Actor Civil Perjudicado Por El Delito

12
Expediente : 1339-2010-96 Juzgado : Tercer Ju zgado Penal de Investigaci n Pr eparat or ia de Tr u!illo Inculpada : Elsa "il ag ros Pretell #$lvez  %graviado : &niversidad 'acional del (anta )elito : &so de docu*ento p+,lico also Juez : )r. #ia**p ol Ta ,oada Pilco  %sistente : /arlos "arroun )eza AUTO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL E(4&/I5' '"E TE(: Tru!illo7 diecinueve de !ulio del dos *il diez.- I. PARTE EXPOSITIVA 4a a,ogada 8ilda Julia Perera %rau!o en calidad de Procuradora P+,lica %d 8oc del #o,ierno egional 4a 4i,ertad7 presenta solicitud de constitucin en actor civil.  %d*itida a tr$*ite la solicitud se realiz la audiencia p+,lica de eca diecis;is de  !ulio del dos *il diez7 con la presencia del doctor eggis /$vez ($ncez en calidad de <iscal %d!unto del Pri*er )espaco de la Pri*era <iscal a Provincial Penal /orpor at iva de Tr u! illo el doctor Jo rge <ernando (e*inari o "auricio co *o delegado de la Procuradora P+,lica %d 8oc del #o,ierno egional 4a 4i,ertad7 a,iendo el pri*ero or*ulado oposicin a la pretensin de constitucin en actor civil7 siendo el estado del incidente el de resolver con or*e a lo previsto en el artculo 29.1= del /digo Procesal Penal del 200>7 por ser de co*petencia de los  !ueces de investigacin preparatoria conocer las cuestiones derivadas de la constitucin de partes durante la investigacin preparatoria. II. PARTE CONSIDERATIVA 1. Antecedentes del caso 1.1. 4a disposicin de or* aliza cin de investigacin preparatoria dictada por la doctora Jennier 4ude?a "el;ndez7 en calidad de <iscal Provincial del Pri*er )espaco de la Pri*era <iscala Provincial Penal /orporativa de Tru!ill o7 con eca doce de *arzo del dos *il diez7 da cuenta al rgano !u risdicci onal de la existencia de una investigacin seguida contra la i*putada Elsa "ilagros Pretell #$lvez por el delito de uso de docu*ento p+,lico also7 tipiicado en el artculo >2@=7 segundo p$rrao del /digo Penal7 en agravio de la &niversidad 'acional del (anta Aen adelante la &niversidad-7 teniendo co*o tesis incri*inatoria ue la i*putada present al Instituto egional de Ener*edades 'eopl$sicas B)octor 4uis Pinillos #anozaC Aen adelante el Instituto-7 un diplo*a de Experto en (ecretariado Dilinge desarrollado en la ciudad de Tru!illo7 rerendado por la &niversidad7 con la inalidad o,tener una plaza vacante de secretaria III en el concurso p+,lico organizado por el Instituto7 a,iendo sido declarada ganadora del concurso *ediante %cta de %d!udicacin de Plazas de eca treinta de dicie*,re del dos *il oco. (in e*,argo7 posterior*ente el ector de la &niversidad a trav;s de la icina de Extensin &niversitaria Proeccin (ocial *ediante icio '= 162-09-&'(- de eca trece de agosto del dos *il nueve7 inor* al Instituto ue el diplo*ado de Experto en (ecretariado Dilinge no ue desarrollado por la &niversidad con icio '= 1F1-09-&'(- de eca siete de

Transcript of Actor Civil Perjudicado Por El Delito

Page 1: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 1/12

Expediente : 1339-2010-96Juzgado : Tercer Juzgado Penal de Investigacin Preparatoria de Tru!illoInculpada : Elsa "ilagros Pretell #$lvez

 %graviado : &niversidad 'acional del (anta)elito : &so de docu*ento p+,lico alsoJuez : )r. #ia**pol Ta,oada Pilco

 %sistente : /arlos "arroun )eza

AUTO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL

E(4&/I5' '"E TE(:Tru!illo7 diecinueve de !ulio del dos *il diez.-

I. PARTE EXPOSITIVA

4a a,ogada 8ilda Julia Perera %rau!o en calidad de Procuradora P+,lica %d 8ocdel #o,ierno egional 4a 4i,ertad7 presenta solicitud de constitucin en actor civil.

 %d*itida a tr$*ite la solicitud se realiz la audiencia p+,lica de eca diecis;is de

 !ulio del dos *il diez7 con la presencia del doctor eggis /$vez ($ncez en calidadde <iscal %d!unto del Pri*er )espaco de la Pri*era <iscala Provincial Penal/orporativa de Tru!illo el doctor Jorge <ernando (e*inario "auricio co*odelegado de la Procuradora P+,lica %d 8oc del #o,ierno egional 4a 4i,ertad7a,iendo el pri*ero or*ulado oposicin a la pretensin de constitucin en actor civil7 siendo el estado del incidente el de resolver conor*e a lo previsto en elartculo 29.1= del /digo Procesal Penal del 200>7 por ser de co*petencia de los

 !ueces de investigacin preparatoria conocer las cuestiones derivadas de laconstitucin de partes durante la investigacin preparatoria.

II. PARTE CONSIDERATIVA

1. Antecedentes del caso

1.1. 4a disposicin de or*alizacin de investigacin preparatoria dictada por la doctoraJennier 4ude?a "el;ndez7 en calidad de <iscal Provincial del Pri*er )espaco dela Pri*era <iscala Provincial Penal /orporativa de Tru!illo7 con eca doce de *arzodel dos *il diez7 da cuenta al rgano !urisdiccional de la existencia de unainvestigacin seguida contra la i*putada Elsa "ilagros Pretell #$lvez por el delito deuso de docu*ento p+,lico also7 tipiicado en el artculo >2@=7 segundo p$rrao del/digo Penal7 en agravio de la &niversidad 'acional del (anta Aen adelante la&niversidad-7 teniendo co*o tesis incri*inatoria ue la i*putada present al Institutoegional de Ener*edades 'eopl$sicas B)octor 4uis Pinillos #anozaC Aen adelanteel Instituto-7 un diplo*a de Experto en (ecretariado Dilinge desarrollado en la

ciudad de Tru!illo7 rerendado por la &niversidad7 con la inalidad o,tener una plazavacante de secretaria III en el concurso p+,lico organizado por el Instituto7 a,iendosido declarada ganadora del concurso *ediante %cta de %d!udicacin de Plazas deeca treinta de dicie*,re del dos *il oco. (in e*,argo7 posterior*ente el ector de la &niversidad a trav;s de la icina de Extensin &niversitaria Proeccin(ocial *ediante icio '= 162-09-&'(- de eca trece de agosto del dos *ilnueve7 inor* al Instituto ue el diplo*ado de Experto en (ecretariado Dilinge noue desarrollado por la &niversidad con icio '= 1F1-09-&'(- de eca siete de

Page 2: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 2/12

agosto del dos *il nueve7 precis ue no cuenta con iliales u oicinas anexas deextensin universitaria proeccin social en la ciudad de Tru!illo.

1.2. /on eca veintiuno de !unio del dos *il diez7 la a,ogada 8ilda Julia Perera %rau!oen calidad de Procuradora P+,lica %d 8oc del #o,ierno egional 4a 4i,ertad7 co*ose veriica de la esolucin E!ecutiva egional '= 1>F1-200@-#-44 de eca

veintitr;s de !ulio del dos *il siete la esolucin E!ecutiva egional '= 1FG3-200@-#-44 de eca nueve de agosto del dos *il siete ue o,ra en autos7 solicitaconstituirse en actor civil en el presente proceso7 de,ido a ue el Instituto egionalde Ener*edades 'eopl$sicas B)octor 4uis Pinillos #anozaC7 lugar en ue se utilizel docu*ento also por la i*putada para ganar el concurso p+,lico de contratacinde personal7 pertenece a la #erencia egional de (alud del #o,ierno egional 4a4i,ertad7 teniendo por consiguiente legiti*idad para o,rar en aplicacin del artculo>@= de la /onstitucin Poltica del Estado7 concordante con el artculo 16.1= del)ecreto 4egislativo '= 106G. )e otro lado7 el "inisterio P+,lico a or*uladooposicin a la constitucin de actor civil de la Procuradora P+,lica7 en razn ue enla disposicin de or*alizacin se a considerado co*o parte agraviada +nica*entea la &niversidad 'acional del (anta7 por ser la titular del ,ien !urdico He p+,lica

tutelado en el delito de uso de docu*ento p+,lico also.

2. La victia en el sistea in!"isitivo

2.1. (iguiendo al autor colo*,iano #onz$lez 'avarro17 la victi*a tuvo un papelso,resaliente en sus co*ienzos cuando reina,a la co*posicin7 co*o or*a co*+nde solucin de los conlictos sociales el siste*a acusatorio privado co*o or*aprincipal de la persecucin penal e*pero7 posterior*ente7 la victi*a ue desalo!adade ese pedestal a,rupta*ente por la inuisicin7 ue expropi todas sus acultades7al crear la persecucin penal p+,lica desplazando por co*pleto la eicacia de lavoluntad en el en!uicia*iento penal al transor*ar todo el siste*a penal en uninstru*ento de control7 directo so,re los s+,itos7 a no i*porta,a el da?o real

producido7 en el sentido de restitucin del *undo al statu uo ante7 o cuando *enos7la co*pensacin del da?o surido apareca la pena estatal co*o *ecanis*o decontrol de los s+,ditos por el poder poltico central7 co*o instru*ento de coaccin7el *$s intenso en *anos del Estado ue lo utiliza,a de oicio sin necesidad de unaue!a externa a ;l7 el conlicto se a,a BestatalizadoC de all ue se a,lepleon$stica*ente de una Bcri*inalizacin del )ereco PenalC.

2.2. El Estado a,solutista a trav;s del proceso inuisitorial recla* para s el patri*oniode la realizacin de la !usticia penal so pretexto de ue era uncin indelega,le einsustitui,le el *anteni*iento de la paz social en su caso el resta,leci*ientocuando ella a,a sido ue,rantada por el delito7 conisc se sustitu en losderecos de uien a,a sido aectado por au;l. )e esta or*a los extre*os

enfrentados de!a,an de ser victimario-victima para pasar a ser delincuente-Estado7uien encontr su legitimidad en la representacin de la co*unidad cuos interesesdeca deender. 4a co*isin del delito era considerada un ataue al so,erano o alEstado por tanto ;ste de,a castigar a su autor con una pena ue le causarasuiciente suri*iento7 *$s all$ con prescindencia de la voluntad de uien a,asido directa*ente aectado. 4a victi*a se despersonaliza7 de!a de interesar alproceso7 ue ni siuiera to*a en cuenta su suri*iento. %s el *;rito ue se atri,ue

1   #'KL4EK '%M%7 %ntonio 4uis. Sistema de Juzgamiento Penal Acusatorio. To*o II7 Editorial 4eer7 Dogot$-/olo*,ia7 200F7 pp. 10G3-11F2.

Page 3: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 3/12

al siste*a penal es a,erle uitado a la vcti*a Bla lanza de pu?oC7 i*pidi;ndole unaeventual venganza. Pero si*ult$nea*ente la a privado de otras acultades. 8adespo!ado a la verdadera victi*a de su calidad de tal para investir de esa calidad ala co*unidad. 8a sustituido a la victi*a real concreta por una victima simbólica y abstracta7 una de carne ueso por otra ue es producto del siste*a !urdico.

2.3. /on esta situacin se ca*,iaron los t;r*inos reales del conlicto7 alter$ndose enconsecuencia la respuesta al *is*o. %l no existir una proporcin adecuada entre eldelito la respuesta7 su destinatario se convierte en el centro de la atencin7 setransor*a a su vez en Bvicti*aC del siste*a penal. N el )ereco Penal pasa aocuparse entonces de su propia posi,le victi*a. El Estado *onopolizo la acultad decastigar considero ue acia !usticia soluciona,a el conlicto generado por eldelito cuando castiga,a al delincuente lo envia,a a la c$rcel por varios a?os7 uiensalda,a de esa *anera Bsu deudaC con la sociedad. 4a victi*a per*anece relegadaa objeto de prueba7 co*o su!eto pasivo del delito en cuanto titular del bien jurídicoprotegido por la nor*a violada. En resu*en7 con el surgi*iento del Estado lateora del ,ien !urdico7 el oendido pas a ocupar un puesto secundario en elproceso penal. El (iste*a de )ereco Penal Positivo concentr su atencin en el

,ino*io7 delitos penas. En tal siste*a7 no a en realidad lugar para la victi*a deldelito7 la cual ocupa *$s ,ien un lugar *arginado dentro del proceso penal.

2.>. El Estado ,usca su legiti*acin en la teora de la proteccin del bien jurídico7 aun delos ,ienes !urdicos individuales disponi,les. Esto llev a la anonimidad de lavictima7 en tanto la objetivaba  as7 el )ereco Penal se poda dedicar a suBproteccinC7 a la proteccin de auello ue esta,a *$s all$ del da?o real provocadoa una persona7 al control de co*porta*ientos ue acan peligrar la paz !urdicadentro de la sociedad. El conlicto se reduca a la relacin Estado-súbdito7 con lo uese paso a la epropiación del conflicto7 en tanto7 al o,!etivar a la victi*a a,straer elo,!eto de la lesin7 se transor*o un conlicto social entre protagonistas reales7 enun conlicto con el Estado por la deso,ediencia a sus nor*as la victima real 7 seg+n

se aprecia7 continua ausente7 carece de todo poder en el siste*a7 sint;tica*ente7 noi*porta. En esta situacin7 las victi*as son uienes llevan la peor parte7 pues nosolo de,en surir las consecuencias del delito7 sino ue ade*$s se ven despo!adasde cualuier posi,ilidad de intervencin en el trata*iento eventual solucin delconlicto. Por otro lado7 la sociedad ta*,i;n pierde7 desperdicia oportunidades parala re-creación del orden social  pertur,ado por el delito7 para esta,lecer una nuevarelacin entre la vcti*a el victi*ario ue posi,ilite la convivencia utura en paz.

2.F. 4a evolucin del )ereco Penal se a caracterizado por el desplaza*iento de laatencin desde la victi*a acia el autor del delito7 el delincuente uetransor*$ndose en el persona!e central de los estrados !udiciales7 relegando a lavicti*a a un rol su,alterno asta llegar a ser casi total*ente olvidada despu;s. Por 

ello7 estas relexiones iniciales antes de responder al caso de autos7 de,e servir alos uncionarios del siste*a de !usticia penal7 para ue ca*,ien el paradig*a depensar ue todas las garantas est$n sie*pre del lado del su!eto activo del delito7relegando a planos ineriores a la victi*a o per!udicado teni;ndolo co*o Bconvidadode piedraC7 ue slo lo necesito para ue *e sirva de testigo sus derecos alinterior del proceso se los reconozco pero con el sello de la or*alidad no con laactura de la *aterialidad ue reuiere.

#. La v$ctia en el sistea ac"sato%io

Page 4: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 4/12

3.1. El /digo Procesal Penal del 200> Aen adelante /PP- a destinado la seccin IMdel li,ro Pri*ero al trata*iento del B"inisterio P+,lico los de*$s su!etosprocesalesC7 concreta*ente el Titulo IM so,re la BMcti*aC7 co*prende en el capitulo Ial B%graviadoC el capitulo II al B%ctor /ivilC. %s el artculo 9>= del /PP: Bconsideraagraviado a todo au;l ue resulte directa*ente oendido por el delito o  perjudicado

 por las consecuencias del *is*o. Trat$ndose de incapaces7 de personas !urdicas odel Estado7 su representacin corresponde a uienes la 4e designeC7 *ientras ueen el artculo 9G= del /PP Bla accin reparatoria en el proceso penal slo podr$ ser e!ercitada por uien resulte perjudicado por el delito7 es decir7 por uien seg+n la 4ecivil est; legiti*ado para recla*ar la reparacin 7 en su caso7 los da?os per!uiciosproducidos por el delitoC. <inal*ente7 en el artculo 100.2.c del /PP se exige co*oreuisito de ad*isi,ilidad de la solicitud de constitucin en actor civil Bel relatocircunstanciado del delito en su agravio  exposicin de las razones ue !ustiican supretensinC.

3.2. 'tese co*o nuestra nor*a procesal se adiere a una interpretación amplia  delconcepto agraviado a todo au;l ue resulte directa*ente oendido por el delito o

per!udicado por las consecuencias del *is*o7 en concordancia con la )eclaracinde las 'aciones &nidas so,re los Principios <unda*entales de Justicia para laMcti*a de los )elitos del %,uso de Poder H'aciones &nidas7 %sa*,lea #eneral7esolucin >0O3> del 29 de novie*,re de 19GF7 la *is*a ue considera co*ovictima del delito a Blas personas ue7 individual o colectiva*ente7 aan suridoda?os7 inclusive lesiones sicas o *entales7 suri*iento e*ocional7 p;rdidainanciera o *enosca,o sustancial de sus derecos unda*entales7 co*oconsecuencia de acciones o*isiones ue violen la legislacin penal vigente7 asco*o los a*iliares de tales personasC Hartculos 1= 2=. N co*o victima del abusode poder  a Blas personas ue an surido tales da?os co*o consecuencia de actos uo*isiones no tipiicados co*o delitos7 pero ue son violatorios de la nor*atividadinternacional so,re derecos u*anos Hartculo 1G=.

3.3. /ontinuando con el autor #onz$lez 'avarro27 por victi*a del delito a los inesprocesales puede tenerse entonces: a al sujeto pasivo de la infracción7 es decir7 lapersona so,re la ue recae el accionar delictivo en or*a directa7 , a los

 perjudicados directos7 ue son uienes sin ser titulares del ,ien !urdico protegido7reci,en directa*ente los eectos del delito7 co*o son los a*iliares del pri*ero c alos perjudicados indirectos7 ue sin estar en las pri*era categoras7 de,en soportar las consecuencias indirectas del delito7 tales co*o a*iliares o dependientes delsu!eto pasivo ue suran da?os al intervenir para asistir a la victi*a en peligro o paraprevenir la victi*izacin. Esta versin extensiva del concepto de Bvicti*aC atiende noslo al ue sure por la accin de otro7 sino ue alcanza a las personas7 individual ocolectiva*ente7 ue co*o consecuencia de la violacin del ordena*iento !urdico

penal aan surido da?os7 en los ue se incluen las lesiones sicas o *entales7 elsuri*iento e*ocional7 la p;rdida inanciera o el *enosca,o de los derecosunda*entales.

3.>. BMicti*aC no solo es el su!eto pasivo del delito7 sino todo auel ue sure lasconsecuencias de la co*isin de un eco delictivo ergo7 la victi*a no coincide por uerza con el su!eto pasivo del delito7 a ue para la victi*ologa7 vcti*a es todo

2   #'KL4EK '%M%7 %ntonio 4uis. Sistema de Juzgamiento Penal Acusatorio. To*o II7 Editorial 4eer7 Dogot$-/olo*,ia7 200F7 pp. 10G3-11F2.

Page 5: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 5/12

auel su!eto ue sure por la co*isin de una conducta antisocial aunue no seadetentador del dereco vulnerado. Da!o este concepto de,e*os considerar a laBvicti*aC en su rol con el )ereco Penal7 tanto sustantivo co*o ad!etivo. El autor nacional Millaviencio Terreros3 deine al sujeto pasivo co*o la persona titular del ,ien

 !urdico tutelado7 puesto peligro o lesionado por el delito. El su!eto pasivo puede ser tanto una persona sica Hsea o no i*puta,les o una persona !urdica7 co*o ta*,i;n

lo puede ser la sociedad o el Estado.

3.F En ciertos casos7 el su!eto en uien recae la accin delictiva7 no viene a ser el titular del ,ien !urdico protegido7 sino otro dierente. En dicas circunstancias7 se distingueun sujeto pasivo del delito  un sujeto pasivo de la acción. El pri*ero no es *$s ueel titular del ,ien !urdico tutelado *ientras ue el segundo es la persona en uienrecae de *anera directa la accin delictiva del su!eto activo. E!e*plo: en los delitosde ro,o7 una persona ser$ el per!udicado patri*onial Hsu!eto pasivo del delito otropodr$ ser la ue surir$ de la violencia o a*enaza necesaria para la sustraccin del,ien *ue,le Hsu!eto pasivo de la accin. Por ello7 es necesario distinguir el conceptode su!eto pasivo con el de víctima o perjudicado7 este +lti*o tiene una deinicin*$s a*plia7 de,ido a ue no slo se co*prende al titular del ,ien !urdico aectado7

sino ta*,i;n a toda persona ue va a surir de las consecuencias de la lesin o elpeligro del o,!eto !urdico. Para la autora nacional uispe <ar$n> o el /PP7 nosa,la de una deinicin *$s a*plia de vcti*a7 pues co*prende a la persona7 grupoo co*unidad ue es aectado por un delito. Da!o el t;r*ino vcti*a se englo,an7 losconceptos de agraviado7 actor civil por +lti*o uerellante.

3.6. Para el reconoci*iento de uien tiene la calidad de victi*a en el proceso penalresulta necesario acudir al principio general del dereco ue todo el ue causa unda?o de,e repararlo. Este principio esta recogido en el artculo 1969= del /digo/ivil HBauel ue por dolo o culpa causa un da?o a otro est$ o,ligado ainde*nizarloC7 siendo de aplicacin a todas las disciplinas !urdicas. Para ue existaresponsa,ilidad civil se reuiere la concurrencia de la anti!uridicidad del eco

i*putado7 es decir7 la ilicitud del eco da?oso o la violacin de la regla gen;ricaue i*pone el de,er de actuar de tal *anera ue no se cause da?o los actores deatri,ucin ue pueden ser su,!etivos co*o el dolo o la culpa. (e an reconocido lascategoras gen;ricas del da?o *aterial del da?o *oral. Es da?o *aterial elconstituido por una lesin a los ,ienes del patri*onio Hla p;rdida surida7 el da?oe*ergente la ganancia no perci,ida7 lucro cesante. El da?o *oral no constituep;rdida patri*onial7 sino una lesin de derecos extra*atri*oniales o pri*ordialesHdereco al no*,re7 a la i*agen7 al onor7 a la consideracin7 a la integridad sica7 en general7 toda lesin a un inter;s *oral.

3.@. En nuestro siste*a de responsa,ilidad civil7 rige la regla seg+n la cual el da?o7deinido co*o *enosca,o ue sure un su!eto dentro de su esera !urdica

patri*onial o extra*atri*onial7 de,e ser reparado o inde*nizado7 teniendo co*oda?os patri*oniales el da?o e*ergente el lucro cesante7 co*o da?osextra*atri*oniales el da?o *oral el da?o a la persona. Para el artculo 19GF= del/digo /ivil Bla inde*nizacin co*prende las consecuencias ue deriven de laaccin u o*isin generadora del da?o7 incluendo el lucro cesante7 el da?o a la

3   VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe.  Derecho Penal. Parte General.  Grijley, Lima, 2006, pp.305306.

!   "#IS$E FARF%N, Fa&&y S'le(a(.  El Nuevo Proceso Penal. Estudios Fundamentales. $ale)*ra,Lima, 2005, pp. 2+!2+5.

Page 6: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 6/12

persona el da?o *oral7 de,iendo existir una relacin de causalidad adecuada entreel eco el da?o producidoC7 *ientras ue para el artculo 93= del /digo Penal Blareparacin civil co*prende la restitucin del ,ien o7 si no es posi,le7 el pago de suvalor la inde*nizacin de los da?os per!uiciosC.

3.G. Es situacin nor*al ue sea la victi*a in*ediata del da?o la ue recla*e su

reparacin. Pero se presenta el caso de ue el da?o surido por la vcti*a in*ediataes uente de otros per!uicios7 al lesionarse derecos o intereses de su!etos con loscuales esa victi*a in*ediata tiene relaciones de dereco7 o al *enos7 se encuentraen una situacin de eco de la ue surgen intereses !urdica*ente relevantes.Estos terceros per!udicados podran estar legiti*ados para o,tener inde*nizacinde los da?os suridos7 aun cuando no sean la vcti*a in*ediata7 en virtud de lateora del da!o reflejo o por rebote. 4a caliicacin de la legiti*acin para o,tener lainde*nizacin por da?o rele!o depende del criterio del !uzgador. Es un !uicio devalor el ue se expresa al deter*inar cual es el Binter;s !urdica*ente relevanteC oB!urdica*ente protegidoC. Ello no signiica ue cualuier persona ue alegue uetiene un inter;s en ue se esta,lezca la verdad se aga !usticia puede constituirseen parte civil Aaduciendo ue el delito aecta a todos los *ie*,ros de la sociedad- ni

ue la a*pliacin de las posi,ilidades de participacin a actores civiles interesadosslo en la verdad o la !usticia7 pueda llegar a transor*ar el proceso penal en uninstru*ento de retaliacin contra el procesado. (e reuiere ue aa un da?o real7no necesaria*ente de contenido patri*onial7 concreto especiico7 ue legiti*e laparticipacin de la vcti*a o de los per!udicados en el proceso penal para ,uscar laverdad u la !usticia7 el cual a de ser apreciado por las autoridades en cada caso.

3.9. )e*ostrada la calidad de victi*a7 o en general ue la persona a surido un da?oreal7 concreto especiico7 cualuiera sea la naturaleza de ;ste7 estar$ legiti*adopara constituirse en parte civil7 puede orientar su pretensin a o,tener exclusiva*ente la realizacin de la !usticia la ,+sueda de la verdad7 de!ando delado cualuier o,!etivo patri*onial. Es *$s7 aun cuando est; inde*nizado el da?o

patri*onial7 cuando ;ste existe7 si tiene inter;s en la verdad la !usticia7 puedecontinuar dentro de la actuacin en calidad de parte. 4o anterior signiica ue el+nico presupuesto procesal indispensa,le para intervenir en el proceso7 es acreditar el da!o concreto7 sin ue se le pueda exigir una de*anda tendiente a o,tener reparacin patri*onial. 4a deter*inacin en cada caso de uien tiene el inter;slegti*o para intervenir en el proceso penal7 ta*,i;n depende7 entre otros criterios7del ,ien !urdico protegido por la nor*a ue tipiico la conducta7 de su lesin por eleco puni,le del da?o surido por la persona o personas aectadas por laconducta proi,ida7 no sola*ente de la existencia de un per!uicio patri*onialcuantiica,le.

&. Los de%ec'os de la v$ctia en el sistea ac"sato%io

>.1. 4a visin tradicional de los derecos de la vcti*a de un delito7 restringida alresarci*iento econ*ico se a ido transor*ando en el dereco internacional7 enparticular en relacin con las violaciones a los derecos u*anos desde *ediadosdel siglo QQ7 dentro de una tendencia acia una concepcin a*plia del dereco auna tutela !udicial idnea eectiva7 a trav;s de la cual las vcti*as o,tengan tanto lareparacin por el da?o causado7 co*o claridad so,re la verdad de lo ocurrido7 uese aga !usticia en el caso concreto. En este sentido7 la /orte Intera*ericana de)erecos 8u*anos7 /aso Darrios %ltos H/u*,ipu*a %guirre otros vs. Per+7

Page 7: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 7/12

(entencia de 1> de *arzo de 20017 decidi ue las lees de a*nista peruanas erancontrarias a la /onvencin ue el Estado era responsa,le por violar el dereco delas vcti*as a conocer la verdad so,re los ecos o,tener !usticia en cada caso7 apesar de a,er aceptado su responsa,ilidad decidido otorgar una reparacin*aterial a las victi*as. En esta lnea7 la /orte /onstitucional de /olo*,ia en la(entencia /-G0F de 01 de octu,re del 20027 a reconocido la titularidad especica

de por lo *enos tres derecos avor de las victi*as per!udicados por un delito: ael dereco a la verdad7 esto es7 la posi,ilidad de conocer lo ue sucedi en ,uscar una coincidencia entre la verdad procesal la verdad real. Este dereco resultaparticular*ente i*portante rente a las graves violaciones de los derecos u*anos, El dereco a ue se aga !usticia en el caso concreto7 es decir7 el dereco a ueno aa i*punidad c El dereco a la reparacin del da?o ue se le a causado atrav;s de una co*pensacin econ*ica7 ue es la or*a tradicional co*o se aresarcido a la victi*a de un delito.

>.2. En la )eclaracin de las 'aciones &nidas so,re los Principios <unda*entales deJusticia para la Mcti*a de los )elitos del %,uso de Poder7 se a reconocido por e!e*plo el dereco a la victi*a del delito al acceso a los *ecanis*os de la !usticia

a una pronta reparacin del da?o7 as co*o ser tratadas con co*pasin respetopor su dignidad Hartculo >=. Ta*,i;n dispone ue los recursos !udiciales ad*inistrativos de,en ser adecuados a las necesidades de las victi*as de delitos7en particular a trav;s de las siguientes acciones: a inor*ando a las victi*as de supapel del alcance7 el desarrollo cronolgico la *arca de las actuaciones7 asco*o de la decisin de sus causas especial*ente cuando se trate de delitos graves cuando aan solicitado esa inor*acin , Per*itiendo ue las opiniones preocupaciones de las vcti*as sean presentadas exa*inadas en etapasapropiadas de las actuaciones sie*pre ue est;n en !uego sus intereses7 sinper!uicio del acusado de acuerdo con el siste*a nacional de !usticia penalcorrespondiente c Presentando asistencia apropiada a las vcti*as durante todo elproceso !udicial d %doptando *edidas para *ini*izar las *olestias causadas a las

victi*as7 proteger su inti*idad7 en caso necesario7 garantizar su seguridad7 asco*o la de sus a*iliares la de los testigos a su avor7 contra todo acto deinti*idacin represalia e Evitando de*oras innecesarias en la resolucin de lascausas en la e!ecucin de los *anda*ientos o decretos ue concedaninde*nizacin a las vcti*as Hartculo 6=.

>.3. En el $*,ito nacional7 el artculo 9F.1= del /PP a reconocido al agraviado lossiguientes derecos: a % ser inor*ado de los resultados de la actuacin en ueaa intervenido7 as co*o del resultado del procedi*iento7 aun cuando no aaintervenido en ;l7 sie*pre ue lo solicite , % ser escucado antes de cada decisinue i*pliue la extincin o suspensin de la accin penal7 sie*pre ue lo solicite c

 % reci,ir un trato digno respetuoso por parte de las autoridades co*petentes7 a la

proteccin de su integridad7 incluendo la de su a*ilia. En los procesos por delitoscontra la li,ertad sexual se preservar$ su identidad7 ,a!o responsa,ilidad de uienconduzca la investigacin o el proceso d % i*pugnar el so,resei*iento lasentencia a,solutoria. %s *is*o7 conor*e al artculo 9F.2= del /PP el agraviadoser$ inor*ado so,re sus derecos cuando interponga la denuncia7 al declarar preventiva*ente o en su pri*era intervencin en la causa. <inal*ente el artculo9F.3= del /PP prescri,e ue si el agraviado uera *enor o incapaz tendr$ dereco aue durante las actuaciones en las ue intervenga7 sea aco*pa?ado por persona desu conianza.

Page 8: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 8/12

>.>. especto a los derecos del agraviado constituido !udicial*ente co*o actor civil 7 elartculo 10>= del /PP7 precisa ue el actor civil7 sin per!uicio de los derecos ue sele reconocen al agraviado7 est$ acultado para deducir nulidad de actuados7 orecer *edios de investigacin de prue,a7 participar en los actos de investigacin deprue,a7 intervenir en el !uicio oral7 interponer los recursos i*pugnatorios ue la 4e

prev;7 intervenir -cuando corresponda- en el procedi*iento para la i*posicin de*edidas li*itativas de derecos7 or*ular solicitudes en salvaguarda de sudereco. %dicional*ente7 el artculo 10F del /PP esta,lece ue la actividad del actor civil co*prender$ ta*,i;n la cola,oracin con el esclareci*iento del eco delictivo la intervencin de su autor o participe7 as co*o acreditar la reparacin civil uepretende. 'o le est$ per*itido pedir sancin. <inal*ente7 el artculo 106= del /PPadvierte ue la constitucin en actor civil i*pide ue presente de*andainde*nizatoria en la va extra - penal. El actor civil ue se desiste co*o tal antes dela acusacin iscal no est$ i*pedido de e!ercer la accin inde*nizatoria en la otrava.

(. El )e%*"icio a la v$ctia en el delito de +alsi+icaci,n de doc"entos

F.1. El artculo >2@= del /digo Penal se encuentra u,icado en el Titulo QIQ con ladeno*inacin B)elitos contra la e p+,licaC7 participa*os en considerar co*o el ,ien

 !urdico protegido en el delito de alsedad docu*ental a la fe pública7 ue no serasino la transor*acin o el correlato !urdico del lla*ado de,er a la verdadF. 4a esigniica conianza7 la creencia undada en las seguridades o la consideracin uealgo o alguien la inspira6. 4a consideracin de la e p+,lica co*o ,ien !urdico7co*prende la certeza ue provee el ordena*iento !urdico a deter*inados o,!etos osignos ue poseen veracidad genuidad7 ue ;stos desarrollan en las relacionespu,licas privadas7 as co*o ta*,i;n la conianza psuica de la sociedad de losindividuos ue la co*ponen en la autenticidad e integridad de ciertos o,!etos7instru*entos o signos@. En el tipo delictivo invocado se descri,e una pluralidad de

ver,os7 en su pri*era parte Bel "ue #ace$ en todo o en parte$ un documento falso oadultera uno verdadero% 7 luego en su segunda parte Bel "ue #ace uso de undocumento falso o falsificado%&  por tanto7 esta*os ante un delito compuesto ocomplejo. El o,!eto real de la accin esta constituido por el docu*ento deinidoco*o la *aterializacin o corporizacin de una declaracin de conoci*iento o devoluntad ue per*ite el reconoci*iento de su autor ue a la vez tiene aptitud parala prue,a de una relacin !urdica o de un eco relevante para el ordena*iento

 !urdicoG. Por otro lado7 el artculo 233= del /digo Procesal /ivil considera co*odocu*ento a todo escrito u o,!eto ue sirve para acreditar un eco.

F.2 El delito ueda consu*ado cuando concurre la accin de alsiicacin Hcrear unoalso o adulterar uno verdadero posea la aptitud o idoneidad para causar un

 perjuicio  a un tercero. El legislador peruano se a decantado a avor de estasiste*$tica legislativa excluendo intencional*ente la coniguracin de la alsedad

5   VIILACA$A ESTIARTE, Car'li&a.  La Falsedad Documental: Análisis Jurídico Penal . Ce(e-).ar-el'&a. 1+++, p. !0.

6   FONTAN ALESTRA, Carl').  Derecho Penal . A/ele(' $err'*. "i&-eaa e(i-i&. e&') Aire).1++, p. +!64 el mi)m'4 Tratado de Derecho Penal . T'm' VII. A/ele(' $err'*. e&') Aire). 1+6+, p.!33.

  CASTILLO ALVA, ')7 Li). La Falsedad Documental. ri)*a E(i*'re). Lima, 2000, p.15.   CASTILLO ALVA, ')7 Li), '/. -i*., p. 55.

Page 9: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 9/12

docu*ental co*o un delito de lesin. 8a preerido enatizar el disvalor de la acción*$s ue el disvalor del resultado. Esta interpretacin es conir*ada cuando seconte*pla ue la redaccin tpica del artculo >2@=7 utiliza un ele*ento su,!etivo delin!usto distinto al dolo7 a *anera de un delito de tendencia interna trascendenteHdelito *utilado de dos actos7 al reerirse ''con el propósito de utilizar el documento(( 7cuestin ue denota lo ue veni*os planteando: no es necesario ue el docu*ento

se utilice *enos ue se cause un per!uicio. En la descripcin tpica de la alsedad*aterial existe un orden lgico: en el pri*er p$rrao se sanciona a uien crea oadultera el docu*ento en el segundo a uien lo utiliza o e*plea.

F.3. 4a  posibilidad del perjuicio  no el perjuicio realmente producido7 da pie a laconsu*acin de este delito7 pero es indispensa,le ue esa posi,ilidad exista7 puestoue en caso contrario se tratara de una accin ue siendo total*ente inocua7 noa,ra por u; repri*ir. Tal co*o se encuentra redactada el artculo >2@= resultaa,soluta*ente necesario distinguir entre el per!uicio real o el per!uicio posi,le.'uestra le slo exige no la exigencia o la veriicacin de un  perjuicio real 7 sino sloun perjuicio potencial  derivada de la accin de alsiicacin9. epresenta un gruesoerror considerar ue el per!uicio viene nsito o de *anera i*plcita ligada a toda

accin de alsiicacin co*o si todo acer un docu*ento also o adulterar unoverdadero arrastrara consigo un da?o real o in*inente10. )e ser as no se lograraentender la razn de porue la le separa la accin tpica de la posi,ilidad deper!uicio. En realidad7 la relacin entre la accin tpica de la alsedad docu*ental laposi,ilidad de causar per!uicio de,e esta,lecerse caso por caso.

F.>. )ico per!uicio no es indispensa,le ue sea un *enosca,o estricta*entepatri*onial Hlo ue podr$ dar lugar Aen caso suceda- al concurso con un delito deestaa7 o ue consista en la aectacin a un ,ien !urdico penal se*e!ante7 sino ue,asta la posi,ilidad ue se pueda da?ar un ,ien o inter;s de un tercero7independiente*ente de la naturaleza o del orden al ue pertenezca11. Puede tratarsede un per!uicio al onor o la reputacin co*o ta*,i;n a un inter;s *oral7 poltico7

social. Dasta ue el o,!eto so,re el cual puede recaer el riesgo o el da?o sea un ,ien !urdico o tenga valor 12. 4a ausencia de per!uicio o la ineptitud del riesgo creado por la alsiicacin se produce cuando a una falsificación burda$ inocua o "ue no

 puede enga!ar en el tr)fico jurídico$ ya sea público o privado. (in e*,argo7 en laalsedad docu*ental la alta de aptitud de la alsiicacin para causar o producir per!uicio es la excepcin no la regla.

F.F. 4a posi,ilidad de causar per!uicio es un ele*ento de la alsedad de docu*entos ueno ,asta para explicar la esencia de esta inraccin si es ue no se lo vincula a laidea del enga!o7 pues se air*a ue slo puede causar un da?o Ho per!udicar lo uepuede enga?ar o inducir a un !uicio errneo respecto a la autenticidad deldocu*ento. 4a seguridad la ia,ilidad en el tr$ico !urdico docu*entario no ueda

vulnerada 7 *enos se ve socavada7 sino cuando se e*plea un *edio raudulentoHdocu*ento alsiicado se trata de enga?ar a terceros so,re la autenticidad o

+   LAE ANA8A, )*'. Comentarios al Códio Penal ! Parte Es"ecial. T'm' IV4 p. 2!1.10   CRE#S, Carl'), La #alsi#icación de documentos en eneral4 p. 1.11   AGGIORE, Gi)eppe4  Derecho Penal. T. III4 p. 563 para 9ie& ::Si ;al*a & (a<' a l' me&')

 p'*e&-ial =ap*i*( para pr'(-ir & perji-i' >a/r? &a i&*e&-i& mala, per' &' ;al)e(a( -'&)ma(a '*e&*a(a.

12   LAE ANA8A, )*', '/. -i*., p. 2!3.

Page 10: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 10/12

so,re el valor pro,atorio del docu*ento7 present$ndolo co*o un soporte *aterialgenuino ue recoge una real declaracin de voluntad o de conoci*iento.

F.6. El reuisito de la aptitud para enga!ar y causar perjuicio per*ite aplicar en el delitode alsedad docu*ental los alcances del principio de intervencin *ni*a7 en laexpresin del principio de rag*entariedad7 por el cual solo pueden ser sancionados

con una pena las conductas *as graves lesivas para el ,ien !urdico7 eligi;ndose7entre ellas7 a los co*porta*ientos ue por su especial *odo de e!ecucin o por suentidad lesiva generan *aor alar*a social. El enga?o Ho la posi,ilidad del *is*oue se reuiere en el delito de alsiicacin de docu*entos a de o,tenerseutilizando un criterio o,!etivo7 en el sentido de enga?o relevante o idneo paracausar per!uicio luego de ingresar al tr$ico !urdico. Es v$lido au aplicar las reglasde la i*putacin o,!etiva: el enga?o a de valorarse desde un punto de vista ex Aante teniendo en cuenta las circunstancias del caso los conoci*ientos especialesdel autor.

-. La a+ectaci,n a la )%es"nci,n de ve%acidad en el )%ocediiento adinist%ativo

6.1. En el caso de autos7 el Instituto egional de Ener*edades 'eopl$sicas B)octor 4uisPinillos #anozaC7 ue la entidad ad*inistrativa ue realiz el concurso p+,lico para laplaza de secretaria III. El Instituto pertenece org$nica*ente a la #erencia egionalde (alud del #o,ierno egional 4a 4i,ertad7 por tanto7 resultan aplica,les alconcurso p+,lico de contratacin de personal7 las nor*as del procedi*ientoad*inistrativo general reguladas en la 4e '= 2@>>> por ser una entidad de la

 %d*inistracin P+,lica Hartculo I.>=7 la *is*a ue reconoce el principio depresuncin de veracidad en el sentido ue Ben la tra*itacin del procedi*ientoad*inistrativo7 se presu*e ue los docu*entos declaraciones or*ulados por losad*inistrados en la or*a prescrita por esta 4e7 responden a la verdad de losecos ue ellos air*an. Esta presuncin ad*ite prue,a en contrarioC.

6.2. Para el autor peruano "orn &r,ina13

7 la presuncin de veracidad consiste en elde,er legal de suponer Apor adelantado con car$cter provisorio- ue losad*inistrados proceden con verdad en sus actuaciones en el procedi*iento en ueintervengan Hrige las relaciones de la %d*inistracin P+,lica con sus agentes co*ocon el p+,lico. (ustitue la tradicional duda o escepticis*o de la autoridad so,re losad*inistrados. Puede presentar un alcance a*plio cuando sus eectos inluencian atodos un procedi*iento ad*inistrativo7 de *odo tal ue deter*ina ntegra*ente sudise?o Hprocedi*iento de apro,acin auto*$tica u otro restringido7 cuando suseectos alcanzan slo a las prue,as ue el ad*inistrado presenta dentro de unprocedi*iento de evaluacin previa. Pero en a*,os casos la presuncin tiene lugar en la ase previa a la constitucin de sus relaciones !urdicas7 pues una vezconstituidas aparecen en toda su di*ensin el principio de verdad *aterial.

6.3. Para su existencia integral7 la presuncin Aprovisoria- de veracidad esta apare!adade una etapa indispensa,le de fiscalización posterior   so,re las declaraciones docu*entos considerados co*o ciertos al *o*ento de su presentacin7 paraconir*ar la veracidad presunta ,uscar la proteccin de las entidades p+,licasco*o posi,les desviaciones7 a,usos o raudes ue desnaturalicen el principio./onsiste en el *ecanis*o selectivo ue cada entidad dise?a para realizar el

13   ORON #RINA, a& Carl'). Comentarios a la Le$ del Procedimiento Administrativo General.Ga-e*a r@(i-a, Se&(a e(i-i& rei)a(a y a-*aliBa(a, Lima, 2003, pp. 353.

Page 11: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 11/12

segui*iento veriicacin de las declaraciones o docu*entos presentados por losad*inistrados7 acogi;ndose al presuncin de veracidad. /on lo cual entende*osue la aplicacin del principio produce la inversin de la carga de la prue,a en elprocedi*iento7 sustituendo la tradicional prue,a previa de veracidad a cargo delad*inistrado7 por la acreditacin de la alsedad de cargo de la %d*inistracin7 en vaposterior. /o*o sus propios t;r*inos lo indican7 esta iscalizacin se caracteriza por:

a ser ex post7 , es selectivo7 c es gratuito 7 d de evidenciarse desviacionesi*plica la anulacin del procedi*iento las responsa,ilidades consiguientes H*ulta responsa,ilidad penal7 de ser el caso.

. Sol"ci,n al caso

@.1. 4a tesis incri*inatoria iscal consistente en la presentacin de un docu*ento alsoHdiplo*a de Experto en (ecretariado Dilinge por la &niversidad 'acional del(anta7 al concurso p+,lico para la vacante de secretaria III7 organizado por elInstituto egional de Ener*edades 'eopl$sicas B)octor 4uis Pinillos #anozaC7 sinduda constitue una vulneracin al principio de  presunción de veracidad en elprocedi*iento ad*inistrativo de contratacin de personal realizado por el Instituto

ue acarrea su nulidad7 al a,er sido inducidos a error por la i*putada en el sentidode poseer una experticia Hicticia inerente al puesto del concurso7 de a ue el"inisterio P+,lico en su disposicin de or*alizacin aa caliicado elco*porta*iento de la i*putada co*o delito de uso de docu*ento p+,lico also7tipiicado en el artculo >2@=7 segundo p$rrao del /digo Penal ue repri*e al ueace uso de un docu*ento also co*o si uese legti*o7 sie*pre ue de su usopueda resultar alg+n per!uicio.

@.2. Por lo expuesto7 el ,ien !urdico o,!eto de proteccin en el delito de alsedaddocu*ental7 consistente en la e p+,lica Hia,ilidad seguridad del tr$ico !urdico dedocu*entos7 a sido lesionado tanto para la *niversidad +acional del Santa7 por resultar per!udicado con la ela,oracin de un docu*ento also Hdiplo*a para pro,ar 

un eco inexistente co*o es otorgarle una deter*inada cualidad acad;*ica a lai*putada Hexperta en secretariado ,ilinge7 co*o si u,iera sido real*enteexpedido por dica &niversidad as co*o ta*,i;n al ,obierno egional .a .ibertad 7por resultar per!udicado con la utilizacin del *is*o docu*ento also en el concursop+,lico de contratacin de personal realizado por el Instituto egional deEner*edades 'eopl$sicas B)octor 4uis Pinillos #anozaC7 dando inde,ida*enteco*o ganadora a la i*putada en la creencia ue tena una experticia para el cargo.En su*a7 existe un do,le per!uicio para las instituciones antes *encionadas7de,iendo reconocerles en aplicacin del dereco a la tutela !urisdiccional eectiva ala vcti*as del delito7 co*o garanta de la ad*inistracin de !usticia prevista en elartculo 139.3= de la /onstitucin Poltica del Estado7 el dereco a la verdad7 eldereco a ue se aga !usticia en el caso concreto el dereco a la reparacin del

da?o a trav;s de una co*pensacin econ*ica7 los cuales evidente*ente puedentornarse *$s eectivos a trav;s del reconoci*iento de su participacin co*o actor civil$ con las acultades previstas en los artculos 10>= 10F= del /PP.Por estas consideraciones7 (E E(&E4ME:

III. PARTE RESOLUTIVA

econocer la calidad de agraviado al #o,ierno egional 4a 4i,ertad declarar /UNDADA  la solicitud de constitucin en actor civil de la a,ogada 8ilda Julia

Page 12: Actor Civil Perjudicado Por El Delito

7/25/2019 Actor Civil Perjudicado Por El Delito

http://slidepdf.com/reader/full/actor-civil-perjudicado-por-el-delito 12/12

Perera %rau!o7 en calidad de Procuradora P+,lica %d 8oc del #o,ierno egional 4a4i,ertad7 en el proceso seguido contra Elsa "ilagros Pretell #$lvez7 por el delito deuso de docu*ento p+,lico also en consecuencia se le otorga las acultadesprevistas en los artculos 10>= 10F= del /PP. %d*tase la delegacin derepresentacin procesal de la Procuradora P+,lica al a,ogado Jorge <ernando(e*inario "auricio en el presente proceso. NOTI/I0UESE  a los su!etos

procesales.-