Acuerdo 022 de 2009 Sistema Institucional de Evaluación Rufino Sur

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INSTITUCION EDUCATIVA RUFINO JOSE CUERVO SUR Barrio: Las Acacias Calle 48 Carrera 25 y 26 NIT 890 003 889 3 SEDE RUFINO SUR – 7473526-7476373 SEDE ACACIAS –TELEFONO 7475413 SEDE MADRE MARCELINA – TELEFONO 7476080 FAX - 7476457 Correos Electrónicos: [email protected] r[email protected] 1 Acuerdo N o 022 (Diciembre 4 de 2009) Por medio del cual se define y adopta el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur de Armenia. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur de Armenia, Quindío, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere: - El literal a) del artículo 144 de la ley 115 de 1994, - El numeral 3 del artículo 15 del decreto 1860 de 1994, - La Ley 715 de 2001, - El numeral 3 del artículo 8 o y el numeral 2 del artículo 11 o del decreto 1290 de 2009. Considerando 1. Que es función del Consejo Directivo aprobar las modificaciones al Proyecto Educativo Institucional. 2. Que el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes implica modificaciones al currículo y como consecuencia de ello al Proyecto Educativo Institucional. 3. Que el Consejo Directivo de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur en sesión realizada el 4 de diciembre de 2009 según el acta numero 009 aprobó la propuesta del Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes aprobada previamente por el Consejo Académico, Acuerda Artículo 1. Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. El Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes es el conjunto de normas, estrategias, procedimientos y mecanismos que garantizan la ponderación y promoción de los estudiantes de acuerdo con el modelo pedagógico y el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur, así como las normas y disposiciones legales vigentes. La evaluación de los estudiantes de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur será continua, flexible e integral.

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Acuerdo No 022 (Diciembre 4 de 2009)

Por medio del cual se define y adopta el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur de Armenia. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur de Armenia, Quindío, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere: - El literal a) del artículo 144 de la ley 115 de 1994, - El numeral 3 del artículo 15 del decreto 1860 de 1994, - La Ley 715 de 2001, - El numeral 3 del artículo 8o y el numeral 2 del artículo 11o del decreto 1290 de 2009.

Considerando

1. Que es función del Consejo Directivo aprobar las modificaciones al Proyecto Educativo Institucional. 2. Que el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes implica modificaciones al currículo y como consecuencia de ello al Proyecto Educativo Institucional. 3. Que el Consejo Directivo de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur en sesión realizada el 4 de diciembre de 2009 según el acta numero 009 aprobó la propuesta del Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes aprobada previamente por el Consejo Académico,

Acuerda

Artículo 1. Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. El Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes es el conjunto de normas, estrategias, procedimientos y mecanismos que garantizan la ponderación y promoción de los estudiantes de acuerdo con el modelo pedagógico y el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur, así como las normas y disposiciones legales vigentes. La evaluación de los estudiantes de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur será continua, flexible e integral.

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Artículo 2. Criterios de evaluación y promoción

1. Criterios de Evaluación

La evaluación en nuestra institución procurará ser: Integral: Que tenga en cuenta las potencialidades del estudiante y su condición humana como integrante de una comunidad en particular y de la sociedad en general; y no únicamente la aplicación de una determinada medición del saber.

Formativa: En cuanto permita observar los valores del ser implicados en el proceso enseñanza-aprendizaje, de modo que los aspectos humanos vinculados con el conocimiento, tales como la verdad, la justicia, el respeto y la voluntad de realizar un proyecto de vida, evidencien un compromiso vital con el proyecto educativo, la institución y la comunidad. Pensada y reflexiva: En cuanto no sólo procure una equivalencia del saber con una escala valorativa sino que considere las causas, las razones y los motivos que dan como resultado dicha equivalencia.

Oportuna: En cuanto deberá estar siempre integrada con cada paso del proceso de adquisición del saber y del desarrollo de competencias. Equitativa: En cuanto procure aplicar equidad en el sentido de dar a cada quien lo que le corresponde.

De doble Vía: En cuanto involucre tanto la decisión tomada por el profesor, como la participación del estudiante en la evaluación. Sistémica: Tendrá en cuenta los principios pedagógicos y didácticos que guarden relación con los fines y los objetivos de la educación, la visión y la misión institucional, el modelo pedagógico de la institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros e indicadores de logro, los lineamientos curriculares o la estructura científica de las áreas, los contenidos, los métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

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Flexible: En cuanto permite hacer ajustes en la forma de evaluar a la población con necesidades educativas especiales. 2. Criterios de Promoción

En la institución educativa, para los criterios de promoción, se tendrán en cuenta las áreas obligatorias y fundamentales definidas en la ley 115 de 1994 y las áreas definidas en las especialidades que tenga la Institución. Educación Básica

1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental. 2. Ciencias Sociales (Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia) 3. Educación Artística. 4. Educación Ética y en Valores Humanos. 5. Educación Física, Recreación y Deportes. 6. Educación Religiosa. 7. Humanidades: Lengua Castellana 8. Humanidades: Inglés. 9. Matemáticas. 10. Tecnología e Informática. Educación Media Académica En la Educación Media Académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la Educación Básica además de las Ciencias Económicas, Políticas y la Filosofía. Educación Media Técnica

En la Educación Media Técnica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la Educación Básica además de la Filosofía y del conjunto de asignaturas que conforman cada especialidad las cuales constituyen una sola área. En relación a las áreas definidas antes los criterios de promoción serán los siguientes: 2.1. Promoción

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2.1.1. En los grados Primero (1°) y Segundo (2°) la promoción será automática. 2.1.2. Los estudiantes de los grados Tercero (3°), Cuarto (4°), Quinto (5°), Sexto (6°), Séptimo (7°), Octavo (8°), Noveno (9°) y Décimo (10°) que al finalizar el año lectivo presenten Desempeño Básico, Desempeño Alto y/o Desempeño Superior en todas las áreas serán promovidos al grado siguiente y los estudiantes del grado Undécimo (11°) que cumplan este requisito serán promovidos y la Institución les otorgará el título de Bachiller. Parágrafo: Los estudiantes con necesidades educativas especiales para el aprendizaje y que hayan superado los desempeños necesarios relacionados con las adaptaciones curriculares definidas en los planes de área serán promovidos al grado siguiente, en los mismos términos definidos en los numerales 2.1.1. y 2.1.2. del presente artículo. 2.2. No Promoción

2.2.1. En los grados Tercero (3°), Cuarto (4°), Quinto (5°), Sexto (6°), Séptimo (7°), Octavo (8°), Noveno (9°), Décimo (10°) y Undécimo (11°), los estudiantes que al finalizar el año lectivo presenten Desempeño Bajo en tres (3) o más áreas no serán promovidos al grado siguiente.

2.2.2. Especialidades. Los estudiantes de Educación Media Técnica que al finalizar el año lectivo presenten Desempeño Bajo en la mayoría de las asignaturas de la especialidad, no aprobarán la especialidad y por lo tanto no serán promovidos. 2.2.3. Cuando el número de ausencias injustificadas sea igual o superior al 15% de la intensidad horaria de un área, ésta se valorará con Desempeño Bajo en el periodo correspondiente. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el estudiante deberá presentar planes de recuperación concertados con el docente. 2.3. Promoción Pendiente

Cuando al finalizar el año lectivo el estudiante obtenga Desempeño Bajo en una o dos áreas, quedará con Promoción Pendiente; deberá recuperar obligatoriamente en la segunda semana de labores del año lectivo siguiente; si no aprueba el área o las áreas donde obtuvo Desempeño Bajo, el educando no será promovido al grado siguiente y deberá repetir el grado

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en su totalidad. Éste tipo de promoción no se aplica si el área con Desempeño Bajo es la especialidad, pues en este caso el estudiante no será promovido según el numeral 2.2.2. del presente artículo. 2.4 Promoción Anticipada

Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento del estudiante y de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar. Esta promoción deberá incluir a quienes no hayan sido promovidos el año anterior y demuestren la superación de los logros que no habían alcanzado, así mismo, podrá concederse la promoción en el último período, cuando un estudiante deba continuar en un país extranjero o en un colegio de calendario B.

Artículo 3. Escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala

nacional

Para efectos de la escala de valoración de los desempeños de los estudiantes de la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur, en Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Académica y Media Técnica se procederá en consonancia con la escala definida en el artículo 5 del decreto 1290, respecto a cada una de las áreas así:

Escala de valoración

Escala nacional Equivalente en la escala institucional

Desempeño Superior Superior (S) Desempeño Alto Alto (A) Desempeño Básico Básico (B) Desempeño Bajo Insuficiente (I)

Desempeño Básico. Se entiende como el alcance de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares, las orientaciones y los lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional, así como las competencias definidas en la media técnica para cada una de las especialidades.

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Desempeño Bajo (Insuficiente). Se entiende como la no superación de los desempeños Básicos. Cuando se superen los estándares involucrando niveles de competencia óptimos se darán las siguientes valoraciones: Desempeño Alto. Cuando el estudiante hace uso del sistema de significación en situaciones concretas, lo cual puede traducirse como el saber hacer con el saber, es decir, aquella capacidad que permite que el estudiante describa y comunique las características de los sistemas dados. Desempeño Superior. Implica la explicación del uso del sistema de significación e involucra la capacidad para reflexionar sobre los elementos de un sistema dado. Implica que el estudiante propone, innova, construye y elabora utilizando los saberes.

Artículo 4. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes Las estrategias de valoración del desempeño deben basarse tanto en los procesos como en los resultados y considerar los aspectos cognitivos y actitudinales. Deben permitir que el estudiante aprenda a evaluar y a entender cuál es su aprendizaje individual, así como desarrollar las habilidades del “aprender a aprender”. Para efectos de valoración se tendrán en cuenta las evidencias de conocimiento, las evidencias de desempeño y las evidencias actitudinales: 1. Evidencias de conocimiento Son todas aquellas pruebas que evidencien el conocimiento y la comprensión de los saberes establecidos para cada área de acuerdo con los estándares y lineamientos estipulados por el Ministerio de Educación Nacional, así como los programados en cada una de las especialidades de la Educación Media. Se consideran evidencias de conocimientos:

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1.2. Elaboración de mapas conceptuales. Los mapas conceptuales son diagramas que expresan las relaciones entre conceptos generales y específicos de una materia, reflejando la organización jerárquica entre ellos. Favorecen el desarrollo organizado y funcional de los conceptos claves de una materia o disciplina.

1.2. Pruebas o exámenes: El estudiante responde por escrito a preguntas abiertas. En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios.

1.3. Nueva narración de la historia o del texto. El estudiante vuelve a narrar las ideas principales o pormenores seleccionados de un texto aprehendido a través de la lectura o la narración oral.

1.4. Tareas, talleres, investigaciones, consultas o trabajos de clase y ejercicios. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación. Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, en lo posible, de la existente en la biblioteca de la Institución, del Municipio, o la dirección en la web. 1.5. Pruebas Censales. Son exámenes escritos siguiendo la estructura de las pruebas ICFES y pruebas Saber, se aplicarán al finalizar el segundo (2o) y el cuarto segundo (4o) período en los grados Tercero (3°), Cuarto (4°), Quinto (5°), Sexto (6°), Séptimo (7°), Octavo (8°), Noveno (9°), Décimo (10°) y Undécimo (11°). Los resultados de dichas pruebas se consideran como valoración de conocimiento y deberán ser tenidas en cuenta como actividades de recuperación.

2. Evidencias de desempeño

Son todos aquellos documentos y materiales que demuestran la capacidad de actuación que se logra como resultado del aprendizaje, son la demostración de lo que el estudiante sabe hacer con lo que sabe. Incluyen investigaciones, participación en eventos, elaboración de maquetas, obras escritas, obras artísticas, listas de chequeo, etc.

2.1. Elaboración de documentos. El estudiante genera un documento de tipo narrativo, explicativo, persuasivo o de referencia.

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2.2. Proyectos / exhibiciones. El estudiante trabaja en equipo con otros compañeros para crear un proyecto que con frecuencia involucra producción en multimedia, presentaciones verbales o escritas, y una exhibición.

2.3. Experimentos / demostraciones. El estudiante documenta una serie de experimentos, ilustra un procedimiento, realiza los pasos necesarios para completar una tarea, y documenta los resultados de esas acciones.

2.4. Lista de chequeo (Observación operativa directa del estudiante). El maestro observa y documenta la participación del estudiante en eventos científicos, culturales, artísticos, deportivos y sociales.

2.5. Resultados de pruebas externas. Los resultados de las pruebas externas realizadas por el ICFES y/o la secretaría de educación municipal serán tenidas en cuenta en cada área para valoración como evidencias de desempeño.

3. Evidencias actitudinales

Son todos aquellos documentos que evidencien actitudes y comportamientos del estudiante frente al aprendizaje, su iniciativa y creatividad, el trabajo en grupo e individual, su cooperación con el aprendizaje de los compañeros, su participación en campañas, eventos y otros.

3.1. Lista de chequeo (Observación operativa directa del estudiante). El maestro observa y documenta la atención del estudiante y su interacción en clase, su respuesta a los materiales usados en la instrucción, el trabajo que hace en colaboración con otros estudiantes y la creatividad e iniciativa del estudiante en cualquiera de los ambientes de desarrollo escolar institucionales.

3.2. Entrevistas orales. El maestro hace preguntas al estudiante sobre su trayectoria personal, actividades que realiza, lecturas y demás intereses.

3.3. Planes de mejoramiento personal. El maestro valora los planes de mejoramiento personal hechos por los estudiantes en forma individual o colectiva tanto para la superación de dificultades como para el mejoramiento de su calidad de vida.

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Artículo 5. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los

estudiantes durante el año escolar

Como la evaluación y/o el seguimiento de los estudiantes es un proceso continuo y permanente, se realizaran las siguientes acciones: 1. El estudiante realizará un compromiso Académico con el docente y el padre de familia o acudiente para mejorar su desempeño. El estudiante cumplirá las actividades de apoyo programadas con el docente en las áreas de bajo desempeño. Los compromisos anteriores significan acciones concretas y fechas específicas y deben registrarse por escrito. 2. Al estudiante que presente Desempeño Bajo en tres o más asignaturas por periodo, la Comisión de Evaluación le hará un seguimiento académico en un formato específico, en el cual se indicarán las actividades de recuperación en las áreas con Desempeño Bajo. De este seguimiento serán notificados el estudiante y el padre de familia o acudiente quienes firmarán un compromiso de recuperación. 3. Se conformará una comisión de apoyo la cual deberá funcionar en cada grado o área. Ésta comisión estará integrada por el docente del área y estudiantes que tengan un buen rendimiento académico y buen comportamiento social. La función de los estudiantes designados es la de monitores en clase y extraclase. Existirá un acuerdo entre el profesor y la comisión de apoyo para ayudar a los estudiantes que tengan bajo desempeño, con el fin de colaborarles y poder superar sus dificultades académicas. Los estudiantes que presenten dificultades en cualquier área serán apoyados por sus compañeros monitores. Artículo 6. Procesos de autoevaluación de los estudiantes

La autoevaluación debe ser un proceso fundamental y permanente para que el estudiante progrese en la autonomía personal y en la responsabilidad de sus propias actuaciones escolares. La autoevaluación debe llevar a que el estudiante reflexione sobre su quehacer, su trabajo, el cumplimiento de sus deberes y el compromiso de mejorar en estos aspectos.

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La autoevaluación debe ser un espejo donde el alumno se vea solo con todas sus verdades, vea con sus propios ojos su comportamiento ante los diversos aspectos de su aprendizaje, tome conciencia de su esfuerzo, de sus logros, de sus dificultades, de su nivel de aspiración en su rendimiento, de su compromiso consigo mismo. La Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur reconoce en el estudiante la capacidad de autoevaluarse y por tanto creará espacios para que el alumno aprenda y participe de su propia valoración. Para ello implementará asistencia, orientación, control y apoyo permanentes. Se consideran procesos de autoevaluación: El proyecto de vida, el autoanálisis y el plan de mejoramiento personal del estudiante, deberán ser considerados como evidencias actitudinales dentro de las estrategias de valoración. Artículo 7. Estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas

pendientes de los estudiantes.

Como la evaluación y/o el seguimiento de los estudiantes es un proceso continuo y permanente, la Institución Educativa realizará las siguientes acciones: 1. Actividades de Refuerzo y Recuperación permanentes concertadas entre el profesor del área y el alumno.

2. Actividades de Recuperación con compromiso académico. Se realizará el compromiso Académico definido en el numeral 1 del artículo 5o. 3. Actividades de Recuperación Finalizado cada Período. Se realizará el procedimiento definido en el numeral 2 del artículo 5o. En el caso del cuarto período las actividades contemplarán también la recuperación del Desempeño Bajo en los períodos anteriores.

4. Actividades Finales de Recuperación: Cuando en el Informe final del año lectivo el estudiante queda con Promoción Pendiente la Comisión de Evaluación y Seguimiento programará y asignará actividades de recuperación especiales, las cuales serán realizadas por el estudiante y presentadas en la segunda semana de labores del año lectivo siguiente.

Algunas estrategias pedagógicas y acciones de seguimiento para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños en su proceso formativo son:

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• Talleres de recuperación • Tutorías • Sustentaciones • Evaluación escrita • Desarrollo de proyectos • Trabajos extra clase • Visitas pedagógicas

La recuperación se hará con la motivación, el compromiso y el apoyo de los padres y/o los acudientes, los docentes y los educandos. Artículo 8. Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del

establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema

Institucional de Evaluación

Para verificar el cumplimiento de los procesos evaluativos, el Consejo Académico conformará al inicio del año lectivo, para cada grado, una Comisión de Evaluación y Seguimiento integrada por un número de hasta tres docentes que orienten clases en el grado respectivo, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y realizará acompañamiento de la misma. Esta Comisión se reunirá al finalizar cada período y estudiará los informes presentados por los docentes sobre la evaluación y seguimiento hechos a los alumnos en el desarrollo de las áreas correspondientes y analizará los casos persistentes de estudiantes con Desempeño Bajo. Como resultado del análisis, prescribirán las actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las deficiencias. Estas se realizarán simultáneamente con las actividades académicas en curso. Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con Desempeño Superior con el fin de recomendar actividades especiales de motivación y/ o la promoción anticipada. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán, junto con los compromisos firmados y las adaptaciones para los estudiantes con necesidades educativas especiales, evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos.

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Artículo 9. Periodicidad de entrega de los informes a los padres de familia

La evaluación será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar. Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de la evaluación en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. Este deberá incluir información detallada acerca de las fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquiera de las áreas y establecerá las recomendaciones y las estrategias para mejorar. Al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año, este informe tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores. En la Institución Educativa Rufino José Cuervo Sur se mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada alumno además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución. El rector o el coordinador, está en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación. Artículo 10. Estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros,

comprensibles y den información integral del avance en la formación

Los informes se entregarán en cada período y al final del año escolar. Éstos deberán indicar: La fecha, el nombre del estudiante, el grado que cursa, las áreas cursadas en el grado respectivo, la evaluación de desempeño por cada área teniendo en cuenta la escala adoptada por la institución en Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica, la descripción objetiva, explicativa sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el periodo o año escolar referidas a los indicadores, logros o competencias alcanzadas así como las recomendaciones y las inasistencias. El informe final indicará además la situación de

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promoción del estudiante así: Promovido, No Promovido ó Promoción Pendiente, según el caso. Al finalizar el informe se ubican unos renglones con el termino OBSERVACIONES. Dentro de los planes de área deben quedar explícitos los criterios generales para las fortalezas, debilidades y recomendaciones que serán utilizados en cada uno de los periodos. Artículo 11. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de

reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción

Para las reclamaciones y solicitudes de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción se procederá así: 1. Reclamaciones y solicitudes sobre la evaluación

El maestro publicará las notas de los estudiantes de forma verbal o escrita y el estudiante hará las respectivas reclamaciones.

Si el estudiante o acudiente no está de acuerdo con su valoración en el boletín de calificaciones deberá diligenciar el formato de reclamación dado por la institución. Esta reclamación se presentará al coordinador respectivo a más tardar cinco (5) días hábiles posteriores a la reunión de padres en la que se entreguen los boletines. El coordinador dispondrá de diez (10) días hábiles para resolver la situación y notificar a los interesados.

Si la decisión no es satisfactoria para el estudiante y el padre de familia o acudiente, éstos podrán presentar un recurso de apelación ante la Comisión de Evaluación y Seguimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión tomada por la coordinación. La Comisión de Evaluación y Seguimiento se reunirá extraordinariamente y tendrá diez (10) días hábiles a partir de la fecha de radicación del recurso de apelación para resolver el caso. La Comisión de Evaluación y Seguimiento actuará como última instancia, la decisión tomada por ésta será notificada por escrito a los interesados y archivará el caso. 2. Reclamaciones y solicitudes sobre la promoción Las reclamaciones y solicitudes sobre la promoción serán presentadas por escrito ante el Consejo Académico y deberán estar firmadas por el estudiante y el padre de familia o acudiente, en ella se deberán explicar claramente las razones de la reclamación y aportar las

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INSTITUCION EDUCATIVA RUFINO JOSE CUERVO SUR Barrio: Las Acacias Calle 48 Carrera 25 y 26

NIT 890 003 889 3

SEDE RUFINO SUR – 7473526-7476373

SEDE ACACIAS –TELEFONO 7475413 SEDE MADRE MARCELINA – TELEFONO 7476080

FAX - 7476457 Correos Electrónicos: [email protected]

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pruebas y documentos que la justifiquen. Sin estos requisitos no podrán ser tramitadas. La decisión tomada por el Consejo Académico será notificada por escrito a los solicitantes y éstos dispondrán de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación, para presentar, por una sola vez, un recurso de apelación ante el Consejo Directivo. El Consejo Directivo dispondrá de cinco (5) días hábiles para decidir sobre la reclamación o solicitud. Una vez tomada la decisión se notificará por escrito a los interesados y se archivará el caso. Artículo 12. Mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción

del sistema institucional de evaluación de los estudiantes Se consideran integrantes de la comunidad educativa: Los estudiantes, los padres de familia y acudientes, los docentes y directivos docentes, los egresados de la institución y los representantes del sector productivo. Para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes se contará con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa en las siguientes instancias y momentos en los que se analizará la legislación vigente sobre evaluación y promoción, se recogerán inquietudes y sugerencias y se discutirán los documentos aprobados por el gobierno escolar relacionados con el tema. Los estudiantes participarán a través de reuniones grupales, del Consejo de Estudiantes y de su representación en el Consejo Directivo así como en las comisiones de apoyo pedagógico. Los padres de familia participarán a través de reuniones grupales, del Consejo de Padres y de la Asociación de Padres. Además, los padres de familia participarán mediante representantes en las Comisiones de Evaluación y Seguimiento y en el Consejo Directivo. Los docentes y directivos docentes participarán a través de reuniones generales de profesores, reuniones de docentes por áreas y comisiones de docentes. Además participarán mediante sus representantes en las Comisiones de Evaluación y Seguimiento, en el Consejo Académico y en el Consejo Directivo. Los egresados y el sector productivo participarán a través de reuniones generales y de sus representantes en el Consejo Directivo. Artículo 13. Interpretación y reformas del Sistema Institucional de Evaluación

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Todo asunto no previsto en el Sistema Institucional de Evaluación, el cual esté relacionado con la evaluación y promoción de los estudiantes, será resuelto por el Consejo Directivo. Las decisiones especiales que tome conforme a esta disposición se comunicarán a todos los estamentos de la institución educativa y serán de obligatorio cumplimiento. Artículo 14. El presente acuerdo rige a partir del primero de enero de 2010. Dado en Armenia, Quindío a los cuatro (4) días del mes de diciembre de 2009.

Amparo Herrera Arias Rectora Daniel Murillo Rojas Jorge Enrique García López Representante docentes Representante docentes Julio César Valencia González Alberto Castro Representante padres de familia Representante padres de familia

Jorge Esteban Londoño Idrobo Representante de los estudiantes