Afiliación Riesgos Laborales-estudiantes en Práctica.pdf

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Afiliación Riesgos Laborales- Estudiantes en práctica Escrito por EL Dr. Cèsar Augusto Duque Mosquera Viernes, 06 de Marzo de 2015 00:00 - Actualizado Viernes, 06 de Marzo de 2015 01:55 AFILIACION RIESGOS LABORALES- ESTUDIANTES EN PRACTICA ¿Cómo se afilia un estudiante en práctica al Sistema General de Riesgos Laborales? AFILIADOS OBLIGATORIOS. Los estudiantes de todos los niveles académicos de instituciones educativas públicas o privadas son afiliados obligatorios al Sistema de Riesgos Laborales cuando se presenten cualquiera de las siguientes situaciones: 1-Deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingresos para la respectiva institución e involucren un riesgo ocupacional 2-Que deban realizar prácticas o actividades como requisito para la culminación de sus estudios u obtener un título o certificado técnico laboral por competencias que los acreditara para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios que involucren un riesgo ocupacional. Ley 1562 de 2012 , Art 2 numeral 4. Se entiende como riesgo ocupacional la probabilidad de exposición a cualquiera de los factores de riesgo a los que puedan estar expuestos los estudiantes, en los escenarios donde se realiza la práctica o actividad capaz de producir una enfermedad o accidente En estos casos la afiliación no implicara un vínculo laboral, considerando que se da en el marco de una relación académica. ENTIDADES INVOLUCRADAS. De conformidad con el Decreto 055 de 2015 son las siguientes: 1 / 4

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  • Afiliacin Riesgos Laborales- Estudiantes en prcticaEscrito por EL Dr. Csar Augusto Duque MosqueraViernes, 06 de Marzo de 2015 00:00 - Actualizado Viernes, 06 de Marzo de 2015 01:55

    AFILIACION RIESGOS LABORALES- ESTUDIANTES EN PRACTICA Cmo se afilia un estudiante en prctica al Sistema General de Riesgos Laborales? AFILIADOS OBLIGATORIOS. Los estudiantes de todos los niveles acadmicos deinstituciones educativas pblicas o privadas son afiliados obligatorios al Sistema de RiesgosLaborales cuando se presenten cualquiera de las siguientes situaciones: 1-Deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingresos para la respectiva institucin einvolucren un riesgo ocupacional 2-Que deban realizar prcticas o actividades como requisito para la culminacin de susestudios u obtener un ttulo o certificado tcnico laboral por competencias que los acreditarapara el desempeo laboral en uno de los sectores de la produccin y de los servicios queinvolucren un riesgo ocupacional. Ley 1562 de 2012 , Art 2 numeral 4. Se entiende como riesgo ocupacional la probabilidad de exposicin a cualquiera de los factoresde riesgo a los que puedan estar expuestos los estudiantes, en los escenarios donde se realizala prctica o actividad capaz de producir una enfermedad o accidente En estos casos la afiliacin no implicara un vnculo laboral, considerando que se da en elmarco de una relacin acadmica. ENTIDADES INVOLUCRADAS. De conformidad con el Decreto 055 de 2015 son lassiguientes:

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  • Afiliacin Riesgos Laborales- Estudiantes en prcticaEscrito por EL Dr. Csar Augusto Duque MosqueraViernes, 06 de Marzo de 2015 00:00 - Actualizado Viernes, 06 de Marzo de 2015 01:55 - Aquellas realizadas en el marco de la educacin media tcnica - Los programas de formacin complementaria ofrecidas por las escuelas normales superiores. - La educacin superior - Los programas de formacin laboral de la educacin, para el trabajo y el desarrollo humano.Decreto 055 de 2015 AFILIACION. CUANDO? Se deber efectuar como mnimo un da antes del inicio de la prctica o actividadcorrespondiente. COBERTURA. Se inicia el da calendario siguiente al de la afiliacin y se mantendr por todoel tiempo que dure la prctica o actividad. Tendrn todas las prestaciones econmicas y asistenciales del Sistema General de RiesgosLaborales DONDE? En la Administradora de Riesgos Laborales en la cual la entidad, empresa oinstitucin obligada a afiliar los estudiantes, tenga afiliados a sus trabajadores. REQUISITO. Para la afiliacin al Sistema General de Riesgos Laborales debern estarpreviamente afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud en cualquiera de susregmenes, o a un rgimen exceptuado o especial en salud

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  • Afiliacin Riesgos Laborales- Estudiantes en prcticaEscrito por EL Dr. Csar Augusto Duque MosqueraViernes, 06 de Marzo de 2015 00:00 - Actualizado Viernes, 06 de Marzo de 2015 01:55 TRAMITE DE AFILIACION. La entidad que afilia y paga los aportes tendr la obligacin derealizar los trmites administrativos de afiliacin de los estudiantes al Sistema General deRiesgos laborales y reportar las novedades que se presenten. PAGO DE APORTES. Le corresponde a las instituciones de educacin donde realice laprctica o actividad. En ningn caso, las obligaciones de afiliacin y pago al Sistema Generalde Riesgos Laborales, podrn trasladarse al estudiante. El aporte se realizara por perodos mensuales completos, en la modalidad vencida QUIEN PAGA? ENTIDAD QUE PAGA CLASE DE ESTUDIANTES Institucin Educativa Estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la institucin educativa. Instituciones educativas

    Escuelas normales superiores

    Entidades territoriales certificadas en educacin

    Entidad pblica o privada donde se realice la practica

    Estudiantes que deben realizar prcticas o actividades como requisito para culminar sus estudios u obtener un ttulo certificado tcnico laboral que lo acredite para el desempeo laboral

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  • Afiliacin Riesgos Laborales- Estudiantes en prcticaEscrito por EL Dr. Csar Augusto Duque MosqueraViernes, 06 de Marzo de 2015 00:00 - Actualizado Viernes, 06 de Marzo de 2015 01:55 PILA. El pago se realiza a travs de la Planilla Integrada de Liquidacin de Aportes PILA- enlas fechas establecidas para las personas jurdicas. Decreto 1670 de 2007 Para el efecto se ha creado la "Planilla K Estudiantes" como cotizante tipo 23 que se adicionen el campo 7. "Estudiantes Decreto 055 de 2015". Resolucin 225 de 2015 de MinproteccinSocial COTIZACION. Se realizara sobre la base de un salario mnimo legal mensual vigente. La tarifa se determinara de acuerdo con la actividad econmica principal o el centro de trabajode la entidad, empresa o institucin pblica o privada donde se realiza la prctica CONTRATOS DE APRENDIZAJE. Los estudiantes que ejecuten trabajos o realicen susprcticas formativas mediante contrato de aprendizaje, vnculo laboral, contrato de prestacinde servicios o en el marco de un convenio de docencia servicio en el rea de la saludproceder de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes que regulen dichosescenarios de trabajo o prcticas formativas. CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA

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