actividad 1 y 2

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Colegio De Educación Profesional Técnica Del Estado De Veracruz. CONALEP-165 LIC: Jesús Reyes Heroles. ALUMNA: María De Los Ángeles Cruz Bautista. MODULO: Aplicación De La Normatividad Informática. NOMBRE DE LA ACTIVIDAD 2: Descripción de casos de Normatividad aplicables al usuario en la legislación informática. UNIDAD Y RESULTADO DE APRENDIZAJE: Unidad1: Distinción de la normatividad del derecho informático. Resultado de Aprendizaje: 1.1 Identifica el marco jurídico del derecho informático relativo al manejo de la información y a la función del usuario, conforme a las leyes, normas y principios mexicanos. INSTRUCCIONES: * Elabora una tabla donde escriba: Concepto, propósito, artículos o leyes y sanciones aplicables. Asocie dicho elementos al ámbito de la función informática. Considere los elementos que se enlistan a continuación: Derecho de Información. Libertad de expresión. Derecho a la Privacidad. Firma electrónica. Criptografía

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Colegio De Educacin Profesional Tcnica Del Estado De Veracruz.CONALEP-165LIC: Jess Reyes Heroles.ALUMNA:Mara De Los ngeles Cruz Bautista.MODULO:Aplicacin De La Normatividad Informtica.NOMBRE DE LA ACTIVIDAD 2:Descripcin de casos de Normatividad aplicables al usuario en la legislacin informtica.UNIDAD Y RESULTADO DE APRENDIZAJE:

Unidad1:Distincin de la normatividad del derecho informtico.

Resultado de Aprendizaje:1.1 Identifica el marco jurdico del derecho informtico relativo al manejo de la informacin y a la funcin del usuario, conforme a las leyes, normas y principios mexicanos.

INSTRUCCIONES:*Elabora una tabla donde escriba: Concepto, propsito, artculos o leyes y sanciones aplicables. Asocie dicho elementos al mbito de la funcin informtica. Considere los elementos que se enlistan a continuacin: Derecho de Informacin. Libertad de expresin. Derecho a la Privacidad. Firma electrnica. Criptografa

Concepto Propsito Artculos/leyesSanciones aplicables

Derecho de Informacin.

Conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos nacidos en la interrelacin entre el derecho y la informtica.Garanta universal inalienable de todos los hombres que no debe limitarse.Base de la "democracia", por lo tanto, si se le limita se est afectando directamente el sano equilibrio democrtico de la sociedad.Dar a conocer los usos, aplicaciones, y las implicaciones legales de la informtica en cuanto a lo que establece la ley.

Se establecern mecanismos de acceso a la informacin y procedimientos de revisin expeditos. Estos procedimientos se sustanciarn ante rganos u organismos especializados e imparciales, y con autonoma Operativa, de gestin y de decisin.Artculo 6: siguientes principios y bases:I. Toda la informacin en posesin de cualquier autoridad, entidad, rgano y organismo federal, estatal y municipal, es pblica y slo podr ser reservada temporalmente por razones de inters pblico en los trminos que fijen las leyes.En la interpretacin de este derecho deber prevalecer el principio de mxima publicidad.El Derecho Penal regula las sanciones para determinados hechos que constituyen violacin de normas del Derecho y en este caso del Derecho informtico, en materia del delito ciberntico o informtico, entonces se podra comenzar a hablar de del derecho Penal Informtico. Con el debido uso que se le den a estos instrumentos informticos, se llevara una idnea, eficaz y eficiente organizacin y control de estos entes. Dependiendo de la falta que se haga se da la sancin o sanciones.Las sanciones aplicables a la falta del derecho informtico dependen de la falta cometida.

Libertad de expresin.

Medio para la libre difusin de ideas. Es la libertad de expresar pensamientos, ideas o creencias a travs de la palabra.Brindamos o damos a conocer que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y expresin. Que las personas se puedan expresar con libertad de aquello que no est de acuerdo.Artculo 6 de la constitucin establece que la manifestacin de ideas no ser objeto de ninguna inquisicin judicial a menos de que afecte a terceros y/o dae la moral. En el Articulo 19 de la Declaracin universal de los derechos humanos se lee Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y expresin.Prisin hasta por dos aos o multa de uno a diez das de salario (sic), supongo que se refiere al mnimo, o ambas sanciones.Existen multas dependiendo de la falta a esta ley (salario, minimo, etc).

Derecho a la privacidad.

No hay persona que pueda difamar a otra persona por ningn motivo ni a travs de un medio electrnico. mbito de la vida personal de un individuo que se desarrolla en un espacio reservado y debe mantenerse confidencial.Establecer y asegurarse de que ninguna persona sea molestada en su persona en ningn lugar y a travs de un medio electrnico.Que cada persona pueda hacer lo que guste dentro de su privacidad.El artculo 16 de la constitucin dice que solo se puede molestar a alguien con un fundamento por escrito con el sello de una autoridad.La correspondencia que bajo cubierta circule por las estafetas estar libre de todo registro, y su violacin ser penada por la ley.Crcel a la persona que atente a la privacidad.

Firma electrnica.

Es una firma digital que se ha almacenado en un soporte de hardware; mientras que la firma digital se puede almacenar tanto en soportes de hardware como de software.

El objetivo en particular de la Firma electrnica es brindar y aumentar el nivel de confianza en los intercambios a travs de datos a travs de algn portal de internet tales como alguna transferencia de dinero y/o algunos otros tipos como alguna informacin confidencial. As como precisar que aqullos documentos que cuenten con firma digital producirn los mismos efectos que los presentados en papel con firma autgrafa, teniendo en consecuencia el mismo valor probatorio.Artculo 71, fraccin I de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.Ley de Firma Electrnica, puedan utilizarse en documentos y mensajes de datos, con iguale validez que la firma autgrafa plasmada en el papel.Las sanciones de hasta multas desde 100 hasta 320,000 das de salario mnimo. Tambin ser castigado con pena de crcel quien, con nimo de lucro, trate datos personales mediante el engao, aprovechndose del erro en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos.

Criptografa. Escribir mensajes en forma cifrada o en cdigo. Es parte de un campo de estudios que trata las comunicaciones secretas, usadas, entre otras finalidades. Es una forma de proteger informacin de vistas ajenas cuando se estn transfiriendo archivos por la red.Autentificar la identidad de usuarios;Autentificar y proteger el sigilo de comunicaciones personales y de transacciones comerciales y bancarias;Proteger la integridad de transferencias electrnicas de fondos. Proteger archivos altamente importantes por red.La legislacin de la criptografa en Mxico, actualmente no hay una legislacin al respecto. Permite dar a la informacin un aspecto que resulte inentendible para cualquier persona y que solo la persona a la que va dirigida la informacin tenga la posibilidad de entender el significado del mensaje enviado. La violacin de la correspondencia es un delito, en Mxico no hay sanciones debido a la falta de legislacin. Multa o crcel dependiendo del delito.

Colegio De Educacin Profesional Tcnica Del Estado De Veracruz.CONALEP-165LIC: Jess Reyes Heroles.ALUMNA:Mara De Los ngeles Cruz Bautista.MODULO:Aplicacin De La Normatividad Informtica.NOMBRE DE LA ACTIVIDAD 1:Conceptos normativos que conforman el marco jurdico del derecho informtico.UNIDAD Y RESULTADO DE APRENDIZAJE:

Unidad1:Distincin de la normatividad del derecho informtico.

Resultado de Aprendizaje:1.1 Identifica el marco jurdico del derecho informtico relativo al manejo de la informacin y a la funcin del usuario, conforme a las leyes, normas y principios mexicanos.

INSTRUCCIONES:Considerar los siguientes elementos: Derecho Informtica Informtica jurdica Derecho informtico Normas Principios Hechos Actos Poltica informtica Legislacin informtica

**ESCRIPTO DONDE INTERPRETE EL DERECHO NFORMATICO**

A principios el internet y el mundo de la informtica era empleada para comunicarse entiempos de guerra, pero hoy en da se utiliza para muchas cosas mas ya que est abierto al pblico lo peor de todo esto es que muchas personas solo piensan en hacer dao y usan el medio de internet y habilidades informticas para cometer delitos y daar a otras personas.Por ello surge el derecho informtico, que nos deja hacer casi lo mismo que antes,subir imgenes, platicar por Hotmaily otras cosas, pero se va moderando el uso de la informacin y de aquellos que abusan de ella para otras cosas lo cual es castigado, ya que no queremos sentirnos acosados, ni espiados.Definir el concepto, con su explicacinHa sido analizado de dos formas:

1. es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos.2. es una rama especializada en el tema de la informtica, sus aplicaciones eimplicaciones legales.

**ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL MARCO JURDICO DEL DERECHO INFORMTICO**

DERECHO.Elderechoes el ordennormativoe institucional de laconductahumanaensociedadinspirado en postulados dejusticia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carcter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia denormasque regulan la convivenciasocialy permiten resolver los conflictos inter subjetivos.INFORMATICA.Conjunto de conocimientos cientficos y tcnicas que hacen posible el tratamiento automtico de lainformacinpor medio deordenadores.El trmino es unacontraccinde las palabrasinformacinyautomatic(informacin automtica).Conceptual mente, se puede entender como aquella disciplina encargada del estudio de mtodos, procesos, tcnicas, desarrollos y su utilizacin enordenadores(computadoras), con el fin de almacenar, procesar y transmitirinformacinydatosen formatodigital.INFORMTICA JURDICA.Es una disciplina de lasciencias de la informacinque tiene por objeto la aplicacin de lainformticaen elDerecho. Difiere entonces delDerecho informtico, que es la regulacin jurdica de las nuevas tecnologas.Se divide en tres reas:Informtica jurdica documental: automatizacin del conocimiento jurdico emanado de fuenteslegislativas,jurisprudencialesydoctrinales;Informtica jurdica decisional: automatizacin de las fuentes de produccin jurdica;Informtica jurdica de gestin: automatizacin de los procesos de administracin judicial.

DERECHO INFORMTICO.Constituye una ciencia y rama autnoma del derecho que abarca el estudio de lasnormas, jurisprudencias y doctrinas relativas alcontroly regulacin de lainformticaen dos aspectos: a) Regulacin del medio informtico en su expansin ydesarrolloy b) Aplicacin idnea de los instrumentos informticos.Diferencias Del Derecho Informtico Con La InformticaJurdicaDerecho Informtico se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos. Es una rama del derecho especializado en el tema de la informtica, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. El Derecho Informtico es la aplicacin del derecho a la informtica permitiendo que se adopten o creen soluciones jurdicas a los problemas que surgen en torno al fenmeno informtico (Nez Ponce, Julio: 1996: 22). Esta nueva disciplina jurdica tiene mtodo e instituciones propias que surgen de un fenmeno que tiene implicancias globales y que por tanto permite tener bases doctrinales y principios similares con las peculiaridades propias de cada ordenamiento jurdico.

POLTICA INFORMTICA.Se entiende por poltica informtica a los planes, medidas y acciones que indiquepuntos principalesen elmbito de sistemas para el tratamiento de la informacinla proteccin y la seguridad de los datos y mediosinformticos.Una poltica de informtica es una forma decomunicarsecon los usuarios, ya que las mismas establecen uncanalformal de actuacin del personal, enrelacincon los recursos y servicios informticos de la organizacin.

NORMA.Regla o conjunto de reglas que hay que seguir para llevar a cabo una accin, porque est establecido o ha sido ordenado de ese modo.

PRINCIPIO.Es unaley o reglaque se cumple o debe seguirse con cierto propsito, como consecuencia necesaria de algo o con el fin de lograr cierto propsito. Las leyes naturales son ejemplos de principios fsicos, en matemticas, lingstica, algortmico y otros campos tambin existen principios necesarios o que se cumplen sin ms o que deberan cumplirse si se pretende tener cierto estado de hechos.Otra manera de concebir los principios inherentes a un sistema o una disciplina es como un reflejo de las caractersticas esenciales de un sistema, que los usuarios o investigadores asumen, y sin los cual no es posible trabajar, comprender o usar dicho sistemaHECHO.Acontecimiento, interrupcin o alteracin histrica, social o poltica del curso normal de los sucesos, y que por sus efectos contemporneos o influencia en hechos futuros, exige ser recordado.

ACTO.En su sentido ms amplio es todo lo que se hace o puede hacerse. Puede significar cualquieraccin, as como tambin hacer referencia a:Manifestacinde unavoluntado una fuerza.Momento en el que se realiza laaccinosuceso.Ejecucin, en oposicin aintencin.Acto continuo (locucinadverbial), el realizado inmediatamente despus o a continuacin del que acaba de hacerse o ha sucedido.

LEGISLACIN INFORMTICA.Se define como un conjunto de ordenamientos jurdicos creados para regular el tratamiento de la informacin. Las legislaciones de varios pases han promulgado normas jurdicas que se han puesto en vigordirigidasa protegerla utilizacin abusiva de la informacin.Protege a la informacin implementando leyes, normas y reglas que no debern ser violadas ya que tambin implementan sanciones para aquellos que las rompan. Conceptualizacin del marco normativo que rige al mismo. Ciencia, que estudia la regulacin normativa de la informtica y su aplicacin en todos los campos.se dice derecho informtico, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurdica autnoma; as como el derecho es una ciencia general integrada por ciencias especficas que resultan de las ramas jurdicas autnomas, tal es el caso de la civil, penal y contencioso administrativa.