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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO COMARCAL DEL JILOCA CELEBRADA EL DÍA CUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE (4 DE JULIO DE 2013) En el Salón de Actos del Recinto Ferial de Calamocha (Teruel), Sede provisional para la celebración de las Sesiones de los Órganos de la Comarca, sito en la Avda. de América s/n, a cuatro de julio de dos mil trece, siendo las veinte horas, se reúne, previa convocatoria cursada al efecto, en Sesión ordinaria y en primera convocatoria, el CONSEJO COMARCAL DEL JILOCA, y con la asistencia de los miembros de la entidad comarcal siguientes: D. CARLOS MIGUEL BURRIEL LUCA D. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO ANDRÉS Dª. MARIA ASCENSIÓN BORAO ISARRIA D. ANTONIO AGUSTÍN ZABAL CORBATÓN D. JESÚS TEODORO DOMINGO MERCADAL Dª. JOSEFA CRESPO VESES D. SERAFIN NAVARRO PLUMED D. RICARDO PLUMED MALO Dª. ESTHER IBÁÑEZ MORENO D. JOSÉ ANTONIO RAMO APARICIO D. JOSÉ ÁNGEL SANCHO MARCO D. MANUEL BELTRÁN MARCO D. MANUEL RANDO LÓPEZ D. JOAQUIN SANCHEZ ROMERO D. MIGUEL RILLO SANCHO D. MANUEL BADULES PARDOS D. RICARDO RODRÍGO LUNA Dª. NURIA LÁZARO SÁNCHEZ D. MANUEL MARTÍN ANDRÉS D. JESÚS GERMES IBÁÑEZ Bajo la Presidencia en Funciones de Dª. ESTHER IBÁÑEZ MORENO y asistidos de la Secretario Dª. Mª. Teresa Sabaté Coma, al objeto de celebrar sesión ordinaria, a la que asiste quórum suficiente para su válida celebración.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO COMARCAL DEL JILOCA CELEBRADA EL DÍA CUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE

(4 DE JULIO DE 2013)

En el Salón de Actos del Recinto Ferial de Calamocha (Teruel), Sede provisional para la celebración de las Sesiones de los Órganos de la Comarca, sito en la Avda. de América s/n, a cuatro de julio de dos mil trece, siendo las veinte horas, se reúne, previa convocatoria cursada al efecto, en Sesión ordinaria y en primera convocatoria, el CONSEJO COMARCAL DEL JILOCA, y

con la asistencia de los miembros de la entidad comarcal siguientes:

D. CARLOS MIGUEL BURRIEL LUCA

D. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO ANDRÉS

Dª. MARIA ASCENSIÓN BORAO ISARRIA

D. ANTONIO AGUSTÍN ZABAL CORBATÓN

D. JESÚS TEODORO DOMINGO MERCADAL

Dª. JOSEFA CRESPO VESES

D. SERAFIN NAVARRO PLUMED

D. RICARDO PLUMED MALO

Dª. ESTHER IBÁÑEZ MORENO

D. JOSÉ ANTONIO RAMO APARICIO

D. JOSÉ ÁNGEL SANCHO MARCO

D. MANUEL BELTRÁN MARCO

D. MANUEL RANDO LÓPEZ

D. JOAQUIN SANCHEZ ROMERO

D. MIGUEL RILLO SANCHO

D. MANUEL BADULES PARDOS

D. RICARDO RODRÍGO LUNA

Dª. NURIA LÁZARO SÁNCHEZ

D. MANUEL MARTÍN ANDRÉS

D. JESÚS GERMES IBÁÑEZ

Bajo la Presidencia en Funciones de Dª. ESTHER IBÁÑEZ MORENO y asistidos de la Secretario Dª. Mª. Teresa Sabaté Coma, al objeto de celebrar sesión ordinaria, a la que asiste quórum suficiente para su válida celebración.

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Asisten veintidós de los veinte consejeros comarcales que de pleno derecho

integran este Consejo Comarcal, que constituyen quórum suficiente para la válida celebración del Consejo, siendo excusadas las ausencias de todos los Consejeros que no han podido asistir.

Abierta la Sesión de orden de la Presidencia, se dio lectura al Orden del Día y tras el debate se adoptaron los siguientes

ACUERDOS:

ASUNTOS DE CARÁCTER GENERAL

1.- APROBAR, SI PROCEDE, LA DECLARACIÓN DE ESTE CONSEJO COMARCAL COMO ORDINARIO, EN SUSTITUCIÓN DEL QUE VENDRÍA SEÑALADO PARA EL PRÓXIMO DÍA 11 DE JULIO.

Vistas las solicitudes verbales presentadas por algunos consejeros de la Comarca del Jiloca, alegando la imposibilidad de asistir al pleno ordinario fijado por acuerdo del Consejo Comarcal de organización, de fecha 4 de agosto de 2011, se propone acordar la declaración del presente Consejo Comarcal como ordinario, en sustitución del que vendría señalado para el próximo día 11 de julio de 2013.

Sometido el asunto a votación,

EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR, y CcA) y OCHO en contra (PSOE),

ÚNICO: Aprobar la modificación de la fecha del próximo Consejo

Comarcal, y acuerda la declaración del presente Consejo Comarcal como ordinario, en sustitución del que vendría señalado para el próximo día 11 de julio de 2013.

El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, dice que vota en contra

porque esta es la primera vez que se adelanta la fecha del pleno. Suponíamos que había un punto que no se podía retrasar, pero no es así. No es lógico modificar la fecha porque los conejeros lo piden, puesto que algunos tampoco han venido.

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La Sra. Presidenta en funciones, Sra. Esther Ibáñez, contesta que los consejeros que no han venido es porque les han surgido circunstancias personales y han excusado su asistencia.

El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, afirma que se intenta colaborar

con la gente que en estas fechas están realizando actividades agrícolas. Comentaron que era conveniente adelantar la fecha del Consejo Comarcal, porque la semana que viene no podrán asistir. Las ausencias han sido por circunstancias personales de última hora.

2.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION

ANTERIOR.- Dada cuenta del borrador del acta de la sesión anterior, correspondiente

a la ordinaria celebrada en primera convocatoria el día 14 de marzo de dos mil trece, la cual es aprobada por UNANIMIDAD de sus asistentes y sin enmiendas. El voto se entiende referido a aquellos consejeros que estuvieron presentes en la sesión anterior. No obstante se consigna como abstención el voto de los consejeros presentes hoy que no constan como asistentes a la sesión cuyo borrador se presenta.

ASUNTOS DE HACIENDA COMARCAL 3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO DE 2012. Según lo establecido en el artículo 22.2 e) y 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como los artículos 208 a 212 del TRLRHL, las Entidades locales, a la terminación del ejercicio formarán la Cuenta General, integrada por la de la propia Entidad, los Organismos Autónomos y las Sociedades Mercantiles de capital íntegramente local, que pondrá de manifiesto la gestión realizada en los aspectos económicos, financiero, patrimonial y presupuestario. El artículo 130 de la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón establece que la Comisión Especial de Cuentas se reunirá necesariamente antes del 1 de junio de cada año para examinar las cuentas generales de la Corporación, que se acompañarán de los correspondientes justificantes y antecedentes. Podrá, no obstante, celebrar reuniones preparatorias, si su

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Presidente lo decide o si lo solicita una cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Comisión. Los justificantes y la documentación complementaria de la Cuenta General estarán a disposición de los miembros de la Comisión, para que la puedan examinar y consultar, como mínimo, quince días antes de la primera reunión. En cuanto a la tramitación del expediente se hace constar que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 212 del TRLRHL, los estados y cuentas anuales de la Entidad Local serán rendidos por su Presidente antes del día 15 de mayo del ejercicio siguiente al que correspondan. La Cuenta General con el informe de intervención y el Dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas a que se refiere el apartado anterior, ha sido expuesta al público por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones, sin que durante dicho periodo se hayan formulado alegaciones.

En consecuencia, sometido el asunto a votación,

EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA por UNANIMIDAD de sus asistentes,

PRIMERO: Aprobar la Cuenta General del Presupuesto del ejercicio

2012, en la forma en que se encuentra redactada y consta en el expediente. SEGUNDO: Dar traslado del presente acuerdo, junto con el

expediente, al Tribunal de Cuentas, a la Cámara de Cuentas de Aragón y los demás organismos que la interesen. 4.-APROBAR, SI PROCEDE, INCOAR EL PROCEDIMIENTO DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES AL CONTRATISTA JOSÉ MARÍA TORÁN, POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO DEL CONTRATO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LA COMARCA DEL JILOCA Y TRANSPORTE AL VERTEDERO DE TERUEL.

A la vista el acta de la Comisión Informativa de RSU y Medio ambiente de fecha 17 de mayo de 2013, junto con el informe de fecha 16 de mayo de 2013, emitido por la Consejera de RSU y responsable de la Unidad Gestora del contrato de gestión del servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Transporte al Vertedero de Teruel, en los pueblos comarcales de Báguena, Bañón, Barrachina, Bello, Blancas, Bueña, Burbáguena, Caminreal, Villalba de los Morales, Castejón de Tornos, Cosa, Corbatón, Fuentes Claras, Odón, Ojos

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Negros, Las Minas de Ojos Negros, Peracense, Pozuel del Campo, Rubielos de la Cérida, San Martín del Río, Singra, Tornos, Torralba de los Sisones, Torrecilla del Rebollar, Godos, Torre los Negros, Torrijo del Campo, Villafranca del Campo y Villar del Salz, en el que describía los hechos siguientes:

A) Que a fecha de hoy día 15 de mayo de 2013, y de acuerdo con la cláusula tercera del contrato relacionado anteriormente, todavía no se ha comunicado ni realizado la limpieza de los contenedores, desde el pasado día 18 de diciembre de 2012, por lo que algunos ayuntamientos han protestado ante la Comarca del Jiloca.

B) En fecha 14 de agosto de 2012 la Comarca del Jiloca ha requerido a la

empresa para proceda al pesaje de los residuos correspondientes a envases ligeros en la báscula situada en la estación de trasferencias, el incumplimiento temporal de la orden comarcal, por parte de la empresa en realizar dicha actuación hasta la el día 19 de febrero de 2012, basada en la desobediencia del contratista en realizar el pesaje, ha repercutido económicamente en la Entidad Comarcal, puesto que durante dicho plazo se ha reducido la cantidad subvencionada por Ecoembes, cuyo importes es proporcional a los kilos de envases recogidos.

C) Tampoco a fecha de hoy se ha recibido contestación a la solicitud de

requerimiento, presentada por la Comarca del Jiloca, mediante correo certificado, en virtud de la cual se pedía a la empresa José María Torán que comunicara el peso correspondiente a los residuos procedentes de la recogida de residuos industriales, no peligrosos, a las empresas ubicadas en el polígono industrial de Calamocha, sin que a fecha de hoy se haya obtenido respuesta alguna.

D) Otra situación a tener en cuenta, basada en el presente contrato, es

que la Comarca del Jiloca ha pedido a la empresa José María Torán que presentará su autorización correspondiente que le habilita para la recogida, transporte o eliminación de envases ligeros, contestando en todo momento que ya la había aportado con anterioridad, siendo que no disponía de ella, puesto que la solicitó al Gobierno de Aragón en el mes de agosto de 2012 y se le autorizo en febrero del año siguiente, quedando constancia de la reiterada insistencia de engañar a la Entidad Comarcal, alegando en todo momento que disponía de autorización que ya la tenia presentado. Esta actuación constata dos hechos que ponen de manifiesto el incumplimiento del contrato, por una parte el engaño, falseando la información que se aportaba, y por otro la carencia de autorización para la recogida de envases ligeros que venia realizando, sin cobertura legal.

E) Actualmente y de acuerdo con la cláusula tercera del contrato

referenciado anteriormente, en el apartado primero de las mejoras, se

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consideran meses de verano desde el día 1 de mayo hasta el 15 de octubre. A fecha de hoy, la empresa, todavía no ha iniciado el servicio con las frecuencias de recogida de contenedores en periodo de verano. Esto supone la no prestación de los servicios objeto de la contrata o prestación defectuosa o insuficiente.

Estos hechos suponen el cumplimiento defectuoso o incumplimiento por parte del contratista del objeto del contrato.

Visto el informe de Secretaría de fecha 20 de mayo de 2013, en relación con la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la imposición de penalidades al contratista. Haciendo constar que el resto de documentación consta en el expediente. Sometido el asunto a votación EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR y CcA) y OCHO abstenciones (PSOE),

PRIMERO. Incoar el procedimiento para acordar la imposición de

penalidades por cumplimiento defectuoso del contrato al contratista José María Torán, a favor de quien se adjudicó en fecha 20 de septiembre de 2007, la Comarca del Jiloca y D. José María Torán, en representación de la empresa José María Torán, suscribieron un contrato de gestión de servicios, en virtud del cual el contratista adjudicatarios se comprometía a prestar la gestión del servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Transporte al Vertedero de Teruel en los pueblos comarcales de Báguena, Bañón, Barrachina, Bello, Blancas, Bueña, Burbáguena, Caminreal, Villalba de los Morales, Castejón de Tornos, Cosa, Corbatón, Fuentes Claras, Odón, Ojos Negros, Las Minas de Ojos Negros, Peracense, Pozuel del Campo, Rubielos de la Cérida, San Martín del Río, Singra, Tornos, Torralba de los Sisones, Torrecilla del Rebollar, Godos, Torre los Negros, Torrijo del Campo, Villafranca del Campo y Villar del Salz.

SEGUNDO. Dar audiencia al contratista por un plazo de diez días, desde

la notificación de esta resolución, y al avalista o asegurador por el mismo plazo, a los efectos de que presenten las alegaciones y documentos que consideren convenientes.

TERCERO. Solicitar informe de los Servicios Comarcales sobre las

alegaciones presentadas; asimismo, que se realice informe de Intervención en relación con las garantías prestadas. En el turno de explicación de votos intervienen,

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El Sr. Joaquín Sánchez, portavoz del PSOE, dice que en la Comisión Informativa de RSU se informó que la empresa Valorización del Automóvil dejo de hacer el servicio a Calamocha, no se si se abrió expediente o no pasa nada. Por lo tanto considero que la mejor opción es abstenerse y actuar con todos los datos. La Sra. Josefa Crespo, Consejera de RSU, contesta que la empresa Valorización del Automóvil sólo tenía un contrato menor, y por problemas económicos tuvo que dejar el servicio. El Sr. Serafín Navarro, portavoz de PAR, considera que los contratos están para cumplirlos, y si hay incumplimientos que se sigan los pasos necesarios. 5.- APROBAR, SI PROCEDE, LA DESESTIMACIÓN DEL ESCRITO DE RECLAMACIÓN PRESENTADO POR LA EMPRESA JOSÉ MARÍA TORÁN A LA COMARCA DEL JILOCA. En fecha 21 de mayo de 2013, José María Torán Valero, asistido juridicamente por el letrado Luís Javier Sagarra de Moor, presenta escrito en el que expone unas alegaciones, finalizando con la solicitud de que se dicte resolución por la cual se inicie procedimiento de modificación de contrato de fecha 20 de septiembre de 2006, firmado entre Comarca del Jiloca y José María Torán, de recogida de residuos sólidos urbanos y transporte al vertedero de Teruel, para determinar el desequilibrio económico sufrido, acordando una indemnización total de 611.976,88 euros

Visto el escrito y de conformidad con los artículos 41 y ss de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se propone al Consejo Comarcal la siguiente resolución:

RESUELVO

A. ANTECEDENTES DE HECHO.

En fecha 26 de abril de 2012, la Comarca del Jiloca recibe el informe 10/1012, de abril de la Junta Consultiva de Contratación administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativo a la Modificación del contrato de Prestación del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de la Comarca

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del Jiloca y Transporte al Vertedero de Teruel, formalizado el día 20 de septiembre de 2006.

En las Conclusiones de dicho informe consta, entre otros, el siguiente

texto literal “Procede licitar un nuevo procedimiento de adjudicación que respete los principios que deben regir la contratación en el Sector Público, sin que la vigencia del contrato inicial pueda verse afectada por la contratación de forma independiente de las prestaciones no cubiertas en su objeto”.

Dejando constancia que no existe relación contractual entre la Comarca

del Jiloca y el Sr. Torán, en cuanto a los municipios de Calamocha, Monreal del Campo y la zona de Sierra Martín.

B. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Legislación aplicable.- Resultan de aplicación la Ley 13/2003, de 24 de marzo, de creación de la Comarca del Jiloca; el Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre de 2002, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades, Bienes, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Real Decreto Legislativo 2/2002, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial y Directiva 2004/18/CE, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Informe 10/2012, de 11 de abril, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, entre otras disposiciones normativas.

C. Por las razones expuestas el Consejo Comarcal ACUERDA:

PRIMERO. Desestimar totalmente el escrito de reclamación presentado

por José María Torán a la Comarca del Jiloca, en fecha 21 de mayo de 2013, por los siguientes motivos:

- Inexistencia de relación contractual entre la Comarca del Jiloca y la

empresa José María Torán, de la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos en los pueblos y barrios siguientes:

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Allueva, Bádenas, Bea, Calamocha, Cucalón, Ferreruela de Huerva, Fonfría, Lagueruela, Lanzuela, Loscos, Monforte de Moyuela, Monreal del Campo, Nogueras, Santa Cruz de Nogueras y Villahermosa del Campo.

Barrios de Calamocha: Collados, Cuencabuena, Cutanda, El Poyo del Cid, Lechago, Luco de Jiloca, Navarrete del Río, Nueros, Olalla, Valverde, Villarejo de los Olmos.

Barrios de Loscos: Mezquita y Piedrahita

SEGUNDO. Facultar a la Presidencia para la firma de cuanta

documentación sea necesaria. TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a todos los interesados y

concretamente a la empresa José María Torán. En el turno de intervenciones previas a la votación, el portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, solicita que se retire este punto del orden del día, porque la última Comisión Informativa de RSU se celebró el día 17 de mayo y este escrito se presentó el día 21. Hay tiempo suficiente para hacer una Comisión Informativa y este escrito se ha recibido hoy por correo electrónico. En caso contrario no nos pronunciaremos al respecto. La Presidenta en funciones, Sra. Esther Ibáñez, contesta que la citación con el orden del día del presente Consejo Comarcal, se hizo el pasado día 28 de junio de 2013. Hasta la fecha de hoy, son 6 días, durante los cuales los expedientes han estado a disposición de todos los grupos políticos que quieran conocer o ver algún asunto, y nadie ha pedido información. No entiendo que existan motivos suficientes para retirar este punto del orden del día. La Sra. Josefa Crespo, portavoz del PP y Consejera de RSU, está de acuerdo con lo expuesto por la Sra. Ibáñez, los documentos han estado durante 6 días a disposición de los consejeros y este es un documento externo, se ha dado tiempo suficiente para su consulta. El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, añade que el Informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Gobierno de Aragón, deja muy claro que no existe relación contractual para el servicio de recogida de RSU de los municipios de Calamocha, Monreal del Campo y la Zona del Río Martín, entre la Comarca del Jiloca y la empresa que presenta el escrito, por lo tanto no procede ninguna indemnización económica. Sometido el asunto a votación,

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EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con ONCE votos a favor (PP y PAR) y UNA abstención (CcA), haciendo constar que el grupo del PSOE dice que no quiere votar nada. ÚNICO: Aprobar la desestimación del escrito de reclamación presentado por José María Torán a la Comarca del Jiloca, en fecha 21 de mayo de 2013, por todos los motivos relacionados anteriormente 6.- APROBAR, SI PROCEDE, CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR DEL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LAS COMARCAS ARAGONESAS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS “CREACIÓN DE UNA CARTOGRAFÍA COMARCAL” Y “APLICACIÓN ESPECÍFICA PARA SMARTPHONE/TABLET SOBRE EL TURISMO EN LAS COMARCAS. Visto el Convenio de Colaboración entre el Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón y las Comarcas Aragonesas para la ejecución de los proyectos “Creación de una cartografía comarcal” y “ Aplicación Específica para Smartphone/Tablet sobre el Turismo en las Comarcas”, y teniendo en cuenta el informe de Secretaría, sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la aprobación del Convenio administrativo de colaboración entre la Comarca del Jiloca y el Gobierno de Aragón, con el objeto de la encomienda de gestión, al Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón, de las actuaciones de carácter administrativo y técnico necesarias para la ejecución de los proyectos detallados anteriormente.

Recibido en la Comarca del Jiloca el texto negociado del Convenio de Colaboración, en fecha 13 de junio de 2013.

La cantidad que deberá abonar la Comarca del Jiloca para esta actuación asciende a un total de 2.800 euros.

Visto el informe de Secretaría de fecha 27 de junio de 2013, que

constata que el Convenio es ajustado a Derecho e incluye, por tanto, propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Consejo Comarcal, a propuesta de la Comisión Informativa de Turismo, y de conformidad con el artículo 47.2.h) de la Ley de Bases del Régimen Local,

Acreditada la existencia de crédito suficiente y adecuado para realizar

esta actuación. Sometido el asunto a votación,

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EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR y CcA) y OCHO en contra (PSOE),

PRIMERO. Aprobar el texto del Convenio administrativo de colaboración

entre la Comarca del Jiloca y el Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón para la ejecución de los proyectos “Creación de una cartografía comarcal” y “ Aplicación Específica para Smartphone/Tablet sobre el Turismo en las Comarcas”, con el objeto de la encomienda de gestión, al Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón, de las actuaciones de carácter administrativo y técnico necesarias para la ejecución de los proyectos detallados en los términos en que figura en el expediente.

SEGUNDO. Aprobar el gasto de 2.800 euros, que le corresponde abonar

a la Comarca del Jiloca para realizar esta actuación. TERCERO. Publicar el presente Acuerdo, con el texto del Convenio, de

conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

CUARTO. Facultar a la Sra. Presidenta de esta Corporación, en

representación de la Comarca, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para suscribir el citado Convenio de Colaboración y cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. En el turno de explicación de votos intervienen, El Sr. Joaquín Sánchez, portavoz del PSOE, dice que votan en contra porque le parece bien la creación de una cartografía comarcal, pero no que el Gobierno de Aragón haga una cartografía y que la Comarca aporte 2.800 euros. Que el Gobierno de Aragón aporte esta cantidad y no nos lo exija a nosotros, invitan ellos y nosotros pagamos. El voto en contra no es a la cartografía, sino a la aportación económica. El Gobierno de Aragón tiene recursos. La Sra. Esther Ibáñez, Presidenta en Funciones, responde que el Gobierno de Aragón se compromete a realizar una Cartografía Comarcal para que todas las comarcas aragonesas tengamos la misma. La Comarca del Jiloca ya tiene reservada esta partida presupuestaria y el Gobierno de Aragón sirve de enlace para unir criterios para todas las comarcas y que no vayamos cada una por libre.

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7.- RATIFICAR, SI PROCEDE, EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA COMARCA DEL JILOCA PARA LA DETERMINACIÓN DEL DESTINO DE DETERMINADOS FONDOS DE LA SECCIÓN 26, PARA CONTRIBUIR A LA VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO EN 2013. Visto el informe de la Comisión Informativa de fecha 28 de mayo de 2013, donde se da cuenta de las Resoluciones de Presidencia nº 76 y 77 de 2013, junto con el informe de Secretaría, sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la aprobación del Convenio administrativo de colaboración entre la Comarca del Jiloca y el Gobierno de Aragón, para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en el año 2013.

Visto el informe de Secretaría en el que constata que el Convenio es

ajustado a Derecho e incluye, por tanto, propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, a propuesta de la Comisión Informativa, de conformidad con el artículo 47.2.h) de la Ley de Bases del Régimen Local, el siguiente

Sometido el asunto a votación,

EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR y CcA) y OCHO abstenciones (PSOE),

PRIMERO. Ratificar el texto del Convenio administrativo de colaboración

entre la Comarca del Jiloca y el Gobierno de Aragón, para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en el año 2013, en los términos en que figura en el expediente.

SEGUNDO. Publicar el presente Acuerdo, con el texto del Convenio, de

conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

TERCERO. Facultar a la Sra. Presidenta de esta Corporación y en

representación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para suscribir el citado Convenio de Colaboración y cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. En el turno de explicación de votos intervienen,

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El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, dice que el PP está reduciendo partidas sociales, educación y sanidad que no estamos de acuerdo. Nos consta que hay municipios que tienen convenios específicos como el de teleasistencia. La Consejera de Educación redujo el 80% a las escuelas infantiles, y como solución fácil dio el dinero a la Comarca, este año será suficiente, pero el otro puede que no sea tanto, y finalmente nada. Estaremos vigilando que se aporte la cantidad suficientes, por esto nos abstenemos. El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, considera que todo aporte de dinero a nuestra Comarca es bienvenido, sea para el fin que sea. Que las subvenciones van disminuyendo, es un hecho que sucede desde 6 o 7 años atrás. Es posible que esta aportación sea reducida en los próximos ejercicios, pero esto no es algo nuevo. La Sra. Esther Ibáñez, Presidenta en Funciones, dice que el servicio de teleasistencia se financia íntegramente por la Diputación Provincial de Teruel, mientras que las Guarderías tienes una parte de subvención por la DPT y otra por la Comarca, hasta completar el importe de los años anteriores. Estas escuelas infantiles este ejercicio tienen apoyo económico 8.- APROBAR, SI PROCEDE, EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMARCA DEL JILOCA Y LOS AYUNTAMIENTOS CORRESPONDIENTES, PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ESCUELA INFANTIL. Visto el informe de la Comisión Informativa de fecha 28 de mayo de 2013, donde se da cuenta del Convenio administrativo de colaboración entre la Comarca del Jiloca y el Gobierno de Aragón, para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en el año 2013, del cual se deriva el presente convenio de colaboración entre la Comarca del Jiloca y los Ayuntamientos de Calamocha, Monreal del Campo y Ojos Negros, para el mantenimiento de las escuelas infantiles, junto con el informe de Secretaría, sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la aprobación del mismo.

Con la firma del presente convenio, la Comarca del Jiloca aportará las cantidades siguientes para el mantenimiento de las escuelas infantiles de: 49.000 euros al Ayuntamiento de Calamocha, 41.000 euros al Ayuntamiento de Monreal del Campo y 17.000 euros al Ayuntamiento de Ojos Negros.

Visto el informe de Secretaría, dejando constancia, que el Convenio es

ajustado a Derecho e incluye, por tanto, propuesta de resolución, de

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conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, a propuesta de la Comisión Informativa, adopta por mayoría absoluta, de conformidad con el artículo 47.2.h) de la Ley de Bases del Régimen Local, el siguiente

EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR y CcA) y OCHO abstenciones (PSOE),

PRIMERO. Aprobar el texto del Convenio administrativo de colaboración entre la Comarca del Jiloca y los Ayuntamientos de Calamocha, Monreal del Campo y Ojos Negros, para el mantenimiento de las Escuelas Infantiles, en los términos e importes que figura en el expediente.

SEGUNDO. Publicar el presente Acuerdo, con el texto del Convenio, de

conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO. Facultar a la Presidenta de esta Corporación, de conformidad

con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para suscribir el citado Convenio de Colaboración y cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. En el turno de explicación de votos intervienen, La portavoz del PP. Sra. Josefa Crespo, considera que se reducen las subvenciones respecto de los años anteriores. Con este Convenio logramos que las Escuelas Infantiles reciban la misma cantidad que el año pasado. El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, se abstienen porque las Escuelas Infantiles son competencia del Departamento de Educación. La Comarca no tiene transferida la competencia. Educación tiene la obligación de atender y hacer la aportación, si reduce el 80% debe ver de donde reduce. La obligación adquirida se debe mantener. La Sra. Presidenta en Funciones contesta que no nos obligas a una cantidad, se pidió si podíamos colaborar. Cada comarca aporta lo que cree necesario. El Sr. Miguel Ángel Navarro, vicepresidente segundo, dice que para financiar los servicios se necesita presupuesto. Este Gobierno da los servicio que puede, porque antes hemos tenido que pagar todo lo que ustedes han dejado a deber en este país.

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El Sr. Sánchez Romero contesta que al final nosotros sabíamos que debía reducirse el gasto, pero no sobre derechos. Está costando derechos y no les duelen prendas, sin más. El Sr. Navarro Andrés responde que el Partido Popular está reparando todo lo que ustedes han dejado. Los servicios deben pagarse con partidas presupuestarias, y ustedes dejaron muchas deudas. 9.- APROBAR, SI PROCEDE, EL ACUERDO SOBRE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LA COMARCA DEL JILOCA Y SU TRANSPORTE AL VERTEDERO DE TERUEL.

El informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón núm. 10/2012 concluía la improcedencia de modificación del actual contrato para incluir nuevos municipios en el ámbito del contrato de recogida de residuos sólidos urbanos. Ante tal conclusión las alternativas para la gestión del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos pasan por la celebración de un nuevo contrato para la gestión de los municipios que actualmente no se encuentran dentro del ámbito del contrato adjudicado en 2006 manteniendo la vigencia del original, o bien, previa resolución del contrato actualmente en vigor, licitar un contrato que comprenda todo el ámbito territorial de la Comarca. Puesto que la primera opción supondría establecer diferentes condiciones de prestación del servicio para los municipios, se recomienda la segunda solución.

Durante la tramitación del procedimiento debe analizarse la concurrencia de causas que permitan resolver el contrato vigente. Como hitos fundamentales del procedimiento deben mencionarse la audiencia al actual contratista, así como la emisión de un informe por el Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma de Aragón en caso de que el contratista muestre su oposición a la resolución del contrato.

La legislación de contratos del Sector público permite la tramitación simultánea de ambos procedimientos para garantizar en todo momento la prestación del servicio.

Acreditada la existencia de crédito suficiente para realizar esta actuación Sometido el asunto a votación, EL CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DOCE votos a favor (PP, PAR y CcA) y OCHO en contra (PSOE).

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PRIMERO.- Aprobar el acuerdo de inicio del procedimiento para la

resolución del contrato para la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos en la Comarca del Jiloca y su transporte al vertedero de Teruel, de los municipios comarcales de Báguena, Bañón, Barrachina, Bello, Blancas, Bueña, Burbáguena, Caminreal, Villalba de los Morales, Castejón de Tornos, Cosa, Corbatón, Fuentes Claras, Odón, Ojos Negros, Las Minas de Ojos Negros, Peracense, Pozuel del Campo, Rubielos de la Cérida, San Martín del Río, Singra, Tornos, Torralba de los Sisones, Torrecilla del Rebollar, Godos, Torre los Negros, Torrijo del Campo, Villafranca del Campo y Villar del Salz, adjudicado el 9 de septiembre de 2006,

SEGUNDO. Dar audiencia al contratista por un plazo de diez días

naturales desde la notificación de esta resolución, y al avalista o asegurador por el mismo plazo, a los efectos de que presenten las alegaciones y documentos que consideren convenientes.

TERCERO. Solicitar informe de los Servicios Municipales sobre las

alegaciones presentadas y sobre la valoración de los bienes que van a revertir al Ayuntamiento si se procede a la resolución del contrato, en virtud del artículo 288.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; asimismo, que se realice informe de los Servicios Jurídicos (Secretaría).

CUARTO.- Autorizar a la Sra. Presidenta para la firma de cuanta documentación sea necesaria.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a todos los interesados y concretamente a la empresa José María Torán.

En el turno de explicación de votos intervienen,

El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, dice que ya votaron en contra la otra vez, cuando se llevó el mismo punto en el pasado mes de septiembre. Consideramos que los contratos están para cumplirlos, y nuestro grupo no va apoyar la rescisión de un contrato que está en vigor. Nos guste o no. El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, explica que con fecha 11 de abril de 2012, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Gobierno de Aragón, informaba la improcedencia de modificar el actual contrato, incluyendo a los municipios que no están en contrato, y por lo tanto, se debe licitar un nuevo contrato que comprenda todo el ámbito territorial de la Comarca.

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Seguimos pensando que lo mejor, y así lo manifestamos en el Pleno Comarcal de fecha 13 de septiembre de 2012, sería el mutuo acuerdo de las partes, y también entendemos que a fecha de hoy, es muy difícil llegar a un entendimiento, máximo cuando en la pasada fecha 13 de septiembre de 2012 se aprobó, por este Consejo Comarcal, el inicio de la resolución del contrato. Se han interpuesto, por parte de la empresa, varias situaciones como: - El recurso contencioso-administrativo reclamando 220.000 euros más intereses de demora, - La Querella Criminal contra la Presidenta, Vicepresidenta, Consejera de RSU y Secretaria, - Reclamaciones de cantidad por valor de 611.976 euros,- Reclamación por valor aproximado de 300.000 euros, que curiosamente se presenta el mismo día que se convoca este Consejo Comarcal, - y alguna situación más. Por lo tanto, creemos que es difícil el entendimiento. A la vista de lo expuesto, entendemos que se debe mantener el principio de igualdad para todos los pueblos de la Comarca, e intentar conseguir las mejores ventajas en la prestación del servicio, y por lo tanto, hay que seguir los pasos adecuados para resolver esta situación llevando a cabo todas las actuaciones necesarias para conseguir lo que creo que todos queremos: el buen funcionamiento y efectividad de todos los servicios de la comarca. Por cierto, en el Consejo de Septiembre, el PSOE se abstuvo en la votación de este punto.

ASUNTOS DIVERSOS 10.- ACEPTAR, SI PROCEDE, LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS DEL AYUNTAMIENTO DE MONREAL DEL CAMPO.

Visto el escrito presentado por el Ayuntamiento de Monreal del Campo, notificando el acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 27 de mayo de 2013, mediante el cual se aprueba la encomienda la gestión del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos a la Comarca del Jiloca, junto con el informe de la Comisión Informativa de la Consejería de RSU y Medio Ambiente, de fecha 17 de mayo de 2013.

Por lo expuesto, se presenta al Consejo Comarcal la aceptación, por parte de la Comarca del Jiloca, de la encomienda de gestión del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos (residuos orgánicos, envases ligeros y papel cartón) del Ayuntamiento de Monreal del Campo, para que se incluya en la próxima licitación del nuevo contrato de RSU hasta 2016, teniendo en cuenta que el informe de secretaria-intervención es favorable, puesto que se dispone de los medios y posibilidades económicas necesarios por parte de la Comarca

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del Jiloca, para que preste el servicio público de gestión del servicio de recogida de basura, encomendado por el municipio de Monreal del Campo.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

La encomienda de Gestión se financiara por el Ayuntamiento que ha encomendado la gestión del servicio.

La Comarca del Jiloca dispone de medios suficientes y adecuados para aceptar la encomienda de gestión del servicio de recogida de basura del municipio de Monreal del Campo. Por ello, está facultada para asumir la gestión mediante encomienda.

La Legislación aplicable es el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 22.2.f), 47.1 y 85.ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

La encomienda de gestión deberá formalizarse por acuerdo expreso

entre los órganos intervinientes, siendo El Pleno del Consejo Comarcal el órgano competente y encargado de resolver, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local. Sometido el asunto a votación El CONSEJO COMARCAL, ACUERDA por UNANIMIDAD de sus asistentes: PRIMERO: Aprobar la aceptación y el convenio de la encomienda de gestión del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos del Ayuntamiento de Monreal del Campo (residuos orgánicos, envases ligeros y papel cartón), desde la fecha de la firma del documento, hasta el 31 de diciembre de 2016, en los términos descrito y relacionados en el expediente. SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a todos los interesados y Dar publicidad mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

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TERCERO: Autorizar la disposición de fondos del presupuesto comarcal previstos para este fin. CUARTO: Autorizar a la Sra. Presidenta para la firma de cuanto en derecho sea necesario. En el turno de explicación de votos intervienen, La Sra. Josefa Crespo, portavoz de PP y Consejera de RSU, afirma que se alegra de esta encomienda de Gestión solicitada por el Ayuntamiento de Monreal del Campo, porque ahora estará todo el término comarcal dentro del servicio de recogida de residuos que presta la comarca. El portavoz del PAR, Sr. Serafín Navarro se alegra de que el Ayuntamiento de Monreal del Campo haya recapacitado y se sume al servicio de recogida de residuos que presta la Comarca del Jiloca a todos los municipios. Espera que este sea el último baile. 11.- APROBAR, SI PROCEDE, QUE LA COMARCA DEL JILOCA PARTICIPE EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE FACILITAN LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN EL ÁMBITO RURAL, PARA EL AÑO 2013, ASÍ COMO LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE PROGRESIVIDAD EN FUNCIÓN DE LA RENTA PARA DETERMINAR LA APORTACIÓN DE CADA USUARIO, SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA. Vista la orden de 4 de abril de 2013, del Consejero de Sanidad Bienestar Social y familia, por la que se convocan subvenciones para el año 2013, para la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar laboral en el mundo rural, dirigidas a Comarcas Aragonesa, y teniendo en cuenta la solicitud de subvención presentada por la Comarca del Jiloca en fecha 9 de mayo de 2013, para el proyecto denominado “Proyecto de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito rural, Comarca del Jiloca”, por importe de 48.046,00 euros, para prestar servicios que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Estando previsto que se apruebe participar en la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios que facilitan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito rural, para el año 2013, así como la aplicación de criterios de progresividad en función de la renta para determinar la aportación de cada usuario, solicitada por la Dirección General de Familia.

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Sometido el asunto a votación El CONSEJO COMARCAL, ACUERDA por UNANIMIDAD de sus asistentes: ÚNICO: Que la Comarca del Jiloca, de acuerdo con la orden de 4 de abril de 2013, del Consejero de Sanidad Bienestar Social y familia, por la que se convocan subvenciones para el año 2013, participa en la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios que facilitan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito rural, para el año 2013, así como la aplicación de criterios de progresividad en función de la renta para determinar la aportación de cada usuario, solicitada por la Dirección General de Familia. En el turno de explicación de votos interviene, El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, afirmando que votan a favor de solicitar la subvención. 12.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 76 Y 77 / 2013

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA NÚMERO 76/2013

Considerando los artículos 60 y 61 del Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre del Gobierno de Aragón, así como la disposición adicional decimoctava de la Ley 9/2012, de 27 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2013.

Visto el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y la

Comarca del Jiloca para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en 2013, cuyo objeto es definir las funciones y servicios a las que las Comarcas destinarán los fondos incorporados que completan la financiación de los servicios comarcales.

En uso de las atribuciones que a esta Presidencia le confiere el art.21.a y

f de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 13/2003, de 24 de marzo de Creación de la Comarca del Jiloca, y demás disposiciones de pertinente aplicación

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RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Comarca del Jiloca para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en 2013, cuyo importe asciende a la cantidad de quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos veintiún euros con treinta y cinco céntimos (589.421,35 €).

SEGUNDO.- Designar representantes en la Comisión de Seguimiento del Convenio a Dña. Silvia Lario Hernández y a Dña. Esther Ibáñez Moreno, siendo sus sustitutos Don Miguel Ángel Navarro Andrés y Don Serafín Navarro Plumed.

TERCERO.- Ratifíquese en el próximo Consejo Comarcal que se celebre. Calamocha, a 27 de mayo de 2013.

LA PRESIDENTA

Fdo.: SILVIA LARIO HERNÁNDEZ.

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA NÚMERO 77/2013.

Visto el Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la

Comarca del Jiloca para la determinación del destino de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en 2013.

Considerando la Resolución de Presidencia número 76/2013, de 27 de

mayo de 2013.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en Dña. Esther Ibáñez Moreno, Vicepresidenta Primera de la Comarca del Jiloca, la firma del Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Comarca del Jiloca para la determinación del destino

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de determinados fondos de la sección 26, para contribuir a la vertebración del territorio en 2013.

SEGUNDO. Notificar la presente Resolución a la interesada y dese

cuenta al Consejo Comarcal en la próxima sesión que se celebre. Calamocha, a 27 de mayo de 2013.

LA PRESIDENTA

Fdo.: SILVIA LARIO HERNÁNDEZ. Los Sres. Consejeros se dan por enterados 13.- DAR CUENTA DEL AUTO DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2013. Se da cuenta del Auto 54/2013, de fecha 17 de junio de 2013, de la Audiencia Provincial, Sección nº 1, de Teruel correspondiente a las Diligencias Previas nº 819/12, rollo de apelación Penal 28/2013. Con la siguiente Parte Dispositiva: La Sala Acuerda desestimar el recurso de apelación formulado por doña Silvia Lario Hernández, doña Josefa Crespo Veses, Doña Teresa Sabaté Coma y Doña Esther Ibáñez Moreno, así como el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña María Victoria Sánchez Villafranca en representación de Don José María Torán Valero contra el auto de fecha 14 de marzo de 2013, dictado en Diligencias Previas nº 819/2012 seguidas en el Juzgado de Instrucción de Calamocha, confirmando íntegramente el mismo, cuyo tenor literal reza: “ Se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponderle al perjudicado ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa”. Los Sres. Consejeros se dan por enterados. 14- APROBAR, SI PROCEDE, LA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL PROPUESTA POR TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS DE LA COMARCA DEL JILOCA Ante los gravísimos daños sufridos por el sector agrícola y ganadero de varios municipios de la Comarca del Jiloca como consecuencia de la extraordinaria tormenta de granizo que tuvo lugar el pasado veintiuno de junio,

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y dado que a fecha de hoy ya pueden cuantificarse pérdidas millonarias en cultivos como la cebada, el trigo, el maíz, las hortalizas, etc, el Pleno de la Comarca del Jiloca acuerda: Instar al Gobierno de Aragón y a las Cortes de Aragón a que adopten una serie de medidas urgentes con la finalidad de tratar de paliar las nefastas consecuencias de dicha tormenta de granizo, para lo que los grupos políticos de la Comarca del Jiloca elevan el presente acuerdo al Departamento de Presidencia, al Departamento de Política Territorial, al Departamento de Agricultura, así como a la Presidencia de las Cortes de Aragón y a los Grupos parlamentarios de las Cortes de Aragón, proponiendo la adopción de las siguientes medidas:

1. - Impulsar con la mayor celeridad posible peritación de los daños. 2. - Realizar de forma inmediata el pago de las indemnizaciones, una vez peritados los daños. 3. - Reducción de los módulos fiscales para todos los municipios afectados. 4. - Condonación de las cuotas de la Seguridad Social para los agricultores y ganaderos afectados. 5. - Adelanto de las ayudas de la P.A.C en todos los municipios afectados. 6. - Revisión de los préstamos públicos oficiales de los agricultores y ganadores afectados. 7. - Fijar un año de carencia en los préstamos I.C.O. vigentes. 8. - Establecer una línea de financiación a bajo interés. 9. - En relación a los daños que no sean cubiertos por seguros agrarios, habilitar las ayudas correspondientes para paliar los daños por parte de la Administración General del Estado.

10. - Fomentar y apoyar desde la Administración General del Estado y desde la Comunidad Autónoma la contratación de seguros agrarios.

Sometido el asunto a votación, El CONSEJO COMARCAL, ACUERDA con DIECINUEVE votos a favor (PP, PAR, CcA y PSOE), y UNA abstención (Sr. Carlos Miguel Burriel Luca) Aprobar la Declaración Institucional transcrita anteriormente. En el turno de explicación de votos intervienen, El Sr. Joaquín Sánchez, portavoz del PSOE, afirma que así son las cosas, cuando hay una catástrofe que se pida ayuda, es bueno que se ayude a todos.

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El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, dice que la declaración ha sido creada por todos los grupos y sindicatos agrarios de la Comarca del Jiloca. RUEGOS Y PREGUNTAS En este apartado intervienen, El portavoz del PSOE, Sr. Joaquín Sánchez, presenta un ruego y dos preguntas, Ruego con el tema del antigranizo. En la legislatura iniciada en el año 2003, se puso en marcha las estufas antigranizo, hasta que algunos ayuntamientos dejaron de pagar. Les dijimos al Consorcio que cobrara él directamente a los ayuntamientos, pero no aceptó y este tema termino en el Juzgado de lo Contencioso, con la condena al pago por parte de la Comarca del Jiloca, y el Consejo tomó el acuerdo de salir del Consorcio. Ahora hemos visto que ha habido pedrisco, si hubiéramos estado en el Consorcio es posible que no nos hubiera afectado. Rogamos que la Comarca del Jiloca vuelva a solicitar el ingreso en el Consorcio antigranizo, y que asuma todo el gasto. Esto beneficia a todos. Que se tenga en consideración este ruego cuanto antes. La primera pregunta es que los ayuntamientos han recibido una carta, que dice que la Comarca aportará 300 euros para actuaciones medioanbientales. ¿por qué? La segunda pregunta se refiere al Ciclo de Conciertos, quiero saber ¿cómo se organizan y publicitan los conciertos?, hoy actúan en Monreal del Campo, pero la gente no lo sabe y no se han enterado. El Sr. Serafín Navarro, portavoz del PAR, contesta que todos los conciertos se han publicitado en los mismos medios de comunicación, mediante cuñas en la radio de Onda Cero, desde primeros de julio, en la Iglesia que iban a realizar el concierto, en la Televisión Local de Calamocha, en la página Web de Comarca y a Monreal del Campo se mandaron folletos. Además, en Monreal se ha cambiado la hora a las 8,30 por la misa y se ha dicho a través del micrófono de la iglesia. El Sr. Sánchez dice que en Fuentes Claras no se han enterado.

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Interviene la Sra. Presidenta en Funciones, para explicar que los 300 euros, más IVA. Se refieren a una actuación que se ha propuesto por el Gobierno de Aragón relacionada con la prevención de incendios. Hemos notificado la iniciativa a los ayuntamientos para que decidan el lugar en donde pueden actuar. La Comarca del Jiloca, en el presupuesto del presente ejercicio, ha dejado una partida presupuestaria abierta de 18.000 euros más IVA, para actuaciones que ayuden a prevenir los incendios forestales, dejando a elección del ayuntamiento beneficiario que decida el lugar exacto en el que quiere que se le realice la actividad. El portavoz del PSOE responde que el Gobierno de Aragón está tutelando la actuación de la Comarca. El portavoz del PAR, Sr. Serafín Navarro, quiere responder al ruego presentado por el Sr. Sánchez, que si lo que quiere es que Comarca asuma el pago de todo el Consorcio para la Lucha Antigranizo, lo debía haber hecho él el día siguiente al que se notificó la Sentencia que condenaba al pago de las cuotas de los municipios a la Comarca del Jiloca. Esto lo debía haber hecho hace 3 años, cuando usted era Presidente. Replica el Sr. Sánchez que hace unos años había unos municipios que no pagaban, de los errores surgen las enmiendas. Quien no pagaba era Calamocha. El Sr. Navarro contesta que tampoco pagaba San Martín del Río. La Sra. Esther Ibáñez, Presidenta en funciones, dice que la deuda la generan los pueblos grandes y los pequeños, cada uno según sus medidas y proporciones. El Sr. Miguel Ángel Navarro Ándrés, quiere manifestar que cuando la Comarca tuvo los problemas con el Consorcio Antigranizo, los consejeros de la oposición le propusieron que la Comarca asumiera el pago de las cuotas de todos los ayuntamientos, y usted no lo aceptó. Pero no pudo llegar a cobrar la deuda ni en tres años. Ha sido ahora, con el nuevo equipo de gobierno, cuando la Comarca ha podido cobrar todas las deudas que usted generó. Al Sr. José Ángel Sancho Marco le parece lamentable que si no llega a apedrear, de esto no se acuerda nadie Y no habiendo otros ni más asuntos que tratar, se levanta la sesión de orden de la Presidencia, siendo las veintiuna horas y veinticinco minutos, de lo que yo como secretario doy fe.