Acuerdo adida seduca 2014

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Secretaría de Educación Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo Calle 42B 52-106 Piso 4, Oficina 416 Teléfonos: 3838400 3838411 Código Postal: 050015 Centro Administrativo Dptal José María Córdova (La Alpujarra) Línea de Atención a la Ciudadanía: 018000 419 00 00 Medellín - Colombia - Suramérica ACTA 1 NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 24 de Septiembre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Aula 1 Sede Empresarial Comfenalco Guayabal-Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora DIANA BOTERO MARTINEZ Directora Jurídica Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANDÓN TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Doctor LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Doctora ANA PATRICIA MORA Asesora Jurídica ADIDA Licenciada NOHEMI TAMAYO MARÍN Sec. De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciado LUBIN FERNANDEZ OTALVARO Representante de USDIDEA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA

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Documento sobre el acuerdo firmado entre ADIDA - SEDUCA

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ACTA 1

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 24 de Septiembre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Aula 1 Sede Empresarial Comfenalco Guayabal-Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora DIANA BOTERO MARTINEZ Directora Jurídica Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANDÓN TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Doctor LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Doctora ANA PATRICIA MORA Asesora Jurídica ADIDA Licenciada NOHEMI TAMAYO MARÍN Sec. De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciado LUBIN FERNANDEZ OTALVARO Representante de USDIDEA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA

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Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones. El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia, da inicio a la reunión siendo las 8:05 am.

Premisas a tener en cuenta en el transcurso de la reunión.

El respecto de los participantes como uno de los pilares de la negociación. La vinculación del Dr. Julio Cesar Blandón Tamayo, hará parte de la negociación como asesor del despacho.

Solicita el Subsecretario de Educación que solo se trabaje en la mañana, toda vez que las directivas están en la negociación y la secretaria se quedaría sola; interpelan las organizaciones sindicales ADIDA y USDIDEA, que en ese orden de ideas y de ser necesario trabajemos dos días en la mañana.

El presidente de la junta directiva de ADIDA propone que partamos de la base de iniciar con el proceso en los horarios convenidos.

Principios normativos de la negociación, plasmados en el Decreto 1092 del 24 de mayo de 2012, se le da lectura al Artículo tercero “Para los efectos de la aplicación del presente decreto se entenderá como:

1. Respeto de la Competencia Constitucional y Legal. La negociación debe respetar las competencias exclusivas que la Constitución y la ley atribuyen a las autoridades públicas. 2. Empleado público. Quien se vincula a la Administración Pública mediante una relación legal y reglamentaria. 3. Sindicato de empleados públicos. Organización Sindical que fomenta y defiende los intereses de los empleados públicos, a quienes se aplica el presente decreto. 4. Mediador. Persona que convoca a las partes para tratar de avenirlas en el proceso de negociación. Las fórmulas que proponga el mediador a las partes, deben respetar las competencias exclusivas atribuidas por la Constitución y la ley a las autoridades públicas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del presente artículo. 5. Condiciones de empleo. Aspectos relativos a las relaciones laborales objeto de negociación con los sindicatos. 6. Negociación del pliego de solicitudes. Proceso de negociación entre los representantes de las organizaciones sindicales, de una parte, y de otra la entidad empleadora, para fijar las condiciones de empleo y regular las relaciones entre la Administración Pública y sus organizaciones sindicales, susceptibles de concertación de conformidad con lo señalado en el presente decreto. 7. Ámbito de la negociación. Están excluidos de la negociación de las condiciones laborales, los asuntos que excedan el campo laboral, tales como: la estructura organizacional, las plantas de personal, las competencias de dirección, administración y fiscalización del Estado, los procedimientos administrativos, la carrera administrativa y el régimen disciplinario. En materia salarial podrá haber concertación. Sin perjuicio de lo anterior, en el nivel territorial, se respetarán los límites que fije el Gobierno Nacional. En materia prestacional las entidades no tienen facultad de concertación. Se procede a acordar el primer tema del pliego “Reconocimiento de la dignidad humana”

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PUNTO DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO.

1 El reconocimiento de la dignidad humana en el caso de los amenazados y un trato digno a dicha condición.

La administración Departamental ratifica el compromiso de dar estricto cumplimiento a la normatividad vigente en especial al decreto 1782.

ACUERDO: La administración continuara garantizando el acogimiento inmediato al docente amenazado y/o desplazado y procederá a remitir el caso a la entidad pertinente para su calificación de riesgo y su posterior ubicación.

2 Reconocimiento y tratamiento conforme a la condición de amenazado, victima y de desplazado.

La administración Departamental manifiesta que debe quedar claro que se dará la calidad de amenazado al docente siempre y cuando sea procedente.

Acuerdo en dar estricto cumplimiento al decreto

1782 en todo su articulado, de conformidad al

procedimiento establecido por el mismo.

3 Garantías para educadores que por calificación de riesgo extremo tengan que salir del país.

Las organizaciones sindicales solicitan que se aplique el decreto 1782 sobre maestros amenazados que se encuentran por fuera del país lo establecido en el artículo 16°

No aplica de presentarse se dará estricto

cumplimiento, especialmente en el artículo 16

4 Establecimiento de un formato reservado que contenga la información familiar, personal y profesional del amenazado y sus expectativas con respeto a la reubicación. Información, que necesariamente, será tenida en cuenta para su reubicación, de acuerdo con lo contemplado en el Decreto 1782 de 2013.

La administración no ve posible ni pertinente la elaboración de este formato por el tema de la confidencialidad.

No hay acuerdo.

5 Convenir con la entidad prestadora de los servicios médicos para hacer una valoración médica y sicológica inmediata del amenazado y de su familia cuando esta última se requiera.

Se integra este numeral con el N° 6. El sindicato solicita que se busque por parte de la Fundación Médica Preventiva u otra entidad si estos aspectos no aparecen en la licitación con la Fiduciaria La Previsora. La administración informa que no es posible hacer negociación frente a la estructura de la organzación.

La administración se pronunciaría en forma general ante la IPS que presta los servicios para el apoyo requerido; y la dirección jurídica estará presta a atender las solicitudes jurídicas..

6 Conformación de un grupo interdisciplinario que haga acompañamiento profesional, en forma individual y grupal, tanto al docente en circunstancias de amenaza como a su familia.

7 Establecimiento de mecanismos que garanticen una oportuna y adecuada ubicación de maestros amenazados atendiendo para la reubicación a sus circunstancias familiares, personales y profesionales, procurando evitar, en la medida de lo posible las reubicaciones transitorias o temporales, exigiendo agilidad en el estudio del riesgo en aquellos casos en que sea posible.

Acuerdo en dar estricto cumplimiento al decreto 1782 en todo su articulado, de conformidad al procedimiento establecido por el mismo; dando prioridad, celeridad es su atención y reubicación.

8 Incluir representación en los comités de amenazados, un representante de la La asesora jurídica de SEDUCA aclara que en ACUERDO: cumplimiento del decreto 1782 en

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agremiación sindical con mayor número de docentes afiliados en el departamento. la norma actual desaparece la figura de comité de amenazados por comité de seguimiento.

esta materia de la integración del comité de seguimiento.

9 Aplicar los precedentes judiciales que existen sobre estos casos, especialmente las sentencias T 664 de 2011 y T 247 de 2012.

Las agremiaciones sindicales solicitan aplicar los fallos así sean interpartes y en aquellas consideraciones que siendo particulares se vuelven reiterativas.

No hay acuerdo, estas sentencias son interpartes, por ende se tomaran como referente, pero no hacen parte del proceso.

10 Reconocimiento respeto y consideración que los y las docentes que son CABEZAS DE FAMILIA y tienen, por ello, una protección constitucional reforzada, acorde con lo establecido en las leyes 82 de 1993 y 1232 de 2008.

La administración en la medida que conozca los casos aplicara la estabilidad laboral reforzada.

No aplica, siempre se ha cumplido.

Siendo las 12:25 pm. Se da por terminada la reunión.

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ACTA 2

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 1 de Octubre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Aula 4 Sede Comfenalco Guayabal- Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora DIANA BOTERO MARTINEZ Directora Jurídica Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANDÓN TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Doctor LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Doctora ANA PATRICIA MORA Asesora Jurídica ADIDA Licenciada NOHEMI TAMAYO MARÍN Sec. De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciado LUBIN FERNANDEZ OTALVARO Representante de USDIDEA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones. El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia.

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Se procede a acordar el segundo tema “Garantía para el ejercicio de la profesión docente”

DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO.

11 Respetar integralmente la Reglamentación establecida en el caso de los traslados de los educadores por solicitud propia interpretando favorablemente la solicitud del educador propiciando su traslado sujeto a los términos de la solicitud y en todo caso favoreciendo la cercanía que busca el docente con respecto a la ciudad de Medellín u otro municipio o departamento en el caso de los convenios interadministrativos, permuta libremente convenida o convenio interadministrativo. En el caso de que la solicitud de traslado no esté clara se deberá de requerir, al educador, para que la aclare antes de proceder a trasladarlo. A guisa de ejemplo se solicita un traslado para el municipio de Caldas sin especificar si es la zona urbana o rural, en este caso deberá de requerirse al educador para que aclare este punto. En cuanto a las permutas y convenios deberá de hacerse una interpretación garantista de las normas que rigen estos casos y no restricta de la misa. Verbi gracia, dos docentes deciden permitir y coinciden en todo menos en el salario y no le conceden la permuta que porque no gana el mismo salario.

La administración retoma el planteamiento, en el cual la reubicación de los docentes es de acuerdo a la necesidad de servicio y plantea la prioridad fundamental del derecho que tiene los niños y niñas a la educación; además que se trata que una facultad discrecional del nominador. El sindicato solicita el dato de cuantas permutas se han autorizado en lo que va corrido del año. Interviene diciendo que si la permuta es libremente convenida, porque la administración, no las autoriza; porque se debe hacer un estudio de viabilidad financiera que determine si existe disponibilidad presupuestal para acceder.

ACUERDO: La administración reconoce la necesidad del traslado como estímulo y manifiesta que para llevar a cabo estos se deben tener en cuenta como mínimo los siguientes preceptos además de lo establecido en la norma: 1. No se aceptan permutas entre docentes

mayores de 60 años o próximos a cumplir la edad de retiro forzoso.

2. La permuta o el convenio debe ser entre dos docentes la misma idoneidad en el área y no necesariamente con el mismo salario, se debe tener en cuenta disponibilidad presupuestal.

3. En la eventualidad de presentarse la documentación del maestro incompleta o no esté clara se le hará el requerimiento al docente para que éste la devuelva completa.

12 Aplicar los precedentes judiciales que existen sobre estos casos, especialmente las sentencias T 664 de 2011 y T 247 de 2012.

La administración manifiesta que los fallos de estas sentencias son interpartes, y que se tendrán en cuenta como recomendaciones y enseñanzas

No hay acuerdo.

13 Reconocimiento respeto y consideración que los y las docentes que son CABEZAS DE FAMILIA y tienen, por ello, una protección constitucional reforzada, acorde con lo establecido en las leyes 82 de 1993 y 1232 de 2008.

La administración plantea y retoma el punto 10 del pliego de peticiones informando que no es solo decir que es madre cabeza de familia, sino que deben acreditar tal situación, aportando la documentación.

ACUERDO: La administración departamental se acoge a la normatividad vigente que protege la condición especial de los y las docentes que son CABEZAS DE FAMILIA.

14 Emitir circular, orientadora, en el término de quince (15) días, donde se establezca con claridad las directrices por las cuales se establecen plazas sobrantes, así como los criterios que podrían tenerse en cuenta al momento de elegir el educador que debe salir del establecimiento educativo; así como los parámetros de atención de estudiantes por aula considerando el área de las mismas y de docentes por grupos y de coordinadores y orientadores escolares. En esa misma circular se indicará la relación alumno profesor en el ente territorial Departamento de Antioquia, información que se hará anualmente a los sindicatos y educador del ente territorial certificado.

La administración aclara el concepto de plazas sobrantes; la planta de cargos son todos los cargos de docentes y directivos docentes que hay en el Departamento por la relación técnica que existe y la planta de Personal, son todos los docentes nombrados que hay en el departamento. La administración se acoge a los reglamentos y criterios que fija el Ministerio de Educación Nacional en la ley 715. El Presidente da Adida, propone que esta circular debe tener los siguientes criterios: 1. Decreto. 3020, establece el número de docentes de acuerdo al número

de alumnos 2. Criterio Legal Norma NTC 4595 del 1999 donde establece el número de

estudiantes según el aula por metro cuadrado en básica y media. 3. Decreto 520 en el sentido que predomina el derecho del docente en

propiedad frente a un provisional.

Se procederá por parte de la Administración a emitir una circular para reafirmar los criterios normativos que regulan la materia sobre los términos que el sindicato ha planteado, así: ACUERDOS: (Numerales) 3- Acatar el artículo 4° del Decreto 520 en el sentido que en un traslado predomina el docente en propiedad frente a un provisional. 4- Ley 715 – Ley 124 donde trata que el licenciado debe estar en su área de especialidad. La administración manifiesta

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4. Ley 715 – Ley 124 donde trata que el licenciado debe estar en su área de especialidad y se debe respetar.

5. Debe predominar el principio que la escuela busca al niño, por lo tanto se debe garantizar la presencia oficial a través de I.E. o C.E.R donde existan comunidades.

6. Se estudiara la probabilidad de la Unidad Familiar; indicando que en todo caso se debe garantizar el derecho a la educación.

La Ante los anotaciones de las organizaciones sindicales, la administración manifiesta que: 1. Para el ajuste de la planta se tienen en cuenta el número total de

estudiantes por sede, jornada y grado de la entidad certificada. 2. La norma NTC4595, hace alusión a construcciones civiles de

infraestructura educativa; cabe aclarar que la administración adelanta los procesos de infraestructura educativa, para mantenimiento y reposiciones en ajuste al marco normativo vigente. Esta norma establece los requisitos para el planeamiento y diseño físico espacial de nuevas instalaciones escolares.

3. Hay unidad de criterio por lo planteado por las organizaciones sindicales.

4. La administración manifiesta que respeta la carrera docente. Reconoce que es un factor que apunta al mejoramiento de la calidad, no obstante se velara por el cumplimiento al derecho fundamental a la educación.

5. En garantía al derecho a la educación se brinda la atención oficial y cuando exista insuficiencia procede la contratación de la prestación del servicio educativo,

6. La administración reconoce la importancia de la unidad familiar sin detrimento de priorizar el derecho fundamental a la educación y las actuaciones que ello implique.

que respeta la carrera docente. Reconoce que es un factor que apunta al mejoramiento de la calidad, no obstante se velara por el cumplimiento al derecho fundamental a la educación 6- Debe existir especial consideración y respeto por la búsqueda de la Unidad Familiar DESACUERDOS: la circular no incluirá: 1- Decreto. 3020, sobre número de docentes de acuerdo al número de alumnos 2- sobre la aplicación de la Norma NTC 4595 del 99 acorde al número de estudiantes según el aula por metro cuadrado en básica y media. 5- Para garantizar la presencia oficial a través de I.E. o C.E.R donde existan comunidades.

15 Posibilitar la participación del representante del sindicato que aglutine el mayor número de afiliados en el Comité de Traslados, para que no se continúe la línea de los movimientos a conveniencia de quienes ejercen presión desde otras instancias.

Para efectos de seguimiento se debe acatar el art. 8 del decreto 520, las asociaciones sindicales deben tener presencia en las veedurías.

No hay acuerdo en este punto, se acoge lo establecido en el decreto 520 donde se hace referencia a la veeduría, más no la participación del sindicato.

16 Expedir, en el término de quince (15) días un acto administrativo que revoque cualquier facultad que tengan los alcaldes, jefes de núcleo o secretarios de educación municipal, para realizar traslados en su jurisdicción.

La administración regulara y llevara un control de esta facultad que le otorga la ley a la Administración Municipal, por esa razón se expidió la circular 013 la cual trata de los traslados internos, y aclara que solo se autorizan traslado internos por salud, amenaza o problemas con la comunidad, que estén debidamente motivados y soportados y en segundo lugar estos traslados deben estar debidamente autorizados por la entidad territorial.

No hay acuerdo porque ya existe acto administrativo que da claridad frente al asunto.

17 Manejar con mucha reserva los resultados de los procesos de evaluación de los docentes evitando que dicha

La administración dio una explicación sobre los documentos que tiene carácter de reserva.

No hay acuerdo, teniendo en cuenta la reserva legal establecida en el código contencioso

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información pueda utilizarse en contra del educador para persecución o discriminación racial, política, institucional o personal de los docentes evaluados.

administrativo.

18 Expedir, en el término de quince (15) días, un acto administrativo que garantice la aplicación de la Ley 24 de 1976 y las normas sobre asignación académicas contenida en el Ley 115 de 1994 y 1860 del mismo año a los docentes de acuerdo a su título y en el caso de los docentes del Decreto Ley 1278 de 2002 el área para la cual concursaron, garantizando al menos el 70% de la asignación académica en la misma, así como su permanencia en el nivel para el cual fueron nombrados.

El sindicato manifiesta que los docentes deben estar dictando el área para la cual se prepararon, la discrecionalidad no es absoluta, la norma es clara, existe sentencia que unifica 917 de 2010, son obligatorias para la administración ley 715 y Decreto 520.

La administración manifiesta que respeta la carrera docente. Reconoce que es un factor que apunta al mejoramiento de la calidad, no obstante se velara por el cumplimiento al derecho fundamental a la educación

19 Respeto por la autonomía institucional establecida en el artículo 77 de la Ley de la Ley 115 de 1994 y de la jornada laboral de 6 horas diarias, incluido el descanso a las pausas aconsejables de acuerdo con la edad y madurez de los niños y adolescentes y 30 horas semanales. La extensión de la jornada dentro del establecimiento educativo, se hará de mutuo acuerdo con los maestros y solamente cuando sea estrictamente necesaria previa agenda también concertada con los educadores. Sentencia del Consejo de Estado, sala de lo Contencioso Administrativo, sección primera del 30 de abril de 2008 con ponencia del Magistrado Camilo Arciniega Andrade en la que se manifestó sobre la Jornada Laboral "Si bien se establece una jornada laboral de ocho horas, estas se reparten en un mínimo de seis (6) horas diarias distribuidas en la asignación académica y las dos horas restantes podrán realizarlas por fuera de la Institución Educativa dedicadas a la administración del proceso educativo, preparación de su tarea académica(...)

Se aplaza la discusión en el momento que toquen el tema de la circular 60 expedida por SEDUCA.

20 Expedir un acto administrativo que aclare la intervención en la vida institucional de los Consejos Académicos, los Consejos Directivos y los Rectores dejando claro que estos últimos son los ejecutores de las decisiones del Consejo Directivo

La administración interpela que el rector es quien preside el consejo Directivo y el consejo académico, aceptar que los rectores son solo ejecutores, seria renunciar a la competencia de presidir los consejos directivos. El Presidente de ADIDA habla del principio de la participación democrática y que los rectores no deben ser violadores de la norma.

Hay acuerdo, La administración expedirá una circular orientadora en los términos de la normatividad vigente.

21 Actualizar el escalafón de los docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 acorde con las orientaciones emanadas de la Comisión Nacional del Servicio Civil, especialmente en la circular No 07 del 14 de julio de 2011, sobre todo en su numeral 4° con respecto a los docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, cuando estando vinculados y superan un nuevo concurso se debe actualizar

La administración dio un informe sobre el tema específico, en el cual se evidencio que en más del 99% de los casos están actualizados en el escalafón.

Están en estudio los casos particulares.

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su escalafón si tiene nuevos títulos sin necesidad de presentar evaluación de competencias.

22 Emitir una directriz que exima, de la responsabilidad de recaudo y manejo de dineros oficiales a los docentes de las instituciones educativas y CER nombrando tesorerías como lo estipula el MEN, pues esa responsabilidad no se encuentra establecida en las funciones de los docentes.

La administración aclara que desde el decreto 4791 existe normatividad al respecto; en ninguna parte de la norma se dice que un docente puede manejar fondos, el fondo existe donde hay un rector; los CER que no tienen director, se asocian a una IE en la que hay un rector ya que el fondo de servicio educativo está a cargo de él.

ACUERDO. Tal como lo manifiesta la administración, los CER que no cuenten con Director rural; deben estar asociados a una IE, por lo tanto los docentes no deben ni tienen la potestad de manejar dineros.

23 Reformar e implementar el mapa educativo de las entidades territoriales en especial para los entes educativos de difícil acceso, cumpliendo los requisitos de la Ley 1297 de 2009 y el Decreto 521 de febrero de 2012 (zonas de difícil acceso), incluyendo en el administrativo absolutamente todos los establecimientos educativos que cumplan con los requisitos. Estos actos administrativos deben revisarse cada año.

El asesor de despacho interviene informando que se emitió una solicitud a planeación Departamental, para hacer la revisión de las zonas de difícil acceso, ya que existe un comité técnico conformado por la secretaria, planeación departamental y el sindicato. Para lo cual el sindicato informa que esto es un retroceso porque mediante la resolución 026460 ya se había realizado esta revisión. Fernando sugiere fijar una fecha tentativa de cuando se puede demorar esta revisión en el área de planeación. Aclara el sindicato que según los acuerdos de Fecode con el Ministerio estas deudas se deben informar al MEN, para asignar los recursos, es por lo tanto que este punto de la negociación también se planteó.

ACUERDO: El acto administrativo está en revisión del Departamento de Planeación desde el 30 de septiembre de 2013, después de ser recibidos, pasaran al sindicato para su aprobación.

24 Dotación fuerte en materia de equipos e inversión en buena tecnología a todos los establecimientos educativos del Departamento de Antioquia, pues los FSE alcanzan básicamente para funcionamiento en términos del Decreto 4791

La Administración queda comprometida en invitar al Dr. Andrés Ochoa, Director de Antioquia Digital a la próxima reunión para desarrollar este Tema.

Se anexa informe del programa Antioquia digital.

25 Garantizar el debido proceso en los casos de descuentos y suspensión de nómina, sujeto a verificación de la situación.

La administración expresa que el Decreto 1844 de 2007 ordena el no pago de días no laborados por parte de los servidores públicos y se deroga el decreto 1838 de mayo 25 de 2007, establece en su artículo 3 el descuento de plano e de días no laborados y se debe informar a todas las entidades de control, significa ello que primero se hace el descuento y posteriormente si existen reclamaciones o justificaciones de parte del docente se harán las evaluaciones pertinentes. La administración le Recuerda al Sindicato que el Dr. Felipe les había planteado que enviaran un cronograma de actividades de los eventos o reuniones sindicales, adjuntando el listado de docentes que asistirían para poder elaborar el acto administrativo u otorgar el permiso con antelación, lo cual hasta la fecha no se ha enviado.

DESACUERDO

26 Cubrimiento inmediato de las incapacidades, licencias y permisos con provisionales de tal manera que no se incremente el trabajo de los demás docentes de la institución cuando se reparte el grupo o se le asigna el acompañamiento a un docente de la institución y para que no impliquen un mayor esfuerzo y desgaste del maestro

Se pone en conocimiento el proceso de nombramiento de un provisional para cubrir las incapacidades, y se recuerda que para valorar los tiempos de no atención a los niños se soliciten horas extras. El procedimiento se realiza diariamente en la medida que las incapacidades son informadas por la IPS prestadora del servicio de salud, la administración

ACUERDO: La administración se compromete a nombrar los reemplazos de las incapacidades de manera oportuna si estas están informadas por el Directivo docente o están reportadas en el aplicativo de la IPS prestadora del servicio de salud y siempre y

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que llega a la institución después del permiso, la licencia o la incapacidad y encuentra a sus estudiantes desubicados y le toca volver a empezar el programa de nuevo.

procede a buscar en la base de datos los docentes inscritos, si se encuentra el idóneo inmediatamente se procede al nombramiento. Si no hay el recurso se solicita a los rectores, jefes de núcleo o administración Municipal que presenten los proyectos para estos reemplazos. En muchas oportunidades se nombra el docente y al momento de la posesión informan que para esa parte del territorio no prestaran el servicio y no aceptan el nombramiento o en muchos casos no se consigue el recurso. Alirio: Solicita que aclaren por qué un docente que está en maternidad y solicita las vacaciones cuando termina su licencia, no se le conceden después de terminada esta, sino en días diferentes a los solicitados. La administración Informa que según consulta realizada al Ministerio de Educación, autorizan otorgar las vacaciones en el momento que menos se cause traumatismo en la prestación del servicio, y es por esto que tratan de dar en la semana institucional.

cuando se cuente con el recurso, para realizar el nombramiento en vacante temporal.

27 Revisar la papelería que se exige en cada caso, pues en muchas de ellas se exigen documentos que la administración posee o al cual puede acceder y que violenta las normas anti trámites.

En este momento la Administración está trabajando en el mejoramiento de los procesos de gestión. La Dra. Juliana Explica el trámite y la reforma que tiene el formulario de expedición de tiempos de servicio. Los docentes ya no deben aportar los Decretos y/o resoluciones.

ACUERDO:

28 Propiciar absolutamente todas las condiciones para el desempeño digno y eficaz de la labor de los docentes y directivos docentes del Departamento de Antioquia.

Los directores de núcleo manifiestan que no tienen las condiciones para desempeñar su función, manifiesta la Doctora Adriana que ya el señor secretario esta enterado del tema y ya se tiene el diagnostico de las necesidades presentadas y la parte de la tecnología la suministrara Antioquia Digital, todo sujeto a los procesos contractuales.

Antioquia digital proveerá los equipos de cómputo,

29 Realizar jornadas amplias de capacitación sobre todos los aspectos de la labor docente a todos aquellos que superan los concursos de méritos.

Plantea la administración:

Tienen dentro de sus cronograma el proceso de capacitación para los docentes que ingresan por concurso y la reinducción de carácter virtual cada año para los docente del 1278. Con el Ministerio se abre la plataforma y los docentes se deben inscribir para esta capacitación.

Los entes territoriales homologaron los criterios para los cursos de ascenso, menos turbo que no se acogieron a los criterios de calidad a homologar.

Los cursos realizados en otros entes territoriales, deben ser validados por el comité de capacitación departamental mediante acto administrativo.

Vienen elaborando manuales de Funciones, Competencias y Procedimientos docentes y directivos docentes.

Por su parte mencionan las organizaciones sindicales:

Solicitan capacitación sobre el manejo de los fondos de servicios educativos.

Inclusión de Turbo en el comité de capacitación..

ACUERDO: Los sindicatos serán invitados permanentes cuando se realicen cursos de inducción y reindución al magisterio.

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Que se hagan capacitaciones para los docentes del régimen 2277 sobre todo para ascenso en el escalafón,

Que cuando haya proceso de reinducción se invite a ADIDA y a USDIDEA.

Solicita que se dé por escrito si los docentes que asisten a cursos en Medellín sean validados para presentar como soporte para ascenso en el escalafón.

El Dr. Duqueiro comunica que el señor Gobernador desea asistir a una de las sesiones de negociación para tratar el tercer tema " Defensa de la educación pública estatal," todo está sujeto a la agenda que tenga programada el Dr. Fajardo, en caso de que no pueda asistir el día 15 de octubre este tema se dejaría para el próximo martes 22 de octubre.

PENDIENTES

Invitar a Andrés Ochoa

Estadística de cuantas Permutas se han aprobado

Maestros Oficiales tenemos y cuantos de Cobertura

Solicita el sindicato si es viable conocer el resultado de la Caracterización que realizo Comfenalco de las condiciones del personal docente.

Siendo las 3:15 pm. Se da por terminada la reunión.

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ACTA 3

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 15 de Octubre de 2013 Hora: 8:05 am Lugar: Aula 3 Sede Empresarial Comfenalco Guayabal-Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora DIANA BOTERO MARTINEZ Directora Jurídica Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANDÓN TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Doctor LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Doctora ANA PATRICIA MORA Asesora Jurídica ADIDA Licenciada NOHEMI TAMAYO MARÍN Sec. De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciado LUBIN FERNANDEZ OTALVARO Representante de USDIDEA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA

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Invitados: Andrés Ochoa Antioquia Digital Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones. El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia, da inicio a la reunión siendo las 8:05 am. Informa el Moderador que del acta anterior EL doctor Andrés Ochoa de Antioquia Digital pasa un informe, con el fin de atender lo pertinente al punto sobre dotación fuerte del pliego de peticiones; se anexa informe a esta acta. Yony Zea presenta las siguientes inquietudes:

1. Manifiesta que los computadores no son los más adecuados, responde Andrés que ya no se entregan computadores repotenciados, se compraron 380.000 computadores de alta gama; manifiesta que realmente si hay algunos computadores que realmente estorban en las IE. se van a recoger 3600 equipos. En muchas oportunidades el Gobierno Nacional entrega equipos y no los reporta a la Secretaria.

2. Hasta qué punto los representantes de las juntas de acción comunal, se creen jefes de los maestros y todos manejan las llaves de los accesos a las aulas virtuales. El aula abierta se deja a potestad de la IE. o de quien maneje esta, la administración no pone horarios para el uso de estas.

3. Tema pedagógico, los contenidos, se va a implementar un proyecto y hay funcionarios de mandos medios que van a las IE a dar órdenes; si estos fueron incluidos en los PEI de las Instituciones y cuando los tuvieron en cuenta para ello. La administración manifiesta que los docentes dinamizadores son los que conocen la complejidad de la dinámica escolar, Antioquia digital lo que hace es acompañamiento a este proceso, no se pretende que el maestro se vuelva un maestro virtual, porque el proceso lo estaría haciendo mal. El tema de que hay asesores de que llegan a mandar es cierto, lo que hace Antioquia digital es tratar de controlar este tema.

4. Aula Virtual, hasta qué punto abra periodicidad. Está en una alternativa que permite a los estudiantes tener conectividad, por lo tanto no abra periodicidad de esta aula en los municipios.

El doctor Duqueiro manifiesta que hay una gran inversión de parte de la administración y está no está interesada en entregar inventarios por entregarlos, sino para apoyar procesos de mejoramiento. Jorge Alirio manifiesta que es muy preocupante la situación de la conectividad de las IE, le gusta la idea de las TIC pero no es coherente hablar de dotación de equipos a las IE cuando solamente el 57% tiene conectividad y por ello se está dando tecnología por dar tecnología ya que no tienen en cuenta las necesidades de las IE. Hay sedes en las cuales el espectro de la banda 900 no llega a ciertos municipios, solo tiene este EDATEL. La administración está solicitando que haya otros operadores diferentes a EDATEL. Otro tema es por la dispersión geográfica y la banda no llega a estos puntos, la administración está mirando un modelo alternativo de conectividad, el 92% del sur del País esta desconectado y nosotros en Antioquia tenemos el 57%, a través de la empresa INTEL se está haciendo una consultoría para tener acceso a la conectividad de los municipios faltantes. El interlocutor de este tema en la administración es el Dr. Andrés Ochoa. Se procede a acordar el cuarto tema del pliego “respeto al derecho de asociación y sindicalización”

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PUNTO DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO.

38 Garantizar el otorgamiento, semestral, de un día de permiso sindical pleno (sin restricciones) remunerado para la realización de comunas pedagógicas en los municipios previa presentación del cronograma de parte de la asociación sindical, así como un día de permiso sindical pleno para la elección o sustitución de integrantes de la subdirectiva municipal en las fechas previstas para ello.

La administración hace énfasis en garantizar los permisos que sean permitidos de acuerdo a la normatividad existente. ADIDA reitera lo solicitado en el pliego de un Permiso sindical pleno para comunas pedagógicas, si es preciso con acompañamiento de la secretaria de educación y plantea que sea uno por semestre, las cuales pueden ser en la semana institucional de cada semestre. Estas reuniones serian de interés de la administración y se ve que hay un retroceso en el tema. La administración considera pertinente otorgar un día de permiso anual, para jornada pedagógica en uno de las 5 semanas de desarrollo Institucional (un viernes), previa presentación de la temática a seguir. El sindicato está en desacuerdo; considera que deben ser dos días y no uno, en ese sentido acepta la propuesta de un día en la semana Institucional, pero puede ser un lunes o viernes; propone que el segundo día sea uno de los días de semana santa (sábado). La administración manifiesta que el sindicato debe presentar oportunamente (mínimo con 15 días de anticipación) el cronograma y el listado de los participantes en estas comunas pedagógicas.

ACUERDO: Se concede un día de permiso en cada municipio para la realización de comunas pedagógicas, de manera anual y en una programación que coincida con lunes o viernes de las semanas de desarrollo institucional previa presentación de agenda de trabajo y de los participantes.

39 Expedir, previa solicitud de los sindicatos, el acto administrativo que autorice el permiso pleno a los asistentes a la asamblea anual ordinaria de delegados que realizan los sindicatos presentes en esta negociación.

ACUERDO:

La administración accede a la prestación es

este aspecto.

40 Autorizar, para la fecha previamente solicitada, mediante comunicación oficial del día de permiso pleno y remunerado para todos los afiliados a la agremiación sindical y que les permita ejercer el derecho al sufragio en la elección de juntas directivas de ADIDA, CUT y FECODE y demás sindicatos del sector educativo, la cual se realiza un día cada tres años.

La elección de subdirectivas en los municipios, las cuales están para 3 años y a futuro será de 4 años, se solicita permiso de un día electoral y que este sea en la primera semana de septiembre, sería un permiso cada 3 ó 4 años. Por lo que el sindicato considera que no debe haber inconvenientes según lo planteado por el decreto 2813/2000, art 2°. Hacemos extensivo no solo para la asamblea de Adida, sino también para los asociados de Usdidea. La administración expresa que no tenemos competencia ni es justificación para modificar el calendario académico y adicional se afectaría la prestación del servicio Educativo.

No se accede a esta pretensión, por los

argumentos expuestos por la

administración.

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41 1. Que se otorguen, mediante acto administrativo, las comisiones sindicales por el término de duración estatutaria de la Junta Directiva.

2. así como las de los docentes destinados a desplegar las funciones que la organización requiere para el cumplimiento de su misión y sus tareas de formación, investigación y orientación, tales como: Centro de Estudios e Investigaciones Docentes, Escuela Sindical, Comité de Derechos Humanos y otros, de tal manera que cada uno pueda desarrollar las actividades pertinentes, en virtud del Artículo 66 del Decreto Ley 2277, de 1979 y 1278 de 2012.

El sindicato hace la solicitud de que haya permisos sindicales, para personal diferente a los miembros de la junta directiva; SE REQUIEREN LAS SIGUIENTES: sean dos comisiones para el SEI, director y secretario en caso de pertenecer al departamento, actualmente están en el Municipio de Medellín. Una comisión para el director de la escuela sindical y una comisión para derechos humanos. Solicitan el permiso para el directivo sindical de Usdidea

ACUERDO: Se otorga comisión plena para

los integrantes de Juntas Directivas

La administración no accede a la pretensión

de otorgar comisiones por fuera del marco

legal.

42 1. Proceder conforme a las normas legales en los que tiene que ver con la JUDE, especialmente en la implementación de las funciones atribuidas por la ley para ella y la periodicidad de las reuniones en las decisiones del departamento en materia educativa, así como también los foros educativos departamentales.

2. De la misma manera se expedirá un acto administrativo que reactive, con los mismos propósitos, las JUMES y los foros educativos.

Según la administración no es competencia de ellos legislar sobre las jumes, si es competencia aprobar la periodicidad de las reuniones en materia educativa y foros educativos. La Junta departamental de Educación se debe reactivar, lo cual hará la administración mediante oficio, no acto administrativo. Sobre los foros educativos hay una circular y es pertinente que la administración de directrices sobre el manejo de estos y paso seguido hace una exposición sobre los foros que se llevaron a cabo. Las organizaciones sindicales manifiestan: Que se de cumplimiento a los foros educativos de la forma como están establecidos en la Ley 115. Las organizaciones sindicales no han sido llamadas a integrar estos comités a pesar que se tienen propuestas apuntándole a la política educativa, al plan departamental de educación, plan nacional de educación.

Hay acuerdo en proceder conforme a las normas legales en cuanto a la jude. La administración no accede a proyectar un acto administrativo para las jumes por carecer de competencia para ello.

43 Participación activa de la administración departamental en los eventos programados por los sindicatos apoyándolos inclusive económicamente cuando el evento lo amerite, en el aspecto educativo, pedagógico, lúdico o de bienestar.

La administración está atenta a escuchar todas las solicitudes que ayuden a mejorar el nivel académico, pedagógico, lúdico o de bienestar. El presidente del sindicato de ADIDA, solicita que la Secretaria de Educación participe más en los eventos programados, solicita que tres eventos queden como políticas: Uno afrocolombianidad, otro el evento de matemáticas y el tercero es

Acuerdo en este punto, tanto para ADIDA como para USDIDEA en lo que respecta a la petición contenida en el pliego de solicitudes; previa disponibilidad de recursos y pertinencia a la propuesta, de conformidad al cumplimiento de lo establecido en el plan de desarrollo.

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un evento pedagógico anual y una petición adicional frente a los docentes del 1278, los cuales tienen necesidades específicas en formación, en especial lo pertinente a evaluación de competencias. Se deben presentar los contenidos de estos eventos, presentar los cronogramas para el año siguiente; frente al tema de capacitación por competencias, esta semana inicia la capacitación de 2000 docentes.

Siendo las 12:25 pm. Se da por terminada la reunión.

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ACTA 4

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 24 de Octubre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Sala Consejo de Gobierno. Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora MARTHA LUCIA AGUILAR Directora de Cobertura Doctora DIANA ISADORA BOTERO Directora Jurídica Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANDON TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Doctor LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Licenciada NOHEMI TAMAYO MARÍN Secretaria De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones. El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia.

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Se procede a acordar el segundo tema “DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PUBLICA ESTATAL”

DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO.

30 Presentarle un informe completo las agremiaciones sindicales sobre este tema, en un término no superior a dos (2) meses.

La administración Departamental informa que finalizado el año 2012 se elaboró y envió al MEN el estudio de insuficiencia para establecer la necesidad de contratación de la prestación del servicio educativo, en cumplimiento de lo establecido en la norma, Se dispone de documento Excel del Ministerio y Documento Word explicativo por subregión y por tanto es procedente la petición para que conozcan dicho estudio. La insuficiencia se presenta en la zona rural para garantizar continuidad educativa una vez los alumnos terminen grado 5, por esto se contrata 6 a 11. Adicionalmente es importante anotar que los prestadores disponen a partir del año 2013 de convenio de contraprestación por el uso de la planta física oficial como requisito para operar el servicio. El sindicato manifiesta que se debe verificar si la contratación está cumpliendo el objetivo por el cual se hizo esta. Por su parte la administración Departamental informa que existen 1100 establecimientos educativos con menos de 15 alumnos y que también hay establecimientos con hasta tres y cuatro alumnos, situación no regular que amerita un monitoreo o seguimiento permanente para realizar los ajustes respectivos. Adicionalmente cuando se habla del término cobertura engloban todos los conceptos, (oficial y privado). La secretaria está dispuesta a revisar puntualmente cada uno de los casos donde haya cobertura y se presente oportunidad de contratación estatal, y manifiesta que no solo se revisara el tema de cobertura, sino de la calidad de la Educación. El sindicato solicita claridad que no debe haber oferta del estado y cobertura a la vez. En la actualidad se está revisando planta y matricula, porque no pueden estar excluidos estos dos conceptos; desde el año anterior se está haciendo esta revisión, se hace alusión a la diferencia entre

Es procedente la petición

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la parte urbana y la parte rural, el estudio se está haciendo de la mano con la dirección de gestión y apoyo administrativo. Las plazas sobrantes se mueven dentro del mismo municipio y cuando no se puede se mueven para donde hay déficit de docentes. Finalmente la insuficiencia se atiende con cobertura contratada. Antioquia no tiene concesión, sino administración; y el sindicato manifiesta que se trate de evitar en lo posible esta situación y preferiblemente contratar en provisionalidad y no entregarlo a un tercero, hasta que se den los concursos pertinentes,. Solicita que se den cifras de cuando se piensa reducir esa cifra de contratación para el año 2014, situación está que aclara la administración cuando se de la aprobación de la ampliación de la planta de cargos por parte del Ministerio de Educación Nacional.

31 Congelamiento inmediato del proceso de privatización de la educación y el regreso de los estudiantes matriculados en cobertura al sistema educativo estatal.

NO aplica porque ni la Gobernación ni la Secretaria de Educación adelantan proceso de privatización alguno, La insuficiencia en la planta de cargos de docentes y directivos docentes se atiende con los recursos oficiales y mediante la operación con oferentes, lo cual no puede considerarse privatización por cuanto los alumnos tiene gratuidad y el pago del personal requerido y la operación de los establecimientos está cubierta por una canasta educativa con recursos oficiales. Una vez se realice la ampliación de la planta de cargos se procede a realizar análisis de horas extras por déficit de plazas y a la asignación de plazas docentes oficiales para atender el alumnado por administración.

No aplica.

32 Revisar inmediatamente todos los contratos suscritos en este sentido para revertir para el manejo directo de la entidad certificada, la educación contratada que mediante los programas de ampliación de cobertura le fueron entregados a particulares, manteniendo solamente aquellos en los que realmente se cumpla la exigencia legal DEMOSTRACION DE INSUFICIENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SU JURISDICCIÓN.

Es procedente la petición ya que la Secretaria de Educación no tiene objeción en realizar la revisión de cada contrato para verificar que se atiende por la existencia de insuficiencia, lo cual puede realizarse en los diferentes portales e igualmente se encuentra publicado en el sitio web de la secretaria el acto administrativo que declara la insuficiencia. Solicita el sindicato que se emita un comunicado comprometiendo más a las entidades contratadas en el manejo de las IE, que se genere no solo el compromiso de dar educación, sino mantenimiento de las IE.

Es procedente la petición.

33 Revisión del estado actual de las edificaciones educativas construidas y las dotaciones facilitadas a operadores privadas gestionando su regreso inmediato al sistema

Petición es parcialmente procedente ya que los establecimientos entregados en administración disponen de inventario que da cuenta del estado de la planta física y de los muebles y enseres que la

Acuerdo parcial porque no es procedente el regreso inmediato al sistema oficial de la figura de administración, por insuficiencia de plazas.

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oficial. componen.

34 Conformación de una comisión que le haga seguimiento a esta solicitud rindiendo informes periódicos a los implicados.

Se accede a esta petición por conducto de incluir la temática en agenda de sesión de la Junta Departamental de Educación la cual será convocada antes de finalizar el año 2013.

Se accede a esta petición

35 Ampliación del servicio de transporte escolar, restaurantes escolares permanentes y con cubrimiento completo, uniformes escolares, kit de útiles escolares, que faciliten el acceso a los niños y niñas de menores recursos el acceso y la permanencia al sistema educativo.

La Gobernación de Antioquia viene accediendo a esta petición ya que ha dispuesto recursos para transporte escolar año 2012 por un total de $2.135 millones y para el año 2013 un total de $4.500 millones que significó un incremento del 110% sobre la cifra del año 2012. La Secretaria paso de Beneficiar 70 municipios a 110 en el año 2013, en muchos de los caso se realiza por Acuerdo Municipal. Con el tema de restaurantes escolares es importante identificar las niñas y niños no atendidos hasta grado 5, para su atención inmediata, se tiene prioridad con alumnos rurales. Las administraciones municipales pueden asignar recursos siempre y cuando se tenga cubierta la totalidad de alumnos de transición a 5 grado. Finalmente con el sector solidario se destinan recursos para KIT y uniforme escolar.

La gobernación viene accediendo a esta petición

36 Derogatoria inmediata de la circular 060 de 2011 y emitir una nueva circular en concordancia con las Directivas Ministeriales 03 de 2003, 10 de 2009 y 16 de 2013.

Los conflictos frente a los actos administrativos tienen dos instancias, la una es la sede administrativa, mientras nos encontremos en ese estado, la administración puede reevaluar, aclarar, revocar, modificar el mismo. La otra instancia es la sede judicial, cuando el particular demanda el acto, la administración pierde toda competencia frente al mismo, pues ya le corresponde al juez contencioso administrativo pronunciarse frente a la validez y legalidad del mismo. El sindicato demando la Circular 60, y la Secretaria General a través de la dirección de procesos y reclamaciones, quienes ostentan la representación legal de la Gobernación han acudido y respondido a la demanda y a las audiencias correspondientes. El sindicato manifiesta que en ninguna parte se debe extender la jornada escolar a 6 y media horas, solicita que la administración emita directrices y que esta sea 6 horas y no 6 y media horas y que las dos horas restantes, no son permanentes sino ocasionales. El sindicato manifiesta que se acogerá al fallo de la demanda, inclusive Fecode demando el decreto 1850 y este se declaró exequible. Solicitan se genere una nueva circular en concordancia

No hay acuerdo. Para la administración no hay contraposición entre las directivas ministeriales 60, 16 y el decreto 1850. La administración explica que esto es una pérdida de competencia y esta se desplaza hacia el juez, quien determina si está ajustada a la ley; por lo tanto mientras no haya pronunciamiento de un juez, la posición de la administración es que no es procedente esta petición.

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sobre la directiva ministerial 16, que permite emitir una nueva circular.

37 Participación de las organizaciones sindicales en los diferentes escenarios y espacios del plan departamental de desarrollo, en campo educativo

El Plan de Desarrollo, LINEA 2 LA EDUCACIÓN COMO MOTOR DE TRANSFORMACIÓN DE ANTIOQUIA determina el mejoramiento de la calidad de la educación como propósito fundamental de la gestión pública de Antioquia en el presente cuatrenio. Hasta la fecha no disponemos de propuesta alguna debidamente estructurada que haya sido presentada por las organizaciones sindicales para coadyuvar en la mencionada intencionalidad.

Petición procedente sujeta a la evaluación técnica y legal.

Siendo las 11 am. Se da por terminada la reunión.

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ACTA 5

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 29 de Octubre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Aula 2 Sede Comfenalco Guayabal- Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctora MONICA SANDOVAL Directora de Calidad Educativa Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANTON TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Magister LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA Licenciado YONY ZEA LÓPEZ Secretario General ADIDA Magister NOHEMI TAMAYO MARÍN Secretaria De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA CRUZ Secretario de Asuntos Pedagógicos de ADIDA Licenciada LUBEIDA RIOS CORREA Representante de USDIDEA Invitados: Maida Dionis Bedoya Abogada de la Unidad Jurídica Secretaria de Educación. Juliana Nanclares Márquez Profesional Universitaria oficina de escalafón. Ingris Catiana Ortiz

Secretaria de la reunión Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones con las organizaciones sindicales ADIDA y USDIDEA. El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia. Se procede a acordar el quinto tema del pliego “Asuntos económicos”

DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO.

44 El Pago de ascensos y reubicaciones salariales una vez en firme el acto administrativo que los reconoce o en su defecto sin que el pago exceda de los dos (2) meses.

El pago de los ascensos está sujeto al giro del Ministerio de Educación, ya que solo se tiene autorizado para este rubro el 1% de los recursos totales girados por el MEN para pago de salarios y de más emolumentos de los docentes y directivos docentes; una vez se agote este recursos, los pagos quedan

Se considera procedente de acuerdo a la disponibilidad presupuestal ajustada a la norma.

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pendientes para el año siguiente y se denominan “costo acumulado”, ya que se pagan con recursos de balance del año anterior, una vez se libere el presupuesto. La administración manifiesta que se incorporó lo correspondiente al 1% autorizado del Conpes 2014. En pagos estamos al día con agosto, en noviembre se pagaran los ascensos del mes de septiembre.

45 Pago de Primas y bonificaciones inmediatamente se consoliden las mismas: Coordinadores perteneciente a los directores de escuela que

nominalmente pasaron a ser coordinadores con similitud de funciones (prima de licenciado).

Reconocimiento y pago de la prima de Escuela Nueva (26%) a los docentes que trabaja en área rural cumpliendo con los requisitos exigidos legalmente.

Expedir un acto administrativo agregando las zonas geográficas que fueron excluidas en el reconocimiento de las zonas de difícil acceso e incluir un veedor del sindicato que dé cuenta de esta situación en tal reglamentación.

Presentar un proyecto de acuerdo que legalice el reconocimiento y pago de la Prima de Clima para los municipios de San Juan de Urabá, Carepa, Vigía del Fuerte y La Pintada.

Reconocimiento inmediato del salario a los provisionales que presenten el título de especialización acorde con la tabla de salarios expedida por el Gobierno Nacional,

Dotar de oficinas debidamente equipadas y acceso en comunicaciones para los jefes de núcleo

Reconocer los viáticos de talla nacional para jefes de núcleo. Comisionar a los jefes de Núcleo para atender los municipios

alternos a la sede

1.1 El sindicato manifiesta que de un momento a otro se dejó de pagar esta bonificación. Solicitan que se siga reconociendo la prima de licenciado a aquellos directivos que se dejó de reconocer. Se opina que quien dijo que era incompatible la prima de licenciado y el sobresueldo de coordinador.

1.2 Reconocimiento de escuela nueva, el 26% del salario, el acto administrativo lo está elaborando la oficina de información, cobertura y acreditación, ya que la Dirección de gestión solo se limita al pago de estos actos administrativos.

1.3 zonas de difícil acceso. Se hizo trabajo con los jefes de núcleo donde se les solicito informaran al ente territorial cuales IE. estaban en sitios de difícil acceso; actualmente está en planeación Departamental para convalidar si estas instituciones que están allí enumeradas tienen derecho a esta prima, luego se entregara a ADIDA para su conocimiento.

1.4 Reconocimiento de prima de clima, para los municipios mencionados en la solicitud, a lo que la administración responde que tenemos una restricción legal de orden Nacional. Estuvo en debate en la Asamblea y no fue aprobado. No es procedente de acuerdo a la ley 4 de 1.992 artículos 10 y 12.

1.5 El reconocimiento se hace de acuerdo al decreto de salario, se

reconoce inmediatamente al docente que acredite el documento y se cuente con la disponibilidad presupuestal.

1.6 Dotar oficinas de jefes de núcleo, este tema ya se había planteado en anterior reunión, se quedo que la administración central está buscando los recursos para dotar estas oficinas.

1.7 Este Petición en la actualidad se está llevando a cabo.

1.8 SE comisiona a los jefes de núcleo de acuerdo a la racionalidad en el gasto y de acuerdo a las actividades a realizar.

1,1 no es procedente porque la norma no lo permite. 1.2 Es procedente ya que el acto administrativo está en ejecución. 1.3 Es procedente este punto, pero está pendiente la validación del acto administrativo. 1.4 No es procedente esta petición, por falta de competencia. 1.5 Es procedente en cuanto a la disponibilidad presupuestal. 1.6 Es procedente esta petición. 1.7 hay acuerdo, ya que se está pagando en la actualidad. 1.8 Se viene cumpliendo con estas solicitudes.

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46 Devolución de los dineros descontados por el Departamento de Antioquia Por la participación en el paro Nacional de FECODE y la comunidad educativa, desarrollado entre el 15 de mayo y el 21 de junio de 2001, acatando lo dispuesto por la O.I.T.

La administración solicito al MEN el año anterior diera concepto favorable, pero el Ministerio manifestó que no era procedente. El Sindicato, presenta dos apartes del concepto de la OIT:

1. Los días se recuperaron, por lo tanto se garantizó la prestación del servicio y el cumplimiento del Calendario Escolar. Para ese año los consejos directivos estaban facultados para modificar el calendario escolar, lo que significa que para ese entonces no estaba en aplicación el decreto 1850.

2. Se presenta el concepto de la procuradora delegada de asuntos laborales, en la cual manifiesta que se debe dar aplicación a lo manifestado por la OIT.

Manifiesta además que al departamento de Antioquia por intermedio del IDEA le fueron girados por el Sistema General de participaciones dineros por valor de $6.300 millones para el reconocimiento de estos dineros descontados a los docentes, pero estos se gastaron en rubros diferentes a salarios; de estos quedaron solo $390 millones. Es vinculante que el MEN no niega el pago, lo que se manifiesta es que no se puede hacer doble pago, Debe haber una voluntad política de devolver esos dineros descontados el año 2001. La administración manifiesta lo siguiente:

1. Que este tema no es de voluntad política, sino un tema netamente administrativo. Solo queda estudiar los documentos entregados por el sindicato al Gobernador.

2. El concepto de la OIT se quedó corto, instó al Gobierno Nacional a que resolviera el problema, pero no dio los argumentos contundentes al MEN para lograr validar ese pago.

El sindicato solicita que estos documentos sean revisados por otros abogados. La administración manifiesta que ya existe cosa juzgada sobre el asunto; en razón de ello los recursos que inicialmente eran de nómina se convirtieron en recursos del balance, los cuales fueron destinados a proyectos de calidad de educación. El documento expedido por la OIT, es simplemente una recomendación y por lo tanto no es de obligatorio cumplimiento, así lo ratifico el ministerio en el concepto solicitado por el ente territorial el año anterior. La entidad territorial es administradora de Los recursos del sistema general de participaciones; en ese sentido ejecuta según las políticas establecidas por el MEN.

No es procedente la solicitud. Se revisara la documentación entregada al señor Gobernador, siempre y cuando existan nuevos elementos que ameriten reconsideraciones sobre el tema.

47 Incluir dentro del cero pago de padres de familia del sector Manifiesta la administración que las pruebas saber 11 cuestan $33.000 pesos, La administración podría estudiar esta situación dentro de la

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educativo el equivalente al pago de las pruebas Saber 11º. Los rectores no son recaudadores, los riesgos que ha representado el manejo de dineros ajenos.

son 22.332 estudiantes en el sector oficial, el valor de estas pruebas son cerca de $800 millones. La prueba saber es un indicador de calidad. El Sindicado USDIDEA manifiesta que se debe revisar la obligatoriedad que se debe tener en cuenta en la presentación de esas pruebas saber 11. Requiere que se analice el tema de la ruralidad, que no todas las familias tienen acceso al valor que cuestan estas pruebas; solicita que se abra la compuerta a esta parte del conglomerado estudiantil y que no tiene la capacidad económica. El otro tema es el recaudo de estos dineros, toda vez que los docentes no tienen la facultad de recibir estos dineros, solicita buscar un mejor proceso para este recaudo que no recaiga en los docentes. Manifiesta La administración que se debe buscar un método en el cual se puedan recaudar estos dineros por parte de las IE.

viabilidad técnica y administrativa.

48 Inclusión del tema de Gastos de transporte y manutención para los Docentes Directivos.

La administración manifiesta que cada que se emite un acto administrativo de comisión, se pagan todos los viáticos, salvo cuando van invitados con todos los gastos. El sindicato solicita revisar este tema sobre todo en el sector rural. La administración en lo atinente a nuevos reconocimientos por este tipo de gastos dentro de la misma jurisdicción manifiesta que esto no es viable toda vez que no existe soporte legal para el mismo.

Es procedente, toda vez que exista un acto administrativo que autoriza la comisión y la asignación de los viáticos.

49 Expedición ágil de los certificados de tiempo de servicios y salarios, sin que los términos superen los quince (15) días y que en aquellos eventos en que solamente se requiere la certificación de salarios no se expida la de tiempo de servicio (El certificado de tiempo de servicios y salarios tiene razón de ser cuando se trata del reconocimiento de una pensión o de unas cesantías parciales o definitivas, pero no tiene razón de ser que se expida un certificado de tiempo de servicio cuando de reliquidar la pensión de gracia).

Se explica lo ya manifestado en reunión anterior, sobre la dificultad que tiene la administración en la expedición de estos certificados, toda vez que se deben verificar cuatro bases de datos para poder generar estos, las bases de datos son:

1. Sistema humano de 2008 a 2013 2. Sistema sinfín de 2001 a 2007 3. Base de datos sistematizada en lenguaje cobol de 1995 a 2000 4. Tarjetas Kardex desde el ingreso del docente hasta el año 1994.

La administración manifiesta que en la actualidad los tiempos de expedición están en dos meses y medio. Se informa que el día 30 de Octubre se tendrá reunión con el MEN sobre el tema, se queda con el compromiso de informar en la reunión siguiente las conclusiones de esta reunión.

No es procedente en los términos solicitados, ya que es un trámite especial no asimilable a los derechos de petición, en materia administrativa prevalece la normatividad especial sobre la general.

Siendo las 11:35 am. Se da por terminada la reunión.

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ACTA 6

NEGOCIACION PLIEGO PETICIONES SINDICATO Fecha: 5 de Noviembre de 2013 Hora: 8:00 am Lugar: Aula 3 Sede Comfenalco Guayabal- Medellín Integrantes: Doctor DUQUEIRO ANTONIO ESPINAL CHAVARRIA Subsecretario de Planeación Educativa Secretaria de Educación Doctora DIANA BOTERO MARTINEZ Directora Jurídica Secretaria de Educación Doctora ADRIANA LUCIA TORO RAMIREZ Directora de Gestión y Apoyo Administrativo Secretaria de Educación Doctor JULIO CESAR BLANTON TAMAYO Asesor Despacho Secretaria de Educación Magister LUIS FERNANDO OSPINA YEPES Presidente Sindicato ADIDA. Magister NOHEMI TAMAYO MARÍN Secretaria De la Mujer ADIDA Licenciado HANZZ MARIAGA Licenciada LUBEIDA RIOS CORREA Representante de USDIDEA Licenciado JORGE ALIRIO ECHEVERRY TAMAYO Representante de USDIDEA. Abogado Jhony Henao Asesor Jurídico. Invitados Doctora Paula Giraldo Calidad de la Educación. Tema: Acta de negociación de pliego de peticiones con las organizaciones sindicales ADIDA y USDIDEA..

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El moderador de la reunión es el Doctor Duqueiro Espinal, subsecretario de Planeación Educativa de la Secretaria de Educación de Antioquia. Se procede a acordar el sexto tema “Planes de bienestar docente”

DESCRIPCIÓN ARGUMENTO ACUERDO O DESACUERDO. 50 Garantizar el otorgamiento de los permisos plenos para los

maestros y maestras que participan en los juegos del magisterio en sus diferentes etapas y modalidades, así como de aquellos que están al frente de las delegaciones.

Se manifiesta que se deben enviar las peticiones con el tiempo requerido para poder realizar los actos administrativos de estos juegos.

La administración manifiesta que es procedente esta petición.

51 Propiciar la participación del magisterio en general en los programas y planes de vivienda del nivel local y departamental y reglamentar la adjudicación de vivienda digna acorde con las necesidades de los maestros contemplado en la norma de planes y programas de vivienda para todos los maestros y maestras acorde a las normas legales.

Sobre esta petición la administración manifiesta que este no es un componente misional de la administración central, es un tema que no ha sido desarrollado por la Secretaria de Educación y el ente territorial. El sindicato manifiesta que no solo es el tema de vivienda, sino que falta muchos otros matices de los planes de bienestar, que se debe articular con otros actores que tiene que ver con este tema. Un segundo informe tiene que ver con la actuación que está haciendo envigado donde se tiene en cuenta a la caja de compensación y el sindicato solicita:

1. Que la administración colabore con la fiduciaria, para que se agilicen los anticipos de cesantías.

2. También hay una reglamentación pendiente con el fondo del ahorro.

3. Hay una queja sobre Comfenalco de la zona de Urabá y bajo cauca, donde no se les tiene en cuenta, está muy centrado en Urabá, la solicitud es que la caja de compensación se articule con los Municipios en los planes de vivienda que tengan estos.

Manifiesta que con las cajas de compensación es difícil, ya que si los docentes superan los dos salarios mínimos no tendrían derecho a este subsidio. También informa porque la administración no se ha vinculado con este tema. El gobierno ya entrego las 100,000 viviendas, muchos docentes obtuvieron vivienda pero por iniciativa propia, en la actualidad hay un programa de 80.000 viviendas, el beneficio que ha obtenido el docente ha sido muy poco. Se debe replantear que la caja de compensación ofrece pocas alternativas de bienestar para los docentes. La administración sugiere que este tema sea llevado a otra instancia

La secretaria se compromete a hacer gestión con la empresa de vivienda de Antioquia. Se hará interlocución con esta entidad.

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diferente a esta mesa de negociación, ya que la problemática debe ser abordada por el Gobierno Nacional. En segunda instancia es que la administración ha priorizado la atención a las solicitudes de anticipo de cesantías para el tema de compra de vivienda. La administración hace una exposición de lo que el Gobernador ha manifestado sobre el tema de vivienda en asocio con viva; manifiesta que se haga una solicitud directa a esta entidad.

52

Reglamentar la adjudicación contemplada en las normas de planes y programas de vivienda para maestros acorde a la ley y las necesidades de los mismos.

Ligado al punto anterior.

53 Garantizar la Capacitación y el estudio de los docentes, de manera gratuita, amplia, suficiente y/o subsidiada por la administración departamental, continua, del más alto nivel científico, tecnológico y cultural, en los términos de los Estatutos Docentes 2277 de 1979, 1278 de 2002, la Ley 115 de 1994, de tal modo que su proceso conduzca hacia la obtención de los más altos grados de la formación, especialmente las maestrías y/o doctorados.

La administración manifiesta que esta petición se debe asociar a la pregunta ocho de estas peticiones. La doctora Paula Giraldo Restrepo, funcionaria de la Dirección de Calidad de la Secretaria de Educación, hace una exposición sobre el tema, el cual se anexa a esta acta. El sindicato manifiesta si las sedes de las universidades están definidas o por definir; la respuesta es que las sedes están definidas por las universidades. Manifiesta el sindicato que por la geografía a veces es dificultoso trasladarse a las sedes que están definidas; a ese respecto se le informa que el docente al postularse debe tener en presente hasta qué punto cuenta con las condiciones económicas y disponibilidad de tiempo para poder acceder a estas becas. El sindicato de directivos docentes manifiesta que ojala este tipo de información sea entregada año a año para ellos trasmitirla por los medios existentes. Así mismo ADIDA manifiesta que el icetex pone muchos problemas, ojala el Idea no ponga tanto cortapisas como el icetex. Paula manifiesta que el IDEA es el operador, ellos simplemente desembolsan el dinero donde la administración le diga donde consignar; con respecto al icetex si existe más información, pero los requisitos son de fácil adquisición. Se estipulo un reglamento con el icetex, para que las cosas sean más fáciles. El sindicato solicita informen como serían los mecanismos de control con apartado y turbo, ya que son certificados, se manifiesta que independientemente de los recursos se hace seguimiento por parte de la administración central. El sindicato manifiesta que solo son 800 becas, que pasara con los otros 8000 docentes, entonces no tendrían posibilidad de ascender; informa la doctora Paula que para diciembre de 2013 se tendrán aprobados por parte del comité de formación 5 cursos

La administración en este aspecto tiene un programa establecido para el año 2014. Estaremos presentando para diciembre, si el tiempo lo permite el plan territorial de formación docente, para ser oficializado y publicado. Se seguirá solicitando a ascofade nos presenten programas de capacitación.

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aproximadamente. El sindicato manifiesta que debe replantearse esta situación, ya que son 117 Municipios, ojala no sean 800 becas, sino que sean más. Informa que el Departamento está pagando una deuda social que tenía desde hace mucho tiempo.

54 Establecer proyectos financiados por la entidad territorial y acordada con las organizaciones sindicales tendientes a incentivar la investigación y la capacitación y que sirva a los docentes para su ascenso en el Escalafón Nacional Docente, y a las entidades territoriales para potenciar la verdadera calidad de la educación.

Informa el sindicato que el gobernador estaba interesado en los programas establecidos con el CEI. ADIDA hace entrega del libro “UN VIAJE LITERARIO EN LA ENSEÑANZA DE LAS MATEMATICAS” para hacerlo llegar al Gobernador y uno para la Secretaria. Hace la petición que basado en las producciones sistematizadas del CEI la entidad territorial esté presente en una participación financiera y académica. Manifiesta la administración que se debe presentar una propuesta estructurada para coadyudar en el mejoramiento académico; se puede presentar al señor Gobernador o al señor Secretario.

Queda como compromiso de la administración a diciembre presentar 5 cursos de formación. Sugiere la administración que se presente un proyecto estructurado para coadyuvar en el mejoramiento académico.

55 Capacitación continúa sobre los diferentes aspectos de los manejos financieros de los FSE para Docentes Directivos y de contratación y conseguir el personal de apoyo para la operación del software que se adquiera o desistir de su implementación masiva.

El equipo de fondos no existe en la estructura de la Gobernación. Lo primero que se hizo es establecer cronograma de visitas y se están haciendo los manuales de presupuesto, tesorería y contratación. Con respecto al software, con finea estuvo contratado por dos años y costo 9000 millones de pesos, encontrándose que los tesoreros eran contratados por las IE y solo una de ellas entrego información. USDIDEA dice que se han incrementado los procesos disciplinarios por el manejo de los fondos de servicios educativos. Solicita que se amplié la asesoría sobre el manejo de estos. Manifiesta que exista un equipo disponible para acompañar este proceso conformado por un tesorero, un abogado y un contador y además que los asesores jurídicos de los municipios puedan entender este proceso. La administración manifiesta que el equipo solicitado como tal existe en la secretaria, hay 5 contadores, un abogado; además existen todos los abogados de la jurídica que podrían dar asesoría sobre las inquietudes de los rectores. Manifiesta que el equipo es insuficiente, pero que a nivel de municipios existen los tesoreros, los cuales están siendo calificados por el ente territorial. Manifiesta la administración, que en reunión con el procurador se observó que en los indicadores de cumplimiento de las acciones de la parte financiera de las entidades, se encontró que la gran falencia es el manejo de los fondos. Cada fondo figura como una entidad

Según la capacidad instalada que se tiene en la actualidad se continuara con la realización de las visitas de asesoría, seguimiento y control a los FSE y así mismo se programaran jornadas de capacitación. Actualmente se están haciendo pruebas al software para el manejo de los FSE.

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clasificada a nivel nacional para la entrega de información. USDIDEA manifiesta que los rectores nuevos no tiene la suficiente capacitación, solicita que cuando haya capacitación se invite a ADIDA y USDIDEA. ADIDA manifiesta que la ilegalidad no está en los que no tiene capacitación, sino que la capacitación está en lo ético y lo moral de las personas; se debe dar un manejo enfocado a lo ético. Dice que formación e información hay, sino que debemos hacer más énfasis en lo ético.

56 Ofrecer, al personal Directivo y de Administración, asesoría y asistencia técnica con respecto a planes de estudio, evaluación del aprendizaje, evaluación de desempeño, proyecto educativo institucional, manuales de convivencia y gestión escolar y todos aquellos aspectos de la vida institucional.

La administración hace una presentación de la “ARTICULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CON LOS PACTOS DE CALIDAD”. La cual se anexara a esta acta. Otra ruta es el programa de rectores líderes transformadores. ADIDA formula cuatro inquietudes:

1. manifiesta que debe haber una claridad en el manual de funciones.

2. Un segundo elemento es que los rectores también tiene ciertos criterios de autonomía y a veces se confunden las funciones de los rectores con los jefes de núcleo.

3. También le preocupa al sindicato la convivencia escolar, ya que forma parte de la convivencia educativa. Los manuales de convivencia deben ser acordes con la ley. Como reconstruir los PEI sobre la convivencia escolar.

4. La usurpación de funciones o la discrepancia de los roles entre los diferentes actores administrativos en los municipios (alcalde, secretario de educación, jefes de núcleo y los rectores).

USDIDEA Solicita que se debe reforzar los roles de los jefes de núcleo, manifiesta que se debe dar más énfasis hasta donde llegan las competencias de cada una las cuatro entidades mencionadas anteriormente por el presidente del SINDICATO DE ADIDA, establecer una ruta adecuada para que no se generen contratiempos entre estos funcionarios que manejan cada una de estas entidades. Así mismo fortalecer los manuales de convivencia; del mismo modo fortalecer los manuales de sistema institucional de evaluación del alumnado. ADIDA manifiesta que la administración anterior dejo una herencia denominada Proyecto de mejoramiento de la media, solicita que se revise este tema, desde octubre del año pasado se generó el último acto administrativo. Manifiesta que también se debe hacer la

No aplica, ya que la administración ha brindado asesoría y asistencia técnica a los casos puntuales, según la capacidad instalada en la Secretaria.

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reorganización de la planta docente, debe haber mucha socialización de esta, sobre todo tener en cuenta las zonas rurales. No sabe cómo van a funcionar los consejos directivos, no ha sido suficientemente socializado, se requiere más capacitación sobre el tema. El asesor del ADIDA, habla que la nueva ley 1620 (ley de matoneo) no menciona el tema de la capacitación (tema muy importante); cómo se lleva esta ley al manual de convivencia, en última instancia son los docentes los que manejan esta situación, habla del tema de matoneo, bulling y convivencia escolar. Habla del decreto 1965 dice que en 6 meses se deben modificar todos los manuales de convivencia. Solicitan se den capacitación sobre la ley 1620 y decreto 1965. La administración manifiesta que la responsabilidad de dar a conocer esta ley y este decreto es del comité departamental de convivencia escolar, se podría invitar a un integrante del sindicato a este comité, el sindicato dice que quisiera ir más allá, pero acepta que un representante de este pueda asistir a este comité,

57 Creación de un incentivo de becas para docentes que realicen maestrías y doctorados en su área de especialidad, en universidades certificadas.

Respuesta ídem a la pregunta 53.

Siendo las 12:15 pm. Se da por terminada la reunión.