ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que...

28
DIRECCIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES P.C.P. 12677.26/16 junio de 2016

Transcript of ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que...

Page 1: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

DIRECCIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA

ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD COMPUTING PARA

SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES P.C.P. 12677.26/16 junio de 2016

Page 2: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 2 de 28

ANTECEDENTES 1. El IDAE es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo e integrada en la estructura de la Secretaría de Estado de Energía. De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de IDAE, éste tiene entre sus fines contribuir a la consecución de los objetivos que tiene adquiridos nuestro país en materia de mejora de la eficiencia energética, energías renovables y otras tecnologías bajas en carbono. En este sentido, el IDAE lleva a cabo acciones de difusión y formación, asesoramiento técnico, desarrollo de programas específicos y financiación de proyectos de innovación tecnológica y carácter replicable. Así mismo, el Instituto lidera una intensa actividad internacional en el marco de distintos programas europeos y cooperación con terceros países. En la actualidad el IDAE tiene alojados varios servidores virtuales en la nube, están contratados a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones.

OBJETO DEL ACUERDO MARCO Y NORMATIVA APLICABLE 2. 2. 1 El objeto del concurso es determinar la oferta más adecuada para la suscripción de un Acuerdo Marco con una empresa para la prestación de un servicio de Cloud Computing para Servidores y Aplicaciones Web de IDAE durante un periodo de dos años. 2. 2 Los servicios a prestar se desarrollarán de conformidad con los documentos que forman parte del procedimiento de contratación, los cuales a su vez formarán parte del contrato a firmar por la empresa seleccionada. En la interpretación del contrato, en caso de conflicto entre los documentos que forman parte del mismo, estos tendrán la siguiente jerarquía:

1º Pliego de Condiciones Particulares para la Contratación del Servicio de Cloud Computing para Servidores y Aplicaciones Web, Referencia PCP 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

2º Pliego de Condiciones Técnicas para la Contratación del Servicio de Cloud

Computing para Servidores y Aplicaciones Web, Referencia PCT 12677.26/16 de fecha juio de 2016.

3º Oferta de la empresa seleccionada.

2. 3 Se entenderán como actividades propias del servicio a realizar, las que se relacionan, en el Pliego de Condiciones Técnicas que forma parte del contrato. Los licitadores presentarán una única oferta sin alternativas ni variantes. 2. 4 La contratación del objeto del presente Pliego se regirá además de por lo establecido en la documentación citada en el anterior apartado 2.1, por las instrucciones internas de contratación de IDAE que podrán consultarse en el perfil del contratante insertado en el sitio Web oficial de IDAE (www.idae.es), así como resto de disposiciones que resulten de aplicación

Page 3: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 3 de 28

de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 2. 5 El conocimiento de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos y extinción de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden jurisdiccional civil (art. 21.2 TRLCSP). 2. 6 Los oferentes deberán velar por el cumplimiento de unos compromisos éticos y de conducta equiparable a los expresados por el Código Ético y de Conducta de IDAE que se encuentra en el sitio Web oficial de IDAE (www.idae.es).

TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 3. La presente selección de una empresa para la celebración de un acuerdo marco de homologación se realizará por procedimiento abierto mediante concurso y tramitación ordinaria de ofertas a tenor de lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de este Instituto, al no igualar ni superar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el artículo 16.1 b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 4. Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación que publique el IDAE. Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección referida en el párrafo anterior, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del servicio y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.

CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 5. Las proposiciones se compondrán de tres partes que se presentarán en sobres diferentes, haciendo constar en cada sobre, el objeto del concurso, el contenido y el nombre del licitador, de la forma siguiente: 5.1. SOBRE: A. CONTENIDO: Documentación administrativa y general

Page 4: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 4 de 28

- SECCIÓN I-A: Acreditación de la capacidad para contratar. Incluirá original y una (1) copia en formato electrónico de la siguiente documentación:

Solicitud de participación, conforme al modelo que se incorpora al presente documento como Anexo I, debidamente cumplimentada.

Acreditación de no hallarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del TRLCSP, cuando no pueda realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, mediante declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado o mediante declaración responsable, según el modelo que se incorpora al presente documento como Anexo II.

En consonancia con el apartado 4 del art. 146 del TRLCSP, esta declaración responsable sustituye a la aportación inicial de la documentación establecida en el apartado 1 del mismo artículo. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, tal y como se especifica en el apartado 9 del presente pliego.

- SECCIÓN II-A: Acreditación de la solvencia económica y financiera.

La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta, por los medios siguientes:

Presentación de balance y cuenta de resultados de los tres últimos ejercicios.

Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por el empresario en el curso de los tres últimos ejercicios.

Certificación que acredite la disposición de póliza de seguro vigente de responsabilidad civil.

Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por IDAE. - SECCIÓN III-A: Acreditación de la solvencia técnica y profesional.

La justificación de la solvencia técnica y profesional del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta, por los medios siguientes:

Justificante de estar en posesión de la certificación ISO 9001.

Justificante de estar en posesión de la certificación ISO/IEC 27001 Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información.

Page 5: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 5 de 28

Copia de póliza de seguros de responsabilidad civil de la empresa, o certificado de la compañía donde indique los riesgos cubiertos y las cuantías aseguradas.

5.2. SOBRE: B. CONTENIDO: Presentación técnica de la oferta. Contendrá original y dos (2) copias, una en soporte papel y otra en soporte informático (en caso de diferencias prevalecerá el soporte papel), de la siguiente documentación:

Respecto a la documentación a presentar en esta sección se tendrá presente lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas.

Se incluirá una descripción completa del servicio planteado así como del alcance de los servicios que se ofertan y metodología planteada para llevarla a cabo.

Se detallará la calidad de los medios aplicables por el concursante a este servicio.

Igualmente se deberán describir breve, pero completamente, el servicio de asistencia técnica de que dispone el ofertante.

Se detallarán los medios informáticos o aplicaciones que se pondrán a disposición del equipo para mejorar la prestación, seguimiento y control de la actividad, reporte de información y asistencia en emergencias y puntas de demanda.

Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego.

La inclusión en este sobre de cualquier detalle económico que permita realizar valoraciones sobre el precio del suministro supondrá automáticamente la exclusión de la oferta del procedimiento.

5.3. SOBRE: C. CONTENIDO: Proposición económica Contendrá original, una (1) copia en soporte papel y otra adicional en soporte informático (en caso de diferencias prevalecerá lo indicado en soporte papel), de la siguiente documentación estructurada por secciones:

- SECCIÓN I-C: Propuesta económica.

Se incluirán en esta sección los precios totales por los que el proponente se compromete a dar los servicios, en las condiciones expuestas en el pliego de condiciones técnicas. Los precios se consignarán suponiendo incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, de personal, materiales, beneficio, etc.

Page 6: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 6 de 28

Los precios establecidos serán fijos y no revisables.

El pago de los servicios se realizará mediante pagos mensuales, a mes vencido.

Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria, en un plazo máximo de 60 días desde la recepción de la factura de conformidad.

- SECCIÓN II-C: Conocimiento y aceptación.

Se incluirá en esta sección declaración expresa del representante del solicitante en la que conste el conocimiento y aceptación de toda la documentación que forma parte del presente concurso, la cual deberá relacionarse, así como el compromiso de realización del servicio por el precio ofertado. Se utilizará para cumplimentar esta sección el modelo de proposición y declaración que se adjunta como ANEXO III a este Pliego.

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO 6. Dado el carácter del presente concurso, no se dispone de un presupuesto máximo de gasto disponible, debido a que se trata de la celebración de un acuerdo marco, por lo que el presupuesto final estará ligado al número de servicios que el Instituto encomiende al adjudicatario del concurso. Como dato de referencia, se incluyen a continuación datos asociados al servicio de los últimos años. La previsión, en el momento actual, apunta a un incremento de los servicios a causa de nuevas actividades del Instituto. En ningún caso se debe considerar que los valores que se indican sean aplicables a años posteriores. Los importes que se facilitan son meramente informativos y no suponen, bajo ningún concepto, un compromiso de facturación mínima.

AÑO Importe anual servicios

(€, sin I.V.A.)

2012 15.219 2013 20.312 2014 24.337 2015 24.969

El acuerdo marco tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, prorrogable por dos años adicional, en caso de satisfacción con el servicio prestado y disponibilidad de presupuesto. En caso de renovación, la empresa seleccionada se compromete a mantener los precios ofertados.

Page 7: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 7 de 28

Ninguno de los servicios que se soliciten podrá exceder el importe de 50.000,00 € por encargo. Asimismo, la suma de los importes correspondientes a los servicios adjudicados no podrá ser superior a 120.000,00 € dentro de la misma anualidad. Los oferentes deberán valorar el coste de sus servicios de acuerdo al alcance y condiciones establecidos en los documentos que forman parte de la convocatoria, teniendo presente que el precio que determine para la prestación de sus servicios será fijo y no podrá sufrir revisión alguna durante la ejecución del acuerdo. Los precios unitarios que se incluyen en el anexo IV del presente documento, serán los que retribuyan los servicios a prestar por la empresa seleccionada para la realización de los trabajos, sin perjuicio de lo establecido en el resto de documentación. Para atender las obligaciones económicas que se derivan por el cumplimiento del correspondiente acuerdo, el IDAE aprobará internamente un presupuesto para cada uno de los servicios, al que se le asignará un código de proyecto y se suscribirá el correspondiente contrato basado en el acuerdo marco, relacionado con el servicio a realizar. Cualquier posible ampliación de trabajos, respecto a los incluidos en el mencionado contrato basado, queda condicionada a la aprobación por parte de IDAE, previamente a su ejecución, de presupuesto suficiente y formalización del correspondiente contrato de modificación y sólo será posible en el caso de justificarse suficientemente la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 107.1 del TRLCSP.

PLAZO DE PRESENTACIÓN 7. El plazo límite de presentación de solicitudes de participación será establecido en el anuncio de licitación. Asimismo, se indicará en el anuncio el lugar en que se deberán presentar las propuestas.

APERTURA Y EXAMEN DE PROPOSICIONES 8. 8.1 La apertura de proposiciones se realizará por parte del Departamento de Contratación,

Compras y Servicios de IDAE. En el caso de que del análisis de la documentación administrativa se detectara alguna deficiencia subsanable, será puesto en conocimiento de la empresa afectada disponiendo de un plazo máximo de 3 días hábiles para subsanar. En el caso de que alguna de las propuestas fuera descartada por presentar deficiencias en esta documentación administrativa o no cumplir los requisitos establecidos en los subsiguientes apartados 10.1 y 10.2, este hecho será puesto en conocimiento del interesado quedando la documentación presentada a su disposición para que proceda a su retirada.

8.2 Seguidamente se abrirán las ofertas técnicas (sobre "B") de las empresas admitidas,

procediendo a su análisis por parte de los servicios especializados de IDAE, conforme a los criterios establecidos en los pliegos.

Page 8: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 8 de 28

8.3 Finalmente, y una vez efectuados los análisis a los que se refiere el anterior apartado 8.2, se abrirán las ofertas económicas (sobre “C”) de las empresas que hayan sido admitidas técnicamente, procediendo a su análisis por parte de los servicios especializados de IDAE, conforme a los criterios establecidos en los pliegos.

PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 9. 9.1 Una vez y llevados a cabo los análisis y trabajos relacionados en el anterior punto 8 y los correspondientes informes, y determinada la oferta más ventajosa para el Instituto, se notificará tal circunstancia al oferente responsable de la propuesta para que en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud aporte la siguiente documentación:

- Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsa administrativa del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.

- Los empresarios que fueran personas jurídicas, y en lo que les afecte los individuales, deberán presentar los siguientes documentos:

Escritura de constitución y estatutos sociales, así como sus posibles modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, habrá de presentarse escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

Fotocopia autenticada de la Tarjeta de Identidad Fiscal.

Documento que acredite suficientemente las facultades de representación del firmante de la proposición.

Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.

En el caso de empresas extranjeras no comunitarias deberán aportar los documentos que acrediten las condiciones exigidas en el artículo 72 del TRLCSP.

Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias: alta en el I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad así como último recibo, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública y con la seguridad social de los trabajadores.

Page 9: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 9 de 28

9.2 IDAE podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No obstante, deberá aportarse declaración firmada por persona responsable de todas las empresas a incluir en la futura U.T.E. en la que se detallen los porcentajes de participación de cada empresa y se designe un interlocutor único ante IDAE durante el proceso de adjudicación. 9.3 Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante IDAE y deberán nombrar un representante o apoderado de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 9.4 El Comité de Adjudicaciones de IDAE, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará en la forma indicada en las Instrucciones Internas de Contratación de IDAE, su informe correspondiente con la propuesta de adjudicación que juzgue conveniente, acompañada de la documentación que pudiera haberse generado en sus actuaciones. 9.5 En el caso de que la propuesta señalara a algún empresario, como elegido para ser seleccionado para la suscripción del acuerdo marco, aquélla no creará derecho alguno en favor de dicho empresario, el cual no lo adquirirá hasta que se haya suscrito el acuerdo, por resolución del Órgano de Contratación. 9.6 IDAE tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 10, o declarar desierto el concurso, motivando su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuran en este pliego.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS 10. Para la selección de la empresa con la que se celebrará el acuerdo marco se atenderá al procedimiento que se indica a continuación. Serán requisitos necesarios para participar en el presente concurso los siguientes:

Deberá existir relación directa, entre las actividades, fines o funciones del oferente, y el objeto de los servicios a realizar en virtud de la presente convocatoria, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.

Deberá acreditar estar en posesión de la certificación de la norma ISO 9001 de gestión de la calidad.

Deberá acreditar estar en posesión de la certificación ISO/IEC 27001 Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información.

Acreditar, al menos, 5 referencias en trabajos similares en los últimos tres años.

Tener un volumen mínimo de facturación medio en los últimos tres años de 50.000 euros.

Page 10: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 10 de 28

La empresa deberá tener en vigor una póliza de seguro que ampare los riesgos de responsabilidad civil por las actividades que desarrolla.

Aquellas propuestas que no cumplan estos requisitos serán descartadas del procedimiento. 10. 1. Ofertas con valores anormales o desproporcionados. Cuando el número de ofertas recibidas sea superior a cuatro (4), se podrá considerar que una oferta no puede ser cumplida por resultar anormal o desproporcionada, cuando el precio ofertado resulte inferior al 25% de la media de las ofertas recibidas, sin incluir la más cara. Las ofertas que, conforme a lo anterior, sean consideradas anormales o desproporcionadas podrán ser excluidas del procedimiento. Este criterio no será de aplicación cuando el número de ofertas recibidas sea igual o inferior a tres. 10. 2. Para la selección de la empresa adjudicataria se atenderá a los siguientes criterios, con la

ponderación parcial que se indica a continuación:

Oferta económica presentada con una ponderación de hasta 70 puntos, y que se valorará como se detalla a continuación:

a) Para los elementos que componen la oferta basados en precios de aplicación, se

utilizará la fórmula:

𝑷𝒊 = 𝑿(𝑶𝒎á𝒙 −𝑶𝒊𝑶𝒎á𝒙 −𝑶𝒎𝒊𝒏

)

Pi = Puntuación de la oferta a valorar X= Puntuación asignada al subapartado a valorar Oi = Oferta a valorar para el subapartado (IVA excluido) Omáx= Oferta más alta ofertada para el subapartado (IVA excluido) Omin= Oferta más baja ofertada para el subapartado (lVA excluido)

La ponderación de los apartados que componen la oferta que se valorará conforme a la fórmula anterior, de acuerdo con los precios aportados según se recoge en el anexo IV será:

Page 11: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 11 de 28

Elemento Unidad

Facturación/Mes Ponderación

(s/70)

1-12 Precio servidor tipo, (según anexo IV del Pliego) 1 46

A vCPU Servidor >= 2 Ghz 1 vCPU 2

B RAM Virtual 1 GB 2

C Ampliación Disco duro del servidor ( + 100 GB ) 100 GB 2

D Ampliación Backup semanal ( + 100 GB ) 100 GB 2

E Backup mensual: del servidor completo (100GB) con copia diaria y retención de 4 últimos fines de semana. (ejem. server de 100GB)

2

F Backup anual: del servidor completo (100GB) con copia diaria y retención de 1 copia cada fin de mes. (se guardarán al menos 12 copias)

2

G Restore del servidor completo. (Indicad si hay precio por restauración o nº de operaciones gratuitas al año.)

1

H Direcciones IP Públicas 1

I

Exportación del servidor completo para un servidor de 100 GB disco en Formato Abierto para importar en Hyper-V en las instalaciones de IDAE. En caso de servidor con licencias Microsoft, IDAE colocaría su licencia antes de exportar. (Detallad precio por operación o nº de operaciones gratuitas al año )

2

J Importación del servidor completo 100GB de disco. (Detallad precio por operación o nº de operaciones gratuitas al año) 2

K Microsoft SQL Server 2014 Web 1

L Soporte al servicio Básico/Avanzado 2

M Precio/hora de administrador Sistemas/ BBDD 1

N Monitorización Avanzada (puertos/ servicios) 2

Page 12: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 12 de 28

Propuesta técnica presentada con una puntuación de hasta un total de 30 puntos, con la ponderación parcial que se indica a continuación:

Criterios de adjudicación que dependen de juicio de valor Puntos

Máximo

Requisitos Obligatorios.

Calidad de Oferta, Servicio y medios propuestos. Máx. 4 ptos

Versatilidad: asignación dinámica de recursos, clonación, Exportación/importación de servidores Máx. 2 ptos

Soporte al servicio, Monitorización e informes, seguimiento Máx. 2 ptos

8

Requisitos Opcionales

Infraestructura y métodos de plantillaje Máx. 4 ptos

Facilidad de gestión y seguimiento servicio Máx. 4 ptos

Calidad de las Prestaciones Adicionales. Máx. 4 ptos

12

Acuerdo Nivel de Servicio.

Detalle del nivel de servicio, penalizaciones asociadas y respuestas ante incidencias. El grado de cumplimiento deberá ser como mínimo el expuesto en el punto 8 del P.C.T.

10

10. 3. La adjudicación recaerá en la oferta que:

1. Cumpla los requisitos establecidos en los puntos 10.1 y 10.2 anteriores, y 2. Alcance la mayor puntuación conforme a los criterios establecidos en el punto 10.3

En caso de que dos o más propuestas obtuvieran la misma puntuación después de la aplicación de los criterios establecidos en el punto 10.3, obtendrá una mejor clasificación aquella propuesta con una mayor puntuación técnica.

CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA 11. 11. 1 No se contempla la presentación de garantías definitivas para el establecimiento del

acuerdo marco. 11. 2 Si por las especiales condiciones de ejecución de algún trabajo correspondiente a un

contrato basado se considerara necesaria la presentación de una garantía definitiva, previamente a la solicitud de ofertas para la realización del trabajo, se pondrá tal circunstancia en conocimiento de las empresas seleccionadas, determinándose las condiciones de prestación de la citada garantía.

Page 13: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 13 de 28

FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO 12. 12.1 La empresa seleccionada queda obligada a suscribir, dentro del plazo de cinco (5) días

hábiles a contar desde el siguiente al del requerimiento del IDAE, el documento de formalización del acuerdo marco, de acuerdo al modelo del Anexo V.

Cuando la selección recaiga en una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del acuerdo, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.

12.2 Formará parte del acuerdo este Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta de la empresa seleccionada, con este orden de prelación.

12.3 El acuerdo se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite la empresa seleccionada, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.

12.4 Si por causa imputable la empresa seleccionada no pudiera formalizarse el acuerdo dentro del plazo indicado, se atenderá a lo normativamente establecido. En tal supuesto, IDAE podrá incluso proceder a la incautación de la garantía depositada, si la hubiera, para la indemnización de los posibles daños y perjuicios ocasionados.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA SELECCIONADA 13. 13. 1 El acuerdo marco se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en

el presente pliego, aquellas otras condiciones de ejecución que se determinen con la empresa seleccionada y se establezcan en el correspondiente acuerdo, observando fielmente la metodología técnica que se determina en la documentación de concurso.

13. 2 La empresa seleccionada será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del acuerdo.

13. 3 Será obligación de la empresa seleccionada indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del acuerdo.

13. 4 La empresa seleccionada deberá contratar al personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa seleccionada, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con el IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa seleccionada y sus empleados.

13. 5 La empresa seleccionada asumirá la total responsabilidad de la ejecución del acuerdo marco en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE tanto en lo que se refiere a la empresa subcontratada como respecto del subcontrato a celebrar.

Page 14: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 14 de 28

13. 6 La empresa seleccionada garantizará en todo caso a IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél.

CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO 14. 14.1 La empresa seleccionada queda obligada al cumplimiento de los servicios ofertados en

los plazos parciales de ejecución que se determinen en cada caso.

14.2 Si los trabajos no se ajustan a los requisitos establecidos en el presente pliego o en el de condiciones técnicas, en su caso, el IDAE ordenará por escrito a la empresa seleccionada corregir o completar las partes, que estime necesario, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije. Por otro lado si se advierten vicios o defectos en el trabajo realizado, IDAE podrá rehusar los que no estime satisfactorios.

PENALIZACIONES 15. 15.1 En caso de incumplimiento de disponibilidad o de dejación en la realización de la

prestación de los servicios para los cuales la empresa ha sido seleccionada, imputables a la misma, el IDAE podrá imponer las penalizaciones que correspondan, para lo cual, podrá hacer efectiva la garantía disponible. Las penalizaciones, que se acordarán para cada contrato concreto, se harán efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar a la empresa seleccionada o con cargo a la garantía por ella constituida, si la hubiera.

15.2 Cuando las penalizaciones por demora alcancen el 5 por 100 del importe del contrato

de servicio, el IDAE estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalizaciones.

15.3 Esta misma facultad tendrá IDAE respecto al incumplimiento por parte de la empresa

seleccionada de los plazos de ejecución parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.

15.4 La imposición de penalizaciones, o pérdida de garantías, no excluye la indemnización

de daños y perjuicios a que pueda tener derecho IDAE. 15.5 La constitución en mora de la empresa seleccionada no precisará intimación previa por

parte de IDAE.

GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DE LA EMPRESA SELECCIONADA. 16. Serán por cuenta de la empresa seleccionada todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios legalmente previstos en la TRLCSP si los hubiere, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.

Page 15: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 15 de 28

RESPONSABILIDAD CIVIL 17.

17.1 La empresa seleccionada garantizará en todo caso a IDAE cualquier reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquélla, siendo responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a IDAE.

17.2 La empresa seleccionada deberá tener contratado y mantener en vigor durante toda la

vigencia del contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra suficientemente todas las eventualidades que se pudieran derivar de la actividad que desarrolle la empresa seleccionada.

CONFIDENCIALIDAD. 18. Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del presente acuerdo marco, como la generada por la propia empresa seleccionada dentro de los trabajos incluidos en el mismo tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitadas a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito del IDAE, obligándose la empresa seleccionada al cumplimiento estricto de la Ley de Protección de Datos, en los casos que fuera de aplicación.

ABONOS A LA EMPRESA SELECCIONADA. 19. 19.1 La empresa seleccionada tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice

con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en cada contrato basado.

19.2 Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.

PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 20. 20.1 Cuando IDAE considere necesario proceder a la realización de un servicio de los

contemplados en el acuerdo marco de homologación y siempre en función de las características de la misma, solicitará el presupuesto correspondiente a la empresa seleccionada, que lo elaborará conforme a los conceptos y precios ofertados que se establecen en el anexo IV del presente documento. En el caso extraordinario de que se requiera alguna actividad o suministro no detallado en el anterior anexo, la empresa lo detallará de forma independiente en su presupuesto, aportando cuanta información fuera necesaria sobre los elementos que forman el precio de la citada actividad o suministro.

20.2 IDAE valorará la oferta, atendiendo al precio y plazos ofrecidos, previamente a la

conformidad con el mismo. Una vez aprobado el presupuesto por el IDAE, se formalizará el pedido correspondiente que detallará como mínimo el alcance de los servicios, el plazo de ejecución acordado y los honorarios.

Page 16: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 16 de 28

20.3 El acuerdo no otorgará ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto a las empresas seleccionadas, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación.

DERECHOS DE PROPIEDAD 21.

21.1 La propiedad de la documentación que se entregue a la empresa seleccionada, corresponde al IDAE, no pudiendo por tanto la empresa seleccionada ceder, transmitir o divulgar dicha documentación, sin permiso expreso de IDAE. Si se diera el caso, la totalidad de la información y documentación facilitada será retornada a IDAE en edición original.

21.2 Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del acuerdo y sus contratos basados, como la generada por el propio adjudicatario dentro de los trabajos incluidos en los mismos tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitada a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de IDAE. En caso de incumplimiento de esta cláusula de confidencialidad, el IDAE podría proceder a la resolución automática de los contratos, todo ello sin perjuicio de otras medidas que considerara adecuadas al carácter y consecuencias del incumplimiento.

21.3 El empresa seleccionada deja a salvo al IDAE en cuanto al uso de los resultados de los servicios contratados en lo que se refiere a propiedad intelectual o industrial, amparándole y soportando los gastos derivados de cualquier reclamación o litigio por estas causas.

21.4 La propiedad de la documentación que se obtenga y elabore, como resultado de los trabajos realizados, corresponderá al IDAE. Asimismo, los derechos de autor de los trabajos objeto del acuerdo, si los hubiera, se entenderán cedidos a favor de IDAE, pudiendo IDAE, por tanto, difundir o aprovechar para cualquier medio de información, comunicación pública o reproducción, en cualquier lugar del mundo y sin límite temporal, los resultados o suministros del acuerdo marco.

IDIOMA. 22. El idioma de trabajo será el español, por lo que toda la documentación relativa al contrato que se genere durante el desarrollo de los trabajos objeto del acuerdo, deberá estar en este idioma.

NORMAS COMPLEMENTARIAS. 23. 23.1 La dirección e inspección por parte del IDAE de los trabajos a realizar por la empresa

seleccionada, corresponderá al departamento de Informática dependiente de la Dirección Económico-Administrativa de este Instituto dentro del cual se designará un responsable de proyecto, el cual, podrá dirigir instrucciones a la empresa seleccionada siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Pliego y demás documentos contractuales.

23.2 Asimismo, IDAE podrá designar como responsable del contrato, conforme se establece

en el art. 52.1 del TRLCSP, una persona ajena al Instituto, notificándose tal

Page 17: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 17 de 28

circunstancia y las condiciones de la designación a todas las empresas seleccionadas incluidas en el acuerdo marco.

CESIÓN DEL ACUERDO Y SUBROGACIÓN. 24.

24.1 La empresa seleccionada no podrá ceder o transferir a terceros, ni subrogar a persona alguna, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del presente Acuerdo, sin autorización previa y por escrito de IDAE.

24.2 En el caso de que la empresa seleccionada subcontratara parte de los trabajos objeto

de este acuerdo, dichas subcontrataciones deberán ser conocidas y aprobadas por el IDAE, siendo en todos los casos la empresa seleccionada, quien asume la total responsabilidad de la ejecución de los trabajos, tanto los desarrollados por él como por sus subcontratados.

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 25. Si durante la ejecución del contrato la empresa seleccionada tuviera que tratar datos personales quedará obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (LOPD) y, en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal y del R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. La empresa seleccionada no podrá subcontratar con terceros la realización de ningún tratamiento de datos de carácter personal.

RESOLUCIÓN DEL ACUERDO. 26. 26.1 El Contrato se extinguirá por conclusión y cumplimiento del mismo o por resolución.

Son causas de resolución del Contrato las siguientes:

El incumplimiento de las obligaciones esenciales contenidas en el mismo.

Incumplimiento grave por el Adjudicatario de los plazos de ejecución o entrega o de cualquier otra condición contractual

Pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la administración.

Incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.

Incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato.

Incumplimiento de la obligación de aportación de medios personales o materiales comprometidos o con el tiempo de respuesta y resultados asignados al servicio.

Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de IDAE.

Facturación de ejecuciones no realizadas o medios no utilizados.

La muerte del contratista individual.

La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratada o en el caso de Uniones Temporales de Empresas, la disolución de las mismas.

El cese o suspensión por parte del adjudicatario de sus actividades.

La solicitud de declaración de concurso, en los términos a tal efecto previstos en los artículos 61 y siguientes de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Page 18: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 18 de 28

El mutuo acuerdo de IDAE y el adjudicatario. Esta causa solo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución imputable al adjudicatario.

La falta de prestación por la adjudicataria de las garantías establecidas en el contrato.

26.2 Salvo en el caso de mutuo acuerdo, la resolución por cualquiera de los motivos

indicados en el punto 27.1. precedente implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución, en su caso, de las cantidades recibidas a cuenta por el Adjudicatario, que serán devueltas con su interés igual al preferencial para préstamos o créditos a tres años, de los tres mayores bancos, que se acreditará mediante certificación del Banco de España.

26.3 La resolución del acuerdo dará derecho a la empresa seleccionada a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al acuerdo, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que el IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios.

JURISDICCIÓN APLICABLE. 27. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente acuerdo.

ANEXOS 28. ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO ANEXO III: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN ANEXO IV: PRECIO SERVIDOR TIPO Y PRECIOS UNITARIOS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS OFERTADOS ANEXO V: MODELO DE ACUERDO MARCO

Page 19: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 19 de 28

ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD

D/Dña. ________________________________________, en representación de _______________________________________________ con C.I.F. ________________, en calidad de ___________________________, solicita su participación en el concurso _______________________________________________________________________________________________________________________________________

Datos principales de contacto de la empresa Empresa: Persona de contacto: Cargo en la empresa: Dirección completa: Teléfonos: Correo electrónico: Fax:

__________________________ (Firma y sello de la empresa)

Page 20: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 20 de 28

ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN

NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60

del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

D/Dª: ........................................................................................ con D.N.I. nº: …………… En nombre y representación de .......................................................................... con Domicilio en …………………………………………….., con N.I.F./C.I.F.: ..................... DECLARO RESPONSABLEMENTE: Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Que existe relación directa entre las actividades, fines o funciones de la persona jurídica a la que represento y el objeto de la adjudicación, según resulte consta en los estatutos de la misma. Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 151.2 del TR de la LCSP en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud en tal sentido. También me comprometo a la constitución y entrega al IDAE de la garantía definitiva que corresponda, en el plazo máximo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.. Y para que así conste y surta los efectos oportunos para la participación en el concurso convocado por el IDAE con número de expediente 12677.26/16, expido y firmo la presente en .......................................(ciudad), a ………………, de ………, de 2016. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en ……..............(ciudad), a ………………, de ………………………, de 2016 A la atención de: Sr. Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

Page 21: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 21 de 28

ANEXO III: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE

CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN

D/Dña. ________________________________________, con DNI _______________ en representación de la empresa _______________________________________________ con C.I.F. ________________, en calidad de _____________________, declara conocer y aceptar íntegramente toda la documentación que forma parte del presente concurso, formada por:

1º Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y aplicaciones web; pliego de Condiciones Particulares, con referencia PCP 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

2º Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y aplicaciones web; pliego de Condiciones Técnicas de referencia PCT 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

Y se compromete a ejecutar el citado acuerdo según las condiciones económicas de los Pliegos arriba mencionados y según los precios unitarios que se detallan en su oferta. Todo ello de acuerdo a la siguiente forma de pago:

Los pagos se realizarán a la entrega de los trabajos, mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido

Todo ello de acuerdo a la forma de pago contenida en el Pliego de Condiciones del concurso. Y para que conste firma el presente en ............................. a ...... de ……………..... de ........ (firma del representante y sello de la empresa)

Page 22: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 22 de 28

ANEXO IV: PRECIO SERVIDOR TIPO Y PRECIOS UNITARIOS Y CONDICIONES DE

APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS OFERTADOS

Se ofertarán precios mensuales para cada elemento unitario, los cuales conforman la unidad de infraestructura mínima para cualquier servidor que IDAE quiera contratar. Los pedidos se realizarán por unidades de estos elementos y se facturará por consumo a mes vencido (excepto aquellos elementos que no proceda facturación por consumo, los cuales se facturarán a la finalización de los trabajos realizados). La proposición económica se presentará siguiendo el modelo en formato hoja de cálculo siguiente (impuestos indirectos aplicables excluidos):

Propuesta Económica para servidor tipo (por mes)

Elemento

Unidad Facturación/

Mes Precio Unitario

(€/Mes) 1 Reserva del servidor 1 2 vCPU Servidor >= 2 Ghz 1 vCPU 3 RAM Virtual 1 GB

4 Almacenamiento Disco Duro 100 GB

5 Backup completo del servidor diario con retención semanal. (se guardará copia diaria de los últimos 7 días)

100 GB

6 Backup completo del servidor semanal con retención mensual (se guardará copia de los últimos 4 fines de semana)

100 GB

7 Una Dirección IP Pública 1 IP

8 Licencia MS Windows 2012 Standard R2 1 9 2 Licencias Terminal Server 2 licencias

10 Soporte al servicio 24x7 11 Detallar si hubiera otros gastos necesarios para explotación. 12 Plesk Panel 10.4 o posterior

Precio Total/mes de un servidor tipo €

Page 23: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 23 de 28

Propuesta Económica por Elementos Ampliables (por mes)

Elemento

Unidad Facturación/

Mes Uds. Máx

disponibles Precio

Unitario/Mes

A CPU Servidor >= 2 Ghz 1 vCPU

B RAM Virtual (1GB) 1 GB

C Ampliación Disco duro del servidor ( + 100 GB ) 100 GB

D Ampliación Backup semanal ( + 100 GB ) 100 GB

E Backup mensual: del servidor completo (100GB) con copia diaria y retención de 4 últimos fines de semana. (ejem. server de 100GB)

F Backup anual: del servidor completo (100GB) con copia diaria y retención de 1 copia cada fin de mes. (se guardarán al menos 12 copias)

G Restore del servidor completo. (Indicad si hay precio por restauración o nº de operaciones gratuitas al año.)

H Direcciones IP Públicas

I Exportación del servidor completo para un servidor de 100 GB disco en Formato Abierto para importar en Hyper-V en las instalaciones de IDAE. En caso de servidor con licencias Microsoft, IDAE colocaría su licencia antes de exportar. (Detallad precio por operación o nº de operaciones gratuitas al año )

J Importación del servidor completo 100GB de disco. (Detallad precio por operación o nº de operaciones gratuitas al año)

K Microsoft SQL Server 2014 Web

L Soporte al servicio 24x7. Básico/Avanzado

M Precio/hora de administrador Sistemas/ BBDD

N Monitorización Avanzada (puertos/ servicios)

(Todos los precios indicados se entienden sin I.V.A.)

Page 24: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 24 de 28

ANEXO V: MODELO DE ACUERDO MARCO

En Madrid a, __________ de 2016

R E U N I D O S De una parte, D. Arturo Fernández Rodríguez, titular de D.N.I. nº _________; en nombre y representación del “INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE)”, Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Energía, con sede en Madrid, calle Madera número 8, y C.I.F.: Q2820009E. Actúa en el presente acto en su condición de Director General del mencionado Instituto, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 648/2013, de 2 de agosto (BOE 3 de agosto de 2013), haciendo uso de las facultades de su cargo. Y de otra, Dña/D. ___________________, de nacionalidad ______________, mayor de edad, titular de D.N.I. nº ________________; en nombre y representación de la mercantil denominada ________________________, con domicilio en _______________________, provista de C.I.F.: _____________, inscrita en el Registro Mercantil de _____________, al tomo ______, folio ____, sección ___, hoja _______. Su representación y facultades resultan de su condición de ____________, según nombramiento que consta elevado a público en escritura otorgada ante notario de ______________, Dña/D. _________________ el día __________________ con el número ______ de su protocolo. Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad suficiente para la formalización del presente acuerdo, y a tal efecto,

E X P O N E N I.- Que ente las actividades habituales que el IDAE lleva a cabo se encuentran diversos tipos de acciones de difusión y formación, asesoramiento técnico, desarrollo de programas específicos y financiación de proyectos de innovación tecnológica y carácter replicable. II.- Que la mercantil ____________________________, de acuerdo con su objeto social se dedica, entre otras actividades a los trabajos de ____________________________ disponiendo de medios y recursos suficientes para llevar a cabo los servicios requeridos por el IDAE para el servicio de computación en la nube para aplicaciones web. III.- Que habiendo llegado a un acuerdo sobre la base de los Pliegos de Condiciones para la suscripción de un acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y aplicaciones web, que se incorporan al presente acuerdo marco como anexo I, el IDAE y ____________ (en adelante, EL ADJUDICATARIO), formalizan el presente acuerdo de conformidad con las siguientes,

E S T I P U L A C I O N E S PRIMERA.- OBJETO DEL ACUERDO

Page 25: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 25 de 28

El objeto del acuerdo es la prestación por parte del adjudicatario de servicios cloud computing para servidores y aplicaciones web de IDAE. El presente acuerdo no otorga ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto al adjudicatario, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación. SEGUNDA.- ALCANCE Y DESCRIPCIÓN El conjunto de los servicios a prestar por el adjudicatario en virtud del presente acuerdo es el que se establece en los documentos:

1º Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y aplicaciones web; pliego de Condiciones Particulares, con referencia PCP 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

2º Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y aplicaciones web; pliego de Condiciones Técnicas de referencia PCT 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

y que se incorporan al presente acuerdo como Anexo I. TERCERA.- PRECIOS Los precios de aplicación para la realización de los trabajos a ejecutar en virtud del presente acuerdo, así como los que serán de aplicación para los correspondientes encargos que se deriven del mismo se recogen en el documento precios unitarios de aplicación que se incorpora como ANEXO II al presente documento. Se entiende que los conceptos de precio relacionados en el ANEXO II, comprenden la totalidad de los servicios expuestos a prestar por el adjudicatario, así como los gastos generales, de administración y beneficio y cualquier otro gasto (a excepción del I.V.A.) que el adjudicatario soporte en el cumplimiento de los servicios requeridos, así como los materiales necesarios, siempre que no se indique lo contrario. CUARTA.- PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS Cuando IDAE considere necesario proceder a la realización de una contratación incluida en el presente acuerdo marco de homologación, solicitará el presupuesto correspondiente al adjudicatario del acuerdo marco, que lo elaborarán conforme a los conceptos y precios ofertados que se establecen en los Pliegos de Condiciones. En el caso de que se requiera alguna actividad o suministro no detallado en el citado anexo, el adjudicatario lo detallará de forma independiente en su presupuesto, aportando cuanta información fuera necesaria sobre los elementos que forman el precio de la citada actividad o suministro. Una vez aprobado el presupuesto por el IDAE, se formalizará el pedido correspondiente que detallará como mínimo el alcance de los trabajos a realizar por el adjudicatario, su importe y los plazos de ejecución. El presente acuerdo no otorga ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto al adjudicatario, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación. QUINTA.- FORMA DE PAGO

Page 26: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 26 de 28

La empresa seleccionada tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en cada acuerdo. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido. SÉXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO El presente acuerdo marco tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, prorrogable por dos años adicionales, a juicio de IDAE y siempre en caso de satisfacción con el servicio prestado. El acuerdo podrá ser resuelto mediante denuncia expresa de cualquiera de las partes, que deberá comunicarse con un preaviso mínimo de dos (2) meses a la conclusión de su vigencia o la de cualquiera de sus prórrogas. En cualquier caso, deberán adaptarse las medidas necesarias para concluir de forma satisfactoria las tareas que estuvieran encomendadas en el momento de la notificación de la resolución. SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS Toda la información suministrada por IDAE tendrá el carácter de confidencial, pudiendo emplearse únicamente para los fines relacionados con la realización de los trabajos objeto del presente contrato. El Adjudicatario no hará un uso distinto del amparado por el presente contrato con la información o materiales que le sean aportados por IDAE, salvo autorización expresa y por escrito de IDAE. OCTAVA.- RESPONSABILIDAD El Adjudicatario, como empresario en concepto de empleador de su personal, es responsable del cumplimiento de las Normas Laborales y de Seguridad Social vigentes, amparando a IDAE y dejándolo a salvo de cualquier reclamación, eventualidad o incidencia, especialmente en lo que se refiere a accidentes de trabajo y a actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente, el Adjudicatario es responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna al IDAE. NOVENA.- SUBCONTRATISTAS El adjudicatario vendrá obligado a informar de cualquier subcontratación que realice, relacionada con la ejecución del presente contrato, siempre que afecte al objeto principal de los servicios a ejecutar por el adjudicatario o suponga más del 25% del precio de los trabajos encomendados. IDAE podrá exigir al adjudicatario justificación documental de estar al corriente de sus compromisos contractuales con todos los subcontratistas que hayan tomado parte en los trabajos y/o suministros objeto del contrato. DÉCIMA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes convienen expresamente que toda notificación, comunicación, solicitud, y/o requerimiento en relación con el presente acuerdo, surtirá entre ellas plenos efectos, siempre y cuando se efectúe por uno cualesquiera de los siguientes medios: carta, telefax o correo electrónico; a los domicilios y números que a tales efectos a continuación se especifican para cada una de las entidades intervinientes,

Page 27: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 27 de 28

en tanto en cuanto no se hubiere comunicado fehacientemente cualquier posible modificación en tal sentido:

IDAE Madera, 8 28004 - MADRID Tel.: 91.456.49.00 Fax: 91.523.04.14 Correo electrónico: Persona de contacto:

______________________________ ______________ ______________ Tel.: _____________ Fax: _____________ Correo electrónico: ________________________ Persona de contacto:

UNDÉCIMA.- RESOLUCIÓN El IDAE podrá resolver el acuerdo unilateralmente mediante comunicación escrita, en caso de incumplimiento grave por la empresa seleccionada de los plazos de ejecución o entrega, o de cualquier otra condición contractual. La resolución implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por la empresa seleccionada, si las hubiere, y que serán devueltas con su interés igual al legal del dinero incrementado en 1,5 puntos. La resolución del acuerdo dará derecho a la empresa seleccionada a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al acuerdo, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que el IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios. DUODÉCIMA.- JURISDICCIÓN Las partes, con renuncia expresa a fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente acuerdo marco. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, signan y rubrican la presente, por duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha significados “ut supra”

Por ______________________ Por IDAE

________________ _______________

XXX Director General

ANEXO I: Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para

servidores y aplicaciones web; pliego de Condiciones Particulares, con referencia PCP 12677.26/16 de fecha junio de 2016 y Acuerdo marco para la homologación de un servicio de cloud computing para servidores y

Page 28: ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN SERVICIO DE CLOUD … · a varios proveedores que garantizan flexibilidad, disponibilidad, seguridad y conectividad en sus soluciones. 2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO CLOUD COMPUTING PARA SERVIDORES Y APLICACIONES WEB

P.C.P.12677.26/16 Página 28 de 28

aplicaciones web; pliego de Condiciones Técnicas de referencia PCT 12677.26/16 de fecha junio de 2016.

ANEXO II: PRECIOS DE APLICACIÓN ANEXO III: OFERTA DEL ADJUDICATARIO DE FECHA ______