Actividad numero 4 derecho tributario para enviar
Transcript of Actividad numero 4 derecho tributario para enviar
Universidad “Fermín Toro”Vice-Rectorado Académico De Ciencias Políticas Y Sociales
“Escuela De Derecho”Barquisimeto- Edo Lara
El derecho Tributario
IntegranteEliseo Aranguren
2015BI“SAIAC”
Prof. Emily RamírezMateria: Derecho
Tributario
Puntos a tratar-El derecho tributario-Contenido del derecho tributario-Autonomía del derecho tributario-Principios generales del derecho tributario-Legalidad-Generalidad-Igualdad-Progresividad-No confiscatoriedad-No retroactividad -Justicia tributaria-Prohibición de impuestos pagadero en servicio personal
El derecho tributarioEs una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común
Autonomía del derecho tributario
La autonomía no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria. Así, por ejemplo, la “relación jurídica tributaría” (el más fundamental concepto de derecho tributario) es sólo una es pecie de “relación jurídica”
CONTENIDO DEL DERECHO TRIBUTARIO
Es donde se consagran los principios aplicables a las relaciones entre estados y particulares, armonizando la necesidad de eficacia funcional de los órganos fiscales con las garantías individuales de los contribuyentes. Se busca el equilibrio razonable entre el individuo y el estado.
Principios generales del derecho tributarioLegalidad: es un principio
fundamental del Derecho Público conforme al cual todo ejercicio del Poder Público debería estar sometido a la voluntad de la Ley y no a la voluntad de las personas, por lo cual se dice que el mismo establece la seguridad jurídica.
Articulo 317 constitución de la republica bolivariana de Venezuela
No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no estén establecidas en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes que cree el tributo correspondiente.
Principio de generalidad
Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Es regulado por la constitución de la republica bolivariana de Venezuela en su articulo 133
Toda persona tiene el deber de, coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Principio de igualdad
El principio de igualdad ante la ley es el que establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios
Es considerado uno de los artículos mas importante de la carta magna y esta plasmado en el articulo 21
Todas las personas son iguales ante la Ley; en consecuencia: no se permitirán discriminaciones fundadas en la reza, credo, condición social entre otros
Principio de progresividad
El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la propiedad privada, su libre uso, goce, disfrute y disposición y prohíbe la confiscación, salvo los casos expresamente permitidos por la Constitución (Artículos 115, 116 y 317). Un tributo es confiscatorio cuando absorbe una parte sustancial de la propiedad o de la renta; es decir, cuando merma parte del capital o acaba con la renta.
Principio de no confiscatoriedad
Principio de no retroactividad
Este principio de irretroactividad de las normas tributarias tiene singular importancia en el momento de la entrada en vigor de la ley y la realización del hecho imponible, resultando de aplicación en estos casos la ley que estaba vigente al producirse el devengo del tributo
Principio de justicia tributaria
Prohibición de impuesto pagadero en servicio personal
El sistema tributario debe procurar la justa distribución de las cargas según la capacidad económica del responsable o contribuyente pero respetando el principio de la progresividad.
"Toda persona tiene el deber de pagar los impuestos establecidos por la Ley para el sostenimiento de los servicios públicos".
Nuestra Carta Magna en su Articulo 317 establece "que no podrá establecerse ningún impuesto pagadero en servicio personal". Este principio consagra los derechos individuales de la persona física
Citas bibliográficas https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_tributariohttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/principio-de-igualdad/principio-de-igualdad.htmhttp://topicostributarios.blogspot.com/2013/01/cuales-son-los-principios-tributarios.htmlhttp://dacostacarnevali21.blogspot.com/2009/08/teoria-general-del-derecho-tributario.html
Gracias