Alianzas en La Industria Carburifera

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APORTE AL FORO CUARTA SEMANA Las alianzas en la industria hidrocarburífera- CURSO- POLÍTICAS, ESTRATEGIAS Y MARKETING EN EL ÁREA DE LOS HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS- ELABORADO POR: RAMON EDUARDO PIÑEROS PRADA UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR VILLAVICENCIO - META MAYO 06 DEL 2015

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    APORTE AL FORO

    CUARTA SEMANA Las alianzas en la industria hidrocarburfera-

    CURSO- POLTICAS, ESTRATEGIAS Y MARKETING EN EL REA DE LOS

    HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS-

    ELABORADO POR:

    RAMON EDUARDO PIEROS PRADA

    UNIVERSIDAD DE VIA DEL MAR

    VILLAVICENCIO - META

    MAYO 06 DEL 2015

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    Las alianzas en la industria hidrocarburfera

    Antes de dar respuesta a los interrogantes al foro de la presente semana es

    importante saber que hoy en da existen muchos modelos de contratacin petrolera

    y se hacen segn la situacin especfica de cada pas, que se ajustan a los

    atractivos locales para atraer a la inversin privada. Los modelos que se utilizan

    ms frecuentemente en la actualidad son las concesiones y los contratos de

    produccin compartida - PSC.

    Las concesiones modernas han evolucionado y actualmente representan una

    relacin madura entre dos partes, en la cual los mayores riesgos son asumidos por

    la empresa concesionaria. El Estado impone una serie de obligaciones y de

    contraprestaciones econmicas que lleven a una relacin equilibrada y de mutuo

    beneficio.

    Los contratos de produccin compartida son contratos de servicios mediante los

    cuales la empresa inversionista asume el riesgo de exploracin y de inversin. Se

    mantiene la propiedad de las reservas y de la produccin por parte del Estado. El

    Estado paga los costos de produccin en especie, con parte de la produccin. La

    produccin resultante, despus de cubrir costos, se reparte entre las dos partes de

    una forma equitativa, que ofrezca una rentabilidad razonable para el inversionista y

    le deje al Estado la rentabilidad que le corresponde a la nacin como propietaria del

    recurso.

    1. Realice un anlisis de los contratos PSC, explicando los puntos ms

    crticos, tanto para la empresa estatal como para la empresa privada,

    fundamente y mencione ejemplos.

    El contrato de produccin compartida (llamado Production sharing agreement o

    Production sharing contract en la terminologia anglosajona) vio la luz en Indonesia

    a mediados del decenio de 1960, despus de que el gobierno de esta naciente

    Republica se independizo de Holanda, puso fin a su sistema colonial de

    concesiones (a Shell, Stanvac y Caltex) y lo reemplazo por otro, en el que las

    actividades petroleras serian realizadas exclusivamente por empresas del Estado.

    Desde entonces, el gobierno indonesio lo ha usado en serie en su territorio para

    desarrollar a largo plazo las actividades de exploracin y produccin de petrleo y

    gas natural en cooperacin estrecha con empresas extranjeras.

    El contrato fue diseado inicialmente para que una empresa estatal, con

    autorizacin suficiente del gobierno, trasladara a empresas extranjeras los costos y

    los riesgos asociados con el descubrimiento de yacimientos comerciales de

    petrleo, descontara los costos y compartiera la produccin. Sin embargo, el

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    contrato constrenia a las empresas extranjeras y al gobierno, de manera diversa,

    pero ingeniosa. A las empresas extranjeras, porque las incitaba a precisar sus

    estudios para minimizar las perdidas en que incurran cuando encontraban

    yacimientos de petrleo sin atractivo comercial; y, al descubrirlos, porque las

    incitaba a inflar sus costos. Y, al gobierno, porque lo obligaba a promulgar normas

    que permitieran recuperar los costos acordados contractualmente entre la empresa

    estatal y la extranjera y, lo obligaba tambin, a procurarse instituciones fiscales y

    personal tcnico idneo para revisar las declaraciones de costos de las empresas

    extranjeras. La produccin no pareca ser, entonces, el centro de la tensin del

    contrato de produccin compartida entre las empresas, sino los costos. Costos

    inflados se traducen en mayores ganancias para la empresa extranjera, y menores

    costos aumentan la parte que toma el gobierno.

    Explicado con un poco ms de detalle, el contrato de produccin compartida

    transfera a una empresa petrolera extranjera, ganadora de una licitacin pblica, el

    derecho de explorar un rea de trabajo especifica en bsqueda de petrleo durante

    un plazo (inicial) de hasta 10 aos, bajo un programa de trabajo y un presupuesto

    de gastos en divisas aprobados por la empresa estatal. La empresa extranjera tena

    derecho a recuperar los costos invertidos, pero slo cuando descubra y produca

    petrleo de yacimientos comerciales. Antes no. Sin produccin comercial, los costos

    eran irrecuperables.

    El contrato dispona, a continuacin, que las partes haban convenido compartir el

    petrleo que se produjera en el rea de trabajo durante un plazo (secundario) de 20

    aos (prorrogable por 20 ms). A cada parte corresponda un tanto por ciento del

    petrleo producido neto, es decir, despus del pago de costos e impuestos (sin

    incluir regala), en una proporcin de 65 % para la empresa estatal y 35 % para la

    empresa extranjera. Esta fue precisamente la particularidad concreta de este

    contrato: compartir produccin, no ingresos, como se hace en los contratos de

    concesin y en los de arrendamiento de petrleo y gas que, desde este punto de

    vista del reparto, pueden llamarse contratos de ingresos compartidos. Sin embargo,

    antes de repartir el petrleo producido, la empresa extranjera tena derecho a

    recuperar de l, anualmente, hasta el 40 % de sus costos de operacin (operating

    costs). Estos costos (costos de exploracin y produccin ms gastos de capital y

    administracin) se calculaban con base en frmulas que incluan el precio

    realizado, precio al que se vendia el barril de petroleo en un puerto de embarque

    (generalmente igual al precio cotizado, o precio al que se ofreca vender el barril,

    menos descuentos). A la parte del petrleo producido que se destinaba a pagar los

    costos se le llam petrleo-costo (cost oil). Al resto, a la parte del petrleo producido

    que se destinaba a ser distribuido entre las partes, despus de impuestos, se le

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    llam petrleo compartido (oil sharing). De all el nombre del contrato. En fin, al

    petrleo que quedaba como beneficio para la empresa extranjera se le llam

    petrleo-beneficio (profit oil).

    Despus de satisfacer los impuestos de la empresa extranjera, a la tasa del 45 %

    del impuesto sobre la renta, la empresa estatal pagaba a la empresa extranjera el

    petrleo-costo y el petrleo-beneficio con volmenes de crudo, y le transfera el

    ttulo de propiedad del hidrocarburo pagado en un punto de entrega preciso o en un

    puerto de exportacin especfico. Pero, entonces, el contrato impona a la empresa

    extranjera la obligacin de ofrecer en venta hasta el 25 % de su petrleo-beneficio

    en el mercado interno a un precio fijado por el gobierno (USA $ 0,20 por barril en

    los primeros contratos).

    La empresa extranjera estaba obligada a preferir al mercado interno para compra

    de bienes, equipos y empleo de personal. Slo poda importarlos cuando no los

    encontraba localmente (en calidad, cantidad, precio, garanta de entrega a tiempo,

    servicio post-venta y calificacin, respectivamente), en cuyo caso, la importacin de

    bienes y equipos estaba exenta de pagar impuestos. La misma obligacin rega

    para la informacin tcnica, ssmica y geolgica. Todos los bienes y equipos y la

    informacin tcnica comprados por la empresa extranjera pasaban a ser propiedad

    de la empresa estatal, y la empresa extranjera tena derecho a usarlos solamente.

    Esta obligacin era cnsona con el pago previsible de los costos de operacin, pero

    no inclua los equipos arrendados a sub-contratistas, por lo que la mayora de

    empresas han preferido arrendar equipos antes que comprarlos.

    La empresa extranjera tena que pagar al gobierno un conjunto de primas (bonus,

    en ingls), rentas que en la industria petrolera se acostumbran pagar al propietario

    del recurso natural, como: prima de firma de contrato, prima para adiestrar personal

    y primas por produccin acumulada. Estas primas, irrecuperables como costos, la

    empresa extranjera poda incluirlas como gastos deducibles al fijar la base imponible

    de su impuesto sobre la renta.

    En fin, toda la materia estaba sometida al derecho indonesio y a su jurisdiccin

    nacional, incluyendo el recurso al arbitraje.

    Posteriormente, el gobierno indonesio incorporo en el contrato la clusula de

    participacin, que obligaba a la empresa extranjera a ofrecer parte del contrato

    exitoso a participantes indonesios. Incorporo tambin en el objeto del contrato a

    las actividades de exploracin y produccin de gas natural. Elimino el lmite superior

    anual de recuperacin de costos y lo reincorporo luego (hasta 90%, en la

    actualidad). Y restringio la lista de bienes y servicios recuperables como costos.

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    Segun PriceWaterHouseCooper (2010), el contrato de produccion compartida ha

    evolucionado en Indonesia desde su forma original hasta la actual, pasando por

    cinco fases, que se diferencian principalmente entre si por el modo de compartir el

    petroleo producido entre las empresas.

    En la segunda fase (1976), el gobierno indonesio incremento la parte del petroleo

    compartido que le corresponda a Pertamina (la empresa petrolera estatal

    indonesia) a 85 % y redujo la parte de la empresa extranjera a 15 %. Pero en la

    tercera fase (1988), introdujo como incentivo adicional para las empresas que

    explotaran hidrocarburos en areas exploratorias de mayor riesgo (marginales o en

    aguas profundas) la llamada primera porcin del petroleo (First Tranche Petroleum):

    15 o 20 % de la produccion, antes de recuperar costos y sin compartir con el

    gobierno, era para las empresas extranjeras. En la cuarta fase (1994), el gobierno

    introdujo otro incentivo para las empresas que invirtieran en reas remotas y

    fronterizas de las provincias orientales del pas: aumento a 35 % la parte del petroleo

    compartido que les corresponda, despus de pagar impuestos, y rebajo la suya a

    65 %.

    Finalmente, desde 2008 en adelante, fecha que marco el inicio de la quinta y ltima

    fase, hasta ahora, de la evolucin de los contratos de produccion compartida en

    Indonesia, al mismo tiempo que en ellos se establece: a) que la primera porcin del

    petrleo producido (10 %) sea para el gobierno, sin compartirlo con la empresa; y,

    b) que slo se reconocen como costos de operacin recuperables del rea de

    trabajo contratada los aprobados en el plan de desarrollo de los campos iniciales

    y subsiguientes; c) se ofrecen crditos a las empresas para que inviertan; y, d) se

    acepta negociar la proporcin del petrleo compartido, despus de impuestos.

    Estos ltimos contratos obligan a las empresas a incluir partidas en sus

    presupuestos de costos recuperables para financiar y ejecutar estudios y programas

    de impacto ambiental; financiar y ejecutar programas de desarrollo comunitario, en

    consulta con los gobiernos locales o las comunidades vecinas del rea de trabajo;

    y, limpiar y restaurar los sitios cuando terminen sus trabajos.

    Estas maneras de compartir histricamente el petrleo producido en Indonesia,

    adems de mostrar las cinco fases por las que ha evolucionado el contrato

    especfico, reflejan tambin los dos perodos por los que atraviesan generalmente

    los pases o regiones abundantes en recursos naturales no renovables. Un perodo

    de auge, durante el cual el pas o la regin puede llegar a ser exportador neto del

    recurso (caso de Pensilvania y su petrleo en EE.UU. durante la segunda mitad del

    siglo XIX), y hasta miembro de una organizacin internacional de exportadores

    (caso de Indonesia y su membreca de la OPEP desde 1962). Y, un perodo de

    descenso, durante el cual el mismo pas o regin pasa a ser importador neto del

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    recurso (los dos casos mencionados), y debe suspender su membreca de la

    organizacin internacional de exportadores (como lo hizo Indonesia de la OPEP en

    2009).

    En algunos de los contratos de produccin compartida modernos se ha incorporado

    a la regala como porcentaje de la produccin bruta que ha de pagarse al gobierno

    antes de recuperar los costos. Ese porcentaje puede ser: a) fijo, b) mnimo y c)

    variable, generalmente, c1) en funcin de una escala mvil del volumen producido

    (el llamado sliding scale royalty en ingls), c2) de la rentabilidad del yacimiento o

    c3) de los beneficios netos de la empresa. Se ha incorporado tambin en algunos

    de estos contratos a la empresa extranjera como contratista de la empresa estatal

    y del gobierno, actuando juntos como una sola de las partes del contrato. Y se ha

    incorporado adems a la produccin compartida por tramos. Sin embargo,

    cualquiera que sea el alcance econmico y poltico de estas modificaciones, el

    contrato conserva an los elementos de la estructura del diseo formal que lo

    individualiz y es desde hace tiempo el instrumento jurdico preferido por los actores

    para desarrollar las actividades de exploracin y produccin de petrleo y gas

    natural en pases tan prximos o tan distantes de Indonesia como Malasia, Filipinas,

    China, Yemen, Angola, Guinea Ecuatorial, Nigeria, Tanzania, Gabn, Trinidad y

    Tobago, Per, Guatemala, Cuba y Brasil. Por qu? Cul es el atractivo que tiene

    este contrato para los actores? El traslado del riesgo fiscal a la empresa estatal,

    segn Wlde, porque ella es la responsable de pagar los costos y los impuestos.

    Fabrikant, por su lado, en uno de sus trabajos semilleros sobre estos contratos,

    argument que, en comparacin con los contratos tradicionales de concesion, los

    contratos de produccin compartida representan un esfuerzo importante para

    igualar el desbalance histrico entre pases productores de petrleo y compaas

    petroleras extranjeras. Por eso, evaluaciones y anlisis econmicos recientes de

    profesionales relacionados con las empresas petroleras les han recomendado

    balancear los costos y los riesgos de los contratos en sus planes y proyectos de

    inversin y, evidentemente, comparar la fiscalidad de los pases petroleros para

    estimar sus beneficios. Y un documento de trabajo del Banco Mundial recomend a

    los gobiernos de los pases petroleros disear sistemas fiscales flexibles (con tasas

    progresivas de impuesto sobre la renta o reparto de produccin), estables (sin

    reformas subsiguientes de las tasas impositivas ni creacin de nuevos impuestos)

    y neutros (eliminar regalas, primas y lmites a la recuperacin de costos) para

    compartir la renta con las empresas petroleras extranjeras. Pero otros entes sobre

    este tema concluyeron, ms bien, sugiriendo a los gobiernos de los pases

    petroleros: imponer regalias para generar un flujo de ingresos minimos

    garantizados, porque maximizar los costos recuperados minimiza el petrleo que

    queda para compartir.

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    Los Estados que son propietarios del recurso natural se ven particularmente

    atrados por esta forma contractual debido a una de sus propiedades intrnsecas: el

    Estado no necesita desprenderse de la propiedad del recurso extrado, la conserva

    siempre. Slo transfiere la propiedad de la parte del recurso extrado que

    corresponde a la empresa extranjera como petrleo-costo y como petrleo-

    beneficio, el resto es suyo. Esta caracterstica distingue al contrato de produccin

    compartida del contrato de arrendamiento de petrleo y gas y de las concesiones

    petroleras, porque en ellos, la propiedad del recurso extrado pertenece a la

    empresa petrolera. Y, para las empresas extranjeras, el contrato de produccin

    compartida representa prcticamente la nica opcin que tienen ahora a su

    disposicin para explorar y explotar petrleo y gas natural fuera de Norteamrica,

    Europa Occidental, algunos pases de Amrica Latina y el Caribe y los pases

    miembros de la OPEP que no aceptan inversin extranjera en el upstream.

    2. Cules son las principales lecciones aprendidas del caso de Indonesia y

    en el caso de Bolivia? Elabore un cuadro comparativo e investigue casos

    similares.

    Lecciones Aprendidas de los casos Indonesia Vs Bolivia

    Indonesia Bolivia

    La forma de contrato llamada de

    produccin compartida fue desarrollada

    en Indonesia, donde todava sigue en

    uso, aun cuando ha evolucionado

    significativamente desde su primer uso

    en los aos 1960. Indonesia es un pas

    productor de petrleo desde hace

    mucho tiempo, que ha creado y usado

    muchas versiones de los contratos de

    produccin compartida.

    La forma de contrallo llamada modelo

    liberal fue desarrollada en Bolivia en

    1996. En donde, la nacionalizacin de

    una parte del patrn extractivo que se

    completo con la nacionalizacin del

    sector estanifero y el nacimiento de la

    Corporacin Minera de Bolivia.

    El contrato dispona, a continuacin,

    que las partes haban convenido

    compartir el petrleo que se produjera

    en el rea de trabajo durante un plazo

    (secundario) de 20 aos (prorrogable

    por 20 ms).

    En pases altamente dependientes de

    los recursos naturales, como es el caso

    de Bolivia, la consolidacin de una

    gestin hidrocarburfera, sostenible

    poltica y econmicamente, es central

    en el proceso de construccin de un

    modelo de desarrollo que conduzca al

    cumplimiento de las expectativas de

    crecimiento duradero de la riqueza, y a

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    la mejora sustantiva de las condiciones

    de vida de la poblacin (a travs de la

    erradicacin de la pobreza y de la

    distribucin equitativa de recursos y

    oportunidades), en un marco

    democrtico e intercultural de

    convivencia social y con

    responsabilidad medioambiental.

    Cada parte corresponda un tanto por

    ciento del petrleo producido neto, es

    decir, despus del pago de costos e

    impuestos (sin incluir regala), en una

    proporcin de 65 % para la empresa

    estatal y 35 % para la empresa

    extranjera.

    El ingreso fiscal que obtiene el

    propietario del subsuelo por el ejercicio

    econmico de su derecho de propiedad

    pblica y estatal del recurso natural. En

    otras palabras, se especializaron en las

    instituciones econmicas del

    frentismo petrolero.

    Las empresas extranjeras estaban

    obligadas a preferir al mercado interno

    para compra de bienes, equipos y

    empleo de personal.

    La empresa extranjera tena que pagar

    al gobierno un conjunto de primas,

    rentas que en la industria petrolera se

    acostumbran pagar al propietario del

    recurso natural, como: prima de firma

    de contrato, prima para adiestrar

    personal y primas por produccin

    acumulada.

    Por ltimo el gobierno indonesio

    incorporo en el contrato la clusula de

    participacin, que obligaba a la

    empresa extranjera a ofrecer parte del

    contrato exitoso a participantes

    indonesios. Incorporo tambin en el

    objeto del contrato a las actividades de

    exploracin y produccin de gas

    natural.

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    Referencias bibliogrficas

    LEni di Mattei. Accesible por internet: http://www.eni.com/it_IT/home.html

    Consultado el 06.05.2015.

    Sorenson, Raymond (2007). First Impressions: Petroleum Geology at the

    Dawn of the North American Oil Industry. Compilador. American Association

    of Petroleum Geologists. Discovery Series, No 9. Accesible por internet:

    http://www.aapg.org/ Consultado el 06.05.2015...

    Perspectiva de la situacin petrolera

    http://www.icpcolombia.org/archivos/biblioteca/37-6-Capitulo22 Consultado

    el 06.05.2015.

    Reformas e inversin en la industria de los hidrocarburos en Amrica Latina

    http://www.cepal.org/publicaciones/xml/1/20461/Lcl2200e.pdf Consultado el

    Consultado el 06.05.2015.

    Mitos de la inversin extranjera. El caso de los hidrocarburos en Bolivia

    http://www.cedib.org/wp-content/uploads/2011/11/Cartilla-Mitos2.pdf

    Consultado el 06.05.2015.

    http://www.eni.com/it_IT/home.htmlhttp://www.icpcolombia.org/archivos/biblioteca/37-6-Capitulo22%20Consultado%20el%2006.05.2015http://www.icpcolombia.org/archivos/biblioteca/37-6-Capitulo22%20Consultado%20el%2006.05.2015http://www.cepal.org/publicaciones/xml/1/20461/Lcl2200e.pdfhttp://www.cedib.org/wp-content/uploads/2011/11/Cartilla-Mitos2.pdf