ACUERDO MINISTERIAL No. 01-2007 - Ministerio de Energía y Minas · 2017. 3. 27. · ACUERDO...

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ACUERDO MINISTERIAL No. 01-2007 El Ministerio de Energla y Mi nas, en uso de las facultades que le confiere la Ley 612 Ley de Reforma y Adición a la " ley no. 290 Ley de Organizaci ón, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. y vista la solicit ud de Concesión de Distribución de Electricidad presentada por la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapi S.A., (HISMOW S. A)) para atender el poblado de Wapi, y viviendas localizadas a lo largo de la interconexión entre la comunidad de la Esperanza y Wapi, del Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS). CONSIDERANDO: 1 Que el Ministerio de Energla y Minas es la entidad encargada de Otorgar las concesiones de distribución, e impulsar el desarrollo de las zonas rurales del pa ls, garantizando el suministro. de energla eléctrica con la calidad requerida y a precios competitivos. · 11 Que para distribución y comercialización de energla eléctrica dentro de una zona geográfi ca determinada en forma exclusiva, es necesario que el solicitante obtenga del Estado una Concesión de Distribución que le autorice realizar las actividades de generación, distribución y comercialización de energla eléctrica. · 111 Que de conformidad con el Artículo 31 de la Ley de la Industria Eléctrica Ley No.272 , la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapi S.A., ha solicitado, una Concesión de Distribución para distri buir y comercializar energla eléctrica en los poblados de Wapi y las localidades vecinas ubicadas entre Wapi y La Esperanza, Municipio de el Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS) con un área de 106.8 km 2 , beneficiando a un total de 906 viviendas y a unos 5,400 habitantes en su inicio. - --- Que en Memorando lntemo DLC12/2006/113/2006, con fecha 6 de diciembre del o dos seis, remitido por la Dirección de Licencias y Concesiones del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) a la Dirección General de Electricidad, donde se recomienda se tramite el Acuerdo de Otorgamiento, de la concesi ón de distribución para HISMOW S.A., con su respectivo soporte y dictamen Técnico. V Que este es un proyecto de electrificación rural de alto contenido social, cuyo fondos para la construcción de la red de distribución son brindados por el Ministerio de Energía y Minas, en cali dad de subsidio a la inver sión provenientes del presupuesto del Proyecto de Electri ficación Rural en Zonas Aisladas ( PERZA), con la participación del Banco Mundial, la alcaldla de Wapi y con fondos propios del concesionario. VI Que habiendo revisado la solicitud presentada por la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapl S.A., para obtener una Concesión de Distribución con el fin de realizar las actividades, distri bución y comercialización de energía eléctrica, acompañada con todas las formalidades y encontrando ésta conforme a lo establecido en la Ley de la Industria Eléct ri ca, Ley 272, publicada en la Gaceta No. 74 del23 de Abril de 1998, su Reglamento General y la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas. MI NISTERIO DE ENERG\ 1\ Y MIN!'-. S t i) Del Portón del Hospital Bau\is:a 1 c. AbEJjo, 125 vrs. al lago. Apartado posial CJ-15' Managua, Nicaragua PBX: (505) 222-5576 Fax: (505) 222-4629

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ACUERDO MINISTERIAL No. 01-2007

El Ministerio de Energla y Minas, en uso de las facultades que le confiere la Ley 612 Ley de Reforma y Adición a la " ley no. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. y vista la solicitud de Concesión de Distribución de Electricidad presentada por la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapi S.A. , (HISMOW S.A)) para atender el poblado de Wapi, y viviendas localizadas a lo largo de la interconexión entre la comunidad de la Esperanza y Wapi, del Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS).

CONSIDERANDO:

1

Que el Ministerio de Energla y Minas es la entidad encargada de Otorgar las concesiones de distribución, e impulsar el desarrollo de las zonas rurales del pals, garantizando el suministro. de energla eléctrica con la calidad requerida y a precios competitivos. ·

11

Que para distribución y comercialización de energla eléctrica dentro de una zona geográfica determinada en forma exclusiva, es necesario que el solicitante obtenga del Estado una Concesión de Distribución que le autorice realizar las actividades de generación, distribución y comercialización de energla eléctrica. ·

111 Que de conformidad con el Artículo 31 de la Ley de la Industria Eléctrica Ley No.272, la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapi S.A., ha solicitado, una Concesión de Distribución para distribuir y comercializar energla eléctrica en los poblados de Wapi y las localidades vecinas ubicadas entre Wapi y La Esperanza, Municipio de el Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS) con un área de 106.8 km2

, beneficiando a un total de 906 viviendas y a unos 5,400 habitantes en su inicio.

- -----~-----------,,.,-----

Que en Memorando lntemo DLC12/2006/113/2006, con fecha 6 de diciembre del año dos seis, remitido por la Dirección de Licencias y Concesiones del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) a la Dirección General de Electricidad, donde se recomienda se tramite el Acuerdo de Otorgamiento, de la concesión de distribución para HISMOW S.A., con su respectivo soporte y dictamen Técnico.

V

Que este es un proyecto de electrificación rural de alto contenido social, cuyo fondos para la construcción de la red de distribución son brindados por el Ministerio de Energía y Minas, en calidad de subsidio a la inversión provenientes del presupuesto del Proyecto de Electrificación Rural en Zonas Aisladas ( PERZA), con la participación del Banco Mundial, la alcaldla de Wapi y con fondos propios del concesionario.

VI

Que habiendo revisado la solicitud presentada por la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapl S.A., para obtener una Concesión de Distribución con el fin de realizar las actividades, distribución y comercialización de energía eléctrica, acompañada con todas las formalidades y encontrando ésta conforme a lo establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, Ley 272, publicada en la Gaceta No. 74 del23 de Abril de 1998, su Reglamento General y la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas.

MINISTERIO DE ENERG\1\ Y MIN!'-.S t i) Del Portón del Hospital Bau\is:a 1 c. AbEJjo, 125 vrs. al lago. Apartado posial CJ-15' Managua, Nicaragua PBX: (505) 222-5576 Fax: (505) 222-4629

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Gcbierno de. GC

POR TANTO:

En uso de las facultades conferidas al Ministerio de Energía y Minas, según lo establecido en el artículo 29 literal f) de la Ley 612 "Ley de Reforma y Adición a la ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo".

ACUERDA:

ÚNICO: Conceder CONCESIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA ELÉCTRICA, por un período de treinta (30) años, contados a partir de la entrada en vigencia del contrato correspondiente a la empresa Hidroeléctrica Salto Mojellones Wapi S.A. inscrita bajo No. 1540, Folios 95 al 11 O, Tomo 57 del Libro de Personas y bajo el No. 245, Folios 95 al 11 O, Tomo 9no. De Sociedades, Segundo del Registro Mercantil de Bluefields; para realizar las actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica. El área de Concesión se encuentra en el Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS) y está ubicada entre las coordenadas geográficas:

Coordenadas UTM (Kms)

DELIMITACION DEL AREA DE CONCESION Vértice ID Latitud Norte Longitud Este 1 802.831 1.352.451 2 802.042 1.353.143 3 798.988 1.354.293 4 -- ·- · __79_5.998_ . ·---- J.36:L07:l 5 789.991 1.369.070 6 786.995 1.375.076 7 788.989 1.377.069 8 794.991 1.371 .079 9 799.998 1.368.883 1 802.831 1.352.451

Correspondientes a la hoja Topográfica de INETER (1 :50,000), San Rafael 3352 1, La Esperanza 3352 IV, Rio Pichinga 3353 11 y Río Wapi 3353 111.

Esta Concesión de Distribución se regirá de conformidad con las siguientes cláusulas y bajo las condiciones del Contrato que se firme para este efecto:

CLÁUSULA 1

En el plazo de 15 dias de notificada la Resolución, el beneficiario deberá enviar aceptación por escrito del Acuerdo / de Otorgamiento otorgado por el Ministerio de Energía y Minas y cancelará el pago por el costo del otorgamiento equivalente a un décimo del uno por ciento (0.1 %) del valor de la inversión, a favOr ael Ministerio de Energía y Minas, so pena de nulidad si no cumpliere con lo dispuesto en esta el~. E.l moñló -á'"'pagaf -es USO 640.90 (Seiscientos cuarenta y noventa centavos dólares de los Estados ~oz==de Norteamérica) o su equivalente en

córdo: as al cambio oficial. :f' . . .o---- , •.··'

, • MINISTERIO DE EhJERGlA Y MINAS b , t , · -, Del Portón del Hosprtal BautJsta 1 c. AbaJo, 125 vrs. al lago. Apartado postai CJ-159. ') c:~P-11:- ~ ..... Managua., Nica.regua

PBX: (505) 222.-5576 Fax: (505) 2.22-4629 .•.:: . . .,

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CLÁUSULA\\

El Concesionario presentará en conjunto con la aceptación del Acuerdo de Otorgamiento, el Cronograma de Trabajo y el Cronograma de Inversiones, presentados en la solicitud con las fechas actualizadas. Estos Documentos formarán parte integrante del Contrato de Concesión de Distribución Eléctrica.

CLÁUSULA 111

El Concesionario una vez aceptado el Acuerdo de Otorgamiento por el solicitante y cumplidos los demás requisitos establecidos por Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento General y la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas, deberá dentro del término de 1 O di as a suscribir el Contrato de Concesión de Distribución Eléctrica.

Dado en la ciudad de Managua a los 15 dias del mes de febrero el año dos mil siete. Notifíquese.

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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Del Portón del Hospitai Baulisia 1 c . Abajo, 125 vrs. al lago. Apartado postal CJ-158. Manag.ua, Niccragua PBX: {50S) 222-5576 Fax: {505) 222-4629

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