91, 19-11-92,entre otras muchas y de los Tribunales Superiores de Justicia (por todas, laSTSJ Cantabria 20-7-2000).

3. Órgano competente: con arreglo al artículo 60.2 RD 500/1990, corresponderáal Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempreque no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, oconcesiones de quita y espera, acuerdo a adoptar con el quórum de mayoríasimple. Previamente el asunto deberá someterse a Dictamen de la ComisiónInformativa de Hacienda.

4. Se advierte, asimismo, que la carencia o insuficiencia de crédito en elmomento de la contratación es una causa de nulidad de derechoadministrativo, tal como establece el artículo 32 de la L30/2007, de Contratosdel Sector Público.”

Sometido a votación este asunto, por unanimidad de todos los miembrospresentes, la Corporación Municipal, acuerda:

Primero.- Aprobar el Expediente nº 1 de reconocimiento de extrajudicialde obligaciones, para su aplicación al Presupuesto Municipal del ejercicio 2010,integrado por las facturas que se relacionan en el anexo, correspondientes al año2009, que se adjuntan, por importe de 524.685,87 euros, con incorporación eimputación a las correspondientes partidas del Presupuesto para el ejercicio2010.

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a los departamentosmunicipales de Intervención y Tesorería, a los efectos oportunos.

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9.- Moción de la Concejala de Urbanismo Residencial sobre aprobación deconvenio para la determinación amistosa del justiprecio del bien de laexpropiación de referencia Expediente de expropiación forzosa para laEscuela de Idiomas.

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Se da cuenta de la instancia presentada por D. Feliciano CarrascosaEscutia, actuando en representación de la mercantil Construcciones Carrascosa,S.L., con CIF. B-03025285, en la que expone que el Ayuntamiento estáinteresado en la adquisición de un solar propiedad de la sociedad que representa,situado en la calle Maestro Caravaca y Plaza Mayor de Villena, con unasuperficie de 352 m2, por ello, ofrece la transmisión de dicho inmueble alAyuntamiento de Villena por su valor de 220.689,65 euros más el IVA que estévigente en el momento de la transmisión, que al tipo actual (16%) ascendería a35.310,34 euros, siendo de cuenta del adquirente cualquier otro gasto que segenere por motivo de la transmisión (escritura, registro, AJD, etc.).

Valor del suelo: 220.689,65 € IVA (16%): 35.310,35 €

TOTAL: 256.000,00 €

Seguidamente, se da cuenta del informe-valoración emitido por elArquitecto Técnico Municipal, D. Manuel Gómez Andújar, a requerimiento dela Concejala de Delegada de Urbanismo Residencial, sobre la valoracióneconómica de un solar sito en calle Teniente Hernández Menor, esquina calleMaestro Caravaca, propiedad de Construcciones Carrascosa, S.L., en el que sehace constar lo siguiente:

“INFORME-VALORACIÓN:

Primero.- Que con fecha 8 de julio de 2009, el técnico que suscribe emitióinforme de valoración económica de dicho solar, justificándose en el mismo ydescribiendo la citada finca al que me remito, en la cantidad de 219.926,34 €.

Segundo.- Que con fecha de hoy, 22 de enero de 2010, la mercantilpropietaria de dicho solar, ha presentado un escrito al Ayuntamiento en el queofrece la transmisión del citado inmueble por un valor de 220.689,65 €,

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indicando, además, que el adquirente correrá con todos los gastos de latransmisión (escrituras, IVA, Actas Jurídicas Documentales, etc.), pero difrandoel valor del solar en sí mismo en la indicada cantidad de 220.689,65 €,suponiendo un incremento de valor con respecto a la valoración efectuada pormí de 763,31 €, lo que representa en términos porcentuales, un aumento del 0,34%, cantidad a todas luces insignificante, por lo que el técnico que suscribeconsidera correcta la nueva valoración de 220.689,65 € del susodicho solar.”

Asimismo, se da lectura al informe jurídico emitido por el Letrado D.Miguel López Barbero, de fecha 22 de enero de 2010, en el que se hace constarlo siguiente:

“A propuesta de la Concejala Delegada de Urbanismo Residencial, Dª MªJosé Hernández Sanjuán, se redacta el presente informe y el borrador delconvenio anexo para la determinación amistosa del justiprecio en el expedientede referencia.

Considerando que de conformidad con el art. 24 de la Ley deExpropiación Forzosa se legitima la formación de un convenio para ladeterminación de justiprecio del bien afectado por una expropiación, por cuandola administración y el particular a quien se refiere pueden convenir laadquisición de los bienes o derechos que son objeto de aquélla libremente y pormutuo acuerdo, dando por concluido el expediente administrativo una vezconvenidos los términos de la adquisición amistosa.

Considerando que por D. Feliciano Carrascosa Escutia, con NIF.19.860.869-Z, en su calidad de Administrador de Construcciones Carrascosa,S.L., con CIF. B-03-02528-5 y domicilio en calle Maestro Chanzá, 10 bajo, seha presentado en el registro general de este Ayuntamiento como propuesta dejustiprecio, valoración de la finca a expropiar por importe de 220.689,55 €,I.V.A. no incluido.

Considerando que con fecha 22 de enero 2010, la valoración propuesta hasido informada favorablemente por el arquitecto técnico municipal ManuelGómez Andújar.

En base a lo anterior, y de ser aprobada por el Ayuntamiento Pleno, lapropuesta de justiprecio, se deberá aprobar a su vez el borrador del convenioadjunto para la determinación amistosa del justiprecio de la expropiación.”

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A continuación, se da lectura a la Moción presentada por la ConcejalaDelegada de Urbanismo Residencial, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quetranscrita literalmente, dice:

“Visto el expediente administrativo de referencia tramitado al objeto deformalizar el convenio de determinación amistosa del justiprecio de laexpropiación del siguiente bien:

- Datos registrales: Finca 48.872 al tomo 130, folio 225, inscripción 1ª delRegistro de la Propiedad de Villena.

- Datos catastrales: 6281807XH8768S0001YB

Considerando que por D. Feliciano Carrascosa Escutia, con NIF.19.860.869-Z, en su calidad de Administrador de Construcciones Carrascosa,S.L., con CIF. B-0302528-5 y domicilio en Calle Maestro Chanzá, nº 10 bajo, seha presentado en el registro general de este Ayuntamiento como propuesta dejustiprecio, valoración de la finca a expropiar por importe de 220.689,65 euros.

Considerando que con fecha 21 de enero de 2010 se han emitido informesjurídicos y técnicos favorables a las propuestas del expropiado.

Considerando que conformidad con el art. 24 de la LEF los conveniosexpropiatorios para la determinación amistosa del justiprecio están legitimados,por cuanto la administración y el particular a que se refiere la expropiaciónpodrán convenir adquisición de los bienes o derechos que son objeto de aquellalibremente y por su mutuo acuerdo.

En su virtud y de conformidad con lo establecido en el art. 3.4 del REF, sepropone a la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Servicios laelevación al Pleno del siguiente,

ACUERDO

Único.- Aprobar el convenio que se adjunta a este acuerdo para ladeterminación amistosa de justiprecio del bien indicado en losantecedentes esta resolución y afectada por la expropiación de referencia“Expediente de Expropiación Forzosa para la Escuela de Idiomas”.

Se faculte a la Alcaldía para la firma del convenio aprobado.”

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Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras,Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el día 25 de enero de 2010, enrelación con la Moción de la Concejala de Urbanismo Residencial, sobreaprobación del convenio para la determinación amistosa del justiprecio del bienen la expropiación forzosa para le Escuela de Idiomas, votan a favor de lamisma, los cinco Concejales del Grupo Municipal Partido Popular y lo hacen encontra los cuatro Concejales de los Grupos Municipales PSOE y Verde,requiriéndose informe de la Interventora Municipal para su unión al expediente.

Por último, se da cuenta del informe nº 19/2010, emitido por la Sra.Interventora Municipal, Dª Lorena Soler Ripoll, de fecha 28 de enero de 2010,que dice:

“1.- Crédito.

Crédito en la partida 401-43201-60007 Adquisición solar para EscuelaOficial de Idiomas = 219.926,34-euros y crédito en la partida 401-43201-60006Gastos complementarios adqu. solar escuela idiomas = 36.073,66 euros.

Nueva valoración según informe del Arquitecto Técnico Municipal defecha 22 de enero de 2010, de 219.926,34 euros se incrementa en 763,31 euros,ascendiendo el importe total a 220.689,65 euros.

No existe crédito por importe de 220.689,65-euros ya que se ajustó a lavaloración inicial aunque sí en el global de las partidas destinadas.

Si incrementamos el precio con el IVA, si correspondiese, si se cumplenlos requisitos del punto segundo de este informe, la cantidad final ascendería a255.999,99 euros. Todo ello considerando el tipo al 16%. En el caso de que eldevengo se produjera habiendo un cambio legislativo que incrementara el tipo,no habría crédito suficiente, siendo necesario realizar la correspondientemodificación presupuestaria, que en el caso de que ascendiera a un 18% seríapor un importe de 4.413,79 euros.

2.- Caracteres básicos exigidos por la Ley a los bienes expropiados para estarsujetos y no exentos del IVA:

a) Que el expropiado sea empresario o profesional. También puede serlo unparticular en el caso de bienes arrendados a aquéllos, para el desarrollo de sus

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actividades como tales, si bien a estos efectos tendrá la consideración deempresario, de acuerdo con el artículo 5. Uno, c), segundo párrafo.

b) Que los bienes expropiados estén incorporados al patrimonio de la empresa ola actividad profesional, y afectos al desarrollo de sus actividades ordinarias.

c) Que una Administración pública expropie aquellos bienes.d) Que los bienes expropiados no estén clasificados, de acuerdo con la vigente

Ley 6/1998, reguladora del régimen del suelo y valoraciones, como suelo nourbanizable.

e) Que, con independencia de su clasificación urbanística, los bienesexpropiados no estén destinados exclusivamente a parques y jardinespúblicos, ni a superficies de viales de uso público.

f) Que, cuando se trate de edificaciones, no estén destinadas a las actividadesagrarias de una finca clasificada, urbanísticamente, como suelo nourbanizable.

g) Que, además, su expropiación constituya una primera entrega.

3.- El IIVTNU corresponde el pago al expropiado, NO al Ayuntamiento, nopudiéndose en ningún caso eximirse el expropiado de tal obligación,considerando que el expropiado tiene residencia en el territorio español.

Artículo 106. Sujetos pasivos. RDLeg. 2/2004.1. Es sujeto pasivo del impuesto a título de contribuyente:

a. En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión dederechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, lapersona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que adquiera elterreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que setrate.

b. En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión dederechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, lapersona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que transmita elterreno, o que constituya o transmita el derecho real de que se trate.

2. En los supuestos a que se refiere el párrafo b del apartado anterior, tendrá laconsideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, la persona física ojurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria, que adquiera el terreno o a cuyo favor seconstituya o transmita el derecho real de que se trate, cuando el contribuyentesea una persona física no residente en España.

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Y los importes correspondientes a la transmisión (escritura, Registro,AJD) tendrán que ser arreglo la ley. En todo caso debe realizarse una valoraciónde estos gastos y pedirse la correspondiente retención de crédito.

Estos extremos deberán constar expresamente en el acuerdo que seadopte.”

Abierto el debate, Dª Mª José Hernández Sanjuán, expone que en elinforme de la Interventora Municipal, queda claro que no existe crédito porimporte de 220.689,65 euros, ya que se ajustó a la valoración inicial, aunque síen el global de las partidas destinadas, o sea, que hay crédito suficiente. Porhacer un recordatorio, se trata del proceso de expropiación para poder adquirir elsolar que queda entre la Plaza Mayor y la calle Maestro Caravaca, del que unaparte es del Ayuntamiento y se trata de adquirir la otra parte, para la realizaciónde la Escuela Oficial de Idiomas. Aclara, que este tema se ha traído en variasocasiones al Pleno, porque se sigue un proceso de expropiación y la propuestaque hoy se trae será el último trámite. Quisiera explicar que se ha tenido queexpropiar este solar, porque está catalogado como equipamiento dentro del cascohistórico y la única forma que tiene un Ayuntamiento de poder adquirirlo es pormedio de la cesión del mismo o de su expropiación. Se trata de una expropiaciónamistosa, el arquitecto técnico municipal ha hecho una valoración, que haaceptado la parte afectada, por tanto, hoy será el último trámite que se traiga aPleno, porque lo siguiente ya será la escritura o inscripción en el Registro de laPropiedad.

D. Carlos Beltrán Esteve, como parece obvio van a votar en contra de estapropuesta por un principio de coherencia. El informe de la InterventoraMunicipal, lo han conocido aquí en estos momentos y los argumentos ya los hanrepetido en otras ocasiones y no sabe si esto volverá al Pleno o no, peroevidentemente, es un proyecto que aunque en su esencia que es la EscuelaOficial de Idiomas pueden coincidir, no en la forma en que se ha propuesto.

La Sra. Alcaldesa somete a votación este asunto. Votan a favor los seisConcejales presentes del Grupo Municipal Partido Popular y los cuatroConcejales no adscritos Dª Mª Paz Poveda Hernández, Dª Mª Adela SerraMorillas, D. Juan Francisco Richart Forte y Dª Virtudes Amorós Revert. Votan

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en contra los nueve Concejales de los Grupos Municipales PSOE y Verde. Portanto, por mayoría la Corporación Municipal, acuerda:

Primero.- Aprobar el convenio que se adjunta para la determinaciónamistosa del justiprecio de la expropiación de referencia “Expediente deExpropiación Forzosa para la Escuela de Idiomas”, del siguiente bien:

- Datos registrales: Finca 48.872 al tomo 130, folio 225, inscripción 1ª delRegistro de la Propiedad de Villena.

- Datos catastrales: 6281807XH8768S0001YB

Segundo.- Facultar a la Sra. Alcaldesa, Dª Celia Lledó Rico, para la firmadel correspondiente convenio.

Tercero.- Todos los gastos que se deriven de la presente expropiaciónserán con arreglo a ley, incluidos los impuestos que correspondan.

Cuarto.- Dar traslado del presente acuerdo a la mercantil ConstruccionesCarrascosa, S.L., así como a los departamentos municipales de Obras eIntervención.

10.- Aprobación del estudio de impacto ambiental de la modificación puntualnº 16 del Plan General de Ordenación Urbana.

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Dada cuenta del expediente que se sigue en este Ayuntamiento para laaprobación de la Modificación Puntual nº 16 del Plan General de OrdenaciónUrbana, para desarrollo de una actuación integrada en el Paraje El Campo,promovida por la mercantil Prosport Golf, S.L., que tiene por objeto un cambiode calificación de suelo no urbanizable de protección especial a no urbanizablecomún, que incluye Estudio de Impacto Ambiental, habiendo sido aprobadosometer dicho Estudio a información pública, por el Pleno Municipal, en fecha29 de octubre de 2009, y publicado en el Diario Oficial de la ComunidadValenciana, de fecha 23 de noviembre de 2009, al objeto de poder presentaralegaciones.

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Se da cuenta del escrito de alegaciones presentado por el Grupo MunicipalVerde, con fecha 27 de octubre de 2009, a la aprobación del Estudio de ImpactoAmbiental de la Modificación Puntual nº 16 del Plan General de OrdenaciónUrbana, en los siguientes términos:

“1.- La zona del término sobre la que se planea esta modificación puntual ya hasufrido una recalificación de suelo muy importante por la modificación puntualnº12 en terrenos linderos, lo que aconseja que no se vuelva a producir otrarecalificación y se reserve suelo de protección agrologica en esta zona.

2.- En la Declaración de Impacto ambiental emitida por la Consellería de MedioAmbiente, Agua, Urbanismo y Vivienda el 2 de julio 2007 se recoge que lamodificación puntual nº 12 , que abarca una superficie de 1.086.914 m2. y lamodificación puntual nº 16 sobre 1.457.447 m2. proponen una recalificación deSuelo No Urbanizable de Especial Protección Agrológica a Suelo NoUrbanizable Común. En total la recalificación ascendería a un total de2.544.360,91m2. con lo que se tendría el siguiente cuadro de superficies:

PGOU vigente PGOU MP 12 +MP16SNU Protegido Agrológico 30.891.234m2 28.346.873 m2

Dado que el número de metros de la Modificación Puntual nº 16 no hacambiado y la Modificación Puntual nº 12 ha sido aprobada definitivamente, lareclasificación no supondría una variación inferior al 4.72% respecto al valorinicial del SNUP Agrológico, tal como recoge el ESIA (Estudio de ImpactoAmbiental), sino una variación del 8,24%, lo que supone casi el doble del valorestimado y esto es inaceptable y queda invariable en el nuevo estudio deImpacto Ambiental presentado.

3.- La superficie de suelo correspondiente a Suelo No Urbanizable de ProtecciónAgrológica (SNUPA) en el término municipal de Villena representa un 9% deltotal, frente a la superficie del Suelo No Urbanizable Común (SNUC) que es el34,6%, tal y como se ve en la siguiente tabla:

Sup. Total del TM SNU Común SNUPA 345,4 Km2(100%) 119,5 Km2(34,6%) 31 Km2 (9%)

Por tanto, la reducción del 8,24 % del SNUPA que implica estamodificación, añadido a la reducción del SNUPA de la modificación de la MP12(aproximadamente 7%) y a la posible nueva propuesta de modificación delSNUPA para el nudo logístico(aproximadamente un 12%) de un suelo que en el

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término de Villena supone un 9%, implica una pérdida significativa de este tipode suelo que no está justificada por una necesidad real beneficiosa para eltérmino de Villena. La reducción de SNUPA de la modificación puntual nº16queda invariable en el nuevo Estudio de Impacto Ambiental presentada.

4.- El ámbito de estudio de esta modificación se sitúa en una de las tres zonascon carácter endorreico existentes en el término municipal de Villena, laconocida como huerta meridional. Consecuencia de los aportes provenientes delas sucesivas inundaciones, el suelo presenta una capacidad de uso elevada,Clase B, que le confiere un valor intrínseco que justifica, desde el punto de vistaambiental, que reciba la clasificación de Suelo No Urbanizable de ProtecciónAgrológica para preservarlo de todo el desarrollo de edificación que no sea elpropio de la explotación agropecuaria de la finca.

Esta situación, asimismo, se recoge en el Mapa Geocientífico de Alicante,que clasifica esta zona como “Zona de interés para la conservación de laproductividad agrícola y del paisaje agrario”. Por lo tanto, considerando correctala calificación que tiene este terreno de nuestro término y perjudicial que éstafuera modificada.

5.- A 2Km. del sector se encuentra la zona húmeda catalogada “Laguna y salerosde Villena”, destino final de las aguas que descienden, provenientes del Valle deBeneixama, a través del sector y que son las causantes del riesgo de inundación6. Por lo tanto, se entiende que es necesario la conservación de esta protecciónya que, de conformidad al art.4.2 Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo noUrbanizable, la conservación de la misma obedece a un interés público local,puesto que el fin es garantizar el aporte natural de agua a la Laguna y saleros deVillena, máxime cuando hay estudios realizados para la recuperación de unaparte de este ecosistema que caracterizó Villena durante años.

6.- En la zona no existen núcleos de viviendas, que indiquen una pérdida de laactividad agraria del sector. Las construcciones existentes en el sector, la balsade riego, la casa de labor El Bierzo, la casa de labor Motor de los rusos ycabaña, son el reflejo de la actividad agrícola de la zona, por lo tanto, estamosante una zona inscrita en un entorno rural, cuyo paisaje es el asociado a lahuerta, que presenta unos valores medioambientales, históricos y culturales, quedeben ser objeto de protección, de conformidad con el Art. 22.6 Ley 4/2004, de30 de Junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

7.- La modificación propuesta responde al convenio urbanístico suscrito por laentidad PROSPORT Golf, S.L., que propone la reclasificación en primera

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instancia en Suelo No Urbanizable Común, y posteriormente su transformaciónen suelo Urbanizable, para alcanzar su estadio definitivo como campo de golf.Uso que no responde a la vocación de este tipo de suelo, tal como se ha aclaradoen el punto anterior. Se debería hacer un estudio para determinar si realmente elcampo de golf por el que se hace esta modificación puntual es una demandageneralizada y de vital importancia para nuestra ciudad y, de ser así, el términomunicipal de Villena es uno de los más grandes de la provincia y se podríanbuscar otros terrenos que no estén sujetos a protección agrológica alguna.

8.- Hay un criterio consensuado tanto a nivel político como empresarial y socialhacer frente a la crisis económica: apostar por la diversificación de la economía.

La modificación puntual nº 16 supone una pérdida de suelo de agrícola de1.457.447 m2., con los puestos de trabajo que ello conlleva directa eindirectamente y como fuente de riqueza, de un terreno especialmente fértilprotegido durante más de 20 años en el Plan General de Ordenación Urbana.

Villena pierde económicamente si este suelo se recalifica, ya que laapuesta por una actividad económica histórica muy importante en nuestraciudad, se estaría limitando. Mantener y apoyar la agricultura en nuestro términoes una premisa clave para su desarrrollo.”

En primer lugar, se da lectura al informe jurídico emitido por el LetradoD. Miguel López Barbero, de fecha 22 de enero de 2010, en el que se haceconstar lo siguiente:

“I.- ANTECEDENTES:

Con fecha de 24 de septiembre de 2009, el Pleno del Ayuntamiento deVillena acordó someter a información pública el Estudio de Impacto Ambientalde la Modificación Puntual nº 16 del P.G.O.U. de Villena, siendo publicadoanuncio diario de información general con fecha 7.11.09.

Con fecha de 27 de octubre de 2009, el Grupo Municipal Los Verdes-Villena presenta en el registro general del Ayuntamiento alegaciones al estudiode impacto ambiental sometido a exposición pública.

II.-FUNDAMENTOS.

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Las alegaciones formuladas por el Grupo Municipal Los Verdes-Villenase sintetizan en las siguientes:

1ª) Manifiestan que una zona lindante con la zona objeto de la modificaciónpuntual ya ha sido objeto de otra recalificación y aconsejan que no se vuelva aproducir otra, reservándose suelo de protección agrológica.

2ª) y 3ª) Manifiestan que la variación en el Suelo No Urbanizable Protegido(SNUP), supone un 8,24% sobre la superficie del vigente Plan General deOrdenación Urbana.

4ª) Se pide que se mantenga el carácter de Suelo No Urbanizable Protegido(SNUP), en base a sus características endorreicas y su inclusión en el mapageocientífico de Alicante como “zona de interés para la conservación de laproductividad agrícola y paisaje agrario”.

5ª) Ponen de relieve la proximidad con la zona húmeda “Laguna y Saleros deVillena”, argumentando que en virtud del art. 4.2 de la Ley del Suelo NoUrbanizable, debe ser objeto de protección.

6ª) Manifiestan que en virtud del art. 22.6 de la Ley de Ordenación Territorial yProtección del Paisaje (L.O.T.P.P.), los valores medioambientales históricos yculturales deben ser objeto de protección.

7ª) Cuestionan la conveniencia de ubicar un posible campo de golf en ese tipo desuelo.

8ª) Manifiestan que la reducción de suelo agrícola protegido va en contra de ladiversificación.

En respuesta a las alegaciones relacionadas quepa manifestar que dentrodel contenido jurídico del presente informe, y al margen de consideraciones deotra índole, entendemos que las reducciones de Suelo No Urbanizable deProtección Agrológica puestas de manifiesto no afectan a ninguna exigencia deestándares urbanísticos mínimos (aleg. 1ª a 3ª) de los contemplados en la LeyUrbanística Valenciana y en el Reglamento de Ordenación y Gestión TerritorialUrbanística (R.O.G.T.U.); entendemos que la defensa de los valores naturales,paisajísticos o culturales cuya restauración, conservación o mantenimientoconvenga al interés público local, establecida en el art. 4.2 de la Ley del SueloNo Urbanizable (L.S.N.U.), no resulta quebrantada en el presente expediente porel mero hecho de estar a 2 km. de una zona húmeda catalogada al no existir

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ningún precepto legal ni reglamentario que establezca ese parámetro objetivo(alegación 4ª). No se acredita a su vez que en el presente expediente sequebrante lo dispuesto en el art. 22.6 de la Ley de Ordenación Territorial yProtección del Paisaje, (L.O.T.P.P.), el cual contempla el desarrollo de un Plande Acción Territorial de la Huerta de la Comunidad Valenciana (alegación 6ª);finalmente las alegaciones 5ª, 7ª y 8ª carecen de relevancia jurídica.

III.-CONCLUSIÓN.

Este Letrado entiende que, no resultando acreditado, en las alegacionesúnicas formuladas por el Grupo Municipal Los Verdes-Villena, en el periodo deexposición pública del Estudio de Impacto Ambiental de la ModificaciónPuntual nº 16 del Plan General de Ordenación Urbana de Villena, lacontravención de preceptos legales al efecto aplicables, resulta procedente suaprobación por el Pleno de la Corporación Municipal.”

En segundo lugar, se da lectura a la Moción presentada por la ConcejalaDelegada de Urbanismo Residencial, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quetranscrita literalmente, dice:

“Según acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión de 24 deseptiembre de 2009, se resolvió someter a información una nueva propuesta deEstudio de Impacto Ambiental de la Modificación Puntual nº 16 del PlanGeneral de Ordenación Urbana, referente a cambio de clasificación urbanísticade terrenos en Paraje del Campo, promovida por Prosport Golf, S.L. Con estenuevo Estudio, se pretenden solventar las diversas deficiencias puestas demanifiesto en el anterior Estudio aprobado, que motivó una Declaración deImpacto Ambiental de carácter desfavorable.

Esta exposición pública se ha llevado a cabo en la forma procedente,según consta acreditado en el expediente, sin que durante el período establecióse hayan presentado alegaciones u observaciones al respecto por los interesados.No obstante, y con anterioridad a la apertura de la información pública, consta lapresentación de un escrito de alegaciones a cargo del Grupo Municipal Verde,cuyo contenido ha sido objeto del correspondiente informe de los serviciostécnicos, en el que se propone su desestimación.

De conformidad con cuanto antecede, propongo al Pleno Municipal laadopción de los siguientes acuerdos:

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1. La aprobación del Estudio de Impacto Ambiental de la Modificación Puntualnº 16 PGOU, según documento técnico comprensivo de estudio deinundabilidad, estudio hidrogeológico, memoria final del estudio depatrimonio cultural, informe medioambiental, informe agrológico, estudio deimpacto ambiental.

2. La desestimación de las alegaciones presentadas por el Grupo MunicipalVerde, según se razona en el informe técnico emitido.

3. La remisión del Estudio de Impacto Ambiental, debidamente diligenciadocon la constancia de su aprobación, junto con certificación de este acuerdoaprobatorio, a la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo yVivienda, Dirección General de Sostenibilidad del Medio Natural, instandola emisión de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental.”

Por último, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Urbanismo, Obras y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con el expediente que se tramita sobre aprobación delestudio de impacto ambiental de la modificación puntual nº 16 del Plan Generalde Ordenación Urbana.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, considera que el informe jurídicosobre las alegaciones es muy somero y poco concreto. Recuerda que laResolución de la Consellería, sobre este tema, fue desfavorable y las mismasconsideraciones que se recogían en él, son las que se han transcrito en lasalegaciones, entendiendo que dichas alegaciones no han sido contestadasadecuadamente.

Dª Mª José Hernández Sanjuán, aclara, que el Ayuntamiento sólo tramita,es la Consellería la que resuelve y a la que hay que mandar toda ladocumentación.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cinco Concejales delGrupo Municipal Partido Popular. Se abstienen los tres Concejales del GrupoMunicipal Socialista y vota en contra la Concejala del Grupo Municipal Verde.Por tanto, por mayoría, queda dictaminada favorablemente la aprobación delcitado estudio de impacto ambiental.

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Abierto el debate, Dª Mª José Hernández Sanjuán, explica, que lamodificación puntual nº 16 del Plan General de Ordenación Urbana, se iniciacomo consecuencia de un convenio urbanístico que se informó con ProsportGolf, S.L., que fue aprobado por el Pleno. Tras su correspondiente tramitación elconvenio tiene por objeto impulsar la tramitación de todos los documentosurbanísticos necesarios para la aprobación de una promoción residencial ydeportiva. Quiere decir, que cuando se firma un convenio con cualquieriniciativa privada, la parte del Ayuntamiento consiste en impulsar los trámitespara que vaya todo lo más rápido posible. Aclara, que esta modificación semandó a Consellería junto con el estudio de impacto ambiental. Se aprobó enseptiembre y se sometió a información pública, presentándose únicamente unaalegación por el Grupo Municipal Verde que ha sido informada por el técnico.Quiere dejar claro, que tanto en este expediente como en cualquier otramodificación puntual, el Ayuntamiento únicamente se encarga de promover y,en este caso, se firmó un convenio entre la entidad promotora y elAyuntamiento. Se va a tramitar el estudio de impacto ambiental y si no sesubsana todo lo que pedía Consellería, será ésta la que al final diga si es correctoo no, pero la obligación del Ayuntamiento es solo la de tramitar. Se imagina quecuando una empresa o persona presenta un nuevo proyecto después de que se lehaya requerido por Consellería que subsane una serie de deficiencias, si lo tieneparalizado, lo normal será que lo presente para subsanación. Cree que éste habrásido el caso que les ocupa, pero al final será la Consellería la que determine si loaprueba o le sigue faltando algo.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, explica, que la modificación puntualnº 16 del Plan General propone una recalificación de suelo de 1.457.447 metroscuadrados de terreno municipal, que está considerado en el Plan General comosuelo no urbanizable de especial protección agrológica y se hace para que seasuelo no urbanizable común, para pasar posteriormente a urbanizable. Aclara,que este estudio de impacto ambiental ya se presentó ante Consellería y éstaemitió resolución desfavorable, porque tenía consideraciones medioambientalesmuy importantes que hacer a esta aprobación. Su Grupo recoge esasconsideraciones de Consellería y las convierte en alegaciones al nuevo estudiode impacto ambiental, porque la realidad es que no se ha modificado lo que es elterreno sobre el que afecta esta recalificación de suelo. Las alegaciones quepresentan son todas medioambientales y el Ayuntamiento contesta a las mismascon un informe jurídico, que lo único que dice es que las alegacionespresentadas no tienen valor, porque el estudio de impacto ambiental nocontraviene ninguna ley jurídica. Quiere explicar cuáles son las alegaciones y

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porqué piensa su Grupo que el Ayuntamiento no debe apoyar de nuevo esteestudio. La razón es que la modificación puntual nº 16 está en una parte deltérmino municipal, que linda con otra modificación puntual que es la nº 12, querecalificó 1.886.914 metros cuadrados de suelo no urbanizable de especialprotección agrológica, para pasarlo a suelo no urbanizable común, lo queimplica que se pierda el suelo más fértil, el que tiene protección agrológica y quese ha protegido en el Plan General. Se ha aprobado la modificación puntual nº12 y ahora se pretende aprobar este estudio de impacto ambiental, que siConsellería lo aprueba implicará otra modificación de suelo agrológico.

El Grupo Municipal Verde lo que quiere hacer ver es que el término deVillena tiene 345 kilómetros cuadrados, de suelo no urbanizable común 119,5kilómetros cuadrados, sin embargo, de suelo no urbanizable de alta protección oprotección agrológica, solo 31 kilómetros cuadrados. Si se quiere conocer laproporcionalidad, partiendo del 100% del término municipal, el suelo nourbanizable de protección agrológica supone el 9% del término municipal, paraellos es importante protegerlo. Por lo tanto, la reducción que ahora se propone,supone un 8,24% de ese suelo que añadido a la reducción que se produjo con lamodificación puntual nº 12, que recalificó aproximadamente el 7% de ese sueloy unido también a la modificación que se va a producir por el nodo logístico, aimplantar en una parte del término municipal, con una protección importante porlos valores ecológicos, determina que haya una recalificación de suelo muyimportante. Su Grupo piensa que esta modificación que antes tenía sentido,porque como ha comentado la Concejala de Urbanismo, implica una promociónresidencial y deportiva, ahora creen que en el momento de crisis urbanística tanimportante que se vive en toda Europa y también en este término municipal, nose debe recalificar este suelo, porque además solo beneficia a particulares y no ala población de Villena.

D. José Ayelo Pérez, manifiesta que su Grupo por coherencia y porquefue un proyecto que se inició en su legislatura, el cual apoyaron, lo seguiránapoyando. Entiendo que la relación de daños y beneficios sobre el medioambiente, en este caso, no es el mismo por comparación que el que puedeafectar hipotéticamente una infraestructura como es el nodo logístico, ya que latransformación del suelo en los campos de golf es completamente diferente. SuGrupo por coherencia y por tratarse de un proyecto que si se hace en el futuropuede ser beneficioso para la ciudad, votarán a favor.

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Cierra el debate, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quien agradece elposicionamiento del Grupo Municipal Socialista, aunque lo esperaba y leextraña el del Grupo Municipal Verde, porque este proyecto se inició en virtudde un convenio firmado por Prosport Golf, S.L. y aprobado por el Pleno, siendoel terreno el mismo, porque no se ha cambiado la ubicación, entonces, el que sehaga ahora este planteamiento y se mencione la crisis, precisamente, piensa quecuando hay crisis y se quiere tirar para adelante, lo que hay que hacer es poner laalfombra roja, porque son inversiones para el pueblo, el que haya personas queestén empujando durante mucho tiempo, con lo que cuesta una modificaciónpuntual, no va a ser el Ayuntamiento el que les ponga trabas, ésa es su opinión,máxime cuando en su día se firmó el convenio y le dio alas, cuando el terreno esel mismo y cuando no es el Ayuntamiento el que tiene la última palabra, sinoConsellería, que determinará si es correcto o no el expediente. Por tanto,considera, que poner cortapisas a promotores que ponen su esfuerzo y dineropara conseguir traer inversiones a Villena, el PP no será el que le pongacortapisas.

La Sra. Alcaldesa somete a votación este asunto. Votan en contra los dosConcejales del Grupo Municipal Verde y lo hacen a favor los trece Concejalespresentes de los Grupos Municipales PSOE y Partido Popular, así como loscuatro Concejales no adscritos presentes. Por tanto, por mayoría absoluta, laCorporación Municipal, acuerda:

Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas por el Grupo MunicipalVerde, según se razona en el informe técnico emitido, anteriormente reseñado enel presente acuerdo.

Segundo.- Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la ModificaciónPuntual nº 16 del Plan General de Ordenación Urbana, según documento técnicocomprensivo de estudio de inundabilidad, estudio hidrogeológico, memoria finaldel estudio de patrimonio cultural, informe medioambiental, informe agrológico,estudio de impacto ambiental.

Tercero.- Remitir el Estudio de Impacto Ambiental, debidamentediligenciado con la constancia de su aprobación, junto con certificación de esteacuerdo aprobatorio, a la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo yVivienda, Dirección General de Sostenibilidad del Medio Natural, instando laemisión de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental.

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Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al Grupo Municipal Verde, asícomo a la mercantil promotora.

11.- Aprobación de definitiva del proyecto de la modificación puntual nº 25del Plan General de Ordenación Urbana.

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Dada cuenta del expediente que se sigue en este Ayuntamiento para laaprobación del proyecto de la Modificación Puntual nº 25 del Plan General deOrdenación Urbana, sobre cambio en la ordenación establecida en el artículo3.3.3 de las normas urbanísticas sobre construcciones con patios abiertos afachada del Plan General de Ordenación Urbana, conforme al proyectoredactado por el Arquitecto Municipal, habiendo sido aprobado someter dichoProyecto a información pública, por el Pleno Municipal, en fecha 29 de octubrede 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, de fecha17 de diciembre de 2009, al objeto de poder presentar alegaciones.

A continuación, se da lectura a la Moción presentada por la ConcejalaDelegada de Urbanismo Residencial, Dª Mª José Hernández Sanjuán, quetranscrita literalmente, dice:

“Según acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión de 29 deoctubre de 2009, se resolvió someter a información el Proyecto de ModificaciónPuntual nº 25 del Plan General de Ordenación Urbana, sobre cambio en laordenación establecida en el artículo 3.3.3 de las normas urbanísticas sobreconstrucciones con patios abiertos a fachada del Plan General de OrdenaciónUrbana, redactado por el Sr. Arquitecto Municipal. Las determinaciones de estedocumento afectan únicamente al ámbito de la ordenación pormenorizada.

Esta exposición pública se ha llevado a cabo en la forma procedente,según consta acreditado en el expediente, sin que durante el período establecidose hayan presentado alegaciones u observaciones por los interesados.

De conformidad con cuanto antecede, propongo al Pleno Municipal laadopción de los siguientes acuerdos:

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1. La aprobación definitiva de la propuesta de Modificación Puntual nº 25 delPlan General de Ordenación Urbana de Villena, sobre cambio de laordenación establecida en el artículo 3.3.3 de las Normas Urbanísticas delPGOU sobre construcciones con patios abiertos a fachada, según proyectodel arquitecto municipal y cuyas determinaciones afectan únicamente alámbito de la ordenación pormenorizada.

2. Dar traslado de este acuerdo, junto con copia acreditada del expedienteseguido y un ejemplar del proyecto técnico de la Modificación Puntual,debidamente diligenciado con la constancia de su aprobación, así como copiaen soporte informático, a la Dirección Territorial de Alicante de laConsellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, dandocumplimiento a lo ordenado en el artículo 106 de la Ley 16/2005, de 30 dediciembre, Urbanística Valenciana.

3. La publicación de este acuerdo, junto con la normativa urbanística que haquedado modificada, en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, segúndispone el art. 104 2 a) de la Ley Urbanística Valenciana.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con el expediente que se tramita para la aprobacióndel proyecto de la modificación puntual nº 25 del Plan General de OrdenaciónUrbana.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cinco Concejales delGrupo Municipal Partido Popular. Se abstienen los tres Concejales del GrupoMunicipal Socialista y se abstiene la Concejala del Grupo Municipal Verde. Portanto, por mayoría queda dictaminada favorablemente la aprobación delproyecto de modificación puntual nº 25 del Plan General de Ordenación Urbana.

Abierto el debate, Dª María José Hernández Sanjuán, explica, que esteasunto se trajo ya al Pleno para su aprobación provisional y exposición pública.Se trata de un cambio de la ordenanza, propuesto también por promotores desolares con mucha profundidad y en los que se pueden hacer patios abiertos afachadas. Como ejemplo, señala lo que ocurrió donde esta ahora la estación deautobuses, también en la Plaza de las Malvas, que son solares con muchaprofundidad y si no es con patios abiertos a fachada, no hubiera sido posible

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construir todas esas viviendas. Por tanto, no ha habido ninguna alegación, serecomendó y cree que es acertado, porque al final se trata de dar facilidades aesas personas que tienen un terreno y que no le hubieran podido sacar unrendimiento, entonces, en lugar de hacer modificaciones puntuales individuales,con los trámites que ellos supone, se trata de modificar la ordenanza generalpara que se pueda realizar patios abiertos a fachada.

Sometido a votación este asunto, se abstienen los siete Concejales delGrupo Municipal Socialista. Votan a favor los ocho Concejales presentes de losGrupos Municipales Partido Popular y Verde, así como los cuatro Concejales noadscritos presentes. Por tanto, por unanimidad de éstos y con el quórum de lamayoría absoluta legal del número de miembros que integran el Plenomunicipal, exigido en el artículo 47 2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abrilReguladora de las Bases del Régimen Local, la Corporación Municipal,acuerda:

Primero.- La aprobación definitiva del proyecto de la ModificaciónPuntual nº 25 del Plan General de Ordenación Urbana de Villena, sobre cambiode la ordenación establecida en el artículo 3.3.3 de las Normas Urbanísticas delPGOU sobre construcciones con patios abiertos a fachada, según proyecto delarquitecto municipal y cuyas determinaciones afectan únicamente al ámbito dela ordenación pormenorizada.

Segundo.- Dar traslado de este acuerdo, junto con copia acreditada delexpediente seguido y un ejemplar del proyecto técnico de la ModificaciónPuntual, debidamente diligenciado con la constancia de su aprobación, así comocopia en soporte informático, a la Dirección Territorial de Alicante de laConsellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, dandocumplimiento a lo ordenado en el artículo 106 de la Ley 16/2005, de 30 dediciembre, Urbanística Valenciana.

Tercero.- La publicación de este acuerdo, junto con la normativaurbanística que ha quedado modificada, en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante, según dispone el art. 104 2 a) de la Ley Urbanística Valenciana.

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12.- Modificación puntual de la Ordenanza municipal reguladora de laconcesión de autorizaciones para reserva de aparcamiento en la víapública con destino a vado.

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Se da lectura a una Propuesta presentada por la Concejala Delegada deUrbanismo Residencial, Dª Mª Josefa Hernández Sanjuán, que transcritaliteralmente, dice:

“La Ordenanza municipal reguladora de la concesión de autorizacionespara reserva de aparcamiento en la vía pública con destino a vado, modificadapor acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 29 de mayo de2008, establece en el artículo 6, párrafo cuarto, que las autorizaciones con vadopermanente se concederán para viviendas unifamiliares en sectores 2.1, 5.2, 6.1,7.1, 7.2, 7.5, 16, 22.1, 22.2 y sector San Antón, según numeración ydenominación del vigente P.G.O.U. de Villena, así como otros en que puedaestablecerse en un futuro su aplicación.

Que existen otros sectores del Plan General de Ordenación Urbana deVillena, concretamente el sector 7.3, en que existen bastantes viviendasunifamiliares, por lo que resulta necesario modificar la Ordenanza municipalcitada, para la inclusión de este sector en las autorizaciones de vado permanente.

El artículo 49, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, modificado por la Ley 11/1999, de 21 de abril, establece quela aprobación de las Ordenanzas Locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial por el Pleno.b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de

treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro

del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación osugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entoncesprovisional.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone al Ayuntamiento Pleno, laadopción de los siguientes acuerdos:

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1º.- Aprobar inicialmente la modificación puntual de la OrdenanzaMunicipal reguladora de la concesión de autorizaciones para reserva deaparcamiento en la vía pública con destino a vado, en cuanto al artículo 6º,párrafo cuarto, cuyo texto quedaría en los términos siguientes:

- Artículo 6º, párrafo cuarto. Viviendas unifamiliares en sectores 2.1, 5.2,6.1, 7.1, 7.2, 7.3, 7.5, 16, 22.1, 22.2 y sector San Antón, segúnnumeración y denominación del vigente P.G.O.U. de Villena, así comootros en que pueda establecerse en un futuro su aplicación.

2º.- Exponer al público este acuerdo, por plazo de treinta días, medianteanuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que losinteresados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones queestimen oportunas.

3º.- En el supuesto de que no se presenten reclamaciones durante el plazode exposición pública, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado,procediéndose a la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia deltexto correspondiente.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con la Moción de la Concejala de UrbanismoResidencial, sobre aprobación inicial de la Modificación Puntual de laOrdenanza Reguladora de la concesión de autorizaciones para reserva deaparcamiento en la vía pública con destino a vado, en cuanto al artículo 6º,párrafo 4º, es dictaminada favorablemente por los cinco Concejales del GrupoMunicipal Partido Popular, absteniéndose los cuatro Concejales de los GruposMunicipales PSOE y Verde. Por tanto, por mayoría, queda dictaminadafavorablemente la Moción.

Sometido a votación este asunto, por unanimidad de todos los miembrospresentes, la Corporación Municipal, acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación puntual de la OrdenanzaMunicipal reguladora de la concesión de autorizaciones para reserva deaparcamiento en la vía pública con destino a vado, en cuanto al artículo 6º,párrafo cuarto, con la inclusión del sector 7.3 del Plan General de OrdenaciónUrbana, sobre viviendas unifamiliares, cuyo texto quedaría en los términos

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siguientes:

- Artículo 6º, párrafo cuarto. Viviendas unifamiliares en sectores 2.1, 5.2,6.1, 7.1, 7.2, 7.3, 7.5, 16, 22.1, 22.2 y sector San Antón, segúnnumeración y denominación del vigente P.G.O.U. de Villena, así comootros en que pueda establecerse en un futuro su aplicación.

Segundo.- Exponer al público este acuerdo, por plazo de treinta días,mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin deque los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamacionesque estimen oportunas.

Tercero.- En el supuesto de que no se presenten reclamaciones durante elplazo de exposición pública, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado,procediéndose a la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia deltexto correspondiente.

13.- Moción del Grupo Municipal Socialista sobre compromiso del equipo degobierno en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana.

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Se da lectura a una Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista,que transcrita literalmente, dice:

“El pasado 26 de febrero de 2009 el Grupo Municipal Socialista traía a laaprobación del Pleno una Moción para que el actual Plan General de OrdenaciónUrbana fuera revisado. Es de destacar el importante consenso obtenido enaquella Moción por parte de todos los miembros de la Corporación. El GrupoSocialista accedió a votar por separado los tres pedimentos de la Moción, paraque el Partido Popular pudiera votar afirmativamente a dos de los trespedimentos. A lo que en aquel Pleno se comprometió el equipo de gobierno fuea lo siguiente:

1.- Pedir informe a los técnicos responsables del Área de Urbanismo sobre lospasos a seguir para proceder a la revisión del Plan General de OrdenaciónUrbana.2.- Por parte de las Concejalías de Urbanismo se proceda a iniciar los trámitesnecesarios para que la revisión del Plan General comience en este año 2009.

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A lo que no se comprometió el Partido Popular en aquel Pleno fue a:

1. “Que en el presupuesto municipal se incluyan las partidas necesarias paraacometer la revisión del Plan General Municipal de Ordenación Urbana.”

No obstante del consenso alcanzado en aquel Pleno se extraía que lanegativa del equipo de gobierno a destinar alguna cantidad económica para laredacción del Plan General de Ordenación Urbana, abarcaba únicamente al año2009. Puesto que de haberse llevado a cabo los dos puntos acordados, en elpresente año tendrían que presupuestarse parte del coste de la redacción delPGOU.

Sin embargo, han pasado once meses de aquel acuerdo y no hemos tenidonoticia del cumplimiento de aquellos mandatos del Pleno. Por la informaciónque manejamos los Grupos de la oposición, podríamos afirmar que no se hallevado a cabo ningún tipo de informe, ni trámite alguno para cumplir con elmandato del Pleno. De hecho el equipo de gobierno se comprometió a mantenerinformada a la oposición de los pasos que se dieran y no se ha recibidoinformación alguna por su parte.

Todas estas razones y el compromiso alcanzado en febrero del añopasado, nos llevan a traer a la aprobación del Pleno Municipal la presenteMoción, entendiendo que los acuerdos alcanzados deben cumplirse de manerainmediata, por lo que no ha lugar a una nueva aprobación, sino a la reclamaciónde su ejecución.

Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno quetome los acuerdos siguientes:

1. Incluir en los presupuestos municipales una partida de 300.000€ comocantidad inicial para la redacción del nuevo Plan General de OrdenaciónUrbana.

2. Convocar en el plazo máximo de 6 meses un concurso público que tengacomo objeto la redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbana dela ciudad de Villena.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el 25 de enero

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de 2010, en relación con la Moción del Grupo Municipal Socialista,proponiendo incluir en el presupuesto municipal una partida de 300.000 euroscomo cantidad inicial para la redacción del nuevo Plan de Ordenación Urbana yconvocar en el plazo máximo de 6 meses un concurso público para ello, esdictaminada favorablemente por los cuatro Concejales de los GruposMunicipales PSOE y Verde, absteniéndose los cinco Concejales del GrupoMunicipal Partido Popular. Por tanto, por mayoría, queda dictaminadafavorablemente la Moción.

Abierto el debate, hace uso del turno de palabra, D. José Ayelo Pérez, delGrupo Municipal Socialista, quien manifiesta, que por hacer un poco dememoria y dado lo avanzado de la hora, cree que sí que es necesario poner unpoco en antecedentes sobre qué es lo que ocurrió y en qué situación seencuentran. El 26 de febrero del año 2009, el Grupo Socialista traía una Mociónque fue aprobada por consenso en su mayor parte de los tres puntos, en dosestuvieron de acuerdo y en uno, el Partido Popular no, para que se iniciaran lostrámites para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana. Sólo a modoilustrativo, va a leer un titular que un periódico publicaba al día siguiente: “laCorporación Municipal debatía anoche una propuesta del Grupo MunicipalSocialista para que el Ayuntamiento lleve a cabo la revisión del Plan General deOrdenación Urbana y las estrategias de crecimiento de la ciudad. El equipo degobierno y oposición estuvieron de acuerdo en pedir informes a los técnicosmunicipales sobre los pasos a seguir para efectuar la revisión y que por laConcejalía de Urbanismo se inicien los trámites para que la revisión comienceeste año. Sin embargo, el Partido Popular votó en contra de destinar una partidadel presupuesto municipal de 2009 para que la revisión se hiciera efectiva esteaño, alegando que la situación económica del Consistorio no permite realizaresta inversión a corto plazo.”

Ha pasado prácticamente un año, concretamente, once meses y de los dospuntos a los que llegaron a un acuerdo y a los que se comprometió el equipo degobierno de esta ciudad, nunca más se supo. Esto les obliga de nuevo a que unaño más tarde el Grupo Socialista vuelva a traer al Pleno esta Moción, dando porhecho que la petición de los informes técnicos y el inicio de los trámites setendrían que haber hecho en estos once meses y si se han realizado, ellos notienen noticia, y había un compromiso, está en el acta del Pleno, que semantendría informada a la oposición de todos aquellos trámites que serealizaran, porque en este año 2010, si habían avanzado desde ahí, se podríacontemplar en los presupuestos municipales el inicio de la tramitación del PlanGeneral de Ordenación Urbana. Este Plan General de Ordenación Urbana, como

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ya dijeron en aquella ocasión y por explicarlo, de alguna manera, porque a vecesparece que esto es un trámite administrativo, es junto con el PresupuestoMunicipal, el documento más importante que aprueba la CorporaciónMunicipal, en él, se regula el crecimiento de la ciudad, se dice hacia dónde se vaa crecer, cómo se va a crecer, se protege el suelo que se quiere y se recalifica ose vuelve a calificar aquel suelo que se quiere que pase de suelo no urbanizablecomún a suelo urbanizable. Por tanto, la vida de un Plan General se estima,aproximadamente, en diez o quince años.

Continúa el Sr. Ayelo Pérez, diciendo, que todo el mundo tiene que saberque el Plan General de Ordenación Urbana, el que está vigente en este momento,es del año 1994 y están en el año 2010, todas las modificaciones puntuales quese acaban de aprobar se hacen, precisamente, porque no tienen un Plan Generalde Ordenación Urbana adaptado a la legislación vigente, es decir, desde que elAyuntamiento aprobó el Plan General de Ordenación Urbana, en el año 1994hasta el 2010 en que están ahora, se han aprobado, está hablando de memoria,pero como mínimo, dos leyes importantísimas para el desarrollo urbano de lasciudades, y una de ellas ha sido derogada ya, es decir, fíjense en qué estado seencuentran. De ahí que el Grupo Socialista planteara la necesidad al equipo degobierno de que durante el año 2009, si realmente no había ese dinero, que seempezara a trabajar en los trámites administrativos, tratar de redactar eseconcierto previo, que hay que presentar a la Consellería y que los propiostécnicos municipales les hicieran los informes de cuáles eran los caminos aseguir.

Como dice, están casi en febrero del año 2010, no saben nada y el GrupoMunicipal Socialista entiende que es vital para la ciudad revisar el Plan Generalde Ordenación Urbana y, por ello, piden que, además de que se cumplanaquellos acuerdos que ya tomaron en febrero del año pasado, que ya se consigneuna cantidad en el presupuesto del año 2010, para empezar a revisar el PlanGeneral aclara que han puesto una cantidad, que entienden, por lo que hanconsultado, que como punto de partida sería suficiente para afrontar este año,por eso dicen, que además de que se cumpla lo dicho, que se presupueste lacantidad de 300.000 euros y que se saque cuanto antes el concurso para que seredacte ese Plan General de Ordenación Urbana. Les gustaría y sería deseableque aquel espíritu de consenso y de ganas de estar de acuerdo en el crecimientode la ciudad y en planificar el futuro, fuera patente también en este Pleno del año2010 y que se aprobara la Moción por unanimidad, como la anterior quepresentó el Grupo Municipal Socialista.

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Toma la palabra, D. Jesús Martínez Martínez, y, en primer lugar, aclara alSr. Ayelo Pérez, que el Plan General de Ordenación Urbana es del año 1992 node 1994. Están de acuerdo, como así lo estaban anteriormente y siguenmanteniendo el compromiso de la revisión del Plan General de OrdenaciónUrbana de nuestra ciudad, porque como bien es sabido es necesario adaptarlo ala nueva ley y, seguramente, en el proceso de redacción del nuevo Plan ya seanuncian nuevas leyes de cambios, sobre todo en la Generalitat Valenciana, conlo cual, llevarían de retraso no dos, sino tres leyes. No obstante, el PP quierehacer una propuesta de cambio en lo que es el pedimento, mantener esecompromiso de revisión, ese acuerdo adoptado por unanimidad es claro, perotambién le recuerda al Sr. Ayelo Pérez, que el año pasado todo el departamentotécnico y todavía lo tiene, ha estado bastante saturado con el Plan E estatal,como con el Plan Confianza a la hora de redactar y preparar informesinnumerables y considerables en documentación y en todo lo que se refiere aaspectos técnicos para poder llevar a cabo estos Planes, y no han tenido todo eltiempo que, a lo mejor, hubieran deseado para poder avanzar un poquito máscon esta cuestión. También es sabido que la redacción de un Plan General deOrdenación Urbana ronda, aproximadamente, entre seis y ocho años y está entorno a más de un millón de euros, pero, aparte de esos detalles, sí quemantienen el compromiso y lo que pedirían es, el compromiso de mantener eseacuerdo a la hora de redactar el Plan General de Ordenación Urbana de nuestraciudad y de incluir una cantidad en el Presupuesto Municipal, pero noespecificar la cantidad exacta a incluir, ésa sería la propuesta que el grupoPartido Popular hace al Grupo Socialista.

A continuación, interviene D. Juan Francisco Richart Forte, quienmanifiesta, que cree que es muy importante que esto siga hacia delante, queahora es el momento en situaciones como la que se está viviendo en laconstrucción para hacer esta modificación y opina que, realmente, en elpedimento que está haciendo el Grupo Socialista, lo que se está diciendo es quese incluya una partida en los Presupuestos de 300.000 euros. Piensa que cuandose confeccionen los presupuestos, podrán ver si se podrá incluir o no, pero demomento, en nombre de los Concejales no adscritos, dice que van a votar estaMoción a favor.

Abierto el segundo turno de intervenciones, D. José Ayelo Pérez, indica,dirigiéndose al Sr. Martínez Martínez, que sólo quiere hacer una matización,efectivamente, tienen razón los dos, lo dice porque, el Plan es del año 1992,

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aprobado por la Consellería en 1994, con lo cual, entra en vigor en 1994, sijuegan a datos, cree que se deben dar todos. Afirma, que están en el punto defebrero del año 2009, es decir, quieren revisar el Plan General de OrdenaciónUrbana, pero ya verán, no, lo siente, el PP les pide ahora que no se concrete esacantidad, cree que hay que hacerlo y está completamente de acuerdo con el Sr.Martínez Martínez en que los técnicos de urbanismo tienen mucho trabajo,efectivamente, pero han incumplido un acuerdo de Pleno, porque el PP secomprometió a que en el año 2009 estaría el trabajo hecho, ahora resulta quetienen que esperar a que se haga ese trabajo, que se tendría que hacer cuantoantes. Él les insta desde aquí a que con los medios que sean, se haga ese trabajoy cumpla el equipo de gobierno con el acuerdo que se adoptó por el Pleno y sino traigan una Moción para revocar aquel acuerdo. Además de eso, mirándoloen el tiempo, si ahora no se consigna cantidad, verán cuándo aprueban elpresupuesto, ¿empiezan a redactar el Presupuesto en el año 2011?, entonces novale la pena, porque cualquiera de ellos, por ejemplo, el PSOE lo volverá aincluir en su programa electoral y si tienen la fortuna de ganar las elecciones yde gobernar, entonces iniciarán los trámites, pero de eso no es de lo que estánhablando, sino de ser serios y asumir compromisos de verdad, no de plastilina,decir solo si para quedar bien, porque claro, no se puede decir a la ciudadaníaque no revisan el Plan General, pero en el año 2009 no se hace nada.

Entiende que primero hay que cumplir con lo pactado y con lo queacordaron aquí, porque si no, no se están tomando en serio lo que se acuerda porlos Concejales. Si el Partido Popular no estaba de acuerdo con esos dos puntos,que en febrero del año pasado aprobaron todos, que se hicieran informestécnicos y se iniciaran los trámites, haber votado que no, pero si votaron que sí,se tienen que comprometer a hacerlo. Él no discute la capacidad de los técnicosni el trabajo que pueden tener, pero el mandato del Pleno es prioritario y hay quehacerlo. Por tanto, el Grupo Socialista se mantiene en lo que han dicho,compromiso de presupuestar, al menos, 300.000 euros y compromiso de iniciarlos trámites y el concurso cuanto antes, pero, los informes tienen que estar.Piensa que es lo lógico y coherente con lo que los veintiún Concejales de estaCorporación se comprometieron en febrero del año pasado. Por eso, el GrupoSocialista se mantiene en ello.

D. Jesús Martínez Martínez, en su segunda intervención, expresa que,parece ser que esto no es lo hablado en la Junta de Portavoces esta mañana, es loque le ha comentado su Portavoz, puesto que se había quedado en estar deacuerdo en todo esto y no poner una cantidad exacta, pero parece ser que no hayuna cadena de transmisión entre todos. Se reitera en que, el Partido Popular no

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incumple ningún acuerdo de Pleno porque era preparar informes para ver cuálera el camino a seguir, más o menos está claro, él también lo ha resumidorápidamente y sabe el Sr. Ayelo Pérez que antes de la redacción del PlanGeneral, está el concierto previo, las remisiones a Consellería, el concurso paraver quién es el adjudicatario de la redacción de parte de los Planes, porque sepuede hacer por separado o en conjunto, etc., se puede hacer en dos mitades o endiez, eso hay que decidirlo. También hay otra cuestión que es no licitar en seismeses, tampoco estarían de acuerdo con ese pedimento, habría que esperar alPresupuesto, comprometerse, a poner una cantidad, que se acuerde y si no sepuede licitar en seis meses, se hará en un plazo razonable a partir de la vigenciadel Presupuesto aprobado. Esa es la propuesta, que le transmiten y que se habíahablado en la Junta de Portavoces, por tanto, la que su Grupo propone.

A continuación, D. Juan Francisco Richart Forte, pone de manifiesto, queél no ha sido invitado esta mañana a la Junta de Portavoces, así que tampocosabe el acuerdo que se había tomado, pero insiste en que los acuerdos de Plenohay que cumplirlos y que por algo hay que empezar, si se ha de incluir en elPresupuesto de este año la cantidad propuesta, que se incluya, porque es muyimportante que esta Moción salga hacia adelante por el bien de muchasempresas que se dedican a la construcción y es el momento en esta situación decrisis y de parón en la construcción que esto salga hacia adelante.

Por alusiones, toma la palabra D. Carlos Beltrán Esteve, como Portavozdel Grupo Municipal Socialista y haber participado en la Junta de Portavoces,expresa que si se ha entendido que la propuesta era no incluir ninguna cantidaden el Presupuesto Municipal, no era ésa su intención, porque una cosa es recibirel mensaje y otra transmitirlo al resto del Grupo, pero lo siente, porque demomento en su banco caudillos no hay.

Por alusiones también, D. José Joaquín Valiente Navarro, dice que él lo haentendido en ese otro sentido.

La Sra. Alcaldesa manifiesta al Sr. Valiente Navarro, que ella igual que elSr. Valiente Navarro, que estaba presente también lo entendió así, pero pide queno entren en más debates ambos Portavoces.

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Cierra el turno de intervenciones D. José Ayelo Pérez, y refiriéndose a lomanifestado por el Sr. Martínez Martínez, dice, que éste en su intervención hadicho que no incumplen, él le va a decir a lo que se comprometieron ycomprobarán si han incumplido o no. El Partido Popular se comprometió, en elpunto uno, a requerir informes a los técnicos del área de Urbanismo sobre lospasos a seguir para proceder a la revisión del Plan General de OrdenaciónUrbana. Está muy bien que aquí de viva voz les cuente el Sr. Martínez Martínezlo que le parece que es conveniente, pero ¿dónde están los informes de lostécnicos a los que el Pleno le obligó que desarrollara su departamento? A él, nole vale el de viva voz, le increpa a que si es una persona seria tenía que habertraído aquí los informes de los técnicos y habérselos entregado a los Grupos dela oposición, no le diga que no están incumpliendo acuerdos de Pleno, cuandolos están incumpliendo de manera patente, pero va a la segunda. El PartidoPopular se comprometió a que por parte de las Concejalías de Urbanismo seprocediera a iniciar los trámites necesarios para que la revisión del Plan Generalcomenzara en este año 2009, y pregunta ¿ha empezado la revisión del PlanGeneral en el año 2009? eso no es cumplir a eso es a lo que se refiere, y por esomismo el Grupo Socialista trae al Pleno esta Moción. No va a repetir toda laretahíla de por qué, seguramente, el Partido Popular está en otras cosas, en vezde estar a lo que toca y a lo que el Pleno les ordena de que hicieran informes einiciaran los trámites para la revisión y eso no lo han hecho.

Él les insta a que de cara de aquí al próximo Pleno, el Partido Populartraiga los informes a los que se comprometieron y que se comprometan y votenfavorablemente, en ese espíritu de consenso en el que parecía que todos estabande acuerdo en que había que revisar el Plan General, a destinar esa cantidad de300.000 euros. Parece que eso es actuar con coherencia y, por tanto, les pide quereflexionen, que vean que el Grupo Socialista no está pidiendo la luna, que estánpidiendo una parte, aproximadamente, del 30 por ciento, de lo que puede costarrevisar un Plan General de Ordenación Urbana. Cree que lo están poniendo bien,pues les están diciendo que empiecen en un año, antes de las elecciones, arevisar el Plan General de Ordenación Urbana con la responsabilidad de todos,de eso es de lo que están hablando, de ese consenso, no hagan votos deplastilina, decir que sí y después es que no, porque, al final, lo que estánhaciendo es confundir a la ciudadanía. Por tanto, el Sr. Ayelo Pérez pide denuevo que en el espíritu de ese consenso de febrero del año 2009, votenfavorablemente esta Moción.

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La Sra. Alcaldesa, considerando suficientemente debatido este asunto, losomete a votación. Votan en contra los seis Concejales presentes del GrupoMunicipal Partido Popular y lo hacen a favor los nueve Concejales de losGrupos Municipales PSOE y Verde, así como los cuatro Concejales no adscritospresentes. Por tanto, por mayoría, la Corporación Municipal, acuerda:

Primero.- Incluir en los presupuestos municipales una partida de300.000€ como cantidad inicial para la redacción del nuevo Plan General deOrdenación Urbana.

Segundo.- Convocar en el plazo máximo de 6 meses un concurso públicoque tenga como objeto la redacción del nuevo Plan General de OrdenaciónUrbana de la ciudad de Villena.

14.- Moción del Grupo Municipal Socialista sobre el estado de los balcones delas viviendas sociales del Barrio San Francisco.

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Se da lectura a una Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista,que transcrita literalmente, dice:

“Hace ya más de dos años, dos balcones de las viviendas sociales delBarrio San Francisco se desplomaban, cayendo gran cantidad de escombrossobre la vía pública.

El derrumbe de estos balcones no causó ningún accidente gracias a laprecaución tomada por el anterior Concejal de Obras quien intuyendo ladesgracia que se podía ocasionar valló días antes la zona, evitando así desgraciasmayores.

Desde entonces, los vecinos del barrio San Francisco vienen pidiendoayuda al Ayuntamiento para que se solucione esta situación.

Los edificios fueron construidos allá por los años 50 como viviendassociales promovidas por el Ayuntamiento de Villena. Transcurrido el tiempo,existen viviendas de titularidad pública y viviendas de titularidad privada, quehan de hacerse cargo de los desperfectos en sus casas.

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Sin embargo, el Ayuntamiento es responsable de la seguridad de losciudadanos y ciudadanas del Barrio San Francisco y la no actuación sobre elproblema puede derivar en males mayores.

Es por todo ello, por lo que el Grupo Municipal Socialista presenta alPleno los siguientes pedimentos:

1. Apuntalamiento inmediato de los balcones con peligro de derrumbe.

2. Crear partida presupuestaria en el presupuesto 2010 con el fin de acometerlas obras necesarias que garanticen la seguridad de la zona, buscando laslíneas de subvenciones pertinentes tanto a nivel autonómico como estatal.”

Seguidamente, se da cuenta del dictamen emitido por la ComisiónInformativa de Obras, Urbanismo y Servicios, en sesión celebrada el día 25 deenero de 2010, en relación con la Moción presentada por el Grupo MunicipalSocialista, sobre apuntalamiento inmediato de los balcones con peligro dederrumbe en las viviendas del Barrio de San Francisco, creando partidapresupuestaria en el Presupuesto de 2010 con el fin de acometer las obrasnecesarias que garanticen la seguridad de la zona, Dª Mª Josefa HernándezSanjuán, expone, que este asunto lo llevaba su Grupo en la Moción para suinclusión en las obras del Plan E, proponiendo que se podría preparar unapropuesta conjunta al Pleno para solicitarlo.

D. José Ayelo Pérez, se manifiesta disconforme con la propuesta de laSra. Hernández Sanjuán, por considerar que debe ser el Ayuntamiento el que loasuma y se vean líneas de subvención tanto a nivel autonómico como estatal.

Sometido a votación este asunto, votan a favor los cuatro Concejales delPSOE y la Concejala del Grupo Municipal Verde, absteniéndose los Concejalesdel PP, Dª Virtudes Amorós Revert, D. Juan Richart Forte y Dª Mª Paz PovedaHernández, y votando en contra Dª Mª José Hernández Sanjuán y D. JesúsMartínez Martínez. Por tanto, por mayoría, queda dictaminada favorablementela Moción.

Abierto el debate, D. Carlos Beltrán Esteve, manifiesta, que laproblemática de las viviendas a las que hace alusión la Moción, llevan un tiempode recorrido, no son, exactamente, producidos los incidentes ni en el transcurso

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del año 2009 ni en el año 2010, son anteriores. El Grupo Socialista, teniendoconocimiento de eso, sí dejó trabajar al equipo de gobierno para que tratara debuscar una solución a esos problemas y no hizo ninguna mención a ello, en todoel tiempo que sabía que existía el problema. Con ocasión de la negociación enJunta de Portavoces sobre el listado para presentar a la segunda versión del PlanE, el Grupo Popular presentó esta propuesta dentro de los proyectos a presentaren ese Plan E y el Grupo Socialista dijo que, en principio, no estaban deacuerdo, porque defendían otro modelo de propuestas que fue el que el 21 dediciembre se aprobó, pero el no estar de acuerdo en incluirlo en el Plan E, nosignifica que no se esté de acuerdo en que se solucione. Como ya dijeron, en sumomento, que el Plan E pensaban que era un recurso extraordinario que se debíaaprovechar para proyectos, que difícilmente con recursos propios se pudieranacometer, traen esta Moción para tranquilidad de los vecinos del Barrio de SanFrancisco afectados, incluso sabiendo que la gran mayoría de las viviendasafectadas por los problemas de derribo en sus balcones o en su estructura, son detitularidad privada, teniendo en cuenta la especial idiosincrasia de ese barrio,como se podría ver, a lo mejor, en algún otro barrio que pudiera darse el mismoproblema, de que la mayoría de los habitantes de ese barrio, por decirlo dealguna manera, son de una renta media baja, que difícilmente con su propiainiciativa podría acometer esos arreglos que requieren las viviendas y sobretodo, teniendo en cuenta que el propio Ayuntamiento tiene una responsabilidadsobre la seguridad de las personas. El Grupo Socialista propone al PlenoMunicipal dos cosas, una, proceder al apuntalamiento, lo más urgente posible deaquellas viviendas que se encuentren en estado de deterioro grave, que eso era,precisamente, lo que el Partido Popular les propuso para presentar al Plan E,pero ellos van un poco más, no se trata de apuntalar y ya está, saben que existenlíneas de subvenciones de las Administraciones Públicas Central y Autonómicay quieren que el Ayuntamiento se implique en ello. Por eso, piden que se lesayude a los vecinos a acceder a este tipo de ayudas y se les ayude de tal maneraque no sólo sea un puro trámite administrativo, sino que, con ocasión de laelaboración del próximo Presupuesto 2010, se comprometa el Ayuntamiento acrear una partida presupuestaria sin especificar, lo dice, por el temor que a vecessurge de si ponen o no ponen cantidad, entre otras cosas, porque, a veces, pararecibir una subvención, cualquier administración que la concede pide que setenga creada una partida presupuestaria al efecto, para poder luego ejecutar elproyecto, que se les ayude en los trámites jurídicos que necesiten, porque enalgunos casos hay que constituirse como Comunidad de Propietarios, etc., y,evidentemente, en aquellas viviendas que sean de titularidad pública, que son lasmenos, ahí el Ayuntamiento sí tiene una responsabilidad, que se intervenga conlos recursos del presupuesto de 2010.

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Por tanto, dice el Sr. Beltrán Esteve, es algo muy sencillo, la propuesta delPartido Popular que les presentó para el Plan E 2010, que era el apuntalamientode los balcones en peligro de derrumbe, aunque se hablaba de viviendas engeneral, pero ellos saben que se trata de los balcones en peligro de derrumbe,que ya se han producido algunos y que, afortunadamente, no han ocasionadodaños personales, para no dejar abandonadas a las familias gentes de este barrio.Por tanto, que el Ayuntamiento como Administración más cercana a ellas lesayude, les garantice algún tipo de ayuda propia y a conseguir otras ajenas,mediante subvenciones de líneas que saben que existen. Puede ser que hayapoco fondo en esas subvenciones, pero que se trate de hacerlo de tal manera, lomás diligente posible, para que no se pierdan esas ayudas. Indica, que saben quehay este tipo de ayudas, tanto en la Administración del Estado como en laComunidad Autónoma, por tanto, se pongan a trabajar en ello y en la parte queles toca desde la oposición, ayudarán si se les pide, pero, evidentemente, elequipo técnico está en el Ayuntamiento y es al que ha de dirigirse el equipo degobierno, porque son ellos los que tienen la responsabilidad de actuar. Cree quees algo bastante simple, lo ha tratado de explicar también sencillamente, paraque sobre todo se tenga en cuenta que, aunque la mayoría son viviendasprivadas, el Ayuntamiento no puede hacer caso omiso a situaciones peligrosaspara las personas y a situaciones en que esas personas por sí mismas no puedenacometer esos arreglos.

Dª Mª Catalina Hernández Martínez, hace constar que el Grupo MunicipalVerde piensa que estas obras que se tienen que realizar son obras necesarias ycuando esta mañana en Junta de Portavoces se les ha propuesto que entrarandentro del Plan E, piensan que dentro de este Plan hay suficientes proyectos quese tienen que llevar hacia delante. Por eso, apoyan esta Moción del GrupoMunicipal Socialista, que lo que solicita es que estas obras se lleven a cabo conPresupuesto Municipal. Opinan que es algo que se puede llevar, porque noimplica una cuantía económica que no se pueda asumir y además se debería detrabajar en esas líneas de subvenciones que parece ser que a nivel estatal oautonómico se habían pedido, según se les ha informado y que para el añoanterior no habían sido concedidas. Ruega que se incida en ello y si no, seacometan con Presupuesto Municipal.

Seguidamente, toma la palabra D. José Joaquín Valiente Navarro, quienmanifiesta, que como muy bien ha dicho el Sr. Beltrán Esteve y la Sra.Hernández Martínez, efectivamente, el Partido Popular había hecho estapropuesta para incluirla en el nuevo Fondo Estatal para el Empleo y la

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Sostenibilidad Local, sin embargo, es una propuesta que no ha sido aceptada nipor el Grupo Verde ni por el Grupo Socialista. Dice, que él realmente, no sabe loque se piensan que va a ser el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2010, deverdad, cree que no se lo imaginan, con lo cual, sigan metiéndole aquí partidasal Presupuesto del ejercicio 2010 de gastos, que llegarán al mes de diciembre y,desde luego, no se podrá pagar las nóminas. No obstante, si están de acuerdo enaprobar la propuesta tal como está y no incluirla en el Fondo Estatal, pues, sigancargando partidas al Presupuesto, el equipo de gobierno creía que iban a ser másrazonables y que iban a tener otros criterios, cuando se sienten a ver losPresupuestos, verán que las dificultades para pasar este año van a ser muyimportantes y estima que algunas de las propuestas que vienen presentando,lamentablemente, no se van a poder cumplir. Explica que, desde luego, elPartido Popular quiere arreglar esas viviendas de la manera que sea, pero creenque existiendo la posibilidad de no gravar más los Presupuestos Municipales, elFondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, era una gran ocasión,por lo tanto, van a votar negativamente a esta propuesta.

D. Juan Francisco Richart Forte, en nombre del Grupo de Concejales noadscritos, expone, que están de acuerdo con esta Moción, dado que se trata de unproblema que vivió el como Concejal Delegado de Obras en ese momento yrealmente la gestión que se hizo, fue un poco lo que se está pidiendo en estaMoción, se apuntalaron los balcones que corrían peligro, según les manifestaronlos técnicos, sí que es cierto que hay que seguir apuntalando, porque aun quedanalgunos que no están seguros. Sabe que hay muchas líneas de subvenciones,para que estas personas puedan solucionar el problema de sus balcones, haylíneas de hasta el 80 por ciento y el expediente que está en el departamento deObras así lo dice Él solicitó unas ayudas, que por circunstancias no llegaron,pero señala que hay muchas, tanto a nivel de Consellería como a nivel deGobierno Central. Cree que se puede solucionar tal y como se dice en estaMoción y generar una pequeña partida para que si el Ayuntamiento tiene queaportar el 15, el 20 o el 30 por ciento, se pueda solucionar el problema de estosbalcones, porque la verdad es un compromiso que él estuvo hablando con todoslos vecinos y se comprometió con ellos a darles solución a este tema.

Abierto el segundo turno de intervenciones, D. Carlos Beltrán Esteve,dice, que el temor no sabe de dónde viene, el de la Moción anterior era quefijaban 300.000 euros, pero aquí no dicen nada. Señala, que este mismo presagiode que no saben la que les espera en el Presupuesto 2010, que no lo conocen, esdecir, que no saben ni se imaginan lo que va a ser el Presupuesto de ingresos,

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pues, habría que explicarles a los vecinos qué poca suerte tienen, porque otrosno sufren esos problemas de tesorería, pues sí, le va a decir quién, si lo sabe elSr. Valiente Navarro, 450.000 euros ya pagados, esos no tienen problemas deingresos, la UTE que está rehabilitando la Plaza de Toros, ésos ya han cobrado,han presentado una certificación y en menos de un mes ya han cobrado, pero quese les diga a los vecinos del Barrio de San Francisco que no se crea ni unapartida en la que, normalmente se suele poner un euro para crear la partida, porsi vienen subvenciones, ése es el problema de tensión de tesorería, quiere decir,achacar a que como no hicieron caso y no lo pusieron en el Plan E, ahora no sepuede arreglar esto porque el Presupuesto Municipal no lo puede soportar,cuando aquí, precisamente, en esta Moción no se está indicando una cantidad,sino que es un trabajo a realizar por quien tiene la responsabilidad hasta 2011por lo menos. Él sabe que ahora hay una aglomeración de trabajo muy urgente,pero también hay un ahorro importante en el Capítulo 1, ténganlo todo encuenta, se pueden seguir ajustando el cinturón, valorar lo que es importante, loque es necesario y sobre todo, darle una respuesta a un grupo de personas quehan manifestado una preocupación, que le llegó al equipo de gobierno y, poreso, querían que se incluyera en el Plan E. Piensa que es muy sencillo, defenderesta Moción, no implica, de momento, comprometer un gasto definido, eso quele daba tanto temor al Concejal de Hacienda en la Moción del Plan General deOrdenación Urbana, aquí esto no se produce, por tanto, compromiso de crearuna partida, de momento el presupuesto de 2010 no está, no saben si se le esperao no, pero no está, cuando lo tengan verán, pero pónganse a trabajar en labúsqueda de las subvenciones y le den una solución a los vecinos. Pregunta¿Plan Confianza no hay otro?, lo dice por si se puede incluir, Plan E cree quetres, de momento, no va a haber, si lo hubiera, no se preocupen, pero cree que nova a haber, porque las condiciones económicas van cambiando y los Planes son,en este caso, coyunturales para atacar situaciones económicas determinadas.

Finaliza el Sr. Beltrán Esteve, diciendo, que no cuesta nada, si el puntouno ya estaban de acuerdo, porque lo propuso el equipo de gobierno, que sehaga, si además acaba de decir que se había empezado un trabajo, que secontinúe. Respecto al punto dos, se trata de crear un párrafo en el Presupuesto,que diga partida para esto, pero con un objeto muy claro, conseguir financiaciónexterna, que la hay, pero para eso se tiene que tener una partida presupuestaria,porque lo primero que piden siempre, lo saben los Concejales que estánmanejando dos años y medio partidas presupuestarias y buscan financiaciónexterna, es tener una partida presupuestaria, aunque sea por un euro, antes erauna peseta, y él piensa que eso no es tan descabellado.

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D. José Joaquín Valiente Navarro, responde al Sr. Beltrán Esteve, que selo va a decir una vez más, ya que ha hecho referencia directa a eso. ElExministro Jordi Sevilla, le dijo a Zapatero, “creo que esto con un par delecciones de economía yo te enseño”. Cree que el Sr. Beltrán Esteve tiene quepedir consejo a algunos de los Concejales de Hacienda de su mismo PartidoPolítico y que le den un par de clases sobre lo que son los PresupuestosMunicipales, pues, no siga confundiendo los ingresos municipales con latesorería municipal, que no tiene nada que ver, sí a la hora de tener liquidez en elAyuntamiento, o sea, no le diga que tiene que ver los ingresos municipales conque se pague una certificación a una empresa que tiene derecho a cobrar. Diceque no tiene nada que ver una cosa con la otra, o sea, no venga al Pleno amezclar tonterías, porque son tonterías, no mezcle dos conceptos completamentediferentes y que no tienen nada que ver, o sea, no intente confundir a lapoblación porque no es así. Por tanto, le rogaría encarecidamente, que no vuelvaa decirlo, y cuando se sienten a ver los Presupuestos, porque imagina que sesentarán, si quiere se lo explica él mismo y le explica lo que son los ingresos, loque es la tesorería, lo que son los gastos, le da un par de clases y se entienden.Por tanto, repite que el Partido Popular va a votar negativamente, porque teníanprevisto incluirlo en el Fondo Estatal para el Empleo en la Sostenibilidad Local,pero como ya saben el resultado de la votación, el Partido Popular siguemanteniendo su posición inalterable.

Cierra el turno de intervenciones, D. Carlos Beltrán Esteve, quienmanifiesta, que está muy bien la gracia del Sr. Valiente Navarro, es decir, amicrófono abierto, explicar en una hora una clase de economía, está muy bien,como una gracia a estas horas de la noche, lo acepta. No obstante, el problemaes ¿qué hacen con esto, lo arreglan o no? Si el Partido Popular, dice, queperdieron la oportunidad del Plan E, también ellos perdieron la oportunidad deotras cosas en el Plan E primero y también alguna, a lo mejor, en el PlanConfianza, que por cierto, aunque se hayan hecho trámites administrativos,todavía no se ha ejecutado ningún proyecto. Recuerda que el Partido Popularpropuso el apuntalamiento de las viviendas del Barrio San Francisco y ellosentendieron que eso es legítimo, por mucho que le pretenda dar lecciones el Sr.Valiente Navarro, que espera que no le cobre, de clases de economía, es legítimoque el Grupo Socialista pida esto y que en el proyecto del Plan E, entiendan elFondo de otra manera y por eso se aprobó uno y no se aprobó el otro. Además,le parece muy bien y espera, como según se ha comprometido, a que el 4 defebrero, aquellos proyectos que lleguen hasta el Fondo que tienen previstoasignado se puedan enviar, pero esto hay que solucionarlo. Ellos se podían haber

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callado, haber dejado pasar el mes de enero, el de febrero y el de marzo, a lomejor, las viviendas seguían igual, pero su compromiso estaba en que entendíanque esto no podía entrar por su filosofía en el otro, pero ofrecen una solución,que es crear una partida presupuestaria, no le están poniendo 150.000, 200.000 ó300.000 euros, ahora eso sí, les están pidiendo, porque ellos no pueden ir a undepartamento municipal a ordenárselo a los técnicos, les están pidiendo gestióny la gestión implica buscar financiación externa. Recuerda el Sr. Beltrán Esteve,que el Partido Popular, a él le llamó la atención al principio de la legislatura,creó un puesto de confianza a la búsqueda de subvenciones, que terminó el 30 dejunio pasado. Expresa que no tenía mal concepto de la persona que lo estabahaciendo, aunque no coincidiera en su ideología política o con su ideario o loque fuera, sin embargo, desde el 30 de junio está vacante esa plaza, ahora hanliberado parte del capítulo 1, pues, aprovéchenlo. Cree que pueden aprobarlo.

Por último, la Sra. Alcaldesa, Dª Celia Lledó Rico, manifiesta que, antesde pasar a votación, le gustaría decir en este caso, porque se trata de un temasocial, de viviendas que corren serio peligro, que algunas son de propiedadmunicipal y otras no y que, por lo tanto, podría caber algún tipo deresponsabilidad municipal. Quiere decir en este punto, que el equipo de gobiernose exime de cualquier responsabilidad de lo que pueda pasar en estos meses,hasta que con los votos favorables de algunos Concejales de no adscritos y delos Grupos de la oposición, con esta Moción no enmienden el error anterior y setengan que esperar, en el mejor de los casos, a tres meses o cuatro meses, parapoder empezar a hablar de apuntalar balcones en el Barrio San Francisco.Lamentablemente, si en el Pleno pasado ciertos Concejales que antespertenecían al Partido Popular hubieran estado, se hubiera podido aprobar elanterior Plan E, donde sí que tenían previsto este arreglo de este edificio delBarrio San Francisco, hoy se estaría hablando, ya no de crear una partidapresupuestaria, sino de dar fechas de cuándo empiezan las obras. Hoy que teníanla oportunidad de enmendar ese grave error, no se ha querido hacer, por lo tanto,quiere repetir que el equipo de gobierno se exime de responsabilidad de lo quepudiera pasar de aquí a que esa partida presupuestaria del presupuesto de 2010,se pueda poner en vigor.

La Sra. Alcaldesa, considerando suficientemente debatido este asunto, losomete a votación. Votan en contra los seis Concejales presentes del GrupoMunicipal Partido Popular y lo hacen a favor los nueve Concejales de losGrupos Municipales PSOE y Verde, así como los cuatro Concejales no adscritospresentes. Por tanto, por mayoría, la Corporación Municipal, acuerda:

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Primero.- Apuntalamiento inmediato de los balcones con peligro dederrumbe.

Segundo.- Crear partida presupuestaria en el presupuesto 2010 con el finde acometer las obras necesarias que garanticen la seguridad de la zona,buscando las líneas de subvenciones pertinentes tanto a nivel autonómico comoestatal.

Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo a los servicios técnicosmunicipales y Concejalías de Obras y Hacienda, así como a la Asociación deVecinos del Barrio San Francisco.

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Sra. Presidenta levantó la sesiónsiendo las 24:00, del día al principio expresado, de lo que yo la Secretario,CERTIFICO.

Vº Bº LA SECRETARIO GENERAL, LA ALCALDESA,

Fdo.: Celia Lledó Rico Fdo.: Amparo Macián García