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Algunas críticas al cálculo de la legítima, la acción de complemento , la acción de preterición y la trasmisión de bienes a los legitimario s en el Código Civil y Comercial Por Lidia Beatriz Hernández “El Código Civil y Comercial mantiene la institución de la legítima y los mismos legitimarios que el Código Civil, aunque disminuye las porciones y así reconoce a los descendientes dos tercios, a los ascendientes un

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CRITICA AL CALCULO DE LA LEGITIMA - REFORMA CCYCN

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Algunas crticas al clculo de la legtima, la accin de complemento, la accin de pretericin y la trasmisin de bienes a los legitimarios en el Cdigo Civil y Comercial

Por Lidia Beatriz Hernndez

El Cdigo Civil y Comercial mantiene la institucin de la legtima y los mismos legitimarios que el Cdigo Civil, aunque disminuye las porciones y as reconoce a los descendientes dos tercios, a los ascendientes un medio y al cnyuge tambin un medio. Si bien se reconoce a la legtima como porcin de la que los legitimarios no pueden ser privados, surge de las nuevas normas que se la ha desprotegido, por ejemplo, en el Art. 2459 que dispone la prescripcin de la accin de reduccin contra el donatario y contra el sub adquirente que han posedo la cosa donada durante diez aos computados desde la adquisicin de la posesin, o en el caso de art. 2461 que prev un verdadero pacto sobre herencia futura de los legitimarios que podran consentir la enajenacin efectuada por el causante a uno de ellos, sea el acto oneroso o gratuito, lo que significa la posibilidad de renunciar a la colacin y a la reduccin en vida del causante, alterando el sistema de proteccin de la igualdad entre herederos y la proteccin de la cuota de legtima.